derecho minero (1)

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DENUNCIO MINERO: Hay que tener un punto de partida y un punto de apoyo para poder hacer un denuncio. Vértice - Los fallos mineros son recurribles ante el consejo de minería. Visuales y ángulos - En la actualidad ya no se hace trabajo de campo solo se hace trabajo de gabinete. Lo mínimo que se puede peticionar es 100 hectáreas. UTM= Universal Transverse Mertor, son medidas enteras. Geográficas= No son medidas enteras Hay una base de datos en las cuales se encuentran registradas las medidas, vértices y cartas geográficas. Si hay superposición entre un petitorio y una concesión, tiene prioridad la concesión, pero al petitorio se le otorga la parte que no se superpone, es decir con nuevas coordenadas. No hay terremotos, todos son sismos. Registro Público de Minería: Registraba las concesiones mineras ahora los hace la SUNARP. Demasías: Espacios de concesiones mineras que en el terreno no se ven pero si en el documento. En Derecho Minero, el espacio de terreno libre que queda entre dos o más minas ya demarcadas y que, por sus medidas, no alcanza a formar una nueva pertenencia (v.). La concesión de demasías se da, preferentemente, a las empresas colindantes. Concesión Minera: Aquel denuncio que ha obtenido todos sus procedimientos, su titularidad, es una titulación sui generis. Le otorga título porque está concesión es temporal, el estado es dueño de todo hasta del subsuelo. Plan de cierre de mina: Tiene un inicio, actividades preparatorias, de explotación, mitigación de impacto ambiental, etc. Vida Útil = N° de toneladas probada de la mina/ Producción diaria. - toda contaminación produce un impacto ambiental, pero no todo impacto ambiental trae consigo contaminación. Medidas que se encuentran en las cartas

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clases de derecho minero

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DENUNCIO MINERO: Hay que tener un punto de partida y un punto de apoyo para poder hacer un denuncio. Vrtice Los fallos mineros son recurribles ante el consejo de minera. Visuales y ngulos

- En la actualidad ya no se hace trabajo de campo solo se hace trabajo de gabinete.Lo mnimo que se puede peticionar es 100 hectreas.UTM= Universal Transverse Mertor, son medidas enteras.Medidas que se encuentran en las cartas

Geogrficas= No son medidas enteras

Hay una base de datos en las cuales se encuentran registradas las medidas, vrtices y cartas geogrficas.Si hay superposicin entre un petitorio y una concesin, tiene prioridad la concesin, pero al petitorio se le otorga la parte que no se superpone, es decir con nuevas coordenadas.No hay terremotos, todos son sismos.Registro Pblico de Minera: Registraba las concesiones mineras ahora los hace la SUNARP.Demasas: Espacios de concesiones mineras que en el terreno no se ven pero si en el documento. En Derecho Minero, el espacio de terreno libre que queda entre dos o ms minas ya demarcadas y que, por sus medidas, no alcanza a formar una nueva pertenencia (v.). La concesin de demasas se da, preferentemente, a las empresas colindantes.Concesin Minera: Aquel denuncio que ha obtenido todos sus procedimientos, su titularidad, es una titulacin sui generis.Le otorga ttulo porque est concesin es temporal, el estado es dueo de todo hasta del subsuelo.Plan de cierre de mina: Tiene un inicio, actividades preparatorias, de explotacin, mitigacin de impacto ambiental, etc.Vida til = N de toneladas probada de la mina/ Produccin diaria.- toda contaminacin produce un impacto ambiental, pero no todo impacto ambiental trae consigo contaminacin.- Si se pierde derecho a la concesin, todos los materiales se revierten al estado.Ley del mineral= Pureza.Yacimientos minerales presentes en nuestro territorio: filon, veta, mantos, estratos, diseminados, enmanculleras.TIPOS DE ROCAS:METAMORFICAS: Roca sedimentaria o gnea que por el fenmeno tempestuoso este se vuelve dura-IGNEAS: Roca volcnica proveniente del magma.SEDIMENTARIAS: Aquellas depositados durante un periodo de tiempo unas sobre otras formando estratos.FENOMENO INTEMPESTISMO: Cambio climtico para que pasa una roca gnea o sedimentaria.El denuncio minero es una solicitud, ahora se le conoce como peticin minera.Las visuales permiten determinar si el denuncio minero est bien formulado.Ley general de minera: Ley 109Resolucin de Autoridad minera son recurribles ante el consejo de minera.En las demasas mineras las coordenadas no son enteras.La concesin minera es prioritaria frente a la peticin minera. (Derecho prioritario)Actualmente se utiliza el petitorio mineroYa no se hace trabajo de campo solo de gabinete.Se mide en base a cuadriculas lo mnimo que se puede peticionar es una cuadricula (100 hectreas).Las coordenas son enteras.PRINCIPALES ACTIVIDADES MINERAS. Cateo Cateo restringido Prospeccin Exploracin Explotacin Labor General Beneficio Transporte

