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PRONUNCIAMIENTO N' OI7-2019/0SCE-DGR Entidad: Instituto Nacional de Salud Procedimiento: Licitación Pública N° SM-4-2018-0PE/INS-l, convocado para la contratación de bienes: "Adquisición de equipos por reposición IOARR-Estabilizadorcs a vapor", lo ANTECEDENTES: A través del Formulario de Solicitud de emisión de pronunciamiento con Trámites Documentarios N° 2018-14075990-LlMA YN° 2018-14078502-UMA. recibidos cI20.01C.2018 y 21.DIC.2018 respectivamente, el presidente del procedimiento de selección de la referencia remitió al Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSeE) la solicitud de elevación de cucstionamicntos presentada por el participante TUMIMED REPRESENTACIONES S.A.C.. en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 21 de la Ley N° 30225, Ley que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la Ley, y el artículo 51 de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 350-2015-EF, en adelante el Reglamento, y sus modificatorias aprobadas mediante Decreto Legislativo N° 1341 YDecretos Supremos N° 056~2017.EF y N° 147-2017-EF, respectivamente. En ese sentido. considerando la numeración del pliego absolutorio 1 , este Organismo Técnico Especializado procederá a pronunciarse de la siguiente manera: Cuestionamiento Único: Respecto de la absolución de las consultas y/u observaciones N° 11, N° 31. N° 118, N° 131, N° 139, N° 143, YN° 160, referidas a las "características de los equipos", I \\'r.'¡ón Exrd. 1

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Page 1: PRONUNCIAMIENTO N'OI7-2019/0SCE-DGR Entidad: … · 2019. 12. 10. · PRONUNCIAMIENTO N'OI7-2019/0SCE-DGR Entidad: Instituto Nacional de Salud Procedimiento: Licitación Pública

PRONUNCIAMIENTO N' OI7-2019/0SCE-DGREntidad: Instituto Nacional de Salud

Procedimiento: Licitación Pública N° SM-4-2018-0PE/INS-l, convocado para la contratación de bienes: "Adquisición de equipos por reposición IOARR-Estabilizadorcs a vapor",

lo ANTECEDENTES:

A través del Formulario de Solicitud de emisión de pronunciamiento con Trámites Documentarios N° 2018-14075990-LlMA YN° 2018-14078502-UMA. recibidos cI20.01C.2018 y 21.DIC.2018respectivamente, el presidente del procedimiento de selección de la referencia remitió al Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSeE) la solicitud de elevación de cucstionamicntospresentada por el participante TUMIMED REPRESENTACIONES S.A.C.. en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 21 de la Ley N° 30225, Ley que aprueba la Ley de Contrataciones delEstado, en adelante la Ley, y el artículo 51 de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 350-2015-EF, en adelante el Reglamento, y sus modificatorias aprobadas mediante Decreto LegislativoN° 1341 YDecretos Supremos N° 056~2017.EF y N° 147-2017-EF, respectivamente.

En ese sentido. considerando la numeración del pliego absolutorio1, este Organismo Técnico Especializado procederá a pronunciarse de la siguiente manera:

• Cuestionamiento Único: Respecto de la absolución de las consultas y/u observaciones N° 11, N° 31. N° 118, N° 131, N° 139, N° 143, YN° 160, referidas a las "características de los equipos",

I \\'r.'¡ón Exrd.

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Page 2: PRONUNCIAMIENTO N'OI7-2019/0SCE-DGR Entidad: … · 2019. 12. 10. · PRONUNCIAMIENTO N'OI7-2019/0SCE-DGR Entidad: Instituto Nacional de Salud Procedimiento: Licitación Pública

2. PRONUNCIAMIENTO:

Cuestiona miento Unico: Referido a las "'características de los equipos~El participante cuestiona lo siguiente:

- Respecto a la absolución de Ja consulta ylu observación N° 11: "Nuestro deber como empresa postora es brindar y ofertar equipos y soluciones a los requerimientos de las instituciones.en este caso, está demostrado que uno de los principales problemas por lo que los equipos de esterili:ación y/o autoclaves se malogran. descomponen o los mantenimientos corree/iros sonmás frecuentes es, por la calidad del agua. En este caso puntual mencionan y solicitan que el agua que ingresara al generador de vapor de forma manual o automática deberá ser de tipoDESTILADA. además nombran la norma £N285 en cuanto a la calidad del agua. Podemos mencionar que esta norma europea delimita los para metros entre los cuales deben estar loscontaminantes en general en el agua. mencionando como principal para metros de medición es el límite mátimo de conductividad medido en siemens (S!cm) el cual no debe exceder de 5umS!cm, esto hace referencia al agua Osmótica, la cual cumple con este parametron. cosa que no pasa con el agua destilada ya que sus valores de Siemens son mayores. además de las salesdisueltas y otros contaminantes en ella. Si bien es cierto el comite está en la potestad, como lo ha hecho. de aceptar, incorporar o no aceptar, las observaciones de los postores, sin embargo,es su deber y obligación salvaguardar los intereses de la institución yen ese sentido Podemos decir:Que al aceptar el uso de agua destilada para el generador de vapor y posterior vapor en cámara, lo que está haciendo es disminuir el tiempo de vida útil del equipo en cuestión, por lo quese debería tomar ma.ror responsabilidad en beneficio de la institución PEDIDO: Por lo que solicitamos que la especificación Técnica quede como era en un principio. por ser de derecho:"INGRESO DEAGUA OSMOnCA AL GENERADOR AUTOMAnco DE CAI./DAD EN285"."

