puntos criticos reforma 2008 cursos

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PUNTOS CONTROVERTIDOS DE PUNTOS CONTROVERTIDOS DE LA REFORMA FISCAL 2008 Y LA REFORMA FISCAL 2008 Y SUS ALTERNATIVAS SUS ALTERNATIVAS C.P.C. FRANCISCO ZARATE JIMENEZ M.I. C.P.C. FRANCISCO ZARATE JIMENEZ M.I. C.P.C. ERNESTO MANZANO GARCIA M.I. C.P.C. ERNESTO MANZANO GARCIA M.I.

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Page 1: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

PUNTOS CONTROVERTIDOS PUNTOS CONTROVERTIDOS DE LA REFORMA FISCAL 2008 DE LA REFORMA FISCAL 2008

Y SUS ALTERNATIVASY SUS ALTERNATIVAS

C.P.C. FRANCISCO ZARATE JIMENEZ M.I.C.P.C. FRANCISCO ZARATE JIMENEZ M.I.C.P.C. ERNESTO MANZANO GARCIA M.I.C.P.C. ERNESTO MANZANO GARCIA M.I.

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"Los solteros deberían "Los solteros deberían pagar más impuestos. No es pagar más impuestos. No es justo que algunos hombres justo que algunos hombres sean más felices que los sean más felices que los otros" otros"

Oscar WildeOscar Wilde

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Page 4: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

Tolerancia es esa Tolerancia es esa sensación molesta sensación molesta

de que al final de que al final el otro pudiera el otro pudiera

tener razóntener razón..Anónimo

Page 5: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

Registro No. 172350 Localización: Registro No. 172350 Localización: Novena EpocaNovena Epoca Instancia: Primera SalaInstancia: Primera Sala Fuente: Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta XXV, Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta XXV, Mayo de 2007 Mayo de 2007 Página: 728 Página: 728 Tesis: 1a./J. 76/2007Tesis: 1a./J. 76/2007JurisprudenciaJurisprudencia Materia(s): Constitucional, Administrativa Materia(s): Constitucional, Administrativa

Rubro: RENTA. LA LIMITACIÓN DE LA DEDUCCIÓN DE LOS INTERESES Rubro: RENTA. LA LIMITACIÓN DE LA DEDUCCIÓN DE LOS INTERESES ESTABLECIDA EN EL ARTÍCULO 32, FRACCIÓN XXVI, DE LA LEY DEL IMPUESTO ESTABLECIDA EN EL ARTÍCULO 32, FRACCIÓN XXVI, DE LA LEY DEL IMPUESTO RELATIVO OBEDECE A FINES EXTRAFISCALES DE CONTROL RELATIVO OBEDECE A FINES EXTRAFISCALES DE CONTROL PARA EVITAR PARA EVITAR ELUSIÓN FISCAL ELUSIÓN FISCAL (LEGISLACIÓN VIGENTE A PARTIR DEL 1o. DE ENERO DE 2005). (LEGISLACIÓN VIGENTE A PARTIR DEL 1o. DE ENERO DE 2005).

Texto: Del citado precepto se advierte que la limitación en la deducción de la parte de Texto: Del citado precepto se advierte que la limitación en la deducción de la parte de los intereses provenientes del endeudamiento excesivo de las empresas (3 a 1 el los intereses provenientes del endeudamiento excesivo de las empresas (3 a 1 el capital contable) con sus partes relacionadas residentes en el extranjero o con capital contable) con sus partes relacionadas residentes en el extranjero o con partes independientes cuando el contribuyente sea parte relacionada de otra partes independientes cuando el contribuyente sea parte relacionada de otra residente en el extranjero, residente en el extranjero, obedece a un fin extrafiscal como es el control financiero obedece a un fin extrafiscal como es el control financiero de las empresas al reubicar utilidades y pérdidas fiscales de una empresa a otra en de las empresas al reubicar utilidades y pérdidas fiscales de una empresa a otra en jurisdicciones fuera de Méxicojurisdicciones fuera de México, , es decir, es decir, la mencionada limitación tiene como la mencionada limitación tiene como finalidad desalentar la práctica elusiva que reduce la recaudación tributaria, finalidad desalentar la práctica elusiva que reduce la recaudación tributaria, objetivo fundamentado en los artículos 25, 28 y 31, fracción IV, de la Constitución objetivo fundamentado en los artículos 25, 28 y 31, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Precedentes: Amparo en revisión 409/2006. American Tower Corporation de México, S. Precedentes: Amparo en revisión 409/2006. American Tower Corporation de México, S. de R.L. de C.V. 14 de febrero de 2007. Cinco votos. Ponente: José de Jesús Gudiño de R.L. de C.V. 14 de febrero de 2007. Cinco votos. Ponente: José de Jesús Gudiño Pelayo. Secretarios: Rolando Javier García Martínez, Verónica Nava Ramírez, José Pelayo. Secretarios: Rolando Javier García Martínez, Verónica Nava Ramírez, José Alberto Tamayo Valenzuela y Carmen Vergara López.Alberto Tamayo Valenzuela y Carmen Vergara López.

Page 6: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

Registro No. 172351 Localización: Novena Epoca Registro No. 172351 Localización: Novena Epoca Instancia: Segunda SalaInstancia: Segunda Sala Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta XXV, Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta XXV, Mayo de Mayo de 20072007 Página: 1100 Página: 1100 Tesis: 2a./J. 75/2007 JurisprudenciaTesis: 2a./J. 75/2007 JurisprudenciaMateria(s): Constitucional, AdministrativaMateria(s): Constitucional, Administrativa

Rubro: RENTA. LA LIMITACIÓN DE LA DEDUCCIÓN DE LOS INTERESES Rubro: RENTA. LA LIMITACIÓN DE LA DEDUCCIÓN DE LOS INTERESES ESTABLECIDA EN EL ARTÍCULO 32, FRACCIÓN XXVI, DE LA LEY DEL ESTABLECIDA EN EL ARTÍCULO 32, FRACCIÓN XXVI, DE LA LEY DEL IMPUESTO RELATIVO OBEDECE A FINES EXTRAFISCALES DE CONTROL IMPUESTO RELATIVO OBEDECE A FINES EXTRAFISCALES DE CONTROL PARA EVITAR ELUSIÓN FISCAL PARA EVITAR ELUSIÓN FISCAL (LEGISLACIÓN VIGENTE A PARTIR DEL (LEGISLACIÓN VIGENTE A PARTIR DEL 1o. DE ENERO DE 2005). 1o. DE ENERO DE 2005).

Texto: Del citado precepto se advierte que la limitación en la deducción de la Texto: Del citado precepto se advierte que la limitación en la deducción de la parte de los intereses provenientes del endeudamiento excesivo de las parte de los intereses provenientes del endeudamiento excesivo de las empresas (3 a 1 el capital contable) con sus partes relacionadas residentes empresas (3 a 1 el capital contable) con sus partes relacionadas residentes en el extranjero o con partes independientes cuando el contribuyente sea en el extranjero o con partes independientes cuando el contribuyente sea parte relacionada de otra residente en el extranjero,parte relacionada de otra residente en el extranjero, obedece a un fin obedece a un fin extrafiscal como es el control financiero de las empresas al reubicar extrafiscal como es el control financiero de las empresas al reubicar utilidades y pérdidas fiscales de una empresa a otra en jurisdicciones utilidades y pérdidas fiscales de una empresa a otra en jurisdicciones fuera de México, es decir, la mencionada limitación tiene como finalidad fuera de México, es decir, la mencionada limitación tiene como finalidad desalentar la práctica elusiva que reduce la recaudación tributaria, objetivo desalentar la práctica elusiva que reduce la recaudación tributaria, objetivo fundamentado en los artículos 25, 28 y 31, fracción IV, de la Constitución fundamentado en los artículos 25, 28 y 31, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.Política de los Estados Unidos Mexicanos.

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HAY UN PERIODO DE HAY UN PERIODO DE ENTENDIMIENTO O GRAN ENTENDIMIENTO O GRAN LABORATORIO TANTO LABORATORIO TANTO PARA LAS AUTORIDADES PARA LAS AUTORIDADES COMO PARA LOS COMO PARA LOS CONTRIBUYENTESCONTRIBUYENTES

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RESUMEN RESUMEN EJECUTIVOEJECUTIVO

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ANALIZAR EL ARCHIVO 2ANALIZAR EL ARCHIVO 2

EN POWER POINTEN POWER POINT

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LEY DE INGRESOS DE LA LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACIONFEDERACION

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-NO ESTA APROBADA.-NO ESTA APROBADA.

-NO HAY TRATO -NO HAY TRATO PREFERENCIAL PARA PREFERENCIAL PARA DEUDORES DEL FISCO COMO DEUDORES DEL FISCO COMO LA DE 2007.LA DE 2007.

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JUSTIFICACION DE LA REFORMA JUSTIFICACION DE LA REFORMA FISCAL 2007FISCAL 2007

El doble efecto positivo de retornar a partir de 2005 al El doble efecto positivo de retornar a partir de 2005 al esquema de deducción del costo de lo vendido ya que, esquema de deducción del costo de lo vendido ya que, por un lado,por un lado, los pagos de las declaraciones definitivas los pagos de las declaraciones definitivas correspondientes al ejercicio fiscal de 2005 y correspondientes al ejercicio fiscal de 2005 y presentadas en marzo de 2006 fueron elevados como presentadas en marzo de 2006 fueron elevados como resultado resultado del efecto de las menores deducciones del efecto de las menores deducciones realizadas en el ejercicio de 2005realizadas en el ejercicio de 2005 y que no se reflejaron y que no se reflejaron en los pagos provisionales realizados durante el en los pagos provisionales realizados durante el mismo (efecto que sólo se da por única vez) y, por mismo (efecto que sólo se da por única vez) y, por otro, el coeficiente de utilidad para determinar los otro, el coeficiente de utilidad para determinar los pagos provisionales de 2006 se incrementó al pagos provisionales de 2006 se incrementó al incorporarse en este ejercicio dicho efecto.incorporarse en este ejercicio dicho efecto. Una Una cuantificación de este efecto puede derivarse del cuantificación de este efecto puede derivarse del incremento de los pagos definitivos del ISR de las incremento de los pagos definitivos del ISR de las empresas.empresas. Éstos alcanzaron un monto de 39.8 Mmp en Éstos alcanzaron un monto de 39.8 Mmp en marzo-mayo de 2006, en tanto que en el mismo periodo marzo-mayo de 2006, en tanto que en el mismo periodo de 2005 dichos pagos fueron de 20.2 Mmp2006 y el de 2005 dichos pagos fueron de 20.2 Mmp2006 y el promedio del periodo 2003-2005 fue de 19.4 Mmp2006.promedio del periodo 2003-2005 fue de 19.4 Mmp2006.

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JUSTIFICACION DE LA REFORMA JUSTIFICACION DE LA REFORMA FISCAL 2007FISCAL 2007

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Gaceta Parlamentaria, Cámara de Diputados, Gaceta Parlamentaria, Cámara de Diputados, número 2363-II, martes 16 de octubre de 2007.número 2363-II, martes 16 de octubre de 2007.

Page 22: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

Gaceta Parlamentaria, Cámara de Diputados, Gaceta Parlamentaria, Cámara de Diputados, número 2363-II, martes 16 de octubre de 2007.número 2363-II, martes 16 de octubre de 2007.

Page 23: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

Gaceta Parlamentaria, Cámara de Diputados, Gaceta Parlamentaria, Cámara de Diputados, número 2363-II, martes 16 de octubre de 2007.número 2363-II, martes 16 de octubre de 2007.

Artículo 16. En materia de estímulos fiscales, durante Artículo 16. En materia de estímulos fiscales, durante el ejercicio fiscal de 2008, se estará a lo siguiente: el ejercicio fiscal de 2008, se estará a lo siguiente:

I. Para la aplicación del estímulo fiscal a que hace I. Para la aplicación del estímulo fiscal a que hace referencia el artículo 219 de la Ley del Impuesto referencia el artículo 219 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, se estará a lo siguiente: sobre la Renta, se estará a lo siguiente:

a). El Comité Interinstitucional continuará formado por a). El Comité Interinstitucional continuará formado por un representante del Consejo Nacional de Ciencia y un representante del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, uno de la Secretaría de Economía, uno Tecnología, uno de la Secretaría de Economía, uno de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, quien presidirá el Comité y tendrá voto de calidad, y quien presidirá el Comité y tendrá voto de calidad, y uno de la Secretaría de Educación Pública. uno de la Secretaría de Educación Pública.

b). El monto total del estímulo a distribuir entre los b). El monto total del estímulo a distribuir entre los aspirantes del beneficio, no excederá de 4,500 aspirantes del beneficio, no excederá de 4,500 millones de pesos para el año de 2008. millones de pesos para el año de 2008.

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Gaceta Parlamentaria, Cámara de Diputados, Gaceta Parlamentaria, Cámara de Diputados, número 2363-II, martes 16 de octubre de 2007.número 2363-II, martes 16 de octubre de 2007.

III. Se otorga un estímulo fiscal a las personas que realicen III. Se otorga un estímulo fiscal a las personas que realicen actividades empresariales actividades empresariales y que para determinar su utilidad y que para determinar su utilidad puedan deducir el diesel que adquieran para su consumo final, puedan deducir el diesel que adquieran para su consumo final, siempre que se utilice exclusivamente como combustible en siempre que se utilice exclusivamente como combustible en maquinaria en general, excepto vehículos, maquinaria en general, excepto vehículos, consistente en consistente en permitir el acreditamiento del impuesto especial sobre permitir el acreditamiento del impuesto especial sobre producción y servicios que Petróleos Mexicanos y sus producción y servicios que Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios hayan causado por la enajenación de organismos subsidiarios hayan causado por la enajenación de dicho combustible. dicho combustible.

El estímulo a que se refiere el párrafo anterior también será El estímulo a que se refiere el párrafo anterior también será aplicable a los vehículos marinos y a los vehículos de baja aplicable a los vehículos marinos y a los vehículos de baja velocidad o de bajo perfil que por sus características no estén velocidad o de bajo perfil que por sus características no estén autorizados para circular por sí mismos en carreteras federales autorizados para circular por sí mismos en carreteras federales o concesionadas, y siempre que se cumplan los requisitos que o concesionadas, y siempre que se cumplan los requisitos que mediante reglas de carácter general establezca el Servicio de mediante reglas de carácter general establezca el Servicio de

Administración TributariaAdministración Tributaria.

Page 25: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

Gaceta Parlamentaria, Cámara de Diputados, Gaceta Parlamentaria, Cámara de Diputados, número 2363-II, martes 16 de octubre de 2007.número 2363-II, martes 16 de octubre de 2007.

VI. Se otorga un estímulo fiscal a los contribuyentes VI. Se otorga un estímulo fiscal a los contribuyentes que adquieran diesel para su consumo final y que que adquieran diesel para su consumo final y que sea para uso automotriz en vehículos que se sea para uso automotriz en vehículos que se destinen exclusivamente al transporte público y destinen exclusivamente al transporte público y privado de personas o de carga,privado de personas o de carga, consistente en consistente en permitir el acreditamiento del impuesto especial permitir el acreditamiento del impuesto especial sobre producción y servicios a que se refiere el sobre producción y servicios a que se refiere el artículo 2o.-A, fracción I de la Ley del Impuesto artículo 2o.-A, fracción I de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, que Especial sobre Producción y Servicios, que Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios hayan causado por la enajenación de este hayan causado por la enajenación de este combustible. combustible.

Page 26: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

Gaceta Parlamentaria, Cámara de Diputados, Gaceta Parlamentaria, Cámara de Diputados, número 2363-II, martes 16 de octubre de 2007.número 2363-II, martes 16 de octubre de 2007.

El acreditamiento a que se refiere esta fracción El acreditamiento a que se refiere esta fracción únicamente podrá efectuarse contra el impuesto únicamente podrá efectuarse contra el impuesto sobre la renta que tenga el contribuyente a su sobre la renta que tenga el contribuyente a su cargo o en su carácter de retenedor,cargo o en su carácter de retenedor, que se que se deba enterar, utilizando la forma oficial que deba enterar, utilizando la forma oficial que mediante reglas de carácter general dé a mediante reglas de carácter general dé a conocer el Servicio de Administración conocer el Servicio de Administración Tributaria. Lo dispuesto en esta fracción Tributaria. Lo dispuesto en esta fracción también será aplicable al transporte privado de también será aplicable al transporte privado de carga, de pasajeros o al transporte doméstico carga, de pasajeros o al transporte doméstico público o privado, efectuado por contribuyentes público o privado, efectuado por contribuyentes a través de carreteras o caminos del país. a través de carreteras o caminos del país.

Page 27: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

Gaceta Parlamentaria, Cámara de Diputados, Gaceta Parlamentaria, Cámara de Diputados, número 2363-II, martes 16 de octubre de 2007.número 2363-II, martes 16 de octubre de 2007.

VII. Se otorga un estímulo fiscal a los contribuyentes que se VII. Se otorga un estímulo fiscal a los contribuyentes que se dediquen exclusivamente al transporte terrestre de carga o dediquen exclusivamente al transporte terrestre de carga o pasaje que utilizan la Red Nacional de Autopistas de Cuota, pasaje que utilizan la Red Nacional de Autopistas de Cuota, consistente en permitir un acreditamiento de los gastos consistente en permitir un acreditamiento de los gastos realizados en el pago de los servicios por el uso de la realizados en el pago de los servicios por el uso de la infraestructura carretera de cuota hasta en un 50 por ciento del infraestructura carretera de cuota hasta en un 50 por ciento del gasto total erogado por este concepto. gasto total erogado por este concepto.

Los contribuyentes considerarán como ingresos acumulables Los contribuyentes considerarán como ingresos acumulables para los efectos del impuesto sobre la renta el estímulo a que para los efectos del impuesto sobre la renta el estímulo a que hace referencia esta fracción en el momento en que hace referencia esta fracción en el momento en que efectivamente lo acrediten. efectivamente lo acrediten.

El acreditamiento a que se refiere esta fracción únicamente podrá El acreditamiento a que se refiere esta fracción únicamente podrá efectuarse contra el impuesto sobre la renta que tenga el efectuarse contra el impuesto sobre la renta que tenga el contribuyente a su cargo que se deba enterar, contribuyente a su cargo que se deba enterar, utilizando la utilizando la forma oficial que mediante reglas de carácter general dé a forma oficial que mediante reglas de carácter general dé a conocer el Servicio de Administración Tributaria. conocer el Servicio de Administración Tributaria.

Page 28: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

Decreto por el que se expide la Decreto por el que se expide la

Ley del Impuesto a los Depósitos Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivoen Efectivo

Page 29: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

EXPOSICION DE MOTIVOS:EXPOSICION DE MOTIVOS:““En ese sentido, es de resaltar que en México la evasión fiscal se realiza en En ese sentido, es de resaltar que en México la evasión fiscal se realiza en diversas formas, entre ellas la de un amplio mercado informal, la prestación diversas formas, entre ellas la de un amplio mercado informal, la prestación de servicios y la venta de bienes sin expedición de facturas, así como la de servicios y la venta de bienes sin expedición de facturas, así como la creación de esquemas sofisticados para evadir el pago de contribuciones, creación de esquemas sofisticados para evadir el pago de contribuciones, entre otros.”entre otros.”

““La finalidad primordial de esta nueva contribución es la de crear un La finalidad primordial de esta nueva contribución es la de crear un mecanismo que impulse el cumplimiento de las obligaciones fiscales en mecanismo que impulse el cumplimiento de las obligaciones fiscales en materia del impuesto sobre la renta y desaliente las medidas evasivas a su materia del impuesto sobre la renta y desaliente las medidas evasivas a su pago, por lo que se excluye de la causación del nuevo gravamen a los pago, por lo que se excluye de la causación del nuevo gravamen a los depósitos efectuados a través de medios distintos al efectivo, como son depósitos efectuados a través de medios distintos al efectivo, como son cheques o transferencias electrónicas.”cheques o transferencias electrónicas.”

““Para evitar el impacto de esta contribución a los sujetos que aun realizando Para evitar el impacto de esta contribución a los sujetos que aun realizando operaciones en efectivo cumplan con sus obligaciones fiscales, operaciones en efectivo cumplan con sus obligaciones fiscales, específicamente en materia del impuesto sobre la renta, se propone que específicamente en materia del impuesto sobre la renta, se propone que éstos puedan acreditar contra dicha contribución el monto del impuesto éstos puedan acreditar contra dicha contribución el monto del impuesto contra la informalidad que hubieren pagado, con lo que no se verá afectada contra la informalidad que hubieren pagado, con lo que no se verá afectada su economía.”su economía.”

Page 30: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

• Aplicable Personas Físicas Aplicable Personas Físicas y Moralesy Morales

• Tasa 2% (Retenido x Institución Tasa 2% (Retenido x Institución

Financ.)Financ.)

• Respecto de Depósitos en Efectivo. Respecto de Depósitos en Efectivo.

