banco central del. uruguay - bvrie.gub.uy · esta primera memoria del banco central del uruguay...

78
BANCO CENTRAL DEL. URUGUAY BANCO CENTRAL DEL URUGUAY Departamento de Almi~is;ración

Upload: vulien

Post on 16-Jul-2018

226 views

Category:

Documents


1 download

TRANSCRIPT

Page 1: BANCO CENTRAL DEL. URUGUAY - bvrie.gub.uy · Esta primera memoria del Banco Central del Uruguay incluye dos estudios diversas. La primera parte informa sobre el proceso doctrinario

BANCO CENTRAL DEL. URUGUAY

BANCO CENTRAL DEL URUGUAY Departamento de Almi~is;ración

Page 2: BANCO CENTRAL DEL. URUGUAY - bvrie.gub.uy · Esta primera memoria del Banco Central del Uruguay incluye dos estudios diversas. La primera parte informa sobre el proceso doctrinario

Esta primera memoria del Banco Central del Uruguay incluye dos estudios diversas. La primera parte informa sobre el proceso doctrinario y normativo anterior a la creación del Banco, desde fines del siglo pssado y da una descripción sintética de las actuales funciones y estructura del Instituto, en 1970. La segunda parte ofrece una reseña de .los principales aspectos económicos y financieros del país correspondientes al penodo que va de mareo de 1967, fecha de la instalación del Instituto Iiasta el 31 de dieiem- bre de 1968.

Page 3: BANCO CENTRAL DEL. URUGUAY - bvrie.gub.uy · Esta primera memoria del Banco Central del Uruguay incluye dos estudios diversas. La primera parte informa sobre el proceso doctrinario

B A N C O C E N T R A L D E L U R U G U A Y

AUTORIDADES A PRINCIPIOS DE 1972

DIRECTORIO INTERVENTOR

Dr. Jorge ECHETFARRIA LEUNDA Vicepresidente Sr. Raul S. ACOSTA Y LARA zV Vicepresidente Cr. José María MICHETTI

Dr. Daniel RODRIGUEZ LARRETA

Secretario General Dr. Juan C. PACCHIOTTI

ADMINISTRACION

Co-Gerentes Generales Cr. Walter R. GARRIDO Cr. Wifliam W. ROSSO

Subgererue General Asesor Económico del Directorio José R. E. NOGUEZ

Su bgeren te General Sr. Wáshington SOUTO CONTE

ABOGADO CONSULTOR Dr. Carlos A. MAGGI

AUDITOR - INSPECTOR GENERAL Cr. Carlos ZARAZOLA

Page 4: BANCO CENTRAL DEL. URUGUAY - bvrie.gub.uy · Esta primera memoria del Banco Central del Uruguay incluye dos estudios diversas. La primera parte informa sobre el proceso doctrinario

I N D I C E

Pigina

AUTORIDADES DEL BANCO CENTRAL DEL URUGUAY . . .

PRIMERA PARTE :

Proceso y realidad del Banco Central del Uruguay

1. Evolución orgánica y evolución funcional . . . . . . . . . . . . . . 2. Iniciativas diversas

a) ampliación de funciones del Departamento de Emisión b) creación de un Banco Central . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

3. La Carta Orgánica Invisible a) naturaleza, denominacibn, personería, capital, dirección, . . . ,

y admmistracion . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . b) poderes jurídicos y cometidos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

1) emisión monetaria . .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. . . . . . . . 11) relaciones con el sistema financiero . . . . . . . . . . . . .

111) relaciones con el Estado . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . IV) relaciones con el Exterior . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

SEGUNDA PARTE :

1n)ormación económica y financiera

1. Principales características . , a) Introduccion . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . b) Producto y Gasto Global Interno . . . . . . . . . . . . . . . . . . c) Precios y Salarios . . . . . . . .. . . . . . . . . . . . .. .. . . . . . . . . . d) Gestión financiera del Gobierno Central . . . . . . . . . . . . e) Transacciones con el Exterior . . . . . .. . . . . . . . . . . . . . . . f ) Mercado Bursátil . . . .. . . . . . .. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

2. La política monetaria y cambiaria . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3 . Medidas de política bancaria . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4. Aspectos relevantes de la gestión de Contralor del Sistema

Fmanciero ........................................... 5 . Balance del Banco Central del Uruguay . . . . . . . . . . . . . . . . 6 . Anexo estadístico . . . . . . . . . . . . . . . . . .. . . . . . . . . . . . . . .. . . .

Page 5: BANCO CENTRAL DEL. URUGUAY - bvrie.gub.uy · Esta primera memoria del Banco Central del Uruguay incluye dos estudios diversas. La primera parte informa sobre el proceso doctrinario

AUTORIDADES DEL BANCO

CENTRAL DEL URUGUAY

Page 6: BANCO CENTRAL DEL. URUGUAY - bvrie.gub.uy · Esta primera memoria del Banco Central del Uruguay incluye dos estudios diversas. La primera parte informa sobre el proceso doctrinario

AUTORIDADES PRLNCiPALES DEL BANCO CENTRAL DEL URUGUAY

DESDE SU FUNDACION HASTA COMIENZOS DEL ANO 1972

Marzo 3 de 1967

D I R E C T O R I O I N T E R I N O

PRESIDENTE Dr. Daniel H. MARTINS VICEPRESIDENTE Dr. Guillermo STEWART VARGAS VOCAL Esc. Ledo ARROYO TORRES VOCAL Cr . Casimiro ETCHEVARREN

SECRETARIO GENERAL Dr. Oscar GOLDIE ARENAS

GERENTE GENERAL Sr. Julián A. ILICH

Mayo 16 de 1967

D I R E C T O R I O

PRESIDENTE Cr. Enrique V. IGLESIAS VICEPRESIDENTE Cr. Juan M. BRACCO 2" VICEPRESIDENTE Sr. José GUNTIN OARCIA VOCAL Sr. Raúl S. ACOSTA Y LARA VOCAL Dr. Daniel RODRIGUEZ LARRETA

SECRETARIO GENERAL Dr. Juan C. PACCHIOTTI

GERENTE GENERAL Cr. Mario BUCHELLI . ~

Enero 10 de 1969

D I R E C T O R I O I N T E R V E N T O R

PRESIDENTE Sr. Carlos SANGUINETTI VICEPRESIDENTE Cr. Juan NI. BRACCO 2" VICEPRESIDENTE Sr. José GUNTIN GARCIA VOCAL Sr. Raúl S. ACOSTA Y LARA VOCAL Dr. Daniel RODRIGUEZ LARRETA

SECRETARIO GENERAL Dr. Juan C. PACHIOTTI

GERENTE GENERAL (vacante)

~~ .. 9

Page 7: BANCO CENTRAL DEL. URUGUAY - bvrie.gub.uy · Esta primera memoria del Banco Central del Uruguay incluye dos estudios diversas. La primera parte informa sobre el proceso doctrinario

Febrero 4 de 1969

D I R E C T O R I O I N T E R V E N T O R

PRESIDEYTE Sr. Carlos SANGUINETTI VICEPRESIDENTE Sr. José GUNTLN GARCIA 2" VICEPRESIDENTE Dr. José Carlos PENA VOCAL Sr. Raúl S. ACOSTA Y LARA VOCAL Dr. Daniel RODRIGUEZ LARRETA SECRETARIO GENERAL Dr. Juan C. PACCKIOTTI

GERENTE GENERAL Cr. Nilo R. MARQUEZ

Abril 7 de 1970

D I R E C T O R I O I N T E R V E N T O R

PRESIDENTE Sr. Carlos SANGUINETTI VICEPRESIDENTE Sr. José GUNTIN GARCIA VOCAL VOCAL VOCAL

Sr. Raúl S. ACOSTA Y LARA Dr. Daniel RODRIGUEZ LARRETA Dr. Juan RODRIGUEZ LOPEZ

SECRETARIO GENERAL Dr. Juan C. PACCHIOTTI

GERENTE GENERAL Cr. Nilo R. MARQUEZ

--

Abril 14 de 1970

D I R E C T O R I O I N T E R V E N T O R

PRESIDENTE Sr. Carlos SANGUINETTI VICEPRESIDENTE Sr. José GUNTIN GARCIA 2" VICEPRESIDENTE Dr. Juan RODRIGUEZ LOPEZ VOCAL Dr. Daniel RODRIGUEZ LARRETA VOCAL Sr. Raúl S. ACOSTA Y LARA SECRETARIO GENERAL Dr. Juan C. PACCHIOTTI

GERENTE GENERAL Cr. Nilo R. MARQUEZ

Octubre 27 de 1970

D I R E C T O R I O I N T E R V E N T O R

PRESIDENTE Dr. Armando R. MALET VICEPRESIDENTE Sr. José GUNTIN GARCIA 2- VlCEPRESIDENTE ' Dr. Jorge ECHEVARRIA LEUNDA VOCAL Sr. Raúl S. ACOSTA Y LARA VOCAL Dr. Daniel RODRIGUEZ LARRETA SECRETARIO GENERAL Dr. Juan C. PACCHIOTTI

GERENTE GENERAL Cr. Nilo R. URQUEZ

Page 8: BANCO CENTRAL DEL. URUGUAY - bvrie.gub.uy · Esta primera memoria del Banco Central del Uruguay incluye dos estudios diversas. La primera parte informa sobre el proceso doctrinario

Octubre 29 de 1970

D I R E C T O R I O I N T E R V E N T O R

PRESIDENTE Dr. Armando R. MALET VICEPRESIDENTE Sr. José GUNTIN GARCIA 2" VICEPRESIDENTE Dr. Jorge ECHEVARRIA LEUNDA VOCAL Sr. Raúl S. ACOSTA Y LARA VOCAL Dr. Daniel RODRIGUEZ LARRETA SECRETARIO GENERAL Dr. Juan C. PACCHIOTTI

GERENTE GENERAL Cr. Nilo R. MARQUEZ

Diciembre 14 de 1970

D I R E C T O R I O I N T E R V E N T O R

PRESIDENTE Cr. Nilo R. MARQUEZ VICEPRESIDENTE Sr. José GUNTIN GAR'CIA 29 VICEPRESIDENTE Dr. Jorge ECHEVARRIA LEUNDA VOCAL Sr. Raúl S. ACOSTA Y LARA VOCAL Dr. Daniel RODRIGUEZ LARRETA SECRETARIO GENERAL Dr. Juan C. PACCHIOTTI

GERENTE GENERAL (vacante)

Marzo 13 de 1971

D I R E C T O R I O I N T E R V E N T O R

PRESIDENTE Cr. Nilo R. MARQUEZ VICEPRESIDENTE (vacante) 20 VICEPRESIDENTE Dr. Joree ECHEVARRIA LEUNDA VOCAL Sr. ~ a z l S. ACOSTA Y LARA VOCAL Dr. Daniel RODRIGUEZ LARRETA SECRETARIO GENERAL Dr. Juan C. PACCHIOTTI

GERENTE GENERAL (vacante)

Marzo 17, de 1971

D I R E C T O R I O I N T E R V E N T O R

PRESIDENTE Cr . Nilo R. MARQUEZ 2? VICEPRESIDENTE Dr. Jorge ECHEVARRIA LEUNDA VOCAL Sr. Raúl S. ACOSTA Y LARA VOCAL Dr. Daniel RODRIGUEZ LARRETA VOCAL Sr. Agustín BARBATO

SECRETARIO GENERAL Dr. Juan C. PACCHIOTTI

GERENTE GENERAL (vacante)

Page 9: BANCO CENTRAL DEL. URUGUAY - bvrie.gub.uy · Esta primera memoria del Banco Central del Uruguay incluye dos estudios diversas. La primera parte informa sobre el proceso doctrinario

D I R E C T O R I O I R T T E R V E N T O R

PRESIDENTE Cr. Nilo R. MARQUEZ 2 O VICEPRESIDENTE Dr. Jorge ECHEVARRIA LEUNDA VOCAL Sr. Raúl S. ACOSTA Y LARA VOCAL Dr. Daniel RODRIGUEZ LARRETA VOCAL . Cr. José María NICHETTI

SECRETARIO GENERAL Dr. Juan C. PACCHIOTTl

GERENTE GENERAL (vacante)

Julio 16 de 1971

D I R E C T O R I O I N T E R V E N T O R

PRESIDENTE Cr. Nilo R. MARQUE2 VICEPRESIDENTE Dr. Jorge ECHEVARRIA LEUNDA 2" VICEPRESIDENTE Sr. Raúl S. ACOSTA Y LARA VOCAL Dr. Daniel RODRIGUEZ LARRETA VOCAL Cr. José María MICHETTI

SECRETARIO GENERAL Dr. Juan C. PACCHIOTTI

GERENTE GENERAL (vacante)

Bgosto 13 dé 1971

D I R E C T O R I O I N T E R V E N T O R

PRESIDENTE Dr. Jorge ECHEVARRIA LEUNDA VICEPRESIDENTE Sr. Raúl S. ACOSTA Y LARA 2" VICEPRESIDENTE Cr. José María MICHETTI VOCAL , Dr. Daniel RODRIGUEZ LARRETA VOCAL (vacante)

SECRETARIO GENERAL Dr. Juan C. PACHIOTTI

GERENCIA GENERAL

Co-Gerente General Cr. Walter R. GARRIDO Co-Gerente General Cr. William V. ROSSO

Page 10: BANCO CENTRAL DEL. URUGUAY - bvrie.gub.uy · Esta primera memoria del Banco Central del Uruguay incluye dos estudios diversas. La primera parte informa sobre el proceso doctrinario

Setiembre 21 de 1971

D I R E C T O R I O I N T E R V E N T O R

PRESIDENTE Dr. Jorge ECHEVARRIA LEUNDA VICEPRESIDENTE Sr. Raúl S. ACOSTA Y LARA 2' VICEPRESIDENTE Cr. José María MICHETTI VOCAL Dr. Daniel RODRIGUEZ LARRETA VOCAL (vacante) VOCAL (interino) Sr. Aeustín BARBATO VOCAL (interino) Dr. ~ & n RODRIGUEZ LOPEZ

SECRETARIO GENERAL Dr. Juan C. PACCHIOTTI

GERENCIA GENERAL

Co-Gerente General Cr. Walter R. GARRIDO Co-Gerente General Cr. William W. ROSSO

Octubre 7 de 1971

D I R E C T O R I O I N T E R V E N T O R

PRESIDENTE Dr. Jorge ECHEVARRIA LEUNDA VICEPRESIDENTE Sr. Raúl S. ACOSTA Y LARA --

ZVICEPRESIDENTE Cr . José María MICHETTI VOCAL Dr. Daniel RODRIGUEZ LARRETA VOCAL (vacante)

SECRETARIO GENERAL Dr. Juan C. PACCHIOTTI

GERENCIA GENERAL

Co-Gerente General Cr. Walter R. GARRIDO Co-Gerente General Cr. William '\V. ROSSO

Page 11: BANCO CENTRAL DEL. URUGUAY - bvrie.gub.uy · Esta primera memoria del Banco Central del Uruguay incluye dos estudios diversas. La primera parte informa sobre el proceso doctrinario

PRIMERA PARTE

Proceso y realidad del

Banco Central del Uruguay

Page 12: BANCO CENTRAL DEL. URUGUAY - bvrie.gub.uy · Esta primera memoria del Banco Central del Uruguay incluye dos estudios diversas. La primera parte informa sobre el proceso doctrinario

PROCESO Y REALIDAD DEL BANCO CENTRAL DEL URUGUAY

El Banco Central del Uruguay que entrara en funciones el 1' de marzo de 1967, es la culminación del complicado proceso normativo y de la lenta evolución de las ideas que lo precedieron.

La realidad actual del Instituto -mayo de 1 9 7 G se logró agre- gando a esa rica historia previa la iápida y concisa labor en el plano legislativo y en la actividad de la administración que su instalación provocara. -

El presente estudio se propone dar noticia breve de cómo nació, cómo está organizado y cuáles son las atribuciones de este Instimto que, a diferencia de casi todos los demás órganos de la administración pública de nuestro país, no tiene una ley básica que lo describa, sino que, a ' la manera inglesa, se desarrolló por agregaciones sucesivas, inseiisiblemente, a lo largo del tiempo, sin orden; por eso mismo fue decantándose en la experiencia, perfeccionándose al influjo de los ejemplos ajenos y, sobre todo, de las omisiones y errores propios; que tantos inconvenientes impusieran al país en oportunidades crí- ticas.

No parece casual que el Umguay haya soportado 1á quiebra de casi una deeena de bancos en el año 1965 -en su clase una de las mayores crisis del mundo en lo que va del siglo- y que su Banco Centralempiece a funcionar en 1967, dos años después de ese aconte- cimiento. Importa teno presente ese hecho aleccionante, cada vez que desfallezca el ánimo de canstruir un Banco Central perfecto y- poderoso.

1) Evolución orgánica y eaohción funcional.

La creación del Banco Centra1 abarca un periodo de más de setenta años q-ne se hace a primera vista bastante confuso; sin em- bargo -a poco que se analice- esta evolución se aclara y aparece presidida por una lógica interna realmente llamativa.

Las primeras normas que importan para empezar el desordenado y, en el fondo sabio proceso de elaboración, son las leyes dictadas en 1896 (1) en vVtnd de las cuales se establece el Banco de la República Oriental del Uruguay.

El 4 de agosto de ese año es aprobada la carta orgánica que da nacimiento a un baneo de depósitos y descuentos bajo la forma de sociedad anónima pero que, desde su inicio, cumple además típicas funciones bancocentralistas: es banquero del Estado en múltiples aspeetos y cuenta w n el monopolio de la emisión que se hará efee- tivo a medida que cesen las autorizaciones vigentes para las empresas

Page 13: BANCO CENTRAL DEL. URUGUAY - bvrie.gub.uy · Esta primera memoria del Banco Central del Uruguay incluye dos estudios diversas. La primera parte informa sobre el proceso doctrinario

privadas. Esta exclusividad se da en los hechos quince aiios después, en 1911, cuando la autorización para emitir de qiie gozaba el Banco Italiano del Uruguay llega a su fin. (2)

Si desde este primer momento se separan, conceptualmente, dos elementos de natxraleza diversa, (Funciones y órganos) la historia de la creación del Banco Central del Uruway resulta nítida y par- ticularmente coherente, pese a que es -como se d i j e el punto de una cadena de múltiples leyes bastante inconexas entre sí y que res- pondieron, en su fechg a problemas circunstanciales y no a un plan preconcebido.

Desde 1896 a 1967 hay un crecimiento de las funciones hanco- centralistas que se confían progresivamente, salvo contadas excepeio- nes, al Banco de la República.

Pero paralelamente se cumple una evolución orgánica de este instituto y la primitiva sociedad anónima pasa a ser primero un órgano del Estado de muy especiales características.

"En 1907, el Poder Ejecutívo había iniciado la nacionalizición definitiva de Banco, con el hecho de integrar un millón de pesos de la serie de acciones que la ley destinaba al capital partictilar, Al año sig~iente, una nueva iniciativa del Poder Ejecutivo destinó las utilidades de la institución que correspondían al Estado, a aumentar el capital de aquélla, siempre que hubiera superávit en el ejercicio económico de la Administración Pública. Estas dos iniciativas tras- cendentales en la vida del Banco tuvieron su complemento en la re- forma total de la Carta Orgánica de 17 de julio de 1911, que consa- gró la nacionalización absoluta del establecimiento, el cual desde esa fecha se convirtió en institución exclusivamente de Estndo.'"3)

Es por ese entonces que nuestro país, adelantándose en la evoltl- ción del derecho administrativo, asiste al perfeccionamiento de la noción de ente autónomo, como forma de descentralización. por ser- vicios. En esa fructífera experiencia -que Iiiego la Constitución ha- bría de recoger- es el Banco de la República el ejemplo más admi- rable y exitoso. Pero esta línea de evolución orgánica no se interrum- pe; en 1935 el ente autónomo Banco República es dividido en dos partes con la creación del Departamento de Emisión que "funcionará con autonomía propia y absoluta independencia de los demás servi- cios del Banco" (4) ; aunque posteriormente este lenguaje extremo y un tanto confuso se atenuará' bastante en 1939 a1 aprobarse una reforma de la Carta Orgánica del Banco de la República donde se establecia: "El Banco de la República Oriental del Uruguay com- prenderá dos Departamentos independientes el uno del otro: el De- partamento de Emisión y el Departamento Bancario".

"El Departamento de Emisión funcionará con independencia de los demás servicios del Banco". (5) 'fR&@@ ! CORRG&;& i A partir de esta ley el Depar amento Bancario y el Ente Autó- nomo Banco de la República son gobernados como hasta entonces, por un Directorio con las más amplias facultades de administración, pero el Departamento de Emisión se regirá por un Consejo Hono- rario integrado por cinco miembros de ese mismo Directorio más cuatro representantes de diversos intereses privados.

Page 14: BANCO CENTRAL DEL. URUGUAY - bvrie.gub.uy · Esta primera memoria del Banco Central del Uruguay incluye dos estudios diversas. La primera parte informa sobre el proceso doctrinario

Por fin en 1967, la reforma de la Constitución iíteluye entre sus nuevos artículos, normas que disponen por sí mismas la creación del Banco Central como un ente autónomo más, desprendido absoluta- mente del Banco de la República, con lo cual culmina la evolución orgánica. (6)

Pero sucedió -como ya se dijera- que las funciones banwcen- tralistas del Banco de la República se habían desarrollado y comple- t ; tado a tal grado -en ese momento, que la Constitución impuso una 9 fecha fija para que entrara a funcionar este nuevo organismo; par- ) tiendo de la base de que no se aprobara, con anticipación, ley alguna, inició su actividad el Banco Central sobre el exaito esquema fun- cional que venía cumpliendo el Departamento de Emisión. /

En este 'instante, pues, se reúnen las dos evoluciones que, dia- lécticameute, hemos visto por separado, historia de los órganos encar- gados de cumplir determinados cometidos e historia del crecimiento y perfeccionamiento de la actividad bancocentralista. -

2) Iniciativas diuersas.

La -brevísima historia de derecho positivo que acaba de esbozarse es acompañada de un copioso número de proyectos que no llegan a aprobarse, pero que van enriqueciendo la conciencia técnica en ese punto.

Hacia los años 30, desde la crisis con la cual termina la década anterior, se produeen en el mundo graves perturbaciones de carácter monetario y, como respuesta, los bancos centrales crecen en impor- .. tancia y se difunden de uno en otro país.

Justamente es a partir de ese tiempo que en nuestromedio se suceden los proyectos referentes al tema baucoceutralista.

Siguiendo el esquema propuesto en el numeral anterior pueden citarse por separado las iniciativas para ampliar las funciones del De- partamento de Emisión y las iniciativas para 'crear un Banco Central.

a ) Ampliación de funciones del Departamento de Emisión.

Se@ el estudio de José Luis Bruno (7) y el esquema de E a Coutinho de Prato (8) autores que han rastreado los antecedentes de la creación del actual Banco Central, pueden enumerarse los si- guientes proyectos tendientes a ampliar los cometidos- del Banco de la República:

"Durante el año 1932, se reclamó por el propio Banco' de la ~ e ~ & l i c a una modificación sustancial de la estructura de la Institn- eión, que se veía obligada a ejercer funciones de banco central y de banw comercial, que podían resiiltar aiitag6nicas en determinadas circunctancias." (9)

El 15 de diciembre de 1947 los diputados socialistas presentaron w proyecto de ley cuyas iíneas generales pueáeu sintetizarse así: "Departamento monetario, sustitutivo del de Emisión dotado de:

Page 15: BANCO CENTRAL DEL. URUGUAY - bvrie.gub.uy · Esta primera memoria del Banco Central del Uruguay incluye dos estudios diversas. La primera parte informa sobre el proceso doctrinario

1') Autonomía, bajo la dirección de un Consejo Técnico mone- tario, integrado por el Presidente del Banco, dos directores y el Ge; rente General, uno por el Ministerio de Hacienda, uno por los bancos privados nacionales, uno por los bancos privados extranjeros, uno por la industria y el comercio, uno por la producción rural i- uno por los sindicatos obreros.

29 Superintendencia de bancos a cargo del Gerente del Depar- tamento Monetario.

3 9 Incorporación a la Gerencia del D e p a m e n t o de la Inspec- ción General de Hacienda, bancos y sociedades anónimas.

Funciones. . ,

1") Emisión de billetes.

2" Custodia y administración del encaje de oro y plata.

3") Dictar los normas dentro de las que funcionará el régimen cambiario, quedando bajo su contralor y dirección el "Fondo de Divisas" creado por la ley de 14 de agosto de 1935, modificada por, la de 2 de enero de 1939, que en lo sucesivo se denominará "fondo de estabilización" dotándolo de los recursos que establecerá la ley.

Podrá realizar las operaciones tendientes a moderar los ~ efectos de las fluctuaciones del comercio internacional sobre la moneda y la actividad económica del país.

4.") Promover la liquidez del crédito bancario y adoptar las medi- das tendientes a regular el volumen del crádito y de los medios de pago, ejerciendo una política crediticia que .permita encauzar la distribución del crédito y controlar su destino, adaptándolo a las exigencias reales de los negmios y a los intereses generales de la economía nacional.

5 ' ) Fijar las tasas máximas del interés respecto a las diferentes clases de depósitos que recibirán los bancos y sobre los préstamos que otorgarán a tercer=

6') Determinar íos encajes legales de b s bancos, cajas -bancarias y cajas popula~es, atendiendo a la solvencia, liquidez y normalidad de cada institución, dentro del máximo establecido por la ley.

7') Fijar las tasas y condiciones en que se efectuará ,el redes- cuento.

8") Adoptar y promover las medidas tendientes a impedir los movimientos de capitales al o del exterior, que puedan ser perjudi- ciales a la economía nacional.

9 9 Supervigilar y fiscalizar el cumplimiento de las disposiciones que re<@an el funcionamiento de la banca privada, nacional o extranjera.

Page 16: BANCO CENTRAL DEL. URUGUAY - bvrie.gub.uy · Esta primera memoria del Banco Central del Uruguay incluye dos estudios diversas. La primera parte informa sobre el proceso doctrinario

10') La acuñación de monedas de oro, plata y otras que disponga el Poder Legislativo (art. 75 de la Constitución de la República).

1 1 9 ) Consejero técnico del Poder Ejecutivo quien deberá consd- tarlo previamente a toda operación de crédito interno o externo que realice.

12") Intervenir los bancos privados, cuando peligre su estabilidad o haya violado las leyes o las directivas del Consejo Monetario." (10)

"En 1949, por iniciativa del entonces Ministro de Hacienda Dr. Nilo Berchesi, el Poder Ejecutivo proyectó la reforma de la, Carta Orgánica del Banco de la República, sustituyendo al Departamento de Emisión por un Departamento Monetario dirigido por una Junta Monetaria con facultades para regular los medios de pago y seleccionar las colocaciones bmcarias.

