reglamento de evaluacion ley070
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TTULOI
NORMASGENERALES
CAPTULOI
Arculo 1. (Objeto).Normar la evaluacin de los procesos de enseanza y aprendizajes
del desarrollo curricular del Subsistema de Educacin Regular del Sistema
Educavo Plurinacional.
Arculo 2. (Aplicacin).Se aplica en los niveles de Educacin Inicial en Familia Comunita-
ria etapa escolarizada, Educacin Primaria Comunitaria Vocacional y Educacin
Secundaria Comunitaria Producva, en las unidades educavas scales, de
convenio y privadas del Subsistema de Educacin Regular.
Arculo3. (Evaluacin de la enseanza y aprendizajes del desarrollo curricular).Es el
proceso de anlisis y valoracin de la formacin integral y holsca de las y
los estudiantes y la aplicacin de metodologas de maestras y maestros en
el marco del modelo educavo sociocomunitario producvo, que permite ala comunidad educava idencar logros, limitaciones y dicultades en los
procesos educavos a parr de la comprensin, reexin y el dilogo para la
toma de decisiones mediante acciones dinmicas, permanentes y sistemcas,
orientando y reorientando oportunamente la prcca pedaggica.
Arculo 4. (Objevos de la evaluacin del desarrollo curricular).Estn en relacin a los
procesos de enseanza y aprendizajes, estos son:
a) Contribuir a la transformacin social a travs de procesos educavos que den
nfasis en la invesgacin creava y producva como estrategia pedaggica.
b) Contribuir al desarrollo integral y holsco de las y los estudiantes del
Subsistema de Educacin Regular.
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Desarrollo Curricular
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c) Normar la aplicacin de los criterios de valoracin cualitava y cuantava
en cada nivel del Subsistema de Educacin Regular.
d) Brindar informacin de los procesos y resultados de la acvidad educava
a maestras, maestros, a las y los estudiantes, la familia y la comunidad.
e) Orientar el funcionamiento de la Comisin Tcnico Pedaggica en cada
Unidad Educava.f) Orientar y apoyar a maestras, maestros y estudiantes de manera oportuna y
precisa para lograr los objevos propuestos en la formacin integral y holsca.
g) Orientar la evaluacin de estudiantes con necesidades educativas es-
peciales con igualdad de oportunidades y equiparacin de condiciones.
h) Promover procesos de participacin democrtica e integral de las y
los actores de la comunidad educativa para mejorar la evaluacin del
desarrollo curricular.
Arculo 5. (Caracterscas de la evaluacin).Las caracterscas de la evaluacin son:
a) Integral, porque permite el logro del desarrollo de las dimensiones del
Ser, Saber, Hacer y Decidir en las y los estudiantes a travs de los procesos
de enseanza y aprendizajes integrando los campos y reas de saberes y
conocimientos en el desarrollo curricular.
b) Holsca, porque permite la comprensin y valoracin del todo en con-
vivencia armnica y complementaria con la Madre Tierra, el cosmos y
la dimensin espiritual de la vida en interdependencia con la formacin
integral de las y los estudiantes.
c) Cienca, porque es un proceso organizado que uliza instrumentos de ob-servacin, recopilacin, sistemazacin e interpretacin de la informacin
que permite la comprensin de logros y dicultades asumiendo decisiones
pernentes para el desarrollo integral y holsco mediante procesos edu-
cavos vinculados a la realidad.
d) Dialgica y reexiva, porque se deliberan, analizan y valoran los logros, limi-
taciones, dicultades y problemas de los procesos de enseanza y aprendi-
zajes en el marco de una permanente escucha, respeto a las diferencias y el
cumplimiento de responsabilidades, roles con parcipacin equitava de los
actores de la educacin para plantear alternavas de solucin en consenso.e) Orientadora, porque a parr de la informacin que brinda la evaluacin
de los procesos de enseanza y aprendizajes se toman decisiones para
realizar innovaciones, adecuaciones y/o ajustes en los procesos educavos
de acuerdo a las necesidades emergentes.
f) Flexible, porque permite aplicar variedad de estrategias, tcnicas e instru-
mentos de evaluacin de acuerdo a la diversidad sociocultural del pas y
necesidades educavas de las y los estudiantes.
g) Permanente, porque se aplica de forma connua durante los procesos de
enseanza y aprendizajes.
h) Transparente, porque los procesos de valoracin y generacin de informa-
cin en la evaluacin de la enseanza y aprendizajes de las y los estudiantes
se desarrollan de manera clara, responsable e imparcial.
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i) Cualitava y cuantava porque ambas valoran los aprendizajes socio-
comunitarios tomando en cuenta el desarrollo armnico de las cuatro
dimensiones (Ser, Saber, Hacer, Decidir).
CAPTULOIIACTORESDELAEVALUACIN
Arculo 6. (Responsabilidades) I.La evaluacin de los procesos de enseanza y apren-
dizajes del desarrollo curricular es responsabilidad de: la directora o director,
Comisin Tcnico Pedaggica, maestra o maestro, estudiantes, madres y
padres de familia de la Unidad Educava, de acuerdo a los principios de pro-
mocin y prcca de los valores.
1. Responsabilidad de la directora o director de Unidad Educava:
a) Convocar a reuniones a maestras, maestros, madres, padres de familia y
estudiantes para analizar el desarrollo de los procesos educavos y plantear
acciones orientadas a superar las dicultades y problemcas detectadas
en la enseanza y aprendizaje.
b) Realizar seguimiento, supervisin y orientacin a la aplicacin de los ins-
trumentos de evaluacin de las maestras y maestros.
c) Valorar el proceso pedaggico de las maestras y maestros en cuanto a
su metodologa, recursos materiales, organizacin de los espacios deaprendizaje generando una comunicacin dialgica con las y los estu-
diantes.
d) Realizar el control, seguimiento, orientacin y evaluacin al proceso de
enseanza y aprendizajes sobre su pernencia con el Proyecto Sociopro-
ducvo de la Unidad Educava.
e) Centralizar informacin sobre el historial de las y los estudiantes y la do-
cumentacin de maestras y maestros.
2. Responsabilidad de la Comisin Tcnico Pedaggica en cuanto a la eva-luacin:
a) Recibir y/o solicitar informacin sobre los problemas o dicultades que
presentan las y los estudiantes para proponer alternavas de solucin
previo estudio de los casos.
b) Analizar e idencar las dicultades en los procesos educavos tanto de
estudiantes como de maestras y maestros, en los casos que se requiera.
c) Coordinar acciones evaluavas sobre casos especcos y observados de
las y los estudiantes y de las maestras y maestros.
d) Analizar y proponer en los casos de su conocimiento alternavas tcni-
co-pedaggicas para superar las dicultades en los procesos de enseanza
y aprendizajes.
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e) Informar a la directora o director de la Unidad Educava sobre las recomen-
daciones, sugerencias y acciones que deben asumir maestras y maestros
para superar las dicultades de enseanza y aprendizajes.
f) Informar a la Direccin y al Consejo de maestras y maestros sobre los re-
sultados delos procesos de evaluacin.
g) Registrar en actas las actuaciones y resultados de reuniones.
