escritura publica 2012

31
LA ESCRITURA PUBLICA LA ESCRITURA PUBLICA DEFINICION. DEFINICION. CARACTERES. CARACTERES. DISPOSICIONES GENERALES. DISPOSICIONES GENERALES. PARTES DE LA E.P. PARTES DE LA E.P. REQUISITOS PARA EXTENDER E.P. REQUISITOS PARA EXTENDER E.P. EFECTOS DE LA E.P. EFECTOS DE LA E.P. OBLIGACIONES TRIBUTARIAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS RELACIONADAS A LA E.P. RELACIONADAS A LA E.P.

Upload: thalia-urrutia-cano

Post on 23-Oct-2015

125 views

Category:

Documents


2 download

TRANSCRIPT

LA ESCRITURA PUBLICALA ESCRITURA PUBLICA

DEFINICION.DEFINICION. CARACTERES.CARACTERES. DISPOSICIONES GENERALES.DISPOSICIONES GENERALES. PARTES DE LA E.P.PARTES DE LA E.P. REQUISITOS PARA EXTENDER E.P.REQUISITOS PARA EXTENDER E.P. EFECTOS DE LA E.P.EFECTOS DE LA E.P. OBLIGACIONES TRIBUTARIAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS

RELACIONADAS A LA E.P.RELACIONADAS A LA E.P.

LA ESCRITURA PUBLICA: LA ESCRITURA PUBLICA: DEFINICIONDEFINICION

La escritura pública es el típico instrumento La escritura pública es el típico instrumento público.público.

Documento protocolar en el cual se expresa Documento protocolar en el cual se expresa básicamente la voluntad de las partes.básicamente la voluntad de las partes.

I. público que se realiza con intervención I. público que se realiza con intervención activa e imprescindible del notario, quien activa e imprescindible del notario, quien adecua el negocio jurídico al ordenamiento adecua el negocio jurídico al ordenamiento jurídico con las formalidades que la ley y la jurídico con las formalidades que la ley y la tradición mandan en la escritura pública.tradición mandan en la escritura pública.

LA ESCRITURA PUBLICA: LA ESCRITURA PUBLICA: DEFINICION.DEFINICION.

Ley del notariado: la escritura publica “es Ley del notariado: la escritura publica “es todo documento matriz incorporado al todo documento matriz incorporado al protocolo notarial, autorizado por el notario, protocolo notarial, autorizado por el notario, que contiene uno o mas actos jurídicos”.que contiene uno o mas actos jurídicos”.

LA ESCRITURA PUBLICA: LA ESCRITURA PUBLICA: CARACTERES.CARACTERES.

Constituye la exteriorización formal y escrita de la Constituye la exteriorización formal y escrita de la voluntad de las partes.voluntad de las partes.

Se elabora con la intervención imprescindible del Se elabora con la intervención imprescindible del notario.notario.

Perfeccionado el acto jurídico es incorporado al Perfeccionado el acto jurídico es incorporado al protocolo del notario.protocolo del notario.

Goza de todos los demás caracteres del Goza de todos los demás caracteres del instrumento público. (autenticidad, presunción de instrumento público. (autenticidad, presunción de verdad, seguridad jurídica, prueba plena, mérito verdad, seguridad jurídica, prueba plena, mérito ejecutivo, prueba preconstituída).ejecutivo, prueba preconstituída).

LA ESCRITURA PUBLICA: LA ESCRITURA PUBLICA: DISPOSICIONES GENERALES.DISPOSICIONES GENERALES.

Orientación al usuario. (e.p.)Orientación al usuario. (e.p.) El idioma.El idioma. Formalidades. (redacción legible, Formalidades. (redacción legible,

espacios en blanco, equivocaciones, espacios en blanco, equivocaciones, fechas, identidad del otorgante, etc.)fechas, identidad del otorgante, etc.)

Intangibilidad del instrumento.Intangibilidad del instrumento.

LA ESCRITURA PUBLICA: LA ESCRITURA PUBLICA: PARTESPARTES

PARA UNOS: Texto negocial, las PARA UNOS: Texto negocial, las constancias notariales y los dichos del constancias notariales y los dichos del notarionotario..