La Junta actuaría con autonomía, expresándose que la separación de las funciones del Banco vinculadas a la política monetaria y su atribución respondían al criterio que había inspirado la reorganización de los Bancos Centrales de América Latina en los últimos años". (11)

En 1964. y 1965 sendas leyes (12) según se verá con mayor dete- nimiento en párrafo aparte, amplían efectivamente las funciones del Departamento de Emisión del Banco de la República.dotándo10 de la mayor parte de las facultades que caracterizan a un Banco Central.

b) Creación de un Banco Central.

"Ya en abril de 1935, Octavio Morató presentaba a pedido del Ministro de Hacienda de la época Dr. César Cbarlone, una serie de bases que comprendían la creación de un Banco Central de Reserva, Régimen de Bancos, Oficina de Liquidaciones y Régimen Monetario.

El Banco Central sería mixto, mitad capital accionario suscripto por el Gobierno y la otra mitad por los bancos nacionales y extranjeros.

El proyecto Morató, presentaba en esencia las siguientes parti- cularidades:

Se creaba un Banco Central de carácter mixto como ya lo se- ñalábamos y cuyas funciones serían: a ) mantener la estabilidad del valor de la moneda nacional; b ) mantener el equilibrio correspon- diente entre los medios de pago y el volumen de las transacciones; e) efectuar la concentración y movilización de las reservas bancarias y monetarias; d ) redescontar a los bancos particnlares documentos originados por operaciones industriales y comerciales; e) ejercer la snpe~gilaneia y fiscalización del cumplimiento de las disposiciones relacionadas con el funcionamiento de los bancos privados. Se le facultaba además para realizar las siguientes operaciones: 1) emitir billetes; 2) comprar y vender oro, ppta u otros metales amonedados o en barras; 3) recibir oro en deposito contra entrega de billetes; 4 ) recibir dinero en depósito en cuenta corriente sin pagar interés.

.En el mismo año de 1935, se estructuró por don Manuel Monte- verde otro proyecto de creación del Banco Central con capitales sus- criptos por los Banws e instituciones similares, dirigido por un Con-

Page 17: BANCO CENTRAL DEL. URUGUAY - bvrie.gub.uy · Esta primera memoria del Banco Central del Uruguay incluye dos estudios diversas. La primera parte informa sobre el proceso doctrinario

sejo de ocho miembros, integrado por delegados del Poder Ejecu- tivo, del Banco de la República de los bancos asociados nacionales y de la Federación Rural.

Los principales cometidos asignados fueron: a) el de concktrar y ser guardador de las reservas metálicas del país; b) el de tomar a su cargo con carácter de exclusividad la emisión de billetesmone- tarios; c) el de vigilar y controlar el crédito bancario, proc-=ando que se ajuste el volumen real de los negoeios y que no produzca al- teraciones perturbadoras en el nivel de prgcios; d) actuar wmo cá- mara compensadora y banco de resemas de los bancos asociados; e) realizar redescuentos, ctc.

También Joaquín Márquez, decidido propulsor de la creación de un Banco Central, presentó en este mismo año de 1935, otro pro- yecto de creación de aquel, con carácter de autónomo, cuyo -pita1 accionario sería de origen mixto." (13)

"En 1946, don Manuel Monteverde estructura un Proyecto acerca de la creación de Banco Central, que es presentado al Senado por la bancada del Partido Nacional. Sus ideas ya habían sido expues- tas en su folleto publicado en 1943: "El Banco Central del Umguay y la situación financiera del momento".

A través de él, se propiciaba la creación del Banco con carácter autóu6mo con un capital de $ 10 :000.000 .- estableciéndose además que tomaría a su cargo las funciones de los actuales Departamentos de Emisión, Cámara Compensadora, Dirección de Crédito Público, Inspección de Bancos y Contralor de Imporiaeiones y Exportaciones.

Se le asignaban como principales funciones: a) concentrar las reservas de oro y plata; b) la emisión de billetes. con carácter de exclusividad; c) el contralor de los cambios y transferencias, de ca- pitales al exterior; d) regular el crédito bancario; e ) actuar como asesor del Gobierno en las emisiones de los empréstitos y como gestor único en la colocación de los mismos; f ) efectuar redescuentos; g) actuar como Cámara Compensadora; h) ajustar las cotizaciones de nuestra moneda nacional." (14)

"En 1959, el Senador Brena presenta al Cuerpo que integraun proyecto de ley con exposición de motivos por el cual se erea un Banco Central en el país.

En la Exposición de Motivos del mismo, se dice entre otras cosas: 'Nos declaramos opositores decididos a la incorporación del Banw Central en un proyecto de ley -constitucional: Entendíamos, siguiendo en ésto las normas universales en la materia, que los institutos pÚ2 blicos de esta naturaleza no son 'constitucionaliz&les' si así podemos expresarlo. Un Banco es un instituto legal, no constitucional. Lo más que puede hacer la Constitución es dar el nombre o la organizacióh genera pero de ninguna manera dar normas en materia típicamente legales. Entendíamos que un Banco es un organismo que sigue las variaciones de la ~olítica fiiaiciera. Esta no es simplemente de.ca- ráctcr nacional, sino también internacional. y estas variaciones no pueden ser contempladas con un instituto enquistado:eú- una Consti- tución cuya reforma requiere procedimientos especiales, costo8os, tu los cuales se deben vencer las retrancas puestas por el constituyenre

22

Page 18: BANCO CENTRAL DEL. URUGUAY - bvrie.gub.uy · Esta primera memoria del Banco Central del Uruguay incluye dos estudios diversas. La primera parte informa sobre el proceso doctrinario

para que la Constitución no varíe demasiado. La contradicción aparece entonces como insalvable, un organismo de naturaleza variable en un cuerpo cont:hente de naturaleza predominantemente invariable o casi invariable.

E l Banco Central creado por ley, da los elementos fáciles de la variación. Una ley puede modificarse por otra y para ello no se re- quiere más que mayorías comunes o especiales, pero fácilmente alcan- zable~ para, taieas como éstas.

Quienes nos opusimos al Banco Central en un proyecto de ~ o n i t i - tución, no argüíamos contra el Banco Central, sino contra el proce- dimiento que nos pareció y nos parececontradictorio, con los fenó- menos económicos y con la tradición universal que recoge la sabiduría de los años'.

Este proyecto de ley (art. 1" atribuía al Banco Central que^

por él se creaba- las funciones de centralizar las orientaciones, eje- cución y contralor financiero para promover la creación y el mante- nimiento de las condiciones monetarias, cambiarias y crediticias más favorables al desarrollo de la economía nacional, dentro de las fa- cultades que las leyes le otorguen.

El proyecto se dividía en: Capítulo 1: Funciones y finalidades; Capítulo 11: D,omicilio. Gobierno y Administración del Banco; Capí- tulo 111: Del Departamento de Moneda y Emisión; Capítulo IV: Del Departamento Bancario; Capítulo V: Establecimiento de Sucursales y Agencias; Capítulo VI: Relaciones del Banco con el Poder Ejecutivo; Capítulo VII: Caja'Nacional de Ahorros y Descuentos; Capítulo VIII: Funciones Consultivas; Capítulo IX: Dispoiicioues General?.

De este proyecto de ley de Banco Central, cabe destacar que lo que parecería que se buscaba, era darle al nuevo Banco una función primordial en la estructura eco~ómica de la Nación, aunque tal vez el proyecto detallaba exhaustivamente las atribuciones y finalidades del Instituto bacicudo que se le calificara al mismo de 'dictador económico'.

En el año 1960 se presenta a la Cámara de Senadores, u n proyecto de Ley por el que se crea un Banco Central del Uruguay y que llevaba la f h a del entonces Ministro de Hacienda Cr. Juan E. Azzini, cons- tando en su totalidad de 27 artículos.

Los lineamientos generales del proyecto, eran los siguientes:

Artículo l?) Créase el Banco Central del Uruguay que será un ente autónomo en la forma prevista en la Sección X1 de la Coustitu- ción de la República. El Estado garaniiza todas las obligaciones que contraiga el Banco.

Art. 2') El Banco tendrá por objeto:

A) Regular la cantidad de dinero y medios de pago en general, en función de las necesidades del desarrollo económico nacional, de la liquidez de los mercados y del valor externo o interno del signo mo- netario nacional. - . . . .

~ ~

B) Efectuar el co&ralor cuantitativo y cualitativo del crédito.

Page 19: BANCO CENTRAL DEL. URUGUAY - bvrie.gub.uy · Esta primera memoria del Banco Central del Uruguay incluye dos estudios diversas. La primera parte informa sobre el proceso doctrinario

C) Custodiar y adm+strar las reservas metálicas y divisas del país, con la finalidad de modelar los efectos que sobre el valor de la moneda y la actividad económica interna pueden tener las fluctua- ciones en el Balance de Pagos.

D) Ser oído por el Poder Ejecutivo en todos los problemas mone- tarios, crediticios p de economía internacional.

E) Represe~tar al país, ante los organismos monetarios y iiian- cieros.

F) Actuar como agente financiero del Estado.

G ) Promover y estimular el desenvcIvimiento de los mercados monetario, financiero y de valores.

a) Contralorear el sistema bancario privado, enmpliemdo y ha- ciendo cumplir las disposiciones legales que regulen el fnncionamiento de los Bancos Privados.

I) Intervenir con fines de promoción en la preparación de planes y proyectos generales y particulares de desarrollo económico.

J ) Realizar los estudios económicos y los relevamientos estadís- ticos necesarios al cumplimiento de sus fines.

Art. 3P El Directorio estará integrado por cinco miembros.

Art. 40) El Directorio actuará asimismo además por iin Consejo Honorario Asesor compuesto por:

A ) El Presidente o Vicepresidente de los Institutos Bancarios oficiales.

B) Los delegados de los intereses privados representados por:

Un delegado por la Asociación de Bancos. Un delegado de la Cámara de Comercio. Un delegado de la Cámara de Industris, etc.

Art 8") Fijase el capital del Banco en ciento cinctienta millones de pesos.

Serán funciones del Banco (art. 10") Emitir billetes y acuñar monedas; Comprar y vender oro en divisas.

Art. 18) Las utilidades, al cierre de cada Ejercicio y luego efec- tuadas las amortizaciones se distribuirán 'como sigue:

A) 50 O/o a capitalización.

B) 50 O/o a ~ e n t a s Generales.

El 14 de julio de 19ó4, el Poder Ejecutivo remitió a la Asamblea General -Rep. No 875- un proyecto de ley por el cual se sometían a su consideración diversas medidas de carácter económico y finan- ciero, que el Poder Ejecutivo estimaba de nrgente consideración. Se trataba en realidad de un ~ l a n de recuperación nacional complemen- tario del ~ l a n anti-inflacionario que tenía el gobierno de la época.

Page 20: BANCO CENTRAL DEL. URUGUAY - bvrie.gub.uy · Esta primera memoria del Banco Central del Uruguay incluye dos estudios diversas. La primera parte informa sobre el proceso doctrinario

BANCS CENTRAL D E L URUGUAY Departamcnto de Al r , i t l : i s t i ac

.-@J B t l O T E C 8

En este proyecto de ley en el Capítulo VTII, art. 40, se csta- blecia concretamente la creación del Banco Ceutral de la República Oriental del Uruguay, sobre la base del Departamento de Emisión del Banco de la República.

Además se precisaba (aa. 14) su naturaleza jurídica -Ente Autónomo- y sus específicas funciones (art. 42) : a ) irigilancia del sistema bancario nacional; b ) emisión de billetes que tendrán curso legal y forzoso; e) la programación y ejecución de la política de balanza de pagos; d) la de banquero del Estado, al que otorgará créditos que se movilizarán a través de cuentas con fondos propios en el Banco de la República; e) la realización de todas las gestiones y operaciones cambiarias de la Administración Central, Entes Antó- nomos y Sen?ciosDcscentralizados, Instituciones de 'Derecho Público o Parafiscales; f ) la custodia y administración del encaje en oro y divisas; g) la acuñación de monedas de oro, plata y vellón que dis- ponga el Poder Legislativo (art. 85, ilumeral 10 de la Constitución de la República), h ) la vigilancia y promoción del mercado de va- lores, dictando las reglamentaciones que entienda de oportui~idad; i ) la realización permanente de investigaciones económicas.

Otros artículos del proyecto -del art. 43 al 52- reglaban todo lo relativo a sus facultades, forma de elección de su Directorio; Bs- lances y Estados de Situación; Personal del Banco y Presupuesto y ~eglámento.

El 27 de abril de 1965, el Senador Gianola presentó a la Cámara de Senadores un proyecto de ley con exposición de motivos, sobre la creación de un Banco Central de la República Oriental del Uruguay.

Dicho proyecto constaba de: Capítulo 1: Naturaleza y objeto; Capítulo 11: Funciones; Capítulo 111: Regiilación del Comercio Exte- rior; Capítulo N: Agencia Financiera del Estado; Capítulo V: Capi- tal; Capítulo VI: Utilidades; Capítulo 1'11: Cuentas y estados patri- moniales; Capitulo VIII: Disposiciones generales y Disposiciones tran- sitorias.

De este proyecto se destaca, la naturaleza jurídica de Ente Autó- nomo que se le atribuye al Banco Central integrado por cinco miem- bros, el objeto del mismo y sus funciones, entre las que se mencionan:

Art. 4. - El Banco tendrá a su cargo: a) emitir billetes con ca- rácter de privilegio exclusivo, los que tendrán curso legal en todo el temtorio de la República y gozarán de la garantía del Estado. La entrega de billetes se regirá por las disposiciones legales vigentes: b) la acuñación de monedas de oro, plata y vellón que disponga el Poder Legislativo (aa. 85 nmneral 10 de la Constitución de la Repú- blica) ; c) recibir depFsitos por intermedio de todo el sistema bancario nacional: d) formalizar los convenios de pago internacionales; e ) actuar como corresponsal o agente de los Bancos Centrales y represcn- tar o formar parte de cualquier entidad de carácter nacional creada con propósitos de cooperación bancaria o monetaria; f ) efectuar adelantos en cuenta y préstamos a los bancos, con caución de títulos públicos y otros valores o w n garantía especial o general sobre acti- vos a determinar por el Banco Central y g) efectuar operaciones de

Page 21: BANCO CENTRAL DEL. URUGUAY - bvrie.gub.uy · Esta primera memoria del Banco Central del Uruguay incluye dos estudios diversas. La primera parte informa sobre el proceso doctrinario

compra y venta de valores, títulos de deuda pública, letras de teso- rería, bonos del Gobierno, etc., que requieran la regnlación del ,mer- cado monetario de valores.

Asimismo se particularizaba este proyecto (Capítulo III) sobre m aspecto muy importante de la economía nacional: la regolación del comercio exterior, que se ponía a cargo del Banco Central (art. 7).

En los proyectos de reforma constitucional presentados por el Partido Nacional en 1958 y 1962, se constituciocalizaba la creación de un Banco Central, pero mientras en el primero de ellos se iba directamente a su creación por el texto fundamental en el segundo se encomendaba su creación a la Ley.

El Dr. Demicheli -uno de los principales ideólogos del Proyecto de 1 9 6 G señala que la constitucionali~ación del Banco ' Central constituía otras dc las grandes concepciones de la reforma que se postulaba.

Se trataba de un órgano regulador de los instrumentos de la eco- nomía, constituyendo un verdadero banco de bancos. Con su existen- cia se proponía frenar al Estado y poner término definitivo a. !a eco- nomía dirigida de entonces, liquidando los excesos que el inter- veucionismo provocaba.

El artículo 7 del Proyecto establecía en concreto: "Créase un Banco Central que será dirigido y administrado por

un Directorio compuesto de 7 miembros integrado en la siguiente for- ma: a) el Vice-presidente de la República que desenpeñará su pre- sidencia; b) el Ministro de Hacienda o quien lo represe~e ; c) tres miembros y sus respectivos suplentes designados de conformidad con el art. 5 de estas Enmiendas; d) un delegado de los bancos privados y e ) otro de las Cámaras de Comercio, Industria y Productos del país y entidades rurales de carácter nacional con personería jurídica y 5 años de antigüedad. En los casos de los iucisos d) y e) los delegados se desiguarin por mayoría simple y corresponderá un voto a -cada institución.

El Directorio dictará sus resol~ciones por cinco votos conformes y sus miembros tendrán las responsabilidades de los Ministros de la Suprema Corte."'

El proyecto hacía pasibles de juicio político o impeachment (arts. 93 y 102 Constitución) a los Directores del Banco Central.

Entre los cometidos que se le otorgaban al Banco, figurabailas cometidos corrientes de todo Banco Central, pero además se le daban otros especiales, que hacían que se le caoficaran de cometidos "sui generis" puesto que j,unto a sus funciones económicas y bancarias (Art. 1 incs. l' .y 3') se le daba el ~ o d e r de veto (inc. 2"el mismo artículo) sobre el total de la actividad financiera del Estado.

Decía el art. 7 además: "Podrá actuar con e1 asesorainiento de Juntas Honorarias que

integrará con representantes de la producción, come~cio .y trihjo ~.

de las respectivas actividades económicas interesadas; pudiendo: .~ ~

l. - Propender al establecimiento de un sistema de ecwomía libre;

26 ...

Page 22: BANCO CENTRAL DEL. URUGUAY - bvrie.gub.uy · Esta primera memoria del Banco Central del Uruguay incluye dos estudios diversas. La primera parte informa sobre el proceso doctrinario

2. -Oponer objeciones o hacer observaciones en la forma esta- blecida en la Sección VII de la Constitución de 1952, a los presnpues- tos de gastos y sueldos de todos los Poderes Públicos y Entes públicos nacionales y municipales y sus respectivos recursos; a las creaciones o aumento de las demás contribuciones o impuestos, tasas municipales y tarifas de servicios públicos o empresas concesionarias; a los em- préstitos o emisiones de deudas, su consolidación y garantías; a los tratados, convenciones o contratos económicos, financieros, de asis- tencia técnica, social o del trabajo y a los proyectos de ley, decreto, ordenanzas o resoluciones que originen gastos públicos.

A dicho fin deberán ser comunicados al Banco Central. Las objc- ciones u observaciones tendrán efecto suspensivo.

Se estará a lo que decidan los 3/5 de miembros presentes de la Asamblea. Regirán para el caso, todos los plazos y procedimiento^ previstos en la Sección VII. ~

Los órganos administrativos podrán aceptar por su parte, las objeciones u observaciones que se formulen.

3. -Compete tarnbign al Directorio conforme a la ley: a) supervi- sar los mercados, a efectos de asegurar el justo precio de los pro- ductos previa estimación de sus costos; b) promover ante el P. E. la denuncia de los tratados, convenciones y contratos internacionales pre-indicados; c) celebrar convenios de pagos y vigilar su ejecución; d) dirigir la política monetaria y emitir billetes, acuñar monedas, comprar o vender oro, plata u otros metales y custodiar y adminis- trar dichas reservas; e) determinar el monto y contenido de los enca- jes legales de los Bancos, Cajas y casas bancarias regulando su cré- dito y el límite de los depósitos; f ) autorizar o negar la creacióp de nuevos Bancos y de Sociedades Anónimas o cooperativas; g) con- ceder privilegios in6ustriales; h ) dictar su propio reglamento y el de las Juntas Asesoras Horiorarias y fijar su integración y cometidos; i) autorizar todas las expropiaciones de bienes que disponga el P. E. y los entes públicos nacionales y municipales; j) en :auto no se obtenga el fin previsto en el inc. le precedente, controlar los cambios y la exportación e importación de mercaderías o capitales y limitar o prohibir las que puedan perjudicar la economía nacional.

Queda comprendido el Banco Central en el zrt. 221 de la Constitu- ción de 1952.

Será aplicable también respecto del Banco 'Central, la Sección XVIE de la Constitución de 1952.

De este proyecto, interesa señalar como particularidad interesan- te, el poder de veto que el mismo Ie atribuye al Banco Central.

Sobre el particular ha escrito el Dr. Demicheli (Demicheii, Al- berto, "La reforma constitucional anticolegialista. Bases y funamen- tos". Montevideo, 1958, pág. 102) ;

" Proviene el derecho de veto, de Ia Constitucióii de Inglaterra en que e r a inherente a las prerrogativas reales, integrando un6 de -los -tos contrapesos de la famosa fórmula de división tripartita del poder público. Con sn facdtad de veto el Ejecutivo limitaba las pre- tensiones legislativas del mismo modo y con igual derecho que el

Page 23: BANCO CENTRAL DEL. URUGUAY - bvrie.gub.uy · Esta primera memoria del Banco Central del Uruguay incluye dos estudios diversas. La primera parte informa sobre el proceso doctrinario

Parlamento controlaba los actos del Gobierno con otros mecanismos compensatorios. Por tal motivo, la balanza política ee mantenía en equilibrio y las Ii5ertades públicas quesaban ampliamente resguar- dadas.

T%!tontesquieu fue el glosador ilwtre -acota Denicheli- de esta fórmula clásica minuciosamente recogida luego por los norteameri- canos en la Constitución de madelfia de 1787. De ahí pasa a nuestro constitueionalismo positivo."

El proyecto nacionalista del 58, en ~ a l i d a d no modificaba esa potestad natural del Poder Ejecntivo -ó rgano eminentemente políti- e* manteniéndola en todos sus términos. No obstante, en materia financiera, se sostuvo que comprabado su fracaso se debía coufiar al Banco Central -ó rgano técnico- el ejercicio práetico de un poder de "veto", ampliando así el antiguo radio de aplicabilidad de este ins- tinito. Y aquí radicaba la fundamental innovación que las enmiendas resolvían.

Según el proyecto, se partía de la base -cierta- de que los principios constitucio&les, requerían en nuestros días, adecuada y urgente complementación práctica; habiendo sido concebidos para wi régimen político unitario en esencia y para un sistema económico indivi- dualista, de fuerte centraIización el primero y de estricto "laissez faire, laissez passer" el último, ellos han ,quedado ampliamente desbordados por los autonomismos monopolistas y por la moderna economía dirigida, haciendo trepidar el clásico andamiaje del Estado liberal, alterando su cuidado equilibrio. Y al decir de los apologistas del proyecto "para restablecer el perdido equilibrio, la reforma crea el invalorable contrapeso del Banco Central."

El artículo 8, establecía además determinadas prohibiciones para los Directores del Banco Central. En efecto, el mismo decía:

"Regirá para los Directores del Banco Central, .de los entes autó- somos y de los Servicios Descentralizado6 el inc. 4 del an. 68 de la Constitución de 1942. Tampoco podrán ser candidatos a cargos de carácter electivo, en los comicios siguientes a la iniciación, del res- pectivo mandato. Comprenderán a los Directores del Banco Central, las prohibiciones e incomparibildades en el art. 202 de la Constitu- ción de 1952."

Finalmente, la Disposición Transitoria Letra C) del Proyecto prescribía que dentro de los 30 días de constituído el Directorio del Banco Central, pasarían a depender del mismo, el Departamento de Emisión del Banco de la República con sus reservas,. el Contralor de Exportaciones e Importaciones y los demás servicios que correspon- dan para el cumplimiento de sus fines, en la forma que le asignara, el Consejo de Niinistros.

El proyecto naeionalista que se plebiscitó en 1962 en cambio, dejaba Ebrada a la Ley ordinaria la creación del Banco Central. En efecto la clzíusula octava de sus D&posiciones Transitorias y Espv ciales establecía: "Dentro del año de la promulgación .de estas en- miendas, la ley creará el Banco Central," con lo cual desplazaba la efectiva instalación de: m i ~ m o a la órbita del legislador ordmario". (15)

28

Page 24: BANCO CENTRAL DEL. URUGUAY - bvrie.gub.uy · Esta primera memoria del Banco Central del Uruguay incluye dos estudios diversas. La primera parte informa sobre el proceso doctrinario

Comose viera, la reforma eonstitucional de 1967 creó efectiva- mente el Banco Central y lo puso a funcionar en fecha determinada otorgándole los cometidos ampliados en 1964 y 1965, que cumplía el Departamento de Emisión del Banco de la Repfblica. (16)

3) La Carta Orginica invisible.

La disposición ,transitoria E l ) de la Constitución de 1967, ac- tualmente vigente establece: "A partir del lo de marzo de 1967, y hasta tanto la ley, por mayoria absoluta del total de componentes de cada una d e las Cámaras establezca la integración del Directorio del Banco Central tle la República y sus competencias, este organismo, estará integrado en la forma indicada en el apartadoi" de la Cláu- sula F) de estas Disposiciones Transitorias, y tendrá los cometidos y atribuciones que actiizlmente corresponden al Departamento de Emisión del Banco de la República". .-' Los cometidos y atribuciones que eorrespondían al Departamento

de Emisión se hallaban y se hallan aún hoy, dispersos en un gran número de leyes, decretos y resoiiiciones, dictadas a veces con ese solo fin, redactados en otras ocasiones para cubrir materias muy va- riadas, mediante textos que a veces nombran ciara y directamente al Departamento de Emisión y que otras dicen Banco República, de modo genérico, pero queriéndo referirse a ese Departamento inde- pendiente dentro d e la Institución..

Como principio de interpretación, el Poder Ejecutivo, aclaró por decreto: "Declárase que las leyes, decretos, resoluciones y demás normas asmistrativas que se refieran al Banco de la República Oriental del Uruguay en lo relativo a sus funciones, por disposición de la Constitución o de las leyes, se transfieran o se hayan transferido al Banco Central del Uruguay so2 aplicables a este último, e n cuanto correspondan a siis competencias y atribuciones, sin perjuicio de los acuerdos que ambos bancos conciericn a propósito del cumpliiaiiento de sus cometidos específicos". (17)

A los pocos meses de entrar en vigencia la Constitución de 1967, se otorgaron por !ey nuevas atribuciones al Banco Central se deli- mitaron sus cometidos y se aclararon muchas de sus relaciones con el Banco de la RepúSlica, instituto del cual sc desprendía este nuevo órgano.

Las nomas constitucionales sobre Entes Autónomos, las leyes vigentes al aprobarse la Constitución referidas al Departamento de Emisión, el decreto transcripto y esta ley posterior junto con algunas normas de menor alcance, aprobadas después, permiten eomponer una verdadera Carta Orgánica del Banco Central, se,& la eual fun- ciona actualmente el instituto. Demás está reiterar que esta Carta no se encuentra físicamente ordenada en im solo documento y, en con- secuencia se haceinvisible, para quien no haya investigado su com- posición.

Tomando como base el esquema seguido por la Asesoría Legal del Banco para redactar el Anteproy-ecto d e Carta Orgánica que la

Page 25: BANCO CENTRAL DEL. URUGUAY - bvrie.gub.uy · Esta primera memoria del Banco Central del Uruguay incluye dos estudios diversas. La primera parte informa sobre el proceso doctrinario

institución remitiera al Poder Ejecutivo con fecha 1.8.69 podemos ordenar las actuales normas que rigen la vida del Banco Central en dos capítulos:

a) Ncz~uraleza, denominación, personería, capital, dirección y d. ministración.

