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Precios de Transferencia y caso práctico. México Marzo 2014. 1

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Page 1: Precios de Transferencia y caso práctico. México Marzo 2014. 1

Precios de Transferencia

y caso práctico.

México

Marzo 2014.

1

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Código Fiscal de la Federación (CFF).

Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR).

Tratados Internacionales.

Guías de la OCDE.

Marco Normativo

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Plazos

BeneficiosDerechos Consecuencias

Incumplimiento

Obligaciones/ Documentación

Detalle Cálculos

Marco normativo

Aspectos que se regulan con la legislación

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Principales funciones:

Verificar el correcto cumplimiento de las disposiciones fiscales en materia de precios de transferencia. (AUDITORÍAS)

Resolver solicitudes de acuerdos (unilaterales o bilaterales) (APA’s).

La autoridad fiscal

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Marco normativo

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Procedimiento de Auditoría

A u t o r i d a dPrecios

TransferenciaContador

DictaminadorContribuyente

Auditado

contribuyentes

Respuestas

Requerimientos

Observaciones

Desvirtuación

Pago $$ óDefensa

Liquidación

12 m

2 m

+ 1

m24

mCitatorio

Requerimientos

5

5 añosRespuestas

6 m

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Marco Normativo

• Estudio• Solicitud• Pago Derechos

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Código Fiscal de la Federación Artículo 34-A: Las autoridades fiscales podrán resolver las consultas que formulen los interesados relativas a la metodología utilizada en la determinación de los precios o montos de las contraprestaciones, en operaciones con partes relacionadas, en los términos del artículo 179 de la LISR, siempre que el contribuyente presente la información, datos y documentación, necesarios para la emisión de la resolución correspondiente. Estas resoluciones podrán derivar de un acuerdo con las autoridades competentes de un país con el que se tenga un tratado para evitar la doble tributación.

Acuerdo Anticipado de Precios de Transferencia (APA)

APA’s(APA Unilateral)

Art.37 CFF : 8 meses.

2 años.

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• La validez de las resoluciones podrá condicionarse al cumplimiento de requisitos que demuestren que las operaciones objeto de la resolución, se realizan a precios o montos de contraprestaciones que hubieran utilizado partes independientes en operaciones comparables.

Código Fiscal de la Federación

APA’s

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Modelo de Convenio Fiscal de la OCDE Art. 25.

Previsto en todos los convenios para evitar la doble tributación que México ha firmado .

Artículo 26 del tratado México - Estados Unidos.

Artículo 25 del tratado México – España.

Procedimiento de acuerdo mutuo (MAP)

FundamentosMAP´s

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Se busca evitar la doble tributación.

Es un proceso de análisis con la autoridad correspondiente.

Posibilidad de condonación de recargos con

base en el artículo 21 del CFF.

Resolución entre autoridades fiscales.

MAP´s ¿Para qué sirven?

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Artículo 179. Los contribuyentes del Título II de esta Ley, que celebren operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero están obligados, para efectos de esta Ley, a determinar sus ingresos acumulables y deducciones autorizadas, considerando para esas operaciones los precios y montos de contraprestaciones que hubieran utilizado con o entre partes independientes en operaciones comparables.

[…]

Artículo 179 LISR

Obligaciones/ Documentación

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CONTRIBUYENTES

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Marco normativo

BC

A

A B

Normatividad Aplicable

Normatividad Aplicable

Contribuyente

Tradicional

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Se deriva de la palabra maquila, la cual se empleaba ya en la Edad Media para designar a la operación comercial donde el molinero cobraba una porción de harina o aceite resultado de moler el grano o la aceituna de los agricultores locales dueños de éstas materias primas. Es decir, el molinero solamente

prestaba un servicio y cobraba una comisión fija por el trabajo y no por la venta del producto final que no es de su propiedad.

A diferencia por ejemplo, de un panadero que compra la harina, la amasa, cuece el pan y vende el producto elaborado por él con los ingredientes

adquiridos por él. Es decir el producto final si es de su propiedad.

