acuerdos de convivencia escolar y comunitaria

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Page 1: Acuerdos de convivencia escolar y comunitaria

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Page 2: Acuerdos de convivencia escolar y comunitaria

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Educar es un arte superior. No moldea arcilla,

moldea personas. Gana en inmortalidad a una melodía

musical, a una obra pictórica, a una composición literaria…

estas proceden de sentimientos inspiradores plasmados

por un alma de artista. Educar es amar. Y el amor

procede de Dios... artista supremo.

María Teresa Sancho, D.M.S.F. (2007)

Page 3: Acuerdos de convivencia escolar y comunitaria

3

ACUERDOS DE CONVIVENCIA

ESCOLAR Y COMUNITARIA

Page 4: Acuerdos de convivencia escolar y comunitaria

4 ACUERDOS DE CONVIVENCIA ESCOLAR YCOMUNITARIA

TÍTULO I

Disposiciones Fundamentales

La presente normativa se basa en la Constitución de la República Bolivariana

de Venezuela (2000), ley Orgánica de Educación (2009) y su Reglamento General

(2003), la ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente (LOPNA

2007), la Gaceta Municipal del Municipio Chacao (2004) y demás organismos

disposiciones que dicte el ejecutivo en uso de sus atribuciones.

1. Objeto y Finalidad:

Los presentes Acuerdos Internos de Convivencia Escolar y comunitaria

tienen por objeto regular la organización y funcionamiento de la U.E. Colegio Santo

Domingo de Guzmán, así como establecer las normas de convivencia para todo el

alumnado y una educación integral de la más alta calidad que contribuya a su

formación, de forma tal de mantener en la convivencia escolar los principios de

igualdad y participación con la finalidad de velar por el cumplimiento de los deberes

y derechos colectivos del niño y del adolescente.

2. Ámbito de Aplicación:

En la elaboración o reforma de los Acuerdos de Convivencia Escolar y

Comunitaria se deberá tomar en cuenta los principios de igualdad y no discriminación

(Art. 3), prioridad absoluta (Art. 7) el interés superior del niño (Art. 8) y demás

disposiciones contenidas en la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y

Adolescentes relativa a los derechos de Educación (Art 53) y participación (Art. 81).

La aplicación del presente Acuerdo establece líneas de acción de carácter obligatorio

para todas las instancias de la comunidad educativa del Colegio Santo Domingo de

Guzmán y pone límite a la discrecionalidad de sus acciones.

Page 5: Acuerdos de convivencia escolar y comunitaria

5 TÍTULO II

De la Denominación, Objeto, Estructura

CAPÍTULO I

Del Nombre, Objetivo y Organigrama

Esta institución es el lugar de encuentro de una Comunidad Educativa

Cristiana cuya congregación está enraizada en la orden de predicadores, fundada por

Domingo de Guzmán (1170 – 1220) de quien las Dominicas Misioneras de la

Sagrada Familia toman el nombre para fundar dicha centro educativo.

Objetivo:

Desarrollar procesos educativos integrales de calidad fundamentada en los

valores del evangelio para crear agentes dinamizadores de cambio que promueva la

justicia, el trabajo, la participación y la solidaridad.

CAPÍTULO II

Naturaleza y Fines

La Unidad Educativa Colegio Santo Domingo de Guzmán se constituye en

una institución educativa sin fines de lucro, dedicada a la formación humano cristiana

del niño, niña y adolescente que propugna como valores superiores de su

ordenamiento jurídico y de su actuación: la vida, libertad, justicia, igualdad,

solidaridad, democracia y responsabilidad social.

Page 6: Acuerdos de convivencia escolar y comunitaria

6 TÍTULO III

De los Derechos, Garantías, Deberes y Responsabilidad de los Integrantes del

Colegio.

CAPÍTULO I

De los Alumnos y Alumnas

Todos los alumnos/as de la institución gozan de los derechos y garantías

establecidas en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la Ley

Orgánica de Educación con su Reglamento General, la Ley Orgánica para la

Protección del Niño, Niña y Adolescente y otras disposiciones que dicten las

autoridades competentes.

Derechos y Garantías:

1. Derecho a una educación integral y de calidad permanente, en igualdad de

condiciones y oportunidades, sin más limitaciones que las derivadas de sus

aptitudes, vocación y aspiraciones. (Art. 103 de la Constitución)

2. Derecho a recibir una formación que asegure que responda a los fines

generales que persigue el estado venezolano. Derecho a ser informado y a

participar libre, activa y plenamente en su propio proceso educativo y en todos

los ámbitos de la vida escolar, entre ellos, las actividades educativas,

recreacionales, deportivas, sociales y culturales. (Art. 68 LOPNA)

3. Derecho a que su rendimiento escolar sea valorado conforme a criterios de

plena objetividad.

4. Derecho a que se respete su libertad de conciencia así como sus convicciones

religiosas y morales, de acuerdo con la constitución, Ley Orgánica para la

Protección del Niño, Niña y Adolescente.

5. Derecho a que se respete su integridad y dignidad personal.

6. Derecho a presentar o dirigir peticiones al personal directivo, docente,

administrativo, obrero, padres, madres, representantes y a cualquier otra

instancia y a obtener oportuna y adecuada respuesta.

Page 7: Acuerdos de convivencia escolar y comunitaria

7 7. Derecho al debido proceso y a la defensa.

8. Derecho a ser atendido justa y oportunamente por las autoridades educativas y

por los directivos de la comunidad educativa.

9. Derecho de elegir y ser elegido en las asociaciones de estudiantes, de

conformidad con lo establecido en el ordenamiento jurídico, el presente

reglamento interno y si fuera el caso de los reglamentos especiales.

10. Derecho a ser orientado en sus problemas personales, académicos y en su

conducta personal.

11. Derecho a mantener su inscripción en la institución siempre que cumpla con

los requisitos y disposiciones previstas en el ordenamiento jurídico

venezolano y el presente reglamento interno, salvo cuando los padres y

representantes manifiesten su voluntad de retirarlos.

12. Derecho a ser respetado por todas las personas que forman la institución

educativa. Nunca deberá ser tratado o sancionado, en público o privado, de

forma humillante, ofensiva o contraria a su dignidad como persona humana.

13. Derecho a defender sus derechos por sí mismos.

14. Derecho a utilizar el local, mobiliario, útiles de enseñanza y demás elementos

de la dotación material del plantel, de acuerdo a los fines que se les destina y

a las normas correspondientes.

Responsabilidades y Deberes:

Las normas conllevan a una convivencia armónica dentro de nuestra

Institución, para así lograr los objetivos propuestos y un mejor desempeño de nuestra

labor, por ello el alumnado tendrá dentro de la Comunidad Educativa los siguientes

deberes:

1. Asistir regularmente y puntualmente a todas las actividades escolares y de la

institución educativa con el material y los útiles necesarios. La entrada es a las

7:25 am para todos los niveles. En caso de retardo injustificado se permitirán tres

(3) pases por Lapso, una vez expirado el tercero se le informará al representante

por escrito, con el cuarto pase se citará al representante para dialogar sobre la

situación consuetudinaria de llegar tarde a la institución. (Art. 54º de la LOPNA).

Page 8: Acuerdos de convivencia escolar y comunitaria

8 De seguir ocurriendo la impuntualidad se llevaran los recaudos a la

Defensoría Educativa quien manejará la situación.

La hora de salida para el nivel preescolar es a las 12:30 pm y para el resto de

los niveles es a la 1:15 pm.

2. Permanecer en la institución educativa, durante todo el horario de actividades

escolares, salvo los casos en que esté permitido ausentarse con autorización

previa, escrita y por razones justificadas de sus padres, madres, representantes o

responsables y de la coordinación respectiva. Ningún/a alumno/a puede salir

del aula sin la autorización del/la profesor/a.

3. La asistencia de los alumnos y alumnas a clase es obligatoria. Se requerirá un

porcentaje mínimo de asistencia para optar a la aprobación del grado, área,

asignatura o similar de setenta y cinco por ciento (75 %) (Art. 109º Reglamento de

la Ley Orgánica de Educación). Cada docente en su área llevará un registro de

asistencia de los mismos e informará al docente Guía los casos donde exista

inasistencias reiteradas, a los fines de que se tomen las previsiones a que hubiera

lugar.

Aquellos alumnos y alumnas que aparezcan insistentes en días y horas

anteriores sin justificativo correspondiente del representante, tendrá que asistir al

plantel con su representante para aclarar la situación.

En caso de enfermedad del alumno y/o alumna, el Representante deberá

consignar en la coordinación respectiva la constancia médica original. El

coordinador informará a los Docentes para que se le fije la fecha de evaluaciones

que el alumno(a) pudiera haber perdido durante el período de reposo.

4. Vestir el traje escolar conforme a las siguientes instrucciones:

a. Todos/as deben llevar la camisa o chemise (de acuerdo al nivel al cual

pertenecen) por dentro del pantalón o la falda.

b. El pantalón y la falda escolar (a la rodilla) deben ser de color azul oscuro. Los

varones llevarán correa negra.

c. El sweters debe ser de color azul oscuro llevando solamente el logotipo del

Colegio.

d. El distintivo del Colegio debe ir cosido del lado izquierdo de la camisa o

chemise y sweater.

Page 9: Acuerdos de convivencia escolar y comunitaria

9 e. Los zapatos deben ser negros (colegiales) En el caso de las alumnas el

tacón del zapato debe ser bajo y las medias blancas debajo de las rodillas.

f. El traje de deporte debe ser un mono escolar de color azul oscuro (sin rayas

laterales), con la franela deportiva del Colegio por dentro del mono y zapatos

deportivos blancos o negros.

g. Los/as alumnos/as deberán presentarse en el Colegio correctamente

vestidos/as y aseados/as.

h. El/la alumno/a debe respetar al traje escolar fuera del Plantel, evitando

actitudes inadecuadas.

i. Las alumnas no deberán presentarse con maquillaje al Colegio, ni usar

accesorios llamativos como más de una cadena, pircing, pañoletas u otro que

distorsione el uso del traje escolar.

j. El corte de cabello de los varones deberá ser acorde con el de un estudiante,

con el corte y estilo de peinado clásico de caballero: abstenerse de usar

cabello largo, peinado tipo erizo o con pinchos, barba y/o bigote.

5. Mantener el orden y la disciplina dentro y fuera del aula.

6. Cumplir las disposiciones y órdenes dictadas por las autoridades educativas del

Plantel.

7. Mantener en todos los integrantes de la institución educativa, relaciones

personales que se caractericen por; la honestidad, la solidaridad, la tolerancia, la

cooperación y la amabilidad.

8. No interrumpir, perturbar u obstaculizar injustificadamente el normal desarrollo

de las actividades escolares.

9. No está permitido el consumo de ningún tipo de alimentos o golosinas durante

las horas de clase. Abstenerse de fumar o ingerir bebidas alcohólicas, sustancias

estupefacientes o psicotrópicas dentro de las instalaciones del Plantel y sus

adyacencias, de igual forma está prohibido la tenencia de las mismas.

10. En las horas de clases no ésta permitido el uso de material que entorpezca el

normal desarrollo de las actividades escolares (juguetes, walkman, MP3, radios

reproductores, barajitas, revistas, celulares, cámaras, etc.). El/la alumno/a es el/la

único/a responsable de los objetos que traiga al Colegio.

11. No está permitido traer videojuegos al colegio.

Page 10: Acuerdos de convivencia escolar y comunitaria

10 12. Durante los recesos, todos/as los/as alumnos/as deben estar en los patios

de recreo.

13. El/la alumno/a debe asistir y participar de las actividades programadas para su

formación integral: paseos, convivencias, retiros, etc.

14. Los alumnos/as no deben permanecer en las afueras y/o alrededores del

colegio (a más de 150 metros) a la hora de la salida.

