presupuesto público

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PRESUPUESTO PÚBLICO 2014 - PERÚ CONCEPTO: Es un instrumento de gestión del Estado para el logro de resultados población, a través de la prestación de servicios y logro de metas equidad, eficacia y eficiencia por las Entidades Públicas. Establec gastos durante el año fiscal, por cada una de las Entidades del Sec los ingresos que los financian, acorde con la disponibilida Públicos, a fin de mantener el equilibrio fiscal. PROYECTODELEYDEPRESUPUESTODELSECTORPÚBLICOPARAELAÑOFISCAL 2014 CAPITULO I APROBACIÓNDELPRESUPUESTODELSECTORPÚ BLICO ARTÍCULO 1. PRESUPUESTO ANUAL DE GASTOS PARA EL AÑO FISCAL 2014 !.! "pruébese el Presupuesto "nual de #astos para el "ño iscal $%!& por e de S'.!!()*&$+*)!*,%% - E/01 2 E- 1-31 4 5 /16E- E/01S 07E /0" 8 -9"071 4 551/ES 21S- E/01S - /-9E/0" 8 07ES 4 5/16E- E/01S 07E-E 8 %%'!%% /9E61S S15ES : que comprende los créditos presupuest m;<imos correspondientes a los pliegos presupuestarios del #obierno los #obiernos 7egionales y los #obiernos 5ocales ,agrupados -entral e instancias descentrali=adas, conforme a la -onstitución P y de acuerdo con el detalle siguiente> !

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PRESUPUESTO PÚBLICO 2014

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PROGRAMA DE CAPACITACIN AL PERSONAL DE LA ORGANIZACIN

PRESUPUESTO PBLICO 2014 - PER

CONCEPTO:Es un instrumento de gestin del Estado para el logro de resultados a favor de la poblacin, a travs de la prestacin de servicios y logro de metas de cobertura con equidad, eficacia y eficiencia por las Entidades Pblicas. Establece los lmites de gastos durante el ao fiscal, por cada una de las Entidades del Sector Pblico y los ingresos que los financian, acorde con la disponibilidad de los Fondos Pblicos, a fin de mantener el equilibrio fiscal.PROYECTODELEYDEPRESUPUESTODELSECTORPBLICOPARAELAOFISCAL 2014

CAPITULO IAPROBACINDELPRESUPUESTODELSECTORPBLICO

ARTCULO 1.PRESUPUESTO ANUAL DE GASTOS PARA EL AO FISCAL 20141.1 Aprubese el Presupuesto Anual de Gastos para el Ao Fiscal 2014 por el monto de S/.118934253913,00 (CIENTO DIECIOCHO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y CUATRO MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y TRES MILNOVECIENTOS TRECE Y 00/100 NUEVOS SOLES ) que comprende los crditos presupuestarios mximos correspondientes a los pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales ,agrupados en Gobierno Central e instancias descentralizadas, conforme a la Constitucin Poltica del Per y de acuerdo con el detalle siguiente:

GOBIERNOCENTRAL

CorrespondientealGobiernoNacionalNuevosSoles

83 238292908,00

Gastoscorrientes51684627715,00

Gastosdecapital21 730301966,00

Servicio de ladeuda9 823 363227,00

INSTANCIASDESCENTRALIZADASNuevosSoles

Correspondientea los GobiernosRegionales18 752 336083,00

Gastoscorrientes13 964 079846,00

Gastosdecapital4 725 477304,00

Servicio de ladeuda62 778933,00

Correspondientea los GobiernosLocales16 943 624922,00

Gastoscorrientes9 358 761193,00

Gastosdecapital7 341 081797,00

Servicio de ladeuda

TOTALS/.243 781 932,00118 934 253913,00================

LEY DE EQUILIBRIO FINANCIERO DEL PRESUPUESTO DEL SECTOR PBLICOPARA EL AO FISCAL 2014CAPTULO ILOS RECURSOS QUE FINANCIAN EL PRESUPUESTO DEL SECTOR PBLICO PARA EL AO FISCAL 2014ARTCULO 1. Recursos que nancian los gastos del Presupuesto del Sector Pblico para el Ao Fiscal 2014.Los recursos estimadosque financianloscrditos presupuestariosaprobadosenlaLeydePresupuestodel SectorPblicoparaelAoFiscal2014paralospliegos presupuestariosdelGobiernoNacional,losgobiernos regionalesylosgobiernoslocalesasciendenalasuma deS/.118934253913,00(CIENTODIECIOCHOMILNOVECIENTOSTREINTAYCUATROMILLONESDOSCIENTOSCINCUENTAYTRESMILNOVECIENTOSTRECEY00/100NUEVOSSOLES),yseestablecen porlasfuentesdefinanciamientoqueacontinuacinse detallan:a) RECURSOS ORDINARIOS:Losrecursosordinarios,hastaporelmontodeS/.82977000000,00(OCHENTAYDOSMILNOVECIENTOSSETENTAYSIETEMILLONESY00/100NUEVOSSOLES),quecomprendenlarecaudacin de losingresoscorrienteseingresosdecapital, deducida lasuma correspondientealacomisinporrecaudacin.DichacomisinconstituyeunrecursopropiodelaSuperintendenciaNacionaldeAduanasydeAdministracinTributaria(Sunat)ysedebitaautomticamenteconcargoalarecaudacinefectuada.

b) RECURSOS DIRECTAMENTE RECAUDADOSLosrecursosdirectamenterecaudados,hasta porelmontodeS/.10287445286,00(DIEZ MILDOSCIENTOSOCHENTAYSIETEMILLONESCUATROCIENTOSCUARENTAYCINCOMILDOSCIENTOSOCHENTAYSEISY00/100NUEVOSSOLES),quecomprenden, principalmente,lasrentasdelapropiedad,las tasas,laventadebienesylaprestacinde servicios, se distribuyen de la siguiente manera:

ParaelGobiernoNacional,asciendenala sumadeS/.7345850230,00(SIETEMIL TRESCIENTOSCUARENTAYCINCOMILLONESOCHOCIENTOSCINCUENTAMILDOSCIENTOSTREINTAY00/100NUEVOS SOLES).Paralosgobiernosregionales,asciendenala sumadeS/.580340296,00(QUINIENTOSOCHENTAMILLONESTRESCIENTOSCUARENTAMILDOSCIENTOSNOVENTAYSEISY00/100 NUEVOS SOLES).Paralosgobiernoslocales,asciendenalasumadeS/.2361254760,00(DOSMILTRESCIENTOSSESENTAYUNMILLONESDOSCIENTOSCINCUENTAYCUATROMILSETECIENTOSSESENTAY00/100NUEVOSSOLES).c) RECURSOS POR OPERACIONES OFICIALES DE CRDITO Losrecursosporoperacionesoficialesdecrdito, hastaporelmontodeS/.4562754666,00 (cuatro mil quinientos sesenta y dos millones setecientos cincuenta y cuatro mil seiscientos sesenta y seis y 00/100 nuevos soles), que comprenden los recuerdos provenientes de crditos internos de crditos internos y externos, se distribuyen de la siguiente manera:i) ParaelGobiernoNacional,asciendenala sumadeS/.4381379383,00(CUATROMILTRESCIENTOSOCHENTAYUNMILLONESTRESCIENTOSSETENTAYNUEVEMILTRESCIENTOSOCHENTAYTRESY00/100 NUEVOS SOLES).ii) Para los gobiernos regionales, ascienden a la suma de S/.180778535.00 (CIENTO OCHENTA MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS TREINTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES).iii) Para los gobiernos locales, ascienden a la suma de S/. 596 748.00 (QUINIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS CUARENTA Y OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES)

d) DONACIONES Y TRANSFERENCIASLasdonacionesytransferencias,hastaporel montodeS/.677794579,00(SEISCIENTOSSETENTAYSIETEMILLONESSETECIENTOSNOVENTAYCUATROMILQUINIENTOSSETENTAYNUEVEY00/100NUEVOSSOLES),que comprenden los recursos financieros noreembolsablesrecibidosporelEstado, provenientesdeentidadespblicasoprivadas, personasjurdicasonaturales,domiciliadasono en el pas, se distribuyen de la siguiente manera:Para el Gobierno Nacional, ascienden alasumadeS/.445256035,00 (CUATROCIENTOSCUARENTAYCINCOMILLONESDOSCIENTOSCINCUENTAYSEIS MILTREINTAYCINCOY00/100NUEVOS SOLES).Paralosgobiernosregionales,asciendena lasumadeS/.808000,00(OCHOCIENTOSOCHO MILY00/100 NUEVOS SOLES).Paralosgobiernoslocales,asciendenala sumadeS/.231730544,00(DOSCIENTOSTREINTAYUNMILLONESSETECIENTOSTREINTAMILQUINIENTOSCUARENTAYCUATROY00/100 NUEVOS SOLES).