PARA OTROS: La comparecencia, la PARA OTROS: La comparecencia, la intervención, exposición o estipulación intervención, exposición o estipulación y las constancias notariales.y las constancias notariales.

LA ESCRITURA PUBLICA: LA ESCRITURA PUBLICA: PARTES.PARTES.

- De acuerdo al art. 52 del D.Leg. 1049, la De acuerdo al art. 52 del D.Leg. 1049, la escritura pública comprende tres partes.escritura pública comprende tres partes.

- A) Introducción. (Título)A) Introducción. (Título)

- B) Cuerpo.B) Cuerpo.

- C) Conclusión.C) Conclusión.

INTRODUCCION DE LA ESCRITURA INTRODUCCION DE LA ESCRITURA PUBLICAPUBLICA

- Lugar y fecha de extensión del instrumento.Lugar y fecha de extensión del instrumento.

- Nombre del notario.Nombre del notario.

- Nombre, nacionalidad, estado civil, Nombre, nacionalidad, estado civil, profesión u ocupación del otorgante.profesión u ocupación del otorgante.

- Indicación del documento de identidad.Indicación del documento de identidad.

- Si proceden por derecho propio o en Si proceden por derecho propio o en representación.representación.

- La intervención de firmante a ruego.La intervención de firmante a ruego.

INTRODUCCION DE LA ESCRITURA INTRODUCCION DE LA ESCRITURA PUBLICAPUBLICA

- La circunstancia de la intervención de La circunstancia de la intervención de interprete.interprete.

- La fe que da el notario de haber examinado La fe que da el notario de haber examinado al otorgante y haber constatado la al otorgante y haber constatado la capacidad del otorgante, la libertad con que capacidad del otorgante, la libertad con que procede y conocimiento del acto jurídico procede y conocimiento del acto jurídico que realiza. que realiza.

- Indicación de si se extiende con minuta o Indicación de si se extiende con minuta o sin ella.sin ella.

INTRODUCCION DE LA INTRODUCCION DE LA ESCRITURA PUBLICAESCRITURA PUBLICA

- Fe de identidad o fe de conocimientoFe de identidad o fe de conocimiento..

* El notario dará fe de conocer a los otorgantes.* El notario dará fe de conocer a los otorgantes.

* El notario dará fe de haberlos identificado.* El notario dará fe de haberlos identificado.

- En este caso se accede a la base de “reniec” para - En este caso se accede a la base de “reniec” para verificar la identidad del compareciente, mediante verificar la identidad del compareciente, mediante imágenes, huellas u otros datos, o para la imágenes, huellas u otros datos, o para la comparación biométrica de huellas dactilares.comparación biométrica de huellas dactilares.

- Puede exigir intervención de testigos. Puede exigir intervención de testigos. - No es responsable por inducción a error en forma No es responsable por inducción a error en forma

maliciosa.maliciosa.

CUERPO DE LA ESCRITURA CUERPO DE LA ESCRITURA PUBLICAPUBLICA

La declaración de voluntad de las partes La declaración de voluntad de las partes contenido en la minuta, autorizado por contenido en la minuta, autorizado por letrado, insertado literalmente.letrado, insertado literalmente.

Los comprobantes que acrediten la Los comprobantes que acrediten la representación.representación.

Los documentos que se insertan a solicitud Los documentos que se insertan a solicitud de los interesados.de los interesados.

Los documentos que por disposición de la Los documentos que por disposición de la ley sean exigibles.ley sean exigibles.

CUERPO DE LA ESCRITURA CUERPO DE LA ESCRITURA PUBLICAPUBLICA

INEXIGIBILIDAD DE LA MINUTA. De INEXIGIBILIDAD DE LA MINUTA. De conformidad al art. 58º del D.Leg. no es conformidad al art. 58º del D.Leg. no es exigible la minuta para formalizar el acto por exigible la minuta para formalizar el acto por escritura pública, es el caso de los poderes, escritura pública, es el caso de los poderes, reconocimiento de hijo, renuncia de reconocimiento de hijo, renuncia de nacionalidad, nombramiento de tutor y nacionalidad, nombramiento de tutor y curador, autorización de matrimonio para curador, autorización de matrimonio para menores, aceptación y renuncia de menores, aceptación y renuncia de herencia, etc…herencia, etc…