- Respecto a la absolución consulta ylu obsernción N° 31: "Cuestionamos esta decisión del comité ya que en el numeral 35 el postor está solicitando que la especificaciones sea másabierta y coherente ya que '10 pone límites a la potencia del generador de vapor. sino pone parámetros. es decir: solicita que la potencia del generador de vapor sea "Máximo 30 K IV". sinembargo, el comité, insiste con limitar la especificación colocando generador de vapor incorporado de 30KW. dejandofllera a los postores que presenten equipos (generador de vapor) conpotencia menos a ese parametron (se entiende además que a menor potencia, mayor es el ahorro de energía a la institución) ya que está atentando contra la pluralidad de postores. PEDIDO:Parlo que solicitamos que la especificación Técnica quede de la siguiente manera: 35. Generador de vapor incorporado de mátimo 30Kw de acero inoxidable 3161."

- Respecto a la absolución consulta ylu ohservación N° 118: "El comité, sin conocer la tecnologia que nosotros como postores vamos a ofrecer limitan nuestra participación al 110 aceptarnuestra consulta, ya que la Tecnología de nuestra Bomba de doble anillo en nuestras autoclaves. no necesitan como protector este GUARDAMOTOR EI.ECTRICo. por lo que solicitamospor Vigencia tecnológica que esta sea una especijlcación de presentación opcional. PEDIDO: Al sentir vulnerado nuestro derecho de participación, apelando a la vigencia tecnológica,solicitamos que la especificación quede de la siguiente manera: 56 GUARDA MOTOR ELECTRICO PARA BOMBA DE VAelO (OPCIONAL). más mm, ya que en nuestra consulta ubicadaen la posición 119, aceptan que Podemos participar con nuestra tecnologia de Bomba de doble anillo ...

- Respecto a la absolución consulta vlu ohservación N° 131: "Las normatiWls EN28S (europea) y AAMI (Americana) manifiestan que los registros de esteri!i=ación deben permanecer oarchivarse por un periodo de cinco (05) años. para posteriores evaluaciones, acciones de supervisión tl otro tema de tipo legal, las impresoras de tipo térmica. si bien es cierto son másbaratas. sin embargo. los registros que emiten estas, por el propio materia del cual están hechas y el tipo de impresión, no duran mucho tiempo en almacenamiento, borrúndose la informacióncontenida en ello, por lo que las impresoras matriciales o de golpe son las adecuadas y cumplen con la normativa antes mencionada. La vigencia tecnológica También aplica al cumplimientode normatims vigentes y no solo como el comité manifiesta "Ias impresoras matriciales cada ve=se usan menos. siendo estas reempla=adas por las impresoras térmicas". PEDIDO: Podemosproporcionar impresoras térmicas, pero nuestra responsabilidad con la institución es brindar equipos que cumplan con las normativas y estáluiares internaciones, por lo que solicitamosque reevallÍen la decisión del comité referente a este panto. 25 IMI'REmRA JfA71IIClAL INTEGRADA QUE REGIST/I¡'; TODOS LOS EVENTOS DEL PROCr-.50 DE I:STERILlZAClÓN.ALAR.I/AS. GRAFICOS. ETC."

- Respecto a la absolución consulta vlu observación N° 139: "L'" este caso puntual mencionan y solicita" que el agua que ingresara al generador de vapor de forma manual o automáticadeberá ser de tipo DF..SnLADA. además nombran la norma £N285 en cuanto a la calidad del agua, Podemos mencionar que esta norma europea delimita los parámetros entre los cualesdeben estar los contaminantes en general en el agua, mencionando como principal parámetros de medición es el /imite máümo de conductividad medido en siemens (S/cm) el cual no debeexceder de 5 umS/cm, esto hace referencia al agua Osmótica. la cual cumple con este parametron. cosa que no pasa con el agua destilada ya que sus valores de Siemens son mayores, ademásde las sales disueltas y otros cOfltaminallles en ella. PEDIDO: Nuestro requerimielllo se SI/stenta, por el tema de calidad de agua, la protección de los eqll/iJos y ahorro de gastos la elllidad.por lo que se deber/a implementar la colocación de un medidor de conducti\'idad en la entrada del agua al generador de vapor, porque es la única mallera de saber la calidad del agua queingresa en ella. "

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- Respecto a la absolución eonsulta vlu observación N° 143:"El comité, sin conocer la tecnología que nosotros como pos/ores vamos (l ofrecer, /imitan nuestra participación al no aceptar

nuestra consulta, ya que la Tecn%f?ia de nuestra Bomha de doble anillo en nuestras aUloclaves.no necesitan como protector de la bombaufl tanque acumulador de AGUA, por lo quesolicitamos por Vigencia tecnológica que esta sea una especificación de presentación opcional. PEDIDO: Al sellti,. \'ulnerado nuestro derecho de participación. apelando a la vigencia

tecnológica. solicitamos que la especificación quede de fa siguiente manera: SS' l~I:VQUE ACUMUI.ADOR DEAGUA DE ACERO INOXIDABLE PARA A/liILLOS D/:.:AGUA (OPCIONAL).,\lds aun. ya que en nuestra consulta ubicada en la posición 119, aceptan que Podemos participar con fluestro tecnología de Bomha de doble anillo, "

- Respecto a la absolución consulta )'/u observación N0 160: "Nuevamente El Comité Restringe La PartiCliJación De Postores, Colocando Para metros De Potencia A Los EqUliJos, SinEmbargo, Como Se Comemó Anteriormente A Menor Potencia Es Mayor El Ahorro De Energía Para La Instilución, Por Lo Que Si Existen EqUliJos Que Trabajan A .\tenor Potencia, Este

No Puede Ser Restringido En Su Participación. PEDIDO: No Se Deberia Por Pluralidad De Postores Restringir Con Parámetros limitantes Las Especificaciones, .\fás Aun Si Esta PodríaBrindar Un Beneficio En Ahorro a La Institución.

