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pág. 1 AHORA SÍ PODEMOS Documento Organizativo PROPUESTA DE UN MODELO ORGANIZATIVO DE PODEMOS PARA CANARIAS. CONSIDERACIONES GENERALES: En Canarias, Podemos no ha sido ajeno a la evolución general. Tras las europeas durante meses hemos derrochado tiempo en un debate organizativo paralizador, ajenos a cualquier realidad externa, sin apenas relación con movimientos sociales. En buena medida ha sido consecuencia de la inexperiencia, de haber situado en el centro del debate la organización, no las reivindicaciones. Eso facilitó la pérdida del entusiasmo inicial y la lucha por cargos entre personas que se situaban en un terreno distinto al de la transformación social. Después de concluido el proceso de lo que se ha venido a denominar Vistalegre II, es hora de plantearnos la organización de Podemos Canarias con criterios de mayor descentralización, democratización de las estructuras y sobre todo de una mayor relevancia de los Círculos dentro de la organización, tal y como viene recogido en los documentos aprobados en dicha Asamblea. CRITERIOS ORGANIZATIVOS: Como dice muy bien Pablo Echenique en su Propuesta al Consejo Ciudadano Estatal: Tendría poco sentido, además, que los principios que elijamos para organizarnos en PODEMOS fuesen distintos de aquellos que queremos que sean la base ética y material de la sociedad más justa y más sostenible que pretendemos construir. En pocas palabras, tendría poco sentido que nuestros principios organizativos se quedasen sin explicitar o fuesen distintos de los que vertebran nuestro programa electoral y nuestro proyecto de país.Los criterios que deben regir la organización de PODEMOS deben de ser: La búsqueda del bien común por encima de los intereses privados o de parte, de la participación ciudadana, de la democratización de las instituciones, de la apuesta por los cuidados, de la importancia de la educación y la formación, de la audacia y la innovación, de la pluralidad, de la apertura, de la transparencia, de la igualdad de oportunidades, de la confianza en la madurez de nuestro pueblo, de la diversidad territorial y la plurinacionalidad de España, de la empatía, de la fraternidad... de poner a las personas primero y la despatriarcalización de la política y los espacios públicos.

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AHORA SÍ PODEMOS

Documento Organizativo

PROPUESTA DE UN MODELO ORGANIZATIVO

DE PODEMOS PARA CANARIAS.

CONSIDERACIONES GENERALES:

En Canarias, Podemos no ha sido ajeno a la evolución general. Tras las europeas durante meses

hemos derrochado tiempo en un debate organizativo paralizador, ajenos a cualquier realidad

externa, sin apenas relación con movimientos sociales. En buena medida ha sido consecuencia

de la inexperiencia, de haber situado en el centro del debate la organización, no las

reivindicaciones. Eso facilitó la pérdida del entusiasmo inicial y la lucha por cargos entre personas

que se situaban en un terreno distinto al de la transformación social.

Después de concluido el proceso de lo que se ha venido a denominar Vistalegre II, es hora de

plantearnos la organización de Podemos Canarias con criterios de mayor descentralización,

democratización de las estructuras y sobre todo de una mayor relevancia de los Círculos dentro

de la organización, tal y como viene recogido en los documentos aprobados en dicha Asamblea.

CRITERIOS ORGANIZATIVOS:

Como dice muy bien Pablo Echenique en su Propuesta al Consejo Ciudadano Estatal:

“Tendría poco sentido, además, que los principios que elijamos para organizarnos en PODEMOS

fuesen distintos de aquellos que queremos que sean la base ética y material de la sociedad más

justa y más sostenible que pretendemos construir. En pocas palabras, tendría poco sentido

que nuestros principios organizativos se quedasen sin explicitar o fuesen distintos de

los que vertebran nuestro programa electoral y nuestro proyecto de país.”

Los criterios que deben regir la organización de PODEMOS deben de ser:

La búsqueda del bien común por encima de los intereses privados o de parte, de la

participación ciudadana, de la democratización de las instituciones, de la apuesta por los

cuidados, de la importancia de la educación y la formación, de la audacia y la innovación, de la

pluralidad, de la apertura, de la transparencia, de la igualdad de oportunidades, de la confianza

en la madurez de nuestro pueblo, de la diversidad territorial y la plurinacionalidad de España, de

la empatía, de la fraternidad... de poner a las personas primero y la despatriarcalización de la

política y los espacios públicos.

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Esto es importante porque los comportamientos individuales devienen dinámicas y las

dinámicas devienen estructuras. Porque lo informal se hace costumbre y las costumbres se

pueden llegar a fosilizar creando lo que podemos denominar una “cultura de organización”.

Los principios que deben regir el comportamiento de la secretaria de organización son:

• La cooperación frente a las dinámicas de confrontación y de creación de

trincheras. Es mucho más lo que nos une que lo que nos separa y a veces nos

peleamos sin saber muy bien por qué; por cierto, algo que puede ahuyentar a

mucha gente, especialmente en los círculos.

• La mediación y el diálogo en la resolución de los conflictos.

• La delegación frente al control.

• La confianza frente al pedir permiso.

• La escucha activa de los argumentos de todas las partes.

• La participación frente al “ordeno y mando”.

• La imparcialidad más exquisita del órgano en todos los procesos, especialmente los

electorales.

• El respeto a la soberanía y al conocimiento del territorio que se localizan

en los compañeros que desempeñan labores en los niveles orgánicos inferiores al

estatal.

• El compañerismo y la confianza en el interlocutor y en sus motivos frente a la

rumorología, los argumentos falaces o las falsas etiquetas simplificadoras.

• Los objetivos comunes, la salud del proyecto, la responsabilidad y la conciencia del

momento histórico del que somos protagonistas frente a los intereses personales o

de parte, por muy legítimos que sean.

• La comunicación y la coordinación con los órganos competentes en cada acción o

iniciativa, sin puenteos ni canales paralelos.

• La transparencia y explicitación de los grupos de interés o de afinidad,

especialmente si actúan persiguiendo objetivos concretos de manera

coordinada. No es malo juntarse para hacer cosas, lo que es malo es que no lo sepa

quien lo tiene que saber y se alimente la rumorología.

• El compañerismo y el cuidarnos mutuamente frente al no hacerlo. Si no, ¿cómo

vamos a cuidar de los demás?

HACIA UN PODEMOS DEMOCRÁTICO:

En cuanto nos afecta a Canarias es necesario que se abra un debate colectivo sobre la situación

social, económica y política de Canarias, y demos respuesta al aumento de la miseria, del paro,

de la desigualdad social.

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Es necesario dar alternativa social al auténtico Estatuto canario, la REF, que permite el fraude

legal de los beneficios empresariales, la exportación de capitales que deberían ingresar en las

arcas públicas.

Es indispensable perseguir la inmensa bolsa de fraude fiscal, no solo el amparado en el Régimen

Económico y Fiscal.

Es de salud pública el impedir que se saqueen los fondos públicos en proyectos de obras

faraónicas, mientras se reduce el gasto en servicios públicos.

Es urgente que se cambie el sistema electoral, uno de los mas antidemocráticos del mundo, para

que la representación se corresponda con el voto ciudadano.

Se trata de que, por primera vez tengamos soberanía para, entre todos, decidir nuestro futuro.

Finalmente, más allá del estéril debate sobre doble militancia o no, se trata de impedir que

Podemos quede relegada al papel de franquicia usada por otras organizaciones políticas para

mejorar su representación institucional.

Por tanto, sobre la doble militancia:

-Cualquier grupo o partido integrado o que entre tendrá la obligación de aceptar los estatutos y

principios éticos de Podemos y actuar con total lealtad con el partido donde se integra, como

cualquier miembro de Podemos.

-Cualquier partido o grupo integrado acatará, esté o no de acuerdo, lo decidido en los

organismos de Podemos. No pueden admitirse como cargos orgánicos a quienes apoyan

proyectos ajenos en competencia con Podemos.

-Ningún partido integrado podrá negociar con Podemos acuerdos como si estuviera fuera y

dentro a conveniencia del mismo.

-No competirá electoralmente con Podemos en ningún caso, menos aun utilizando los cargos

obtenidos en Podemos para ello. Los cargos de Podemos no pueden presentarse como cargos

de otra organización o en apoyo a otro proyecto externo en competencia con Podemos.

-Cualquier cargo público o interno conseguido al presentarse bajo el nombre de Podemos

pertenece a Podemos y no al grupo o partido integrado. En caso de abandonar Podemos debe

éticamente renunciar a dicho cargo.

La etapa que se abre en PODEMOS después de la resaca electoral requiere unas formas

organizativas plurales que permitan la pluralidad de ideas y en donde las decisiones y los debates

sean lo más colegiados posibles.

Por otra parte, es preciso dar al área de Feminismo y LGTBI unas funciones de supervisión y

coordinación de todas las políticas del partido estando representadas en el Consejo de

Coordinación.

La base de la estructura organizativa de PODEMOS en Canarias debe acompasarse a los

Estatutos nacidos de la Asamblea de Vista Alegre 2, aunque completando aquellos aspectos que

consideramos necesarios y que no estén definidos en estos.

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LOS ÓRGANOS Y SUS FUNCIONES:

Los órganos que consideramos necesarios son:

La Asamblea Ciudadana Canaria

El Consejo Ciudadano Autonómico

La Secretaría Autonómica

El Consejo de Coordinación Autonómico

Las Asambleas Ciudadanas Insulares

Los Consejos Ciudadanos Insulares

Las Asambleas Ciudadanas Municipales

Los Consejos Ciudadanos Municipales

Las Secretarías Municipales

Los Consejos de Coordinación Municipal y

Los Círculos.

La Comisión de Garantías Canaria.

ASAMBLEA CIUDADANA CANARIA

La Asamblea Ciudadana Autonómica Canaria

La Asamblea Ciudadana Autonómica Canaria

La Asamblea Ciudadana Autonómica Canaria

La Asamblea Ciudadana Autonómica Canaria es el máximo órgano de decisión en la comunidad

autónoma Canaria y posee, de forma permanente, la máxima capacidad de decisión en dicho

territorio, siempre en coherencia con los acuerdos emanados de la Asamblea Ciudadana de

Podemos. Así, les corresponde autonomía respecto a todas las cuestiones de especial

relevancia para el conjunto de la organización en Canarias siempre que no contravengan los

principios generales de Podemos ni las decisiones de una Asamblea Ciudadana de ámbito

territorial superior.

Las decisiones de una Asamblea Ciudadana Autonómica Canaria serán vinculantes, y no podrán

ser revocadas más que por la misma Asamblea Ciudadana Autonómica Canaria o por otra

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Asamblea Ciudadana estatal (cuando afecte, exclusivamente, a cuestiones con relevancia

supraterritorial).

Sin perjuicio de la coordinación de la estrategia política y del principio de jerarquía normativa

de los ámbitos territoriales superiores, Podemos actuará con un principio de subsidiaridad,

siendo los órganos territorialmente inferiores los privilegiados para establecer criterios

organizativos propios en lo que respecta a la acción política dentro de su propio territorio.

La Asamblea Ciudadana Autonómica Canaria permanecerá activa de manera continuada.

La comunidad autónoma Canaria contarán con una Asamblea Ciudadana, un Consejo

Ciudadano y una Secretaría General.

Para la organización insular, y para estructuras comarcales y provinciales, corresponderá a la

Asamblea Ciudadana Autonómica canaria la definición de mecanismos de representación,

participación y coordinación de dichos ámbitos territoriales.

Asamblea Ciudadana Autonómica Canaria ordinaria.

La Asamblea Ciudadana Autonómica ordinaria se reunirá como mínimo cada dieciocho meses y

como máximo cada cuatro años, y se ocupará al menos de las decisiones relativas a la línea

estratégica en Canarias, la elección de la Secretaría General Autonómica, la composición del

Consejo Ciudadano Autonómico y la composición de la Comisión de Garantías Democráticas

Autonómica. Transcurrido un periodo de cuatro años la Asamblea Ciudadana Autonómica

ordinaria se entenderá convocada de forma automática.

Para asegurar la coherencia del proyecto, la elección de la línea estratégica en el territorio, la

de la Secretaría General Autonómica y la composición del Consejo Ciudadano Autonómico se

hará de forma relacionada y en un mismo proceso.

Todas las personas inscritas en Podemos en Canarias tendrán derecho a participar, con voz y

voto, en la Asamblea Ciudadana Autonómica ordinaria. En este sentido, la Asamblea

Ciudadana Autonómica ordinaria arbitrará todos los mecanismos disponibles para garantizar el

ejercicio del derecho a voz y voto de todas las personas inscritas en el territorio, para lo que

utilizará todas las herramientas presenciales y telemáticas a su alcance.

Asamblea Ciudadana Autonómica Canaria permanente.

La Asamblea Ciudadana Autonómica se considerará abierta de forma permanente para la

realización de procesos de decisión y consultas vinculantes sobre temas de especial relevancia

política en el territorio correspondiente.

La Asamblea Ciudadana Autonómica permanente también podrá convocar su propia

legitimidad (convocarse a sí misma) para cuestiones que estime de especial trascendencia o

relevancia para el territorio correspondiente, incluida la convocatoria de una Asamblea

Ciudadana Autonómica ordinaria transcurridos al menos dieciocho meses desde la anterior.

Composición.

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La Asamblea Ciudadana Autonómica estarán compuestas por todas las personas inscritas en

Podemos en el respectivo ámbito territorial.

Las personas inscritas decidirán con plena libertad el ámbito territorial en el que quieren

inscribirse y ejercer su derecho de sufragio, pero no podrán estar inscritas en más de un lugar

al mismo tiempo, excepto aquellas personas residentes en el exterior, que podrán estar

inscritas a la vez en la circunscripción exterior y en su comunidad autónoma o municipio de

origen.

Competencias.

Serán competencias exclusivas e intransferibles de las Asambleas Ciudadanas Autonómicas:

-Determinar la forma en la que se trasladan las líneas políticas generales y los principios

programáticos de Podemos al territorio.

-Elegir y revocar a la persona que ejercerá la Secretaría General Autonómica.

-Elegir y revocar al Consejo Ciudadano Autonómico o a cualquiera de sus miembros. Este

órgano se elegirá mediante un sistema de listas abiertas, corregido con criterios de género

(para garantizar un mínimo del 50% de mujeres).

-Elegir y revocar a la Comisión de Garantías Democráticas Autonómica.

-Aprobar los programas electorales definitivos (tras un proceso de elaboración participativa)

correspondientes a procesos electorales de su ámbito territorial, sin contradecir los principios

programáticos aprobados por asambleas de orden territorial superior.

-Decidir la fórmula política y jurídica en la que se concurre a los diferentes procesos electorales

de su ámbito territorial, y establecer los criterios marco con los que se concurre a los comicios

de ámbito inferior al autonómico dentro del territorio correspondiente.

-Elaborar, mediante un proceso de primarias abiertas, las listas electorales para optar a cargos

públicos en las instituciones de representación de su respectivo ámbito territorial, que cuenten

con un mínimo del 50% de mujeres.

-Aprobar o rechazar cualquier tipo de pacto o alianza preelectoral o postelectoral de gobierno

para las instituciones de representación de su ámbito territorial, de acuerdo con los principios

generales aprobados por las asambleas de orden territorial superior, y establecer los criterios

marco con los que se pueden llevar a cabo alianzas de ámbito inferior al autonómico dentro

del territorio correspondiente.

-Definir las funciones y la forma de coordinación con los Círculos territoriales y/o sectoriales de

su ámbito territorial y, en su caso, definir espacios de representación intermedios entre el

municipal y el autonómico.