CONCLUSION DE LA CONCLUSION DE LA ESCRITURA PUBLICAESCRITURA PUBLICA

La fe de haberse leído el instrumento.La fe de haberse leído el instrumento. La ratificación, modificación o indicaciones La ratificación, modificación o indicaciones

de los otorgantes.de los otorgantes. La fe de entrega de bienes que se estipulen La fe de entrega de bienes que se estipulen

en el acto jurídico.en el acto jurídico. Transcripción literal de normas legales.Transcripción literal de normas legales. Transcripción de documentos.Transcripción de documentos. La intervención de personas que sustituyan La intervención de personas que sustituyan

a otras por mandato.a otras por mandato.

CONCLUSION DE LA CONCLUSION DE LA ESCRITURA PUBLICAESCRITURA PUBLICA

Las omisiones que a criterio del notario Las omisiones que a criterio del notario debe subsanarse.debe subsanarse.

la corrección de algún error u omisión que la corrección de algún error u omisión que las partes adviertan.las partes adviertan.

La constancia del número de serie de la foja La constancia del número de serie de la foja donde se inicia y foja donde concluye el donde se inicia y foja donde concluye el instrumento.instrumento.

La impresión dactilar y suscripción de los La impresión dactilar y suscripción de los otorgantes, la fecha en que firma cada uno otorgantes, la fecha en que firma cada uno y la conclusión de firmas.y la conclusión de firmas.

REQUISITOS PARA REQUISITOS PARA EXTENDER ESCRITURA EXTENDER ESCRITURA

PUBLICAPUBLICA

- SOLICITUD DE ACTO JURIDICO - SOLICITUD DE ACTO JURIDICO RELEVANTE Y VIABLE.RELEVANTE Y VIABLE.

- PRESENTACION Y EXHIBICION DE PRESENTACION Y EXHIBICION DE DOCUMENTOS QUE ACREDITEN LOS DOCUMENTOS QUE ACREDITEN LOS DERECHOS INVOCADOS. DERECHOS INVOCADOS.

EFECTOS DE LA ESCRITURA EFECTOS DE LA ESCRITURA PUBLICAPUBLICA

A) EN LA INTRODUCCION. A) EN LA INTRODUCCION. B) EN EL CUERPO.B) EN EL CUERPO. C) EN LA CONCLUSION.C) EN LA CONCLUSION.

VERIFICACION DE VERIFICACION DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS:OBLIGACIONES TRIBUTARIAS: IMPUESTOS MUNICIPALES.IMPUESTOS MUNICIPALES.

- Patrimonio predial, patrimonio vehicular y - Patrimonio predial, patrimonio vehicular y alcabala. (D.Leg. 776, Ley Nº 27616, D.S. alcabala. (D.Leg. 776, Ley Nº 27616, D.S. 156-2004-EF.156-2004-EF.

IMPUESTO A LA RENTA DE 2º IMPUESTO A LA RENTA DE 2º CATEGORIA. Por la transferencia de CATEGORIA. Por la transferencia de inmuebles adquiridos después del 2004. inmuebles adquiridos después del 2004. D.S. 086-2004-EF.D.S. 086-2004-EF.

COLABORACION EN COLABORACION EN OBLIGACIONES TRIBUTARIASOBLIGACIONES TRIBUTARIAS

Relacionado a la verificación e inserto de Relacionado a la verificación e inserto de los medios de pago bancarios, a través de los medios de pago bancarios, a través de constancias que el notario debe insertar. constancias que el notario debe insertar. Exigible por transacciones desde U.S$ Exigible por transacciones desde U.S$ 1,500.00 hasta S/. 5,000.00 si el usuario 1,500.00 hasta S/. 5,000.00 si el usuario pretende efecto tributario. Ley 28194 y su pretende efecto tributario. Ley 28194 y su reglamento D.S. 150-2007-EF.reglamento D.S. 150-2007-EF.

FISCALIZACIONES EN MATERIA DE FISCALIZACIONES EN MATERIA DE LAVADO DE ACTIVOS.LAVADO DE ACTIVOS.

Los notarios tenemos de la obligación de Los notarios tenemos de la obligación de informar de operaciones inusuales y informar de operaciones inusuales y sospechosas que los interesados realizan a sospechosas que los interesados realizan a través de sus transacciones contractuales.través de sus transacciones contractuales.