Incluye Cheques de CAJAIncluye Cheques de CAJA

• x Depósitos Mensuales > a $25,000.00x Depósitos Mensuales > a $25,000.00

• No Efectivo las Transferencias y No Efectivo las Transferencias y

similaressimilares..

Page 31: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

• Lo que pretende esta Ley es Lo que pretende esta Ley es obligar a declarar para obligar a declarar para RECUPERAR ESTE IMPUESTO.RECUPERAR ESTE IMPUESTO.

• Las Personas Morales de Título Las Personas Morales de Título III de ISR no pagan este impuesto III de ISR no pagan este impuesto (ADMINISTRADORAS DE (ADMINISTRADORAS DE FONDOS Y CAJAS DE AHORRO)FONDOS Y CAJAS DE AHORRO)

Page 32: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

TITULO III I.S.R.TITULO III I.S.R.

Artículo 95. Para los efectos de esta Ley, se Para los efectos de esta Ley, se consideran personas morales con fines no consideran personas morales con fines no lucrativoslucrativos, además de las señaladas en el artículo , además de las señaladas en el artículo 102 de la misma, las siguientes:102 de la misma, las siguientes:

XIII. Las instituciones o Las instituciones o sociedades civiles, sociedades civiles, constituidas únicamente con el objeto de constituidas únicamente con el objeto de administrar fondos o cajas de ahorroadministrar fondos o cajas de ahorro, y aquéllas a , y aquéllas a las que se refiera la legislación laboral, así como las las que se refiera la legislación laboral, así como las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo a sociedades cooperativas de ahorro y préstamo a que se refiere la Ley de Ahorro y Crédito Popular.que se refiere la Ley de Ahorro y Crédito Popular.

Page 33: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

CAJAS DE AHORROCAJAS DE AHORRO

¿Qué es una caja de ahorro?¿Qué es una caja de ahorro?

Es una organización económica social de personas que se asocian con dos objetivos principales: ahorrar y prestarse entre sí dinero con atractivas tasas de interés.

En las operaciones que llevan a cabo las cajas de ahorro no existe un beneficiario único que obtenga ganancias de éstas. Los depósitos en ahorro y el otorgamiento de préstamos tienen bajas tasas de interés porque las transacciones se realizan entre socios y no necesariamente se persigue un fin de lucro.

En una caja de ahorro no existen los Usuarios, ni los clientes; todos los integrantes son socios, es por ello que comparten los riesgos de las operaciones.

Page 34: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

LEY DEL AHORRO Y CREDITO POPULARLEY DEL AHORRO Y CREDITO POPULAR

Artículo 4-BIS.- Artículo 4-BIS.- No se considerará que realizan operaciones de ahorro y No se considerará que realizan operaciones de ahorro y crédito popular, en los términos del Artículo 4 de esta Ley, crédito popular, en los términos del Artículo 4 de esta Ley, las las asociaciones, sociedades civiles asociaciones, sociedades civiles y sociedades cooperativas, y sociedades cooperativas, así como así como los grupos de personas físicas que tengan por objeto exclusivamente la los grupos de personas físicas que tengan por objeto exclusivamente la captación de recursos de sus integrantes para su colocación entre captación de recursos de sus integrantes para su colocación entre éstos,éstos, que cumplan con los siguientes requisitos: que cumplan con los siguientes requisitos:

I. La colocación y entrega de los recursos captados por las I. La colocación y entrega de los recursos captados por las asociaciones y sociedades civiles, así como por los grupos de asociaciones y sociedades civiles, así como por los grupos de personas físicas citados, sólo podrá llevarse a cabo a través de alguna personas físicas citados, sólo podrá llevarse a cabo a través de alguna persona integrante de la propia asociación, sociedad civil o grupo de persona integrante de la propia asociación, sociedad civil o grupo de personas físicas;personas físicas;

II. El número máximo de sus asociados, socios o integrantes será de II. El número máximo de sus asociados, socios o integrantes será de 250 personas;250 personas;

III. Sus activos no podrán ser superiores a 350,000 Unidades de III. Sus activos no podrán ser superiores a 350,000 Unidades de Inversión (UDIS);Inversión (UDIS);

IV. Se abstendrán de comunicar, informar, anunciar o de cualquier otra IV. Se abstendrán de comunicar, informar, anunciar o de cualquier otra forma de naturaleza análoga o similar, dar a conocer a través de forma de naturaleza análoga o similar, dar a conocer a través de cualquier medio de publicidad o medio informativo, sus operaciones;cualquier medio de publicidad o medio informativo, sus operaciones;

Page 35: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

LEY DEL AHORRO Y CREDITO POPULARLEY DEL AHORRO Y CREDITO POPULAR

V. Deberán registrarse, por conducto de un representante y a cargo del grupo, V. Deberán registrarse, por conducto de un representante y a cargo del grupo, asociación o sociedad civil que representen, ante la Federación de su elección, asociación o sociedad civil que representen, ante la Federación de su elección, a efecto de dar a conocer:a efecto de dar a conocer:

a. El número de sus integrantes;a. El número de sus integrantes;

b. El monto de sus activos, yb. El monto de sus activos, y

c. El lugar o lugares donde se reúnan para llevar a cabo sus operaciones.c. El lugar o lugares donde se reúnan para llevar a cabo sus operaciones.

VI. La información citada deberá actualizarse semestralmente;VI. La información citada deberá actualizarse semestralmente;

VII. Deberán operar en uno o más municipios de una Entidad Federativa de la VII. Deberán operar en uno o más municipios de una Entidad Federativa de la República Mexicana, o en dos o más municipios colindantes de hasta tres República Mexicana, o en dos o más municipios colindantes de hasta tres Entidades Federativas de la República Mexicana, yEntidades Federativas de la República Mexicana, y

VIII. Deberán establecer de forma destacada, en toda la documentación que VIII. Deberán establecer de forma destacada, en toda la documentación que utilicen para instrumentar las operaciones a que se refiere este artículo, que no utilicen para instrumentar las operaciones a que se refiere este artículo, que no son Entidades de Ahorro y Crédito Popular, así como que no están sujetas a la son Entidades de Ahorro y Crédito Popular, así como que no están sujetas a la autorización de la Comisión, ni a la inspección y vigilancia de ninguna autorización de la Comisión, ni a la inspección y vigilancia de ninguna Federación, y que no cuentan con el Fondo de Protección a que se refiere esta Federación, y que no cuentan con el Fondo de Protección a que se refiere esta Ley.Ley.

Las asociaciones y sociedades civiles, así como los grupos de personas físicas Las asociaciones y sociedades civiles, así como los grupos de personas físicas que cumplan con los requisitos a que se refiere este artículo podrán operar sin que cumplan con los requisitos a que se refiere este artículo podrán operar sin sujetarse a los requisitos exigidos por la presente Ley. Asimismo, no se sujetarse a los requisitos exigidos por la presente Ley. Asimismo, no se considerará que se ubican en la prohibición establecida en la fracción I del considerará que se ubican en la prohibición establecida en la fracción I del artículo 103 de la Ley de Instituciones de Créditoartículo 103 de la Ley de Instituciones de Crédito

Page 36: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

LEY DE INSTITUCIONES DE CREDITOLEY DE INSTITUCIONES DE CREDITO

Artículo 103.- Artículo 103.- Ninguna persona física o moral, podrá captar directa o Ninguna persona física o moral, podrá captar directa o indirectamente recursos del público en territorio nacional, mediante la indirectamente recursos del público en territorio nacional, mediante la celebración de operaciones de depósito, préstamo, crédito, mutuo o celebración de operaciones de depósito, préstamo, crédito, mutuo o cualquier otro acto causante de pasivo directo o contingente, quedando cualquier otro acto causante de pasivo directo o contingente, quedando obligado a cubrir el principal y, en su caso, los accesorios financieros obligado a cubrir el principal y, en su caso, los accesorios financieros de los recursos captados.de los recursos captados.

Se exceptúa de lo dispuesto en el párrafo anterior a:Se exceptúa de lo dispuesto en el párrafo anterior a:

I. Las instituciones de crédito reguladas en la presente Ley, así como a I. Las instituciones de crédito reguladas en la presente Ley, así como a los demás intermediarios financieros debidamente autorizados los demás intermediarios financieros debidamente autorizados conforme a los ordenamientos legales aplicables.conforme a los ordenamientos legales aplicables.

II. Los emisores de instrumentos inscritos en el Registro Nacional de II. Los emisores de instrumentos inscritos en el Registro Nacional de Valores colocados mediante oferta pública, respecto de los recursos Valores colocados mediante oferta pública, respecto de los recursos provenientes de dicha colocación, yprovenientes de dicha colocación, y

III. Derogada.III. Derogada.

IV. Las sociedades financieras de objeto limitado autorizadas por la IV. Las sociedades financieras de objeto limitado autorizadas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público que capten recursos Secretaría de Hacienda y Crédito Público que capten recursos provenientes de la colocación de instrumentos inscritos en el Registro provenientes de la colocación de instrumentos inscritos en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios y otorguen créditos para Nacional de Valores e Intermediarios y otorguen créditos para determinada actividad o sector.determinada actividad o sector.

Page 37: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

ReglasReglas

1. El impuesto lo recauda la institución 1. El impuesto lo recauda la institución financiera al final de cada mes, excepto financiera al final de cada mes, excepto los deposito que excedan 25,000, en los deposito que excedan 25,000, en cuyo caso la recaudación es cuyo caso la recaudación es instantanea.instantanea.

2. En caso de no haber saldo el IDE se 2. En caso de no haber saldo el IDE se recauda en los siguientes dépositos.recauda en los siguientes dépositos.

3. La institución Financiera tiene la 3. La institución Financiera tiene la obligación de declarar si no pudo obligación de declarar si no pudo efectuar la recaudación por falta de efectuar la recaudación por falta de fondos.fondos.

Page 38: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

ReglasReglas

4. La IF tiene la obligación de emitir una 4. La IF tiene la obligación de emitir una constancia mensual y anual con el IDE constancia mensual y anual con el IDE recaudado y el pendiente de cobro. No se recaudado y el pendiente de cobro. No se establece plazo de entrega para la establece plazo de entrega para la constancia mensualconstancia mensual

5. La constancia anual se entrega el 15 de 5. La constancia anual se entrega el 15 de Febrero.Febrero.

6. El IDE pendiente de pago anual lo recauda el 6. El IDE pendiente de pago anual lo recauda el SAT mediante notificación, con Actualización SAT mediante notificación, con Actualización y Recargos.y Recargos.

Page 39: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

ReglasReglas

7. Aplicación del IDE7. Aplicación del IDEa)a) En primera instancia se ACREDITA con En primera instancia se ACREDITA con

el ISR propio a nivel provisional o el ISR propio a nivel provisional o anual.anual.

b)b) En segunda instancia se ACREDITA En segunda instancia se ACREDITA contra el ISR retenidocontra el ISR retenido

c)c) En tercera Instancia SE COMPENSA O En tercera Instancia SE COMPENSA O SE PIDE EN DEVOLUCIONSE PIDE EN DEVOLUCION

d)d) Se puede COMPENSAR contra IVA Se puede COMPENSAR contra IVA retenido???retenido???

Page 40: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

Reglas Reglas

• 8. Se pierde el derecho a 8. Se pierde el derecho a ACREDITAMIENTO si en algún mes no ACREDITAMIENTO si en algún mes no lo lleva a cabo. Y el de lo lleva a cabo. Y el de COMPENSACIÓN Y DEVOLUCION???COMPENSACIÓN Y DEVOLUCION???

• 9. Opción de Compensar el IDE del mes 9. Opción de Compensar el IDE del mes inmediato posterior, con ajuste de inmediato posterior, con ajuste de cuentas.cuentas.

• 10. Afecta CUFIN????10. Afecta CUFIN????

Page 41: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

SALDOS A FAVOR IDESALDOS A FAVOR IDE

Si después de aplicar los procedimientos de Si después de aplicar los procedimientos de acreditamiento y compensación a que se acreditamiento y compensación a que se refieren los párrafos anteriores, subsistiere refieren los párrafos anteriores, subsistiere alguna diferencia, alguna diferencia, la misma podrá ser solicitada en devolución, siempre y cuando esta última sea dictaminada por contador público registrado y cumpla con los requisitos que establezca el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general.

Page 42: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

SE INCREMENTARA EL SE INCREMENTARA EL USO DE CASAS DE USO DE CASAS DE

CAMBIO PARA ENVIAR CAMBIO PARA ENVIAR TRANSFERENCIAS TRANSFERENCIAS

DENTRO DEL PAIS O DENTRO DEL PAIS O PARA EL EXTRANJEROPARA EL EXTRANJERO

Page 43: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

Estrategias o Planes Abusivos Tributarios Resumen  - Planes Abusivos TributariosResumen  - Planes Abusivos TributariosDesde mediados de la década de 1990 el Servicio de Impuestos Desde mediados de la década de 1990 el Servicio de Impuestos

Internos (Internal Revenue Service, IRS)Internos (Internal Revenue Service, IRS) ha sido testigo de la ha sido testigo de la proliferación de planes abusivos de impuestos, particularmente proliferación de planes abusivos de impuestos, particularmente aquellos fuera del país.  Originalmente estos planes eran aquellos fuera del país.  Originalmente estos planes eran estructurados como fideicomisos abusivos domésticos y estructurados como fideicomisos abusivos domésticos y extranjeros. extranjeros.  Sin embargo, estos planes o estrategias abusivas Sin embargo, estos planes o estrategias abusivas han evolucionado hasta convertirse en empresas han evolucionado hasta convertirse en empresas sofisticadas, tomando ventaja de las leyes de privacidad financiera sofisticadas, tomando ventaja de las leyes de privacidad financiera de algunas jurisdicciones extranjerasde algunas jurisdicciones extranjeras y de la disponibilidad de y de la disponibilidad de tarjetas de débito y crédito de algunas instituciones financieras en tarjetas de débito y crédito de algunas instituciones financieras en el extranjero.el extranjero.

El Servicio de Impuestos Internos – Investigación Criminal (Internal El Servicio de Impuestos Internos – Investigación Criminal (Internal Revenue Service – Criminal Investigation, IRS-CI)Revenue Service – Criminal Investigation, IRS-CI)    ha desarrollado ha desarrollado un programa coordinado nacionalmente para combatir estos un programa coordinado nacionalmente para combatir estos planes abusivos de impuestos.  El enfoque primordial de IRS-CI es planes abusivos de impuestos.  El enfoque primordial de IRS-CI es la identificación e investigación de los promotores de planes la identificación e investigación de los promotores de planes abusivos de impuestos al igual que investigar a aquellos abusivos de impuestos al igual que investigar a aquellos individuos que forman parte integral,  facilitando, ayudando, individuos que forman parte integral,  facilitando, ayudando, participando, participando, o promoviendo los planes abusivos de impuestos o promoviendo los planes abusivos de impuestos (por ejemplo contadores, abogados).(por ejemplo contadores, abogados).    Segundo, y de Segundo, y de igual importancia, es investigar al inversionista que con todo igual importancia, es investigar al inversionista que con todo conocimiento participa en los planes abusivos de impuestos.conocimiento participa en los planes abusivos de impuestos.

Page 44: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

Estrategias o Planes Abusivos Tributarios

Tarjetas de Débito y Crédito:Tarjetas de Débito y Crédito: Uno de los Uno de los métodos más populares en los últimos años métodos más populares en los últimos años es el uso de tarjetas de banco para con ellas es el uso de tarjetas de banco para con ellas tener acceso a los fondos en el extranjero.  tener acceso a los fondos en el extranjero.  Una vez se establece una cuenta bancaria en Una vez se establece una cuenta bancaria en el extranjero, el contribuyente recibe una el extranjero, el contribuyente recibe una tarjeta del banco.tarjeta del banco.    El contribuyente puede El contribuyente puede utilizar la tarjeta del banco en los Estados utilizar la tarjeta del banco en los Estados Unidos para retirar dinero y para pagar por Unidos para retirar dinero y para pagar por gastos diarios.gastos diarios.

Page 45: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

TRANSITORIOS TRANSITORIOS

Primero. La presente Ley Primero. La presente Ley entrará en vigor a partir del entrará en vigor a partir del

1 de julio de 2008.1 de julio de 2008.

Page 46: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

IETU “Impuesto Empresarial IETU “Impuesto Empresarial a Tasa Única”a Tasa Única”

SUDOKU FISCAL, así se resume SUDOKU FISCAL, así se resume el IETUel IETU

Page 47: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

Cuando el Sr. Mart Laar, Primer Ministro de Cuando el Sr. Mart Laar, Primer Ministro de Estonia de 1992 a 1995 y de 1999 al 2002, Estonia de 1992 a 1995 y de 1999 al 2002, tomó el poder en 1992, la inflación era de tomó el poder en 1992, la inflación era de 1000% anual,1000% anual, la economía se contraía a una la economía se contraía a una tasa de 30% anual, la tasa de desempleo tasa de 30% anual, la tasa de desempleo superaba el 30% y 95% de la economía era superaba el 30% y 95% de la economía era gobierno.gobierno. En 1994 el Sr. Laar, contra las En 1994 el Sr. Laar, contra las indicaciones de muchos economistas, indicaciones de muchos economistas, introdujo en Estonia un impuesto de tasa introdujo en Estonia un impuesto de tasa plana o " flat tax". …….plana o " flat tax". …….

El Sr. Laar es sin duda el pionero de una El Sr. Laar es sin duda el pionero de una revolución tributaria que se expande por el revolución tributaria que se expande por el mundo.mundo.

Page 48: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

El "flat tax"El "flat tax" es un sistema tributario que es un sistema tributario que fomenta el ahorro privado y la formación de fomenta el ahorro privado y la formación de capital empresarial (inversión).capital empresarial (inversión). El crecimiento El crecimiento fenomenal hasta hace algunos años de la fenomenal hasta hace algunos años de la producción en Japón, Singapur, Corea, producción en Japón, Singapur, Corea, Taiwán y Hong Kong, y en China Taiwán y Hong Kong, y en China recientemente, se ha acompañado de tasas recientemente, se ha acompañado de tasas elevadísimas de ahorro e inversión, elevadísimas de ahorro e inversión, mostrando una vez más su papel crucial en la mostrando una vez más su papel crucial en la expansión de la producción.expansión de la producción. Más capital Más capital empresarial lleva a más producción y más empresarial lleva a más producción y más producción genera los recursos que permiten producción genera los recursos que permiten mayores ventas a los productores, mayores ventas a los productores,

Page 49: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

mayor poder de compra a los consumidores, mayor poder de compra a los consumidores, mejores salarios a los trabajadores mejores salarios a los trabajadores y y mayores ingresos tributarios para un sector mayores ingresos tributarios para un sector público que de esa manera puede pagar sin público que de esa manera puede pagar sin muchos problemas sus compras y sus muchos problemas sus compras y sus deudas.deudas. Hong Kong en 1947 instauró un Hong Kong en 1947 instauró un sistema tributario que, según Daniel J. sistema tributario que, según Daniel J. Mitchell, experto mundial en materia Mitchell, experto mundial en materia tributaria, no solamente es una variante del " tributaria, no solamente es una variante del " flat tax", sino que además permitió a Hong flat tax", sino que además permitió a Hong Kong un crecimiento de la producción no Kong un crecimiento de la producción no superado por ningún país en el último medio superado por ningún país en el último medio siglo. siglo.

Page 50: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

PERO EN MEXICO PERO EN MEXICO ADEMAS DELADEMAS DEL “ “FLAT TAX”,FLAT TAX”,

EXISTE EL IVA Y EL ISR, EXISTE EL IVA Y EL ISR, CON LO QUE LA CON LO QUE LA

DOCTRINA ANTES DOCTRINA ANTES CITADA NO SIRVE.CITADA NO SIRVE.

Page 51: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

EXPOSICION DE MOTIVOSEXPOSICION DE MOTIVOS

““Se estima que la tasa de evasión en el pago del impuesto al Se estima que la tasa de evasión en el pago del impuesto al valor agregado y del impuesto sobre la renta es valor agregado y del impuesto sobre la renta es de 27% de la de 27% de la recaudación potencialrecaudación potencial,, lo que equivale a una menor captación lo que equivale a una menor captación cercana al 3% del PIB, cercana al 3% del PIB, de acuerdo a un estudio que el Instituto de acuerdo a un estudio que el Instituto Tecnológico Autónomo de México (ITAM) preparó para el SAT”Tecnológico Autónomo de México (ITAM) preparó para el SAT”

““Tales esfuerzos no están exentos de diversos riesgos como Tales esfuerzos no están exentos de diversos riesgos como son: son: aumentar la presión sobre los contribuyentes cautivos, aumentar la presión sobre los contribuyentes cautivos, reforzando con ello la RECAUDACION reforzando con ello la RECAUDACION e incrementar los e incrementar los costos administrativos para el contribuyente y para el costos administrativos para el contribuyente y para el gobierno, gobierno, percepción de que son objeto de un tratamiento percepción de que son objeto de un tratamiento inicuo; de la fiscalización, inicuo; de la fiscalización, generando, además, oportunidades generando, además, oportunidades de corrupción y de discrecionalidad indeseable en la de corrupción y de discrecionalidad indeseable en la aplicación de leyes y reglamentos por parte de los servidores aplicación de leyes y reglamentos por parte de los servidores públicos responsables de la recaudación y la fiscalización.”públicos responsables de la recaudación y la fiscalización.”

