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Documento políco organizavo CLARO QUE PODEMOS VIGO “Una propuesta para ganar nuestra ciudad”

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Documento político organizativoCLARO QUE

PODEMOS VIGO“Una propuesta para ganar nuestra ciudad”

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SÍNTESIS PROYECTO POLÍTICO – ORGANIZATIVO

A nivel político la gran prioridad de este proyecto político-organizativo es recuperar Vigo para los/as ciudadanos/as y poner las instituciones al servicio del pueblo a todos los niveles (municipal, autonó-mico y estatal), siendo un proceso que sólo puede iniciarse con una victoria electoral.Además, el proyecto tiene otras grandes prioridades:

1. Realizar una auditoría municipal que consiga una verdadera transparencia en las cuentas de nuestro Ayuntamiento, para determinar responsabilidades, su legitimidad y fijar las condiciones de su posible falta de pago.

2. Realizar una auditoría de todos los contratos de concesiones, y posible re-municipalización de servicios en caso de fraude o flagrante incumplimiento o pésima calidad del servicio.

3. Construir un ayuntamiento transparente, que atienda a las necesidades de los ciudadanos, que garantice sus derechos, respetuoso con el medio ambiente, una ciudad para todas e todos.

4. Fortalecer los movimientos sociales populares, sindicatos, plataformas y asociaciones.

5. Facilitar la creación de círculos, en la ciudad y en las parroquias, como herramientas para la con-strucción de empoderamiento popular.

Con respecto a qué tipo de estrategia electoral propone de cara a las elecciones municipales, apuesta por participar o impulsar candidaturas ciudadanas amplias que ayuden a recuperar el ayuntamien-to para la ciudadanía, preferentemente bajo la fórmula de agrupación de electores. La confluencia no puede ser el resultado de una agrupación de partidos o siglas. Tiene que obedecer a un proyecto ciudadano amplio y abierto y establecido a partir de una organización democrática. En cualquier caso, será la Asamblea Ciudadana Municipal la que tendrá a última palabra.

Se establece como compromiso abrir un proceso para que la Asamblea Ciudadana Municipal pueda decidir la postura de Podemos al existir en la actualidad varias candidaturas ciudadanas de cara a las próximas elecciones. El Consejo Ciudadano llamará a cada una de ellas a presentar en audiencia pública ante todos los ciudadanos que quieran acudir, a explicar sus propuestas. El Consejo Ciudadano elaborará un informe sobre los principios de cada una de ellas, que se harán públicos para servir de base en la toma de decisión, que se realizará en Asamblea Municipal.

De decidirse que ninguna de las plataformas existentes cumple los requisitos éticos y políticos de Po-demos, la Asamblea podrá decidir si quiere promover una agrupación de electores o no hacerlo.A nivel organizativo, la propuesta de este proyecto es la siguiente:

1) El/la Secretario/a General se apoyará en un Consejo de Coordinación para realizar sus tareas, tanto de carácter público como de coordinación interna. Estará compuesto por tres personas elegidas por el Consejo Ciudadano a propuesta del/de la Secre-tario/a General, pudiendo modificarse este número en un futuro, siendo aprobada esta modificación por el Consejo Ciudadano y de acorde a los reglamentos internos de Podemos. El Consejo de Coordinación se organizará internamente en Secretarías, las cuales se establecerán por el Consejo Ciudadano a propuesta del/de la Secretario/a General.

2) Las áreas en las que se va a organizar el Consejo Ciudadano de Vigo son las que se enumeran a con-tinuación:

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Área 1: Campañas y Análisis estratégicoEstrategia y campañas/ análisis social y político.

3 Análisis a corto plazo (en constante relación con portavocía)

3 Análisis a largo plazo (en constante relación con formación)

Área 2: Relación con la sociedad civil, movimientos sociales y organizaciones políticas, ygestión pública, con, como mínimo los siguientes subapartados:

3 Vivienda

3 Sanidad

3 Educación

3 Trabajo

Área 3: Bienestar social:

3 Infancia

3 Mayores

3 Migración

3 Juventud

Área 4: Organización, con como mínimo los siguientres subapartados:

3 Gestión de asambleas, (actas, convocatorias, moderación, mediación)

3 Extensión provincial e no municipio e círculos

3 Coordinación externa con los órganos provinciales, autonómicos y estatales de Podemos

3 Mujer e igualdad

Área 5: Comunicación, con los siguientes subapartados:

3 Prensa y portavocía

3 Redes sociales

Área 6: Financiación y transparencia:

3 Contabilidad

3 Gestión de fondos

3 Transparencia

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3 Área 7: Participación:

3 Promover y organizar los diferentes procesos participativos: debates, elaboración colectiva,

3 votaciones...

3 Garantizar que se cumplen los requisitos (art. 36)

3 Elaborar un protocolo para el uso de herramientas de participación informáticas

3 Poner en marcha un plan para disminuir la brecha digital entre los inscritos del municipio:

3 talleres de formación, puntos de votación asistidos, etc.

Área 8: Formación y cultura.Las áreas estarán obligadas a consultar sobre las cuestiones de especial transcendencia a los círculos sectoriales municipales o grupos de trabajo que traten temas homólogos.

Área 9: Municipalismo y medio ambiente.

3 Medio ambiente

3 Accesibilidad

3 Urbanismo

3 Deportes

Con respecto a la interlocución con los círculos, este proyecto establece que el Consejo Ciudadano:

1) Deberá habilitar un espacio para que los círculos puedan avalar iniciativas y facilitará la puesta en práctica de los distintos mecanismos de participación.

2) Trimestralmente, como mínimo, se convocarán Espacios Ciudadanos Municipales, con el objetivo de analizar y debatir las tareas y la línea política de Podemos en Vigo. Se permitirá la participación de cualquier persona, inscrita o no en Podemos.

3) Para fomentar la participación directa de los círculos, el Consejo Ciudadano se compromete a que los círculos barriales y territoriales cuenten con un enlace en el propio Consejo.

4) Los miembros del Consejo Ciudadano rendirán cuentas ante los círculos en cada asamblea con carácter bimensual, e invitarán a los portavoces de círculos cuando se traten asuntos concretos que los afecten directamente.

5) El equipo de participación, en coordinación con el área de organización, facilitará el uso de los me-canismos de participación directa aprobados por la organización: ayudará a mejorar las capacidades de los círculos, los dotará de las herramientas y formación necesarias y ofrecerá el servicio de mediación previo a la intervención de la Comisión de Garantías.

6) Semestralmente, se convocarán reuniones temáticas con actores de la sociedad civil vinculados a las áreas prioritarias de trabajo de Podemos.

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Bloque I. El documento Político - Recuperar los municipios

Capítulo 1. Candidaturas ciudadanas para recuperar los municipios Capítulo 2. La participación y organización de Podemos para los procesos municipalistas Capítulo 3. Municipalismo: transparencia, participación y derecho a la ciudad y medio ambiente

Bloque II. Documento Organizativo - Modelo organizativo para el municipio

Título I. Órganos municipales Capítulo 1. La asamblea ciudadana municipal Capitulo 2. El consejo ciudadano municipal Capítulo 3. La secretaría municipal Título II. Los Círculos Capítulo 1. Objeto y definiciones Capítulo 2. Competencias de los Círculos Capítulo 3. Modelo de coordinación con los Círculos Título III. Financiación

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BLOQUE I.El documento Político

Recuperar los municipios

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BLOQUE I El documento Político

Recuperar los municipios

C1 | Candidaturas ciudadanas para recuperar los municipios

Podemos nace con un horizonte concreto: desalojar a la “casta” de las instituciones. Nacemos para ganar. Ganar es poder gobernar, es dotar a la gente de mecanismos para el autogobierno. Esto es un proceso que en esta coyuntura solo puede iniciarse con una victoria electoral.