15. No está permitido traer pelotas y balones al Colegio.

16. Acceder a la Cantina Escolar sólo dentro del horario establecido para cada

subsistema, siendo para el nivel preescolar a las 8: 30 am, primaria a las 8:45 am

y bachillerato a las 9:00. Salvo los días de convivencia o paseos con previa

autorización del docente encargado.

17. Cumplir con los deberes referidos en el Artículo 93 de la LOPNA:

a. Honrar a la patria y a sus símbolos;

b. Respetar, cumplir y obedecer todas las disposiciones del ordenamiento

jurídico y las órdenes legítimas que, en la esfera de sus atribuciones,

dicten los órganos del poder público;

c. Respetar los derechos y garantías de las demás personas;

d. Honrar, respetar y obedecer a sus padres, representantes o responsables,

siempre que sus órdenes no violen sus derechos y garantías o

contravengan al ordenamiento jurídico;

e. Ejercer y defender activamente sus derechos;

f. Cumplir sus obligaciones en materia de educación;

g. Respetar la diversidad de conciencia, pensamiento, religión y culturas;

h. Conservar el medio ambiente;

i. Cualquier otro deber que sea establecido en la ley.

RECONOCIMIENTOS:

Con el fin de recompensar la conducta, laboriosidad, cooperación y cualidades

sobresalientes del alumnado, los/as docentes y/o la Dirección del Colegio

establecerán los correspondientes reconocimientos teniendo en cuenta los resultados

Page 11: Acuerdos de convivencia escolar y comunitaria

11 de las evaluaciones periódicas y el criterio de los/as Docentes, con el fin de que

ninguna acción que lo merezca quede sin reconocimiento.

FALTAS:

Se entiende por “falta” el quebrantamiento de una norma u orden establecido,

de forma que se dificulte o entorpezca el proceso educativo individual o colectivo.

NATURALEZA DE LAS FALTAS

Se establecen los siguientes grados de falta:

Leves.

Graves.

SE CONSIDERAN FALTAS LEVES:

Los alumnos y alumnas incurren en falta leve cuando:

1. Llega a clase con retardo.

2. No cumplir con sus obligaciones en materia de educación.

3. Conversar en clases. Interrumpir, perturbar u obstaculizar injustificadamente

el normal desarrollo de las actividades escolares.

4. Indisciplina dentro del Plantel. (Aulas, canchas deportivas, pasillos, etc.)

5. Ingerir alimentos o golosinas durante las horas de clase y dentro de las

canchas deportivas.

6. Sacar o usar cualquier material que entorpezca el normal desarrollo de las

actividades escolares (juguetes, walkman, MP3, radios reproductores,

barajitas, revistas, celulares, videojuegos, cámaras, etc.).

7. Traer pelotas y/o balones al Colegio.

8. Incumplimiento del horario para el uso de la cancha deportiva.

9. Irrespetar los derechos y garantías de las demás personas.

Page 12: Acuerdos de convivencia escolar y comunitaria

12 10. Falta de colaboración en la conservación, limpieza y mantenimiento,

dentro de los límites de sus responsabilidades del local, mobiliario y cualquier

otro material de la Institución Educativa, especialmente, de su aula de clase.

11. Lanzar desperdicios en cualquier área del Plantel.

12. No usar el traje escolar establecido, salvo en los casos en que ello sea

imposible por razones justificadas y debidamente comprobadas. Llevar la

chemise o franela de deporte por fuera del pantalón o mono.

13. Asistir con maquillaje al plantel.

14. Tener un corte o peinado no permitido.

15. Irrespetar la diversidad de conciencia, pensamiento, religión y culturas de

algún miembro de la comunidad educativa, o del personal docente,

administrativo u obrero del plantel.

16. Emplear un lenguaje inapropiado.

17. Permanecer en las aulas, laboratorios o pasillos durante los recesos sin

autorización.

18. No realizar la formación en columna durante el himno nacional y del Colegio;

en la hora de la entrada y la salida, respetando la distancia entre cada

estudiante y en silencio.

SE CONSIDERAN FALTAS GRAVES:

Los alumnos y alumnas incurren en falta grave en los casos siguientes:

1. Incumplimiento reiterado de una falta leve.

2. Cuando cometan actos violentos de hecho o de palabra contra cualquier

miembro de la comunidad educativa, o del personal docente, administrativo u

obrero del plantel.

3. Cuando provoquen desórdenes durante la realización de cualquier prueba de

evaluación o participen en hechos que comprometan su eficacia.

4. Cuando deterioren o destruyan en forma voluntaria los locales, dotaciones y

demás bienes del ámbito escolar.

5. Faltar a clases sin justificación.

6. Irrespeto a las normas de la moral y buenas costumbres.

Page 13: Acuerdos de convivencia escolar y comunitaria

13 7. Falsificar firmas y documentos. Destruir comunicados que sean enviados

al representante.

8. Hurtar bienes, exámenes y/o material para la evaluación de alumnos(as).

9. Ingerir bebidas alcohólicas.

10. Consumo, tráfico o tenencia de sustancias prohibidas.

11. Introducir objetos prohibidos al Plantel (cortantes, punzantes, detonantes,

materiales inflamables, armas, navajas, etc.)

12. Irrespetar a la patria y a sus símbolos. (Artículo 93 de la LOPNA)

Procedimiento para la aplicación de medidas socio-educativas por

incurrir en falta leve:

1. Faltas Leves:

Corrección o advertencia verbal al alumno/a.

Amonestación verbal, informando sobre la falta cometida.

Actuación diaria del alumno o alumna.

Comunicación escrita al representante informando el número de faltas

acumuladas por su representado/a.

Citación a los padres y/o representantes, firma conjunta de acta

compromiso, en la que se incluirán las recomendaciones para la familia.

Aplicación de medidas Socio-educativa. (Disposiciones Transitorias N° 10

LOE).

Las medidas socio educativas son producto de la mediación y conciliación que

adopten los integrantes de la comunidad educativa resguardando siempre el derecho a

la educación y a la legislación de protección a niños, niñas y adolescentes

(Disposiciones Transitorias N° 10 LOE). Entre ellas se cuentan:

Asignación y cumplimiento de una labor social dentro del plantel.

Desarrollo de un tema ante el alumnado asignado, el cual debe trabajar el

valor humano-cristiano vulnerado en la falta cometida.

Page 14: Acuerdos de convivencia escolar y comunitaria

14

Es importante destacar que toda llamada de atención realizada al estudiante de

forma oral o escrita, amonestación, así como las notificaciones al representante,

deben quedar reseñadas en los registros descriptivos del docente.

El Artículo 54 de la LOPNA, señala la obligación de los padres,

representantes o responsables a “participar activamente” en el proceso educativo, el

Artículo 55 le confiere el derecho. Por lo tanto la escuela tiene la obligación de velar

por el cumplimiento de esto, incorporando a los padres y/o representantes a las

distintas actividades programadas y orientarlos en el proceso.

Descripción de los pasos a seguir ante una falta leve:

a) Se conversa con el alumno(a) de la conducta presentada utilizando la

mediación y el manejo de conflicto. Esta puede ser de forma grupal apelando

a los acuerdos de convivencia escolar y comunitaria.

b) Se conversa con el alumno(a) por segunda vez, utilizando la mediación,

recordando el compromiso dado por él y negociar nuevamente si es necesario.

Aclarar dudas. Esta puede ser individual o grupal.

c) Se conversa con el alumno(a) por tercera vez, utilizando la mediación. Esta

puede ser individual o grupal. Se le informa al alumno(a) que de presentarse

nuevamente esta conducta se aplicará una amonestación escrita a través del

formato: ACTUACIÓN DIARIA, en la cual se le hará la observación al

representante de las veces que se ha abordado la conducta en el aula,

mediando con su representado y no ha cumplido con los acuerdos. Se le pide

al representante trabajar en el hogar dicha conducta. Esta deberá estar firmada

y ser archivada por la docente guía en la carpeta del alumno.

d) A la cuarta vez de presentarse la misma conducta se entrega la ACTUACIÓN

DÍARIA. Se debe llevar registro de la misma indicando la fecha (registro

anecdótico o descriptivo del docente, y en la hoja de diario del salón o el

Page 15: Acuerdos de convivencia escolar y comunitaria

15 registro de situación, a partir de 1° grado de primaria) y pedirla

obligatoriamente al siguiente día firmada por el representante, si no la trae

enviar una nota indicando la situación al representante y comunicar al niño

que de no traer la amonestación firmada al segundo día, se debe enviar al

estudiante a la Coordinación respectiva.

e) Si aún con el cumplimiento de estos pasos el alumno(a) manifiesta

nuevamente la misma conducta se refiere a la Coordinación Pedagógica

respectiva. Allí se seguirá con el procedimiento administrativo que amerite la

situación. (Ver pasos para aplicar procedimiento administrativo, pág. 23ss)

2. Faltas Graves:

Si la falta que manifieste el alumno(a) es grave, se refiere directamente a la

Coordinación Pedagógica respectiva donde se aplicará el procedimiento

administrativo.

Acta de Situación (Derecho a la Defensa) y

Citación del representante por parte del coordinador o coordinadora.

Citación del representante por parte del director o directora.

Aplicación de medidas socio educativa. (Disposiciones Transitorias N° 10

LOE).

Firma del libro de vida. (Expediente del/a alumno/a)

Procedimiento Administrativo:

Para dar inicio a cualquier proceso, por la reincidencia de una falta leve o por

una falta grave, deberá iniciarse el proceso administrativo elaborando un expediente

que contendrá todos los recaudos necesarios que lleven al esclarecimiento de la

situación, incluyendo:

Acta de inicio de averiguación.

Page 16: Acuerdos de convivencia escolar y comunitaria

16 Entrevista con el/la estudiante y opinión del/a mismo/a. (Art. 80 y

86 de la LOPNA)

Declaraciones de los testigos.

Informe del/a afectado/a. (Si lo hubiere)

Antecedentes del/a estudiante incluyendo posibles atenuantes como

buena conducta y rendimiento académico.

Informe del Departamento Psico-educativo del Colegio.

Referir el caso a otros organismos (red de apoyo)

Seguimiento del caso.

Para la aplicación de las medidas socio-educativas (Disposiciones

Transitorias N° 10 LOE) hay que tomar en cuenta los siguientes criterios:

Lo pautado en el Artículo 8, 32, 57, 80, 85, 86 y 88 de la LOPNA

La edad del alumna o alumna.

La naturaleza y gravedad del hecho.

El grado de responsabilidad en el hecho.

Los esfuerzos del alumno o alumna para reparar los daños causados.

Hay que tener presente que las medidas socio-educativas se aplican

principalmente con la intención de modificar la o las conductas inadecuadas del

alumno/a, de tal forma que se beneficie tanto él como la comunidad escolar, que ve

entorpecida su labor con el incumplimiento de las normas que facilitan la sana

convivencia. Toda medida debe promover un cambio de conducta positivo en el

alumno y cumplir un fin pedagógico.

La Institución Educativa deberá agotar todas las instancias internas para tratar

los problemas tanto de conducta como de aprendizaje, por lo tanto es importante la

participación del Departamento de Orientación, así como llevar un registro detallado

de las reuniones y recomendaciones dadas a los padres y/o representantes y saber si

éstas se han cumplido.

Page 17: Acuerdos de convivencia escolar y comunitaria

17 Una vez agotadas las instancias y de persistir el problema, al no

evidenciarse cambios, ni compromiso por parte de la familia, el caso puede remitirse

a la Defensoría Escolar del Niño y el Adolescente, al que pertenezca el Plantel,

quienes procederán de acuerdo a la Ley.

PASOS PARA APLICAR PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO

CORRECCIÓN:

Es una amonestación o llamado de atención verbal particular sobre una

conducta inapropiada. Con ella se espera que el/la alumno/a modifique su actitud y

comportamiento. La corrección se hará con el debido respeto a la persona y puede

estar acompañada de otras sanciones según la falta.

