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1 Ilustre Colegio de Abogados de Lambayeque R E V I S TA J U R I D I C A

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REVISTA EL FORO - EDICION DIGITAL

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Revista JurídicaRevista Jurídica
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l En cumplimiento con nues- tro Plan de Trabajo estamos in- augurando la Revista el FORO, que contiene artículos de reco- nocidos Colegas abogados, es- tamos seguros que el estudio y preparación del artículo de sus autores serán de mucha utilidad para los Abogados de todo el Perú.
Agradecemos a los autores de los artículos por su apoyo al Colegio, Los Abogados realizamos una función interna en la defensa con clientes, en su relación con los abogados y en la relación con los Jueces y Miembros de las distintas Salas Jurisdiccionales; asimismo realizamos una función externa en la relación con la sociedad civil con nuestra Responsabilidad Social, primando el interés público.
El Derecho tiene como valor fundamental la justicia, y los Abogados pedimos y luchamos por la justicia de los ciuda- danos, la cual debe ser oportuna, y solidaria.
La circulación de la Revista el Foro coincide con el III Congreso Nacional de Abogados “Derecho y Justicia Global”, que reúne a 24 Juristas Extranjeros y Nacionales, siempre en la búsqueda de la justicia y la paz social y el engrandecimiento de nuestro país. Chiclayo 05 de Setiembre del 2014
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Revista JurídicaRevista Jurídica
EL FOROEL FORO
1. PUNTO DE PARTIDA DE LA SEGURIDAD SOCIAL Cuando hablamos de Seguridad So- cial hay un punto de partida ,ese pun- to de partida tiene que ver con lo que la OIT llamó los riesgos sociales,y hoy se denomina las contingencias socia- les ,en realidad desde que el hombre aparece en la tierra siempre estuvo su- jeto a lo que se llama la contingencia social, y desde un primer momento el hombre se preocupó de cómo cubrirse frente a estas contingencias sociales, Se dice que hay dos contingencias de las que nadie se libra que es la enfer- medad( todos nos enfermamos aunque sea de un resfrio) y obviamente de la muerte .Por lo que es necesario tratar lo referente a la contingencia Social a su concepto y clasificación
1.1. Contingencia Social NOCIÓN CONCEPTUAL La vida del hombre ha sido descrita como fenómeno de interacción entre el ser humano y el medio. El mundo del hombre transcurre tanto en el me- dio natural como en el social y en el espiritual (Perpiñá Rodríguez); y su vida se halla inserta dentro de un ám- bito al que Ortega y Gasset llamó las circunstancias o mundo, y agregó que éste era el repertorio de nuestras posi- bilidades vitales.
En el medio natural y en el social, las circunstancias son capaces de afectar más directa y, diríase, cotidianamente a la existencia. Aquí cabe ubicar a las contingencias de variada índole que amplían, o disminuyen y aún eliminan
el repertorio de posibilidades de la vida concreta de cada persona.
En general, cabe describir a aquéllas como las que aparejan una ‘‘diversi- dad de necesidades resultante de dis- tintas situaciones en las cuales una persona puede ser privada de sus me- dios de existencia o sufrir cargas parti- culares’’ (Netter).
Caracterizan a las contingencias socia- les tres notas distintivas: su individua- lidad, en atención a la ‘‘situación de cada individuo en concreto’’; la perso- nalidad, en tanto ‘‘afectan a la persona sujeta a ellos y no a su patrimonio’’, y su naturaleza económica, porque ‘‘generan un defecto o insuficiencia en los recursos económicos personales’’ (Alonso Olea).
En suma, cabe considerar configurada una contingencia social, que da lu- gar al amparo de la seguridad social, cuando tiene por efecto que una per- sona o los miembros de su familia a su cargo, o unos y otros (nota de indivi- dualidad), resultan desfavorablemente afectados (nota de personalidad), en perjuicio de su nivel de vida, a con- secuencia de un incremento en el con- sumo o de disminución o supresión de los ingresos (nota económica).
En tanto se entienda el riesgo o con- tingencia como un ‘‘juicio de probabi- lidad de verificación de determinados eventos, asume relevancia jurídica en cuanto el ordenamiento, justamente en consideración de su verificación,
regula las consecuencias’’ (Persiani). En el respectivo sistema jurídico pre- visional, al verificarse dichos eventos, y derivar de ellos una situación de ne- cesidad, legalmente es soportada por los entes previsionales. Éstos están obligados a satisfacer las prestaciones ,cuando se verifican dichos eventos (idem).
Conceptualmente que es una contin- gencia social ,diríamos que es un he- cho incierto ,es un hecho futuro,que afecta la plenitud de la de la estabili- dad mental y física de la personas,que afectan sus recursos económicos,que afecta su estabilidad,de alguna mane- ra diríamos social de poder gozar en la sociedad.
Entonces este concepto de lo que se llama la contingencia social ha sido recogida por la OIT,en CONVENIO 102 que se conoce también como la norma mínima de la Seguridad So- cial, cuando uno se preguntaba a don- de debe dirigirse la Seguridad social. La OIT encontró en este convenio el punto asidero que ha servido para el desarrollo de la Seguridad Social, en primer lugar este convenio 102 nos señala cuáles son esos riesgos sociales que hoy llamamos contingencias so- ciales y nos dice,pues,indudablemen- te que cualquier sistema de seguridad social ,que se organice en el mundo debe estar dirigido a enfrentar estos problemas,que son : la enfermedad,la maternidad,la vejez el accidente,,el desempleo,las cargas de familia,ese debe ser el objetivo de cualquier siste-
VICTOR ANACLETO GUERRERO Doctor en derecho y ciencias políticas.
Profesor de la Escuela de Postgrado - UNPRG. Autor del libro de derecho laboral y Seguridad Social
LA SEGURIDAD SOCIAL
1 Doctor en Derecho, ,Coordinador de las Maestrías en Derecho y Doctorado en Derecho y Ciencia Política en la Escuela de Post Grado de la UNPRG,decano del Colegio de Abogados de Lambayeque 2 PODETTI, Humberto A,Los riesgos sociales,en el libro Instituciones d Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social;univer- sidad Autónoma de Mexico,1997,p,649,650 3 Organización Internacional del Trabajo (1995)p,6 4 BRICEÑO RUIZ .Alberto,Derecho Mexicano de los seguros sociales.editorial Harla ,segunda edición.Mexico,1992,p,15 5 RUIZ MORENO,Angel Guillermo, Seguridad Socialpara migrantes y trabajadores informales su eventual inclusión en el régimen obligatorio del seguro social,univesiddad de Guadalajara ,2006,p,43
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ma de seguridad social.
Sobre las contingencias sociales mu- chos autores han hecho clasificaciones al respecto : 1.1.1.. Clasificación de Dupeyroux. También con relación a los efectos, Dupeyroux ofrece una clasificación que considera separadamente los acontecimientos relativos a la adquisi- ción de la renta y los relativos al em- pleo de la renta.
Se tiene así la siguiente clasificación: a) Acontecimientos relativos a la ad- quisición del ingreso (pérdida o reduc- ción del ingreso profesional): (I) Físicos: De origen profesional: - accidentes del trabajo, - enfermedad profesional. De origen no profesional: - enfermedad, - maternidad, - invalidez, - vejez, - muerte (sobrevivientes).
(II) Económicos: - Desempleo. b) Acontecimientos relativos al em- pleo del ingreso (reducción del nivel de vida en razón de gastos extraordi- narios): - Enfermedad (gastos médicos, para- médicos, etcétera), - Cargas de familia.
1.1.2. Clasificación según el origen A. Clasificación de Aznar. Una muy difundida clasificación, que ha gozado de mucho favor doctrinario en España y fuera de ella, es la elaborada por Se- verino Aznar: a) Contingencias de origen patológi- co: enfermedad, - invalidez, acciden- tes del trabajo y enfermedades profe- sionales.
b) Contingencias de origen biológico: - maternidad, - vejez, - muerte.
c) Contingencias de origen económi- co-social: - paro forzoso, - cargas familiares excesivas.
1.1.3 Clase de Contingencia sociales en General Maternidad/nacimiento - Biológicas - Vejez - Muerte
Enfermedades - Inculpables - Patológicas
Económico - Cargas de familia
Sociales - Desempleo
2.CONCEPTO DE SEGURIDAD SOCIAL Para comenzar nuestro sucinto aná- lisis, diremos que la OIT ha ofrecido al mundo entero, en su publicación Seguridad social: Guía de educación obrera, la sencilla definición del con- cepto seguridad social que enseguida se transcribe: A efectos de esta Guía, definiremos la “seguridad social” como la protección que la sociedad proporciona a sus miembros, median- te una serie de medidas públicas, con- tra las privaciones económicas y so- ciales que, de no ser así, ocasionarían la desaparición o una fuerte reducción de los ingresos por causa de enferme- dad, maternidad, accidente de traba-
jo o enfermedad laboral, desempleo, invalidez, vejez y muerte; y también la protección en forma de asistencia médica y de ayuda a las familias con hijos”
La “seguridad social ,engloba un conjunto de medidas adoptadas por la sociedad con el fin de garantizar a sus miembros,por medio de una or- ganización apropiada,una protección suficiente contra ciertos riesgos a los cuales se hallan expuestos. El adveni- miento de esos riesgos entraña gastos imprevistos a los que el individuo que dispone de recursos módicos no puede hacer frente por si solo,ni por sus pro- pios medios, ni recurriendo a sus eco- nomías,ni sientiédole tampoco posi- ble recurrir a la asistencia de carácter privado de sus allegados” .(Conferen- cia de la OIT en Filadelfia 1944)
“La seguridad social es el conjunto de instituciones,principios ,normas y disposiciones que protege a todos los elementos de la sociedad contra cual- quier contingencia que pudiera sufrir y permite la elevación humana en los aspectos psicofísico,moral,económi- co,social y cultural”
El maestro Mexicano Angel Guiller- mo Ruiz Moreno,nos dice podemos entender el Derecho de la Seguridad Social : “como el conjunto de normas y principios creados por el Estado con la finalidad de proteger las situaciones de necesidad de los individuos-in- dependientemente de su vinculación profesional a un empresario y de su contribución o no al sistema” De todo esto se infieren, de entrada, varios caracteres importantes, a saber: 1. Se trata de un sistema público, don- de el Estado está obligado a cubrir las necesidades de los sujetos necesitados de protección.
