reglamento evaluacion medicina 2015

18
El secretario de la Faculsad dei Medicina Humana que suscribe; que el presente d ocumento es copla Fiel de su Original que ha tenido a la vista y se ncuent e ra en nuestros arlhivos y al que se renlite en caso necesario.-,i , .ASI SAN MARTIN 1.3 s m 'DIP, FORRES ',..‘ Visto, el Memorándum N"' 05-2015-D-FMH-USMP, del señor Decano de la Facultad de Medicina Humana de la Universidad de San Martín de Porres, Dr. Frank Lizaraso Capará, en relación aprobación del Reglamento de Evaluación de Estudiantes de Pregrado 2,015, el que consta de Xl Capítulos ; 60 Artículos y Anexo 1. CONSIDERANDO: Que, la Facultad de Medicina Humana, de la Universidad de San Martín de Porres, cuenta con un Reglamento de Evaluación de Estudiantes de Pregrado 2,015, el que permite evaluar el rendimiento Académico de los alumnos. Que, dicho Reglamento se renueva y adecúa de acuerdo a las necesidades y realidad de la Facultad de Medicina Humana. Que, el Reglamento de Evaluación de Estudiantes de Pregrado consta de Xl Capítulos, 60 Artículos y Anexo 1. En mérito al Art.62, Inc. h) del Reglamento General de la Universidad de San Martín de Porres y con cargo a dar cuenta al Consejo de Facultad. SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR ei Reglamento de Evaluación de Estudiantes de Pregrado 2015, el que consta de Xl Capítulos, 60 Artículos y Anexo 1. Artículo Segundo.- Encárguese el cumplimiento de la presente Resolución, las Direcciones de los Departamentos Académicos, Oficina de Registros Académicos, Oficina Administrativa, y demás dependencias de la Facultad de Medicina Humana. N V R S D D DE La Molina, E A ......... larstiiittiótt Mb/1, M ............ o .... ....... .r" --al d .Cie ; enero de 20 .15. Secr ( k'll Uti :: ":% 0011 -2015-D-FIVIH-USrviP r.tR Dieguez atrio Secretario de Facu gistreSe, comuníquese y archívese tINIV1 U S M gcs FACULTAD S A P, I I roRMEDIO E UMANA DR.'FA USW! hAEDICINA HUMANA / P FACULTAD DE LIZARASO CAPAR° DECANO

Upload: richard-vera-perez

Post on 07-Nov-2015

17 views

Category:

Documents


4 download

DESCRIPTION

Nuevo reglamento de evaluación usmp

TRANSCRIPT

  • El secretario de la Faculsad

    dei Medicina Humana que suscribe;

    que el presente documento es

    copla Fiel de su Original que ha tenido

    a la vista y se ncuent era en nuestros arlhivos

    y al que se renlite en caso necesario.-,i

    ,

    .ASI

    SAN MARTIN 1.3 s m

    'DIP, FORRES

    ',..

    Visto, el Memorndum N"' 05-2015-D-FMH-USMP, del seor Decano de la Facultad de Medicina Humana de la Universidad de San Martn de Porres, Dr. Frank Lizaraso Capar, en relacin aprobacin del Reglamento de Evaluacin de Estudiantes de Pregrado 2,015, el que consta de Xl Captulos ;

    60 Artculos y Anexo 1. CONSIDERANDO:

    Que, la Facultad de Medicina Humana, de la Universidad de San Martn de Porres, cuenta con un Reglamento de Evaluacin de Estudiantes de Pregrado 2,015, el que permite evaluar el rendimiento Acadmico de los alumnos.

    Que, dicho Reglamento se renueva y adeca de acuerdo a las necesidades y realidad de la Facultad de Medicina Humana.

    Que, el Reglamento de Evaluacin de Estudiantes de Pregrado consta de Xl Captulos, 60 Artculos y Anexo 1.

    En mrito al Art.62, Inc. h) del Reglamento General de la Universidad de San Martn de Porres y con cargo a dar cuenta al Consejo de Facultad. SE RESUELVE:

    Artculo Primero.- APROBAR ei Reglamento de Evaluacin de Estudiantes de Pregrado 2015, el que consta de Xl Captulos, 60 Artculos y Anexo 1. Artculo Segundo.- Encrguese el cumplimiento de la presente Resolucin, las Direcciones de los Departamentos Acadmicos, Oficina de Registros Acadmicos, Oficina Administrativa, y dems dependencias de la Facultad de Medicina Humana.

    N V R S D D DE

    La Molina, E A

    ......... larstiiittitt Mb/1,M

    ............ o .... .......