Podemos necesita prepararse para eso, afrontando las elecciones desde una lógica ofensiva mientras paralelamente, se prepara para abordar la cuestión del gobierno más allá de lo discursivo. Y es que un gobierno de cambio se va a encontrar con serias dificultades para hacer valer su programa. ¿Cómo gobernar municipios endeudados por las políticas de desmantelamiento de lo público?

Ante esto se hace necesario construir el empoderamiento de la gente. Que todos y todas nos demos cuenta que somos los/las ciudadanos/as los que tenemos el poder de recuperar nuestras instituciones, que tenemos que hacer nosotros/as una política que realmente se adapte a nuestras necesidades, porque si no, serán otros los que lo hagan una política totalmente contraria a ellas.

Sin embargo, aunque ganemos, la oligarquía seguirá tratando de imponernos su discurso, de con-vencernos de que la austeridad y los recortes son la única vía posible y que vivir dignamente es una quimera imposible de lograr sin desobedecer las leyes de los mercados. Pero es nuestra propia voz la que tiene que alzarse con fuerza, no la de los oligarcas, ni la voz de “representantes” oportunistas e interesados que solo fingen que nos escuchan cuando tienen miedo a perder sus privilegios. Ya no nos engañan, sabemos que solo los mueve el miedo a perder su poder dentro de este sistema corrupto que ellos mismos diseñaron.

Para conseguir cambiar este país se hace necesario fortalecer los movimientos sociales populares, sindicatos, plataformas, asociaciones, crear una red de todo un pueblo respetando su independencia y protagonismo. Nos comprometemos a dialogar y a aprender con los actores y movimientos sociales, con todas las personas implicadas a favor de unas instituciones al servicio del pueblo. Vigo tuvo y aún tiene un alto grado de movilización social. En nuestra ciudad vivimos experiencias muy importantes, con la marea de movilizaciones contra la marea negra del prestige, las huelgas del metal y el naval, las concentraciones de los preferentistas así como la participación masiva en las últimas huelgas genera-les. Estos acontecimientos mostraron que sí somos capaces de autoro-ganizarnos ante los ataques que estamos sufriendo a nuestros derechos, ante las pésimas gestiones que se realizan, a pequeña y gran escala ante la corrupción; que podemos unirnos en la lucha contra los poderes políticos y económicos opresores y que en un frente común podamos pelear contra todas las injusticias que nos están hacien-do sufrir. Como ciudadanos y ciudadanas queremos participar de la política y hacernos oír. Queremos enseñar nuestra indignación de forma decidida y consecuente. Se nos ha acusado muchas veces de antisistema, pero nosotros/as no somos antisistema: el sistema es antinosotros/as.

Tratan de convencernos de que la movilización no sirve para nada, cuando la organización y la movi-lización han sido las dos vías que históricamente han servido a los pueblos para conquistar derechos. Estamos pidiendo a gritos un cambio político de verdad, tanto en nuestra ciudad como en nuestro país, y la movilización ciudadana es tan legítima como votar en una urna. Tenemos que aprender de las experiencias pasadas y utilizar el caudal acumulado por todas aquellas personas que han luchado por crear una ciudad mejor.

Necesitamos todas las experiencias, todas las personas, estar preparados/as para soportar la presión a la que nos someterán todos los poderes que no se presentan a las elecciones.

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BLOQUE I El documento Político

Recuperar los municipios

En este sentido, los círculos son los espacios necesarios para abordar esta tarea. Son herramientas para la construcción de empoderamiento popular. La función de los círculos es mantener relaciones constantes y estrechas con la gente en los barrios, lugares de trabajo y de estudios, construyendo una política cálida, próxima, fundamentada en la deliberación colectiva y en la construcción de comuni-dades arraigadas en la vida cotidiana de los territorios. Se trata de combinar fórmulas telemáticas y presenciales, utilizando todos los instrumentos a nuestro alcance para construir, vincular y fomentar la participación de una mayoría social. Podemos debe ser un facilitador para la construcción de colecti-vos, espacios y experiencias de empoderamiento que atraviesen los barrios, el centro y las parroquias, lo rural y lo urbano.

Las tareas de los Círculos son concretas. La primera de ellas es coordinarse con las organizaciones sociales no sólo para solidarizarse con ellas, sino para recoger sus experiencias de cara a la elaboración de una alternativa de gobierno (las mareas blanca y verde o la PAH tienen una valiosa experiencia que deberían ser la base de unas políticas públicas al servicio del conjunto de la sociedad).

Pero no sólo se trata de coordinarse con las organizaciones sociales, sino de ayudar a la coordinación entre las mismas, generando vínculos entre las fuerzas vivas de los barrios. Es imprescindible que esta coordinación se enfoque a visibilizar las problemáticas ignoradas por las autoridades, pues muy pronto tendremos ante nosotros/as un reto tan grande como ilusionante: ser capaces como ciudadanía de aprender en común a resolver nuestros problemas y gobernarnos a nosotros/as mismos/as.

C2 | La participación y organización de Podemos para los procesos municipalistas

Podemos nace con una vocación ciudadana y radicalmente democrática. Está en su ADN reconocer y cooperar con aquellas plataformas, iniciativas y movimientos que comportan estas mismas caracterís-ticas.

Tras la votación de los documentos políticos en la Asamblea Ciudadana Estatal y la mayoría obtenida por el documento Claro Que Podemos, acordamos que Podemos no acudirá con su propia marca a las elecciones municipales. Esto no quiere decir que no participe en las mismas, sino que su participación se realizará en una clave de confluencia con otros actores e iniciativas que compartan sus principios.

La confluencia no puede ser el resultado de una agrupación de partidos o siglas. Tiene que obedecer a un proyecto ciudadano amplio y abierto y establecido a partir de una organización democrática.

La elección de candidatos se deberá realizar por medios de mecanismos de primarias abiertas, de tal modo que la ciudadanía pueda elegir uno a uno a los candidatos que consideren representativos.

Todas las posiciones en las listas electorales deben estar abiertas a ser decididas por la ciudadanía con la única corrección del género. Las listas deberán ser paritarias y las primarias únicas.

Los eventuales pactos contra natura en política municipal no pueden comprometer la estrategia gene-ral de cambio en el país y así lo defenderemos.

La forma jurídica de la candidatura tenderá a ser la de agrupación de electores antes que la de coali-ción de partidos, con el fin de respetar el proceso ciudadano.

El proceso debe producirse por abajo y a partir de los espacios creados para desenvolver este trabajo político.

El programa de la candidatura en la que concurran los miembros de Podemos a las elecciones de su municipio deberá ser elaborado de forma colaborativa, con un seguimiento de la asamblea ciudadana totalmente abierto a la sociedad civil.

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BLOQUE I El documento Político

Recuperar los municipios

Propuesta de nuestra candidatura para concurrir a las elecciones municipales en Vigo:

Esta propuesta es un compromiso con los inscritos de Podemos Vigo para clarificar la siguiente hoja de ruta:

Al existir en la actualidad varias candidaturas ciudadanas de cara a las próximas elecciones, de salir ele-gida esta propuesta, el Consejo Ciudadano llamará a cada una de ellas a presentar en audiencia pública ante todos los ciudadanos que quieran acudir, a explicar sus propuestas en la primera quincena del mes de enero. El Consejo Ciudadano elaborará un informe sobre los principios de cada una de ellas, que se harán públicos para servir de base en la toma de decisión, que se realizará a finales de enero en Asamblea Municipal.