3. Responsabilidad de las maestras y maestros de Unidad Educava:
a) Analizar y reexionar en sesiones tcnico pedaggicas sobre los procesos
de gesn curricular.
b) Orientar y apoyar a las y los estudiantes de manera oportuna y precisa en
los procesos de enseanza y aprendizajes para el logro de los objevos
holscos.
c) Valorar las capacidades, cualidades y potencialidades de las y los estudian-
tes en acvidades personales y en comunidades de trabajo.
d) Registrar y procesar la informacin cualitava y cuantava sobre los
procesos de aprendizajes y la formacin integral y holsca de las y los
estudiantes.
e) Reportar informes, llenado de libretas y documentos virtuales e impresos
sobre el desarrollo de los aprendizajes y evaluaciones de las y los estudiantes.
f) Convocar a reuniones en el momento oportuno a madres, padres de familia
y tutores de las y los estudiantes que presenten dicultades de aprendizaje
para analizar y planicar estrategias orientadas a superar las mismas por
conducto regular.g) Convocar a reuniones a madres, padres de familia y tutores de las y los
estudiantes en los diferentes niveles de Educacin para informar sobre el
desarrollo curricular y analizar, disear estrategias que orienten mejorar los
procesos de enseanza y aprendizajes antes de la nalizacin del bimestre.
Los temas tratados y las conclusiones sern registradas en actas.
h) En los casos requeridos, proporcionar a las y los interesados copias de las
pruebas objevas aplicadas y otros documentos pernentes.
4. Responsabilidad de la y el estudiante:
a) Parcipar de forma acva, creava, compromeda y obligatoria en el de-
sarrollo curricular de los procesos educavos.
b) Asumir con responsabilidad plena el proceso de su formacin en todos los
campos y reas de saberes y conocimientos.
c) Parcipar de los procesos de evaluacin, asumiendo actudes crca, re-
exiva, transparente, respetuosa, ca, puntual y responsable.
d) Requerir informacin oportuna sobre sus procesos de aprendizajes y eva-
luaciones para asumirlas recomendaciones y sugerencias de forma opor-
tuna, as superar sus limitaciones y dicultades.
e) Comunicar oportunamente a sus progenitores o tutores sobre logros y
dicultades de los procesos de aprendizajes.
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f) Promover en sus interrelaciones de la escuela, familia, barrio, zona o co-
munidad actudes de transparencia.
g) Realizar procesos de autoevaluacin a travs de la reexin, responsabili-
dad, honesdad autocrca y madurez.
5. Responsabilidad de la madre, padre de familia o tutores:
a) Asumir su responsabilidad en los procesos de formacin de sus hijas e hijos
de forma permanente.
b) Realizar seguimiento permanente y connuo a la formacin de sus hijas e
hijos, promoviendoel cumplimiento de los deberes escolares y dialogando
sobre sus aprendizajes.
c) Conversar e intercambiar informacin con la maestra o maestro y la Comi-
sin Tcnico Pedaggica y la directora o el director para realizar seguimiento
y apoyo a sus hijas e hijos.
d) Dialogar reexivamente con su hija o hijo sobre las sugerencias y reco-
mendaciones realizadas por la maestra, maestro o la Comisin Tcnico
Pedaggica, asumiendo acciones para superar las dicultades y problemas
de aprendizajes respetando los derechos establecidos en la Ley N 2026
Cdigo del nio, nia y adolescente, de fecha 27 de octubre del 1999 aos.
e) Asisr de manera puntual y responsable a las reuniones convocadas por
la maestra, maestro o autoridad respecva.
II. Tomando en cuenta que el sistema de evaluacin del desarrollo curricu-
lar tiene el propsito de consolidar el logro de los objetivos holsticos, lasy los estudiantes deben recibir el apoyo tcnico-pedaggico de maestras,
maestros, direccin de la Unidad Educativa y la Comisin Tcnico Peda-
ggica junto al acompaamiento de madres y padres de familia de forma
responsable para superar las dificultades detectadas en los procesos de
aprendizajes en prevencin de la repeticin del ao de escolaridad.
CAPTULOIII
EDUCACININCLUSIVA
Arculo 7. (Principio de educacin inclusiva).El Subsistema de Educacin Regular aplica
el principio de Educacin Inclusiva en los procesos de valoracin de acuerdo
a los siguientes criterios:
a) Idencacin de discapacidad, dicultades en el aprendizaje y talento
extraordinario en las y los estudiantes en coordinacin con los Centros de
Educacin Especial donde existan en los casos necesarios.
b) Desarrollo de los procesos de evaluacin con base en adaptaciones curriculares
e instrumentos pernentes brindando igualdad de oportunidades y equipara-
cin de condiciones ulizando lenguajes especiales segn la necesidad.
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c) Evaluacin integral en los casos de personas con discapacidad, dicultades
en el aprendizaje y talento extraordinario aplicada en los centros integrales
mulsectoriales y hogares abiertos por un equipo muldisciplinar confor-
mado por maestras y maestros, psicopedagogos, trabajadores sociales,
psiclogos y mdicos.
CAPTULOIV
EVALUACINALAPOBLACINEDUCATIVAENDESVENTAJASOCIAL
Arculo 8. (Incorporacin de nias y nios en desventaja social).Las nias, nios, adoles-
centes trabajadores y poblacin en desventaja social que por diferentes circuns-
tancias no ingresaron o tuvieron rezago escolar en el Subsistema de Educacin
Regular y que cuenten con una edad menor a 15 aos a enero de la gesn que
postuladeben ser incorporados al nivel o ao de escolaridad correspondiente,
previa valoracin cualitava y cuantava de sus conocimientos.
Arculo 9. (Autorizacin).Para la incorporacin de nias, nios y adolescentes trabajadores
y poblacin en desventaja social al subsistema de educacin regular, la directora
o director de la Unidad Educava instruir mediante memorando a la Comisin
Tcnico Pedaggica para que realice la valoracin respecva de sus conocimientos.
Arculo 10. (Sesin de valoracin).En cumplimiento al instrucvo de la Direccin, la Co-
misin Tcnico Pedaggica ja fecha y hora comunicando a travs de la direccina la o el interesado y/o a sus progenitores o tutores para que se presente en la
Unidad Educava a la valoracin respecva. De ser necesario la o el interesado
ser acompaada o acompaado de sus progenitores o tutores.
Arculo 11. (Informe de la Comisin Tcnico Pedaggica).Una vez realizada la sesin de
valoracin, la Comisin Tcnico Pedaggica elabora el informe respecvo espe-
cicando los resultados cualitavos y cuantavos y la determinacin para que
la o el interesado sea incorporado al nivel y ao de escolaridad que corresponda.
Arculo 12. (Criterios de valoracin).Para la valoracin de sus conocimientos, la Comisin
Tcnico Pedaggica elaborar una prueba escrita y una gua de entrevista u
otro instrumento consensuado con la directora o director con base en los
objevos y contenidos mnimos previstos en los programas de estudio del
nivel y ao de escolaridad que corresponda.