La elección de la Secretaría General Autonómica, el Consejo Ciudadano Autonómico, así como

la aprobación de documentos políticos, de igualdad, organizativos o éticos en Asamblea

Ciudadana Autonómica ordinaria siempre requerirá que dicha asamblea sea convocada en

forma presencial durante al menos una fase del proceso de debate.

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En el caso de que los acuerdos de la Asamblea Ciudadana Autonómica impliquen la disolución

del partido u otras cuestiones legales relacionadas, así como cualquier proceso de cambio de

naturaleza orgánica con otras fuerzas políticas, será necesario adoptar las decisiones por

mayorías cualificadas de 2/3 de las personas inscritas en el territorio y 2/3 de los Círculos

activos.

Convocatoria.

Los procedimientos de convocatoria de la Asamblea Ciudadana Autonómica, ordinaria o

permanente, serán análogos a los de la Asamblea Ciudadana Estatal, teniendo en cuenta que

las Asambleas Ciudadanas Autonómicas solo podrán adoptar decisiones en torno a las

materias de su competencia territorial, y otras de especial transcendencia.

Para la realización de la convocatoria de la Asamblea Ciudadana Autonómica por parte de los

inscritos, se desarrollará un reglamento específico que incluya los procedimientos que se

deberán seguir. En estos procesos de votación solo podrán participar los inscritos y las inscritas

de Podemos del ámbito territorial de la correspondiente Asamblea Ciudadana Autonómica, en

este caso la de Canarias, excepto aquellas personas residentes en el exterior, que podrán estar

inscritas a la vez en la circunscripción exterior y en su comunidad autónoma o municipio de

origen.

a. La Asamblea Ciudadana Autonómica será convocada:

i. Con carácter ordinario de forma automática

transcurridos cuatro años desde la anterior. Este tipo de convocatoria tendrá al menos una

fase presencial y se denomina Asamblea Ciudadana ordinaria.

ii. En forma de Asamblea Ciudadana ordinaria después

de que hayan pasado al menos dieciocho meses desde la anterior, por decisión de:

1. La Secretaría General o 3/5 del Consejo de Coordinación Autonómico

2. Una mayoría cualificada de 3/5 del CCA.

3. Un 25% de las personas inscritas en Podemos.

4. Un 30% de los Círculos activos (incluyendo sectoriales y territoriales).

5. Un 35% de los militantes en el nivel autonómico.

iii. En forma de Asamblea Ciudadana permanente para

decidir, con carácter vinculante, sobre elementos de gran relevancia política, por decisión

de:

1. La Secretaría General o por mayoría simple del Consejo de Coordinación

Autonómico

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2. La mayoría simple del CCA.

3. Un 10% de las personas inscritas en Podemos.

4. Un 20% de los Círculos activos o en proceso de activación (territoriales y

sectoriales).

5. Un 25% de los militantes en el nivel autonómico.

b. Consulta revocatorias.

Las decisiones de la Asamblea Ciudadana podrán tener carácter de consulta revocatoria

transcurrido un plazo de doce meses desde la elección de la persona o el órgano que se vaya a

revocar. En este caso, la consulta se podrá activar por la decisión de:

i. Un 20% de las personas inscritas en Podemos.

ii. Un 25% de los Círculos activos o en proceso de activación

(territoriales y sectoriales).

iii. Un 30% de los militantes en el nivel autonómico

iv. Una mayoría de 3/5 del CCA.

No se precisará de documento específico para la recogida de apoyos para iniciar cualquiera

de los derechos contenidos en este artículo.

Ninguna persona podrá ser sometida a una segunda consulta revocatoria en el periodo en el

que ejerza su responsabilidad.

Organización.

La organización técnica de la Asamblea Ciudadana Autonómica ordinaria Canaria le

corresponde al Consejo Ciudadano Autonómico Canario

Las Asambleas Ciudadanas Autonómicas permanentes serán organizadas por quienes las hayan

convocado. En el caso de que la convocatoria haya sido llevada a cabo por los Círculos o

directamente por las personas inscritas, se coordinarán con el Consejo Ciudadano Autonómico,

que les facilitará los medios para su organización.

CONSEJO CIUDADANO AUTONÓMICO

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El Consejo Ciudadano Autonómico es el órgano de dirección política de Podemos en Canarias

encargado de debatir, decidir, coordinar y ejecutar las directrices marcadas por las Asambleas

Ciudadanas Autonómicas ordinarias siempre de acuerdo con lo aprobado en estas y con la

línea estratégica general de Podemos a nivel estatal.

Para que aquellas personas que no puedan estar en la asamblea autonómica puedan ejercer su

derecho a voto éste podrá delegarse en la Asamblea de su Círculo.

Trasladar todas las votaciones presenciales al Plenario Insular o telemáticamente con

anterioridad a la celebración de la asamblea presencial autonómica, para garantizar el derecho

a voto.

La composición del Consejo Ciudadano Autonómico Canario contemplará los mecanismos

oportunos para garantizar su coordinación con los niveles de organización territorial inferiores.

COMPOSICION

•La Secretaría General Autonómica de Canarias, es miembro nato del órgano con derecho a

voz y voto y preside sus reuniones.

•34 miembros que serán elegidos en circunscripción autonómica.

Serán parte de esos 34 representantes:

•7 personas serán elegidas directamente en representación de los círculos territoriales activos

o en proceso de activación aplicando corrección de género que garantice el 50% mínimo de

presencia femenina y corrección territorial para garantizar la presencia de todas las islas.

•2 personas en representación de los círculos sectoriales elegidos de forma presencial en la

asamblea autonómica.

•2 personas representando la Comisión de Medio rural y marino (solo pueden presentarse

personas de círculos menores de 50 militantes, elegidos de manera presencial).

•Formarán parte del CCA, con voz pero sin voto, las personas invitadas de forma temporal o

permanente propuestas por el propio Consejo Ciudadano Autonómico o de la Secretaría

General Autonómica o del Consejo de Coordinación Autonómica así como los cargos públicos

del Parlamento Canario.

COMPETENCIAS.

1. Desarrollar con funciones ejecutivas las decisiones aprobadas por la Asamblea Ciudadana

Autonómica y aquellas conducentes a desarrollar las líneas políticas estratégicas generales de

Podemos.

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2. Convocar a la Asamblea Ciudadana tanto para todas las cuestiones que resulten preceptivas

como para cualquier otra consulta que se apruebe por el propio Consejo Ciudadano.

3. Convocar para cuestiones de especial trascendencia, si se estima oportuno, cualquier

Asamblea de nivel territorial inferior.

4. Aprobar o rechazar la propuesta de presupuestos anuales presentadas por el Consejo de

Coordinación Autonómico, sin perjuicio de que la Asamblea Ciudadana Autonómica pueda

exigir, según los procedimientos previstos, su ratificación.

5. Aprobar los presupuestos extraordinarios, presupuestos de campañas electorales, y de las

actividades específicas del territorio para campañas de nivel estatal o territorial.

6. Aprobar las contrataciones que tenga que realizar Podemos en el ámbito de Canarias.

7. Asignar las distintas áreas temáticas a las personas que lo componen.

8. Autorizar la apertura de expedientes sancionadores por parte de la Comisión de Garantías

Democráticas Autonómica y la aplicación de garantías cautelares, cuando proceda, a la vista de

los resultados de los procesos de mediación y conciliación que puedan establecerse.

9. Convocar consultas ciudadanas sobre asuntos de carácter autonómico así como medidas y

propuestas del Grupo Parlamentario.

10. Seguimiento y coordinación de la actividad política del Grupo Parlamentario mediante los

mecanismos que se determinen en el propio Consejo y elaboración de propuestas o iniciativas

para los grupos institucionales.

11. Revisar, redactar, refundir, adaptar y armonizar para el archipiélago todos los reglamentos

de carácter general y desarrollar reglamentos propios para su ámbito territorial, incluyendo el

del propio Concejo Ciudadano Autonómico.

Se deberán notificar expresamente los nuevos documentos resultantes de esta labor a todos

los órganos del partido en el territorio canario.

12. Nombrar y sustituir a las personas que conforman el Consejo de Coordinación Autonómico,

de acuerdo con lo previsto en su propio documento organizativo.

14. Nombrar y sustituir responsables de las secretarías, áreas y equipos de trabajo

autonómicos.

15. Se habilitarán herramientas telemáticas para que los inscritos puedan subir iniciativas.

Aquellas que obtengan el apoyo de al menos el 20% de los inscritos deberán ser debatidas por

el Consejo y colgar en la red su resolución con los miembros a favor y en contra de esta.

Si el consejo cree que tiene relevancia su debate podrá colgarse en streaming.

16. Elaborar y aprobar la memoria de gestión y análisis político que deberá presentar

anualmente el propio Consejo Ciudadano Autonómico.

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17. Organizar, en su caso, el proceso electoral de revocación de la persona elegida para ocupar

la Secretaría General Autonómica o de cualquier miembro del Consejo Ciudadano Autonómico,

que tendrá que llevarse a cabo tras el periodo prescrito y sobre el mismo cuerpo electoral que

les eligió.

Para la realización de los procesos de revocación, se realizará un reglamento específico de

revocatorio que será público y previo.

18. Crear todas aquellas estructuras organizativas de carácter intermedio (insular, comarcal

rural, intercomarcal, provincial o de otro tipo) necesarias para el funcionamiento del propio

Consejo Ciudadano Autonómico y adaptadas a las necesidades concretas de su propio

territorio, con especial atención a sus zonas rurales y a las realidades insulares.

19. Definir los mecanismos necesarios para la coordinación política del Consejo Ciudadano

Autonómico con el grupo parlamentario de la correspondiente comunidad autónoma así como

elegir —tras escuchar al grupo parlamentario— sus estructuras de funcionamiento,

portavocías y a las personas que desempeñarán esas responsabilidades.

20. Cualesquiera otras que no estén comprendidas en las competencias de la Asamblea

Ciudadana Autonómica

FUNCIONAMIENTO

Cada Consejo Ciudadano Autonómico elaborará su propio reglamento de funcionamiento y

determinará su estructura funcional, atendiendo a lo que la Asamblea Ciudadana Autonómica

ordinaria haya decidido sobre su propia organización.

El Consejo Ciudadano Autonómico de Canarias se organiza por secretarías, áreas y equipos de trabajo para el desarrollo de sus funciones cuando no está reunido. Cada una de ellas contará al menos con una persona responsable.

El CCA podrá en cualquier momento crear nuevas secretarías, áreas o equipos de trabajo y reorganizar o redistribuir las existentes.

Independientemente de esta organización el Consejo Ciudadano Autonómico contará como mínimo con las siguientes 7 secretarías:

Secretaría de feminismos y política de igualdad.

Secretaría de mundo rural y marino.

Mantendrán un trabajo de coordinación y colaboración permanente con el equipo estatal de Mundo Rural y Marino de Podemos.

Secretaría de organización.

Secretaría de relación con la sociedad civil y movimientos sociales.

Secretaría de comunicación.

Secretaría de municipalismo.

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Cada área y equipo de trabajo estará integrada en una Secretaría atendiendo a la vinculación

entre la materia de la que sea objeto y su correspondiente Secretaría.

Las distintas Secretarías y áreas deberán dotarse de mecanismos de coordinación con los

distintos órganos insulares y círculos Sectoriales teniendo en cuenta las especificidades de

cada isla y crear una red de equipos de trabajo con ellos. La forma, organización y reglamento

de funcionamiento de estos equipos de trabajo los definirán los órganos y Círculos implicados

conjuntamente.

Se creará un área o grupo de trabajo que se encargue de la mediación y resolución de

conflictos, dependiente de la secretaría, según el propio Consejo Ciudadano Autonómico

decida en su reglamento.

También habrá que crear y potenciar un área de formación con iniciativas como la Escuela Podemos Canarias Escuela de Poder Popular. Un área con medios adecuados, tanto humanos como materiales, que se encargue de la organización de proyectos que fomenten el comportamiento democrático, el pensamiento crítico, contribuyan a la participación y al tan citado empoderamiento ciudadano y cuyos eventos se realicen sobre las propuestas de los militantes de los lugares, adaptándose al contexto de cada sitio.

La asistencia no justificada de un consejero o consejera a tres reuniones causaría el cese inmediato del cargo y este lo ocupará la persona a la que le correspondiera por número de votos de la lista en la que se hubiera presentado, teniendo en cuenta siempre la corrección de género.

Si fuese sustituido el 30 por ciento del órgano original este se disolverá automáticamente y deberán convocarse nuevas elecciones.

CONVOCATORIA

El Consejo Ciudadano Autonómico se entenderá válidamente constituido en primera

convocatoria cuando asistan a la convocatoria al menos la mitad más uno de sus miembros.

El Consejo Ciudadano Autonómico podrá ser convocado en cualquier momento:

A propuesta de la Secretaría General Autonómica, o de su Consejo de Coordinación.

A petición del 25% del Consejo Ciudadano Autonómico. El quórum se reducirá al 20% en caso

de segunda convocatoria.

A petición del 10% de las personas inscritas en Podemos en el territorio o del 20% de los

Círculos validados en el territorio.

Se entenderán "Círculos en proceso de activación" todos aquellos Círculos validados que no

hayan obtenido respuesta por escrito sobre la activación o que hayan recurrido la misma ante

la Comisión de Garantías Democráticas.

ELECCIÓN, REVOCACIÓN Y SUSTITUCIÓN.

La parte electa del Consejo Ciudadano Autonómico se elegirá en primarias abiertas de todos las inscritas y los inscritos en Podemos en Canarias.

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Las y los representantes de los círculos en el CCA se elegirán telemáticamente.

Las candidaturas se presentarán de acuerdo con el establecimiento de un reglamento público previo que exigirá como requisitos la inscripción en Podemos con un antigüedad mínima de un año, no militar ni haber militado en los últimos seis meses en otro partido político y no haber sido sancionado en la Comisión de Garantías Democráticas.

Las y los miembros del CCA cesarán por la celebración de una asamblea ciudadana ordinaria en la que se vuelva a elegir el órgano por revocación, dimisión, incapacidad, fallecimiento o por perder la condición originaria que generaba el derecho de pertenecer a dicho órgano.

Además la inasistencia sin justificar de un consejero o consejera a tres reuniones causaría el cese inmediato del cargo.

Pasaría a ocupar el cargo de consejera o consejero la persona a la que le correspondiera por número de votos con independencia de la lista en la que se hubiera presentado, teniendo en cuenta siempre la corrección de género.

Una vez sustituido el 30 por ciento del órgano original se disolverá automáticamente y deberá convocarse nuevas elecciones.

Las personas electas podrán ser revocadas mediante consulta revocatoria a la Asamblea Ciudadana Canaria o por resolución inapelable de la Comisión de Garantías Democrática.

Para evitar que se utilicen las dimisiones “en bloque” con objeto de forzar procesos internos antes de cumplirse el mandato siendo prácticas antidemocráticas que usurpan la voluntad de las y los inscritos, es imprescindible regular las dimisiones y por ello se establecerá que nadie que dimita de su cargo podrá presentarse al mismo órgano en el siguiente mandato.

Se podrán presentar al mismo, candidaturas individuales o listas, que podrán estar vinculadas a una candidatura a la Secretaría General o no.

Las candidaturas serán mediante listas diferenciadas, abiertas y desbloqueadas. Se considerarán "listas" las agrupaciones de candidatos/as compuestas al menos por el 30% de los miembros a elegir en el órgano correspondiente y que tengan un proyecto político asociado.

