convenio de pasantias entre el instituto ecuatoriano de seguridad social

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CONVENIO DE PASANTIAS ENTRE EL INSTITUTO ECUATORIANO DE SEGURIDAD SOCIAL –IESS- Y LA UNIDAD EDUCATIVA LA INMACULADA DE BAHÍA DE CARÁQUEZ. En la ciudad de Portoviejo a los 18 días del mes de octubre del dos mil diez, celebra el presente convenio de Pasantías por un parte la Rectora de la Unidad Educativa La Inmaculada de la ciudad de Bahía de Caráquez, cantón Sucre, representada por la Hermana Mariana Obando Díaz y por otra parte el Doctor Carlos Alberto García Escovar, en su calidad de Director Provincial del IESS MANABI de conformidad a las siguientes clausulas: PRIMERA: ANTECEDENTES.- MISIÓN FUNDAMENTAL .- El IESS la Misión de proteger a la población urbana y rural, con relación de dependencia laboral o sin ella, contra las contingencias, de enfermedad, maternidad, riesgos de trabajo, discapacidad, cesantía, invalidez, vejez y muerte, en los términos que consagra esta ley. La Unidad Educativa La Inmaculada con domicilio en la ciudad Bahía de Caráquez, calle Malecón y Matheus, es una Institución que trabaja según la filosofía del fundador de las Hermanas de la Providencia “Juan Martín Moye”, quién dedicó su misión a la clase más desposeída de la sociedad, misión que siguen sus hijas. La Unidad Educativa La Inmaculada imparte educación General Básica y Bachillerato, por lo que para lograr sus objetivos está facultada para suscribir convenios como en este caso de Pasantía Estudiantil con entes del sector público y privado. SEGUNDA: OBJETIVO.- Los estudiantes de la Especialidad de Administración y Contabilidad de la Unidad Educativa, para graduarse de bachiller: BACHILLER CONTADOR EN CIENCIAS DE COMERCIO Y

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Page 1: Convenio de Pasantias Entre El Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social

CONVENIO DE PASANTIAS ENTRE EL INSTITUTO ECUATORIANO DE SEGURIDAD SOCIAL –IESS- Y LA UNIDAD EDUCATIVA LA INMACULADA DE BAHÍA DE CARÁQUEZ.

En la ciudad de Portoviejo a los 18 días del mes de octubre del dos mil diez, celebra el presente convenio de Pasantías por un parte la Rectora de la Unidad Educativa La Inmaculada de la ciudad de Bahía de Caráquez, cantón Sucre, representada por la Hermana Mariana Obando Díaz y por otra parte el Doctor Carlos Alberto García Escovar, en su calidad de Director Provincial del IESS MANABI de conformidad a las siguientes clausulas:

PRIMERA: ANTECEDENTES.-

MISIÓN FUNDAMENTAL .- El IESS la Misión de proteger a la población urbana y rural, con relación de dependencia laboral o sin ella, contra las contingencias, de enfermedad, maternidad, riesgos de trabajo, discapacidad, cesantía, invalidez, vejez y muerte, en los términos que consagra esta ley.

La Unidad Educativa La Inmaculada con domicilio en la ciudad Bahía de Caráquez, calle Malecón y Matheus, es una Institución que trabaja según la filosofía del fundador de las Hermanas de la Providencia “Juan Martín Moye”, quién dedicó su misión a la clase más desposeída de la sociedad, misión que siguen sus hijas.

La Unidad Educativa La Inmaculada imparte educación General Básica y Bachillerato, por lo que para lograr sus objetivos está facultada para suscribir convenios como en este caso de Pasantía Estudiantil con entes del sector público y privado.

SEGUNDA: OBJETIVO.-

Los estudiantes de la Especialidad de Administración y Contabilidad de la Unidad Educativa, para graduarse de bachiller: BACHILLER CONTADOR EN CIENCIAS DE COMERCIO Y ADMINISTRACIÓN, de acuerdo con las normas establecidas por la Dirección Nacional de Educación Técnica, necesitan realizar una pasantías de 200 horas en el centro de formación de trabajo (CFT), la misma que se debe realizar desde el veintiséis del mes de octubre del año 2010, sin que ello implique relación laboral alguna con la Institución o empresa firmante.