Los requisitos mínimos que exigiremos para la participación de Podemos en una candidatura munici-pal, y que fueron aprobados en la Asamblea Si Se Puede, son los siguientes:

La elección de candidatos deberá realizarse por medio de listas electorales abiertas, con la única corrección de género, y que de esta manera la ciudadanía pueda elegir a todos los candidatos y candidatas que consideren que mejor los re-presenten. Las listas deberán ser paritarias y las primarias únicas.

La forma jurídica de candidatura tenderá a ser la Agrupación de Electores antes que la de coalición de partidos, a fin de respetar el proceso ciudada-no.Las candidaturas de unidad popular y ciudadana no pueden ser sumas de siglas, no buscan ubi-carse en la izquierda del tablero si no ocupar el centro de este. Tampoco son candidaturas de activistas y de mo-vimientos que las utilicen para hacer una campa-ña de política y estética para sí mismos.

El objetivo de las candidaturas que va a apoyar Podemos es ganar y así conseguir que el hartazgo y la indignación se conviertan en ilusión y el des-contento en el poder popular de los ciudadanos.

1

La elaboración del programa será colaborativa, recogiendo las aportaciones de los ciudadanos y de los movimientos sociales. El contenido del programa debe respetar todos los principios fun-damentales de Podemos.

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Elección de candidatos Elaboración del programa

Forma Jurídica Objetivos de las candidaturas

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El Consejo Ciudadano Municipal se compromete además a seguir el siguiente calendario electoral para el caso de que se decida impulsar una agrupación de electores:

Constitución del Consejo Ciudadano Municipal

Fecha límite para cerrar el formato, actores y característi-cas de la candidatura municipal

SI FINALMENTE SE OPTA POR ACUDIR EN

SOLITARIO

Inicio de la elaboración del programa municipal

A estos requisitos, esta propuesta para Vigo, añadiría:

Aceptar la limitación salarial que se establezca para su nivel de representación, asumiendo la total transparencia de sus ingresos por cualquier concepto y la obligación de rendir cuentas públicas y asumir la gestión transparente de su patrimonio desde el momento que ocupe el cargo público en el municipio.

DE DECIDIRSE QUE NINGUNA DE LAS PLATAFORMAS EXISTENTES CUMPLE LOS REQUISITOS ÉTICOS Y POLÍTICOS DE PODEMOS, LA ASAMBLEA PODRÁ DECIDIR SI QUIERE PROMOVER UNA AGRUPACIÓN DE ELECTORES O NO HACERLO

2ENE

1FEB

15MAR

16MAR

31MAR

1ABR

21ABR

22MAY

8MAY

15FEB

31ENE

Fecha límite para presentación de candidatura junto con los

avales necesarios

Inicio de la campaña electoral

Finaliza la campaña electoralInicio de la recogida de avales

Publicación en el BOE de la convocatoria de elecciones

Designación de un comité de campaña encargado de los trámites legales, finanzas y

campaña electoral.

Fin del proceso de primarias Inicio del proceso de primarias para conformar la candidatura

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Recuperar los municipios

C3 | Municipalismo: transparencia, participación, y derecho a la ciudad y al medioam-biente

Apostamos por una auditoría ciudadana que acerque la transparencia a las cuentas de nues-tros municipios, es decir, tenemos derecho a conocer qué se hizo mal en el pasado para no volver a repetirlo. En este sentido, la apuesta por una auditoría ciudadana de la deuda municipal se revela como un punto ineludible para cualquier proyecto de regeneración democrática en nuestro país a nivel local. No solo porque la deuda se con-vierte en un lastre que nos impide seguir avan-zando como sociedad y que nos priva de nuestro derecho como ciudadanos de vivir en un país libre y democrático, sino porque se nos presenta ahora

como un mecanismo que somete a la democracia municipal, siendo profundamente injusta a la vez que ineficaz. Las auditorías identifican también quiénes son los responsables de esta situación y revelan cómo y quién paga o malgasta los re-cursos económicos de la ciudadanía. Tenemos que hacer que todos los caminos conduzcan a la transparencia de las cuentas públicas y a que aquellos que hayan sido culpables de una malver-sación deliberada de fondos públicos para buscar el beneficio privado, asuman su responsabilidad, tanto política como en su caso penal.

3 Inventariar y auditar el patrimonio de suelo, infraestructuras, edificaciones y vivienda para gestionar democráticamente su destino.

3 Inventariar y auditar las deudas, públicas y privadas, para determinar responsabilidades, su legitimidad y fijar las condiciones de su posible falta de pago.

De esta forma es fundamental:

“Por unos servicios públicos universales, gratuitos y de calidad”

Como usuarios del sistema público estamos vien-do atacado nuestro acceso a los derechos básicos. Como empleados, se recortan drásticamente nuestros salarios a la vez que se aumentan las horas y la carga de trabajo.

No podemos permitir que la socialización de las pérdidas provocadas por un modelo de desarrollo insostenible se traduzca en peor salud y edu-cación para la gente. Pero tampoco se trata de mantener el modelo existente sin cuestionarlo, sino de mejorarlo: investigar más en mejores sis-temas de salud y educación no es un “gasto”, sino que redunda en el bienestar colectivo y garantiza el cumplimiento de los Derechos Fundamentales recogidos en la Constitución y el Derecho Inter-nacional, que deben ser la base de toda sociedad justa y verdaderamente democrática.

Los recortes en sanidad, educación y el resto de servicios públicos son actos criminales absoluta-

mente evitables. No vamos a ser gobernados por los que dicen que vivimos por encima de nuestras posibilidades mientras ocultan cuentas en Suiza, y no pararemos de luchar hasta que la riqueza no sea repartida de una manera que permita una vida digna a todos y cada uno de los vigueses.

Entendemos que los servicios públicos son de todos y para todos, y la única manera de que este principio se haga efectivo, es que los gestionemos entre todos. Por ello, impulsaremos los meca-nismos necesarios para realizar una auditoría ciudadana de la deuda municipal, así como de los servicios públicos externalizados o privatizados. Se apostará decididamente por la municipaliza-ción de los servicios públicos cuando las empresas concesionarias no cumplan con la eficacia debida las tareas asignadas. Asimismo se fomentarán los mecanismos para la supervisión de la gestión de las empresas públicas por parte de toda la ciuda-danía, usuarios trabajadores.

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BLOQUE I El documento Político

Recuperar los municipios

“Auditoría de todos los contratos de con-cesiones, y posible re-municipalización de servicios en caso de fraude o flagran-te incumplimiento o pésima calidad del servicio”

Consideramos imprescindible auditar todas y cada una de las concesiones otorgadas por el Ayunta-miento de Vigo para hacer cumplir estrictamente todos los servicios que se hayan comprometido a ofrecer las empresas que gocen de dichas conce-siones.

En el supuesto de encontrar pruebas evidentes de fraude en la concesión, o incumplimiento flagrante de lo acordado, así como en aquellos casos donde la calidad del servicio ofrecido no llegue a los estándares exigibles, utilizaremos

TODAS LAS PERSONAS TIENEN DERECHO A LA CIUDAD SIN DISCRIMINACIÓN DE GÉNERO, EDAD, RAZA, ETNIA, PROCEDENCIA U ORIENTACIÓN POLÍTICA, RELIGIOSA O SEXUAL.

todas las herramientas jurídicas que tendremos a nuestra disposición, y estudiaremos caso por caso la idoneidad y posibilidad de re-municipalización cuando las circunstancias lo aconsejen.