    .r"--ald.Cie; enero de 20 .15. Secr

    ( k'll Uti ::":% 0011

    -2015-D-FIVIH-USrviP

    r.tR Dieguez atrio

    Secretario de Facu

    gistreSe, comunquese y archvese

    tINIV1 U S

    M gcs FACULTAD S A P, I I roRMEDIO

    E UMANA

    DR.'FA

    USW! hAEDICINA HUMANA / P FACULTAD DE

    LIZARASO CAPAR DECANO

  • REGLAMENTO DE EVALUACIN DE ESTUDIANTES DE PREGRADO 2015

    NDICE CAPTULO I : De los objetivos

    CAPTULO II : De la base Legal

    CAPTULO III : De las normas generales

    CAPTULO IV : De las normas de evaluacin

    A: Departamento Acadmico de Ciencias Bsicas B: Departamentos Acadmicos de Medicina y Ciruga C: Internado Mdico D: Bachiller en Medicina y Ttulo de Mdico- Cirujano

    CAPTULO V : De los exmenes de Rezagados

    CAPTULO VI : Del calificativo final

    CAPTULO VII : Del examen de Aplazados

    CAPTULO VIII : De la revisin de pruebas y notas

    CAPTULO IX : De las sanciones

    CAPTULO X : De la promocin en niveles curriculares

    CAPTULO XI : Disposiciones Finales

    ANEXO 1 : Plan de Estudios 2015

  • CAPTULO I

    DE LOS OBJETIVOS

    Art. 1.- Son objetivos del presente Reglamento: a) Regular el proceso de evaluacin de estudiantes de la

    Facultad de Medicina Humana. Las normas que contienen son de cumplimiento obligatorio.

    b) Establecer un Sistema que permita evaluar adecuadamente las competencias alcanzadas en cada una de las asignaturas.

    c) Garantizar un proceso que permita la promocin a niveles curriculares superiores.

    d) Constituir un proceso que no se limite a evaluar sino que, adems, constituya un mecanismo de aprendizaje a travs de la motivacin del alumno.

    CAPTULO II

    DE LA BASE LEGAL

    Art. 2.- Constituyen la base legal del presente Reglamento: a) La Constitucin Poltica del Per. b) La Ley Universitaria N 23733. y sus modificatorias No.

    24395 y 24387. c) Reglamento General de la Universidad de San Martn de

    Porres (2012). d) La Resolucin de Aprobacin del Manual de Organizacin

    y Funciones de la Facultad de Medicina Humana. e) Reglamento de Evaluacin del Aprendizaje y Normas para

    la Actualizacin de Matrcula. RR 539-2000-CU-R-USMP. f) El Reglamento de la Oficina de Registros Acadmicos: RR

    1270-2003-CU-R-USMP. y su modificatoria: RR 1323- 2005-CU-R-USMP.

    g) Normas sobre Pago de Pensiones en la Universidad de San Martn de Porres.

    h) La Resolucin de Aprobacin del presente Reglamento.

  • CAPTULO III

    DE LAS NORMAS GENERALES

    Art. 3.- Los alumnos tienen la obligacin de mantener un rendimiento acadmico ptimo.

    Art. 4.- El alumno est obligado a asistir a todas las actividades de las asignaturas: teoras y/o conferencias, seminarios, prcticas, trabajos de campo, trabajos de investigacin y otras modalidades autorizadas por los Departamentos Acadmicos.

    Art. 5.- Slo en caso de emergencia, calificada por la Comisin Acadmica, o por duelo familiar; debidamente sustentadas con documentos, el alumno podr solicitar evaluacin de las competencias de la fecha de inasistencia. El plazo para presentar la solicitud de evaluacin por inasistencia es de 48 horas impostergables (das hbiles), despus de producida la inasistencia. Esta condicin se considerar como REZAGADO.

    Art. 6.- A las solicitudes presentadas fuera del plazo sealado en el presente Reglamento, no se les darn el trmite respectivo de acuerdo al Art. 5, sin excepciones.

    Art. 7.- Todo trmite documentario ser presentado personalmente por el alumno, en especie valorada y por mesa de partes: excepto si son menores de edad, presenten incapacidad fsica o por duelo. Para tal efecto, el padre de familia o tutor debidamente acreditados con una carta poder simple, podr representarlo.

    Art. 8.- La parte cognitiva de la evaluacin continua podr ser evaluada con exmenes virtuales, digitales, impresos en papel u orales. Los exmenes tericos tanto parciales como finales sern tambin virtuales, digitales o impresos en papel, en la Facultad de Medicina Humana.