Page 18: Acuerdos de convivencia escolar y comunitaria

18

CITACIÓN:

Consiste en una convocatoria escrita dirigida a los padres del/a alumno/a

con el propósito de exponerle alguna conducta irregular que el/la alumno/a haya

presentado y puede ir acompañado de otras medidas según la falta.

Con Respecto a la Evaluación:

1. Los/as alumnos/as dispondrán del tiempo asignado por el/la docente para la

prueba. En caso de finalizar antes del tiempo asignado el alumno/a tendrá la

obligación de esperar en silencio y sentado en su lugar hasta que culmine el

tiempo señalado.

2. Todos/as los/as alumnos/as deberán portar los útiles escolares necesarios para

la realización de una prueba.

3. Una vez aplicada la prueba el/la alumno/a deberá conocer los resultados de la

misma con un máximo de dos semana después de su aplicación.

4. El/la alumno/a que sea sorprendido copiando trabajos y/o exámenes, se le

anulará la evaluación o trabajo.

5. La ausencia justificada o injustificada a clase obligará al alumno/a a

recuperar, por su cuenta, todo lo avanzado en las clases durante su ausencia.

También es responsabilidad suya informarse sobre los trabajos, prácticas,

exámenes, etc. y ponerse al día con ellos.

6. El/la alumno/a que falte injustificadamente a una evaluación o entrega de

trabajo se le aplicará o será entregado el día de su reincorporación a clases.

7. La evaluación en el nivel de Educación Inicial se hará de forma cualitativa por

áreas de aprendizaje.

8. La expresión cualitativa de la evaluación final de los alumnos y alumnas de la

Educación Primaria se hará de manera descriptiva en forma global y en

términos literales. (Art. 108º Reglamento de la Ley Orgánica de Educación)

Page 19: Acuerdos de convivencia escolar y comunitaria

19 9. Para la Educación Media: todo/a alumno/a tiene derecho a repetición de

prueba, siempre y cuando hayan aplazado el 30% o más. (Art. 112º

Reglamento de la Ley Orgánica de Educación)

10. Todo/a alumno/a tiene derecho a revisión de prueba con el/la profesor/a de la

materia.

11. La asistencia a clases es obligatoria. El porcentaje mínimo de asistencia para

optar a la aprobación de un grado, área, asignatura o similar será del setenta y

cinco por ciento (75%.). Art. 109º Reglamento de la Ley Orgánica de Educación.

CAPÍTULO II

De la Rectora:

La Rectora es la representante de las Dominicas Misioneras de la Sagrada

Familia, en la Institución Educativa. Su Misión consiste en cumplir con las

finalidades de la Educación en conformidad con las prioridades y líneas de acción del

Proyecto de la Congregación. Es nombrada por La Comunidad de Dominicas

Misioneras de la Sagrada Familia a la que está asignada; por un período, renovable,

de tres años.

Perfil personal y profesional

Persona identificada con el Carisma de la Congregación.

Conocedora de la historia congregacional, especialmente de su itinerario

educativo.

Con suficiente experiencia en el ámbito de la educación y demostrada

vocación de Maestra.

Persona conocedora y comprometida con la misión del Colegio.

Compasiva, con una calidad humana basada en el amor, la ternura y el

servicio a los demás.

Persona que avanza por el camino de Santo Domingo, del Padre Cueto y de la

Madre Pilar, con los ojos puestos en Jesús de Nazaret.

Page 20: Acuerdos de convivencia escolar y comunitaria

20

Personalidad:

Conocimiento y aceptación personal

Sentido de la vida

Sociabilidad con capacidad de relación y comunicación

Con deseo continuo de actualizarse

Con capacidad de tomar decisiones

Actitud de respeto hacia las personas, la naturaleza y la creación.

Sensibilidad social reflexiva y crítica.

Comprometida con la realidad.

Abierta al diálogo con el mundo.

Asume los compromisos institucionales

Capaz de trabajar en equipo

Se identifica y compromete con las Dominicas Misioneras de la Sagrada

Familia.

Centra su vida en los valores del Evangelio

Formación religiosa actualizada

Madurez espiritual y humana.

Funciones y Atribuciones

1. Orienta y promueve, en la acción educativa del Colegio, la espiritualidad

dominicana, manifestada en los documentos de la Congregación de

Dominicas Misioneras de la Sagrada familia.

2. En colaboración con el equipo directivo del Colegio, impulsa y actualiza el

Proyecto Educativo, en todo lo que concierne a la formación humano-cristiana

y académica.

3. Promueve programas permanentes de evaluación institucional en el marco de

los criterios de calidad educativa y de las orientaciones de las Dominicas

Misioneras de la Sagrada Familia.

Page 21: Acuerdos de convivencia escolar y comunitaria

21 4. Promueve, junto con la Directora, la formación permanente del docente,

tanto en el ámbito humano-espiritual, como profesional.

5. Junto con la Directora, es responsable de la selección y admisión de nuevos

docentes, alumnos y representantes.

6. Promueve encuentros de Exalumnas/os.

7. Anima a cada uno de los miembros del Equipo Directivo para que se sientan

estimulados y apreciados en el cumplimiento de sus funciones.

8. Impulsa la Pastoral del Colegio, dándole la prioridad que posee.

9. Convoca y preside el Equipo Directivo

10. Mantiene contacto formal e informal frecuente con los docentes, alumnos/as,

personal administrativo y obrero, y padres y representantes.

De la Dirección:

La Dirección es el órgano de la institución escolar ejercido por el Director o

Directora, quien es la primera autoridad y supervisor nato del mismo. El Director

o Directora velará por que las actividades de la institución estén orientadas a

lograr los objetivos del Estado venezolano; es nombrado por la Comunidad de

Hermanas Dominicas Misioneras de la Sagrada Familia que rige el Colegio por

un período, renovable, de tres años, y debe rendir cuentas a dicha Comunidad

Religiosa.

Perfil Personal y Profesional:

Persona identificada y comprometida con la educación.

Conoce las líneas fundamentales de la educación de las Dominicas Misioneras

de la Sagrada Familia y se compromete con ellas.

Funciones y Atribuciones:

El Director o Directora de la institución educativa, es la autoridad superior del

plantel y es el órgano autorizado para dirigirse al Ministerio del Poder Popular

Page 22: Acuerdos de convivencia escolar y comunitaria

22 para la Educación y a las actividades docentes (Zona Educativa, Distrito

Escolar y Sector) respecto a los asuntos del gobierno y organización del

establecimiento. Además de las contempladas en la legislación escolar vigente.

Tendrá los siguientes deberes y atribuciones:

1. Llegar al plantel por lo menos treinta (30) minutos antes de iniciarse las

actividades.

2. Dirigir y coordinar las actividades académicas de acuerdo al Proyecto

Educativo y la Planificación Anual del Colegio.

3. Conocer el contenido y alcance de la Constitución de la República Bolivariana

de Venezuela, Ley Orgánica de Educación y su Reglamento, Ley Orgánica de

Procedimientos Administrativos, Ley Orgánica del Poder Ciudadano, Ley

Orgánica de la Contraloría General de la República, Ley Orgánica de

Salvaguardia de Patrimonio Público, Ley Orgánica para la Protección del

Niño, Niña y Adolescente y otras normas emanadas de las autoridades

públicas competentes, así mismo, cumplirlas y orientar convenientemente a

otras para su cumplimiento cuando así le sea solicitado.

4. Fijar y dirigir los actos académicos, convocar y dirigir el Consejo General, el

Consejo Técnico Docente y el Consejo de Docentes.

5. Autorizar con su firma y sello del Colegio, los certificados y demás

documentos que expide el Plantel.

6. Ejecutar los acuerdos de los Órganos de Gobierno Colegiados en el ámbito de

sus facultades, facilitar la información que corresponda a los diversos

estamentos de la Comunidad Educativa.

7. Autorizar de acuerdo con los Coordinadores, la celebración de actos y

reuniones generales: las salidas, viajes culturales, y convivencias escolares.

8. Promover las actividades complementarias de su competencia con la

colaboración de los otros miembros del Consejo General, de los Docentes, el

Consejo Estudiantil y el Comité de Madres, Padres y Representantes y

Responsables.

Page 23: Acuerdos de convivencia escolar y comunitaria

23 9. Representar como Directora a la Institución ante los organismos oficiales

y privados y responder por el funcionamiento técnico, docente y

administrativo del Plantel.

10. Cumplir y hacer cumplir la Ley Orgánica de Educación, los Acuerdos de

Convivencia Escolar y Comunitaria y todas las demás disposiciones de las

autoridades competentes.

11. Responsable ante el Ministerio del Poder Popular para la Educación, del

cumplimiento de las políticas y normas emanadas del Despacho de acuerdo a

las leyes vigentes.

12. Responsable administrativo del Colegio ante la AVEC y CONAPREC.

13. Responsabilizarse del proceso a seguir para la entrega de Certificados de

Educación Básica y Títulos de Bachiller.

14. Velar por la asistencia y puntualidad del personal, así como por la disciplina

y la buena marcha de la Institución.

15. Autorizar las inasistencias de los docentes.

16. Favorecer la entrega de estímulos a los miembros del personal docente y no

docente que se distingan en algún aspecto de la labor educativa y vida del

Centro, de acuerdo con el Consejo de Docentes.

17. Instruir expedientes y establecer correctivos a los miembros del personal

docente, y no docente que así lo necesiten, de acuerdo con el Órgano

Unipersonal correspondiente.

18. Impulsa proyectos de innovación pedagógica y calidad educativa en el marco

de la actualización de los Planes de Estudio e investigación y de la aplicación

creativa del Carisma Educativo de las Dominicas Misioneras de la Sagrada

Familia.

19. Responsabilizarse de que se lleve a cabo el Proyecto Educativo Integral

Comunitario (PEIC) del Colegio.

20. Supervisa y evalúa el Proyecto Curricular en todos sus aspectos,

conjuntamente con los coordinadores/as y el Equipo Directivo.

21. Admite y despide a alumnos/as, profesores/as y personal encargado de los

Servicios Académicos comunes.

Page 24: Acuerdos de convivencia escolar y comunitaria

24 22. Juntamente con la persona encargada de la Administración, elabora y

tramita la aprobación del presupuesto del Colegio.

23. Convoca y preside las reuniones del Consejo Técnico Docente y Consejo

general de profesores.

CAPÍTULO III

Coordinador de Educación Media.

Funciones y Atribuciones:

1. Corresponsabilizarse de la gestión ordinaria del Plantel, así como de hacer

cumplir el reglamento interno.

2. Convocar y dirigir previo acuerdo con la Dirección, reuniones de docentes de

su nivel.

3. Responsabilizarse de la elaboración de los horarios de su nivel.

4. Atender, orientar e informar a los Padres y Representantes, en coordinación

con los docentes de su nivel todo lo referente a la marcha académica de los

alumnos.

5. Proponer a la Dirección cursos de actualización pedagógica para los docentes

de su nivel.

6. Corresponsabilizarse del cumplimiento del Reglamento Interno del Plantel.

7. Informar a la Directora sobre las necesidades de los docentes de su nivel en lo

concerniente a la tarea educativa.

8. Coordinar la celebración de actos y reuniones del nivel respectivo, así como

las salidas culturales.

9. Llevar el control de los justificativos y permisos de los alumnos y alumnas,

así como autorizar en base a éstos, su retiro del Plantel.

10. Presentar la lista de textos, revistas y otras fuentes de información, elaborada

previamente por los docentes para seleccionar el material de consulta, así

como equipos y material didáctico correspondiente.

11. Colaborar con la Dirección en la planificación y evaluación institucional.

12. Cumplir con el horario de trabajo asignado.

Page 25: Acuerdos de convivencia escolar y comunitaria

25 13. Velar por la disciplina del Plantel.

14. Informar periódicamente a la Dirección sobre los problemas que se presenten

en el orden disciplinario, moral y social.

15. Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la

naturaleza de su cargo.