CATEO: Cateo simple, sin restricciones o relativo, bsqueda indiscriminada de minerales en una determinada rea geogrfica.INAG: Instituto Nacional de reas Geogrficas.

Geodesa Satelital: levantamiento topogrfico satelital con un margen de error de ms/menos 50 cm.

Se usa el punto de vista blico.Los pioneros de la Geodesa Satelital son los chilenos.

UTM: Universal Transverse Mercator. Unidad de medida Internacional.

b) Mapeo Satelital: Es una fotografa de satlite.

Para que se pueda realizar la Geodesa Satelital y el Mapeo Satelital se requiere la alineacin de cuatro satlites o puntos.

CATASTRO MINERO: Ubicar concesiones mineral

UTM

VARIACIN MAGNTICA: Angulo de inclinacin de la tierra. El valor varia con el transcurso del tiempo. La tierra se inclina un grado cada 100 aos.

1920

Variacin Magntica.2014

PROCESO DE DESGLOSION: es el derretimiento de glaciares.

CAMBIO CLLLIMATICO GLOBAL: Consecuencias del efecto invernadero y del calentamiento global.

El efecto invernadero es producido por gases como: Dixido de carbono Monxido de Carbono Vapor de agua Gases Nitrosos Gases Sulfurosos

CAPA DE OZONO: evita o protege a la tierra de los rayos incandescentes del sol.

Es importante aplicar la variacin magntica para evitar la superposicin de derechos mineros.

Para hacer un denuncio minero se debe tener en cuenta el norte magntico y tambin si se requiere plantear el denuncio para poder posicionar concretamente el terreno.

DIRECCION GENERAL DE MINERIA: Donde se debe hacer el denuncio minero.

La persona que denuncia presenta peritos, si sale positiva la otra parte paga los peritos.

2) CATEO RESTRINGIDO: Es la bsqueda de minerales en una determinada rea geogrfica pero respetando las prohibiciones que la ley seala.

En nuestro pas se utiliza el cateo mixto.

No se puede realizar el cateo en reas de proteccin natural, de museos, terrenos agrcolas ajenos, sitios arqueolgicos, zonas intangibles, reas tituladas.

3) PROSPECCION: Es la bsqueda de minerales utilizando ciertos mtodos sofisticados (fsicos y qumicos) para determinar la mineralizacin en ciertas reas.

Est casi unida a la exploracin, la diferencia con la exploracin es que est ya est enfocada a averiguar cantidad de esos minerales.

Se requiere de permiso en la Direccin Regional de Minera a efectos de presentar estudios de impacto ambiental.

CALICATAS: el minero baja a la calicata y toma muestras para determinar la mineralizacin del terreno, es decir cuantificar el mineral.

FORMAS DE CUANTIFICACION:

MINERAL PROBADO: Es aquel mineral que se hacen en sondeos, se puede cuantificar su mineralizacin de manera exacta.

MINERAL PROBABLE: Es aquel mineral que a pesar de haber hecho sondeos, calicatas que muestran la presencia del mineral, su presencia es irregular.

