demanda de expropiación

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Demanda de Expropiación

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SECRETARIO: Enrique Cedeo Martnez.EXPEDIENTE:CUADERNO: Principal.ESCRITO: N 01.SUMILLA: Demanda de Expropiacin.

SEOR JUEZ CIVIL DE LA PROVINCIA DE AREQUIPAJimmy Vargas Alvarado, identificado con DNI N 72797024, con domicilio en la Urb. Las Brisas A-1 de esta ciudad, representando en mi condicin de Gerente Municipal, y por consiguiente representante legal de la entidad de derecho pblico denominada Municipalidad Provincial de Arequipa, ante su despacho realizo esta DEMANDA DE EXPROPIACIN por causa de utilidad pblica e inters social:l. VIA PROCEDIMENTAL y PETITORIO:Que, en VIA DE PROCESO ABREVIADO, interponemos demanda de expropiacin contra BRYAN POLANCO LINO con domicilio en Urb. Piedra Santa G-1 Yanahuara, con la finalidad de que se llegue a expropiar en favor de La Municipalidad Provincial de Arequipa el bien inmueble del demandado ubicado en la Urb. Piedra Santa G-1 Yanahuara. 1.- Que se decrete, por causa de utilidad pblica e inters social, a favor de la Municipalidad provincial de Arequipa, la expropiacin del predio ubicado en Urb. Piedra Santa G-1 Yanahuara a la jurisdiccin de este municipio, por tener destino de autopista que conecte los distritos de Yanahuara y Cerro Colorado.2.- Que la sentencia por medio dela cual se decrete la expropiacin, contenga igualmente la cancelacin de cualquier gravamen, embargo o inscripcin que recaiga sobre el bien anteriormente descrito, decretando igualmente, el avalo del bien expropiado y separadamente la indemnizacin a favor del interesado.III. FUNDAMENTOS DE HECHO

1.- Conforme al Acuerdo de Consejo N 049-2012, del 22 de noviembre del ao 2012, emanado del Consejo Municipal de la Provincia de Arequipa, se consider necesario y de inters social, la adquisicin de un lote de terreno ubicado en la Urb. Piedra Santa G-1 Yanahuara.2- El mencionado Acuerdo, dispuso adems, la expropiacin del inmueble referido, previa la resolucin expedida por la alcalda de este municipio, en caso de no llegarse a un acuerdo con el propietario, en cuanto a su adquisicin se refiere.3.- Asimismo, en el mencionado Acuerdo, se autoriz al alcalde municipal para acreditar la resolucin correspondiente, dirigida a fijar el momento en que debe proceder la expropiacin, y en la cual se consagren las autorizaciones legales para instaurar el respectivo proceso por parte de la Gerencia Municipal.4.- El artculo 5 del Acuerdo en referencia, dispuso que el alcalde del municipio sera la persona encargada de determinar las obras que deban de desarrollarse, teniendo en cuenta el plan de obras determinado por la legislacin municipal.5.- La Alcalda, considero en cuanto al destino a darse al bien objeto de expropiacin es el siguiente: conforme se desprende del proyecto aprobado por La Municipalidad Provincial de Arequipa en el terreno a expropiar se pretende realizar la autopista, que conecte los distritos de Yanahuara y Cerro Colorado, ahorrando en el tiempo de viaje y seguridad a todos sus usuarios, as como va a permitir que se generen puestos de trabajo para la construccin de dicha autopista, notndose la necesidad publica, teniendo en cuenta el nmero de habitantes en nuestra ciudad, siendo esta autopista una solucin para que se habiliten nuevas vas de circulacin.6.- En consecuencia, y en vista que no hubo ningn acuerdo en negociacin directa en lo expuesto hasta el momento, se interpone dicha demanda con el fin que se expropie dicho bien en favor del demandante.IV. FUNDAMENTACION JURIDICAArtculo 70 de la Constitucin Poltica de 1993, del cual se desprende que puede privarse de la propiedad por causa de seguridad nacional o necesidad pblica, declarada por ley, y previo pago en efectivo de indemnizacin justipreciada que incluya compensacin por el eventual perjuicio.Artculos 519 Y siguientes del Cdigo Procesal Civil, referidos precisamente al proceso de expropiacin y comprendidos en el Sub-Captulo 4 ("Expropiacin") del Captulo 11 ("Disposiciones generales") del Ttulo 11 ("Proceso abreviado") de la Seccin Quinta ("Procesos contenciosos") del citado cuerpo de leyes.Artculo 2 de la Ley General de Expropiaciones (Ley Nro. 27117), en l que se seala que la expropiacin consiste en la transferencia forzosa del derecho de propiedad privada, autorizada nicamente por ley expresa del Congreso en favor del Estado, a iniciativa del Poder Ejecutivo, Regiones o Gobiernos Locales y previo pago en efectivo de la indemnizacin justipreciada, que incluya compensacin por el eventual perjuicio.

V. MEDIOS PROBATORIOS:

1. Copia de la resolucin No. 001, por medio de la cual se decret la expropiacin objeto del presente proceso, debidamente notificado y ejecutoriado.2. Plano topogrfico de la superficie de terreno correspondiente al inmueble objeto de la expropiacin, aprobado por la Secretara de Obras Pblicas de la Municipalidad.3.- Certificado registral inmobiliario, de fecha 4 de junio del 2015 expedido por el Registro de la Propiedad Inmueble de Arequipa, referido al inmueble que se pretende expropiar; del que se desprende de que dicho bien se encuentra inscrito en los Registros Pblicos, que su propietario es el demandado y que no existe registrado derecho alguno en favor de tercero (es decir, gravmenes, cargas, medidas cautelares, etc.), ni tampoco existe duplicidades registrales totales o parciales.4.- Acuerdo de Consejo N 049-2012.VI. ANEXOS1. A Los documentos relacionados el en acpite anterior.1. B Copia de la demanda con sus anexos para el traslado y copia de la misma para archivo del Juzgado.1. C Certificado registral inmobiliario.1. D Documento tcnico de identificacin y evaluacin del bien a expropiar.POR TANTO: Srvase Seor Juez(a) admitir a trmite la demanda, por ser de derecho.

Arequipa, 12 de marzo del 2015.

___________________________________________SECRETARIO: ENRIQUE CEDEO MARTINEZ