    Art. 9.- El alumno que supere el 30% de inasistencias (Teora y/o Seminarios) o 10% en las Prcticas, ser considerado INHABILITADO POR INASISTENCIAS (IPI), y deber figurar con nota CERO (00) en el Registro Final. El alumno por lo tanto no tendr derecho a rendir exmenes

  • parciales, finales ni de aplazados: y deber matricularse en la misma asignatura al ao siguiente.

    Art. 10.- Ningn tipo de justificacin exonera al alumno del porcentaje de inasistencias que lo lleva al IPI.

    Art. 11.- En las asignaturas que desarrollen trabajos de investigacin, estos sern debidamente evaluados por los Profesores Responsables de cada Asignatura. Aquellos que lo ameriten sern recomendados para su publicacin.

    Art. 12.- Los alumnos deben usar en todas las actividades acadmicas la vestimenta universitaria (chaqueta con logo USMP, pantaln y calzados blancos) y portar obligatoria y permanentemente su carnet universitario o de postulante para los alumnos del primer ao.

    Art. 13.- Est prohibido fumar dentro del recinto universitario segn ley 29517.

    Art. 14.- Est prohibido el uso de celulares u otro aparato electrnico durante las evaluaciones dentro del ambiente donde se llevan a cabo las mismas: caso contrario el examen se anular y el alumno ser sometido a la Comisin de Disciplina de la Facultad de Medicina Humana, pudiendo ser separado de la misma por ser considerada una falta grave.

    Art. 15.- Acorde con lo normado, slo sern evaluadas las actividades consignadas en el Cronograma de Actividades Acadmicas. Ver 25

    Art. 16.- Es requisito indispensable haber aprobado cada uno de los rubros de cada asignatura, individualmente, para obtener la nota final aprobatoria (Art. 17). No siendo as. el alumno ser considerado desaprobado, consignndose como mxima nota de 10 (Diez).

    Art. 17.- El Sistema de Evaluacin es nico para todas las asignaturas y la escala a usarse es vigesimal, de cero (00) a veinte (20). La nota mnima aprobatoria es ONCE (11.00). Notas menores a ONCE (11.00), no tendrn el beneficio del medio punto a favor. Recin al promediarse la nota final se tomar en cuenta el medio punto a favor del alumno, siempre y cuando sea aprobatoria y a partir de ONCE (11.00). Entindase como nota final el promedio de todos los rubros (que debern estar cada uno de ellos aprobados: Art.16).

  • Art. 18.- Slo se evaluarn a los alumnos que estn debidamente matriculados.

    CAPTULO IV

    DE LAS NORMAS DE EVALUACIN

    A. DEPARTAMENTO ACADMICO DE CIENCIAS BSICAS

    Art. 19 En las asignaturas del Departamento Acadmico de Ciencias Bsicas, la modalidad de evaluacin depender de los aspectos que se desee calificar:

    a) La evaluacin de los aspectos tericos (cognoscitivos): se tomarn dos exmenes de alternativas mltiples. Un parcial conformado por cuarenta (40) preguntas a la mitad del curso y un final. igualmente de cuarenta (40) preguntas. En las asignaturas de Anatoma Humana I y Fisiologa Humana integradas por captulos, por excepcin. se

    tomar tres exmenes parciales de igual peso, conformados igualmente por cuarenta preguntas cada uno. Los exmenes tendrn carcter cancelatorio. La forma de evaluacin ser segn consta en el Captulo III Art. 8.

    b) Seminarios: sern eminentemente participativos, evaluados semanalmente, lo que permitir medir de forma personalizada el avance del proceso de aprendizaje, de acuerdo a los criterios de la evaluacin por competencias. en sus tres dimensiones: actitudinal, cognoscitivo y procedimental registrada en la Ficha de Evaluacin Continua elaborada para tal fin por el Departamento Acadmico de Ciencias Bsicas.

    c) Prcticas: los alumnos complementan y aplican los conocimientos tericos consignados en cada slabo. La evaluacin ser igualmente personalizada y continua.

  • Art. 20.- El calificativo final

    consta de los siguientes rubros: Promedio de los exmenes tericos, parcial y final: 50% (PT)

    Promedio de evaluacin continua en seminarios: 30% (PS)

    Promedio de evaluacin continua en prcticas: 20% (PP) NOTA FINAL = PT x 50% + PS x 30% + PP x 20%

    Deber cumplir obligatoriamente los artculos 16 y 17.