Arculo 13. (Acta de inscripcin).La Comisin Tcnico Pedaggica redacta un acta donde
se establecen los resultados de la valoracin cualitava y cuantava para la
inscripcin de la o el estudiante en un determinado nivel o ao de escolaridad.
Arculo 14. (Acta supletoria de promocin). I.Con base a las valoraciones efectuadas
por la maestra o maestro del ao escolar o reas de saberes y conocimien-
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tos respecvos (primario comunitario vocacional o secundario comunitario
producvo), la directora o director redacta el Acta Supletoria a la Libreta de
Calicaciones, donde se indique los aos de escolaridad que ha cursado en
una gesn escolar y las calicaciones obtenidas para la promocin al ao
de escolaridad que le corresponde.
II.El Acta Supletoria debe ser rmada y archivada por la directora o director
de la Unidad Educava y la Direccin Distrital de Educacin respecva, junto
a los centralizadores de calicaciones de las y los dems estudiantes.
III.La promocin a travs de programas de nivelacin para la poblacin en
desventaja social se aplica slo hasta que la nia o nio alcance al grupo
etreo y ao de escolaridad que le corresponde.
Arculo 15. (Validez legal del acta supletoria).El Acta supletoria ene valor legal y su-
ciente similar a la libreta escolar para esta poblacin educava.
Arculo 16. (Madres y padres de familia o tutores).Las madres y padres de familia o
tutores de nias, nios, adolescentes trabajadores y poblacin en desven-
taja social, asumirn un compromiso de corresponsabilidad en el proceso
formavo de sus hijas e hijos. En los casos necesarios estas acciones sern
coordinadas con la defensora de la niez y adolescencia.
Arculo 17. (Capacitacin de maestras, maestros y administravos).Para brindar atencin
adecuada y pernente a las nias, nios, adolescentes trabajadores y pobla-cin en desventaja social, las maestras, maestros y personal administravo
recibirn cursos de capacitacin cercados por el Ministerio de Educacin.
CAPITULOV
EVALUACINCUALITATIVAYCUANTITATIVA
Arculo 18. (Evaluacin cualitava).Es la valoracin de las capacidades y cualidades de-sarrolladas en funcin de los logros alcanzados por las y los estudiantes en sus
cuatro dimensionesa parr de criterios denidos en el presente reglamento,
debiendo ser expresados en forma literal.
Los resultados de la valoracin cualitava deben tener relacin con los crite-
rios de evaluacin propuestos en el presente Reglamento y ser coherentes
con la valoracin cuantava.
Arculo 19. (Evaluacin cuantava).Es la valoracin de los procesos educavos del de-
sarrollo de cada una de las dimensiones de las y los estudiantes de acuerdo
a los criterios establecidos en la escala valorava en los arculos 33 y 37 del
presente reglamento, debiendo ser expresados numeralmente.
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Arculo 20. (Asistencia regular).La asistencia de las y los estudiantes a todos los procesos
educavos de las diferentes reas de saberes y conocimientos del plan de
estudios es obligatoria.
Los procesos de evaluacin deben considerar la asistencia regular al momento
de la valoracin cualitava y cuantava.
Arculo 21. (Valoracin de experiencias, saberes y conocimientos propios).Conside-
rando que las y los estudiantes desarrollan capacidades y cualidades no slo
en los espacios escolares, sino tambin fuera de ellos, las mismas deben ser
tomadas en cuenta en la valoracin cualitava y cuantava por la maestra
y el maestro.
Arculo 22. (Evaluacin comunitaria).La evaluacin comunitaria se realizar con la
participacin de la maestra o maestro conjuntamente las y los estudiantes
del ao de escolaridad de los mismos, donde se valora el desarrollo cu-
rricular en sus diferentes elementos haciendo notar logros y dificultades.
Los aspectos ms relevantes de esta evaluacin deben ser registrados en
el Cuaderno Pedaggico y asumidos por las maestras, maestros y estu-
diantes.
Los resultados de la evaluacin comunitaria relacionados a los aspectos y
elementos del desarrollo curricular, deben permir reajustar o reorientar
las formas de enseanza y aprendizaje, los contenidos, la misma evaluacin,
el uso de materiales, la organizacin de la clase, los pos de interrelacionesentre las y los sujetos educavos y ser tomados en cuenta por la maestra o
maestro en la evaluacin cualitava y cuantava.
La evaluacin comunitaria debe realizarse mnimamente una vez en el bimes-
tre, con la parcipacin de la madre, padre de familia o apoderado a con-
vocatoria de la maestra o maestro del ao de escolaridad o rea respecva.
Arculo 23. (Autoevaluacin).La autoevaluacin es un proceso de valoracin cualitava
y cuantava que realiza cada estudiante respecto de su desempeo, apro-vechamiento o logros y dicultades durante el desarrollo curricular.
Las y los estudiantes deben asumir con responsabilidad y honesdad el pro-
ceso de autoevaluacin, valorndose respecto de:
El inters demostrado o realizado durante el desarrollo en la clase.
Aportes en la discusin y produccin de saberes y conocimientos.
Cumplimiento de acvidades y tareas asignadas en los procesos educa-
vos.
Creavidad e innovacin demostrada en el desarrollo curricular.
Asistencia a clases (puntualidad, retrasos, ausencias y otros)
Prcca de principios y valores.
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Prcca de la equidad de gnero, igualdad de oportunidades con equipa-
racin de condiciones y despatriarcalizacin.
Lectura crca y reexiva de los diferentes aspectos de la realidad.
Otros desarrolladas por las maestras y maestros.
Los resultados de la autoevaluacin de las y los estudiantes son referentesque deben ser tomados en cuenta por la maestra y maestro en la evaluacin
cualitava y cuantava.
Las maestras y maestros deben promover y fortalecer los eventos de la
autoevaluacin brindando orientaciones y labrando conciencia y respon-
sabilidad.
La autoevaluacin debe realizarse de forma paralela a la evaluacin bi-
mestral.
CAPTULOVI
PROMOCIN
Arculo 24. (Promocin). I.En el nivel de Educacin Inicial en Familia Comunitaria la
promocin se da al cumplimiento del plan de estudios.
II.En Educacin Primaria Comunitaria Vocacional, se establece la Promocindel ao de escolaridad habiendo cumplido estricta y obligatoriamente todas
las acvidades programadas en el plan de estudios de los campos y reas
de saberes y conocimientos en los bimestres correspondientes mediante el
seguimiento, apoyo y acompaamiento de la maestra o el maestro a las y los
estudiantes, segn valoracin cualitava y cuantava con base a la forma-
cin integral y el logro de resultados y productos planteados en los objevos
holscos. La evaluacin de las nias y nios austas se valorar de acuerdo
a procedimientos especcos.