La Empresa o Institución se compromete al cumplimiento de la programación de actividades formativas en el departamento de contabilidad y que previamente hayan sido acordadas, como también a realizar seguimiento y valoración del progreso de aprendizaje del estudiante y junto con el profesor tutor del Colegio a la revisión de la programación si lo fuese necesario.

Cada estudiante dispondrá de una hoja de seguimiento y evaluación de las actividades realizadas que será revisada por el tutor del colegio. En dicho documento figura las actividades formativas más significativas realizadas en la empresa o institución, con registros de fechas y

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registros semanales. Estos resultados se reflejaran en una ficha de seguimiento y evaluación que llevará el responsable de la empresa o institución que acepta al estudiante pasante (se anexa ficha).

La empresa o institución nombrará un responsable para la coordinación de las actividades formativas a realizar en el centro de trabajo, que garantizará la orientación y consultas del estudiante, facilitará la observación del aprendizaje de parte del profesor tutor del colegio y la coordinación y supervisión del proceso.

La empresa o institución colaboradora no podrá cubrir, ni siquiera con carácter interno ningún puesto de trabajo en plantilla con el estudiante que realice las actividades formativas en la empresa o institución, salvo el caso que se establezca al efecto una relación laboral de contraprestación económica, por servicios contratados. Pero cuando concluya el F.C.T. (Formación en Centros de Trabajo).

Cualquier eventualidad de accidente que pudiera producirse será contemplada al tenor del seguro estudiantil, el cual debe ser contratado por el colegio, acuerdo Ministerial Nº 6140 del 24 de noviembre de 1989, autoriza a los Rectores la contratación de seguro estudiantil de accidentes personales.

Este presente convenio se podrá extinguir por expiración del tiempo convenio y podrá rescindirse por cualquiera de las partes. Mediante denuncia de alguna de ellas, que será comunicada a la otra con una antelación mínima de quince días y basada en alguna de las siguientes causas:

A) Cese de actividades de la institución educativa, o de la empresa o institución colaboradora.

B) Fuerza mayor que imposibilite el desarrollo de las actividades programadas.C) Incumplimiento de las clausulas establecidas en el convenio específico de las normas

en relación con la realización de las actividades programadas, estén en cada caso vigente.

D) Mutuo acuerdo entre la institución educativa adoptado por la Rectora y la empresa o institución colaboradora.

Igualmente se podrá rescindir para un determinado estudiante o grupo de estudiantes, por cualquiera de las partes firmantes, y ser excluido de su participación en el convenio de decisión unilateral de la institución educativa, de la empresa o institución colaboradora, o conjunta de ambas, en los siguientes casos:

1. Faltas repetidas de asistencia y/o faltas de impuntualidad no justificadas.2. Actitud incorrecta o falta de aprovechamiento previa audiencia al interesado.

En cualquier caso la institución educativa deberá informar a la Dirección Provincial de Educación de la extinción o rescisión de los convenios específicos de colaboración en cualquiera de los casos y esta a su vez, lo comunicará a la dirección Provincial del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.

Page 3: Convenio de Pasantias Entre El Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social

e) En todo momento el estudiante irá provisto del carné estudiantil y/ o tarjeta de identificación de la institución educativa.

F) La dirección Provincial de educación notificará a la dirección provincial del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales sobre el presente convenio, así como las relaciones de estudiante que en cada período de tiempo, estén realizando prácticas formativas de empresa.

g) La educación de este convenio es de un año a partir de firma, considerándose prorrogado0 automáticamente cuando ninguna de las partes firmantes manifieste lo contrario.

Se firma este convenio en tres originales para constancia de lo actuado.

Lic. Sor Mariana Obando Díaz Dr. Carlos Alberto García Escovar

RECTORA DIRECTOR PROVINCIAL DE IESS

Ing. Marcela Espinales

DIRECTORA PROVINCIAL DE

DIVICIÓN DE LA EDUCACIÓN TECNICA