e) RECURSOS DETERMINADOSLos recursos determinados, hasta por el monto de S/. 20 429 259 382,00 (VEINTE MIL CUATROCIENTOS VEINTINUEVE MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES), comprenden los siguientes rubros:i) Canon y sobre canon, regalas, rentas de aduanas y participaciones Los recursos por canon y sobre canon, regalas, rentas de aduanas y participaciones, hasta por el monto de S/. 10 213 642 354,00 (DIEZ MIL DOSCIENTOS TRECE MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES), que comprenden los ingresos por concepto de canon minero, canon gasfero, canon y sobrecanon petrolero, canon hidroenergtico, canon pesquero y canon forestal; las regalas; los recursos por participacin en rentas de aduanas, provenientes de las rentas recaudadas por las aduanas martimas, areas, postales, uviales, lacustres y terrestres, en el marco de la regulacin correspondiente; entre otros.ii) Contribuciones a fondos Los recursos por contribuciones a fondos, hasta por el monto de S/. 3 321 347 602,00 (TRES MIL TRESCIENTOS VEINTIUN MILLONES TRESCIENTOS CARENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES), que comprenden, principalmente, los aportes obligatorios correspondientes a lo establecido en el Decreto Ley 19990, las transferencias del Fondo Consolidado de Reservas Previsionales, los aportes del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo y las contribuciones para la asistencia previsional a que se reere la Ley 28046, Ley que Crea el Fondo y la Contribucin Solidaria para la Asistencia Previsional.iii) Fondo de compensacin municipal: Los recursos por el fondo de compensacin municipal, hasta por el monto de S/. 4 512 235 200,00 (CUATRO MIL QUINIENTOS DOCE MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES), que comprenden la recaudacin neta del impuesto de promocin municipal, del impuesto al rodaje y del impuesto a las embarcaciones de recreo, de acuerdo con lo establecido en el Decreto Legislativo 776, Ley de Tributacin Municipal, y dems normas modicatorias y complementarias.iv) Impuestos municipales: Los recursos por impuestos municipales, hasta por el monto de S/. 2 382 034 226,00 (DOS MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y DOS MILLONES TREINTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS VEINTISEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES), que comprenden la recaudacin del impuesto predial, de alcabala y patrimonio vehicular, entre los principales.LEY DE ENDEUDAMIENTO DEL SECTOR PBLICO PARA EL AO FISCAL 2014

CAPTULO IOBJETO DE LA LEYARTCULO 1. LEY GENERALPara efectos de la presente Ley, cuando se menciona la Ley General se hace referencia al Texto nico Ordenado de la Ley 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, aprobado por el Decreto Supremo 034- 2012-EF.

ARTCULO 2. OBJETO DE LA LEY2.1 LA PRESENTE LEY DETERMINA LO SIGUIENTE:a) El monto mximo y el destino general de las operaciones de endeudamiento externo e interno que puede acordar el Gobierno Nacional para el sector pblico durante el Ao Fiscal 2014.

b) El monto mximo de las garantas que el Gobierno Nacional puede otorgar o contratar en el mencionado ao para atender requerimientos derivados de los procesos de promocin de la inversin privada y concesiones.

c) El monto mximo de saldo adeudado al cierre del Ao Fiscal 2014 por la emisin de las letras del Tesoro Pblico.2.2En adicin, esta norma regula otros aspectos contenidos en la ley general y, de manera complementaria, diversos temas vinculados a ella.CAPTULO IIDISPOSICIN GENERALARTCULO 3. COMISINLa comisin anual, cuyo cobro se autoriza al Ministerio de Economa y Finanzas en el artculo 27 de la Ley General, es equivalente al 0,1% sobre el saldo adeudado de la operacin correspondiente.

CAPTULO IIIMONTOS MXIMOS AUTORIZADOS DE CONCERTACIONES DE OPERACIONES DE ENDEUDAMIENTO EXTERNO E INTERNOARTCULO 4. MONTOS MXIMOS DE CONCERTACIONES4.1Autoriza al Gobierno Nacional para acordar operaciones de endeudamiento externo hasta por un monto equivalente a US$ 2 386 910 000,00 (DOS MIL TRESIENTOS OCHENTA Y SEIS MILLONES NOVECIENTOS DIEZ MIL Y 00/100 DLARES AMERICANOS), destinado a lo siguiente:a) Sectores econmicos y sociales, hasta US$ 2 219 910 000 000,00 (DOS MIL DOSCIENTOS DIECINUEVE MILLONES NOVECIENTOS DIEZ MIL Y 00/100 DLARES AMERICANOS). b) Apoyo a la balanza de pagos, hasta US$ 147 000 000,00 (CIENTO CUARENTA Y SIETE MILLONES Y 00/100 DLARES AMERICANOS).4.2 Autoriza al Gobierno Nacional para acordar operaciones de endeudamiento interno hasta por un monto que no exceda de S/. 5 180 450 000,00 (CINCO MIL CIENTO OCHENTA MILLONES CUATROSCIENTOS CINCUENTA MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES), destinado a lo siguiente:a) Sectores econmicos y sociales, hasta S/. 1 800 000 000,00 (MIL OCHOCIENTOS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES).b) Apoyo a la balanza de pagos, hasta S/. 1 650 000 000,00 (MIL SEISCIENTOS CINCUENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES).c) Defensa Nacional, hasta S/. 1 600 000 000,00 (MIL SEISCIENTOS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES). d) Bonos ONP, hasta S/. 130 450 000,00 (CIENTO TREINTA MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES).4.3 El Ministerio de Economa y Finanzas, dando cuenta a la Comisin de Presupuesto y Cuenta General de la Repblica del Congreso de la Repblica, puede efectuar reasignaciones entre los montos de endeudamiento previstos en el prrafo 4.1 y en el prrafo 4.2 y/o reasignaciones entre los montos previstos al interior de cada prrafo, sin exceder la suma total del monto mximo establecido por la presente Ley para el endeudamiento externo y el endeudamiento interno.CAPTULO IVENDEUDAMIENTO DE LOS GOBIERNOS REGIONALES Y GOBIERNOS LOCALESARTCULO 5. CALIFICACIN CREDITICIALa calificacin crediticia favorable a que se refiere el artculo 50 de la Ley General se requiere cuando el monto de las concertaciones, individuales o acumuladas, del respectivo gobierno regional o gobierno local, con o sin garanta del Gobierno Nacional, durante el Ao Fiscal 2014, supere el equivalente a la suma de S/. 15 000 000,00 (QUINCE MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES).CAPTULO VGARANTAS DEL GOBIERNO NACIONAL EN EL MARCO DE LOS PROCESOS DE PROMOCIN DE LA INVERSIN PRIVADA Y CONCESIONESARTCULO 6. MONTO MXIMOAutorizase al Gobierno Nacional para otorgar o contratar garantas para respaldar las obligaciones derivadas de los procesos de promocin de la inversin privada y concesiones hasta por un monto que no exceda de US$ 1 234 320 000 000,00 (MIL DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO TRESCIENTOS VEINTE MIL Y 00/100 DLARES AMERICANOS) ms el impuesto general a las ventas (IGV), o su equivalente en moneda nacional, en concordancia con lo que establece el prrafo 22.3 del artculo 22 y el prrafo 54.5 del artculo 54 de la Ley General.

CAPTULO VIEMISIN DE LETRAS DEL TESORO PBLICOARTCULO 7. EMISIN DE LETRAS DEL TESORO PBLICOPara el Ao Fiscal 2014, el monto mximo de saldo adeudado al 31 de diciembre de 2014, por la emisin de las letras del Tesoro Pblico, no puede ser mayor a S/. 600 000 000,00 (SEISCIENTOS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES).

MINISTERIO DE EDUCACIN

Todos los peruanos estamos convencidos de que el motor del desarrollo del pas y el bienestar de los ciudadanos es posible en la medida en que nuestra educacin, tanto pblica como privada, mejore y que ello se evidencie en las capacidades y aprendizajes que los estudiantes logren desarrollar a su paso por el sistema educativo.Alcanzar esta meta requiere del compromiso de la comunidad educativa en pleno, de los directores, maestros y maestras, autoridades educativas nacionales, regionales y locales, padres de familia, estudiantes, empresas, lderes y medios de comunicacin; cada uno asumiendo con responsabilidad el rol que le corresponde. Siempre teniendo como centro de todos nuestros esfuerzos a la institucin educativa.A travs de esta plataforma, el Ministerio de Educacin pone a su disposicin informacin detallada sobre los avances en la implementacin de las polticas educativas, las mismas que obedecen al Proyecto Educativo Nacional, y que se han organizado en cuatro ejes: la mejora de los aprendizajes, el desarrollo docente, la modernizacin de la educacin y la infraestructura educativa.Tambin queremos compartir logros y desafos que estamos seguros nos ayudarn a resolver.