Page 52: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

REFORMAS FISCALESREFORMAS FISCALES20082008

CONSIDERACIONES IMPORTANTES DEL IETUCONSIDERACIONES IMPORTANTES DEL IETU

1.- No se reconocen las perdidas fiscales de 1.- No se reconocen las perdidas fiscales de ejercicios anteriores. ejercicios anteriores.

  2.- No se incrementa la CUFIN por pagar el IETU.2.- No se incrementa la CUFIN por pagar el IETU.      3.- En otros países como en ITALIA es al 3%.3.- En otros países como en ITALIA es al 3%.

Page 53: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

REFORMAS FISCALESREFORMAS FISCALES20082008

4. No es acreditable en el extranjero ya que no es ISR, esto va a generar problemas 4. No es acreditable en el extranjero ya que no es ISR, esto va a generar problemas con países amigos. con países amigos.

  5 .- Es un IVA disfrazado y va a generar distorsiones ECONOMICAS SERIAS EN LAS 5 .- Es un IVA disfrazado y va a generar distorsiones ECONOMICAS SERIAS EN LAS

EMPRESAS  ya que, por ejemplo se vende un bien en 2008 en crédito se genera EMPRESAS  ya que, por ejemplo se vende un bien en 2008 en crédito se genera ISR POR LA VENTA Y EN 2009 SE COBRA se va a generar IETU teniendo una ISR POR LA VENTA Y EN 2009 SE COBRA se va a generar IETU teniendo una duplicidad ECONOMICA.duplicidad ECONOMICA.

  6. .- En principio la Ley dice a las Actividades Empresariales pero del texto de la Ley 6. .- En principio la Ley dice a las Actividades Empresariales pero del texto de la Ley

se GRAVA TODOS LOS INGRESOS.se GRAVA TODOS LOS INGRESOS.   7 .- EL ISR ES DEVENGADO Y EL IETU ES A FLUJO.7 .- EL ISR ES DEVENGADO Y EL IETU ES A FLUJO.    10.- Dentro de la base se incluyen a las Normas de Información Financiera (NIF). 10.- Dentro de la base se incluyen a las Normas de Información Financiera (NIF).   11.- En exportaciones no cobradas en un año se entienden como cobradas al año y 11.- En exportaciones no cobradas en un año se entienden como cobradas al año y

con efectos del pago de impuestos por supuesto. con efectos del pago de impuestos por supuesto.   12.- El IETU es definitivo y no se puede recuperar o acreditar.12.- El IETU es definitivo y no se puede recuperar o acreditar.     

Page 54: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

REFORMAS FISCALESREFORMAS FISCALES20082008

13.- Fibras y centros cambiarios deben pagar el IETU. 13.- Fibras y centros cambiarios deben pagar el IETU.   14.- En el IETU se deducen las COMPRAS, mientras que en el ISR el COSTO. 14.- En el IETU se deducen las COMPRAS, mientras que en el ISR el COSTO.     15.- Los servicios de mano de obra externos si se deducen, lo que fomentara 15.- Los servicios de mano de obra externos si se deducen, lo que fomentara

outsorcing drásticamente. outsorcing drásticamente.     17.- Las auditorias externas tendrán que subir en sus costos ya que para las 17.- Las auditorias externas tendrán que subir en sus costos ya que para las

empresas  hay que hacer otra revisión por este impuesto.empresas  hay que hacer otra revisión por este impuesto.    18.- No dan reglas para salvaguardar el efecto del articulo 23 del reglamento 18.- No dan reglas para salvaguardar el efecto del articulo 23 del reglamento

de IMPAC, por el efecto de derogar la Ley del IMPAC y el nacimiento del de IMPAC, por el efecto de derogar la Ley del IMPAC y el nacimiento del IETUIETU. .

  19.- No se acumulan para el IETU los dividendos.19.- No se acumulan para el IETU los dividendos.    

Page 55: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

Sujetos:Sujetos:

Personas físicas y las morales residentes en territorio Personas físicas y las morales residentes en territorio nacional.nacional.Residentes en el extranjero con establecimiento Residentes en el extranjero con establecimiento permanente en el paíspermanente en el país, , por los ingresos que obtengan, por por los ingresos que obtengan, por la realización de las siguientes actividades:la realización de las siguientes actividades:

Objeto:Objeto:

I.I. Enajenación de bienes.Enajenación de bienes.II.II. Prestación de servicios independientes.Prestación de servicios independientes.III.III. Otorgamiento del uso o goce temporal de bienes.Otorgamiento del uso o goce temporal de bienes.

Page 56: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

REFORMAS FISCALESREFORMAS FISCALES20082008

Cálculo del IETU.

Ingresos en efectivo.Ingresos en efectivo.

Deducciones en efectivo:Deducciones en efectivo:Compras utilizadas en la producción Compras utilizadas en la producción (Inventarios y activo fijo)(Inventarios y activo fijo)

Elimina:Elimina: Depreciación y amortización.Depreciación y amortización.Sueldos y salarios.Sueldos y salarios.Prestaciones sociales y PTU.Prestaciones sociales y PTU.Donativos, regalías, entre otros.Donativos, regalías, entre otros.

Cálculo por ejercicio fiscal anual.Cálculo por ejercicio fiscal anual.

Obligación de pagos provisionales mensuales.Obligación de pagos provisionales mensuales.

Tasa del 17.5% y del 16.5% durante 2008Tasa del 17.5% y del 16.5% durante 2008..

Page 57: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

REFORMAS FISCALESREFORMAS FISCALES20082008

Principales diferenciasPrincipales diferencias

ISRISR IETUIETU

– CréditoCrédito vsvs Efectivo.Efectivo.

– Gasto y costo de ventasGasto y costo de ventas vsvs Compras y gastosCompras y gastos

– ConsolidaciónConsolidación vsvs Trato especial.Trato especial.– Amortización de pérdidasAmortización de pérdidas vsvs Crédito fiscalCrédito fiscal

– Deducción:Deducción:• De sueldosDe sueldos vsvs Crédito al empleoCrédito al empleo• Previsión socialPrevisión social vsvs No deducibleNo deducible• PTUPTU vsvs No deducibleNo deducible• Fondo de pensiones yFondo de pensiones y

jubilacionesjubilaciones vsvs No deduciblesNo deducibles• IMSS e INFONAVITIMSS e INFONAVIT vs vs No deduciblesNo deducibles• AFORESAFORES vs vs No deduciblesNo deducibles

Page 58: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

Como aplicaría el CETUComo aplicaría el CETU

ISRISR CETUCETU

Con o sin Con o sin inversióninversión

Con Con inversióninversión

Sin Sin inversióninversión

Ventas (Ingreso en crédito)Ventas (Ingreso en crédito) 100,000100,000 Ingresos (Cobrados)Ingresos (Cobrados) 100,000100,000 100,000100,000

( - )( - ) Gastos y costos de ventaGastos y costos de venta 60,00060,000 ( - )( - ) Adquisición de materia Adquisición de materia primaprima 60,00060,000 60,00060,000

      40,00040,000       40,00040,000 40,00040,000

( - )( - ) Depreciación de activos fijosDepreciación de activos fijos 20,00020,000 ( - )( - ) Adquisición de activos Adquisición de activos fijosfijos 30,00030,000 00

      20,00020,000       10,00010,000 40,00040,000

( - )( - ) Gastos deducibles como de Gastos deducibles como de administración y sueldosadministración y sueldos 9,0009,000      

( = )( = ) TotalTotal 11,00011,000 ( = )( = ) TotalTotal 10,00010,000 40,00040,000

( - )( - ) Amortización de pérdidasAmortización de pérdidas 1,0001,000 ( - )( - ) Amortización de Amortización de pérdidaspérdidas 00 00

( = )( = ) Base del impuestoBase del impuesto 10,00010,000 ( = )( = ) Base del impuestoBase del impuesto 10,00010,000 40,00040,000

( x )( x ) Tasa de ISRTasa de ISR 28%28% ( x )( x ) Tasa de CETUTasa de CETU 19%19% 19%19%

( = )( = ) ISR a cargoISR a cargo 2,8002,800 ( = )( = ) CETU a cargoCETU a cargo 1,9001,900 7,6007,600

1. Se hacen los dos cálculos y se paga el mayor1. Se hacen los dos cálculos y se paga el mayor

Page 59: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

Ejemplo IETU

IETU ISR

Ventas Cobradas 100 100

Compras Pagadas - 30 - 30

Compras x Pagar - - 25

Inventario Inicial - - 20

Inventario Final - 15

Gastos Generales - 15 - 15

Nominas/Carga Social - - 10

Intereses - - 5

Depreciaciones - - 5

Base 55 5

Page 60: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

Ejemplo IETUBase 55 5

Tasa 16.5% 28%

Impuesto Previo 9.0 1.4

ISR Propio Acreditable 1.4

ISR Nominas 0.8

Impuesto Neto 6.8 Global

Total Impuestos     9

Utilidad Neta     5

Tasa Efectiva     180%

Page 61: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

TASATASA

20082008 16.5%16.5%

2009 17.0%2009 17.0%

2010 17.5%2010 17.5%

Page 62: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

PERIODICO MURALPERIODICO MURAL

Page 63: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

PERIODICO MURALPERIODICO MURAL

Page 64: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

PERIODICO MURALPERIODICO MURAL

Page 65: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

PERIODICO MURALPERIODICO MURAL

Por último, quiero destacar que el actual Por último, quiero destacar que el actual IMPAC, al final de cuentas puede decirse que IMPAC, al final de cuentas puede decirse que tiene un reconocimiento Multi-Anual;tiene un reconocimiento Multi-Anual; esto es, esto es, si en un ejercicio se paga este, y en los si en un ejercicio se paga este, y en los subsecuentes, se genera una buena cantidad subsecuentes, se genera una buena cantidad de ISR, el primero puede recuperarse, lo de ISR, el primero puede recuperarse, lo cual, desafortunadamente,cual, desafortunadamente, no sucederá con no sucederá con el IETU, por lo que habrá que tener sumo el IETU, por lo que habrá que tener sumo cuidado en planear ISR-IETU para procurar cuidado en planear ISR-IETU para procurar llevarlos a un punto de equilibrio.llevarlos a un punto de equilibrio.

Page 66: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

1.1. Inversiones de 2007Inversiones de 2007 Otorgar una deducciónOtorgar una deducción por las por las

inversiones NUEVAS realizadas inversiones NUEVAS realizadas a a partir del 1 de septiembre de 2007 al partir del 1 de septiembre de 2007 al 31 de diciembre del mismo año,31 de diciembre del mismo año, misma que sería aplicable en los 3 misma que sería aplicable en los 3 años siguientes en partes iguales años siguientes en partes iguales (Artículo Quinto Transitorio).(Artículo Quinto Transitorio).

Page 67: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

2.2. Depreciación de activos fijos adquiridos con Depreciación de activos fijos adquiridos con anterioridad.anterioridad.

Por las inversiones de activo fijo, cargos y gastos Por las inversiones de activo fijo, cargos y gastos diferidos se otorga un diferidos se otorga un créditocrédito fiscal fiscal equivalente al equivalente al 17.5% del valor fiscal (del saldo por deducir 17.5% del valor fiscal (del saldo por deducir actualizado) de dichas inversiones existentes al 31 actualizado) de dichas inversiones existentes al 31 de diciembre de 2007 (2008-16%.5 Y 2009-17%)de diciembre de 2007 (2008-16%.5 Y 2009-17%), , Y Y EL RESULTADO SE ACREDITARA EN UN 5% EN EL RESULTADO SE ACREDITARA EN UN 5% EN CADA EJERCICIO HASTA EN 10 EJERCICIOS CADA EJERCICIO HASTA EN 10 EJERCICIOS SIGUIENTESSIGUIENTES (En realidad permiten el 50%). (En realidad permiten el 50%).

El crédito fiscal se actualiza por inflación de El crédito fiscal se actualiza por inflación de diciembre de 2007 al sexto mes del ejercicio en diciembre de 2007 al sexto mes del ejercicio en que se aplique.que se aplique.

No se aplica el crédito pendiente de acreditar No se aplica el crédito pendiente de acreditar cuando el contribuyente enajene el bien o éste deje cuando el contribuyente enajene el bien o éste deje de ser útil (Artículo Sexto Transitorio).de ser útil (Artículo Sexto Transitorio).

Page 68: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

• En pagos provisionales se permite En pagos provisionales se permite aplicar una DOCEAVA part.aplicar una DOCEAVA part.

• El CREDITO se aplica antes de los El CREDITO se aplica antes de los pagos provisionales de ISR y IETUpagos provisionales de ISR y IETU

• Solo aplica por inversiones erogadas Solo aplica por inversiones erogadas hasta el 2007hasta el 2007

• Perdida del derecho si se olvida Perdida del derecho si se olvida aplicar.aplicar.

Page 69: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

3. Recuperación del Impuesto al Activo 3. Recuperación del Impuesto al Activo (IMPAC) pagado en los 10 ejercicios (IMPAC) pagado en los 10 ejercicios anterioresanteriores

Se mantiene la disposición prevista en la Se mantiene la disposición prevista en la Iniciativa del Ejecutivo relativa al Iniciativa del Ejecutivo relativa al derecho derecho adquirido del contribuyente de solicitar la adquirido del contribuyente de solicitar la devolución del IMPAC pagado en devolución del IMPAC pagado en ejercicios anteriores por el monto del ISR ejercicios anteriores por el monto del ISR e IETU a pagar. e IETU a pagar.

Page 70: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

Cabe señalar que, conforme a las disposiciones Cabe señalar que, conforme a las disposiciones legales correspondientes, la devolución no puede legales correspondientes, la devolución no puede ser mayor a la diferencia entre el ISR y el IMPAC.ser mayor a la diferencia entre el ISR y el IMPAC. En el Dictamen se propone que esta última En el Dictamen se propone que esta última diferencia se determine comparando el ISR de cada diferencia se determine comparando el ISR de cada ejercicio con el monto del IMPAC pagado que haya ejercicio con el monto del IMPAC pagado que haya resultado menor en los tres últimos ejercicios resultado menor en los tres últimos ejercicios fiscales (2005, 2006 ó 2007).fiscales (2005, 2006 ó 2007). El monto de la El monto de la devolución de cada año no puede exceder del 10% devolución de cada año no puede exceder del 10% del valor del IMPAC pagado en ejercicios del valor del IMPAC pagado en ejercicios anteriores del contribuyente (Artículo Tercero anteriores del contribuyente (Artículo Tercero Transitorio).Transitorio).

Page 71: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

Primer CasoPrimer Caso

• ISR mayor a IMPAC de los ISR mayor a IMPAC de los Ejercicios 2005 al 2007 (el menor)Ejercicios 2005 al 2007 (el menor)

• Se recupera la diferencia, con tope Se recupera la diferencia, con tope máximo del 10% del IMPAC total máximo del 10% del IMPAC total recuperable.recuperable.

• LA PRETENSION ES QUE SE LA PRETENSION ES QUE SE RECUPER EN 10 AÑOSRECUPER EN 10 AÑOS

Page 72: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

Segundo CasoSegundo Caso

• IETU mayor al ISR del Ejercicio.IETU mayor al ISR del Ejercicio.

• Se puede compensar IMPAC Se puede compensar IMPAC pendiente de recuperar.pendiente de recuperar.

• No hay restricciòn de montos.No hay restricciòn de montos.

• Perdida del derecho en caso de Perdida del derecho en caso de olvido.olvido.

Page 73: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

Con base a la información más Con base a la información más reciente disponible, el valor del reciente disponible, el valor del “impuesto al activo pagado en “impuesto al activo pagado en los 10 ejercicios anteriores los 10 ejercicios anteriores pendientes de recuperar” es de pendientes de recuperar” es de 0.43% del PIB.0.43% del PIB.

Page 74: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

EL EFECTO DEL ARTICULO 23 DE EL EFECTO DEL ARTICULO 23 DE LA LEY DEL IMPAC VIGENTE AL LA LEY DEL IMPAC VIGENTE AL 31 DE DIC. DE 2007 SE ANULA Y 31 DE DIC. DE 2007 SE ANULA Y ES COMO NO RECONOCER EL ES COMO NO RECONOCER EL ESFUERZO DE LAS INVERSIONES ESFUERZO DE LAS INVERSIONES DE LAS EMPRESAS Y QUE DE LAS EMPRESAS Y QUE APLICARON DEDUCCION APLICARON DEDUCCION INMEDIATA.INMEDIATA.

Page 75: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

HAY QUE ANALIZAR TRATAR HAY QUE ANALIZAR TRATAR DE RECUPERAR AL MAXIMO DE RECUPERAR AL MAXIMO EL IMPAC PAGADO EN EL IMPAC PAGADO EN EJERCICIOS ANTERIORES EN EJERCICIOS ANTERIORES EN ESTE 2007 PARA ASI NO ESTE 2007 PARA ASI NO TENER PROBLEMAS DE TENER PROBLEMAS DE RECUPERACIONRECUPERACION

Page 76: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

Es importante señalar que en materia deEs importante señalar que en materia de

1: Pérdidas asociadas a la aplicación de la Pérdidas asociadas a la aplicación de la deducción inmediatadeducción inmediata (personas morales y (personas morales y personas físicas) y de la deducción de las personas físicas) y de la deducción de las inversiones como gasto (personas físicas del inversiones como gasto (personas físicas del régimen intermedio y contribuyentes del régimen régimen intermedio y contribuyentes del régimen simplificado),simplificado),

2: Así como por la deducción de terrenos como 2: Así como por la deducción de terrenos como inventarios (artículo 225 de la LISR), inventarios (artículo 225 de la LISR),

Se está evaluando el vehículo jurídico Se está evaluando el vehículo jurídico adecuado para otorgar algún adecuado para otorgar algún reconocimiento para efectos del IETU.reconocimiento para efectos del IETU.

Page 77: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

Crédito por salarios gravados yCrédito por salarios gravados y contribuciones patronales de seguridad socialcontribuciones patronales de seguridad social

. Salarios gravados. Salarios gravados– Con el fin de simplificar el sistema de compensación por Con el fin de simplificar el sistema de compensación por

la no deducibilidad de salarios,la no deducibilidad de salarios, basado en los basado en los acreditamientos del ISR retenido y del crédito al empleo acreditamientos del ISR retenido y del crédito al empleo (CAE),(CAE), así como para evitar que éstos pudieran así como para evitar que éstos pudieran representar un costo mayor que la deducción de salarios,representar un costo mayor que la deducción de salarios, se otorga un sólo crédito fiscal que sustituye a los se otorga un sólo crédito fiscal que sustituye a los anteriores (Artículos 8 y 10).anteriores (Artículos 8 y 10).

– El crédito por salarios sería el resultado de multiplicar a El crédito por salarios sería el resultado de multiplicar a los salarios gravados que sirven de base para calcular el los salarios gravados que sirven de base para calcular el ISR, por la tasa del IETUISR, por la tasa del IETU.. Este crédito sólo es aplicable Este crédito sólo es aplicable cuando los empleadores cumplan con la obligación de cuando los empleadores cumplan con la obligación de enterar las retenciones del ISR por dichos salarios o se enterar las retenciones del ISR por dichos salarios o se entreguen las cantidades que por el subsidio al empleo entreguen las cantidades que por el subsidio al empleo corresponda a los trabajadores.corresponda a los trabajadores.

Page 78: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

• Contribuciones patronales de seguridad social– Así mismo se otorga un crédito por las Así mismo se otorga un crédito por las

contribuciones patronales de seguridad contribuciones patronales de seguridad social (Artículos 8 y 10).social (Artículos 8 y 10).

– El crédito por contribuciones patronales El crédito por contribuciones patronales sería el resultado de multiplicar las sería el resultado de multiplicar las aportaciones de seguridad social pagadas aportaciones de seguridad social pagadas en México, por la tasa del IETU.en México, por la tasa del IETU.

Page 79: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

Gravar.Gravar. Imponer un gravamen o un Imponer un gravamen o un impuesto (a alguien o a algo). No debe impuesto (a alguien o a algo). No debe confundirse con confundirse con grabargrabar (marcar algo en (marcar algo en una superficie mediante incisión y una superficie mediante incisión y registrar en un soporte).registrar en un soporte).

Fuente: Diccionario Panhispánico de Fuente: Diccionario Panhispánico de dudas.dudas.

