revista foro 17

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Entrevista a Juan Carlos Castro y Montserrat Fernández. Nueva etapa en la Escuela de Práctica Jurídica Encierro de los Abogados del Turno de Oficio Nuevo Suplemento ForoTecnológico « A la Justicia, le llega el momento de hacer su propio proceso autocrítico » ANTONIO GARRIGUES EDUARDO FERNÁNDEZ ROJO Director de RIM « El ejecutivo español tiene una capacidad de relación mayor de lo habitual » Mesa Redonda:Reforma de la Lecrim Pisos Patera ¿Qué hacer? De las Costas I Causa para calificar,¿Quién hace las copias? Aprobadas las cuentas anuales del ejercicio 2008 « English Corner » por gentileza de Vaughan Systems F oro C omplutense COLEGIO DE ABOGADOS DE ALCALÁ DE HENARES Nueva época Año 2009 nº17

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Entrevista a Antonio Gala y a Richard Vaughan.Hermanamiento con Velletri. Pedro Alvarez de Benito director de relaciones para la Justicia en Mozambique

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Page 1: Revista Foro 17

Entrevista a Juan Carlos Castroy Montserrat Fernández.Nueva etapa en la Escuelade Práctica Jurídica

Encierro de losAbogados delTurno deOficio

Nuevo SuplementoForoTecnológico

« A la Justicia, le llegael momento de hacersu propio procesoautocrítico »

ANTONIO GARRIGUES

EDUARDOFERNÁNDEZ ROJODirector de RIM« Elejecutivo españoltiene una capacidadde relación mayor delo habitual »

Mesa Redonda:Reforma de la Lecrim � Pisos Patera ¿Qué hacer?De las Costas I � Causa para calificar,¿Quién hace las copias?Aprobadas las cuentas anuales del ejercicio 2008 � « EnglishCorner » por gentileza de Vaughan Systems

F o r oComplu tense

COLEGIO DE ABOGADOS DE ALCALÁ DE HENARES

Nueva época Año 2009 nº17

Page 2: Revista Foro 17
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FORO Nº.17/ ABRIL 2009

Alcalá de Henares 2008

3Pag

Carta del Decano

Colegio de Abogados

“ Queridos compañeros y compañeras:

LaJunta de Gobierno en su afán de fa-cilitar el trabajo de todo los compañe-ros y compañeras acordó suscribir un

contrato con la editorial Tirant LoBlanch porel que se pone a disposición de todos los cole-giados una base de datos on line de jurispru-dencia, legislación, formularios y consultas.Se podrá acceder a la base de datos a través dela firma electrónica y desde la páginaweb delColegio, de lamismamanera que se accede aredabogacía o la información para los cole-giados de la página web. Es un instrumentomuy útil que hace posible que desde el des-pachopodamos consultar sobre cuestiones ju-rídicasde todo tipo, legislación, jurisprudenciay acceder a formularios, sin desplazamientosa la biblioteca, lo que supone un ahorro detiempo importante, sinmolestias y además deforma gratuita para todos los colegiados.

Asimismo, entre los compromisosadquiridos por la editorial Tirant LoBlanch, está el de incluir en la revista

sin coste alguna para el Colegio un suple-mento semestral que se denominará Foro Ju-rídico, en el que se contendránmonografías ytemas de interés suscrito por relevantes abo-gados y juristas.

Desde estas páginas quiero reiterar,una vez más, mi apoyo absoluto atodos los compañeros y compañeras

que prestan el servicio del Turno de oficio ensus distintas especialidades, y a todos cuantoshan colaborado en que a fecha de hoy la Co-munidad de Madrid se haya puesto al día enlo relativo al pago de la deuda del año pasado.Estoy convencido que el modelo actual deprestación es el único que garantiza una de-

fensa de calidad con independencia y liber-tad. En estos momentos en que se pone enduda por las administraciones la eficacia delactual modelo, es cuando es necesario estarmás unidos que nunca, ser solidarios y ge-nerosos si cabe, haciendo un ejercicio de au-tocrítica y corregir aquellas disfunciones quepuedan dar una imagen equivocada de laprestación, sin dejar almismo tiempodehacerver a las administraciones públicas que tienenun mandato legal de pagar puntualmente elTurno de Oficio y facilitar los medios e in-strumentos que posibiliten la prestación delservicio. Para ello ya se ha puesto en marchaa través del Consejo General de laAbogacíaEspañola una comisión integrada por miem-bros de los ConsejosAutonómicos para estu-diar propuestasdirigidasa las administracionespúblicas competentes a fin de consolidar elsistema actual del turno de oficio.

Este año 2009 se conmemoran los cin-cuenta años de la declaración de losderechos el Niño, proclamados por la

Asamblea General de del ONU el 20 denoviembre de 1959, a fin de que éste puedatener una infancia feliz y gozar, en su propiobien y bien de la sociedad, de los derechos ylibertades que se enuncian en la declaracióninstando a los padres, a los hombres ymujeresindividualmente y a las organizaciones par-ticulares, autoridades locales y gobiernos na-cionales a que reconozcan esos derechos yluchen por su observancia con medidas le-gislativas y de otra índole adoptadas progre-sivamente. Desde el Colegio nos unimos aestas iniciativas y para ello en colaboracióncon el ConsejoGeneral llevaremos acabo ac-tividades que lo potencien, dando cabida a laparticipación de los niños en eventos concre-tos.

Recibid un cordial saludo.

José Luís Doñoro

Page 4: Revista Foro 17

4 FORO Nº.17/ ABRIL 2009

27 DE ENERODE 2.009: Reunión en la Delegación del Gobierno en Madrid acercade la Violencia Doméstica. Asiste Diputada 5ª.30 DE ENERO DE 2.009: Pleno del Consejo Autonómico: AsistenDecano y Tesorero.11 al 13 DE FEBRERO DE 2.009: Congreso de Violencia Doméstica enSantiago de Compostela. Asiste Diputada 5ª.13 DE FEBRERO DE 2.009: Firma del Convenio con la Mutualidad acerca de ampliación de póliza de seguro de accidentes de abogados del Turno de Oficio.Asisten Decano y Tesorero.19 DE FEBRERO DE 2.009: Jornada de Derecho Penitenciario organizada porel AJA. Asiste el Secretario, Tesorero y Diputado 6º.24 DE FEBRERO DE 2.009: Mesa Redonda acerca de la Reforma de los ProcesosPenales. Asisten Secretario y Diputado 6º.26 DE FEBRERO DE 2.009: Reunión de Comisión negociadora del ConvenioColegio-Universidad para adaptación a la Ley de Acceso a la Abogacía. AsistenDecano, Secretario y Diputada 5ª.27 DE FEBRERO DE 2.009: Pleno del Consejo General de la Abogacía Española.Asiste el Decano.4 DE MARZO DE 2.009: Reunión en el CGAE acerca de la organización de actospara conmemorar el año de los derechos del Niño. Asiste Diputada 5ª.5 DE MARZO DE 2.009: Reunión de la Comisión de Formación del CGAE paraexámenes CAP de las Escuelas de Práctica Jurídica. Asiste el Secretario.10 DE MARZO de 2009: Reunión con representantes del Punto Municipal de Violencia de Género de Mejorada del Campo. Asiste la Diputada 5ª.11 DE MARZO DE 2.009: Reunión de Comisión de Justicia Gratuita del CGAEcon Comisiones de Turno de Oficio de los Colegios. Asiste el Diputado 6º.

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Sumario

17 Entrevista conANTONIO GARRIGUES

«UN ESTAMENTO JUDICIALQUE NO TIENE UNA CALIDADTECNOLÓGICA MÍNIMA, NOPUEDE FUNCIONAR BIEN»

Una entrevista llena deapuntes a vuela pluma

3 Carta del Decano4 Agenda5 Sumario6 Colegio al díaAAccttuuaalliiddaadd8 Encierro de Abogados de Oficio10 Aprobada contratación Póliza11 Mesa Redonda Reforma Lecrim

Aprobadas Cuentas año 2008

2222 Libro Blanco de Propuestaspara la Reforma de la Justicia

Edita:

Ilustre Colegio de Abogados de Alcalá de Henaresc/Colegios,1 l 28801 ALCALÁ DE HENARES(MADRID)

Director:VICENTE SÁNCHEZ RODRÍGUEZ

Coordinador ConsejoEditorial:UBALDO C.BOYANOADÁNEZ

Redacción y publicidad: [email protected]

Imprime:SDP EditoresTeniente Ruiz,10 2º Of.328805 ALCALÁ DE HENARESTel y Fax: 91 881 98 95

Maquetación y diseño:UbALDO

Depósito Legal: M-17038-2008ISSN :1888-7856

NOTA DE LA REDACCIÓN:Lasopiniones vertidas por nuestroscolaboradores en estas páginasson de su exclusiva responsabi-lidad y no tienen que coincidirnecesariamente con la opiniónde la Junta de Gobierno ni conla editorial de Foro Complu-tense.

5FORO Nº17 / ABRIL 2009

Tambien estamos en la Web:www.icaah.com

Participa con nosotros a través denuestro correo electrónico opina,envía artículos, sugerencias:

[email protected]

23

Primer Suplemento de Tecnología yDerecho de Foro Complutense

Entrevistamos a sus nuevos directores Juan Carlos Castro

y Montserrat Fernández

Primera revistaenteramente jurídica del Colegio de

Abogados deAlcalá

OOppiinniióónn1144 Pisos Patera¿Qué hacer? 1155 De las Costas I16 Causa para calificar

3377 AAccttooss AAJJAA3366 NNuueevvaa EEttaappaa eenn EEssccuueellaa

ddee PPrrááccttiiccaa JJuurrííddiiccaa

4400 RReesseeññaa LLeeggiissllaattiivvaa 4411

5533 FFiicchhaa VVaauugghhaann ddee IInnggllééss

ppaarraa JJuurriissttaass

Nº 17

Page 6: Revista Foro 17

Alcalá de Henares 2009

6

Colegio al Dia

Pag

Colegio de Abogados

El convenio firmado entre el Colegio de Abogados deAlcalá de Henares y la editorial Tirant lo Blanch el 6de marzo , permite e todos los colegiados con FIRMA

ELECTRÓNICA acceder a los siguientes contenidos, de forma to-talmente gratuita:CONTENIDOS: a) Toda la LEGISLACIÓN Comunitaria, Estatal, Autonómica,Foral y una gran cantidad de ordenanzas locales. Incluyeademás la legislación básica de los países del mundo. La legislación es completa, está relacionada con todos losdocumentos de la base de datos y se ofrece vigente y con-solidada. Se incorpora además una exclusiva función deTextos legales básicos interrelacionados, acceso a legis-lación Internacional e índice legislativo desarrollado. b) Toda la JURISPRUDENCIA incluida en Tirantonline, asícomo las Resoluciones administrativas y consultas. Losdocumentos conforman una masa documental superior almillón trescientos mil documentos (1.400.000) .c) La incorporación de ESQUEMAS procesales y sustan-tivos de todos los ámbitos jurídicos (Procesal civil, Pri-vado, Penal, Público, Laboral y Financiero).d) Una completa BASE DE DATOS BIBLIOGRÁFICA.e) Extensa recopilación de CONSULTAS: DGT, Mº deTrabajo, AEAT, ICAC, Notariado f) Servicio de NOVEDADES.

FORO Nº.17/ ABRIL 2009

Redacción

El 13 de febrero pasado, en la sede de nuestro Colegio,se firmó un convenio con la Mutualidad de la Abogacíapor el que se amplía la cobertura de accidentes de

trabajo de los abogados que prestan sus servicios en cualquierade los turnos de oficio del Colegio, así como en las OficinasJudiciales.Al acto de la firma asistieron el Decano, José LuisDoñoro, el Tesorero ,Manuel Palomo y Alejandro Sardina, enrepresentación de la Mutualidad.

Su llegada ya fue anunciada el pasado mes de junio y desde el mes deSeptiembre, el Colegio ya está funcionando con la nueva herramienta degestión colegial llamada SIGA.Lo novedoso de esta herramienta es que

permite al colegiado intervenir en la gestión interna del Colegio desde su casa,con la firma electrónica y usar el mismo sistema que los empleados de laCorporación. A un solo click del ratón el colegiado puede acceder a toda su fichacolegial, donde se encuentran sus datos personales, las guardias, designaciones,cuotas, seguros, etc, y conocer en tiempo real las listas de guardia y el estado desu ficha colegial.El pasado 27 de febrero se llevó a cabo una nueva jornada deformación, a las 12 horas en el salón de actos del Colegio, al que asistieronnumerosos compañeros.En esta jornada se explicaron algunas modificacionesque se han ido produciendo en SIGA desde que entrara en funcionamiento elpasado año, pues una de las características destacadas de esta herramienta es quese actualiza constantemente.

CCoonnvveenniioo ccoonn llaa MMuuttuuaalliiddaaddppaarraa llaa ccoobbeerrttuurraa ddee

aacccciiddeenntteess ddee TTuurrnnoo ddee OOffiicciioo

Curso de SIGA ( SISTEMA INTEGRAL DE GESTION DE LA ABOGACIA)

Base de datos on line gratuita para todos los colegiados

Retrospectiva del acto de la firma

La asistencia fue muy numerosa

El representante de la Editorial con nuestro Decano

Firma del acuerdo entre ambas entidades

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Alcalá de Henares 2009

8Pag

Colegio de Abogados Actualidad

FORO Nº.17/ ABRIL 2009

La culminación de todas esas movilizaciones la consti-tuyen los encierros mantenidos por los compañeros delturno de oficio el pasado 16 de febrero, primero en el

Colegio de Alcalá de Henares y después en el Colegio de Ma-drid, así como la posterior concentración en la Puerta del Soldel día 3 de marzo, a la que aludiremos después, y que han re-sultado decisivos para forzar a la administración autonómicaa tener que pronunciarse sobre sus propósitos. Así, a fecha dehoy, ya se ha cumplido con el compromiso adquirido desde laConsejería de Justicia del pago inmediato de las cantidadesadeudadas por la Comunidad correspondientes a 2008, peroesto, con lo que tiene de positivo, no puede constituir másque el principio, pues las reivindicaciones planteadas vanmucho más allá: la ejecución de los pagos de las certifica-ciones correspondientes a 2009 se hagan «con la debida re-gularidad» y la revisión, por primera vez en seis años, de losvaremos de retribución de las actuaciones de estos letrados... Y por encima de todo lo anterior, la firme determinación delcolectivo en la defensa de que el turno de oficio sea prestado,siempre y en todo caso, por abogados libres e independientes,rechazándose de plano cualquier iniciativa por parte de la ad-ministración tendente a la privatización del servicio, no envano las protestas han logrado paralizar el proceso de priva-tización del Servicio de Orientación Jurídica a Mayores. Ma-nifestación de los abogados del turno de oficio en Madrid. Como hemos indicado el pasado 3 de marzo ha tenido lugarla primera manifestación pública de más de 300 abogadosfrente a la sede del Gobierno regional de la Comunidad deMadrid. Los manifestantes protestaron durante más de unahora reivindicando el pago de los más de 24 millones de eurosque la Comunidad adeudaba a los abogados del turno de ofi-cio. Con lemas como«¡Espe, escucha, el Turno de Oficiolucha!»refiriéndose a la presidenta de la Comunidad de Ma-drid, o «aquí el oficio, ahí el beneficio» los abogados convo-cados por laAsociación Profesional de Abogados deExtranjeros de Madrid (APAEM), la Asociación Libre deAbogados (ALA)y la Asociación de Letrados por un Turno de

Oficio Digno (ALTODO) expresaron su rechazo a la privati-zación del turno de oficio. El Consejo General de la Abogacía convocó un pleno mono-gráfico para el día 26 de marzo para abordar la problemáticay situación actual de la asistencia jurídica gratuita y del turnode oficio. Previo a ese Pleno, el día 11 de marzo y a iniciativadel propio presidente del Consejo, Carlos Carnicer, ha tenidolugar una reunión de un grupo de trabajo en el que han es-tado representados todos los colegios de España al objeto depoder llevar a dicho Pleno propuestas concretas así como elanálisis de los acuerdos adoptados por los Consejeros res-ponsables de Justicia de las Comunidades autónomas contransferencias. En representación del Colegio de Alcalá de Henares acudie-ron a dicha reunión uno de sus empleados, una colaboradorade la comisión del turno de oficio y el diputado 6º que apo-yaron, con el resto de colegios, la creación de una comisióndel turno de oficio, que se vinculará a la existente comisiónde Justicia Gratuita y deberá acoger a los responsables en lamateria de los Consejos Autonómicos, que sirva para unificarlos criterios de todos los colegios y trabaje en las necesidadesde reforma de la Ley de Justicia Gratuita, pues como dijo elPresidente«hay que -reinventar- el sistema«. Las intervenciones se fueron sucediendo a lo largo de la ma-ñana, siendo casi todas ellas coincidentes en las cuestionesfundamentales: Actualización de varemos, regularidad en lospagos, propiciar el -copago- por parte del justiciable, lo queredundaría en la consideración del servicio prestado por partedel ciudadano, la informatización del servicio, la formacióninicial y continuada de los letrados... La conclusión unánime de todos los asistentes fue que nadieestá más interesado que la propia abogacía en el buen fun-cionamiento del turno de oficio, apostando por la defensa delactual modelo aunque con sus necesarias mejoras.

Encierro de abogados de turnode oficio de Alcalá y Madrid

Por: TOMAS MAYORAL

El colectivo emprendió hace unas semanas un calendario de movilizaciones para defen-der el modelo actual que sustenta la asistencia jurídica gratuita y reclamar el pago de ladeuda de 24 millones de euros contraída por la Comunidad por no sufragar los honora-rios de 2008. Además del aspecto económico, las protestas se producen a sazón de lassospechas sobre el supuesto interés del Ejecutivo regional en privatizar el servicio

En protesta por la actual situación de la asistencia jurídica gratuita

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9

El Consejo General de la Abogacía

convocó pleno monográfico para el día 26

de marzo para abordar

la problemática y situación actual de la asistencia jurídica

gratuita y del turno de oficio

La conclusiónunánime de

todos los asis-tentes fue que

nadie estámás intere-sado que la

propia aboga-cía en el buen

funciona-miento delturno de ofi-

cio, apostandopor la defensa

del actualmode lo aun-que con sus necesariasmejoras

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Manifestación de los abogados del turno de oficio en Madrid

Foto Laura Sánchez

Foto Laura Sánchez Foto Laura Sánchez

AAssiissttiieerroonn ttooddooss llooss mmeeddiiooss ddee ccoommuunniiccaacciióónn

RReettrroossppeeccttíívvaass ddee llaa rreeuunniióónn ddee AALLTTOODDOO eenn eell CCoolleeggiioo ddee AAbbooggaaddooss

HHuubboo uunn nnuuttrriiddoo ggrruuppoo ddee aabbooggaaddooss

Page 10: Revista Foro 17

Pag 10 FORO Nº.17/ ABRIL 2009

Dadas las dificultades padecidas durante el pasado año2008 en cuanto al cobro de las indemnizaciones pro-cedentes del turno de oficio, si bien, se ha conseguido

el abono de todas las cantidades pendientes del pasado año2008 en la primera quincena de marzo, el Colegio, en previ-sión de que se puedan repetir circunstancias semejantes enun futuro, ha realizado las oportunas gestiones tendentes a

CONTRATAR UNA PÓLIZA DE CRÉ-DITO CON LA ENTIDAD BANCOSANTANDER QUE, UNA VEZ SUS-CRITA, FUNCIONARÁ DE LA SI-GUIENTE MANERA: El turno de oficio actualmentese cobra en función de los cie-rres de cada trimestre, remi-

tiendo la correspondienteliquidación a la Consejería de Justicia de la Comunidad, quehasta que comenzaron a darse los problemas mencionados,normalmente venía pagando en el siguiente trimestre natural.La experiencia negativa del pasado ejercicio nos ha llevado,pensando que esa falta de regularidad en los pagos por partede la administración se pueda repetir, a constituir dicha pólizade crédito al efecto de que si transcurrido el correspondientetrimestre hábil no se hubiera cobrado el anterior, TODOS AQUE-

LLOS COMPAÑEROS ADSCRITOS A LOS TURNOS QUE LO ESTIMENPERTINENTE PODRÁN HACER USO DE LAMENCIONADA PÓLIZA, LI-MITÁNDOSE SUS GESTIONES A PASAR POR GERENCIA A SOLICITARSUS CRÉDITOS VENCIDOS, LÍQUIDOS Y EXIGIBLES, Y CON SÓLOUNA PEQUEÑA REDUCCIÓN DE INTERÉS PODRÁN MEDIANTE CHE-QUE, ACUDIR A SU BANCO Y CONTRA LA PÓLIZA, COBRAR SUSCRÉDITOS. PARA QUE ESTA MEDIDA RESULTE LO MENOS GRAVOSA POSIBLEPARA LOS LETRADOS QUE DESEEN HACER USO DE LA MISMA, ELCOLEGIO ASUMIRÁ LA COMISIÓN DE APERTURA DE PÓLIZA, ASÍCOMO TAMBIÉN LA COMISIÓN POR DISPONIBILIDAD, QUE IRÁ CONCARGO A LOS INTERESES QUE LA INSTITUCIÓN PUEDA PERCIBIRDE SUS ACTIVOS, ASÍ EL ABOGADO SÓLO SOPORTARÁ EL INTERÉSTRIMESTRAL DEL DINERO QUE QUIERA LIBRAR, esto es, única-mente el Euribor + 1,30% como máximo, si bien no se des-carta conseguir rebajar en algo ese tanto por ciento. Manifestar finalmente en mi nombre y en nombre de la Juntade Gobierno nuestro agradecimiento a todos los compañerosdel turno de oficio, y en especial a la asociación ALTODO yaque con su compromiso y esfuerzo han conseguido que hoyestemos al día en el pago del turno de 2008, cuando, en cir-cunstancias normales, la administración dispondría todavíapara liquidar el cuarto trimestre del indicado ejercicio de todoel primer trimestre del presente año.