6 NUGENT ,Ricardo,lam seguridad social: su historia y sus fuentes;en el Libro Instituciones de Derecho del Trabajo,Univerr- sidad Nacional Autónoma de Mexico 1997,p,603.604 7 NUGENT,Ricardo,Seguridad Social su historia y sus fuentes ,en el Libro Instituciones de Derecho del Trabajo,Univerrsidad Nacional Autónoma de Mexico 1997,p,603.604 8 ALCALA ZAMORA,Luis y CABANELLAS ,GuillermoTratdo de Política Laboral y social,Editorial Heliasta ,Buenos Aires ,1972 9 RENDÓN VÁSQUEZ ,Jorge,Derecho de la Seguridad Social.cuarta edición,Editorial Grijley,Lima,2008,p,26,27 10 RENDÓN VÁSQUEZ ,Jorge,Derecho de la Seguridad Social.cuarta edición,Editorial Grijley,Lima,2008,p,27.28. 11 NUGENT,Ricardo,Seguridad Social su historia y sus fuentes ,en el Libro Instituciones de Derecho del Trabajo,Univerrsidad Nacional Autónoma de Mexico 1997,p.610
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2. Es de carácter solidario y, desde luego, es además mixto por las pres- taciones en dinero y en especie que dispensa, al conjugar las prestaciones contributivas con las no contributivas. 3. Su finalidad consiste en cubrir las contingencias de vida que se mani- fiestan en situaciones de necesidad, mediante el otorgamiento de determi- nadas prestaciones en metálico y otras diversas plasmadas en ley, en un in- tento de “unlversalizar” su ámbito de aplicación a toda la población. 4. Finalmente, la protección de los sujetos se da con independencia de su vinculación a un empleador —como en el caso concreto de las sociedades cooperativas o los estudiantes de nivel medio superior o superior del país—, lo que nos hace plantearnos una pro- blemática que no es nueva y ha sido ya, al fin reconocida: la plena autono- mía del Derecho de la Seguridad So- cial respecto del Derecho del Trabajo. Para el autor la Seguridad Social es la disciplina que se ocupa de la protec- ción de la humanidad ante las diferen- tes contingencias sociales, a través de prestaciones de salud ,prestaciones económicas y sociales .
3. FUNCIONES DE LA SEGURI- DAD SOCIAL Por lo menos cuatro funciones cumple la seguridad social : a) La Principal función es la protec-
ción del individuo.sin distinción de clase alguna,buscando su am- paro frente a toda contingencia que ponga en riesgo su estabilidad económica y social,cubriendo sus necesidades básicas en cualquier momento en que éstas se vean al- teradas, y satisfacer necesidades que van más allá de lo meramente material.
b) Función de contención social que busca la seguridad de toda la so- ciedad a partir de la promoción de cada uno de sus integrantes ,recor- dando la idea de la OIT expresada en la declaración de Filadelfia de que “la pobreza,en cualquier lu-
gar,constituye un peligro para la prosperidad de todos”
c) una Función Económica,por cuanto mejora la calidad de la fuerza de trabajo,redistribuye la riqueza y aumenta las posibilidades de con- sumo.
d) Una Función Política,de enorme importancia, promoviendo la de- mocratización económica,la cohe- sión social, la estabilidad política y, consecuentemente la paz social..
4.EVOLUCION DE LA SEGURI- DAD SOCIAL Paul Duran nos dice que la seguridad Social ha pasado por tres etapas : Los procedimiento indeferenciados (técnicas primaria de protección),Los Seguros Sociales y la seguridad Social Ricardo Nugent nos dice ;La seguri- dad social es el resultado de un largo proceso histórico derivado del estado de inseguridad en que vive el hombre, desde los albores de la humanidad. Para la leyenda judeo-cristiana ese es- tado de inseguridad se inició cuando fue expulsado del paraíso terrenal, en ejecución de la primera sentencia de que se tiene noticia:
Maldita sea la tierra por tu culpa. Con fatiga sacarás de ella tu alimento por todos los días de tu vida. Espinas y cardos te dará, y comerás la hierba del campo. Con el sudor de tu frente comerás el pan hasta que vuelvas a la tierra, pues de ella fuiste sacado. Porque eres polvo y al polvo volverás (Génesis,3:18-19).
4.1.LAS TECNICAS PRIMARIAS DE PROTECCION 4.1.1.EL AHORRO INDIVIDUAL Como un medio de solventar necesi- dades futuras nace el ahorro particu- lar;cuando una persona reserva parte de sus ingresos ordinarios y renuncia a determinadas satisfacciones inme- diatas. Que viene a sr sino la actitud del hombre por la cual pospone sus necesidadedes presentes para prever un poco lo que ha de ser en el futuro ,
el ahorro es en realidad,la caracterís- tica fundamental de sentido común,de todo ho,mbre,toda persona cuando tie- ne dinero, lo primero que dice tanto gano y tanto gasto,,tanto guardo casi es diríamos una a posibilidad innata del ser humano, lo que pasa es que el ahorro ,no nos cubre ni nos protege ,como nosotros quisiéramos,el aho- rro tiene percance,en primer lugar ,el ahorro se devalúa ,no podemos mante- ner el mismo valor de las cantidades que se ahorran,por el costo de vida, que por lo general sube más acelera- damente, y al final el ahorro pierde su sentido,pero de todos maneras está está ahí, como un intento de lo que para protegerse contra las contingen- cias. Sociales Dos obstáculos se daban contra el ahorro individual : a) La exigüidad de los ingresos ,de la
mayor parte de la población,los tra- bajadores carecían totralmente de capacidad de ahorro.
b) La inflación disminuía la capacidad de compras reservada en forma de ahorro hasta hacerla desaparcere casi siempre .
Los salarios deprimidos de los trabajadoeres,los procesos infla- cionarios e hiperinflacionarios pul- verizan el ahorro por el deterioro inevitable de la moneda después viene
4.1.2.EL MUTUALISMO . El mutualismo fue otro de los sis- temas de ayuda mutua, mediante la creación de asociaciones entre miem- bros de determinadas colectividades, para asumir ciertos riesgos y contin- gencias sociales, como la vejez, inva- lidez, enfermedad y muerte, a través de las aportaciones de sus miembros. Eran asociaciones típicamente previ- sionales. Funcionaron inicialmente en forma oculta y subrepticia en los albo- res del siglo XIX, cuando el derecho de asociación no existía y, al contrario, estaba poscrito por la ley, hasta que a mediados de esa misma centuria desa- parece la prohibición y pudieron tener existencia legal y personería jurídica.
12 ENDÓN VÁSQUEZ ,Jorge,Derecho de la Seguridad Socia,ob cit,28 13 NUGENT,Ricardo,Seguridad Social su historia y sus fuentes ,en el Libro Instituciones de Derecho del Trabajo,Univerrsidad Nacional Autónoma de Mexico 1997,p,609.610 14 GARCIA MALDONADO Octavio,Teoría y práctica de la Seguridad Social,Universidad de Guadalajara,Mexico,2003,p,29 15 RODRIGUEZ MESA ,Rafael,Estudios sobre seguridad social,segunda edición,Universidad del Norte,colombia,2011p,18 16 RODRIGUEZ MESA ,Rafael,Estudios sobre seguridad social,segunda edición,Universidad del Norte,colombia,2011p,21
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Tales asociaciones organizadas, algu- nas de las cuales todavía subsisten, agrupan a profesionales, magistrados, comerciantes, artesanos y profesores. En el mutualismo está ausente el propósito de lucro, inspirándose en el principio de la solidaridad, el cual serviría de base y antecedentes de lo que hoy conocemos como seguridad social.
Con el correr del tiempo y en el cur- so del siglo XIX, la multiplicación de los riesgos y necesidades para la po- blación trabajadora, condujo a que el Estado fijara su atención en ese mo- vimiento y se delinearon los primeros planes de coordinación pública, para superar los esquemas por demás li- mitados de la mutualidad meramente individual y espontánea con la cual se alineó la ruta de la seguridad social.8 No obstante, preciso es convenir que el mutualismo tuvo un radio de acción limitado. Los aportantes eran personas de escasos recursos económicos y, por consiguiente, la cobertura de los ries- gos y contingencias, dada la parvedad de las contribuciones, tenía que ser re- ducida. Además, las asociaciones que se constituyeron eran de carácter vo- luntario, lo que, obviamente, concre- taban, la ayuda a un reducido número de afiliados .
Se conoce por mutualismo el movi- miento de cooperación social que tien- de a la creación y fomento de las so- ciedades de ayuda o socorro recíproco en lo profesional,en a industria,la agri- cultura,los seguros y cuantas activida- des son objeto de explotación lucrati- va por otros individuos o sociedades :pero no consentido de competencia ,sino para suprimir o aminorar los gastos o obtener un ahorro al prescin- dir de intermediarios y comisionistas o colaborando desinteresadamente en la gestión.
