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Consideraciones de Precios de Transferencia en el “Nuevo Entorno de Transparencia Fiscal” Marzo 2015 Monterrey, Nuevo León, MX.

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Consideraciones de Precios de Transferencia en el “Nuevo Entorno de Transparencia Fiscal”

Marzo 2015

Monterrey, Nuevo León, MX.

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Page 2 North America Transfer

Pricing Forum

Temario

Página

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Page 3 Mexico tax reform

Temario

► Aspectos relevantes de Precios de Transferencia del Plan

de Acción BEPS (Documentación país por país,

Intangibles, Servicios rutinarios)

► Actualidad sobre requisitos de revelación del SAT

(Operaciones Relevantes – Formato 76 Situación Fiscal)

► Regulaciones para la deducción de gastos a prorrata

Página

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Page 4 North America Transfer

Pricing Forum

Aspectos relevantes de PT del Plan de Acción BEPS

Página Página

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Page 5 Mexico tax reform

Antecedentes BEPS

• Líderes del G20 se reunen nov. 2012

• BEPS es publicado en feb. 2013

• Plan de acción entregado a los representantes del G20 jul. 2013

• Se emiten borradores para discusión y consulta pública finales 2013 inicios 2014

• Se emiten 15 planes de acción en sep. 2014

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Page 6 Mexico tax reform

Acciones tomadas hasta el 2014

Entregables Septiembre de 2014:

► Acción 1 – Abordando los desafíos fiscales de la economía digital:

Reporte emitido

► Acción 2 – Neutralizar los efectos de los Instrumentos Híbridos

Asimétricos: Fase 1 recomendaciones emitidas

► Acción 5 – Combatir las prácticas tributarias nocivas: Reporte

provisional (actualización del progreso)

► Acción 6 – Prevenir el abuso de tratados tributarios: Cambios

propuestos al Modelo de Convenio Fiscal y comentarios.

► Acción 8 – Aspectos de Precios de Transferencia de Intangibles: Guías

de precios de transferencia provisionales emitidas

► Acción 13 – Guía en documentación de precios de transferencia y

reporte País por País: Guías y formato del reporte país por país

► Acción 15 – Desarrollo de instrumento multilateral para modificar

tratados fiscales: Reporte de factibilidad emitido.

Página Página

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Page 7 Mexico tax reform

Viendo hacia el 2015 1. Abordando los desafíos fiscales de la

economía digital– Acciones por completar en

Dic. 2015

2. Neutralizar los efectos de los Instrumentos

Híbridos Asimétricos– Resolver aspectos, Dic.

2015

3. Fortalecer reglas de CFC (empresas

extranjeras controladas) – Sept. 2015

4. Limitar erosión a través de deducción de

intereses y otros pagos financieros – Sept./Dic.

2015

5. Combatir las prácticas tributarias nocivas–

Estrategia para expandir la participación, Sept.

2015 y revisiones a criterios, Dic. 2015

6. Prevenir el abuso de tratados tributarios–

Definir borradores requeridos (fecha no

definida)

7. Prevenir evasión artificial de Establecimiento

Permanente – Sept. 2015

8. Precios de transferencia para Intangibles –

Guías provisionales– se concluyen Sept. 2015

9. Precios de Transferencia – riesgos y capital –

Borrador Dic. 2014, se concluye en Dic. 2015

10. Precios de transferencia para otras transacciones

de alto riesgo – Borrador Dic 2014, se concluye

Sept. 2015

11. Establecer metodologías para recabar y analizar

información relevante para BEPS y establecer

acciones – Sept 2015

12. Requerir la revelación de arreglos de planeación

fiscal agresiva – Sept 2015

13. Guía en documentación de precios de

transferencia y reporte País por País (Reporte

CbC – guías emitidas Sep 2104, se concluye en

2015)

14. Mejorar efectividad de mecanismos para

resolución de disputas – Sept 2015

15. Desarrollando un instrumento multilateral para

modificar tratados fiscales– Se concluye en 2015

Página

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Page 8 Mexico tax reform

Plan de Acción 8: Intangibles

El plan de acción 8 se refiere a operaciones que involucran

intangibles y busca evitar BEPS a través de:

► la adopción de una definición amplia y claramente delimitada de

activos intangibles

► la asignación correcta de las utilidades asociadas con la

transferencia y el uso de activos intangibles (de acuerdo con la

creación de valor);

► el desarrollo de reglas de precios de transferencia o medidas

especiales para la transferencia de intangibles de difícil

medición;

► la actualización de las guías sobre acuerdos de contribución de

costos (CCAs)

Página

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Page 9 Mexico tax reform

Plan de Acción 8: Intangibles

Entregable Publicado en Sept. 2014

► Revisión de los Capítulos I y II de las Guías de la OCDE

► Ahorros por ubicación (location savings)

► Otras características del mercado local

► Fuerza laboral existente (assembled workforce)

► Sinergias del Grupo (corporativo)

► Revisión del Capítulo VI (Directrices OCDE) El análisis de PT relacionado con (transferencia o uso) de intangibles debe considerar:

► La identificación de intangibles específicos;

► La tenencia/propiedad legal de los intangibles;

► Las contribuciones individuales de los miembros del grupo (corporativo) al

desarrollo, mejora, mantenimiento, protección y uso (de los intangibles);

► Las características de las operaciones controladas que involucran intangibles ,

incluyendo la forma en la que dichas operaciones contribuyen a la creación de valor

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Page 10 Mexico tax reform

Plan de Acción 8: Intangibles

► Intangible (Directrices de PT de la OCDE)

► Activo no-físico ni financiero

► Puede tenerse en propiedad o controlarse para actividades

comerciales

► Transferencia estaría sujeta a una contraprestación

(compensación) entre partes independientes bajo

circunstancias comparables.