III.En Educacin Secundaria Comunitaria Producva, la promocin de un ao
al siguiente ao de escolaridad es consecuencia del cumplimiento de las acvi-
dades programadas en el plan de estudios segn valoracin cualitava y cuan-
tava. Las y los estudiantes que obtengan promedios anuales menores a 51
en una o ms reas de saberes y conocimientos pierden el ao de escolaridad.
IV.Las y los estudiantes con talento extraordinario u otros casos especiales
que demuestren sus logros educativos en un ao de escolaridad pueden
ser promovidos al ao inmediato superior previo informe de evalua-
cin integral de las maestras y maestros correspondientes y la Comisin
Tcnico Pedaggica como requisito indispensable segn reglamentacin
especfica.
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CAPTULOVII
EVALUACINDELASDIMENSIONESDELAYELESTUDIANTE
Arculo 25. (Arculacin y complementacin).La evaluacin en los tres niveles de formacin
del Subsistema de Educacin Regular se desarrolla en forma arculada y comple-mentaria a travs del abordaje y valoracin de las dimensiones, y comprende:
1. SER:
En esta dimensin se valora:
a) La expresin de actudes, senmientos, emociones y pensamientos que to-
men en cuenta los principios y valores sociocomunitarios propios y diversos.
b) Las prccas de unidad, igualdad, inclusin, dignidad, libertad, solidari-
dad, reciprocidad, respeto, complementariedad, armona, transparencia,equilibrio, igualdad de oportunidades, equidad social y de gnero en la
parcipacin, bienestar comn, responsabilidad, juscia social, distribu-
cin y redistribucin de los productos y bienes sociales.
c) Desarrollo y fortalecimiento de su idendad personal, familiar y de rela-
ciones interculturales.
2. SABER:
En esta dimensin se valora:
a) La capacidad de comprensin de saberes y conocimientos propios y di-
versos de manera crca, reexiva y proposiva.
b) Aplicacin de los conocimientos ciencos, tcnico tecnolgicos y arscos
propios y de otros contextos desarrollados en los procesos educavos con
un alto nivel de profundidad y amplitud.
c) La comprensin y expresin de la realidad desde diversas lgicas de pensamiento.
d) La capacidad de idencacin de sus progresos, logros, dicultades y
sistemazacin de los procesos de aprendizajes.
3. HACER:
En esta dimensin se valora:
a) El desarrollo de habilidades y destrezas en la aplicacin de saberes y co-
nocimientos cienco tcnico tecnolgicos en la prevencin y resolucin
de problemas de la realidad.
b) La produccin de saberes y conocimientos ciencos tcnico tecnolgicos
propios y de otros contextos y de ulidad social.
c) La capacidad creava en la produccin terica, tcnico tecnolgicos, las
expresiones arscas, culturales y acvidades deporvas en el marco de
las cosmovisiones y la diversidad cultural.
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d) La acvidad invesgava para la transformacin de su realidad.
e) El desarrollo de su curiosidad, la experimentacin, la capacidad de obser-
vacin, la indagacin, la exploracin, el descubrimiento y la creavidad
relacionadas a las acvidades codianas en la familia, la comunidad, zona,
barrio y escuela.
4. DECIDIR:
En esta dimensin se valora:
a) La capacidad de tomar decisiones a parr de la lectura de la realidad y con
pernencia en empo y espacio.
b) La capacidad de organizacin estableciendo consensos, el compromiso
social y las prccas de cambio y transformacin bajo el enfoque desco-
lonizador.
c) La responsabilidad en las acciones propias, con los grupos comunitarios,
la Unidad Educava, la familia y la zona, barrio o comunidad.
d) Las decisiones con sendo comunitario frente a situaciones conicvas y
problemcas en relacin con la realidad y la vida.
e) La posicin crca sobre hechos sociales, histricos y la realidad de su
entorno.
f) La disposicin a ejecutar diversas acvidades con iniciava propia, aut-
noma y comunitaria en armona y reciprocidad.
g) El asumir las decisiones para transformar la realidad a parr de lectura de
la situacin polca, econmica y social.
El Decidir se evala en complementariedad con el Ser y en relacin con el
Saber y el Hacer.
Arculo 26. (Adecuacin al ao de escolaridad). Estas orientaciones generales deben ade-
cuarse al ao de escolaridad respecvo de acuerdo a los planes y programas
de estudio y a los objevos holscos de cada rea desarrollado o aplicado
en el plan de clase.
TTULOII
EVALUACINDELOSNIVELESDEFORMACIN
CAPTULOI
EDUCACININICIALENFAMILIACOMUNITARIA
Arculo 27. (Evaluacin en Educacin Inicial en Familia Comunitaria).En Educacin
Inicial en Familia Comunitaria escolarizada, se establece la Promocin del
ao de escolaridad habiendo cumplido estricta y obligatoriamente todas las
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acvidades programadas en el plan de estudios de los campos de saberes y
conocimientos en los bimestres correspondientes despus del seguimiento,
apoyo y acompaamiento de la maestra o el maestro a las y los estudiantes
segn valoracin cualitava con base a la formacin integral y el logro de
resultados y productos planteados en los objevos holscos.
Arculo 28. (Comunicacin a las madres, padres o tutores). La libreta escolar constuye
el documento de comunicacin a las madres, padres de familia o tutores en
el que se describen los logros y dicultades de los procesos educavos de la
o el estudiante que consta enla libreta escolar y el cuaderno pedaggico de
la maestra o el maestro y los instrumentos de evaluacin.
La informacin contemplada en la libreta escolar de la y el estudiante, es la valo-
racin y el instrumento que le permite acceder al siguiente nivel de escolaridad.
CAPTULOII
EDUCACINPRIMARIACOMUNITARIAVOCACIONAL
Arculo 29. (Evaluacin en Educacin Primaria Comunitaria Vocacional).La evaluacin
en este nivel de formacin es cualitava y cuantava.
Arculo 30. (Evaluacin cualitava).Es la expresin literal de la valoracin de los resul-
tados obtenidos en los procesos educavos en cada uno de los campos de
saberes y conocimientos en relacin al desarrollo de las dimensiones de lao el estudiante de acuerdo a los criterios establecidos en el Arculo 25 y 33
del presente Reglamento.
Para una adecuada valoracin se har uso de instrumentos de evaluacin a
parr de criterios preestablecidos, registrndose en el cuaderno pedaggico
de la maestra y maestro.
Arculo 31. (Evaluacin cuantava). Es la expresin numrica de la valoracin de los
resultados obtenidos en los procesos educavos en cada uno de los camposde saberes y conocimientos en relacin al desarrollo de las dimensiones de
la o el estudiante y coherente con la evaluacin cualitava de acuerdo a los
criterios establecidos en el Arculo 34 del presente Reglamento.
Para su valoracin adecuada se har uso de instrumentos de evaluacin a parr
de criterios preestablecidos registrndose en el cuaderno pedaggico.
Arculo 32. (Valoracin cualitava y cuantava).Los resultados de la valoracin cua-
litava y cuantava de las y los estudiantes se registraran en el cuaderno
pedaggico de la maestra o el maestro e instrumentos de comunicacin para
conocimiento de las madres y padres de familia, tutores, la Comisin Tcnico
Pedaggica y la comunidad educava.