El maestro Jorge Rendón Vásquez nos dice : “la mutualidad logró abrir- se paso en las primeras décadas del
Siglo XIX,en su mayor parte clan- destinamente por la prohibicióna los trabajadores de formar asociaciones ,impusta por la ley le Chapelier de 1791 y generalizada en toda Europa .Las sociedades de de socorros mu- tuos o mutuales organizadas por obre- ros y artesanos para la prevención y la cobertura de los riesgos de enefer- medad y muerte principalmente,se desarrollaron hacia mediasdos de ese siglo cuando pudieron ganar cierta legalidad.Pero esta técnica tropezaba con algunas dificultades: a) En primer término,siendo los adhe-
rentes de las mutuales personas de recursos económicos pequeños,- sus aportes individuales sólo al- canzaban para cubrir prestaciones muy limitadas.
b) Es segundo término,la afiliación voluntaria reducía su radio de ac- ción,sólo se integraban los trabaja- dores con mayor conciencia social y los expuestos a los riesgos más frecuentes
c) Finalmente,por sr las mutuales so- ciedades aisladas,no podían rease- gurar los riesgos,lo que aumentaba relativanmente la magnitud de la cargas económica por prestación.
4.1.3. EL SEGURO PRIVADO El seguro privado se desarrollo sin ningún obstáculo legal,pero sólo entre las personas de recursos económico relativamente elevados.Está técnica permitía que las compañías privadas de seguros abarcasen a una multitud de personas de diferentes profesiones ,actividades económicas y lugares,- con la posibilidad de cubrir más ries- gos que la mutualidad y de practicar el reaseguro.Los procedimientos téc- nicos del seguro Privado fueron utili- zados por los seguros sociales .
El seguro privado hace su aparición a fines del siglo XIX, como un contra- to de derecho privado, con objeto de cubrir ciertos riesgos y contingencias sociales, mediante el convenio de su propósito, aleatorio y por consiguiente
de naturaleza mercantil, en virtud del cual, mediante el pago de una prima estimada en función del riesgo asumi- do por la aseguradora, ésta se obligaba al pago del capital del seguro, al pro- ducirse el evento incierto y futuro ma- teria de la convención.
El seguro privado, en el cual está au- sente el principio de la solidaridad, tuvo su explicación en la insuficiencia de las asociaciones de socorros mu- tuos, que por las razones que anterior- mente se han relacionado, se encon- traron en la imposibilidad de atender con la amplitud debida, los Riesgos y contingencias sociales. El seguro pri- vado hizo posible incluir dentro de sus alcances a numerosos grupos de per- sonas de distintas actividades y cum- plir cabalmente con su cometido, uti- lizando el reaseguro. Incluso muchas empresas recurrieron a este contrato para asegurar a sus trabajadores contra los riesgos de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Aun cuando el seguro privado estuvo y está muy lejos de solucionar los pro- blemas derivados de los infortunios laborales y que, actualmente, sólo re- curren a él personas que están en capa- cidad económica de abonar las primas, es innegable que en su momento cons- tituyó un antecedente de los se seguros sociales, los cuales asimilaron sus téc- nicas y procedimientos.
4.1.4. LA ASISTENCIA PUBLICA asistencia social, orientada a solucio- nar el problema de la indigencia,nació a consecuencia del sistema del asala- riado, al producirse la primera Revo- lución Industrial. Tuvo inicialmente su fundamento en la caridad y en la bene- ficencia, con prestaciones que consti- tuían en esencia actos de liberalidad,y, por consiguiente, no exigibles por los beneficiarios. Fue la Iglesia católica la que, recogiendo la enseñanza evangé- lica, propició entre sus miembros la llamada caridad cristiana, inspirada en el mandamiento nuevo que impu- so el rabí de Galilea: ‘‘Ámense unos
17 NUGENT,Ricardo,Seguridad Social su historia y sus,ob cit ,p,613.614 18 RODRIGUEZ MESA ,Rafael,Estudios sobre seguridad social,,ob cit,p,31,32 19 PLA RODRIGUEZ, Américo,Ob cit,p 33 20 PLA RODRIGUEZ,Américo, Ob cit,p,34 21 DE LA CUEVA, El Nuevo Derecho Mexicano del Trabajo, cit., T. II, p. 506
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a otros, como los amo a Uds.’’ (Juan, 15:12), concordante con la adverten- cia contenida en la frase lapidaria: ‘‘Es más fácil para un camello pasar por el ojo de una aguja, que para un rico en- trar en el Reino de los Cielos’’ (Mar- cos, 10:25). No fue ajena a la caridad cristiana el valioso concurso de las órdenes religiosas, que utilizaron su cuantioso patrimonio para solventar la asistencia social privada.
En realidad, la asistencia social puede ser privada, cuando la asumen institu- ciones de ese carácter; pública, si está a cargo del Estado, y mixta, cuando las entidades filantrópicas son apoya- das por el Estado.
En el curso del siglo pasado se exten- dieron en muchos países las institucio- nes de asistencia pública, como hos- pitales, hospicios y asilos de ancianos a cargo del Estado, para atender a los menesterosos. El Estado asume esa responsabilidad no a título gracioso o de caridad, sino como una obligación con los carentes de medios económi- cos, como integrantes de la colectivi- dad.
A pesar de la importancia de la asis- tencia pública su gratuidad o bajo costo para el beneficiario, daba lugar a una prestación mínima, insuficien- te muchas veces para hacer frente a la necesidad, y creaba un sentimien- to de dependencia y humillación en quien acudía a ella. Para los médicos, la asistencia pública fue un medio de poner en práctica sus conocimientos o de ensayar las nuevas técnicas, que luego, ya comprobada su eficacia, aplicaban a sus pacientes particulares. Durante todo el Siglo XIX se dieron disposiciones sobre asistencia públi-
ca en numerosos Estados,que se ma- terializaron en hospitales de cridad y en asilos de ancianos y de alienados mentales.su gartuidad o o bajo costo para el beneficiario daba lugar a una prestación mínimainsuficiente muchas veces para hacer frente a la necesida,y creaba un sentimiento de dependencia y humillación en quien acudía en ella .Para los médicos, la asistencia públi- ca en la que prestaba servicios por la mañanas .casi siempre gratuitamente,- fue un medio de poner en práctica sus conocimientos o de ansayar las nuevas técnicas que luego,ya comprobada su eficacia,aplicada a us pacientes parti- culares en sus consultorios
4.1.5. LA RESPONSABILIDA CI- VIL La responsabilidad de los riesgos pro- fesionales. Hasta la aparición de la teoría del riesgo profesional, el tra- bajador se encontraba completamente desamparado frente a los infortunios laborales. En caso de un accidente ocurrido en el trabajo o con ocasión directa a él, el empleador se acogía a la teoría civilística de la culpa, exo- nerándose de toda responsabilidad en tanto la víctima no acreditara que el evento dañoso se había producido por culpa del empresario. En tales cir- cunstancias, el trabajador, aparte de estar imposibilitado en la mayoría de los casos de acreditar la culpa de su principal, no estaba en condiciones económicas de seguir un largo pro- ceso en la jurisdicción ordinaria.No varió la situación, cuando evolucio- nando ese criterio, se estimó que era el empleador quien debía probar que no tuvo culpa en el accidente; es decir, que cuando se produjo el hecho sus- ceptible de ser indemnizado no actuó con imprudencia o negligencia.
Ante esa realidad, se formula la teo- ría del riesgo, defendida en Francia por Salleilles y Josserand (1897), a los que denominaron sus adversarios ‘‘síndicos de la quiebra de la culpa’’, con el propósito de amparar a los tra- bajadores víctimas de accidentes de trabajo. Esta teoría constituyó un no- table avance para su época, porque en lo sucesivo el empresario, que se be- neficiaba con los resultados de la ne- gociación, debía asumir el riesgo del daño que sufrían quienes estaban a su servicio, aun cuando no existiera cul- pa del empresario.
Esta teoría fue el sustento de las leyes sobre accidentes de trabajo, que se di- fundieron en el mundo entero. Los ordenamientos legales sobre la materia demostraron que la teoría resultó incompleta para amparar al trabajador porque sólo consideraba dentro de su ámbito de aplicación personal a los laborantes de los esta- blecimientos industriales en que se utilizaban máquinas que potencial- mente pudieran crear un riesgo para el trabajador.
Estas carencias permitieron desarro- llar la teoría del riesgo de autoridad, propiciada por Rouast y Givord, quie- nes consideraron que el trabajador está colocado bajo la autoridad del patrón y que en consecuencia, el accidente que sufre en esas condiciones, no debe dejarse a cargo del obrero, por tratar- se de un accidente sobrevenido en un servicio dirigido. La responsabilidad debe recaer en aquel que ha dado la orden y no en el que la ha ejecutado, concluyendo que la autoridad entraña la responsabilidad y en consecuencia, la autoridad es la fuente del riesgo.