► No es necesario que:

► Tenga protección legal/contractual

► Pueda transferirse por separado

Definición para PT puede diferir de legales o contable

Página

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Page 11 Mexico tax reform

¿Cómo debe distribuirse el beneficio que generan los

intangibles?

► Cada entidad debe ser compensada por sus aportaciones

► Términos contractuales:

► punto de partida del análisis

► Congruencia con conducta de las partes

Plan de Acción 8: Intangibles

Desarrollo del

intangible

Mejoras al

intangible

Mantenimiento y

protección del

Intangible

Uso y

explotación del

Intangible

Funciones Activos Riesgos

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Page 12 Mexico tax reform

Plan de Acción 10: Otras transacciones de alto riesgo – Servicios de bajo valor

► Revisión del Capítulo VII (Directrices de la OECD)

► Borrador para discusión publicado el 3 de noviembre de 2014.

Comentarios enviados el 14 de enero de 2015

Nuevo capítulo VII será publicado en septiembre de 2015.

► Grupo de trabajo No. 6. Acción 10 (de 15) del plan BEPS publicado

en julio de 2013

► Desarrollo de un sistema simplificado para determinar la

retribución de servicios intra-grupo de bajo valor agregado.

► Erosión a la base imponible a través de gastos de gestión y gastos

correspondientes a casa matriz mediante un razonamiento excesivo.

Página

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Page 13 Mexico tax reform

Plan de Acción 10: Otras transacciones de alto riesgo – Servicios de bajo valor

► Definición. Servicios prestados por uno o más miembros de un grupo

multinacional en beneficio de otro(s) miembros del mismo grupo, que:

► Son de una naturaleza auxiliar o de apoyo;

► No son parte del negocio principal (i.e., core) del grupo;

► No requieren del uso de intangibles únicos o valiosos; y

► No involucran un nivel de riesgo significativo alto, ni tampoco lo

generan.

No se consideran servicios de I&D, actividades de ventas, marketing

o distribución; operaciones financieras; exploración, extracción o

procesamiento de recursos naturales; seguros y reaseguros;

servicios de alta dirección, entre otros.

Página

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Page 14 Mexico tax reform

Plan de Acción 10: Otras transacciones de alto riesgo – Servicios de bajo valor ► Determinación del pool de costos (pasos a seguir):

1: Calcular anualmente todos los costos incurridos en la prestación de

servicios intra-grupo de bajo valor agregado, excluir aquellos que beneficien

solo a la prestadora del servicio.

2: Identificar y disminuir de la partida de costos aquellos que son imputables

únicamente a otros miembros del grupo, es decir individualizar los costos

pertinentes y solo considerar costos colectivos.

3: Elegir un criterio de asignación razonable y lógico de acuerdo al nivel de

beneficios proporcionado (i.e., número de empleados en RRHH, número de

usuarios en TI, número de vehículos en temas de gestión de activos, número

de operaciones, cifras de ventas o volumen de negocios, etc.)

4: Asignación de un margen de utilidad. Independientemente de la

categoría de servicio el margen debe ser el mismo para todos los servicios

de bajo valor agregado. Por lo general entre 2% y 5%, con la debida

justificación y análisis de precios de transferencia (utilizando siempre como

parámetro los servicios mencionados anteriormente).

Página

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Página 15

► Requerir (a los contribuyentes) la revelación de

arreglos de planificación fiscal agresiva

► Desarrollar recomendaciones relativas al diseño de normas de

declaración obligatoria para transacciones o estructuras agresivas

o abusivas, teniendo en cuenta los costos administrativos para las

administraciones tributarias y las empresas

Presentation title Página

Plan de Acción 12: Planificación fiscal

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Página 16 Internal BEPS update and CbC reporting

Plan de Acción 13: Guía en documentación de precios de transferencia y reporte País por País

Master File Información relevante sobre el

negocio de la multinacional, la

política de precios de transferencia y

los acuerdos con las autoridades

fiscales presentes en un solo

documento a disposición de todas las

autoridades fiscales cuando la

compañía tiene operaciones.

Local File Información detallada sobre el

negocio local, incluyendo los pagos a

partes relacionadas y los recibos de

productos, servicios, regalías,

intereses, etc.

Country by

Country Report Información relevante

sobre la distribución

jurisdiccional de las

ganancias, ingresos,

empleados y activos.