Page 80: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

Octava Epoca Instancia: Segunda Sala Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación

Tomo: 72, Diciembre de 1993 Tesis: 2a./J. 27/93 Página: 25IMPUESTOS, CAUSANTES DE, Y CAUSANTES EXENTOS, CONCEPTO.

Causante es la persona física o moral que, de acuerdo con las leyes Causante es la persona física o moral que, de acuerdo con las leyes tributarias se ve obligada al pago de la prestación determinada a favor del tributarias se ve obligada al pago de la prestación determinada a favor del Fisco; esa obligación deriva de que se encuentra dentro de la hipótesis o Fisco; esa obligación deriva de que se encuentra dentro de la hipótesis o situación señalada en la ley, esto es, cuando se realiza el hecho situación señalada en la ley, esto es, cuando se realiza el hecho generador del crédito. No causante, lógicamente, es la persona física o generador del crédito. No causante, lógicamente, es la persona física o moral cuya situación no coincide con la que la ley señala como fuente de moral cuya situación no coincide con la que la ley señala como fuente de un crédito o prestación fiscal. un crédito o prestación fiscal. Sujeto exento es la persona física o moral Sujeto exento es la persona física o moral cuya situación legal normalmente tiene la calidad de causante, pero que cuya situación legal normalmente tiene la calidad de causante, pero que no está obligado a enterar el crédito tributario, por encontrarse en no está obligado a enterar el crédito tributario, por encontrarse en condiciones de privilegio o franquicia.condiciones de privilegio o franquicia.

Contradicción de tesis. Varios 26/90. Entre las sustentadas por los Tribunales Contradicción de tesis. Varios 26/90. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Segundo y Quinto en Materia Administrativa del Primer Colegiados Segundo y Quinto en Materia Administrativa del Primer Circuito. 22 de octubre de 1993. Mayoría de tres votos. Disidente: Circuito. 22 de octubre de 1993. Mayoría de tres votos. Disidente: Atanasio González Martínez. Ausente: Noé Castañón León. Ponente: Atanasio González Martínez. Ausente: Noé Castañón León. Ponente: Carlos de Silva Nava. Secretaria: Carolina Galván Zenteno.Carlos de Silva Nava. Secretaria: Carolina Galván Zenteno.

Tesis de Jurisprudencia 27/93. Aprobada por la Segunda Sala de este alto Tesis de Jurisprudencia 27/93. Aprobada por la Segunda Sala de este alto Tribunal, en sesión privada de veinticuatro de noviembre de mil Tribunal, en sesión privada de veinticuatro de noviembre de mil novecientos noventa y tres, por unanimidad de cinco votos de los novecientos noventa y tres, por unanimidad de cinco votos de los señores Ministros: Presidente Noé Castañón León, Atanasio González señores Ministros: Presidente Noé Castañón León, Atanasio González Martínez, Carlos de Silva Nava, José Manuel Villagordoa Lozano y Fausta Martínez, Carlos de Silva Nava, José Manuel Villagordoa Lozano y Fausta Moreno Flores.Moreno Flores.

Page 81: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

Acreditamientos

• 1. Perdidas Fiscales en IETU convertidas en Crédito1. Perdidas Fiscales en IETU convertidas en Crédito• Consiste en multiplicar por la tasa el exceso de Consiste en multiplicar por la tasa el exceso de

deducciones contra ingresosdeducciones contra ingresos• 2. Crédito por sueldos gravados y aportaciones de 2. Crédito por sueldos gravados y aportaciones de

seguridad socialseguridad social• 3. ISR propio del Ejercicio efectivamente pagado ( Se 3. ISR propio del Ejercicio efectivamente pagado ( Se

considera asi el acredita por IDE) Incluyendo el de considera asi el acredita por IDE) Incluyendo el de DividendosDividendos

• 4.- CREDITO DE INVERSIONES4.- CREDITO DE INVERSIONES• 5.- CREDITO DEL ISR DE DIVIDENDOS DE 2006 Y 5.- CREDITO DEL ISR DE DIVIDENDOS DE 2006 Y

2007 NO ACREDITADOS ANTERIORMENTE2007 NO ACREDITADOS ANTERIORMENTE• 6. Pagos Provisionales de IETU6. Pagos Provisionales de IETU

Page 82: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

ReglasReglas

• 1. Pagos Provisionales de IETU no 1. Pagos Provisionales de IETU no acreditados contra el impuesto se acreditados contra el impuesto se pueden COMPENSAR contra ISRpueden COMPENSAR contra ISR

• Si hubiera remanente se solicitan Si hubiera remanente se solicitan en DEVOLUCION.en DEVOLUCION.

Page 83: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

Crédito de IETU en ISRCrédito de IETU en ISR3.3. Se permite que el crédito por Se permite que el crédito por

exceso de deducciones sobre exceso de deducciones sobre ingresos del IETU se pueda aplicar ingresos del IETU se pueda aplicar en el ISR en el año en que se generóen el ISR en el año en que se generó y establecer que este acreditamiento y establecer que este acreditamiento no podrá aplicarse contra el IETU,no podrá aplicarse contra el IETU, y y no da derecho a devoluciónno da derecho a devolución. . (Artículo (Artículo 11, tercer párrafo11, tercer párrafo).).

Page 84: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

• DonativosDonativos

Permitir la deducción de donativos Permitir la deducción de donativos no onerosos ni remunerativosno onerosos ni remunerativos EN EN LOS MISMOS TÉRMINOS Y LÍMITES LOS MISMOS TÉRMINOS Y LÍMITES ESTABLECIDOS para los efectos ESTABLECIDOS para los efectos de la LISR.de la LISR. (Artículo 5, fracción (Artículo 5, fracción VIII).VIII).

Page 85: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

Artículo 4. Artículo 4. No se pagará el impuesto empresarial a tasa única por No se pagará el impuesto empresarial a tasa única por los siguientes ingresos:los siguientes ingresos:

I. Los percibidos por la Federación, las Entidades Federativas, los I. Los percibidos por la Federación, las Entidades Federativas, los Municipios, los órganos constitucionales autónomos y las Municipios, los órganos constitucionales autónomos y las entidades de la administración pública paraestatal que, entidades de la administración pública paraestatal que, conforme al Título III de la Ley del Impuesto sobre la Renta o la conforme al Título III de la Ley del Impuesto sobre la Renta o la Ley de Ingresos de la Federación, estén considerados como no Ley de Ingresos de la Federación, estén considerados como no contribuyentes del impuesto sobre la renta.contribuyentes del impuesto sobre la renta.

II. Los que no estén afectos al pago del impuesto sobre la renta en II. Los que no estén afectos al pago del impuesto sobre la renta en los términos de la Ley de la materia que reciban las personas los términos de la Ley de la materia que reciban las personas que a continuación se señalan:que a continuación se señalan:

a) Partidos, asociaciones, coaliciones y frentes políticos a) Partidos, asociaciones, coaliciones y frentes políticos legalmente reconocidos.legalmente reconocidos.

b) Sindicatos obreros y organismos que los agrupen.b) Sindicatos obreros y organismos que los agrupen.

c) Asociaciones o sociedades civiles organizadas con fines c) Asociaciones o sociedades civiles organizadas con fines científicos, políticos, religiosos y culturales, a excepción de científicos, políticos, religiosos y culturales, a excepción de aquéllas que proporcionen servicios con instalaciones aquéllas que proporcionen servicios con instalaciones deportivas cuando el valor de éstas represente más del 25% deportivas cuando el valor de éstas represente más del 25% del valor total de las instalaciones.del valor total de las instalaciones.

Page 86: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

d) Cámaras de comercio e industria, agrupaciones d) Cámaras de comercio e industria, agrupaciones agrícolas, ganaderas, pesqueras o silvícolas, colegios agrícolas, ganaderas, pesqueras o silvícolas, colegios de profesionales, así como los organismos que las de profesionales, así como los organismos que las agrupen, asociaciones patronales y las asociaciones agrupen, asociaciones patronales y las asociaciones civiles y sociedades de responsabilidad limitada de civiles y sociedades de responsabilidad limitada de interés público que administren en forma interés público que administren en forma descentralizada los distritos o unidades de riego, descentralizada los distritos o unidades de riego, previa concesión o permiso respectivo, y los previa concesión o permiso respectivo, y los organismos que conforme a la ley agrupen a las organismos que conforme a la ley agrupen a las sociedades cooperativas, ya sea de productores o de sociedades cooperativas, ya sea de productores o de consumidores. consumidores. Quedan incluidas en este inciso las Quedan incluidas en este inciso las asociaciones civiles que de conformidad con sus asociaciones civiles que de conformidad con sus estatutos tengan el mismo objeto social que las estatutos tengan el mismo objeto social que las cámaras y confederaciones empresariales.cámaras y confederaciones empresariales.

Page 87: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

e) Las instituciones o sociedades civiles, constituidas únicamente e) Las instituciones o sociedades civiles, constituidas únicamente con el objeto de administrar fondos o cajas de ahorro, con el objeto de administrar fondos o cajas de ahorro, y y aquéllas a las que se refiere la legislación laboral,aquéllas a las que se refiere la legislación laboral, las las sociedades cooperativas de consumo, las sociedades sociedades cooperativas de consumo, las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo autorizadas para operar cooperativas de ahorro y préstamo autorizadas para operar como entidades de ahorro y crédito popular, en los términos de como entidades de ahorro y crédito popular, en los términos de la Ley de Ahorro y Crédito Popular, así como las federaciones la Ley de Ahorro y Crédito Popular, así como las federaciones y confederaciones autorizadas por la misma Ley y las y confederaciones autorizadas por la misma Ley y las personas a que se refiere el artículo 4 bis del ordenamiento personas a que se refiere el artículo 4 bis del ordenamiento legal citado y las sociedades mutualistas que no operen con legal citado y las sociedades mutualistas que no operen con terceros, siempre que en este último caso no realicen gastos terceros, siempre que en este último caso no realicen gastos para la adquisición de negocios, tales como premios, para la adquisición de negocios, tales como premios, comisiones y otros análogos.comisiones y otros análogos.

f)Asociaciones de padres de familia constituidas y registradas en f)Asociaciones de padres de familia constituidas y registradas en los términos del Reglamento de Asociaciones de Padres de los términos del Reglamento de Asociaciones de Padres de Familia de la Ley General de Educación y las sociedades de Familia de la Ley General de Educación y las sociedades de gestión colectiva constituidas de acuerdo con la Ley Federal gestión colectiva constituidas de acuerdo con la Ley Federal del Derecho de Autor.del Derecho de Autor.

Page 88: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

DeduccionesDeducciones

1.1. Se precisa que los gastos e inversiones de operación Se precisa que los gastos e inversiones de operación (gastos de administración, producción, (gastos de administración, producción, comercialización y distribución) son deduciblescomercialización y distribución) son deducibles (Artículo 5, fracción I).(Artículo 5, fracción I).

2.2. Se precisa que no son deducibles las Se precisa que no son deducibles las remuneraciones a que se refiere el artículo 110 de la remuneraciones a que se refiere el artículo 110 de la LISRLISR (Artículo 5, fracción I, segundo párrafo).(Artículo 5, fracción I, segundo párrafo).

3.3. Se precisa que son deducibles las contribuciones a Se precisa que son deducibles las contribuciones a cargo del contribuyente pagadas en México, en lugar cargo del contribuyente pagadas en México, en lugar de mencionar contribuciones locales o federalesde mencionar contribuciones locales o federales (Artículo 5, fracción II, primer párrafo).(Artículo 5, fracción II, primer párrafo).

Page 89: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

5.5. Se permite la deducción de los aprovechamientos Se permite la deducción de los aprovechamientos pagados por concepto de los bienes de dominio público, pagados por concepto de los bienes de dominio público, por la prestación de un servicio público concesionado o por la prestación de un servicio público concesionado o permisos, siempre que sean deducibles del ISRpermisos, siempre que sean deducibles del ISR (Artículo (Artículo 5, fracción II, tercer párrafo).5, fracción II, tercer párrafo).

6. 6. Se establece la deducción por quebrantos tratándose de Se establece la deducción por quebrantos tratándose de exportaciones, caso fortuito o fuerza mayorexportaciones, caso fortuito o fuerza mayor (Artículo 5, (Artículo 5, fracción X).fracción X).

7.7. Se precisa como requisito de las deducciones que las Se precisa como requisito de las deducciones que las erogaciones correspondan a las actividades objeto del erogaciones correspondan a las actividades objeto del impuesto por las que el proveedor deba pagar el IETUimpuesto por las que el proveedor deba pagar el IETU (Artículo 6, fracción I).(Artículo 6, fracción I).

8. 8. Se aclara que tratándose de bienes de procedencia Se aclara que tratándose de bienes de procedencia extranjera (importación temporal, entre otros) uno de los extranjera (importación temporal, entre otros) uno de los requisitos es su legal estancia en el país de conformidad requisitos es su legal estancia en el país de conformidad con las disposiciones aduaneras, siempre que sean con las disposiciones aduaneras, siempre que sean efectivamente pagadasefectivamente pagadas (Artículo 6, fracción V).(Artículo 6, fracción V).

Page 90: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

DefinicionesDefinicionesRegalíasRegalías Se precisa que no son objeto del IETU el otorgamiento del uso Se precisa que no son objeto del IETU el otorgamiento del uso

o goce temporal de bienes entre partes relacionadas o goce temporal de bienes entre partes relacionadas residentes en México o en el extranjero que den lugar al pago residentes en México o en el extranjero que den lugar al pago de regalías. Como consecuencia de lo anterior se agrega el de regalías. Como consecuencia de lo anterior se agrega el concepto de partes relacionadas de la LISRconcepto de partes relacionadas de la LISR (Artículo 3, (Artículo 3, fracciones I, segundo párrafo y VI).fracciones I, segundo párrafo y VI).

Se precisa que los pagos de cualquier clase por el uso o goce Se precisa que los pagos de cualquier clase por el uso o goce temporal de equipos industriales, comerciales o científicos son temporal de equipos industriales, comerciales o científicos son ingresos afectos al IETU, cualquiera que se el nombre con el ingresos afectos al IETU, cualquiera que se el nombre con el que se les designeque se les designe (Artículo 3, fracción I, segundo párrafo).(Artículo 3, fracción I, segundo párrafo).

Establecimiento permanenteEstablecimiento permanente Se amplia el concepto de Establecimiento Permanente (EP) a lo Se amplia el concepto de Establecimiento Permanente (EP) a lo

establecido en los tratados internacionales para evitar la doble establecido en los tratados internacionales para evitar la doble tributación que México tenga en vigor tributación que México tenga en vigor (Artículo 3, fracción III).(Artículo 3, fracción III).

Page 91: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

Sector primarioSector primario Se exenta el ingreso que perciba la persona física Se exenta el ingreso que perciba la persona física

del sector primario hasta por un monto de 40 del sector primario hasta por un monto de 40 salarios mínimos (SM) y de 20 SM para la persona salarios mínimos (SM) y de 20 SM para la persona física o socio integrante de una persona moral, sin física o socio integrante de una persona moral, sin que excedan de 200 SM, siempre que estén que excedan de 200 SM, siempre que estén inscritos en el Registro Federal de Contribuyentes inscritos en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC)(RFC) (Artículo 4, fracción IV).(Artículo 4, fracción IV).

Estos contribuyentes deben expedir facturas a Estos contribuyentes deben expedir facturas a efecto de que sus clientes estén en posibilidad de efecto de que sus clientes estén en posibilidad de comprobar debidamente las adquisiciones que comprobar debidamente las adquisiciones que realicen.realicen. De manera transitoria se otorga un plazo de De manera transitoria se otorga un plazo de 6 meses para que dichos contribuyentes se 6 meses para que dichos contribuyentes se inscriban al RFCinscriban al RFC (Artículo Décimo Tercero (Artículo Décimo Tercero Transitorio).Transitorio).

Page 92: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

REPECOSREPECOS

• Pagarán el impuesto empresarial a tasa Pagarán el impuesto empresarial a tasa única única mediante estimativamediante estimativa del impuesto del impuesto que practiquen las mismas que practiquen las mismas autoridades.. A la diferencia entre los autoridades.. A la diferencia entre los ingresos y las deducciones estimadas ingresos y las deducciones estimadas se aplicará la tasa ,el resultado se aplicará la tasa ,el resultado obtenido se dividirá entre doce para obtenido se dividirá entre doce para obtener el impuesto empresarial a tasa obtener el impuesto empresarial a tasa única estimado mensual.única estimado mensual.

Page 93: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

REPECOSREPECOS

• Las autoridades fiscales tomarán en Las autoridades fiscales tomarán en consideración: consideración:

- el inventario de las mercancías,- el inventario de las mercancías,- maquinaria y equipo- maquinaria y equipo- el monto de la renta del establecimiento; - el monto de la renta del establecimiento; - energía eléctrica, teléfonos y demás servicios- energía eléctrica, teléfonos y demás servicios- el uso o goce temporal de bienes- el uso o goce temporal de bienes- así como la información que proporcionen - así como la información que proporcionen

terceros que tengan relación de negocios terceros que tengan relación de negocios con el contribuyente.con el contribuyente.

Page 94: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

REPECOSREPECOS

• Las Entidades Federativas que hayan Las Entidades Federativas que hayan celebrado el convenio a que se refiere el celebrado el convenio a que se refiere el párrafo anterior deberán, en una sola cuota, párrafo anterior deberán, en una sola cuota, recaudar el impuesto al valor agregado, el recaudar el impuesto al valor agregado, el impuesto sobre la renta yel impuesto sobre la renta yel impuestoempresarial a tasa única impuestoempresarial a tasa única

• Hasta en tanto las autoridades estimen la Hasta en tanto las autoridades estimen la cuota del impuesto empresarial a tasa únicacuota del impuesto empresarial a tasa única, , los REPECOS considerarán que el impuesto los REPECOS considerarán que el impuesto empresarial a tasa única forma parte de la empresarial a tasa única forma parte de la determinación estimativa para los efectos del determinación estimativa para los efectos del impuesto sobre la renta.impuesto sobre la renta.

Page 95: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

Actos accidentalesActos accidentales Se exenta el ingreso que obtenga la persona física por las Se exenta el ingreso que obtenga la persona física por las

actividades objeto del IETU cuando de forma accidental actividades objeto del IETU cuando de forma accidental realice dichas actividades.realice dichas actividades. Se señala que se trata de actos Se señala que se trata de actos accidentales cuando la persona física no realiza accidentales cuando la persona física no realiza actividades empresariales, profesionales o de actividades empresariales, profesionales o de arrendamiento u otorgamiento del uso o goce temporal de arrendamiento u otorgamiento del uso o goce temporal de bienes inmuebles (Capítulos II o III del Título IV de la LISR), bienes inmuebles (Capítulos II o III del Título IV de la LISR), o bien cuando realicen estas actividades pero se trate de o bien cuando realicen estas actividades pero se trate de bienes que no hubieran sido deducidos para los efectos bienes que no hubieran sido deducidos para los efectos del IETU (Artículo 4, fracción VII).del IETU (Artículo 4, fracción VII).

En consecuencia se elimina el tratamiento propuesto en la En consecuencia se elimina el tratamiento propuesto en la Iniciativa para actos accidentales que realice la persona Iniciativa para actos accidentales que realice la persona física (Capítulo VI y Artículo 20) y se hace innecesaria la física (Capítulo VI y Artículo 20) y se hace innecesaria la exención prevista para la enajenación que realice la exención prevista para la enajenación que realice la persona física de su casa habitación y de bienes muebles persona física de su casa habitación y de bienes muebles usados [Artículo 4, fracción IV incisos a) y b)].usados [Artículo 4, fracción IV incisos a) y b)].

Page 96: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

Otros temas relativosOtros temas relativos• Permitir que las FIBRAS no realicen pagos provisionalesPermitir que las FIBRAS no realicen pagos provisionales

(Artículo 9, último párrafo).(Artículo 9, último párrafo).• Exentar los ingresos de fondos de pensiones extranjeros Exentar los ingresos de fondos de pensiones extranjeros

cuando por dichos ingresos también estén exentos en la cuando por dichos ingresos también estén exentos en la LISRLISR (Artículo 4, fracción V).(Artículo 4, fracción V).

• Incluir a las casas de bolsa y personas dedicadas a la Incluir a las casas de bolsa y personas dedicadas a la cobranza de cartera de créditos, como entidades que deben cobranza de cartera de créditos, como entidades que deben determinar el margen de intermediación financieradeterminar el margen de intermediación financiera (Artículo (Artículo 3, fracción I).3, fracción I).

• Exentar a las asociaciones civiles que cuenten con Exentar a las asociaciones civiles que cuenten con secciones de ahorro y préstamo, que aún no hayan obtenido secciones de ahorro y préstamo, que aún no hayan obtenido la autorización de la Comisión Nacional Bancaria y de la autorización de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores para operar como entidades de ahorro y crédito Valores para operar como entidades de ahorro y crédito popular, pero que estén en proceso de obtenerlapopular, pero que estén en proceso de obtenerla (Artículo (Artículo Décimo Transitorio).Décimo Transitorio).