22 LASTRA LASTRA, José Manuel, Fundamentos de Derecho, Mc Graw-Hill, México, 1994, p. 234. 23 APARICIO TOVAR,Joaquín,artículo “ La Seguridad Social ,pieza esencial de la Democracia” en el Libro “ la Seguridad Social a la luz de sus reformas” libro homenaje al profesor Jose Vida Soria con motivo de su jubilación,Ob cit,p,131,132 24 GORGI,Alicia Haydee,Manual de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social,Parte I,ob cit,p,29 25 ETALA, Juan José, Derecho de la Seguridad Social, Buenos Aires, 1966, p. 53. 26 ALCALÁ-ZAMORA Y CASTILLO / CABANELLAS, Tratado de Política Laboral y Social, cit., T. III, p. 401. 27 LASTRA LASTRA, Fundamentos de Derecho, cit., pp. 234, 23 28 MARTÍ BUFILL, Carlos, Derecho de la Seguridad Social, Madrid, 1964, p. 215. 29 ETALA, Derecho de la Seguridad Social, cit., p. 50. 30 ALCALÁ-ZAMORA Y CASTILLO / CABANELLAS, Tratado de Política Laboral y Social, cit., T. III, p. 403. 31 LASTRA LASTRA, Fundamentos de Derecho, cit., p. 235 32 ETALA, Derecho de la Seguridad Social, cit., p. 53 33 RENDÓN VÁSQUEZ, Derecho de la Seguridad Social, cit., p. 94. 34 FAJARDO, Martín, Derecho de la Seguridad Social, cit., p.30
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Se trataba de una teoría mucho más amplia que la del riesgo profesional, por cuanto la responsabilidad del em- presario se extendía a todos los acci- dentes de trabajo, sin considerar que el daño fue causado a consecuencia del uso de las máquinas. Se produce el tránsito de la culpa por negligencia, imprudencia o impericia, a la culpa in vigilando del empresario y, en todo caso, a la culpa in eligiendo, para ha- cer recaer en él la responsabilidad por el infortunio laboral. Aparece los Abogados saben aparece esta lucha en Francia , en la doctrina Francesa del derecho Civil,cuando se comienza hablar de las teorías de la responsabilidad extra contractual,- cuando se quiere hacer reposar la responsabilidad de una contingencia, en el autor que ha originado contin- gencia,aparentemente esto parece una solución al problema, pero lo que no se tuvo en cuenta ,que ha veces el que origina la contingencia ha veces no tiene capacidad económica para responder frente a esa contingencia ,entonces ahí encuentra una limita- ción,pero obviamente dentro del cam- po de los trabajadores, si floreció un concepto , del riesgo social que es una de las teoría de responsabilidad civil ,que es lo que establece en realidad el riesgo social,la responsabilidad de los empleadores en su centro de tra- bajo,por el hecho de haber creado un elemento riesgoso,como es el centro de trabajo,en estas circunstancias el ttrabajador no tiene que areditar como se hizo el accidente dentro del centro de trabajo,le bastará que el accidente haya sido producido dentro del centro de trabajo para que el empleador res- ponda.Porque? Porque es el dueño de un elemento centro riesgoso,como es el centro de trabajo. De amanera que frente a esto el derecho Civil encontró una solucion al tema de los accidentes de trabajo..
Pero definitivamente como ustedes comprenderán,estas normas,estos me- canismos primarios de protección,no sirivieron para engranar Un sistema de seguridad social adecuado
4.2.SEGURO SOCIAL A. Los seguros sociales se establecie- ron para resolver los problemas que los sistemas iniciales de previsión dejaron pendientes de solución. Correspondió a Alemania iniciar la segunda etapa de la evolución histórica de la seguridad social. Fue obra de Bismark, quien presentó al Parlamento un proyecto de seguro obligatorio contra acciden- tes y enfermedades, que alcanzó con- sagración legislativa el 15 de julio de 1883, para proteger a los trabajadores de la industria en forma obligatoria, contra el riesgo de enfermedad y la contingencia de la maternidad; con prestaciones por un máximo de trece semanas, mediante el pago de cotiza- ciones abonadas en la proporción de dos terceras partes por los trabajado- res y una tercera por los empresarios. Este sistema se hizo extensivo a los trabajadores de la agricultura y de los transportes por las leyes de 5 de mayo de 1886 y de 10 de abril de 1892, res- pectivamente.
El proyecto del Canciller de hierro, sobre seguro contra accidentes de tra- bajo, fue impugnado en su momento por el Reichtag, por considerar que no era posible su financiación parcial por los trabajadores, dado que el riesgo lo producían los empleadores y que por consiguiente ellos debían aportar las cotizaciones correspondientes, sin el concurso de los trabajadores, cuyos salarios se verían afectados por esos desembolsos. Finalmente, en 1884 se aprueba el seguro contra accidentes de trabajo, disponiéndose que su finan- ciación sería a cargo exclusivo de los empresarios.
A estos antecedentes legislativos si- guió la Ley del Seguro de Vejez e In- validez (1889), hasta que en 1901 se promulga el Código de Seguros Socia- les, único en su género.
Debemos señalar que el avance legis- lativo alemán se inició con la finalidad de apaciguar al agitación reinante en el movimiento obrero, hasta entonces totalmente abandonado por el Estado en cuanto a normas de previsión so-
cial. La administración del seguro de salud y maternidad estuvo a cargo de las cajas de ayuda mutua; la de acci- dentes de trabajo, a las asociaciones de empleadores y la de seguro de pen- siones, a las autoridades provinciales, en las cuales estaban representados tanto el Estado, como los empleadores y los trabajadores.
Los seguros sociales establecidos en Alemania constituyeron la fuente ins- piradora de los seguros sociales que se implantarían a fines del siglo XIX y principios del XX, hasta la aparición de la seguridad social Octavio García Maldonado sobre el Seguro social de Bismarck”,el mariscal de hierro” Otto von Bismark,ministro del Rey de Pru- sia,fue el creador de la estrategia del control proletario,expidiendo leyes de excepción social.todo esto a raiz de la miseria del proletariado surgida por el desarrollo industrial.
Expide leyes de cuestiones de traba- jo,las cuales tienen relación con la se- guridad social: - En 1883 decreta el régimen de del
seguro de enfermedades para todos los obreros industriales.2/3 de la Cotización a cargo del empresario y 1/3 del trabajador.Prestaciones asistenciales médicas y subsidio del 50% del salario.Basicamente esta ley cubrió los reisgos de ECM(en- fermedad común y maternidad).
- 1884 decreta un régimen del seguro de accidentes del Trabajo.en esta ley se consagra por primera vez en en forma coherente la teoría de la responsabilidad objetiva patronal en la ocurrencia de los accidentes de trabajo.La cotización quedó íntegra- mente a cargo de las empresas.
- En 1889,regula el seguro de regula el seguro de vejez e invalidez
En 1850 Francia,promulgó la `prime- ra ley de Seguro de Enfermedades
En 1907 Inglaterra promulgó na lñey de accidentes de trabajo,en 1911 se promulgó el código federal de seguri- dad social.
35 AMEGLIO,Eduardo J ,El Derecho de la Seguridad Social función publica o privada? Profesor de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República Oriental delUruguay.
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Los seguros alemanes tuvieron las siguientes características : - Cubrieron a los trabajadores asala-
riados de menores ingresos ,quienes fueron incorporados `por grupo pro- fesio0nales.
Estuvieron a cargo de cajas adn¡mi- nistradas por representantes de los empleadores, trabajadores y el Esta- do.
- La afiliación fue obligatoria - Sólo protegían contra algunos ries-
gos - El finaciamiento se basaba en apor-
taciones equivalentes, a Porcentajes - Las técnicas empleadas tenían su su
origen en las técnicas primerias de protección,particularmente las de seguro privado y de mutualismo.
4.3.SEGURIDAD SOCIAL 4.3.1.SISTEMA SOVIETICO DE SEGURIDAD SOCIAL La seguridad social fue conceptuada como un sistema de protección inte- gral de toda la población contra los riesgos sociales. En Noviembre de 1917,inmediatamente después de la revolución rusa se dieron los prime- ros decretos instituyendo un conjunto des egusros sociales para toda la po- blación,contra los riesgos de enferme- dad,maternidad,invalidez,vejez,viu- dez,orfandad ,desempleo.
4.3.2. LEY DE SEGURIDAD SO- CIAL DE LOS ESTADOS UNI- DOS DE AMERICA Fue en estados Unidos donde se uti- lizó por primera vez la expresión •se- guridad social” en un sentido moderno del término, Como consecuencia de la gran depresión de 1929,el presidente Roosvelt emprendió una abierta polí- tica intervencionista en materia eco- nómica social,dándole por ejemplo,. cobertura al riesgo de desempleo. La social security act del 14 de Agosto de 1935 fue promulgada durante el pri- mer gobierno del presidente Franklin Delano Roosvelt.Guillermo Caba- nellas sintetiza así sus principales lí- nea,ientos ; 1º) Requerimientos a los diversos es- tados federados para que incluyan en las legislaciones respectivas un siste- ma de asistencia y de retiros o pensio- nes a la vejez, ,con otorgamientos de subsidios para
contribuir a tal finalidad; 2º Ayuda a las familias numerosas,con institución de subsidios; 3º Protección para las madres viudas que trabajen y cuyos hijos sean meno- res 4º) Protección a los ciegos En 1939,se modificó la social security act,y se estableció el seguro de muer- te. En 1950 se amplió la cobertura de la Ley de los trabajadores rurales,los independientes y los del servicio do- méstico .
4.3.3. LA LEY DE NUEVA ZELAN- DA La Ley del 14 de Setiembre de 1938 instauró en Nueva Zelanda en sistema de seguridad social muy novedosos y sin mucha relación con el resto de los sistemas de Seguridad Social que existían en ese momento sus principa- les características son : a) Los seguros sociales no se fina-
cian por medio de las cotizaciones obrero-patronales sino mediante impuestos,que posteriormente fu- reon modificados en la gestión del sistema fiscal.
b) Comptrende un una cobertura ge- neral de riesgos,incluída la repara- ción de daños de guerra causados al personal civil.Bajo el concepto de “Emergency” quedan cobijados to- dos los riesgos que no estén expre- samente contemplados en la ley.” Jorge Rendon Vásquez refiriéndose a la Ley de Nueva Zelanda de 1938, nos dice :“Este sistema se basa en dos ideas básicas 1) Traslada el ob- jetivo de la protección,del trabaja- dor a toda la sociedad,ampliando para ello el concepto de asistencia pública; y 2) presupone que toda la colectividad goza de un crédito ali- mentario que cada persona puede invocar cuando sus ingresos bajan de cierto límite,es decir cuando hay una condición de indigencia
4.3.4. El PLAN BEVERIDGE EN GRAN BRETAÑA El 10 de Junio de 1941,el Ministro sin cartera encargado de los problemas de la reconstrucción,Arthur Greenwood anunció en la Cámara de los Comu- nes el nombramiento de un CVomite Interministerial,cuya presidencia fue confiada a sir Willian Beveridge opara
emprender un estudio de los esquemas nacionales existentes de seguro social y servicios afines y formular recomen- daciones.Pero en Junio de 1942,el Go- bierno hizo saber a Willian Beveridge que había topmado la decisión que el informe fuera hecho exclusivamen- te por él.Para no comprometer a los ministerios en los puntos de vista y recomendaciones sobre cuestiones de política que necesaiamente debían tra- tarse. Willian Beveridge presnetó su informe el 20 de Noviembre de 1942 bajo el titulo de 2Social insurance and allied services2(seguro social y servi- cios afines) haciéndolo público al mis- mo tiempo.En tres horas se vendieron 70,000 ejemplares.Sabía que si no apelaba al interés de la población su informe sería tal vez minimizado y encarpetado por el partido conserva- dor a la sazon en el gobierno.