En atención al delito de lavado de activos, En atención al delito de lavado de activos, se crea la UIF, que a vez establece sujetos se crea la UIF, que a vez establece sujetos que brinden información a la UIF, estando que brinden información a la UIF, estando dentro de ellos los notarios.dentro de ellos los notarios.

Los notarios tienen hasta cuatro Los notarios tienen hasta cuatro obligaciones. (Ley 27693 y modificaciones, obligaciones. (Ley 27693 y modificaciones, D.S. 018-2006-JUS, D.Leg. 1106)D.S. 018-2006-JUS, D.Leg. 1106)

OBLIGACIONES ANTE LA UIFOBLIGACIONES ANTE LA UIF

Nombrar un oficial de cumplimiento.Nombrar un oficial de cumplimiento. Informar de operaciones sospechosas e Informar de operaciones sospechosas e

inusuales.inusuales. Contar con un registro de transacciones.Contar con un registro de transacciones. Dejar constancia en el instrumento público Dejar constancia en el instrumento público

de haber tomado las mínimas acciones de de haber tomado las mínimas acciones de control y debida diligencia en todas la control y debida diligencia en todas la formalización de las contrataciones llevadas formalización de las contrataciones llevadas a cabo en los oficios notariales.a cabo en los oficios notariales.

PROTOCOLIZACIONESPROTOCOLIZACIONES

DEFINICIONDEFINICION. Es el acto notarial, que consiste en el acto . Es el acto notarial, que consiste en el acto por el cual el notario incorpora al registro de escrituras por el cual el notario incorpora al registro de escrituras públicas los documentos que la ley, una resolución judicial públicas los documentos que la ley, una resolución judicial o administrativa ordenen.o administrativa ordenen.

FORMAFORMA::- El asentamiento de la respectiva acta, formalizando el acto El asentamiento de la respectiva acta, formalizando el acto

de incorporación.de incorporación.- La incorporación de la documentación al final del protocolo.La incorporación de la documentación al final del protocolo.

Certificación de apertura de libros.Certificación de apertura de libros. Constatación de supervivencia.Constatación de supervivencia. Constatación domiciliaria.Constatación domiciliaria.

PROTOCOLIZACIONPROTOCOLIZACION

FINALIDADFINALIDAD. No es otra cosa que generar . No es otra cosa que generar matricidad al expediente, para expedir los matricidad al expediente, para expedir los traslados que sean necesarios y lograr la traslados que sean necesarios y lograr la custodia y conservación. custodia y conservación.

CONTENIDO DEL ACTA. Art. 65º LN. CONTENIDO DEL ACTA. Art. 65º LN. (lugar, fecha, notario, materia, (lugar, fecha, notario, materia, intervinientes, número de fojas, nombre del intervinientes, número de fojas, nombre del juez, juzgado, secretario, resolución juez, juzgado, secretario, resolución consentida)consentida)

PODERES OTORGADOS ANTE PODERES OTORGADOS ANTE NOTARIO PUBLICO.NOTARIO PUBLICO.

DEFINICION.DEFINICION.

- Significa otorgar facultades de Significa otorgar facultades de representación a favor de una persona.representación a favor de una persona.

- Posibilidad de celebrar un acto jurídico Posibilidad de celebrar un acto jurídico representado por otra persona.representado por otra persona.

- El poder es la facultad que recibe el El poder es la facultad que recibe el apoderado del poderdante para actuar en apoderado del poderdante para actuar en su nombre y representación con arreglo a su nombre y representación con arreglo a ley.ley.

CLASES DE PODERES.CLASES DE PODERES.

PODER POR CARTA O CARTA PODER, PODER POR CARTA O CARTA PODER, CON FIRMA LEGALIZADA.CON FIRMA LEGALIZADA.

PODERES FUERA DE REGISTRO.PODERES FUERA DE REGISTRO. PODER POR ESCRITURA PUBLICA.PODER POR ESCRITURA PUBLICA.

Art. 117 y siguientes de la LN y su Art. 117 y siguientes de la LN y su reglamento.reglamento.