Coordinador Pedagógico

Funciones y Atribuciones:

1. Responsabilizarse de la acción educativa de su nivel conjuntamente con la

Dirección del Plantel.

2. Convocar y dirigir, previo acuerdo con dirección, las reuniones de los

docentes de su nivel.

3. Convocar y dirigir, previo acuerdo con dirección las reuniones con Padres y

Representantes de los alumnos de su nivel.

4. Organizar, dirigir y supervisar el proceso de enseñanza aprendizaje en las

áreas académicas del Educación Inicial y Primaria.

5. Dirigir la planificación y programación académica de su nivel, de acuerdo con

los objetivos, criterios curriculares, PEIC, Carisma Dominicano y la

normativa emanada de la Dirección del Colegio y del Ministerio del Poder

Popular para la Educación.

6. Dirigir la evaluación de los productos del aprendizaje en Educación Inicial y

Primaria, adelantar acciones para mejorar el rendimiento escolar.

7. Dirigir y supervisar la ejecución de las actividades académicas.

8. Velar porque las actividades académicas de su nivel estén de acuerdo con los

niveles establecidos en el Currículo respectivo.

9. Atender, orientar e informar a los padres de familia en coordinación con los

docentes de su nivel, en todo lo referente a la marcha académica de los

estudiantes.

10. Orientar a los profesores de su nivel en el planeamiento y desarrollo de los

proyectos de aprendizaje (PA).

Page 26: Acuerdos de convivencia escolar y comunitaria

26 11. Proponer a la Dirección cursos de actualización pedagógica para los

docentes de Preescolar, primera y segunda etapa de Educación Básica.

12. Corresponsabilizarse del cumplimiento del Reglamento Interno del Plantel.

13. Informar a la Dirección sobre las necesidades de los docentes de su nivel en lo

concerniente a la tarea educativa.

14. Autorizar y coordinar la celebración de actos y celebraciones de su nivel.

15. Presentar la lista de textos y otras fuentes de información escogida

previamente por los docentes de Preescolar, primera y segunda etapa de

Educación Básica; así como solicitar el material que requieran los docentes de

dichos niveles.

16. Colaborar con la Dirección en la Planificación y Evaluación del personal del

nivel.

17. Asistir a las reuniones convocadas por el Ministerio del Poder Popular para la

Educación cuando la Directora lo indique.

18. Corresponsabilizarse de la gestión ordinaria del Plantel.

19. Elaboración del Informe Final correspondiente a su nivel.

Del Departamento de Evaluación

Tiene como finalidad hacer cumplir las normativas legales vigentes

establecidas en la Ley Orgánica de Educación (Art. 44). Reglamento General de

la Ley Orgánica de Educación (Art. 87 al 104), Resolución 35 (28 de julio 2006),

así como velar por el desarrollo de los planes y programas de estudio y su correcta

aplicación, asistiendo a los docentes en el mejoramiento de los métodos, técnicas,

procedimientos de enseñanza, uso de materiales didácticos y mejoramiento

profesional.

Funciones y Atribuciones:

1. Planificar, ejecutar y evaluar el Plan General de actividades del Departamento.

2. Recibir, revisar, corregir y autorizar los planes de clase, evaluación y pruebas

para ser aplicadas.

Page 27: Acuerdos de convivencia escolar y comunitaria

27 3. Supervisar por lapso el desempeño profesional de los Docentes, en cada

una de las áreas de estudio.

4. Mantener un proceso continuo de comunicación y retroalimentación sobre el

desempeño profesional del personal docente.

5. Elaborar y publicar los calendarios de Pruebas Finales de lapso, Materia

Pendiente y Revisión.

6. Recibir, revisar y verificar las calificaciones definitivas obtenidas por los

alumnos y alumnas en cada lapso del Año Escolar.

7. Publicar por lapso la estadística de los resultados académicos por asignatura y

curso.

8. Coordinar todas las acciones relacionadas con las Pruebas de Revisión,

Materia Pendiente y Alumnos Diferidos.

9. Cooperar con la Dirección en el proceso de evaluación de los docentes.

10. Estar al corriente de la legislación que afecte a los centros en materia de

planificación y evaluación, e informar a los interesados.

11. Velar para que el proceso de evaluación se cumpla en forma continua e

integral.

12. Elaborar las normas que deben cumplir los instrumentos de Evaluación que se

apliquen en la Institución.

13. Asesorar y orientar a los docentes en consultas referentes al proceso de

planificación y evaluación.

14. Implementar las medidas y los recursos necesarios para que los alumnos,

padres y representantes conozcan los procesos y resultados de la Evaluación.

15. Analizar los resultados de las evaluaciones periódicas o de culminación con el

objeto de promover reajustes o mejoras en el proceso de evaluación.

16. Participar conjuntamente con la Dirección en la tramitación de lo conducente

a resolver situaciones atípicas en lo referente a evaluación.

17. Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la

naturaleza de su cargo.

Page 28: Acuerdos de convivencia escolar y comunitaria

28 Del Departamento de Control de Estudio

Tiene como finalidad la aplicación organizacional, coordinación, asesoría y

control de todas aquellas actividades relacionadas con matrícula, ingreso, egreso,

registro de información, certificaciones, transferencias y constancias relacionadas con

los estudios que se realicen en la institución.

Funciones y Atribuciones:

1. Estar al corriente de la legislación que afecte a la Institución en materia de

Control de Estudios e informar a los interesados.

2. Procesar las calificaciones Finales de Lapso

3. Emitir Boletines de Calificaciones Finales de Lapso

4. Procesar las Planillas de Matrícula Inicial, Resumen Final del Rendimiento

Estudiantil, etc.

5. Presentar al Consejo de Docentes la documentación correspondiente de los

alumnos y alumnas que concluyan el nivel de Educación Básica y el Ciclo

Diversificado, para el otorgamiento de Certificados y Títulos de Bachiller.

6. Emitir los Certificados de Educación Básica y Títulos de Bachiller

7. Llevar un registro por años escolares, de los Certificados, Títulos de Bachiller

y demás credenciales de carácter académico que otorgue la Dirección del

Colegio.

8. Asesorar a la Dirección en los procedimientos relativos a equivalencias y

transferencias de estudios.

9. Informar al alumno sobre equivalencias y transferencias de estudios.

10. Recibir, clasificar y archivar la documentación oficial tanto de alumnos,

alumnas como de docentes.

11. Orientar e informar a las personas que solicitan documentos probatorios de

estudios, acerca de requisitos, normas o dependencias donde realizar la

tramitación.

Page 29: Acuerdos de convivencia escolar y comunitaria

29 12. Responsabilizarse de las solicitudes de ingreso al Colegio por

equivalencia de estudios y verificar la autenticidad de la documentación

académica presentada por los alumnos y alumnas que se inscriben por primera

vez.

13. Participar conjuntamente con la Dirección en la tramitación de lo conducente

a resolver situaciones atípicas en lo referente a Control de Estudio.

14. Asistir a las reuniones convocadas por el Ministerio del Poder Popular para la

Educación cuando la Directora lo indique.

15. Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la

naturaleza de su cargo.

Departamento de Pastoral

El departamento de Pastoral está conformado por el servicio de Formación

Cristiana y dominicana.

Funciones y Atribuciones:

1. Planificar, ejecutar y evaluar el Plan General de Actividades del

Departamento.

2. Planificar y desarrollar las actividades pastorales específicas de la Institución

de Dominicas Misioneras de la Sagrada Familia.

3. Motivar y orientar la Educación de la Fe en sus distintos niveles (niñez,

preadolescencia, adolescencia y juventud), teniendo como marco la formación

de l valores humanos, cristianos y la espiritualidad dominicana.

4. Coordinar el trabajo y las actividades que ejecute el equipo de docentes de

Educación de la Fe y de Guiaturas.

5. Unificar criterios y metodologías respecto a las clases de Educación de la Fe,

dinamizando y actualizando el empleo de recursos didácticos en las mismas.

6. Motivar y preparar en la vivencia sacramental, especialmente la

Reconciliación y la Eucaristía, a todos los miembros de la Comunidad

Educativa Dominicana.

Page 30: Acuerdos de convivencia escolar y comunitaria

30 7. Celebrar los tiempos fuertes del Calendario Litúrgico y las fiestas y

solemnidades dominicanas.

8. Planificar, coordinar y ejecutar jornadas de reflexión, retiros espirituales y

convivencias con Alumnos (as), Docentes y Padres o Representantes.

9. Contribuir a la consolidación del proceso formativo de la Escuela de Padres,

encuentros matrimoniales y jornadas con los ex alumnos del colegio.

10. Presentar informe de actividades a la Dirección al culminar el Año Escolar.

11. Potenciar el funcionamiento de Grupos Juveniles Dominicanos.

12. Impregnar toda la acción educativa de los valores del Evangelio, al estilo de

Domingo de Guzmán.

13. Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la

naturaleza de su cargo.

Del Personal Especializado: Orientador

Deberes

1. Planificar, ejecutar y evaluar el Plan General de actividades del

Departamento.

2. Diagnosticar y orientar a los/as alumnos/as en los aspectos aptitudinales y

conductuales referentes a valores y hábitos de trabajo.

3. Participar en la admisión de los alumnos.

4. Orientar a los/as alumnos/as en períodos de decisión profesional.

5. Mantener contacto permanente con los Docentes a fin de estimular a los/as

alumnos/as a optimizar su rendimiento académico y relaciones

interpersonales, tratando de lograr alternativas de solución a los casos de bajo

rendimiento y conducta inadecuada de los/as alumnos/as.

6. Acompañar al docente en su praxis educativa.

7. Entrevistar a los Padres y Representantes cuando sea necesario o conveniente

para el óptimo desarrollo de los/as estudiantes.

8. Remitir a los alumnos y alumnas que así lo requieran, al especialista

correspondiente.

Page 31: Acuerdos de convivencia escolar y comunitaria

31 9. Prestar la asesoría a los miembros de la Comunidad Educativa, que así lo

soliciten, en lo que respecta a planificación y ejecución de programas.

10. Cumplir con su asignación académica de acuerdo con su horario de trabajo.

Del Personal Especializado: Psicopedagogo

Deberes

1. Planificar, ejecutar y evaluar el Plan General de actividades del Departamento.

2. Planificar y ejecutar el proceso de admisión de los alumnos y alumnas en la

institución.

3. Mantener contacto permanente con los Docentes a fin de estimular a los/as

alumnos/as a optimizar su rendimiento académico y relaciones

interpersonales, tratando de lograr alternativas de solución a los casos de bajo

rendimiento y conducta inadecuada de los/as alumnos/as.

4. Detectar los problemas de aprendizaje y coordinar programas de respuestas a

las necesidades presentadas.

5. Brindar a los docentes las orientaciones necesarias para el manejo de

situaciones académicas y conductuales en el aula.

6. Remitir a los alumnos y alumnas que así lo requieran, al especialista

correspondiente.

7. Entrevistar a los Padres y Representantes cuando sea necesario o conveniente

para el óptimo desarrollo de los/as estudiantes.

CAPÍTULO IV

Del Personal Docente:

Además de los derechos y deberes que consagra el Reglamento del Ejercicio

de la Profesión Docente (Decreto Nº 1.011 Gaceta oficial Nº 5,496 Extraordinario del

31-10-2000. Art. 6 al 8) y la Ley del estatuto de la función pública (Gaceta oficial Nº

37482 del 11-07-2002 Art. 22 al 33), se reconoce a los profesionales de la docencia

otros derechos y garantías que se enuncian a continuación:

Page 32: Acuerdos de convivencia escolar y comunitaria

32 Derechos y Garantías:

1. Derecho al libre ejercicio de la docencia, en armonía con lo establecido en el

ordenamiento jurídico venezolano y el presente Reglamento Interno.

2. Derecho a disponer y utilizar los medios, materiales e instalaciones de la

Institución Educativa para ejercer la docencia, de conformidad con lo

establecido en el presente Reglamento Interno y los Reglamentos Especiales.