    Art. 21.- En las asignaturas que de acuerdo a lo establecido en el Plan de Estudios, evalan slo dos actividades (Teoras-Seminarios o bien Teoras-Prcticas), el promedio final se obtiene mediante promedio matemtico simple, 50% cada uno.

    Art. 22.- En las asignaturas que slo tienen teora (Antropologa Social, Ecologa, Psicologa General, Filosofa y Realidad Nacional) la nota final se obtiene promediando la nota de los exmenes generales (50%) y la nota de la evaluacin continua (50%) obtenida durante las teoras.

    Art. 23.- Bajo responsabilidad, los profesores estn prohibidos de aplicar una ponderacin distinta a la indicada en los Art. 19. 20 y 21 del presente Reglamento.

    Art. 24.- Al trmino de cada evaluacin, si sta ha sido impresa en papel y con ficha ptica, el docente encargado de la asignatura desarrollar el examen y absolver las consultas de los alumnos de acuerdo a las directivas de evaluacin del Departamento. No se aplica para los exmenes virtuales.

    Art. 25.- Establecidos los Cronogramas de Actividades Acadmicas. los exmenes parcial, final y de aplazados se cumplirn estrictamente sin excepciones en las fechas programadas.

  • B. DEPARTAMENTOS ACADMICOS DE MEDICINA Y CIRUGA

    Art. 26.- En las asignaturas de los Departamentos Acadmicos de Medicina y Ciruga, la modalidad de evaluacin depender de los aspectos que se desee calificar.

    a) Evaluacin de la teora: la evaluacin de los aspectos cognoscitivos representa el 50% de la nota final tanto en las asignaturas del Departamento Acadmico de Medicina como en el Departamento Acadmico de Ciruga. Para los exmenes tericos se utilizarn pruebas de 20 a 40 preguntas. En las asignaturas del Departamento Acadmico de Medicina, la nota de teora estar representada por las notas de los exmenes generales y las notas del pre-test o el post-test, cuyos porcentajes se encuentran en los Art. 27 y 28. El pre-test o el post-test estarn constituidos por un mnimo de cinco preguntas de alternativas mltiples o para desarrollar. antes o despus de cualquier clase terica; las que podrn incluir la visualizacin de imgenes.

    b) Evaluacin de la prctica: representa el 50% de la nota final y comprende diversos rubros como asistencia, puntualidad, conversatorios clnicos, seminarios, presentacin personal, respeto al docente y al paciente; y otros rubros, segn la asignatura. Cada rubro tendr un porcentaje establecido por los Departamentos Acadmicos.

    c) El Departamento de Ciruga tendr 2 evaluaciones tericas, una realizada en la sede hospitalaria y la otra de manera virtual en la Facultad de Medicina Humana. Al trmino de la asignatura, se promediarn los resultados: evaluacin en la sede hospitalaria 70% y evaluacin en la Facultad 30%, para obtener la nota final de teora. Siempre y cuando las notas sean superiores a 8. Si la nota de evaluacin hospitalaria fuera menor a 8, el promedio final ser un mximo de 10 y pasar a aplazados.

  • Art. 27.- En las asignaturas conformadas por captulos: a) Tanto en los Departamentos Acadmicos de Medicina y

    Ciruga, la nota final del captulo se obtendr promediando la nota de teora (50%) con la nota de prctica (50%), de cada captulo, siempre y cuando ambas estn aprobadas con la nota mnima de ONCE (11.00); caso contrario se consignar una nota mxima de DIEZ (10) de acuerdo al Art. 17. En las asignaturas del Departamento Acadmico de Medicina, la nota de teora de cada captulo se obtendr promediando las notas de los exmenes generales (80%) con las notas de los pre test o post test (20%)

    b) El promedio de los captulos dar la nota final. Si una nota de teora o prctica del captulo es desaprobada, la nota del captulo ser desaprobada, consignndose una nota mxima de DIEZ (10) en dicho captulo, de acuerdo al Art. 1.7 y la nota final se regir segn lo indicado en el Art. 41 inciso b.