REGLAMENTO DE ORGANIZACIONES Y FUNCIONES DEL MINISTERIO DE EDUCACINCAPITULO IArticulo 1: NATURALEZA JURIDICA Y DEPENDENCIAEl ministerio de educacin es un organismo del Poder Ejecutivo. Tiene personera jurdica de derecho publico y constituye un pliego presupuestal.ARTICULO 2: JURISDICCINEl ministerio de educacin es el rgano rector de las polticas educativas nacionales y ejerce su rectora a travs de una coordinacin y articulacin intergubernamental con los Gobiernos Regionales y Locales.CAPITULO IIArticulo 3: OBJETIVOSa) Generar oportunidades y resultados educativos de igual calidad para todos.b) Garantizar que estudiantes e instituciones educativas logren aprendizaje pertinentes y de calidad.c) Fortalecer capacidades para que los maestros ejerzan profesionalmente la docencia.d) Promover una gestin descentralizada, democrtica, que logra resultados y es financiada con equidad.e) Lograr una educacin superior de calidad como factor favorable para el desarrollo y la competitividad nacional.f) Promover una sociedad que educa a sus ciudadanos y los compromete con su comunidad.g) Organizar, planificar, promover, coordinar, evaluar y fiscalazar en el mbito nacional el desarrollo del deporte, la recreacin y la educacin fsica en todas sus disciplinas, modalidades, niveles y categoras, como componentes del deporte en general.h) Normar,dirigir,orientar,fomentar,corrdinar,supervisar y evaluar las acciones del Estado en el mbito de la ciencia y tecnologa e innovacin tecnolgica y promover e impulsar su desarrollo mediante la accin concertada y la complementariedad entre los programas y proyectos de las instituciones publicas, acadmicas, empresariales, organizaciones sociales y personas integrantes del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnologia e InnovacionTecnologica.Articulo 5: FUNCIONES GENERALESSon funciones del Ministerio de Educacin:a) Definir, dirigir, regular y evaluar, en coordinacin con los gobierno regionales, la poltica educativa y pdagogica nacional y establecer polticas especificas de equidad.b) Formular, aprobar, ejecutar y evaluar, de manera concertada, el proyecto educativo nacional y conducir el proceso de planificacin de la educacinc) Elaborar los diseos curriculares bsicos de los niveles y modalidades del sistema educativo, y establecer los lineamientos tcnicos para su diversificacin.d) Disear programas nacionales de aprovechamiento de nuevas tecnologas de informacin y comunicacin, coordinando su implementacin con las Instancias de Gestion Educativa Descentralizada del Sector.e) Organizar programa especiales de apoyo al servicio educativo que sirvan para compensar las desigualdades y lograr equidad en el acceso, procesos y resultados educativos.

RESOLUCIN MINESTERIAL DEL MINISTERIO DE EDUCACIN

CONSIDERANDO:Que el articulo 19 de la Ley N 30114, ley del presupuesto publico para el ao fiscal 2014 dispone que con cargo a los recursos previstos en el pliego ministerio de educacin, se transfieren a favor de las unidades ejecutores de educacin de los gobiernos regionales a nivel nacional hasta s/. 153 900 000.00 ( CIENTO CINCUENTA Y TRES MILLONES NOVECIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES)para el financiamiento de bienes y servicios del programa presupuestal logros de aprendizaje de estudiantes de la educacin bsica regular y del programa presupuestal incremento en el acceso de la poblacin de 3 a 16 aos a los servicios educativos y que dichos recursos se podr a favor de las unidades ejecutoras de educacin de los gobiernos regionales a nivel nacional hasta s/ 100 000 000.00 (CIEN MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES) para el financiamiento de nuevas plazas docentes para la ampliacin de la cobertura en educacin inicial.FINALIDAD:Establecer los compromisos de gestin, procedimientos y requisitos para la transferencia de los objetivos orientados a una adecuada provision de servicios educativos de calidad en el aula, en el marco de lo establecido por el articulo 19 de la Ley N 30114, ley de presupuesto del sector publico para el ao fiscal 2014.FINES Y OBJETIVOS DE LOS COMPROMISOS DE GESTION

LosCompromisosdeGestintienencomofinalidadimpulsarenlosGobiernosRegionalesellogroderesultadosylaentregaoportunadeservicioseducativosdecalidad.LosCompromisosdeGestinestnrelacionadosconlassiguientesactividades: ContratacindelserviciodetransporteparaladistribucindecuadernosdetrabajoytextosentregadosporelMinisteriodeEducacin(enadelante,elMINEDU)yadjudicarelprocesodecompradematerialesfungiblesparalas institucioneseducativasmultigrado.

RevisindelasrutasdeaprendizajesporpartedelosespecialistasdelasInstancias de Gestin Descentralizada, Direccin Regional de Educacin(DRE)yUnidadesdeGestin Educativa Local(UGEL); ascomolosdocentesydirectoresdelasinstitucioneseducativasdelaEducacin Bsica Regular(EBR).

AMBITO DE APLICACIN:Los compromisos de gestin son de aplicacin para todas las Unidades ejecutoras de los gobiernos regionales que cumplan con lo dispuesto en el presentedocumento normativo en el marco del buen inicio del ao escolar.DEL FINANCIAMIENTO:Los compromisos de gestin se financian con cargo a los recursos sealados en el articulo 19 de la Ley N 30114, Ley de Presupuesto del sector publico para el ao fiscal 2014. Dichos recursos se transfieren a favor de las unidades ejecutoras de educacin de los gobiernos regionales a nivel nacional.

DETERMINACION DE LOS MONTOS MAXIMOS DE RECURSOS PARA CADA UNIDAD EJECUTORAPara determinar el monton mximo de los recursos que le corresponde a cada unidad ejecutora por el cumplimiento del total de los compromisos de gestin, se tomara en cuenta la informacin registrada en el sistema de informacin y gestin para la mejora de los aprendizajes SIGMA y en el sistema de acceso con calidad SAC, asi como la necesidad de recursos adicionales destinados al pago de promotoras de los PRONEI para el ao fiscal 2014.Se considera adems un monto bsico por unidad ejecutora de S/ 176 825.26 (CIENTO SETENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS VEINTICINCO Y 26/100 NUEVOS SOLES).

USO DE LOS RECURSOSLos recursos transferidos a la unidad ejecutora por el cumplimiento de los compromisos de gestin se destina exclusivamente para el financiamiento de bienes y servicios del programa presupuestal logro de aprendizaje de estudiantes de la educacin bsica regular. El programa presupuestal incremento en el acceso de la poblacin de 3 a 16 aos a los servicios educativos pblicos de la educacin bsica regular y para el financiamiento de nuevas plazas docentes para la ampliacin de la cobertura en educacin inicial, este ultimo hasta la suma de S/ 47 713 221.54 ( CUARENTA Y SIETE MILLONES SETECIENTOS TRECE MIL DOSCIENTOS VEINTIUNO Y 54/100 NUEVOS SOLES).

EL MONTO MAXIMO A DISTRIBUIR POR UNIDAD EJECUTORA ES EN GENERAL S/ 153,900.000.00

HISTORIAEl 4 de Febrero de 1837, en tiempos de fervor caudillista y agitacin republicana de un pas que surge a la vida independiente, Don Andrs de Santa Cruz, Capitn General y Presidente de Bolivia, Gran Mariscal Pacificador del Per, Supremo Protector de los Estados Sur y Nor Peruanos decide crear un Ministerio con el ttulo de Ministerio de Instruccin Pblica, Beneficencia y Negocios Eclesisticos.A continuacin la promulgacin del Decreto:Considerando:I.Que, para el mayor adelanto de la educacin pblica, a la cual contrae el Gobierno la ms escrupulosa atencin, su proteccin ms decidida, conviene separar los negocios pertenecientes a este ramo, de los que se desempean por el Ministerio del Interior.II.Que por la homogeneidad de este ramo de la administracin con los negocios eclesisticos y los relativos a la Beneficencia, sera conveniente reunir los tres en un Ministerio exclusivamente destinado a su despacho.DECRET:Art. 1.-Se crea un Ministerio con el ttulo de Ministerio de Instruccin pblica, Beneficencia y Negocios Eclesisticos, por el cual se despacharn todos los asuntos relativos a estas tres ramificaciones.Art. 2.-Habr en este Ministerio un oficial 1ero., un 2do. y un 3ero. Que corra con el archivo y un portero. Dos de ellos se sacarn del Ministerio del Interior y todos gozarn igual sueldo que los empleados en este de la misma clase.Art.3.-El Ministro de Estado del despacho del Interior queda encargado de la ejecucin de este decreto, y de mandarlo imprimir, publicar y circular.Dado en el Palacio protectoral de Lima, el 4 de Febrero de 1837. Firmado por Andrs Santa Cruz por orden de S.E. Jos Mara Galdiano". (Es copia fiel del original que aparece en el "ECO DEL PROTECTORADO" Nro. 50).El Ministerio, originalmente llamado de Instruccin Pblica, Beneficencia y Negocios Eclesisticos, cuenta orgullosamente con tres empleados. Al da siguiente la planilla se increment con el nombramiento del primer Ministro del Sector, el Presbtero doctor Manuel Gaspar de Villarn y Loli. Al promediar el siglo XIX el General Castilla promulga el primer Reglamento de Educacin, que establece la separacin entre educacin pblica y privada, al mismo tiempo el colegio Guadalupe es declarado Colegio Nacional y se establece el profesorado como carrera pblica.Algunos hitos adicionales: Don Mariano Ignacio Prado en 1866 reglamenta la Educacin Superior y se establecen escuelas dominicales gratuitas. Con Don Jos Balta en 1870, se instalan escuelas gratuitas en las capitales de distritos. Con Manuel Pardo en 1872 y en adelante, se da gran impulso a la educacin, crendose las Escuelas de Agricultura, Ingeniera, Industria y Bellas Artes. Ms tarde, Mariano Ignacio Prado en 1876-1877 organiza la Escuela Normal de Mujeres y la de Varones. Al iniciarse este siglo con Eduardo Lpez de Romaa, se da la Ley Orgnica de Instruccin Pblica, incluyendo el Consejo Superior de Instruccin y se establecen las primeras Escuelas Fiscales. Durante los sucesivos gobiernos, la legislacin del sector educacin sufre muchas transformaciones. As, por ejemplo, en 1907, durante el Gobierno de Pardo y Barreda, se establece la Instruccin Secundaria en cinco aos. En 1935, Justicia y Culto se desligan del Ministerio de Educacin (Oscar R. Benavides). En 1941, se establece el Da del Maestro bajo el gobierno de Manuel Prado y Ugarteche. Con Manuel Odra entre los aos 1948 y 1953, se construye el edificio del Parque Universitario, se crea el sistema de Palmas Magisteriales, y se construyen muchas escuelas y unidades escolares para hombres y mujeres, as como cuatro colegios militares. En 1971, se crea el Instituto Nacional de Cultura como Organismo Pblico Descentralizado. En la dcada de los aos 70, se ensaya un complejo y ambicioso proyecto de reforma que da origen a una frondosa normatividad. Se da gran impulso a la Educacin Inicial y a partir de los aos 80, tambin al desarrollo de la Educacin Superior. De 1980 a 1985, se establece el llamado quinquenio de la educacin (segundo Gobierno de Belande Terry. A partir de 1990, se da una nueva Ley del Profesorado y su Reglamento. En 1991, cuando se declara en reorganizacin a todas las entidades del Sector Pblico, se inicia la racionalizacin del personal docente y administrativo del Ministerio En 1992, se transfiere el Instituto Nacional de Infraestructura Educativa (INIED) al Ministerio de la Presidencia. Se promulga la nueva Ley Orgnica del Ministerio de Educacin, la Ley de Participacin Comunal en la Gestin y Administracin Educativa, y la Ley de Mejoramiento de la Calidad y Ampliacin de la Cobertura de la Educacin Peruana. En 1993, se promulga un nuevo reglamento de Organizacin y Funciones del Ministerio, y se hace efectiva la racionalizacin con el cese de trabajadores del sector, por reorganizacin. A partir de entonces la educacin peruana ha experimentado grandes cambios y enormes progresos en cuanto a infraestructura y calidad, aunque todava es mucho lo que queda por avanzar.En la Trayectoria del Ministerio de Educacin hubo, por diversas circunstancias polticas y econmicas, tanto, vacos como momentos de gran brillo estelar y ministros destacados. Por ejemplo, cuando fue Ministro Agustn Guillermo Charn (1839), Don Benito Lazo, el doctor Manuel Prez de Tudela en 1845, este ltimo autor del Acta de la Independencia. En 1851, durante el Gobierno de Echenique Don Bartolom Herrera fue nombrado Ministro de Educacin, y en 1867 Don Simen Tejada fue nombrado por Don Mariano Ignacio Prado.DESPACHO MINISTERIAL: EL MINISTRO