Página

Page 17: Consideraciones de Precios de Transferencia en el …...8. Precios de transferencia para Intangibles – Guías provisionales– se concluyen Sept. 2015 9. Precios de Transferencia

Página 17 Internal BEPS update and CbC reporting

Plan de Acción 13: Guía en documentación de precios de transferencia y reporte País por País- Master File

Documento de PT

Master File

Siguientes

Pasos:

Directrices sobre

la aplicación y

presentación.

Cuando:

Contenido Final.

Finalización de la

implementación a

principios de 2015.

La adopción por

los países varia.

Por qué:

Coherencia de la información recolectada por las autoridades fiscales; aumento de la

información en general para las autoridades fiscales; fomentar la atención de las

empresas en cuestión de precios de transferencia.

Qué:

Políticas de precios de transferencia; personas jurídicas; mapeo de la cadena de

suministro para los principales productos/servicios; análisis funcional de las entidades;

lista de acuerdos de servicios intragrupo; lista de arreglos de IP, de propiedad de IP y de

propiedad intelectual intragrupo; descripción de los financiamientos internos y externos;

lista y breve descripción de los APA’s unilaterales y otras decisiones fiscales relativas a la

asignación de los ingresos entre los países .

Página

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Página 18

Plan de Acción 13: Documentación de precios de transferencia - Master File – Información requerida

Estructura

Organizacional

Descripción del negocio Intangibles Actividades financieras

intergrupal

Posición financiera

y fiscal

Estructura:

► Propiedad legal

► Ubicación

geográfica

Importantes factores de la

rentabilidad del negocio

Descripción de la

estrategia global

Acuerdos de

financiamiento dentro

del grupo (prestamistas

relacionados y no

relacionados)

Cuentas anuales

consolidadas

Cadena de valor de:

► Los 5 principales productos y

servicios por ventas

► Productos/servicios

generando más del 5% de la

ventas totales

Lista de los

intangibles

importantes y de los

dueños legales

Identificación de las

entidades de

financiamiento

Lista y descripción

de los Advance

Pricing Agreements

(APAs) y otras leyes

fiscales

Principales mercados

geográficos de los productos

antes mencionados

Lista de los

principales acuerdos

de intangibles

Detalle de la política

financiera para precios

de transferencia

Lista y breve descripción de los

principales acuerdos de

servicios

Políticas de precios

de transferencia

para la I&D y los

intangibles

Análisis funcional de las

principales contribuciones que

crean valores en las entidades

Detalle de las

principales

transferencias

Reestructuración empresarial /

adquisiciones/desinversiones

durante el año fiscal

Internal BEPS update and CbC reporting Página

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Página 19

Plan de Acción 13: Documentación de precios de transferencia – Documentación Local

Internal BEPS update and CbC reporting

Documento de PT

Local File

Pasos

siguientes :

Finalizado.

Cuándo:

Contenido final.

La adopción por

los países varia.

Por qué:

Información detallada de las transacciones intercompañia; asegurar que el contribuyente

cumple con el principio de independencia efectiva.

Qué:

Información financiera relevante en cuanto a las transacciones; análisis de

comparabilidad; selección y aplicación del método de precios de transferencia más

apropiado; descripción de la estructura local, de la estrategia de negocio, pagos con

partes relacionadas y los recibos de productos, servicios, regalías, intereses etc;

acuerdos intergrupal, análisis funcional de las partes relacionadas de la entidad local;

APA’s (uni/ y bi/multilateral) así que leyes de otros países que son conectados a través de

transacciones con la entidad.

Página

Page 20: Consideraciones de Precios de Transferencia en el …...8. Precios de transferencia para Intangibles – Guías provisionales– se concluyen Sept. 2015 9. Precios de Transferencia

Página 20

Plan de Acción 13: Documentación de precios de transferencia - Documentación Local– Información Requerida

Entidad Local Transacciones Controladas Información financiera

► Estructura Administrativa

► Diagrama Organizacional

Local

► Información detallada de

las personas con las que

debe reportarse la

administración.

► Descripción de las transacciones controladas materiales

y el contexto en el que se llevaron a cabo.

► Identificación de partes relacionadas en las

transacciones controladas su relación.

► Análisis Funcional

► Métodos de precios de transferencia utilizados

► Empresas comparables y detalle de la metodología.

Estados Financieros de la entidad

local.

Descripción del negocio y de

la estrategia de negocio.

Montos de los pagos y recibos de las transacciones

controladas entre partes relacionadas (por ejemplo,

productos, servicios, regalías, intereses, etc.)

Reconciliación para demostrar que

la información financiera utilizada

en la aplicación de los métodos de

precios de transferencia va de

acuerdo con lo presentado en los

Estados Financieros.

Detalle de reestructuras del

negocio y/o traspaso de

intangibles.

Acuerdos Anticipados de Precios (APAs) unilaterales

bilaterales/multilaterales y disposiciones fiscales

relacionadas a las transacciones controladas.

Resumen de información financiera

relevante de las empresas

comprables y la fuente de donde

fue obtenida dicha información.