Aprobada lacontratación

de una Póliza de

Crédito porla Junta deGobierno

Alcalá de Henares 2009Colegio de Abogados

Se ha encomendado a Manuel Palomo, en su condición de Tesorero, la negociación de las condi-ciones de esa póliza de crédito con la entidad bancaria, que a fecha de hoy están muy avanzadas,tal y como tuvo ocasión de informar el Sr. Tesorero en la última Junta de Gobierno, dando ahoracuenta de las mismas a todos los compañeros a través de la revista colegial

Por: TOMAS MAYORAL/ ISABEL MARIA ESCOZ

permitirá a losletrados del turnoof ic io que así lodeseen antic ipar elcobro de susindemnizaciones

Actualidad

Para Letrados adscritos alturno de oficio

Page 11: Revista Foro 17

FORO Nº17 / ABRIL 2009 11Pag

Mesa redonda:Procedimientos penales,Reforma de la Ley de

Enjuiciamiento Criminal

El 24 de febrero pasado y encuadrándose dentro del cicloformativo de la Escuela de Práctica Jurídica se ha cele-brado en el salón de actos del Colegio una interesante

mesa redonda en la que se abordaron, a través de un diálogoabierto entre los magistrados invitados al efecto y los numerososcompañeros que asistieron, muchas de las cuestiones que se vie-nen suscitando en el día a día de los Juzgados con los actualesprocedimientos penales en vigor. Alejandro Benito López, Magistrado de la Audiencia Provin-cial, Nuria Alcalde, Magistrado del Juzgado de lo Penal n.º 3 deAlcalá de Henares y Pilar Llop Cuenca, Magistrado del Juzgadode Instrucción nº 5 de esta misma Ciudad fueron dando contes-tación a las diversas cuestiones que les fueron planteadas porparte de los abogados en materia de práctica de pruebas, des-arrollo de las comparecencias del Art. 505, recursos, ejecuto-rias..., sugiriéndose además algunas posibles reformas de quedebería ser objeto la Lecrim con el fin de agilizar y perfeccionarlos actuales procedimientos penales. En definitiva una experiencia muy válida de intercambio de opi-niones y pareceres entre abogados y jueces que sería convenientese produjese con frecuencia, tal y como se expresó por parte detodos los intervinientes a la finalización del acto.

Fue una Junta intensa y concurrida

Se celebró el pasado veinte de Marzo del año en elSalón de Actos del Colegio de Abogados la primeraJunta General Ordinaria correspondiente al ejercicio

2008. En la misma, la Junta de Gobierno actual presentó a loscolegiados alcalaínos las cuentas del ejercicio 2008.Dichascuentas que se han preparado a partir de los Registro conta-bles al día 31 de diciembre del año 2008 ello con el objetode mostrar la imagen fiel del patrimonio así como de la ac-tual situación financiera del Colegio y sus resultados; ha-biendo pasado favorablemente la auditoria que cada año sehace de la situación económica de nuestra institución, en-marcada en el deseo de transparencia que abandera, desde elprincipio esta Junta de Gobierno. Las cuentas son parecidas a las del ejercicio anterior aun-que en este ejercicio hay que destacar una tendencia en elaumento de los asuntos relativos al Turno de Oficio y queprevisiblemente seguirán en esa misma línea el próximoaño.. Estas cuentas sometidas a votación a mano alzada fueronaprobadas,en una muy intensa y concurrida Junta, por ma-yoría de 54 votos a favor, 34 en contra y 3 abstenciones. En cuanto al nuevo punto de orden del día solicitado porun grupo de abogados sobre el Estatuto del Colegio publi-cado en el BOCAM de 28 de Junjo del 2008. El mismo fuedesestimado por votación mayoritaria de los colegiados asis-tentes a la misma.

Aprobadaslas cuentas

del ejerciciodel 2008

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12

El tema que se propone a debatir en éste número estotalmente candente y afecta al futuro de nuestra profesión engeneral, y muy particularmente a la de los compañero/as, quepertenezcan al Turno de Oficio, dado que, como todossabemos, está en todos los mentideros jurídicos la posibleprivatización de dicho Servicio por parte de la Comunidad deMadrid. Todos sabemos que dicha privatización debe conllevarineludiblemente la modificación de la actual legislación parapoder llevarla a cabo, debiendo tenerse siempre en cuenta porparte del legislador que los derechos de los usuarios de dichoturno, que son las personas que menos medios tienen parapoder realizar su derecho a la tutela judicial efectiva, no sevean perjudicados por dicha situación, y que sus DerechosConstitucionales no se vean perjudicados, además de tenerque velar porque se mantenga la dignidad de nuestra profesióny, sobre todo y ante todo, la independencia en el ejercicio dela misma, en cuanto que el abogado designado del Turno deOficio pueda ejercer la defensa de su cliente libremente, segúnsu leal saber y entender, sin someterse a ninguna directriz omandato impuesto, explícita o implícitamente. Precisamente sobre el punto de salvaguardar la indepen-dencia de nuestra labor, existe la fundada duda de si laconcesión de dicho servicio a una sola empresa atentaríacontra la independencia del abogado designado, dado que éstese vería sometido a una jerarquía de índole cuasi laboral,además de que dicha concesión podría generar diversos

conflictos de intereses, toda vez que, por ejemplo, se puededar el caso de que una persona a la que le designen unabogado del Turno de Oficio por parte de la empresaconcesionaria quiera reclamar contra la administraciónconcedente, lo que haría que el cliente tuviera la fundadasospecha de que el Letrado que se le designe pueda estar máspendiente de no disgustar a la administración de la quedepende su concesión administrativa que de defender susderechos, minando así la fundamental relación de confianzaque tiene que existir en la relación abogado - cliente. LO QUE PRETENDEMOS PLANTEAROS ANTE ESTA SITUACIÓN ES:

1º ¿Creéis posible la privatización del Turno deOficio?2º ¿Es necesario cambiar la legislación actual parallevarse a cabo?3º ¿Creéis que dicha medida es necesaria?4º ¿Creéis que beneficiaria o perjudicaría a losusuarios?5º ¿Atentaría dicha medida a la independencia que sele exige al abogado?6º ¿Cual debe ser la actitud de los abogados del Turnode cara a esta situación?

ESPERAMOS ENVIÉIS VUESTROS COMENTARIOS AL CORREOELECTRÓNICO [email protected] .Francisco Gutierrez, es abogado)

Alcalá de Henares 2009Colegio de Abogados

Obras de los nuevos JuzgadosAAbbrriill 22000099

FORO Nº.17/ ABRIL 2009

Por: Francisco Gutiérrez

El pasado 26 de Febrerotuvo lugar el homenaje que serindió a Mingote por sus 90años. La Muestra consistía endiferentes viñetas humorís-ticas en la que los propiosautores caricaturizaban almaestro Mingote. La mismase celebró en la BibliotecaValencia de San Miguel delos Reyes. Entre los autoresque lo caricaturizaban,además de Ubaldo estuvie-ron otros como Vizcarra,Máximo, Peridis, Ricardo,

Ché, J. Aldeguer Almazara,Edu, o Marrugat así hastaalcanzar la cifra de 44 humo-ristas gráficos. El evento fueorganizado por la BibliotecaValenciana y por la Academiade Humor con la colabo-ración de Caja Madrid,Bi-blioteca Nacional de Españay Ayuntamiento de Madrid yel patrocinio de El Corte In-glés, Hipercor e Iberdrola. LaExposición seguirá a dispo-sición del público hasta el 24de mayo del año en curso. Aposteriori,las obras origína-les serán encuadernadas y en-tregadas a Antonio Mingote. Asímismo se encuentra ex-poniendo las Jornadas mun-diales sobre Darwinismocelebradas por la Universidadde Sao Paulo(Brasil).

Ubaldo en elhomenaje a Mingote

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FORO Nº.17/ ABRIL 2009Pag 14

Alcalá de Henares 2009 OpiniónColegio de Abogados

«Pisos patera»¿Qué hacer?

Cada vez son más las personas queresiden en nuestro país que debenaceptar pagar entre 180 y 300

euros al mes por vivir junto a su familia enuna habitación, e incluso pagar 30 eurospor ocupar una cama durante ocho horasal día, luego utilizada por otra persona sinmediar ninguna exigencia de higiene. Hayque buscar un techo para cobijarse. Se estáconvirtiendo en algo habitual ver en esta-ciones de tren, metro, paradas de autobús,semáforos... carteles a ordenador, ó amano, con números de teléfono para com-

partir piso. No haytrabajo, falta di-nero, duele la crisisy hay que buscar in-gresos por dondesea, o limitar losgastos como sea. No es fácil solucio-nar el problema delos pisos patera ycamas calientes.¿La razón? La difi-cultad que hay paraprobar la existenciade una relación eco-

nómica entre los dueños de la vivienda sinescrúpulos y los inquilinos que entran ysalen de las casas sobreocupadas, ya queno suele mediar un contrato; o el sub-arriendo inconsentido por la propiedad,que realiza el inquilino para garantizarseel pago de la renta a costa de otros»inqui-linos»que el dueño del piso desconoce, yque incluso, sin mediar papel alguno, cam-bian por días.

Las Administraciones Locales se muestranimpotentes ante esta situación, o mejordicho inoperantes. Se da la paradoja deque incluso al propietario de un piso arren-dado le es vedado saber quien esta empa-dronado en su domicilio, para por ejemplopromover una resolución de contrato porsubarriendo inconsentido, facilitando laprueba para dirigir la demanda contra elarrendatario conocido que subarrienda aterceros que se empadronan, no sabemoscomo, pues ¿En base a que documento ac-ceden al padrón si no tienen contrato?. Debiera existir un mayor control a la horade que una persona se empadrone, ha-biendo de acudir con documentación depor medio propietarios e inquilinos. Si lacédula de habitabilidad sirve para algo, encincuenta metros cuadrados no debieranpoder habitar diez personas, que se aceptapueden empadronarse simultáneamente,cada una de su padre y de su madre. Si losservicios sociales quieren hacer bien sutrabajo de ayuda a los más necesitados,serviría de mucho evitar que se les ex-plote, cobrándoles sin derecho a que pue-dan exigir, sólo por estar, que no habitar,bajo un techo, que no una vivienda, quedista de ser digna. ¿Como atacar el problema de los pisos pa-teras cuando el propietario permite y sebeneficia del abuso, asumido por aquellosque pagan sin recibo a cambio de untecho?. La solución legal pasa por la ac-ción que puede ejercitar la Comunidad dePropietarios en atención al artículo 8.2 dela Ley de Propiedad Horizontal, en el que

se reconoce que»... al propietario y al ocu-pante del piso o local no les está permitidodesarrollar en él o en el resto del inmue-ble actividades prohibidas en los estatutos,que resulten dañosas para la finca o quecontravengan las disposiciones generalessobre actividades molestas, insalubres, no-civas, peligrosas o ilícitas». ¿Como ata-car el problema cuando el propietario es lavíctima del subarriendo inconsentido rea-lizado por el inquilino conocido, y que in-cluso luego desaparece, dejando la casaocupada por personas cuya filiación sedesconoce?. La mejor solución a mi crite-rio pasa de nuevo por una acción ejerci-tada por la Comunidad de Propietarios,previo acuerdo en Junta de vecinos pro-movida por el propietario de la viviendaque impedía en su contrato de alquiler alinquilino identificable el subarriendo, puesal resto de propietarios del edificio tam-bién les debe perturbar la situación de unavivienda patera, por el tránsito constantede personas que entran y salen del portal,a distintas horas, con copias de llaves queno se controlan, con problemas adiciona-les de higiene en las zonas comunes,ruido,... para en base al artículo 7.2 de laLey de Propiedad Horizontal, conseguirque se dicte Sentencia que clausure, de-bido a su mal uso, la vivienda patera, sintener que precisar la identidad de los ocu-pantes, pues el resto de vecinos, incluidoel propietario que sin comérselo ni bebér-selo se ve con el piso ocupado, no tienenque soportar esa situación producto de unasociedad en crisis, pues: ¿Quien querríavivir y pagar por una vivienda que no esdigna?.

Las viviendas ocupadas por decenas depersonas hacinadas en pocos metros cua-drados empiezan a ser habituales en algu-nas ciudades españolas

VIDAL VILCHES VILELA , es Abogado

Por:VIDAL VILCHES VILELA

Debiera existirun mayor controla la hora de queuna persona seempadrone,ha-biendo de acudircon documenta-ción de por mediopropietarios e in-quilinos.

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De las costas I Las costas, se podrían definir como el costedel procedimiento, y la tasación de las mis-mas la cuantificación del mismo

JESUS VALENCIA , es Secretario Judicial

Por:JESUS VALENCIA

Las costas, se podrían definir como el coste del procedi-miento, y la tasación de las mismas la cuantificacióndel mismo. Cuando se tasan se trata de dar contenido,

de trazar de un modo nítido, todas y cada una de las partidas,que forman los conceptos a incluir, o no, según proceda, a finde determinar el «quantum», que ha de satisfacer la parte con-denada en costas. Partiendo de la anterior base, la primera cuestión que se sus-cita es quien debe satisfacer ese coste, en definitiva, quien hade ser condenado en costas. Tal cuestión es regulada en el ca-pítulo VIII, título I del libro II de la L. E. C., bajo el epí-grafe»De la condena en costas». Pues bien, En un principio larespuesta es clara, y no es otra que aquella parte que hayavisto, sus pretensiones totalmente desestimadas. Así se deter-mina en el párrafo primero del Art. 394. Aunque nada se digaal respecto en el precepto mencionado, la condena en costasdebe ser recogida en una resolución final, ya sea sentencia oauto. Así mismo el legislador efectúa una excepción a lanorma general, consistente en que el tribunal aprecie seriasdudas de hecho o de derecho y así lo razone. En este supuesto,la solución la da el párrafo siguiente en el sentido de remitir ala jurisprudencia recaída en casos similares. En la práctica raravez se da semejante contingencia, puesto que normalmente,jueces y tribunales, en sus resoluciones, condenan al pago delas costas en función del pronunciamiento principal. En el supuesto de que la estimación sea parcial, las costas

serán satisfechas, por cada parte, las suyas y las comunes pormitad (Nº 2 del Art. 394), salvo temeridad. Después la ley de-termina el límite de un tercio de la cuantía del procedimiento,(ya recogida en la L. E. C. de 1881) respecto a la obligaciónde pago del condenado en costas, sobre la minuta de letradosy otros profesionales no sujetos a arancel, salvo que se deter-mine por el juzgador otra cosa, por la complejidad del asunto.Nuevamente nos topamos con la temeridad, como excepcióna la norma. Vemos pues, que la temeridad es el único obstá-culo que encuentra el límite descrito, permitiendo así mismoque, a pesar de la estimación o desestimación parcial, al ser re-conocida, cabe la condena de una parte de todas las costas.Este concepto procesal, puede ser aplicado tanto al deman-dante, como al demandado y consiste en sostener la preten-sión defendida, sin prueba que la sustente, y aunqueesencialmente presenta muchas similitudes con la mala fe pro-cesal, esta última implicaría además, el conocimiento de la in-sostenibilidad de la pretensión, y la recalcitrante continuidaddel procedimiento. La labor del abogado en estos supuestos,es decisiva, a fin de que la parte no incurra en estas posturasen el marco del proceso, y que a la larga son tremendamenteperjudiciales. Esencial es en este punto, que la temeridad seaapreciada en la resolución que contenga la condena en costas.

Por otro lado, en la praxis diaria, es poco frecuente que se re-conozca la misma, en resoluciones judiciales. Es interesante destacar que en el artículo citado, se pone demanifiesto que será operativa la limitación de un tercio, porcada una de las partes que hubiese obtenido pronunciamientofavorable. Se da con cierta frecuencia, que en base a estanorma, se presenten tantas minutas, como partes se defiendeno representan, lo que bajo ningún concepto es dable, cuandoa varios actores o demandados, les ha representado un procu-rador y les ha defendido un letrado, ya que las actuacionesprocesales han sido comunes y clara e indefectiblemente, nodebe minutarse separadamente, con el fin de que por cada unade ellas se tenga en cuenta la totalidad de la cuantía del pleito,para calcular un tercio, ya que la canti-dad a pagar, se multiplicaría por cadapersona defendida y representada. Si seobtuviese la parte proporcional de cadauno, podría ser admisible, pero con taloperación, se liquidaría la misma canti-dad que si no se hubiese dividido entrecada parte, lo cual dejaría la maniobra,vacía de contenido. En el allanamiento, se condenará en

costas al demandado, salvo que lo efec-túe antes de la contestación a la de-manda. En este caso no existirá condenaen costas. Sí se dará la misma, cuandose aprecie mala fe por parte del deman-dado. La mala fe en esta ocasión, es extraprocesal, ya que sepresume, iuris et de iure, que esta se da, cuando se ha reque-rido de pago fehacientemente, o cuando se ha dirigido contrael deudor demanda de conciliación, y esto es así puesto queexige una actitud del futuro demandado fuera del procedi-miento, consistente en ignorar el requerimiento de pago o elacto de conciliación, haciendo que el acreedor, o futuro o hi-potético demandante, no tenga opción recurrir a los tribuna-les, a fin de que se reconozcan sus pretensiones, es decir apresentar una demanda, con los gastos que esto implica. En el desistimiento, la condena en costas va a depender del

consentimiento del demandado, respecto al mismo, de con-formidad con el Art. 396 de la L. E. C. Es decir que si el de-mandado muestra su conformidad con el desistimiento, no seda condena en costas, y en caso contrario, el actor deberáhacer frente al pago de aquéllas. Respecto a la condena en cos-tas en la apelación, rige el principio general del ya examinadoArt. 394. Una vez visto, aunque sea de un modo somero, lacondena en costas, en la próxima ocasión, estudiaremos la ta-sación de costas en cuanto a tal, y las impugnaciones quecaben contra la misma.

En el desistimiento, la condena

en costas va a depender del

consentimiento del demandado

Colegio de Abogados Alcalá de Henares 2008Opinión

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Nos encontramos con que al pasarlas Diligencias previas a Proce-dimiento Abreviado, por el Juz-

gado se nos da un plazo de diez días paracalificar y este emite una Providencia porla cual pone a disposición del Abogado,através del Procurador, la causa para califi-car, en el Juzgado.Al personarse este endependencias judiciales por parte del Juz-gado se le entrega al Procurador la causaoriginal para que este se haga la fotocopiaque le permita ejercer el derecho a la de-fensa de su cliente ,o directamente, le en-trega el original para que salga delJuzgado y la devuelva diéz días despues.Algunos Juzgados computan el plazodesde que el Procurador se hace la fotoco-pia,y otros, en cambio, lo quieren compu-tar desde que dictan la Providencia o elAuto de reconversión sin acompañar nin-gún tipo de fotocopia de la causa lo cuales un verdadero problema. Abordaremosambas modalidades y las particularisimasinterpretaciones que por esos Juzgadoshacen del artículo Art. 791.1 Lecrim.Lanorma que encaja en este supuestoEn cuanto a la entrega de la causa paracalificar y ejercitar el derecho de defensade nuestro cliente, .lo que no contempla,ni racionalmente puede contemplar la ley,es que no so lleve a cabo traslado alguno yque tenga que ser la representación delimputado o su abogado quien haya de ir fí-sicamente al Juzgado, ver allí la causa yobtener el mismo las fotocopias que nece-sita para ejercer de un modo adecuado elderecho de defensa. Esta opción, que es laque toma el Juzgado, se opone no sólo alsentido estricto de las palabras empleadaspor el legislador, sino también a los ante-cedentes, al espíritu y la finalidad de lanorma, y resulta incluso claramente dis-funcional para la actividad ordinaria delórgano judicial.Respecto al plazo que imponen desde lanotificación del Auto de transformación,sin acompañar fotocopia de la causa, in-dicar que existe Jurisprudencia al respectoque señala que, como se pretende, nopuede correr el plazo para calificar desdela notificación el Auto de ProcedimientoAbreviado porque si con dicho auto no seacompaña la causa para calificar , la noti-ficación va incompleta y el auto queda vi-ciado de nulidad radical. Existe reiteradaJurisprudencia al respecto.La realidaddiaria es que los profesionales estamos

para ayudar en todo lo que podemos alJuzgado .Una cosa es que en un momentodeterminado el Procurador ,o Letrado,echemos una mano,eventualmente, y pormotu propio se fotocopie la causa. Ello porfacilitar las relaciones entre el Juzgado,profesionales y justiciables para que seaen beneficio de todos. Y otra muy distinta,es convertirlo en una regla general y hacerde los profesionales empleados al serviciodel Juzgado para fotocopiar cuantas cau-sas esten estos personados para ejercitar elderecho de defensa de su cliente, máximecuando ni en la Lecrim ni en ningunanorma pone nada al respecto.Esto encuanto a la fotocopia de la causa. Pero el asunto se torna más peliagudocuando el mismo Juzgado, directamente,entrega el original de la causa para califi-car al Procurador y este original sale delJuzgado para que a su vez este se lo entre-gue al Abogado de la causa . Parece que elJuzgado se olvida de que existe al respectola Ley 15/ 1999 de 13 de Diciembre LeyOrgánica de Protección de datos de ca-rácter personal (LOPD) y la LOPJ que leotorgan al Sr. Secretario la custodia de losexpedientes y de los datos que figuran enlos mismos como su portador legal.Dadala naturaleza que dichos datos contienen, ypor su especial sensibilidad, no puedensalir del Juzgado Art 9 LOPD,en cuanto alas medidas de seguridad a adoptar con di-chos datos por el portador y su acceso noautorizado a los mismos y art 25 de lamisma ley en cuanto a las obligaciones delresponsable de los datos y de la seguridadde los mismos como portador de dichosdatos. De lo expuesto se infiere que«donde no