3. Derecho a ser informado y a participar libre, activa y plenamente en los

procesos educativos de los alumnos y alumnas, así como en todos los ámbitos

de la vida escolar, entre ellos, las actividades educativas, recreacionales,

deportivas, sociales y culturales.

4. Derecho a solicitar y recibir del personal directivo y de los coordinadores

orientación oportuna y adecuada para mejorar la calidad de sus labores

docentes.

5. Derecho a ser respetado por todas las personas que integran la institución

educativa. Nunca deberá ser sancionado en público o privado, de forma

humillante, ofensiva o contraria su dignidad como persona humana.

6. Derecho a disfrutar de un ambiente de trabajo que reúna las condiciones

mínimas necesarias para el desarrollo de sus labores docentes.

7. Derecho a presentar y dirigir peticiones al personal obrero, administrativo y

directivo, así como a cualquier otro órgano de la Institución Educativa o

Comunidad Educativa, sobre los asuntos que le conciernan y/a obtener

respuesta oportuna sus peticiones.

8. Derecho a expresar libremente su opinión en todos sus asuntos de la vida de la

Institución Educativa.

9. Derecho a defender los derechos, garantías e intereses de los alumnos y las

alumnas de la Institución.

10. Derecho al debido proceso y a la defensa, especialmente en todos los

procedimientos de carácter sancionatorio.

Page 33: Acuerdos de convivencia escolar y comunitaria

33 Deberes del/a Docente Guía:

El Docente Guía es aquel o aquella docente que observa, reflexiona, intuye,

respeta y orienta de forma coherente dentro de un ámbito de exigencia y honestidad

tanto a los alumnos y alumnas, como a los demás docentes, teniendo una actitud

democrática, respetuosa que facilite la participación. Debe conocer y manejar

técnicas de dinámicas grupales y de apertura.

1. Coordinar toda la actividad educativa de su grupo de alumnos y alumnas y

ayudar a crear un clima de convivencia, orden, estudio y disciplina que facilite

su formación integral.

2. Orientar a los alumnos en su proceso de aprendizaje. Ayudarles a descubrir

sus capacidades y aceptar sus limitaciones.

3. Relacionarse y dialogar con sus alumnos y alumnas, individual y

colectivamente, para conocer su situación real y el entorno familiar y social en

que viven.

4. Formar a los alumnos y alumnas en hábitos de estudio, orden, disciplina, aseo

personal.

5. Estimular la formación de aspectos generales propios de cada edad:

compañerismo, autoestima, aprecio y valoración de lo que le rodea, servicio,

justicia, etc.

6. Informar a los alumnos de las decisiones tomadas por los Consejos de Curso o

por la Directora del Colegio.

7. Mantener contactos individuales y colectivos con los Padres y Representantes

de sus alumnos y alumnas.

8. Mantener relación frecuente con los demás docentes de los alumnos de su

curso, a fin de asegurar la necesaria coherencia en su respectiva función

educadora.

9. Dirigir y moderar los Consejos de Curso de los alumnos y alumnas de su

grupo, informar sobre la marcha de éste, así como las características de cada

alumno y alumna.

Page 34: Acuerdos de convivencia escolar y comunitaria

34 10. Motivar a los alumnos y orientarles en la realización de actividades

culturales, sociales y recreativas.

11. Presentar, explicar y comentar a los alumnos de su grupo aquellos aspectos

del estilo propio de la Unidad Educativa, del PEIC y del Reglamento Interno

que les afecten.

12. Llevar un registro de cada alumno y alumna con las anotaciones

correspondientes a conducta, rendimiento, etc.

13. Promover la participación de los miembros de la Comunidad Educativa en

actividades escolares y extra escolares.

14. Cumplir con el horario de trabajo asignado

15. Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la

naturaleza de su cargo.

16. Entregar los resultados del rendimiento académico del alumno y de la

alumna.

Deberes del/a Docente:

1. El/la docente debe identificarse con el Ideario del Colegio fomentando los

valores y actitudes cristianas.

2. Debe llegar puntualmente a sus actividades escolares.

3. Todos los docentes que tengan clase a primera hora deberán acompañar al

grado que le corresponda en el Acto de Formación. Una vez concluido se

trasladarán al salón de clase en forma ordenada y dirigir la oración inicial.

4. Crear el hábito en los estudiantes de recibir a los docentes de pie al lado de

sus pupitres respectivos.

5. El/la docente velará por el cumplimiento del traje escolar en el plantel.

6. El uso del celular está prohibido dentro del salón de clases, tampoco debe

estar a la vista de los estudiantes y mantenerlos apagados. Cuando un docente

tenga una emergencia que justifique el uso del teléfono en horas de clase debe

notificarlo en la coordinación respectiva.

7. Mantener un tono de voz moderado.

Page 35: Acuerdos de convivencia escolar y comunitaria

35 8. Será el responsable único del orden, disciplina, óptimo desarrollo del

trabajo escolar y clima de respeto entre los/as alumnos/as en el salón de clase.

9. El/la docente deberá remitir al coordinador respectivo a aquellos alumnos/as,

que incurran en una falta grave de disciplina en la clase.

10. Debe informar al docente guía de las actuaciones y rendimiento de los y las

estudiantes.

11. No permitirá a los/as alumnos/as el uso de materiales innecesarios para el

trabajo escolar: juguetes, barajitas, walkmans, etc. Si fuese necesario, podrá

efectuar decomisos temporales.

12. El/la docente podrá citar a los Padres o representantes de un/a alumno/a

cuando así lo amerite la necesidad o la conveniencia con previa notificación

al docente - guía. Las citaciones se harán siempre por escrito. El resultado de

la entrevista será consignado en el Libro de Vida del alumno/a o registro de

entrevista. Este registro incluirá la fecha, la situación planteada, el

compromiso de los padres y las firmas de los presentes.

13. El/la docente deberá ser el primero en llegar al salón de clases y el último en

salir de él, bien sea a los recesos o al finalizar la jornada escolar. Supervisar

las condiciones en la que queda el salón de clase y según el caso tomar

acciones al respecto. (Orden, limpieza, luces y ventilador apagados)

14. Al sonar el timbre de entrada y salida de la institución, debe acompañar a sus

estudiantes en la formación en columna y no subir hasta que estos estén

ordenados y en silencio.

15. Los/as docentes deben presentar a los/as alumnos/as al inicio de cada lapso

el plan de evaluación.

16. Una vez comenzados los exámenes trimestrales el/la docente debe entregar

al Departamento de Evaluación el acumulado del 70 % de la nota del

alumno/a.

17. Entregar a tiempo los recaudos solicitados por el Departamento de Control

de Estudio, Evaluación y Coordinación Pedagógica respectiva.

18. El/la docente deberá dispensar un trato correcto a los miembros de la

Comunidad Educativa.

Page 36: Acuerdos de convivencia escolar y comunitaria

36 19. La atención de los padres y/o representantes de los/as alumnos/as se hará

con previa cita y en los lugares indicados para tal fin. Se debe llevar registro

de cada una de ellas.

20. Debe ser responsable de su actualización académica, creativo/a, dinámico/a

y abierto/a al cambio.

21. Los docentes de áreas complementarias deben buscar y llevar a los estudiantes

al salón de clase en correcta formación en la hora establecida según el horario.

22. Debe favorecer la inclusión de los y las estudiantes, no discriminar a ningún

estudiante, ni permitir que lo hagan sus compañeros.

NATURALEZA DE LAS FALTAS

SE CONSIDERAN FALTAS LEVES:

El incumplimiento de las normas citadas anteriormente.

SE CONSIDERAN FALTAS GRAVES: (Disposiciones Transitorias, N° 5, LOE)

1. Reincidencia de alguna falta leve.

2. La agresión verbal o física por parte del docente hacia algún miembro de la

Comunidad Educativa.

3. Fomentar la desconfianza, la desunión, la crítica destructiva o el

enfrentamiento entre los Docentes o entre éstos y los Directivos del Colegio.

4. Defender o fomentar actitudes en los alumnos/as contrarios al orden,

disciplina o aprovechamiento escolar.

5. Observar conductas contrarias a la moral, ética profesional, buenas

costumbres y a los principios que informan la Constitución y las demás leyes

de la República.

6. Abandonar injustificadamente sus tareas o ausentarse del Colegio sin la

debida autorización.

7. Mantener un bajo nivel o negligencia en el desempeño profesional y las

demás obligaciones inherentes al puesto de trabajo.

Page 37: Acuerdos de convivencia escolar y comunitaria

37 8. Por la inasistencia y el incumplimiento reiterado de las obligaciones que

le corresponden en las funciones de evaluación del rendimiento estudiantil.

9. Por utilizar medios fraudulentos para beneficiarse de cualesquiera de los

derechos que acuerde la Ley Orgánica de Educación y el Reglamento del

Ejercicio de la Profesión Docente.

10. Por coadyuvar a la comisión de faltas graves cometidas por otros miembros de

la Comunidad Educativa.

11. Por reiterado incumplimiento de obligaciones legales, reglamentarias o

administrativas.

12. Por inasistencia injustificada durante tres días hábiles en el período de un mes.

13. Las dispuestas en Ley Orgánica de Educación (Disposiciones Transitorias N°

5,) y artículo 150 y 151 del Reglamento del Ejercicio de la Profesión Docente,

SANCIONES:

El personal será sancionado según la gravedad de la falta, siguiendo los criterios

establecidos en la ley Orgánica de Educación y su Reglamento, el Reglamento del

Ejercicio de la Profesión Docente. (Art. 149)

1. Faltas leves:

Amonestación verbal.

Notificación por escrito.

Descuento de horas (incorporación tarde al aula de clases)

2. Faltas graves:

Separación del cargo. (Disposición Transitorias N° 8, Ley Orgánica de

Educación)

Destitución e inhabilitación para el ejercicio de la profesión docente.

(Art. 153 del Reglamento del Ejercicio de la Profesión Docente)

Page 38: Acuerdos de convivencia escolar y comunitaria

38 CAPÍTULO V

Del Personal Especializado: Bibliotecario/a

Funciones

1. Recopilar toda la documentación existente en el centro, así como los

materiales y recursos didácticos relevantes.

2. Organizar los recursos de manera que sean fácilmente accesibles y utilizables.

3. Hacer posible su uso cuando se necesiten, mediante un sistema de

información centralizado.

4. Ofrecer a los alumnos(as) y docentes, la información en diferentes soportes

para satisfacer las necesidades curriculares, culturales y complementarias.

5. Ofrecer asistencia y orientación al usuario.

6. Fomentar la lectura de todo tipo de lenguajes y en todo tipo de soportes,

como medio de entretenimiento y de información.

7. Formación en la búsqueda, análisis y tratamiento de la información y la

documentación.

8. Fomentar la expresión oral y escrita, la creatividad y el hábito de lectura.

CAPÍTULO VI

Personal Obrero y Administrativo

Derechos y Garantías:

Se reconoce al personal obrero y administrativo de la institución educativa los

derechos y garantías que se enumeran a continuación:

1. Derecho a ser respetado por todas las personas que integran la institución

educativa. Nunca deberá ser tratado o sancionado, en público o privado, de

forma humillante ofensiva o contraria a su dignidad como persona humana.

Page 39: Acuerdos de convivencia escolar y comunitaria

39 2. Derecho a disfrutar de un ambiente de trabajo que reúna las condiciones

mínimas necesarias para el desarrollo de sus labores.

3. Derecho al debido proceso a la defensa especialmente en todos los

procedimientos de carácter sancionatorio.

4. Derecho a ser atendidos oportunamente con respeto, cordialidad y equidad

por el personal docente y directivo cuando acudan ante ellos para tratar

asuntos que les concierne, durante los horarios establecidos a tal efecto.

5. Derecho a defender los derechos, garantías e intereses de los niños, niñas y

adolescentes.

6. Derecho a opinar libremente sobre los asuntos de la institución en el que

tengan interés.