Principales competidores I&D y políticas en precios de

transferencia en el traspaso de

intangibles

Detalle de transferencia

importantes

Internal BEPS update and CbC reporting Página

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Página 21

Consideraciones en la documentación en PT

Internal BEPS update and CbC reporting

Reunir/Crear ► Políticas en Precios de Transferencia

► Diagrama organizaciones de la entidad.

► Análisis funcional por entidad.

► Transacciones entre partes relacionadas.

► Mapeo

► Cadena de suministro

► Tesorería

► Servicios

► IP y funciones de IP

Garantizar Consistencia

► Políticas de PT/documentación

► APAs and disposiciones fiscales

► Resultados financieros

► Ajustes

Proporcionar Información sobre:

► Procesos del negocio

► Aspectos relevantes del mercado

Explicar diferencias:

► ¿Negocios diferentes?

► ¿Mercados diferentes?

Realizar pruebas

► Anticipar cuestionamientos de las

autoridades fiscales.

► Considerar:

► Cambios en el proceso

► Documentación más rigurosa

► Otras correcciones

Presentación Datos/Información

Alineación con los reportes país por país

Reporte Maestro y documentación local incluyendo los elementos de comparación que se actualizará anualmente.

Página

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Page 22 North America Transfer

Pricing Forum

Formato 76 Situación Fiscal

Página

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Página 23

Generalidades Información de operaciones a que se

refiere el artículo 31-A del CFF

► Quiénes lo presentan?

Personas físicas y morales

► ¿Dónde se presenta?

A través de la página de Internet del SAT

► ¿Qué documento se obtiene?

Acuse de recibo electrónico con número de folio

► Requisitos

Archivo deberá renombrarse con el RFC que le corresponda a cada

contribuyente

Si alguna operación se realizó dos o más veces, se deberá enviar un archivo

por cada operación realizada

► Disposiciones jurídicas aplicables

Art. 31-A CFF, RMF 2015, Séptima Modificación a la RMF 2014

Página

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Página 24

Código Fiscal de la Federación (CFF) Art. 31-A

► Obligación de presentar información de operaciones que

se señalen en la forma oficial, dentro de 30 días

siguientes a aquél en el que se celebraron

► Presentación incompleta o con errores, plazo 30 días a

partir de requerimiento de la autoridad para complementar

o corregir

► Incumplimiento si no se presenta a requerimiento.

► Cancelación padrón de importadores.

► Inhabilitación para contratar con sector público.

► Multas

Página

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Plazo para presentación

► 2014

► Primer fecha octubre 2014

► 30 de abril

► Séptima Modificación a la RMF-2014

► RMF 2015. Anexo 1-A RMF-2015 Ficha técnica 161/CFF

Página

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Página 26

Plazo para presentación

► 2.8.1.16 Resolución de Modificaciones a la Resolución

Miscelánea Fiscal para 2015 y su anexo 1 (publicada

el 3 de marzo de 2015) Para cumplir con la obligación a que se refiere el artículo 31-A del CFF, los contribuyentes podrán

presentar la forma oficial 76 “Información de Operaciones Relevantes (artículo 31-A del Código Fiscal de

la Federación)”, respecto de las operaciones que se hubieren celebrado en el mes de que se trate.

Ahora bien, no obstante que se presentará una forma oficial por cada mes del ejercicio, el envío de las

mismas al SAT se realizará a más tardar el último día de los meses de mayo, agosto, noviembre y

febrero del ejercicio siguiente, como se indica:

Declaración del mes: Fecha límite en que se deberá presentar:

Enero, febrero y marzo Último día del mes de mayo de 2015

Abril, mayo y junio Último día del mes de agosto de 2015

Julio, agosto y septiembre Último día del mes de noviembre de 2015

Octubre, noviembre y diciembre Último día del mes de febrero de 2016

Página

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Página 27

Clasificación de Operaciones Relevantes

A. Operaciones financieras (derivadas) establecidas en los

artículos 20 y 21 de la LISR vigente

B. Operaciones de precios de transferencia

C. Participación en el capital y residencia fiscal

D. Reorganización y reestructuras

E. Otras operaciones relevantes (enajenación de bienes

intangibles o activos financieros, enajenación de bienes

por fusión o escisión, entre otras)

Página

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Página 28

► ¿Definición de OFD?

► ¿Reglas especiales para sistema

financiero?

► ¿OFD se informa en?

► celebración

► vida de la OFD

► fecha de término

► ¿Qué debe entenderse por importe?