Las distancias entre las calicatas es indeterminado depende del ingeniero.

El mineral probado sirve para medir la vida probable de la mina.

5) EXPLOTACION: Mtodo que se utiliza para obtener del subsuelo el mineral valioso para su comercializacin. Tambin se requiere de permisos y ms requisitos.

TIPOS DE EXPLOTACION: a) a cielo abierto. b) subterrneo.

1. Cielo abierto: En esta etapa hay ms contaminacin que en la etapa subterrnea.Superficial= canteras espiral.

2. Mtodo de cuadros, cmaras, cada 25 metros se ponen columnas.

La etapa de contaminacin es la que ms contamina en la mina.La etapa de refinacin se utiliza para purificar el mineral.El cateo en nuestro pas no requiere permiso.La exploracin requiere permiso de la Direccin Regional de Minera.

6) LABOR GENERAL.

Actividad minera auxiliar porque va a apoyar a las actividades mineras superficiales o subterrneas, con sistemas de ventilacin, luz, agua, aire comprimido y sistema de acarreo del mineral.

El sistema de acarreo del mineral se realiza mediante vagones o izage de cables para subir minerales.

7) BENEFICIOS

Consiste en purificar el mineral para hacerlo valioso o en su defecto elevar la ley del mineral (la pureza).

Cmo se eleva la ley del mineral?

El mineral de cabeza es ingresado a una planta de tratamiento hasta quedar un grano fino para pasar a un mtodo de explotacin (le agrega agua y aditivo qumico), se forma un lodo y puede suceder dos cosas que el mineral flote o se precipite, luego pasa a un proceso de refinacin, para ser convertido en lminas o lingotes.

PROCESOS DE BENEFICIOS (METODOS): PREPARACION, MOLIENDA, REFINACION.

8) TRANSPORTE: Es aquella que se utiliza para sacar el mineral desde la boca de la mina hacia los puntos de embarque, comercializacin o plantas de transformacin utilizando: locomotoras, camiones o volquetes, fajas transportadoras (forma masiva de transporte de mineral).

PIRITA: Bisulfuro de hierro.

YACIMIENTOS MINEROS: depsitos de minerales formados como consecuencia de procesos geolgicos, tectnicos.

COMPOSICION DE MAGMA: NFe (niquel y Fierro)

Yacimiento: producto de un geotectonismo estructural de la corteza terrestre.

LABORES MINERAS1. LABOR MINERA DE ACCESO1.1) POZO: Es una labor vertical, es la entrada a las labores de explotacin, transporte, etc. Es un acceso directo para transporte de personas o maquinarias.Existen dos tipos rectangular y circular.1.2) GALERIA: Es la comunicacin interna entre dos sectores del yacimiento. Sus caracterstica general es ser horizontal, solo algunas son diagonales.1.3) SOCAVON: es la puerta de entrada desde la superficie hasta el yacimiento transversal. 1.4) TRANVERSALESHay dos tipos: PRINCIPAL: comunicacin desde el pozo al yacimiento. SECUNDARIO: Comunicacin desde el yacimiento a una labor. Unin entre dos galeras.

2) LABOR MINERA DE PROSPECCION O PERFORACION2.1 CHIMENEA: labores verticales que cumplen una funcin de ventilacin y generalmente enlazan a galeras o niveles. Sistema de ventilaciones naturales (chimenea) y artificiales (ventilador). Por los cuales circula el aire a presin.

2.2 COLADERO: son labores verticales inclinadas para el paso de almacenamiento de material y posterior izage.2.3 FUENTTE DE EXPLOTACION: Son labores directas al nacimiento. Las labores de explotacin son los mtodos de explotacin que pueden ser: subterrnea y superficial.

3) LABOR MINERA AUXILIAR

3.1) VENTILACION: artificial- funciones.- disminuye la temperatura al interior de la mina- mejora el aire para los obreros.- disolucin de gases txicos.