7. Derecho a que el personal directivo brinde facilidades de acuerdo a las

posibilidades de institución educativa para asistir a talleres, cursos,

convivencias, reuniones y cualquier tipo de actividades dirigidas al

perfeccionamiento de su profesión y/o la mejora de la calidad de su labor.

8. Derecho a participar libre, activa y plenamente en la vida de la Institución

Educativa.

Deberes:

1. Prestar sus servicios personalmente con la eficiencia requerida para el

cumplimiento de las tareas que tengan encomendadas.

2. Acatar las órdenes e instrucciones emanadas de los superiores jerárquicos que

dirijan o supervisen la actividad del servicio correspondiente.

3. Prestar la información necesaria a los particulares de los asuntos y expedientes

en que aquello tenga un interés legítimo, con las limitaciones establecidas en

la ley.

4. Guardar en todo momento una conducta decorosa y observar en sus relaciones

con sus superiores, subordinados, y con el público, toda la consideración y

cortesía debida.

5. Poner en conocimiento de sus superiores las iniciativas que estimen útiles

para la conservación de la institución o mejoramiento de los servicios.

Page 40: Acuerdos de convivencia escolar y comunitaria

40 6. Cumplir y hacer cumplir la Constitución, las leyes, los reglamentos, los

instructivos y las órdenes que deben ejecutar.

7. Asistir regularmente y puntualmente a todas las actividades laborales.

Cumplir cabal y oportunamente con todas sus obligaciones.

8. Respetar los derechos y garantías de las demás personas.

Funciones, actividades y/o tareas del Auxiliar de Preescolar

1. Instruye y vela por el cumplimiento de las normas de higiene, buen

comportamiento y presentación personal del grupo de niños y niñas bajo su

cargo conjuntamente con la docente.

2. Juntamente con la docente, vela por la seguridad personal de los niños y

niñas.

3. Organiza y distribuye el material didáctico a los y las estudiantes.

4. Participa, con la docente, en la programación de las actividades recreativas y

de estimulación a los niños.

5. Participa en la ambientación de las instalaciones.

6. Colabora con el control de los ingresos y egresos de los niños y niñas durante

el día.

7. Asiste y participa en reuniones planificadas por la institución.

8. Colabora en la elaboración de los registros de observaciones que se hagan de

los niños y niñas.

9. Llevar cotidianamente el registro de asistencia.

10. Asistir puntualmente a las labores educativas (de 7:25 am hasta las 1:15 pm).

excepto personal de guardia. Evitar ingerir alimentos dentro del aula en

horario de trabajo, excepto cuando se trate de actividades que lo ameriten.

11. Evitar el uso de aparatos de sonidos y celulares durante la jornada diaria.

(Avisar cuando exista una emergencia o dar el número del colegio)

12. Colaborar con la dirección del plantel en las labores o actividades técnicas,

administrativas y materiales.

13. Colaborar en los festivales, ceremonias y actos cívicos de los niños y niñas.

Page 41: Acuerdos de convivencia escolar y comunitaria

41 14. Asistir con puntualidad a los talleres, seminarios, cursos de capacitación y

mejoramiento profesional que se convoquen.

15. Queda estrictamente prohibido aplicar castigos corporales a los educandos o

ejercer contra ellos actos que puedan lesionar su dignidad, susceptibilidad, o

lastimar su personalidad.

16. Observar buena presentación y una intachable conducta.

17. Utilizar un vocabulario adecuado tanto con los niños, como con el personal y

padres o representantes.

18. Mantener limpios los salones de clases, mesas, estantes y anexos.

19. Colaborar con la puesta en marcha de las actividades planeadas por la

educadora para los niños.

20. Asiste en la ejecución de actividades pedagógicas en las áreas de aprendizaje.

21. Dar sugerencias y colaborar en la planificación de los Proyectos Didácticos,

Planes Quincenales o Especiales.

22. Asistir a los niños en sus necesidades fisiológicas.

23. Reportar a la docente cualquier observación o anomalía presenciada.

24. Identificarse con el Ideario del Colegio fomentando los valores y actitudes

cristianas.

25. Velar con el cumplimiento del traje escolar de los estudiantes.

26. No permitirá a los/as alumnos/as el uso de materiales innecesarios para el

trabajo escolar: juguetes, barajitas, walkmans, entre otros. Si fuese necesario,

podrá efectuar decomisos temporales.

27. Realiza cualquier otra tarea afín que le sea asignada.

CAPÍTULO VII

Con Respecto a la Familia o Representantes

Derechos:

1. Derecho a ser respetado por todas las personas que integran la Institución

Educativa. Nunca deberá ser tratado o sancionado, en público o privado, de

forma humillante ofensiva o contraria a su dignidad como persona humana.

Page 42: Acuerdos de convivencia escolar y comunitaria

42 2. Derecho a ser atendidos oportunamente con respeto, cordialidad y

equidad por el personal docente y directivo cuando acudan ante ellos para

tratar asuntos que les concierne, durante los horarios establecidos a tal efecto.

3. Derecho a defender los derechos, garantías e intereses de los niños, niñas y

adolescentes.

4. Derecho a que el personal directivo brinde facilidades de acuerdo a las

posibilidades de institución educativa para asistir a talleres, cursos,

convivencias, reuniones y cualquier tipo de actividades dirigidas al interés

superior del niño y del adolescente.

Deberes:

1. Conozca el Proyecto Educativo del Colegio y lo secunde.

2. Esté vinculado activamente a la comunidad Educativa, aceptando por encima

de los intereses particulares que afectan la educación de su propio hijo/a,

aquellas responsabilidades más generales que se derivan de la educación

cristiana de todos los alumnos/as de la Institución.

3. Sea miembro participativo de la Comunidad Educativa.

4. Fundamente la vida del hogar en actitudes y valores evangélicos.

5. Ser responsables de las diferentes obligaciones que tiene su representado en el

Colegio.

6. Establezca una relación habitual con los docentes de sus hijos/as y así pueda

garantizar que la educación de sus representados logre la necesaria coherencia

y continuidad.

SE CONSIDERAN FALTAS:

1. La no conformidad de criterios, por parte de la familia, en lo que se refiere a

la orientación general del Colegio.

2. La oposición e incluso la falta de colaboración de las familias respecto a las

actividades formativas, que se promueven en beneficio del alumno/a dentro y

fuera del Colegio.

Page 43: Acuerdos de convivencia escolar y comunitaria

43 3. La inasistencia reiterada de los Padres o Representantes a las reuniones de

curso y a todas aquellas consideradas importantes para el desarrollo integral

del niño y del adolescente.

4. La no presencia del Representante cuando es convocado por la persona

responsable del curso (guía, maestra, etc.), en relación a la marcha de su

representado/a.

5. La agresión verbal, física o psicológica por parte del representante a cualquier

miembro de la Comunidad Educativa.

6. Confabular o instigar por parte del representante a cualquier miembro de la

Comunidad Educativa

SANCIONES

1. Faltas leves:

Amonestación verbal.

Notificación por escrito.

NOTA: Al ser amonestado verbalmente y notificado por escrito por la misma falta, a

la tercera se convierte en una falta grave

2. Faltas graves:

Ser retirado de la institución escolar como padre o representante del

alumno o alumna impidiendo el paso a las instalaciones del colegio.

Ser denunciado por la institución escolar en las Instancias

Competentes.

TÍTULO IV

De las Normas Internas de la Institución

CAPÍTULO I

De la Inscripción de los Alumnos y Alumnas:

Page 44: Acuerdos de convivencia escolar y comunitaria

44 Los/as representantes que deseen que sus hijos/as ingresen en este

Colegio, deben estar de acuerdo en asumir las orientaciones contenidas en el Ideario y

Reglamento. Esta conformidad la expresarán firmando la carta de compromiso.

1. Todos los niños, niñas y adolescentes, tienen derecho a ser inscritos para

recibir una educación integral en la Institución Educativa, siempre que:

a) Cumplan con los requisitos y disposiciones previstas en el

ordenamiento jurídico y el presente Reglamento Interno

b) Existan cupos en la modalidad escolar.

2. Los alumnos y alumnas de la Institución tiene derecho a mantener la

inscripción en la misma, siempre que cumplan con los requisitos y

disposiciones previstas en el ordenamiento jurídico y el presente reglamento

interno.

Requisitos de Admisión:

1. Presentar fotocopia de la partida de nacimiento a la vista del original y cédula

de identidad y/o cédula escolar, constancia de o pruebas que acrediten su

nivel de escolaridad y cualquier otro requisito establecido en el ordenamiento

jurídico.

2. Se realizarán entrevistas a los/as alumnos/as, a sus padres y/o representantes

desde el nivel Preescolar hasta el Bachillerato, con la finalidad de tener una

visión integral de la familia.

TÍTULO VI

De la Participación en el Colegio

CAPÍTULO I

Disposiciones Generales:

La participación es el derecho inalienable de toda persona a ser sujeto de su

propia historia que le permite construir su futuro individual y colectivo.

Page 45: Acuerdos de convivencia escolar y comunitaria

45

La participación en la institución educativa, tiene como finalidad formar

personas concientes de sí mismas y de su proceso de liberación personal, que

desarrollen aptitudes y actitudes de autonomía y critica responsable, que sea solidaria

y asuma un compromiso de servicio y transformación social dirigidas a crear un

nuevo orden social, económico, político y religioso.

De la Participación de los Alumnos y Alumnas:

Los alumnos y alumnas de la institución educativa participan a través de:

1. Las Organizaciones Estudiantiles.

2. Comité de Derechos.

3. Los Delegados y Delegadas de Aula.

4. En el Consejo Consultivo de la Comunidad Educativa a través de tres

representantes.

5. Dos representantes ante el Concejo General de docentes y en las

deliberaciones de los demás consejos de docentes en que tengan interés.

6. Cualquiera otra forma de participación, asociaciones, clubes y agrupaciones

que sean desarrolladas por los alumnos y alumnas, que no sean contrarias a lo

establecido en el ordenamiento jurídico.

El Concejo Técnico Docente podrá crear y fomentar otras formas de

participación de los alumnos y alumnas en la Institución Educativa. Las personas que

integran el personal docente deberán crear y desarrollar oportunidades, espacios y

mecanismos para la participación directa de los alumnos y alumnas en su proceso

pedagógico y en las demás actividades de la institución.

Definición y Objetivos del Consejo Estudiantil:

El consejo Estudiantil es la instancia organizativa y corresponsable del colectivo de

las y los estudiantes. Actúa de forma participativa, protagónica y corresponsable en

Page 46: Acuerdos de convivencia escolar y comunitaria

46 los diferentes ámbitos, planes, programas, proyectos educativos y comunitarios

en un clima democrático, de paz, respeto, tolerancia y solidaridad.

El Consejo Estudiantil está Integrado por:

1. Voceros/as de las y los estudiantes de todos los niveles y modalidades del

subsistema de educación básica.

2. Está asesorado por dos docentes, uno seleccionado por el Consejo General de

Docentes y otro por el Consejo Estudiantil

Son funciones del Consejo Estudiantil las siguientes:

1. Participar en forma protagónica en las diferentes acciones, ámbitos, planes,

programas y proyectos educativos y comunitarios; ejerciendo sus derechos y

deberes como sujetos sociales en un clima democrático, de respeto, paz,

tolerancia y solidaridad, contribuyendo con la armonía y el buen

funcionamiento de la institución educativa.

2. Convocar a sus voceras y voceros a reuniones ordinarias y extraordinarias; en

cada una de la institución educativa.

3. Organizar las actividades referidas a la defensa de nuestra identidad,

preservación y conservación del patrimonio ambiental, histórico y cultural.

4. Asumir corresponsablemente el compromiso del mantenimiento de la planta

física, materiales, equipos, mobiliarios y otros bienes pertenecientes a la

institución educativa. Asimismo, en el desarrollo de acciones que disminuyan

factores de riesgo y potencien los factores de protección.