► valor del activo subyacente

► primas

► gastos incurridos

Análisis Formato 76 Operaciones Financieras establecidas en los Art. 20 y 21 de la LISR vigente

1

2

3

4

5

6

7

9

OPERACIONES FINANCIERAS CON FINES DE NEGOCIACIÓN ***

OPERACIONES FINANCIERAS EN LAS CUALES NO HAYA EJERCIDO LA OPCIÓN

ESTABLECIDA

ENAJENACIÓN POR SEPARADO DE CUPONES DE INTERESES RELACIONADOS CON

BONOS O CUALQUIER INSTRUMENTO FINANCIERO

OPERACIONES FINANCIERAS COMPUESTAS Y/O ESTRUCTURADAS *

OPERACIONES FINANCIERAS DONDE EL PRINCIPAL, LOS INTERESES Y ACCESORIOS

PROVIENEN DE LA SEGREGACIÓN DE UN TÍTULO DE CRÉDITO O CUALQUIER

INSTRUMENTO FINANCIERO ****

8 TERMINACIÓN DE MANERA ANTICIPADA DE OPERACIONES FINANCIERAS

PAGO DE CANTIDADES INICIALES POR OPERACIONES FINANCIERAS QUE HAYAN

REPRESENTADO MÁS DEL 20% DEL VALOR DEL SUBYACENTE

ENAJENACIÓN POR SEPARADO DEL TÍTULO VALOR PRINCIPAL RELACIONADO CON

BONOS O CUALQUIER INSTRUMENTO FINANCIERO

OPERACIONES FINANCIERAS CON FINES DE COBERTURA COMERCIAL **

OFD pueden informarse más de una vez

2 1

Fecha de término Inicio OFD Presente

3 5 4 6 8 7 9 2 1 3 5 4 6 8 7 9

Página

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Página 29

Análisis Formato 76 Operaciones de Precios de Transferencia

► Formato pide información que no se

refiere a operaciones entre PR

► ¿Puedo calificar para un solo ajuste

en más de una pregunta?

► ajuste de más del 20% y más de

5 MM de MXP

► Numeral 14, se pide aplicación

método aunque no ajuste

14

DETERMINÓ GASTOS POR REGALÍAS CON BASE EN VALORES RESIDUALES DE

UTILIDAD Y/O EFECTUÓ PAGOS DE DICHOS GASTOS.

13

REALIZACIÓN DE AJUSTES QUE HAN MODIFICADO EN MÁS DE $5,000,000 DE PESOS EL

VALOR ORIGINAL DE UN TIPO DE TRANSACCIÓN CON PARTES RELACIONADAS

CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO ACTUAL PARA QUEDAR PACTADAS COMO LO

HARÍAN CON O ENTRE PARTES INDEPENDIENTES EN OPERACIONES COMPARABLES

12

REALIZACIÓN DE AJUSTES QUE HAN MODIFICADO EN MÁS DE UN 20% EL VALOR

ORIGINAL DE UN TIPO DE TRANSACCIÓN CON PARTES RELACIONADAS

CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO ACTUAL PARA QUEDAR PACTADAS COMO LO

HARÍAN CON O ENTRE PARTES INDEPENDIENTES EN OPERACIONES COMPARABLES

REALIZACIÓN DE AJUSTES EN EL EJERCICIO ACTUAL QUE HAN MODIFICADO EN MÁS

DE $5,000,000 DE PESOS EL VALOR ORIGINAL DE UN TIPO DE TRANSACCIÓN CON

PARTES RELACIONADAS CORRESPONDIENTES A EJERCICIOS ANTERIORES PARA

QUEDAR PACTADAS COMO LO HARÍAN CON O ENTRE PARTES INDEPENDIENTES EN

OPERACIONES COMPARABLES

REALIZACIÓN DE AJUSTES EN EL EJERCICIO ACTUAL QUE HAN MODIFICADO EN MÁS

DE UN 20% EL VALOR ORIGINAL DE UN TIPO DE TRANSACCIÓN CON PARTES

RELACIONADAS CORRESPONDIENTES A EJERCICIOS ANTERIORES PARA QUEDAR

PACTADAS COMO LO HARÍAN CON O ENTRE PARTES INDEPENDIENTES EN

OPERACIONES COMPARABLES

10

11

Fecha de Operación Presente

15 17 16 18 19

Momento de informe en Formato 76

20

Página

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Página 30

Análisis Formato 76 Participación en el Capital y Residencia Fiscal

► En cambios indirectos de socios o

accionistas, ¿hasta qué nivel se

debe informar?

► ¿distingue por cambio de % o por

control?

► Migración de figuras o entidades sin

residencia fiscal en país origen a

México, ¿les aplica numeral 18?

15

16

17 ENAJENACIÓN DE ACCIONES

20

18 REALIZÓ UN CAMBIO DE RESIDENCIA FISCAL DEL EXTRANJERO A MÉXICO

19OBTENCIÓN DE RESIDENCIA FISCAL EN MÉXICO, ADEMÁS DE MANTENERLA EN OTRO

PAÍS

OBTENCIÓN DE RESIDENCIA FISCAL EN OTRO PAÍS, MANTENIENDO SU RESIDENCIA EN

MÉXICO

CAMBIO DE SOCIOS O ACCIONISTAS DE MANERA DIRECTA

CAMBIO DE SOCIOS O ACCIONISTAS DE MANERA INDIRECTA

Fecha de Operación Presente

15 17 16 18 19

Momento de informe en Formato 76

20

Página

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Página 31

Análisis Formato 76 Reorganización y Reestructuras

► Numeral 21, debe informarse

también como enajenación de

acciones en sección anterior

(Numeral 17 – Enajenación de

acciones)

► ¿Qué es una reestructura,

reorganización o grupo económico?