Contribuyente Maquiladora

Contribuyente Tradicional

Generalidades

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Código Fiscal de la Federación Artículo 34-A: Las autoridades fiscales podrán resolver las consultas que formulen los interesados relativas a la metodología utilizada en la determinación de los precios o montos de las contraprestaciones, en operaciones con partes relacionadas, …

Acuerdos anticipados en materia de precios de transferencia: APA’s

Marco Normativo

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Ley del Impuesto Sobre la Renta

Artículo 76 fracción IX Operaciones con partes relacionadas extranjeras

CAPÍTULO IXDe las obligaciones de las personas morales

Artículo 76 fracción XII Operaciones con partes relacionadas nacionales

Estudio de Precios de Transferencia

Marco Normativo

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Page 16: Precios de Transferencia y caso práctico. México Marzo 2014. 1

óEstudio

Operaciones con partes relacionadas están a valor de mercado

Marco Normativo

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Page 17: Precios de Transferencia y caso práctico. México Marzo 2014. 1

Para demostrar que está a valores de mercado.

Para exentar a su parte relacionada residente en el extranjero de configurar Establecimiento Permanente en México.

“SafeHarbour”

Art. 182 LISR

Marco Normativo

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Escrito Libre

SAT

Safe Harbour

Utilidad Fiscal = 6.5% de costos y gastosó

Utilidad Fiscal = 6.9% de activos

APA (Acuerdo Anticipado de Precios de

Transferencia)

Resolución

APA

SAT

SATcontribuyente

Art. 182 LISR

Marco Normativo

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Datos generales

Fecha de solicitud del APA: 30 de marzo del 2009Notificación de requerimiento de información 8 de octubre de 2009Entrega de información requerida: 22 de octubre de 2009Ejercicios solicitados: 2008, 2009, 2010, 2011 y 2012Asesor fiscal: Despacho, S.C.

Giro : a) Administración de las bases de datos de diferentes clientes, consistente en recopilación de facturas, recopilación de cuentas por pagar, almacenamiento de información digital. b) Procesamiento de información y documentos, desarrollo de software y sistemas de consultoría. c) Empresa Maquiladora

Ingresos acumulables 2007: $ 475,801,774

Ingresos acumulables 2008: $ 456,589,052

Propuesta del contribuyente:

El contribuyente solicita la confirmación de que está operando a valores de mercado, lo cual demuestra a través de su estudio de precios de transferencia que se aplicó a Captura International, Inc. con un margen de rentabilidad sobre costos y gastos del 7%. El rango intercuartil de sus compañías comparables fue de: 2.33% a 10.55% con una mediana de 4.77%.

Generalidades de la empresaCAPTURA, S.A DE C.V.

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Organigrama

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Mark up y carga fiscal

(pesos)

(cifras históricas)

Captura, S.A. de C.V.

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India China México Hungría

Clientes

Entendimiento del negocio

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Ingresoproveniente

Clientes

CasaMatriz

C y G

Utilidad

Ingresosobrante

Ingresosobrante

C y G

Pérdida Operación

Captura S.A. de C.V.

Entendimiento de la metodología

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Argumento del Contribuyente

Las pérdidas de Captura, S.A. de C.V. fueron su total responsabilidad, debido a que estimó incorrectamente sus costos y gastos, en consecuencia, tuvo más egresos que ingresos.

El contribuyente pretende demostrar que dicha pérdida es un resultado ajeno a la operación a valor de mercado que existió entre CAPTURA y su parte relacionada residente en el extranjero. Derivado de lo anterior, se puede entender que la pérdida sufrida por CAPTURA en 2008 y las posibles pérdidas futuras no serán el resultado o consecuencia de operaciones fuera de valor de mercado, sino a una mala administración interna de la compañía.

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Análisis del argumento del contribuyente

Por otro lado, se analizaron los C y G de CAPTURA entre 2007 y 2008 y no hubo una fuerte variación. Por lo menos se esperaría que 2008 fuera similar a 2007 en Ingresos y CyG.

Al parecer la variación más importante fue en ingresos que es justamente la operación con su parte relacionada.

Ingresos2007

Ingresos 2008

Ctos. y Gtos. 2007

Ctos. y Gtos. 2008

Variación

Variación

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1) El excedente de Ctos. y Gtos. incurridos x Captura respecto a los ingresos que tuvo en 2008 (lo que ocasionó su pérdida) no son total responsabilidad de la empresa CAPTURA, porque existen mecanismos para prevenir dichas pérdidas como revisiones periódicas e información que fluye constantemente entre D.I. y CAPTURA.