“Participación ciudadana”

Implementaremos canales de participación directa en las decisiones fundamentales de la gestión municipal. En este sentido, apostamos por la creación de mecanismos de participación en los presupuestos municipales y la utilización de canales de expresión capaces de aportar dina-mismo y agilidad a la formulación de demandas ciudadanas. Los gobernantes deberán responder ante la ciudadanía sobre el empleo y destino de los presupuestos, siendo así una medida de trans-parencia que actúe y frene los posibles casos de corrupción, favoritismo y clientelismo.

“Derecho a la ciudad”

En 2004 el Programa de Naciones Unidas para los Asentamientos Humanos redactó la Carta Mun-dial por el Derecho a la Ciudad en el que se enu-meran los Derechos Humanos fundamentales que las urbes deberían reconocer, proteger y realizar, junto con una serie de compromisos municipales para que sea así. De esta forma, el principal obje-tivo del derecho a la ciudad es la consecución de una vida digna para todos sus habitantes.

Para el cumplimiento del derecho a la ciudad por lo menos se tendrían que asegurar los siguientes derechos:

Se debe preservar la memoria y la identidad cultural. La ciudad es un espacio colectivo cultu-ralmente rico y diversificado, puesto que pertene-ce a todos sus habitantes. Todos los ciudadanos tienen “derecho a participar en la propiedad del territorio urbano”, ya que los espacios y bienes públicos y privados de una ciudad deben utilizarse “priorizando el interés social, cultural y ambien-tal”.

Las ciudades deben ser “un ámbito de realización de todos los derechos humanos y libertades fun-damentales”, garantizando a todas las personas, aunque se reconoce una protección especial a los grupos y personas en situación vulnerable. Para completar este derecho, se aboga por el impulso de la economía solidaria.

Las ciudades adoptarán las medidas hasta el máximo de los recursos que dispongan, para lograr de manera progresiva la plena efectividad de los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales.

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BLOQUE IIÓrganos Municipales

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BLOQUE II Título I

Organos Municiales

C1 | La asamblea ciudadana municipal

Artículo 1. Definición.

La Asamblea Ciudadana Municipal es el máximo órgano de decisión de Podemos en las competencias municipales reconocidas por el documento organizativo estatal. La Asamblea Ciudadana Municipal ejerce sus funciones de manera continua y participan en esa toma de decisiones todos los inscritos de Podemos en el municipio. Los cauces de participación en la Asamblea Ciudadana Municipal son los mismos que para la Asamblea Ciudadana Estatal.

Artículo 2. Objeto.

La Asamblea Ciudadana Municipal deberá ser consultada con carácter preceptivo para todas las deci-siones de relevancia (líneas estratégicas, composición de listas electorales, elaboración de programas, elección o revocación de los miembros del Consejo Ciudadano, aprobación o rechazo de cualquier tipo de pacto pre o post electoral, modificación de estatutos, etc.) respetando siempre el marco aprobado por la Asamblea Ciudadana Estatal y Autonómica, en particular a lo que refiere a sus competencias exclusivas.Además, la Asamblea Ciudadana podrá ser convocada con carácter permanente y vinculante respecto a cualquier asunto que se considere de especial relevancia.

Artículo 3. Competencias exclusivas e intransferibles de la Asamblea Ciudadana Municipal

1. Determinar la forma en la que se traducirán los principios programáticos del programa de Podemos al territorio.

2. Elaborar, mediante un proceso de primarias abiertas y ciudadanas, entre los inscritos en podemos las listas electorales para optar a car-gos públicos (desde el primer hasta el último candidato de la lista) para las instituciones de representación de su respectivo orden territo-rial.

3. Aprobar o rechazar cualquier tipo de pacto o alianza post electoral para las instituciones de representación de ese orden territorial, siempre de forma sujeta a los principios ge-nerales aprobados por Asambleas de orden superior.

4. Aprobar los programas electorales definitivos (tras un proceso de elaboración participa-tiva y el preceptivo informe de viabilidad económica) siempre de forma sujeta a los principios generales aprobados por Asam-bleas de orden superior.

5. Revocar a cualquiera de los miembros del Consejo Ciudadano Territorial.

6. Elegir un Consejo Ciudadano para el municipio, mediante un sistema de listas abiertas corregi-do con criterios de género. El Consejo Ciudada-no del municipio es el máximo órgano del parti-do entre Asambleas Ciudadanas Territoriales.

7. Definir las funciones del Consejo Ciudadano Territorial.

8. Elegir y revocar al/a la Secretario/a General en el municipio mediante unsistema electoral de voto directo y definir las funciones.

9. Reservarse el derecho de ratificar los regla-mentos organizativos municipales y sus modificaciones, así como los presupuestos y las cuentas anuales, en caso de que se solic-ite siguiendo los mecanismos establecidos.

10. Definir las funciones y la forma de coordi-nación con los Círculos Sectoriales y de ámbi-to territorial menor al municipio, en caso de que existan.

11. Definir las funciones y la forma de coordi-nación con Asambleas/Consejos Ciudadanos de otros territorios

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BLOQUE II Título I

Organos Municiales

Artículo 4. Mecanismos para convocar la Asamblea Ciudadana Territorial.

a) La Asamblea Ciudadana será convocada con carácter automático para cualquiera de los asuntos referentes a las competencias exclusivas e intransferibles de la Asamblea Ciudadana. La organización técnica del proceso que le corresponde al Consejo Ciudadano.

b) Con carácter permanente, respecto a cualquier otro asunto que se considererelevante:

Podrá convocar una Consulta Ciudadana con carácter vinculante (al conjunto de los inscritos en el municipio):

1. El/la Secretario/a General.

2. Mayoría cualificada de 3/5 del Consejo Ciudadano de ese orden territorial o superior.

3. Un 35% de los inscritos en Podemos o un 35% de los Círculos validados.

Podrá convocar una Consulta Revocatoria con carácter vinculante (al conjunto de los inscritos).

1. El/la Secretario/a General.

2. Mayoría absoluta del Consejo Ciudadano Estatal o de ese territorio superior.

3. Un 25% de los inscritos en Podemos o un 25% de los Círculos validados en ese territorio.

Podrá convocar una Asamblea Ciudadana Extraordinaria (presencial):

En caso de inicio de un procedimiento de consulta por parte del cuerpo de electores, se elegirá a una ponencia de la Consulta/Asamblea Extraordinaria que deberá garantizar que la propuesta de debate esté avalada por al menos dos técnicos cualificados en la materia.

Artículo 5. Asamblea Ciudadana Municipal (Ordinaria o Extraordinaria).

Para la modificación sustancial de los reglamentos organizativos territoriales y la elección completa de los órganos de dirección, será necesaria la convocatoria de una Asamblea Ciudadana Territorial (Mu-nicipal o Autonómica) Ordinaria o Extraordinaria que incluirá momentos de deliberación presencial. En ningún caso podrán transcurrir más de tres años entre Asambleas Ciudadanas Municipales. Una vez transcurrido este plazo, la Asamblea Ciudadana Municipal se convocará con carácter automático. La organización técnica del proceso le corresponderá al Consejo Ciudadano Municipal. La Comisión de Garantías Democráticas velará por el cumplimiento de esta exigencia. La Asamblea convocada por este procedimiento se denominará Asamblea Ciudadana Municipal Ordinaria.En cualquier momento, según los mecanismos establecidos en el artículo anterior, podrá convocarse una Asamblea Ciudadana Municipal Extraordinaria con las mismas competencias. En ningún caso po-drá transcurrir menos de un año entre Asambleas Ciudadanas Territoriales Extraordinarias.