hay no se puede sacar»como dicen loscastizos. Que so pretexto de una interpre-tación no se puede crear una nueva normadonde no existe. En la norma no pone queel Letrado o el Procurador tengan que fo-tocopiarse la causa para ejercitar el dere-cho de defensa o que el original tenga quesalir del Juzado sino que le impone a esteúltimo el garantizar el derecho a la defensadel justiciable facilitándole las copias dela causa hechas por el mismo Juzgado alos profesionales.Auto de Audiencia Provincial - Sevilla, Sección 1ª nº132/2007, de 29 de Marzo 2007 «La tramitación que se ha seguido para la fase intermedia deeste procedimiento abreviado no puede causar sino perpleji-dad. El texto literal del art. 784, apartado 1, de la Ley de En-juiciamiento Criminal, dispone en primer lugar que, abierto

el juicio oral, se emplace al imputado con entrega de copiade los escritos de acusación, para que en el plazo de tresdías»comparezca en la causa con abogado que le defienda yProcurador que le represente»de modo que se le designaráde oficio si no lo hace. Y, cumplido ese trámite estableceque»se dará traslado de las actuaciones onginales o mediantefotocopia»para que se presente escrito de defensa. Esta disposición no puede tomarse de un modo aislado, sinoque ha de encuadrarse en la lógica sistemática del procesopenal que se está desarrollando, tal como enseña el art. 3.1del Código Civil, según el cual las normas han de interpre-tarse no sólo según el sentido propio de sus palabras, sinotambién en relación con su contexto, las! antecedentes his-téricos y legislativos, la realidad social del tiempo en quehan de aplicarse y atendiendo fundamentalmente a su espí-ritu y finalidad. De este modo, el sentido evidente del requerimiento que or-dena la ley en este momento procesal para que el ya acusadocomparezca con abogado que le defienda y Procurador quele represente ha de ponerse en relación con el sistema gene-ral de defensa y representación del imputado establecido enlos párrafos 4 y 5° del art. 118.1 de la Ley de EnjuiciamientoCriminal y con las normas especiales que se contienen parael procedimiento abreviado en los arts. 767 y 768 de lamisma Ley. De conformidad con esta lógica sistemática si el imputado enun procedimiento abreviado no tiene aun abogado designado(lo que raramente sucederá si se ha producido correctamentela imputación y se ha cumplido lo que ordena el art. 767 ci-tado), o si carece aún de representación legal, habrá que re-querirle en el sentido indicado por el mencionado apartado1 del art. 764. Pero si ya tiene defensor y representante legallibremente elegidos por él, resulta evidente que un nuevo re-querimiento para que lo haga carece de todo sentido y sólotraerá como consecuencia una paralización injustificada delproceso y un retraso inútil en el enjuiciamiento, con quiebradel [derecho fundamental reconocido en el art. 24.2 de laConstitución. SEGUNDO.- De modo similar, la norma que obliga a dartraslado de las actuaciones,»originales, o mediante fotoco-pia», ha de ponerse en relación con el sistema ordinario ehistórico contemplado en el art. 652 de la Ley de Enjuicia-miento Criminal de traslado físico de la causa a la defensa.La experiencia pone de manifiesto que este traslado físicose convertía de hecho en fuente de demoras, ya que si quientenía en Por otra parte, la entrega física suponía un trámite sucesivopara cada uno de los procesados y/o responsables civiles, encaso de que hubiera más de uno, lo que suponía -y sigue su-poniendo en este tipo de procesos- una fuente adicional dadilaciones. Para evitar dilaciones y cumplir con la finalidad de abrevia-ción del proceso que rige todo el procedimiento que llevaprecisamente el nombre de abreviado, el legislador en esteprecepto, de contenido igual al anterior art 791.1, prevé queel traslado de la causa original, pueda llevarse a cabo por fo-tocopia, lo que posibilita que de modo simultáneo en el casode una pluralidad de acusados o responsables civiles sepueda continuar la tramitación aunque no se haya presen-tado escrito alguno, lo que se hace equivalente a un escritoen el que se pidiera la absolución. Pero lo que no contempla, ni racionalmente puede contem-plar, es que no so lleve a cabo traslado alguno y que tengaque ser el propio imputado o su abogado quien haya de ir fí-sicamente al Juzgado, ver allí la causa y obtener el mismo lasfotocopias que necesita para ejercer de un modo adecuadoel derecho de defensa. Esta opción, que es la que ha tomadoel Juzgado, se opone no sólo al sentido estricto de las pala-bras empleadas por el legislador, sino también a los antece-dentes, al espíritu y la finalidad de la norma, y resulta inclusoclaramente disfuncional para la actividad ordinaria del ór-gano judicial. Finalmente, el hecho de que el abogado, ante la falta de res-puesta del órgano judicial, haya optado de modo cautelar porpresentar un escrito de defensa, no puede eximir al Juzgadode cumplir la norma legal y realizar el traslado en el mododispuesto por la Ley de Enjuiciamiento Criminal.»

Causa para calificar ¿Quién hace las copias? Excepcionalmente y en algunos Juzgados de Instrucción

Por:UBALDO CÉSAR BOYANO ADÁNEZ

UBALDO CÉSAR BOYANO ADÁNEZ , es Procuradorde los Tribunales

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POR: UBALDO CÉSAR BOYANO ADÁNEZ/ ISABEL MARÍA ESCOZ GARCÍA

Alcalá de Henares 2009Entrevista con Colegio de Abogados

Su nombre lo dice todo por lo que ya de por si no necesita ningún tipo de presentación.Es un abogado brillante, un empresario de elite, un jurista de reconocido prestigio, pueses un profundo conocedor del derecho, y cultiva algo que ha caído en desuso en las últi-mas generaciones de Letrados como es la faceta humanista de la que es un sobresalientedramaturgo con más de cincuenta obras escritas y representadas. Asimismo es un liberalreconocido y un filántropo.En suma un pro-hombre de nuestros tiempos. Ni que decir tieneque es una de las mejores cabezas pensantes de nuestro país digno heredero y sucesor deuna estirpe de mentes prodigiosas como lo fueron antes las de su padre Antonio y hermanoJoaquín además de ser creador de una cultura jurídica, con estrechas raíces anglosajonas,algo sin parangón en nuestro país,que le han hecho acreedor de una marca única y genuinaen el mundo del derecho y financiero como es el nombre de J & A Garrigues, hoy por hoy,el bufete más grande de Europa Continental. También Antonio Garrigues, es y ha sido me-recedor de múltiples cargos premios, honores, distinciones y honoris causa de las másaltas instituciones e instancias nacionales e internacionales tanto en el ámbito del derechocomo en el cultural y el hu- manitario. Distinciones quepor razones obvias de espa- cio no podemos enumerar.Plantearse preparar una en- trevista para hacerle es hartocomplicado por varias razo- nes de peso: La primera, re-lacionada con la cantidad de entrevistas que se le hanhecho en todo tipo de medios de comunicación por lo queno hay pregunta que no haya respondido y entrevistado-res, de más peso que los que suscriben, por los que nohaya pasado. La segunda, porque existe una profusainformación sobre él en In- ternet, y la tercera y defini-tiva, por su propio perfil, máxime cuando ya de por si,y en una revista como la nuestra por y para abogados,él solo podría completar de cabo a rabo un número en-tero únicamente dando a co- nocer un mínimo de susmúltiples facetas en las que desarrolla su actividad legal, empresarial, política y humanistapor lo que tendríamos material, y de sobra, para cada una de las secciones que integran estemagazine.Dentro de dicho planteamiento, ya expuesto, abordamos la entrevista con la pre-tensión de que se convirtiera esta en un pequeño resumen de todas las facetas de Garri-gues pero en el transcurso de la misma, al ir ahondando cada vez más en la personalidaddel entrevistado, nos dimos cuenta de que el resultado final se iba a quedar en lo que esahora, como diría el pintor, en unos apuntes a vuela pluma. Nuestra impresión personal fueque se podría departir con él durante horas de todo tipo de asuntos divinos y humanos perotambién que es un hombre muy comprometido con los problemas sociales, tecnológicos yhumanos que nos acucian y sobre todo por una permanente e incansable búsqueda de so-luciones a todos esos problemas. Ya sin más preámbulos pasamos a la entrevista y losapuntes a vuela pluma, que el lector sea el que juzgue.

ANTONIO GARRIGUES WALKER

FORO Nº17 / ABRIL 2009

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FORO COMPLUTENSE:¿Cómo va-lora el papel que ha evolucionado elabogado en los últimos quince o vinteaños ante los retos actuales que se lepresentan? ANTONIO GARRIGUES: La abogacíaespañola ha tenido un desarrollo especta-cular en los últimos quince o veinte años.Ha sido a nivel de profesión liberal, la pro-fesión liberal que mejor y más se ha des-arrollado. En estos momentos, tenemos unconjunto de Colegios de Abogados, firmasde abogados e instituciones jurídicas quese pueden comparar, y no lo digo porchauvinismo, con cualquier país europeoexceptuando, el mundo anglosajón, esdecir, tanto Gran Bretaña como EstadosUnidos. Comparados con cualquier otro país euro-peo, me refiero a países como Alemania ocomo Francia, la verdad es que no tene-mos nada que envidiarles y superamos enmucho al resto de los otros países. Eso esmuy bueno para un país como España. Te-nemos un centro jurídico muy bueno yademás hay un gran equilibrio entre firmasgrandes, medianas y pequeñas e incluso loque llaman en los Estados Unidos el«solopractitioner». El abogado también cumple un papel, y lobueno de eso, es que en la abogacía haynichos para todo el mundo, es decir, unopuede estar en una firma grande, medianao pequeña o practicar el derecho por simismo aunque cada vez se hace más difí-cil el intentar cubrir todas las ramas del de-recho. Inevitablemente estamos condenados a laespecialización y por ahí tienen que ir lostiros. Un consejo a los más jóvenes es queintenten buscar caminos a la especializa-ción porque ahí pueden tener un futuromuy importante. Hay muchísimas áreasdel derecho donde todavía faltan muchosabogados jóvenes. Es el caso de medio

ambiente, del derecho financiero inclusoel derecho deportivo o el derecho del arteque es también un tema muy significativo.Se están abriendo permanentemente ni-chos de actividad jurídica y ahí es dondelos jóvenes deben buscar, en mi opinión,su acomodo. Pero ni que decir tiene que siun abogado quiere ser más generalistatiene derecho a serlo. Lo que pasa es queel mercado tiene cada vez más difícil esetipo de abogado. F.C:La situación de la Justicia es caó-tica, hay muy pocos jueces con unosJuzgados atascados, unas leyes procesa-les que no responden a las verdaderasnecesidades actuales, muy poco perso-nal. En este embrollo tan importante¿Cual es su opinión de esta situación enrelación con el imperio de la ley? A.G:Nadie puede negar que la situación dela justicia es todo menos buena. Es una si-tuación que en algún aspecto es deplora-ble, y eso lo confirma la propia ciudadaníacuando se le pregunta su credibilidadsobre las Instituciones. Siempre hay dosestamentos que quedan mal. Uno, es el es-tamento político, que tiene muy baja cre-dibilidad, pero también pasa lo mismo conel estamento de la Justicia. La ciudadanía, cree que la Justicia no fun-ciona bien en absoluto y eso es muy malopara un país. El que el ciudadano confíeen el sistema judicial es un bien en símismo pero es un bien en todos los aspec-tos, es un bien incluso económico. En cambio, el que la justicia funcione mal,es un factor tremendamente negativo, in-cluso, por ejemplo, desde el punto de vistade las inversiones de capital extranjero. Elmundo económico se fija en las condicio-nes de cada país y en un país donde no hafuncionado la justicia los inversores ex-tranjeros tienen poca confianza. Este es untema ciertamente en el que todos tenemosque asumir alguna parte de culpa pero creo

APUNTES A VUELA PLUMAABOGADO

Somos alrededor de dos milprofesionales pero contandocon el personal auxiliar en totalseremos unos dos mil cuatro-cientos.De modo, que tenemosuna dimensión muy amplia quecomprendo que para el nivelespañol pueda sorprender agente, pero a otros niveles glo-bales estamos en un númerorazonable. Nuestro despachoes el mayor despacho a nivel deEuropa Continental aunque nosquedamos cortos comparadoscon los despachos anglosajo-nes que están teniendo un des-arrollo espectacular.

EMPRESARIO DEL DERECHOFundamentalmente,estamosen China tanto en Beijing comoen Shangai,además de Marrue-cos en Casablanca y Tanger,desde hace muchos años enBruselas, además de en Polo-nia, Rumania y dentro de Por-tugal en Lisboa y Oporto.También en New York dondellevamos mucho tiempo yahora últimamente hemosabierto en Londres.Tenemosuna conexión con Latinoamé-rica muy importante a través deuna red de abogados que sellaman Affinitas que es unaalianza promovida por Garrigues.Nuestra aspiración es la de serun despacho de alcance real-mente global que pueda darapoyo a nuestras empresas yentidades financieras e inclusoa nuestro Gobierno y a Comu-

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que al estamento judicial le ha llegado ya,definitivamente, el momento de hacer unproceso autocrítico y lo tienen que hacerellos, no se lo podemos hacer los demás. Dudo mucho de que los jueces tengan de-recho a la huelga en este país, ese obvia-mente no es el camino. El camino es undiálogo a fondo sobre los problemas de lajusticia que son fundamentalmente, el tre-mendo retraso en el funcionamiento, queno se va a poder arreglar de una maneranormal y corriente. El que piensa que esose puede ir arreglando trabajando más yacelerando las cosas, se equivoca. Llegué a ofrecer, hace tiempo, y reitero miofrecimiento ahora, la idea de que cincomil abogados o más, si fuera necesario,voluntariamente, a través de todos los Co-legios de Abogados, se pusieran a dispo-sición del sistema judicial para intentarcorregir el retraso judicial que existe. No se trata de que los abogados se dedi-quen a dar Sentencias. Se trata de que ayu-den burocráticamente a ordenar toda lapapelería y todos los archivos que en estosmomentos están pendientes. Creo que algode ese tipo habrá que hacer, porque insisto,que para salir de la situación actual, noconsiste en nombrar otros diez mil jueces,cosa que además no se podría hacer. Ten-drá que haber un sistema distinto. El siguiente tema en el que todo el mundoestá coincidiendo es que en estos momen-tos un estamento que no tenga una adapta-ción a las nuevas normas tecnológicas,está desfasado. Es un estamento que nosabe lo que está pasando. Si en este des-pacho se quitara el apoyo tecnológico, noseríamos capaces de funcionar. Pero esopasa en este despacho y también en otrosmuchos despachos. Pasa en todos los si-tios. Un estamento judicial que no tiene una ca-lidad tecnológica mínima, no puede fun-cionar bien.Ahí se resisten, no solamente

la productividad, sino también la innova-ción y la racionalización. Se dañan mu-chísimas cosas y eso es un tema muycomplicado. El aumento del índice de ordenadores en lajusticia requiere de un esfuerzo titánico yde unas mentes capacitadas, que deben deser, además, mentes jóvenes. El mundojoven es el que domina este tema tecnoló-gico, no la generación a la que pertenezco,por tanto nosotros, en ese aspecto, tene-mos poco que aportar. Un estamento sin incorporación del ele-mento tecnológico no tiene futuro, notiene modernidad, y por lo tanto, serásiempre un estamento secundario, o seaque no es un tema menor el tema de la tec-nología. Sobre todo creo y reitero que a la Justicia,le llega el momento de hacer su propioproceso autocrítico y confío que de estacrisis que se ha abierto, últimamente,como de todas las crisis, salgan nuevasoportunidades. Me alegra la crisis por loque puede tener de catarsis para generarun diálogo y para generar una discusiónencubierta. F.C: ¿Eso quiere decir qué las crisis sonbuenas? A.G:Todas las crisis son buenas, a veceslo mejor es evitarlas, pero una vez que sehan producido, hay que sacar lo mejor deellas y aprovechar todas las oportunidades.También este caso concreto, que lo tiene,es una ocasión magnifica para que este de-bate se transmita a los medios de comuni-cación y al mundo de la abogacía, porsentado, porque todos los Abogados y Pro-curadores, estamos permanentemente ha-blando de este tema. Es bueno, ese tipo dedebate, lo que espero es que no sea un de-bate estéril y absurdo sino un debate real,pragmático y sobre todo concentrado ensoluciones.

nidades a nivel global. En todoel mundo habrá unos veinte otreinta despachos de alcanceglobal total, y la mayoría deellos anglosajones, para quenos vamos a engañar, porque elmundo anglosajón es el queestá dominando el mundo pro-fesional del derecho.DRAMATURGOSiempre me ha gustado muchoel teatro, desde el primer mo-mento en que vi una experien-cia teatral amateur, en un clubde amigos, hace muchos añosen California donde la gracias,por llamarlo de alguna forma,eran que los amigos constitu-ían una compañía de teatro,puramente amateur, es decir,sin ánimo de profesionalizar ytodo el mundo que lo hacía eraamateur, desde el director pa-sando por el autor, hasta el queponía las luces, el que se en-cargaba de vestuario y el quepresentaba los actores y actri-ces.He intentado seguir lo mis-mo ahora en España. Llevoescritas, unas cincuenta obrasde teatro y representadas lascincuenta en un ambiente entreamigos, a veces muy numeroso,porque han llegado a ser másde mil, pero siempre entre ami-gos. Por el momento no tengoni ganas ni tiempo para me-terme en el mundo profesional.

FILÁNTROPOSigo formando parte de la trila-teral, ahora justamente tene-mos una reunión en Tokio.Somos un grupo de personasFORO Nº.17/ ABRIL 2009

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F.C: Sabemos que usted es un hombremuy comprometido con la ciencia, el es-tudio y la tecnología que en este sentidoha creado el Foro de las EvidenciasElectrónicas donde precisamente se de-bate el avance tecnológico y su legisla-ción posterior. A la vista de lo expuestoanteriormente del estado tecnológico denuestro Juzgados y nuestras leyes¿Le-gislar en este país a la vez que se produ-cen los avances no es una quimera? A.G:No, eso pasó en los demás sectores yestos han ido incorporando tecnologíasegún avanzaba. Es como si una compa-ñía aérea quisiera seguir haciendo las re-servas a mano. No se pueden hacer lasreservas a mano, es imposible. Las reser-vas, por ejemplo de Iberia, se hacen en laIndia y el sistema tecnológico es un sis-tema indio, esa es la modernidad, lo demáses una antigüedad, como dicen los jóve-nes. A.G:Nos hemos quedado antiguos, que eslo peor que se puede decir de una persona.Pero que eso se pudiera hacer simultánea-mente, sin duda de ningún tipo. Que nohaya la menor vacilación. Porque sino sepudiera hacer, lo mejor sería abandonar eirnos a Australia todos a caminar por eldesierto. Eso no es así, se puede hacer si-multáneamente y hay sistemas y técnicasque lo pueden hacer e insisto, la abogacíatiene que colaborar con la justicia. F.C: Pero no se está haciendo A.G:No se está haciendo porque la Justiciatiene que abrir su proceso autocrítico, peroque se puede hacer, sin duda. F.C:Cómo humanista reconocido, de lospocos abogados humanistas que co-nozco, a su modo de ver,¿Qué aporta elderecho que no aportan otras discipli-nas a campos, como por ejemplo, la po-lítica? A.G:Lo primero, que no soy el único quehace otras cosas además de la abogacía,conozco una cantidad enorme de colegasque además de la abogacía se dedican apintar.F.C: Si, pero eso parece que está ca-yendo en desuso en las nuevas genera-ciones.

A.G:Le recomiendo a todos los abogadosjóvenes que no sean unidimensionales.Que además de la abogacía tengan otrosintereses, especialmente, en el área cultu-ral. Creo que los abogados tenemos quetener siempre el lado humanista, un ladofilosófico, un lado en donde prevalezca lacuriosidad intelectual. Un abogado tieneque ser un curioso intelectual permanente.Por tanto, no hay que decir que soy unaexcepción a la regla, bajo ningún con-cepto.F.C: ¿Y desarrollar la faceta humanistacomo binomio abogacía-política, comole decía? A.G:El derecho es un sistema en definitivafundamentalmente humano porque con-siste en dar a cada cual lo suyo, que es unpoco la raíz del derecho, y en ese ejerciciode razón, pues lo que hacemos es culti-varla y esta se aplica a todo tipo de cosas,por descontado al mundo creativo y almundo artístico. En ese aspecto, los Abogados siempre sehan caracterizado por su inquietud por lapolítica, por ejemplo, un gran número delos Congresistas, son abogados. Hay másabogados que en cualquier otra profesión.¿Por qué? porque aportamos un senti-miento de convivencia jurídica que es muyprofundo y a la vez muy bueno. F.C:Cómo liberal reconocido, ¿Cuál essu opinión de la Justicia como poder in-dependiente en nuestro país? A.G:La Justicia tiene que ser indepen-diente, y como fastidiemos el principio deque los tres poderes son independientes, yal mismo tiempo tienen que estar unidos, ycoordinarse, pues estamos perdidos. La justicia tiene que ser radicalmente in-dependiente. Igual que el ejecutivo y el le-gislativo. ¿Qué no es así del todo? Losabemos todos porque somos humanos.Lo que tenemos que lograr, realmente, esque como generemos dependencia delpoder legislativo, el ejecutivo o judicial,entre ellos, o cada uno de ellos con res-pecto al otro, realmente habremos hechomal por el liberalismo, pero sobre todo porla calidad de la democracia.

de Japón, Europa y Estados Uni-dos que discutimos todos lostemas que afectan a la humani-dad. En estos momentos paratener una mente global con-viene no sólo escucharnos anosotros mismos sino tambiénescuchar a los demás, sobretodo escuchar a otras gentesque parten de otros conceptosculturales. Para mi esas reunio-nes son realmente muy alenta-doras y muy positivas.