El artículo 196 de la Constitución y dos leyes de 1967 determi- nan que el instituto se denominará "Banco Central del Uruguayn y es un ente autónomo comercial, persona jurídica capaz de todos los derechos y obligaciones; que su domicilio es la ciudad de Montevi- deo y que por las operaciones que realice responde el Estado. (18)

"E1 capital inicial del Banco Central del Uruguay se integrará e& la siguiente forma:

a) Con la transferencia a su favor de los aportes que el Estado haya realizado a la fecha de promulgación de esta Ley, por todo concepto en los organismos de crédito internacional en los que el país tenga participación por autorización legal.

b) Con las ptilidades 'ísiddd que el Directorio resuelva ca- nitalizar." (19 1. ~~~ ,~

La administración del instituto -por su calidad de enteautóno- mo comercial y según normas expresas de la Constitución (20)- es ejercida por un Directorio compuesto de cinco miembros "designados por el Presidente de la República en acuerdo con el Consejo de Mi- nistros, previa .venia de la Cámara de Senadores, otorgada sobre . propuesta motivada en las condiciones personales, funcionales y téc- nicas por un número.de votos equivalente a tres quintos de los .mm- ponentes elegidos conforme al artículo 940 inciso primero.

Si la venia no fuese otorgada dentro del término de sesenta días de recibida su solicitud, el Poder Ejecutivo podrá formular propuesta nueva, o reiterar su propuesta anterior, en este último caso deberá obtener el voto conforme de la mayoria absoluta de integrantes del Senado.

La ley por tres quintos de votos del total de componentes de cada Cámara podrá establecer otro sistema de designación". (21).

Este Directorio tiene facultades de amplia, franca y general ad-. ministración (22), pero "cuando el Poder Ejecutivo considere incon- veniente o ilegal la gestión o los actos de los Directorios o Directores Generales, podrá hacerles las observaciones que crea pertinentes, así como disponer la suspensión de los actos observados. En caso de ser desatendidas las observaciones, el Poder Ejecutivo podrá disponer las rectificaciones, los correctivos o remocio,nes que considere del caso, comunicándolos a la Cámara de Senadores, la que en defini6v.a resolverá. Se aplicará, en lo ~ertinente, lo dispuesto en los incisos segundo y tercero del artículo 198, el cual expresa: 'Zo dispuesto en el artículo precedente es sin perjuicio de la facultad del Poder Ejecutivo de destituir a los miembros de los Directorios o a los Directores Generales con venia de la Cámara de Senadores, en caso de ineptitud, omisión o delito en el ejercicio del cargo de la comisión

Page 26: BANCO CENTRAL DEL. URUGUAY - bvrie.gub.uy · Esta primera memoria del Banco Central del Uruguay incluye dos estudios diversas. La primera parte informa sobre el proceso doctrinario

de actos que afecten su buen nombre o el prestigio de la institución a que pertenezcan.

Si la Cámara de Senadores, no se expidiera en el término de se- senta días, el Poder Ejecutivo podrá hacer efectiva la destitución.

Cuando lo estime necesario, el Poder Ejecutivo, actuando en Con- sejo de Ministros, podrá reemplazar a los miembros de Directorios o Directores Generales cuya venia de destitución se solicita, miembros de Directorios o Directores Geoerales de otros entes con carácter inte- rino y hasta que se produzca el pronunciamiento, del Senado.

Las destituciones y remociones previstas en este artículo y en el anterior, no darán derecho a recurso alguno ai~te el Tribunal de lo Contencioso-Administrativo". (23). Asimismo establece la Consti- tución que "los miembros de los Directorios o Directores Generales de los Entes Autónomos o de los Servicios Descentralizados no po- drin ser nombrados para cargos ni aún honorarios que directa o in- directamente dependen del Instituto de que forman parte. Esta dis- posición no comprende a los Consejeros o Directores de los servicios deenseñanza, los que podrán ser reelectos como catedráticos o pro- fesores y designados para desempek el cargo de Decano o funciones docentes honorarias.

La inhibicibn durará hasta un año después de haber terminado las funciones que la causen, cualquiera sea el motivo del cese, y se extiende a todo otro cometido, profesional o no, aunque no tenga carácter permanente ni remuneración fija.

Tampoco podrán los miembros de los Directorios o Directores Generales de los Entes Autónomos o de los Servicios Descentralizados, ejercer simultáneamente profesiones o actividades que, directa o indireetameute, se relacionen con la Institución a que pertenecen.

Las disposiciones de los dos incisos anteriores no alcanzan a las funciones docentes".

"Los miembros de los Directorios o Directores Generales de los Entes Autónomos y de los Servicios Descentralizados, para poder ser candidatos a legisladores, deberán cesar en sus cargos por lo menos doce meses antes de la fecha de la elección.

En estos easos, la sola presentación de la renuncia fundada en esta causal, determinará el cese inmediato del renunciante en sus funciones.

Los organismos electorales no registrarán las listas en que f ipreu candidatos que no hayan cumplido con aquel requisito". (24j.

Otras normas de la Constitución prevén que: "Los Entes Autóno- mos, los Servicios Descentralizados y en general todas las adminis- traciones autónomas con patrimonio propio, cualquiera sea su natura- leza jurídica, publicarán periódicamente, estados que reflejen clara- mente su vida financiera. La ley fijará la norma y número anual de las mismos, y todos ellos deberán llevar la Msación del Tribunal de Cuentas". (25).

"Los Directorios o Directores Generales cesantes, deberán xendir cuenta de si.. sestióu al Poder Ejecutivo, previo dictamen del Tribunal de Cuentas, sin perjuicio de las responsibilidades a que hubiere lugar, de acuerdo con lo dispuesto en la Sección XIII". ( 2 6 ) .

Page 27: BANCO CENTRAL DEL. URUGUAY - bvrie.gub.uy · Esta primera memoria del Banco Central del Uruguay incluye dos estudios diversas. La primera parte informa sobre el proceso doctrinario

Disposiciones legales rigen la responsabilidad de los jerarca: "Los miembros del Directorio son personal y Solidariamente respon- sables de las resoluciones votadas en oposición a las leyes o a los reglamentos.

Quedan dispensados de esta responsabilidad:

a) Los ausentes de la sesión en que se adoptó la resolución;

b) Los que hnbieren hecho constar en acta su disentimiento y el fundamento que lo motivó. Cuando ese pedido de constancia se

-produzca, el Secretario del Directorio estará obligado dentro de las veinticuatro horas, a dar euenta del hecho al Poder Ejecutivo, re- mitiéndole testimonio del acta respectiva". (27).

b) Poderes jurídicos y cometidos.

Más frondosa y dispersa que estas normas propiamente orginicas es la legislación que establece poderes y cometidos del Banco Central y, en consecuencia, la síntesis siguiente no pretende ser exhaustiva aunque procura sí, ofrecer una gnía capaz de orientar sobre lo prin- cipal del tema; toma en cuenta a tal fin las normas más importantes y evita entrar en las múltiples elaboraciones doctriuarias que impon- drían la aclaración de los casos límites.

1) Emisión ~Monetariu. i) Papel moneda.

Por la transferencia de atribuciones que la Constitución dispu- siera del Departamento de Emisión hacia el Banco Central, según ya fuera destacado, el instituto tiene "a su cargo la emisión de billetes con carácter de privilegio exclusivo y la custodia p administración del encaje presente y futuro en oro y plata. Los billetes del Banco Cen- tral tendrán curso legal en todo el territorio de la República y go- zarán de la garantía del Estado". (28).

A partir de la Ley 3" 5.150 de fecha 8.8.1914 los billetes emi- tidos por el ente oficial, que son inconvertibles, gozan de pleno poder cancelatorio para toda clase de obligaciones y no tendrán efecto ju- rídico los pactos en contrario.

Para la defensa de esta moneda fiduciaria, se comete al Banco Central el cumplimiento de una adecuada política monetaria: ". . . ciento veinte días después del vencimiento del &o ciiil.. . formulará el presupuesto monetario.. . que el Poder Ejecutivo elevará a la Asamblea General. Conjuntamente (el Banco Central) informará so- bre la forma en que se han cumplido las previsiones formuladas para el ejercicio inmediato anterior". (29).

''Ser;ín, además funciones del Banw Central: 'Lel gobierno, di- rección y estudio de todas las cuestiones relacionadas con el régimen monetario. Mantendrá una cüculación adecuada a un desarrollo eco- nómico equilibrado, teniendo presente: sus efectos sobre la economía en su conjunto, la relación de costos y precios internos e interna- cionales y la disponibilidad y costo del dinero. (30).

Page 28: BANCO CENTRAL DEL. URUGUAY - bvrie.gub.uy · Esta primera memoria del Banco Central del Uruguay incluye dos estudios diversas. La primera parte informa sobre el proceso doctrinario

En cuanto a las autorizaciones al Banco Central para emitir bi- lletes, rige actualmente un sistema múltiple basado en puntales di- versos entre los cuales se pueden destacar: a) el redescuento de do- cumentos dentro de los prolijos limites y caracteres que prevén. varias leyes (31) ; b) la emisión hasta el equivalente del capital del Banco Central integrado en oro y divisas (32) ; c) los importes que el Banco invierta en la adquisición de divisas internacionales para regular el mercado cambiario o aumentar las reservas netas del país al 8 de setiembre de 1967 resultante delos activos y pasivos internacionales del Banco de la República; (33) d) ha la "el eqnivalente del capital realizado del Banco de la República con la garantía de su activo fijo" (34) ; e) "contra entrega de oro, divisas o cambio extranjero de libre convertibilidad" (35) ; f ) En estos dos ,últimos casos los billetes que se emitan se regirán "por las equivalencias legales" ($ 14.99 por U$S) y el oro y las divisas o cambio extranjero deberán hallarse libres de todo gravamen y ser de propiedad (del Banco Ceqa l ) sin restric- ción alguna" (36); g) Finalmente hay otras normas, de menor cuan- tía, que autorizan emisiones por cifras determinables a efectos de fi- nanciar casos especiales;, en cada hipótesis esas normas determinan el respectivo respaldo, real o teórico, de los billetes así puestos a circular. . , . , , ,

ii) Rescate del papel -neda.

El artículo 28 de la Ley N" 13.608 de 8 de setiemhre de 1967 enumera los casos en los cuales el Banco Central debe proceder al rescate del papel moneda.

iii) Monedas.

"Justificar el peso, ley y valor de las monedas, fijar el tipo y denominación de las mismas.. ." es atribución que la Constitución otorga al Poder Legislativo (artículo 85, inciso 10). Pero al Banco Central corresponde acuñar o hacer acuñar y poner en circulación tales monedas. (37).

Ii) Relaciones con el sisternif¿mciero.

En,general, el Banco Central es el encargado de hacer cumplir a los pa+culares las normas que rigen la actividad financiera, sean tales normas constitucionales, legales, reglamentarias o estén con- tenidas en resoluciones concretas. En materia financiera el instituto cuenta con poderes paia dictar por sí mismo reglamentos y resolu- ciones obligatorias para todas las empresas de cualquier giro o naturaleza. (38).

Hay otras disposiciones que, más concretamente, cometen al Bau- co Central ''la vigilancia y- fiealización de la banca privada y de las

Page 29: BANCO CENTRAL DEL. URUGUAY - bvrie.gub.uy · Esta primera memoria del Banco Central del Uruguay incluye dos estudios diversas. La primera parte informa sobre el proceso doctrinario

empresas que reciben depósitos del público yjo de sus afiliados :7 de aquellas empresas financieras, que no recibiendo depósitos del público, hagan llamamiento al ahorro de los particulares emitiendo o no cédulas, bonos y cualquier otra clase de obligaciones?' (39).

Hay pues dos modos de eomprender en el control del Banco a los particulares: por la actividad financiera que desarrollan (sea cual sea el giro o la naturaleza de la empresa) y por la .clase de empresa que constituyen (sea cual sea la actividad que cuniplan).

Como instrumentos tendientes a la defensa de la moneda, el Baneo Central cuenta eon múltiples faeiiltades en sus relaciones con el sistema financiero.

Tiene atribuciones para actuar directamente sobre el crédito^ de - manerq cuatitativa, imponiéndole límites, señalando porcentajes ináximos de crecimiento, o creando topes a la cartera de las empresas para su cifra global o para determinadas clases de crédito. (N)

El Bauco puede dirigir el crédito, asimismo, desde un punto de &&cualitativo, orientando las colocaciones según juzgue más &ti1 (41).

.Sobre. e*. aspecto, en un caso determinado, existe, a texto ex- preso, ziqa Jey que canaliza el ahorro público, en gran proporción, hacia fines concretos.. . (Ley 13.330 de 30.'4.65 Art. 5 Q ) . "Los Bancos privados y Cajas Populares no, podrán girar sobre los depó: sitos del ahorro público ni usar los mismos, salvo autorización ex- presa del (Banco Central) en la forma y condiciones que establece la presente ley y sin perjuicio de los retiros y movimientos que dis- pongan sobre los mismos los titulares.

Para el resto de las operaciones de su giro, se limitarán al uso' de sus 'capitales propios y los fondos provenientes de las opera- ciones de redescuento.

En el uso de las facultades conferidas por esta ley al (Baneo Central), éste sólo podrá autorizar colocaciones del ahorro público, cuando se apliquen en un porcentaje no inferior al 75 % a atender necesidades de los diversos sectores de la producción agropecuaria e industrial, de modo de, adecuar el crédito e n función de las exigen- cias del desarrollo nacional.. ." "Para el cumplimiento de las dis- posiciones',de esta ley los Bancos actuarán como delegados d e l (Ban- co Central). Del ejercicio de esta delegación deberán dar cbenta una vez al mes al (Banco Central) al que informarán en forma cireuns- tauciada de los depósitos recibidos y de las colocaciones realizadas así como de su destino, monto, plazo, interés, etc., y demás caracterís- ticas~ de las mismas.

El (Bauco Central) fijará el interés de los depósitos y coloca- ciones de los fondos a que se refiere el inciso 1"e este artículo.

E l , (Banco Central) deberá dictaminar en un plazo de quince días, ante, cada informe, expresamepte, si el Banco delegado ha eum- plido' estrictamente con los extremos de esta ley".

Cuenta la institución, además, con dos medios indirectos para actuar sobre el crédito: i ) el Banco Central fija las tasas de redes- cuento y, a texto expreso, la ley le comete, ii) "fijar y. modifiear el .interés :máximo-.que podrán pagar (las empresas bancarias y fi- ílancieras,. según la definición ya vista)" por los importes que reciben

Page 30: BANCO CENTRAL DEL. URUGUAY - bvrie.gub.uy · Esta primera memoria del Banco Central del Uruguay incluye dos estudios diversas. La primera parte informa sobre el proceso doctrinario

en depósito y/o en préstamo y el que podrán percibir por las opera- ciones que realicen.

Entiéndese por interés lo abonado bajo cualquier concepto por el capital recibido y servicios prestados, páguese o no bajo aquella denominación. La limitación se aplicará también a los Bancos Ofi- ciales". (42).

Como medio para su política monetaria y como defensa para el mantenimiento de la debida liquidez, el Banco Central está facul- tado para "fijar y modificar los encajes, sus porcentajes y la forma en que estarán constituídos, así como los lúnite máxiios de recep- tividad de depósitos que deben mantener (las empresas bancarias y financieras, según la definición ya vista) ya sea. sobre la totalidad o sobre determinadas clases de depósitos. La integraeión de los encajes en deuda pública no podrá exceder del 40 % de dichos encajes". (43).

Junto a estas amplias facultades de dirección del sistema finan- ciero, el Instituto -que a través del encaje legal puede actuar en cierta medida como banco de reserva- se constituye en otros aspectos en banco de bancos.

"E1 Banco Central del Uruguay podrá 'prestar asistencia finan- ciera a las empresas bancarias ~rivadas, con sus recursos propios y hasta el monto de capital y reservas de la empresa asistid?.

En sitnaciones.de emergencia, que pongan en peligro la estabi- lidad del sistema bapcario nacional, el Banco. Central del Uruguay podrá prestar asistencia financiera extraordinaria a las empresas ban- carias privadas, mediante resolución, fundada del Directorio, adop- tada por 4 votos conformes, dando cuenta oportunamente al Poder Ejecutivo, pudiendo redescontar a esos efectos los documentos que estime adecuados d e la cartera activa de la empresa -asistida.

Al otorgar la asistencia financiera prevista en los incisos ante- riores, el Banco Central del Uruguay impondrá las garantías que con- ceptúe necesarias, además de las establecidas en la Ley N' 13.330 de 30 de abril de 1965". (44).

Asimismo, el Estado a través del Banco Central es garante de los depósitos bancarios hasta S 50.000.00. (45) . .

También en su carácter de banco de bancos, el instituto es el encargado de organizar y reglamentar las compensaciones interban- carias (ley 13.782 de 3.11.69, artículo 78).

Es también objeto de la actividad del Banco Central el control de la estructura de la red bancaria y, en consecuencia, la ley impone su intervención en diversas hipótesis: "Las fusiones, absorciones y toda otra forma de transferencia de institnciones bancarias privadas, que signifique la subsistencia de una sola de las actividades preexis- tentes o la sustitución de las mismas por una nueva, serán previa- mente autorizadas por el Banco Central del Uruguay.

El Banco Central del Umguay podrá denegar su autorización cuando entienda que la concentración resultante pueda ser inconve- niente .desde el punto de vista económico, o del interés nacional o cuando ella promueva concentraciones monopólicas o distorsione la estructura de la red bancaria o sea aconsejable por la situación pa- trimonial de una o más de las empresas solicitantes". (46).

Page 31: BANCO CENTRAL DEL. URUGUAY - bvrie.gub.uy · Esta primera memoria del Banco Central del Uruguay incluye dos estudios diversas. La primera parte informa sobre el proceso doctrinario

Como consecuencia de la grave crisis bancaria de 1965, la Ley 13.330 del 30 de a b d de ese aíío impuso severas prohibiciories para la actividad de las empresas bancarias y financieras en funcionamien- to y prohibió, asimismo, la instalación de nuevas empresas de ese tipo y aún la apertura de sucnrsales de las ya existentes. (47).

Sometida a tantas y tan minuciosas obligaciones y prohibiciones, la actividad financiera -debe ser objeto de una eompleta -vigilancia que, en los textos legales es, hasta la fecha, más amplia y severa que en los heehos, por cuanto el Banco Central puesto a funcionar un día determinado por el constitupente, nació con todas las responsabi- lidades pero carente de medios materiales y humanos y, en conse- cuencia, no ha podido aún abarcar, cabalmente, la totalidad de sus funciones, pese a la voluntad y al sacrificio desplegado con tal fina- lidad.

Según la ley, el instituto "deberá realizar inspecciones en todas las instituciones privadas de crédito, cada tres meses por lo menos, de enyos resultados se informará (al Directorio) dentro de los 20 días de efectuadas". (48).

"Para el cumplímiento de todo los cometidos que las disposicio- nes legales y reglamentarias fijan al (Banco Central), sus funciona- rios, debidamente autorizados, tendrán además, igualés facultades, en lo pertinente, que los de la Dirección e Inspección General Impo- sitiva y en especial las especificadas en el articulo 53' de laLey No 12.804 de 30 de noviembre de 1960". Este articulo 53' expresa: "La Administración dispondrá de amplias facultades de fiscalización e investigación, pudiendo especialmente:

a) Exigir a los contribuyentes y responsables la exhibición de sus libros, documentos y correspondencia comerciales e intimarles su comparecencia ante la autoridad administrativa;

b) Incautarse de dichos libros y documentos hasta por un lapso de seis días hábiles, que sólo podrá prorrogarse mediante resolución. judicial cuando sea indispensable para salvaguardar los intereses de la Administración; en todos los casos deberá labrar el acta pertinente;

c ) Practicar inspecciones de bienes muebles c inmuebles ocu- pados a cualquier título por contribuyentes y responsables. Sólo po- drán inspeccionarse domicilios particulares con previa orden judicial, que se otorgará cuando se acredite semiplena prneba de la infracción y de la necesidad del prockdimiento.

-d) Requerir informaciones a terceros, pudiendo intimarles su comparecencia ante la autoridad administrativa cuando ésta lo con- sidere conveniente o cuando aquéllas no sean i re sentadas en tiempo y forma. . ,

Cuando sea necesario para el cumplimiento de las diligencias precedentes, la Administración requerirá orden judicial de allana. miento.

La no comparecencia de los citados podrá ser tomada en cuenta como elemento presuncional en contra de los imputados.

Page 32: BANCO CENTRAL DEL. URUGUAY - bvrie.gub.uy · Esta primera memoria del Banco Central del Uruguay incluye dos estudios diversas. La primera parte informa sobre el proceso doctrinario

Las facultades de Ia Administración se entienden -sin perjbicio de las normas que consagran el secreto de los profesionales univer- sitarios." (49).

"El Poder,Ejecutivo tendrá a su cargo el contralor de la legali- dad de gestión de los Bancos, Casas Bancarias, Cajas Populares y entidades con giro financiero, en 10 que concierne al cumplimiento de las normas estatutarias legales y reglamentarias sin perjuicio de las facultades de contralor conferidas al (Banco Central).

De comprobarse ilegalidades en la gestión de las entidades &di- cadas, el Poder Ejecutivo las pondrá en conocimiento del (Banco Central) a sus efectos y podrá llamar la atención de las instituciones responsables, hacer caducar o suspender las autorizaciones de funcio- namiento que hubiere otorgado." (50).

Existen además normas que crean iucompatibilidades'a las per- sonas que administran bancos, como manera de prevenir la actividad indebida de éstos.

Las personas que desémpeíian cargos de dirección o gerencias o tengan funciones de asesoramiento en instituciones bancarias, no po- drán intervenir como Directores, Administradores, empleados o tener funciones de asesoramiento o fiscalización en empresas @e tengan créditos, avales o garantías de las instituciones bancarias de las que forman parte, así como tampoco podrán tramitar o dirigir asuntos de terceros ante las mismas. Las personas a que se refieren el inciso anterior deberán formular anualmente y dentro de los diez días de sancionada esta ley, ante el Departamento de Emisión del Banco de Ia República y ante el &hisierio de Hacienda declaración jurada de las empresas privadas de que formen parte.

La falsa declaración o la omisión de la misma, será sancionada con la pena prevista por el artículo 238 del Código Penal. Las per- sonas que se encuentren en algunas de las incompatibilidades prcvis- ías en el inciso 1P de este artículo deberán regularizar su situación, dentro de los 60 dias de promulgada esta Ley." (51).

Las transgresiones a las normas de carácter financiero, sean legales, reglamentarias o contenidas en las resoluciones del Banco Central por parte de empresas de cualquier giro o naturaleza, pueden dar origen a diversas medidas de carácter precautorio o represivo, que se ordenan, e n grado creciente, según la siguiente eseala:

"1) Observación.

2) Apercibimiento.

3) Designación de un representante permanente ante la empresa infractora, el que tendrá acceso a los libros, regisiros contables y roda clase de documentos; este representante podrá asistir a las sesiones del Directorio con facultades para proponer las medidas que estime adecuadas se,& las instrncciones impartidas po re l Ban- co Central.

4) La intervención, que podrá ir acompañada de la susftueiión total o parcial de las autoridades.

Page 33: BANCO CENTRAL DEL. URUGUAY - bvrie.gub.uy · Esta primera memoria del Banco Central del Uruguay incluye dos estudios diversas. La primera parte informa sobre el proceso doctrinario

5) Suspensión total o parcial de las actividades.

6) Registro de la autorización para funcionar. Tratándose de una institución bancaria, el registro de la autorización se hará por el Poder Ejecutivo a propuesta del Banco Central.

7) Multas de hasta un 50 % (cincuenta por ciento) del capital mínimo autorizado para el funcionamiento de los bancos.

8) En Caso de infracciones continuadas en el tiempo, el monto de la multa se fijará mediante un porcentaje no mayor del 0,20 % (veinte centésimos por ciento) diario que se calculará sobre las can- tidades que en cada caso corresponda." (52).

Como medida precautoria se prevé, asimismo, lainhibicióu de empresas o personas en determinadas circunstancias:

"El Poder Ejecutivo o el (Banco Central) podrán solicitar ante 13s Juzgados Letrados Nacionales de Hacienda y de lo Contencioso Administrativo, el embargo preventivo sobre los bienes, créditos, de- rechos y acciones de instituciones de crédito cuya estabilidad econó- mica o financiera estuviera afectada y sobre los de aquellas personas físicas o jurídicas que en nombre propio o integrando el Directorio de dichas Instituciones o el de otras sociedades comerciales hubie- ran participado en operaciones presuntivamenie dolosas que diiecta o indirectamente pudieran haber contribuído a provocar el desequi- librio expresado." (-53). ,

"Cuando proceda la liquidación de bancos privados o cuales. quiera de las demás instifuciones incorporadas a la presente. ley, por vía de mandato judicial o por imperio de la ley misma, dicha li- quidación deberá llevarse a cabo por intermedio del (Banco Central) investido en funciones 'de liquidador, debiendo éste adoptar las me- didas conducentes al fiel cumplimiento de las disposiciones legales sobre privilegios para depósitos.

La presente disposición deroga especialmente lo dispuesto por el artículo 3" de la ley de 5 de diciembre de 1923.

El (Banco -Central) y los funcionarios de su dependencia, no podrán cobrar hdnorarios por el desempeño del cometido que se le asigna a dichóBanco por -este artículo, pero sí podrán resarcirse de los gastos que,la funcíón. pudiera originarlee". (54).

111)- Relaciones con el Estado.

Es en este capítulo donde .la transferencia de atribueiones ban- cocentralisias dérBanCó.de la:-Re~;íbIica al Banco Central está aún

~ ~.~ . . .. por cumplike.

La Ley Wi.13.640 de126.12.67 establece e n su artículo 480P que los cometidos de la Dirección de Crédito Público -dependencia del Misterio de Economía v Finanzas oasan a ser cum~iidos nor el Banco Central y así se há hecho (54) ;'pero no hay otr'as normas de derecho positivo que le atrihirran al Banco Central las demás labores típicas de un banquero del Estado.

Page 34: BANCO CENTRAL DEL. URUGUAY - bvrie.gub.uy · Esta primera memoria del Banco Central del Uruguay incluye dos estudios diversas. La primera parte informa sobre el proceso doctrinario

Los servicios bancarios, el crédito, los depósitos administrativos, son obtenidos y hechos por los diferentes órganos públicos y aún por el Estado en sentido estricto, en el Banco de la República.