Wilian presento su informe el 20 de noviembre de de 1942 ,titulado :social insurance an allied services(seguro social y servicios afines) y en 1944 ,emplyment in a free society(pleno empleo en una sociedad libre) El primer informe determinó la reor- denación del sistema buscando dar seguridad al individuo” desde la cuna hasta la muerte lo que se conseguiría a través de la lucha contra los cionco gigantes causantes de los males socia- les : -La indigencia -las enfermedades -la ignorancia -la suciedad -La ociosidad Para remediar el problema Beveridge propuso : . Unificación de los seguros sociales con cotización uniforme para todos los asegurados y amplio erspaldo a los presupuestos generales para asegurar el finaciamiento.A su vez el manejo de fondos y el control de los mismos estaría asegurado por un agestión cen- tralizada dependiente de un ministerio especial. Universalización de la protección so- cial a todos los ciudadanos y en al- gunos modelos más avanzados a todos los habitantes . -Protección igualitaria sin tener en cuenta si el infortunio fue profesional o no,o el nivel de ingreso del traba-
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jador, al contrario de los modelos an- teriores que en muchos casos otorga- ban prestaciones según el nivel de los aportes efectuados prev iamente . Dice Ricardo Nuggent También con- tribuyó a la difusión de la expresión ‘‘seguridad social’’ y a estructurar un sistema mucho más avanzado sobre sus alcances y conte- nido, el economista inglés sir William Beveridge, en su famoso informe Social Insurance and Allied Service, hecho público el 20 de noviembre de 1942, que señalaba aquí se utiliza el término seguridad social para indicar la seguridad de que unos ingresos reemplazarán a las ganancias cuando éstas hayan sido interrumpidas por el desempleo, la enfermedad o el accidente, proveerán para el retiro ocasionado por la edad, proveerán contra la pérdida de sostén material debido a la muerte de otra persona y harán fren- te a los gastos excepcionales, como los que están relacionados con el na- cimiento, la muerte o el matrimonio. Seguridad social significa primordial- mente la seguridad de los ingresos hasta un mínimo, pero la provisión de unos ingresos debe estar asociada con el tratamiento destinado a hacer que la interrupción de las ganancias tenga el final más rápidoposible.
Agrega Beveridge en el referido infor- me, que no se puede plantear ningún sistema de seguridad social satisfac- torio sin los tres supuestos siguientes: a) asignaciones por hijos hasta la edad de 15 años o hasta los 16 si están en una educación a tiempo completo; b) servicio de salud y rehabilitación universales, la cura de la enferme- dad y la restauración de la capacidad de trabajo, disponibles para todos los miembros de la comunidad; c) mante- nimiento del empleo y evitar el des- empleo masivo. Basándose en esos supuestos combina tres métodos distintos: seguro social para necesidades básicas; asistencia nacional para los casos especiales y seguro voluntario para las adiciones a las provisiones básicas. Y como prin- cipios del seguro social señala los si- guientes: a) tipo fijo de prestación de subsistencia; b) tipo fijo de cotización; c) unificación de la responsabilidad
administrativa, y d) clasificación, tér- mino que utiliza para indicar el ajuste del seguro a las distintas circunstancias de cada una de las clases de personas, según sus in- gresos y ocupaciones.
Beveridge elaboró un plan para com- batir la indigencia, la enfermedad, la ignorancia, la suciedad y la ociosidad, que son los cinco gigantes que impi- den la reconstrucción de los Estados, que resultó el más completo de los hasta entonces formulados, señalan- do que se proponía llevar a la práctica los principios proclamados en la Car- ta del Atlántico. Para este efecto hizo un estudio minucioso de los distintos seguros y organismos existentes en Inglaterra, integrando un sistema que estaría formado por: a) el seguro na- cional, de amparo a la enfermedad, maternidad, invalidez, vejez y muerte; b) los seguros de accidentes de traba- jo y enfermedades profesionales; c) el Servicio Nacional de Salud; d) el régimen de asignaciones familiares, y e) régimen de asistencia nacional para personas menesterosas que no están aseguradas y por consiguiente no aportan suma alguna. Las recomendaciones del informe, dadas las circunstancias que vivía el país, fueron acogidas por el gobierno, y desde el 15 de junio de 1945 se em- pezaron a promulgar las leyes protec- toras que en el mencionado informe se sugerían. El informe tuvo favorable repercusión, no obstante que para entonces, tanto a nivel constitucional como legislativo, se habían establecido regímenes de seguros sociales y de seguridad social. Lo cierto es que el ejemplo se exten- dió rápidamente, mediante la difusión de planes y programas de los diversos organismos internacionales.
4.3.5 LA DECLARACION DE FI- LADELFIA E. No menos importante en orden a la evolución de la seguridad social fue la Declaración de Filadelfia, aprobada por la Conferencia Internacional del Trabajo en la reunión de 10 de mayo de 1944, que convocó a los Estados miembros, para adecuar los planes y programas de la organización a las nuevas exigencias sociales que se ha-
bían producido en el mundo, y a se- ñalar los principios informadores de la acción política de sus integrantes. En la declaración se proclama que es obligación suprema de la de la Or- ganización Internacional del Trabajo (OIT) crear programas que permitan lograr la plenitud de empleo y la ele- vación de los niveles de vida; asegurar un salario mínimo para todos los que trabajen y necesiten de tal protección; -la extensión de medidasde seguridad social, inclusive la asistencia médica completa; la protección de la infancia y de la maternidad, y un nivel adecua- do de alimentación,de vivienda y de medios de recreación y cultura .
4.3.6. DECLARACION UNIVER- SAL DE LOS DERECHOS DEL HOMBRE Sobre la base de los antecedentes ci- tados y dando satisfacción al clamor libertario despertado en todo el mundo y luego de la victoria sobre el facismo y Nacismo,la Asamblea General de la Naciones Unidas aprobó y procla- mó,el 10 de Diciembre de 1948,la de- claración Universal de Derechos Hu- manos ,en la cual se consagraron,entre otros,el Derecho a l Seguridad Social en los términos siguientes : Artículo 22º.- Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social y a obtener me- diante el esfuerzo nacional y la coope- ración internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales,in- dispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad.
Artículo 25 . 1.Toda persona tiene de- recho a un nivel de vida adecuado, que le asegure a sí como a su familia, la salud y el bienestar y, en especial, la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios so- ciales necesarios; tiene asimismo, de- recho a los seguros en caso de desem- pleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez y otros casos de pérdida de los medios de subsistencia, por circunstancias independientes de su voluntad, 2 la maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados de asistencia espe-
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ciales. Todos los niños nacidos en ma- trimonio o fuera de él, tienen derecho a igual protección social.
4.3.7 NORMA MINIMA DE LA OIT La 35ª Conferencia General de la OIT celebrada en Ginebra en Junio de 1952,expidió el convenio 102 so- bre Norma Mínima de Seguridad So- cial a ser aplicada tanto en los países desarrollados industrialmente como en los países en vías de desarrollo. El convenio 102 establece que el Estado que lo ratifique se obligan a cumplir por lo menos tres riesgos considerados importantes Rafael Rodriguez Mesa El convenio en análisis establece las siguientes prestaciones
1º) Asistencia médica de carácter pre- ventivo y curativo,que deberá com- prender todo estado mórbido cualquie- ra que fuese su causa,el embarazo, el parto y sus consecuencias.En caso de estado mórbido,las prestacioens con- sagradas por el convenio son: - La asistencia médica general - La asistencia por especialidades - El suministro de productos farma- céuticos esenciales - La hospitalización En caso de ambarazo ,parto y sus con- secuencias : .La asistencia prenatal,la asistencia durante el parto y la asistencia puerpe- ral. la hospitalización 2º) Prestaciones monetarias de enfer- medad.La contingencia cubiert deberá comprender la incapacidad para traba- jar ,resultante de un estado mórbido,- que entrañe la suspensi´on de ganan- cias . 3º) Prestaciones por desempleo. La contingencia cubierta deberá com- prender la suspensión de ganancias,o- casionadas por la imposibilidad de una persona apta para trabajar y dis- ponib le para el trabajo,de obtener un empleo conveniente . 4º) Prestaciones de vejez. La contin- gencia cubierta será la superviven- cia más allá de una edad prescrita.La prestación consistirá en un pago pe- riódico. 5º) Prestaciones en caso de accidentes de trabajo y de enfermedad profesio- nal Las contingencias cubiertas deberán
comprender las siguientes ; . Estado mórbido . Incapacidad para trabajar que resulte de un estdo mórbido y entrañe la sus- pensión de ganacias . .Pérdida total de la capacidad para ga- nar o pérdida parcial que exceda de un grado prescrito,cuando sea probable que dicha pérdida total o parcial sea permanente o disminución correspon- diente da las facultades físicas. .Pérdida de medios de existencia su- frida por la viuda o los hijos como consecuencias de la muerte del sostén de la familia . 6º) Prestaciones familiares.La contin- gencia cubierta será la de tener hijos a cargo en las condiciones que prescri- ban por la legislación nacional corres- pondiente. 7º Prestaciones de Invalidez. La con- tingencia cubierta deberá comprender la ineptitud para ejercer una actividad profesional,en un grado prescrito,- cuando sea probable que esta ineptitud sea permanente o cuando la misma subsista después de cesar las presta- ciones monetarias de enfermedad.. La prestación deberá consistir enn un pago periódico. 8º) Prestaciones de Sobrevivientes .La contingencia cubierta deberá com- prender la pérdida de medios de exis- tencia sufrida por la viuda o los hijos como consecuencia de la muerte del sostén de la familia .