PODERES OTORGADOS EN EL PODERES OTORGADOS EN EL EXTRANJERO.EXTRANJERO.

OTORGADO ANTE AUTORIDAD OTORGADO ANTE AUTORIDAD EXTRANJERA EN EL EXTERIOR.EXTRANJERA EN EL EXTERIOR.

- “Apostilla” emitida por la cancillería, para - “Apostilla” emitida por la cancillería, para autenticar un instrumento público emitido en autenticar un instrumento público emitido en el extranjero.el extranjero.

OTORGADO ANTE EL CONSUL DEL OTORGADO ANTE EL CONSUL DEL PERU EN EL EXTRANJERO (EMBAJADA PERU EN EL EXTRANJERO (EMBAJADA PERUANA).PERUANA).

ARCHIVO NOTARIALARCHIVO NOTARIAL

CONCEPTO. CONCEPTO. El archivo notarial es el acervo El archivo notarial es el acervo documentario que el notario conserva, custodia documentario que el notario conserva, custodia en su oficio notarial y responde por la integridad en su oficio notarial y responde por la integridad de las mismas, que esta constituido por los de las mismas, que esta constituido por los registros físicos, en soporte de papel o en medios registros físicos, en soporte de papel o en medios magnéticos que conserva el notario conforme a magnéticos que conserva el notario conforme a ley. Constituido por los tomos de minutas ley. Constituido por los tomos de minutas extendidas en el registro, los documentos extendidas en el registro, los documentos protocolizados conforme a ley y los índices que protocolizados conforme a ley y los índices que señala la ley.señala la ley.

INTEGRAN EL ARCHIVO INTEGRAN EL ARCHIVO NOTARIALNOTARIAL

LOS REGISTROS.LOS REGISTROS. LOS TOMOS DE MINUTAS.LOS TOMOS DE MINUTAS. LOS DOC. PROTOCOLIZADOS.LOS DOC. PROTOCOLIZADOS. LOS INDICES QUE SEÑALA LA LEY.LOS INDICES QUE SEÑALA LA LEY.

TRASLADOS TRASLADOS INSTRUMENTALES.INSTRUMENTALES.

CONCEPTO. CONCEPTO. El notario público en el El notario público en el ejercicio de sus funciones emite y expide, ejercicio de sus funciones emite y expide, bajo responsabilidad, a quien lo solicite, los bajo responsabilidad, a quien lo solicite, los traslados de instrumentos públicos que se traslados de instrumentos públicos que se hayan extendido y hayan concluido hayan extendido y hayan concluido satisfactoriamente el proceso de firmas en satisfactoriamente el proceso de firmas en su despacho, lo podrá hacer en forma su despacho, lo podrá hacer en forma manuscrita, mecanografiada, fotostática, o manuscrita, mecanografiada, fotostática, o cualquier medio idóneo de reproducción.cualquier medio idóneo de reproducción.

CLASES DE TRASLADOS CLASES DE TRASLADOS INSTRUMENTALES.INSTRUMENTALES.

TESTIMONIO.TESTIMONIO. PARTE.PARTE. BOLETA.BOLETA. ADICIONALMENTE.ADICIONALMENTE.

* Obligatoriedad del notario en la expedición * Obligatoriedad del notario en la expedición de traslados. (bajo responsabilidad, colegio de traslados. (bajo responsabilidad, colegio de notarios y exhibir manifiestos). Art. 87º y de notarios y exhibir manifiestos). Art. 87º y 93º de la LN.93º de la LN.

MECANISMOS PARA EXPEDIR MECANISMOS PARA EXPEDIR TRASLADOS INSTRUMENTALES.TRASLADOS INSTRUMENTALES.

A) FORMAS CONVENCIONALES: A) FORMAS CONVENCIONALES: manuscrita, mecanografiada, copia manuscrita, mecanografiada, copia fotostática y cualquier medio idóneo de fotostática y cualquier medio idóneo de reproducción.reproducción.

B) FORMAS MODERMAS: B) FORMAS MODERMAS: b.1b.1. formato . formato digital, digital, b.2.b.2. medios físicos que contengan el medios físicos que contengan el documento matriz en forma encriptada y documento matriz en forma encriptada y segura, y segura, y b.3.b.3. electrónicamente. electrónicamente.