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Ada Basulto Liewald Ada Basulto Liewald

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  • 1. Ada Basulto Liewald

2.

  • rgano ad hoc encargado de conducir un proceso de seleccin hasta su culminacin.
  • Recibe el expediente de contratacin aprobado.
  • Qurum para sesionar: Totalidad de los miembros titulares.
  • Acuerdos: Mayora o unanimidad. No cabe la abstencin. Deben constar en actas (Libro de Actas foliado y legalizado).

3.

  • El Titular de la Entidad o el funcionario con delegacin.
  • Designacin por escrito, indicando presidente y miembros titulares y suplentes.
  • Debe existir correspondencia entre cada miembro titular y su suplente (especialidad) .
  • Debe instalarse al da hbil siguiente de la designacin, notificada junto con el Expediente de Contratacin.
  • Irrenunciable.

4.

  • Es posible designar un comit permanente para las adjudicaciones directas. En este caso, la conformacin obligatoria slo exige la presencia del logstico (OEC).
  • Las AMC (bienes y servicios) las llevar el OEC, pero el Titular puede designar un Comit ad hoc o permanente, segn la conveniencia.

5.

  • Tres:obligatoriamente uno del rea usuaria y otro del OEC (abastecimiento, logstica).
  • Por lo menos 1 deber conocer tcnicamente el objeto de la contratacin.
  • Expertos independientes (bienes sofisticados, servicios especializados u obras), o cuando no se cuente con un especialista.
  • Puede solicitar apoyo a las dems dependencias quienes debern brindrselo, bajo responsabilidad .

6.

  • Si el titular est ausente, su suplente loreemplazar, respetndose la conformacin.
  • Entidad evaluar motivo de ausencia, sinimpedir participacin de su suplente.
  • El miembro titular reemplazado, podrreincorporarse al comit como miembrosuplente, previa autorizacin posterior a laevaluacin sealada.

7.

  • Especialidad.
  • Solidaridad.
  • Confidencialidad.
  • Colegiado.
  • Autnomo.

8.

  • Revisar la informacin del expediente de contratacin y sugerir modificacionesde las caractersticas tcnicas y el valor referencial,de ser el caso.
  • Coordinar modificaciones con las dependencias usuarias y/o el OEC (conformidad).
  • Sesionar y adoptar acuerdos.

9.

  • Elaborar Bases.
  • Convocar al proceso de seleccin.
  • Absolver consultas y observaciones.
  • Integrar las bases.
  • Evaluar las propuestas.
  • Adjudicar la Buena Pro.
  • Declarar desierto el proceso, presentando informe que justifique y evale las causas, y seale las medidas correctivas.

10.

  • Todo acto necesario para el desarrollo del proceso de seleccin hasta el consentimiento de la buena pro o quede administrativamente firme.
  • El Comit no puede de oficio modificar las Bases aprobadas.

11.

  • Titular de la Entidad
  • Funcionarios con atribuciones de control o fiscalizacin como regidores, consejeros regionales, directores de empresas, auditores, entre otros, salvo que la OCI sea el rea usuaria.

12.

  • Funcionarios que por delegacin hayan aprobado el expediente, designado el comit especial, aprobado las bases o resuelvan el recurso de apelacin. (Circunscrito al proceso especfico).
  • Funcionarios sancionados con sancin vigente por su actuacin en Comit Especial.Si la sancin es impuesta luego de ser designado, dejar de ser integrante de dicho Comit.

13.

  • El Comit Especial debe mostrar seguridad, autonoma y trato justo en sus actuaciones.
  • Conocer qu requiere la Entidad.
  • Demostrar dominio de la normativa sobre contrataciones del Estado.

14.

  • Determinar bien la metodologa y los factores de evaluacin: objetivos y congruentes con el objeto de la convocatoria.
  • Aplicar criterios de razonabilidad y proporcionalidad, as como tener claro lo que pide y cmo se acreditar.
  • Proyectarse en todos los supuestos inconvenientes que pueden presentarse en el proceso y en la ejecucin contractual.

15.

  • En el proceso de seleccin: si existe duda razonable sobre la exactitud de un documento, informar a la OEC para la inmediata fiscalizacin posterior. No suspender el proceso.
  • Hay responsabilidad solidaria por cualquier irregularidad imputable por dolo, negligencia o culpa inexcusable,salvoque haya suscrito un voto discrepante, el mismo que debe ser sustentado en el acta correspondiente.

16.

  • Remocin
    • Caso fortuito o fuerza mayor
    • Cese motivado en el servicio
  • Cese de Funciones
    • Consentimiento de la Buena Pro
    • Cancelacin del Proceso

17. Temas Normativa anterior Normativa Vigente Conformacin De tres (3) a cinco (5) miembros Tres (3) miembros Designacin Titulares y suplentes Correspondencia entre titulares y sus respectivos suplentes Remisin de expediente e instalacin No regulado La notificacin de la designacin se realiza conjuntamente con el expediente de contratacin y se instala al da siguiente Intervencin del suplente No es posible que se reincorpore el miembro titular S es posible que se reincorpore el miembro titular previa evaluacin y autorizacin del Titular de la Entidad Fiscalizacin posterior No regulado Debe remitir los documentos a la OEC para la inmediata fiscalizacin posterior 18.