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La valoracin de las dimensiones del Ser, Saber, Hacer y Decidir deben estar
en interrelacin, equilibrio y complementariedad entre todas las dimensiones.
La libreta escolar es el instrumento de comunicacin de los resultados de la
valoracin de los procesos de aprendizaje.
Arculo 33. (Valoracin de las dimensiones). La valoracin del desarrollo de las dimen-
siones y/o saberes y conocimientos se har con base a la siguiente escala:
Valoracin
cuantava
DimensionesPromedio
Ser Saber Hacer Decidir
20 30 30 20
1 100
Arculo 34. (Criterios de valoracin cualitava).Para la valoracin de las dimensiones
se toman los siguientes criterios:
1. SER:
En esta dimensin se valora:
a) La expresin de actudes, senmientos, emociones y pensamientos quetomen en cuenta los principios y valores sociocomunitarios.
b) Las prccas de unidad, igualdad, inclusin, dignidad, libertad, solidari-
dad, reciprocidad, respeto, complementariedad, armona, transparencia,
equilibrio, igualdad de oportunidades, equidad social y de gnero en la
parcipacin, bienestar comn, responsabilidad, juscia social, distribu-
cin y redistribucin de los productos y bienes sociales.
c) Desarrollo y fortalecimiento de su idendad personal, familiar y de rela-
ciones interculturales.
d) La puntualidad y cumplimiento de sus deberes escolares.
2. SABER:
En esta dimensin se valora:
a) La capacidad de comprensin de saberes y conocimientos propios y di-
versosde manera crca, reexiva y proposiva.
b) Manejo de los conocimientos cientficos, tcnico tecnolgicos y ar-
tsticos propios y de otros contextos desarrollados en los procesos
educativos.
c) La comprensin y descripcin de la realidad a parr de su experiencia.
d) La capacidad de idencacin de sus logros y dicultades de aprendizajes.
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3. HACER:
En esta dimensin se valora:
a) El desarrollo de habilidades y destrezas en la aplicacin de saberes y cono-
cimientos cienco tcnico tecnolgicos para comprender su realidad.b) El manejo adecuado de herramientas simples de tcnicas y tecnolgicas
propios y de otros contextos.
c) Producciones de textos orales y escritos sencillos a parr de su realidad,
sobre manifestaciones sociales, comunitarias, econmicas en el marco de
la cosmovisin y la diversidad cultural.
d) La prcca de principios y valores de la familia en la escuela y la comunidad.
e) La exposicin de ideas a parr de los resultados de la invesgacin sobre
diferentes fenmenos de su realidad.
f) La prcca de las formas de prevencin, cuidado y conservacin del agua
y la contaminacin de Madre Tierra.
g) La capacidad de observacin, la exploracin, la curiosidad, la indagacin,
la experimentacin, el descubrimiento y la creavidad relacionadas a las
acvidades codianas en la familia, la comunidad, zona o barrio y escuela.
4. DECIDIR:
En esta dimensin se valora:
a) La capacidad de tomar decisiones a parr de la lectura de la realidad conpernencia en empo y espacio.
b) La capacidad de organizacin para sus acvidades codianas.
c) Las decisiones asumidas en situaciones conicvas y problemcas.
d) La posicin reexiva sobre hechos sociales, histricos y la realidad de su entorno.
e) La disposicin a ejecutar diversas acvidades con iniciava propia, aut-
noma y comunitaria en armona y reciprocidad.
CAPTULOIIIEDUCACINSECUNDARIACOMUNITARIAPRODUCTIVA
Arculo 35. (Evaluacin promocional).La valoracin cuantava equivalente a 51 puntos en
la escala de 1 a 100 como resultado del desarrollo de las dimensiones posibilita
a la y el estudiante la promocin al ao de escolaridad inmediato superior.
La valoracin cuantava anual es la suma de las calicaciones obtenidas en
los cuatro bimestres.
Las y los estudiantes que obtengan promedios anuales menores a 51 en una
o ms reas de saberes y conocimientos pierden el ao de escolaridad.
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Arculo 36. (Valoracin cuantava y cualitava).La valoracin cuantava y cualita-
va de las y los estudiantes se registra en instrumentos de seguimiento y
comunicacin de la maestra o el maestro para conocimiento de las madres
y padres de familia, la Comisin Tcnico Pedaggica y la Unidad Educava.
Arculo 37. (Valoracin sasfactoria). Las y los estudiantes que obtengan una valoracinsasfactoria como consecuencia de la sumatoria de los resultados del desa-
rrollo de las dimensiones y/o saberes y conocimientos sern promovidos al
ao de escolaridad inmediato superior con base en la siguiente escala:
Valoracin
cuantava
DimensionesPromedio
Ser Saber Hacer Decidir
20 30 30 20
51 100 promovido
1 50 retenido
Arculo 38. (La valoracin cualitava). Es la valoracin de los resultados obtenidos en los
procesos educavos en cada uno de los campos de saberes y conocimientos
en relacin al desarrollo de las dimensiones de la o el estudiante de acuerdo
a las siguientes orientaciones generales:
1. SER:
En esta dimensin se valora:
a) La expresin de actudes, senmientos, emociones y pensamientos que
tomen en cuenta los principios y valores sociocomunitarios.
b) Las prccas de unidad, igualdad, inclusin, dignidad, libertad, solidari-
dad, reciprocidad, respeto, complementariedad, armona, transparencia,
equilibrio, igualdad de oportunidades, equidad social y de gnero en la
parcipacin, bienestar comn, responsabilidad, juscia social, distribuciny redistribucin de los productos y bienes sociales.
c) Desarrollo y fortalecimiento de su idendad personal, familiar y de rela-
ciones interculturales.
2. SABER:
En esta dimensin se valora:
a) La capacidad de conocimiento de saberes y conocimientos propios y di-
versos de manera crca, reexiva y proposiva.
b) Conocimiento de las tradiciones, creencias, valores co-morales y comu-
nitarios
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c) Manejo de los conocimientos ciencos, tcnico tecnolgicos y arscos
propios y diversos desarrollados en los procesos educavos con un alto
nivel de profundidad y amplitud.
d) La comprensin y expresin de la realidad desde diversas lgicas de pen-
samiento.
e) La capacidad de anlisis de la realidad local, regional e internacional desdeuna postura crca.
f) Las manifestaciones de ideas, conjeturas, hiptesis, proposiciones en re-
lacin a los diferentes aspectos de la realidad en procesos parcipavos
y discusiones.
g) Comprensin e interpretacin de la realidad polca, econmica y social
y planteamiento de proposiciones para la transformacin de las mismas.
h) La capacidad de idencacin de sus progresos, logros, dicultades y
sistemazacin de los procesos de aprendizajes.