La buena coordinación entre ambos ,institutos oficiales, el cum- plimiento de multitud de operaciones implícitamente contenidas en el carácter de entes autónomos comerciales que distingue al Banco de la República y al Banco Central, ha permitido hasta ahora salvar la laguns. del derecho -que significa en este punto; la falta de una Caaa Orgánica para el BancoCentral; debido a tal carenbia ee impone, por consiguiente, a un banco de promoción y desarrollo. en .que se ha constituído el Banco República, responsabilidades y labores extra- ñas a su naturaleza. Tal vez ningún aspecto imponga con mayor cla- ridad la urgencia con que debe aprobarse una ley fundamental para el Banco Central, y la remodelación de la que actualmente rige al Banco de la República, trabajos estos que ya se han iniciado en estos momen- tos por parte de las autoridades competentes. Los más diversos procesos inflacionarios, en especial en América Latina, tienen origen en la política fiscal y presupuesta1 en la relación "Gobierno -banco emisor".

Para sentar una política monetaria de sana estabilización son menester sabias normas que rijan la actividad del Banco Central, co- locándolo por su naturaleza, entre la actividad financiera y . el :Es-, tado de manera que pueda cumplir el delicado y comprometido e inevitable Iiigar que le corresponde en la vida económica de la nación.

IV) Relaciones con el exterior. / E1 Banco Central tiene a su cargo "las funciones de contralor

de las operaciones de cambio internacional y traslado de capitales al exterior, dentro de las normas legales y administrativas estable- cidas o que se establezcan". (56).

"Las divisas provenientes de las exportaciones deberán ser pe- gociadas en el (Banco Central) directamente o por intermedio de los Banws privados autorizados para operar en cambios. El Poder Ejecu- tivo, a solicitud del (Banco Central), podrá exceptuar a los Bancos privados de la obligación de entregar las divisas en las condiciones que establecerá la reglamentación respectiva." (57).

"E1 (Banco Central) podrá destinar hasta el equivalente de U$S 20:000.000.- para Fondo de Estabilización y Defensa de la Mo- neda". (58).

En materia cambiaria el Banco Central controla los bancos par- ticulares y las casas de cambio, autoriza su actividad y sanciona la realización de toda operación prohibida por la ley, es decir, "que no responda al movimiento regular y legítimo de las actividades eco- nómicas y financieras normales", que sea considerada "de especulación como asimismo todas aquellas otras que tiendan a trastornar en una u otra forma, el valor de nuestra moneda". (59)

' 4 - . 3in perjuicio de las atribuciones que otorgan otras normas, el Banco Central del Urugusp queda facultado para reglementar las con-

Page 35: BANCO CENTRAL DEL. URUGUAY - bvrie.gub.uy · Esta primera memoria del Banco Central del Uruguay incluye dos estudios diversas. La primera parte informa sobre el proceso doctrinario

diciones dentro de las cuales podrán contraerse obligaciones inter- nacionales que impongan pagos en moneda extranjera:

a) Cuando se trate de operaciones financieras.

b ) Cnando se vate de operacioneg de cualquier índole, que comprometan o puedan comprometer la responsabilidad de los ban- cos privados.

Las violaciones a lo dispuesto por el Banco Central del Uruguay en uso de las facultades otorgadas por el inciso anterior, serán sancio- nadas con multas de hasta un 200 % de la operación, que serán apli- cadas y cobradas por el Banco Central del Uruguay. Las entidades esptales para contraer obligaciones de la índole a que se refiere el primer inciso, salvo lo dispuesto en el artículo 301' de la Constitu- ción, deberán obtener la previa autorización del Poder Ejecutivo, con la opinión del Banco Central del Uruguay". (60)

En virtud de estas normas expresas y de los poderes que impli- citamente contienen las finalidades para las cuales fue creado, el Banco Central es el administrador de las reservas internacionales del país y actúa como su representante financieio en el exterior.

El eargo de Gobernador titular ante el Fondo Monetario Inter- nacional será desempeñado por el Presidente del Banco Central del Umguay y el de Gobernador suplente en este organismo por quien designe el Directorio. (61)

Este es en general, el proceso y evolución normativas que ro- dean la creación de nuestro Instituto hasta colocarlo en la realidad actual.

Juln César Pacchiotti - Secretario General

Page 36: BANCO CENTRAL DEL. URUGUAY - bvrie.gub.uy · Esta primera memoria del Banco Central del Uruguay incluye dos estudios diversas. La primera parte informa sobre el proceso doctrinario

(1) Ley N"423 de 13/3/1896 y Ley Nn 2480 de 4/8/1896.

(2) El Baneo gozaria dentro del plazo de ail eonceeión de los siguientes privi- legios: emisión Única; recepción de los depósitos judiciaies y administrativos; funda- ción y explotación del Monte de Piedad Nacional enys fundación se le autorizaba; exención de toda clase de impuestos sobre sus dwunientos y sobre los edificios que ocupasen sus oficinas, con exclusión única de los impuestos .municipales.

El más importante de los privilegios que se le acordaba era, s i n duda, el de la emisión única. Tendria, pues, este privilegio el carácter de un monopolio de su exclusiva explotación. Desde el primer momento el Baneo quedaría investido de la facultad exclusiva de emitir billetes fiduciarios menores de diez pesos, que serian convertibles en oro o plata, a elección del Baneo, hasta un limite fijado en el 50 por ciento de su eapital integrado. Después de la desaparición del Baúeo Naeibnal, este privilegio, que había sido acordado a esta institveión con carácter de exclusividad no estaba detentado ni par el Estado, ni por ninguna otra institución de erédito. Por lo tanto, El Banco de la República iba a entrar a gozar de esa prerrogativa con toda amplitud.

El Baneo de la República quedaría igualmente faeuliado para emitir biUetes de 10 pesos y mayores de diez pesos con igual carácter de exclusividad, pero este privilegio no se haría efectivo, sino cuando hubiera vencido el término por el cual ese derecho habia sido acordado a otros Bancos particulares o desde el momento en que las expresadas instituciones lo renunciaren.

Las coneesiones qne estaban entonces en vigencia para la emisión de billetes mayores, eran las que habían sido acordadas a los Bancos de Londres y Río de la Plata e Italiano del Urugoay, quue debían vencer en 1905 y 1907 respectivamente. En caso de no mediar renuncia del derecho de emitir por parte de aqueUos Ban- eos,.o no caducar su derecho por alguna causa, a partir de 1907, el Banco de la República gozaría del derecho de emitir toda clase de billetes fiduciarios T n carácter de monopolio exclusivo y por todo el plazo de su concesión,

El Banco debería conservar obligatoriamente en todo tiempo un encaje en oro no inferior al 40 por ciento de los depósitos a la vista y de la emisión mayor en circulación. Respecto de la emisión menor no se estableció reserva metálica preceptivamente.

E las funciones de la emisión intervendría directamente el Poder Ejecutivo por medio de un Controlador General con earácter de delegado del Gobierno, que seria a la vez Jefe de la Sección de Emisión del Banco. Este funcionario fiseali~aría todas las operaciones de movimiento de emisión y los balanees mensuales de caja, y tendría la facultad de realizar los arqueos previos que conceptoase necesa- rios para dar fe de esos mismos balances.

Se haría en el Banco los depósitos judiciales y los pue debieran practicar los partienlares en garantía de obligaciones contraidas con el Estado. Todos esos depósitos siendo en dinero, deberían estar gamiidos en todo tiempo por lo menos en un 90 por ciento de m monto, por titulos de Deuda J?ública nacional aforados por su valor comente en plaza.''

El Banco gozaría de la exención general de impuestos entonees vigentes o pue en lo sucesivo se crearen, pero esa exención no seria extensiva a los impnestos municipales. El Baneo estaría por lo tanto, eximido del pago de eontribneión inmobiliaria, sellos, timbres, etc., sobre los edificios propios que ocupasen sus oficinas y dependencias, y gozarían de la misma exención sus acciones, billetes, depósitos y docnmentas de cnalqnier cIase que fueren.

El Estado concedería al Baneo otras prerrogativas de earáeter especial que tendieran a prestigiar y a ampliar el radio de circulación de sus billetes y i sumarle elementos de actividad que le eran propios.

Page 37: BANCO CENTRAL DEL. URUGUAY - bvrie.gub.uy · Esta primera memoria del Banco Central del Uruguay incluye dos estudios diversas. La primera parte informa sobre el proceso doctrinario

Las oficinas públicas no reeibirian otra moneda, además de la metáüca de curso legal, que los billetes del Baneo de la Keoública, mientras fuesen conver. tibles. El Baneo seria el depositario de todos los fondos que recaudasen las ofi- cinas públicas, sobre los cuales pagaria el interés convencional de las cuentas corrientes con el Estado. El servicio de la Deuda Póblica quedaría cometido al Baneo en cuanto lo permitieran los contratos vigentes y sin perjuicio de conser- varse la Oficina de Crédito Público para los servicios que tenía a su cargo o que le fueren encomendados más adelante por el Poder Ejecutivo. En igoaldad de eondieioues, el Baneo seria preferido para la negociación de emprést i~o~ del Estado y de las Juntas, dentro o hiera del pais

Además de los privilegios, exenciones y pierrogativas que se aeprdabao al Banco, el Estado afectaría expresamente su garantía para la emisión circulante y para los depósitos judiciales en su poder, después de declarar, de acuerdo con la forma anónima bajo la cual se constituía, que el capital garantizaba a todas las opera"ones de la Institución, de acordar la prelación absoluta de la emisión sobre todas las deudas simples del Baneo, Y en las mismas condiciones, la prela- ción de los depósitos judiciales por el saldo acreedor que resultare sobre la %a- rautia de valores de Deuda Pública que dehian estarle afectados en el caso de liquidación.

El- Baneo deberia abrir al Gobierno una cuenta corriente con intereses reei. procos, en la cual éste podria girar hasta un millón de pesos en descubierto, mientras el capital efectivo de la institución fuera de cinco millones de pesos y hasta das millones enando estuvieran integrados los diez rnilloues del capital. Lá cuenta devengaría intereses de uno por ciento menor que,el que se eobrara a particulares; en ningún caso podria exceder de siete- por ciento m a l - . El mecanismo de esta cuenta seria fijado en contrato especial entre el Poder Ejecutivo y el Directorio del Banco.

Estas disposiciones tenían carácter imperativo, pero el Banco p.odria ,reaiiear otra& operaciones de crédito con el-Estado, aun cuando sin carácter obligatorio. Podría hacer empréstixos al-Estado y a las Juntas, -eoneertsfia con-ellos el arren- damiento de impuestos públicos, pero en ambos casos se requeiiría autorización especial y previa del Cuerpo Legislativo. También podna negociar empréstitos de ambas entidades dentro o fuera del pais o hacerlas directamente, en la forma y hasta el límite que señalarán sus Estatutos".

("Banco de la República Oriental del Umguay; 1896 - 24 de agosto : 1917" Ed. Barreiro y Ramos. Montevideo, 1918, págs. 49 y 51)."

(3 j ("Banco de la República Oriental del Umguay; 1896 - 24 de agosto -.1917". Op. cit. pág. 93).

(4) L&NO 9496 de 14 de agosto de 1935, articulo 1'. ~. ,

(5) Ley N' 9808 de 2 de enero de 1969, artículos 99 y lov.

(6) "Habrá un Baneo Central de la República, que estaiá organizado corno Ente Autónomo y tendrá los eomitidos y atribuciones que determine la ley ipro. badacon el voto de la mayoría absoluta del total de componentes de .cada Cámara". ( a r t 196 de la Constitución de la República); . ..- .

~

(7) Bmno, José Luis. - "E1 Banco Central e" 1; ~onstitueión ~+i^aeion<l"~eu Temas Jucídic.qs~7. "La Constitiieión de 1967", Ed. .Fund+c/ó.q d~ cglmra Uqiver- sitaria, N! -1,. Mont.evideoi.& ~ág .115 . . . . .. . :.,~- . , . . : ..a ... . .: . . ~

(8) " C o u h h o #e ~ráio;:~iá. . 'Funciones del B a n b a C e n t d - d e l BanEo.de la'Repúhlica", apartado de la Revisia- de la. Pasultad .de Dereeho;.Aiio V, N' .S,

. . ~ . . . ~ Montevideo, 1955, pág. 30. . .~ , .

( 9 ) Bmno, José Luis - @p. cit.. pág. 139. .. . ~. .. ..

(10) Coitinho de Praio, Lia. - Óp; cit. *ág. 35. , . .. . . . ~~

(11) Bruno, José Lnis. - Op. cit. pág. 141.

(12) Ley N' 13.243 de 20 de febrero de 1964 y-Ley-N' 13.330 de 30 de abril de 1965. . ..

. ~

(13) Bruno, José Luis. - Op. cit. pág. 139. . . . . ,

Page 38: BANCO CENTRAL DEL. URUGUAY - bvrie.gub.uy · Esta primera memoria del Banco Central del Uruguay incluye dos estudios diversas. La primera parte informa sobre el proceso doctrinario

(14) Bruno, José Luis. - Op. cit. pág. 140.

(15) Bruno, José ~ u i s . . Op. e i t págs. 142 a 150.

(16) La discusión parlamentaria que precedió a l a reforma eoiistitueional de 1967 insumió 75 horas y 15 minutas y 1s s,cráón taquigráfica de tal debate abarea 392 páginas.

Las referencias al Banco Central son las siguientes: (ASAMBLEA GENER4L . PUBLICACION INFORMATIVA - ¡Yv 253. - Sesión

del 18 de agosto de 1966).

SEÑOR SANGUINETTI (Don Julio) (P& 7). El desarrollo de la Adrninis- tración ha hecho que hoy la- presencia del Estado llegue hasta muchas actividades en las cuales antes no se hacía presente y ha traído, eomo consecuencia, el desafio constante de una técnica y de una ciencia que avanzan, planteápdonos, a los liberales, la obligación de hacer frente al reto d?, los regímenes totalitarios que hablan sólo en nombre de la eficacia y tienen, pira llevarla acabo; en sus nianos, el poder absoluto. A ellos nos debemos enfrentar con métados de igual o superior eficacia, manteniendo la dignidad individual que es el único propósito, la esencia misma y la filosofía fundamental d e esta Constitución, eomo lo fue de la primera en 1830 y de toda la evolueiós civilista de nuestro país, a la cual hoy queremos dade un nuevo aporte positivo, adecuándola a los tiempos que corren, que reclaman de nosotros una acción eficaz, y no la comodidad cómplice con los que son vicios administrativos o deficiencias políticas, en las cuales asumi- mos las responsabilidades que nos puedan corresponder eomo miembros de un gran partido que ha eontribvídc al quehacer nacional desde los albores mismos del nacimiento de la República.

(Luego de enunciar, en esa "linea de teeuifieaeión administrativa", el aumento del período de gobierno, el aumento del contralor sobre los Entes Aurónomos, la participación del Estado en empresas privadas, expresa:)

(Pág. 8). Del mismo modo y en el mismo impulsq hacia una-efectiva planifi- cación .drninistrativa creamos, en el aqtieulo 195, el Banco Central;. . .

(Continúa luego enunciando: la creación del Beneo de Previsión Social; la coordinación de la enseóansa; la creación del Servicio Civil, do la Oficina de Planeamiento y Presupuesto).

SEROR VA2 (Alembert). (PZg. 20). En este mismo capitulo está, también, la ereación del Banco Central, -tomando como esencia lo que actualmente cons- tituye el Departamento de Emisión del Banco & la República, que proeura : en el fondo evitar la hipertrofia de aquella Institución, descongestionando fun- ciones técnicas y funcionando, asi, en forma totalmente autónoma. Este Instituto del Banco Central de la República, con la estructura que le da este proyecto, ostaba, tanzbién, en el proyecto nacionalista. , ~~

........................................ SEROR PLANCHON; (Pág . 26). . . .debemos expresar que, en gran parte,

las reformas introducidas, fueron proyectadas p o r Berrera y Nardone, eomo más adelante lo vamm a demostrar. . .

Tercer punto. Crea - é l ' ~ a n h . Central, uno -de los grandks postulado^ de Nardone, coa la base del Departamento de Emisión -dé1 Banco de la República.

- . --SESOR -SANTORO. -(Pág; 18)! Des+u&de Le6osidcrar - este-~te&a de los enté; aotóneimos piieremos -señalar que otro de los-iastitutos que .crea el actual' rU.01 y?em d e reforma. i s e l Bamw Central de Ia. Repúljliciea, al que organiza eomo ente autónomo, -con los cometidos y. las atribuciones q k la ley determine por mayoría absoluta del total de componentes de cada Cámara. Este es un instituto creado, sostenido y maoejado eomo a n ~ d e l a s banderas fundamentales de aquel prGyecto de reforma de 1958 en el que se disponía la creación de un banco de ese tipo, con una constitución similar, aunque no igual, a la de los entes autónomos. En parte sus miembros se nombraban igual que en los entes autónomos, pero en parte eran designados a través de determinados fu~eionarios importantes del Estado, eomo ser Ministros o Vicepresidentes de la República.

Page 39: BANCO CENTRAL DEL. URUGUAY - bvrie.gub.uy · Esta primera memoria del Banco Central del Uruguay incluye dos estudios diversas. La primera parte informa sobre el proceso doctrinario

El Baneo Central fue la bandera que movilizó legiones de gente, que creó esperanzas, que seúaló una aspiración de regulación de normas esenciales para la marcha económica del pais, con repercusiones evidentes en el aspecto de nuestra agropecuaria, a través de los créditos y de determinantes que posibjiitaran una mayor prodneeión. Este iastimto, contenido en el proyecto de 1958 es recogido y creado por el proyecto de reforma de la Constitución que patrocinamos y d e fendemos.

Con eso estamos indicando un origen, una continuidad, una lealtad con las ideas sostenidas por el BerreRsmo y por el Ruralismo en 1958, que mperando inconvenientes, venciendo oposiciones e, inclusive; venciendo el tiempo y los intereses políticos, ha logrado &ora ser recogido en este proyecto de reforma de la Constitución, conquistando también una mayor amplitud, una mayor base, porque es sosténido no solamente por el Partido Nacional y por el Ruraü~no, sino también es sostenido por otros sectores muy importantes de nuestra poütiea.

(Pág. 19). Además debemos señalar que en aquel proyecto de 1958 había, un número grande de sus disposiciones y, fundamentalmente, en lo que tenía que ver con las atribuciones, competencias y facultades del Banco CentraJ, que allí se creaba, una preocupación de ir a la regdación, al eontralor, a la fiscahación ,de la actividad de los organismos del Estado, de los entes autónomos, de los bfnnicipios, en cuanto a su aetividad fiseaL Se trataba de lograr un eontralor sobre todas las gestiones de carácter administrativo, a efeetos de posibilitar una unidad; de que no pudiera haber varias politicas económicas, que no pudiera haber varias .politicas fiscales, y qme si el Poder Ejecutivo adopiaba una deter- minada posición en el orden económico, por ejemplo, no se viera eso. frustrado por una posición distinta, a través de tarifas o de precios, adoptada por un organismo del Estado, quebrantándose asi toda la organización y todo el pro- grama estructurado por el Poder Ejecutivo.

En el proy&to de 1958 todas esas atribuciones se le daban al Banco Central; ahora no es igual en lo que tiene que ver con lag estruciwas que Ba crean en este proyecto de reforma de la Constitución. Pero evidentemente, a través de las distintas normas que establecen la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, a través de las que regulan lo relativo a la formnlación de los presupuestos na. cionales o municipales, así como la disposición contenida en el artículo 301, que establece determinada regulación, muy precisa, para que los Municipios pue dan contratar préstamos; en fin, a través de las normas que regulan la marcha de los entes autónomos, donde se puede suspender un acto y en cuya espera el Poder Ejecutivo puede actuar con mayor rapidez, .con mayor prontitud o eon mayor eficacia en el contralor de las autonomías.

A esto se llega recogiendo las manifektaciones de protestas por las desvia- ciones o verdadera subversión que en el orden. eeonómieo y financiero se prac- , . ticaba en aquel entonces -para hacer una relación en el tiempo, con respecto al proyecto de 1958- y como se praetiea hoy en los organismos autónomos y en los Municipios.

La misma preocupación que existía en aquel proyecto se refleja en esta fórmula que estamos considerando.

En aquel proyecto que estamos reseñando, a través de la actuación del Banco Central y del Tribunal de Cuentas, se preveían facultades muy especiales para que estos organismos cumplieran sus cometidos y en particular, con respecto al Tribunal de Cuentas, se establecía que en casos de evidente gravedad a juieio del organismo "éste podrá disponer la suspensión de la resolución administrativa observada, estándose luego a lo que decidan los tres quintos de votos del total de componentes de la Asamblea General, d e m o de los treinta'días de recibida por ésta la comunicación del Tribunal de Cuentas. Si vencido este término, la Asamblea no se pronuiiciara, se tendrá por confirmada la observación del Tribunal y el Poder o ente nacional o municipal e que se refiere, deberá ajustarse a ello".

Volvemos a ver la identidad de institutos, aunque con otro nombre, eómo funeienaba en el proyecto de 1958, y eómo funciona en el actual proyecto de reforma de la Constitución

Page 40: BANCO CENTRAL DEL. URUGUAY - bvrie.gub.uy · Esta primera memoria del Banco Central del Uruguay incluye dos estudios diversas. La primera parte informa sobre el proceso doctrinario

Vemos, pues, una midad de criterio, una unidad de procederes; prácticamente, las mismas normas que contienen los mismos elementos sustanciales que en aquel proyecto de 1958 trataban de poner orden donde existía desorden, trataba de re. gulsr lo que era necesario, dando unidad a la polítiea económica y financiera del Gobierno del País.

(ASAMBLEA GENERAL - PUBLICACION iNFORMATrVA - NQ 256 - Sesión del 22 de agosto de 1966).

SEÑOR COLLAZO (Ariel).' (Pág. 42). Claro está que el proyecto aparece revestido, tiene algmios afeites, tiene algunos adomos que son los que se van a niosirar en la propaganda electoral; se van a destacar mucbo m á s las afeites, los adornos, el maquillaje del proyecto, que la unidad del mismo. Y son esas disposiciones que podemos englobar bajo el concepto general de desarrollismo. Son les disposiciones desarrollistas, esas por las cuales se pretende que todo el país va a cambiar; que se va a transformar; que, hablando de programas, hablando de planes, hablando de desarrollo este país va a sufrir profundas trans- formaciones. No, señor Presidente, no va a sufrir ningmia er su estructura; ni porque se erea la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, de los anfculos 214 y 230, que no es más que la consagración de la CIDE, como organismo ahora con jerarquía constitucional; ni porque se cree ese Serpicio Civil de la Adminisuaeión, del arríenlo 60, que no es más que el Directorio del Estarnto del Funcionario, al que ahora se le da otro nombre y se le cambia mi poco el ropaje; ni porque se eree ese Banco Central, del que tanto hablan que no será nada más que el último grito de la moda de nuestros economistas, que verán de esta manera se consagran sus ideas, pero que de hecho será el actual Departamento de Emisión del Banco de la República.. .

SEÑOR RODRIGUEZ (don Enrique). De triste memoria.

SEÑOR COLLAZO. ... que seguirán como siempre; será siempre e l Departa- mento de Emisión y lo que no podrá hacer, si, es establecer algunas normas todavia más severas, si cabe, en determinados resortes, con el fin de favorecer a la banca privada. Esta seguirá siendo la gran dominadora de este Banco Central que ahora se erea, e l que tendrá integración política, sí, pero ya sabemos bien que, al igual que en el Banco de la Repúbliea, en el Directorio de este Baneo Central, por cierto, no estarán los obreros: estarán los banqoeros; estarán como siempre, los Aramendía, los Sapelli, los Hemández Wildner, los señores representantes del capital privado, que seguirán dominando tanto en el Banco de la Repúbliea como en el Baneo Cenual. Lo que ahora baeen en el Departamento de Emisión, lo seguirán haciendo en el Banco Central.

(ASAMBLEA GENERAL - PUBLICACION INFORK4TIVA - N* 257 - Sesión del 23 y 24 de agosto de 1966).

SEÑOR RODRIGUEZ (don Renán). (Pág. 36). Comento ahora el artículo 196; que erea el Banco Central.

Tampoco encuentro razón de por qué se estableee esto en la Constitución. Yo estoy de acuerdo con la creación del Baneo Central. Más todavía debido

a la sirnación crítica por la que ha pasado el Baneo de la República en los últimos tiempos, ereo que en este momento es una solución que al país le conviene. Puede ser que la sola presentación en otra forma ante el exterior, pueda restablecer en algo el crédito tan lesionado del principal instituto bancario que tenemos en el pais; pero no ereo que sea materia de la Constitución de la República porque muy bien puede evolucionar la técnica y, de la misma manera como evolueionó hacia el concepto Banca Central en los últimos 30 ó 40 años, puede ser que dentro de 10 ó 12 la técnica evolucione hacia otro lado, y tendremos ana fórmula cristalizada en la Constitución de la República, inmodificada a no ser a Uavés de mia reforma de la Constitución.

Me parece la creación del Baneo Central con lo que estoy de acuerdo y a1 que l e hubiera dado mi voto siempre que viniera en una ley que así lo estable- ciera, pues debería ser materia legal y no eonstitueional. No ereo que signifique, por lo tanto, ningún progreso. Se puede haeer perfectamente, por ley, como la inmensa mayoría de las cosas que tenemos aeá y estamos comentando. ........................................

Page 41: BANCO CENTRAL DEL. URUGUAY - bvrie.gub.uy · Esta primera memoria del Banco Central del Uruguay incluye dos estudios diversas. La primera parte informa sobre el proceso doctrinario

SENOR BRUNO. (Pág. 112). Es necesario que se sepa por c1 señor Legislador, que lo que se está discutiendo, en nn M) %, son las ideas recogidas por Nardone, no en los sindicatos eomo el señor Legislador, sino en las grandes reuniones y en las grandes asambleas.

SEÑOR RODRlGUEZ (don Enrique). (Pág. 113). Bueno ha entrado al medo otro representante del Panido Nacional, que proclama, sin ser controvertido, que las ideas de este proyecto sustimtivo son las de 3ardone.

SEÑOR BRUNO. Yo no dije eso.

-SERO$ RODRIGUEZ (doii Enrique). En un M)%.

SENOR BRUNO. O en un 40%. Puede estar equivocado, pero los grandes lineamientos de este proyecto frieron recogidos por todos los hombres patriotas de este país en las grandes asambleas mralistas.

S m O R ARISMENDI. No rebaje: M) n 80%.

SEROR BRUNO N o tiene importancia, lo aprendieron de Nardone. En d i o ustedes dijeron que lo habiaa-reeogido en los sindicatos.

SEROR RODRIGUEZ (don Enrique). Señor Presidente: suponiendo que fuera un 50 ó 60%; las ideas de Nardone, eran de una simplicidad absoluta; pero a la par, fidueia peso fuerte, ruralismo.