No cabrá un voto simultáneo, con un solo clic a toda la candidatura al Consejo Ciudadano y a la Secretaria General.

La pertenencia al Consejo Ciudadano Autonómico es incompatible con cualquier otro cargo orgánico de Podemos.

CORRECCIONES.

Todos los candidatos deberán suscribir y cumplir el código ético que se fije en la misma asamblea ciudadana así como el régimen de incompatibilidades incluido en el mismo. Será en todo caso

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imprescindible que exista una corrección de género que garantice que, al menos, habrá un 50% de mujeres en los todos los órganos de Podemos.

INCOMPATIBILIDAD DE CARGOS

La Secretaría de Organización Autonómica será cargo de dedicación exclusiva, no pudiendo

compaginarse con otros cargos públicos u orgánicos.

SECRETARÍA GENERAL AUTONÓMICA

La Secretaría General Autonómica Canaria

La Secretaría General Autonómica Canaria es el órgano que ejerce la re­presentación política e

institucional de Podemos en el territorio, coor­dinando sus actividades y asegurando la

coherencia estratégica de su discurso y acción política, así como la coordinación y la

coherencia es­tratégica con Podemos a nivel estatal.

Competencias

• Serán competencias de la persona elegida para ejercer la Secretaría General

Autonómica canaria o denominación homologable:

• Ejercer la representación política e institucional de Podemos en el territorio,

coordinando sus actividades.

• Presidir el Consejo Ciudadano y el Consejo de Coordinación canario.

• Convocar la Asamblea Ciudadana Autonómica Canaria

• La delegación de la representación orgánica y política en cada co­munidad autónoma

con plena capacidad jurídica de obrar en nombre de Podemos en el ejercicio de sus

competencias territoriales como Secretarios Generales.

• El Consejo de Coordinación Autonómico canario nombrará a un responsable territorial

de protección de datos que tendrá pleno acceso al censo de su territorio y podrá operar con él

de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica de Protección de Datos.

Elección

La persona que ocupe la Secretaría General Autonómica será elegida por la Asamblea

Ciudadana Autonómica mediante sufragio libre y directo.

Las candidaturas se presentarán de acuerdo con lo establecido en un reglamento público

previo que exigirá, como requisito, una antigüedad mínima de seis meses de inscripción en

Podemos.

La persona que ocupe la Secretaría General Autonómica podrá ser revo­cada mediante la

convocatoria de una consulta vinculante revocatoria a la Asamblea Ciudadana Autonómica que

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lo nombró. El Consejo Ciudadano Autonómico, actuando de manera colegiada, será el

encargado de organizar el proceso electoral de revocación.

Las vacantes de los órganos electos por circunstancias personales que impidan la

participación de la persona o como consecuencia de procesos revocatorios se suplirán con el

siguiente más votado en la lista respetando los criterios de género establecidos para la

constitución del órgano.

Las vacantes originadas por conflictos insuperables no podrán ser suplidas y el órgano se

disolverá cuando ya no exista la mitad más uno de sus miembros, debiendo procederse a la

reelección del mismo por la Asamblea Ciudadana.

Comisión de Garantías Democráticas canaria

La Comisión de Garantías Democráticas Autonómica Canaria

La Comisión de Garantías Democráticas de Canarias estarán integradas por 10 personas

elegidas por la Asamblea Ciudadana de Canarias mediante voto directo con un sistema de

presentación individual no agrupado en listas para garantizar su independencia. En su

composición se asegurará como mínimo la mitad de mujeres en el órgano. Las candidaturas no

estarán vinculadas a ninguna candidatura que se pre­sente al Consejo Ciudadano Autonómico

o a órgano alguno de Podemos. La persona más votada asumirá la presidencia de la comisión.

La mitad de los miembros de la Comisión de Garantías Democráticas deberán ser juristas o

acreditar conocimientos prácticos en derecho. Asimismo todas las personas que resulten

elegidas realizarán una formación en feminismo y LGTBI obligatoria, en el plazo de dos meses

desde su elección.

Su mandato será de 3 años. La celebración de elecciones directas para elegir a los miembros

de la Comisión de Garantías Democráticas de Canarias será independiente de la del resto de

órganos y con una separación temporal de al menos dos meses entre las mismas. Se podrá

renovar mandato hasta 6 años, renovándose los miembros por mitades cada 3 años.

La condición de integrante de la comisión de garantías democráticas será incompatible con

cualquier otro cargo orgánico en Podemos o con cualquier cargo público de la naturaleza que

sea. No podrá optarse a cualquier cargo orgánico de Podemos, ni a cualquier cargo público, ni

acceder a un contrato retribui­do por Podemos hasta pasados cuatro años desde la finalización

del periodo de presencia en la Comisión de Garantías.

En caso de vacante en la Comisión de Garantáis Democráticas ocupará el puesto la perso­na

que tuviera más votos, sin haber resultado elegida, respetando siempre el principio de que, al

menos, un 50 % de las personas integrantes del órgano sean mujeres y de que el 50% deben

ser juristas. En el momento en que se diera la quinta vacante, la Comisión de Garantías se

disolverá automáticamente y tendrá que activarse el proceso de elección de una nueva

Comisión completa.

Para ser elegible como miembro de la Comisión de Garantías Democráticas, será necesario con

carácter previo:

a. No ostentar ningún cargo con funciones de dirección en cualquier otra organización.

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b. No ser cargo orgánico, o cargo electo o de designación institucional de Podemos, ni

de sus estructuras territoriales.

c. No mantener ninguna relación laboral o mercantil, por cuenta propia o ajena

remunerada en Podemos o en sus entes confederados o territoriales, salvo la que en

su caso se estableciera por el cumplimiento de sus funciones como miembros de la

propia Comisión, sin ser dependientes de la estructura del partido.

d. No estar en las direcciones de empresas que mantengan algún tipo de cooperación

o colaboración económica con Podemos o sus entes confederados o territoriales.

Principios generales

1. La Comisión de Garantías Democráticas Autonómica de Canarias resolverá los asuntos que

se le planteen tras procedimiento documentado y contradictorio conforme a los Estatutos del

Partido, los documentos aprobados en la Asamblea Ciudadana, los reglamentos aprobados en

el Consejo Ciudadano, el código ético, la legislación vigente y los principios generales del

derecho.

2. La Comisión de Garantías Democráticas Autonómica de Canarias no intervendrá para dirimir

diferencias políticas en el seno de la organización, ya que sus funciones se circunscriben a

incumplimientos éticos, de igualdad u orgánicos.

3. La Comisión de Garantías Democráticas Autonómica de Canarias actuará bajo los principios

de independencia, imparcialidad, legalidad, probidad, eficacia, intervención mínima,

garantismo, subsidiariedad, transparencia y democracia.

4. La Comisión de Garantías Democráticas Estatal se rige por el principio de transparencia y por

ello publicará todas las actas de sus reuniones así como sus decisiones incluídos los votos

particulares de sus miembros, siempre salvaguardando las disposiciones legales en materia de

protección de datos.

Son funciones de la Comisión de Garantías Autonómica de Canarias:

- Interpretar el documento organizativos ético y de igualdad del ámbito autonómico

de Po­demos a petición de cualquier inscrito.

- Llevar a cabo el procedimiento sancionador con respecto a personas inscritas en

Canarias.

- Resolver sobre los recursos sobre decisiones o actuaciones de los órganos

autonó­micos de Podemos.

- Garantizar los derechos de las personas inscritas en Podemos en la comunidad

Autónoma de Canarias

- Proponer y nombrar los equipos de mediación previa para cualquier conflicto que

llegue a la Comisión.

- Dictar los informes no vinculantes que le soliciten las Áreas, el Consejo Ciudadano

o el Consejo de Coordinación autonómicos de Canarias.

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- Dictar resoluciones aclaratorias sobre interpretación de Estatutos y reglamentos,

así como unificar los criterios doctrinales en las distintas situaciones.

- Establecer medidas cautelares de oficio o a petición del CCA por mayoría absoluta,

sobre lo cual deberá pronunciarse en un plazo de 5 días. Siempre con opción de

contradicción por parte del acusado en un plazo breve, mientras se resuelve el

proceso.

Tales medidas cautelares no podrán superar los cuatro meses, salvo que los hechos

motivo de juicio revistan una complejidad excepcional, en cuyo caso el plazo para la

resolución podrá prorrogarse dos meses. Existirá la posibilidad de adoptar recurso en

el plazo de cinco días hábiles ante el mismo órgano al que le corresponda la resolución

de los recursos contra el acuerdo sancionador.

- Desarrollar los protocolos de actuación, planes de cumplimiento y de prevención,

reglamentos internos, y demás normativa necesaria para el correcto desarrollo de sus

funciones, sin perjuicio de su aprobación por el Consejo Ciudadano Autonómico de

Canarias o la Asamblea Ciudadana Canaria por mayoría absoluta.

- La Comisión de Garantías Democráticas Autonómica de Canarias será competente

para resolver también aquellos conflictos que pudieran suscitarse entre distintos

órganos territoriales de su ámbito de actuación.

- Ejecutar con total independencia el presupuesto asignado por el Consejo

Ciudadano anualmente.

- Ejercer el resto de funciones y competencias que el documento de principios

organizativos, Estatutos y demás normas de Podemos reconocen a las Comisiones de

Garantías autonómicas.

Procedimientos del sistema de garantías:

Procedimiento sancionador: se iniciará de oficio o a instancia de parte. Procederá el

procedimiento sancionador en el supuesto de que alguna persona inscrita incumpla el código

ético de Podemos en lo que le afecte o incurra en alguna de las conductas calificadas como

infracciones.

Una de las personas de la comisión de garantías competente, determinada por turno, será

designada como instructora del procedimiento. La misma deberá recabar de la parte

denunciante, de la parte denunciada y de los órganos del partido cuantas manifestaciones,

declaraciones o pruebas sean pertinentes. No se podrá negar, salvo motivadamente, la

práctica de alguna prueba, documental o testifical que sea solicitada por una de las partes.

La persona encargada de la instrucción, una vez realizadas las indagaciones o practicadas las

pruebas, salvo aquellas que sean motivadamente rechazadas por impertinentes, elaborará un

informe de conclusiones provisionales, donde mostrará los hechos que entiende probados y su

calificación de acuerdo a las normas internas de Podemos.

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Una vez elaborado este informe se dará traslado del mismo a la persona denunciada que, por

un plazo de diez días podrá formular las alegaciones o aportar los documentos que considere

pertinentes.

A la vista de dichas alegaciones, la Comisión de Garantías Autonómica de Canarias adoptará

una resolución. La misma será adoptada por una subcomisión de tres personas integrantes

(ninguna de las cuales podrá ser la encargada de la instrucción). En el caso de que los hechos

pudieran llevar aparejada una sanción de expulsión la decisión será adop­tada por el pleno de

la Comisión de Garantías Autonómica de Canarias, salvo la persona encargada de la

instrucción. En caso de empate sobre la decisión el voto de la persona que ostente la

presidencia contará doble.

Las decisiones de la Comisión de Garantías autonómica de Canarias no serán de aplicación

directa hasta que las mismas adquieran firmeza, salvo que el Consejo Ciudadano

correspondiente solicite, por mayoría absoluta, que se adopte alguna medida de carácter

cautelar y así resuelva, en plazo de cinco días, la comisión competente.

El plazo máximo de resolución desde la puesta en conocimiento de los hechos a la comisión

competente y su resolución será de cuatro meses.

Procedimiento de interpretación: en cualquier momento cualquier persona inscrita podrá

solicitar, por escrito, la interpretación particular de cualquier extremo de los documentos o

normativa interna de Podemos. Dicha interpretación se realizará por el pleno del órgano

competente, en el plazo máximo de un mes desde la solicitud.

Las resoluciones interpretativas serán en todo caso públicas y accesibles de manera

telemática.

Procedimiento de recurso: cualquier resolución, sancionadora o interpretativa, podrá ser

recurrida ante la Comisión de Garantías Democráticas de Podemos.

En el caso del procedimiento sancionador la persona denunciante, denunciada o el Consejo

Ciudadano Autonómico del ámbito pertinente podrá, en el plazo de un mes desde que le sea

notificada la resolución, recurrir por escrito la resolución. La Comisión resolverá en plazo de un

mes desde la presentación del recurso, salvo que requiera de la práctica de pruebas, en cuyo

caso se ampliará el plazo a dos meses. La decisión la adoptará una subcomisión de tres

personas, salvo en el caso de que se trate de un recurso sobre una sanción que implique o se

solicite cambiar por expulsión, en cuyo caso intervendrá la Comisión en pleno, salvo aquellas

personas que hubieran participado en alguna instancia previa del procedimiento.

Se establecerán tanto en la instancia autonómica como en la Comisión estatal mecanismos de

mediación en los conflictos, por cuanto para proceder a la tramitación de expedientes

sancionadores tendrán necesariamente que previamente haberse intentado un acuerdo entre

las partes. Los mecanismos de mediación dependerán de la comisión de garantías, que deberá

informar al Consejo Ciudadano competente de la iniciación de las mismas.

En los supuestos vinculados a violencias machistas o cuestiones de género, las áreas o

se­cretarías de feminismos competentes deberán emitir un informe vinculante, que regirá la

instrucción. En el caso que la Comisión al resolver, se aparte de su criterio, deberá justificarlo.

Las comisiones de garantías dispondrán de autonomía presupuestaria y reglamentaria en

todas las cuestiones que no se reflejen en esta normativa.

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FINANCIACIÓN Y CONTRATACIÓN.

En estos más de 3 años desde que se fundó Podemos hemos logrado ser un

ejemplo y un referente en transparencia y finanzas. Hemos marcado un antes y un después. Al

resto de partidos aún les queda mucho para alcanzar nuestro nivel en esta materia porque

hemos logrado que desaparezcan del escenario político determinadas prácticas escondidas en

cajas B y financiación opaca e irregular.

Pero ahora, desde la convicción de que PODEMOS SEGUIR AVANZANDO, nos toca mirar más

allá. Debemos seguir siendo un referente, y para ello no podemos quedarnos en el mismo sitio.

Debemos seguir dando pasos en materia de transparencia y finanzas.

Debemos ser los primeros y primeras en exigir para nuestro partido lo mismo que estamos

exigiendo en las instituciones. Un partido con paredes de cristal, donde se sepa de dónde

viene y a qué se destina cada euro. Un partido con total transparencia, y donde no haya

ninguna duda.

Eso queremos para el renovado Podemos Canarias que ha de salir tras el proceso interno que

viviremos este próximo mes de junio. Está claro que hemos logrado grandes avances, pero

debemos conquistar más.

La corrupción ha sido uno de los grandes males de España y de Canarias. Por ello, este

documento parte de la convicción de que la mejor vacuna contra la corrupción es la

transparencia. Y por eso queremos y debemos dar ejemplo. Podemos tiene que seguir siendo

un referente, que vayamos varios pasos por delante con la ambición y el convencimiento de

que entre todos y todas lo podemos conseguir. Con este documento como punto de partida.

Aquí están nuestras propuestas en materia de finanzas y transparencia para Podemos

Canarias.

Descentralizar.

Este documento propone profundizar y ampliar el modelo construido hasta

ahora, para fomentar la autonomía canaria, la descentralización municipal y racionalizar el

gasto autonómico, proponiendo un nuevo esquema de reparto de los fondos y nuevas

herramientas para fomentar la recaudación y la autofinanciación.

Es hora de acometer una segunda descentralización financiera y dotar de financiación

y herramientas a los territorios, en especial al nivel municipal.