• Otorgar la exención a las federaciones y confederaciones Otorgar la exención a las federaciones y confederaciones autorizadas por la Ley de Ahorro y Crédito Popularautorizadas por la Ley de Ahorro y Crédito Popular (Artículo (Artículo 4, fracción II).4, fracción II).

Page 97: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

Sin resolver queda:Sin resolver queda:

1.- El efecto de los inventarios de 1.- El efecto de los inventarios de mercancías, materias primas, mercancías, materias primas, producción en proceso y productos producción en proceso y productos terminados.terminados.

2.- Las perdidas de ejercicios anteriores.2.- Las perdidas de ejercicios anteriores.

3.- Si el IETU genera CUFIN3.- Si el IETU genera CUFIN

Page 98: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

PRECAUCIONPRECAUCIONEL IETU PRODUCE:EL IETU PRODUCE:

1.- QUE SER PERSONA FISICA CON 1.- QUE SER PERSONA FISICA CON ACTIVIDAD EMPRESARIAL MINIMICE ACTIVIDAD EMPRESARIAL MINIMICE EL EFECTO DE ESTE IMPUESTO (EN EL EFECTO DE ESTE IMPUESTO (EN ESPECIAL INTERMEDIO).ESPECIAL INTERMEDIO).

2.- SE APORTEN RECURSOS A LOS 2.- SE APORTEN RECURSOS A LOS NEGOCIOS Y EL FISCO LOS NEGOCIOS Y EL FISCO LOS FISCALICE.FISCALICE.

Page 99: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

IMPACTO DEL IETU

Page 100: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

HOTELHOTELDE RECIENTE CONSTRUCCION Y EQUIPAMIENTO, APALANCADO FINANCIERAMENTE,DE RECIENTE CONSTRUCCION Y EQUIPAMIENTO, APALANCADO FINANCIERAMENTE,NOMINA CON PLAN DE PREVISION SOCIAL.NOMINA CON PLAN DE PREVISION SOCIAL.

ISR IETUISR IETU INGRESOS 2008 500,000,000 500,000,000INGRESOS 2008 500,000,000 500,000,000 DEDUCCIONES:DEDUCCIONES: GASTOS DE OPERACIÓN 150,000,000 150,000,000GASTOS DE OPERACIÓN 150,000,000 150,000,000 DEPRECIACIONES 124,000,000 0DEPRECIACIONES 124,000,000 0 INVERSIONES 10,000,000 INVERSIONES 10,000,000 INTERESES 80,000,000 0INTERESES 80,000,000 0 SUELDOS Y SALARIOS 60,000,000 0SUELDOS Y SALARIOS 60,000,000 0

TOTAL DEDUCCIONES 414,000,000 TOTAL DEDUCCIONES 414,000,000 160,000,000 160,000,000

RESULTADO ISR/IETU 86,000,000 340,000,000RESULTADO ISR/IETU 86,000,000 340,000,000

PERDIDAS FISCALES EJ. ANT. -200,000,000 0PERDIDAS FISCALES EJ. ANT. -200,000,000 0

BASE GRAVABLE 0 340,000,000BASE GRAVABLE 0 340,000,000

ISR 0ISR 0 TASA DEL IETU 16.50%TASA DEL IETU 16.50%

IETU DEL EJERCICIO 56,100,000IETU DEL EJERCICIO 56,100,000 CREDITO POR SALARIOS 7,425,000CREDITO POR SALARIOS 7,425,000 CREDITO POR INVERSION 98 AL 07 6,200,000CREDITO POR INVERSION 98 AL 07 6,200,000

IETU A PAGAR DEL EJERCICIO 42,475,000IETU A PAGAR DEL EJERCICIO 42,475,000

Page 101: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

1) INTEGRACION DEL ACTIVO:1) INTEGRACION DEL ACTIVO:

EDIFICIOS EDIFICIOS 900,000,000900,000,000 5%5% 45,000,00045,000,000

MAQUINARIA Y EQUIPOMAQUINARIA Y EQUIPO 100,000,000100,000,000 25%25% 25,000,00025,000,000

MOBILIARIOMOBILIARIO 125,000,000125,000,000 10%10% 12,500,00012,500,000

MOB Y EQ RESTAURANTEMOB Y EQ RESTAURANTE 150,000,000150,000,000 25%25% 37,500,00037,500,000

EQUIPO DE COMPUTOEQUIPO DE COMPUTO 1,000,000 1,000,000 25%25% 250,000 250,000

EQUIPO DE TRANSPORTEEQUIPO DE TRANSPORTE 15,000,000 15,000,000 25%25% 3,750,000 3,750,000

124,000,000124,000,000

2) GASTOS FINANCIEROS2) GASTOS FINANCIEROS

CREDITO POR: CREDITO POR: 500,000,000500,000,000 16%16% 80,000,00080,000,000

3) SUELDOS Y SALARIOS3) SUELDOS Y SALARIOS

BASE GRAVABLE BASE GRAVABLE 45,000,00045,000,000 16.50%16.50% 7,425,0007,425,000

INGRESOS NO GRAVADOSINGRESOS NO GRAVADOS 15,000,00015,000,000

TOTALTOTAL 60,000,00060,000,000

Page 102: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

EMPRESA COMERCIALIZADORAEMPRESA COMERCIALIZADORADE RECIENTE CREACION, CON ALTOS INVENTARIOS, APALANCADO FINANCIERAMENTE,DE RECIENTE CREACION, CON ALTOS INVENTARIOS, APALANCADO FINANCIERAMENTE,NOMINA CON PLAN DE PREVISION SOCIALNOMINA CON PLAN DE PREVISION SOCIAL

ISRISR IETUIETUINGRESOS 2008 1,000,000,000 1,000,000,000INGRESOS 2008 1,000,000,000 1,000,000,000DEDUCCIONES:DEDUCCIONES:GASTOS DE OPERACIÓNGASTOS DE OPERACIÓN 100,000,000100,000,000 100,000,000100,000,000DEPRECIACIONES (1)DEPRECIACIONES (1) 10,250,000 10,250,000 0 0INVERSIONESINVERSIONES 0 0 2,500,000 2,500,000INTERESES (2)INTERESES (2) 7,000,000 7,000,000 0 0SUELDOS Y SALARIOS (3)SUELDOS Y SALARIOS (3) 100,000,000 100,000,000 0 0COSTO DE VENTAS (4)COSTO DE VENTAS (4) 650,000,000650,000,000COMPRAS (5)COMPRAS (5) 550,000,000 550,000,000

TOTAL DE DEDUCCIONES 867,250,000TOTAL DE DEDUCCIONES 867,250,000 652,500,000 652,500,000

RESULTADO ISR/IETURESULTADO ISR/IETU 132,750,000132,750,000 347,500,000 347,500,000

PERDIDAS FISCALES EJ. ANT.PERDIDAS FISCALES EJ. ANT. 0 0

BASE GRAVABLEBASE GRAVABLE 132,750,000 132,750,000 347,500,000 347,500,000

ISRISR 35,842,500 35,842,500

TASA DEL IETUTASA DEL IETU 16.50% 16.50%

IETU DEL EJERCICIOIETU DEL EJERCICIO 57,337,500 57,337,500CREDITO POR SALARIOSCREDITO POR SALARIOS 12,375,000 12,375,000CREDITO POR INVERSIONES 98 AL 07CREDITO POR INVERSIONES 98 AL 07 512,500 512,500

IETU A PAGAR DEL EJERCICIO IETU A PAGAR DEL EJERCICIO 44,450,000 44,450,000

Page 103: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

ANEXOSANEXOS

1)1) INTEGRACION DEL ACTIVO:INTEGRACION DEL ACTIVO:

EDIFICIOEDIFICIO 100,000,000100,000,000 5%5% 5,000,0005,000,000MAQUINARIA Y EQUIPOMAQUINARIA Y EQUIPO 10,000,000 10,000,000 25%25% 2,500,0002,500,000MOBILIARIOMOBILIARIO 12,500,000 12,500,000 10%10% 1,250,0001,250,000EQUIPO DE COMPUTOEQUIPO DE COMPUTO 1,000,000 1,000,000 25%25% 250,000 250,000EQUIPO DE TRANSPORTEEQUIPO DE TRANSPORTE 5,000,000 5,000,000 25%25% 1,250,0001,250,000

10,250,00010,250,000

2) 2) GASTOS FINANCIEROSGASTOS FINANCIEROS CREDITO POR:CREDITO POR: 50,000,000 50,000,000 14%14% 7,000,000 7,000,000

3)3) SUELDOS Y SALARIOSSUELDOS Y SALARIOS BASE GRAVABLEBASE GRAVABLE 75,000,00075,000,000 16.50% 12,375,000 16.50% 12,375,000 INGRESOS NO GRAVADOSINGRESOS NO GRAVADOS 25,000,00025,000,000

TOTALTOTAL 100,000,000 100,000,000

DETERMINACION DEL COSTO DE VENTADETERMINACION DEL COSTO DE VENTA

INVENTARIO INICIALINVENTARIO INICIAL 250,000,000250,000,000COMPRAS (5)COMPRAS (5) 550,000,000550,000,000INVENTARIO FINALINVENTARIO FINAL 150,000,000150,000,000COSTO DE VENTAS (4)COSTO DE VENTAS (4) 650,000,000650,000,000

Page 104: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

Comparativo 1Comparativo 1ISR VS IETUISR VS IETU

20082008

ISR IETUISR IETU

Ingresos Ingresos 1,0001,000 1,000 1,000

DeduccionesDeducciones 500 500 0 0

------------ ------------------------ ------------

BaseBase

De Impuesto De Impuesto 500 1,000 500 1,000

Tasa Tasa 28% 28% 16.5% 16.5% ----------- ---------------------- -----------

Impuesto 140Impuesto 140 165 165

ISR acreditable 140ISR acreditable 140

Total a Cargo 25Total a Cargo 25

20092009 ISR IETUISR IETU

Ingresos Ingresos 1,0001,000 1,000 1,000

DeduccionesDeducciones 500 500 1,000 1,000

------------ ------------------------ ------------

BaseBase

De Impuesto 500 0.00De Impuesto 500 0.00

Tasa Tasa 28% 28% 16.5% 16.5% ----------- ----------- ----------- -----------

Impuesto 140Impuesto 140 0.00 0.00

Page 105: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

Resumen Resumen

Efectos de la ReformaEfectos de la Reforma

20082008

ISR 140ISR 140IETU 25 IETU 25

20092009

ISR 140ISR 140IETU 0IETU 0

Total 305Total 305

Sin ReformaSin Reforma

20082008

ISR 140.00 ISR 140.00

20092009

ISR 140ISR 140

Total 280Total 280

Page 106: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

Comparativo 2Comparativo 2ISR VS IETUISR VS IETU

20082008

ISR IETUISR IETU

Ingresos Ingresos 1,0001,000 0.00 0.00

DeduccionesDeducciones 500 500 500 500

------------ ------------------------ ------------

BaseBase

De Impuesto 500 (500)De Impuesto 500 (500)

Tasa Tasa 28% 28% 16.5% 16.5% ----------- ----------- ----------- -----------

Impuesto 140Impuesto 140 (82.50)(82.50)

Crédito Fiscal (82.50)Crédito Fiscal (82.50)

Impuesto a Cargo 57.50Impuesto a Cargo 57.50

20092009 ISR IETUISR IETU

Ingresos Ingresos 1,0001,000 2,000 2,000

DeduccionesDeducciones 500 500 500 500

------------ ------------------------ ------------

BaseBase

De Impuesto 500 1,500De Impuesto 500 1,500

Tasa Tasa 28% 28% 16.5% 16.5% ----------- ----------- ----------- -----------

Impuesto 140Impuesto 140 247.50 247.50

ISR AcreditableISR Acreditable 140 140

------------ ------------------------ ------------

IETU Por Pagar 107.50IETU Por Pagar 107.50

Page 107: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

DEDUCCIONINDIRECTA DE DEDUCCIONINDIRECTA DE COMPRAS DE INVENTARIOSCOMPRAS DE INVENTARIOS

EN LA LAMINA ANTERIOR VEREMOS EN LA LAMINA ANTERIOR VEREMOS COMO POR COMPRAR INVENTARIOS COMO POR COMPRAR INVENTARIOS SE GENERA UNA SE GENERA UNA DEDUCCION DEDUCCION INDIRECTA EN IETU,INDIRECTA EN IETU, PERO EL PERO EL EFECTO NO ES AL 28% SINO AL 16.5% EFECTO NO ES AL 28% SINO AL 16.5% LO QUE NOS PUEDE SALIR COSTOSOLO QUE NOS PUEDE SALIR COSTOSO

Page 108: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

Resumen Resumen

Efectos de la ReformaEfectos de la Reforma

20082008

ISR 57.50ISR 57.50IETU 0.00 IETU 0.00

20092009

ISR 140ISR 140IETU 107.50IETU 107.50

Total 305.00Total 305.00

Sin ReformaSin Reforma

20082008

ISR 140.00 ISR 140.00

20092009

ISR 140ISR 140

Total 280Total 280

Page 109: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

Manejo contable IETUManejo contable IETU en cuentas de orden en cuentas de orden

1.- Registro de los ingresos de acuerdo al flujo de efectivo en cuentas de 1.- Registro de los ingresos de acuerdo al flujo de efectivo en cuentas de orden orden

2.- Registro de deducciones de acuerdo al flujo de efectivo en cuentas e 2.- Registro de deducciones de acuerdo al flujo de efectivo en cuentas e orden orden

3.- Los papeles de trabajo generados para determinar la información del 3.- Los papeles de trabajo generados para determinar la información del DIOT sirven de base para realizar la comprobación aritmética, siempre DIOT sirven de base para realizar la comprobación aritmética, siempre y cuando se tome en cuenta el efecto del IVA tasa 0 y Actos Exentos.y cuando se tome en cuenta el efecto del IVA tasa 0 y Actos Exentos.

4.- Los ingresos y egresos también pueden ser determinados en base al 4.- Los ingresos y egresos también pueden ser determinados en base al control de Iva establecido en la empresa, pero requiere un mayor control de Iva establecido en la empresa, pero requiere un mayor control de las partidas que no intervienen en alguno de los impuestos. control de las partidas que no intervienen en alguno de los impuestos.

Page 110: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

Manejo contable IETUManejo contable IETUIngresos en cuentas de ordenIngresos en cuentas de orden

Ingresos Bancos Ingresos Bancos 1,000 1,000

Clientes Clientes 869869

Iva Trasladado Iva Trasladado 131 131

C.O. Ingresos Cetu 869C.O. Ingresos Cetu 869

Cetu Ingresos C.O 869 Cetu Ingresos C.O 869

Page 111: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

Manejo contable IETUManejo contable IETU Deducciones en cuentas de orden Deducciones en cuentas de orden

Proveedores Proveedores 1,7391,739

Iva Acreditable Iva Acreditable 261 261

Bancos Bancos 2,000 2,000

C.O Deducciones IETU 1,739 C.O Deducciones IETU 1,739

IETU Deducciones C.OIETU Deducciones C.O 1,739 1,739

Page 112: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

CONCILIACION ENTRE LO CONCILIACION ENTRE LO CONTABLE Y LO FISCALCONTABLE Y LO FISCAL

REGIMEN SIMPLIFICADO

Y

PERSONAS FISICAS

Page 113: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

CONCILIACIONES PARA EFECTOS CONCILIACIONES PARA EFECTOS FISCALESFISCALES

ESTADO DE RESULTADOSESTADO DE RESULTADOS

VENTAS $ 2’300,000VENTAS $ 2’300,000

- COSTO DE VENTAS $ 1’645,000- COSTO DE VENTAS $ 1’645,000

= UTILIDAD (PERDIDA) BRUTA $ 655,000= UTILIDAD (PERDIDA) BRUTA $ 655,000

GASTOS DE OPERACIÓN:GASTOS DE OPERACIÓN:

DE VENTA $ 700,000DE VENTA $ 700,000

DE ADMINISTRACION $ 450,000DE ADMINISTRACION $ 450,000

$ 1’150,000$ 1’150,000

= UTILIDAD (PERDIDA) DE OPERACIÓN $ ( 495,000)= UTILIDAD (PERDIDA) DE OPERACIÓN $ ( 495,000)

OTROS INGRESOS $ 250,000OTROS INGRESOS $ 250,000

= UTILIDAD ANTES ISR Y PTU $ ( 245,000)= UTILIDAD ANTES ISR Y PTU $ ( 245,000)

Page 114: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

CONCILIACIONES PARA EFECTOS CONCILIACIONES PARA EFECTOS FISCALESFISCALES

UTILIDAD ANTES ISR Y PTU $ ( 245,000)UTILIDAD ANTES ISR Y PTU $ ( 245,000)+ INGRESOS FISCALES NO CONTABLES+ INGRESOS FISCALES NO CONTABLES $ 3’850,000 $ 3’850,000a) GANANCIA FISCAL EN VENTA DE ACTIVOS $ 50,000a) GANANCIA FISCAL EN VENTA DE ACTIVOS $ 50,000b) INGRESOS COBRADOS $ b) INGRESOS COBRADOS $ 3’800,0003’800,000+ DEDUCCIONES CONTABLES NO FISCALES+ DEDUCCIONES CONTABLES NO FISCALES $ 4’005,230 $ 4’005,230a) COSTO DE VENTAS $ 1’645,000a) COSTO DE VENTAS $ 1’645,000b) DEPRECIACIONES $ XXXXXX b) DEPRECIACIONES $ XXXXXX c) NO DEDUCIBLES c) NO DEDUCIBLES $ XXXXX$ XXXXXd) PROPORCION DE GASTOS E INVERSIONES NO DED. $ 1’210,230d) PROPORCION DE GASTOS E INVERSIONES NO DED. $ 1’210,230f) PARTIDAS SIN REQUISITOSf) PARTIDAS SIN REQUISITOS $$g) GTOS. DE VENTA, ADMON Y FINANC. CONT g) GTOS. DE VENTA, ADMON Y FINANC. CONT $ 1’150,000 $ 1’150,000 - INGRESOS CONTABLES NO FISCALES- INGRESOS CONTABLES NO FISCALES $ 3’280,000 $ 3’280,000 a) INGRESOS CONTABLES $ 2’300,000 a) INGRESOS CONTABLES $ 2’300,000 b) INGRESOS EXENTOS $ 730,000b) INGRESOS EXENTOS $ 730,000c) OTROS INGRESOS CONTABLES c) OTROS INGRESOS CONTABLES $ 250,000$ 250,000- DEDUCCIONES FISCALES NO CONTABLES- DEDUCCIONES FISCALES NO CONTABLES $ 11’850,000 $ 11’850,000a) AJUSTE ANUAL DE INFLACION $ XXXXXXa) AJUSTE ANUAL DE INFLACION $ XXXXXXb) DEDUCCION DE INVERSIONES $ 450,000b) DEDUCCION DE INVERSIONES $ 450,000c) COMPRAS PAGADAS $ 2’400,000c) COMPRAS PAGADAS $ 2’400,000d) GASTOS DE FAB., VTA. ADMON., Y FIN. EROGADOS $ 950,000 d) GASTOS DE FAB., VTA. ADMON., Y FIN. EROGADOS $ 950,000 e) MANO DE OBRA EROGADA $ 400,000e) MANO DE OBRA EROGADA $ 400,000f) DEDUCCION DE TERRENOS $ 3’000,000f) DEDUCCION DE TERRENOS $ 3’000,000g) DEDUCCION DE MAQUINARIA $ 4’500,000g) DEDUCCION DE MAQUINARIA $ 4’500,000h) CUENTAS INCOBRABLES h) CUENTAS INCOBRABLES $ 150,000____________$ 150,000____________UTILIDAD/PERDIDA FISCAL O RESULTADO FISCAL UTILIDAD/PERDIDA FISCAL O RESULTADO FISCAL ($ 7’519,770)($ 7’519,770) ------------------------------------