    Art. 28.- En las asignaturas no conformadas por captulos: a) En los Departamentos Acadmicos de Medicina y Ciruga.

    la nota final de la asignatura es el promedio de la teora (50%) + la prctica (50%), siempre y cuando ambas estn aprobadas; caso contrario se consignar una nota mxima de DIEZ (10) de acuerdo al Art. 17.

    b) En las asignaturas del Departamento Acadmico de Medicina que no tengan prctica, la nota final de la asignatura se promediar de las siguientes formas:

    i. En la asignatura con seminario, como Nutricin Clnica, se promediarn las tres notas siguientes: las notas de los exmenes generales (50%), las notas de los pre-test o post-test (10%) y las notas de seminario (40%), siempre y cuando cada rubro se encuentre aprobado; caso contrario se consignar una nota mxima de DIEZ (10) de acuerdo al Art. 17.

    ii. En las asignaturas sin seminario, como Oncologa y Teraputica; se promediarn las dos notas siguientes: las notas de los exmenes generales (90%) y las notas de los pre-test o post-test (10%), siempre y cuando cada rubro se encuentre

  • aprobado; caso contrario se consignar una nota mxima de DIEZ (10) de acuerdo al Art. 17.

    iii. En el caso de Tesis I, la nota final se obtiene promediando la nota de prctica (80%) y la nota de teora (20%), siempre y cuando cada rubro se encuentre aprobado con una nota mnima de ONCE (11.00), caso contrario se consignar una nota mxima de DIEZ (10) de acuerdo al Art. 17.

    iv. En el caso de Tesis II, la nota final se obtiene promediando los rubros de la prctica. siempre y cuando el producto final tenga una nota mnima de ONCE (11.00) caso contrario se consignar una nota mxima de DIEZ (10) de acuerdo al Art. 17.

    C. INTERNADO MDICO

    Art. 29.- Se regir de acuerdo al Reglamento de la Oficina de Internado.

    D. BACHILLER EN MEDICINA Y TTULO DE MDICO- CIRUJANO

    Art. 30.- Se regir de acuerdo al Reglamento de la Oficina de Grados y Ttulos.

    CAPTULO V

    DE LOS EXMENES DE REZAGADOS

    Art.31.- Por excepcin procede la evaluacin de rezagados de acuerdo al Cap. III Art. 5 de las Normas Generales.

    Art.32.- Los exmenes de rezagados tendrn las mismas caractersticas y nivel de exigencia que los formulados en las fechas regulares.

  • Art.33.- El examen de rezagados de teora se

    efectuar dentro de la

    semana siguiente de la fecha en que se efectu,

    y es

    requisito que el alumno no supere el 30% de

    inasistencias (Art. 9).

    CAPTULO VI

    DEL CALIFICATIVO FINAL

    Art. 34.- En las Asignaturas del Departamento

    Acadmico de Ciencias Bsicas, el calificativo final se obtiene

    de acuerdo con las regulaciones establecidas en el Captulo IV del presente Reglamento. En las Asignaturas de los Departamentos de Medicina y Ciruga constituidas por captulos, la nota final ser con el promedio de los captulos, tal como lo establece el Art. 41, inciso b. del presente Reglamento.

    Art. 35.- Los Registros Finales de notas sern recepcionados por las Direcciones Acadmicas respectivas, dentro de las 72 horas siguientes al examen final. las mismas que sern remitidas a la Oficina de Registros Acadmicos, luego de absueltos los reclamos. Dichas actas sern firmadas por el Responsable de la Asignatura y por el Director del Departamento Acadmico como seal de conformidad.

    Art. 36.- Una vez entregados los Registros Finales de notas a la Oficina de Registros Acadmicos. las notas all consignadas son inmodificables.

    CAPTULO VII

    DEL EXAMEN DE APLAZADOS

    Art. 37.- a) Al finalizar el Ao Acadmico, los alumnos desaprobados en no ms de tres asignaturas. podrn

  • rendir el Examen de Aplazados. cada una de ellas con una nota final no menor de OCHO (8.0), de acuerdo al Art. 17. b) En las asignaturas constituidas por captulos (Medicina), para obtener nota aprobatoria de la asignatura, slo se podr promediar un solo captulo desaprobado con una nota mnima de OCHO (8.0), si son ms captulos rendir el examen de Aplazados de toda la asignatura.

    Art. 38.- El Cronograma de Exmenes de Aplazados ser estructurado por la Oficina de Registros Acadmicos en coordinacin con los Directores de los Departamentos Acadmicos.

    Art. 39.- El Examen de Aplazados se elaborar de acuerdo al contenido del slabo en todos sus rubros (Teora. Seminario y Prctica cuando corresponda).

    Art. 40.- Al alumno que apruebe el Examen de Aplazados se le consignar la nota que obtenga. No existe medio punto a favor para aprobar con ONCE (11).

    Art. 41.- Por ningn motivo ser posible programar un segundo examen, parcial, final o de aplazado luego de los programados.