Pronunciamiento:

De la revisión del pliego absolutorio. se advierte lo siguiente:

Extracto thl lie o absowtorio de COnsuttllS 'obse,,:aéio1U!sConsulta :fu Observocldn NO11

AbsoluciónEn ta.\' h(l.w,~, ,le ml'ncim/(1 COII/IIcaraetl;'rÍ,\/ica .lo!Jdla,ta, pura el I:STERlUZA/JOU A I'APOU - AU70CtAVE /JI:' 3tO 1,: "tllKrl'.I0 dt: aK11Qd.'.ltilada at xenerodor manual (}El CO/lllft!t:.I'Pt'cialde .Iden:/líll adara Cfll.'la alltodm't: [I/lt!de /I.I(lrt'lIOICfllll'raall/o/llátlco dt: e(llidad LV2X5". E" e.\'teL'a.lO,es IlOtahk 'Iue!lo .lt'ría lIú'I',\l/rj() reqljl;'nr de 1111mgreslI de /lXI/a ,Ie.llllada. SI/lO,le un .I'1.ltemadI' trataml,'lI/o de af!;l/{/,cml.ll.ltt/me

,'ti pmc ••.\II,1de ,hnw.II.I' ydl! ah/andamlen/o, adl-'/IIá~d.' nm.II,krar e.I/I!proce.l'fI de IIptl ,'COa1l11gahfe (por /10dt'.I'perdlciar aX/la en "'proceso dI! d".lt/lacúín), I'or dio, flhwrvamo.~ de 10.1do.l' /lptl.~: inKrt'-l'o,le agua de Q.~!lUI.\"I.I'por /In .I'i.l/t'ma dI! tmtamleu/o detos ha,\t'.\'y solicitamos al Comité u Órgano encargado de la.s contrataciolles, cOII.s/derar ta solicitud de la caracterlstica como: "Ingre.lo de agua de.ltllada o mt!dicm/e .II.I'/t:maagua o agua dt!.lfi/ada ,le mallero dlrt't'ta ( cuallflllt'ra ,le tll.1 .1'1.lll!ma altmenta,II! trataml •...n/o de avua, al Kl!lIerad'Jr n/(lnllol o automállco dt: calidad EN285", para Dt!rJllltlfa.l'/ 11/10man,r ptl/ralldad v cOl/currencia dt: l'o.lrort's. .1'OtOal gem'rat!or d,'etrlco de \'ClpOr)

Consult~y/u Obsen:oci6n NO JIAbsoluciónSdie'ltan: Il'EM 2 - Aulodm'e 3IUL

1:'1t"Olnitl! de wleccu)1I acepra .1'1/ soltc¡/ml hllw'lIndo la !lhre pluraltdad J'16. I'I/erto de comlmicacuíll ,le HEI)cOllcurrellcia de DO.l'/ort:.I'V marca.l' .26. ,'Ikmona fia.lh USH, para IIIjilmJaciáll de rl!.\patdo de/ proce.lo ,1,' esfert!l:at"iólI

Precisión de aquello que se /ncorporar4 en las Bases a integrarse, de35. (it'n ••radllr dI' 1'(I¡Xlr IIlcorporado (!I' 30Kw de acero lII(mdahfe 3161.corrf!SDOnderSe hace la oh.lerwlCllín Cfll,'tosfahria.mlt:.1 dl.lt:llan ,11/,\ I!'IUI¡XJ,\L'OIlcarat'laí.ltlca.l' ligt:rmlll'/JIt: dlji'rell/t','j t'fln/{) e/l/pfI,/1' puerto de {'olllumcaclfín el {'ual pl/t:dt' wr KV232 11

Se aCl!pta parcialmellle.t:themet, 1,0.1lII••n/{Jrio.l'para rt!.I'palclo,/1' mjimllaL'uín pueden wr {I.\'B, SD, () mleroSIJ. lú/a.l' camc/aúlic1/.\ /l{J afectulI d hl/t!1Ijimt"lflnallljt:lI/o ,k 10.1I'f//llpo.IPor to que, solicitamos al comité aceptar: 16. PI/a/o de cOlIIl/nicaciim de RED á RS232 ,í I:lhernl't16. PUl!rto de clllllumCQ{'úill de RED, K'i232 o I:'tllt'mer

26. Menuma }la.l'" lISB ú SD á III/croSD, para mformacüín dI! re.l'paldo dI!!26. Memoria jla.\'It USH o SD o mieroSD, ¡Xlra mformacujl/ de re,lpa[¡fo dd pmce,nJ de t'.ltaili:aculn proceso de e.l/er¡{i:aCtrJlI.35. Generador de Wlpor 1/1{'orrxlradllde máximo 30Kw jle a{'"ro tnoxidaMI! 3161. 35. (iellt'rador dI' vapor incorporado de 30Kw dI! acero Ino.mlahft: 3161,