La direccin y gestin del Ministerio de Educacin, est confiada al Ministro de Educacin, segn lo dispone el artculo 119 de la Constitucin Poltica del Per.Por mandato constitucional, le compete refrendar los Decretos y Resoluciones Supremas del ramo. Asimismo, como a cada ministro, le atae expedir directamente y por iniciativa propia, dispositivos que son las denominadas Resoluciones Ministeriales.Segn el artculo 121 de la Constitucin Poltica ya mencionada, los ministros, reunidos, forman el Consejo de Ministros cuyas atribuciones se sealan en el artculo 125 de la Carta Constitucional.La Ley Nro. 26510 otorga al Ministro de Educacin la facultad de aprobar por Decreto Supremo, con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros, la organizacin interna del Ministerio de Educacin.El Ministro, adems de ser la mxima autoridad del Ministerio, lo es tambin del Sector Educacin que comprende adems del Ministerio, los organismos pblicos descentralizados (OPD) adscritos por Ley al ramo de Educacin.Entre las principales funciones el Ministro dicta dirige, ejecuta, supervisa y evala la poltica sectorial en materia de educacin, ciencia y tecnologa, cultura, deporte y recreacin, en concordancia con la Poltica General del Estado y los planes de desarrollo nacional.El Ministro est facultado para proponer proyectos de decretos legislativos, decretos de urgencia, decretos y resoluciones supremas relativas al sector y refrendarlos cuando corresponda.LOS CARGOS DEL MINISTERIO DE EDUCACIN

ALTA DIRECCION1. Ministro de Educacion:Jaime Saavedra Chanduvi2. Viceministro de Gestion Institucional: Juan Pablo Silva Macher3. Viceministro de GestionPedagogica:Flavio Felipe FigalloRivadeneyra4. Secretaria General: UrsulaDesiluLeonChempen

GESTION PEDAGOGICA

1. Director General de Educacin Bsica Regular :Luis Adrin Bretel Bibus2. Director General (e) de Educacin Bsica Alternativa:Luis Alberto Vsquez Quispe3. Directora General de Educacin Superior y Tcnico:Anita Milagros Alvarado Saona4. Directora General (e) de Educacin Bsica Especial:Dora Eva Villanueva de Alfaro5. Directora General de Educacin Intercultural, Bilinge y Rural :Elena Antonia Burga Cabrera6. Direccion General De Desarrollo Docente: Jorge Ernesto Arrunategui Gadea7. Director General de Tecnologas Educativas:Jos Antonio Chacn Caldern8. Directora General (e) de Desarrollo de las Instituciones: Tania Crdenas Pinto9. Director de Investigacin y Documentacin Educativa : Martn Garro Snchez10. Directora de Tutora y Orientacin Educativa:Mara Luisa Chvez Kanashiro11. Directora de Promocin Escolar, Cultura y Deporte : Mara del Pilar Appiani Ojeda12. Directora de Educacin Comunitaria y Ambiental :Aurora Rub Zegarra Huapaya13. Directora de la Casa de la Literatura Peruana : Milagros Olenka Saldarriaga Feijo

GESTION INSTITUCIONAL1. Jefe de la Oficina de Coordinacin Regional :Alex Martn Ros Cspedes2. Jefe de la Oficina de Infraestructura Educativa:Gustavo Adolfo Canales Kriljenko3. Jefe de la Oficina de Cooperacin Internacional :Henry Pablo Armas Alvarado4. Jefe de la Oficina de Apoyo a la Administracin de la Educacin: Germn Adolfo Velsquez Salazar5. Jefe de la Oficina General de tica Pblica y Transparencia :Jos Gabriel Quevedo Chong6. Programa Nacional de Becas :Ral Choque Larrauri7. Jefa (e) de la Oficina General de Comunicacin Social y Participacin Ciudadana :Paola Melisa Baltazar Ziga

SECRETARIA GENERAL1. Jefe de la Oficina de Prensa :Amrico Justo Sols Medina2. Jefe de la Oficina de Trmite Documentario :Carlos Ricardo Wong Velarde3. Jefe de la Oficina General de Administracin:Manuel Francisco Cox Ganoza4. Jefe de la Oficina de Asesora Jurdica:Richard Eduardo Garca Sabroso5. Jefe de la Unidad de Defensa Nacional: Sixto Alejandro Estrada Ochante

SECRETARIA DE PLANIFICACION ESTRATEGICA

1. Secretario de Planificacin Estratgica :Jorge Manuel Mesinas Montero2. Jefe de la Oficina de Informtica:Manuel Cok Aparcana3. Jefe de la Unidad de Presupuesto :Miguel Requena Caldern4. Jefe de la Oficina de Planificacin Estratgica y Medicin de la Calidad Educativa : Jos Carlos Chvez Cuentas

JAIME SAAVEDRA CHANDUVMINISTRO DE EDUCACINDoctor en Economa por la Universidad de Columbia en Nueva York y tiene una licenciatura en Economa por la Pontificia Universidad Catlica del Per. Los ltimos diez aos ha desempeado varios cargos gerenciales en el Banco Mundial. Ha sido Vicepresidente Interino de Gestin Econmica y Reduccin de Pobreza y Director del Departamento Global de Reduccin de la Pobreza y Equidad. Se ha desempeado tambin como presidente de la Junta Directiva de Reduccin de Pobreza en el BM.Ha implementado y supervisado proyectos y programas de diseo de polticas y asistencia tcnica en las reas de pobreza, igualdad de oportunidades, medicin del bienestar, empleo y economa de la educacin, reas en las que ha publicado extensivamente. Es coautor del libro "Esta el piso parejo? Desigualdad de Oportunidades entre los nios en el Per".Anteriormente, fue Director Ejecutivo e Investigador Principal en el Grupo de Anlisis para el Desarrollo Econmico (GRADE), centro de investigacin independiente, donde trabaj en las reas de empleo, desigualdad de ingreso y economa de la educacin. Ha sido miembro del Directorio de LACEA (Asociacin Econmica para Amrica Latina y el Caribe). Miembro del Consejo Nacional del Trabajo en el Per y miembro del directorio del Instituto de Investigacin Nutricional en Lima. Ha sido tambin Asesor Tcnico en el Ministerio de Trabajo y Promocin del Empleo y miembro de su Comisin Consultiva. Profesor de Economa en la Pontificia Universidad Catlica del Per y en la Universidad del Pacfico y profesor visitante en la Universidad de Toronto. Ha sido presidente del Comit Ejecutivo de la Red de Pobreza y Desigualdad BID-Banco Mundial-LACEA y miembro del directorio del Consorcio de Investigacin Econmica y Social. Consultor e Investigador del Banco Mundial, BID, CEPAL, Naciones Unidas, OIT y los ministerios de Educacin, Industria y Trabajo del Per.