3.2) TRANSPORTE: se encarga del acarreo del mineral y del trasporte de personas al interior de la mina.

3.3) DESAGUE O BOMBEO: se utiliza para eliminar aguas residuales acumuladas al interior de la mina por filtracin.

CONCESIONES MINERAS: Son una propiedad sui generis que se otorguen al industrial minero (persona natural o persona jurdica) para que pueda ejercer actos propios de explotacin minera. Est sujeta a normas y al pago de un derecho de vigencia. La concesin puede perderse cuando no se hace los pagos respectivos y se revierten al estado.1) CONCESIION DE BENEFICIOS: es una concesin que se otorga la personal minero para la preparacin, metalurgia y refinacin.a) Preparacin: resolucin del tamao de las rocas para su explotacin. Es decir, es la resolucin del mineral de cabeza.b) Metalurgia: concentracin del mineral, es decir se separa del estril llamado ganga.c) Refinacin: Purificacin del mineral para elevar la ley del mineral (pureza).2) CONCESION DE LABOR GENERAL. Comprende:Ventilacin, izage, desage.3) CONCESION DE TRANSPORTE: Es la concesin otorgada para el transporte masivo del mineral a travs de carriles y fajas transportadoras. 4) CONCESION MINERA PROPIA: Concesin que se otorga para exploracin y explotacin de yacimientos mineros que se peticionan.- lo mnimo que se peticiona es 100 hectreas.Una cuadricula: 100 hectreas.

- Lo mximo que se peticiona es 1000 Has, es en tierra.

- en las concesiones martimas el mnimo es 100 has y el mximo 10 000 HAS.

Hay situaciones especiales en las cuales se puede otorgar minas de 100 HAS. Ejemplo: zona de traslape.Hay zonas de traslape entre regiones, entre costa y sierra y entre sierra y selva.

PROCEDIMIENTO DE CONCESION:

1) Petitorio Minero.- es una solicitud administrativa, se llena un formulario dado por el ministerio de energa y minas en el rea de catastro. El petitorio puede presentarse en cualquier persona natural o jurdica. El formulario debe contener las siguientes indicaciones:- coordenadas enteras y vrtices. - control UTM.- Ubicacin (provincia, distrito y departamento)- especificar si es sustancia mineral o no mineral.

Esta solicitud se ingresa al rea tcnica.

AREA TECNICA1. AREA DE CONCESIONES MINERAS: Esta rea emite la resolucin que otorga la concesin minera. 2. AREA TECNICA MINERA: esta rea el ingeniero abogado minero plotea las coordenadas especificadas en la peticin de concesin.

Entonces se ingresa el plano ms un informe; el informe se enva al rea de concesin minera para la posterior emisin de la resolucin de concesin.

DERECHOS SIMULTANEOS:

EJM: 28/11/2013/ 8: 00 am / Arequipa/ coordenadas v1,v2,v3,v4EJM: 28/11/2013/ 8: 00 am / Lima/ coordenadas v1,v2,v3,v4.

En este caso de simultaneidad el estado hace un remate, es decir el que paga ms se queda con la concesin. Si es que coincide la fecha pero no la hora prima el primero en presentar la solicitud administrativa de concesin.

1. DENUNCIO: era una solicitud de una persona pero que se le ha adjudicar una determinada porcin del terreno.Los requisitos del denuncio: - planos geogrficos del ingeniero minero.- debe estar firmado por el peticionante y un abogado.- cronogramas de actividades mineras.- pago del derecho de vigencia.- la solicitud- DNI