COlUulla y/u Observación NOJ18AbsoluciónIn::\{ N°'¡ SOUCITA.N: 56 (JUARDAM07rJR 1:'l.ECTHIc() PARA BO,\{BA DE VAC/(). El ¡{uanla mOlor dt!ctrlcfJ es 1m n.\tl!ma de proteccülll at II/%rdl! la homha dI' \'ado

1:.1comilt! dI! .l'l'leccüin 1'11cmmlmaClón CO/lI!!árt:a IHuana cO/l.I'idl!ran,'{'e.l'lIrtade alf!;ll/las murCtl,~, sin t:mhal'f{o. nUI!.I'lroe(lui¡X1,le última ¡{eneradrJn 110lIece.I'lIa dicha .11.lIemadt! protección. /111t',I/ro eCfIll¡XJpor.\u teL'/l{J/og/a no lo 1//i1I:a. POR U) QlIElo protecciáll tipo tl'TlI/amagnl!iica para la homha dt! vacIó. que e.l' ple:a.'VI.I(~/TAMOS Al. (~()Mll1;'I'()R ¡'IGI:'NClA l1:CNOf.(Xi/('A A('/:PTAH 1.0 SIGUlENTJ::: 56 (I(JARIJAM070R U.I:"C7mCO I'ARA 8()AfBA DE ¡:.IrlO (()f'CIONAÚImnortollfe del equipo, Por lo eX(Jfjt:s/o no acoJ!e lo .mltellado nor I!!Do,~t(lrCOlUulJa fu Observación ,VO !JI

Absolución111:'MN° 2. SO/./C/TAN: 25IMI'RI:SORA 11:'RMf('A IN1HiRAIJA QUI:' RI:"GISTR/:' roIX)S LV ••.•' I:TI:NlDS DEI. PR()CI:SO!J/:' I:X1FRIUZAC/ON, AI.ARAtAS, GRAI-7COS.El {'(mll/t! dt' sele{'c¡im {'(J!Isidt'ran,lo que IU.I'impre,w)raS ma/rlciale.l' cada I'e:ETC. La norma/jl'a EA' 2X5 y AAMI, mamfit!.I'tII que 10.1'rt:gj.I'/ro,\dt: las aurodal'es dehen orcJllvane cl/allto ml!/IO,\5 O/los, ClIel ca.lo ,JI!las rl'.~ultado.\ Imprt:.I'O.\'por 111.\Impr ••soml'

tJrmlt"o.\, f;'.I'1o1',\ Im¡x,slh1e. JO que e,IIOS.l1!horra/l ('1m ,,1 tlem¡XI, 110asegurondo el cumplimlen/o de t'.I'ranormatú'a, POR LO QUE SOLlCITAJfOS Al. COJflTt ACEPTAR .le u.I'an mt:/IQ.~.. \il!/Ido e.l/os ret'mpla:adas por IlIs impre.l'Oras tJrmit"ll.\ yPOR VIGEfI,'ClA TECfI,"OLOGICA LO SIGUlEll/TE: 25 IMPRESORA M4TRICJAL INTEGRADA QUE REGISTRE TODOS I.OS EVElVTOS /JEL PROCESO DE comidaando la vlgnlcio tl!C1lOloglca, 110 SI!ac"pllllo ml/cl/ado. Ct:/llr.11!a losESTERILlZACION, ALARMAS, GRAFlCOS, ETC hl/.I'I!,~

Consulta YIU Observación NO 139AbsoluciónI7"l:M N° 2. SO/./C/TAN: 36 BOMBA DE AGUA DE TRES FASI:S PARA 1:1 INGRESO DE AGUA IJES11I.AOA Al. GENERA!JOR. 1.0 l/fJrmativa del agl/a 1:"/1/2X5 ymnericulla

ST.79 pIITa la prodll{'C/olI dI' \'u¡Xlr, manifies/(/ Cfm:es/a 1t:"Xu I/lla condl/ctividad menor o if!;l((/lIOl/mS cm. ta t'/l(1lse refien.' u agua d,' tipo o.muíuca, ¡XJr lo que los gl!neradore.\El COIII/{t!dI! wtecClón no acoge lo propue.lto por el {JO.I'tor,por NO ent"lmtrar.l'ed•• vapt'r deht:II /ltdi:ar dicha aguo. POR LO QUE SOLICITAMOS AL COJfJTt ACEPTAR POR VIGEI\'CJA TEü\'OLOGlCA LO SIGUIENTE: 36 BmlBA 1)1:"AGUAt:nmart'ado en d reqllerimien/o mictat y ta tlt:ee.~ülad real de ta I/suariaDE TRES I.AS/:S PARA El, INGRI:XO DI:' AGUA OSM071CA Al. GENI:"RAIX)R. COA! MEIJ/[)()R DE CONDUCTlVff)AD 1:.NlA ENTRADA DE A(;lIA DEI. GENI:'RADOR.