SEROR BRUNO. Algo más,'seño; Legislador; Banco Central, Banco de Pre- "isión Social todo, lo que usted está diciendo del capital.. .

SEROR RODRIGUEZ (don ~n i i que ) . Señor Legislador: El Banco Central no sé en qué porcentaje ha sido tenido en cuenta ahora; pero recuerdo -¿no lo recuerda también el señor Legislador?- que era un Baneo Central donde tenía repre- sentación la Federación Rural, la Liga Federal, la Asociación Rural, la Cámara de Comercio, la Cámara Mercantil y la Asociación de Baneos. Representantes de todos estos organismos integraban el Directorio del Baneo.

S E ~ O R BRUNO. Usted qniere,lo otro; pero es una cosa distinta. Nosotros estamos en este rkgimen 9 no el que ustedes quieren.

SEROR RODRIGUEZ (don Enrique). Vale la pena decir que la concepción blanca de este proyecto, es que todos esas sectores integren el Directorio del Baneo Central, con lo cual nosotros vamos a tener, no un banco del Uruguay, sino un banco de las llamadas fuerzas vivas del Uruguay, de esas tres mil personas de que be hablado, que tiene asi eomo el 70% del capital que gira en nuestro país.

¿Es ese criterio con que el Partido Colorado va a la reforma? ........................................

SEROR LOPEZ TOLEDO. (Pág. 130). Me resultan extraordinarios algonos eapitulos de la reforma. No quiero entrar sobre ellos de manera desordenada, pero el beeho de que hoy tenzan cana de ciudadanía las proposiciones del Par- tído Nacional sobre el Baneo Central, sobre nuevos bancos, nos trae reflexiones muy amargas. Nuevos Bancos oficiales, señor Presidente; ]pero si no gobiernan bien los que tienen!, jsi los que existen están destruidos! Inclusive, se pone en tela de juicio los ideales que se propugnan de la ofieialización de la banca pri- vada. La oficialización de,la banca ~rivada, ¿va a llevar el destino de. los bancos oficiales? La ofieialización de la banca privada, ¿va a Uevar el destino de la ofieializaeión del ahorro que, de heeho, está creada por ley? ¿Para qué ha servido ia oficializaeión del ahorro?

Nosotros somos partidarios d e la ofieialización del ahorro, pero no somos p d d a r i o s de ia manera cómo se ha gobernado, dirigido y administrado, l a ofi- eializaeión del ahorro. Expresa, 'entonces, que este paso hay. que darlo con cui- dado, porque la verdad es que el ahorro nacional ha servido para la más eseau. dalosa de las especulaciones y ese heeho, al mismo tiempo, ha servido para am- bientar la reforma eonstitueional.

SEROR DUHAGON. (pág. 114). Manifesté hoy que este era el triunfo -si prosperaba la reforma en d Parlamento- de Herrera sobre Batlle y el señor Legislador Santoro asintió con la cabeza. . . .

. -.-.- 46

Page 42: BANCO CENTRAL DEL. URUGUAY - bvrie.gub.uy · Esta primera memoria del Banco Central del Uruguay incluye dos estudios diversas. La primera parte informa sobre el proceso doctrinario

En el Ambulatorio, otros señoies-legisladores blancos me manifestaron que era el triunfo de Herrera y de Nardone. No les parecía bien que se estableciera que era sólo el de Herrera.. .

¿Dónde están aquellos.que decían que el proyecto de Nardone sobre el Baneo Central era un proyecto fascista? ¿Dónde eslán los que, dorante mucho tiempo, censuraron las ideas de Nardone por retrógradas y como impuestas dentro de una orientación faseistizante? Desaparecieron.

(17) Decreto N" 613i967 de 12 de setiembre de 1967, articulo 1".

(18) Articulo 196"e la Constitueión de la Republica: (Véase la nota 6, ut supra).

Articulo 1' de la Ley Nq 13.594 de 6 de julio de 1967: "El Baneo Central dc la República creado por el artículo 1969 de la Constitueión se denominará "Banco Central del Uruguay", y es persona juridica capaz de todos los derecbos y obli- gaciones".

Artículo 24" de la Ley N' 13.608 'de 8 d e setiembre de 1967 (Ley de Emergen- cia): "El Banco Central del Uruguay sin perjuicio de las facultades eorrespon.' diéntes a su earácter de Ente Autónomo Comercial, podrá fijar y percibir comi- siones por prestación de servicios, como retribución de las actividades que le hayan sido o le sean atribuidas por normas legales o administrativas".

Ley N* 9.808, 2 de enero de 1939, articulas 2' y 32: "E1 Banco de la República Oriental del Uruguay es persona jurídica capaz

de todos los derechos y obligaciones que establecen la presente y demás leyes de la nación. Su domicilio legal y principal asiento es la ciudad de .Montevideo, sin perjuicio del de las sucursales respecto de sus operaciones. Cuando el Banco sea demandado conocerán en los juicios respectivos los Juzgados del Departa- mento de Montevideo.

La representación del Banco y del Direotorio estará confiada al Presidente, asistido del Secretario General; y en materia patrimonial será ejercida conjunta. mente por el Presidente y el Gerente General, quines podrán otorgar también con- juntamente poderes y conceder por medio de ellos todas las faeultades, aún aque. llas a las cuales las leyes exigen autorización expresa.

Los Gerentes o Contadores de las Sucursales del Baneo, conjuntamente con los Contadores o los Cajeros o los funcionarios que hagan sus veces, en cada caso, tendrán también la representación del Baneo en las localidades eri que ejerzan s u s cometidos, y suscribirán, en ese carácter las escrituras y documentos públicos y privados, ya se refieran a actos como a contratos de cualquier naturaleza. Cuan- do los funcionario. referidos en este inciso otorguen poderes, podrán también conceder todas las facultades aúnaquellas para las euales la leyes exigen auto- rización expresa.

Este mandato se ejercerá con sujeción a las leyes pertinentes, reglamentos del Baneo y resoluciones del Directorio".

"Los depósitos judieialis, los administrativos y los que deban efectuar par- ticulares en garantía de obligaciones y contratos con el Estado se harán en el Baneo sin perjuicio de la intervención que corresponde a la Dirección de Crédito Público, de acuerdo con las .disposiciones vigentes a la promulgacióu de la p r e sente ley. En el mismo se depositarán todos los fondos que se recauden en las oficinas del estad^.^

(Rigen para el Baneo Central en virtud del artículo 22 de la Ley No 13.608 de 8.9.67).

(19) Ley NV3.608 de 8.9.67, arríenlo 20.

(20) La disposición nansitoria letra ''HI ya fue transeripta, la "F'" dice: "El Banca Central de la República.. . por directorio de cinco miembros desig- nados en la forma indicada en el artículo 187s.9

(21) Articulo 1 8 7 ~ . de la Constimción.

(22) Ley Nv 13.608 de 8.9.67 aiticulo 22: en cuanto se -mite al articulo 6' de la Ley Noy9.808 de 2/1/39.

(23) Articulas 197 y 198 de la Constitueión.

Page 43: BANCO CENTRAL DEL. URUGUAY - bvrie.gub.uy · Esta primera memoria del Banco Central del Uruguay incluye dos estudios diversas. La primera parte informa sobre el proceso doctrinario

(24) Articulo 200 y 201 d e la Constitución.

(25) Artículo 191 de la Constimción.

(26) Artículo 193 de la Constitución.

(27) Ley N" 9808 de 2.1.39 mículo 7, (rige para. el Banco Cenml en virtud de la Ley N* 13.608 de 8.9.67, articulo 22).

(28) Ley N' 9808 de 2.1.39, artículos 16 y 17.

(29) Ley N' 13.243 de 20 .2.64, artículo 12.

(30) Ley N' 9808 de 2.1.39, artículo 18, inciso primero (redacción dada por la Ley N* 13.243-de 20.2.64, artículo 1").

(31) Ley N' 13.608 de 8.9.67, artículo 26; Ley N' 9808 de 2.1.39, aníeulo 20 (redacción dada por la Ley Nv 13.243 de 20.2.64, articulo 4) ; Ley NQ 12.359 de 3.1.57, artículo 6; Ley Nq 12.666 de 12.12.59, artículo 10; Ley N' 13.141 de 4.7.63, artículos 1 y 4; Ley BP 13.222 de 26.12.63, artículo 6; Ley N' 13.284 de 24.9.64, articulo 3; Ley N* 13.469 de 27.1.66, artículos 1 y 2; Ley N* 13.495 de 22.9.66, articulo 3; Ley 3% 13.597 de 27.7.67, artieulos 21 y 24 y Ley N"3.M18 de 8.9.67, articulo 29.

(32) Ley N* 13.608 de 8.9.67, articulo 21.

(33) Idem.

(34) Ley N' 9808 de 2.1.39, artículo 19.

(35) Idem.

(36) Idem.

(37) Ley N" 9808 de2.1.39, articulo -8, inciso 3 letra 6) (en la redacción dada por la Ley N' 13.243 de 20.2.64, artículo 1).

(38) Ley N' 13.782 de 3.11.69, artículo 79.

(39) Ley N9 9808 de 2.1.39, articulo 18, inciso 3 letra b) (en la redaceión dada por la ley N' 13.243 de 20.2.fi4, articulo 1).

(40) Idem, letra a).

(41) Idem

(42) Idem, inciso 2.

(43) Idem, inciso 1.

(44) Ley N' 13.608 de 8.9.67, articulo 29. . (45) Ley N' 13.330 de 30.4.65, artículos 9, 10 y 11 que dicen: "El Departamento de Emisión del Banco de la República organizari NI

Fondo Fapecial de Gsrantias que asegurará los depósitos constituidos por el público en la Banca Privada, sobre las siguientes bases:

1) El Fondo garantizará en cualquier caso la devolución a sus titulares de los depósitos bancarios basta % 50.000.00 (cincuenta mil pesos) de capital.

11) Dicho Fondo dispondrá de los siguicntes recursos:

a) Un impuesto de 0.50% (cincuenta centésimos por ciento) anual sobre las operaciones de redescuento que autorice el Departamento de Emisión,del Banco de la República a la Banca Privada y a cargo de ésta.

b ) Una prima obligatoria sobre los promedios triméstrales de los depósitos en moneda nacional eonstituidos,~n las instituciones bancarias privadas, a cargo de éstas, prima que fijará el Depatramento de Emisión del Banco de, la República anualmente y que no será superior al 1% (uno por mil) anual.

E) Los reintegros de que sc beneficiare el Fondo en virtud de la subrogación establecida en el artículo 3".

d) El producido de la coloeaeión de las disponibilidades del Fondo. Estas coloeaeiones serán resueltas por los 2/3 de los componentes- del Consejo Hono- rario del Departamento de Emisión del Banco de la Reptiblica".

Page 44: BANCO CENTRAL DEL. URUGUAY - bvrie.gub.uy · Esta primera memoria del Banco Central del Uruguay incluye dos estudios diversas. La primera parte informa sobre el proceso doctrinario

--4 los efectos de atender la devolución a 10s titulares de los depósitos p r e vistas en el N* 1 del articulo anterior, el Banco de la República podrá adelantar al Fondo hasta la cantidad de $ lOO:~.OOO.- (cien millones de pesos), la que se reintegrará con cargo al producido de los recursos previstos en el articulo anterior.

"En el caso de resultar insuficiente el Fondo estabkeido en el articulo ante- rior, el Departamento de Emisión del Banco de la República podrá efectuar la emisión extraordinaria que fucre menester para asegurar el cumplimiento de la garábtía queestablece el aniculo primero.

Dicha emisión se hará con el respaldo del activo liquido de los Bancos y Cajas Populares asistidos, quedando gravado "ipso juren con derecho real a favor del Departamento de Emisión del Banco de la República el patrimonio de cada Baneo o Caja Popular, por el monto de la asistencia monetaria prestada..

El Poder Ejecutivo reglamentará a propuesta del Consejo Honorario el ejer- cicio de las facultades que se acnerdan por' este articulo al Departamento de Emisión.

Los billetes asi emitidos serán retirados de circulación a medida que el Fondo o la realización de los bienes gravadas reintegren el monto de la asistencia."

(46) Ley N'. 13.608 de 8.9.67, articulo 33, incisos 1 y 2.

(41) Ley N' 13.330 de 30:4.65, articulas 5 y 16. "Los Bancos y Cajas Populares no podrán: a) Participar en Empresas u operaciones comercialea, industriales, agrieolas

o de otra dase ajenas al @o bancario; b) Efectuar inversiones en acciones, obligaciones, y otros valores emitidos

por empresas privadas: e) Tener bienes inmuebles queno fueren necesarios para el uso justificada

de la institución. y sus dependencias; d) Prestar fianzas, avales o garantías de cualquier naturaleza e importancia

sea en moneda nacional o extranjera sin expresa autorización del (Banco Central), salvo las que se ajusten a las instrucciones generales que dicte dicho (Baneo). De dicha autorización quedará eonstaneia y se transeribirá íntegra en el seta de la sesión del Directorio del Baneo que decida la operación. Los Directores presentes deberán dejar expresa eonstaneia de su voto y se recabará por 'Secretaria la opinión de los no asistentes de la que quedará constancia en el Libro de Actas en la siguiente sesión del Directorio;

e ) Conceder préstamos con caución de sus propias acciones o destinadas a la integración de acciones emitidas por la institución, saho si se tratare 'de em- pleados del mismo Banco o Caja Popular previa autorización del (Banco Central) ;

f ) Conceder Créditos a sus directores, sindicos o fiscales excepto con garantía personal o real y mediando resolución votada unánimemente por los directores presentes;

g) Conoeder créditos o'préstamos a los funcionarios dependientes del (Baneo Central), sin ponerlo en conocimiento del (Directorio) de dich0'(Banco) ;

h) Conceder créditos o préstamos a personas físicas o jurídicas que no hiibietan presentado su estado patrimonial correspondiente al año anterior a sn otorgamiento o renovación, salvo en caso de gamtias reales o personales qae cubran las operaciones.

Dentro del primer año de vigencia de esta ley, las situaciones actuales serán examinadas-en cada caso, por el (Banco Central) y gozarán para su liquidación o reajustes, según se dispusiere, de plazo no menor de nn aíio a contar de la resolución respectiva.

Ei (Banco Central) deberá en en plazo de quince dias, y previamente a la aplicación de las dfsposieiones de esta ley, reglamentar las facultades m e por la misma, se le ynfieren, eon las exeepciqnes que contemplen su espirim y dando enen@ por intermedia del Poder Ejecutivo a la Asamblea General."

"Prohiiese la instalación de sociedades financieras, Bancos y Cajas Populares, así wmo la apertura de agencias y sucursales, salvo las que resulten de la fosión de las entidades existentes, o d e la +dquisieión de ,agencias o sueupales por los Baneos.

Page 45: BANCO CENTRAL DEL. URUGUAY - bvrie.gub.uy · Esta primera memoria del Banco Central del Uruguay incluye dos estudios diversas. La primera parte informa sobre el proceso doctrinario

Las actuales iociesades fínancieras, dentro del plazo de seis meses siguientes a la pmmdggcfún de la presente ley cesarán ewlas aeividades- financieras reser- vadas a los Bancos y Cajas Populares.

Se consideran actividades financieras, a los efectos de este articulo, las esta- blecidas en los incisos a) , b), e), d) y f ) del artículo 73* de la Ley N' 12.804, modificativas y eoneordantes".

.'' A r 6 d . o 73" , Ley. - Se entenderá que se desarrolla aetikdad fkaneiera, cuando se realiza directa o indirectamente, por cuenta propia o de terceros,algtma de las operaciones sigaientes:

á) Recepción del públicode toda clase de Zepúsitos en dinero; b) Emisión de Titulos de Ahorro: . .

. , . E) PX'&~OS; d) Inversiones en otras empresas; . . e ) Inversiones en titulo;, bonos, acciones, cédulas, 'debentures, letras o - valores mobiliarios de análoga naturaleza; f j - Operaciones de^ cambio; y g) Compraventa de i-ebles. . ~ . Cuando la aetividad financiera sea .la principal, el imp"eito gravará el total

de las rentas netas, iucl~so las .derivadas de actividades no.finaneieraa. Se enten- derá que la actividad financiera es la principal cuando:- , ,

' a El capital afectado 'a dicha actividad supereel 50% (cincuenta por ciento) del capital total fiscalmente ajustado de acuerdo a las normas que rijan en el impuesto sustitutivo. de herencias;

b) Las rentas netas derivadas de la aetividad financiera ,superen. e l 50% (einenenta por ciento) de las rentas totales". , , %

No están comprendidas en esta disposición las sociedades a. que se refiere 1s Ley N' 11.073, de 24 de- junio de 1948".

(48). Ley N' 13.330 de 30.4.65, articulo 6. /

(49) Ley N' 13.243 de 20.264, articulo 11.

(50) Ley N* 13.330 de 30.4.65, aaiculos 12 y 13.

(51); Idem. anic@o 14.

(52) Ley N' 13.782 de 3.11.69, articulo 79.

(53) Ley N' 13.330 de 30.4.6, &ticulo 15. , '

(54) LeyNQ 9756 de 10.1.38, articulo 11. Sobre este punto corresponde te- ner en cuenta, asimismq el articulo 34 de la ley N' 13.608 de 8.9.67 que establece:

' Z a 'liquidación decretada con posterioridad a la fecha, de vigencia d e la presente ley, de empresas comprendidas en el articulo le de la ley N' 13..243 de 20 de febrero de 1964, se regirá por lo dispuesto en el anículo 1lV de la Ley

.N9.756 de 10 de enero de 1938.*' La liquidación d e una institución bancaria privada tendrá fuero de atracción

con respecto a la liquidación de sus, empresas eolaterales,,eualesquiera fueren la naturaleza juridica y l a Lidole del giro de éstas.

A los efeétos de esta disposición, el 'Baneo Central del tirngky determinará las empresas colaterales de las instituciones bancarias priwdas en liquidación.

La resolución del Poder Ejecutivo a que hace referencia el inciso C) del articulo 189 ,de la Ley N* 9.808 de 2 de enero de 1939, en su redacción dada po r la Ley N' 13.243 de 20 de febrero de 1964, se entenderáque es cenfirmatoria de lo actuado, de no pronunciarse el Poder Ejeentivo dentro d e l término de noventa días de haber recibido' la información eircuostaociada."

(553 Ley N* 13.640 de 26 de diciembre de 1967, anicnlo 480'que dice: "Facúltase al Poder Ejecutivo a convenir con el Banco Cennal y con el Baneo

de la Repúbiica, según corresponda, la administración de los servicios de la deuda pibliea titerna y externa, Levas y Bonos del Tesoro y préstamos internacionales y demás cometidos que aehiaitnente tiene a su cargo la Dirección de- Crédito Público.

Page 46: BANCO CENTRAL DEL. URUGUAY - bvrie.gub.uy · Esta primera memoria del Banco Central del Uruguay incluye dos estudios diversas. La primera parte informa sobre el proceso doctrinario

Los funcionarios perteneeientes a la Dirección de Crédito Público que sean incorporados al Baneo Central del Uruguay o al Banco de la República, manten- drán la situación presupuestal que tienen actualmente, adecuada al ordenamiento que determinen dichos Bancos.

Los funcionarios de la Dirección de Crédito Públieo, el Tesorero General de la Nación que, de acuerdo a las leyes vigentes tengan causal jubilatoria, en la fecha de la sanción de la presente ley, podrán acogerse, ipso.jure, al régimen establecido en el articulo 5" de la ley N9 12.996, de 28 de noviembre de 1961, sus modificatiros y eoncordantes.

A todos los efectos se computará la remuneración que surja de la aplicación del Presupuesto General de Gastos de 1968.

Los funcionarios pertenecientes a la Dirección de Crédito Público, que no fuesen incorporados al Banco Central del Uruguay y al Banco de la República, que no tuviesen eausal jnbilatoria a la feeha de la sanción de la presente ley, serán incorporados s otras dependencias del Ministerio de Hacienda (161, mante- niendo su actual jerarquia presupuestal.

Decreto N' 135/969.

Articulo 1- - A partir del 1" de mayo de 1969, el Banca Central del Uruguay desempeñará los cometidos de Administración de los servicios de la deuda pú- blica interna y externa, Letras de Tesoreria y Bonos del Tesoro y préstamos in- ternacionales, que actualmente tiene a su eargo la Dirección de Crédito Público, atribuidos por las normas legales y reglamentarias que se mencionan en el primer Resultando del presente decreto.

Articulo ZV - Los funcionarios de la Dirección de Crédito Público que el Banco Central designe, serán incorporados a los cuadros funcionales del mencio- nado Banco en la forma prevista en el ineiso Z9 del artículo 480 de la ley N* 13.540 de 26 de diciembre de 1967 y de conformidad con las normas que el referido instituto establecerá en el término de sesenta dias.

Articulo 39 . El Banco Central del Uruguay dispondrá del uso del local, muebles y útiles que actualmente utiliza la Dirección de Crédito Público.

Articulo 4 O - Comuniquese, etc.

(56) Ley N* 13.óO8 de 8.9.67, articulo 23 que atribuye al Banco Central las facultades que la Ley N' 9808 de 8.1.39 atribuyera al Banco de la República en su artículo 29.

(57) Ley N' 12.670 de 17.12.59, articulo 3.

(58) Idem, articulo 12, ineiso 2.

(59) Ley N* 8.729 de 29.5.31.

(60) Ley N' 13.608 de 8.9.67, artículo 30.

(61) Ley Nv 13.608 dk8.9.67, articulo 38.

Page 47: BANCO CENTRAL DEL. URUGUAY - bvrie.gub.uy · Esta primera memoria del Banco Central del Uruguay incluye dos estudios diversas. La primera parte informa sobre el proceso doctrinario

SEGUNDA PARTE

Información

Económica y Financiera

Page 48: BANCO CENTRAL DEL. URUGUAY - bvrie.gub.uy · Esta primera memoria del Banco Central del Uruguay incluye dos estudios diversas. La primera parte informa sobre el proceso doctrinario

CAPITULO 1 P R I N C I P A L E S CARACTERISTICAS

Page 49: BANCO CENTRAL DEL. URUGUAY - bvrie.gub.uy · Esta primera memoria del Banco Central del Uruguay incluye dos estudios diversas. La primera parte informa sobre el proceso doctrinario

Capitulo 1

Principales características de la actividad económica y financiera

A. INTRODUCCION

La iniciación de las actividades del Banco Central del Uruguay-, en marzo de 1967, coincidió con e1 agravamiento de las desfavorables tendencias +e han caracterizado a la economía urnguaya en los últimos años.

Las mismas consistían básicamente en:

a) Estancamiento pronunciado de la producción, con sus conse- cuencias de elevadas tasas de desocupación y conflictos sociales.

b) Aguda inflación que ha significado el distorsionamiento 'de incentivos a la actividad, desestímulo al ahorro y a la inversión, y orientación de esta última incompatible c o i los objetivos de desarrollo.

c) Desequilibrio presupuesta1 de la hacienda pública, que ha operado como principal factor liiitanie de los programas de .esta- bilización monetaria.

d) Deficitaria situación de pagos con el exterior, de la .cual se derivaban serias limitaciones en el manejo de la política cambjaria y de comercio exterior.

Los esfuerzos de estabilización interna y externa y de recupe- ración de los niveles de actividad de 1967 - 68, se desarrollaron en el marco de las limitaciones' derivadas de esta situación. A ello se agregó, en 1967, la desfavorable evolución de los factores naturales, que redujo drásticamente el nivel de producción de sectores básicos. Por otra parte, ciertos cambios de orientación de la política econó- mica y la falta de oportunidad en la adopción de medidas de corto plazo, impidieron la obtención de mejores resultados en relación con los citados objetivos. En el sector externo, se asistió a un deierioro de los precios básicos de exportación, y a restricciones en los mercados de destino de los mismos.

Como resultado de la conjunción de estos factores, se registraron en 1967, retrocesos muy considerables en aspectos fundamentales de la economía: - Un deterioro importante en el volumen físico de la ~roduc-

ción. El producto interno bruto experimentó un descenso de más del 6 C/o, solamente superado en las tres últimas décadas por el año 1942, en +e el nivel de actividad descendió un 9 %. . .

. - Un explosivo crecimiento de precios, cuantificable mediante el índice de precios para consúmidores, que durante el año se elevó en 136 % con relación a diciembre de 1966. Esto afectó considera-

57

Page 50: BANCO CENTRAL DEL. URUGUAY - bvrie.gub.uy · Esta primera memoria del Banco Central del Uruguay incluye dos estudios diversas. La primera parte informa sobre el proceso doctrinario

blemente el nivel de salarios reales, ya que los aumentos de las re- G muneraciones del trabajo no siguieron, en general, el ritmo de las

alzas de preeios. - Un acentuado desfinanciamiento del sector fiscal (23 % de

los egresos), que fue solventado en un 75 C/o con crédito del Banco República. Ello incidió como principal factor de incremento de la emisión monetaria, que alcanzó prácticamente el 100 %.

En el sector externo, si -bien el intercambio comercial aeumuló un saldo negativo de 6 millones de dólares, las reservas internacionales se vieron incrementadas en 9.6. millones de dólares, fundamental- mente como consecuencia de la devaluación monetaria del 6 de noviembre, que llevó el tipo de cambio' oficial de S 99 a 200 por dólar, atrayendo una importante masa de divisas al Banco Central.

Los fenómenos reseñados configuraron una seria restriccióq a los esfuerzos tendientes a lograr la estabilidad monetaria, e impidieron atender las necesidades de financiamiento imprescindibles para la promoción de la actividad privada. La expansión .¿le los medios de pago durante el año, debió destinarse a financiar al sector púb?ieo, cuyos ingresos no alcanzaron el incremento proyectado. Esta distor- sión de los esquemas de financi*iento.propuestos fue más acentuada en la segunda mitad del año, a medida que se aceleraba el aumento de precios y su incidencia en el déficit fiscal.

A princtpios de 1968, el gobierno adoptó u11 nuevo- esquema d e formulado a través de los prograinas Económico.Fia~iero

y de Inversiones y de Promoción del Desarrollo. -Dichos programas - ' contenían un conjunto de medidas orientadas hacia e l logro de la

reducción gradual de la inflación y de la reeuperación de la aetividad interna. Las acciones programadas tuvieron una mayor coherencia que en e1 pasado, al coordmarse en un conjunto orgánico de medidas a.aplicarse simultáneamente en diversos campos. Dentro de los obje- tivos de eorto plazo destacaban los siguientes: - Descenso de la tasa de inflación a menos de la mitad.de la

registrada en - 1967.

- . . . Recomp&ición del de reservas de la autoridad monetaria. ', -. Abatimiento sustancial del paswo externo a eorto plazo.