En segundo lugar, es necesario alinear las fuentes de financiación con su ámbito territorial. Es

decir, asegurar que la subvención es autonómica y las donaciones de cargos electos nutren

los recursos del territorio en donde se recaudan. No solo es justo que sea así,

también genera una competición sana por la cual cada territorio dispone de

mayores recursos en función de su resultado electoral y su implantación en el territorio.

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En tercer lugar, es urgente acometer la descentralización municipal, dotando de

recursos suficientes al ámbito local a través del 100% de la recaudación de las

colaboraciones económicas. Cuantos más colaboradores económicos tenga un municipio,

mayor será su capacidad financiera.

Preparados para echar raíces a nivel municipal.

Desde la aparición de Podemos, la mayoría de los recursos financieros han sido

absorbidos a nivel estatal. Esto tenía 2 efectos: los recursos privados de simpatizantes a nivel

local servían para sufragar el asalto institucional pero los recursos adicionales son

provenientes de la presencia en instituciones públicas no llegaban a nivel local. Ante la

previsible renovación de CCMs, es hora de revertir ese proceso. También será necesario contar

con personal profesionalizado que pueda dar cobertura a los municipios, simplificando las

obligaciones contables y haciendo más ligera y eficiente la estructura local.

El nuevo ciclo nos va a permitir unos años de trabajo estable, y para poder

desarrollarlo necesitamos disponer también de un sistema de financiación estable. Uno de los

objetivos es asegurar recursos que nos permitan planificar y crecer.

Para esta tarea deberemos apostar por un trabajo de equipo más allá de las

personas responsables de finanzas autonómicas, por ello desarrollaremos la Comisión de

Finanzas Autonómica recogida en el Documento de Principios Organizativos aprobado a

nivel estatal. Su composición y funcionamiento vendrá recogido en el reglamento de

funcionamiento del Consejo Ciudadano Autonómico que se aprobará en su seno

al inicio de su mandato.

Para ello contarán con una estructura administrativa que les permita apoyar en las

labores contables a los responsables municipales y a los círculos para cumplir con las

obligaciones fiscales y la rendición de cuentas.

Serán atribuciones de esta Comisión:

- Confeccionar el proyecto de presupuestos de ingresos y gastos de Podemos Canarias

para su deliberación y aprobación en los órganos competentes. Establecer un calendario de

gestión de presupuesto.

- Elaborar un manual de procedimientos básico para la gestión económica de los

círculos, así como establecer herramientas estándar y de fácil compresión para la gestión de

los procesos establecidos para las unidades orgánicas de nivel local

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- Crear una intranet donde se publicará los resultados de la gestión económica y

financiera de la organización en todos sus niveles, círculos, coordinaras y consejos ciudadanos

del ámbito de Canarias

- Percibir los ingresos presupuestados, efectuar el seguimiento y abono de los gastos

autorizados por los órganos competentes.

- Custodiar los estados contables y elaborar el balance y las cuentas anuales.

- Elaborar el informe anual de presupuesto de ingresos y gastos.

- Obligación de elaborar y presentar informes que sean solicitados por el Consejo

Ciudadano de Canarias o su Consejo de Coordinación, deberá preparar aquellas memorias e

informes correspondientes a su Área que deban ser objeto de deliberación y aprobación por

parte del Consejo Ciudadano de Canarias o la Asamblea Ciudadana.

Interventor de la transparencia y control financiero:

Para mejorar control y respaldo de los mecanismos de transparencia y enriquecer el control

financiero, crearemos este aspecto externo al Consejo Ciudadano Autonómico (CCA) que se

complementara en la Comisión de Finanzas Autonómica. Su función será la de proteger la

aplicación de la transparencia y la ejecución de los controles financieros establecidos, así como

colaborar en su progreso y avance. Supervisar el cumplimiento de los calendarios con los

eventos de rendición de cuentas, elaboración de estados contables, obligaciones tributarias e

informes de gestión

Para garantizar su independencia no pertenecerá al Consejo Ciudadano Autonómico, sino una

persona inscrita, a propuesta del Consejo de Coordinación que deberá ser elegida en el CCA,

requiriendo para el mismo de una mayoría del ⅗. La Secretaría General abrirá un

procedimiento de propuestas entre los miembros del CCA y la persona a elegir tenga los

conocimientos necesarios para desarrollar esta competencia

Sus competencias:

- Cuidar por el cumplimiento de transparencia.

- Asesorar a la Comisión de Finanzas y al responsable de finanzas autonómico en el

desarrollo de herramientas de control financiero y transparencia.

- Elaborar informes y propuestas de mejora.

- Dar traslado a los órganos correspondientes de las quejas y sugerencias de los inscritos

o círculos en esta materia.

- Supervisar la ejecución presupuestaria y contable de Consejo Ciudadano Autonómico,

los grupos institucionales, cualquier órgano insular y municipal que se formen en Canarias.

- Solicitar la interrupción de la actividad contable, previa comunicación a la Comisión de

Garantías y aceptación de la misma, si observara irregularidades graves o negación a mostrar

datos contables para el desarrollo de su trabajo.

La financiación de Podemos Canarias se adaptará en función de las prioridades políticas que se

han definido en este proyecto.

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Fuentes de financiación.

Las fuentes de financiación de las que se dispone y dispondrá son de dos tipos. Por un lado, la

financiación pública, que es fundamentalmente la aportación que hacen las administraciones a

los grupos institucionales para su funcionamiento: Grupos Municipales, Cabildos Insulares y

Grupo Parlamentario Autonómico.

Y por otro lado, las aportaciones propias, que son las donaciones voluntarias que

hacen los miembros de los Círculos y las donaciones que los diputados y los concejales hacen

de las cantidades que cobran y que exceden los tres SMI.

Asimismo, se pedirá al Consejo Ciudadano Estatal la creación de un fondo estatal de

solidaridad y compensación por insularidad.

Política de contrataciones.

Para asegurar un nivel apropiado de transparencia, concurrencia y publicidad en

función del tipo de gastos, los presupuestos aprobados vendrán acompañados de unas bases

de ejecución en las que se establecerá los mecanismos de aprobación y ejecución de gastos en

función de los siguientes tipos y principios; o similares si los propuestos no fueran ajustados

con la realidad financiera del partido:

- Gasto tipo 1: Contrataciones recurrentes de menos de 500 €. Cuya ejecución podrá ser

aprobada por la responsable del área, equipo, órgano a quien esté consignado el presupuesto,

siempre con el visto bueno de liquidez del responsable de finanzas, y en cuya ejecución no

requiere de publicidad ni presupuestos competitivos.

- Gasto tipo 2: Eventos y contrataciones de entre 500 €. y 5.000 €. Cuya ejecución

deberá contar con un mayor control en la disposición y ejecución que será establecido por la

Comisión de Finanzas y aprobado por el Consejo Ciudadano Autonómico junto con los

presupuestos y en todo caso deberá contarse con al menos 3 ofertas competitivas antes de

contratar. Se publicará en la página web todas las necesidades de contratación y se habilitará

un sitio web denominado perfil del contratante donde se gestionará la evolución de los

distintos expedientes de contratación

- Gasto tipo 3: Eventos y contrataciones de más de 5.000 €. Cuya ejecución deberá

contar con la aprobación de, al menos, el Consejo de Coordinación, y en todo caso será

establecido por la Comisión de Finanzas y aprobado por el Consejo Ciudadano Autonómico

junto con los presupuestos, debiendo constituirse Mesa de Contratación cuya composición y

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funcionamiento igualmente serán aprobados en las bases de ejecución que acompañarán los

presupuestos.

Contratación de personal.

Esta nueva etapa necesita una nueva forma de trabajo interno. El voluntariado

con su esfuerzo y su talento de manera desinteresada es importante, pero existen ámbitos de

aportación colectiva y de colaboración que resultan vitales, la clave es asegurar un intenso

trabajo cotidiano y diario con profesionales y equipos diversos. El personal contratado va a

asegurar que los equipos de trabajo formados por voluntarios, cargos electos y simpatizantes

funcionen.

Tipos de contratos:

- Confianza. Máximo una persona por Consejo Ciudadano y por grupo institucional. La duración

de este trabajo se limitará a la permanencia de la persona de la que dependa y su contrato

finalizará cuando cese su responsable.

- Técnico. Se valorarán los méritos profesionales y académicos para el puesto. Como máximo el

30% de la valoración podrá responder a la afinidad política.

Las contrataciones “técnicas” se harán a través de concurso público. Se establecerá un

reglamento público para contrataciones que deberá ser aprobado por el Consejo Ciudadano

Autonómico, que observe al menos los siguientes requisitos para realizar procesos de

contratación, así como medidas para resolución de conflictos:

- El CCA aprobará informe de inicio de procedimiento donde se establecerá la

constitución de Mesa de Contratación permanente o puntual.

- La Mesa de Contratación aprobará los requisitos públicos y determinará unos baremos

de méritos incluyendo elementos cualitativos y de confianza política que no podrán

representar más del 40% de los méritos totales.

- La mesa filtrará los candidatos que no cumplan con los requisitos mínimos

establecidos. Realizará las entrevistas pertinentes, en las que cualquier miembro tendrá

obligación de abstenerse si se hubieran dado casos de conflictos de intereses previamente

establecidos.

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Este método será de aplicación para todas las contrataciones que se hagan en

Podemos Canarias.

El número de personas que cada año natural pueden ser objeto de contrato y por tanto figurar

en el listado de ocupación de puestos de trabajo del personal laboral de Podemos Canarias

durante la totalidad del año o parte de él, deberá ser fijado por acuerdo del Consejo

Ciudadano de Canarias, con carácter previo al inicio del año natural. Cuando concurran

circunstancias excepcionales y no sea posible prever con antelación dicho número, este podrá

ser modificado a lo largo del año natural por acuerdo del Consejo Ciudadano de Canarias.

Además, se van a poner en marcha fórmulas de evaluación constante más allá del trabajo

puramente político, de manera que se apliquen métricas para el correcto desempeño de cada

puesto de trabajo.

Donaciones de cargos públicos.

Todas las donaciones serán destinadas en un 50% al partido y el otro 50%

restante a la creación de una Fundación Canaria para el apoyo a proyectos sociales y para la

elaboración de un plan de formación.

Rendición de cuentas

Todos los gastos de los CC y los grupos institucionales se actualizarán cada 3 meses, incluyendo

los justificantes de todos los gastos. Para ellos y como se indicó en los apartados anteriores, la

Comisión de Finanzas establecerá como medio de difusión para todos la militancia y órganos

varios de la organización una intranet donde poder consultar toda la información económica y

financiera, tales como, ejecución de presupuesto, balances de suma y saldo y cuenta de

resultados previsional

Todos los cargos públicos tendrán que rendir cuenta tanto de su actividad institucional como

de sus ingresos, sus dietas y sus donaciones.

Solo las indemnizaciones fijas por segunda vivienda serán de un importe fijo mensual que no

necesita justificantes. Cualquier otro tipo de ingresos por dietas o viajes deberá ser justificado

trimestralmente, incluyendo pruebas documentales.

(Documento transaccionado con el documento de Finanzas y Tansparencia Un Podemos

Canarias De Paredes de Cristal de Noemí Santana entro otros firmantes)

Continua en anexo 1 (pag.

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Consejo de Coordinación Insular

ÓRGANO COORDINADOR INSULAR. AHORA SÍ PODEMOS

CCI

1. El Círculo Podemos Insular.

2. El Consejo Ciudadano Insular.

3. El Consejo Ciudadano Insular.

4. La Asamblea Ciudadana Insular.

Texto articulado:

1. El Círculo Podemos Insular.

El nivel insular de la Organización estará constituido por una Secretaría General Insular y un

Consejo Ciudadano Insular

2. El Consejo Ciudadano Insular.

El Consejo de Coordinación Insular es el órgano colegiado en que se apoya la Secretaría General Insular y el CCI para realizar las tareas de carácter político y de coordinación interna. El Consejo de Coordinación Insular, actuando de manera colegiada, atenderá las obligaciones de carácter general de la organización en su ámbito y asumirá las decisiones políticas inmediatas, coordinando la actividad política y ejecutiva de las diferentes áreas y equipos de trabajo Insulares. Para iniciar un proceso revocatorio sobre el mandato de un integrante del Consejo de Coordinación Insular será necesario que haya transcurrido el plazo mínimo de 6 meses para la revocación

Estará compuesto por un número de entre 10 y 15 (Según población) miembros electos mediante

sistema de elección dowdall directamente por la Asamblea Ciudadana Insular. Se podrán

presentar al mismo, candidaturas individuales o listas, que podrán estar vinculadas a una

candidatura a la Secretaría General o no. Las candidaturas serán mediante listas

diferenciadas, abiertas y desbloqueadas. Se considerarán "listas" las agrupaciones de

candidatos/as compuestas al menos por el 30% de los miembros a elegir en el órgano

correspondiente y que tengan un proyecto político asociado. No cabrá un voto simultáneo,

con un solo clic a toda la candidatura al Consejo Ciudadano y a la Secretaria General.

La pertenencia al Consejo Ciudadano es incompatible con cualquier otro cargo orgánico

o público de Podemos.

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Las vacantes por circunstancias que impidan la participación de la persona que ocupa el cargo se suplirán con el siguiente más votado en la lista respetando los criterios de género establecidos para la constitución del órgano y hasta un máximo del 30 por ciento del órgano originario.

Las vacantes originadas por conflictos insuperables y/o procesos revocatorios no podrán ser suplidas y el órgano se disolverá cuando ya no exista la mitad más 1 de sus miembros, debiendo procederse a la reelección del mismo por la Asamblea Ciudadana.

El Consejo Ciudadano Insular, es el órgano encargado de debatir, decidir y ejecutar la dirección política de Podemos en su isla entre Asambleas Ciudadanas Insulares y siempre de acuerdo con lo aprobado en estas y con la línea estratégica general de Podemos.

a. Competencias.

i. Impulsar la línea política de Podemos aprobada por la Asamblea Ciu-dadana Insular, siempre en coherencia con las líneas estratégicas generales de Podemos.

ii. Aprobar o rechazar las propuestas de presupuestos anuales sin perjuicio de que la Asamblea Ciudadana Insular pueda exigir, según los procedimientos previstos, su ratificación.

iii. Aprobar o rechazar las propuestas de presupuestos extraordinarios, sin perjuicio de que la Asamblea Ciudadana Municipal pueda exigir, según los procedimientos previstos, su ratificación.

iv. Nombrar y sustituir a los y las responsables de las secretarías, áreas y equipos de trabajo insulares, mínimamente las de feminismo y rural o de cuando los haya.

v. Organizar, en su caso, el proceso electoral de revocación de la persona elegida para ocupar la Secretaría General Insular, que tendrá que llevarse a cabo tras el periodo prescrito y sobre el mismo cuerpo electoral que les eligió. Nombrar y revocar en su caso a los miembros del Consejo de Coordinación Insular.

vi. Organización técnica de la Asamblea Ciudadana Insular.

vii. Definir los mecanismos necesarios para la coordinación e integración de la acción política municipal en las decisiones y acción política Insular.

viii. Definir los mecanismos necesarios para la coordinación política con el grupo político del correspondiente Cabildo, así como elegir, tras escuchar al grupo, sus estructuras de funcionamiento, portavocías y a las personas que desempeñarán esas responsabilidades. En los casos donde se decida concurrir en confluencias municipales, deberá decidir la relación que se establecerá con el espacio de confluencia.

b. Convocatoria. El CCI podrá ser convocado en cualquier momento:

i. A propuesta de la Secretaría General Insular. ii. A petición del 25% del Consejo de Coordinación Insular.

iii. A petición del 25% del CCI. iv. A petición del 10% de las personas inscritas activas en Podemos en la

isla.