Artículo 6. Requisitos extraordinarios para los procedimientos decisorios de la Asamblea Ciudadana Municipal.

La Asamblea Ciudadana Municipal sólo podrán adoptar decisiones en torno a las materias de su ex-clusiva competencia y aquellas de especial transcendencia si el proceso de votación cumple con los siguientes requisitos:

3 Un quórum mínimo del 10% de los inscritos de Podemos en el territorio.

3 Un proceso de votación, que será necesaria-mente telemático, con los debidos requisitos de anuncio, exposición pública del caso y de-bate que cuente con un periodo de votación suficiente.

3 Para facilitar la participación de las perso-nas poco familiarizadas con internet, espe-cialmente personas mayores, se facilitarán puntos de votación presencial.

3 En estos procesos de votación sólo podrán participar los inscritos de Podemos del ámbi-to territorial de la correspondiente Asamblea

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BLOQUE II Título I

Organos Municiales

De no lograr superar estos requisitos, la Asamblea y el Consejo Ciudadano Municipales sólo podrán seguir adelante con la decisión previa consulta al Consejo Ciudadano Autonómico de ámbito inmedia-tamente superior y la aprobación de la misma en Asamblea presencial.

C2 | El Consejo Ciudadano MunicipalSección I: Composición, competencias, y mecanismos de convocatoria

Artículo 7. Composición del Consejo Ciudadano MunicipalEl Consejo Ciudadano Municipal es el órgano de dirección política de Podemos con funciones ejecuti-vas. Las tareas ejecutivas cotidianas serán desarrolladas, en el marco de sus respectivas responsabili-dades, por las distintas áreas de las que se componga el Consejo Ciudadano. Es responsabilidad del/la Secretario/a General garantizar, en el desarrollo cotidiano, la coordinación entre las distintas áreas ejecutivas.El número de miembros del Consejo Ciudadano Municipal de Vigo será de 25 miembros, de acuerdo con lo estipulado en el Documento Organizativo Estatal para las poblaciones con más de 2000 inscritos.

La composición del Consejo Ciudadano Municipal será:

3 El/la Secretario/a General será miembro nato del Consejo Ciudadano y presidirá sus reuniones.

3 24 miembros electos directamente por la Asamblea Ciudadana con un criterio de corrección de género

Artículo 8. Competencias del Consejo Ciudadano.

1. Desarrollar con funciones ejecutivas las deci-siones aprobadas por la Asamblea Ciudadana y aquellas conducentes a desarrollar la línea política de Podemos en el territorio.

2. Convocar a la Asamblea Ciudadana Municipal tanto para todas las cuestiones que resulten preceptivas como para cualquier otra con-sulta que se considere necesaria, según lo establecido en el capítulo anterior.

3. Convocar, de estimarse oportuno, asambleas de índole territorial inferior.

4. Aprobar el presupuesto y la rendición de cuentas de cada ejercicio (sin perjuicio de que la Asamblea Ciudadana pueda exigir, según los procedimientos previstos, su ratificación).

5. Aprobar los presupuestos de las campañas electorales y de las actividades específicas del territorio para campañas de nivel estatal o territorial.

Artículo 9. Mecanismos para convocar el Consejo Ciudadano Municipal

El Consejo Ciudadano Municipal podrán ser convocados en cualquier momento:

a) A propuesta del/la Secretario/a General.

b) A petición del 25% del Consejo Ciudadano Territorial.

c) A petición de 10 % de los inscritos en Podemos o del 10% de los Círculos de ese orden territorial.

EN NINGÚN CASO PODRÁN TRANSCURRIR MÁS DE TRES MESES ENTRE DOS REUNIONES PLENARIAS DEL CONSEJO CIU-DADANO MUNICIPAL. EL/LA SECRETARIO/A MUNICIPAL TENDRÁ LA OBLIGACIÓN DE CONVOCAR AL CONSEJO CIUDADA-NO MUNICIPAL ANTES DE QUE TRANSCURRA ESE PLAZO.

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BLOQUE II Título I

Organos Municiales

Sección II: Funcionamiento del Consejo Ciudadano Municipal.Artículo 10.

1. El Consejo Ciudadano Municipal se dividirá en Áreas.

2. Cada Área contará con un/a Responsable de Área, nombrado por el Consejo Ciudadano entre las personas que se presenten.

3. En los períodos de renovación de áreas pos-terior a la renovación del Consejo Ciudadano, ninguna persona podrá presentar candidatu-ra a más de un área.

4. Los responsables de área serán elegidos por votación presencial y secreta de los miem-bros del Consejo Ciudadano en una votación directa en primera convocatoria.

5. El Responsable de Área formará un equipo in-tegrado por otros miembros del CC y por un miembro de cada Círculo territorial, elegidos por los propios círculos. Se tratará de integrar en las Áreas a personas externas a Podemos cuando sus conocimientos, experiencia en la materia, etc, destaquen de forma que hagan recomendable y positiva su inclusión.

6. La composición de Áreas del Consejo Ciu-dadano podrá ser modificada por el Consejo o la Asamblea a través de los mecanismos establecidos en los diferentes reglamentos de Podemos.

Artículo 11

1. El Consejo Ciudadano se organizará en las siguientes áreas:

Área 1: Campañas y Análisis estratégico

Estrategia y campañas/ análisis social y político.

3 Análisis a corto plazo (en constante relación con portavocía)

3 Análisis a largo plazo (en constante relación con formación)

Área 2: Relación con la sociedad civil, movimien-tos sociales y organizaciones políticas, y gestión pública, con, como mínimo los siguientes su-bapartados:

3 Vivienda

3 Medio ambiente

3 Sanidad

3 Educación

3 Traballo

Área 3: Bienestar social:

3 Infancia

3 Mayores

3 Migración

3 Juventud

3 Accesibilidad

Área 4: Organización, con como mínimo los siguientres subapartados:

3 Gestión de asambleas, (actas, convocatorias, moderación, mediación.)

3 Extensión provincial e no municipio e círculos

3 Coordinación externa con los organos provin-ciales, autonómicos y estatales de Podemos

3 Mujer e igualdad

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BLOQUE II Título I

Organos Municiales

Área 5: Comunicación, con los siguientes su-bapartados:

3 Prensa y portavocía

3 Redes sociales

Área 6: Financiación y transparencia:

3 Contabilidad

Área 7: Participación:

3 Promover y organizar los diferentes procesos participativos: debates, elaboración colectiva, votaciones...

3 Garantizar que se cumplen los requisitos (art. 36)

3 Elaborar un protocolo para el uso de herra-mientas de participación informáticas

3 Poner en marcha un plan para disminuir la brecha digital entre los inscritos del municip-io: talleres de formación, puntos de votación asistidos, etc.

Área 8: Formación y cultura.

Las áreas estarán obligadas a consultar sobre las cuestiones de especial transcendencia a los cír-culos sectoriales municipales o grupos de trabajo que traten temas homólogos.

Área 9: Municipalismo y medio ambiente.

3 Medio ambiente

3 Accesibilidad

3 Urbanismo

3 Deportes

Sección III: Elección de miembros

Artículo 12. Elección del Secretario General

El/la Secretario/a Municipal será elegido/a por todos los miembros de Podemos en el municipio, me-diante sufragio libre y directo durante el transcurso de la respectiva Asamblea Ciudadana Municipal. Se garantizará el derecho al voto presencial y telemático.