La direccin y gestin del Ministerio de Educacin, est confiada al Ministro de Educacin, segn lo dispone el artculo 119 de la Constitucin Poltica del Per.Por mandato constitucional, le compete refrendar los Decretos y Resoluciones Supremas del ramo. Asimismo, como a cada ministro, le atae expedir directamente y por iniciativa propia, dispositivos que son las denominadas Resoluciones Ministeriales.Segn el artculo 121 de la Constitucin Poltica ya mencionada, los ministros, reunidos, forman el Consejo de Ministros cuyas atribuciones se sealan en el artculo 125 de la Carta Constitucional.La Ley Nro. 26510 otorga al Ministro de Educacin la facultad de aprobar por Decreto Supremo, con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros, la organizacin interna del Ministerio de Educacin.El Ministro, adems de ser la mxima autoridad del Ministerio, lo es tambin del Sector Educacin que comprende adems del Ministerio, los organismos pblicos descentralizados (OPD) adscritos por Ley al ramo de Educacin.Entre las principales funciones el Ministro dicta dirige, ejecuta, supervisa y evala la poltica sectorial en materia de educacin, ciencia y tecnologa, cultura, deporte y recreacin, en concordancia con la Poltica General del Estado y los planes de desarrollo nacional.El Ministro est facultado para proponer proyectos de decretos legislativos, decretos de urgencia, decretos y resoluciones supremas relativas al sector y refrendarlos cuando corresponda.

RGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL - OCIEl rgano de Control Institucional del Ministerio de Educacin, como rgano conformante del Sistema Nacional de Control se constituye en la Oficina especializada responsable de llevar a cabo el control gubernamental en la entidad.El rgano de Control Institucional desarrolla sus funciones con independencia funcional y tcnica respecto de la administracin de la entidad, dentro del mbito de su competencia, sujeta a los principios y facultades establecidas en la Ley del Sistema Nacional de Control, por lo tanto, no participa en los procesos de gerencia o gestin administrativa a cargo de la administracin de la entidad.MISINLa misin bsica del rgano de Control Institucional es la de promover la correcta y transparente gestin de los recursos y bienes del Ministerio de Educacin, cautelando la legalidad y eficiencia de sus actos y operaciones, as como el logro de sus resultados, mediante la ejecucin de acciones y actividades de control, a fin de contribuir con el cumplimiento de los fines y metas institucionales.VISINEl OCI es el rgano de Control Institucional que actuando planificadamente y en coordinacin con las dems OCIs del Sector Educativo, cautela el buen uso de los recursos pblicos en el desarrollo de una oferta de servicios educativos de calidad brindados por un sector sostenible.Principales funciones:Las principales funciones del rgano de Control Institucional son las siguientes: Ejercer el control interno posterior a los actos y operaciones de la entidad, sobre la base de los lineamientos y cumplimiento del Plan Anual de Control. Efectuar auditoria a los estados financieros y presupuestarios de la entidad, as como a la gestin de la misma, de conformidad con las pautas que seale la Contralora General. Efectuar control preventivo sin carcter vinculante, al rgano de ms alto nivel de la entidad con el propsito de optimizar la supervisin y mejora de los procesos, prcticas e instrumentos de control interno, sin que ello genere prejuzgamiento y opinin que comprometa el ejercicio de su funcin, va el control posterior. Actuar de oficio, cuando en los actos y operaciones de la entidad, se adviertan indicios razonables de ilegalidad, de omisin o de incumplimiento, informando al Titular de la entidad para que adopte las medidas correctivas pertinentes. Recibir y atender las denuncias que formulen los funcionarios y servidores pblicos y ciudadanos sobre actos y operaciones de la entidad. Efectuar el seguimiento de las medidas correctivas que adopte la entidad, como resultado de las acciones y actividades de control, comprobando su materializacin efectiva, conforme a los trminos y plazos respectivos.ORGANIZACIN Y PERSONALEl rgano de Control Institucional est conformado por personal multidisciplinario, convenientemente capacitado en control gubernamental y administracin pblica, seleccionado y vinculado con los objetivos y actividades que realiza el Ministerio de Educacin. Para el desarrollo de sus funciones est organizado de la siguiente forma: Unidad de Control Financiero Encargada de proponer, programar, ejecutar y supervisar el desarrollo de acciones de control en los aspectos financiero y presupuestal. Unidad de Control de Gestin Encargada de proponer, programar, ejecutar y supervisar el desarrollo de acciones de control de gestin en los aspectos administrativo y normativo. rea de Denuncias Tiene como funcin principal procesar e investigar las denuncias formuladas por los trabajadores del Sector, Instituciones y ciudadana en general por presuntos actos irregulares cometidos por los funcionarios del sector.GESTIN PEDAGGICADireccin General de Educacin Bsica RegularLa Direccin General de Educacin Bsica Regular es responsable de asegurar la formulacin y propuesta articulada de la poltica, objetivos, estrategias pedaggicas, normas y orientaciones de alcance nacional para los niveles de Educacin Inicial, Primaria y Secundaria. Depende del Viceministerio de Gestin Pedaggica. Sus funciones son:a. Formular y proponer la poltica, objetivos y estrategias pedaggicas en los niveles de Educacin Inicial, Primaria, y Secundaria, de manera coordinada con las respectivas Direcciones.b. Formular el diseo curricular nacional de la Educacin Bsica Regular y las orientaciones referidas al nivel de Educacin Inicial, Primaria y Secundaria en coordinacin con otras Direcciones Generales.c. Definir los criterios tcnicos para la programacin, diversificacin, implementacin y evaluacin curricular, as como para el desarrollo de las acciones educativas y el diseo, produccin, uso y distribucin de materiales educativos.d. Normar la gestin pedaggica en las Instituciones Educativas y programas de Educacin Inicial, Primaria y Secundaria en coordinacin con las Instancias de Gestin Educativa Descentralizada.e. Promover estrategias para la difusin y consulta nacional de las propuestas pedaggicas y de innovacin de la Educacin Inicial, Primaria y Secundaria.f. Promover y gestionar proyectos de cooperacin internacional dirigidos al mejoramiento de la calidad de la Educacin Inicial, Primaria y Secundaria en el marco de las polticas de la Educacin Bsica Regular y el Proyecto Educativo Nacional.g. Impulsar la elaboracin, adaptacin y uso de nuevas tecnologas aplicadas a la educacin, concordantes con la modernizacin del currculo, en coordinacin con el Proyecto Huascarn.h. Promover la concertacin y el consenso de acciones multisectoriales con otros organismos del Estado, gobiernos locales, empresas, organismos no gubernamentales, instituciones y asociaciones, en beneficio de la atencin integral de nias, nios y adolescentes.i. Promover mecanismos de sensibilizacin, participacin y cogestin de padres de familia y de la comunidad en la Educacin Bsica Regular, a travs de los medios de comunicacin.j. Asegurar en los tres niveles educativos un enfoque intercultural, bilinge, inclusivo, ambiental y comunitario en coordinacin con las Direcciones Generales correspondientes.k. Proponer una poltica de textos y material educativo coherente con las necesidades de cada uno de los niveles y en un marco de descentralizacin.l. Implementar las acciones de mejoramiento educativo a partir de la informacin del Sistema de Evaluacin, Acreditacin y Certificacin de la Calidad Educativa que correspondan a los niveles de la Educacin Bsica Regular.m. Regular los procesos de diseo, produccin, distribucin y uso de los materiales educativos asegurando su coherencia y concordancia con la articulacin entre los niveles educativosSECRETARIA DE PLANIFICACIN ESTRATGICAOficina de Planificacin Estratgica y Medicin de la Calidad Educativa - PLANMEDFunciones BsicasCompete a la Oficina de Planificacin Estratgica y Medicin de Calidad Educativa la formulacin de planes de desarrollo educacional, el diseo de criterios para el desarrollo del proceso de planificacin en el resto de instancias de gestin de la administracin educativa, el monitoreo y evaluacin de la poltica sectorial, as como la medicin de calidad educativa, la identificacin y diseo de las investigaciones de apoyo a la formulacin de polticas y planes; la produccin y difusin de estadsticas educativas.Funciones Especficasa. Organizar, dirigir, monitorear, supervisar y evaluar las actividades que corresponde a la Oficina.b. Proponer a la Alta Direccin la poltica sectorial, los planes de desarrollo educacional y los criterios para el desarrollo del proceso de planificacin en las instancias de la administracin educativa.c. Normar, asesorar y conducir el proceso de formulacin de los planes de desarrollo del Sector Educacin para el largo y mediano plazo.d. Asesorar a la Alta Direccin y a los dems rganos de la institucin en asuntos relacionados con el proceso de planificacin; Estadstica y Medicin de Calidad Educativa.e. Monitorear, supervisar y evaluar mediante indicadores la poltica sectorial.f. Coordinar con las Direcciones Nacionales y Oficinas Generales del Ministerio de Educacin las acciones que orientan a implementan la Poltica Educativa Sectorial.g. Coordinar con las Direcciones Regionales de Educacin, Organismos Pblicos Descentralizados y rganos de Ejecucin Desconcentrados, las acciones que tienden a asegurar la adecuada implementacin de la Poltica Educativa Sectorial.h. Promover estudios prospectivos de la educacin en el contexto del permanente cambio social, cientfico - tecnolgico que se da en el Per y en el resto del mundo.i. Coordinar y evaluar los Proyectos Nacionales del Ministerio de Educacin.UNIDAD DE PRESUPUESTO