HISTORIA VIVAHe conocido a la familia Ken-nedy porque mi padre estabaallí de Embajador en los Esta-dos Unidos, estableció con ellosdos,tanto con el Presidentecomo con Joe Kennedy, una re-lación muy especial. Se llegó ahablar de una relación senti-mental de mi padre con JackieKennedy que no fue entera-mente verdad, pero la verdad esque se querían mucho comoamigos.Tuve en mi casa, des-pués del asesinato del Presi-dente Kennedy, a su hija que laquerían sacar del ambiente delos Estados Unidos y se pasócon mi familia diez o quincedías que fueron muy agrada-bles. Carolina Kennedy que en-tonces era muy pequeña, no meacuerdo de la edad que tenía,me causó una impresión estu-pendisima.

«Un consejo a los más jóvenes esque intenten buscar caminos a laespecialización porque ahí puedentener un futuro muy importante»

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F.C: ¿Qué le parece la actitud de los partidos políticos ante elliberalismo? A.G:Que no conocen bien lo que es el liberalismo. Los socialis-tas quieren ser liberales y los conservadores quieren ser liberales.Ser liberal es muy complicado. Es más difícil ser liberal que serconservador o ser socialista en el sentido de que un liberal tieneque ser liberal en todo. Lo que no puede ser es liberal en lo eco-nómico, porque defiende la economía de mercado, en cambio, noser liberal en lo religioso, o no ser liberal en lo cultural. Un libe-ral es una persona que defiende la liberación del hombre en todoslos poderes y en todos los sometimientos y por lo tanto ahí estánuestra complicación. Por eso el liberalismo político, nunca ha te-nido una fuerza política suficiente. Las demás ideologías tienensu propio contenido dogmático que se está habilitando. El libe-ralismo, como ha dicho muchas veces Darrendorf, el gran liberal,es una doctrina que propugna la innovación y el cambio. Ahí estála clave, pero la verdad es que los partidos políticos en estos mo-mentos no saben muy bien lo que quiere decir liberalismo en elsentido estricto, en el sentido auténtico. F.C: ¿Liberalismo entonces también implica entonces dere-cho global? A.G:Nuestra idea es que tienen que haber instituciones globalesy que tiene que haber un derecho global. No puede haber una glo-balización sino hay instituciones globales. Lo hemos visto ahoracon lo que ha pasado con la crisis financiera. Tiene que haber unaInstitución global financiera, una Institución global de carácterpenal., un Tribunal Penal Internacional, y tiene que haber un Ins-tituto de Comercio mundial.No podemos seguir gobernando una globalización con Gobiernoslocales. No puede ser, tiene que haber Gobiernos supranaciona-les que controlen esta globalización. Nosotros lo que defende-mos en la Cátedra Garrigues de Derecho Global de laUniversidad de Navarra es que haya instituciones globales y quehaya un derecho global y eso puede parecer utópico, pero estacrisis financiera ha puesto de manifiesto que no estamos hablandode utopías, estamos hablando de necesidades estrictas y concre-tas. VICENTE SÁNCHEZ: Solamente quería comentarle queademás de director de esta revista, también soy como Presi-dente del Turno de Oficio en la Junta de Gobierno del Cole-gio de Alcalá de Henares, y desde esa comisión, existe unasospecha, por decirlo de alguna manera, de una privatizacióndel turno de oficio.¿Cómo vería usted eso, una privatizaciónen esa gestión?

A.G:Por el momento no. Eso puede ser y no debe ser. No estamospreparados para ese tipo de fenómeno. ¿Qué en algún momentopodría ser y podría tener su efectividad? Sin duda de ningún tipo.Lo que tenemos que hacer es racionalizar bien el turno de oficio,darnos cuenta y recordarnos permanentemente la importancia quetiene el turno de oficio porque sin el turno de oficio, el derechoa la justicia, prácticamente desaparece, esa es la verdad. No es un tema menor, es un tema absolutamente claro. Hay ciu-dadanos que tienen que tener un acceso a la justicia directo y gra-tuito. Por tanto, es un tema decisivo. Hay que racionalizarlo ydotarlo de todos los medios que sean posibles. Ha tenido un des-arrollo espectacular en los últimos cinco o seis años y como esedesarrollo no se ha seguido de una manera correcta habrá que se-guirlo. Entonces para ello se tendrá que adecuar los instrumentosen cada Colegio de Abogados para hacerlo, pues, con la debidaagilidad y dinamizarlo. VICENTE SÁNCHEZ:Lo digo, porque hay un antecedente,todavía la semana pasada en relación,por ejemplo, al Servi-cio de Orientación Jurídica para Mayores que veía susten-tándose en un contrato suscrito entre la Conserjería deJusticia y el Colegio de Abogados de Madrid. Ese contrato hasido renovado y ha salido a concurso público esa gestión yentre las condiciones que se establecían para acceder a eseconcurso,que eran varias, vienen a privar el acceso nueva-mente a los Colegios de Abogados. Es decir, que parece, almenos, que ese servicio de orientación jurídica si se está pri-vatizando ya desde ahora.¿Eso podría ser un antecedente delo que va a venir? A.G:No me atrevo a opinar porque no conozco el caso. A mi loque me gustaría es que el tema del turno de oficio, el de asesoríagratuita a mayores, mujeres, y en definitiva, asesoría gratuita atodos los estamentos, fuera una tarea de la sociedad civil, y portanto, tarea de los Colegios de Abogados. Es lo que a mí perso-nalmente me gustaría, y creo que el Estamento jurídico es lo quetiene que hacer. Si el Estamento jurídico, el Colegio de Abogados,no puede hacerlo, o no tiene medios para hacerlo, pues tendráque buscarse otra solución. A mi me preocuparía una privatiza-ción radical de este tema pero también me preocuparía que fuerael Gobierno, otra vez, quien llevara esto directamente. Entre lasdos cosas tenemos que encontrar un equilibrio, para mi el equi-librio, es que los Colegios de Abogados asuman esa responsabi-lidad, es lo que puede que me de más tranquilidad y másconfianza.

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«El mundo econó-mico se fija en lascondiciones decada país y en unpaís donde no hafuncionado la jus-ticia los inversoresextranjeros tienenpoca confianza»

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Libro Blanco de Propuestas para la Reforma de la Justicia

Instar las reformas legislativas pertinentes con elfin de agilizar los procedimientos civiles, de talforma que los eventuales intereses dilatorios deldemandado no se vean favorecidos por maniobras,permitidas hoy en día por la legislación vigente,pero que tienen el pernicioso efecto de dificultaruna administración de justicia rápida y eficiente.Por ello se propone que en los procedimientos ci-viles declarativos, siempre que el demandado hayasido emplazado por los medios legalmente admiti-dos, no sea necesaria la notificación de la sentencia.

nº Col 3.501

Es un hecho por todos conocidos que, en multi-tud de procedimientos civiles (ya se trate de re-clamaciones de cantidad, procedimientos de

desahucio, etc,...) son innumerables las garantías le-gales con que cuenta el demandado y que pueden serutilizadas de forma torticera para dilatar un procedi-miento. Así, es de destacar la necesidad de que seanotificada al demandado tanto la demanda inicialcomo la sentencia. Es evidente que con estas actua-ciones se protege al demandado y, no menos evidenteresulta, que de manera directamente proporcional seperjudica al actor en los casos en que el demandadoquiere retrasar el procedimiento en términos detiempo y dinero, cuando lo cierto es que, una vez quese ha emplazado al demandado, una correcta diligen-cia de este le evitaría encontrarse con una futura eje-cución de sentencia inesperada y ante la que de algunaforma quedara indefenso. Por ello, habiendo sido em-plazado en forma será el propio demandado el quedeba prestar la máxima diligencia y no ser el deman-dado el que peche con las carga de que el demandadose«entere»de que tiene una sentencia en su contra.

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ForoTecnológicoAÑO 09 Nº 1

La implantación del sistema informáticoLexnet se enmarca en el plan de moder-nización de la Administración de Justicia.Uno de sus pilares es incentivar el uso delas tecnologías de la información en lasoficinas judiciales, de tal forma que seagilice su funcionamiento y así mejore elservicio a los ciudadanos. ¿QUÉ ES LEXNET?El sistema Lexnet ha sido desarrolladopor el Ministerio de Justicia. Es un sis-tema informático y de comunicacionesque permite que los órganos judiciales ylos distintos agentes que se relacionan conellos (procuradores, fiscales, graduadossociales, etc.) puedan intercambiar infor-mación en formato electrónico, de formasegura y fiable. El proyecto Lexnet está incorporado a lainiciativa europea eSignature, relativa a lautilización de la firma electrónica en lasAdministraciones europeas.Lexnet permite realizar electrónicamente: * la notificación de actos procesalesdesde un juzgado a las partes (por ejem-

plo: la notificación de una Sentencia),* que las partes presenten escritos al ór-gano judicial (por ejemplo: la presenta-ción de una demanda por un procuradora un juzgado),* el traslado de copias (por ejemplo: eltraslado de un recurso por parte del pro-curador de una parte al de la otra).Es muy semejante a un correo electró-nico, solo que proporciona la máximaseguridad y fiabilidad para los usuarios,mediante firma electrónica reconocida,y además estandariza la información, loque facilita su incorporación posteriora otros sistemas informáticos (como losde gestión procesal, Minerva oAdriano).En estos momentos se está utilizandoprincipalmente para enviar notificacio-nes desde los juzgados, ya que aliviasignificativamente su carga de trabajo.El envío de escritos hacia los órganosjudiciales se está utilizando ya en León,y comenzando a extender al resto de ór-ganos de toda España.

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Los derechosdigitales o DRM

El empleo de sistemas de DRM se hizoextensivo a finales de la década de1990.DRM responde a las siglas DigitalRights Management, que hacen referen-

«El presupuesto debe equilibrarse, el Tesoro debe ser reaprovisionado, la deuda pública debe ser disminuida, la arrogancia de los funciona-rios públicos debe ser moderada y controlada, y la ayuda a otros países debe eliminarse para que Roma no vaya a la bancarrota. La gente

debe aprender nuevamente a trabajar, en lugar de vivir a costa del Estado.»Marco Tulio Cicerón, Año 55 a.C

¿Quién es?Omar Pérez

Web útilespara laAbogacía

¿Qué es Lexnet?

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Arbitraje de Con-sumo electrónico

Como es bien sabido, el arbitraje de con-sumo se inició en España en el año 1986 alamparo de la Ley 26/1984, de 19 de julio,General para la Defensa de los Consumi-

JOSÉ RAMÓN LOZANO PETIT

Gestión Jurídica

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RIM Obedece a la siglas de Rese-arch in motion, es la compañia quefabrica los célebres BLACKBERRY,esta nació hace diez años, es decir,en 1999.Desde entonces hasta hoyRIM ha captado de 14.000.000 depersonas que utilizan sus equipos al-rededor del mundo.Apostó en unprincipio, por el mercado GSM en elque entonces nadie apostaba, ademásfue de los primeros, si no es que elprimero en dar a conocer el métodode escritura SureType, el ejemplomás famoso de esto, es el BlackberryPearl (8100).Esta compañía es unade las precursoras de los smartpho-nes.Sigue en página 26

Eduardo Fernández RojoDirector de RIM

DAVID RUIZ

UBALDO C BOYANO ADÁNEZ

UBALDO C BOYANO ADÁNEZ

REVISTA DE TECNOLOGÍA Y DERECHO

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Foro Tecnológico,ABRIL nº 1

Continuamos nuestra sección comentando ahora tres páginasweb de indudable importancia y utilidad para el ejercicio pro-fesional:

La primera de ellas, una de las imprescindibles, la del ConsejoGeneral de la Abogacía Española, www.cgae.es. En ella vamosa poder encontrar todas las noticias de actualidad que afectan alConsejo, a los Colegios y al ejercicio profesional, enlaces a ins-tituciones y Colegios de Abogados, información sobre Cursos,Jornadas y Conferencias y un grupo de herramientas jurídicasde gran utilidad, como una base de datos jurisprudencial y le-gislativa y aplicaciones para el cálculo de intereses e indemni-zaciones laborales.

La siguiente, como no podía ser de otra manera, es la del Con-sejo General de Procuradores de España, www.cgpe.es. Endicha página podremos estar al día de las noticias que afectanal desarrollo de la procura y a la institución en sí, y los Procu-radores pueden acceder también a diversas herramientas jurídi-cas útiles para su actuación, como una base de datos deconsultas sobre la aplicación del Arancel o un instrumento paraconsultar consignaciones judiciales. Para el abogado, quizás lamayor utilidad está en la sección «Directorios», en el cual, pul-sando el enlace a «Demarcación y planta», puedes encontrar acualquier Procurador de España según el partido judicial al que

pertenezca. Por último, la página del«enemigo»(dicho sea entono humorístico), la de la Fiscalía General del Estado, a la quepuedes acceder en www.fiscal.es. En ella se encuentra la des-cripción de la FGE y sus funciones, su organización, el direc-torio para ubicar a cada Fiscalía de Área y, entre otras cosas,quizás la que sea de mayor utilidad: en la sección «Documen-tos», podemos acceder a un compendio, al que se le puede re-prochar que no sea exhaustivo ni esté demasiado bienorganizado por materias, de las Circulares, Instrucciones y Con-sultas de la FGE por las que los Fiscales guían su actuación yen las que podemos conocer, de primera mano, los criterios queel Fiscal aplicará en los asuntos en los que intervenga.

Seguiremos en próximos números desmenuzando Internet enbusca de más utilidades.

Web útiles para la Abogacía

Por:David Ruiz

David Ruiz es abogado

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Gestión JURÍDICA

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Eduardo Fernández RojoDIRECTOR DE RIM

FORO TECNO:¿Qué hay de cierto enese mito de que los ejecutivos que tra-bajan de sol a sol y que viven en losaviones y aeropuertos además de quesuelen tener sueldos millonarios? EDUARDO FERNÁNDEZ:Lamenta-blemente, es verdad que hay mucho decierto y que es verdad que en las empresasla carga de trabajo, sobre todo cuando setrabaja a nivel internacional, pues se llegaa duplicar y triplicar.Comparado con lostrabajos normales, los horarios se difumi-nan porque a lo mejor hay que hablar congente que está fuera de una región comoEuropa o Los Estados Unidos o en unlugar determinado de Asia y eso conllevaa que tengas que adaptarte a sus horarios. Por otro lado, el ritmo de trabajo tambiéncambia, es decir, como se configura elgrupo de trabajo, como se trabaja en lacompañía, como se toman las decisiones.Pues también se aplica una perspectivaglobal que hace que la forma de trabajosea distinta a la de otros trabajos más lo-cales. Con lo cual es cierto que necesitas,por un lado, tener un horario más exten-dido que un horario normal. Y por otro, lacapacidad de viajar, sin lugar a dudas. En

estos procesos globales hay que tomar de-cisiones que afectan a otros sitios y hayque tener también las herramientas de co-municación que permitan comunicartecon todo ese tipo de personas en áreas dis-tintas y por muchas razones. F.T:¿Está el ejecutivo español a la aturadel resto de Europa y del mundo encuestión de movilidad? E.F:Hay una tendencia clarísima en el en-torno empresarial español, en los ejecuti-vos españoles, a ser reticentes, en ciertamedida, a viajar, a cambiar de residenciamejor dicho. El concepto cambio de resi-dencia, el irse a vivir fuera de España, to-davía es algo que los ejecutivos españolessomos reticentes a hacer. Esto está cam-biando poco a poco en las nuevas genera-ciones que tienen una mentalidad másabierta en este aspecto. De hecho, cadavez hay más empresas con políticas glo-bales.Realmente los centros de decisión,los más importantes, es decir, la casa ma-triz está fuera de España, con lo cual teobligan a ir fuera del país y a acercarte deforma natural a tu casa matriz,esto cadavez ocurre más. Pero todavía España esmás reticente que otros países.

F.T: A su modo de ver ¿Cuál es la con-sideración de los ejecutivos españoles enlas multinacionales extranjeras? E.F:En la empresa de los móviles haygrandes compañías que están desarro-llando su actividad en la industria webless,como lo llamamos nosotros. Normal-mente, el ejecutivo español está percibidocomo un ejecutivo de alto nivel,con unacapacidad de relación, es decir, de enlazarcon los clientes mayor de lo habitual,. Tie-nen una empatía, una capacidad comercialque suele ser mayor que la de otros ejecu-tivos de otras culturas. También se le per-cibe con más capacidad de enfrentarse aretos y problemas y saber resolverlos. Eso es lo que creo que también visto concompañías españolas que se han enfren-tado al reto de salir fuera, y que lo han de-mostrado bastante bien, han hecho quehaya esa percepción. Cada vez hay más es-pacio en todas las compañías. Todavíacreo que hay mucho sitio para mejorar,pero sin duda alguna, cada vez hay una re-ferencia más clara a que haya más ejecuti-vos españoles en este tipo de cosas. F.T: ¿Y en cuestión de desarrollo de latelefonía móvil como cree que estamosaquí respecto al resto del mundo? E.F:Sin lugar a dudas, gracias al trabajoque han hecho tanto fabricantes como ope-radores como los que están en el proceso

Este alcalaino de nacimiento que hizo su carrera en nuestra Uni-versidad forma parte por derecho propio de la elite mundial dealtos ejecutivos con capacidad de decisión dentro del compli-cado mundo de las multinacionales de telecomunicaciones.Tras licenciarse con matrícula de honor en telecomunicacionespor la Universidad de Alcalá, hizo su MBA en los Estados Unidosy Francia. Luego llegó a Nokia donde fue ascendiendo en el es-calafón hasta llegar a ser Director General de Nokia España y Por-tugal. En el año 2005 después hacer crecer a la compañia ,aquien nuestro país, más de un 50% y alcanzar el premio Círculo deExcelencia ,ya que consiguió un record de ventas en teléfonosde esta marca en España, la compañía le nombró Director Gene-ral para Europa del área del Mediterráneo en la que estuvo acargo de países como Grecia, Turquía, Israel además de los paí-ses balcánicos. Hasta que vino RIM ,que es el la compañía es quefabrica los teléfonos móviles BlackBerry, para que formara partede su direcciónEn su trabajo no tiene horarios fijos ni oficina mañana puedeestar en Canadá como pasado puede estar en Hong Kong, Ingla-terra o en Francia.Posiblemente es uno de los mejores y más altosejecutivos españoles de la actualidad. POR: UBALDO C BOYANO ADÁNEZ

Estuvimos CON

Viene de Portada Foro tecnológico

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F.T: Llegados a este punto ¿Qué tieneBlackBerry que no tenga otro teléfonomóvil? E.F:Todos los servicios alrededor del pro-pio terminal. Hay ciertas ventajas dife-renciadoras, pero sobre todo laplataforma de servicios de RIM, deBlackBerry, y que está detrás de los ser-vicios como correo electrónico, mensaje-ría electrónica, instantánea, navegación.Todos esos servicios que se dan desde laplataforma hacia el terminal son sin dudala principal ventaja competitiva y la prin-cipal diferencia. Me puedo extender muchísimo pero haytres o cuatro funcionalidades clave, comopor ejemplo, la seguridad que garantiza-mos en las comunicaciones de extremo aextremo, la compresión de la informa-ción, es decir, utilizar menos tráfico paracomunicar la misma información que conotras opciones del mercado y sobre todola solidez de la solución. Todos los puntosde la cadena de comunicación, desde elterminal, la propia información, la trans-misión y la plataforma que gestiona todosesos procesos. F.T:¿Cuál es la tendencia en el futurode los móviles? E.F:Si actualmente hacemos una divisiónpor categorías hay dos tipos de móviles.Los primeros, son los llamados teléfonosinteligentes o smartphones,que para en-trar en la definición, son aquellos que tie-nen un sistema operativo que se puedeactualizar, y por tanto, significa que elpropio terminal es un terminal inteligentecon muchísimas funciones y puede des-arrollar las mismas casi por encima delpropio hardware. Y los segundos, el restode terminales, los llamados no smartpho-nes que son aquellos que tiene una soft-ware muy definido de fábrica que escerrado y que no se puede actualizar. Notiene un sistema operativo abierto o con-juntado como decimos. Lo que está ocurriendo es que venimosdel mundo donde hasta hace años todoeran teléfonos normales. Pero poco apoco han empezado a entrar también lossmartphones que son los teléfonos másinteligentes pero también económica-mente los más caros y tienen más funcio-nalidades. Ahora lo que está pasando esque está creciendo mucho el mercado deestos teléfonos por eso tenemos el ratiode crecimiento de nuestra compañía decasi el setenta por ciento el pasado año. Pero está creciendo mucho en generalpara todos los fabricantes donde RIM esuno de los líderes,sino el líder,y este mer-cado se está desarrollando a una veloci-

dad tremenda, dramática, cada vez haymás oferta de smartphones, y se van aestar comprando más smartphones, losejemplos son RIM.Pero también hayotros ejemplos en nuestra competenciaque también han hecho enormes volúme-nes de ventas. F.T: Pero en la actualidad, ¿Cree ustedque llegamos realmente a tener tantadependencia del móvil? E.F:El móvil no deja de ser una herra-mienta, es decir, el nivel de dependenciaal final es libre albedrío, el que quieraaplicar cada persona a la hora de utilizarsu móvil. Puede hacer uso del mismocomo cualquier otra herramienta, o sim-plemente, puede ser una magnifica herra-mienta para optimizar tu tiempo En el caso de RIM, o de BlackBerry, loque hemos hecho es una herramienta quese supone que está orientada a la eficacia.Hacer más cosas en menos tiempo con laidea de que tengas más tiempo para otrascosas o para otras actividades. Al final, loque tenemos es una herramienta muy óp-tima para gestionar las comunicacionespersonales. Lo que hemos visto que estono es sólo aplicable al entorno profesionalsino también ha empezado a aplicarse alentorno personal, y muchas de las ventasque nos han venido el año pasado, son dellado del consumo o del uso no profesio-nal, en lugar del profesional que es lo tra-dicional por donde vienen nuestra ventas. F.T:En otras palabras que la famosaconvergencia Internet-movil ya se haproducido del todo con BlackBerry E.F:Bueno, hemos conseguido convergerun montón de funcionalidades en una so-lución móvil, eso es cierto. No sólo Inter-net móvil. Internet es una parte de lainformación que consumimos en elmóvil. Con una BlackBerry pues tienes,por un lado contenidos, aplicaciones, unamensajería instantánea muy potente ade-más tienes todas las aplicaciones conoci-das del PC.Y por otro, entornos de redessociales como flicker, facebook, tuenti omyspace.Todas las digamos aplicaciones más po-pulares están disponibles no sólo en In-ternet sino las propias aplicaciones deInternet, a eso le sumamos correo elec-trónico y mensajería instantánea que es laque esta actualmente tirando fortísimo delequipo. Por supuesto, todas estas aplica-ciones,con la capa de seguridad y com-presión que decía antes, se estánutilizando y que se generan hacia el mó-vil, las comprimimos más que nadie yesto hace que las funciones sean todavíamás eficaces.