5. Participar en la construcción del Proyecto Educativo Integral Comunitario

(PEIC), Proyectos de Aprendizajes (PA) y otras formas de organizaciones de

los aprendizajes en la institución educativa, en aras de la integración de las

familias, escuela y comunidad, a fin de garantizar las transformaciones que

ellos requieran.

6. Articular con otras instituciones educativas para la organización y desarrollo

de los Comité Estudiantiles hacia la conformación de las redes estudiantiles

locales, regionales y nacionales.

Page 47: Acuerdos de convivencia escolar y comunitaria

47 7. Sistematizar y divulgar a través de diferentes formas de comunicación, las

experiencias organizativas del Comité Estudiantil a nivel local, regional,

nacional e internacional.

8. Elaborar y presentar informes trimestrales de gestión de las actividades ante la

Asamblea Escolar.

Comité de Madres, Padres, Representantes y Responsables

Es la instancia de participación del colectivo social para ejercer funciones

enmarcadas en la formación de principios, creencias, actitudes, hábitos, valores como

el respeto, reflexión para concretizar en lo local, regional y nacional la

responsabilidad y corresponsabilidad de las familias, escuela, sociedad y el Estado.

El Comité de Madres, Padres, Representantes y Responsables está

conformado por:

Madres, padres, representantes y responsables. Los colectivos sociales de la

comunidad y de la escuela, reconociendo el hogar como la primera instancia

socializadora, responsable y corresponsable en los procesos de aprendizaje y

desarrollo de sus hijos e hijas.

Son funciones del Comité de Madres, Padres, Representantes y Responsables:

1. Asistir a las Asambleas ordinarias y extraordinarias convocadas por el Consejo

Educativo.

2. Participar en actividades educativas, sociales, asistenciales, económicas,

culturales, artísticas, deportivas y recreativas promovidas por el Consejo

Educativo.

3. Participar en la construcción, ejecución, control, seguimiento y evaluación del

Proyecto Educativo Integral Comunitario (PEIC).

Page 48: Acuerdos de convivencia escolar y comunitaria

48 4. Organizar, promover y ejecutar jornadas de conservación, mantenimiento y

recuperación, de los bienes, muebles e inmuebles, infraestructuras de las

instituciones educativas.

5. Promover la articulación de las familias, escuela y comunidad para coadyuvar e la

atención educativa integral en los procesos de enseñanza- aprendizaje de las

niñas, niños, adolescentes, jóvenes, adultas y adultos, participando en la

elaboración y ejecución de los planes de acción.

6. Sistematizar y difundir las prácticas e innovaciones de la gestión escolar, en los

ámbitos local, municipal, regional y nacional.

7. Elaborar y presentar informes trimestrales de gestión de las actividades ante la

Asamblea Escolar.

Comité Académico

El Comité Académico es la instancia que contribuye a la formación permanente e

integral de las ciudadanas y los ciudadanos responsables y corresponsables de la

gestión escolar. Apoya en el desarrollo de potencialidades para aprender y propicia la

construcción e innovación del conocimiento, de los saberes, fomentando la

actualización, el mejoramiento y el desarrollo profesional de quienes la integran.

El Comité Académico está integrado por:

El Colectivo de Formación e Investigación Permanente, estudiantes, trabajadoras y

trabajadores administrativos, directivos, docentes, obreras y obreros.

Son funciones del Comité Académico:

1. Impulsar la formación permanente e integral de todas y todos los responsables y

corresponsables que constituyen el Consejo Educativo , en los aspectos

pedagógicos, ecológicos, ambientales, culturales, recreativos, deportivos,

Page 49: Acuerdos de convivencia escolar y comunitaria

49 socioproductivos, agroalimentarios, de salud, comunicacional, de

investigación, de tecnológico, experiencias y saberes con el fin de generar una

nueva ciudadanía con responsabilidad social.

2. Promover la actualización y mejoramiento del nivel de conocimientos y

desempleos de las y los responsables de la formación de ciudadanas y

ciudadanos.

3. Participar conjuntamente con los demás integrantes del Consejo Educativo en la

planificación y ejecución de la evaluación del desempeño de los y las

responsables de la gestión escolar.

4. Impulsar el proceso curricular según la realidad local, municipal, regional y

nacional en el marco del enfoque geohistórico.

5. Participar protagónicamente con los demás integrantes del Consejo Educativo en

la gestión escolar.

6. Sistematizar y difundir las experiencias e innovaciones de la gestión escolar en

el ámbito local, municipal, regional y nacional.

7. Elaborar y presentar informes trimestrales de gestión de las actividades ante la

Asamblea Escolar.

Comité de Comunicación e Información

Es la instancia que contribuye a la promoción, divulgación y comunicación referidas

a las variables escolares mediante el trabajo articulado con la red de medios públicos

y comunitarios.

El Comité de Comunicación e Información está conformado por:

1. Estudiantes, directivas (os), docentes, trabajadoras y trabajadores administrativos,

obreras, obreros y las organizaciones comunitarias del poder popular.

Page 50: Acuerdos de convivencia escolar y comunitaria

50 Son funciones del Comité de Comunicación e Información:

1. Impulsar la conformación de formas y medios de comunicación (impresos,

radiales y audiovisuales) en las instituciones educativas y en la comunidad.

2. Hacer uso de la tecnología de la información y la comunicación para coordinar,

organizar y orientar la gestión escolar.

3. Participar en la creación y organización de un sistema de comunicación

institucional, comunitario y alternativo, así como en la conformación del comité

de usuarias y usuarios para promover y defender los derechos e intereses

comunicacionales de las niñas, niños, adolescentes, jóvenes, adultas y adultos.

4. Participar y articular acciones con los medios públicos, alternativos y

comunitarios para el apoyo y difusión de las actividades y programas educativos,

sociales y culturales que promuevan la conciencia social, convivencia en

armonía, amor, respeto, paz y tolerancia en el marco del vivir bien.

5. Impulsar la conformación de los Comité de usuarios y usuarias voluntarios(as)

con el propósito de fortalecer el uso reflexivo y crítico de los mensajes

transmitidos a través de los medios de comunicación social.

6. Sistematizar y difundir las experiencias e innovaciones de la gestión escolar en

los ámbitos local, municipal, regional y nacional.

7. Elaborar y presentar informes trimestrales de gestión de las actividades ante la

Asamblea Escolar.

Comité de Seguridad y Defensa Integral

Es la instancia encargada de ejercer acciones dirigidas a la prevención , seguridad,

defensa y protección, en el marco de la responsabilidad y la corresponsabilidad,

orientados por valores de respeto, reflexión y participación.

El Comité de Seguridad y Defensa Integral está conformado por:

Las Madres, padres, representantes y responsables, estudiantes, docentes, directivos,

trabajadores (as) administrativos, obreras, obreros y organizadores comunitarios.

Page 51: Acuerdos de convivencia escolar y comunitaria

51

Son funciones del Comité de Seguridad y Defensa Integral:

1. Elaborar y Coordinar un plan de promoción, defensa, prevención y protección

integral para las instituciones educativas, en el cual se articulan acciones

conjuntas entre familia, escuela y comunidad para contrarrestar cualquier

expresión de violencia en la escuela y su entorno.

2. Impulsar acciones ara la formación permanente del Consejo Educativo que

potencien una cultura de defensa, prevención y protección integral frente a

situaciones que se constituyen en amenazas, vulnerabilidades y riesgos para la

integridad de las niñas, niños, adolescentes, jóvenes, adultas y adultos.

3. Articular estrategias para la seguridad y protección de las niñas, los niños,

adolescentes, jóvenes, adultas ya adultos y la protección de las instituciones

educativas, con los entes de seguridad ciudadana, tales como: Policía Nacional

Bolivariana, Bomberos, Protección Civil, Guardia Nacional Bolivariana, Tránsito

Terrestre, Milicia Nacional Bolivariana, Comité de Seguridad de los Consejos

Comunales y Comunas, Salas de Batalla, Oficina Nacional Antidrogas (ONA),

Fundación José Félix Ribas y Dispositivo Bicentenario de Seguridad Ciudadana

(DBISC), entre otros.

4. Contribuir con la formación de los colectivos de gestión integral de riesgo en la

elaboración de planes de emergencia, señalizaciones de seguridad, mapas de

estrategias para la seguridad y protección de las niñas, niños, adolescentes,

jóvenes, adultas, adultos y la protección de las instituciones educativas.

5. Impulsar y elaborar sistemas de alerta temprana, simulacros en situaciones de

emergencia, entre otros, en el marco de la articulación intra e interinstitucional y

la comunidad para la prevención de riesgos.

6. Realizar inventarios de los daños causados en la instituciones educativas,

correspondientes a bienes materiales, seres humanos y gestionar ante los

organismos competentes las soluciones pertinentes a las realidades evidenciadas.

7. Impulsar jornadas culturales, recreativas y deportivas que contribuyan a la

formación permanente e integral de las niñas, niños, adolescentes, jóvenes,

adultas y adultos de las instituciones educativas y comunidades.

Page 52: Acuerdos de convivencia escolar y comunitaria

52 8. Sistematizar y difundir las experiencias e innovaciones de la gestión escolar

en esta materia en los ámbitos local, municipal, regional y nacional,

9. Elaborar y presentar informes trimestrales de gestión de las actividades, ante la

Asamblea Escolar.

Comité de Ambiente, Alimentación y Salud Integral

Es la instancia encargada de impulsar acciones dirigidas a la promoción, prevención,

conservación y preservación del ambiente a favor de la salud integral, orientada por

valores de fraternidad, responsabilidad, corresponsabilidad, cooperación y la

convivencia en el marco de la solidaridad.

El Comité de Ambiente, Alimentación y Salud Integral está conformado por:

Las Madres, padres, representantes y responsables, estudiantes, docentes, directivos,

trabajadores (as) administrativos, obreras, obreros y organizadores comunitarios.

Son funciones del Comité de Ambiente, Alimentación y Salud Integral:

1. Impulsar acciones en el marco del Eje Integrador Ambiente y Salud Integral para

potenciar el desarrollo local, regional y nacional a través de experiencias, saberes

populares y ancestrales que contribuyan con la preservación y conservación del

ambiente y de la salud integral de las familias, la escuela y la comunidad.

2. Garantizar el desarrollo del programa de Alimentación Escolar (PAE) junto con

los consejos comunales.

3. Fortalecer la función social de la escuela a través del desarrollo de jornadas de la

prevención y promoción para potenciar la salud integral de las niñas, niños,

adolescentes, jóvenes, adultas y adultos, con articulación intra e interinstitucional

con Barrio Adentro, comité de los Consejos Comunales y Comunas, Centros de

Diagnóstico Integral, Hospitales, Instituto Nacional de Nutrición, entre otros.

4. Impulsar la formación permanente integral de los actores claves del proceso

educacional para que participen reflexiva, crítica y creativamente en el sistema

Page 53: Acuerdos de convivencia escolar y comunitaria

53 alimentario de las instituciones educativas y en la preservación y

conservación del ambiente.

5. Garantizar la Salud Integral a través de acciones que creen conciencia individual

y colectiva sobre una alimentación autóctona, sana, segura, balanceada, nutritiva

y sabrosa en las familias, escuela y la comunidad, a través de la supervisión,

seguimiento, control y evaluación del servicio alimentario de las instituciones

educativas.

6. Promover una educación de salud preventiva no sólo con el uso de la medicina

convencional, sino también con la medicina alternativa, como parte de los saberes

populares y ancestrales en local, regional y nacional.

7. Crear colectivos ambientalistas y ecológicos para la protección del ambiente.

defensa del patrimonio cultural, ambiental y la soberanía nacional.

8. Sistematizar y difundir las experiencias e innovaciones de la gestión escolar en

los ámbitos local, municipal, regional y nacional.

9. Elaborar y presentar informes trimestrales de gestión de las actividades ante la

Asamblea Escolar.