► Numeral 22 y 23, informan todas las

subsidiarias o sólo la “Holding” o

ambas

22REALIZÓ UNA CENTRALIZACIÓN O DESCENTRALIZACIÓN DE ALGUNA DE LAS

SIGUIENTES FUNCIONES POR PARTE DEL GRUPO ECONÓMICO AL QUE PERTENECE:

23REALIZÓ ALGÚN CAMBIO EN SU MODELO DE NEGOCIOS A PARTIR DEL CUAL REALICE O

DEJÓ DE REALIZAR ALGUNA (S) DE LA (S) SIGUIENTE (S) FUNCIÓN (ES):

21 REESTRUCTURA O REORGANIZACIÓN POR ENAJENACIÓN DE ACCIONES

Inicio de Reestructura Presente

21 22 23

Momento de informe en Formato 76

Funciones:

Numeral 22: Compras, Tesorería, Logística, CXC y CXP, Nómina y Personal.

Numeral 23: Maquila o manufactura de bienes propiedad de un residente en el extranjero, Distribución o comercialización de bienes adquiridos de un residente en el extranjero, Servicios administrativos auxiliares a favor de un residente en el extranjero.

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Análisis Formato 76 Otras Operaciones Relevantes

► Numeral 24, Concepto de Bien

Intangible (OECD)

► Numeral 26, ¿Qué es un activo

financiero?

► Numeral 28, ¿Sólo fusiones o

escisiones que no cumplan con 14-

B de CFF o todas?

► Numeral 30, ¿Dirigido a Balloon

Notes? ¿Pactadas o por

pactar?¿Qué pasa en una

reestructura de un crédito

(Novación, aumento o disminución

de tasa)?

► Numeral 33, ¿Escindente?

► Numeral 34, ¿Escindida?

► Numeral 36, ¿Busca atrapar la

deducción de intereses?

30

31

32

33

34

35

36REEMBOLSOS DE CAPITAL O PAGO DE DIVIDENDOS CON RECURSOS PROVENIENTES DE

PRÉSTAMOS RECIBIDOS

REGISTRO DE INTERESES DEVENGADOS EN LA CONTABILIDAD, QUE PROVENGAN DE

OPERACIONES DE FINANCIAMIENTO CUYA EXIGIBILIDAD DE DICHOS INTERESES FUE

PACTADA A MÁS DE 1 AÑO

LE TRANSMITIERON PÉRDIDAS FISCALES PENDIENTES DE DISMINUIR DE EJERCICIOS

ANTERIORES DIVIDIDAS CON MOTIVO DE ESCISIÓN

DISMINUYÓ PÉRDIDAS FISCALES DESPÚES DE UNA FUSIÓN EN TÉRMINOS DEL

ARTICULO 58 DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA VIGENTE

29

OPERACIONES CON PAÍSES QUE TIENEN UN SISTEMA DE TRIBUTACIÓN TERRITORIAL

EN LAS CUALES HAYA APLICADO BENEFICIOS DE TRATADOS PARA EVITAR LA DOBLE

IMPOSICIÓN EN RELACIÓN CON EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

OPERACIONES DE FINANCIAMIENTO EN LAS QUE SE HAYA PACTADO QUE LA

EXIGIBILIDAD DE LOS INTERESES SEA DESPUÉS DE 1 AÑO

28 ENAJENACIÓN DE BIENES POR FUSIÓN O ESCISIÓN

25ENAJENACIÓN DE UN BIEN CONSERVANDO ALGÚN TIPO DE DERECHO SOBRE DICHO

BIEN

27APORTACIÓN DE ACTIVOS FINANCIEROS A FIDEICOMISOS CON EL DERECHO DE

READQUIRIR DICHOS ACTIVOS

26 ENAJENACIÓN DE ACTIVOS FINANCIEROS

24 ENAJENACIÓN DE BIENES INTANGIBLES

DIVIDIÓ PÉRDIDAS FISCALES PENDIENTES DE DISMINUIR DE EJERCICIOS ANTERIORES

CON MOTIVO DE ESCISIÓN

PAGO DE INTERESES QUE PROVENGAN DE OPERACIONES DE FINANCIAMIENTO, CUYA

EXIGIBILIDAD FUE PACTADA A MÁS DE 1 AÑO

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Juicio de Amparo

► Argumentos

(i) Violación seguridad jurídica

(ii) Violación igualdad jurídica

(iii) Violación presunción de inocencia

(iv) Protección de datos

► Fecha presentación

(i) 15 días después del primer envío

(ii) Operación realizadas 2014 – 15 días a partir del 30 del abril de

2015

(iii) Operaciones realizadas primer trimestre 2015 – 15 días a partir

del 31 de mayo de 2015

Medios de defensa

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Amparo

► Argumentos

► Violación seguridad jurídica

► Protección de datos

► Fecha presentación

► 15 días después del primer envío

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Page 35 Mexico tax reform

Recomendaciones y cómo podemos ayudarlos

► Asistencia en la detección de operaciones a reportar

► Asesoría en el llenado de la forma 76

► Asesoría en la identificación de cómo las operaciones a

reportar se relacionan con los temas que actualmente

audita el SAT

► Integración de un defense file sobre las operaciones a

reportar

► Medios de defensa en contra de la forma 76

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Page 36 North America Transfer