Descripcin generalLa Unidad de Presupuesto, es un rgano de lnea de la Secretaria de Planificacin Estratgica, de quien depende directamente y que tiene como funcin general: conducir, normar, coordinar y orientar el proceso presupuestario del Pliego 010 Ministerio de Educacin; as como, supervisar y efectuar el seguimiento de la gestin presupuestara de los Pliegos del Sector Educacin y de las Unidades Ejecutoras de las Direcciones Regionales de Educacin, en concordancia con el Plan Estratgico Sectorial Multianual , Plan Estratgico Institucional y Plan Operativo Anual.Para este efecto, mantiene relaciones tcnico-funcionales con la Direccin Nacional del Presupuesto Pblico del Ministerio de Economa y con las Oficinas de Presupuesto o la que haga sus veces de las Unidades Ejecutoras del Pliego y Unidades Ejecutoras de las Direcciones Regionales de Educacin, constituyndose como mxima en instancia tcnica del Pliego y del Sector Educacin, en materia de presupuesto

Objetivos Contribuir a Mejorar la Calidad del Gasto Pblico en Educacin, apoyando la implementacin gradual del presupuesto por resultados y los instrumentos tcnicos del manejo de programas y proyectos. Lograr que el presupuesto sirva como instrumento de gestin institucional desconcentrada, descentralizada y participativa.Funciones Jefatura1. Planificar, coordinar, dirigir y supervisar el desarrollo de las labores asignadas a los Equipos Tcnicos2. Conducir el proceso de Programacin y Formulacin del Presupuesto Institucional del Pliego Ministerio de Educacin3. Elaborar y participar en la sustentacin de la propuesta de Presupuesto Institucional del Pliego y del Sector Educacin, ante la Direccin Nacional del Presupuesto Pblico y Comisin de Presupuesto y Cuenta General del Congreso de la Repblica4. Gestionar la aprobacin de los calendarios de compromisos y sus ampliaciones; as como, la autorizacin de las modificaciones presupuestarias, a nivel institucional5. Sustentar y elevar para su aprobacin las propuestas de modificaciones presupuestarias, a nivel funcional programtico, entre Unidades Ejecutoras6. Evaluar y elevar para su aprobacin las propuestas de modificaciones presupuestarias, a nivel funcional programtico, dentro de cada Unidad Ejecutora7. Emitir las certificaciones de crditos presupuestarios solicitadas por los responsables de las Unidades Ejecutoras y/o de Metas Presupuestarias del Pliego Ministerio de Educacin8. Absolver las consultas formuladas por los responsables de las Unidades Ejecutoras y/o de Metas Presupuestarias del Pliego Ministerio de Educacin, teniendo en cuenta la normatividad vigente9. Asesorar a la Alta Direccin en asuntos sobre tcnica y administracin presupuestaria10. Cumplir otras funciones que le asigne el Secretario Tcnico de Planificacin EstratgicaINFRAESTRUCTURA

Recuperar y renovar la infraestructura escolar es uno de los grandes retos que tiene el Sector para avanzar hacia la calidad educativa. El Ministerio de Educacin (Minedu) destina presupuesto anual para acciones de mantenimiento preventivo y mantenimiento correctivo de las escuelas; est concluyendo con la construccin de colegios emblemticos, y en coordinacin con los gobiernos regionales y locales, ha transferido recursos para construir ms de mil escuelas en las zonas ms pobres del pas, las mismas que ya estn al servicio de los estudiantes.El censo de infraestructura 2013 arroj que solo el 39.2% de los locales escolares pblicos cuenta con los tres servicios bsicos: agua, desage y electricidad. La brecha de infraestructura actual sobrepasa los S/. 50 mil millones, mientras que el monto de ejecucin anual de inversiones en educacin por todo nivel de gobierno es solo de S/. 3 mil millones.Se requiere urgentemente revertir estas cifras. Para ello, la accin del Estado es insuficiente y requiere de aliados estratgicos del sector privado. Su participacin podr canalizarse a travs de dos mecanismos: las Asociaciones Pblico Privadas y las Obras por Impuestos.LasObras por Impuestoses el mecanismo por el cual una empresa privada elige ejecutar un proyecto de inversin pblica a cuenta del pago de hasta un 50% del impuesto a la renta correspondiente al ejercicio fiscal anterior.

As, las regiones y municipios seleccionan, priorizan y promueven proyectos de inversin pblica para ser financiados mediante este mecanismo. Para su ejecucin, celebran convenios con las empresas privadas para que estas ltimas ejecuten las obras de acuerdo a un procedimiento especfico.

VENTAJAS

Obras en menor tiempo: Teniendo un proyecto viable, la tramitologa se reduce considerablemente, lo que permite a las Regiones adelantar obras que no han podido ser ejecutadas debido a restricciones presupuestarias.

Responsabilidad social: Las empresas ejecutan obras que contribuyen a la comunidad generando un impacto positivo en ellas mejorando as la responsabilidad social de la empresa.

Mayor transparencia: Como la empresa privada se encarga de la obra, se aplican los esquemas de contratacin entre privados, por lo que se agilizan y transparentan procesos en la subcontratacin de contratistas.

CARTERA DE PROYECTOS DE OBRAS

El Per es un pas rico en diversidad, en constante crecimiento econmico y habitado por gente tenaz, perseverante y creativa. Por ello, es importante formar personas capaces en convertir ese potencial en oportunidades de desarrollo y progresos para todos. Esta formacin tiene que ser necesariamente- desde el inicio de la vida de cada persona, siendo importante todo lo que aprenden.Por ello, el Ministerio de Educacin est tomando medidas para hacer posible un sistema escolar mucho ms efectivo y equitativo, dotando a las escuelas de material educativo de calidad y pertinente a la diversidad lingstica, involucrando a los padres de familia como los principales socios de la calidad educativa, atendiendo con nfasis las necesidades de las escuelas ms pobres, y desarrollando capacidades en los docentes y directores.Estamos impulsando una reforma sobre la poltica curricular para dejar atrs una enseanza memorstica centrada en la repeticin mecnica. Se requiere establecer en las escuelas aprendizajes fundamentales sobre el desarrollo de la persona, el ejercicio de la ciudadana, la comunicacin, la matemtica, las ciencias, el arte, el emprendimiento y el aprender a aprender.Estos aprendizajes se estn construyendo con participacin de los ciudadanos y ciudadanas.En este espacio encontrarn todo lo relacionado a qu aprenden los estudiantes en las escuelas, con qu materiales educativos consolidan estos aprendizajes, cmo son y cules son los distintos enfoques de enseanza para abrazar las particularidades de cada uno de nuestros estudiantes, y en qu contextos se realiza y atiende la demanda educativa.

NUEVA LEY UNIVERSITARIA

ESTOS SON LOS CAMBIOS MS IMPORTANTES DEL PROYECTO APROBADOMora tuvo que dar algunos pasos atrs para obtener la mayora en el Congreso. Por ejemplo, la acreditacin seguir siendo voluntaria y ya no obligatoria como lo propuso inicialmente. La ley no es retroactiva, es decir, no afecta a los actuales alumnos.Luego de meses de discusin e idas y vueltas, elPleno del Congreso de la Repblicaaprob el proyecto de lanueva ley universitariaque se presenta como una reforma en la educacin superior.Sin embargo, para su aprobacin, Daniel Mora, presidente de la Comisin de Educacin, tuvo que dar pasos atrs, como dejar de lado su Suneu por el proyecto de ley enviado por el Poder Ejecutivo referido al segundo captulo.A pesar de ser resistida, el texto establece la creacin de laSuperintendencia Nacional de Educacin Superior Universitaria (Sunedu)en reemplazo de laAsamblea Nacional de Rectores (ANR)apenas se instale.