' En relación con estas, metas, selograron importantes avances en 1968. La disminución del ritmo de alzas de precios no fue gradual, como se ~rogramó, sino que presentó un comportamiento irregular en -eltranscurso delaño.Hasta efmes de junio, el proceso inflaciona- rio se aceleró, debido en parte a Iás presiones provenientes de la escasez de la oferta de productos agrícolas y a los ajustes efectuados e n las tarifas de servicios públicos. A ello se agregó l a demora en la implantación del programa en lo que tiene que ver con la política de precios e ingresos, que determinó el rápido agotamiento del mar- gen de seguridad previsto en el t ipbde cambio al efectuarse la deva- luación de noviembre de 1967. Ello obligó a un nuevo ajuste del tipo de cambio en el mes de ab& que no tardó en reflejarse en los precios internos. . ~ .. . . .~ ~. ,

Page 51: BANCO CENTRAL DEL. URUGUAY - bvrie.gub.uy · Esta primera memoria del Banco Central del Uruguay incluye dos estudios diversas. La primera parte informa sobre el proceso doctrinario

A partir del mes de junio se produjo una detención brusca del proceso de alza de precios, por la adopción de medidas de control directo por parte del Poder Ejecutivo. La mayor coherencia de la política de precios, y el vuelco favorable experimentado por la pro- ducción agropecuaria, permitieron e1 éxito de las medidasde eata- bilización, al punto de que las variaciones de precios en el segundo semestre del año fueron insignificantes. ~.

En materia de mejoramient'o, delreservas y de crédito interna- cionales, en el año 1968 se obtu'vieron logros de importancia: mayor disponibilidad inmediata de medios de .pago intcrnaFiouales, des* feetación de reservas de oro prendadas y~disminución de la püosión de compromisos en moneda extranjera ...

Desde el punto de vista de .la.reducción del déficit fiscal, también fueron significativos los resultadds alcpusados en 1968. A diferencia de lo sucedido en otros años, el c~portamiento fiscal no generó presiones para expansión monetaria, sino que por el. contrario, operó como factor de contención' que permitió contar con recursos supe- riores a los previstos para enfrentar la demanda de crédito del sector privado.

Mucho más modestos fueron 16s Pv?yes en lo que tiene que ver con e! incremento de la actividad interna,, en concordancia. con las previsiones realizadas al comenzar fi año. Xo se registraron, en 1968, aumentos apreciables en eÍniv$ de la producciói aunque. se rea- lizaron 'mayores esfuerzos tendientes a. i;oejorar e incrementar la infraestructura re$, fundamentalmente a través de la aplicación de rec&os externos al f$ancianiiento de 'obras pÚblicaC -1

Las- metas del propama monetario fueron, asimismo, alcanzadas en -mayor grado que en el +o, pasado. El' +mento de la emisión de la autoridad~m&~eta+a para necesidades de crédito interno fue inferior a lo en el pres~puesto~ monetario, a ia me- jora en la situación fiscal, que permitió reducir el financiamiento requerido por el sector público. La expansión monetaria total del Banco Central y Banco de la República fue superior a los topes propuestos, en virtud del impulso expansivo proveniente del citado üieremento en las reservas +temacionales netas. El créditb del Bapw déla Xepública al sector privado superóescas+nente 10s topes pro: puesios; 10 ' cual S-@Sic6 uña .;dismbuci&,. en términos reales, del

. ~ . . monto de colocaciones a dichó's&tof. - '

E n resumen, en 1967-68 ha persistido el deterioro de la economía en SUS aspectos reall. La ev~lución registrada desde mediados de 1968 lia sígnifieaao, sin. einbargo,unnotisrh rnejor&ientó: -en relación +u la ewaci$n- de- dese+ilib+us fiiancieros y atenuacióndel pro- cqoinflacionario. Estos hechos, canjuntamente con l a mayor.cohe- rencia en la conducción de la política de corto plazo, parecen aportar la base imprescindible para una recuperación de 30s niveles de a&-

. ~ vidad interna. - -' - - - 1 . . . . . .. .

Page 52: BANCO CENTRAL DEL. URUGUAY - bvrie.gub.uy · Esta primera memoria del Banco Central del Uruguay incluye dos estudios diversas. La primera parte informa sobre el proceso doctrinario

B. PRODUCTO Y GASTO GLOBAL Ih'TERiVO

1. Producto Bruto Interno

Durante el año 1967, el produeto bruto interno registró un des- censo de más de 6 % con respecto a 1966 y de alrededor del 3 % en relación eon el quinquenio 1962/66. Tuvo particular incideneia la caída operada en el sector agropemario por efecto de las fuertes pér- didas que ocasionaron los factores climáticos.

El decrecimiento del nivel de actividad de la economía en su conjunto adquiere mayor significación al expresarlo en ténninos "per cápita". Al tener en cuenta el aumento poblacional, el producto por habitante de 1967 se sitúa en el nivel más bajo de los. últimos 18 años.

En 1968, la actividad económica se mantuvo prácticamente en los niveles del anterior, tanto en lo que respecta al conjunto de la producción como a los diferentes sectores. El producto per eápita volvió a mostrar declinación con respecto al nivel del año precedente.

El análisis de la evolución de las principales ramas de actividad muestra que, en 1967, el sector agropecuario fue el que presentó la mayor contracción. La caída del volumen físico de la producción del sector alcanzó al 19.2 % con respecto a 1966 y a 10.7 % en rela- ción con el quinquenio 1962/66. Fue tan desfavorable ei comporta- uúento de los factores naturales que es posible afirmar que, en las últimas décadas el Urnguay no ha soportado un lapso de 9 meses tan adverso como el de enero-setiembre de 1967. Al principio se manifestó un período de sequía por aproximadamente cinco meses; más tarde hubo heladas y fríos con temperaturas míiiimas desusadas y lluvias continuas por espacio de tres meses. Las condiciones climáticas fueron favorables durante el mes de octubre; pero nuevamente desde el mes de noviembre comenzó a manifestarse un período de sequia, que tuvo gravitación en las cosechas que comenzaron a levantarse a principios de 1968 y en el renglón pecuario.

Dentro del sector agropecuario, la agricultura fue la actividad más perjudicada, .registrándose fuertes .disminuciones en los rendimientos y reducciones de áreas sembradas. Los rubros más afectados fueron los de cerealeg oleaginosos y sacarígenas. La ganadería también expeii- mentó una importante declinación (13%) aunque de menor magnitud que la de agricultura, destacándose el descenso de la producción en

. ganado bovino. El volumen de la producción de trigo descendió en 40%, debido

fundamentalmente a la caída de rendimientos, y algo similar ocurrió con respecto al maíz. El arroz fue el único eultivo que siguió, mostrando ritmo ascendente, a pesar de las pérdidas originadas por la sequía en la época de cosecha.

La producción de oleaginosos mostró un fuerte r&oceso con res- pecto al año anterior, debido a una declinación simultánea en el área sembrada y en los rendimientos.

En el rubro "sacarígenas" el deterioro de la producción fue del 33%. Además de la incidencia de los factores cliiáticos, la caída re-

Page 53: BANCO CENTRAL DEL. URUGUAY - bvrie.gub.uy · Esta primera memoria del Banco Central del Uruguay incluye dos estudios diversas. La primera parte informa sobre el proceso doctrinario

gistrada se explica por la reducción del área sembrada que derivó de limitaciones de índole financiera.

En frutas y hortalizas, se zegistró una variación negativa del 15%, debido principalmente a los perjuicios causados en los montes de , fmtales por las heladas del mes de junio. En horticultura, las con- secuencias de las malas condiciones del clima tuvieron menor signi- ficación. Si bien se sufrieron pérdidas totales en algunos casos, las mismas estuvieron, en general, asociadas a variedades cuya partici- pación dentro del grupo no es muy importante.

La prodneción de los distintos tipos de carne -que representa alrededor del 50% del subsector ganadería -se vio afectada de ma- nera disímil por los factores climáticos. En el caso de los bovinos, donde el descenso alcanzó al 17%, se produjo una mortandad de casi 5% del stock, notándose además un desmejoramiento general de las haciendas. La producción de leche disminuyó en 16.7% respeeto a 1966. El peso promedio de los animales faenados cayó en 3% con respecto a 1966. A los efectos de permitir la recuperación del ganado se estableció la prohibición de la faena de vacunos para consumo interno por un período de dos meses.

El sector ovino fue uno de los más afectados, al coincidir la época de parición de las majadas, con la presencia de las más rigu- rosas eondicioues climáticas de todo el año. La mortandad de cor- deros adquirió características desusadas, registrándose, además, una mortandad de 2% en las majadas generales. La producción de lana decayó en 8.1%,

La producción de ganado porcino no mostró deterioro impor- tante, manteniéndose en los niveles del año anterior.

En 1968, la produceión agropecuaria apenas superó el exiguo nivel alcanzado en 1967, caracterizándose por marcadas oscilaciones a lo largo del año, impuestas por los cambios climáticos. El subsector pe- cuario se recuperó considersblemeute; pero la agricultura volvió a decaer en forma drástica. Las variaciones con respecto al año anterior fueron de 14.3% y de -25.9F/o, respectivamente. Como ya se ha ex- presado, la actividad en los primeros meses del año se n o perjudicada por la sequía prevaleciente desde noviembre del año anterior, que cansó deterioro en las pasturas e insufieieneia en la producción de forrajes. Se registraron importantes reducciones del volumen de co- sechas levantadas en ese período.

La mejora de las condiciones del elima hacia la mitad del año permitió una normalización de la producción pecuaria, y propició un mejoramiento sensible en las actividades de siembra, fundamen- talmente en lo relativo a los cultivos de cereales y oleaginosos. La actividad recibió además el estímulo del plan de inversiones y de crédito al sector agropecuario que se puso en marcha durante el año, como parte del Programa de Inversión y Promoción del Desarrollo. Las principales acciones emprendidas dentro de este programa se rela- cionan con la ampliación del área destinada a la agricnltura, mejo- ramiento de praderas y de sanidad animal.

La actividad a m o l a registró una disminnción muy marcada en la casi generalidad de los cultivos. Los grupos más afectados en la

Page 54: BANCO CENTRAL DEL. URUGUAY - bvrie.gub.uy · Esta primera memoria del Banco Central del Uruguay incluye dos estudios diversas. La primera parte informa sobre el proceso doctrinario

cosecha. 1967168 fuerou los de cereal+ olcaginos,os y raíces y tu- bérculos, con reduecioues de 43, 35 y 50%, respectivamente, con res- pecto a la cosecha anterior.

En lo: que tiene que yer eon los cereales de invierno y lino, el área sembrada aumentó 61.5% con respecto al año anterior, corres- pondienendo la mayor participación a los cultivos de trigo, lino, avena y cebada común. Los eultivos de verano se vieron afectados po r -he - gularidades del r é m e n de iluvias, registrándose sensibles disminu- ciones de 'áreas sembradas y- de rendimiento, especialmente en maíz Y. guasol. , . La evolución del sector pecuario fue, como se expresara, más favorable; la producción alevzó -a considerable recuperación luego del fuerte -decaimiento experimentado en 1967. , '

La produceión de carnes ofreció buenas perspectivas una vez finalieada la sequía imperaute- en, los primeros meses del año. Las condiciones benignas. que. se presentaron durante el invierno propi- ciaron-la rápida recuperaciónr del ganado y la baja mortandad. Los procreos fuerou excelentes, s&re todo en ovinos.

Durante los primeros meses del año la exportación de carne ae vio.entorpecida.por l a suspensión de las compras britáqicas a los países de ganadería afectada por aftosa. Esta situación originó la acumulación .de existenciar de .ganado, cuyo mantenimiento fue difi- cultándose a medida ,que se agravaba la sequía. Estas existencias encontraron e n -parte -colocación .a partir del levantamiento de la veda por parte del gobierno británico a mediados de abril. , .

El consumo interno se mantuvo al nivel de 1967. Las principales dificultades para el.abasto a Montevideo, se derivaron de -las difioul- tades .finamieras que obligaron al Frigorífico Nacional a restringir su activídad, hacia mediados de año. En el correr $el segundo semes- tre, se modificó la estructura. de precios de . carne para consumo, con el objeto de facilitar la salida de cuartos traseros. Por otra parte, se decretó la prohibieión de faena de vacunos durante un mes para facilitar, la eoloeaei6n de los stochs de earne congelada del Frigorífico Nacional, buscando-.así una solueión al problema finpciero de.esa empresa. . . Sin embargo, a esta altura-.del año, la oferta de ganado para abasto era reducida. en ra@n de que los valores ofrecidos por e l Fri- gorífico eran inferiores a los que pagaban los frigoríficas del interior, especialmente aquellos ubicados en los departamentos .limítrofes a Montevideo. Ello -motivó -la prohibición de la faena de bovinos y la veoa de carne vacuna al público durante 3 días semanales. Tal si- tuación .- se mantuvo. hasta noviembre..

La produccióú. de ganado vacuno aumentó aproximadamente un 2Z2% con respecto.al año anterior..La faena total alcanzó a 1:400.000 reses. El +remento sobre el-año anterior se debió a la mayor matanza para qportaeión.

La producción de lanar@stró un incremento del 5% en la za- fra 1967/68.

- La produc~ióu de leche que tuvo un incremento de l& con rela- eión a 1967,. logró recuperarse de los perjuicios ocasionados por la

Page 55: BANCO CENTRAL DEL. URUGUAY - bvrie.gub.uy · Esta primera memoria del Banco Central del Uruguay incluye dos estudios diversas. La primera parte informa sobre el proceso doctrinario

sequía de principios de año, gracias a las buenas condiciones del elima y de las pasturas prevalecientes en el resto de 1968.

Cuadro 1.1. - VOLUlMEN FZSICO DE LA PRODUCCION AGROPECUARIA

(Indices base 1961 = 100)

GANADERIA AGRICULTURA

. . . . , Olea- C"laIol Raíces Sub Carea- indvr Y ui- Sub

ASOS Ganad? Lana Leche ?tal Les úiale. bhulos total TOTAL

1966 99.4 102.4 96.0 100.3 125.4.103.9 178.2 111.7 123.2 107.9 1967 81.1 94.1 80.0 85.6 82.9 87.5 141.0 86.2 93.3 88.7 1968 (') 100.0 98.8. 88.0 97.8 47.2 56.9 106.7 ( 2 ) 43.1 69.1 90.1

. . . . . . 1 Cifras .provisionales, .s+etss a ajuste. , . . ,

(2) IÜcluye los restantes productos del Sub-sector Agricultura.

En i967, la industria maAufactur.&a' acusó descenso de los niveles deactividad en casi todas lasramas. En e1 total, la baja fue del 7.2% con respecto a 1966,,y, del 2.3% con respecto al promedio del período, 1962-66.

Lis $ertu?ba;iques ya coinentadas incidieron en la 'decl&a&ión de los volúmenes de producción'de las industrias que insúinen productos agropecuarios, como es el caso de fngoríficos,'iudustria molinera, acei- tera y, en general de todo el sector de alimentos manufacturados. En productos 'químicos, en cambio, aeasistió a un importante erecimiento por efecto, de la mayor.-demanda de productores rurales para tonificar suelos y haciendas.

E n la industria de la carne enparticular, a la escasee de mate;ia prima por lo ya expresado, se adicionaron otros problemas 'impor- tantes en relación con. el mercado externo. En el mercado interno, las deudas.de los frigorificos con los ganaderos fueron determinando dificúltades de abastecimiento. . . .

- La nueva crisis de la eoústmcción repercutió +las industrias pro- ductoras de los respeetivos artículos de demanda intermedia. As< se anotaron, ,en aI<gnnos ea.%, deseemos de distintos grupos de mate- riales de constmceión y en otros, si biensemantuvo~el nivel de produc- eión, se iqistraron importantes acum~lacioues de .&iencias (hierro redondo y vídrió;~por ejemplo). , . - Otras ramas.de1 wctor manufacturero vieron reducido su mercado i n t e r n ~ : ~ o r la ,reestructuración de consumói familiares que deiiVó del agudo crecimiento de precios operadi en rubros de earaeterísticas imprpcinindibIeC Elfeuómeno~-se apréeió en úidustrias tales como las de bebida Vestimenta y electioteenia; que poseen mayor elasticidad- precio que los artículos de primera necesidad.

Un hecho de bportaneia que se constató en la. mayor parte de las industrias que padecieron problemas de eontraeción de l a demanda i n t e m ~ f u e el esfuerzo de algunds empresarios para la' colocación de su-producción en el exterior en la búsqueda de &a demanda susti-

Page 56: BANCO CENTRAL DEL. URUGUAY - bvrie.gub.uy · Esta primera memoria del Banco Central del Uruguay incluye dos estudios diversas. La primera parte informa sobre el proceso doctrinario

tutiva. Este proceso no dio, sin embargo, resultados apreciables, en lo que respecta a industrias de exportación no tradicionales, no obstante que la eapaeidad de competencia se mantuvo favorable en relación con países veeinos. , .

En 1968, la producción manufacturera habría alcanzado un débil aumento (1.6%), con respecto a 1967.

Las industrias que producen para el mercado interno, vieron agu- diiados, en el primer semestre del año los problemas derivados de la retracción de la demanda, por causa de la caída del salario real de im- portantes grnpos de trabajadores. Este factor afectó principalmente a las ramas de bebidas, t.abacos, de artículos de consnmo duradero y de producción de bienes finales de la industria química.

Por otra parte, varias de estas industrias tuvieron dificultades de abastecimiento de materias primas, como cousecuencia de la drástica reducción de algunas cosechas, tales como la de m a í i ~ y girasol. El déficit de trigo fue cubierto con importaciones financiadas según ,el régimen de la ley 480 de EE.UU. ~ . .

El deereto de congelación de precios y salarios, del 26 de junio provocó un mayor debilitamiento de la demanda interna.Además de la reducción del poder de compra, influyó desde entonces la deten- ción del proceso de formación de existencias especulativas en ampli~s sectores del comercio. Dicho factor operó fundamentalmente hasta el mes de setiembre, en que se reiniciaron los pedidos del comercio, una vez que sus stocks alcanzaron nivel normal.

El consumo se recuperó en buena medida hacia el fin de año, debido al mejoramiento del poder de compra del sector rural y de las remuneraciones reales de los funcionarios públicos y de los obre- ros industriales. Influyeron también algunos factores estacionales, como el cambio de temporada, los gastos extraordinarios de fin de año y el comienzo de la entrada de turistas, que favoreeen en espe- cial a las industrias textiles, de. indumentaria, de bebidas y tabaco.

El nivel general de la actividad de estas industrias acompañó la recuperación de la demanda en el último trimestre, aunque la mejora fue insuficiente para recuperar la desfavorable evolución experimen- tada en el resto del año. ,

Las industrias exportadoras, pm el contrario, lograron superar el nivel de producción de 1967. Los mcrementos de mayor significación, por q incidencia dentro del total de la producción del sector, fueron los registrados en la actividad frigorífica, cuyas exportaciones crecie-. ron en p SO%, y en las industrias textiles de la lana, que se vieron favorecidas por la buena demanda, internacional para los casimires y tops, El consumo de algunos productos textiles (especialmente pren- das de vestir y frazadas) se vio tonificado por la demanda del tu- rismo, estimulada por 1a.buena capacidad de competencia con relación a Brasil y Argentina.

La .industria de materiales de construcción logró incrementar en medida sustancial (170%) el volumen de sus exportaciones, especial- mente hacia Brasil, logrando a+, sortear~estricciones del mercado in- terno derivadas del agravamiento de la crisis de la constnreción. ..

Page 57: BANCO CENTRAL DEL. URUGUAY - bvrie.gub.uy · Esta primera memoria del Banco Central del Uruguay incluye dos estudios diversas. La primera parte informa sobre el proceso doctrinario

Por otra parte, se regisir6 un considerable hcremenzo en las exportaciones no tradicionales de origen industrial, gracias a las me- didas de estímulo a través del restablecimiento de reintegros de impiiestos.

Ci~adro 1 . 2 . - VOLUMEN FISICO INDUSTRIAS MANUFACTURERAS

(Indices base 1961 = 100)

Años Indice

(1) Elaborado con las variaciones ocurridas entre lo$ 9 primeros meses de 1968 y el misma periodo del año anterior.

Luego de la recuperación experimentada durante el aiio 1966, la actividad consirnctora volvió a decaer en 1967. El descenso del volu- men físico fue del 7.2% con relación al año anterior, y se explica prin- cipalmente por la declinación de la actividad constructora del sector privado, desestimulada por la rápida suba de los costos y la falta de instrumentos de financiación a mediano y largo plazo, que ha sido característica de los últimos años en el país. . Los mismos factores continuaron operando durante gran parte de 1968, por lo que la constrncción privada se mantuvo estancada al bajo nivel del ano anterior. Se espera que la actividad se vea toriifi- cada, por u n lado por la canalización de fondos internos y externos a raíz de la aprobación de la Ley de Viviendas, y por otro, por la estabilización de los costos, operada desde el mes de junio. Por otra parte, la construcción masiva de viviendas multifamiiiares segura- mente originará una disminución del costo medio por metro cuadrado de construcción.

El comercio experimentó en 1967 una reducción del 6% que se .enes. atribuyen al receso de las actividades productoras de b:

Con respecto a los bienes de origen agropecuario, fue muy impor- tante la reducción registrada en la intermediación ganadera, y las caídas en renglones básicos de la producción agrícola. En cuanto a las ventas de manufacturas, las principales disminuciones se anozaron en los rnbros de yatimenta, artículos eiéetrieos para el hogar y caucho, perjudicadas por el cambio de composición de los consumos familiares.

En 1968, de acuerdo con estimaciones preliminares, el volumen de la intermediación se mantuvo al nivel del año anterior, como resul- tado de un leve aumento en el volumen físico de los bienes de origen nacional, compensado por una reducción en lo que respecta a bienes importados.

El sector transporte, almacenaje y comunicación por su 'parte, se vio también influenciado en 1967 por la retracción de la producción

Page 58: BANCO CENTRAL DEL. URUGUAY - bvrie.gub.uy · Esta primera memoria del Banco Central del Uruguay incluye dos estudios diversas. La primera parte informa sobre el proceso doctrinario

de bienes, qiie indujo una contracción en el volumen de la c a r p transportada. En lo que tiene que ver con el transporte de pasajeros, las freeuents subas en las tarifas determinaron la caída de la deman- da. El producto del sector descendió en 5.6% con respecto a 1966.

En 1968, la actividad se mantuvo al mismo nivel a pesar de cierta recuperación anotada en el transporte ferroviario, y en el tráfico aéreo de pasajeros por parte de la empresa estatal PLUNA

El sector electricidad, agua, gas y servicios sanitarios presentó descensos en su producción en 1967, como resultado de la declinación de todas las aetividadei con excepción de la venta de energía eléc- trica, que se incrementó en un 5%. En 1968, se registró un leve re- punte del 1.3%.

En cuanto a Propiedad de Viviendas, sn comportamiento fue pa- ralelo a los anteriores, con variaciones de -5.8% y 1% en 1967 y 1968, respectivamente. El sector "Otros Servicios", que incluye a bancos, segaros y otros intermediarios financieros, s e ~ c i o s de Gobierno Cen- tral y otros servicios, declinó 2.1% en 1967, y nuevamente se redujo, en una tasa similar, en 1968.

2. Consumo e inversión

a. Consumo . . . ,

El monto de los gastos de consumo del Gobierno no ha alterado, en 1967 y 1968, su participación en la demanda final, que se mantuvo algo superior al 10 %. En cuanto alconsumo privado, d'eclm6 leve- mente en 1967 tanto en términos absolutos como en su participación en el total del gasto. Estas caracteristicas se mantuvieron en 1968 (l). Como resultado de lo anterior, el consumo global. ha seguido uha tendencia levemente declinante a uavés del período 1967 - 1968.

b. Inversión bruta interna

La inversión bruta fija en 1967 se incrementó en 17 % por sobre el nivel alcanzado el año anterior, aunque manteniéndose sensible- mente inferior al promedio del período 1955 - 1964.

El incremento de 1967 si bien fue relativamente importante, no constituyó un factor de dinamismo en lo interno, por cuanto respon- dió a aumentos en la demanda de equipo de origen externo. Las im- portaciones de bienes de eapital, que sufrieron una drástica dismi- nución en 1966, creeieron en 76 % en 1967.

(1) Cabe advertir que, en virtud del método de estimación de las Cuentas Na eionales, este agregado incorpora errores de estimación en lo que tiene que ver con el producto, inversión, saldo externo y consumo del Gobierno Ge. neral, así como también las variaciones de existencia distintas de las de lana y ganado.

(2) El período de referencia excluye deliberadamente a los 6 0 s 1965 y 1966, en que se produjeron fuertes restricciones a la importación.

Page 59: BANCO CENTRAL DEL. URUGUAY - bvrie.gub.uy · Esta primera memoria del Banco Central del Uruguay incluye dos estudios diversas. La primera parte informa sobre el proceso doctrinario

En 1968 el estancamiento de la actividad constructora, conjun- tamenie con cierta declinación de la inversión en maquinaria y equi- po, determinaron que la formación bruta de Capital fijo presentara una leve disminución (0.1 %) con respecto al año anterior.

Por lo que se refiere al coeficiente de inversión, el aumento de la formación bruta del capital en 1967, simultáneamente con la dis. minución del producto determinaron que el mismo pasara de 10.3 % en 1966 a 12.5 % en 1967. Este valor se mantuvo en 1968.

Resulta evidente la escasa significación alcanzada por la inver- sión neta del país, si se tiene en cuenta que la asignación para depre- ciación de bienes de capital a precios de reposición oscila entre un 8 % y un 10 % del producto bruto interno. Lo anterior implica que la economía .uruguaya, en los últimos años solamente ha podido repo- ner el capital fijo desgastado durante el proeeso productivo corriente.

La mortandad ocurrida durante el año 1967 en el sector ganadero fue factor determinante de una variación negativa en las existencias de lana y ganado. En 1968, ee registró nu incremento de dichas existen- cias, aunque sin llegar a recuperar el nirel alcanzado a fines de 1966.

Cuadro 1.3. -CONSlJMO E INVERSION

(En millones de pesos a precios de 1961)

1966 1967 1968 ---

l. Consumo 15.532 14.667 14.408 a) Consumo privado 13.503 12.728 12.449 b) Consumo del Gobierno Central 2.029 1.939 1.959

2 . h e r s i ó n bmta interna 1.975 2.030 2.116 a) Inversión bruta interna fija 1.850 2.090 2.076 - Construmiones 1.351 1.260 1.290 - Maquinaria y equipo 499 830 786

b) Variación de existencias 125 60 40 3. Bienes y servicios disponibles (1+2) 17.507 16.697 16.524

C. PREClOS P SALARIOS

E el año 1967 los índices de precios mostraron una aceleración sin precedentes en el país, resultado de una conjunción de factores entre los que se destacan los problemas climáticos, la especulación y algunas decisiones en el área de las políticas económicas de corto plazo.

