análisis del régimen de precios de transferencia en colombia

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Análisis del Régimen de Precios de Transferencia en Colombia Carlos Mario Lafaurie Escorce Socio PwC Servicios Legales y Tributarios

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Carlos Mario Lafaurie Escorce Socio PwC Servicios Legales y Tributarios

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Page 1: Análisis del Régimen de Precios de Transferencia en Colombia

Análisis del Régimen de Precios de Transferencia en Colombia

Carlos Mario Lafaurie Escorce Socio PwC Servicios Legales y Tributarios

Page 2: Análisis del Régimen de Precios de Transferencia en Colombia

Temas

•Contexto general •Precios de transferencia y el Convenio para evitar la doble imposición con Chile •Fiscalización

Page 3: Análisis del Régimen de Precios de Transferencia en Colombia

Contexto General

• Principio a valores de mercado - Obligación de considerar precios o márgenes pactados entre terceros

independientes

• Normas sobre vinculación económica - Artículos 260 y 262 Código de Comercio (concepto de subordinación o

control directo o indirecto)

- Artículos 261 y 264 Código de Comercio (concepto de sucursales y agencias)

- Artículo 28 Ley 222 de 1995 (concepto de Grupo Empresarial: vínculo de subordinación y unidad de propósito y dirección)

- Artículo 450 y 452 del Estatuto Tributario (casos de vinculación económica para efectos de IVA)

Page 4: Análisis del Régimen de Precios de Transferencia en Colombia

Contexto General

• Métodos - Precio comparable no controlado

- Precio de reventa

- Costo adicionado

- Partición de utilidades

- Residual de partición de utilidades

- Márgenes transaccionales de utilidad de operación

Page 5: Análisis del Régimen de Precios de Transferencia en Colombia

Contexto General

• Criterios de comparabilidad - Características de las operaciones (financiamiento, prestación de servicios,

derecho de uso o enajenación de bienes tangibles, explotación o transmisión de intangibles, enajenación de acciones)

- Funciones, activos y riesgos

- Términos contractuales

- Circunstancias económicas o de mercado

- Estrategias de negocios

Page 6: Análisis del Régimen de Precios de Transferencia en Colombia

Contexto General

• Mediana de los comparables – Parámetro de ajuste

- De la aplicación de cualquiera de los métodos, cuando existan dos o más

operaciones comparables, se podrá establecer un rango de precios o márgenes que deben ajustarse de acuerdo con métodos estadísticos, en particular el rango intercuartil.

- Si los precios o márgenes de utilidad del contribuyente se encuentran dentro de dichos rangos, se considerarán ajustados a los precios o márgenes pactados por terceros independientes.

- En caso que se encuentren por fuera de rango, se considerará que el precio o margen pactado por terceros independientes es la mediana de dicho rango.

Page 7: Análisis del Régimen de Precios de Transferencia en Colombia

Contexto General

• No aplicación de la limitación a la deducibilidad de costos y gastos

- Aquellos contribuyentes que cumplan con las obligaciones del régimen de precios de transferencia no están sometidos a las limitaciones a la deducibilidad de ciertos costos y gastos (artículos 90, 124 -1, 151, 152 y numerales 2 y 3 del Artículo 312).

- Las operaciones a las cuales se aplique el régimen no están cobijadas con las limitaciones a la deducibilidad de costos y gastos previstas en el Estatuto.

Page 8: Análisis del Régimen de Precios de Transferencia en Colombia

Precios de transferencia y el convenio para evitar la doble imposición con Chile

• Ajustes recíprocos (artículo 9) - En vigencia de un convenio para evitar la doble imposición, si las

autoridades de impuestos realizan un ajuste de precios de transferencia a la parte vinculada del exterior con la que el contribuyente colombiano desarrolló operaciones, la parte relacionada en Colombia “podrá” reflejar dicho ajuste.

• Intereses (artículo 11, numeral 6) - No se aplica este artículo en lo que exceda lo que hubiesen convenido

partes independientes.

Page 9: Análisis del Régimen de Precios de Transferencia en Colombia

Precios de transferencia y el convenio para evitar la doble imposición con Chile

• Regalías (artículo 12, numeral 6)

- No se aplica este artículo a lo que sobrepase la remuneración que habrían

convenido partes independientes.

• No discriminación (artículo 24) - En la medida en que se cumpla con las reglas de precios de transferencia,

los gastos pagados por una empresa de un Estado Contratante, a un residente del otro Estado Contratante, son deducibles, en las mismas condiciones que si hubieran sido pagados a un residente del Estado mencionado en primer lugar.

- Se aplica el mismo principio respecto de las deudas.

Page 10: Análisis del Régimen de Precios de Transferencia en Colombia

Fiscalización

• Ajustes de comparabilidad

- Cuestionamiento de los ajustes por revaluación y por gastos

extraordinarios

• Ajuste por declaración fuera de rango - El contribuyente debe presentar la declaración y el estudio,

reportando información dentro de rango (realizando ajustes a su información financiera que permitan contrarrestar el efecto adverso de ciertas condiciones económicas); de lo contrario es requerido por la Autoridad Fiscal que exigiría el ajuste a la mediana (es poco aceptada la demostración posterior).

Page 11: Análisis del Régimen de Precios de Transferencia en Colombia

Fiscalización

• Intereses

Sobre colocaciones - Se han realizado ajustes de las colocaciones tomando como base tasas de

préstamos internas pactadas por las compañías con Bancos.

Sobre préstamos - Para los préstamos la autoridad fiscal discute la aplicación de tasas

comparables de emisores de deuda, tales como bonos. Este tipo de comparables son válidos cuando se analizan créditos a deudores con alto riesgo y/o con plazos y montos importantes (Leasing por ejemplo).

Page 12: Análisis del Régimen de Precios de Transferencia en Colombia

Fiscalización

• Ajustes a los ingresos

- La Autoridad Fiscal adiciona como comparables a compañías que

desarrollan actividades amplias y no necesariamente las que corresponden a productos específicos.

• Verificación de la vinculación - Algunos contribuyentes que no han interpretado correctamente los

supuestos de vinculación, se han visto abocados a cumplir con el régimen (en especial el numeral 9 del Artículo 450 de E.T.)

• Soportes de servicios – Recepción de beneficios - Actualmente se exige a los contribuyentes la demostración de que

efectivamente recibió un servicio: se exigen soportes como contratos, correos, demostración del incremento de la rentabilidad, etc.