de ejecución. El desarrollo de la telefoníamóvil, de la industria de la movilidad, ge-neralmente en España, está a un nivel muyparecido al resto de países europeos, nohay diferencias. Incluso hay ciertas áreasen las que se nota que hay cierta oferta detipo de contenidos innovadores en la quenuestro país es puntero. Son pequeños ni-chos de mercado pero se están abriendo.También es cierto que hay algunas tecno-logías más adaptadas fuera de España queen España pero en líneas generales esta-mos al nivel de otros países del entorno. F.T:Si fuera Abogado en ejercicio, ¿Quétipo de prestaciones le buscarías a unmóvil que te sirvieran para el trabajo? E.F:Es una pregunta difícil. Entiendo queel trabajo de Abogado puede tener dife-rencias o distintas formas de desempe-ñarse dentro del ámbito que puedas tener.La forma de acertar aquí por darte una res-puesta, es decir, escoger aquellas herra-mientas que le permitan como Abogadotener una comunicación con los elementosclave de su trabajo con clientes, compañe-ros o empresas asociadas que me ayuden aresolver los problemas de mis clientes yque me faciliten esa comunicación más rá-pida eficaz y controlada.Por eso, proba-blemente, el móvil sea la herramienta máseficaz que tenga un Abogado para su tra-bajo.

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Justicia AVANZA28

¿Qué es Lexnet? Sistemas informáticos (como los de gestión procesal, Minervao Adriano).En estos momentos se está utilizando principalmentepara enviar notificaciones desde los juzgados, ya que alivia sig-nificativamente su carga de trabajo. El envío de escritos hacialos órganos judiciales se está utilizando ya en León, y comen-zando a extender al resto de órganos de toda España. ¿QUÉ VENTAJAS OFRECE LEXNET?Las principales ventajas que proporciona este sistema son: * Supone un refuerzo del derecho a la tutela judicial efectiva delos ciudadanos ya que: o acorta el tiempo de tramitación de los procedimientos,o facilita el acceso de los ciudadanos a los documentos de losprocesos que les afecten, yo aumenta la fiabilidad y agilidad de lasnotificaciones de las resoluciones judicia-les. No olvidemos que de ellas dependendirectamente las ulteriores posibilidadesde defensa, concretamente su impugna-ción mediante los recursos que corres-pondan. De ahí la íntima relación entre lanotificación de las resoluciones y el derecho a no padecer inde-fensión, proclamado en el artículo 24.1 de la CE.* Ahorra tiempo y coste en la tramitación de los procedimien-tos, gracias a la inmediatez que proporciona al evitar desplaza-mientos innecesarios a las oficinas judiciales para presentarescritos. Consigue también mejorar la organización interna deltrabajo en la oficina judicial, y evitar desplazamientos de losfuncionarios. * Proporciona una mayor seguridad, al garantizar la integri-dad, confidencialidad y autenticidad de las comunicaciones gra-cias a la utilización de la firma electrónica reconocida.* Facilita la gestión posterior de los documentos. Al entrar aljuzgado en formato digital, se pueden integrar directamente enlos sistemas informáticos de gestión procesal. En este sentidoLexnet supone un paso imprescindible para que en un futuropueda existir una oficina judicial sin papeles.* Ahorro de papel. Se puede estimar que la plena utilizacióndel sistema Lexnet en toda España podría evitar la impresión deunos 325 millones de folios, lo que equivaldría a evitar la talade más de 9.000 árboles. ¿QUIÉNES SON LOS USUARIOS DE LEXNET?Los remitentes y destinatarios potenciales de estas comunica-

ciones son los sujetos que intervienen directamente en los pro-cesos judiciales (hay que observar que Lexnet está dirigido aluso profesional, por lo que no se contempla su utilización directapor los ciudadanos). Por lo tanto, son de una parte los Secretarios judiciales y los fun-cionarios de los cuerpos al servicio de la Administración de Jus-ticia, que desempeñan sus funciones en la oficina judicial. Deotra, son los profesionales encargados de asistir a las personasque demandan la tutela judicial, así como aquellas institucionesu operadores jurídicos que también se relacionan con los Juzga-dos y Tribunales (procuradores, asistentes sociales, Servicios Ju-rídicos del Estado y de la Seguridad Social, Ministerio Fiscal...). En estos momentos hay casi 10.000 usuarios dados de alta enLexnet, pero lo más interesante es el rapidísimo crecimiento ensu número, especialmente en el pasado año. Solo en enero de2009 se han producido 470 nuevas altas más (de 9.296 a 9.766).En breve se van a incorporar los Letrados de la Seguridad Social,así como el Ministerio Fiscal, lo que es muy importante, ya que

Lexnet será una pieza clave para la cone-xión de las Oficinas Judicial y Fiscal. ¿CUÁNTAS NOTIFICACIONES SE REALIZANPOR LEXNET?Desde que se implantó Lexnet en el año2004, se han realizado casi tres millones

de notificaciones con este sistema. Pero lo más importante es quela mayor parte de ellas (2,3 millones) han sido en el 2008. Lautilización de Lexnet está creciendo de forma exponencial: soloen el mes de enero del 2009 se han realizado 285.000 notifica-ciones, y 90.000 en la primera semana de febrero. Con este ritmode crecimiento, es muy probable que a finales del 2009 se hayanalcanzado los ocho o diez millones de notificaciones anuales. ¿CUÁL ES EL OBJETIVO DELMINISTERIO DE JUSTICIA EN ELAÑO2009 PARA LEXNET?El Ministerio de Justicia pretende completar a 31 de diciembrede 2009 el despliegue de Lexnet en todos los órganos judiciales,fiscalías y servicio jurídico del estado, así como incorporar nue-vos colectivos, como Fiscalía y Servicios Jurídicos.Para financiar esta actuación, además de las partidas ordinarias,se va a destinar un fondo especial de cinco millones de euros deltotal de los 20 millones de euros recientemente aprobados den-tro del Plan de choque de inversiones para la modernización tec-nológica de la Justicia.En resumidas cuentas, Lexnet tiene la vocación y la capacidadpara ser el instrumento estándar de comunicación de documen-tos a nivel nacional entre todos los operadores jurídicos y el sis-tema judicial.

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Presentado el registro de medidas cautelares,sentencias no firmes y requisitoriasEl pasado 16 de Febrero entró en funcionamientoen todos los juzgados y tribunales de lo penal deEspaña

El nuevo registro, cuyo acceso será compartido con el actual Re-gistro Central para la Protección de las Víctimas de ViolenciaDoméstica, ofrece información sobre la existencia de órdenes envigor de busca y captura o de detención y puesta a disposición,que permitan al juez valorar la existencia de riesgo de fuga, enla resolución en la que decida sobre la prisión o libertad provi-sional del imputado.Aunque no está concebido como registro específico de agresoressexuales, su puesta en funcionamiento contribuirá a prevenir laespecial reincidencia que se produce en estos tipos delictivos.Una de sus principales novedades es que reflejará la condición demenor de edad de las víctimas, proporcionando tanto a los juz-

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29Justicia AVANZA

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gados y tribunales como a la policía judicial nuevos elementosde conocimiento que permitan una protección más eficaz de losmenores.CALENDARIO LEXNET* Andalucia es la cuarta comunidad autónoma conlas competencias de Justicia transferidas que sus-cribe este Convenio. La primera fue Cataluña, se-guida de Valencia y Galicia ¿QUÉ SUPONDRÁ EL USO DE LEXNET PARA LA COMUNIDAD AU-TÓNOMAANDALUZA?Andalucía cuenta con más de 750 órganos judiciales, con unaplantilla de aproximadamente 776 jueces, 360 fiscales, 750 se-cretarios judiciales, y 6500 funcionarios. Además están colegia-dos más de 1800 procuradores y 18.000 abogados.Según información del Consejo General de Procuradores, en el2007 se gestionaron a través de los Colegios de Procuradores deAndalucía más de 6.000.000 de actos de notificación. Estosdatos sitúan a Andalucía únicamente por detrás de Madrid comola Comunidad Autónoma con mayor volumen de actos de co-municación.Estos datos muestran que Lexnet puede ser para laComunidad Autónoma andaluza un excelente instrumento parala modernización de su Administración de Justicia.El sistema in-formático ha sido desarrollado por el Ministerio de Justicia encolaboración con los colectivos profesionales usuarios del sis-tema: procuradores, abogados y graduados sociales. Se han in-corporado gradualmente al sistema otros colectivos como laAbogacía del Estado y el Ministerio Fiscal, así como registra-dores de la propiedad, notarios y letrados de la Seguridad So-cial, entre otros. Desde el año 2004 y hasta la segunda semana de febrero de2009, a través de Lexnet se han realizado 2.744.006 notifica-ciones judiciales. Más de 9000 profesionales (abogados, procu-radores, abogados del Estado, secretarios judiciales y graduadossociales) han utilizado Lexnet desde el año 2004, con un incre-mento muy notable de usuarios durante el año 2008, cuandoLexnet fue la herramienta informática que permitió reducir en untercio la duración del juicio del 11-M.Su implantación se extiende por los juzgados unipersonales dela mayor parte de las capitales de provincia del territorio Minis-terio; algunos órganos colegiados como las audiencias provin-ciales (León, Zamora, Cáceres), la totalidad de la AudienciaNacional y las citadas cuatro comunidades autónomas que hansuscrito Convenios de Cooperación Tecnológica. Está previstoque en el año 2009 Lexnet esté implantado en todo el territorionacional.¿CÓMO FUNCIONA EL NUEVO REGISTRO CENTRAL DE MEDIDASCAUTELARES, REQUISITORIAS Y SENTENCIAS NO FIRMES?En este nuevo Registro se deberán inscribir las penas y medidasde seguridad impuestas en sentencias no firmes por delito, lasmedidas cautelares notificadas al imputado (siempre que no seinscriban en el Registro Central de Protección de las Víctimas dela Violencia Doméstica), los autos de declaración de rebeldía ylas requisitorias adoptadas por los Juzgados o Tribunales delorden jurisdiccional penal. Con este sistema el Ministerio de Justicia proporciona una nuevaherramienta de trabajo, tanto a la Administración de Justicia,como a la Policía Judicial, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad delEstado y otras Administraciones Públicas, que les servirá paramejorar el funcionamiento de la Justicia y para proteger más efi-

cazmente a las víctimas, especialmente a las menores de edad. Por ejemplo: el Registro de Penados.En fechas no muy lejanas se tardaba más de un año en registraruna condena en el Registro de Penados. Hasta hace unas sema-nas se tardaban cuatro días. Con el sistema actual el plazo se re-duce a cero: el asiento se realiza instantáneamente, por víainformática, desde el propio juzgado.

¿QUÉ ES LO QUE HACE LA NUEVA APLICACIÓN DEL REGISTROCENTRAL DE MEDIDAS CAUTELARES?Permite que los órganos judiciales, Ministerio Fiscal, policía ju-dicial y determinadas unidades del Cuerpo Nacional de Policíay Guardia Civil, accedan a las penas y medidas de seguridad,medidas cautelares y autos de rebeldía, requisitorias y senten-cias no firmes, dictadas por cualquier Tribunal en cualquier pro-cedimiento penal, desde el momento en que sean comunicadasal Registro.También facilita el acceso de los responsables autorizados, a lainformación de delitos contra la libertad e indemnidad sexualcon victimas menores, mejorándose así la protección de las vic-timas.El nuevo sistema conlleva una serie de ventajas técnicas:a) Interrelaciona los distintos Registros que se vayan incorpo-rando al sistema unificado. (Por ejemplo: si se accede a travésdel Registro de Medidas Cautelares, Requisitorias y SentenciasNo Firmes, pero el procedimiento que se consulta es de Violen-cia Doméstica, la aplicación lo detecta y nos da la posibilidad decambiar de Registro de forma inmediata, si se está autorizado). b) El acceso desde un único punto facilita la gestión y propor-ciona más seguridad.c) Permite efectuar consultas globales, mostrando toda la infor-mación disponible en los distintos Registros que en ese momentoestén integrados en el sistema común.d) Incorpora un sistema de alertas y avisos. ¿En qué consisten las alertas y avisos?Son una de las novedades fundamentales del sistema, y sirvenpara aprovechar mejor la información registrada:a) Una alerta es un mensaje que el sistema informático presentaa un órgano judicial, informándole de que una persona incursaen algún procedimiento que gestiona el órgano, se ha visto afec-tada por cualquier otra circunstancia. Por ejemplo: si dos juzgados han dictado por separado una re-quisitoria buscando a la misma persona, si uno de ellos la en-cuentra, en el momento en que anule su requisitoria en elRegistro, el sistema avisará al otro juzgado.b) Por su parte, los avisos suministran al órgano judicial la in-formación que éste establezca previamente, mediante una seriede parámetros.Por ejemplo: puede avisarle de que esté próximo el cumpli-miento de alguna medida registrada, o de que vaya a superar undeterminado plazo de antigüedad. Es importante recalcar que el órgano judicial tiene la obligaciónde inscribir las medidas, y sus posibles cancelaciones, en el Re-gistro, y que esta inscripción es imprescindible para que el sis-tema pueda alertar a otros. Igualmente, deberá ser el órgano elque indique al sistema de qué quiere que se le avise. En resumidas cuentas, el sistema de avisos y alertas es una es-pecie de»tablón de avisos virtual», que funciona tanto entre juz-gados, como internamente dentro de cada juzgado.El funcionamiento de este sistema es muy sencillo: cuando unusuario entre a la aplicación, se le mostrará una pantalla contodas las alertas y avisos que le afecten, ordenadas por fecha eimportancia.

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cia al conjunto de mecanismos técnicos orientados a ejercer res-tricciones en el acceso y copia de obras digitales. Los sistemas degestión de derechos o DRM (nombre que eligió la industria paralo que no era otra cosa que un mecanismo anticopia) dan a lasdiscográficas el control sobre cómo, dónde y cuántas veces puedeoírse una canción.Generalmente, estas tecnologías son instaladas como condicióna la distribución de contenido protegido por derechos de autor,como obras musicales, libros electrónicos, audiovisuales o cual-quier archivo digital con copyright. La Gestión digital de derechos ha sido y está siendo usada porcompañías proveedoras de contenidos como Sony, Microsoft, laBBC yApple Inc.Los sistemas DRM detectan quién accede al contenido distri-buido, cuándo y bajo qué condiciones, para así autorizar o dene-gar su acceso, de acuerdo con las condiciones establecidaspreviamente por el autor de la obra. Existen diferentes mecanismos de DRM, pero en general todostienen en común algunas características:* Detectan quién accede a cada obra, cuándo y bajo qué condi-ciones, y reportan esta información al proveedor de la obra. * Autorizan o deniegan de manera inapelable el acceso a la obra,de acuerdo a condiciones que pueden ser cambiadas unilateral-mente por el proveedor de la obra.Cuando autorizan el acceso, lo hacen bajo condiciones restricti-vas que son fijadas unilateralmente por el proveedor de la obra,independientemente de los derechos que la ley otorgue al autoro al público. LA POLÉMICA DE SU USOEl uso de DRM es polémico. Los que abogan por su uso, argu-mentan que es necesario para los poseedores de derechos deautor para prevenir la duplicación sin autorización de sus obrasy así asegurar flujos continuos de ingresos.[1] Opositores, comola Free Software Foundation, mantienen que el uso de la pala-bra»derechos»es engañosa y sugieren que en vez se use el tér-mino gestión de restricciones digitales (digital restrictionsmanagement). Su posición es esencialmente que los poseedoresde derechos de autor intentan restringir el uso de material concopyright en formas no cubiertas por las leyes existentes.[2] LaElectronic Frontier Foundation, y otros opositores, considerantambién que los DRM son prácticas anti-competitivas.[3]En la práctica, todos los sistemas de DRM usados ampliamentehan sido derrotados o eludidos cuando han sido desplegados asuficientes consumidores.[4] El restringir la copia de materialaudiovisual es especialmente difícil debido a la existencia delagujero analógico, e incluso se sugiere que un DRM eficaz es ló-

gicamente imposible por esta razón.¿CUAL ES LA APLICACIÓN LEGAL DE DRM?Las restricciones legales existentes suelen imponerse al dueñode la copia física de un trabajo. La mayoría de los esquemasDRM van más allá, y aportan restricciones adicionales a la soladiscreción de un distribuidor de medios (el cual puede o no serla misma entidad que el poseedor del derecho de autor).Una característica particular de los DRM es que su implementa-ción no se limita a lo técnico, sino que incursiona en lo legisla-tivo: sus proponentes impulsan, con grandes campañas de lobbyen el mundo entero, proyectos de ley que prohíben la produc-ción, distribución y venta de dispositivos electrónicos a menosque estén equipados con DRM, y criminalizan cualquier esfuerzode eludir los DRM, independientemente de si esta elusión im-plica una violación del derecho de autor o no.Los controles de DRM son ejecutados a través de la lla-mada»computación fiable»(TC, de Trusted-Computing en in-glés). Sin embargo, estos controles crean un sistema informáticoen el cual un usuario no puede confiar, ya que su comportamientopuede ser manipulado remotamente en cualquier momento sinimportar la validez legal que tales manipulaciones tengan. Quie-nes critican los DRM interpretan las siglas como»TreacherousComputing»(computación traicionera). La mayoría de los opo-nentes tienen muy poca fe en que ni poder legislativo ni poder ju-dicial puedan ser capaces de limitar tal manipulación. El nombre de»Computación Confiable»está evidentemente pen-sado para despertar la sensación de que estos sistemas nos per-miten controlar mejor lo que nuestros dispositivos hacen.Esta actitud demuestra que el verdadero objetivo es, precisa-mente, *quitar* a los usuarios el control sobre sus dispositivos,y transferirlo a terceros: el proveedor de software, la editorial, ladiscográfica, etc. Son ellos, y no el público ni los autores, quie-nes operan los servidores y cadenas de distribución y control quesostienen los sistemas de DRM.En otras palabras: estos mecanismos, que permiten saber qué es-cuchamos, leemos, miramos y producimos, e incluso impedirlo,están bajo el control de extraños, que por su intermedio nos con-trolan a nosotros.En la visión de quienes lo proponen, este control debe ser inclusomás fuerte que la ley: si la elusión de DRM es delito, estas em-presas se convierten de la noche a la mañana en legisladoras pri-vadas, ya que pueden implementar restricciones y controlesarbitrarios, completamente al margen de lo que la ley les per-mite, y demandar a quienes los eludan por el simple acto de in-tentar ejercer sus propios derechos.Por ejemplo, en muchos países existe el derecho del público de

Los derechosdigitales o

DRM

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hacer copias para uso privado, aunque las obras estén bajo de-recho de autor. Pero si el usuario no puede hacer la copia sineludir el sistema de DRM, que no se lo permite, la empresa quecontrola el DRM acaba de anular un derecho legítimo del usua-rio, ya que cualquier intento de ejercerlo lo convierte en un cri-minal. En todo caso, el derecho de copia privada reposa en elsupuesto de que a la obra que se va a copiar se ha accedido lí-citamente, y no con vulneración de los derechos de propiedadintelectual que existan sobre ella.Hay leyes de este tipo que ya están en efecto en varios países,en virtud de la presión de las corporaciones de medios, y pese ala oposición de organizaciones de defensa de derechos del pú-blico, y de muchos autores.Los ejemplos más prominentes son la DMCA (Digital Mille-nium Copyright Act) de los EEUU y la DADVSI (Droit d’Au-teur et Droits Voisins Dans la Société de l’Information) deFrancia. Los Tratados de Libre Comercio con los EEUU, comoel ALCA, incluyen la exigencia de que los países firmantesadopten legislación de apoyo a los DRM como cláusula no ne-gociable.La controversia está servida

El pasado Enero Apple Inc decidió liberar del DRM el 80% desu catálogo musical.Al día siguiente de la decisión de Apple, lafilial en Francia de Warner Music retiró las medidas de protec-ción de su catálogo, que comercializan las plataformas de ventaon-line FnacMusic y VirginMega. Sin embargo, el presidentede Warner Music France, Thierry Chassagne, subrayó que setrataba de un»experimento».»Esperamos que este anuncio con-tribuya a sostener el esfuerzo legislativo a favor de la lucha con-tra la piratería», dijo, en alusión a la Ley Sarkozy sobre lasdescargas.En España, donde hasta navidad se habían vendido 32 millonesde canciones en 2008, la tienda de música on-line más impor-tante es Pixbox, creada por Telefónica Desde la compañía a co-mienzos de diciembre del 2008 empezaron a retirar los DRMde parte de su catálogo.No les queda otra: en Internet no hayfronteras, y si iTunes vende sin sistema anticopia, Pixbox y losdemás tendrán que hacer lo mismo para no perder ventas. Quedaun asunto espinoso en el aire. A las canciones compradas en iTu-nes hasta ahora, Apple quiere cobrar 30 céntimos por retirarlesel DRM.