    CAPTULO VIII

    DE LA REVISIN DE PRUEBAS Y NOTAS Art. 42.- Los alumnos podrn realizar cualquier reclamo dentro de

    las 48 horas de publicados los resultados de la evaluacin acadmica en el aula virtual, obligatoriamente con una solicitud en documento valorado de la Facultad de Medicina Humana, dirigido al Departamento Acadmico respectivo, presentado en mesa de partes personalmente, no a travs de familiares ni representantes; excepto si son menores de edad o por incapacidad fsica del alumno.

    Art. 43.- No habr revisin de pruebas en los exmenes de aplazados.

    Art. 44.- La informacin final de las notas ser dada a conocer por la Oficina de Registros Acadmicos. va Intranet, teniendo el estudiante la obligacin de verificar el total de las notas finales obtenidas en el semestre cursado.

  • CAPTULO IX

    DE LAS SANCIONES

    Art. 45.- Los niveles de faltas son: leve, moderada y grave, siendo la Comisin de Disciplina la encargada de realizar la calificacin respectiva. De acuerdo con esto, los alumnos implicados podrn ser sancionados con una amonestacin verbal o escrita, suspensin temporal de la Facultad de Medicina Humana con documento, y finalmente, separacin definitiva de la Facultad de Medicina Humana de la Universidad de San Martn de Porres, previo proceso disciplinario.

    Art. 46.- Se considerarn faltas graves que podran conducir a la prdida de la condicin de estudiante, con la consiguiente separacin de la Facultad de medicina Humana de la Universidad de San Martn de Porres, las siguientes: a) La presentacin de documentos fraudulentos y/o

    adulterados en algn trmite administrativo en curso o concluido.

    b) Realizar grabaciones de voz o video a cualquiera de los docentes o autoridades de la Facultad de Medicina Humana de la Universidad de San Martn de Porres, sin su consentimiento.

    c) Llevar a cabo publicaciones o comentarios difamatorios en contra de docentes o autoridades de la Facultad de Medicina Humana de la Universidad de San Martn de Porres a travs de Tecnologas de la Informacin y la Comunicacin (TIC) como los correos electrnicos, las pginas web, las redes sociales, entre otros.

    d) Acciones de grave indisciplina, conductas violentas tanto verbales como escritas o fsicas contra docentes, alumnos administrativos o autoridades, movilizaciones empleando actos intimidantes que coacten la libertad individual o colectiva, los mismos que afecten los fines de la Universidad y el normal ejercicio de las autoridades de nuestra institucin; en todo caso, los involucrados podrn ser sometidos a proceso disciplinario.

  • Art. 47.- Si se detectara algn caso de suplantacin y/o plagio en cualquiera de las evaluaciones, los alumnos implicados sern denunciados por el profesor responsable del examen al Director del Departamento Acadmico correspondiente a fin de iniciar el proceso disciplinario pudiendo ser sancionados, por falta grave, con separacin de la Universidad San Martn de Porres.

    Art. 48.- Los estudiantes que alteren el orden pblico, o que realicen actos que atenten contra las buenas costumbres y la moral al interior de la Facultad de Medicina Humana, sern sometidos a procedimiento disciplinario correspondiente y pueden ser sancionados tambin con la separacin definitiva de la Universidad de San Martn de Porres por haber incurrido en falta grave.

    Art. 49.- Luego de haber concluido el debido proceso, en determinadas circunstancias, la Comisin de Disciplina elevar el informe respectivo al seor Decano para la imposicin de las sanciones, si ameritara el caso. Las amonestaciones son potestad del Decanato, las suspensiones se realizan en conocimiento y decisin del Consejo de Facultad y las separaciones por parte del Consejo Universitario.

    CAPTULO X

    DE LA PROMOCIN EN NIVELES CURRICULARES

    Art. 50.- No se realizarn cursos de la carrera de Medicina Humana en el verano, en los Departamentos Acadmicos de Ciencias Bsicas, Medicina y Ciruga.

    Art. 51.- Estn obligados a llevar 4 crditos de cursos electivos aquellos alumnos ingresantes a partir del ao acadmico 2010. Estos cursos electivos s podrn realizarse durante los meses de verano (enero y febrero) o en el mes de julio.