SUPERINTENDENCIATras pasar de laSuperintendencia Nacional de Educacin Universitaria (Suneu), esta nueva Sunedu ser el rgano operador del sistema educativo universitario.Siete sern los integrantes del consejo directivo, de los cuales cinco sern elegidos por concurso pblico nacional, mientras que uno representar al Ministerio de Educacin y otro alConcytec.El Ministerio de Educacin ser encargado de convocar el concurso pblico para la eleccin de los otros cinco integrantes del consejo. Sin embargo, de estos cinco, dos provendrn de las universidades nacionales y uno de las privadas.Daniel Mora rechaz esta hiptesis al dejar en claro que los siete directivos del Sunedu son los que eligen a estas autoridades y no solo el representante del Ministerio de Educacin.En tanto, elConsejo Nacional de la Educacin (CNE)ser la institucin que evale a estos candidatos, incluidos a los dos puestos restantes.Mora Zevallos fue enftico al afirmar que, pese a estar adscrita al Ministerio de Educacin, la Sunedu no viola la autonoma universitaria. Explic que esta institucin contar con autonoma administrativa y presupuestal.ELIMINACIN DE BACHILLER AUTOMTICOUna de las grandes modificaciones del dictamen son los nuevos requisitos para la obtencin del grado de bachiller. Es as que los estudiantes de pregrado que culminen satisfactoriamente sus cursos y crditos ya no podrn tener el grado con un solo trmite administrativo.La ley, que espera ser promulgada por elPoder Ejecutivo, plantea que el universitario presente y sustente un trabajo de investigacin, a modo de tesina, el cual sera desarrollado desde el ltimo ciclo con el curso de tesis.Sin embargo, es importarte recalcar que este trabajo no es una tesis. Adems, el estudiante debe sustentar el conocimiento de un idioma extranjero, siendo de preferencia el ingls, o una lengua nativa.Cabe indicar que la ley no es retroactiva, es decir, no afecta a los estudiantes de los ltimos ciclos, sino a aquellos que ingresen a la universidad luego de la eventual promulgacin del dictamen.TITULACIN PROFESIONALEn el caso de la obtencin del ttulo profesional de licenciado, el texto indica que el aspirante deber ser bachiller obligatoriamente y presentar una tesis de investigacin, adems de otros requisitos administrativos.Es decir, s se diferencia con el requisito del bachiller en lo que prefiere a la tesis de investigacin. Dicho de otra manera, el estudiante deber presentar un trabajo para el bachiller y una tesis para el ttulo.Sin embargo, el requisito de la tesis es alternativo, pudiendo el bachiller presentar un trabajo de suficiencia profesional u otra modalidad que la universidad establezca como lo son en la actualidad los cursos de actualizacin profesional.Un artculo importante es el que indica que el ttulo profesional solo se podr obtener en la universidad en donde el estudiante culmin sus crditos, dando por concluida aquella prctica en la que el alumno consigue la licenciatura en una universidad distinta.ELECCIN UNIVERSAL A MEDIASOtro de los retrocesos del proyecto de ley es la eleccin de las autoridades universitarias. Inicialmente, esta sera universal en todas. Sin embargo, ahora solo en las nacionales participarn de la votacin los estudiantes.En el caso de las universidades privadas, sern sus propios estatutos los que determinen el modo en que se elegirn a sus rectores y vicerrectores, pudiendo ser estos reelegidos, muy diferente a lo que se fija para las pblicas.El candidato a rector debe ser, obligatoriamente, doctor y no debe haber sido condena por delito doloso con sentencia de autoridad de cosa juzgada. Tampoco puede estar consignado en el registro nacional de sanciones de destitucin y despido.Rector y los dos vicerrectores, en universidades pblicas, sern elegidos por votacin universal y debern presentarse en lista nica, debiendo obtener ms del 50 % de los votos ponderados de los estudiantes y docentes. En caso ninguna lista obtenga la mayora de votos, se pasar a una segunda vuelta entre las dos planchas con mayor votacin.ACREDITACIN DE LAS UNIVERSIDADESOtro de los retrocesos de Mora en su dictamen original es la acreditacin que pas de ser de obligatoria a voluntaria.Inicialmente, se detallaba que el Sineace se encargara de este proceso, pudiendo solo las universidades acreditadas por esta institucin entregar ttulos a nombre de la Nacin. Sin embargo, el titular de la Comisin de Educacin termin por ceder a las presiones de otros congresistas a cambio del apoyo al resto el proyecto.Es as que el proyecto ya no habla de requisitos o condicionamientos a las universidades, sino de beneficios para aquellas que obtengan su certificacin y acreditacin.Tan solo algunas carreras tendrn la acreditacin obligatoria como requisito, pero las otras recibirn beneficios tributarios en la reinversin si es que obtienen esta certificacin.

REGIN ANCASH

Diversos testimonios del pasado peruano se conservan en las distintas provincias de la regin Ancash, como las huellas de los primeros horticultores de la cueva de Guitarreros (7000 a.c.), y sitios que representan los cimientos de la cultura andina como la Galgada, Huaricoto, las Haldas, Sechn y Chavn. Esta ltima cultura, simboliza el surgimiento de una estructura poltica compleja en los andes.Chavn (1200 al 300 a.c.) permite comprender el poder que detentaron los antiguos reyes-sacerdotes gracias a sus conocimientos astronmicos y agrcolas.De acuerdo a la leyenda, a mediados del siglo xv, los incas al arribar a la zona, encontraron a los Huaylas y a los Conchucos, grupos tnicos muy poderosos que ms tarde enfrentaron a los conquistadores espaoles. una de las mujeres ms influyentes de los aos de la conquista hispana fue Ins huaylas, hija del inca Huayna C pac, con quien francisco pizarro tuvo dos hijos.Huaylas fue constituido como departamento por el libertador San Martn en 1821, en los primeros momentos de la independencia. posteriormente, el 28 de febrero de 1839, el presidente Agustn Gamarra estableci definitivamente el departamento con el nombre de Ancash.Los pobladores de la regin mantuvieron su lucha contra las malas autoridades durante la repblica. en 1885 el lder indgena Atusparia se levant contra los abusos, logrando el apoyo del presidente Andrs Avelino Cceres.La tragedia rond el departamento en tres ocasiones durante el siglo xx, primero un aluvin en 1941 destruy parte de la ciudad de Huaraz: ms tarde, en 1962 desapareci Ranrahirca, y finalmente el 31 de mayo 1970 un terrible terremoto y un aluvin destruyeron varios pueblos. Aactualmente, la minera, la agricultura y el turismo son sus principales actividades econmicas.

UBICACIN

Ubicado al noreste del Per y es uno de los departamentos que presenta un relieve abrupto que alberga el pico ms elevado de la regin, el Huascarn (6768 msnm); asimismo los nevados ms importantes como: Huandoy y Alpamayo.Contando con una extensin geogrfica de 35459 km2 y teniendo como capital a Huaraz, posee un clima semiseco y semifro que se extiende por las vertientes de la cordillera negra y blanca, dos cadenas de montaas que a su vez conforman el llamado Callejn de Huaylas.Lmite: con los departamentos de La Libertad por el norte, Hunuco por el este y Lima por el sur.Superficie: 36 000 km2Latitud sur: 9 60''.Longitud oeste: 78 04''Capital del departamento: Es Huaraz y su ciudad ms poblada, Chimbote. Como idioma no oficial se habla el quechua ancashino.Provincias: Huaraz, Aija, Antonio Raymondi, Asuncin, Bolognesi, Carhuaz, Carlos Fermn Fitzcarrald, Casma, Corongo, Huari, Huarmey, Huaylas, Mariscal Luzuriaga, Ocros, Pallasca, Pomabamba, Recuay, Santa, Sihuas y Yungay.Distritos: 166.

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CONSEJO REGIONAL DE ANCASH APROBO PRESUPUESTO PARA EL AO 2014Los integrantes del Consejo Regional reunidos en sesin extraordinaria aprobaron por mayora el Presupuesto Inicial de Apertura-PIA del ao fiscal 2014 para el Gobierno Regional de Ancash el mismo que asciende a 954 millones 983,544 nuevos soles.El Gerente de Planeamiento y Acondicionamiento Territorial, Eco. Roberto Vergara Gabriel, quien fue el encargado de sustentar el PIA 2014 explic que del total estimado le corresponde a la partida de recursos ordinarios 737949,241 nuevos soles; 22971,729 nuevos soles para la partida de recursos directamente recaudados; mientras que para la partida de canon y sobre canon sera de 194062,574 nuevos soles.As mismo, present la estimacin presupuestal de cada una de las 36 unidades ejecutaras que administra el Gobierno Regional de Ancash, las mismas que incluyen las Unidades de Gestin Educativa Local, Redes de Salud, Direcciones Regionales, as como las Sub Regiones y el Proyecto Especial Chinecas.Finalmente, aclar que el presupuesto institucional de apertura es la estimacin presupuestal de cada ao fiscal la misma que ha sido validada y aprobada por el Ministerio de Economa y Finanzas y el Congreso de la Repblica respectivamente.No asistieron a la sesin extraordinaria los consejeros de las provincias de Pallasca, Santa, Casma y Carlos Fermn Fitzcarrald.