El polémico plan Computaciónfiable (Trusted computing ),lallamada «computación trai-dora»

A través del plan llamado «computación confiable»(«trusted computing» en inglés), grandes corpora-ciones de los medios de comunicación, están pla-neando hacer que su computadora los obedezca aellos en vez de a usted«Computación traidora» es un nombre más apropiado, por-que el plan está diseñado para asegurarse de que su ordenadorsistemáticamente le desobedecerá.Los programas privados han incluido características malicio-sas en el pasado, pero este plan lo haría universal. Microsoft loha hecho varias veces: una versión de Windows se diseñó parainformar a Microsoft sobre todo el software de su disco duro;una reciente actualización de «seguridad» en el ReproductorMultimedia de Windows requería que los usuarios aceptarannuevas restricciones. Pero Microsoft no es la única: el softwarepara intercambio de música KaZaa está diseñado de forma que,un asociado de negocios de KaZaa pueda alquilar el uso de sucomputadora a sus clientes. Estas características maliciosas son normalmente secretas,pero cuando las conoce es difícil eliminarlas, ya que no se dis-pone del código fuente. La idea técnica detrás de la computacióntraidora es que el ordenador incluya un dispositivo de cifrado yfirma digital, y las claves se mantienen secretas. Los programasprivativos usan este dispositivo para controlar qué otros pro-gramas puede ejecutar, a qué documentos o datos puede acce-der y a qué programas se los puede transferir. Esos programascontinuamente descargarán nuevas reglas de autorización a tra-vés de Internet, e impondrán dichas reglas automáticamente a sutrabajo. Si no permite a su ordenador obtener las nuevas reglas

periódicamente de Internet, algunas capacidades dejarán auto-máticamente de funcionar. Imagínese si recibiera un mensajede correo electrónico de su jefe diciéndole que haga algo quepiensa que es arriesgado; un mes después, cuando el tiro salepor la culata, no puede usar el mensaje para mostrar que la de-cisión no fue suya. «Ponerlo por escrito» no le protege si laorden está escrita en tinta que desaparece. Imagínese si recibeun mensaje de correo electrónico de su jefe estableciendo unapolítica que es ilegal o inmoral, tal como destruir los documen-tos de auditoría de su compañía, o permitir que una amenazapeligrosa para su país avance sin ser controlada. Actualmente,puede enviarlo a un periodista y exponer la actividad. Con lacomputación traidora, el periodista no será capaz de leer el do-cumento; su computadora se negará a obedecerlo. La computa-ción traidora se transforma en un paraíso para la corrupción.Los programas que usen computación traidora continuamentedescargarán nuevas reglas de autorización desde Internet, e im-pondrán automáticament dichas reglas a su trabajo. Si a Micro-soft, o al gobierno de los EE.UU., no les agrada lo que usteddice en un documento que escribió, podrán publicar nuevas res-tricciones diciendo a todos los ordenadores que se rechace elpermiso de lectura del documento. Cada computadora delmundo obedecerá cuando descarguen las nuevas instrucciones.Su escrito estará sujeto a un borrado retroactivo estilo 1984.Hasta usted mismo podría ser incapaz de leerlo. Hoy en díapuede evitar las restricciones del software privativo no usán-dolo. Si usa GNU/Linux u otro sistema operativo libre, y si evitainstalar aplicaciones privativas sobre él, entonces está al mandode lo que su ordenador hace. Si un programa libre tiene una ca-racterística maliciosa, otros programadores de la comunidad laquitarán y podrá usar la versión corregida. También puede eje-cutar aplicaciones y herramientas libres en sistemas operativosque no son libres; esto no consigue darle libertad completa-mente, pero muchos usuarios lo hacen. Existen proyectos de leyen los EE.UU. que requieren que todos los ordenadores tenganla computación traidora, y que se prohiba la conexión de com-putadoras antiguas a Internet. La computación traidora pone enpeligro la existencia de sistemas operativos y aplicaciones li-bres, porque podría no ejecutarlas.

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POR: UBALDO C BOYANO ADÁNEZ

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Como es bien sabido, el arbitraje de consumo se inició en Es-paña en el año 1986 al amparo de la Ley 26/1984, de 19 de julio,General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, conanterioridad incluso a la promulgación de la propia Ley 36/1988,de Arbitraje, que reconoció expresamente su validez, siendo des-arrollado posteriormente por el Real Decreto 636/1993, por elque se regulaba el Sistema Arbitral de Consumo. Sin embargo,el paso del tiempo, la aparición de nuevas necesidades y sucesi-vas novedades legislativas han influido en la decisión de actua-lizar el marco legal del arbitraje de consumo Probablemente nadie imaginó que el ordenador personal deprincipios de los ochenta, creado originalmente para realizar cál-culos matemáticos, contables y financieros, iba a sustituir a lamáquina de escribir tradicional. De la misma forma, nadie ima-ginó que el ciberespacio, creado para garantizar el manteni-miento de comunicaciones entre computadoras ante laeventualidad de una guerra nuclear, iba a convertirse en una redque, hoy por hoy, es uno de los avances más revolucionarios delsiglo XX, ya plenamente desarrollado e integrado en nuestra vidacotidiana en el XXI, que ha permitido un desarrollo exponencialde la tecnología, llegando a crear una nueva era, la era de la co-municación instantánea. Desde la creación en la Universidad de Massachussets del pri-mer centro de arbitraje virtual en 1996 y la eclosión de las nue-vas tecnologías, la idea de poder ofrecer una solución realmenteágil y económica a los consumidores y a los empresarios para laresolución de sus reclamaciones ha sido una constante en elcampo del arbitraje de consumo. Esta necesidad, ampliamentedemanda, había llevado incluso a desarrollar algunas experien-cias piloto, entre ellas en las Juntas Arbitrales de Consumo delas Comunidades Autónomas de Madrid, Cataluña y Murcia, sibien se trataba, en la mayoría de los casos, sólo de la celebra-ción de vistas telemáticas, pero no de un verdadero arbitraje tra-mitado íntegramente a través de Internet. La excepción más importante se encuentra en la ComunidadValenciana, donde se puso en marcha un proyecto pionero de-nominado»Arbitraje Virtual de Consumo»que permite el des-arrollo de todo el procedimiento arbitral por medios telemáticos,incluyendo que la audiencia, a la que son citadas las partes, se ce-lebre por videoconferencia. En el primer semestre de 2007 se ce-lebraron 111 arbitrajes virtuales en las diferentes Juntas de estaComunidad y el número de audiencias se cuadruplicó medianteeste sistema respecto a los seis primeros meses del año anterior.

Además, el arbitraje electrónico se configura como el medioóptimo para la solución de conflictos generados en Internet,según se deduce incluso del artículo 18 de la Ley 34/2002, de 11de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y del Co-mercio Electrónico. La existencia de sistemas sencillos y acce-sibles para el consumidor mediante los que pueda encauzar susreclamaciones en caso de desacuerdo por la adquisición de unbien o servicio es esencial para generar su confianza en el co-mercio electrónico. Sensible pues a esta necesidad, la Ley 44/2006, de 29 de di-ciembre, de Mejora de la Protección de los Consumidores yUsuarios, establecía en su Disposición Final Sexta que, en elplazo de un año desde su entrada en vigor, el Gobierno dictaríauna nueva regulación del Sistema Arbitral de Consumo, con-templando también el arbitraje virtual. Por su parte, la aprobación del Real Decreto Legislativo1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto re-fundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidoresy Usuarios y otras leyes complementarias, configura el actual ré-gimen legal básico del arbitraje de consumo en sus artículos 57y 58, manteniéndose sus características esenciales de volunta-riedad, ejecutividad, resolución por tercero, preferentemente enequidad, rapidez y gratuidad. Poco tiempo después, el 15 de febrero, la publicación del RealDecreto 231/2008, por el que se regula el Sistema Arbitral deConsumo, que deroga el anterior Real Decreto 636/1993, diocumplimiento a aquel mandato y sentó las bases del que se de-nominaba»arbitraje virtual». Sin embargo, parece muy discutible el empleo del término»vir-tual»para referirse a esta nueva modalidad de celebración delproceso arbitral. En efecto, este término es muy utilizado en len-guaje informático, donde parece asociarse con fenómenos queno se producen en el mundo físico o real, como la denomi-nada»realidad virtual». Por el contrario, no puede haber nadamás real que el acceso de los consumidores a la Justicia y la re-solución de sus reclamaciones en vía arbitral, que produce ple-nos efectos jurídicos y fácticos a través de un laudo que enningún modo puede considerarse como»virtual». Preferimos portanto, las denominaciones de arbitraje telemático o, mejor aún,arbitraje electrónico. Así, en un sentido riguroso, sólo se puede considerar que existearbitraje electrónico si el procedimiento se lleva a cabo de prin-

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Arbitraje de Consumo electrónico

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cipio a fin a través de Internet, en que las partes en conflicto ylos árbitros pueden recurrir a las nuevas tecnologías en sus di-ferentes fases: así el consumidor puede hacer llegar a la institu-ción arbitral su solicitud de arbitraje a través de correoelectrónico, y puede utilizarse la videoconferencia para realizarlas declaraciones de las partes, testigos o expertos, a menos quede forma excepcional se haga preciso practicar alguna diligen-cia presencialmente. De igual forma los árbitros pueden inter-cambiar su parecer sobre la controversia, vía chat o e-mail. Sin embargo, la idoneidad del arbitraje telemático para la so-lución de conflictos surgidos del denominado comercio electró-nico no ha de suponer que su utilidad se restrinja a los litigiosnacidos de la propia Red. El arbitraje telemático puede y debeaplicarse a cualquier conflicto surgido entre consumidores y co-merciantes, empresarios o profesionales, con independencia dela forma de transacción empleada. De hecho, presenta numero-sas ventajas, ya que los costes operativos son ínfimos, no se ne-cesitan desplazamientos para audiencias ni sesiones explicativas,no se realizan largas conferencias telefónicas ni envíos de do-cumentación por mensajería, y disminuye la hostilidad emocio-nal entre las partes, porque las oportunidades de confrontaciónpersonal son casi nulas. Pero, en la actualidad, aún se planten algunas cuestiones im-portantes como: ¿existe ya la tecnología necesaria para poderconducir un proceso arbitral a distancia y llevarlo hasta el finalde forma totalmente telemática?, ¿cuál será la eficacia prácticade un proceso arbitral a distancia? o ¿puede desarrollarse en elbreve plazo de seis meses el marco técnico para desarrollar estosprocesos arbitrajes? En este sentido, la legislación arbitral ha ido evolucionandodesde la rigidez formal que presidía la antigua Ley de Arbitrajede 1953, al exigir que el compromiso arbitral se formalizara enescritura pública, hasta alcanzar la libertad formal del convenioarbitral en la Ley 5/88 e, incluso hasta la vigente Ley 60/2003,de 23 de diciembre, de Arbitraje, que ha introducido adelantosimportantes, al aceptar expresamente su formalización a travésde medios electrónicos. Esta reconoce validez al uso de nuevosmedios de comunicación y de nuevas tecnologías en su artículo9.3, que considera cumplido este requisito cuando el convenioarbitral conste y sea accesible para su ulterior consulta en so-porte electrónico, óptico o de otro tipo. Asimismo, el avance de la tecnología ha revolucionado la prác-tica de muchas pruebas. Los informes periciales cada vez sonmás completos, apoyándose en sofisticadas pruebas de labora-torio, se aceptan los soportes digitales de muchos documentos ylos interrogatorios a testigos pueden realizarse a cientos o milesde kilómetros de distancia, ya que el artículo 299.2 de la Ley deEnjuiciamiento Civil acepta plenamente estos nuevos recursosprobatorios. A todo esto hay que añadir que, hace ya algunos años, el Insti-tuto Nacional del Consumo comenzó a estudiar en profundidadlas peculiaridades técnicas y jurídicas que presenta el arbitrajeelectrónico a través del proyecto SITAR, en el que colaboraronlas Asociaciones de Consumidores y Usuarios de ámbito estatal,y que probablemente constituya el embrión de la futura aplica-ción informática de este sistema. En cuanto a su regulación concreta, es muy parca, ya que elReal Decreto 231/2008, por el que se regula el Sistema Arbitralde Consumo, remite su sustanciación a esa aplicación electrónicaque debe habilitar el Ministerio de Sanidad y Consumo en elplazo de seis meses desde su entrada en vigor. No obstante, su

artículo 51.1 define el arbitraje de consumo electrónico comoaquel que se sustancia íntegramente, desde la solicitud de arbi-traje hasta la terminación del procedimiento, incluidas las noti-ficaciones, por medios electrónicos, sin perjuicio de que algunaactuación arbitral deba practicarse por medios tradicionales. En cuanto al lugar de celebración del arbitraje de consumoelectrónico, el artículo 55 del RD 231/2008 establece que esaquél en el que tenga su sede la Junta Arbitral de Consumo o ladelegación territorial de la Junta Arbitral competente para co-nocer el procedimiento, salvo que en el laudo dictado figure unlugar distinto, en cuyo caso se entenderá como lugar de cele-bración del arbitraje aquél en el que se hubiera dictado el laudo.Asimismo, el artículo 51.2 señala que las Juntas Arbitrales deConsumo, en los términos que conste en los respectivos conve-nios de constitución, se adscribirán a la administración del arbi-traje de consumo electrónico incorporándose a la aplicación quefacilite el Instituto Nacional del Consumo. Además, las Admi-nistraciones públicas competentes en materia de consumo fo-mentarán la utilización del arbitraje de consumo electrónico pararesolver los conflictos a que se refiere el artículo 1.2 RD231/2008. Por su parte, el artículo 54 RD 231/2008 establece que las no-tificaciones se realizarán en la sede electrónica designada porlas partes a tales efectos, entendiéndose realizadas a todos losefectos legales el día siguiente a aquél en que conste el accesoal contenido de la actuación arbitral objeto de notificación. Noobstante, si el notificado no hubiera accedido al contenido de laactuación arbitral transcurridos diez días desde la fecha y horaen que se produjo su puesta a disposición, la notificación se con-siderará que se ha intentado sin efecto, procediéndose a la pu-blicación edictal en las sedes electrónicas de las Juntas Arbitralesde Consumo adscritas. Además, el artículo 53 RD 231/2008 establece que, sin perjui-cio de la utilización de otras técnicas que aseguren la autentici-dad de la comunicación y la identidad del remitente, el uso de lafirma electrónica garantiza la autenticidad de las comunicacio-nes y la identidad de las partes y del órgano arbitral. Por tanto,hay que entender que el Real Decreto se remite a la regulaciónlegal específica de esta materia. Finalmente, falta resolver en el Real Decreto 231/2008 algunascuestiones, como la valoración de la prueba en soporte infor-mático, la exigencia de sellado de tiempo en las actuaciones, laprotección de datos en las comunicaciones o la interoperabili-dad y el uso de estándares, tanto en las comunicaciones como enel propio laudo. En cualquier caso, hay que esperar al desarrollo de la corres-pondiente aplicación informática por parte del Ministerio de Sa-nidad y Consumo, y su implantación y desarrollo práctico en lasdiferentes Juntas Arbitrales de Consumo, antes de evaluar el fun-cionamiento, la eficacia y la potencialidad del arbitraje de con-sumo electrónico. Pero, no obstante, consideramos que,indudablemente, el arbitraje de consumo electrónico ha de sermuy positivo para los consumidores y usuarios españoles.

José Ramón Lozano PetitDtor. servicios jurídicos de la Federación Nacional de Consumidores y Amasde Hogar de España (UNAE)Vocal de las Juntas Arbitrales de Consumo del Ayuntamiento y la Comunidadde Madrid, y de la Junta Arbitral Nacional de Consumo.Miembro del ConsejoGeneral del Sistema Arbitral de Consumo

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Un equipo muy potente a buen precio

Lanzado por Motorola y Kodak

Sony ha doblado la capacidad

Primer Nokia con FM portatil

VANGUARDIA

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35QUIEN ES

Foro Tecnológico,ABRIL nº 1

Omar Pérez Villa María, 8-11-56, Córdoba, Argentina.Ese mismo día dice mi madre que ya elprimer pañal (de tela) lo manché con arte.Después de Dibujar a mis compañeros yprofesores del Rivadavia, publico mis pri-meros trabajos en Hortensia, el mayor ex-ponente del humor cordobés, pasando porvarias publicaciones argentinas: El Diario,Puntal Diario, El País, Río Revuelto, Im-pulso (co-director),...En el 89 nos venimos para Galicia y cola-boro en la mayoría de la prensa gallega:La Voz de Galicia, Orense Diario, XornalDiario, Diario 16, La Región.También endiarios y revistas nacionales e internacio-nales: Crónica Filatélica, PhotoshopNewsletter, Paradores, Auria, Journal deNoticias, Trevim, BronKit, O Farelo, TheNew of the Gulf, The Ethical Specta-cle,...Subido a la red, participo en grandesaventuras, como El Can, Humoralia, Artpoint, Irancartoon, Toonpool, etc...Anualmente envío trabajos a exposicionesy muestras por todo el mundo.

¿LE GUSTA EL ZODÍACO?Me gusta leerlo el jueves. A ver si metoca la primitiva por la noche.

¿CUAL ES SU SIGNO?Cabra, según los chinos y Escorpio. Losque me conocen dicen que soy un per-fecto escorpión.

¿POR QUÉ SE DEDICA A ESTO?No sabría explicarlo. Pero bién dicho,solo me dedico a esto :), aunque esté re-lacionado todo con el dibujo.

SU AFICIÓNEl dibujo, la fotografía, la filatelia, la ar-queología.

Y SU IDOLO DENTRO DE ESA AFICIÓNÍdolo no sería el calificativo. Es a la per-sona que más admiro dentro de la carica-tura: Jan op de Beeck

TRES COSAS PARA LLEVARSE A UNA ISLADESIERTA

Ehhh. Que no es una cosa!!!. A Marina, miseñora. Y seguramente Marina llevaría lasotras 2 cosas que faltan :)

TRES COSAS PARA NO LLEVARSEla tele del salón, la de la cocina y la de lahabitación.

ALGÚN PAÍS IMAGINARIODonde no existan los políticos.

SU SUEÑO DORADOSer dibujante en una expedición arqueoló-gica.

ÚLTIMO LIBRO QUE HA LEÍDOPiedras Sagradas de Juan Ignacio Cuesta.Ya te dije que me gustan las»piedras».

SU PELÍCULA FAVORITAEl hijo de la novia.

LO QUE HA QUERIDO SER DE PEQUEÑODibujante y arqueólogo. Me falta cumplirlo segundo.

UN CONSEJO A ALGUIENDisfrutar cada minuto.DE LO QUE NUNCA SE ARREPENTIRÍA DEHACERDe coger un lápiz.

SUS HÉROES INFANTILESNo recuerdo haber tenido.

UNA VIRTUDPerseverancia.

UN DEFECTO QUE ODIALa mentira.

LA ASIGNATURA DEL COLEGIO QUEMEJOR SE LE DABA

Matemáticas. Y Dibujo, claro está.Y LA PEOR

Lengua.UN DESEO

Poder realizar todas las ideas pendientesque me dan vueltas por la cabeza.

Jon Vikerslapiz y carboncillo

por:Ubaldo César Boyano Adánez

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Colegio de Abogados Alcalá de Henares 2008

Agrupación Jóvenes Abogados

Elecciones a la Ejecutiva de CEAJ de León

Durante los días 20 a 22 de marzo, tuvo lugar en la Ciudadde León, la primera reunión trimestral del año 2009 delPleno de la Confederación Española de Abogados Jóve-

nes, organizada esta vez por el Grupo de Abogados Jóvenes delColegio de León, con una alta expectación, toda vez que tendríanlugar, como punto principal del orden del día, tras haber sido sus-pendidas por diversas incidencias en la anterior reunión trimes-

tral de Granada, las elecciones a la Ejecutiva de CEAJ. Dos eranlas candidaturas presentadas, encabezadas por Dª Mayte LópezPérez-Cruz y Dª Julia Calvo Triviño, resultando vencedora la pri-mera y convirtiéndose, por tanto, en la nueva Presidenta de CEAJpara los dos próximos años. Finalizaba de esta manera el mandatode D. Sergio Hidalgo, que a pesar de tener la posibilidad de re-novar en el cargo decidió dar paso a nuevas incorporaciones. Laasistencia, fue por este principal motivo mayor, si cabe, que enanteriores reuniones, debiendo destacarse la fenomenal organi-zación de la misma.