Se pona la hora exacta de presentacin por el tema de los denuncios simultneos.El primer era la presentacin del expediente y el segundo la evaluacin por parte del rea tcnica y legal.1.1 EVALUACION DEL DENUNCIO: La evaluacin del denuncio minero es realizada por el rea legal y el rea tcnica del registro pblico de minera. a) rea tcnica: esta rea se encargaba de la evaluacin de los planos.Se trabajaba con un sistema de coordenadas geogrficas (UTM), y ests tenan que ser verificadas en el trabajo de campo.Aqu se desarrollaba el trabajo de campo y el trabajo de gabinete.Se tena que determinar: Pp (punto de partida)Pa (punto de apoyo)V (visuales), las visuales tenan que ser fijas e inamovibles.b) rea legal: en esta rea se elaboraba el proyecto de ttulo de concesin.DENUNCIO: D.L 109PETITORIO: 014- 92 EM.2) PETITORIO MINERO: REQUISITOS:- Solicitud de petitorio- DNI- Pago de derecho de vigencia- Especificar si es mineral metlico o no metlico- Ubicacin del rea de concesin que se solicita.- No se requiere planos por que se trabaja con carta nacional.- La solicitud est firmada solo por el peticionante ms no por abogado.Aqu ya no hay trabajo de campo, solo de gabinete.La evaluacin est a cargo del rea legal y del rea tcnica.2.1 EVALUACION DEL PETITORIO A) rea legal: est rea se encarga de revisar si el petitorio cumple con los requisitos del DS 014-92-EMB) rea Tcnica: esta rea evala si se cumple con los requisitos formados por vrtices puntos y coordenadas.Ejm: supongamos que hay superposicin y que tambin existe derecho prioritario, es decir que hay una concesin minera. Entonces la nueva rea ser emitida con nuevos vrtices y dimensiones.Luego el rea tcnica elabora sus planos pre catastral y un informe, para ser remitido al rea legal quien finalmente otorga la concesin.PREGUNTAS.1. Cmo pueden relacionarse los petitorios mineros desde el punto de vista legal con el trabajo legal?Si se puede relacionar el trabajo de campo en un petitorio, cuando el petitorio haya sido renovado en cuanto a las medidas de las zonas solicitadas por que ha habido superposicin y en este caso se tiene que verificar en el campo si es que las nuevas medidas son las mismas que indica el documento-2. Qu es un derecho prioritario?Cuando una concesin minera se privilegia sobre un petitorio.3. Cunto se puede peticionar?Se puede peticionar hasta 1000 hectreas en tierra firme y 10 000 en dominio martimo.4. Cunto es el mximo que se titula una peticin minera?Se puede titular hasta 1 000 hectreas siempre y cuando se respeten los derechos prioritarios, reas de admisin, zonas arqueolgicas, reservas y zonas de expansin urbana.Los derechos no metlicos se pueden peticionar en terrenos agrcolas siempre y cuando haya expreso permiso del dueo del terreno superficial y no atenten contra la topografa del terreno. 5. Cundo una concesin minera puede titularse con menos hectareaje?Por dos razones:Cuando se trate de denuncios mineros.Cuando se trate de denuncios mineros que tengan superposiciones.

6. Cules son las formas geomtricas de las concesiones mineras?Pueden tener forma regular e irregular.7. Cul es la menor medida para una concesin?100 hectreas es decir una cuadricula.8. en qu casos se puede titular con ms de una cuadricula o con menos de una cuadricula?Esto sucede en la zona de traslape (curvatura entre una regin y otra)AREAS DONDE SE UBICAN LAAS CONCESIONES MINERASA) reas urbanas.B) reas de expansin urbana.C) reas de amortiguamiento.

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTALSon obligatorias para aquellas empresas que van a realizar actividad industrial.Se necesita para exploraciones y explotaciones.Revisado por la autoridad minera y luego en una audiencia pblica.MINERIA FORMAL.- PAGA IMPUESTOS.- GENERA DIVISAS (ENTRE EL 60%- 70%)- CONTROL DE IMPACTO AMBIENTAL.MINERIA INFORMAL- NO PAGA NADA- Y SUS GANANCIAS ASCIENDEN A 35 MILLONES DE DOLARES ANUALES.OEFA = Oficina de Evaluacin y Fiscalizacin Ambiental.