    Art. 52.- Para ser promovido de un nivel a otro, en el Bloque Pre-Clnico; los estudiantes deben haber aprobado todos los requisitos de las asignaturas respectivas. Mientras que, para el Bloque Clnico, los estudiantes debern aprobar

  • todas las asignaturas correspondientes

    a los aos acadmicos

    del 1 ero al 3ero. Art. 53.- Por ningn

    motivo, los estudiantes, podrn matricularse en Asignaturas

    de un nivel superior, sin haber cumplido con el

    artculo anterior, bajo responsabilidad

    administrativa de la Oficina de

    Registros Acadmicos. Art. 54.- Para cada

    promocin que culmine un nivel curricular. la

    Oficina de Registros Acadmicos, confeccionar el Orden

    de Mrito Promocional, teniendo en cuenta el creditaje de

    las asignaturas y las notas promocionales de todos los

    aos anteriores. Para el ranking final, deber considerarse

    los siete aos de la carrera, incluyendo el internado mdico.

    CAPTULO XI

    DISPOSICIONES FINALES

    Art. 55.- Aquellas situaciones que no estn contempladas en el presente Reglamento, sern evaluadas por la Comisin Acadmica y Eventos Cientficos.

    Art. 56.- Toda gestin sobre evaluacin ser realizada personalmente por el estudiante, previa presentacin de su respectiva constancia de matrcula y/o su carn universitario para su respectiva identificacin.

    Art. 56.- Los padres de familia o tutores podrn tener acceso a la intranet acadmica para informarse sobre las calificaciones de sus hijos o tutoriados. Para tal efecto, los alumnos debern proporcionarles su respectivo usuario y clave, los cuales han sido proporcionados desde el ingreso del alumno a la Facultad de Medicina Humana.

    Art. 57.- Los estudiantes desaprobados tres veces en la misma asignatura o dos veces consecutivas en tres asignaturas, sern considerados en deficiencia acadmica; por lo tanto sern separados de la Universidad de acuerdo a ley.

    Art. 58.- No se aceptarn ampliaciones de crditos, excepto en los cursos convalidables y para los alumnos ingresantes por traslado externo (nacional e internacional).

  • Art. 59.- El presente Reglamento entrar en vigencia despus de ser aprobado por el Consejo de Facultad.

    Art. 60.- Quedan derogados todos los artculos de los Reglamentos de Evaluacin de Pregrado de los aos anteriores y cualquier documento que se oponga al presente Reglamento.

  • vER ilLj S M rACI_TLTAI) I )E

    1430 a 11/414 .1, MF:DICINA I II 'MANA

    PLAN DE ESTUDIOS - PRE GRADO 2015 AO CODIGO CRED I ASIGNATURA TEORIA SEM. PRAC. TOTAL REQUISITO

    BLOQUE BSICO PRIMER SEMESTRE

    101125 MATEMATICA APLICADA A LA MEDICINA 101140 QUIMICA MEDICA 101122 LENGUAJE 101109 ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y CULTURALES 101141 PSICOLOGA GENERAL 101142 FILOSOFA 101143 PROCEDIMIENTOS BASICOS EN MEDICINA

    1ER. 101129

    ,I. INFORMTICA MEDICA I (**) O

    C>

    CM

    C\I SEGUNDO SEMESTRE

    101104 ANTROPOLOGA SOCIAL 101117 BIOLOGA CELULAR Y MOLECULAR 101146 REALIDAD NACIONAL 101126 FISICA MEDICA 101144 ECOLOGIA 101145 SALUD PBLICA I 101133 INFORMTICA MEDICA II (**)

    BLOQUE PRE CLNICO PRIMER SEMESTRE

    101226 ANATOMIA HUMANA I 101221 HISTOLOGIA HUMANA (101117) 101222 EMBRIOLOGIA HUMANA Y GENETICA BASICA (101117) 101227 INGLS (-) 101223 BIOESTADSTICA (101125)

    2DO. SEGUNDO SEMESTRE 101224 ANATOMIA HUMANA II 101225 BIOQUMICA (101131)(101117)(101140) 101206 MICROBIOLOGA (101117) 101208 PARASITOLOGA (101117) 101207 INMUNOLOGA BSICA (101131)(101117)(101140) 101217 INGLS MEDICO (101130)

    BLOQUE PRE CLNICO PRIMER SEMESTRE

    co kr >

    ... 4-

    co I--

    tr>

    nr

    ...