Page 115: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

CONCILIACIONES PARA EFECTOS FISCALES

COMPROBACIONCOMPROBACION

UTILIDAD ANTES ISR Y PTU $ ( 245,000)UTILIDAD ANTES ISR Y PTU $ ( 245,000)+ INGRESOS FISCALES NO CONTABLES C.O. $ 50,000 $ 7’855,230+ INGRESOS FISCALES NO CONTABLES C.O. $ 50,000 $ 7’855,230+ INGRSOS COBRADOS. C.O. $ 3’800,000+ INGRSOS COBRADOS. C.O. $ 3’800,000+ NO DEDUCIBLES $ XXXXX+ NO DEDUCIBLES $ XXXXX+ NO DEDUCIBLES POR ING. EXENTOS $ 1’210,230+ NO DEDUCIBLES POR ING. EXENTOS $ 1’210,230+ DEDUCCIONES CONTABLES NO FISCALES C.O. + DEDUCCIONES CONTABLES NO FISCALES C.O. $ 2’795,000 $ 2’795,000 - DEDUCCION DE INVERSIONES FISC. C.O. $ 450,000 $ 15’130,000 - DEDUCCION DE INVERSIONES FISC. C.O. $ 450,000 $ 15’130,000 - AJUSTE ANUAL DE INVERSIONES DEDUCIBLE C.O. $ XXXXXX - AJUSTE ANUAL DE INVERSIONES DEDUCIBLE C.O. $ XXXXXX - DEDUCCIONES PAGADAS C.O. $ 3’750,000- DEDUCCIONES PAGADAS C.O. $ 3’750,000- INGRESOS Y OTROS ING. CONTABLES . $ 2’550,000- INGRESOS Y OTROS ING. CONTABLES . $ 2’550,000-INGRESOS EXENTOS $ 730,000-INGRESOS EXENTOS $ 730,000- DEDUCCION DE TERRENOS $ 3’000,000- DEDUCCION DE TERRENOS $ 3’000,000- DEDUCCIÓN DE MQUINARIA $ 4’500,000- DEDUCCIÓN DE MQUINARIA $ 4’500,000- CUENTAS INCOBRABLES DEDUCIBLES - CUENTAS INCOBRABLES DEDUCIBLES $ _ 150.000_____________ $ _ 150.000_____________ = UTILIDAD PERDIDA FISCAL ( = UTILIDAD PERDIDA FISCAL ( $ 7’519,770 )$ 7’519,770 ) --------------------------------------

Page 116: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

CONCILIACIONES PARA EFECTOS FISCALES

DETERMINACION DE LOS INGRESOS COBRADOS:DETERMINACION DE LOS INGRESOS COBRADOS:

INGRESOS CONTABLES 2’550,000INGRESOS CONTABLES 2’550,000- INGRESOS NO ACUMULABLES (OTROS INGRESOS) (250,000)- INGRESOS NO ACUMULABLES (OTROS INGRESOS) (250,000)+ SALDO INICIAL DE CLIENTES SIN IVA 2’000,000 + SALDO INICIAL DE CLIENTES SIN IVA 2’000,000 - SALDO FINAL DE CLIENTES SIN IVA (369,565) - SALDO FINAL DE CLIENTES SIN IVA (369,565) - EFECTO DE CUENTAS INCOBRABLES SIN IVA (130,435)- EFECTO DE CUENTAS INCOBRABLES SIN IVA (130,435)= INGRESOS COBRADOS 3’800,000= INGRESOS COBRADOS 3’800,000CUENTA DE ORDEN DE INGRESOS COBRADOS 3’800,000CUENTA DE ORDEN DE INGRESOS COBRADOS 3’800,000

DETERMINACION DE LOS GASTOS EROGADOS: DETERMINACION DE LOS GASTOS EROGADOS: - COSTO DE VENTAS, GTOS DE VENTA., ADMON., FINANCIEROS CONT. 2’795,000- COSTO DE VENTAS, GTOS DE VENTA., ADMON., FINANCIEROS CONT. 2’795,000- NO DEDUCIBLES (PARA ANULAR EFECTO DE DEDUCCIONES CONTABLES) (150,000)- NO DEDUCIBLES (PARA ANULAR EFECTO DE DEDUCCIONES CONTABLES) (150,000)- DEPRECIACION CONTABLE (300,000)- DEPRECIACION CONTABLE (300,000)- CUENTAS INCOBRABLES EN GASTOS (100,000)- CUENTAS INCOBRABLES EN GASTOS (100,000)- SALDO FINAL DE PROVEEDORES SIN IVA (100,000)- SALDO FINAL DE PROVEEDORES SIN IVA (100,000)- COSTO DE VENTAS (1’645,000)- COSTO DE VENTAS (1’645,000)+ COMPRAS, MANO DE O. Y GTOS DE FABRICACION INCURR. CONT 2’250,000+ COMPRAS, MANO DE O. Y GTOS DE FABRICACION INCURR. CONT 2’250,000+ SALDO INICIAL DE PROVEEDORES SIN IVA 1’000,000+ SALDO INICIAL DE PROVEEDORES SIN IVA 1’000,000= DEDUCCIONES PAGADAS 3’750,000= DEDUCCIONES PAGADAS 3’750,000CUENTA DE ORDEN DE DEDUCCIONES PAGADAS 3’750,000CUENTA DE ORDEN DE DEDUCCIONES PAGADAS 3’750,000

Page 117: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

CONCILIACIONES PARA EFECTOS FISCALESUTILIDAD ANTES ISR Y PTU $ ( 245,000)UTILIDAD ANTES ISR Y PTU $ ( 245,000)

- SALDO FINAL DE CLIENTES SIN IVA $ (369,565) $ 3’310,230- SALDO FINAL DE CLIENTES SIN IVA $ (369,565) $ 3’310,230+ SALDO INICIAL DE CLIENTES SIN IVA $ 2’000,000+ SALDO INICIAL DE CLIENTES SIN IVA $ 2’000,000- EFECTO DE CUENTAS INCOBRABLES SIN IVA $ ( 130,435) - EFECTO DE CUENTAS INCOBRABLES SIN IVA $ ( 130,435) + NO DEDUCIBLES CONTABLES+ NO DEDUCIBLES CONTABLES (PARA ANULAR (PARA ANULAR LAS TODOS LOS EFECTOS CONTABLES) $ 150,000LAS TODOS LOS EFECTOS CONTABLES) $ 150,000+ DEPRECIACIONES CONTABLES SIN FLUJO $ 300,000+ DEPRECIACIONES CONTABLES SIN FLUJO $ 300,000+ CUENTAS INCOBRABLES SIN FLUJO $ 100,000+ CUENTAS INCOBRABLES SIN FLUJO $ 100,000+ GANANCIA FISCAL EN ENAJ. DE ACTIVOS FIJOS $ 50,000+ GANANCIA FISCAL EN ENAJ. DE ACTIVOS FIJOS $ 50,000+ NO DEDUCIBLES POR ING. EXENTOS + NO DEDUCIBLES POR ING. EXENTOS $ 1’210,230 $ 1’210,230 - DEDUCCION DE INVERSIONES FISC. C.O. $ 450,000 $ 10’585,000- DEDUCCION DE INVERSIONES FISC. C.O. $ 450,000 $ 10’585,000- AJUSTE ANUAL DE INVERSIONES DEDUCIBLE C.O. $ XXXXXX- AJUSTE ANUAL DE INVERSIONES DEDUCIBLE C.O. $ XXXXXX+ COSTO DE VENTAS $(1’645,000)+ COSTO DE VENTAS $(1’645,000)- COMPRAS, MANO DE O. Y GTOS DE FAB. INCURRIDOS $ 2’250,000- COMPRAS, MANO DE O. Y GTOS DE FAB. INCURRIDOS $ 2’250,000+ SALDO FINAL DE PROVEEDORES SIN IVA $ (100,000)+ SALDO FINAL DE PROVEEDORES SIN IVA $ (100,000)- SALDO INICIAL DEL PROVEEDORES SIN IVA $ 1’000,000- SALDO INICIAL DEL PROVEEDORES SIN IVA $ 1’000,000- OTROS ING. CONTABLES NO ACUMULABLES $ 250,000- OTROS ING. CONTABLES NO ACUMULABLES $ 250,000- INGRESOS EXENTOS $ 730,000- INGRESOS EXENTOS $ 730,000- DEDUCCION DE TERRENOS $ 3’000,000- DEDUCCION DE TERRENOS $ 3’000,000- DEDUCCIÓN DE MQUINARIA $ 4’500,000- DEDUCCIÓN DE MQUINARIA $ 4’500,000- CUENTAS INCOBRABLES DEDUCIBLES - CUENTAS INCOBRABLES DEDUCIBLES $ _ 150.000_____________ $ _ 150.000_____________ = UTILIDAD PERDIDA FISCAL ( = UTILIDAD PERDIDA FISCAL ( $ 7’519,770 )$ 7’519,770 ) --------------------------------------

Page 118: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

GRAN RESUMEN DEL IETUGRAN RESUMEN DEL IETU

VER ARCHIVO DE EXCELVER ARCHIVO DE EXCEL

Page 119: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

ALTERNATIVAS ALTERNATIVAS SENCILLAS PARA SENCILLAS PARA

PLANEAR EL IETUPLANEAR EL IETU

Page 120: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

SindicatosSindicatos

Page 121: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

SindicatosSindicatosART.- 95 LISR PERSONAS MORALES CON FINES ART.- 95 LISR PERSONAS MORALES CON FINES NO LUCRATIVOS PREFERENCIALESNO LUCRATIVOS PREFERENCIALES

(No les aplica remanente ficto)(No les aplica remanente ficto)

• Para los efectos de esta Ley, se consideran personas morales con fines no lucrativos, además de las señaladas en el artículo 102 de la misma, las siguientes:

• I) Sindicatos obrerosSindicatos obreros y los organismos que los agrupen.

• II) Asociaciones patronales.

• III) Cámaras de comercio e industria, agrupaciones agrícolas, ganaderas, pesqueras o silvícolas, así como los organismos que las reúnan.

Page 122: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

SindicatosSindicatos

REMANENTE FICTOREMANENTE FICTO

Es una asimilación fiscal al remanente distribuible, el cual encontramos su fundamento en el artículo 95 penúltimo párrafo:

“Las personas morales a que se refieren las fracciones V, VI, VII, IX, X, XI, XIII, XVI, XVII, XVIII, XIX y XX de este artículo, así como las sociedades de inversión a que se refiere este Título, considerarán remanente distribuible, considerarán remanente distribuible, aun cuando no lo hayan entregado en efectivo o en bienes a sus aun cuando no lo hayan entregado en efectivo o en bienes a sus integrantes o socios,integrantes o socios, el importe de las omisiones de ingresos o las compras no realizadas e indebidamente registradas; las erogaciones que las erogaciones que efectúen y no sean deducibles en los términos del Título IV de esta Ley,efectúen y no sean deducibles en los términos del Título IV de esta Ley, salvo cuando dicha circunstancia se deba a que éstas no reúnen los requisitos de la fracción IV del artículo 172 de la misma; los préstamos que hagan a sus socios o integrantes, o a los cónyuges, ascendientes o descendientes en línea recta de dichos socios o integrantes,”

Page 123: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

SindicatosSindicatos

LEY DEL IMSSLEY DEL IMSSCAPITULO IICAPITULO IIDE LAS BASES DE COTIZACION Y DE LAS CUOTASDE LAS BASES DE COTIZACION Y DE LAS CUOTASArtículo 27.Artículo 27. Para los efectos de esta Ley, Para los efectos de esta Ley, se excluyen se excluyen

como integrantes del salario base de cotización, como integrantes del salario base de cotización, dada su naturaleza, los siguientes conceptos:dada su naturaleza, los siguientes conceptos:

I. I. Los instrumentos de trabajo tales como Los instrumentos de trabajo tales como herramientas, ropa y otros similares;herramientas, ropa y otros similares;

II. II. El ahorro, cuando se integre por un depósito de El ahorro, cuando se integre por un depósito de cantidad semanaria, quincenal o mensual igual del cantidad semanaria, quincenal o mensual igual del trabajador y de la empresa; si se constituye en trabajador y de la empresa; si se constituye en forma diversa o puede el trabajador retirarlo más de forma diversa o puede el trabajador retirarlo más de dos veces al año, integrará salario; dos veces al año, integrará salario; tampoco se tampoco se tomarán en cuenta las cantidades otorgadas por el tomarán en cuenta las cantidades otorgadas por el patrón para fines sociales de carácter sindical;patrón para fines sociales de carácter sindical;

Page 124: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

Acciones de TrabajoAcciones de Trabajo

Page 125: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

Acciones de TrabajoAcciones de Trabajo

• Son títulos nominativos sin valor nominal, Son títulos nominativos sin valor nominal, que no forman parte del Capital Social que no forman parte del Capital Social y que y que dan a los empleados y trabajadores de la dan a los empleados y trabajadores de la empresa a quienes se les obsequia,empresa a quienes se les obsequia, una una pequeña utilidad de la misma pequeña utilidad de la misma (que es (que es independiente de la Participación de la independiente de la Participación de la Utilidades en las Empresas a que tiene Utilidades en las Empresas a que tiene derecho por ser empleado).derecho por ser empleado).

• El fundamento de esta figura se encuentra en El fundamento de esta figura se encuentra en la Ley General de Sociedades Mercantiles, su la Ley General de Sociedades Mercantiles, su texto se transcribe a continuación:texto se transcribe a continuación:

Page 126: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

Acciones de TrabajoAcciones de TrabajoArtículo 114Cuando así lo prevenga el contrato

social, podrán emitirse en favor de las personas que presten sus servicios a la sociedad, acciones especiales en las que figurarán las normas respecto a la forma, valor, inalienabilidad y demás condiciones particulares que les corresponda.

Page 127: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

Acciones de TrabajoAcciones de TrabajoSIN ACCIONES DE TRAB.SIN ACCIONES DE TRAB.

INGRESOS DE LA PERSONA INGRESOS DE LA PERSONA FISICA $ 40,000:FISICA $ 40,000:

ISR EMPLEADO* $ 7,839ISR EMPLEADO* $ 7,839

IMSS $ 8,750IMSS $ 8,750

INFONAVIT $ 1,250INFONAVIT $ 1,250

IMPTO. ESTATAL $ 800IMPTO. ESTATAL $ 800

ISR(IETU) PATRON $ 0 ISR(IETU) PATRON $ 0

TOTAL $ 18,639TOTAL $ 18,639

46.59%46.59%

* A FIN DE CUENTAS LE * A FIN DE CUENTAS LE CUESTA A LA EMPRESACUESTA A LA EMPRESA

CON ACCIONES DE TRAB.CON ACCIONES DE TRAB.

INGRESOS DE LA PERSONA INGRESOS DE LA PERSONA FISICA $ 3,000 + 37,000 EN FISICA $ 3,000 + 37,000 EN DIVIDENDOS:DIVIDENDOS:

ISR EMPLEADO $ - 237ISR EMPLEADO $ - 237

IMSS $ 1,050IMSS $ 1,050

INFONAVIT $ 150INFONAVIT $ 150

IMPTO. ESTATAL $ 60IMPTO. ESTATAL $ 60

ISR PATRON $ 10,360ISR PATRON $ 10,360

TOTAL $ 11,383TOTAL $ 11,383

28.45%28.45%

Page 128: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

ES INEVITABLE QUE LAS ES INEVITABLE QUE LAS RELACIONES ENTRE LOS RELACIONES ENTRE LOS PATRONES Y LOS PATRONES Y LOS EMPLEADOS VAN A EMPLEADOS VAN A CAMBIAR DERIVADO DE CAMBIAR DERIVADO DE LAS REFORMAS Y EN LAS REFORMAS Y EN ESPECIAL DEL IETUESPECIAL DEL IETU

Page 129: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

Honorarios a miembros Honorarios a miembros del consejo del consejo

Page 130: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

Honorarios a miembros del consejo Honorarios a miembros del consejo

RENTA. LOS HONORARIOS A MIEMBROS DE CONSEJOS DIRECTIVOS, RENTA. LOS HONORARIOS A MIEMBROS DE CONSEJOS DIRECTIVOS, DE VIGILANCIA, CONSULTIVOS O DE CUALQUIER OTRA ÍNDOLE, AL DE VIGILANCIA, CONSULTIVOS O DE CUALQUIER OTRA ÍNDOLE, AL ASIMILARSE A LOS INGRESOS POR LA PRESTACIÓN DE UN ASIMILARSE A LOS INGRESOS POR LA PRESTACIÓN DE UN SERVICIO PERSONAL SUBORDINADO, A LOS SALARIOS Y DEMÁS SERVICIO PERSONAL SUBORDINADO, A LOS SALARIOS Y DEMÁS PRESTACIONES DERIVADAS DE UNA RELACIÓN LABORAL, SON PRESTACIONES DERIVADAS DE UNA RELACIÓN LABORAL, SON SUSCEPTIBLES DE LOS SUBSIDIOS CONTEMPLADOS PARA ESTOS SUSCEPTIBLES DE LOS SUBSIDIOS CONTEMPLADOS PARA ESTOS ÚLTIMOS PARA EFECTOS DEL IMPUESTO RELATIVO.ÚLTIMOS PARA EFECTOS DEL IMPUESTO RELATIVO. El artículo 110, El artículo 110, fracción III, de la Ley del Impuesto sobre la Renta prevé que se fracción III, de la Ley del Impuesto sobre la Renta prevé que se consideran ingresos por la prestación de un servicio personal consideran ingresos por la prestación de un servicio personal subordinado, los salarios y demás prestaciones derivados de una subordinado, los salarios y demás prestaciones derivados de una relación laboral, incluyendo la participación de los trabajadores en las relación laboral, incluyendo la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas y las prestaciones percibidas como utilidades de las empresas y las prestaciones percibidas como consecuencia de la terminación de la relación laboral. Además, consecuencia de la terminación de la relación laboral. Además, dispone que para los efectos del impuesto relativo, dispone que para los efectos del impuesto relativo, se asimilan a se asimilan a aquéllos los honorarios a miembros de consejos directivos, de aquéllos los honorarios a miembros de consejos directivos, de vigilancia, consultivos o de cualquier otra índole, así como los vigilancia, consultivos o de cualquier otra índole, así como los honorarios a administradores, comisarios y gerentes generales.honorarios a administradores, comisarios y gerentes generales. Así, Así, tomando en cuenta que asimilar, significa "asemejar, comparar", tomando en cuenta que asimilar, significa "asemejar, comparar", mientras que asemejar es "hacer algo con semejanza a otra cosa; mientras que asemejar es "hacer algo con semejanza a otra cosa; representar algo semejante a otra cosa", el hecho de que en el artículo representar algo semejante a otra cosa", el hecho de que en el artículo y fracción citados el legislador haya estimado conveniente asimilar y fracción citados el legislador haya estimado conveniente asimilar los referidos honorarios a los ingresos por la prestación de un los referidos honorarios a los ingresos por la prestación de un servicio personal subordinado servicio personal subordinado en los términos mencionados, fue en los términos mencionados, fue precisamente el de asemejarlos jurídicamenteprecisamente el de asemejarlos jurídicamente para efectos del para efectos del impuesto sobre la renta. impuesto sobre la renta.

Page 131: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

Honorarios al miembros del consejoHonorarios al miembros del consejo

Por tanto, se concluye que el subsidio previsto por el artículo 114 Por tanto, se concluye que el subsidio previsto por el artículo 114 de la ley en cita, aun cuando se refiere en forma genérica a de la ley en cita, aun cuando se refiere en forma genérica a ingresos por salarios y en general por la prestación de un ingresos por salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado, procede determinarlo tanto servicio personal subordinado, procede determinarlo tanto respecto de éstos como de los obtenidos por concepto de los respecto de éstos como de los obtenidos por concepto de los honorarios descritos.honorarios descritos.

SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS ADMINISTRATIVA Y DE TRABAJO DEL SÉPTIMO CIRCUITO.ADMINISTRATIVA Y DE TRABAJO DEL SÉPTIMO CIRCUITO.

VII.2o.A.T.67 AVII.2o.A.T.67 AAmparo directo 331/2006. Eduardo Rafael Wenzel González. 29 de Amparo directo 331/2006. Eduardo Rafael Wenzel González. 29 de

junio de 2006. Unanimidad de votos. Ponente: Víctor Hugo junio de 2006. Unanimidad de votos. Ponente: Víctor Hugo Mendoza Sánchez. Secretario: Alejandro Quijano Álvarez.Mendoza Sánchez. Secretario: Alejandro Quijano Álvarez.

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito. Fuente: Semanario Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito. Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Epoca. Tomo Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Epoca. Tomo XXV, Febrero de 2007. Pág. 1881. Tesis Aislada.XXV, Febrero de 2007. Pág. 1881. Tesis Aislada.