RELACIN DEL DERECHO MINERO CON OTRAS RAMAS DEL DERECHO.1) CON EL DERECHO ADMINSITRATIVOPor los procedimientos en va supletoria.2) CON EL DERECHO LABORAL.Relaciones laborales, en minera se trabaja de da y de noche, se realizan tres guardias de ocho horas.Vida til: N de tonelaje probadas/ produccin diariaVida posible: N de tonelaje posibles/ produccin probable.3) con el derecho agrario: Hay una relacin de importancia por la coexistencia de algunos terrenos agrcolas.El propietario del terreno es diferente del dueo del terreno subterrneo.

PLAN DE CIERRRE: - vida de la mina - produccin diaria - estudio de impacto ambiental - PAMA (PROGRAMA DE MANEJO AMBIENTAL) - Formas de mitigacin de contaminacin.El terreno es cultivable cuando hay labores agrcolas, si se puede expropiar cuando hay necesidad pblica, es decir una mina de larga vida, se toma el inters pblico econmico por que genera grandes divisas.4) CON EL DERECHO PENAL.

DELITOS DE MINERIA: APROPIACION ILICITAHURTODAOSROBOUSURPACIONPROCEDIIMIENTO:A) Denuncia ante la autoridad minera.B) la autoridad minera nombra peritos y establece una diligencia de campo-C) se notifica al denunciado para que acepte o impida la diligencia.Si acepta se le hace un relacionamiento de campo se va a verificar los vrtices.Si hay superposicin y es subterrnea se llama internamiento.Luego el perito va a verificar, cuantificar y si se ha acreditado el delito, se ordena que el denunciado pague al demandante el valor de los peritos y devolver el monto del mineral extrado.Es por ello que el fiscal penal para acusar debe tener ese informe de la investigacin de la autoridad minera.Casos: 1) titular minero vs titular eriazo= procedimiento administrativo.2) titular minero vs titular minero= internamiento. 3) titular minero vs titular minero de beneficio.

a) diligenciamiento del campo para verificar la existencia del dao.Por qu no denunciar hurto o robo del mineral?No se puede porque el titular minero de beneficio no es el titular del mineral solo es una persona que ha pedido permiso para instalar en el terreno de otro su planta de almacenamiento.Ahora en todo caso lo nico que el titular minero de beneficio podra denunciar es daos o usurpacin.Puede haber hurto o robo del mineral, cuando el mineral ya ha sido extrado, este titular es un concesionario minero que tiene derecho para extraer minerales y otros se lo ha hurtado o robado.No hay apropiacin ilcita en procesos de internamiento.4) caso de apropiacin ilcita: cuando a una persona se le encarga que transporte el mineral a otro lugar, y no lo hace se queda con este.5) caso de superposicin de un derecho minero vs zona inteligible (reserva nacional, arqueolgica) Aqu hay hurto en agravio del estado y en caso extraiga los restos arqueolgicos del yacimiento, aqu hay denuncia directa.Pero si la persona est haciendo internamiento y lo que hace es seguir extrayendo el mineral, aqu la autoridad del ministerio del cultivo (agricultura) denunciara daos por posible afectacin a sus estructuras arqueolgicas.