ConsulJa ObservacIón ¡r.'O143AbsoluciónITI:M IV".J SOI.ICll"Alv: 55 l"AN{}UE ACUMULAIXJU D1:.'ACiUA 01:' ACI:'RO INOXIIJABLE PARA ANIU.OS OE AGUA, bte (anqlle e.\ utilizado coma ,m/.'ma dI! ,\t'xuridad

1:'11 a/,'n(.'i'¡n o ta cOII.\lIlta el coml/t! de .w/n'C/úlI I/dara qUI! d 1ANQUI:'pura e\'ltar ql/e la homha dt: \'ado .~eqllellle, ,\In ••mhargo, el U.I'Ode l:.I'tO.l tam/lI ••s illl,'mo,\ Je aC/lmutaciún dI! agua. es IlIIaprlÍctit'(I qlll' ya 1/11.1'1' el'¡¡j utdl:omlo. pt'r ril"\Xo.1 ,lecolllaminacl(íll. al com'ertlrse en 1111 caldo dI! t"/ll/il'fI microhiwlo, 1I11e.\troI'lfUlpopor su /I!cllología 110lo 1//111:(/.POR LO QUESOLICITAJfOS AL COMITt POR VIGEfI,'CIA ACUMUi.ADOU DE AGUA /)1:' ACI:'RO INOXIIJAB/.I:' PARA ANIU.OS DI:'TECfI,'OLOGICA RETIRAR f.'-:'HA ESPEClFlCAClOi'l/ O COLOCARLA DE FORMA OPCIONAL, DE LA SIGUIElliTE MAII/ERA: 55 TANQUE ACUMULADOR DE AGUA., reprewll/a I/lla lIeCt'.\ldad prImaria para d área usuaria Por lo/an/oAGUA DEACERO h,"OXIDABLE I'ARA A,\'ILJ.OS DE AGUA fOPCIONAL). no se acepta lo .\oliclfado

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AbsotuciónEl conlll(; lit' .\elecclón aeo 'e parcialfllt'nte .1/1 L'O/I.ml/a

Precuión de aquello qlle se incorporará eIJ las Bo.~es o integrarse, decorresDonder

Consulta '/u Ob.~ervación 1\10 160Pam d I/I!m N° 2 ~/;\{eflli=l/d(Jfll ¡'apor. AI/loda!'e 310 I.~, 1'11 las hme,l' ,mbCII(/n:

35. (iellalldor dI! ¡'apor IIIcorporado de 30 KIl' de acero IlIoxidahle 31M,.

AII/t'L'e,¡"ntl'.I .• I.a pOI/'lIcia del Kenaa,lof ¡k ¡'apof /lO e,1 wlIIl'aracle":'/lca ¡f¡jil1lda 111 e.llolldarl.I'lIlla por to nwt no .Ii):/le /11/ pa/rtÍn 1.11.1'd/(erell/e.1 marClH en d mMoll,'011/01'101'0 pO.lt'en ~rall I'llrie,lad dt' ~1!11,'radorl!.1 d.' d/fi:rell/I'.I' po/ellCII/,1 l/lit' puedt' 1I1j1/1lr /(111/0IIJode/o como ca{!llc/,Iad dt'la.1 t'l/m/JUs. Para OIll;II'II/(}r lo plllmhdad de {!l1.lltJrf!.1

.11'.10111'110('II11.I'/(/,'rarllO arrar e,l/e /I,'IIJ, amptwlldolo en 1m ral/Ko pnl(¡"ncwl,lO muy alt'iado de to .Iollcil(ldo por el /I.I/lar/ll. f...) Por to Clwt se .mUcito al Comilé de Selección, Se pre('I,\a q/le .11' an'plaran XI'lIl!r(l(/rm:.1 de "apor l/e 11I'l!fll mox/dahh' 31M.Ampliar el requerimiento de este lum (le to siguiente mallero. 35. (;ent'fador d,' ¡'apor /f/Cf"{HJfado de 30 A\.' (-.-". 20%) dI' acero Inoxl/lahlt', ('11 nl11cordof/('/a 1'011d Artículo 1'011/lila {JII/ellcia I'II/ft' 2iKIl' Y 30KIl'2 ~/'rlllcm/tJ,I' {/IIe ri '('111m cO"/folac/(!/Ie.l~ 11,'la I.el' de COII/ra/oáolle.\ dd I:\/odo. enlal lelral a) I./her/ad de C(II/Cllrrellcia. h) IL'lultdwl de /ralo 'd Immnaft'lIcia.

En atención a los cuestionamientos planteados el comité de sclección. en su infonnc técnico remitido con ocasión de la solicitud de emisión dc pronunciamiento. indicó lo siguiente:

Respecto a la absolución de la consulta vlu observación N° 11:"£1 participallte pretende de:malllrali:ar el requerimiento técnico minimo de la Entidad al solicitar que se acepte hajar la calidad del agua, proponiendo un proceso de osmosis v de ah/andamientode agua, siendo el requerimiento y la necesidad de la entidad que los equipos cuenten con ingreso de agua destilada, A I respecto este Comité de Selección busca garantí:;r la consen'ación.veficiencia de equipos de alta precisión útiles para los esterili:ados de material de laboratorio que habitualmente trabaja nuestra entidad con fines de inrestigaciónDe conformidad con lo dispuesto en la /'ey de Contrataciones a través del artículo 16.- el área usuaria debe requerir los bienes, sen'icios u obras a contratar necesarios para el cumplimiento desus fines. siendo responsable de formular las especificaciones técnicas. términos de referencia o expediente técnico, respectivamente: precisando que estos bienes, servicios 11 obras que serequieran deben estar orientados al cumplimiento de lasfimciones de la I:'ntidad. Asimismo, por lo dispuesto en el Art, 8 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del E<;tadoinciso 8./. LasE\pecificaciones Técnicas, los Términos de Referencia o el Expediente Técnico. según corresponda. que integran el requerimiento, contienen la descripción objetiva y precisa de las caracteristicasy/o requisitos fimcionales relevantes para cumplir la finalidad pública de la contratación. y las condiciones en las que dehe ejecutarse la contratación El requerimiento puede incluir, además,los requisitos de calificación que se consideren necesarios. "

• Respecto a las absoluciones de las consultas y/u observaciones N° 118, N° 131, N° 139, v N° 143: "Considerar la misma respuesta de la consulta N° l/del mismo postor ...