Pricing Forum

Regulaciones para la deducción de gastos a prorrata

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Gastos a prorrata

► Prohibición de la deducción de los gastos que se hagan

en el extranjero a prorrata con quienes no sean

contribuyentes del impuesto sobre la renta (Art. 28- XVIII)

► Precedente SCJN

► RMF. Requisitos

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Page 38 Mexico tax reform

RENTA. LA PROHIBICIÓN DE LA DEDUCIBILIDAD

ESTABLECIDA EN EL ARTÍCULO 32, FRACCIÓN XVIII,

DE LA LEY DEL IMPUESTO RELATIVO, NO ES

ABSOLUTA E IRRESTRICTA (LEGISLACIÓN VIGENTE

EN 2003).

(TESIS 2a. LIV/2014. SEGUNDA SALA SCJN.)

GASTOS A PRORRATA

Precedentes de Precios de

Transferencia

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Page 39 Mexico tax reform

Gastos a prorrata

► Son no deducibles (LISR Art. 28 F. XVIII)

► Sentencia SCJN: Requisitos para su deducción:

► Que el gasto sea estrictamente indispensable

► Si el gasto se hizo entre partes relacionadas, se haya pactado a valor de

mercado

► Contar con la información consistente en

a) Datos fiscales de las partes relacionadas

b) Actividades realizadas en la operación por cada parte relacionada

c) Activos y riesgos asumidos por cada parte relacionada, y

d) Método aplicado para determinar precios de transferencia

► Conservar la documentación que demuestre:

a) El tipo de operación realizada

b) Términos contractuales

Contar con bases fiscales y contables objetivas, para justificar que el prorrateo no

se hizo de forma arbitraria, subyaciendo una razón válida y constatable.

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Page 40 Mexico tax reform

Gastos a prorrata – RMF 2014 I.3.3.1.41

Requisito Referencia

I. Que el gasto realizado sea estrictamente indispensable

para los fines de la actividad del contribuyente.

Artículo 27-I LISR 2015

II. Que las personas con quienes se hagan gastos en el

extranjero a prorrata, sean residentes de un país que tenga

en vigor un acuerdo amplio de intercambio de información

con México en los términos de la regla I.2.1.1.

Artículo 26 segundo párrafo LISR 2015

III. Acreditar que el servicio que corresponda a dicho gasto

efectivamente haya sido prestado.

Capítulo VII: Intra-Group Services

párrafos 7.6 al 7.18

No será aplicable lo dispuesto en el artículo 28, fracción XVIII de la Ley del ISR,

tratándose de gastos que se hagan en el extranjero a prorrata con quienes no sean

contribuyentes del ISR en los términos de los Títulos II o IV de la misma Ley, cuando se

cumpla la totalidad de los requisitos siguientes:

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Gastos a prorrata – RMF 2014 I.3.3.1.41

Requisito Referencia

Si el gasto se realizó entre partes relacionadas, se considerará,

salvo prueba en contrario, que el servicio de que se trata no fue

prestado si se actualiza cualquiera de las siguientes hipótesis:

a) En las mismas condiciones, una parte no relacionada no hubiera

estado dispuesta a pagar por dicho servicio o a ejecutarlo por sí

misma;

Capítulo VII: Intra-group

services

párrafo 7.19

b) Se trata de servicios que una parte relacionada realiza

únicamente debido a sus intereses en una o varias de sus partes

relacionadas; es decir, en su calidad de accionista o socio a que se

refiere el Capítulo VII de Guías sobre Precios de Transferencia para

las Empresas Multinacionales y las Administraciones Fiscales,

aprobadas por el Consejo de la OCDE en 1995, o aquéllas que las

sustituyan;

Capítulo VII: Intra-group

services

Párrafos 7.9 al 7.10

c) Se trata de servicios u operaciones llevadas a cabo por una

parte relacionada que impliquen la duplicidad de un servicio que

realiza otra parte relacionada o un tercero; o,

Capítulo VII: Intra-group

services

párrafo 7.11

d) El gasto está duplicado o repercutido con otros costos, gastos o

inversiones efectuados por el contribuyente por concepto, entre

otros, de comisiones, regalías, asistencia técnica, publicidad e

intereses.

Capítulo VII: Intra-group

services

párrafo 7.26

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Gastos a prorrata – RMF 2014 I.3.3.1.41

Requisito Referencia

Para los efectos de esta fracción, en ningún caso la facturación y/o el pago acreditan por sí mismos

que un servicio fue efectivamente prestado.