3. HACER:
En esta dimensin se valora:
a) El desarrollo de habilidades y destrezas en la aplicacin de saberes y co-
nocimientos cienco tcnico tecnolgicos propios y de otros contextos
en la prevencin y resolucin de problemas de la realidad.
b) La produccin de textos a parr de la teorizacin de los contenidos relacio-
nados a los diferentes aspectos la realidad local, regional e internacional.
c) La elaboracin y aplicacin de instrumentos para el recojo de informacin
de fuentes primarias y secundarias.
d) La recopilacin de historias de vida como fuente y estrategia de aprendizaje
sobre la realidad.
e) La parcipacin acva y colaborava en los procesos de discusin de los
temas que se abordan en la clase.
f) Anlisis de las teoras, principios y leyes que rigen el comportamiento de
la materia y energa en la salud de la madre erra.
g) Prccas de salud integral aplicando saberes y conocimientos propios y
de la diversidad cultural.h) La aplicacin de las ciencias exactas en el desarrollo de los proyectos so-
cioproducvos.
i) La prcca de la lengua originaria, el castellano y una extranjera como
medio de comunicacin e interaccin con los dems en diferentes situa-
ciones y contextos.
j) La produccin e innovacin tcnica, tecnolgica y arsca con base en la
invesgacin crca de hechos y fenmenos sociales y naturales a parr
de las experiencias y codianidad de las y los estudiantes.
k) Produccin de conocimientos en base a sus experiencias en la escuela,
familia y el contexto local.
l) El desarrollo de su curiosidad, la experimentacin, la capacidad de obser-
vacin, la indagacin, la exploracin, el descubrimiento y la creavidad
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relacionadas a las acvidades codianas en la familia, la comunidad, zona,
barrio y escuela.
4. DECIDIR:
En esta dimensin se valora:
a) La capacidad de tomar decisiones a parr de la lectura de la realidad y con
pernencia en empo y espacio.
b) La capacidad de organizacin estableciendo consensos, el compromiso social y
las prccas de cambio y transformacin bajo el enfoque descolonizador.
c) La responsabilidad en las acciones propias, con los grupos comunitarios,
la unidad educava, la familia y la zona, barrio o comunidad.
d) Las decisiones con sendo comunitario frente a situaciones conicvas y
problemcas en relacin con la realidad y la vida.
e) La posicin crca sobre hechos sociales, histricos y la realidad de su entorno.
f) La disposicin a ejecutar diversas acvidades con iniciava propia, aut-
noma y comunitaria en armona y reciprocidad.
g) El asumir las decisiones para transformar la realidad a parr de lectura de
la situacin polca, econmica y social.
En Educacin Secundaria Comunitaria Producva las y los estudiantes que
obtengan promedios anuales menores a 51 en una o ms reas de saberes
y conocimientos pierden el ao de escolaridad.
Arculo 39. (Porcentaje de retenidos). El porcentaje de retenidos en un ao de esco-
laridad por rea, no debe superar lo establecido en el Arculo 33, numeral
III; Reglamento del Escalafn Decreto Supremo N 04688; caso contrario se
aplicar el Reglamento de Faltas y Sanciones.
CAPITULOIV
EVALUACINPERMANENTEYCONTINUA
Arculo 40. (Evaluacin permanente y connua).Con el propsito de fortalecer los procesos
de enseanza y aprendizaje las y los estudiantes deben recibir apoyo y acompa-
amiento permanente y connuo de maestras y maestros, madres y padres de
familia, la Comisin Tcnico Pedaggica y la direccin de la Unidad Educava para
lograr el desarrollo de las dimensiones (Ser, Saber, Hacer, Decidir) en relacin a
los objevos holscos propuestos en el ao de escolaridad respecvo.
La transicin de un ao de escolaridad a otro superior es consecuencia de
la valoracin cualitava y cuantava de los resultados obtenidos por la y el
estudiante, para ello la directora o el director conjuntamente las maestras y
maestros, la Comisin Tcnico Pedaggica y con el apoyo de madres y padres
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de familia son corresponsables de realizar las acciones necesarias y oportunas
para este comedo.
Las evaluaciones escritas, orales y producvas deben ser acvidades recu-
rrentes en la prcca pedaggica de la maestra y maestro, registrando el
resultado de los mismos en los cuadernos pedaggicos. Estas acciones de-ben ser controladas y vericadas por la directora o el director de la Unidad
Educava evitando la improvisacin.
En los casos necesarios la maestra, maestro, directora o el director comuni-
car a la Comisin Tcnico Pedaggica de las dicultades detectadas en el
proceso evaluavo.
La Comisin Tcnico Pedaggica, previo anlisis de las dicultades detectadas,
har conocer sus criterios y recomendaciones tcnico pedaggicas para que
la maestra o el maestro y estudiantes asuman las mismas y ser informado a
la madre o padre de familia para su acompaamiento.
Arculo 41. (Apoyo y acompaamiento). Las y los estudiantes que presenten diculta-
des en sus aprendizajes y el desarrollo de sus dimensiones recibirn apoyo
y acompaamiento permanente y connuo para superar las dicultades,
siendo la o el estudiante, maestras, maestros, directora o director, la Comisin
Tcnico Pedaggica, las madres y padres de familia responsables de realizar
las acciones necesarias y pernentes.
Con el objevo de superar las dicultades de enseanza y aprendizajes las maes-
tras y maestros desarrollan acciones de reforzamiento, evaluaciones complemen-
tarias, retroalimentacin, adecuaciones curriculares y otras acciones pernentes
para alcanzar los objevos holscos propuestos en la planicacin de clase.
Arculo 42. (Entrega de informes).La entrega de los informes a las y los estudiantes y
madres y padres de familia sern mensuales (de forma oral y de acuerdo a
requerimiento de interesados), bimestrales y anuales de la siguiente manera:
a. Las maestras y los maestros deben hacer entrega de informes documenta-
dos a la Direccin de la Unidad Educava y comunicar a madres y padres
de familia y estudiantes.
b. Los informes que sean presentados a la Direccin por las maestras y los
maestros con las valoraciones respecvas, no deben ser alterados de
acuerdo al Arculo 11, Inciso l) del Reglamento de Faltas y Sanciones del
magisterio y personal docente y administravo, aprobado mediante Re-
solucin Suprema N 212414 de fecha 21 de abril de 1993.
c. La informacin presentada a la Direccin goza del derecho a la privacidad a
favor de las y los estudiantes. Sin embargo, a pecin de maestras, maes-
tros, direcvos de madres y padres de familia y el estudiante interesado
se encuentra a disposicin de los mismos.
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Artculo 43. (Seguimiento y supervisin). I.La directora o el director debe realizar control
y seguimiento a la elaboracin y aplicacin de instrumentos de evaluacin.
II.Los instrumentos de evaluacin oral y escrita, deben ser previamente pla-
nicadas y elaboradas de acuerdo a criterios tcnico pedaggicos autorizadas
y controladas por la directora o el director de Unidad Educava.
III.La informacin de estudiantes en los registros, cuaderno pedaggico y
otros deben ser reales y coherentes, tomando en cuenta promovidos, aban-
donos, rerados y retenidos.
IV.Se prohbe todo po de discriminacin al hacer gurar como estudiante
abanderado o en otro po de representaciones como consecuencia de in-
uencias o favorismos.