Respecto a la absolución de la consulta y/u observación N° 31: "El comité de selección al respecto debe indicar lo siguieme:Que el postor mieme al afirmar que el comité de selección pone limites y/o parúmetros a la potencia de 30Kw. f.o afirmado por el postor se desdice al revisar las siguientes consultas:Consulta N' ISOIlJIAGNOS71CA i'FIIUANA SACoConsulta N' 2397/VMIMED REi'RESEN7,lCIONES S.A.C.Considerar: 35: Generador de vapor incorporado de 30 KW o menor siempre y cuando no afec:le el correcto jil1lcionamiento del equipo y procesos que reali:a el área usuaria, De acero inoxidable3/6L o mejor calidad. Como se puede rerificar el moti\'o de la absolución de cOl/sulta motiva asegurar la libre concurrencia de postores sin q(ectar el correcto funcionamiento del equipo yprocesos que rea!i:a el área usuaria ...

En los numerales 4.2 y 4.3 dd "Formato de Resumen Ejecutivo del estudio de mercado (Bienes)", se advierte que la Entidad declaró que sí existiría pluralidad de proveedores y marcas cn capacidad decumplir con el requcrimiento, d cual incluye. entre otros. las características cuestionadas,

De conformidad con el arlículo 16 de la Ley y el artículo 8 del Reglamento. el área usuaria es la responsable de fOnllUlar los términos de referencia que integran el requerimiento, los cuales contienenla descripción objetiva y preeisa de las características vIo requisitos funcionales relevantes para cumplir la finalidad pública de la contratación, y las condiciones en las que debe ejecutarse la contratación,

Las '-Bases Estándar de Licitación Pública para la contratación de bienes" disponen que cn el numeral 3.1 del Capitulo 111dc la Sección Especifica se debe consignar la descripción objetiva y precisa delas características ylo requisitos funcionales relevantes para cumplir la finalidad pública de la contratación. y las condiciones en las que dcbe c.;jecutarse la contratación, en estricta concordancia con elrequerimiento.

De conformidad con los mencionados dispositivos legales. la Entidad es rcsponsable de la detcnninación de su requerimiento. que mediantc su informc técnico, el comité de selección ratificó laabsolución realizada en el pliego absolutorio. y que habría ampliado las razones por las cuales no correspondería accptar los pedidos realizados por el participante. respecto a la espccilicaciones técnicasdel: i) £sterifi;ador A f'apor - Al/rociare De 310 L. ii) Guardamotor I:.'léctricoPara Bomha De "acio, iii) Impresora Térmica lnteRrada Que Registre Todos Los £velllos Del Proceso De t.sterili:ación.h~ /Jomha De ARua lJe Tres Fases Para /~'lingreso De Agua Destilada Al Generador, v) Tal/que Acumulador De Agua De Acero Inoxidahle Para Anillos /Je Agua,.1-' vi) Generador De t~apor. esteOrganismo Técnico Especializado ha decidido NO ACOGF.I{ el presente del cucstionamiento. máxime si la Entidad ha dcclarado mediante su J¡)rmaIOde resumcn c.;jecutivo la existencia de pluralidadde pnwcedores en capacidad de atender el requcrimiento.

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3. ASPECTOS SUPERVISADOS DE OFICIOSi bien el procesamiento dc la solicitud dc pronunciamiento, por norma. versa sobre las supuestas irregularidades en la absolución de consultas y/u observaciones. a pedido •.h: parte. y no representa laconvalidación de ningún exlremo de las Bases. este OnJanismo Técnico Esnccializado ha visto por conveniente hacer indicaciones ountuaks a nartir dc la revisión de oficio. según el sil:wicntc detalle:3.1 Experiencia del postorBASE LEGAL DE LA

ANÁLISIS RESPECTO A LA SUPERVISIÓN DE OFICIO DISPOSICION A IMPLEMENTARSE EN LASSUPERVISIÓN DE OFICIO BASES INTEGRADASBases Estándar de la Licitación De la revisión del numeral 3.1. del Capítulo 111de la Sección Específica de las Bases. se aprecia que se I. Adecuar en el nUllleral 3.1. del Capítulo 111dePública para la contratación de consignó como experiencia del postor para los ítem 1. 2. 3, Y4 lo siguiente: la Sección Específica de la,>Bases. el periodo debienes años para la experiencia el postor. de

Ítem 1: conformidad con lo dispuesto en el numeraIJ.2.~', Ex¡;t:'ionc •.•del Postor de las Ba,>esEstándar.1'.1 FJcturilci¿r