Comité de Deportes y Educación Física:

Es la instancia encargada de impulsar acciones dirigidas a la promoción,

organización, fomento y administración de la educación física y el deporte, con fines

educativos y sociales, orientada por los principios y valores de la identidad nacional,

democrática, participativa y protagónica, soberanía, justicia, honestidad, libertad,

respeto a los derechos humanos, igualdad, lealtad a la patria y sus símbolos, equidad

de género, cooperación, autogestión, corresponsabilidad, solidaridad y protección del

ambiente.

El Comité de Deportes y Educación Física está conformado por:

Page 54: Acuerdos de convivencia escolar y comunitaria

54

Las Madres, padres, representantes y responsables, estudiantes, docentes, directivos,

trabajadores (as) administrativos, obreras, obreros y organizadores comunitarios.

Son funciones del Comité de Deportes y Educación Física:

1. Articular con el Ministerio del Poder Popular para el Deporte a los fines de

planificar, ejecutar y evaluar la educación física y el deporte en las instituciones

educativas.

2. Crear colectivos de educación física y deportes que fortalezcan la salud integral

de las y los estudiantes, las familias, la comunidad educativa en general y la

comunidad circundante.

3. Garantizar el desarrollo de los deportes y la educación física mediante planes,

proyectos y programas propuestos por las organizaciones comunitarias y las

instituciones educativas.

4. Crear alternativas de vida que formen parte de la conciencia social, que tributen a

la cultura física, al vivir bien y al desarrollo de habilidades deportivas en las

diferentes disciplinas.

5. Garantizar el cuido y mantenimiento de las instalaciones deportivas existentes en

las instituciones educativas.

6. Sistematizar y difundir las experiencias e innovaciones de la gestión escolar en

los ámbitos local, municipal, regional y nacional.

7. Garantizar los planes, programas y proyectos para la incorporación de la

población estudiantil en cualquiera de sus niveles y modalidades, a la práctica

sistemática de deportes y la educación física.

8. Elaborar y presentar informes trimestrales de gestión de las actividades ante la

Asamblea Escolar.

Comité de Cultura:

Es la instancia responsable de organizar, orientar e impulsar el reconocimiento de las

culturas a través de actividades locales, regionales y nacionales en las instituciones y

Page 55: Acuerdos de convivencia escolar y comunitaria

55 centros educativos, promoviendo la formación integral con la finalidad de aportar

estrategias para el desarrollo de sus capacidades creativas, expresivas y recreativas

siempre bajo la política de inclusión vinculadas a la gestión escolar.

El Comité de Cultura está conformado por:

Las Madres, padres, representantes y responsables, estudiantes, docentes, directivos,

trabajadores (as) administrativos, obreras, obreros y organizadores comunitarios.

Son funciones del Comité de Cultura:

1. Promover la construcción de la identidad nacional, recuperando colectivamente su

historia, descubriendo y preservando sus raíces, tradiciones y luchas nacionales

libertarias.

2. Impulsar proyectos culturales permanentes e integrales que contribuyan a

convertir la escuela en el eje dinamizador de la actividad comunitaria.

3. Estructurar y desarrollar programas de apoyo para el sistema de redes escolares y

culturales en cada instancia de organización y participación comunitaria.

4. Promover y participar en actividades culturales que contribuyan al desarrollo y

consolidación del PEIC y la integración de toda la comunidad educativa en la

gestión escolar.

5. Desarrollar e integrar las actividades culturales con los ejes integradores del

proceso curricular.

6. Planificar, organizar y participar en actividades culturales articulando con las

organizaciones comunitarias e instituciones del estado a nivel local, regional y

nacional.

7. Fortalecer las potencialidades creativas, expresivas de las y los estudiantes,

directivos, docentes, padres, madres, responsables, representantes y de la

comunidad en general, reconociendo y respondiendo a las culturas originarias de

los pueblos y comunidades indígenas y afrovenezolanas, valorando su idioma,

cosmovisión, valores, saberes, conocimientos y organización social que

constituyen los valores de la Nación.

Page 56: Acuerdos de convivencia escolar y comunitaria

56 8. Sistematizar y difundir las experiencias e innovaciones de la gestión escolar

en los ámbitos, local, municipal, regional y nacional.

9. Garantizar los planes, programas y proyectos para la incorporación de la

población estudiantil en cualquiera de sus niveles y modalidades, a la práctica

sistemática de actividades culturales.

10. Elaborar y presentar informes trimestrales de gestión de las actividades ante la

Asamblea Escolar.

Comité de Infraestructura y Habitat Escolar:

Es la instancia organizativa encargada de gestionar, promover, planificar y evaluar las

acciones intra e interinstitucionales dirigidas a la construcción, ampliación,

mantenimiento, rehabilitación, dotación, y preservación de los bienes nacionales y la

planta física escolar.

El Comité de Infraestructura y Habitat Escolar está conformado por:

Las Madres, padres, representantes y responsables, estudiantes, docentes, directivos,

trabajadores (as) administrativos, obreras, obreros y organizadores comunitarios.

Son funciones del Comité de Infraestructura y Habitat Escolar:

1. Caracterizar las condiciones de los espacios educativos en los siguientes aspectos:

ubicación geográfica, tipo de terreno, medios de accesibilidad, planta física,

sistema eléctrico, instalaciones sanitarias, ambientación, áreas verdes, dotación

(mobiliarios y equipos), entre otros.

2. Elaborar y presentar ante la Asamblea Escolar un plan de acción previamente

discutido, para atender las necesidades detectadas enn función de generar las

posibles alternativas de solución.

3. Impulsar y garantizar que las infraestructuras escolares existentes y las que sean

construidas respondan a las normas de accesibilidad y los criterios de calidad

establecidos para la construcción de la planta física escolar.

Page 57: Acuerdos de convivencia escolar y comunitaria

57 4. Organizar y desarrollar jornadas permanentes para el mantenimiento y

preservación de la planta física, materiales, equipos, mobiliarios y otros bienes

pertenecientes a las instituciones educativas. Así mismo, jornadas para la

seguridad, protección y vigilancia de la infraestructura escolar.

5. Planificar y desarrollar de manera articulada con los organismos competentes y

las organizaciones comunitarias, actividades de promoción y prevención en el

marco de la gestión integral de riesgos y de desastres.

6. Sistematizar y difundir las experiencias e innovaciones de la gestión escolar, en

los ámbitos local, municipal, regional y nacional.

7. Elaborar y presentar informes trimestrales de gestión de las actividades ante la

Asamblea Escolar.

Comité de Contraloría Social:

Es la instancia del Consejo Educativo encargado de la prevención, supervisión,

acompañamiento, control y evaluación de la gestión escolar, antes, durante y después

de la ejecución de los planes, programas, proyectos y acciones de interés colectivo,

basada en los principios de justicia, equidad, transparencia, corresponsabilidad,

celeridad, honestidad, ética para la protección y defensa del buen uso de todos los

recursos disponibles de la gestión escolar.

El Comité de Contraloría Social está conformado por:

Las vocerías de los distintos comités que integran el Consejo Educativo y

organizadores comunitarias.

Son funciones del Comité de Contraloría Social:

1. Prevenir, supervisar, acompañar, seguir, controlar y evaluar la gestión escolar de

los planes, programas, proyectos y acciones de interés colectivo que se

planifiquen, ejecuten y desarrollen en las instituciones educativas.

Page 58: Acuerdos de convivencia escolar y comunitaria

58 2. Procesar y evaluar los planteamientos presentados por las y los integrantes de

los colectivos sociales en relación a la gestión de los Comités que conforman el

Consejo Educativo e informar de manera oportuna a la Asamblea Escolar.

3. Divulgar los soportes jurídicos vinculados al Consejo Educativo y garantizar su

cumplimiento.

4. Garantizar el estricto cumplimiento del Calendario Escolar, los procesos

pedagógicos y académicos, las líneas orientadoras que viabilizan el currículo, los

horarios de las trabajadoras y los trabajadores, los horarios escolares, la

cuadratura, la sinceración de nómina, la matrícula, la inscripción y las estadísticas

de las instituciones educativas.

5. Supervisar, acompañar, controlar y evaluar la calidad y funcionamiento de los

bienes y servicios, obras de infraestructura ejecutadas en las instituciones

educativas; así como los procesos relacionados con el servicio alimentario

(insumos, abastecimiento, procesamiento y distribución), higiene, manipulación y

calidad de los alimentos, menú suministrado y contratación de los servicios, entre

otros.

6. Establecer mecanismos para conocer, procesar, denunciar y hacer seguimiento

ante los organismos competentes de las irregularidades pedagógicas,

administrativas y jurídicas detectadas en las instituciones educativas.

7. Sistematizar y difundir las experiencias e innovaciones de la gestión escolar en

los ámbitos local, municipal, regional y nacional.

8. Elaborar y presentar informes trimestrales de gestión de actividades ante la

Asamblea Escolar.

Comité de la Asamblea Escolar:

Es la máxima instancia de participación, deliberación y toma de decisiones del

Consejo Educativo, para dar cumplimiento a lo establecido en las leyes y demás

normas que rigen el Subsistema de Educación Básica.

El Comité de la Asamblea Escolar está conformado por:

Page 59: Acuerdos de convivencia escolar y comunitaria

59 Las y los responsables y corresponsables como sujetos claves del proceso

educativo vinculados a la gestión escolar.

Las decisiones de la Asamblea Escolar serán tomadas por consenso de la mayoría de

los y las asistentes a la Asamblea vinculados a la gestión escolar.

Son funciones del Comité de la Asamblea Escolar:

1. Aprobar y legitimar el Proyecto Educativo Integral Comunitario (PEIC) con sus

respectivos planes, programas, proyectos y recursos, de acuerdo a la política

educativa el Estado.

2. Aprobar el documento de Registro del Consejo Educativo y sus normas de

funcionamiento, en un lapso no mayor de tres (03) meses a partir del inicio del

año escolar.

3. Definir criterios para revocatoria del mandato de las y los integrantes de los

diferentes comités, partiendo de lo establecido en la Constitución de la República

Bolivariana de Venezuela (1999), La Ley Orgánica de Educación (2009), La Ley

Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (2007) y el conjunto

de Leyes del Poder Popular (2010-2011) que garantizan los derechos de las

ciudadanas y los ciudadanos.

4. Discutir, aprobar o revocar los proyectos de comunicación alternativa, salud,

socio-productivos, infraestructura, recreación, actividad física y deportes, los

cuales se enmarcarán en el Proyecto Educativo Integral Comunitario (PEIC) y se

articularán con los proyectos de la comunidad organizada y los organismos del

Estado.

5. Discutir y por consenso diferir, aprobar o revocar la Memoria y Cuenta del

Consejo Educativo.

Page 60: Acuerdos de convivencia escolar y comunitaria

60

HIMNO DEL COLEGIO

“A SANTO DOMINGO POBRE”

ESTRELLA

Del cielo de Castilla,

voz del profeta,

Amigo del Señor.

Tú eres

solidario con los pobres,

enseñas a los jóvenes

una lección de Amor.

ESTRIBILLO:

No quieres estudiar

sobre pieles muertas,

mientras manos con hambre

se tienden yertas (bis).

Quisiéramos

hacer nuevos destinos,

abrir nuevos caminos,

para el hombre de hoy.

No quieres estudiar .....

Luz y fuego

es Domingo de Guzmán,

Predicador itinerante,

de la Verdad fiel amante

del estudio y la oración,

admirador de la Virgen María

en él vemos la alegría,

en él vemos el Amor.

No quieres estudiar ...

Letra: María Teresa Sancho

Música: Isabel Pinto

Page 61: Acuerdos de convivencia escolar y comunitaria

61

U.E. COLEGIO “SANTO DOMINGO DE GUZMÁN” Calle Junín – El Rosal – Caracas 1060

Correo electrónico: santodomingog @ cantv.net Página Web: www.colegiosantodomingoguzman.com

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Diciembre, 2013