V. Se prohbe todo po de discriminacin en los procesos de evaluacin,
siendo la imparcialidad, transparencia aspectos que deben guiar la actuacin
de todas y todos los actores de la educacin.
CAPTULOV
APOYOYSEGUIMIENTO
Arculo 44. (Dicultades en los aprendizajes).De presentarse dicultades en el logrode los objevos de los procesos de aprendizajes por las y los estudiantes,
las maestras y maestros del ao de escolaridad y rea de saberes y conoci-
miento respecvo y de manera consensuada entre ellos, intervendrn de
forma oportuna para realizar adaptaciones curriculares y otras acciones
con apoyo de la Comisin Tcnico Pedaggica y conocimiento de las ma-
dres y padres de familia para solucionar las mismas y fortalecer el proceso
educavo.
Arculo 45. (Adaptaciones curriculares).Son planicaciones curriculares que realizan lamaestra y maestro para superar las dicultades de aprendizaje de las y los
estudiantes y lograr los objevos holscos y el desarrollo adecuado de las
dimensiones, ajustando contenidos, metodologas, materiales, instrumentos
y tcnicas de evaluacin tomando en cuenta sus parcularidades.
Arculo 46. (Apoyo permanente).Siendo la evaluacin un proceso connuo y exible, el
apoyo complementario que brinde la maestra y el maestro es permanente,
siendo ste a travs de adaptaciones curriculares u otras formas deben ser
pernentes y oportunos, sin ningn po de discriminacin o inters individual
o de grupo de parte de la maestra, maestro, directora o director, de acuerdo
a las necesidades de las y los estudiantes. Adems del acompaamiento
permanente de la madre y padre de familia.
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El apoyo tcnico pedaggico a las y los estudiantes con dicultades en los
procesos de aprendizaje debe ser realizado de forma permanente, pernente
y oportuna, con refuerzos didccos coherentes con los contenidos desarro-
llados en los procesos educavos para las evaluaciones.
Arculo 47. (Apoyo complementario).Si la evaluacin permanente y connua determinabajos resultados en los procesos educavos en uno o ms estudiantes de un
ao de escolaridad se deber disear e implementar de inmediato procesos
de apoyo complementario educavo que consisrn en:
a) Clases de reforzamiento por pares o en grupo realizado por la misma
maestra o maestro de ao de escolaridad o rea.
b) Tutoras desarrolladas en la clase con la misma maestra o maestro de ao
de escolaridad o rea, u otra maestra o maestro de la misma rea o ao
de escolaridad.
c) La maestra y el maestro har seguimiento y revisar los trabajos que la o
el estudiante realice durante los procesos de apoyo y reforzamiento.
d) El apoyo y formacin complementaria debe ser diseado de acuerdo a las
necesidades de las y los estudiantes y segn la normava especca.
e) El bajo rendimiento en los procesos educavos en uno o ms estudiantes de
un ao de escolaridad se atender con la aplicacin de procesos de apoyo
complementario educavo de acuerdo a un cronograma para que la madre y
el padre de familia o apoderado tome en cuenta en su hogar o familia.
CAPTULOVI
COMISINTCNICOPEDAGGICA
Arculo 48. (Comisin Tcnico Pedaggica).La Comisin Tcnico Pedaggica es la instancia
de la Unidad Educava de apoyo tcnico pedaggica a la gesn curricular
para atender de manera tcnico pedaggica oportuna y adecuada en casos
de estudiantes con dicultades de aprendizaje y talentos extraordinarios.
Idencados los logros y dicultades de las y los estudiantes, la Comisin
Tcnico Pedaggica propondr el apoyo pedaggico con sesiones de apoyo
pedaggico con sesiones de reforzamiento, adaptaciones curriculares y/o se-
gunda instancia de evaluacin terico-prcca; valoravo producvo, debiendo
realizarse todas estas acciones antes de la conclusin de los bimestres.
Las decisiones y recomendaciones de la Comisin Tcnico Pedaggica se
toman por consenso, debiendo las mismas ser asumidas por las maestras y
maestros correspondientes.
Arculo 49. (Composicin de la Comisin Tcnico Pedaggica).En Educacin Inicial en
Familia Comunitaria escolarizada est conformada por la directora o director
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de la Unidad Educava y un representante de las maestras y maestros por
ao de escolaridad.
En Educacin Primaria Comunitaria Vocacional est conformada por la direc-
tora o director de la Unidad Educava, una o un representante de las maestras
y maestros por ao de escolaridad.
En Educacin Secundaria Comunitaria Producva est conformada por maes-
tras y maestros representantes de cada campo de saberes y conocimientos
y una o un representante del gobierno estudianl.
Arculo 50. (Organizacin de la Comisin Tcnico Pedaggica).La comisin tcnico
pedaggica est organizada por: una o un presidente y un o una secretara,
elegidos entre las maestras y maestros componentes de la Comisin.
En unidades educavas asociadas que cuenten con uno hasta cuatro maestras
o maestros, los mismos sern responsables de la Comisin Tcnico Pedaggica
junto a una o un representante del gobierno estudianl.
Arculo 51. (Funciones de la Comisin Tcnico Pedaggica).La Comisin Tcnico Peda-
ggica ene las siguientes funciones:
a) Conocer temas pernentes para el desarrollo de los procesos educavos
y la formacin integral y holsca de las y los estudiantes en el marco del
modelo educavo sociocomunitario producvo.b) Deliberar sobre las formas de intervencin en la deteccin de debilidades
y limitaciones de las y los estudiantes en los procesos educavos para la
toma de acciones oportunas en benecio de las y los mismos.
c) En coordinacin con la directora o director programar y realizar sesiones
con maestras y maestros, donde se traten temas orientados al mejora-
miento del desarrollo curricular.
d) Apoyar a maestras y maestros en la gesn curricular.
e) Realizar reuniones bimestrales de forma obligatoria a convocatoria de la
Direccin. En casos de necesidades fundamentadas se reunir de maneraextraordinaria en cualquier momento.
f) A propuesta fundamentada de las y los interesados (maestras y maestros
de ao de escolaridad o rea de saberes y conocimientos) analizar los casos
e informar a la directora o el director acerca de la necesidad de brindar
una atencin pernente a las y los estudiantes para alcanzar el logro de
los objevos holscos.
g) Para el funcionamiento de la Comisin Tcnico Pedaggica, las maestras
y los maestros del ao de escolaridad o rea de saberes y conocimientos,
debern proveer toda la informacin necesaria para su anlisis y tomar
criterio.
h) Las sesiones de la Comisin Tcnico Pedaggica llevarn actas de cada una
de las sesiones.
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i) La Comisin Tcnico Pedaggica presentar informes a la directora o el di-
rector con sugerencias de soluciones que benecien a las y los estudiantes
con dicultades, limitaciones y de ponderacin para las y los de talento
extraordinario y con desventaja social.