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En ningún caso podrán transcurrir más de tres meses entre dos reuniones del Consejo Ciudadano Insular. La Secretaría General Insular tendrá la obligación de convocar al CCI antes de que transcurra ese plazo, salvo decisión motivada por circunstancias extraordinarias.

c. Funcionamiento Cada Consejo Ciudadano Insular elaborará su propio reglamento de funcionamiento y

determinará su estructura funcional, atendiendo a lo que la Asamblea Ciudadana

Insular ordinaria haya decidido sobre su propia organización.

Independientemente de esta organización, los Consejos Ciudadanos Insulares tendrán:

1. una Secretaría de Feminismos y Políticas de Igualdad y una rural

2. un área o grupo de trabajo que se encargue de la prevención, mediación y

resolución de conflictos, dependiente de la secretaría que el propio Consejo Ciudadano

Insular decida en su reglamento.

3. crear y potenciar un área de formación. Un área con los medios adecuados,

tanto humanos como materiales, que se encargue de la organización de proyectos que

fomenten el comportamiento democrático, el pensamiento crítico, contribuyan a la

participación y al tan citado empoderamiento ciudadano, y cuyos eventos se realicen

sobre las propuestas de los militantes de los lugares, adaptándose al contexto de cada

sitio.

4. una Coordinadora Insular, que estará integrada por los SG municipales, los

enlaces de los Círculos y los cargos electos en la institución insular. La forma,

organización y reglamento de funcionamiento de estos equipos de trabajo los definirán

los órganos y Círculos implicados conjuntamente.

3. La Secretaría General Insular. Se elegirá en primarias abiertas, garantizando el voto telemático y presencial, y organizadas por el Consejo de Coordinación Insular en coordinación con el Órgano autonómico previamente constituido o, en su defecto, por este último. El mandato será de 3 años, renovable por otros 3 años. La Secretaría General Insular es el órgano que ejerce la representación política e institucional de Podemos en la isla, coordinando sus actividades y asegurando la coherencia estratégica de su discurso y acción política, así como la coordinación y la coherencia estratégica con Podemos a nivel autonómico y estatal. Competencias

a. Competencias. Serán competencias de la persona elegida para ejercer la Secretaría General Insular:

i. Ejercer la representación política e institucional de Podemos en la Isla, coordinando sus actividades.

ii. Presidir el CCi y el Consejo de Coordinación Insular. iii. Convocar la Asamblea Ciudadana Insular.

b. Elección

La persona que ocupe la Secretaría General Insular será elegida por la Asamblea Ciudadana Insular mediante sufragio libre y directo, de acuerdo con lo establecido en este documento.

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La persona que ocupe la Secretaría General Insular podrá ser revocada mediante la convocatoria de una consulta vinculante revocatoria a la Asamblea Ciudadana Insular que lo nombró. El CCI, actuando de manera colegiada, será el encargado de organizar el proceso electoral de revocación.

4. La Asamblea Ciudadana Insular. La Asamblea Ciudadana Insular es el máximo órgano de decisión en este ámbito territorial y posee, de forma permanente, la máxima capacidad de decisión en dicho territorio, siempre en coherencia con los acuerdos emanados de las Asambleas Ciudadanas de orden territorial superior. Así, les corresponde autonomía respecto a todas las cuestiones de especial relevancia para el conjunto de la organización en ese territorio, siempre que no contravengan los principios generales de Podemos.

La Asamblea Ciudadana Insular permanecerá activa de manera continuada, y se considerará abierta de forma permanente para la realización de procesos de decisión y consultas vinculantes sobre temas de especial relevancia política en la isa.

Para asegurar la coherencia del proyecto, la elección de la línea estratégica en la isla y de la Secretaría General Insular se hará de forma relacionada y en un mismo proceso.

Todas las personas inscritas en Podemos en la isla tendrán derecho a participar, con voz y

voto, en la Asamblea Ciudadana Insular. En este sentido, la Asamblea Ciudadana Insular

arbitrará todos los mecanismos disponibles para garantizar el ejercicio del derecho a voz y

voto de todas las personas inscritas en el territorio, para lo que utilizará todas las herramientas

presenciales y telemáticas a su alcance.

Las Asambleas Ciudadanas Insulares estarán compuestas por todas las personas inscritas en Podemos en la respectiva isla a través de los respectivos municipios en los que han elegido libremente ejercer su derecho a voto dentro de Podemos y no podrán estar inscritas en más de un municipio al mismo tiempo.

Podemos actuará con un principio de subsidiaridad, siendo los órganos territorialmente

inferiores los privilegiados para establecer criterios organizativos propios en lo que respecta a

la acción política dentro de su propio territorio.

a. Competencias. Serán competencias exclusivas e intransferibles de las Asambleas Ciudadanas Insulares, al menos:

i. Determinar la forma en la que se trasladan las líneas políticas genera-les y los principios programáticos de Podemos a la isla.

ii. Elegir a la persona que ocupará la Secretaría General Insular mediante un sistema electoral de voto directo.

iii. Elegir a los miembros del CCI mediante el sistema de votación Dowdall.

iv. Aprobar los programas electorales definitivos (tras un proceso de ela-boración participativa) correspondientes a procesos electorales de su isla, sin contradecir los principios programáticos aprobados por asambleas de orden territorial superior.

v. Decidir la fórmula política y jurídica en la que se concurre a los dife-rentes procesos electorales de su ámbito territorial correspondiente.

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vi. Elaborar, mediante un proceso de primarias abiertas, las listas electo-rales para optar a cargos públicos en las instituciones de representa-ción de su respectivo ámbito territorial, que cuenten con un mínimo del 50% de mujeres.

vii. Aprobar o rechazar cualquier tipo de pacto o alianza preelectoral o postelectoral de gobierno para las instituciones de representación de su ámbito territorial, de acuerdo con los principios generales aproba-dos por las asambleas de orden territorial superior.

viii. Revocar a la Secretaría General Insular de acuerdo con los procedi-mientos establecidos en este documento.

ix. Definir las funciones y la forma de coordinación con los Círculos terri-toriales o sectoriales de su municipio y, en su caso, definir espacios de representación menores o diferentes al municipio.

En el caso de que los acuerdos de la Asamblea Ciudadana Insular impliquen la disolución del

partido u otras cuestiones legales relacionadas, o cualquier proceso de cambio de naturaleza

orgánica con otras fuerzas políticas, será necesario adoptar las decisiones por mayorías

cualificadas de 2/3 de las personas inscritas en la isla y 2/3 de los Círculos activos.

La organización técnica de la Asamblea Ciudadana Insular le corresponde al Consejo Ciudadano

Insular.

5. Convocatoria de la Asamblea Ciudadana Insular y de consultas revocatorias.

a. La Asamblea Ciudadana Insular será convocada: i. Con carácter ordinario de forma automática transcurridos cuatro años

desde la anterior. Este tipo de convocatoria tendrá al menos una fase presencial y se denomina Asamblea Ciudadana ordinaria.

ii. En forma de Asamblea Ciudadana ordinaria después de que hayan pasado al menos dieciocho meses desde la anterior, por decisión de:

1. La Secretaría General o 3/5 del Consejo de Coordinación. 2. Una mayoría cualificada de 3/5 del CCI 3. Un 20% de las personas inscritas activas en Podemos de su

ámbito insular. 4. Un 30% de los Círculos activos o en proceso de activación.

iii. En forma de Asamblea Ciudadana permanente para decidir, con ca-

rácter vinculante, sobre elementos de gran relevancia política, por de-cisión de:

1. La Secretaría General o por mayoría simple del Consejo de Coordinación

2. La mayoría simple del Plenario. 3. Un 10% de los inscritos activos en Podemos en el nivel insular. 4. Un 20% de los Círculos activos o en proceso de activación.

b. Consulta revocatorias.

Las decisiones de la Asamblea Ciudadana podrán tener carácter de consulta revocatoria transcurrido un plazo de dieciocho meses desde la elección de la persona o el órgano que se vaya a revocar. En este caso, la consulta se podrá activar por la decisión de:

i. Un 20% de las personas inscritas activas en el nivel insular. ii. Un 25% de los Círculos activos o en proceso de activación.

iii. Una mayoría de 3/5 del CCI

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No se precisará de documento específico para la recogida de apoyos para iniciar cualquiera

de los derechos contenidos en este artículo. No obstante deberán recogerse en el documento

de apoyo al menos: el nombre y apellidos de los firmantes, documento de identificación y

firma.

Ninguna persona podrá ser sometida a una segunda consulta revocatoria hasta pasados al

menos 18 meses desde la anterior.

La participación mínima requerida para la consideración de validez de todos los procesos de consulta y revocación será del 10% de los inscritos.

La Coordinadora Insular 1-La Coordinadora Insular es el órgano encargado de garantizar la participación efectiva de la militancia de cada isla en todos los espacios de la organización. La misión de cada Ente Insular será la de proveer las herramientas necesarias para que la elaboración política y las decisiones organizativas en cada isla sean producto de la reflexión biyectiva entre los círculos y los órganos autonómicos.

2-Estará compuesto por miembros natos y miembros electos en la siguiente proporción:

- Los representantes de cada Circulo validado serán las personas que ocupen la Secretaría General del círculo y habrá otra persona que, cumpliendo paridad) podrá acudir en su nombre teniendo voto delegado. A esta persona la podrá elegir cada Círculo en cada momento para facilitar la conciliación y la rotación de las responsabilidades.

- Representantes de la militancia que serán elegidas por circunscripción única (insular) y candidaturas paritarias que garanticen la presencia de mujeres.

- Representantes del CCA en número igual a las áreas que en cada momento hubiera.

Además estas personas tendrán la función de secretaría insular de cada área en cada isla, facilitando así la elaboración política.

Y siempre de manera paritaria según el funcionamiento descrito en el documento organizativo estatal vigente.

3-El ámbito de las CI es insular, sin embargo sus funciones alcanzan al conjunto de Canarias como elemento cohesionador entre territorios. Entre sus competencias:

a) Trasladar las iniciativas políticas que emanen desde los círculos hasta los grupos parlamentarios de los diferentes Cabildos.

b) Coordinar y controlar la actividad del Grupo del Cabildo, manteniendo la interacción entre este órgano y los círculos y elevando a este las propuestas políticas que surjan del desarrollo del trabajo de los círculos y de los actores sociales en el territorio correspondiente siempre bajo la dirección política acordada por la Asamblea Ciudadana Autonómica.

c) Desarrollar con funciones ejecutivas las decisiones aprobadas por la Asamblea Ciudadana Autonómica y aquellas conducentes a desarrollar la línea política de Podemos en el territorio de su competencia.

d) Convocar a la asamblea Ciudadana Consultiva del ámbito territorial correspondiente tanto para todas las cuestiones que resulten preceptivas como para cualquier otra consulta de especial relevancia política para el conjunto de PODEMOS

e) Convocar, para cuestiones de especial trascendencia, si lo estima oportuno, cualquier asamblea de nivel territorial inferior previa comunicación formal al CCA.

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f) Convocar las Asambleas Consultivas Insulares para que el grupo del cabildo realice una rendición de cuentas en las islas en donde Podemos tuviera representación.

g) Elaborar un presupuesto para cada cada ejercicio que será debatido y aprobado en el CCA para el normal desarrollo de las actividades de PODEMOS en su territorio (sin perjuicio de que la asamblea Ciudadana pueda exigir, según los procedimientos previstos, su ratificación).

f) Coordinar el trabajo de los círculos, apoyar la extensión de estos donde aun no los hubiera, ayudar/apoyar a los círculos que aun se están formando, crear coordinadoras comarcales, etc...

4-El funcionamiento de las distintos CI será siempre horizontal y se trabajará por áreas políticas insulares.

a) Las únicas figuras destacadas serán ambos portavoces que tendrán un carácter rotatorio semestral.

b) Se potenciará la participación telemática como elemento que permita la conciliación familiar y laboral.

c) Las secretarías insulares explicadas en el artículo 3 serán las responsables de la comunicación a nivel temático entre las CI y los distintos círculos sectoriales.

5- Las CI se autoconvocarán por consenso de sus integrantes y además podrán ser convocados, siempre con 48 horas de antelación, por

a) Los círculos, tanto territoriales como sectoriales validados de cada isla.

b) Los Consejos Ciudadanos Municipales

b) Los grupos parlamentarios del Cabildo de cada Isla

c) El Consejo Ciudadano Autonómico.

d) Sin perjuicio de estas normas los CI establecerán su propio reglamento de trabajo que será aprobado por el propio CI y que podrá ser ratificado, a instancias de los círculos, por la

Asamblea Presencial Consultiva

6-La parte electa de las CI se elegirá en la primera Asamblea Consultiva Insular que se celebre tras la aprobación de este documento. A partir de ahí se votará la renovación cada 2 años con independencia de las renovaciones que la parte nata sufriera de manera ajena al funcionamiento de las CI.

7- En aquellas islas en las que Podemos aún no tenga una estructura consolidada y robusta el papel de las CI es sustancial y puede llegar a convertirse, a falta de otros espacios de militancia, en el marco adecuado para facilitar la participación de todas las personas que así lo deseen. Para lograr esto las CI podrán solicitar partidas presupuestarias al CCE siempre y cuando vengan acompañadas de un memorándum explicando la problemática y el uso finalista de las mismas. En cada isla habrá un órgano Insular encargado de la coordinación de las iniciativas que aporten los Círculos y será a su vez el encargado de transmitir dichas iniciativas del Consejo Autonómico a los Círculos de cada una de las islas.

Este órgano tendrá, al menos, cuatro funciones básicas:

Ejercer un control sobre las políticas llevadas a cabo por el Cabildo así como de los cargos de Podemos en caso de que los hubiere.

Se encargará de canalizar y llevar al parlamento del Cabildo las iniciativas de los Círculos.

Transmitir y coordinar las iniciativas en ambas direcciones entre el Consejo Ciudadano y los Círculos.

Servir de apoyo a los Círculos existentes para ayudarles en su desarrollo y del mismo modo fomentar, guiar y acompañar el nacimiento de nuevos Círculos acompañando sus primeros pasos.

La Coordinadora Insular

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1- La Coordinadora Insular es el órgano encargado de garantizar la participación efectiva de la militancia de cada isla en todos los espacios de la organización. La misión de cada Ente Insular será la de proveer las herramientas necesarias para que la elaboración política y las decisiones organizativas en cada isla sean producto de la reflexión biyectiva entre los círculos y los órganos autonómicos.

2. Estará compuesto por miembros natos y miembros electos en la siguiente proporción:

- Los representantes de cada Círculo validado serán las personas que ocupen la Secretaría

General del círculo y habrá otra persona que, cumpliendo paridad) podrá acudir en su nombre teniendo voto delegado. A esta persona la podrá elegir cada Círculo en cada momento para facilitar la conciliación y la rotación de las responsabilidades.

- Representantes de la militancia que serán elegidas por circunscripción única (insular) y candidaturas paritarias que garanticen la presencia de mujeres.

- Representantes del CCA en número igual a las áreas que en cada momento hubiera.

Además estas personas tendrán la función de secretaría insular de cada área en cada isla, facilitando así la elaboración política.

Y siempre de manera paritaria según el funcionamiento descrito en el documento organizativo estatal vigente

3. El ámbito de las CI es insular, sin embargo sus funciones alcanzan al conjunto de

Canarias como elemento cohesionador entre territorios.