Artículo 13. La elección del Consejo Ciudadano

1. Los 24 miembros restantes se elegirán por un sistema de listas abiertas no necesariamente com-pletas. Cada elector/a podrá mostrar tantas preferencias no ordenadas como puestos a elegir. Serán miembros del Consejo Ciudadano las 24 personas más votadas, introduciendo un criterio de paridad de género. Su mandato tendrá una duración de tres años.

2. Los 24 miembros del Consejo Ciudadano Municipal podrán ser revocados mediante un referén-dum. Para iniciar un proceso de votación destinado a revocar el mandato de un integrante del Consejo Ciudadano Municipal será necesario aportar el aval de un 20% de los inscritos en Podem-os o un 25% de los Círculos validados en el municipio. El Consejo Ciudadano Municipal, actuan-do de manera colegiada, será el encargado de organizar el proceso electoral de revocación que tendrá que llevarse a cabo sobre el mismo cuerpo electoral que eligió al miembro del Consejo. Los referendos revocatorios siempre serán de carácter individual

3. En ningún caso podrá celebrarse más de un revocatorio en el periodo de un mandato. En ningún caso podrá transcurrir menos de 1 año desde el nombramiento para la consulta de un revocatorio.

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BLOQUE II Título I

Organos Municiales

C3 | Secretaría Municipal y Consejo de Coordinación

3 La representación política e institucional del partido en Vigo.

3 Convocar la Asamblea Ciudadana Municipal, tanto para todas las cuestiones que resulten preceptivas, como para cualquier otra consulta según lo estable-cido en el capítulo I de este Título.

3 Convocar, para cuestiones de especial trascenden-cia, si lo estima oportuno cualquier Asamblea de nivel territorial inferior.

Serán competencias del/la Secretario/a Municipal:

Artículo 15. Consejo de Coordinación.

1. El Consejo de Coordinación es el equipo en el que se apoya el/la Secretario/a General para realizar sus tareas, tanto de carácter público como de coordinación interna.

2. Estará compuesto por 4 personas elegidas por el Consejo Ciudadano a propuesta del/de la Secretario/a General.

3. El Consejo de Coordinación se organizará internamente en Secretarías establecidas por el Consejo Ciudadano a propuesta del/de la Secretario/a General .

4. Los miembros del Consejo de Coordinación podrán ser revocados por el/la Secretario/a General, por la mayoría absoluta del Conse-jo Ciudadano o por la Asamblea Ciudadana mediante un referéndum.

5. El número de miembros del Consejo de Coordinación podrá modificarse en un futuro, siendo aprobada esta modificación por el Consejo Ciudadano. Esta ampliación deberá ser acorde a los reglamentos internos de Podemos.

Artículo 14. Competencias.

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BLOQUE II Título II

Los Círculos

Artículo 18. Principio de horizontalidad entre Círculos

La relación entre los Círculos se establece en base a la horizontalidad. No se establece ningún tipo de jerarquía entre los distintos Círculos pertenecientes al municipio. El Consejo Ciudadano municipal vela-rá por las condiciones de igualdad y de no duplicidad y jerarquía.

Artículo 19. Principio de no duplicidad entre Círculos

Los Círculos establecidos en el municipio no podrán solaparse, total oparcialmente, sobre un mismo ámbito territorial o sectorial. En caso de conflicto se seguirá el procedi-miento fijado en el documento organizativo estatal. Artículo 20. Los Círculos sectoriales municipales

Los Círculos sectoriales municipales se constituyen aplicándose el principio de horizontalidad entre los Círculos municipales. Los Círculos sectoriales municipales tienen autonomía para establecer las formas de relación con los Círculos de su ámbito sectorial de otros territorios.

TITULO II: CÍRCULOS

C1 | OBJETO Y DEFINICIONES.

Artículo 16. Definición de Círculo.

Los círculos son una agrupación voluntaria y abierta en el que convergen personas interesadas por una transformación social sustentada en el respeto por la democracia, la dignidad y los derechos humanos.

Las fórmulas de relación de los círculos con los Consejos Ciudadanos y las Asambleas se ajustarán a lo dispuesto en estos Estatutos y a los Reglamentos que cada Asamblea de orden territorial pudieran acordar.

Artículo 17. Sobre los Círculos Territoriales.

Los Círculos tendrán autonomía para decidir sobre sus fórmulas organizativas en el ejercicio de sus competencias y en el marco del respeto a los estatutos aprobados tanto en la Asamblea Ciudadana Estatal como en la Asamblea Ciudadana de Vigo y a los Reglamentos que cada Asamblea de orden territorial pudieran acordar.

El círculo Territorial mínimo en Vigo se corresponderá con la unidad consuetudinaria del barrio, rigién-dose su régimen de validación y funcionamiento en base a los documentos estatales. Los Círculos Territoriales deberán atender, en su funcionamiento con otros Círculos, a los procedimien-tos establecidos por la Asamblea y Consejo Ciudadano de orden territorial correspondiente o inmedia-tamente superior.

Desde el CC de Vigo se potenciará la coordinación con los Círculos y se animará a crear grupos de trabajo encargados de asegurar el correcto funcionamiento y operatividad del mismo. Será siempre decisión última de los Círculos crear dicho Grupo o no, teniendo el CC únicamente una mera labor de sugerencia o recomendación.

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BLOQUE II Título II

Los Círculos

Artículo 24. Transparencia de los círculos.

Será potestad de los Círculos la elección de sus órganos internos, espacios de trabajo y enlaces con las Áreas del Consejo Ciudadano. Cada Círculo podrá utilizar los mecanismos de votación que considere más útiles siempre que no contravengan las normativas internas de Podemos.

C2 | Competencias de los Círculos

Artículo 25. Convocar consultas a la Asamblea Ciudadana Municipal y debates en el Consejo Ciudadano Municipal.

Los Círculos barriales pueden convocar consultas a la Asamblea Ciudadana Municipal y debates al Con-sejo Ciudadano Municipal según los siguientes criterios:

a) Los Consejos Ciudadanos deberán articular mecanismos que garanticen que los Círculos barriales puedan trasladar iniciativas al Consejo, a través de encuentros presenciales y online, en particular sobre cuestiones de específica sensibili-dad barrial.

b) En cualquier caso, los Consejos Ciudadanos de-berán atender la convocatoria de debates temáti-cos por parte de los Círculos validados que hayan seguido el siguiente procedimiento:

Artículo 22. Consulta en materias de su especial competencia.

El Consejo Ciudadano, como parte de su proceso deliberativo, deberá consultar preceptivamente a los Círculos Sectoriales en aquellas materias que sean de su competencia, dada su especialización.

Artículo 23. Convocatorias de los círculos.

Desde el Consejo Ciudadano se solicitará a los Círculos la comunicación con antelación suficiente de sus reuniones para colaborar en la difusión de las mismas. Asimismo, se recomendará, para un partici-pación fluida de la base, que los Círculos se reunan una vez al mes, siendo esto una mera recomenda-

Artículo 20. Los Círculos sectoriales municipales

Los Círculos sectoriales municipales se constituyen aplicándose el principio de horizontalidad entre los Círculos municipales. Los Círculos sectoriales municipales tienen autonomía para establecer las formas de relación con los Círculos de su ámbito sectorial de otros territorios.

Artículo 21. Convocar debates temáticos en los Consejos Ciudadanos.

Los Círculos Sectoriales podrán convocar debates temáticos en los Consejos Ciudadanos mediante el siguiente procedimiento:

1. Elaborar una propuesta escrita avalada por al menos dos técnicos cualificados en la materia.

2. Aprobación de la propuesta por mayoría simple del Círculo Sectorial.

3. Aval a la propuesta de un 10% de los Círculos validados o un 10% de los inscritos correspondiente al ámbito territorial del Consejo Ciudadano.