Las irregularidades del clima influyeron, como ya se ha señalado, provocando la escasez de abastecimientos básieos de origen agrope- cnario, que redundaron en aumentos considerables de precios a nivel de consumo. Los precios del trigo, maíz, frutas y legumbres, papas y leche fueron afectados por la fuerte caída d e la producción.

Las subas del tipo de cambio registradas en los meses de marzo, mayo, agosto y noviembre de 1967 constituyeron importantes factores- de elevación de los costos, cuya incidencia tuvo lugar no solamente

Page 60: BANCO CENTRAL DEL. URUGUAY - bvrie.gub.uy · Esta primera memoria del Banco Central del Uruguay incluye dos estudios diversas. La primera parte informa sobre el proceso doctrinario

en relación con los articulas importados, sino también con aquellos productos de exportación qne, como es el caso de la carne, son al mismo tiempo importantes renglones del consumo interno.

La política de precios, se orientó a evitar las alzas muy pronun- ciadas especialmente con respecto a las tarifas de las principales em- presas públicas, UTE y ANCAP. Sin embargo, no fue posible extender en estas medidas a importantes sectores de producción privados, de- bido en especial a los déficits en la oferta de algunos productos pri- marios, y a la eliminación de subsidios. (")

Los aumentos salariales tuvieron incidencia sobre los precios en 1967, aunque su efeeto se manifestó con cierto retardo, debido a que, de acuerdo con el sistema de ajustes, las violentas subas de precios registradas durante el año se reflejaron en alzas de salarios con M

desfasaje de 6 meses, aproximadamente, con lo que su efecto se tras- ladó hacia los primeros meses de 1968.

En 1967 las modificaciones presupuestales en todo el sector pú- blico tuvieron una importante incidencia sobre el nivel general de precios, determinando nuevos impuestos, eliminación de subsidios, elevación de tarifas de los bienes y servicios suministrados por el Es- tado; persistiendo aún un a p d o déficit del Gobierno Central y de las empresas públicas. En general, el desfinanciamiento del Gobierno Central, como se analiza en el capítulo respectivo de esta Memoria, provocó una exagerada expansión monetaria a través del crédito con- cedido por el BROU, lo que constituyó un aporte inflacionario de gran entidad.

Todos los factores descriptos en los párrafos precedentes crearon un estado de total inestabilidad en la actividad económica del país, lo eual se tradujo en alzas incontroladas de los precios. Estos hechos facilitaron la especulación y crearon permanentes expectativas alcista8 dificultando toda acción de contención de precios.

La evolución de los precios en el primer semestre de 1968 presen- tó características similares a las del aúo anterior. El acelerado pro. ceso inflacionario se interrumpió a partir del decreto 420/968, de! 28 de junio, que estableció la congelación de precios y salarios. El índice de precios a los consumidores, que había sufrido, con respecto al 31.12.967, un incremento del 64 a1 30 de Junio, aumentó sola- mente 1 .6 % en el segundo semestre.

Los factores que habían operado en 1967, determinando tasaa crecientes de alzas de precios, se manifestaron desde los.comienzos de 1968. En particular incidieron en el primer trimestre:

a) La escasez de productos agropecuarios, a raíz de las irregu- laridades elimáticas del año anterior y la sequía del verano de 1968.

b) La devaluación de noviembre de 1967, cuyos efectos se exten- dieron a los primeros meses de 1968.

c) Los aumentos de salarios del sector ~rivado. d) Modificaciones tributarias y aumentos de tarifas de servicios

públícos y precio de los combustibles.

( En 1967 fueron eliminados los subsidios al pan y al transporte colectivo de Montevideo.

68

Page 61: BANCO CENTRAL DEL. URUGUAY - bvrie.gub.uy · Esta primera memoria del Banco Central del Uruguay incluye dos estudios diversas. La primera parte informa sobre el proceso doctrinario

El índice de precios a los consumidores experimentó un alza cercana al 30 % en este primer trimestre, originando la necesidad de proceder a un nuevo reajuste cambiario del 25 O/o en el mes de abril, que restableciera la posición relativa del tipo de cambio.

En el segundo trimestre, las subas de precios obedecieron fan- damentalmente a las expectativas inflacionarias que llevaron a los sectores empresarios a elevar sus precios en forma anticipada a las variaciones de costos.

Como se ha expresado, la puesta en vigencia de las medidas sobre congelación de precios y salarios inauguró un periodo de estabiliza- ción sin precedentes en los últimos años. El éxito de estas medidas fue resultado de un conjunto de factores entres los que, cabe citar:

a ) El contralor de las alzas no justificadas; b) La presencia de amplios sectores de la actividad cornereial

e industrial con posibilidad de absorber aumentos de costos con cargo al margen de beneficio hmto generado por el reajuste anticipado de precios del período precedente;

c) Como factor coadyuvante, las favorables condiciones climáticas para la producción agropecuaria, determinaron en el segundo semes- tre una abundante oferta de productos horticolas que se tradujo en una baja sensible de sus precios.

Precios al por mayor de producros nacionales

El índice general elaborado por el Banco Central registró, a diciembre de 1967, un aumento con respecto al mismo mes del año anterior, de 124.7 %.

La devaluación de nuestra moneda y los factores elimáticos ad- versos expuestos anteriormente se vieron reflejados, en la mayoría de los precios que componen el índice. Tanto los artículos de exporta- ción como los producidos con materia prima importada, tuvieron in- crementos violentos en sus precios en los últimos meses del año. Lo mismo sucedió con los productos agropecuarios de consmno interno.

Si bien en el primer semestre de 1967 el incremento de los precios de los artículos manufacturados superaba al de los agropecuarios, en el total del año se anota un crecimiento mayor por parte de estos últimos. Esto se debe, en gran parte, al alza experimentada en el trans- curso del segundo semestre por los productos agrícolas (trigo, remo- lacha, papa y fmtas).

También los productos pecuarios aeeleraron el aumento de sus precios en el segundo semestre de 1967 pasando de 16.7 OJo en la pri- mera mitad del año a 83.7 s.

Los precios de los productos alimenticios, químicos, energía eléc- triea, tabaco, papel e imprenta y de la madera han sido los que han tenido subas superiores al nivel general de manufacturados.

Salvo el caso de alimentación, donde jugó principalmente el fac- tor climático, en el resto de los mbros examinados ha incidido fun- damentalmente la devaluación monetaria.

Page 62: BANCO CENTRAL DEL. URUGUAY - bvrie.gub.uy · Esta primera memoria del Banco Central del Uruguay incluye dos estudios diversas. La primera parte informa sobre el proceso doctrinario

En cambio se nota un incremento sensiblemente menor en los productos textiles y en especial en indumentaria. También se notó e1 mismo fenómeno en los bienes durables como los aparatos eléctricos. Este hecho se explica por retracción de la demanda.

Los productos del petróleo y la energía eléctrica tuvieron un gran aumento en el primer semestre, mientras que en el segundo se mantuvieron fijos.

En 1968, el mayor incremento correspondió a los productos ma- nufacturados, (74.5 s), siendo de destacar que al fin del primer semestre ya habían aumentado 70.1 /0 wn respecto a diciembre de 1967. Este aumento fue provocado principalmente por las alzas de salarios registradas en varios sectores importantes de la actividad privada, por la suba en el precio de los combmtibles en los meses de enero y mayo y de la energía eléctrica. En el segundo semestre, las mayores alzas se produjeron en los precios de azúcar refinada, aceite comestible y productos químicos.

Los precios de los productos agropecuarios se elevaron en el total del año, en 50.1 %. Dentro de este gmpo, el aumento más significa- tivo fue el de los productos agrícolas, con un 53.1 %, frenie a un 47.9 % de los pecuarios. Entre los primeros incidieron en el primer semestre los aumentos en el precio del trigo, de uva para vino y de oleaginosos; el incremento en dicho período fue del 62.9 %. En el segundo semestre, los precios de productos agrícolas descendieron en 6 %, debido a la baja de los precios del trigo, de la papa y de los productos hortícolas. Los productos pecuarios, por su parte, registraron en el fegundo semestre un alza del 7.8 O/o.

Cuadro 1.4. -PRECIOS MAYORISTAS DE PRODUCTOS NACIONALES

Porcentajes de variación

P r o d u c t o s Período

Sacio- Manufac- Agrope- Pecua- Agrí- nales turados cuarios rios colas

a) Año 1967 - Variaciones con respecto al ,31.I2.1966

Mar. 18.1 20.1 12.3 ' 9 .0 19.6 Jun. 31.5 34.9 21.3 16.7 31.5 Set. 61.4 57.4 72.7 58.7 102.0 Dic. 124.7 121.4 134.7 114.3 177.1

b) Año 1968 - Variaciones con respecto al 31.12.1961

Mar. 24.7 26.3 20.8 15.0 28.4 Jnp. 63.7 70.1 48.3 37.2 62.9 Set. 65.3 72.5 48.0 32.7 68.5 Dic. 67.4 74.5. 50.1 47.9 53.1

Page 63: BANCO CENTRAL DEL. URUGUAY - bvrie.gub.uy · Esta primera memoria del Banco Central del Uruguay incluye dos estudios diversas. La primera parte informa sobre el proceso doctrinario

Precios para consumidores (l)

El índice de precios al consumo refleja en el correr del año 1967 una situación similar a la deseripta para los precios al por mayor, con un ascenso de 136 % en relación con su nivel a diciembre de 1966.

El acelerado crecimiento experimentado por los grupos "Alimen- tación'' y "Vanos" se vio contrarrestado en parte, por un aumento mucho menor registrado en los rubros de indumentaria, como conse- cuencia de la retracción de la demanda, y. de vivienda, dehido a la contención que han significado las disposiciones legales relativas a los arrendamientos.

Czaadro 1 .5 . -INCREMENTO DEL ZNDZCE DE PRECIOS AL C 0 N S U . O DURANTE EL AÑO 1967

Incremento G r u p o s porcentual

Alimentación Indumentaria , ,

Vívienda Varios Indice General

La' característica más saliente de la evolución del índice de pre- cios al consumo en 1968 fue, como se ha expresado, la brusca desace- leración producida a partir del mes de julio. En los meses de agosto y setiembre llegaron a registrarse descensos del orden del 2.7 %.

En el primer semestre se registraron los aumentos de mayor im- portancia, siendo de destacar los producidos en el rubro alimentaeión, por el peso que este grupo tiene en el gasto de las familias.

Entre los bietxes y servicios de este grupo que tuvieron incre- mentos más significativos cabe mencionar a la leche, la carne y el pan.

Dentro del grupo "Varios" algunos renglones de alta ponderación en el consumo sufrieron aumentos. considerables. Entre ellos se des- tacan: asistencia médica, con aumentos de 84.6 % ; combustibles, 126 %; locomoción, 49 %'o; y energía eléctrica 50 %.

Durante el segundo semestre del &o, los precios de los bienes y s e ~ c i o s mencionados registraron aumentos de escasa entidad por lo que el índice general solamente creció 1.6 % con relaeión al 30 de junio. El mayor incremento correspondió al grupo "indumentaria"; los precios de "Alimentación" descendieron en 3.7 %, debido princi- palmente a la baja de los precios de productos hortícolas.

(1) El eomemrio de este apartado se basa en los resultados del índice que elabora la Dirección General de Estadistica y Censos.

Page 64: BANCO CENTRAL DEL. URUGUAY - bvrie.gub.uy · Esta primera memoria del Banco Central del Uruguay incluye dos estudios diversas. La primera parte informa sobre el proceso doctrinario

Cuadro 1.6. -INCREMENTOS DEL INDICE DE PRECIOS AL CONSUMO DURAKTE EL ARO 1968

(en porcentajes)

Incremento en el Incremento en el Incremento G r u p o s ler. semestre 2do. semestre. en el año

Alimentación 61.1 - 3 . 7 53.2 Indumentaria . 77.9 11.8 98.9 Vivienda 77.7 5.7 87.8 Varios 60.3 7 . 9 73.0 Indice General 63.7 1 . 6 66.3

Salarios

El índice de salarios industriales registró en el correr del año 1967 un aumento de 86.9 yo, netamente inferior al alza del costo de vida en el mismó período.

La aceleración del proceso inflacionario, particularmente marcada en el segundosemestrc del ano, determinó un deterioro en el poder adquisitivo de los salarios.

En la mayoría de las industrias, los incrementos de salarios fue- ron porcentualmente menores que los aumentos de sus precios en el el mismo período, lo cual implica que las remuneraciones a otros fac- tores de producción y los insumos crecieron en mayor proporción. Las excepciones fueron las industrias textiles, de vestimenta ' y de electrotecnia, donde el 'debilitamiento de la demanda impuso &a contención al ajuste de 1;s precios.

En 1968, los salarios de la industria registraron un alza del' 85 % sobre el 'nivel de diciembre de 1967, correspondiendo un 63 % al primer semestre y un ,14 'j6 al segundo. El índice experimentó un fuerte empuje en el mes de enero, en el que hubo ajustes de, salarios en varias industiias, originándose un aumento del 25,5:%. Hasta el mes de juniq continuaron los aumentos en otras actividades, llegando a in- crementarse el índice general en 63-%, al término del primer semestre.

Desde que el decreto 420/968 del 28/6/1968 estabilizó los precios y salarios a los niveles de junio,' estos últimos solamente registraron variaciones en los meses de setiembre y diciembre, como consecuencia de los decretos 2.9.1968 y 11111.968. Por el primero, los asalariados que no habían recibido áumentos en 1968, equilibraron su situación con aquellos cuyos salarios se habían ajustado en enero del mismo año. Como resultado de su avlicación, el- índice de salarios se incre- . mentó en 3 %.

Por el decreto del 11.11.1968, se aumentó en 25 % a partir del mes de diciembre. el imaporte líauido de las remuneraciones de los

A

asalariados qne tuvieron aumento en enero y de las que fueron modi- ficadas por el decreto del 2.9.1968. Las remuneraciones que tuvieron

Page 65: BANCO CENTRAL DEL. URUGUAY - bvrie.gub.uy · Esta primera memoria del Banco Central del Uruguay incluye dos estudios diversas. La primera parte informa sobre el proceso doctrinario

aumentos en febrero recibieron un 12 'j6 en las mismas condiciones y aquellas que se ajustaron en marzo un 6 %. En todos los casos los aumentos salariales debieron ser absorbidos por las empresas, salvo justificación de su inviabilidad.

Este último decreto se reflejó en el índice de salarios industrialea con un incremento del 11,s.

Los salarios de empleados del comercio han registrado aumentos de menor significación que los de industrias fundamentales en razón de que, de acuerdo con el sistema de ajustes, estos se efectuaban una vez al ano, y generalmente. no llegaban a cnbrir los aumentos en el costo de vida. Recién en enero de 1968 se celebró un convenio que permitió ajustes de salarios dos veces por año, bajo determinadas condiciones. El primer aumento bajo este régimen se registró en febrero y alcanzó al 40 %, porcentaje considerablemente inferior al alza del índice de precios de consumo desde agosto de 1967. En se- tiembre de 1968, el Poder Ejecutivo estableció un aumento adicional del 6.5 %, y en diciembre otro del 9.8'96 de acuerdo con el decreto de 11.11.68.

En términos del salario real, es evidente que el proceso inflacio- nario de los últimos años ha restado poder de compra a ambos grnpos de asalariados. El cuadro 1.7. explicita este proceso, y el abatimiento relativamente menor que han tenido los salarios industriales, que se explica por las citadas diferencias en los sistemas de ajustes.

Si bien los promedios anuales muestran una declmación cons- tante de los salarios reales, es de hacer notar que en el último semestre de 1968 se ha registrado cierta recuperación de los mismos, debido a que el costo de vida registró incrementos porcentuales menores que los aumentos salariales en dicho periodo.

C d r o 1.7. - ZNDICE DE SALARZOS Ar0iMZNNALES Y REALES

(Base: promedio 1961 = 100)

Industria Comercio P e r í o d o

Salarios Salarios Salarios Salarios nominales reales nominales reales

- Promedio 1966 518.2 99.6 481.1 92.5

,> 1967 943.6 96.3 942. O 95.7 >> 1968 1.987.8 89.6 1.651.2 74.4

--

D. GESTIOIV FZNANCIEKA DEL GOBIERNO CEXI'KAL

Como resultado del crecimiento de los gastos del Gobierno Crn- tral, no acompa,ñado por una evolucióii paralela de los %resos, en 1967 se registró im déficit de caja de 5.400 millones, que representa el 21.17b del total de egresos. (l)

(1) Por liniitaeiones del sistema estadístico no es posible la determinación del déficit de gestión. Poi esta razón, el análisis se referirá al déficit de caja y su financiamiento.

73

Page 66: BANCO CENTRAL DEL. URUGUAY - bvrie.gub.uy · Esta primera memoria del Banco Central del Uruguay incluye dos estudios diversas. La primera parte informa sobre el proceso doctrinario

Este déficit fue fimaneiado prácticamente mediante crédito del Banco de la República al Tesoro Nacional. En efecto, la deuda del Tesoro en dicho banco es incrementó en 3.900 millones, o sea el 72.2% del déficit. Por otra parte, la financiación mediante Letras de Teso- rería y Deuda Pública tuvo lugar fundamentalmente a través de la revaluación de los valores mantenidos en forma de swap con el Banco de la República, que pasaron en el mes de noviembre de una relación de 20 pesos por dólar a 120. El mismo Banco absorbió un porcentaje considerable de nuevas Letras de Tesorería. En definitiva, el banco oficial fue el principal proveedor de fondos para cubrir el déficit pre- supuestal, constituyendo este fenómeno el principal factor de expan- sión del circulante, que prácticamente se duplicó durante el año.

En el año 1968, se logró abatir drásticamente el déficit de caja del Gobierno Central, que solamente alcanzó a 800 millones de pesos, o sea el 1.6% de los gastos. Dicho déficit fue inferior al previsto en el programa económico-financiero de ese año, en que se había esta- blecido la meta de limitarlo a 3 mil millones (7% del total de gastos).

La reducción del desequilibrio se debió a un aumento de los in- gresos corrientes más rápido que el incremento de los gastos. Los pri- meros crecieron en forma más pronunciada que el índice de precios, mientras los gastos disminuyeron en términos reales. La colocación de letras de Tesorería, por 2.400 millones de pesos, fue suficiente para cubrir el déficit, y reducir el monto de los compromisos del Tesoro frente a la autoridad monetaria en 1.300 millones de pesos.

Cuadro. 1.8. -- DEFlClT DE CAJA DEL GOBIERNO CENTRAL Y SU FIIWANCIAMIENTO,

(En niiles de millones de pesos)

1966

1 . Ingresos de caja ..................... 2. Egresqs de caja ..................... 3. Resultado financiero de la ejecución

presupuesta1 ....................... 4. Financiamiento ....................

a. Variación del saldo de la cuenta del Fondo Nacional de Inversiones

h. Variación del saldo de la Tesorería ............ General de la Nación

c. Variación del saldo de la cuenta del ... Tesoro Nacional en el B.R.O.U.

d. Colocación neta en Letras de Te- sorería .........................

e. Variación del saldo de cheques en .......... trámite de la Tesorería

Fuente: Contaduría General de la Nseián.

74

Page 67: BANCO CENTRAL DEL. URUGUAY - bvrie.gub.uy · Esta primera memoria del Banco Central del Uruguay incluye dos estudios diversas. La primera parte informa sobre el proceso doctrinario

Ingresos

El monto de los ingresos recaudados por el Gobierno Central du- rante el año 1967 acusa un aumento respecto al año anterior del 4,9.5:'0 originado por los siguientes factores:

a. Incremento de la base imponible de algunos impuestos exis- tentes como consecueiicia del agudo crecimiento en el nivel de precios.

b. Aumento en las tasas de impuestos vigentes.

c. Nuevos impuestos sancionados en oportunidad de la ley pre- supuestal primero, y posteriormente en la ley de Emergencia de setiembre de ese año. El aumento de los ingzesos no al- canzó, sin embargo, el ritmo de incremento en los precios, por lo que su poder adquisitivo declinó en 19.3%.

La recaudación por impuestos acusó un crecimiento más rápido que el ,total de ingresos.

Los impuestos directos y sobre el comercio exterior disminuyeron su participación dentro de los ingresos tributarios, mientras que los impuestos indirectos la incrementaron. Dentro de'estos úliinaos son de destacar los aumentos producidos en la recaudación del impuesto a las ventas y transacciones ((>O%), a los timbres (69%), a los taba- cos (72%) y el impuesto único a la actividad bancaria (100%).

La pérdida de participación delos impuestos sobre el comercio exterior estuvo originada principalmente por la disminución, en tér- minos reales, del monto gravado, a causa de las dificultades que en- torpecieron la evolución de las exportaciones agropecuarias. Por otra parte, se establecieron diversas exoneraciones fiscales para exportacio. nes no tradieionales, con e l objeto de incentivar su desarrollo. Fiual- mente, influyó el retraso en el ajuste del tipo de cambio w n respecto a los precios internos. Como resultado, se registró una importante disminución en el valor real de los ingresos por detracciones a la exportaeión, que en 1966 representaron el 16% de los ingresos tribu- tarios, y en 1967 solamente en 11,296.

También los recargos a la importación acusaron una declinación en su participación relativa en el total de ingresos por impuestos. Contribuyeron a ello las restricciones a la importación, en especial la prohibición decretada a partir del mes de agosto, por 180 días, coi1 relación a las mercaderías suntuarias y a las competitivas para la indus- tria nacional, que originó la reducción en la recaudación de estos tributos.

En 1968, los ingresos de caja del Gobierno Central aumentaron en 140%, superando el crecimiento en el nivel de precios, cuyo promedio fue 125%, superior al del año anterior. Ello configuró un aumento en el valor real de los ingresos de caja del 12%. Contrariamente a lo awntecido en 1967, las mayores tasas de aumento correspondieron a los ingresos por detracciones y recargos (230%), mientras que los otros tributos e ingresos no tributarios crecieran en 120%. Se destacan el

Page 68: BANCO CENTRAL DEL. URUGUAY - bvrie.gub.uy · Esta primera memoria del Banco Central del Uruguay incluye dos estudios diversas. La primera parte informa sobre el proceso doctrinario

aumento de los impuestos internos -excluído el impuesto a los com- bustibles- que aumentó en 146%, 5; el de los impue~tos directos -excluído impuestos iumobiliarios, 142%.

Cuadro 1.9. -INGRESOS DE CAJA DEL GOBIERNO CE'VTRAL

(En miles de millones de pesos)

1966 1967 1968 - - -

1. Detracciones .......................... 2 .4 2 .4 9 .4 2. Recargos ............................. 1 .2 1.2 2.5 3. Otros ingresos tributario? y no tributarios 9.9 16.5 35.2

....... 4. Colocaciones de Bonos del Tesoro 0.9 T o t a 1 ............................. 13.5 20.1 48.0

Egrcsos

En términos corrientes, los egresos del Gobierno Central cxperi- mentaron en 1967 un alza del 59.1% cou respecto a 1966. Este incre- mento se produjo fundamentalmente en los gastos de consumo, que aumentaron en 82.8%. Dentro de ellos, el importante aumento de sueldos concedido a los funcionarios públicos determinó que el monto global de remuneraciones personales del Gobierno Central creciera 99.3%.

Las transferencias, por su parte, presentaron un alza de solamente 1370, como consecuencia de una fuerte suba en el monto de los pagoa por pensiones (115%) y de un descenso muy marcado en los egresos por concepto de subsidios a los precios (78%), que fueron e l i i n a d o ~ en el correr del año.

Los gastos de capital solamente representaron el 7.4% del iotal, constituyendo la inversión bruta fija su principal componente. Una importante proporción de la misma (37% ), fue financiada con fondos externos.

En el año 1968, los gastos de caja del Gobierno Central alcan- zaron a 49.100 millones de pesos, lo que representa un aumento del 93% sobre el año anterior. En términos reales, sin embargo, se ob- servó un considerable descenso (15%). (l)

Los egresos por remuneración del trabajo representaron un 659ó del total y los gastos en bienes y servicios no personales un 10.2%.

En los restantes rnbros de egresos, es de destacar el incremento anotado en los recursos destinados a la inversión bruta real. El monto de la inversión real financiada con impuestos, pasó de 1.100 millones de pesos en 1967, a 1.500 millones en 1968. Además, en este año se adicionaron 900 millones provenientes de la colocación de Bonos del Tesoro.

(1) Si se incluyen las transferencias a los funcionarios públicos por 280 niiilones de pesos, que fueron atendidas por la Caja Nacional de Ahorros y Descuentos, el aumento de 106 gastos en pesos corrientes es del 102CY0, y la disminución en términos reales, del 10%.

76

Page 69: BANCO CENTRAL DEL. URUGUAY - bvrie.gub.uy · Esta primera memoria del Banco Central del Uruguay incluye dos estudios diversas. La primera parte informa sobre el proceso doctrinario

Por otra parte, se incrementaron en forma considerable los apor- tes de fondos del exterior, básicamente los recursos generados por la venta de productos agrícolas importados según el ré,@men de la Ley Pública 480 de los Estados Unidos. L.? iitilización derivada de esta fuente en 1968 alcanzó a 900 millones de peso& De ellos, 800 millones

\ fueron destinados a contrapartida de los aportes del B.I.D. y del B.I.R.F., (3 millones de dólares), para financiar la construcción de las rutas 5 y 26.

En resumen, el monto de inversiones del Ministerio de Obras Pú- blicas financiadas con recursos tributarios, con el producido de bonos y con aportes externos superó los 4.000 millones de pesos.

Cuadro 1.10. - EGRESOS DE CAJA DEL GOBIERNO CENTRAL

(En miles de millones de pesos)

1966 1967 - --

A. Remuneración del trabajo, gastos, fondo nacional de subsidios, otras transferen- cias y servicios de la Deuda Pública (l) 13.6 24.4 1. Remuneración del trabajo ........

a ) Sueldos y beneficios sociales .... b) Banco de Previsión Social ....

2. Gastos .......................... a) Gastos del ejercicio ............ b) Gastos de ejercicios anteriores . .

..... 3. Fondo Nacional de Subsidios 4. Otras transferencias ..............

........ 5. Servicio de Deuda Pública B. Inversión bruta real ................ 0.8 1.1

Total Egresos de Caja .............. 14.4 25.5

E. TRANSACCIONES CON EL EXTERIOR

1. Resumen de la Balanza de Pagos.

El balance de pagos del aiio 1967 registró un superávit en la balanza básica de 21.5 millones de dólares que se tradujo en una mejora en la posición neta con no residentes del B.R.O.U. y B.C.U. de 22.2 millones y una desmejora en el sector bancario privado de 0.7 millones.