Page 132: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

Honorarios a miembros del consejoHonorarios a miembros del consejo

LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTALEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTAFUNCIONARIOS DE MAYOR JERARQUÍA QUÉ SE DEBE ENTENDER COMO FUNCIONARIOS DE MAYOR JERARQUÍA QUÉ SE DEBE ENTENDER COMO

TALES, PARA EFECTOS DE LA DEDUCCIÓN A QUE HACE ALUSIÓN EL TALES, PARA EFECTOS DE LA DEDUCCIÓN A QUE HACE ALUSIÓN EL ARTÍCULO 31, FRACCIÓN X, INCISO A) DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE ARTÍCULO 31, FRACCIÓN X, INCISO A) DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA.-LA RENTA.- Para efecto de los requisitos de deducibilidad de las Para efecto de los requisitos de deducibilidad de las gratificaciones u honorarios que se otorgan a los administradores, gratificaciones u honorarios que se otorgan a los administradores, comisarios, directores, gerentes generales o miembros del consejo comisarios, directores, gerentes generales o miembros del consejo directivo, de vigilancia, consultivos o de cualquier otra índole, directivo, de vigilancia, consultivos o de cualquier otra índole, se requiere se requiere que el importe anual establecido para cada persona no sea superior, al que el importe anual establecido para cada persona no sea superior, al sueldo anual que devengue el funcionario de mayor jerarquíasueldo anual que devengue el funcionario de mayor jerarquía de la de la sociedad, en esos términos lo dispone el inciso a) de la fracción X del sociedad, en esos términos lo dispone el inciso a) de la fracción X del artículo 31 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, vigente en el año 2003, artículo 31 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, vigente en el año 2003, aun y cuando la Ley del Impuesto sobre la Renta y ningún otro aun y cuando la Ley del Impuesto sobre la Renta y ningún otro ordenamiento legal precisen, que debe entenderse por "el funcionario de ordenamiento legal precisen, que debe entenderse por "el funcionario de mayor jerarquía", mayor jerarquía", por lo que ante esa ausencia en la Ley, acudiéndose a la por lo que ante esa ausencia en la Ley, acudiéndose a la doctrina, se conoce que el funcionario de mayor jerarquía en la empresa doctrina, se conoce que el funcionario de mayor jerarquía en la empresa será siempre el administrador único o el presidente del consejo de será siempre el administrador único o el presidente del consejo de administraciónadministración y, su sueldo anual es el que debe de servir como límite para y, su sueldo anual es el que debe de servir como límite para determinar la percepción anual deducible de cada uno de los funcionarios, a determinar la percepción anual deducible de cada uno de los funcionarios, a los que refiere el precepto transcrito, luego, si una empresa desea gozar de los que refiere el precepto transcrito, luego, si una empresa desea gozar de ese beneficio fiscal de la deducción en comento, ese beneficio fiscal de la deducción en comento, debe designar al debe designar al funcionario de mayor jerarquía que dentro del consejo de administración funcionario de mayor jerarquía que dentro del consejo de administración llevará las facultades de dirección, administración, gerencia o vigilancia de llevará las facultades de dirección, administración, gerencia o vigilancia de la empresa y que además le otorgue un sueldo.la empresa y que además le otorgue un sueldo. (15) (15)

Page 133: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

Honorarios a miembros del consejoHonorarios a miembros del consejo

Juicio No. 700/03-01-01-3.- Resuelto por la Sala Juicio No. 700/03-01-01-3.- Resuelto por la Sala Regional del Noroeste I del Tribunal Federal Regional del Noroeste I del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, el 2 de de Justicia Fiscal y Administrativa, el 2 de octubre de 2003, por unanimidad de votos.- octubre de 2003, por unanimidad de votos.- Magistrada Instructora: Lucelia Marisela Magistrada Instructora: Lucelia Marisela Villanueva Olvera.- Secretaria: Lic. Villanueva Olvera.- Secretaria: Lic. Clemencia González González.Clemencia González González.

R.T.F.J.F.A., Año V, Quinta Epoca, No. 54, R.T.F.J.F.A., Año V, Quinta Epoca, No. 54, Junio 2005, p. 482, Criterio Aislado.Junio 2005, p. 482, Criterio Aislado.

Page 134: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

DIFERIR LAS INVERSIONES DIFERIR LAS INVERSIONES

DEL 2007 AL 2008DEL 2007 AL 2008

Page 135: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

DIFERIR LAS INVERSIONES DIFERIR LAS INVERSIONES DEL 2007 AL 2008DEL 2007 AL 2008

Quinto. Quinto. Tratándose de inversiones adquiridas en el ejercicio Tratándose de inversiones adquiridas en el ejercicio fiscal de 2008, los contribuyentes en lugar de efectuar la fiscal de 2008, los contribuyentes en lugar de efectuar la deducción de dichas inversiones en los términos deducción de dichas inversiones en los términos establecidos en la presente Ley, establecidos en la presente Ley, podrán optar por aplicar un podrán optar por aplicar un crédito fiscal contra la contribución empresarial a tasa única crédito fiscal contra la contribución empresarial a tasa única del ejercicio o de los pagos provisionales.del ejercicio o de los pagos provisionales. El crédito fiscal a El crédito fiscal a que se refiere este párrafo se determinará multiplicando la que se refiere este párrafo se determinará multiplicando la parte de las contraprestaciones pagadas por las inversiones parte de las contraprestaciones pagadas por las inversiones adquiridas en el ejercicio fiscal de 2008 por el factor de 0.19 adquiridas en el ejercicio fiscal de 2008 por el factor de 0.19 y el resultado obtenido será el monto que se podrá acreditar y el resultado obtenido será el monto que se podrá acreditar en los términos de esta fracción. en los términos de esta fracción.

El acreditamiento a que se refiere esta fracción deberá El acreditamiento a que se refiere esta fracción deberá efectuarse antes de aplicar el crédito fiscal a que se refiere efectuarse antes de aplicar el crédito fiscal a que se refiere el artículo 11 de la presente Ley, contra la contribución el artículo 11 de la presente Ley, contra la contribución empresarial a tasa única del ejercicio o de los pagos empresarial a tasa única del ejercicio o de los pagos provisionalesprovisionales

Page 136: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

CONTRATOS DE CONTRATOS DE SUMINISTROSUMINISTRO

Page 137: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

CONTRATOS DE SUMINISTROCONTRATOS DE SUMINISTROSexto. Sexto. No estarán afectos al pago de la contribución empresarial a No estarán afectos al pago de la contribución empresarial a

tasa únicatasa única los ingresos los ingresos que obtengan los contribuyentes por que obtengan los contribuyentes por las actividades a que se refiere el artículo 1 de la presente Ley, las actividades a que se refiere el artículo 1 de la presente Ley, efectuadas con anterioridad al 1 de enero de 2008, aún cuando efectuadas con anterioridad al 1 de enero de 2008, aún cuando las contraprestaciones relativas a las mismas se perciban con las contraprestaciones relativas a las mismas se perciban con posterioridad a dicha fecha, posterioridad a dicha fecha, salvo cuando los contribuyentes salvo cuando los contribuyentes hubieran optado para los efectos del impuesto sobre la renta hubieran optado para los efectos del impuesto sobre la renta por acumular únicamente la parte del precio cobrado en el por acumular únicamente la parte del precio cobrado en el ejercicio. ejercicio.

  

Séptimo. Séptimo. Para los efectos de la contribución empresarial a tasa Para los efectos de la contribución empresarial a tasa única a que se refiere la presente Ley, única a que se refiere la presente Ley, no serán deducibles no serán deducibles las las erogaciones que correspondan a enajenación de bienes, erogaciones que correspondan a enajenación de bienes, prestación de servicios independientes y al uso o goce prestación de servicios independientes y al uso o goce temporal de bienes que se utilicen para realizar temporal de bienes que se utilicen para realizar las actividades las actividades a que se refiere el artículo 1 de la presente Ley, que se hayan a que se refiere el artículo 1 de la presente Ley, que se hayan devengado con anterioridad al 1 de enero de 2008, aún cuando devengado con anterioridad al 1 de enero de 2008, aún cuando el pago se efectúe con posterioridad a dicha fecha.el pago se efectúe con posterioridad a dicha fecha.

Page 138: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

CONTROLAR (REDUCIR)CONTROLAR (REDUCIR) LAS COMPRAS DE LAS COMPRAS DE

INVENTARIOS EN 2007INVENTARIOS EN 2007CUIDANDO EL EFECTO DEL CUIDANDO EL EFECTO DEL INVENTARIO ACUMULABLEINVENTARIO ACUMULABLEPARA EFECTOS DEL I.S.R.PARA EFECTOS DEL I.S.R.

Page 139: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

ANALIZAR SI ES VIABLE ANALIZAR SI ES VIABLE EFECTUAR DEVOLUCIONES DE EFECTUAR DEVOLUCIONES DE

INVENTARIOS INVENTARIOS Y RECOMPRARLOS Y RECOMPRARLOS EN EL 2008EN EL 2008

O BIEN VENDERLOS A PERSONAS O BIEN VENDERLOS A PERSONAS NO SUJETAS O QUE NO PAGAN NO SUJETAS O QUE NO PAGAN

EL CETU.EL CETU.

Page 140: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

RECUPERACION DEL IMPACRECUPERACION DEL IMPAC

Page 141: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

RECUPERACION DEL IMPACRECUPERACION DEL IMPACTercero. Tercero. Los contribuyentes que hubieran estado obligados al pago del impuesto Los contribuyentes que hubieran estado obligados al pago del impuesto

al activo, al activo, que en el ejercicio fiscal de que se trate efectivamente paguen el que en el ejercicio fiscal de que se trate efectivamente paguen el impuesto sobre la renta, impuesto sobre la renta, podrán solicitar la devolución podrán solicitar la devolución de las cantidades de las cantidades actualizadas que hubieran efectivamente pagado en el impuesto al activo, actualizadas que hubieran efectivamente pagado en el impuesto al activo, en en los diez ejercicios inmediatos anteriores a la entrada en vigor de la presente los diez ejercicios inmediatos anteriores a la entrada en vigor de la presente Ley, siempre que dichas cantidades no se hubieran devuelto con anterioridad Ley, siempre que dichas cantidades no se hubieran devuelto con anterioridad o se haya perdido el derecho a solicitar su devolución conforme a la Ley que o se haya perdido el derecho a solicitar su devolución conforme a la Ley que se abroga. se abroga. La devolución a que se refiere este párrafo en ningún caso podrá La devolución a que se refiere este párrafo en ningún caso podrá ser mayor al impuesto sobre la renta que efectivamente se pague en el ser mayor al impuesto sobre la renta que efectivamente se pague en el ejercicio. ejercicio.

Cuando el impuesto sobre la renta que se pague en el ejercicio Cuando el impuesto sobre la renta que se pague en el ejercicio sea menor a la sea menor a la contribución empresarial a tasa única a que se refiere la presente Leycontribución empresarial a tasa única a que se refiere la presente Ley, , los los contribuyentes contribuyentes podrán compensar podrán compensar contra la diferencia que resulte las contra la diferencia que resulte las cantidades que en los términos del párrafo anterior tengan derecho a solicitar cantidades que en los términos del párrafo anterior tengan derecho a solicitar devolución. devolución.

El impuesto al activo efectivamente pagado en los diez ejercicios inmediatos El impuesto al activo efectivamente pagado en los diez ejercicios inmediatos anteriores a la entrada en vigor de la presente Ley, a que se refiere el primer anteriores a la entrada en vigor de la presente Ley, a que se refiere el primer párrafo de esta fracción, se actualizará por el periodo comprendido desde el párrafo de esta fracción, se actualizará por el periodo comprendido desde el sexto mes del ejercicio al que corresponda el impuesto al activo, hasta el sexto sexto mes del ejercicio al que corresponda el impuesto al activo, hasta el sexto mes del ejercicio en el que resulte impuesto sobre la renta a cargo del mes del ejercicio en el que resulte impuesto sobre la renta a cargo del contribuyente que dé lugar a la devolución del impuesto al activo a que se contribuyente que dé lugar a la devolución del impuesto al activo a que se refiere esta fracción.refiere esta fracción.

Page 142: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

COBRO DE COBRO DE CONTRAPRESTACIONESCONTRAPRESTACIONES

Page 143: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

Cobro de contraprestacionesCobro de contraprestaciones

Artículo 3. Artículo 3. Para los efectos de esta Ley se Para los efectos de esta Ley se entiende:entiende:

IV. Que los ingresos se obtienen cuando se IV. Que los ingresos se obtienen cuando se cobren efectivamente las cobren efectivamente las contraprestaciones correspondientes a contraprestaciones correspondientes a las actividades previstas en el artículo 1 las actividades previstas en el artículo 1 de esta Ley, de esta Ley, de conformidad con las de conformidad con las reglas que para tal efecto se establecen reglas que para tal efecto se establecen en la en la Ley del Impuesto al Valor Agregado.Ley del Impuesto al Valor Agregado.

  

Page 144: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

144

Cobro de contraprestacionesCobro de contraprestacionesArtículo 1-B. Para los efectos de esta Ley se Para los efectos de esta Ley se

consideran efectivamente cobradas las consideran efectivamente cobradas las contraprestaciones contraprestaciones cuando se reciban en efectivo, en bienes o en servicios, aun cuando aquéllas correspondan a anticipos, depósitos o a cualquier otro concepto sin importar el nombre con el que se les designe, o bien, cuando el interés del acreedor queda satisfecho mediante cualquier forma de extinción de las obligaciones que den lugar a las contraprestaciones.

Page 145: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

145

Cobro de contraprestacionesCobro de contraprestacionesCuando con motivo de la enajenación de bienes, la

prestación de servicios o el otorgamiento del uso o goce temporal de bienes, los contribuyentes reciban documentos o vales, respecto de los cuales un tercero asuma la obligación de pago o reciban el pago mediante tarjetas electrónicas o cualquier otro medio que permita al usuario obtener bienes o servicios, se se considerará que el valor de las actividades considerará que el valor de las actividades respectivas, así como el impuesto al valor respectivas, así como el impuesto al valor agregado correspondiente, fueron efectivamente agregado correspondiente, fueron efectivamente pagados en la fecha en la que dichos pagados en la fecha en la que dichos documentos, vales, tarjetas electrónicas o documentos, vales, tarjetas electrónicas o cualquier otro medio sean recibidos o aceptadas cualquier otro medio sean recibidos o aceptadas por los contribuyentes. por los contribuyentes.

Page 146: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

REFORMAS FISCALESREFORMAS FISCALES20082008

LAS COOPERATIVAS LAS COOPERATIVAS

DEJAN DE TENER UN APOYO FISCAL.DEJAN DE TENER UN APOYO FISCAL.

Page 147: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

DECRETO QUE DA DECRETO QUE DA ESTIMULOS AL IETUESTIMULOS AL IETU

DOF 5 DE NOVIEMBRE DE 2007DOF 5 DE NOVIEMBRE DE 2007

Page 148: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

 CONSIDERANDOCONSIDERANDO

  Que como parte de la Reforma Integral de la Que como parte de la Reforma Integral de la

Hacienda Pública se aprobó el impuesto Hacienda Pública se aprobó el impuesto empresarial a tasa única como un instrumento empresarial a tasa única como un instrumento tributario flexible, neutral y competitivo, tributario flexible, neutral y competitivo, con el con el objeto de obtener mayores recursos fiscales objeto de obtener mayores recursos fiscales con efectividad, equidad y proporcionalidad, con efectividad, equidad y proporcionalidad, así como establecer las bases para impulsar el así como establecer las bases para impulsar el desarrollo sostenido del paísdesarrollo sostenido del país

Page 149: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

LOS BENEFICIOS DE LOS BENEFICIOS DE ESTE DECRETO SE ESTE DECRETO SE

DARAN DARAN GRADUALMENTE GRADUALMENTE

HASTA EN 10 AÑOSHASTA EN 10 AÑOS

Page 150: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

A QUIENES APLICAA QUIENES APLICA

1.1. EMPRESAS CON INVENTARIOSEMPRESAS CON INVENTARIOS2.2. REGIMEN SIMPLIFICADOREGIMEN SIMPLIFICADO3.3. ENAJENACIONES A PLAZOENAJENACIONES A PLAZO4.4. MAQUILADORASMAQUILADORAS5.5. VENTAS AL PUBLICO EN GENERALVENTAS AL PUBLICO EN GENERAL6.6. PERDIDAS GENERADAS POR DEDUCCION PERDIDAS GENERADAS POR DEDUCCION

INMEDIATA, 225 Y DE REGIMEN INTERMEDIOINMEDIATA, 225 Y DE REGIMEN INTERMEDIO7.7. INDUSTRIA DEL CINEINDUSTRIA DEL CINE8.8. PERSONAS FISICAS DE ARTES PLASTICASPERSONAS FISICAS DE ARTES PLASTICAS9.9. EMPRESAS QUE CONSOLIDANEMPRESAS QUE CONSOLIDAN

Page 151: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

EMPRESAS CON INVENTARIOSEMPRESAS CON INVENTARIOSART. PRIMEROART. PRIMERO

1.1. EL BENEFICIO ES SOBRE LOS EL BENEFICIO ES SOBRE LOS INVENTARIOS AL 31 DIC. DE 2007.INVENTARIOS AL 31 DIC. DE 2007.

2.2. ES VIA CREDITO EL BENEFICIO.ES VIA CREDITO EL BENEFICIO.

3.3. INVENTARIO INVENTARIO PORPOR .175 .175 POR POR 6%6%

4.4. EL EFECTO ES DEDUCIR EL 60% DEL EL EFECTO ES DEDUCIR EL 60% DEL INVENTARIO EN 10 AÑOSINVENTARIO EN 10 AÑOS

5.5. APLICA A TERRENOS SIEMPRE Y APLICA A TERRENOS SIEMPRE Y CUENDO NO HUBIERAN EJERCIDO EL CUENDO NO HUBIERAN EJERCIDO EL 225225

Page 152: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

REGIMEN SIMPLIFICADOREGIMEN SIMPLIFICADOART. TERCEROART. TERCERO

1.1. ES UN CREDITO EL BENEFICIOES UN CREDITO EL BENEFICIO

2.2. ES APLICABLE AL SALDO DE ES APLICABLE AL SALDO DE PERDIDAS AL 1 DE ENERO DE 2008 PERDIDAS AL 1 DE ENERO DE 2008 ORIGINADAS A LA SALIDA DEL ORIGINADAS A LA SALIDA DEL ANTIGUIO REGIMEN SIMPLIFICADOANTIGUIO REGIMEN SIMPLIFICADO

3.3. SALDO DE PDA. SALDO DE PDA. PORPOR .175 .175 PORPOR 5% 5%

4.4. EL EFECTO ES DEDUCIR EL 50% DE EL EFECTO ES DEDUCIR EL 50% DE LAS PERDIDAS EN 10 AÑOSLAS PERDIDAS EN 10 AÑOS

Page 153: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

ENAJENACIONES A PLAZOENAJENACIONES A PLAZOART. CUARTOART. CUARTO

1.1. ES UN CREDITO FISACAL EL ES UN CREDITO FISACAL EL BENEFICIOBENEFICIO

2.2. COBROS DE 2008 DE COBROS DE 2008 DE ENAJENACIONES A PLAZOENAJENACIONES A PLAZO POR POR .175.175

3.3. TIENE UN TOPE POR UNA TIENE UN TOPE POR UNA PROPORCIONPROPORCION

Page 154: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

MAQUILADORASMAQUILADORASART. QUINTOART. QUINTO

1.1. EL IETU SE CALCULA EL IETU SE CALCULA CONSIDERANDO LA MISMA BASEDEL CONSIDERANDO LA MISMA BASEDEL 216 BIS DE RENTA (MISMA QUE PARA 216 BIS DE RENTA (MISMA QUE PARA ISR) A LA TASA DEL IETUISR) A LA TASA DEL IETU

2.2. PERMANECEN LOS BENEFICIOS DEL PERMANECEN LOS BENEFICIOS DEL DOF DEL 30 DE OCTUBRE DE 2003DOF DEL 30 DE OCTUBRE DE 2003

3.3. GANO EL IRS DE U.S.A. NO PERMITIO GANO EL IRS DE U.S.A. NO PERMITIO EL ACREDITAMIENTO DEL IETUEL ACREDITAMIENTO DEL IETU

Page 155: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

VENTAS AL PUBLICO EN VENTAS AL PUBLICO EN GENERALGENERAL

ARTICULO SEXTOARTICULO SEXTO1.1. SE CONSIDERA UNA DEDUCCION SE CONSIDERA UNA DEDUCCION

ADICIONAL EL MONTO DE LAS C. X ADICIONAL EL MONTO DE LAS C. X PAGAR DE PRODUCTOS TERMINADOS PAGAR DE PRODUCTOS TERMINADOS ADQUIRIDOS EN NOVIEMBRE Y ADQUIRIDOS EN NOVIEMBRE Y DICIEMBRE DE 2007 Y QUE SE HAYAN DICIEMBRE DE 2007 Y QUE SE HAYAN VENDIDO EN ESAS FECHASVENDIDO EN ESAS FECHAS

2.2. SE REQUIERE QUE SEAN PAGADAS EN SE REQUIERE QUE SEAN PAGADAS EN 20082008

3.3. EL MONTO DE LAS C. X PAGAR ES SIN EL MONTO DE LAS C. X PAGAR ES SIN INTERESES E IMPUESTOSINTERESES E IMPUESTOS

Page 156: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

PERDIDAS GENERADAS POR DEDUCCION PERDIDAS GENERADAS POR DEDUCCION INMEDIATA, 225 Y DE REGIMEN INTERMEDOINMEDIATA, 225 Y DE REGIMEN INTERMEDO