~. ,,,too dcb, .c'Oc''","" ",o,to '.""ca'o "",,,l.dc"""1",, • dos :C2j"" , el,"" ".",0"1,,, oc- , ,"'a J2. LJniformizar en el numeral 3.1. y 3.2. del

capítulo 111 de la Sección Especílica de lase ~biQ."lC5JglJ<lICS'J similaros al c!Jjcto do la con ..••ocalo(l;} C',lra, te Uf r::ericdo de Cj~ ';J) (OS) <1'-:'; ¡) IH rc::',i:1(:( 1,)

Ba'les, la cantidad de veces del valor referencial.¡.'Cf.ellmc;(n -:a ofCH,as So c':J'lsidcrartli''l hiO:1CSsirr.il;l',"~ ;~ot,I.:S l,;quipos dest nad .s a 1<1 CSIE':liz¡,dÓ1 por.: ::¡lq,I,er o:mnét:dr..

item 2:B: Exp.riencia del Postor , .B.' Facturación

•. ,,-~<-- - ---:,.::~EJ:postcr debe acreditar un monto facturado acumulado equivalente a dos (02) VOCt1Sel valor referen~ial por Iá"ven!ade-bienes iguales o similares al objeto de la convocatoria, duran:e el periodo de 05 al'ios a la fecha de la .~resent3ción de la oterlas Se consideran b:enes ,¡mil.nes: EQ:Jiposde esterilización y otros equlpo~ éfEt¿so ~únen-Iaboratorics come centrifuga, b¡¡lanzas. hornos. ostufas, b4.ños maria. ~', '>-1-")-

ítem 3:B. Experiencia del Postor

B.l Facturación

El postor debe acreditar un monto fachJrado acumulado equivalente a tres (03) veces el valor I'8ferencial de lacontratación por la venta de bienes igl:ales o Similares del ocjelo de la convocaloria. durante un periodo de CInco(05) afios a la fecha de la presentación de ofertas.Se considera bienes iguales o similares a tocio equipo Eslerilizadores de vapor. Autoctaves.

ítem 4:B. Experfencla del Postor

B.1 Facturación

El postor debe acred¡~ar un monto facturado acumulado equivalente a tres (03) veces el valor referencial de lacontrctaci6n por la venta de bienes iguales o simila,es del objeto de la convocatoria, durante un periodo de cinco(05) a/'los a la fecha de la presentación de ofertas.

Se considera bienes iguales o similares a fodo equipo e':erihzador&s de vapor. AutOClaves.

Asimismo. en el nurncraI3.2. del Capítulo III de la Sección Específica de las Bases. se aprecia que la Entidadha consignado lo siguiente:

s

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B EXPERIENCIA DEL POSTOR

RequisitoS:El postor debe acreditar un monla facturado acumulado equivalente a dos (2) veces el valor referencial delílem, por la venta de bienes iguales o similares al objeto de la convocatoria. durante los ocho (8) añosanteriores a la fecha de la presentación de ofertas que se computarán desde la: fecha de la conformidad oemisión del comprobante de pago, según corresponda.

Se consideran bienes similares a los siguientes:ítem 1: Equipos destinados a la esterilización por cualquier otro método.ítem 2: Equipos de esterilización y otros equipos de uso común en laboratorios como centrifuga, balanzas,hornos, estufas, baños maria.ítem 3: Equipos esterilizadores de vapor, Autoclaves,ítem 4: Equipos esterilizadores de vapor, Autoclaves.

Ahora bien, en las Ba<;csEstándar correspondientes al presente proccdimiento de selección. en el numeral3.2. Requisitos de Calificación. del Capítulo III de la Sección Específica se señala:

B EXPERIENCIA DEL POSTORRequisitos:

El postor debe acreditar un monto facturado acumulado equivalente a [CONSIGNAR LAFACTURACION NO MAYOR 'A TRES (3) VECES EL VALOR REFERENCIAL DE LACONTRATACION O DEL ITEMl. por la venta de bienes iguales o similares al objeto de laconvocatoria, durante los ocho (8) años anteriores a la fecha de la presentación de ofertas QUesecomputarán desde la fecha de la conformidad o emisión del comprobante de pago, seguncorresponda.

Al respecto. se advierte que en el numeral 3,1 de las Ba<;cs.para lo ítems 1. 2. 3. Y4 se ha consignado quela experiencia del postor será considerada durante los cinco (5) anteriores a la fecha de la presentación deofertas: sin embargo. en el numeral 3.2 del mismo capítulo. se señaló que la experiencia del postor seráconsiderada durante los ocho (8) anteriores a la fecha de la presentación de ofenas. por lo que se realizaráuna disposición al respecto. (1)

Asimismo. se observa que para los ítems 1 y 2 que se indicó que el monto facturado acumulado scríaequivalente a dos (2) veces el valor referencial. y para los ítems 3 y 4 se dispuso que el monto lllcturadoacumulado sería equivalente a tres (3) veces el valor referencial; sin embargo. en el numeral 3,2 de las Basessel)ala que el monto facturado sería acumulado equivalente a dos (2) veces el valor referencial del ítem. porlo que se realizará una disposición al resnecto. '/2}

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3.2 De la ofoforma de contratoBASE LEGAL DE LA

ANÁLISIS RESPECTO A LA SUPERVISIÓN DE OFICIO DISPOSICION A IMPLEMENTARSE EN LASSUPERVISIÓN DE OFICIO BASES INTEGRADASRases Estándar de la Licitación En el numeral 3.1. del capítulo 111de la Sección Específica señala lo siguiente: Incluir en la cláusula undécima de la profonna dePública para la contratación de contrato el tiempo de responsabilidad del contratistabienes itcm 1: por vicios ocultos por cada ítem objeto de la presente