5.PRINCIPIOS DE LA SEGURI- DAD SOCIAL DEFINICION El maestro Américo Plá Rodriguez nos dice : “ los principios pueden de- finirse como las líneas directrices que informan algunas normas e inspiran directa o indirectamente una serie de soluciones por lo que pueden servir para promover y encausar la aproba- ción de nuevas normas,orientar la in- terpretación de las existentes y resol- ver los casos no previstos” Los principios del Derecho cumplen una triple función a) Informadora : inspiran al legislador sirviendo como fundamento del orde- namiento jurídico b) Normativa ; actúan como fuente supletoria en caso de ausencia de la ley.Son medios de integrar el derecho. c) Interpretadora: operan como crite-
rio orientador del juez o del interprete. o;normativa o integrativa,al actuar como fuente supletoria ante el vacío o la laguna legal;e interpretativa,al ope- rar como criterio orientador del juez o del intérprete.
5.1. PRINCIPIO DE UNIVERSA- LIDAD Por este principio se considera el ac- ceso de la Seguridad Social de todos los miembros de la comunidad, sin distingos ni limitaciones que excluyan a determinados integrantes del grupo social, por el contrario, le hizo frente a la necesidad con la pretensión de “cu- brir o amparar a todos los hombres, sin hacer distingos.” ) Debe existir un tratamiento igual a to- dos los sujetos protegidos por la Segu- ridad Social. Dentro del Principio de Universalidad podemos destacar :
5.1.1.Principio de Universalidad Subjetiva. Consiste en el postulado de que todos los individuos, sin distinción alguna, deben integrar el sistema, contribu- yendo a su sostenimiento y quedan- do amparados para el caso de que les sobrevenga cualquiera de las contin- gencias previstas. Define el ámbito subjetivo de cobertura de la seguri- dad social de la manera más amplia: la totalidad del universo considerado queda comprendido en su órbita de influencia. Generalmente ese universo es toda la población del país. El principio puede admitir suspensio- nes transitorias o topes máximos en el goce de determinados beneficios pero no la exclusión del sistema. Se ha planteado la discusión sobre si las prestaciones deben cumplirse tam- bién frente a aquellas personas que tienen medios de subsistencia sufi- cientes, y aún altos, o si deben limi- tarse a quienes no pueden soportar por sí mismos la contingencia predomi- nando la tendencia a la universalidad. (Grzetich, 1998, 11). Paul Durand explica las causas que llevan a la consolidación de este prin- cipio: • De orden social: no solo los traba-
jadores asalariados pueden carecer de recursos en determinados mo- mentos, sino cualquier persona, in-
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dependientemente de su posición económica o social;
• De orden económico: la inflación y las guerras han demostrado que per- sonas con grandes fortunas pueden caer en la indigencia;
• De orden técnico: es difícil aislar conjuntos de individuos homogé- neos (dentro de los trabajadores in- dependientes pueden haber personas de altos ingresos junto a otros con ingresos apenas de subsistencia) y la migración de la calidad de indepen- diente a la de asalariado o la inversa, plantearía el problema de los dere- chos adquiridos anteriormente
• El espíritu que inspira la política de seguridad social hace necesaria su generalización.
La universalidad no impide que dentro del sistema se planteen sub- sistemas o estatutos especiales en función de que diferentes núcleos de personas tienen una vinculación directa con algunos riesgos que son particulares. Todas las personas es- tán expuestas a la enfermedad o la vejez en cambio es diferente la vin- culación de cada núcleo frente al desempleo y a determinadas enfer- medades o accidentes.
Pero estas particularidades si bien pueden derivar en estatutos especia- les no deberían configurar subsiste- mas aislados dentro del conjunto ya que de lo contrario habría subsiste- mas que podrían financiarse sin difi- cultades y otros que no subsistirían. Puede observarse claramente la vin- culación entre los principios de Uni- versalidad y Solidaridad. (Grzetich, 1998, 13).
5.1.2.Principio de Universalidad Objetiva o Totalidad. Implica que la seguridad social debe cubrir todas las contingencias que en- frentan al ser humano a desequilibrios en sus ingresos o en sus gastos.
Es decir, el objeto de la seguridad so- cial es la eliminación de eventuales daños, de alteraciones desfavorables para el equilibrio entre las necesida- des de una persona o su familia y los medios para satisfacerlas, determina- da por la verificación de una contin- gencia.
5.2.PRINCIPIO DE SOLIDARI- DAD La solidaridad impone sacrificios a los jóvenes respecto a los viejos; a los sa- nos, ante los enfermos; a los ocupados frente a los que carecen de empleo; a los vivientes con relación de la familia de los fallecidos. La solidaridad implica postulados fun- damentales, como son la libertad del individuo y la dignidad del hombre, y debe practicarse como “adhesión per- sonal y responsable a las necesidades ajenas.” Por este principio, frente a las con- tingencias sociales, existe solidaridad de la comunidad; unos responden por otros, existe la colaboración. Joaquín Aparicio Tovar respecto a la Solidaridad sostiene : “ La solidaridad no es una proclama- ción demagógica o propagandística. Es ante todo “ la expresión de un eje fundamental de la convivencia políti- ca basada en un gran pacto social cuyo cumplimento desde luego, solo puede ser garantizado por el Estado “ Ese gran pacto social se formaliza en el texto constitucional y se expresa, entre otras formulas, en la adopción de la forma del Estado Social y Democrá- tico de derecho y en la opción a favor de la Seguridad Social, como ya se ha dicho, Es también una forma de legiti- mación del Estado en una comunidad determinada, porque la pertenencia de los individuos a esa organización polí- tica regida por el Estado no es volun- taria, por lo que la vinculación forzada necesita alguna clase de justificación, que en importante medida se consigue al alcanzar un cierto grado de paz so- cial, solo dado cuando se compensan a través de la Seguridad Social algunas de las desigualdades producidas por la libertad económica, Es por esto que la Seguridad Social tiene que operar sa- cando del mercado la satisfacción de algunas necesidades vitales para los individuos. Por otro lado los vínculos solidarios que se ponen en marcha con el sistema de Seguridad Social refuer- zan en el sentido de pertenencia y de identidad de esa misma comunidad política, de ahí que la Seguridad So- cial sea coextensa con el ámbito sobre el que el Estado ejerce la soberanía.
Alicia Haydee Giorgi nos indica res-
pecto a la Solidaridad: “tiene varios aspectos,por una parte el ánimo de concurrir a paliar la actuación de indi- gencia que puede afectar a cualquiera de los integrantes del grupo, pero no solamente es un rasgo de generosidad, debe existir además; un riesgo común o la posibilidad de ocurrencia del he- cho dañoso previsto, confianza en los medios utilizados y contribución eco- nómica obligatoria consecuente. La formación del fondo necesario para atender a las contingencias,puede es- tablecerse con un sistema de cotiza- ción, individualizando el monto y des- tino de la retención,cargas sociales, o en forma anónima y generalizada, aportes de rentas generales. En ambos casos deben seguirse los principios de justicia en la tributación y de justicia social en la distribución. La solidari- dad, fue el fundamento de las mutua- les y lo es también de la Seguridad Social, el apoyo mancomunado de un sujeto ampliado, todo el cuerpo social nacional.
5.3. PRINCIPIO DE SUBSIDIA- RIEDAD En mayor o en menor medida, los integrantes de la sociedad somos be- neficiarios de la cooperación ajena. Cada cual debe tomar por sí las pro- videncias necesarias para solucionar sus problemas; y únicamente cuando no pueda resolverlos por sí sólo, recu- rrirá a los beneficios que le otorga la seguridad social, sin dejar de cumplir obligatoriamente con los aportes.
Así pues, ante la imposibilidad o insu- ficiencia surge la necesidad de que los demás colaboren; a esto le denomina- mos subsidiariedad.
La subsidiariedad se desintegra en tres funciones: a) Subsidiaridad estricta, que se con- creta en que lo factible por una entidad menor no debe efectuarlo una mayor, por deber reservarse ésta para circuns- tancias de mayor amplitud y gravedad; b) La supletoria, en virtud de la cual las agrupaciones mayores han de auxi- liar a las menores, para un mejor des- empeño y para aportar lo que no esté al alcance de éstas últimas; c) La coordinadora, que asigna a los núcleos sociales mayores la planifica-
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ción general de sectores más reduci- dos y la conciliación de las acciones respectivas, para evitar superposicio- nes o abandonos.
5.4. PRINCIPIO DE IGUALDAD Según este principio, la idea de la Se- guridad Social consiste en que: “don- de se presente la misma necesidad cualquiera que sea la causa que la ori- gine, deben otorgarse las mismas pres- taciones para cubrirla, o con mayor brevedad, identidad de prestaciones, en efectivo y en especie, para necesi- dades iguales”.