La cuenta corriente arrojó un déficit de 5.4 millones, como con- secuencia de los desniveles registrados en la balanza comercial (12.7) y en los otros servicios y pagos de transferencias (19.7), los que fueron

(1) La información disponible no permite la clasificación de estos egrecos w 1966 y 1967.

Page 70: BANCO CENTRAL DEL. URUGUAY - bvrie.gub.uy · Esta primera memoria del Banco Central del Uruguay incluye dos estudios diversas. La primera parte informa sobre el proceso doctrinario

atenuados por el amplio superávit del movimiento turístico (27 millo- nes de dólares).

Los movimientos de capitales autónomos registraron una entrada neta de 18.7 millones y los movimientos no identificados un ingreso de 8.2 miilones.

El-saldo desfavorable de 12.7 millones de dólares del balanee comercial se ha debido en forma principal, a la caída de las expor- taciones, que disminuyeron 15% con relación al año anterior. Las mismas totalizaron 158.7 millones de dólares, lo que constituye la cifra más baja registrada en el último quinquenio. El renglón que acusó una merma mayor fue el de Productos Agrícolas Naturales, con una caída del 80% con respecto a 1966, debido principalmente a la reducción de las exportaciones de trigo, y de arroz. La cosecha de trigo fue muy reducida por efecto de importantes descensos de áreas sembradas y bruscas caídas en los rendimientos, lo que determinó que el volumen total de la producción se destinara al consumo in. terno, no existiendo saldos exportables.

Igualmente los problemas climáticos imperantes en 1967 influ- yeron negativamente en el subsector pecuario, ocasionando descensos de producción que repercutieron disminuyendo las exportaciones respectivas.

En el caso de carnes también jugaron las dificultades de.colo- cación en el mercado externo el que comenzó con las mismas caracte- rísticas existentes desde el año 1966, o sea con una serie de restric- ciones impuestas por el Mercado Común Europeo. La C.E.E. a través del reglamento 16/64, cuya aplicación se hizo efectiva a partir de 1966, provocó grandes problemas para la entrada de nuestras carnes en ese. importante mercado. La fijación de recargos semanales a las importaciones provenientes de terceros países, dejaba en situación de no poder competir a éstos (sobre todo a los más alejados), con los integrantes de la C.E.E. Como se sabe, los recargos móviles se fijan enbase a tres valores: el precio de orientación fijado para cada miem- bro del M.C.E. el precio del mercado fijado semanalmente, y el precio de importación. Este reglamento resulta discriminatorio, en razón de que el mantenimiento del recargo por solo' tres días hace imposible los negocios con áreas distantes, ya que estando la remesa en viaje podían aumentar los recargos. Sólo quedaban en situación competitiva aque- llos países cercanos, que esperando la vigencia de recargos bajos, efectuaban envíos oportunos.

A fines del mes de enero de 1967 las autoridades del M.C.E. den- tro de los acuerdos del GATT, autorizaron 2 cuotas de importación; una de 22.000 tons. y una adicional de 58.000. Para el mes de febrero se suspendieron, hasta el 30 de junio, los gravámenes que venían pe- sando sobre las importaciones de los países componentes.

En el mes de junio se firmó el acuerdo de intercambio con España, que permitiría colocar un fuerte tonelaje en dicho país, sujeto a cierta reciprocidad de intercambio.

Finalmente, ya en el mes de diciembre, cuando la actividad expor- tadora se desarrollaba a capacidad plena, estimulada por las medidas cambiarias de noviembre y por la abundante oferta de ganado gordo,

Page 71: BANCO CENTRAL DEL. URUGUAY - bvrie.gub.uy · Esta primera memoria del Banco Central del Uruguay incluye dos estudios diversas. La primera parte informa sobre el proceso doctrinario

sobrevino la prohibición impuesta por las autoridades inglesas para las importaciones de carnes provenientes del Río de la Plata.

En materia de importaciones, se anotó un aumento del 470 con respecto al año 1966, aunque cabe acotar que en el segundo semestre en razón de las disposiciones adoptadas se produjo una fuerte con- tracción de las mismas. El total del año, 171.4 millones de dólares, se descompone en 94:2 para el primer semestre y 7 7 2 para el se,pndo.

Com'parando el primer semestre de 1967 con el mismo período del año anterior se observa que en este año se estaba importando un 22% más, lo que hacía prever un fuerte desequilibrio del balance co- mercial de no tomarse medidas de contención, habida cuenta de los obstáculos para un normal desarrollo de exportaciones.

Los mayores aumentos se produjeron en 1os.rnbroa de importación de máquinas en general y de vehículos automotores.

En cuanto al estudio de la estructura de las importaciones por destino económico, se puede observar que las materias primas fueron el 53% del total; los combustibles el 16%; los bienes de capital el 23% y los bienes de consumo el 8%. Del análisis de estos porcentajes surge el aumento considerable de la importación de bienes de capital que superó ea' un 80% la del año anterior.

El movimiento turístico, como es tradicional, significó una fuente importante de ingresos de divisas. La fuerte devaluación de nuestra moneda registrada en el mes de noviembre, determinó nn estímulo muy apreciable en los dos últimos meses del año, para las corrientes turísticas hacia nuestro país.

La utilización de préstamos del exterior por el ::Sector Público alcanzó la cifra de 9:8 millones y la amortización de los mismos 9.0. En cuanto a los movimientos co~respondientes a fmanciación de impor- taciones, se operó un aumento de 10.1 millones en el monto total adeudado a proveedores del exterior.

En lo que respecta al ingreso de 8.2 millones que importan las partidas no identificadas de la balanza de pagos, en gran parte están determinadas por las ventas de dólares efectuadas por particulares al Banco República a raíz de la devaluación operada el 6/11/1967.

La mejora en las reservas internacionales del sector bancario ofi- cial se oeeró a través de una baja en los pasivos internacionales netos por 30:s. compensada en parte por una baja de activos por 8:6. Ehta disminución de pasivos reflejó principalmente el abatimiento de las deudas por atrasos comerciales y con el F.M.I. En lo que respecta a la Banca Privada desmejoró su posición en 0:7 millones, con movi- mientos de baja de activos de 1:8 y disminución de pasivos de 1:I.

Cifras provísorias señalan qne el balance comercial durante 1968 arrojó un superávit de 16.8 millones de dólares. Este monto se compara con un déficit de 12.7 millones de dólares de 1967 y un supe- rávit promedio de 4.0 millones de dólares en el quinquenio anterior, 1963/57.

Page 72: BANCO CENTRAL DEL. URUGUAY - bvrie.gub.uy · Esta primera memoria del Banco Central del Uruguay incluye dos estudios diversas. La primera parte informa sobre el proceso doctrinario

El mejoramiento se debió fundamentalmente al ascenso que expe- rimentaron las exportaciones (20 millones de dólares). Gna serie de faetores contribuyeron a dicho ascenso:

i) En primer término el aumento del valor de exportaciones de carnes y deriuados, que de 40.4 millones de dólares en 1967 pa. earon rl

60.3 millones de dólares en 1968. Este aumento se debió a las condi- ciones ciiiáticas favorables que prevalecieron sobre todo en la segun- da mitad del ano, provocando un aumento considerable en la oferta . de ganado.

Además, a ~ a r t i r del levantamiento de la veda por parte del go- bierno inelés. a mediados de abril se restableeieron los embaruues con

v . * regularidad, excepto la interrupción durante un mes, a mediados do año, a consecuencia de la caída de precios en ese mereado.

En sentido contrario operaron los precios internacionales. Segúii puede verse en el euadro que va a continnaeión los valores unitario; FOB según las estadísticas de exportación correspondientes a los prin- cipales tipos de carnes exportadas disminuyeron en iIna magnitud que va desde el 3 al 20%, con excepción de los de la carne bovina conserva que aumentó 13%.

Cuadro 1.11. --PRECIOS DE EXPORTACION DE CA&VES Y DERIVADOS

(dólares por toneladas)

1967 1968 -

Carne bovina ehilled ..... 558 496 3, .. " congelada. ,> >, 514 498

conservada . >>

814 917 ovina ............. 416 333 ..................... Varios 350 307

ii) En segundo término, el valor en dólares de las aportaciones de lanas (sueia, lavada y tops) se mantuvo en los niveles de 1967 principalmente por efecto del aumento del volumen exportado.

Los precios de exportación fueron menores a los de 1967, al extre- mo que absorbieron la totalidad del aumento de volumen, pero ma- yores con respecto a los bajísimos niveles vigentes en momentos de iniciarse la zafra 196711968.

iü) En tercer término se destaca el mejoramiento de las espor- taciones de productos provenientes de las industrias atractivas y manufactureras. En su conjunto absorbieron la eaída de exportaciones de productos agrícolas (industrializados o no) ocasionadas por la3 pérdidas de producción de la cosecha 1967/1968.

A pesar de no disponer de cifras definitivas, puede estimarse que las importaciones alcanzaron a 162 millones de dólares. Esta cantidad se eompara con 171 millones de dólares en 1967 y 172 millones dc dólares del promedio del quinquenio 196311961.

Page 73: BANCO CENTRAL DEL. URUGUAY - bvrie.gub.uy · Esta primera memoria del Banco Central del Uruguay incluye dos estudios diversas. La primera parte informa sobre el proceso doctrinario

La importación de 1968 incluye la de productos agrícolas intro- ducidos bajo el régimen de la Ley 480 de EE.UU. por un monto cer- cano a los 22 millones de dólares. Si se descuentan estas importaciones, que puede ca1ir"icarse de extraordinarias, se habría producido un des- censo de 31.0 millones de dólares con respecto al nivel de 1967 y de 32.0 millones de dólares con respecto al quinquenio 1963/1967.

Este menor valor importado se debió principalmente a que dis- minuyeron los stocks constituidos en situaciones de inestabilidad de la política de cambios.

El turismo se mantuvo a niveles similares a los de 1967. En la temporada 1968/69 se estima que la cantidad de turistas

ingresados excedió a la de 1967168. ..

Los servicios de intereses sobre deudas del BROU - BCU y prés- tamos del exterior al sector público ascendieron a 15:1, en tanta que la cifra registrada por esos conceptos en el año 1967 fue de 13:s millones.

Durante el año 1968 la utilización de créditos externos a largv plazo por el sector público ascendió a 39.2 millones de dólares. En esta cifra se incluyen 18.9 millones correspondientes a la ntilizacion de recursos de la Ley 480 de EE.UU. que financiaron importaciones de productos agrícolas y 11.0 millones del préstamo sectorial de AID para importaciones desde EE.UU.

En cuanto a las amortizaciones de préstamos de 1968, se efectuaron pagos por 10.5 millones. En el aiio 1967 la utilización había llegado a 9.8 y la s amortizaciones a 12.3 millones de dólares.

El conjunto de las operaciones corrientes y de capital antes ci- tadas determinaron un incremento de las reservas internacionales de la autoridad monetaria de 35.3 millones de dólares y un descenso de 8.1 millones en los bancos privados.

Esta mejora global cuantitativa en la posición de reservas, fue acompañada por una más conveniente y adecuada composición de los activos y pasivos internacionales, cambio de gran importancia para un manejo más desahogado del balance de pagos y del mercado cambia- no. Se destacan principalmente tres tipos de mejoras ciialitativas en la composición de las reservas brutas y los pasivos internacionales:

i ) Mayor disponibilidad inmediata de medios de pagos interna. cionales. En el período octubre 1967 - diciembre 1968, los billetes y monedas extranjeras y los saldos activos de corresponsales de-arbi- traje, se incrementaron en 5.7 millones de dólares.

i i ) Desafectación de las reservas de oro prendadas. En el período citado, el oro afectado disminuyó de 71.1 a 54.0 millones de dólares, por efecto de pagos de préstamos externos, que permitieron liberar el oro entregado en garantía prendaria. A su vez, el oro de iiire disponi- bilidad aumentó en 10.9 millones de dólares en el mismo período. Si se tiene en cuenta, además, el aumento de los aportes al F35 en oro, activo que puede considerarse de naturaleza similar al oro de libre disponibilidad, el incremento sería de 17.1 millones de dólares.

iii) Disminución de la presión de compromisos en moneda extran- jera. Como consecuencia de 10s acuerdos locales y exteriores de refi- nanciación de pasivos concretados durante el año, se logró abatir sus-

Page 74: BANCO CENTRAL DEL. URUGUAY - bvrie.gub.uy · Esta primera memoria del Banco Central del Uruguay incluye dos estudios diversas. La primera parte informa sobre el proceso doctrinario

tancialmente la presión de compromisos a plazos de un año y menores. Este hecho, unido a las citadas mejoras de reservas, permiten, por primera vez desde que se acentuaron las dificultades de balance de pagos, que la deuda externa a corto plazo sea compatible con la capa- cidad de pagos del país.

iv) Nuevas líneas operativas de crédito internacional. Durante el ano 1968 se negociaron y obtuvieron líneas con bancos privados de Estados Uniaos y Cadaná por 30.5 millones de dólares, de sin,dzr importancia para atender necesidades estacionales de balanza de pagos.

2. Gestión del Uruguay en ALALC

El Uruguay inició el año 1967 amparado a las cláusulas de Salvaguardia por razones de balance de pagos, situación que se man- tenía desde el 15 de junio de 1955, modificada posteriormente el 18 de octubre del mismo año y autorizada por la Conferencia en princi- pio hasta el 15 de junio de 1966, para después ampliarse el plazo para las prohibiciones a la importación hasta el 1-e abril de 1967 7 tomarse conocimiento por la Conferencia de nuestra decisión de redu- cir el monto de las consignaciones previas en un porcentaje que resti- tuyera el margen de preferencia aeordado a la Zona. Esta autorización se logró luego de haberse ido reduciendo gradualmente las prohibicio- nes establecidas, y se cumplió totalmente al abatir las consignaciones previas en un 30% del monto aplicado a los países de extrazona. Esta cifra restituía con exceso el margen de preferencia afectado ya que se calculó, que la incidencia de las consignaciones apenas alcanzaba a un 28,5%. Hasta ese momento se iban cumpliendo las previsiones efec- tuadas y no representó un sacrificio para nuestra economía el cumpli- miento de esos plazos. Sin embargo, muestros saldo. exportables, com- puestos en su casi totalidad por productos primarios y semielaborados derivados del agro, se vieron afectados por diversos fenómenos clima- tológicos, que unidos a factores de tipo cambiario y fiscal, incidieron para una fuerte disminución de las exportaciones con su co~sipiente efecto negativoen la balanza comercial. Como consecuencia de tal si- tnición, el 17/7/61 se decidió cerrar las im.portaciones con excepción de algunos medicamentos, materias primas, combustibles, etc., excep- tuando timbién a los productos negociados originarios de la Zona; pero, posteriormente y ante la posibilidad de que las numerosas soli- eitúdes zonales anularan el efecto restrictivo sobre las importaciones en general, fue necesario extender a la Alalc tales medidas. La situa- ción fue contemplada por el decreto de 18/8/67 que en su artículo 7" dispone que el Uruguay haga uso de su derecho de acogerse a las Cláu- sulas de Salvaguardia, derecho que fue reconocido por la Conferencia que autorizó la aplicación de las mismas hasta el 10/8/68.

El segundo hecho a destacar en 1967 se refiere a la declaración del Consejo de Ministros reunido en Asunción en el sexto Periodo de Reuniones Extraordinarias en el sentido de que Umguay está en con- diciones de invocar a su favor el tratamiento especial previsto en ei Tratado para países de menor desakollo económico relativo, autori-

82

Page 75: BANCO CENTRAL DEL. URUGUAY - bvrie.gub.uy · Esta primera memoria del Banco Central del Uruguay incluye dos estudios diversas. La primera parte informa sobre el proceso doctrinario

zando a las Partes Contratantes a otorgar al país hasta el 31 de diciem. brc de 1972, concesiones no extensivas. En el curso de la W Confe- rencia Ordinaria, Umguay ya comenzó a obtener concesiones espe- ciales. Por otra parte, a través de la Resolución 226, se le facultó para continuar negociando durante todo el año.

Uruguay orientó sus esfuerzos en 1968 en procura de hacer efec- tivo lo dispuesto en aquellas resoluciones y envió misiones negociado- ras a Argentina, Brasil y &le, realizando acuerdos especiales con los dos primeros. No se está en condiciones de evaluar aún los resultados obtenidos en dichos acuerdos, pues el hecho de haber sido efectuadas las negociaciones ya en el segundo semestre, se agregó la demora por parte de esos países en la puesta en vigencia de las degravaciones acordadas. .

En la misma situación se encuentran las 74 concesiones que Uru- guay obtuvo de Brasil, Chile, México y Perú, en el transcurso de la VI11 Conferencia las que recién tendrán vigencia a partir del 19 de enero de 1969. Es de hacer notar que algunas de esas concesiones han sido fruto de recomendaciones de reuniones sectoriales que preccp- tuaban también otras concesiones en listas nacionales, y que pueden llegar a beneficiar a Uruguay por imperio de la cláusula de nación más favorecida. Otro tanto ocurre con las otorgadas entre sí por las demás Partes Contratantes.

En las estimaciones previas, antes de traducirse en comercio efec- tivo, todas estas negociaciones representan saldos favorables a Uru- guay. Sin embargo el optimismo debe ser moderado pues las conce- siones recibidas y a recibir están, en principio, limitadas por el plazo establecido en la Resolución 204 (31 de diciembre de 1972) y por el hecho de que la contrapartida es en Lista Nacional. Esta circunstan- cia tiene un doble efecto: en primer lugar, dificulta en cierto modo las negociaciones.pues no se pueden realizar en gran escala si el país otorga concesiones definitivas a cambio de beneficios temporales, lo cual limita el ~ o d e r negociador uruguayo; en se.pndo lugar, la preca- riedad del plazo limita el interés negociador de üruguay a aquellas industrias con capacidad ociosa que pueden generar excedentes ex- portables inmediatamente, y de ninguna manera permite una acción tendiente al desarrollo de nuevas actividades a través del incentivo que ~ o d r í a representar el mercado ampliado para nuevas inversiones. No se debe olvidar tampoco, que aunque generan saldos positivos con la Zona, algunas concesiones, en la medida en que requieren insuiaos importados, disminuyen su aporte neto en favor de nuestra balanza comercia1 gIobal ademár de agregar un factor de rigidez a nuestra3 importaciones.

Estas observaciones alcanzan también a las negociaciones de acuer dos de c~m~lcmentación, modalidad ésta en que Uniguay está parti- cipando activamente. Los casos actualmente en vigencia han sido con- siderados eomo meros auxiliares del programa de liberación, pero en el futuro pueden llegar a constituirse en instrumentos de integración y desarrollo, en la medida en que puedan llegar a ser encarados en el marco de una acción planificada y atendiendo a aspectos tan impor- tantes como, por ejemplo, la localización de nuevas industrias.

Page 76: BANCO CENTRAL DEL. URUGUAY - bvrie.gub.uy · Esta primera memoria del Banco Central del Uruguay incluye dos estudios diversas. La primera parte informa sobre el proceso doctrinario

De lo ,qne antecede se desprende que a pesar de haberse dado un vuelco favorable en las expectativas de Urugnay, las posibilidades no se han traducido todavía en un beneficio efectivo. De esta manera, Uruguay aparece dentro del grupo de participante* que espera que en las reuniones de junio de 1969 se dé un paso decisivo en el incremento del comercio.

En el campo de acción espeeífico del Banco Central, se participú activamente en las Reuniones en que se modificó el Acuerdo enire Bancos Centrales de los países de la Alalc para darle mayor flexibi- lidad y agilidad al mecanismo, fijando una tasa uniforme de intereses, ampliando los plazos de liquidación y facultando a los baneos centra- les signatarios para el uso multilateral de los saldos. En esa reunión se adoptaron textos uniformes para los convenios de créditos recíprocos y procedimiento técnico-bancario, así conio en tareas tendientes a la vinculación de los sistemas de pagos de la Alalc y del MCCA. El hecho mis significativo en ese terreno lo constituyó la firma del primer Con- venio.de Créditos Recíprocos por parte de Uruguay, en el mes de julio w n el Banco Central de Chile. Se espera que este convenio, con una línea de crédito de U$S 500.000.00, comience a operar a partir del mes de julio de 1969.

F. MERCADO BURSATIL

La actividad bursátil desplegada en el año 1967 alcanzó, en tér- minos generales, importancia equivalente a la del ejercicio anterior.

La mayor actividad en el mercado de acciones resultó compen- sada, en el monto total de operaciones, por la disminución de nego- cios con títulos hipotecarios. Las operaciones concertadas en los restan- tes mercados no acusaron variaciones de importancia.

La media general de cotizaciones registró descenso con relación a 1966, debido en especial a las bajas de precios de valores privados.

En el año 1968, es verificó un coiisiderable crecimiento en las ope- raciones que alcanzó a todos los sectores del mercado. Particularmente importante fue el incremento en negocios con títulos hipotecarios y con obligaciones de empresas privadas.

Las cotizaciones resultaron también superiores, en promedio, a las del ejercicio precedente. Con excepeión de los titulos nacionales, to- dos los valores se cotizaron más alto que en 1966.

Las características más destacables en los distintos mercados dc la Bolsa de Valores en 1967/68, se exponen a continuación:

La negociación con titulos nacionales operó, en 1967, por montos de importmcia análoga al ejercicio precedente. El curso de las opera- ciones se desarrolló con tono invariablemente sostenido y con precios relativamente estables. Como en años anteriores, la mayor parte de las mismas correspondieron a compras de la Dirección de Crédito Pú- blico para proceder al rescate de valores. Es de destacar que, a co- mienzo del ejercicio se inició la colocación en plaza de Bonos del Tesoro' en dólares, originándose algunas operaciones que no al- canzaron niveles de entidad, debido al limitado interés del público por estos valores. ,

84

Page 77: BANCO CENTRAL DEL. URUGUAY - bvrie.gub.uy · Esta primera memoria del Banco Central del Uruguay incluye dos estudios diversas. La primera parte informa sobre el proceso doctrinario

La actividad de este mercado en 1968 alcanzó cifras notoriamente superiores a las del año anterior, debido principalmente a la intere- sante demanda de títulos de deudas internas requeridas para la cober- tura de garantías, ante la limitada oferta de títulos municipales, que son los preferentemente solicitados para estos fines, por su menor cotización.

Cabe destacar que, de acuerdo al Decreto de 11.1.1968 se pro- cedió a emitir Tina segunda serie de Bonos del Tesoro en dólares a una tasa del 11 % de interés anual. Este incremento en la tasa de interés tuvo eco favorable en la plaza, dando lugar a operaciones por montos considerables, que en el año totalizaron 1 .3 millones de dólares, valor nominal. Al margen de estss operaciones, en el mes de diciembre se registraron colocaciones de Bonos del Tesoro mediante absorción, de dichos valores por parte de Bancos privados. Esta operación, que tuvo por finalidad la conversión de deudas por atrasos comerciales en moneda extranjera que mantenía el Banco de la República con la banca privada, alcanzó cifras próximas a los 2 mi- llones de dólares.

Las transacciones con titulos municipales alcanzaron, en 1697, un volumen más significativo que en los Últimos ejercicios. La existencia de una sostenida demanda de estos papeles para aplicarlos a la cons- titución de garantías, enfrentada en ciertos lapsos a una oferta res- tringida, alentó algunos ascensos en las cotizaciones y el traslado de compradores hacia el mercado de títulos nacionales. Estas caracierís- ticas se repitieron en el año 1968.

En el mercado de títulos hipotecarios, a pesar del descenso pro- ducido en el volumen de transsacciones en 1967, se mantuvieron las condiciones de agilidad en las operaciones y evolución corriente de precios.

El abatimiento del volumen de negocios está relacionado con la menor participación del Banco Hipotecario, a raíz de la prolonga- ción considerable del conflicto laboral ocurrido en la Banca Oficial.

En 1968 se alcanzó, en este mercado, una mayor actividad, como resultado del incremento de la corriente wmpradora, motivado por el mayor uso de estos valores para cubrir garantía de alquileres y para cancelación de deudas hipotecarias. En la Ley Nacional de Viviendas, sancionada en el mes de diciembre, se incluyeron disposieiones de cierta trascendencia en relación con este mercado. Entre ellas se des- taean: la institución de un sistema de reajnste para algunas deudas hipotecarias y la creación de un impuesto anual aplicable sobre los saldos de los préstamos hipotecarios acordados.

Los volúmenes negociados con acciones prosiguieron denotando, en 1967, evolución ascendente, situándose en un monto total que su- peró en más de 30 % al de 1966.

La mayoría de las empresas continuaron otorgando porcentajes dc dividendos elevados, originados fundamentalmente por el proceso de desvalorización monetaria. La actividad del mercado ofreció alterna- tivas diversas, principalmente en función de las variantes de la coti. zación del dólar. La iuclinación preferentemente alcista del mismo en el transcurso del año ejerció, en general, influencia negativa para

85

Page 78: BANCO CENTRAL DEL. URUGUAY - bvrie.gub.uy · Esta primera memoria del Banco Central del Uruguay incluye dos estudios diversas. La primera parte informa sobre el proceso doctrinario

los negocios accionarios, originando expectativas que desestimulabau las inversiones en moneda nacional. Esta influencia fue más marcada en el mes de octubre, en que la inminencia de irna nueva devaluación originó desplazamiento de capitales hacia la adquisición de dólares, causando una caída vertical de estos valores. Concretada la devaluación a principios de noviembre, se diluyeron las especulaciones cambiarias, y se generó la entrada en el mercado aceionario de una fuerte co- mente ocmpradora que estimuló notablemente el riimo de las oyera- ciones. Como consecuencia, en los meses de noviembre y diciembre se alcanzaron niveles sin precedentes en el monto de las transacciones, y las cotizaciones más altas del año.

En el año 1968 continuó, en términos generales la tendencia as- cendente en los negocios con acciones. En los primeros meses e! ritmo de las operaciones fue irregnlar, debido especialmente a la realización de negocios con fines especulativos. A raíz de la devaluación de abril, afluyeron capitales al mercado, aunque en menor proporción que lo observado en la citada situación similar de noviembre de 1967. En el segundo semesrre, ;a negociación presentó mayor fluidez, e inclina- ción generalmente alcista en los precios. La mayoría de las empresas, en tanto, mantuvo la política de otorgar dividendos remuneradores a los accionistas.

Las transacciones con obligaciones alcanzaron niveles reducidos en 1967, debido en parte a la disminución de los valores en circnlación. Sin embargo, en los últimos días del año se produjo la emisión do nuevas obligaciones por parte de la empresa lWNSA al 24 % de interés neto, tasa que duplicó los créditos comentes de estos valores. Como con- secuencia, el mercado presentó mayor dinamismo en 1968, superando ampliamente los reducidos montos de operaciones y las bajas cotizacio- nes de años anteriores.