;l, "l$f'¡)NS.I.Bll:I.:AD "o't V:ClOS OCULTOS convocatoria.

iL' co~lcr'1"ld,1.~ d~1 sonido PO' p.1116 ce LA ENTi[)t,D nc erer"ll.1 S,J ucr;!cho 1I rec::;mar I1C5:0' tJme"l~ cor:! !o~.:.os -'l10 .•.I.:ir.~c~..lt(,,\ ()l)~kf~.1 a 10 d 5011(:510 pcr eI3rl:C":~ lO" (JO I¡) Ll'Y (le C;:)nlmlaciu:ll!l dnl tS!::::O El 0la1c111''1;'1110(J~'C~;)'.Y1S<lt>i¡d3:'::Je! Con:ralsta es no ,rencr je wn(:11111:'0

Ítem 2:~~,.\~S'PO."SABIUDAO POR \lIaoS OCULTOS

/0( .'j' : ' ..••'-.. ;.~ Ji

l'Ir ..'1¡ !:-eFn.lormidad del Bien pof parte de la ENTIDAD no enerva s •.•dered10 a reclamar p()lIlariormencu ~r P?~1!.íf?J?._.~_.•.._., :1íi.()¥ ccut:os., conforme 11lo di1puesto p<lrelllrticulo 40' CIl.laLIl¥ d", contrlilaciones del e,lado. El p:!ap m~~IITlB:Ji:i,úespoo:>abllidad del Contra:i,ta e' no menor de l,ln (01) ~o. ;

ítem 3:9. P..ESPO~SABlUDAO POli. VIGOS OCULTOS

I~lconlral:sta e& I'9sponsable por la calidad ofrecida 'J por los vicios OQJltosdll los b~"es y servicios ofertados por Iun plazo r.o menor de ¡jos (02) 81\05 contadO a partir de la codormldad otorgada por la enUdad.

ítem 4:9. RESI'ONSABlUOAO POR \IDOS OCUlTOS

I~Iconlralista es responlable Il~r I1 calidad ofreCida 'J por los vicio9 OC\lIlCSde los bienes y servlcios otel1ado:l por Iun plazo no menor de d:ls (02) al'los contlldo a partir de la conformidad otorgada por la entldad.

Al respecto, de la revisión a la cláusula undécima de la proforma de contrato, se aprecia que no se haconsignado el tiempo en años de responsabilidad del contratista por vicios ocultos. por lo que se realizaráuna disnosición al resnecto.

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4. CONCLUSIONESEn virtud de lo expuesto. este Organismo Técnico Especializado ha dispuesto:

4.1 El comité de selección deberá cumplir con lo dispuesto por este Organismo Técnico Especializado en el presente Pronunciamiento.

4.2 Oc acuerdo con lo dispuesto por el artículo 52 del Reglamento el Titular de la Entidad es responsable de incorporar todas las modificaciones que se hayan producido como consecuencia de lasconsultas. observaciones formuladas y la implementación del pronunciamiento. así como las modificaciones dispuestas por este Organismo Técnico Espcciali7.ado en el marco de sus accionesde supervisión. constituyendo las mismas las reglas definitivas del procedimiento de selección.

4.3 Conforme al mencionado artículo 52 del Reglamento. compete exclusivamente al comité de selccción implementar estrictamente lo dispucsto por este Organismo Técnico Especiali711do en elpresente Pronunciamiento. bajo responsabilidad. no pudiendo continuarse con el trámite del proceso en tanto las Bases no hayan sido integradas correctamente. bajo sanción de nulidad de todoslos actos posteriores.

4.4 En caso el presente pronunciamiento requiera la presentación de un infonne técnico, deberá tenerse en cuenta que dicho documento es aquel que contiene intonnación adicional a la plasmada enel pliego absolutorio e infonne remitido con ocasión de la solicitud de elevación. que muestra el resultado de un análisis especifico al tema materia de cuestionamiento. validado por el órganocompetente de la Entidad (área usuaria. órgano encargado de las contrataciones u otra dependencia de corresponder), siendo importante precisar que dicho documento es un texto expositivo yargumentativo. que se hasa no sólo en normas legales, sino tamhién en normas técnicas u otros sustentos. cuya finalidad es sustentar. de manera detallada. la decisión adoptada por la Entidad.

-l.5 Al momento de integrar las Bases el comité de selección deherá modificar las fechas de registro de participantes. integración de Bases, presentación de oferta., y otorgamiento de la buena pro,para lo cual dchcrá tenerse presente que los proveedores deberán efectuar su registro en forma electrónica a través del SEACE hasta antes de la presentación de propuestas. de acuerdo con loprevisto en el artículo 34 del Reglamento; asimismo. cabe señalar que. conforme a 10 dispucsto en el artículo 59 del Reglamento en concordancia con el artículo 49 del mismo cuerpo legal, entrela integración de Bases y la presentación de propuestas no podrá mediar menos de siete (7) días hábiles. computados a partir del día siguiente de la publicación de las Bases integradas en elSEACE.

4.6 Finalmente. se recuerda al Titular de la Entidad que el presente pronunciamiento no convalida extremo alguno del procedimiento de contratación.

JeSlJs María. O-l de enero de 2018

Icv/rdr

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