Para no caer en el equívoco de una igualdad indiscriminada, según Ma- rio de la Cueva, conviene considerar algunas cuestiones: a) todos los hom- bres en estado de necesidad deberán recibir el mismo tratamiento hospita- lario y médico, porque ante el proble- ma de una enfermedad y la muerte, la igualdad no admite reflexiones; b) las prestaciones en efectivo tendrán que darse a cada quién de acuerdo con el nivel de vida que conducía; c) debe preverse la fijación de un límite para no confundir la necesidad con ambi- ción de lujo. (26)
Por este principio, debe existir trata- miento igual en iguales circunstancias de los sujetos protegidos. Este princi- pio se conecta con el principio de uni- versalidad para no dejar a nadie en el desamparo.
5.5. PRINCIPIO DE INTEGRALIDAD Para Carlos Martí Bufill, el principio de integralidad es aquel “por el cual se debe a las personas protegidas por los seguros sociales todo lo necesario para lograr la cobertura de los infor- tunios y necesidades sociales. ( Para Etala consiste en la orientación hacia el amparo de todas las contingencias sociales.
En su dimensión mayor, la integrali- dad, en tanto que principio de asegu- ramiento social, se dirige a todos los sectores de la población, por la tota- lidad de los riesgos, aflicciones o difi- cultades y con vigencia sobre todo el territorio del país.
5.6. PRINCIPIO DE UNIDAD La multiplicidad de organismos, más o menos autónomos que intervienen contra los diversos riesgos, tiene la in- conveniencia de implicar una comple- ja y costosa administración, limitada eficacia y, en muchos casos, duplici- dad de funciones y mal empleo de re- cursos. Por ello, estos inconvenientes deben evitarse unificando los servicios de la seguridad social.
Juan José Etala al respecto indica: “Todos los sistemas exigen cierta uni- dad o armonía en la organización le- gislativa, administrativa y financiera del sistema, evitando contradicciones, desigualdades, injusticias y compleji- dades.”
El Principio de Unidad presupone que todas las prestaciones de la seguridad social deben ser suministradas por una sola entidad o por un sistema de entidades entrelazadas orgánicamente y vinculadas a un sistema único de fi- nanciamiento .
5.7. PRINCIPIO DE INTERNACIONALIDAD Para Martín Fajardo, este principio consiste en la garantía que tiene toda persona de que los derechos adquiri- dos o en curso de adquisición le sean reconocidos en el país en que se en- cuentre ya sea prestando actividad la- boral o de tránsito.
6. CONCLUSIONES - La Seguridad Social tiene que ver con la protección universal de las per- sonas La seguridad social es hoy un derecho humano fundamental, consagrado en las Constituciones, tratados y decla- raciones universales, los cuales han suscrito y se han adherido a ellos casi todos los países del mundo. - La discusión que a nuestro juicio importa no está en decidir si la segu- ridad social sigue siendo una función exclusivamente pública o debe pasar a manos de organizaciones reguladas por el derecho privado. El problema es más complejo. La esencia de la discusión es deter- minar qué instrumentos o mecanismos son los más aptos para administrar en forma eficiente las distintas prestacio-
nes que sirve hoy la seguridad social. Si estos instrumentos o mecanismos actúan desde el ámbito público o pri- vado, no es el punto central. En términos generales, lo que impor- ta debatir es cómo puede gestionarse en forma eficiente la seguridad social. Desde una perspectiva lati-noameri- cana, el Estado debería perfeccionar el rol de supervisor y controlador del sistema
-En el Perú la Seguridad Social es admninistrada por : Salud Ministerio de Salud ESSALUD Sanidad de los hospitales Militares y Policiales Empresas Prestadoras de salud (EPS) Pensiones .Oficina de Normalización Previsio- nal (ONP)- que administra Sistema Nacional de Pensiones D.L. N° 19990 y D.L. N° 20530(por delegación lo paga las entidades públicas donde la- boró el pensionista) .Ministerio de Defensa Y Ministe- rio del Interior a cargo de la Ley N° 19846 pensiones de los policías y mi- litares. .Administradoras de Fondo de Pensio- nes (AFP) a cargo del seguro Privado de Pensiones
- La administración tripartita de estos sistemas (trabajadores, empleadores, Estado) aparece como la solución más recomendable.
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ALEJANDRO LAMADRID UBILLUS Magíster en ciencias penales y Criminología por la UNPRG-UNMSM, Magíster en derecho Constitucional y Gobernabilidad por la UNPRG-UNMSM Doctor en Derecho y Ciencias Políticas por la UNMSM-UNPRG; Doctorando en Derecho (Universidad de Alicante- España).
DESERTIFICACION: LOS BOSQUES SECOS SE VAN EN CARBON
Una reciente noticia en un diario lo- cal de Chiclayo me llamo mucho la atención y quiero compartirlo en este ensayo; según la división de turismo y medio ambiente de la policía nacional el 70 % de los bosques en la región son depredados, principalmente en los distritos de Olmos, Mórrope y pacora. Incontrolable se ha vuelto en las úl- timas fechas la tala ilegal de árboles en la región Lambayeque. De acuerdo a las estadísticas de la división de tu- rismo y medio ambiente de la policía nacional del Perú, durante la reciente intervención a un terreno ubicado en el caserío de “Laucha Grande” del dis- trito de olmos, se detectó que 80 árbo- les milenarios habían sido depredados y donde además se contaba con 45 huayronas que son hornos artesanales para convertir lo talado en carbón.
La policía manifestó que muchas ve- ces esas intervenciones les cuestan agresiones, existen casos en los que la policía de turismo es secuestrada por los pobladores cuando realizan su labor, manifestaron también que son 12 policías frente a la presión de mil pobladores que impiden la incautación del ilegal producto.
A nivel local otro punto en contra que tiene la policía es la falta de logísti- ca para realizar las intervenciones, ya que no cuentan con unidades adecua- das. Normalmente donde intervienen para incautar la leña y el carbón son zonas arenosas, y las unidades se que- dan además no cuentan con equipos de comunicación apropiados para es- tas intervenciones, lo que restringe un poco su trabajo.
Asimismo el día sábado 10 de Julio del año 2010 apareció en la página 22
en el diario la República la siguiente noticia: “pollos a la brasa versus bos- ques secos” donde se daba a conocer que el Poder Ejecutivo ha decretado para el cuarto domingo del mes de Ju- nio de cada año, la celebración del “día del pollo a la brasa” sin advertir que dicho dispositivo legal es una abierta amenaza y una clara contradicción con la política ambiental proclamada; para la depredación de los bosques se- cos, en especial, en la zona norte del país ya que dicha celebración multi- plicará la demanda de carbón vegetal por parte de las pollerías; provenientes de los bosques secos de la costa norte del Perú y por ende su depredación lo que origina la salinización y deserti- ficación.
La desertificación es uno de los ma- yores problemas ambientales en la actualidad en el mundo, afectando a 1000 millones de habitantes, pertene- cientes a más de 110 países, con pér- didas estimadas en aproximadamente 42 mil millones de dólares al año. En este contexto se suscribió, en el año 1994 la “Convención de las naciones unidas de lucha contra la desertifica- ción de los países afectados por sequía grave o desertificación, en particular en África” que sirve de marco para las acciones de más de 50 países del mun- do incluido el Perú.
Los ecosistemas áridos, semiáridos y subhúmedos abarcan el 38% del terri- torio nacional. En ellos se asienta el 90% del total de la población peruana. Por estas características ecológicas, el Perú es un país propenso a sufrir pro- cesos de desertificación. Para el país, la desertificación constituye, pues uno de sus problemas fundamenta- les, razón por la cual ha sido uno de
los primeros cinco países en firmar la Convención.
En la franja costera del Perú, de apro- ximadamente 3,080 Km. Los bosques secos constituyen la principal forma- ción vegetal natural. De ellos la casi totalidad se encuentra en la costa norte del Perú abarcando solo entre Piura y Lambayeque, aproximadamente 2,7 millones de Has. (INRENA-Proyecto Algarrobo 1997).
En la franja costera del Perú, de apro- ximadamente 3,080 Km. Los bosques secos constituyen la principal forma- ción vegetal natural. De ellos la casi totalidad se encuentra en la costa norte del Perú abarcando solo entre Piura y Lambayeque, aproximadamente 2,7 millones de Has. (INRENA-Proyecto Algarrobo 1997).
En efecto la costa norte del Perú se caracteriza por contar con un poten- cial de recursos naturales renovables sumamente frágil, debido a las condi- ciones ecológicas de aridez, que hacen que la dinámica de producción y res- titución de la biomasa sea muy lenta. Este estado natural del medio, se en- frenta a un rápido crecimiento de la población, cuya tasa promedio supera el 3%; muy superior a la tasa prome- dio nacional que es de 2.6%. En los úl- timos 20 años la Región Lambayeque, ha pasado de 500,000 habitantes a un millón y en los próximos 16 años ésta volverá a duplicarse, de no mediar una política coherente de población. Ambos aspectos generan entre otros daños ecológicos, una creciente tala del algarrobo, acelerando el proceso de desertificación en perjuicio de toda la población.