ARTICULO SEGUNDOARTICULO SEGUNDO

1.1. QUE SE GENEREN EN 2005, 2006 O 2007QUE SE GENEREN EN 2005, 2006 O 2007

2.2. ES UN CREDITO ES ESTIMULOES UN CREDITO ES ESTIMULO

3.3. ES REQUISITO QUE LOS ACTIVOS O BIENES ESTEN ES REQUISITO QUE LOS ACTIVOS O BIENES ESTEN FISICAMENTE A DIC 2007 Y EN EJERCICIOS FISICAMENTE A DIC 2007 Y EN EJERCICIOS SIGUIENTESSIGUIENTES

4.4. MONTO MENOR DE (D.I. MONTO MENOR DE (D.I. MASMAS 225 225 MASMAS REG. INTER.) REG. INTER.) PORPOR .175 .175 PORPOR 5% 5%

5.5. EL EFECTO ES DEDUCIR EL 50% DE LAS PERDIDAS EL EFECTO ES DEDUCIR EL 50% DE LAS PERDIDAS EN 10 AÑOSEN 10 AÑOS

6.6. EN EL PUNTO 4 SON EFECTOS NETOS ESTO ES EN EL PUNTO 4 SON EFECTOS NETOS ESTO ES TASAS NORMALES VAS TOMADAS O DEDUCIDAS TASAS NORMALES VAS TOMADAS O DEDUCIDAS (EN INVERSION 136)(EN INVERSION 136)

Page 157: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

INDUSTRIA DEL CINEINDUSTRIA DEL CINEARTICULO DECIMOARTICULO DECIMO

EL CREDITO DEL 226 EL CREDITO DEL 226 EN I.S.R. TAMBIEN ES EN I.S.R. TAMBIEN ES PARA EL IETUPARA EL IETU

Page 158: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

PERSONAS FISICAS DE ARTES PERSONAS FISICAS DE ARTES PLASTICASPLASTICAS

ARTICULO DECIMO PRIMEROARTICULO DECIMO PRIMERO

LES HACEN EXTENSIVO LES HACEN EXTENSIVO EL DECRETO DEL 31 DE EL DECRETO DEL 31 DE OCT. DE 1994 AL IETU OCT. DE 1994 AL IETU PARA QUE ENTRE EN PARA QUE ENTRE EN LA CONDONACIONLA CONDONACION

Page 159: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

DEVENGADO EN VEZ DE FLUJODEVENGADO EN VEZ DE FLUJOARTICULO NOVENOARTICULO NOVENO

EL MOMENTO DEL EL MOMENTO DEL INGRESO DEL IETU INGRESO DEL IETU ES CUENDO SE ES CUENDO SE ACUMULEN LOS ACUMULEN LOS INGRESOS DEL ISRINGRESOS DEL ISR

Page 160: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

FACTORES POR AÑOSFACTORES POR AÑOS

PARA LOS FACTORES SE ESTARA:PARA LOS FACTORES SE ESTARA:

20082008 .165.165

2009 .1702009 .170

2010 .1752010 .175

Page 161: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

REFORMAS FISCALESREFORMAS FISCALES20082008

REFORMAS A DIVERSAS LEYES REFORMAS A DIVERSAS LEYES FISCALESFISCALES

Page 162: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

REFORMAS FISCALESREFORMAS FISCALES20082008

IMPUESTO SOBRE LA RENTAIMPUESTO SOBRE LA RENTA

Page 163: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

ISR ACREDITABLE CONTRA ISR ACREDITABLE CONTRA IMPAC (ARTICULO 10 y 131)IMPAC (ARTICULO 10 y 131)

Se deroga esta disposición que Se deroga esta disposición que establecía la posibilidad de establecía la posibilidad de acreditar ISR contra IMPAC, acreditar ISR contra IMPAC, acorde a la posible abrogación acorde a la posible abrogación de la Ley del IMPAC.de la Ley del IMPAC.

Page 164: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

PRESTAMOS, APORTACIONES Y PRESTAMOS, APORTACIONES Y AUMENTOS DE CAPITAL EN EFECTIVOAUMENTOS DE CAPITAL EN EFECTIVO

Las autoridades fiscales han detectado Las autoridades fiscales han detectado depósitos importantes en las cuentas del depósitos importantes en las cuentas del contribuyente,contribuyente, registrados como préstamos, registrados como préstamos, aportaciones para futuros aumentos de aportaciones para futuros aumentos de capital y aumentos de capital inexistentescapital y aumentos de capital inexistentes con la finalidad de no pagar contribuciones, con la finalidad de no pagar contribuciones, los cuales no pueden ser detectados por la los cuales no pueden ser detectados por la autoridad al ser realizados en efectivoautoridad al ser realizados en efectivo y/o no y/o no registrarse con la oportunidad debida, registrarse con la oportunidad debida, quedando en muchos casos fuera del quedando en muchos casos fuera del alcance del proceso de fiscalización de las alcance del proceso de fiscalización de las autoridades. autoridades.

Page 165: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

OTROS INGRESOS ACUMULABLES OTROS INGRESOS ACUMULABLES (ARTICULO 20 y 86-A)(ARTICULO 20 y 86-A)

Se considerarán como ingreso Se considerarán como ingreso acumulable las cantidades recibidas en acumulable las cantidades recibidas en efectivo por concepto de préstamos, efectivo por concepto de préstamos, aportaciones para futuros aumentos de aportaciones para futuros aumentos de capital o aumentos de capital mayorescapital o aumentos de capital mayores a $600,000.00, cuando no se presente la a $600,000.00, cuando no se presente la declaración informativa de los mismos declaración informativa de los mismos dentro de los 15 días posteriores a dentro de los 15 días posteriores a aquél en que se reciban las cantidades aquél en que se reciban las cantidades correspondientes.correspondientes.

Page 166: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

LIMITACION A DEDUCCIONLIMITACION A DEDUCCIONDE DONATIVOS (31-I y 176-IIIDE DONATIVOS (31-I y 176-III))

Los donativos serán deducibles Los donativos serán deducibles hasta por una cantidad que no hasta por una cantidad que no exceda del 7% de la utilidad exceda del 7% de la utilidad fiscal del ejercicio anterior a fiscal del ejercicio anterior a aquel en el que se efectué la aquel en el que se efectué la deducción.deducción.

Page 167: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

ENTREGA DEL SUBSIDIO PARA ENTREGA DEL SUBSIDIO PARA EL EMPLEO (ARTICULO 31-XX)EL EMPLEO (ARTICULO 31-XX)

• Se establece la obligación a los Se establece la obligación a los patrones, para efectos de que sean patrones, para efectos de que sean deducibles las erogaciones por deducibles las erogaciones por sueldos, que efectivamente entreguen sueldos, que efectivamente entreguen las cantidades que por dicho subsidio las cantidades que por dicho subsidio les correspondan a sus trabajadores.les correspondan a sus trabajadores.

• Lo anterior es una adecuación en virtud Lo anterior es una adecuación en virtud de la eliminación del crédito al salario.de la eliminación del crédito al salario.

Page 168: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

Cuentas IncobrablesCuentas Incobrables

Suben los importes de Suben los importes de deducibilidad hasta por 30 deducibilidad hasta por 30 mil unidades de inversión, mil unidades de inversión, sin necesidad de sin necesidad de procedimiento judicial.procedimiento judicial.

Page 169: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

NO DEDUCIBLES NO DEDUCIBLES (ARTICULO 32-I y 173-I)(ARTICULO 32-I y 173-I)

No serán deducibles:No serán deducibles:

• El IETU.El IETU.

• Las cantidades que entregue el Las cantidades que entregue el patrón por concepto de subsidio patrón por concepto de subsidio para el empleo.para el empleo.

• Los pagos del IDE.Los pagos del IDE.

Page 170: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

INFORMACION SOBRE PRESTAMOS, INFORMACION SOBRE PRESTAMOS, DONATIVOS Y PREMIOS (ARTICULO 106)DONATIVOS Y PREMIOS (ARTICULO 106)

Las personas físicas, residentes Las personas físicas, residentes en México están obligadas a en México están obligadas a informar, en la declaración del informar, en la declaración del ejercicio sobre los préstamos, los ejercicio sobre los préstamos, los donativos y los premios, donativos y los premios, obtenidos en el mismo, siempre obtenidos en el mismo, siempre que en lo individual o en su que en lo individual o en su conjunto excedan de conjunto excedan de $ 600,000.00.$ 600,000.00.

Page 171: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

INFORMACION SOBRE PRESTAMOS, INFORMACION SOBRE PRESTAMOS, DONATIVOS Y PREMIOS (ARTICULO 106)DONATIVOS Y PREMIOS (ARTICULO 106)

Adicionalmente se Adicionalmente se establece la obligación de establece la obligación de presentar declaración presentar declaración informativa de los informativa de los préstamos, donativos y préstamos, donativos y los premios obtenidoslos premios obtenidos

Page 172: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

ACUMULACION DE PRESTAMOS Y ACUMULACION DE PRESTAMOS Y DONATIVOS NO DECLARADOS (107 DONATIVOS NO DECLARADOS (107

ULTIMO PARRAFO)ULTIMO PARRAFO)

Se considerarán ingresos omitidos Se considerarán ingresos omitidos por la actividad preponderante del por la actividad preponderante del contribuyente o, en su caso, otros contribuyente o, en su caso, otros ingresos en los términos del ingresos en los términos del Capítulo IX de la Ley, los Capítulo IX de la Ley, los préstamos y los donativos que no préstamos y los donativos que no se declaren o no se informen a las se declaren o no se informen a las autoridades fiscales.autoridades fiscales.

Page 173: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

TARIFA (ARTICULO 113, 114 y TARIFA (ARTICULO 113, 114 y 115)115)

Se modifica la tarifa del Se modifica la tarifa del artículo 113 de la Ley, artículo 113 de la Ley, adicionándose tres rangos a adicionándose tres rangos a la misma, prevaleciendo la la misma, prevaleciendo la tasa máxima del 28 %.tasa máxima del 28 %.

Page 174: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

Tarifa

Límite inferiorLímite

superiorCuota fija

Por ciento para aplicarse sobre el excedente del límite inferior

$ $ $ %

0.01 496.07 0.00 1.92

496.08 4,210.41 9.52 6.40

4,210.42 7,399.42 247.23 10.88

7,399.43 8,601.50 594.24 16.00

8,601.51 10,298.35 786.55 17.92

10,298.36 20,770.29 1,090.62 19.94

20,770.30 32,736.83 3,178.30 21.95

32,736.84 En adelante 5,805.20 28.00

Page 175: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

• Se derogan las tablas correspondientes al subsidio Se derogan las tablas correspondientes al subsidio acreditable y del crédito al salario y en acreditable y del crédito al salario y en compensación se otorga el subsidio para el empleocompensación se otorga el subsidio para el empleo..

• En la exposición de motivos, se establece la En la exposición de motivos, se establece la necesidad de simplificar el cálculo del impuesto de necesidad de simplificar el cálculo del impuesto de las personas físicas, por lo que se propone las personas físicas, por lo que se propone reestructurar la tarifa para incluir el efecto del reestructurar la tarifa para incluir el efecto del subsidio fiscal con una proporción del 86 %subsidio fiscal con una proporción del 86 % de de ingresos gravados, teniendo como objeto que la ingresos gravados, teniendo como objeto que la integración del impuesto y del subsidio genere el integración del impuesto y del subsidio genere el menor impacto recaudatorio posible y que minimice menor impacto recaudatorio posible y que minimice el impacto en la carga fiscal de los trabajadores.el impacto en la carga fiscal de los trabajadores.

Page 176: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

El subsidio para el empleoEl subsidio para el empleo se se calculará aplicando a los calculará aplicando a los ingresos que sirvan de base ingresos que sirvan de base para calcular el impuesto sobre para calcular el impuesto sobre la renta que correspondan al la renta que correspondan al mes de calendario de que se mes de calendario de que se trate la siguiente:trate la siguiente:

Page 177: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

TABLAMonto de ingresos que sirven de base

para calcular el impuesto

Para ingresos de$

Hasta ingresos de$

Cantidad de subsidio para el empleo mensual

$

0.01 1,768.96 407.02

1,768.97 2,653.38 406.83

2,653.39 3,472.84 406.62

3,472.85 3,537.87 392.77

3,537.88 4,446.15 382.46

4,446.16 4,717.18 354.23

4,717.19 5,335.42 324.87

5,335.43 6,224.67 294.63

6,224.68 7,113.90 253.54

7,113.91 7,382.33 217.61

7,382.34 En adelante 0.00

Page 178: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

OBLIGACIONES DE LOS PATRONES OBLIGACIONES DE LOS PATRONES (SUBSIDIO PARA EL EMPLEO)(SUBSIDIO PARA EL EMPLEO)

• Cuando el impuesto calculado conforme al Cuando el impuesto calculado conforme al artículo 113 de la Ley sea menor que el artículo 113 de la Ley sea menor que el subsidio para el empleo mensual obtenidosubsidio para el empleo mensual obtenido, , el el retenedor deberá entregar al contribuyente la retenedor deberá entregar al contribuyente la diferencia que se obtenga.diferencia que se obtenga.

• El retenedor podrá acreditar contra el El retenedor podrá acreditar contra el impuesto sobre la renta a su cargo o el impuesto sobre la renta a su cargo o el retenido a terceros las cantidades que retenido a terceros las cantidades que entregue a los contribuyentes por concepto entregue a los contribuyentes por concepto de subsidio para el empleo.de subsidio para el empleo.

Page 179: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

Límite inferior Límite superior Cuota fija

Por ciento para aplicarse sobre

el excedente del límite inferior

$ $ $ %

0.01 5,952.84 0.00 1.92

5,952.85 50,524.92 114.24 6.40

50,524.93 88,793.04 2,966.76 10.88

88,793.05 103,218.00 7,130.88 16.00

103,218.01 123,580.20 9,438.60 17.92

123,580.21 249,243.48 13,087.44 19.94

249,243.49 392,841.96 38,139.60 21.95

392,841.97 En adelante 69,662.40 28.00

TARIFA 177

Page 180: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

IMPACTO DE LA REFORMA EN LA ECONOMIA DE LOS TRABAJADORESDE LOS TRABAJADORES

SUELDO 3,000   5,000   7,000   8,000  

               

ISR 2008 -237   8   297   690  

ISR 2007 -274   -65   213   539  

                 

DIFERENCIA 37   73   85   151  

PORCENTAJE 

1.23   1.46   1.20   1.88  

               

Page 181: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

  SUELDOSUELDO

                      

10,00010,000    15,00015,000    25,00025,000    40,00040,000  

                      

ISR 2008ISR 2008 1,0371,037    2,0282,028    4,1074,107    7,8397,839  

ISR 2007ISR 2007 810810    1,6421,642    3,4403,440    6,9906,990  

                         

DIFERENCIADIFERENCIAPORCENTAJEPORCENTAJE

227227    386386    666666    848848  

2.272.27    2.572.57    2.672.67    2.122.12  

Page 182: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

IMPACTO DE LA REFORMA EN LOS DEMAS CAPITULOSDEMAS CAPITULOS DE LA LEY DEL

IMPUESTO SOBRE LA RENTA

INGRESO 3,000   5,000   8,000   15,000   25,000  

   

ISR 2008ISR 2007

170 333 690 2,028 4,107  

133   260   539   1,642   3,440  

   

DIFERENCIAPORCENTAJE

37 73 151 386 666  

1.24%   1.46%   1.89%   2.57%   2.67%  

Page 183: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

DECLARACION INFORMATIVA DE SUELDOS (ARTICULO TERCERO

TRANSITORIO FRACCION V)

Mediante Disposición Mediante Disposición transitoria, se establece la transitoria, se establece la obligación de presentar la obligación de presentar la declaración informativa de declaración informativa de sueldos 2007sueldos 2007 a más tardar el a más tardar el día 15 de febrero de 2008.día 15 de febrero de 2008.

Page 184: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

CREDITO AL SALARIOCREDITO AL SALARIOTRANSITORIO TERCEROTRANSITORIO TERCERO

VI.VI. Los retenedores que a la entrada en Los retenedores que a la entrada en vigor de este Decretovigor de este Decreto tengan tengan cantidades por concepto de crédito al cantidades por concepto de crédito al salario pendientes de acreditar en los salario pendientes de acreditar en los términos del artículo 115 de la Ley del términos del artículo 115 de la Ley del Impuesto sobre la Renta vigente hasta Impuesto sobre la Renta vigente hasta el 31 de diciembre de 2007,el 31 de diciembre de 2007, podrán podrán acreditarlas en los términos de dicho acreditarlas en los términos de dicho precepto legal hasta agotarlas. precepto legal hasta agotarlas.

Page 185: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

DECLARACION INFORMATIVA DEL SUBSIDIO PARA EL EMPLEO

(ARTICULO TERCERO TRANSITORIO FRACCION VII)

Los patrones que hayan entregado Los patrones que hayan entregado cantidades en efectivo por cantidades en efectivo por concepto de subsidio para el concepto de subsidio para el empleo durante 2008, empleo durante 2008, deberán deberán presentar declaración informativa presentar declaración informativa a más tardar el 15 de febrero de a más tardar el 15 de febrero de 2009 2009

Page 186: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

REFORMAS FISCALESREFORMAS FISCALES20082008

CODIGO FISCAL DE LA FEDERACIONCODIGO FISCAL DE LA FEDERACION

Page 187: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

Devoluciones de Impuestos

• Se establece un procedimiento especial de “facultades de comprobación” independiente al “original” con duración de 90 días hábiles o de 180 días si es necesario llevar a cabo compulsas con terceros o precios de transferencia

Page 188: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

Devolución de Impuestos

• Se requiere contar con FIEL en devoluciones superiores a 10 mil pesos

Page 189: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

Penalidad por no aportar pruebas en tiempo

• Concluida la visita en el domicilio fiscal, para iniciar otra a la misma persona, se requerirá nueva orden. En el caso de que las facultades de comprobación se refieran a las mismas contribuciones, aprovechamientos y periodos, sólo se podrá efectuar la nueva revisión cuando se comprueben hechos diferentes a los ya revisados. La comprobación de hechos diferentes deberá estar sustentada en información, datos o documentos de terceros, en la revisión de conceptos específicos que no se hayan revisado con anterioridad, en los datos aportados por los particulares en las declaraciones complementarias que se presenten o en la documentación aportada por los contribuyentes en los medios de defensa que promuevan y que no hubiera sido exhibida ante las autoridades fiscales durante el ejercicio de las facultades de comprobación previstas en las disposiciones fiscales; a menos que en este último supuesto la autoridad no haya objetado de falso el documento en el medio de defensa correspondiente pudiendo haberlo hecho o bien, cuando habiéndolo objetado, el incidente respectivo haya sido declarado improcedente.

Page 190: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

Dépositos superiores al millón

• También se presumirá que los depósitos que se efectúen en un ejercicio fiscal, cuya suma sea superior a $1´000,000.00 en las cuentas bancarias de una persona que no esta inscrita en el Registro Federal de Contribuyentes o que no está obligada a llevar contabilidad, son ingresos y valor de actos o actividades por los que se deben pagar contribuciones.

Page 191: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

Asesores Fiscales

• Son infracciones cuya responsabilidad recae sobre terceros, las siguientes:

• I. Asesorar, aconsejar o prestar servicios para omitir total o parcialmente el pago de alguna contribución en contravención a las disposiciones fiscales.

• No se incurrirá en la infracción a que se refiere la fracción primera de este artículo, cuando se manifieste en la opinión que se otorgue por escrito que el criterio contenido en ella es diverso a los criterios dados a conocer por las autoridades fiscales en los términos del inciso h) de la fracción I del artículo 33 de este Código o bien manifiesten también por escrito al contribuyente que su asesoría puede ser contraria a la interpretación de las autoridades fiscales.

Page 192: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

Asesores Fiscales

• La multa de $35,000.00 a $55,000.00• Se considerará como agravante que la asesoría, el

consejo o la prestación de servicios sea diversa a los criterios no vinculativos. En este caso, la multa se aumentará de un 10% a un 20% del monto de la contribución omitida, sin que dicho aumento exceda del doble de los honorarios cobrados por la asesoría, el consejo o la prestación de servicios.

• No se incurrirá en la agravante cuando se manifieste que se trata de un criterio no vinculativo

Page 193: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

Suspensión del IETU

• En el caso del impuesto empresarial a tasa única causado con posterioridad a la declaratoria de concurso mercantil decretada por el tribunal competente, el cobro de dicho impuesto se suspenderá desde la notificación de dicha declaratoria, hasta que se firme el convenio respectivo entre el contribuyente con los acreedores y el fisco federal o en su caso sea decretada la quiebra del mismo.

Page 194: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

NO HAY QUE CONFUNDIR NUNCA EL CONOCIMIENTO CON LA SABIDURIA.EL PRIMERO NOS SIRVEPARA GANARNOS LA VIDA;EL SEGUNDO NOS AYUDA A VIVIR.PROVERVIO INGLÉS

Page 195: Puntos Criticos Reforma 2008 Cursos

GRACIAS GRACIAS POR SU POR SU

ATENCION.ATENCION.