1. Elaborar una propuesta de debate escri-ta avalada por al menos dos técnicos cualificados en la materia.

2. Aval a la propuesta de un 10% de los Círculos o un 10% de los inscritos cor-respondiente al ámbito territorial del Consejo Ciudadano.

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BLOQUE II Título II

Los Círculos

El Consejo Ciudadano apoyará a los círculos en el desarrollo de sus actividades y en particular en:

a) Trabajar en la dinamización política y social, fomentando la información yparticipación de la ciudadanía.

b) Mantener un contacto fluido y permanente con los actores de la sociedad civil y con los movimientos sociales.

c) Fomentar la participación ciudadana en los procesos par-ticipativos de Podemos y en el control de los representantes.

Los círculos tienen entre sus obligaciones la tarea de crear tejido social, y participar e impulsar los distintos movimientos que, en el ámbito de actuación correspondiente, estén en sintonía con los plan-teamientos de PODEMOS. Al objeto de garantizar este contacto y enriquecimiento mutuo, los círculos tratarán de convocar, al menos una vez al año, una Asamblea Social con los actores de movimientos sociales del territorio, en cuya organización colaborarán al menos un responsable de cada Círculo ba-rrial con el responsable de Área de Sociedad Civil, Movimientos Sociales y Organizaciones Políticas.

C3 | Modelos de coordinación con los Círculos

Artículo 28. Relación de los Círculos con el Consejo

El Consejo Ciudadano municipal establecerá cauces de participación en sus áreas de trabajo temáticas a través de las cuales se establezca un espacio común de coordinación con los Círculos.

Los Círculos pueden proponer al Consejo Ciudadano municipal la creación de áreas de trabajo específi-cas.

Artículo 29. Compromisos de participación

1. Podemos en Vigo impulsará equipos de participación en nuestro municipio que ayuden a vencer la brecha digital difun-diendo y enseñando a utilizar las herramientas de partici-pación, y poniendo a disponi-bilidad de toda la ciudadanía dispositivos informáticos que permitan a cualquier persona acceder a ellas.

2. El consejo ciudadano deberá visibilizar todas sus iniciativas en el blog oficial de Podemos.

3. En particular publicará las actas de sus sesiones con una demora no mayor de 2 días.

4. Para facilitar el debate a nivel municipal y autonómico replica-remos las experiencias de www.podemos.info a nivel municipal, para impulsar propuestas y de-bates que puedan corresponder a las expectativas y problemáti-cas locales, a la vez que será de estas donde surjan las Consul-tas Ciudadanas y procesos de revocación.

5. Las Consultas Ciudadanas y las revocaciones se volcarán en los espacios de Plaza Podemos del ámbito territorial a la que vayan dirigidas, o en el espa-cio telemático que determine

en Área de Participación. Esta primera fase tendrá como obje-tivo fundamental la discusión y reforzamiento de las propuestas a partir del debate público, y la consecución del apoyo necesa-rio, establecido en los estatutos, para poder pasar a la siguiente fase. Una vez obtenidos los avales necesarios, pasará a la sección de http://participa.podemos.info pudiendo ser avalada por todo el censo de inscritos del ámbito municipal hasta alcanzar el porcentaje del censo necesario para impulsar una votación vinculante a todos los inscritos para su aprobación.

Artículo 27. Contacto directo con la ciudadanía

Artículo 26. Recomendaciones de debate. Los círculos podrán recomendar un debate, en caso de ser aceptado por el consejo ciudadano, éste velará porque el debate se produzca con el informe de dos técnicos cualificados en la materia.

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BLOQUE II Título II

Los Círculos

6. El Consejo Ciudadano habilitará la posibilidad de que se celebre hasta una reunión mensual si fuera necesario para facilitar la puesta en práctica de los mecanismos de aval de iniciativas y pro-moción de consultas por parte de los círculos. En particular se podrá convocar hasta una asamblea extraordinaria por mes en la que debatir y decidir sobre las mismas. Esta asamblea requerirá un quorum de al menos el 5% de los inscritos en su ámbito territorial. Los enlaces de participación irán comunicando los avales que otorguen sus círculos, hasta alcanzar el porcentaje establecido en los estatutos para impulsar una votación vincu-lante a todos los inscritos.

7. Convocatoria de Espacios Ciudadanos Mu-nicipales: el objetivo de estos espacios sería el debate y análisis con el objetivo de hacer balance y discutir las tareas y la línea política general de Podemos en Vigo, junto al Secretario General y el Consejo Ciudadano. Este espacio estaría convoca-do, como mínimo, cada tres meses. La participación sería abierta tanto a inscritos como a no inscritos y garantizaría la conexión de Podemos Vigo con la ciudadanía y con la realidad social en la que se inserta.

Artículo 30. Participación directa de los círculos

El Consejo Ciudadano se compromete a que:

1. Cada circulo barrial o sectorial cuente con una persona identificada como “enlace” en el Consejo Ciudadano Municipal que actuará como tal, o velará por que se cumplan siem-pre las funciones a su cargo. El miembro del Consejo que tenga funciones de enlace con algún círculo deberá comprometerse a asistir con una periodicidad consensuada a las Asamblea de éste, al objeto de cumplir con su labor de conector entre ambas estructuras de la organización.

2. Obligación de rendición de cuentas de miem-bro/s del Consejo Ciudadano ante los círculos en cada asamblea con carácter bimensual, con un punto fijo del orden del día de la asamblea de los círculos territoriales y secto-riales cuando ciertas cuestiones les afecte.

3. Compromiso de invitar a portavoces de círcu-los y/o organizar debates ciudadanos previos cuando el Consejo deba tratar asuntos con-cretos (barrios, sectoriales, etc...).

4. Creación de un equipo de participación en el Consejo Ciudadano en coordinación con el área de organización que ayude a vehicu-lar los mecanismos de participación directa aprobados por la organización.

Este equipo de Participación del Consejo Ciudadano tendrá como funciones:a) Ayudar a mejorar la capacidades de los círculos en la facili-tación de reuniones y asambleas, etc.b) Dotar de herramientas y formación a los círculos para conocer y poder fomentar y articular la participación de la ciudadanía más allá de los círculos.c) A petición de círculos en los que existen conflictos y según acuerdo consensuado por ambas partes, acudir a realizar mediación de conflictos, como paso previo a la intervención de la Comisión de Garantías Democráticas.

Artículo 31.

Cada seis meses el Consejo Ciudadano Municipal convocará reuniones temáticas con actores de la so-ciedad civil vinculados a las áreas prioritarias de trabajo de Podemos (educación, vivienda, deuda, etc.) al objeto de incorporar sus demandas al debate orgánico de Podemos.

Artículo 32. Trasladar iniciativas en encuentros temáticos.

Las Áreas de los Consejos Ciudadanos que traten temas sectoriales deberán articular mecanismos que garanticen que aquellos Círculos Sectoriales que por su especialización temática traten temas de inte-rés homólogo puedan trasladar sus iniciativas a dichas Áreas en encuentros presenciales y online.