IV. Si el gasto se realizó entre partes relacionadas, acreditar que

el precio pactado o monto de la contraprestación se ubica

dentro del rango que hubiesen empleado con o entre partes

independientes en operaciones comparables.

Capítulo VII: Intra-group

services

párrafos 7.29 al 7.37

V. Que exista una razonable relación entre el gasto efectuado y

el beneficio recibido o que se espera recibir por el contribuyente

que participa en el gasto.

Capítulo VIII: Cost Contribution

Arragements (CCA)

párrafos 8.8 y 8.9

Para tales efectos, los contribuyentes que pretendan efectuar la

deducción del gasto a prorrata deberán tener celebrado un

acuerdo o contrato que sea la base del gasto a prorrata mismo

que, de conformidad con el artículo 179 de la Ley del ISR en

relación con el Capítulo VIII de las Guías sobre Precios de

Transferencia para las Empresas Multinacionales y las

Administraciones Fiscales, aprobadas por el Consejo de la

OCDE en 1995, o aquéllas que las sustituyan, deberá cumplir,

cuando menos, con las siguientes condiciones:

Capítulo VIII: CCA

párrafos 8.3 y 8.4

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Gastos a prorrata – RMF 2014 I.3.3.1.41

Requisito Referencia

a) Cada participante del acuerdo o contrato debe tener pleno acceso a los detalles

de las operaciones que vayan a realizarse en el marco del mismo, a las

proyecciones sobre las que se basarán los gastos prorrateados y se determinarán

los beneficios esperados, así como a los gastos prorrateados efectivamente

erogados y los beneficios efectivamente recibidos en relación con la operación del

acuerdo o contrato;

Capítulo VIII: CCA

b) Los participantes serán exclusivamente empresas que puedan beneficiarse

mutuamente de la totalidad del acuerdo o contrato; Capítulo VIII: CCA

Párrafos 8.10 al 8.12

c) El acuerdo o contrato debe especificar la naturaleza y el alcance del beneficio

global e individual obtenido por el grupo al que pertenece el contribuyente respecto

del gasto efectuado y que le fue prorrateado o que prorrateó entre los demás

integrantes del grupo;

Capítulo VIII: CCA

Párrafo 8.40

d) El acuerdo o contrato debe permitir que el gasto a prorrata se distribuya

adecuadamente utilizando un método de atribución que refleje dicho gasto en

relación con los beneficios que se espera obtener del acuerdo o contrato; y,

Capítulo VIII: CCA

párrafos 8.19 al 8.22 y

8.40

e) El acuerdo o contrato debe señalar el ámbito de las operaciones específicas

cubiertas por el mismo, así como su duración y la del acuerdo o contrato.

Capítulo VIII: CCA

párrafos 8.40 y 8.42

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Gastos a prorrata – RMF 2014 I.3.3.1.41

Requisito Referencia

VI. Conservar la siguiente documentación e información respecto de cada una de

las operaciones, cuyos gastos se realicen en el extranjero a prorrata:

Estudio de precios de

transferencia

a) Nombre, país de constitución, de residencia fiscal y de administración principal

del negocio o sede de dirección efectiva, domicilio fiscal, así como número de

identificación fiscal de cada una de las partes relacionadas que participaron en el

prorrateo del gasto global o que explotarán o usarán sus resultados;

b) Tipo de operación realizada, así como sus términos contractuales;

c) Funciones o actividades realizadas en la operación de que se trata por cada una

de las partes relacionadas involucradas en dicha operación y, en su caso, los

activos utilizados y los riesgos asumidos para ésta;

d) Documentación que ampare la realización del gasto global efectuado. Para tales

efectos, se deberá contar con toda la documentación con la que el contribuyente

acredite que el gasto que le fue repercutido fue efectivamente realizado por la

entidad residente en el extranjero;

e) Detalle de la forma en que fue pagado el gasto prorrateado al contribuyente y

evidencia documental de dicho pago;

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Gastos a prorrata – RMF 2014 I.3.3.1.41

Requisito Referencia

f) Método que se aplicó, en los términos del artículo 180 de la Ley del ISR, para

determinar que la operación de que se trata se encuentra a precios de mercado,

así como el desarrollo de dicho método;

Estudio de precios de

transferencia

g) Información utilizada para determinar que las operaciones o empresas son

comparables en cada tipo de transacción; y,

h) Soporte de las operaciones que vayan a realizarse, de las proyecciones sobre

las que se basarán los gastos prorrateados y se determinarán los beneficios

esperados, así como de los gastos prorrateados efectivamente erogados y los

beneficios efectivamente recibidos.

Lo previsto en el párrafo anterior y sus fracciones se aplicará sin perjuicio del

cumplimiento de los demás requisitos previstos en las disposiciones fiscales aplicables.

En caso de incumplimiento de alguno de los requisitos señalados, se estará a lo

dispuesto por el artículo 28, fracción XVIII de la Ley del ISR.

En todo caso, los contribuyentes deberán contar con la documentación que demuestre

que la prorrata se hizo con base en elementos fiscales y contables objetivos, debiendo

acreditar que subyace una razón válida y constatable de negocios.

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Preguntas