TTULOIII
CAPTULOI
INSTRUMENTOSDEEVALUACIN, SEGUIMIENTOYCOMUNICACIN
Arculo 52. (Uso de instrumentos de evaluacin).Para la valoracin del logro de los ob-
jevos holscos deben ulizarse instrumentos de seguimiento que permitan
contar con informacin pernente y oportuna plasmados en el Cuaderno
Pedaggico, el mismo que contemplar la valoracin cualitava y cuanta-
va de las y los estudiantes en relacin al desarrollo de las dimensiones (Ser,
Saber, Hacer y Decidir).
Arculo 53. (La libreta escolar).La libreta escolar es el instrumento de comunicacin
ocial y de acreditacin de los resultados logrados por las y los estudiantes.
En el nivel de Educacin Inicial en Familia Comunitaria, es un instrumento
de acreditacin que expresa la valoracin cualitava de los resultados alcan-
zados.
En los niveles de Educacin Primaria Comunitaria Vocacional y Educacin
Secundaria Comunitaria Producva expresa la valoracin cualitava y cuan-
tava constuyndose en un documento de acreditacin promocional.
Arculo 54. (Comunicacin oportuna).Los resultados del desarrollo curricular y aprove-
chamiento deben comunicarse oportuna y de forma permanente a las y los
estudiantes, madres y padres de familia y/o tutores.
A pecin de las y los estudiantes, las maestras y maestros enen la obliga-
cin de brindar la informacin solicitada de forma oportuna, respecto de los
resultados de la evaluacin cualitava y cuantava.
Arculo 55. (Instrumentos de seguimiento). La valoracin del desarrollo de las y los es-
tudiantes se registrar en instrumentos de seguimiento y comunicacin de
forma obligatoria por la maestra o el maestro.
Los cuadernos pedaggicos son instrumentos de uso obligatorio para la
maestra y maestro donde se registra el avance de contenidos, la programa-
cin de evaluaciones, variables evaluavas y funcionalidad de resultados
y productos.
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Todos los instrumentos de registro de resultados de evaluaciones deben
tener relacin a la valoracin de las cuatro dimensiones del desarrollo de la
o el estudiante.
Arculo 56. (Bolenes de promocin).Los bolenes de promocin anual enen como ob-
jevo dar una informacin nal; stos deben ser remidos en medio impresoy digital hasta la Direccin Distrital y Direccin Departamental de Educacin
respecva, previa vericacin de su consolidacin en el Sistema de Informa-
cin Educava. Esta informacin posteriormente servir para vericar los
aos de escolaridad y extender la cercacin de los mismos a estudiantes
que as lo requieran.
CAPTULOII
DISPOSICIONES
COMPLEMENTARIAS
Arculo 57. (Homologaciones).La incorporacin de estudiantes nacionales y extranjeros
provenientes de otros pases se regir a los acuerdos y convenios de homo-
logaciones rmados con los Estados respecvos.
Arculo 58. (Valoracin nica).La valoracin o calicacin a las evaluaciones relacionadas a
trabajos prccos, repasos, exmenes tericos y/u orales, resultados o produc-
tos, materiales o inmateriales deben tener una sola ponderacin cuantava.
No deben exisr diferencias considerables en la valoracin de un mismo po
de trabajo realizado por las y los estudiantes evitando la discriminacin.
Arculo 59. (Cobro de recursos econmicos).Queda terminantemente prohibido el co-
bro de recursos econmicos para la asignacin valorava de puntaje a la o el
estudiante para realizar ferias, informes, llenado de libretas, para remplazar
un trabajo prcco, repaso u otra situacin.
Sern de aplicacin irrestricta del reglamento de faltas y sanciones
Arculo 60. (Valoracin dirigida).Bajo ninguna circunstancia se puede asignar puntajealguno en sus calicaciones a las y los estudiantes como forma de colabo-
racin en las reas de saberes y conocimientos, resultado del apoyo a un
estudiante con bajas calicaciones, esta situacin debe ser tratada por la
Comisin Tcnico Pedaggica, quienes sugerirn las acciones que se deben
asumir para solucionar la dicultad de la y el estudiante, conforme al regla-
mento de faltas y sanciones.
Arculo 61. (Valoracin de trabajos diversos).Los trabajos prccos, informes, resmenes
u otros deben ser realizados por las y los estudiantes en la unidad educava
y en presencia de la maestra o el maestro ya que enen la nalidad de desa-
rrollar capacidades y cualidades contempladas en la dimensin del saber y
hacer para su formacin integral. Estn prohibidos hacer entrega de trabajos
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plagiados, adquiridos del mercado, elaborados fuera de la Unidad Educava
o realizada por madres o padres de familia.
La valoracin cualitava y cuantava a los trabajos prccos debe estar en
relacin a la ulidad y funcionalidad de los mismos, ms all de lo estco
o suntuosidad solamente.
Los trabajos prccos que se proyectan y desarrollan en las diferentes reas
de saberes y conocimiento humanscos o tcnicos, deben ser trabajados
por la o el estudiante con apoyo y orientacin de las maestras y los maestros
en las horas respecvas del horario escolarlo que signica no hacerlo en la
casa o en otros lugares. Adems, deben ser supervisadas, acompaados y
apoyados en su elaboracin, construccin y produccin por las maestras y
los maestros durante todo el proceso de su elaboracin. La valoracin de los
trabajos prccos, por tanto, ser de los procesos desarrollados en la elabo-
racin y construccin de los mismos.
Arculo 62. (Resultados y productos).El desarrollo de todos los procesos educavos ene
la nalidad de llegar a un resultado o producto (material y/o inmaterial) a
travs de la integracin de la prcca y teora, emergente del desarrollo de
los procesos educavos en las diferentes reas de saberes y conocimientos,
debiendo stos ser coherentes en las evaluaciones con los objevos holscos
propuestos.
Arculo 63. (Medidas prevenvas).Las acusaciones, coacciones u otro po actudes yacciones en contra de las maestras y los maestros por movos de reproba-
cin o perdida de ao por las y los estudiantes y madres y padres de familia
deben ser sancionados de acuerdo a normas en vigencia. Para evitar estos
hechos, estudiantes, madres y padres de familia deben cumplir y asumir res-
ponsabilidades de sus actos, debiendo los mismos ser evaluados y atendidos
de forma oportuna durante los bimestres y no a la nalizacin de la gesn
escolar.
No se permite, ni admite la manipulacin de madres y padres de familia, tu-tores u otros actores, para obligar a las maestras y los maestros asignar una
valoracin cualitava o cuantava que no corresponde.
Arculo 64. (Micropolcas del sistema de evaluacin).En cada Unidad Educava se
generarn micropolcas de evaluacin acorde con el modelo educavo so-
ciocomunitario producvo, cuya responsabilidad es de la Comisin Tcnico
Pedaggica y toda la comunidad educava.
Arculo 65. (Parcipacin de madres y padres de familia).La parcipacin de las madres
y padres de familia en cuanto a sus responsabilidades en los procesos de eva-
luacin del desarrollo curricular estar sujeta al reglamento de parcipacin
social comunitaria.
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