Jornada sobre«Derecho Penitenciario»La Agrupación de Jóvenes Abogados organizó el pa-sado 19 de febrero de 2009 un curso sobre»DerechoPenitenciario Práctico». La jornada fue impartida porD. José Luís Comerón, Subdirector del Centro Peni-tenciario Madrid IIDentro de las habituales jornadas de formación que realiza

la Agrupación de Jóvenes Abogados de nuestro Colegio,el pasado día 19 de febrero, fue realizado en el salón de

actos un interesante curso práctico sobre Derecho Penitenciario,materia que, a pesar de encontrarse dentro del ámbito penal y,

por tanto, relacionada de manera directa con el Turno de Oficio,lo cierto es que no abundan los cursos o jornadas sobre esta te-mática. José Luís Comerón Borrego, actual Subdirector de Régimen delCentro Penitenciario Madrid II, y experto conocedor de la mate-ria, amén de mantener una relación muy estrecha con nuestro Co-legio, abordó de manera profunda las cuestiones mas importantesen este orden siempre desde un enfoque práctico, como es el ám-bito de los recursos ante las resoluciones del Centro Penitencia-rio, las progresiones en grado, el régimen de permisospenitenciarios, las distintas clases de comunicaciones, etc,... La jornada despertó un gran interés y contó con una masiva asis-tencia de compañeros de profesión.

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Hablamos con JUAN CARLOS CASTRO, su DIRECTOR: He estado encargado del área de formación desde 2003 a 2008,una formación que en ese periodo se ha encaminado básicamentea la violencia de género, además de algunas conferencias aisladassobre otras materias. A partir de enero de 2008 el Decano consideró necesario unifi-car toda la formación, haciéndome responsable de la misma, in-cluida la que se imparte en la Escuela de Práctica Jurídica (EPJ). En febrero 2009 y como consecuencia lógica de ese proceso deunificación asumo también la dirección de la EPJ, entendiendoque tal medida es lo más conveniente a la hora de afrontar el retoque supone para la misma la entrada en vigor de la ley acceso ala profesión. Una Escuela hasta ahora enfocada exclusivamente a la prepa-ración de los nuevos letrados para que puedan acceder a los tur-nos de oficio, pero que a partir de la publicación de la ley 34/2006debe ampliar sus objetivos pues deberá asumir también el come-tido de formar a los graduados en derecho para que puedan teneracceso al ejercicio de la profesión. Tenemos hasta el 2011 para adaptarnos, pero esta Escuela comolas demás ya han empezado a adaptar sus objetivos progresiva-mente, como así se refleja en los sucesivos congresos que concarácter anual reúnen a las Escuelas de toda España y todo ellopara dar oportuno cumplimiento a las exigencias de la Ley. Un proceso de adaptación que no deja de tener numerosas com-plejidades, con lo que ello implica en tiempo y dedicación y queme ha llevado a requerir la colaboración de mi compañera deJunta, Montserrat Fernández para todo lo concerniente a forma-ción en materia de violencia de género. Una formación de abogados en la que deberá por ley ser parti-cipe la universidad, razón por la cual, se ha creado por nuestraparte una comisión que integrada por el Decano, Montserrat y yomismo, que está llevando la negociación que se hace imprescin-dible mantener con la universidad a tales efectos, en concreto conla Universidad de Alcalá de Henares como ampliaré más ade-

lante. El Reglamento de desarrollo de la citada ley Nosotros ya éramos miembros de la Comisión de Formación deCGAE, comisión que se compone de un núcleo permanente (connombramientos por parte del Consejo) y de una comisión másamplia donde participan todas las EPJ, y además en este últimoaño se ha invitado también a todos los Colegios y a los miem-bros de los Consejos Autonómicos a efectos de informar, a peti-ción del propio Ministerio de Justicia, sobre un primer borradorde proyecto de reglamento que se ha sometido a nuestra consi-deración; algo que igualmente se ha solicitado a las universida-des, motivo por el cual se ha celebrado una junta de decanos delas facultades de derecho que tuvo lugar los pasados 5 y 6 de fe-brero en La Coruña para informar sobre ese Reglamento. Este proceso se halla actualmente a la espera de que el Minis-terio nos remita otro avance del proyecto y tener la oportunidadde informar sobre el mismo. Lo cierto es que Las EPJ tienen acumulada una experiencia muyamplia de muchos años, lo que nos permitirá, sin duda, enrique-cer ese proyecto en sus aspectos técnicos. Se está trabajando paraque ese proyecto sea lo más ajustado posible a la realidad, reali-dad que nadie conoce como las EPJ. El Reglamento adolece, a fecha de hoy, de ciertos errores de co-ordinación con el propio texto de la ley y que deberán ser modi-ficados, y son esos errores sobre lo primero que se ha informado. Un Reglamento que respeta el esquema de la Ley, que por otraparte es bien sencillo. A partir de 2011 las EPJ y las universida-des deberán hacer las adaptaciones necesarias para la prepara-ción práctica de los graduados en derecho, para lo cual la Leyimpone un sistema que ofrece 3 posibilidades:

1. La universidad puede crear una escuela de práctica ju-rídica pero siempre conveniada con un Colegio de Abo-gados para dar como mínimo las prácticas externas,siendo los componentes docentes de la misma al menosen un 50% abogados en ejercicio. En el Reglamentos se hizo una modificación, amparada

Nueva etapa de la Escuela de Práctica JurídicaEl reto de su adaptación para poder asumir la formación de los graduados en derecho de

cara a su acceso a la profesión de abogado

ActualidadAlcalá de Henares 2009Colegio de Abogados Por: TOMAS MAYORAL/ ISABEL MARIA ESCOZ

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en la Ley, mencionando que de-bían ser abogados en ejercicio oprofesionales del derecho lo quetraducido venía a dar la posibilidadde entrada a secretarios, notarios,jueces, fiscales... haciéndose estaobservación en el informe delConsejo General, advirtiéndose deque por esta vía podría darse la cir-cunstancia de que en una escuelade formación de una universidadno haya ni un solo abogado enejercicio, debe reseñarse que losdecanos de facultades derecho hi-cieron la misma observación y enidéntico sentido al nuestro. 2. Ser las EPJ de los Colegios deAbogados las que impartan esecurso preparando a los alumnospara la realización de esa prueba anivel nacional de acceso a la profe-sión, y eso si teniendo que conve-niar igualmente con la universidad. 3. Una 3ª opción que es por la queva a optar la inmensa mayoría, elconvenio Colegio-Universidad, sinque ésta tenga que ser necesaria-mente la geográficamente más pró-xima, si bien es cierto que será laopción más lógica, así nosotros yallevamos un tiempo negociando conla Universidad de Alcalá de Hena-res. Nada impide tampoco que seconvenie con varias universidades ouna universidad con varios Colegioscomo es ya el caso de la Universi-dad Autónoma de Barcelona algocomprensible ya que allí existenmúltiples Colegios de partido.

UNAS CONVERSACIONES COLEGIO-UAHEN LAS QUE SE INTENTA EVITAR POR NUES-TRA PARTE QUE ESTO SE CONVIERTA EN UNPOSTGRADO DOCENTE. Si bien no habríainconveniente en que se enfocase como unmaster, eso si, especial -un master de ac-ceso a la profesión- (denominación quesegún el actual articulado del borrador nopodría utilizarse) y que pudiera darse con-juntamente, otorgando ese título la uni-versidad y que tendría además delcorrespondiente valor académico el de ac-ceso a la profesión, algo que para el Cole-gio tendría una gran ventaja. Todo hace pensar que ese primer exameno prueba de acceso a la profesión a nivelnacional tendrá lugar en 2013, con la fija-ción por parte de la administración de en-focarlo como si de una oposición al uso setratase, por lo que pretenden que sea la pri-mera prueba de cuatro asignaturas tronca-les tipo test, colegios y universidadesapostamos, sin embargo, por la evalua-ción por objetivos pero será difícil que la

administración renuncie a sus plantea-mientos, en todo caso nosotros pretende-mos que además de las troncales seincluya la deontología (como un segundoexamen o dentro de las troncales) y unexamen práctico escrito y oral que cabepensar que se seguirá haciendo como hastaahora, ante un Tribunal compuesto por elDecano, un abogado con más de 10 añosde ejercicio, un funcionario de la Comu-nidad o del Ministerio de Justicia y por unprofesor de la universidad.LAS EPJ YA LLEVAMOS MUCHO AVAN-

ZADO EN CUANTO A COMO DEBE SER ESAPRUEBA DE APTITUD PROFESIONAL (CAP).MONTSERRAT FERNANDEZ, res-ponsable de formación en materia deviolencia de género:

Es intención de la universidad que se in-cluya a Guadalajara dentro del convenioque suscriban con nosotros dado que ellostienen muchos alumnos procedentes deallí, algo que el Colegio ya tiene más queconsolidado pues ya firmamos en su díaun convenio de colaboración en materia deformación con el Colegio de Abogados deGuadalajara. Los despachos profesionales donde losalumnos acudan a realizar sus prácticasasumirán en su condición de tutores unaserie de responsabilidades para con elalumno así como para con el propio Cole-gio. Las negociaciones se hallan muy avan-zadas en cuanto a la composición del pro-fesorado de la Escuela que será mitaddocentes, mitad abogados en ejercicio,buscando una docencia eminentementepráctica que tiene asignada por ley los co-legios de abogados, compete a estos con-cretamente la práctica externa que sematerializará en la asignación de tutores,también la asistencias a guardias,juzgaos...La UAH se muestra conforme con que lasede física de dicha Escuela se ubique en

nuestro Colegio. Pero todo esto debe tenersu plasmación por escrito, siendo lo másaconsejable posponer la firma hasta quetengamos el reglamento definitivo, y esosi, no tendría porque agotarse el periodode -vacatio legis-. BALANCE DE SITUACIÓN A FECHA DE HOYTanto la universidad como nosotros es-tamos elaborando sendos borradores paraque sirvan como base de trabajo de cara alfuturo convenio a suscribir entre ambasinstituciones. Las relaciones con el De-cano de la Facultad de Derecho y con JoséAntonio del Olmo (que además es cole-giado nuestro), que son quienes integranla comisión de la UAH sólo se pueden ca-lificar de óptimas. Hasta 2011 la situaciónseguirá como hasta ahora. De 2011 a 2013cualquier licenciado derecho podrá cole-giarse sin hacer ese examen de CAP, ins-cribirse el la EPJ salvo que quiera accedera los turnos de oficio. A partir de 2013 será necesaria para ac-ceder al ejercicio de la profesión haber re-alizado la EPJ y haber superado la pruebade acceso. TANTOMONTSERRAT COMO YONO QUISIERAMOS CONCLUIR SIN COMEN-TAR QUE DEBEMOS IR PERDIENDO EL RE-CELO INICIAL QUE PUDIÉRAMOS TENERFRENTE A LOS PROPÓSITOS DE LA UNIVER-SIDAD, EN EL SENTIDO DE QUE LO QUE NOSTRANSMITEN EN CADA REUNIÓN ES QUEELLOS SON LOS PRIMEROS INTERESADOSEN QUE ESA FORMACIÓN DEBE SER -PRÁC-TICA, PRACTICA, PRÁCTICA- DADO QUEESO SERÁ LO QUE DARÁ PRECISAMENTEVALOR AL CURSO. QUE ACTUALMENTE LANUESTRA ES LA ÚNICA ESCUELA HOMOLO-GADA EN LACOMUNIDAD DEMADRID Y ESSEDE DE TRIBUNAL, CIRCUNSTANCIA ÉSTAÚLTIMA QUE SE MANTENDRÁ EN EL FU-TURO. Y QUE ESTAMOS EN EL BUEN CAMINO PARAAFRONTAR LOS RETOS QUE LA IMPLANTA-CIÓN DE LA LEY DE ACCESO A LA PROFE-SIÓN DE ABOGADO NOS IMPONE COMOCOLEGIO.

«Todo hace pensar que eseprimer examen o prueba de

acceso a la profesión anivel nacional tendrá lugar

en 2013»

«… La UAH se muestra con-forme con que la sede físicade dicha Escuela se ubique en

nuestro Colegio»

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Alcalá de Henares 2009

* Orden TIN/41/2009, de 20 de enero, por la que se desar-rollan las normas de cotización a la Seguridad Social, De-sempleo, Fondo de Garantía Salarial y FormaciónProfesional, contenidas en la Ley 2/2008, de 23 de diciem-bre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2009.( BOE 24-01-2009 )* Real Decreto 74/2009, de 30 de enero, por el que se de-termina el nivel mínimo de protección garantizado a losbeneficiarios del sistema para la autonomía y atención a ladependencia para el ejercicio 2009. ( BOE 31-01-2009)* Real Decreto 73/2009, de 30 de enero, sobre las presta-ciones económicas de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre,de promoción de la autonomía personal y atención a las per-sonas en situación de dependencia para el ejercicio 2009. (BOE 31-01-2009)* Resolución de 20 de enero de 2009, de la Dirección Gen-eral de Seguros y Fondos de Pensiones, por la que se dapublicidad a las cuantías de las indemnizaciones pormuerte, lesiones permanentes e incapacidad temporal queresultarán de aplicar durante 2009 el sistema para valo-ración de los daños y perjuicios causados a las personas enaccidentes de circulación. ( BOE 2-02-2009)* Real Decreto 96/2009, de 6 de febrero, por el que seaprueban las Reales Ordenanzas para las Fuerzas Armadas.( BOE 7-02-2009 )* Real Decreto 95/2009, de 6 de febrero, por el que se reg-ula el Sistema de registros administrativos de apoyo a laAdministración de Justicia. ( BOE 7-02-2009 )* Real Decreto 99/2009, de 6 de febrero, por el que se mod-ifica el Real Decreto 614/2007, de 11 de mayo, sobre nivel

mínimo de protección del sistema para la autonomía y aten-ción a la dependencia garantizado por la AdministraciónGeneral del Estado. ( BOE 19-02-2009 )* Real Decreto-Ley 1/2009, de 23 de febrero, de medidasurgentes en materia de telecomunicaciones.* ( BOE 24-02-2009 )* Real Decreto 197/2009, de 23 de febrero, por el que se de-sarrolla el Estatuto del Trabajo Autónomo en materia decontrato del trabajador autónomo económicamente depen-diente y su registro y se crea el Registro Estatal de asocia-ciones profesionales de trabajadores autónomos. ( BOE4-03-2009 )* Real Decreto-ley 2/2009, de 6 de marzo, de medidas ur-gentes para el mantenimiento y el fomento del empleo y laprotección de las personas desempleadas. ( BOE 7-03-2009)* Real Decreto 298/2009, de 6 de marzo, por el que se mod-ifica el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que seaprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, enrelación con la aplicación de medidas para promover lamejora de la seguridad y de la salud en el trabajo de la tra-bajadora embarazada, que haya dado a luz o en período delactancia. ( BOE 7-03-2009 )* Orden TIN/221/2009, de 10 de febrero, por la que semodifica la Orden TAS/3859/2007, de 27 de diciembre, porla que se regula la contraprestación a satisfacer por las mu-tuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionalesde la Seguridad Social por los servicios de administracióncomplementaria de la directa. ( BOE 14-03-2009 )

Reseña Legislativa

40Pag

Colegio de Abogados

FORO Nº.17/ ABRIL2009

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COLEGIO DE ABOGADOS DE ALCALÁ DE HENARES FORO Nº.17/200941

PorSecundariasSierra deSegura:peñas yOlivos42

TurismoRural porCasmar

44

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LLeettrraaddooss

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UUnnaa vveezz eennssoobbrraaddaa llaa rreevviissttaa ppoorr eell CCoonnsseejjoo ddee RReeddaacccciióónn llaa ddeejjaann lliissttaa ppaarraa ppooddeerrllaa eennvviiaarr

EEll nnaacciimmiieennttoo ddeell rriioo MMuunnddoo

Page 42: Revista Foro 17

Foro42

PPeennaass yy oolliivvooss FFOOTTOO :: VVaalleenncciiaa

TToorrrreess ddee AAllbbaanncchheezz FFOOTTOO :: VVaalleenncciiaa

VViissttaa ddeell rreecciieenn nnaacciiddoo FFOOTTOO :: VVaalleenncciiaa

LLaa ccaattaarraattaa ddeell MMuunnddoo FFOOTTOO :: VVaalleenncciiaa

AUTOR:JESUS VALENCIA

BBeellllooss PPiinnaarreess FFOOTTOO :: VVaalleenncciiaa

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43Sierra de Segura:peñas y olivos

La Sierra de Segura, bordeada por la de Cazorla al sur y la de Al-caraz al este, supone un conjunto de alturas y valles, que nos per-mite disfrutar de una naturaleza apenas explotada, en francocontraste con las otras dos mencionadas. En esta ocasión vamosa centrarnos en la mencionada de Segura, si bien visitaremos elsegundo día algún enclave de la de Alcaraz y llegado el momento,la recorreremos en profundidad, en alguna otra entrega. Hemos de tener en cuenta, que la ruta elegida requiere que in-

virtamos un fin de semana, ya que en un día se muestra clara-mente insuficiente para conocer, aunque sea mínimamente, lapropuesta correspondiente a esta revista. El lugar es un tanto inusual, y lo elegimos dado que unos ami-

gos de Madrid y otros de Málaga, nos pusimos de acuerdo en lle-var a cabo un viajecito con las motos y llegamos a la conclusiónde que se buscara un alojamiento a mitad de camino, entre ambasciudades, y que sirviera de base para hacer la escapada. Por estarazón, el pueblo escogido resultó ser Torres de Albánchez, en laprovincia de Jaén, junto a la frontera de Ciudad Real. Una vez decidido el destino, nos pusimos en marcha el viernespor la tarde, resultando el camino en un primer momento, untanto aburrido, dado que se trata de enlazar carreteras de circun-valación con radiales, por lo que lo monótono de la conducciónes claramente imaginable. Desde Alcalá de Henares, hay que di-rigirse a la M-45, y R-IV (o N-IV para el que lo prefiera), si-guiendo hasta Manzanares en la provincia de Ciudad Real. Llegados a Manzanares, se toma la desviación en dirección Vi-llanueva de los Infantes, pasando por Membrilla, luego Montiely Albadalejo. Por este ultimo tramo de carreteras rectas, típicasde Castilla, con buen firme y no demasiado divertidas. En estaúltima localidad nos encontramos con que el camino que debía-mos llevar, se hallaba cortado por obras, así con las indicacionesde la gente del lugar, salvamos el tramo interrumpido por unas co-marcales en un estado infame, pero muy entretenidas, pasandopor Bienservida y Villarodrigo. El paisaje cambia de forma radi-cal, y la llegada a Torres de Albánchez presagia las magnificasperspectivas sobre el recorrido del día siguiente, ya que discurrepor pequeños puertos de montaña, con continuas subidas y baja-das. El hotel resultó ser muy agradable y daban todo tipo de indica-ciones sobre los recorridos que pretendíamos efectuar. El entornoes de una vistosidad evidente, lo forman infinidad de montes,donde el olivo es el árbol dominante, se vuelva la vista donde sevuelva. Nos dirigimos a Siles, donde repostamos y seguimos endirección a Garganta por una carretera que merece la pena ser re-

corrida despacio, disfrutando de los que nos rodea, los bosques,los ríos se suceden, y un paisaje más propio de un«Belén«que deuno real. Merece la pena, que nos detengamos en cualquier partey dedicar unos instantes a observar con detenimiento lo que nosrodea, si bien en Hornos existe un mirador que permite la con-templación del mencionado paisaje en todo su esplendor. Comimos en Venta de Tineo, pueblo agradable, a media laderade uno de los múltiples montes, que en todo momento nos ro-dean. Seguimos en dirección de Santiago de la Espada, conti-nuando con más de lo mismo, en ocasiones con buen asfalto y enotras, no tanto. En nuestro caso este tramo no resultó ser dema-siado cómodo, ya que desde que salimos, después de comer, lalluvia nos acompañó unos cuantos kilómetros (daba bastante pe-reza salir a la lluvia, desde el fuego de la chimenea del restau-rante). Luego se sigue a Cortijos Nuevos y de nuevo Torres deAlbánchez. Al día siguiente, salimos en dirección al nacimiento de ríoMundo, pasando nuevamente por Siles y luego por Arroyofrio.Estas carreteras, no comarcales, sino de la comunidad autónoma,presentan un firme inmejorable, con curvas amplias, y el entornono cede un ápice en belleza. Lo que es evidente, es que a mejo-res accesos, más afluencia de gente, por lo que debemos olvidar-nos de las soledades del día anterior. Llegados a este punto nosacercamos al ya citado, nacimiento del río Mundo. Es un espacioprotegido, y en la entrada un guarda se encarga de hacernos todotipo de advertencias. Los vehículos se dejan en un aparcamientoal efecto, y a pasear. Imaginaros un farallón con una pared verti-cal, en la que se abre una cueva, por la que se descuelga una co-lumna de agua, formando una cascada muy llamativa. Convienecomentar que es factible subir hasta la cueva, dado que hay un ca-mino practicable; dependerá de cada uno, ascender según las pro-pias capacidades. De cualquier forma, hay que tener en cuentaque la magnitud de la caída de agua va en función de la épocadel año. Después, se pasa por Riopar, y merece la pena pasear un rato porcalles si disponemos de tiempo suficiente. Se sigue en direccióna Reoliz por una cerrada, con un asfalto extraordinario, gran va-riedad de curvas y francamente entretenido. Allí nos despedimosde los malagueños, después de reponer fuerzas, y nos dirigimosa Villanueva de la Fuente y Villanueva de los Infantes, en buscade Manzanares para volver a casa por la consabida y monótonaautovía N-IV. En la siguiente revista, esta vez sí, daremos unavuelta por la Serranía de Cuenca.