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BLOQUE II Título II

Los Círculos

Artículo 33. Financiación de los Círculos

a) Los Círculos PODEMOS validados están obli-gados a hacer públicas sus cuentas, medios de financiación y uso de recursos económicos, a tra-vés de mecanismos accesibles a la ciudadanía, y con una periodicidad mínima de seis meses. Esto sin perjuicio de las obligaciones adicionales que pudieran aprobarse por la Asamblea y el Consejo Ciudadano de orden superior, en particular en lo referente a obligaciones de transparencia.

b) Los Círculos PODEMOS reconocidos articularán sus mecanismos de financiación con el Consejo Ciudadano PODEMOS orden territorial inmedia-tamente superior al que deberán rendirle cuentas conforme a las normas generales de transparen-cia de PODEMOS y aquellas específicas adoptadas por la Asamblea o Consejo Ciudadano del ámbito territorial igual o superior al del Círculo validado.

c) Los procesos de contratación de los Círculos que excedan un 5% de su presupuesto anual deberán ser publicitados y el Círculo arbitrará los medios para elegir, entre al menos tres presu-puestos, el que más se adecúe a sus necesidades.

d) El patrimonio del Círculo es inembargable e intransferible por cualquiera de sus miembros, pertenece al Círculo y esta circunstancia sólo pue-de alterarse por la disolución del Círculo.

e) Cualquier miembro de un Círculo podrá recabar la asistencia de la Comisión de Garantías De-mocráticas territorial o, en su caso, Estatal, para defender en un procedimiento escrito (y contra-dictorio), el cumplimiento de los principios de transparencia e incompatibilidades establecidos en cada Círculo y en estos Estatutos, así como la fidelidad contable y el cumplimiento de las obliga-ciones de las personas responsables.

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BLOQUE II Título III

Financiación,

Artículo 36: Asociaciones vinculadas

1. El Consejo Ciudadano Municipal, previa autorización por parte de a la comisión de finanzas autonómica y estatal, podrá aprobar la creación de asociaciones culturales vincu-ladas a uno o varios círculos. La autorización por parte del nivel estatal se basará exclusiv-amente en el criterio de suficiencia admin-istrativa para garantizar que dichas asocia-ciones puedan cumplir con las obligaciones contables, fiscales y de rendición de cuentas.

2. Estas asociaciones estarán habilitadas para alquilar locales que podrán operar como sedes sociales en las que se efectúe venta al público tanto de merchandising como de bebidas o comida. Estas actividades económi-cas se regularán mediante un protocolo que elaborará la Comisión de Finanzas Estatal tras realizar el correspondiente estudio jurídico.

C2 | Tareas y Obligaciones del responsable financiero municipal

Artículo 37: Elección del Responsable de Finanzas

El responsable financiero será elegido entre los consejeros del Consejo Municipal y podrá proponer un equipo de finanzas, con la autorización del Consejo Municipal.

Artículo 38: Funciones del ResponsableEl responsable financiero será el encargado de la gestión operativa diaria y de preparar el presupuesto, los informes trimestrales de transparencia y el informe de gestión anual para su aprobación por el Con-sejo Ciudadano. Las cuentas anuales deberán ser firmadas tanto por el responsable financiero como por el secretario general y si fuera posible, por un interventor o un experto contable independiente (que no sea representante en ninguno de los órganos).

Artículo 35: Transparencia en las cuentas de los representantes

En el caso de que hubiera representantes electos en el municipio, el Consejo Municipal será el encar-gado de garantizar la elaboración trimestral del informe de transparencia correspondiente a los cargos electos del municipio que incluirá tanto actividades políticas, como ingresos y gastos correspondientes al cargo electo así como las bonificaciones que pudieran recibir.

Título III. Financiación, transparencia y gestión de recursos.

C1 | Competencias financieras del Consejo Municipal

Artículo 34: Presupuesto municipal anual

1. El conjunto de Consejos Municipales tendrán asignado una parte del presupuesto anual. Estos fondos serán canalizados por los Con-sejos Autonómicos que supervisarán directa-mente las actividades a nivel municipal.

2. Será función del Consejo Municipal decid-ir y supervisar el empleo de estos fondos, implementando presupuestos participativos. El Consejo Municipal deberá actualizar y compartir la información financiera trimes-tralmente para incluirla en los informes de transparencia estatales.

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BLOQUE II Título III

Financiación,

C3 | Ingresos

Artículo 40: Fuentes de los ingresos

Los ingresos de las estructuras municipales provendrán de:

3 Las asignaciones munici-pales del presupuesto es-tatal canalizadas por el niv-el autonómico, aunque se podrán aumentar mediante subvenciones locales si las hubiera, excluyendo una parte de estos ingresos que se destinará al presupuesto estatal para redistribuirlo solidariamente entre el conjunto de Podemos.

3 Subvenciones locales, si las hubiera, excluyendo una parte de estos ingresos, que se destinarán a los presu-puestos estatales para re-distribuirlos solidariamente con el resto de Podemos.

3 Mediante la gestión de es-pacios abiertos en la que se lleve a cabo una actividad económica, siempre bajo la actuación de un protocolo específico.

C4 | Transparencia.

Artículo 41: Publicación de cuentas, patrimonios y otros documentos económicos

1. Se publicará, al cierre de cada uno de los trimestres naturales del año en curso, los estados contables y patrimoniales de la orga-nización en el municipio en la sección que se habilitará a tal fin en la página web.

2. Cualquier miembro de Podemos podrá tener acceso a todos los documentos económicos en poder del partido.

3. Cualquier miembro de Podemos que sea elegido para un cargo público deberá hacer pública una declaración de patrimonio al ini-cio del desempeño de dicho cargo. Lo mismo será de aplicación cuando dicho miembro

cese en el desempeño del cargo electo.

4. Mientras ostente un cargo público, cualquier miembro de Podemos deberá hacer pública su declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (I.R.P.F.) para cada año de ejercicio del cargo.

5. El incumplimiento de las estipulaciones recogidas en cualquiera de los dos apartados anteriores dará lugar a un apercibimiento al miembro electo, en el que se le dará un plazo para hacer públicas dichas declaraciones. En

Artículo 39: Coordinación con las instancias superiores de Podemos

1. El responsable financiero municipal se coordinará con la comisión de finanzas autonómica cuando esta exista o en su defecto con la comisión de finanzas estatal.2. Serán funciones de los responsables de finanzas municipales en coordinación con la comisión auto-nómica:2.1. Gestionar presupuestos participativos para proyectos sociales en sus municipios si se asignan fondos a tal efecto.2.2 Garantizar el apoyo necesario a las estructuras políticas municipales en el desarrollo de sus activi-dades.2.3 Las comisiones de finanzas municipales realizarán la función de fiscalización económica de los representantes y cargos electos de su territorio, encargándose de la publicación de su patrimonio, ingresos y gastos.

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BLOQUE II Título III

Financiación,

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Disposición transitoria

En cumplimiento del artículo 39 de los Principios Organizativos de Podemos, el Consejo Ciudadano de Vigo elaborará su propio reglamento de funcionamiento interno, que regulará aspectos como el reparto y funcionamiento de áreas de trabajo en el Consejo, coordinación entre las áreas, frecuencia de reuniones plenarias y demás aspectos inherentes a la organización del propio Consejo.Una vez nombrado el Consejo, será su primera labor el redactar este reglamento, para poder aprobar-lo en el menor tiempo posible, y de ser viable, en la primera reunión del Consejo. El Consejo Ciudada-no publicará el texto articulado en cuanto sea aprobado, que será sometido a la ratificación por parte de la Asamblea Ciudadana de Vigo.Si el reglamento interno del Consejo resultase rechazado por la Asamblea, se abriría un período de un mes, que incluiría necesariamente el debate con representantes de todos los círculos pertenecientes al ámbito territorial de Vigo, para consensuar un nuevo texto y someterlo a la aprobación de la Asamblea Ciudadana 30 días después.