Ej. Hay facturación mensual, revisiones trimestrales y calendarios de programación por cada “Estado de trabajo” de cada cliente.

OBSERVACIONES A LA INFORMACIÓN PROPORCIONADA POR EL CONTRIBUYENTE

2) D.I. tiene todo el poder de decisión sobre las actividades que realiza CAPTURA, por lo tanto, quien decide si se opera o no con pérdidas es D.I. y no CAPTURA. En otras palabras, si hubo pérdidas en CAPTURA, es porque fueron permitidas o consentidas por D.I.

3) De haber sido CAPTURA la que no solamente asume todos los riesgos, sino que también tiene el control total o el poder de decisión sobre la operación del negocio, entonces seguramente llevaría a cabo acciones para evitar pérdidas, como cancelar estados de trabajo no rentables o renegociar el precio con los clientes.

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[…]

En el caso contrario, las autoridades fiscales podrán determinar los ingresos acumulables y deducciones autorizadas de los contribuyentes, mediante la determinación del precio o monto de la contraprestación en operaciones celebradas entre partes relacionadas, considerando para esas operaciones los precios y montos de contraprestaciones que hubieran utilizado partes independientes en operaciones comparables… ya sea que éstas sean con personas morales, residentes en el país o en el extranjero, personas físicas y establecimientos permanentes en el país de residentes en el extranjero, así como en el caso de las actividades realizadas a través de fideicomisos.

Artículo 179 LISR

ConsecuenciasIncumplimiento

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Determinación de la Autoridad

• Selección de CAPTURA como empresa bajo análisis.

Directrices de la OCDE:

“3.43 La empresa asociada a la que se aplica el método del margen neto de la operación debería ser la empresa en relación con la cual se han identificado los datos fiables relativos a las operaciones comparables más similares. A menudo, esto implicará elegir a la empresa asociada menos compleja entre las empresas involucradas en la operación vinculada, que además no posea activos intangibles valiosos o activos exclusivos. En cualquier caso, la elección puede restringirse por insuficiencia de datos disponibles de las operaciones realizadas por empresas situadas en una jurisdicción fiscal extranjera.”. (Énfasis añadido).

India China México Hungría

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CONCEPTOS Matriz con México Reporte 1 Reporte 2

IngresosCAPTURAS CAPTURAS CAPTURAS

AIngresos de la Matriz a los clientes de las empresas CAPTURA. 45,476,670 46,828,904 45,216,859

  Retenciones de Casa Matriz      

  Salarios de extranjeros en México   5,909,470    Otros costos y gastos 428,177 950,940 2,515,688  Utilidad de operación (Matriz) 1,766,115 1,766,115 126,851  Varios (otros gastos o productos) (832,409)    

     B Retenciones a CAPTURA 1,361,883 8,626,525 2,642,539  Importes Trasladados      

A-B Importe trasladado a México 44,114,787 38,202,379 42,574,320

  CAPTURA, S.A. de C.V.  91.84%

35,085,972  

CAPTURA de México, S. A. de C.V.4.62%

1,766,161

CAPTURA Servicios Administrativos, 3.53%

1,350,246

INFORMACIÓN NO CONFIABLE (Edo. de Resultados)

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Análisis realizado por la autoridad

En este caso, al no ser propietaria de algún activo intangible involucrado en la actividad de servicios de outsourcing (recopilación de facturas, recopilación de cuentas por pagar, almacenamiento de información digital, entre otros) y de tecnología de la información, tener riesgos limitados, tener su información financiera disponible y confiable, tener sólo una operación relacionada con DHB y al ser su función la prestación de los servicios mencionados, esta Administración consideró a CAPTURA como la entidad bajo análisis.

• Método de Márgenes Transaccionales de utilidad de operación.

• Indicador: utilidad operativa/costos y gastos de su actividad de prestación de servicios de outsourcing.

• Comparables de la Comisión de Bolsa y Valores de los Estados Unidos (Securities and Exchange Comiission o “SEC”).

• Reembolso de efectos financieros.

• 3.69% de utilidad de operación sobre los costos y gastos para los ejercicios de 2008, 2009, 2010, 2011 y 2012.

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Gracias

SAT-MÉXICOSAN JOSÉ, COSTA RICAMARZO 2014

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