VViisslluummbbrraannddoo eell ssooll FFOOTTOO :: VVaalleenncciiaa

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POR:ÁNGEL GABRIEL TUÑÓN GALLEGO46 Foro

«El Abogado del terror, del diablo, ydemás lugares«comunes»

Siempre que he leído alguna entrevista o reportaje sobre el enig-mático compañero J. Vergès me ha surgido la misma pregunta:¿Cómo se defiende a Sadam Hussein?, ¿Qué argumentos utilizarpara defender a Klaus Barbie, Slobodan Milosevic o«El Cha-cal»? ¿Y cómo se hubiera hecho con Hitler? El libro que ahora comento responde a estos interrogantes desdela elegante pluma y perspicacia del Abogado francés Jacques Ver-gès, protagonista asimismo de una vida digna de ser contada. De-clarado comunista militante, anticolonialista, ha defendido a losmiembros del FLN de Argelia y afirma que hubiera defendido aHitler con la condición de que él admitiera su culpabilidad. El libro está lleno de frases lapidarias en las que Vergès dejaconstancia de sus mandamientos, resumidos en la siguiente:«MiLey es estar contra las leyes porque pretenden detener la histo-ria; mi moral es estar contra las morales porque pretenden pa-ralizar la vida». Califica como procesos«políticos«los procesos judiciales en quese ven inmersos sus defendidos, si bien el propio Vergès dice des-confiar de la distinción entre delitos comunes y delitos políticos:desde el momento en que se vierte sangre el crimen políticopierde su carácter político. Reconozco que, a lo largo de la lectura del libro, y siendo comosoy, español, residente en España, y por lo tanto«testigo«del azotedel terrorismo de ETA, me ha vencido la tentación de trasladar loscrímenes etarras y su enjuiciamiento a las páginas del libro; o vi-ceversa: trasladar las reflexiones de Vergés a la defensa que rea-lizan los Abogados que representan a etarras ante la AudienciaNacional, y ver reflejadas en las actitudes de éstos (negación delos Tribunales Españoles; calificar de «fascistas» a los Magistra-dos de la Audiencia Nacional; utilización del Euskera no comolengua de comunicación en el proceso sino como herramienta deagresión contra el sistema judicial español, propinar patadas ygolpes a la «jaula de cristal» desde la que asisten a sus juicios,ante los ojos de la televisión, etc.), lo que el propio Vergès ha uti-lizado, con éxito, en la defensa de sus peculiares clientes. Partiendo de la consideración de que la Justicia es igual que laguerra y el comercio, y que en ocasiones es preciso que la de-fensa se rearme y convierta en ataque, Jacques Vergès describelos dos extremos que tiene el segmento de la defensa y del pro-

ceso judicial mismos: desde la ausencia de proceso por ausenciade problemas, porque el procesado acepta las reglas del juego yse somete, reconociendo su culpabilidad, a la voluntad del juz-gador; hasta el otro extremo, representado por la ruptura del pro-ceso, negando la propia legitimidad del Tribunal juzgador y delordenamiento que se le pretende aplicar. Entre estos dos extre-mos, que denomina defensa de connivencia y defensa de ruptura,existen matices que se utilizarán según el caso concreto: no hayconnivencia ni ruptura absolutas. La estrategia de defensa depende de la actitud del acusado: siacepta el orden público, el proceso es posible; si lo rechaza, elaparato judicial se desintegra: estamos ante el proceso de rupturaque, claramente, es el preferido por Vergès quien llega a afirmaralgo tan rotundo como que «Si el gobierno francés se decidieraalgún día a publicar la lista completa de los condenados amuerte realmente ejecutados, nos sorprenderíamos al ver hastaqué punto es mortífera la defensa de connivencia y economiza-dora de vidas humanas la de ruptura.»La actitud del acusado marcará si es defendido con la estrategiade la ruptura. En dicha actitud intervienen elementos subjetivostales como la confianza en la causa que defiende y el sentimientode fraternidad,«que es más fuerte que la muerte». Tras utilizar como frontispicio de sus reflexiones el proceso aJesús, el cual califica como ejemplo de proceso de ruptura (des-cribe cómo Jesús, sabedor de su muerte segura, optó por no de-fenderse, intentando demostrar que su suplicio era el de losoprimidos y esclavos, siendo una de las primeras ocasiones enque se utilizó la propaganda para instrumentalizar un proceso ju-dicial), el libro se divide claramente en dos partes: la primerasobre los procesos de connivencia, proporcionando pinceladassobre algunos procesos históricos como el del Dr. Adams, y losDiputados Malgaches, en Magadascar, o bien el del General Cha-lle, siendo este último un ejemplo de proceso de connivencia enque el acusado decide declararse culpable, buscando minimizarlas consecuencias de sus acciones, y presentando su destino cri-minal más como un padecimiento personal que como una actitudnegativa reprochable. Al lado de estos procesos, reales, Vergèsintroduce procesos literarios que forman parte de joyas como«Rojo y Negro», de Sthendal, o bien «El Proceso» de Kafka. La segunda parte está dedicada a los procesos de ruptura, y enella nos muestra ejemplos de todos los matices posibles. Desde elque padeció Sócrates, enseñándonos cómo el acusado no entróen el juego del Tribunal porque no aceptaba su culpabilidad, re-alizando en este punto el autor la pregunta, retórica, central dellibro: ¿Para qué sirve la defensa de ruptura? ¿Qué se consiguecon ella?, pasando a responder con palabras del propio Sócra-tes:«prefiero muchísimo más morir, habiéndome defendido así,que vivir por otros medios».Es aquí donde aparece la impugnación del orden público (locual me trae otra vez a la memoria las imágenes, por ejemplo, deTxapote diciendo que no reconoce al«Tribunal fascista espa-ñol»para que lo juzgue). Resulta curioso el caso del proceso a Luis XVI, en el cual se in-vierten los términos ya que es el acusado el que exige el respeto

«La estrategia Judicial en los procesos políticos»,Jacques Vergès.Ed Anagrama, Barcelona1ª ed. 1970; Reeditado en2009.13,46 euros +IVA

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Foro48a la legalidad que le niegan sus acusadores que, directamente,quieren mandarlo a la guillotina sin juicio previo. El del militante comunista Dimitrov, acusado de haber incen-diado el Reichstag, es un ejemplo en el que la defensa aprovechael proceso para sacar a la luz sus ideales: propaganda. En estepunto, Jacques Vergès se pregunta porqué los profesionales delDerecho prefieren el proceso de connivencia al de ruptura, afir-mando que lo hacen porque no conciben el proceso como unaguerra. ¿Por vergüenza o por astucia?, se pregunta Vergès. Una vez decantado por el proceso de ruptura, el autor profun-diza en las distintas posibilidades que esta estrategia presenta y,en una tercera parte que no deja de ser continuación de la se-gunda, nos describe los procesos como espectáculo (muy útileshoy día en un mundo con medios de comunicación globalizados,susceptibles de servir como portavoces de las causas que se en-juician en algunos procesos«políticos«); el proceso como unjuego de ajedrez (resultando interesante el análisis del procesoque llevó a la disolución y eliminación de los Templarios, o el deJuana de Arco, entre otros); incluso el de Fidel Castro, por elasalto fallido al cuartel de Moncada, en la Cuba de Batista, en1953. Finaliza el libro con un análisis más profundo de un pro-

ceso del que Vergès conoce sus detalles, pues fue el defensor delos activistas del FLN de Argelia, que fueron procesados en Fran-cia, con leyes francesas, pero que, con la táctica de presentar alacusado como representante de otro orden y otro mundo, el ar-gelino, ajeno y distinto al francés, constituyó el proceso antico-lonial general por antonomasia y, al calor de la opinión públicaorquestada y la organización interna de los propios reos del FLN(otra vez la maldita ETA y sus presos, dispersos o no, me vienea la cabeza), logró un éxito que liberó a muchos activistas de unamuerte o cadena perpetuas seguras. En fin, el libro comentado resultan ser las reflexiones de unAbogado con una interesantísima trayectoria vital y profesionalque, si bien en algunos momentos puede resultar ajeno a las «al-coholemias»,«violencias de género» y demás asuntos cotidianosque nos ocupan, sí cumple la función de «elevar» nuestras miras,demostrar que es posible defender lo indefendible, y que esta ben-dita profesión no debería perder una cierta dosis de idealismo. P.S.: ¿Realmente ninguno de nosotros, como Abogados, ha pen-sado en alguna ocasión cómo defenderíamos, por ejemplo, a unetarra, o a un terrorista islámico? Ángel Gabriel Tuñón Galleg es Abogado.

El factor humanoJohn Carlin/SEIX BARRALEn 1985,cuando Nelson Mandela llevabaveintitrés años en prisión,se propuso con-quistar a susenemigos,los más fervientesdefensores del apartheid.Así obtuvo su li-bertad y consiguió convertirse en presi-dente.Pero la inestabilidad de unpaísdividido por cincuenta años de odio ra-cialcristalizó en la amenaza de una guerracivil (19 euros)

NavigatioJavier González/ED.PLANETAEl autor ejerció como abogado antes dededicarse a escribir.Tras el falso muro deuna iglesia en restauración situada en unpequeño pueblo de Castilla aparecen latalla de una virgen, un extraño manuscrito,los restos momificados de un monje y unasupuesta reliquia. (19,50 euros)

Crisis,mentiras ygrandes oportunidadCarles Torrecilla y Jordi Basté/ED.PLANETA¿Cómo hemos llegado a esta crisis de laeconomía mundial? ¿Tiene solución?¿Cuáles son sus consecuencias en la eco-nomía real de las personas?Crisis, menti-ras y grandes oportunidades responde aestas y a muchas otras preguntas (16,80 euros)

La importancia de las cosasMarta Rivera de la Cruz/ED.PLANETALa pacífica existencia de Mario Menkell,un tímido profesor universitario, cambiade golpe cuando tiene que hacerse cargode los efectos personales de su inqui-lino, Fernando Montalvo, que acaba desuicidarse.(19,90 euros)

El lectorBernhard Schlink/ED. ANAGRAMA Escrito por un juez aleman.Michael Bergtiene quince años.Un día, regresando acasa del colegio, empieza a encontrarsemal y una mujer acude en su ayuda. Lamujer se llama Hanna y tiene treinta y seisaños.Unas semanas después, el muchacho,agradecido, le lleva a su casa un ramo deflores.(16.50 euros)

El ocho Katherine Neville/PLAZA & JANESDesde Carlomagno hasta nuestros días, sedice que quien logre reunir todas las piezasde un legendario ajedrez gozará de pode-res ilimitados.Las piezas, confiadas a unasmonjas, se dispersan en plena RevoluciónFrancesa. Ciento ochenta años más tarde,la intrépida informática Cat Velis recibiráel encargo de volver a reunirlas(9,95 euros)

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El método 1,2,3 paraportarse bienMaría Luisa Ferrerós/ED.PLANETALa forma fácil y divertida de conseguircambiar los comportamientos inadecuadosde los hijos, desde que son bebés a la ado-lescencia A diario, los padres se enfrentana determinados comportamientos de sushijos que generan situaciones difíciles deresolver.María Luisa Ferrerós ofrece laspautas para comprender las actitudes delos hijos y poder cambiarlas para conse-guir que obedezcan.(17,90 euros)

HéroesPaul Johnson/EDICIONES BUna galería de perfiles escritos con sabiduríae intuición sobre hombres y mujeres de todaslas épocas de cuyos logros aún nos bene-ficiamos. Los personajes de los que se haocupado el autor son, por ejemplo, Ale-jandro Magno, Tomas Moro, Julio César oJuana de Arco a Abraham Lincoln, WistonChurchil

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Manuel García Herreros un Diputado«Alcalaino» en las Cortes de Cádiz

(2a parte)

LUIS MIGUEL DE DIEGO PAREJA INSTITUCIÓN DE ESTUDIOS COMPLUTENSES

Nuestro personaje participó, así mismo, en la comisión delas Cortes encargado del estudio de las ventas de bienes co-munales, estudiando la redacción de una ley que regularizaraun posible proceso desamortizador en todo el país, aunquedada la dificultad de la empresa, tampoco pudo llegar a ver laluz por la oposición mayoritaria de los diputados.Otro pro-yecto fracasado momentáneamente, pero que a la postre se de-mostraría imprescindible fue el de abolición de los gremios ylibertad de industria. La disolución de las Cortes evitó su apro-bación. En materia puramente política fue uno de los mayores defen-sores de la Milicia Nacional, como fuerza defensora de laConstitución y limitadora de los posibles abusos del Ejército.Así mismo se opuso al arreglo provincial planteado por lasCortes y al establecimiento de capitales provinciales en losdistintos reinos para evitar caer en un atrasado provincianismoo localismo que perjudicaría al conjunto de la Nación (pare-cía predecir lo que sería el caos del actual Estado autonómico).Fundamental fue postura a favor de la abolición de la Inqui-sición, Aprobado el 22 de enero de 1813. La opinión en estamateria de García Herreros se puede deducir de los párrafos si-guientes extractados de su discurso en las Cortes:»...no escompatible ni con la soberanía ni con la independencia de laNación. En los juicios de la Inquisición no tiene influjo al-guno la autoridad civil,...¿De qué modo ejerce la Nación lasoberanía en los juicios de la Inquisición? De ninguno. El In-quisidor es un soberano en medio de una nación soberana o allado de un príncipe soberano, porque dicta leyes, las aplica alos casos particulares y vela sobre su ejecución. Los tres po-deres que las Cortes han regulado en la sabia Constitución quehan dado para la felicidad de los españoles se reúnen en el In-

quisidor General...y le constituyen un verdadero soberano, sinlas modificaciones establecidas para el ejercicio de la sobera-nía nacional;...... se ha visto confundir lo político con lo reli-gioso y tratar de anticatólicas las verdades de la filosofía,física, náutica y geografía que la experiencia y los ojos handemostrado. ¿Es posible que se ilustre una nación en la que seesclavizan tan groseramente los entendimientos? Cesó, Señor,de escribirse desde que se estableció la Inquisición; varios delos sabios que fueron gloria de España en los siglos XV y XVIo gimieron en las cárceles inquisitoriales o se les obligó a huirde una patria que encadenaba su entendimiento; la libertadcivil individual y la justa y racional libertad de pensar y es-cribir perecieron con la Inquisición. Es evidente, pues, la in-compatibilidad de la Constitución política de la Monarquía,que ha restablecido la soberanía e independencia de la Nación,la libertad civil de los españoles y la facultad justa de enunciarsus ideas políticas, con el Tribunal de la Inquisición, que atodo se opone y cuyo sistema está en manifiesta contradiccióncon las disposiciones liberales de la Constitución».La clau-sura de las Cortes extraordinarias tuvo lugar el 14 de sep-tiembre de 1813. Las Cortes ordinarias comenzaron sussesiones el 26 de septiembre, aunque su vida fue efímera, su-primidas por Fernando VII al restablecer el absolutismo. Gar-cía Herreros, ministro de Gracia y Justicia desde octubre de1813 fue condenado a prisión en Alhucemas. Liberado en1820 tras el alzamiento de Riego, volvió a ocupar el cargo deministro del mismo ramo hasta 1821. Posteriormente desem-peñó diversos cargos políticos hasta 1823, fecha en que lanueva implantación del absolutismo le llevó a exiliarse. En1833, fallecido Fernando VII regresó a España, volviendo aocupar diversos cargos políticos de importancia. Falleció enMadrid el 25 de abril de 1836.

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AAddqquuiissiicciioonneess BBiibblliiootteeccaa

El delito ecológico del artículo 325.1del código penal

Álvaro Mendo Estrella Tirant lo Blanch -Los Delitos Nº84 1ª Edición / 240págs. / Rústica /Castellano / Libro ISBN10 8498764270;ISBN13 9788498764277 ;139788497904117

Nuestra Constitu-ción, deforma ex-cepcional, realizauna llamada ex-presa al legisladorpenal, junto al ad-ministrativo y civil,a fin de establecer,desde sus respecti-vos ámbitos, medi-das preventivas,sancionadoras o re-paradoras tendentesa la protección delambiente natural.En este contexto,en el presente librose trata de analizarlos múltiples e inte-resantes problemas,tanto teóricos comode aplicación, quepresenta el denomi-nado delito”ecoló-gico”tipificado enel artículo 325.1 delCódigo penal

En formato electró-nico*:Precio:13,00€Precio: 24,90 €

La valoraciónde la pruebaelectrónica

Eduardo deUrbano Castrillo Tirant lo Blanch -Derecho y Tic´s 1ª Edición / 124 págs. /Rústica / Castellano/ Libro ISBN108498764459;ISBN139788498764451

La valoración de laprueba es una cues-tión capital en lasdistintas ramas delDerecho modernou, en esta épocahistórica, aden-trarse en la valora-ción de la pruebaelectrónica consti-tuye una necesidadpor tratarse de unaspecto del pro-ceso, cuasi inexplo-rado, hasta elmomento De ahí,que”la valoraciónde la prueba elec-trónica”representeuna aportaciónpráctica arropadacon los necesariosfundamentos teóri-cos, para poderoperar en el mundojurídico

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Juicio de faltasGuía prácticapara el ejercicio

Miguel Armente-ros León Tirant lo Blanch -EsferaIncluye Cd con esque-mas, comentarios, legis-lación y formularios 1ª Edición / 295 págs. /Rústica / Castellano /Libro ISBN10 8498764343; 139788498764345 La presente obratrata de ser unaguía práctica útilpara la intervenciónen el procedimientodel juicio de faltas.Estamos ante unprocedimiento sen-cillo, pero a la vezcon una regulacióninsuficiente quepuede plantearmúltiples proble-mas en la práctica.Este trabajo puedeservir de orienta-ción a todos los queintervengan en eljuicio de faltas,pero sin duda resul-tará de mayor utili-dad a los letradosque tomen parte eneste procedimiento.

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50 Foro

-”MEDIDAS LABORALES PARA EMPRESAS ENCRISIS". SEMPERE NAVARRO, Antonio V.Aranzadi, 2009-”FORMULARIOS PRACTICOS PROCESALES

2009". Ed. Francis Lefebvre. 2008 -”FORMULARIOS PRACTICOS. PROCESO CIVIL2009".Ed. Francis Lefebvre, 2008 -"RECLAMACIONES DE CONSUMO. DERECHO DECONSUMO DESDE LA PERSPECTIVA DEL CONSU-MIDOR". VARIOS AUTORES. THOMSON ARAN-ZADI, 2008 -"FORMULARIOS SOBRE JURISDICCION VOLUN-TARIA".VARIOS AUTORES. Ed.Tirant lo Blanch, 2009-”LOS RECURSOS Y OTROS MEDIOS DE IMPUG-NACION EN LA LEY DE ENJUICIAMIENTO CIVIL".PICATOSTE BOBILLO, Julio. Ed. Bosch, 20089 -”TRATADO MEDICO-LEGAL SOBRE INCAPACI-DADES LABORALES". RIVAS VALLEJO, Pilar.Thomson- Aranzadi, 2008-”LEGISLACION Y JURISPRUDENCIA CONCUR-SALES".VARIOS AUTORES. Ed.Thomson-Aranzadi,2008-”LA RESPONSABILIDAD DE LOS ADMINISTRA-DORES POR LAS DEUDAS DE LAS SOCIEDADESDE CAPITAL". RODRIGUEZ RUIZ DE VILLA, Daniely OTROS. Ed. Thomson-Aranzadi, 2008 -”LA APELACION EN LOS PROCESOS CIVILES".ANTECEDENTES, LEGISLACION, DOCTRINA, JU-RISPRUDENCIA Y FORMULARIOS. Ed.Thomson-Ci-vitas, 2008 -”EL CONTRATO DE TRABAJO ESPECIAL DE LOSABOGADOS". TUSET DEL PINO, Pedro. Ed. GrupoDifusión, 2007 -”EL RECURSO DE CASACION LABORAL".CASA-CION ORDINARIA Y CASACION PARA LA UNIFI-CACION DE DOCTRINA. MOLINER TAMBORERO,Gonzalo y OTROS. Ed.Tirant lo Blanch, 2009-"RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DE LA AD-MINISTRACION POR ACCIDENTES DE TRAFICO".DOMINGUEZ MARTINEZ, Pilar. Ed. Thomson-Civitas,2008. -”TODO PROTECCION DE DATOS. 2009". VARIOSAUTORES. Ed. Ciss, 2008 -”LOS SEGUROS EN EL PROCESO DE LA EDIFICA-CION". PACHECO JIMENEZ, Mª Nieves. Ed. La Ley,2008. -”LA DEFENSA JURIDICA CONTRA LA CONTAMI-NACION ACUSTICA". HERRERA DEL REY, JoaquínJosé. Ed. La Ley, 2008

Novedades Biliográficas

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52 Foro

LLOVÍA

Día de inviernooscura la mañana,los pájaros ausentesla lluvia canta,

paraguas en la tierrason charcos de agua,arboleda sin hojasvaras mojadas,

arroyo de agua dulceque va hacia el río,barca y remos sin giro

está amarrada,la noria sumergida es rueda de molinopan de mañana.En ese curso lentodel agua clara

camina mi cabezatras las ventana.

VIDA

La mañana apareceluz de día

Sol de templados trinoscielo azul

donde navegan nubesa las que el viento mueveen viaje sin tiempohorizonte sin puerto.Más abajo la Tierracalendario de vida

para encontrar respuesta.

Poemas cedidos por JOSÉ CARLOSVILCHES LORENTE DE SU LIBRO «TATUAJE»

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54 Foro Ubaldo

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