1Diario “el correo” - Lambayeque del día 04 de Mayo 2013 página 12-13, bajo el título: “Tala indiscriminada crece sin control en Lambayeque”
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2 Se denomina bosque seco a la vegetación arbórea del norte del Perú formada por la especies forestales: algarrobo, faique, charán o “pay pay” overo, zapote, palo blanco, palo santo, guayacán, oreja de león, etc. (bosque seco tipo sabana) especies arbustivas como el vichayo, el aramo, el suyo, el cun cun, chope, hualtaco, huarapo, huasimo, pasallo, angolo etc. ( bosque seco denso); el bosque tipo chaparral: cactáceas, zapote, algarrobo en estado de regeneración, etc, y el Manglar que es un tipo de bosque que se halla ubicado exclusivamente en el departamento de Tumbes, zona del litoral, desarrollándose sobre las zonas pantanosas que se forman en la unión entre el agua salada del mar y agua dulce del rio (ecotono).; para diferenciarlo de los bosques húmedos de las alturas y de la montaña; pero en realidad de secos tienen poco. En el norte llueve en promedio cada cinco o siete años, sin embargo los bosques secos cuando se los conserva en forma de bosques comprenden una gran cantidad de plantas que se conservan vivas y verdes a través de largos períodos de sequía; éstos bosques y entre los árboles que lo conforman destaca el algarrobo por excelencia, son asombrosamente beneficiosos en relación con el medio y el clima donde crecen: en zonas que de otro modo serían desérticas y estériles manteniendo una combinación de vegetación, humedad y temperatura que hacen posible la supervivencia de animales y personas como lo demuestra la existencia de poblaciones humanas que habitaron en sus inmediaciones desde tiempos inmemoriales.
3 La política pública que viene a ser el conjunto de iniciativas, decisiones y acciones del régimen político frente a situaciones socialmente problemáticas y que buscan la resolución de las mismas o llevarlos a niveles manejables, Los Bienes públicos se denomina a aquellos cuyos consumos por una persona no reduce la cantidad disponible para las otras personas.
4 La política ambiental es el conjunto de los esfuerzos políticos para conservar las bases naturales de la vida humana y conse- guir un desarrollo sostenible. Desde los años 70, con la conciencia ambiental creciente, se ha convertido en un sector político autónomo cada vez más importante tanto a nivel regional y nacional como internacional. En los gobiernos de muchos países hay un ministerio encargado de temas ambientales. Podemos decir entonces que tanto el termino política ambiental y política pública hay una semejanza ya que ambos implican esfuerzos políticos para lograr una solución, prevención o sostenibilidad frente a un problema en este caso el problema del medio ambiente y la contaminación y frente a esta las medidas políticas. La política ambiental tiene como objetivo el “Promover la mejora continua en materia de Medio Ambiente, adoptando prácticas sostenibles y contribuyendo a la mejora de la responsabilidad social de la Entidad”, un gran deber para todos y cada uno de nosotros, ya que la naturaleza nos brinda cosas maravillosas y nosotros como hijos tenemos el deber y responsabilidad de protegerla, devolver todo lo que nos brinda ayudándola a sostenerla en este mundo. Para tal propósito se requiere la estrecha coordinación del tema ambiental con los sectores productivos, los sectores sociales: educación, salud y desarrollo humano. Asimismo, una adecuada gestión se deberá apoyar necesariamente en el desarrollo de conciencia ambiental, el manejo de información y el fortalecimiento de capacidades en la población, tanto a escala escolar como familiar, esenciales para la formación de una ciudadanía ambiental y la participación ciudadana y de las organizaciones privadas, como ejes básicos. La Política Ambiental Nacional, constituye el conjunto de lineamientos, objetivos, estrategias, metas, programas e instrumentos de carácter público, que tiene como propósito definir y orientar el accionar de las entidades del Gobierno Nacional, Regional y Local, y del sector privado y sociedad civil, en materia ambiental. Está formulada a partir de los lineamientos de Política de Estado sobre Desarrollo Sostenible y Gestión Ambiental y los establecidos en la Ley General del Ambiente y la consideración de la situación ambiental del país.
Dentro de este contexto surge un gran problema que pese a las políticas pú- blicas y políticas ambientales de los diferentes gobiernos de turno plasma- das en el Plan Nacional de acción Fo- restal 1998-2000 y el Plan Nacional de acción ambiental Peru-2011-2021 aprobado por DS. Nro.014-2011- MINAM publicado el 09 JUL 2011 y pese a las marchas y contramarchas en los dispositivos legales de la veda forestal (desde el a año 1965 a la fe- cha se han dado más de 14 normas que prohíben y regulan la veda forestal en los departamentos de Piura, Tumbes y Lambayeque) sin embargo pese a la veda forestal, se estima que entre 7,000 Has. Al año se deforesta en el ámbito del departamento de Lambaye- que y 14,000 Hàs, en el departamento de Piura y Tumbes, cuyos factores o causas por las cuales la veda forestal en la costa norte del Perú no ha dado resultados para la conservación del
bosque seco que se debate entre la vida y la muerte, con grave perjuicio, económico, educativo, social, ambien- tal; son las siguientes: La corrupción de algunos malos funcionarios poli- ciales y del INRENA, la dispersión y superposición de normas legales, la falta de implementación logísticas a los encargados de hacer cumplir la Ley: INRENA, Policía Forestal (ahora policía ecológica), y la falta de Fiscales Especializados en materia ambiental; las “presiones” políticas de grupos económicos para “quebrar” la ley de veda forestal como la asocia- ción de productores de frutas y cítri- cos de Olmos, Chulucanas y Sullana, pseudos campesinos de la comunidad campesina Santo Domingo de Olmos ( en realidad traficantes de carbón); la renuencia de los productores de frutas y cítricos a cultivar su propio bosque o buscar sucedáneos o reemplazos a los envases, para sus productos agro-
pecuarios; la indiferencia de la pobla- ción de la costa norte del Perú sobre la sobreexplotación de sus recursos natu rales; la falta de una adecuada con- ciencia y sensibilización ambiental; la falta de una educación ambiental sobre la importancia del bosque seco sobre los beneficios directos e indi- rectos que reciben del bosque, la ca- rencia de personal idóneo del Instituto Nacional de Recursos Naturales y de la, de la Gerencia Regional de recur- sos naturales de Lambayeque y Falta de Capacitación e implementación lo- gística de la policía ecológica para el mejor cumplimiento de su misión y funciones.
Dentro de este escenario queda enun- ciado nuestro problema en el presente ensayo: ¿en qué medida la política ambiental en la conservación de los bosques secos de la costa norte del Perú por parte de los diversos go-
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5 Del mismo modo, los artículos 66° al 69°, de la carta fundamental del Estado de 1993 disponen que el Estado deba determi- nar la Política Nacional del Ambiente, y que los recursos naturales, renovables y no renovables, sean patrimonio de la Nación. Precisa que el Estado está obligado a promover la conservación de la diversidad biológica y las áreas naturales protegidas, en el territorio nacional, así como el desarrollo sostenible de la Amazonía. El Ministerio del Ambiente es el ente rector del Sector Ambiente y la autoridad competente para formular la Política Nacional del Ambiente aplicable a los tres niveles de gobierno, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1013 que aprueba la Ley de creación, organización y funciones de este organismo. La Política Nacional del Ambiente se estructura en base a la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley N° 29158, que por su jerarquía y su promulgación posterior a la Ley General del Ambiente, Ley Nº 28611Teniendo en cuenta que las políticas de Estado deben integrar las política ambientales con las demás políticas públicas, la Política Nacional del Ambiente se elabora en concordancia con lo dispuesto en la Ley General del Ambiente y otras normas, tales como la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización; Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipali- dades, la Ley Nº 26821, Ley Orgánica de Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales; así como con los tratados internacionales suscritos por el país.
6 Es directo cuando el hombre aprovecha los productos forestales obteniendo una ganancia económica o, cuando aprovecha otros beneficios que el bosque brinda por lo que puede obtener además de la ganancia económica un servicio. ejemplo: Ma- dera, madera para pulpa y papel, otros productos diferentes a la madera, mejoramiento del medio ambiente, protección y recuperación de suelos, protección de poblados, protección de infraestructura vial.
7 El beneficio es indirecto cuando el hombre aprovecha las influencias benéficas del bosque sobre otros recursos, tales como la agricultura, ganadería, recursos hídricos, etc. Y actividades sobre la recreación, el turismo y otras. Ejemplo: Protección de cuencas, protección e incremento de la producción agrícola y pecuaria, protección y conservación de fauna silvestre, recreación, sanidad, turismo, actividad deportiva.
biernos de turno desde el año 1965 a la fecha ha resultado eficaz, para la protección del ecosistema del bosque seco?
Con anterioridad a la Constitución política del Perú de 1979, se carecía de una base jurídica fundamental en relación con el medio ambiente y los recursos naturales, no obstante que desde tiempo atrás el país estaba com- prometido con diversos instrumentos jurídicos internacionales que direc- ta o indirectamente concernían a los asuntos ambientales y de los recursos naturales (tal es el caso de la conven- ción para la protección de la flora, de la fauna y de las bellezas escénicas de los países de américa celebrado en Washington en 1940) o la conven- ción sobre comercio internacional de especies amenazadas de fauna y flora silvestre, CITES ( Washington, 1973). Sin embargo, desde inicios del siglo XX en la normativa nacional se había desarrollado una vasta gama de dis- positivos legales de los más variados, dispersos e inorgánicos, contradic- torios con muchas lagunas y vacíos, que dejaba abierta las puertas para la corrupción de los funcionarios encar- gados de investigar, denunciar y san- cionar a los infractores ambientales, debido a una falta de Política ambien- tal definida por parte del Estado Pe-
ruano y a una falta de Institucionali- dad y Gestión ambiental adecuada.
Este es el caso de la veda forestal en los departamento de Lambayeque y Piura, donde la normatividad adminis- trativa ambiental, ha sido inoperante, ineficaz, contradictoria y asistemáti- ca, dando lugar a que por una clara y eficaz política ambiental por parte de los gobiernos de turno; así como por una débil Gestión e Institucionalidad ambiental; ya que los creadores de las normas e intérpretes jurídicos, mu- cho de ellos, ingenieros agrónomos, o abogados sin especialidad; interpreten y apliquen equivocadamente la legis- lación administrativa sobre el manejo y conservación de los bosques secos de la costa norte del Perú, de acuerdo a los intereses econ&oacut