Entre sus competencias:

a) Trasladar las iniciativas políticas que emanen desde los círculos hasta los grupos parlamentarios de los diferentes Cabildos.

b) Coordinar y controlar la actividad del Grupo del Cabildo, manteniendo la interacción entre este órgano y los círculos y elevando a este las propuestas políticas que surjan del desarrollo del trabajo de los círculos y de los actores sociales en el territorio correspondiente siempre bajo la dirección política acordada por la Asamblea Ciudadana Autonómica.

c) Desarrollar con funciones ejecutivas las decisiones aprobadas por la Asamblea Ciudadana Autonómica y aquellas conducentes a desarrollar la línea política de Podemos en el territorio de su competencia.

d) Convocar a la asamblea Ciudadana Consultiva del ámbito territorial correspondiente tanto para todas las cuestiones que resulten preceptivas como para cualquier otra consulta de especial relevancia política para el conjunto de PODEMOS

e) Convocar, para cuestiones de especial trascendencia, si lo estima oportuno, cualquier asamblea de nivel territorial inferior previa comunicación formal al CCA.

f) Convocar las Asambleas Consultivas Insulares para que el grupo del cabildo realice una rendición de cuentas en las islas en donde Podemos tuviera representación.

g) Elaborar un presupuesto para cada cada ejercicio que será debatido y aprobado en el CCA para el normal desarrollo de las actividades de PODEMOS en su territorio (sin perjuicio de que la asamblea Ciudadana pueda exigir, según los procedimientos previstos, su ratificación).

f) Coordinar el trabajo de los círculos, apoyar la extensión de estos donde aún no los hubiera, ayudar/apoyar a los círculos que aún se están formando, crear coordinadoras comarcales, etc...

4-El funcionamiento de las distintos CI será siempre horizontal y se trabajará por áreas políticas insulares.

a) Las únicas figuras destacadas serán ambos portavoces que tendrán un carácter rotatorio semestral.

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b) Se potenciará la participación telemática como elemento que permita la conciliación familiar y laboral.

c) Las secretarías insulares explicadas en el artículo 3 serán las responsables de la comunicación a nivel temático entre las CI y los distintos círculos sectoriales.

5- Las CI se autoconvocarán por consenso de sus integrantes y además podrán ser convocados, siempre con 48 horas de antelación, por

a) Los círculos, tanto territoriales como sectoriales validados de cada isla.

b) Los Consejos Ciudadanos Municipales

c) Los gelectos parlamentarios del Cabildo de cada Isla

d) El Consejo Ciudadano Autonómico.

e) Sin perjuicio de estas normas los CI establecerán su propio reglamento de trabajo que será aprobado por el propio CI y que podrá ser ratificado, a instancias de los círculos, por la Asamblea Presencial Consultiva

6-La parte electa de las CI se elegirá en la primera Asamblea Consultiva Insular que se celebre tras la aprobación de este documento. A partir de ahí se votará la renovación cada 2 años con independencia de las renovaciones que la parte nata sufriera de manera ajena al funcionamiento de las CI.

7- En aquellas islas en las que Podemos aún no tenga una estructura consolidada y robusta el papel de las CI es sustancial y puede llegar a convertirse, a falta de otros espacios de militancia, en el marco adecuado para facilitar la participación de todas las personas que así lo deseen. Para lograr esto las CI podrán solicitar partidas presupuestarias al CCE siempre y cuando vengan acompañadas de un memorándum explicando la problemática y el uso finalista de las mismas.

(Documento de Coordinadora Insular es una aportación de Aguado)

Organización de los Círculos

DOCUMENTO SOBRE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE

LOS CÍRCULOS

1.- Claves que dan sentido a esta propuesta:

- Poner en valor el papel de los círculos como espacio de articulación social en el territorio y

más cercano a la ciudadanía y su manera más genuina de implicación política y social en el

espacio local.

- Reforzar la relación de los círculos con los órganos de PODEMOS y su capacidad de propuesta

e incidencia política, siempre desde un modelo que recoja iniciativas, debate, opiniones e

ideas, dando cabida a un proyecto de horizontalidad en lo político y en la discusión de su

ideario y disciplina socio-política.

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- Promover la capacidad de auto-organización y coordinación de los círculos entre ellos,

promocionando el trabajo y la elaboración de propuestas conjuntas a la vez que un foro de

debate de ideas y formación contínua.

2.- Análisis de la situación:

El modelo inicial de organización en círculos está debilitado, de forma que podemos calificar la

situación actual como de reflujo generalizado. Un patrón organizativo acelerado y con varios

procesos electorales en paralelo en este paradigma ha podido contribuir a una situación de

conflicto y de pérdida de activos humanos en este proceso. A pesar de que la diversidad de

situaciones y dinámicas hace difícil encontrar una explicación basada en causas comunes, se

pueden identificar algunos factores que han podido influir:

a) Priorización de las dinámicas particulares: cada círculo ha seguido un desarrollo autónomo

en el que se han terminado imponiendo las dinámicas propias con escasas ocasiones para

intercambiar experiencias, ni para aprender de aciertos y errores de otros círculos. Desde la

propia organización y dada la juventud de los círculos no se han podido implementar estilos y

estrategias coordinadas y colaborativas en la estructura más básica de funcionamiento y

organización de Podemos, los círculos municipales.

b) Incapacidad para gestionar las diferencias: los desencuentros personales y luchas por el

liderazgo ha supuesto la ruptura del clima organizativo y personal necesario para la acción

política, se ha echado de menos una mayor integración de la diversidad política y del

pensamiento divergente como valor en la acción política y social. Esto indica una carencia de

nivel político y organizativo por una parte, (como no comprender los altos niveles de

pluralidad, respeto y participación que desde el 15M requiere la nueva política y en especial la

actividad de los círculos) y por otro lado indica la ausencia de cauces efectivos desde la

organización para prevenir y/o resolver diferencias y evitar conflictos. Es especialmente

preocupante el goteo y vaciado de los círculos con la marcha de compañero/as que han estado

en la puesta en marcha y difusión del proyecto.

c) Excesiva burocratización: la interpretación estrecha de las normas de funcionamiento ha

generado dinámicas internas que limitan la participación. Esto ha llevado a que las reuniones

de círculo hayan dejado de funcionar como espacios amplios y abiertos de debate y discusión

política. Al mismo tiempo se ha instalado un funcionamiento vertical de “arriba-abajo” que ha

generado un excesivo intervencionismo por parte de los órganos de dirección en la vida

interna de los círculos. El debate y la expresión de opiniones e iniciativas no pueden estar

ceñidas a un estilo burocratizado que limita la discusión.

d) Desmoralización política y/o organizativa: el “cansancio” o “desencanto” que ha llevado a

algunas personas a abandonar los círculos tiene más relación con las expectativas frustradas

sobre el funcionamiento y la participación política que con los logros y resultados generales de

PODEMOS. Una de las causas principales ha sido la falta de participación de los círculos en los

procesos de toma de decisiones y en la vida organizativa de PODEMOS en general. Esta

exclusión de los círculos en la toma de decisiones, así como la falta de canales para dar a

conocer sus propuestas e iniciativas, ha puesto en cuestión el sentido y utilidad de esta

estructura. Se ha comenzado a perfilar un estilo que no difiere de los partidos de la vieja

política.

3.- Propuestas de mejora:

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Los círculos deben ser el lugar donde se fomente el encuentro de la ciudadanía. Espacios de

debate político general y de debate político y organizativo de Podemos en particular,

generalmente con carácter propositivo, y de cuestiones concretas que preocupen a

nuestros/as vecinos y vecinas, deben ser espacios para la palabra y para la organización y la

acción.

Partimos de la idea que buena parte de las fuerzas del cambio están en Podemos, pero no

únicamente. Por ello es fundamental la presencia de miembros de Podemos en todos los

espacios de participación y de lucha. Es en estos espacios donde somos útiles a la creación de

“Poder Popular” real. Podemos deberá ser el referente Político, Ético y Moral, donde se mire y

vea reflejada la Sociedad Civil. La implicación y participación de nuestros miembros en el

entramado asociativo y social es indispensable y un elemento para la recogida de iniciativas y

el trabajo conjunto con estas plataformas sociales.

Creemos que entre las principales tareas del momento está, sin duda, la de potenciar y

reivindicar la función de los círculos como el órgano principal de actuación y participación

política de PODEMOS sobre el territorio, mejorando su efectividad y recuperando su papel

central como impulsores de los procesos de lucha y transformación social. Pero para lograrlo

es necesario:

- Mejorar sus procesos y dinámicas internas, reconociendo los potenciales de

dinamización política y social de unos círculos cercanos y pegados a la calle.

- Potenciar su autonomía de acción y dotarlos de una financiación adecuada. En estos

momentos los círculos suplen las limitaciones económicas por la buena voluntad de

sus miembros.

- Articular su funcionamiento dentro de la estructura organizativa de PODEMOS,

potenciando para ello procedimientos democráticos y participativos. Dar luz y seña de

identidad a los círculos dentro de la estructura, teniendo reuniones periódicas de

coordinación y creando canales para recibir las propuestas e iniciativas y que su debate

sea tenido en cuenta en la estrategia política de la organización.

- Garantizar unos niveles adecuados de apoyo desde la organización, que debe

dotarles de medios y recursos materiales, así como de apoyo logístico. Aliviar las

cargas de los círculos para hacer que estén en el trabajo político y organizativo que les

es propio dentro de sus fines.

- Mejorar su integración en el territorio y su imbricación con los movimientos sociales,

así como la acción ciudadana en los espacios donde se encuentran, con transparencia y

cercanía a las causas de las gentes. Desarrollando políticas y estrategias concretas en

su ámbito y territorio.

- En suma, empoderarlos reconociéndolos como órganos de la soberanía popular y

agentes imprescindibles del cambio político, así como de la recogida del sentir y las

aspiraciones de las gentes, sobre todo de los más desfavorecidos.

Se trataría de que en la nueva etapa los círculos recuperen su protagonismo como elementos

esenciales de la participación ciudadana, reivindicando su papel como motores de la

intervención política y de la movilización social, del trabajo político de análisis de la realidad

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ciudadana y como elemento transformador de la sociedad, reivindicando su papel como motor

de la intervención política y de la movilización social. Para ello los círculos tienen que

desarrollar una estrategia de penetración en el tejido social (Sociedad Civil: Asociaciones

vecinales, Asociaciones estudiantiles, profesionales, de mujeres, discapacitados, etc.,

sindicatos, ONG. etc..), sin tratar de sustituirlas.

Reglamento general de los Círculos Podemos en Canarias

CAPÍTULO 1. OBJETO Y DEFINICIONES

Artículo 1. Definición de círculo

Los círculos son el órgano de cercanía fundamental de participación y actuación política de

PODEMOS. Son una agrupación voluntaria y abierta en la que convergen personas interesadas

por una transformación social sustentada en el respeto por la democracia, la participación, la

sostenibilidad, la justicia social, la dignidad y los derechos humanos. Que promueven los

cambios políticos y económicos que confieran un poder real a la ciudadanía y un reparto más

equitativo de la riqueza. Con un rescate real de las capas más deprimidas y desfavorecidas.

Son la herramienta para articular la participación y el debate político de los ciudadanos y

ciudadanas en cada territorio, apoyar, penetrar e insertarse en los movimientos sociales para

impulsar y extender las distintas luchas y reivindicaciones políticas, con el objetivo de afianzar

el bienestar ciudadano y el justo derecho a la participación en las decisiones públicas.

Son independientes para organizarse en la forma que mejor convenga a sus objetivos, por ello

se garantizará su autonomía e independencia en todos los ámbitos y decisiones que les son

propios. Un principio de autonomía e independencia que le hace válido para dotarse de

sistemas, estrategias y estilos diversos para conseguir los fines que sus órganos crean

convenientes poner en curso.

Las fórmulas de relación de los círculos con los Consejos Ciudadanos y las Asambleas se

ajustarán a lo dispuesto en estos Estatutos y a los Reglamentos que cada Asamblea de orden

territorial pudieran acordar en uso de sus atribuciones.

Artículo 2. Sobre los ámbitos de actuación y funcionamiento de los círculos

Los círculos tendrán autonomía e independencia en todos los ámbitos y decisiones que les son

propios, y especialmente, para decidir sobre sus fórmulas organizativas en el ejercicio de sus

competencias y en el marco del respeto a estos Estatutos y los reglamentos organizativos de

las Asambleas y Consejos Ciudadanos correspondientes. Fomentando un pensamiento político

libre, divergente y marcadamente social.

Los ámbitos de actuación de los círculos son:

• La canalización de las aspiraciones de movimientos sociales, organizaciones y

personas de su ámbito territorial, que comparten los objetivos de PODEMOS, para

convertirlas en propuestas de política pública, trasladando la voz de la ciudadanía al

marco institucional con el compromiso de defender la palabra dada.

• El impulso y reforzamiento del tejido de redes vecinales, asociativas, ecológicas,

sindicales y culturales, para dar forma organizada y apoyo a los conflictos que se

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generan en la comunidad. Conocimiento, implicación y fieles fedatarios de las justas

reivindicaciones populares.

• La generación de contenido y orientaciones políticas para los órganos decisorios de

PODEMOS mediante estrategias, iniciativas y programas, a través de conocimientos

específicos y especializados sobre el funcionamiento y las características de

instituciones y agentes sociales relacionados con su ámbito territorial. Formación en

dos niveles, en el propio de los órganos de la organización y en conocer la estructura

de organismos e instituciones.

Con el fin de garantizar que los círculos no sean meros grupos de activistas destinados sólo a

realizar las campañas electorales, los Consejos Ciudadanos deberán consultarles temas de

especial trascendencia en su territorio, para su estudio, debate y realización del trabajo

propositivo y de elaboración de documentos políticos.

Los círculos gozarán también de plena autonomía para la comunicación y la coordinación entre

ellos. Desde los Consejos Ciudadanos se promoverá la organización de Encuentros de círculos y

se fomentará el debate y el aprendizaje entre ellos, con el fin de garantizar un mejor trabajo

de base en los diferentes municipios a través del intercambio de experiencias. Se garantizarán

los canales adecuados de comunicación para la elaboración de estrategias conjuntas. Pudiendo

estos crear comisiones de estudio y trabajo de todas aquellas materias que crean convenientes

para mejor realizar las tareas que les son propias a nivel intercírculos.

Los principios que rigen la actividad y funcionamiento de los círculos son los siguientes:

Carácter asambleario: el órgano fundamental de debate político y la instancia principal y

última de la toma de decisiones es la Asamblea del círculo. La facultad de convocar sus reuniones

y proponer el orden del día corresponde a los órganos del círculo a quienes la Asamblea las

atribuya. Y siempre que un número determinado de miembros lo soliciten de manera fehaciente

a este mismo órgano.

Transparencia: las reuniones serán públicas y abiertas, con publicación y libre consulta de

todas las actas y documentos. Esta transparencia tendrá que ser también para la ciudadanía a

través de internet y redes sociales. Organización abierta, diáfana y con visibilidad cristalina.

Horizontalidad: no habrá cargos o puestos jerárquicos. Para las distintas

responsabilidades se utilizarán las figuras de portavoces, enlaces y delegados, de carácter

paritario, que trasladarán a los distintos ámbitos las resoluciones del círculo. Estas figuras

responderán ante la Asamblea del mismo y podrán ser revocados en cualquier momento por

ella. Además de dar fehaciente información de los órganos en los que nos estén representando

y de las gestiones realizadas con las peticiones que se hagan llegar a otros órganos desde el

circulo. Se priorizará la toma de decisiones colegiada y el trabajo colaborativo en todas las

instancias.