    101315 FISIOLOGA HUMANA (101205)(101218)(101219) (101214)(101216) (101225) (101220) (101224)

    101302 EPIDEMIOLOGA (101215) (101223) 101308 PSICOLOGA MDICA (101127) (101141)

    3ER. 101316

    'Cr METODOLOGIA DE LA INVESTIGACION

    C\I

    C\I

    0 (101215) (101223)

    SEGUNDO SEMESTRE 101305 (*)FARMACOLOGA (101205)(101206) (101225) 101314 PATOLOGA 1 (101218)(101219)(101202)(101207)

    (101214)(101216)(101220)(101224)(101221) 101317 (*)FISIOPATOLOGA (101205)(101225) 101320 BIOETICA Y DEONTOLOGIA

    (*) Los alumnos que no llevaron Fisiologa, no podran matricularse en Farmacologia y Fisiopatologia (**) Cursos Convalidables. Los tres primeros aos incluyen 04 crditos convalidables de los cursos: Ingls e Informtica Anatoma Humana l Equivalente Anatoma Humana (101214) Anatoma Humana II Equivalente Neuroanatoma (101216)

  • FACULTA'? DE MEDICINA In EMANA

    PLAN DE ESTUDIOS - PRE GRADO 2015

    AO CODIGO CRED ASIGNATURA TEORIA SEM. PRAC. TOTAL REQUISITO

    BLOQUE CLNICO

    4TO

    102401 102410 102403 102413

    102404 102408 102406 102412

    12 4 4 2

    12 4 4 2

    PRIMER SEMESTRE

    LO

    N C

    N N

    N

    CN

    (N

    14 4 4 0

    14 4 4 0

    19 6 6 2

    19 6 6 2

    Aprobar todas las asignaturas de los tres primeros aos

    MEDICINA I LABORATORIO CLNICO DIAGNSTICO POR IMGEN I ONCOLOGIA MEDICA

    SEGUNDO SEMESTRE MEDICINA II PATOLOGA II DIAGNSTICO POR IMGEN II NUTRICIN CLINICA

    BLOQUE CLNICO

    5TO.

    102510 102506 102507 102512

    103514 103510 103511

    103512

    103513

    "7 ni' N

    (D

    c

    Loni-

    PRIMER SEMESTRE

    ID N

    N N

    N

    T--

    (N

    nr O

    co

    V

    t7

    19 6 6 2

    10 5 6

    7

    6

    Aprobar todas las asignaturas del cuarto ao

    MEDICINA III PSIQUIATRIA NEUROLOGA TERAPEUTICA

    SEGUNDO SEMESTRE CIRUGA GENERAL Y DIGESTIVA CIRUGA DEL APARATO LOCOMOTOR ESPECIALIDADES I (Cirugia de cabeza y cuello, torax y cardiovascular,cirugia plastica,quemados y neurocirugia) ESPECIALIDADES II (Urologia, Oftalmologia y Otorrinolaringologia) TCNICA OPERATORIA-ANESTESIOLOGIA

    BLOQUE CLNICO

    6TO

    102614 102607 102621 102613 102622

    103601 102624 102625

    102623

    3 12 3 3 1

    12 5 3

    2

    PRIMER SEMESTRE

    CN

    tD CN

    N O

    el N

    N

    2 12 2 2 2

    18 6 2

    2

    4 18 4 4 2

    21 8 4

    Aprobar todas las asignaturas del quinto ao

    GERIATRA PEDIATRA MEDIC. LEGAL Y PATOL. FORENSE MEDIC. FISICA Y REHABILITACION TESIS I

    SEGUNDO SEMESTRE GINECO-OBSTETRICIA EMERGENCIAS MEDICAS Y TOXICOLOGICAS. SALUD PUBLICA II Y PLANEAMIENTO ESTRATEGICO TESIS II

    BLOQUE INTERNADO

    7M0. 52 INTERNADO Aprobar todas las asignaturas de 1 a 6

    CURSOS ELECTIVOS: extra curriculares (Enero y Febrero) a partir del codigo 2010, y los que iniciaron 1er ao 101134 MEDICINA ALTERNATIVA Y COMPLEMENTARIA

    cocD

    co

    co

    co

    co

    co

    Los alumnos deben de aprobar 101137 IDIOMAS QUECHUA MEDICO I obligatoriamente 04 creditos de cursos 101138 IDIOMAS QUECHUA MEDICO II electivos antes de realizar el internado 101228 ROTACIN EXTERNA o o o

    101147 PROYECCIN SOCIAL 101148 PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA DE INVESTIGACIN 101136 SOFTWARE ESTADSTICO

    10 FACULTAD DE MEDICINA 1 DPTO. DE CIENCIAS BSICAS 2 DPTO. DE MEDICINA 3 DPTO. DE CIRUGA Enero 2015

    Page 1Page 2Page 3Page 4Page 5Page 6Page 7Page 8Page 9Page 10Page 11Page 12Page 13Page 14Page 15Page 16Page 17Page 18