EVOLUCION DE LA LEGISLACION MINERA

4) periodos de minera:a) cdigo de 1901: promulgado por Lpez de Romaa.- era liberal y pluralista.- el estado entregaba las minas de modo absoluto y perpetuo como una propiedad.- Operaba para minerales no metlicos. - se sigui la teora de la accesin, antes el dueo del terreno era dueo de los minerales ahora no. - el cdigo tuvo una influencia francesa.B) cdigo de 1950:- Deca que las minas eran del estado y que eran inalienables e imprescriptibles.- susceptibles de ser entregados en concesin a personas.- fomento la minera dando lugar a tres estamentos:- pequea minera.- mediana minera.- gran minera.- la critica a este cdigo es que es que a los inversionistas se les exoneraba de tributos por quienes aos.- se les facult a que se deduzcan del S- 15 % de minerales por concepto de agotamiento del mineral, fomentando la corrupcin en las divisas de contribuciones (SUNAT)- Este cdigo fue subsumido por una nueva ley creado por Velasco.- este cdigo mantena el canon minero, fue el concejo de minera, en virtud de algunos casos, desaparece los convenios y las famosas sociedades legales (el representante de un grupo de herederos copropietarios de una mina).Decreto ley 18880: gobierno de Velasco Alvarado.- una ley sumamente estatista, por primera vez el estado participa por la autoridad minera empresarial de manera agresiva.- se nacionalizaron las minas.- se crea una autoridad minera que gobern toda la minera del Per llamada MINERO- PER.- se entregaban a los particulares en participaciones.- Si las empresas no cumplan los objetivos mineros del programa o cronograma, revertan al estado.- norma a las personas hbiles e inhbiles para la minera.- se establece procedimientos mineros ms funcionales.- hay un captulo especial de la contratacin minera.d) decreto ley 109: gobierno de Belaunde Terry.- ley privatista, recorta la actividad del estado en la minera.- recoge la tesis de que las minas nos inalienables e imprescriptibles.- regula la contratacin minera y supletoriamente regia el derecho el derecho civil.- regul: contrato de transferencia, cesin, garanta y riesgo compartido.- recort la actividad empresarial del estado con el nico propsito de fomentar la minera. - se establecen beneficios para las concesiones (maquinaria, transportes)e) DECRETO SUPREMO N 014-92-EM (TUO)- antecedente D.L 708 ley de fomento a la inversin minera.- recoge normas del decreto legislativo 109.- es liberal, privatista pero aade un gran elemento: la simplicidad administrativa y as lograr seguridad jurdica a los inversionistas.- cuadriculo al pas para el otorgamiento de concesiones mineras (100 hectreas es una cuadricula)- las personas pueden peticionar 100- 1000 Has en tierra firme.- regula el derecho de vigencia.- el estado mediante procedimiento ms cortos y simplicidad se puede declarar un petitorio admisible y de ser as se le otorga, la concesin por publicacin en el diario oficial el peruano y si no hay oposicin se inscribe el ttulo en los RR.PP-- hay contrato de estabilidad tributaria.- regula ampliamente la contratacin minera.- el estado interviene en la industria minera pero limitadamente.- esta ley tiene conciencia ambientalista.