Porosidad: para facilitar la participación ciudadana y la imbricación con el tejido social, se

evitarán cualquier tipo de restricción o elemento de diferenciación (como carnets o cuotas

obligatorias). Para participar en un círculo el único requisito es asistir a su asamblea o alguna

de las comisiones o grupos de trabajo que se pudieran crear. El valor más auténtico dentro del

circulo es la participación y la implicación social y ciudadana de sus miembros y todos y cada

uno de ellos están unidos por una relación de activismo y de lucha en lo social, ecológico,

sindical, vecinal y político.

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Artículo 3. Sobre la constitución de los círculos

Los círculos con carácter general requieren para su constitución de una asamblea

constituyente en la que participe al menos el 1% de los inscritos de PODEMOS en ese ámbito

territorial y, en cualquier caso, un mínimo de 5 personas.

El Círculo territorial mínimo corresponderá con el barrio.

Un acta constituyente recogerá los procedimientos acordados que regirán el funcionamiento

del círculo, que incluirán en cualquier caso los dispuestos en estos Estatutos.

CAPÍTULO 2. COMPETENCIAS DE LOS CÍRCULOS

Artículo 4. Promover consultas a las Asambleas Ciudadanas

Con el fin de generar propuestas de línea y acción política de abajo a arriba, los círculos activos

podrán promover consultas a la Asamblea Ciudadana de cualquier ámbito territorial, mediante

el siguiente procedimiento:

1. Elaborar una propuesta escrita.

2. Lograr el aval a la propuesta de un 20 % de los círculos activos o un 10 % de la inscripción,

correspondientes al ámbito territorial del que se trate. Para la obtención de este aval, el

Consejo Ciudadano correspondiente, informará de la propuesta y su contenido a todas las

personas inscritas, a través de los medios oficiales.

En caso de que la Asamblea Ciudadana Estatal estableciera en algún momento un

procedimiento menos restrictivo, será ese el aplicable para promover las consultas.

Artículo 5. Trasladar iniciativas y programas de acción política a los Consejos Ciudadanos

Los círculos serán competentes para trasladar iniciativas y programas de acción política a los

Consejos Ciudadanos.

A tal efecto, los Consejos Ciudadanos deberán atender dichas iniciativas y programas

propuestos por los círculos validados que hayan seguido el siguiente procedimiento:

1. Elaborar una propuesta de iniciativa o programa por escrito.

2. Lograr el aval a la propuesta de un 10 % de los círculos activos o un 10 % de las personas

inscritas activas correspondiente al ámbito territorial del Consejo Ciudadano. Para la obtención

de este aval, el Consejo Ciudadano informará de la propuesta y su contenido a todas las

personas inscritas, a través de los medios oficiales.

En caso de que la Asamblea Ciudadana Estatal estableciera en algún momento un

procedimiento menos restrictivo, será ese el aplicable para trasladar iniciativas y programas de

acción.

Artículo 6. Consulta en materias de su especial competencia

El Consejo Ciudadano, como parte de su proceso deliberativo, deberá, preceptivamente, dar

cuenta y consultar a los círculos en relación con su actividad.

Desde el Consejo Ciudadano se promoverán e impulsarán el debate y la discusión política en

los círculos, así mismo se organizarán actos y campañas que aseguren la comunicación entre

los cargos institucionales de todos los niveles y los círculos. Como manera de que estos rindan

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cuenta ante la ciudadanía de su trabajo político y a su vez expongan sus propuestas de futuro y

sus compromisos más cercanos.

CAPÍTULO 3. PRINCIPIOS ORGANIZATIVOS DE LOS CÍRCULOS

Artículo 7. Requisitos para participar en un círculo

a) Los círculos están permanentemente abiertos a la participación ciudadana. No es preciso ser

una persona afiliada o inscrita de PODEMOS para participar en un círculo. Solo se pide

compromiso y disposición para trabajar en equipo.

b) Sin perjuicio de lo anterior, no se permitirán en los círculos actitudes sexistas, xenófobas,

autoritarias, lgtbífobas, denigrantes, insultantes, acusaciones o caricaturas, difamaciones ni

violencia verbal o física, así como ninguna actividad contraria a la defensa de los derechos

humanos por parte de ninguna de las personas que lo integran. La defensa de los derechos de

ciudadanía y de los derechos humanos parte desde una organización interna estrictamente

respetuosa con estos principios.

c) Cualquier persona inscrita en PODEMOS podrá solicitar la asistencia de la Comisión de

Garantías Democráticas territorial o, en su caso, estatal, para defender en un procedimiento

escrito y contradictorio la prevalencia en cualquier círculo de este Estatuto y los principios

fundamentales en él expresados.

Artículo 8. Financiación y transparencia en los círculos

a) Los círculos gozarán de una estructura de financiación propia y autónoma, integrada en la

de PODEMOS. Es necesario el apoyo económico y organizativo para una buena salud de los

círculos.

b) Los círculos validados están obligados a publicar sus cuentas, medios de financiación y uso

de recursos económicos, a través de mecanismos accesibles a la ciudadanía, y con una

periodicidad mínima de seis meses. Esto sin perjuicio de las obligaciones adicionales que

pudieran aprobarse por la Asamblea y el Consejo Ciudadano de orden superior, en particular

en lo referente a obligaciones de transparencia. Claridad y transparencia son los signos visibles

de la nueva política y hay que hacer un esfuerzo por dar visibilidad en esta materia ante los

ciudadanos.

c) Los círculos reconocidos articularán sus mecanismos de financiación con el Consejo

Ciudadano de orden territorial inmediatamente superior al que deberán rendirle cuentas

conforme a las normas generales de transparencia de PODEMOS y aquellas específicas

adoptadas por la Asamblea o Consejo Ciudadano del ámbito territorial igual o superior al del

círculo validado. En este sentido tiene que haber una corresponsabilidad en el sostenimiento

económico y organizativo de los círculos.

d) Los procesos de contratación de los círculos que excedan un 5 % de su presupuesto anual

deberán ser publicitados y el círculo arbitrará los medios para elegir, entre al menos tres

presupuestos, el que más se adecue a sus necesidades. Siempre con publicidad y conocimiento

de las partes de este proceso de contratación y de las propuestas presentadas con claridad

meridiana y contrastable.

e) El patrimonio del círculo es inembargable e intransferible por cualquiera de las personas que

lo componen, pertenece al círculo y esta circunstancia solo puede alterarse por la disolución

del círculo.

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f) Cualquier miembro de un círculo podrá recabar la asistencia de la Comisión de Garantías

Democráticas territorial o, en su caso, estatal, para defender en un procedimiento escrito (y

contradictorio) el cumplimiento de los principios de transparencia e incompatibilidades

establecidos en cada círculo y en estos Estatutos, así como la fidelidad contable y el

cumplimiento de las obligaciones de las personas responsables

La Asamblea Ciudadana Municipal.

La Asamblea Ciudadana Municipal es el máximo órgano de decisión en este ámbito territorial y

posee, de forma permanente, la máxima ca­pacidad de decisión en dicho territorio, siempre en

coherencia con los acuerdos emanados de las Asambleas Ciudadanas de orden territorial

superior. Así, les corresponde autonomía respecto a todas las cuestiones de especial

relevancia para el conjunto de la organización en ese territo­rio, siempre que no contravengan

los principios generales de Podemos ni las decisiones de una Asamblea Ciudadana de ámbito

territorial superior.

La Asamblea Ciudadana Municipal permanecerá activa de manera conti­nuada, y se

considerará abierta de forma permanente para la realización de procesos de decisión y

consultas vinculantes sobre temas de especial relevancia política en el municipio.

Para asegurar la coherencia del proyecto, la elección de la línea estratégi­ca en el municipio,

de la Secretaría General Municipal y de la composición del Consejo Ciudadano Municipal se

hará de forma relacionada y en un mismo proceso.

Todas las personas inscritas en Podemos en el municipio tendrán dere­cho a participar, con

voz y voto, en la Asamblea Ciudadana Municipal. En este sentido, la Asamblea Ciudadana

Municipal arbitrará todos los meca­nismos disponibles para garantizar el ejercicio del derecho

a voz y voto de todas las personas inscritas en el territorio, para lo que utilizará todas las

herramientas presenciales y telemáticas a su alcance.

Las Asambleas Ciudadanas Municipales estarán compuestas por todas las personas inscritas en

Podemos en el respectivo municipio. Las perso­nas inscritas decidirán con plena libertad el

municipio en el que quieren inscribirse y ejercer su derecho de sufragio, y no podrán estar

inscritas en más de un municipio al mismo tiempo.

Sin perjuicio de la coordinación de la estrategia política y del principio de jerarquía normativa

de los ámbitos territoriales superiores, Podemos actuará con un principio de subsidiaridad,

siendo los órganos territo­rialmente inferiores los privilegiados para establecer criterios

organiza­tivos propios en lo que respecta a la acción política dentro de su propio territorio

Competencias

Serán competencias exclusivas e intransferibles de las Asambleas Ciuda­danas Municipales, al

menos:

Determinar la forma en la que se trasladan las líneas políticas genera­les y los principios

programáticos de Podemos al municipio.

Elegir a la persona que ocupará la Secretaría General Municipal me­diante un sistema electoral

de voto directo.

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Elegir un Consejo Ciudadano Municipal mediante un sistema de listas abiertas, corregido con

criterios de género, con un mínimo del 50% de mujeres.

Aprobar los programas electorales definitivos (tras un proceso de ela­boración participativa)

correspondientes a procesos electorales de su municipio, sin contradecir los principios

programáticos aprobados por asambleas de orden territorial superior.

Decidir la fórmula política y jurídica en la que se concurre a los dife­rentes procesos electorales

de su ámbito territorial correspondiente.

Elaborar, mediante un proceso de primarias abiertas, las listas electo­rales para optar a cargos

públicos en las instituciones de representa­ción de su respectivo ámbito territorial, que

cuenten con un mínimo del 50% de mujeres.

Aprobar o rechazar cualquier tipo de pacto o alianza preelectoral o postelectoral de gobierno

para las instituciones de representación de su ámbito territorial, de acuerdo con los principios

generales aproba­dos por las asambleas de orden territorial superior.

Revocar a la Secretaría General Municipal, o a cualquiera de los miem­bros del Consejo

Ciudadano Municipal, de acuerdo con los procedi­mientos establecidos en este documento.

Definir las funciones y la forma de coordinación con los Círculos terri­toriales o sectoriales de

su municipio y, en su caso, definir espacios de representación menores o diferentes al

municipio.

En el caso de que los acuerdos de la Asamblea Ciudadana Municipal impliquen la disolución del

partido u otras cuestiones legales relacionadas, o cualquier proceso de cambio de naturaleza

orgánica con otras fuerzas polí­ticas, será necesario adoptar las decisiones por mayorías

cualificadas de 2/3 de las personas inscritas en el municipio y 2/3 de los Círculos activos.

Los procedimientos de convocatoria de la Asamblea Ciudadana Municipal serán análogos a los

de la Asamblea Ciudadana Estatal, teniendo en cuenta que las Asambleas Ciudadanas

Municipales solo podrán adoptar decisiones en torno a las materias de su competencia

territorial, y otras de especial transcendencia, si el proceso de votación final cumple con los

siguientes requisitos:

Un quorum mínimo del 10% de las personas inscritas en Podemos en el territorio.

Un proceso de votación que será necesariamente telemático, con los debidos requisitos de

debate público y abierto a la participación de militantes e inscritos, y con un periodo de

votación suficiente.

Un apoyo mínimo a la convocatoria del proceso de 2/3 del Consejo Ciudadano.

Los acuerdos territoriales alcanzados no podrán alterar la igualdad de derechos del conjunto

de los inscritos en Podemos, independiente­mente de su lugar de inscripción, ni responderán a

cuestiones decidi­das con anterioridad inmediata a la Asamblea Ciudadana ordinaria de

ámbito territorial superior.

La organización técnica de la Asamblea Ciudadana Municipal le corresponde al Consejo

Ciudadano Municipal.

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El Consejo Ciudadano Municipal y el plenario.

El Consejo Ciudadano Municipal, o en su defecto el plenario, es el órgano en­cargado de

debatir, decidir y ejecutar la dirección política de Podemos en su municipio entre Asambleas

Ciudadanas Municipales y siempre de acuer­do con lo aprobado en estas y con la línea

estratégica general de Podemos.

Estará compuesto por el número de miembros que defina su correspon­diente Asamblea

Ciudadana Municipal de acuerdo a lo establecido en este documento.

Son competencias de cada Consejo Ciudadano Municipal o, en su defec­to del plenario, al

menos:

Impulsar la línea política de Podemos aprobada por la Asamblea Ciu­dadana Municipal,

siempre en coherencia con las líneas estratégicas generales de Podemos.

Aprobar o rechazar las propuestas de presupuestos anuales —presen­tadas por el Consejo de

Coordinación Municipal si lo hubiera o, en su defecto, por la Secretaría General Municipal o el

propio plenario—, sin perjuicio de que la Asamblea Ciudadana Municipal pueda exigir, según

los procedimientos previstos, su ratificación.

• Aprobar o rechazar las propuestas de presupuestos extraordinarios —presentadas por el

Consejo de Coordinación Municipal si lo hubiera o, en su defecto, por la Secretaría General

Municipal o el propio ple­nario—, sin perjuicio de que la Asamblea Ciudadana Municipal pueda

exigir, según los procedimientos previstos, su ratificación.

• Revisar y, en su caso, redactar, refundir, adaptar y armonizar para su municipio todos los

reglamentos de carácter general y desarrollar re­glamentos propios para su ámbito territorial,

incluyendo el del propio Consejo Ciudadano Municipal.

• Nombrar y sustituir a las personas que conforman el Consejo de Coor-dinación Municipal.

• Nombrar y sustituir a los y las responsables de las secretarías, áreas y equipos de trabajo

municipales, cuando los haya.

• Organizar, en su caso, el proceso electoral de revocación de la perso-na elegida para ocupar

la Secretaría General Municipal o de cualquier miembro del Consejo Ciudadano Municipal, que

tendrá que llevarse a cabo tras el periodo prescrito y sobre el mismo cuerpo electoral que les

eligió. Para la realización de los procesos de revocación, se realiza­rá un reglamento específico

de revocatorio que será público y previo.

• Crear todas aquellas estructuras organizativas de carácter territorial-mente inferior

necesarias para el funcionamiento del propio Consejo Ciudadano Municipal y adaptadas a las

necesidades concretas de su propio territorio.

• Definir los mecanismos necesarios para la coordinación política del Consejo Ciudadano

Municipal con el grupo municipal del correspon­diente municipio, así como elegir, tras

escuchar al grupo municipal, sus estructuras de funcionamiento, portavocías y a las personas

que desempeñarán esas responsabilidades. En los casos donde se decida concurrir en

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confluencias municipales, deberá decidir la relación que se establecerá con el espacio de

confluencia.

Convocatoria

El Consejo Ciudadano Municipal podrá ser convocado en cualquier momento:

A propuesta de la Secretaría General Municipal o del Consejo de Coor­dinación Municipal.

A petición del 25% del Consejo Ciudadano Municipal.

A petición del 10% de las personas inscritas en Podemos en el municipio.

A petición de 2/3 del censo de militantes activos del círculo del municipio

Por resolución de la Comisión de Garantías Democráticas Autonómica transcurridos tres meses

desde el Consejo Ciudadano Municipal anterior.