CASO CESAR ALVAREZ:LVAREZ ES DENUNCIADO FORMALMENTE POR EL ASESINATO INTELECTUAL DE NOLASCOEl recientemente cesado presidente regional de ncash, Csar lvarez, fue denunciado este jueves por la Fiscala General de Per despus de la autora intelectual de los asesinatos de los consejeros Jos Luis Snchez Milla, Ezequiel Nolasco y Roberto Torres Blas.lvarez, adems de la denuncia de homicidio calificado tambin ha sido acusado de asociacin ilcita para delinquir, en relacin a la trama corrupta que supuestamente habra encabezado para saquear junto a otros funcionarios las arcas pblicas de la regin, ha explicado el peridico peruano 'El Comercio'.El lder del movimiento Cuenta Conmigo no estar solo en la crcel en la que ya se encuentra, despus de que un juez decretar para l prisin preventiva durante 18 meses despus por el caso de espionaje y difamacin contra sus opositores polticos conocido como 'La Centralita', ya que estar acompaado por otras 29 personas relacionadas con los asesinatos Snchez Milla, Nolasco y Torres Blas.Entre estos supuestos implicados se encuentran su jefe de seguridad, Jos Luis Carmen Ramos; el alcalde de la provincia del Santa, Luis Arroyo, as como otros funcionarios de construccin civil, agentes de la Polica Local e incluso periodistas y sicarios. Para todos ellos, el fiscal Manuel Castro Snchez solicit prisin preventiva y embargo de sus bienes.Ahora, al juez Walter Snchez le tocar analizar la denuncia presentada por la Fiscala General que, de ser aprobada, no ms tarde de esta semana, lvarez podra enfrentarse a un periodo de prisin preventiva mayor del que cumple actualmente por otro de los casos en los que tambin andara implicado, el de 'La Centralita'.LOS CRMENES POLTICOS EN NCASHUna resolucin de la Justicia peruana asegur que lvarez, lideraba una cpula criminal encargada de "eliminar y silenciar a sus opositores" polticos, adems de, utilizando su condicin de funcionario, servirse de los recursos del Estado para llevara a cabo licitaciones de obras pblicas de forma irregular y as agenciarse importantes sumas de dinero.Segn el fallo del Tercer Juzgado Penal Nacional, la muerte de Nolasco, candidato al Gobierno regional y uno de los ms frreos opositores a la gestin de lvarez, "es una muerte ms de los asesinatos que se cometieron en ncash", todos ellos, ha sealado la resolucin judicial, con un objetivo en comn: "eliminar a las personas que entorpecan las gestiones administrativas y polticas irregulares" que se llevaban a cabo en la regin.

EL CASO DE 'LA CENTRALITA'lvarez fue encarcelado de manera preventiva durante 18 meses por su supuesta implicacin en el caso de 'La Centralita', el cual habra participado en la elaboracin de una red de espionaje y varias campaas de desprestigio contra los polticos opositores a su gestin.El juez de la Corte Superior del Santa, Richard Concepcin Carhuancho, fij prisin preventiva en un penal de mxima seguridad. El resto de sospechosos, entre los que estn cuatro periodistas, su jefe de imagen y un trabajador, sern recluidos en diferentes centros penitenciarios.Caso La Centralita se acumulara a investigacin por crimen de Ezequiel NolascoEl caso conocido como La Centralita, a cargo del fiscal anticorrupcin Laureano Aanca Chumbe y el juez del Tercer Juzgado de Investigacin Preparatoria del Santa, Richard Concepcin Carhuacho, sera acumulado con el proceso iniciado en Lima al presidente regional de ncash, Csar lvarez Aguilar.

Dicha posibilidad es la ms factible para darle celeridad, seguridad y garantas a la investigacin de los actos de violencia y corrupcin sucedidos en ncash, segn los asesores del fiscal de la Nacin, Carlos Ramos Heredia. El fiscal de la Nacin pidi evaluar este tema luego que el fiscal Aanca Chumbe y sus adjuntos estn recibiendo amenazas. Los Fiscales de Ancash han informado que reciben amenazas de muerte, la situacin no es muy tranquila. Hay pedidos que se han hecho a la Fiscala de la Nacin para que un subsistema asuma la competencia del caso que est en Ancash. Explic que de establecerse este caso en la capital, el proceso podra realizarse con mayor celeridad, debido a que otras investigaciones vinculadas, como la muerte del ex consejero regional Ezequiel Nolasco, se vienen realizando ya desde Lima. A veces no se puede trabajar con la debida elasticidad cuando los procesados estn internos ac y el proceso est en otro distrito, todos esos elementos se deben evaluar, enfatiz. Ambos casos guardan bastante similitud, tanto en los hechos, procesados y el lugar donde ocurrieron los crmenes. Ambas investigaciones se refieren a la existencia de una organizacin delictiva creada para obtener beneficios econmicos de los fondos pblicos y, llegado el caso, eliminar a los que se opongan a sus fines. Una organizacin que contaba con cinco brazos y una sola cabeza: el brazo poltico, conformado por personajes ligados al Gobierno Regional de Ancash; el brazo de construccin civil; el brazo policial, integrado por agentes que daban resguardo personal sin autorizacin de su comando; el brazo meditico, integrado por los periodistas comando que disfrazaban las noticias para encubrir los crmenes; y el brazo armado, compuesto por un grupo lite de sicarios, han explicado los fiscales, en ambos casos. As los procesados casi son los mismos: las principales autoridades regionales, policas, periodistas y delincuentes comunes. En Chimbote, un total de 62 personas, y en Lima, 30 personas, teniendo en comn a Csar lvarez y Luis Arroyo. Por ende, tambin los delitos son casi los mismos. En el Santa, los delitos de Asociacin Ilcita, Peculado y en alguno, casos Lavado de Activos. En Lima, se ha iniciado proceso por delitos de Asociacin Ilcita y Homicidio Calificado. Los delitos ocurrieron principalmente en ncash, salvo en el asesinato de Ezequiel Nolasco Campos, que ocurri en Huaral, pero que se organiz y planific desde Chimbote.

Pero, el principal escollo legal para una acumulacin inmediata de ambos procesos es que se rigen por leyes procesales distintas. En Chimbote, la investigacin est a cargo del fiscal anticorrupcin, bajo las reglas del Nuevo Cdigo Procesal Penal, mientras que en el Lima todava rige el antiguo Cdigo Procesal Penal y la investigacin, estar a cargo del juez instructor penal nacional, Walter Snchez Snchez. En Lima, el nuevo Cdigo Procesal Penal solo est vigente para los casos de corrupcin. En casos de crimen organizado, en Lima recin se aplicar el nuevo procedimiento penal a partir del 1 de julio. Aunque en la prctica, los jueces y fiscales de Lima ya aplican procedimientos del nuevo Cdigo Procesal en los casos a cargo de jueces con competencia nacional, como sucedi el sbado con la audiencia pblica por la detencin preventiva por el crimen de Nolasco. VIERNES 27 DE JUNIO DEL 2014 | 16:43 EL COMERCIO

El prximo martes el ex fiscal de la Nacin Jos Pelez Bardales deber responder ante el pleno del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) los motivos por el cual decidi sancionar, y en algunos casos despedir, a los fiscales que investigaban a Csar lvarez en ncash. Esta audiencia, que se llevar a cabo a las 10 horas, se da dentro del marco de la investigacin preliminar que le sigue la Comisin de Procesos Disciplinarios del CNM a Pelez Bardales por la remocin de hasta 10 magistrados que investigan al hoy detenido presidente regional. El colegiado indic que es materia de la investigacin preliminar determinar si el ex fiscal de la Nacin incurri en inconducta funcional al disponer la remocin de los fiscales de los Distritos Judiciales de ncash y del Santa. Realizada esta audiencia, esta comisin emitir un informe que ser enviado al Pleno del CNM, quienes decidirn, finalmente, si abre proceso disciplinario.El CNM investiga tambin a Pelez Bardales por, presuntamente, no haber atendido el pedido de asistencia judicial que le hicieran las autoridades judiciales de Estados Unidos sobre el Caso Snchez Paredes.LA CENTRALITA: fiscal Farro ya estara de nuevo en funciones(Elfiscal superior Dante Farro, acusado por un colaborador eficaz del Caso 'La Centralita'de recibir S/.30 mil mensuales deCsar lvarez,hoy recluido en el penal de Piedras GordasI acusado de homicidio calificado y asociacin ilcita, a cambio proteccin fiscal, estara de nuevo despachando en su oficina de la Segunda Fiscala Superior Penal de Chincha.La primera semana de junio se venci los 29 das de suspensin que le impuso la Fiscala Suprema de Control Interno el 8 de mayo pasado, tras ser acusado de haberentorpecido el allanamiento del inmueble denominado 'La Centralita' el 13 de julio de 2011.Csar Jimnez, ex fiscal anticorrupcin que estuvo a cargo de dichadiligencia, cont que Farro, entonces su superior, lo cit ese mismo da para disuadirlo.Segn cont Jimnezen una entrevista aEl Comercio, cuando se estaba llevando a cabo la diligencia, el fiscal superior Farro lo llamaba con insistencia para que vayaa su oficina. "Farro me llam dicindome que necesitaba mi presencia urgente porque se encontraba con el presidente regional lvarez, y los congresistas electos Bentez y Crislogo", afirm.No solo fue eso, Jimnez, quien fue despedido cinco das despus de allanar 'La Centralita', record que Farro trat de intimidarloal concluir la reunin dicindole que lvarez era muy cercano al entonces fiscal supremo de Control InternoCarlos Ramos Heredia[actual fiscal de la Nacin] y del otrora titular del Ministerio Pblico, Jos.Ramos yPelez estn siendo investigadosenel Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) por su actuacin frente a la presunta organizacin criminal que liderara lvarez en ncash.

"Quiero que tengas en cuenta que el presidente regional Csar lvarez es muy amigo del Doctor Ramos Heredia. Tambin es muy amigo del fiscal de la Nacin, Jos Pelez", narr Jimnez a este Diario.En su informe, la oficina de Control Interno, al mando de Ramos Heredia, opin que "[Farro] habra tratado de frustrar la diligencia con su actitud por dems incorrecta y desacertada, pues teniendo conocimiento que en la Fiscala Anticorrupcin se venan realizando investigaciones en contra de Csar lvarez y su entorno [...] debi tomar otra actitud como defensor de la legalidad y respetarla autonoma del fiscal responsable del caso".

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