DIFENCIAS: DENUNCIOS: PETITORIOD.L 109 TUOTRAMITE MS ENGORROSO EL PROCEDIMIENTOS DURA 30-45CONCESIONES MINERASDERECHO O FA|CULTAD QUE OTORGA EL ESTADO A UNA PERSONA NATURAL O JURIDICA A FIN DE QUE PUEDA EXTRAER RECURSOS NO RENOVABLES.1) CARACTERISTICAS- INDIVISIBLES- IRREVOCABLES- ES UN BIEN INMUEBLE2) PARTES: PRINCIPAL Y AUXILIAR.PRINCIPAL: las labores de aprovechamiento de los recursos minerales. Ejm: socavones.AUXILIAR: son aquellos elementos que se encuentran o que estn fijados de manera permanente en la mina y cuya funcin es coadyuvar. Ejemplo maquinaria pesada.3) NATURALEZA: acto jurdico donde la manifestacin del estado est manifestacin en la ley.4) EXTENSION DE CONCESIONES MINERAS:Tierra firme mximo 1000 HAS y mnimo 100 HAS.rea martima mximos a 100 HAS en zona de traslape.Ley 27015 zona urbana y zona de extensin urbana 10 hectreas con un periodo de quinientos metros y doscientos metros. 5) CAUSALES DE EXTINCIN DE CONCESIONES MINERAS. A) nulidad b) caducidad c) cancelacin d) abandono.A) nulidad: cuando ha sido solicitado por persona inhbil. Absoluta: funcionario impedido por la ley: funcionan de alto nivel.Relativa: funcionario en la misma zona donde trabaja (funcionario en su localidad)No pueden ejercer: derechos mineros miembros de las fuerzas armadas y policiales.b) caducidad: cuando hay una superposicin total en un petitorio (concesin minera prioritaria)d) abandono: cuando se otorga el permiso pero no lo publica o no lo da a conocer a la autoridad de tal hecho.6) DERECHOS DE LOS TIUTALARES DE LA CONCESION MINERA:A) Derecho a utilizar terrenos eriazos en formar gratuita (no est sembrado)B) derecho a usar el agua aledaa a la mina.C) derecho a establecer servidumbres.D) derechos a establecer labor general en otra concesin minera aledaa siempre y cuando no afecte.7) OBLIGACIONES DE LOS CONCESIONARIOS MINEROS.A) TENER UNA PRODUCCION ESTANDARIZADA POR AO Y POR HECTAREA.B) REPARAR AL DAO QUE SE HAYA CAUSADO EN OTRAS CONCESIONES C) PERMITIR AL INGRESO DE LA AUTORIDAD MINERA EN CUALQUIER MOMENTO QUE SE SOLICITE.Qu pasa cuando caduca, cancela a abandona a se declara nulidad?Se revierte al estado y luego de un periodo se publican de libre denunciablidad.PAGO DIMINUTO?El concesionario minero paga menos de lo que debera pagar, se cancela el derecho.8) PLAZO DE VIGENCIA DE LA CONCESION MINERA.El plazo es indefinido sujeto a condicin, esto es el pago de derecho de vigencia y lo dems normado en la ley.Excepcin: por crecimiento de la ciudad.9) TIPOS DE CONCESION MINERA POR SU ACTIVIDAD.A) C.M POR BENEFICIOB) C.M TRANSPORTE.C) C.M LABOR GENERAL.D) C.M EXPLOTACION.

a) concesin minera de beneficio: Petitorio: minero con coordenada UTM.Derecho de vigencia en funcin al tonelaje.Cuando son de minerales no metlicos se paga UIT.Para obtener mineral de cabeza y mineral refinado-Capacidad instalado de la concesin de beneficio = tonelaje mtrico.b) concesin minera de transporte:- tambin con petitorio.- se calcula en metro lineal.- derecho de vigencia 0,03 % UIT.- sirve para transportes minerales.c) CONCESION MINERAL DE LABOR GENERAL:-Se forman para ayudar a la explotacin, minera.- Para instalaciones de aire comprimido seguridad, e higiene, ventilacin.D) CONCESION MINERA DE EXPLOTACION:Faculta al titular explotar los recursos minerales en el rea concedida.CASOS ESPECIALES DE CONCESION.A) FRACCIONAMIENTO B) RENUNCIAC) AGRUPAMIENTO

A) FRACCIONAMIENTO: se rompe la colindancia de las concesiones mineras en el rea concedida.B) RENUNCIA: el titular puede renunciar a la concesin minera que ha pedido.C) AGRUPAMIENTO: las concesiones mineras si se pueden agrupar si se cumplen requisitos de fondo.- pertenecen a un mismo titular.- las concesiones mineras deben de estar dentro de un mismo radio de accin.5km = para metlicas. 10 km: para no metlicas.20 km: para aurfero.

Por qu agruparse?= si no explotan por inactividad es cancelada x falta de explotacin Porque si me agrupo puede solo explotar una concesin y dejar a las dems en inactividad.Ejm: no tengo dinero para explotar todas y as evito que me cancelen las otras concesiones por falta de explotacin.Cuando me agrupo formo una actividad econmica administrativa.Otro caso especial: entran a la UEA las que quedan adentro con 70%REQUISITOS: SOLICITUD A LA DIRECCION REGIONAL DE MINERIA SE PONE UN NUEVO NOMBRE PARA EL DERECHOUBICACIN EN COORDENADAS UTMPLANO TOPOGRAFICOANEXOSPAGO 10% UITPAGO DEL DERECHO DE VIGENCIA DNI DEL TITULAR DE LAS CONCESIONES MINERAS.