En ningún caso podrán transcurrir más de tres meses entre dos reunio­nes plenarias del

Consejo Ciudadano Municipal. La Secretaría General Municipal tendrá la obligación de

convocar al Consejo Ciudadano antes de que transcurra ese plazo, salvo decisión motivada por

circunstancias extraordinarias. Funcionamiento

Cada Consejo Ciudadano Municipal elaborará su propio reglamento de funcionamiento y

determinará su estructura funcional, atendiendo a lo que la Asamblea Ciudadana Municipal

ordinaria haya decidido sobre su propia organización.

Independientemente de esta organización, los Consejos Ciudadanos Mu­nicipales tendrán una

Secretaría de Feminismos y Políticas de Igualdad.

Asimismo, se habilitarán en el Consejo Ciudadano municipal 2 escaños de demo­cracia directa.

En las reuniones presenciales del Consejo Ciudadano podrán abordarse determinados temas

cuyo debate se retransmita en streaming, cuyos documentos de apoyo se distribuyan con al

menos siete días de antelación y en los cuales puedan votar, telemáticamente y a través de los

escaños de participación directa, todos los inscritos y las inscritas.

La Secretaría General Municipal.

La Secretaría General Municipal es el órgano que ejerce la representa­ción política e

institucional de Podemos en el municipio, coordinando sus actividades y asegurando la

coherencia estratégica de su discurso y acción política, así como la coordinación y la

coherencia estratégica con Podemos a nivel autonómico y estatal. Competencias

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Serán competencias de la persona elegida para ejercer la Secretaría Ge­neral Municipal o

denominación homologable:

Ejercer la representación política e institucional de Podemos en el mu­nicipio, coordinando sus

actividades.

Presidir el Consejo Ciudadano Municipal y el Consejo de Coordinación Municipal, cuando

existan.

Convocar la Asamblea Ciudadana Municipal.

Elección

La persona que ocupe la Secretaría General Municipal será elegida por la Asamblea Ciudadana

Municipal mediante sufragio libre y directo, de acuerdo con lo establecido en este documento.

La persona que ocupe la Secretaría General Municipal podrá ser revoca­da mediante la

convocatoria de una consulta vinculante revocatoria a la Asamblea Ciudadana Municipal que lo

nombró. El Consejo Ciudadano Municipal, o en su defecto el plenario, actuando de manera

colegiada, será el encargado de organizar el proceso electoral de revocación.

La Secretaría General Municipal.

La Secretaría General Municipal es el órgano que ejerce la representación política e

institucional de Podemos en el municipio, coordinando sus actividades y asegurando la

coherencia estratégica de su discurso y acción política, así como la coordinación y la

coherencia estratégica con Podemos a nivel autonómico y estatal. Competencias

Serán competencias de la persona elegida para ejercer la Secretaría General Municipal o

denominación homologable:

Ejercer la representación política e institucional de Podemos en el municipio, coordinando sus

actividades.

Presidir el Consejo Ciudadano Municipal y el Consejo de Coordinación Municipal, cuando

existan.

Convocar la Asamblea Ciudadana Municipal.

Elección

La persona que ocupe la Secretaría General Municipal será elegida por la Asamblea Ciudadana

Municipal mediante sufragio libre y directo, de acuerdo con lo establecido en este documento.

La persona que ocupe la Secretaría General Municipal podrá ser revocada mediante la

convocatoria de una consulta vinculante revocatoria a la Asamblea Ciudadana Municipal que lo

nombró. El Consejo Ciudadano Municipal, o en su defecto el plenario, actuando de manera

colegiada, será el encargado de organizar el proceso electoral de revocación.

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Anexo 1

PROPUESTA DE TRANSPARENCIA Y FINANZAS PARA PODEMOS CANARIAS.

En estos más de 3 años desde que se fundó Podemos hemos logrado ser un

ejemplo y un referente en transparencia y finanzas. Hemos marcado un antes y

un después. Al resto de partidos aún les queda mucho para alcanzar nuestro

nivel en esta materia porque hemos logrado que desaparezcan del escenario

político determinadas prácticas escondidas en cajas B y financiación opaca e

irregular.

Pero ahora, desde la convicción de que PODEMOS SEGUIR AVANZANDO,

nos toca mirar más allá. Debemos seguir siendo un referente, y para ello no

podemos quedarnos en el mismo sitio. Debemos seguir dando pasos en

materia de transparencia y finanzas.

Debemos ser los primeros y primeras en exigir para nuestro partido lo mismo

que estamos exigiendo en las instituciones. Un partido con paredes de cristal,

donde se sepa de dónde viene y a qué se destina cada euro. Un partido con

total transparencia, y donde no haya ninguna duda.

Eso queremos para el renovado Podemos Canarias que ha de salir tras el

proceso interno que viviremos este próximo mes de junio. Está claro que

hemos logrado grandes avances, pero debemos conquistar más.

La corrupción ha sido uno de los grandes males de España y de Canarias. Por

ello, este documento parte de la convicción de que la mejor vacuna contra la

corrupción es la transparencia. Y por eso queremos y debemos dar ejemplo.

Podemos tiene que seguir siendo un referente, que vayamos varios pasos por

delante con la ambición y el convencimiento de que entre todos y todas lo

podemos conseguir. Con este documento como punto de partida. Aquí están

nuestras propuestas en materia de finanzas y transparencia para Podemos

Canarias.

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Descentralizar.

Este documento propone profundizar y ampliar el modelo construido hasta

ahora para fomentar la autonomía canaría, la descentralización municipal y

racionalizar el gasto autonómico, proponiendo un nuevo esquema de reparto

de los fondos y nuevas herramientas para fomentar la recaudación y la

autofinanciación.

Es hora de acometer una segunda descentralización financiera y dotar de

recursos económicos y herramientas a los territorios, en especial al nivel

municipal.

En segundo lugar, es necesario alinear las fuentes de financiación con su

ámbito territorial. Es decir, asegurar que las subvenciones autonómicas y las

donaciones de los cargos electos nutren de recursos al territorio en donde se

recaudan. No solo es justo que sea así, sino que también genera una

competición sana por la cual cada lugar dispone de mayores recursos en

función de su resultado electoral y su implantación territorial.

En tercer lugar, es urgente acometer la descentralización municipal, dotando de

recursos suficientes al ámbito local a través del 100% de la recaudación de las

colaboraciones económicas. Cuantos más colaboradores económicos tenga un

municipio, mayor será su capacidad financiera.

Preparados para echar raíces a nivel municipal.

Desde la aparición de Podemos, la mayoría de los recursos financieros han

sido absorbidos a nivel estatal. Esto generaba que los recursos privados de

simpatizantes a nivel local servían para sufragar el asalto institucional pero los

recursos adicionales provenientes de la presencia en las instituciones públicos

no llegaba a nivel local.

Ante la previsible renovación de los CCMs, es hora de revertir este proceso.

También será necesario contar con personal profesionalizado que pueda dar

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cobertura a los municipios, simplificando las obligaciones contables y haciendo

más ligera y eficiente la estructura local.

Este nuevo ciclo nos va a permitir unos años de trabajo estable, y para poder

desarrollarlo necesitamos disponer también de un sistema de financiación

estable. Por ello, uno de los objetivos que tenemos es asegurar los recursos

que nos permitan planificar y crecer.

Para esta tarea debemos apostar por un trabajo de equipo más allá de las

personas responsables de finanzas autonómicas. Por ello, desarrollaremos la

Comisión de Finanzas Autonómica, recogida en el Documento de Principios

Organizativos aprobado a nivel estatal. Su compromiso y funcionamiento

vendrá recogido en el reglamento de funcionamiento del Consejo Ciudadano

Autonómico que se aprobará al inicio de su mandato.

Para ello, contará con una estructura administrativa que le permita apoyar las

labores contables en los responsables municipales y en los círculos para

cumplir con las obligaciones fiscales y la rendición de cuentas.

Serán atribuciones de esta Comisión:

de ingresos y gastos de

Podemos Canarias para su deliberación y aprobación en los órganos

competentes.

de los gastos autorizados por los órganos competentes.

ntables y elaborar el balance y las cuentas

anuales.

el Consejo Ciudadano Autonómico o su Consejo de Coordinación.

Deberá preparar aquellas memorias e informes correspondientes a su

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Área que deban ser objeto de deliberación y aprobación por parte del

Consejo Ciudadano Autonómico o de la Asamblea Ciudadana.

Interventor de la Transparencia y Control Financiero.

Para mejorar el control y el respaldo de los mecanismos de transparencia, así

como para enriquecer el control financiero, crearemos esta figura externa al

Consejo Ciudadano Autonómico, que se complementará con la Comisión de

Finanzas Autonómica. Su función será la de proteger la aplicación de la

transparencia y la ejecución de los controles financieros establecidos, así como

colaborar en su progreso y avance.

Para garantizar su independencia, el Interventor de la Transparencia y Control

Financiero no pertenecerá al Consejo Ciudadano Autonómico sino que será

una persona inscrita, a propuesta del Consejo de Coordinación que deberá ser

elegida en el CCA, requiriendo para ello una mayoría de 3/5. La Secretaría

General abrirá un procedimiento de propuestas entre los miembros del CCA,

con un requisito imprescindible, que la persona a elegir tenga los

conocimientos necesarios para desarrollar esta competencia.

Sus competencias serán:

transparencia.

Asesorar a la Comisión de Finanzas y al responsable de Finanzas

Autonómico en el ejercicio de control financiero y en materia de

transparencia, desarrollando las herramientas necesarias para ello.

, sugerencias

y aportaciones de los inscritos o círculos en relación a esta materia.

Ciudadano Autonómico, de los grupos institucionales y de cualquier

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órgano insular y municipal que se conformen en Canarias.

Comisión de Garantías, y aceptación de la misma, si observara

irregularidades graves o si se le negara el acceso a los datos contables

necesarios para el desarrollo de su trabajo.

La financiación de Podemos Canarias

La financiación se adaptará a las prioridades políticas que se han definido en

este proyecto.

Las fuentes de financiación serán de dos tipos. Por un lado, la financiación

pública, basada fundamentalmente en la aportación que hacen las

administraciones a los grupos institucionales para su funcionamiento como son

los grupos municipales, los Cabildos Insulares y el Grupo Parlamentario

Autonómico.

Y por otro lado, a través de las aportaciones propias, que son las donaciones

voluntarias que hacen los miembros de los Círculos y las donaciones que

hacen los diputados, consejeros y concejales de las cantidades que cobran y

que se exceden de los tres SMI.

Fondo Insular de Solidaridad y Compensación por Insularidad

Se solicitará al Consejo Ciudadano Estatal que introduzca nuevos criterios y

factores para compensar a las autonómicas y territorios con especificidades. En

el caso de Canarias, se atenderá especialmente a la lejanía e insularidad.

Política de contrataciones.

Para asegurar un nivel apropiado de transparencia, concurrencia y publicidad,

los presupuestos aprobados vendrán acompañados de unas bases de

ejecución en las que se establecerán los mecanismos de aprobación y

ejecución siguiendo los tipos y principios que se detallan a continuación:

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ejecución podrá ser aprobada por la responsable del área, equipo,

órgano o a quien esté consignado el presupuesto, siempre contando con

el visto bueno del Responsable de Finanzas en función de la liquidez, y

en cuya ejecución no se requiere de publicidad ni de presupuestos

competitivos.

Su

ejecución deberá contar con un mayor control en la disposición y

ejecución que será establecido por la Comisión de Finanzas y aprobado

por el Consejo Ciudadano Autonómico, junto con los presupuestos y

estudiando al menos 3 ofertas competitivas antes de proceder a su

contratación.

ejecución deberá contar con la aprobación de, al menos, el Consejo de

Coordinación y en todo caso será establecido por la Comisión de

Finanzas y aprobado por el Consejo Ciudadano Autonómico con los

presupuestos, debiendo constituirse una Mesa de Contratación cuya

composición y funcionamiento serán aprobados igualmente en las bases

de ejecución que acompañarán los presupuestos.

Contratación de personal.

Esta nueva etapa necesita de una nueva forma de trabajo interno. El

voluntariado con su esfuerzo y su talento, de manera desinteresada, es

importante y vital para seguir construyendo nuestra organización, pero existen

ámbitos de aportación colectiva y de colaboración que resultan vitales. La clave

es asegurar un intenso trabajo cotidiano y diario con profesionales y equipos

diversos. El personal contratado va a asegurar que los equipos de trabajo

formados por voluntarios, cargos electos y simpatizantes funcionen.

Tipos de contratos:

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Autonómico y por grupo institucional. La duración de este trabajo se

limitará a la permanencia de la persona de la que dependa y su contrato

finalizará cuando cese su responsable.

puesto. Como máximo el 40% de la valoración podrá responder a la

afinidad política.

Las contrataciones ‘técnicas’ se harán a través de concurso público. Se

establecerá un reglamento interno para las contrataciones que deberán

ser aprobadas por el Consejo Ciudadano Autonómico, que observe al

menos los siguientes requisitos para realizar procesos de contratación,

así como medidas para resolución de conflictos:

de inicio de procedimiento donde se

establecerá la constitución de la Mesa de Contratación

permanente o puntual.

determinará unos baremos de méritos incluyendo elementos

cualitativos y de confianza política que no podrán representar

más del 40% de los méritos totales.

mínimos establecidos. Realizará las entrevistas pertinentes, en

las que cualquier miembro tendrá la obligación de abstenerse si

se hubieran dado casos de conflictos de intereses previamente

establecidos.

personal contratado para poder mejorar y reevaluar la división de

tareas y el cumplimiento de las funciones.

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Este método será de aplicación para todas las contrataciones que se hagan en

Podemos Canarias.

El número de personas que cada año natural puedan ser objeto de contrato, y

por tanto, figurar en el listado de ocupación de puestos de trabajo del personal

laboral de Podemos Canarias durante la totalidad del año o parte de él, deberá

ser fijado por acuerdo del Consejo Ciudadano de Canarias, con carácter previo

al inicio del año natural. Cuando concurran circunstancias excepcionales y no

sea posible prever con antelación dicho número, este podrá ser modificado a lo

largo del año natural por acuerdo del Consejo Ciudadano de Canarias.

Donaciones de cargos públicos.

Todas las donaciones serán destinadas en un 50% al partido y el otro 50%

restante a la creación y mantenimiento de una Fundación Canaria para el

apoyo a proyectos sociales y para la elaboración de un plan de formación.

Rendición de cuentas.

Todos los gastos de los Consejos Ciudadanos y los grupos institucionales se

actualizarán cada 3 meses, incluyendo los justificantes de todos los gastos.

Sólo las indemnizaciones fijas por segunda vivienda serán de un importe fijo

mensual que no necesita justificantes, pero cualquier otro tipo de ingresos por

dietas o viajes deberá ser justificado trimestralmente, incluyendo pruebas

documentales.

Esta rendición de cuentas, al igual que la relacionada con su actividad

institucional, será de obligado cumplimiento por todos los cargos públicos

Firman este documento ORGANIZATIVO el equipo de trabajo AHORA SÍ PODEMOS

Davinia Arbelo Almeida

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Manuel Hernández González

Belén Hidalgo Martín

Francisco López Peña

María Jesús Pellejero Rodríguez

Cirilo Pérez Peña

Patricia Rodríguez Delgado

Juan Antonio Ruiz Delgado

Pino Sánchez Bogatell

Ana Gloria Sánchez Ruano

Jorge Sancho González

José Daniel Soto Vega

Montserrat Trejo Sánchez

Enrique Venegas Sánchez

Jorge Sancho González