tesis accidentes traumatismos
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Fracturas
Una fractura se define como una solución de continuidad del tejido óseo
y /o cartilaginoso, la fractura se produce por la aplicación de una fuerza que
supera la resistencia del hueso ya sea de manera directa o indirecta, esta fuerza
puede ser puntual ( de alta energía) o tener una secuencia de repetición (de baja
energía) que va debilitando al hueso hasta provocar su fractura.
Luxaciones
Todos los huesos del organismo que tienen contacto con otros huesos lo
hacen a través de articulaciones, hay una amplia gama de las mismas, desde
articulaciones fijas como las que unen el hueso del cráneo articulaciones como las
del hombro. Que permiten movimiento en todas las direcciones (flexión /
extensión, aducción /abducción y rotación circular). Cuando los huesos que
forman parte de una articulación pierden parcialmente el contacto uno con el otro,
nos encontramos con una subluxación; cuando la parte de contacto es total lo que
tenemos es una luxación.
Politraumatismo
El paciente poli traumatizado es aquel que presenta varias lesiones, de las
cuales al menos una de ellas es potencialmente vital, los accidentes de trafico son
responsables del 38% de las muertes accidentales, es la primera causa de
mortalidad en menores de 30 años en los países industrializados, la mayoría de
las victimas son jóvenes el 33% menores de 25 de años y el 66% menores de 45
años.
Contusiones
Es una herida cerrada en la que un baso sanguíneo roto no sufre una
hemorragia en el tejido circundante, la sangre puede formar un hematoma si el
sangrado es suficiente y queda retenido, puede ser secundaria a fuerzas contusas
externas o atenciones por esfuerzos.
REGLAMENTO DE LA LEY DE TRANSITO TERRESTRE
Según el decreto presidencial Nº 2.542 de fecha 26 de mayo de 1998,
publicado en la gaceta oficial Nº 5.242 del 26 de junio de 1.998, el ejercicio
nacional dicto el reglamento de la ley de transito, el cual tiene por objeto
desarrollar las normas contenidas en la ley de transito terrestre, promulgada en
1996 con la entrada en vigencia de este instrumento legal,(junio 1998), se derogó
el reglamento de ley de transito terrestre de fecha 14 de mayo de 1981 y demás
disposiciones contrarias a este decreto.
Ahora bien, el reglamento detalla los dispositivos de seguridad para
vehículos de tracción humana, animal, motocicletas y automóviles, incluyendo
luces, parabrisas, bocinas, silenciadores, frenos, espejos retrovisores y materiales
reflectantes. El conductor de motocicleta así como su acompañante deberá utilizar
casco de seguridad y usar además anteojos o casco integral con visera. Las
bicicletas son consideradas vehículos de tracción humana y deben llevar material
reflectante. El titulo V del reglamento profundiza en lo referido en las normas de
circulación y dispone la revisión técnica periódica de vehículos y el modo,
condiciones y oportunidades en que esta debe realizarse (articulo 233). Regula
también lo regulativo al comportamiento de peatones, adelantamientos, cruces,
medidas de seguridad en caso de trabajos que afecten la circulación, tiempo de
conducción y descanso, medidas de seguridad como bocinas, luces y elementos
reflectante {88,92}
Así pues, la ley de transito en su artículo 129 contemplo que es culpable el
conductor que en el momento del hecho se encontrase bajo los efectos de bebidas
alcohólicas, de sustancias estupefacientes o psicotrópicas, o que condujese con
exceso de velocidad. A dicho conductor se le practicara el examen toxicológico
correspondiente, el cual podrá ser omitido en caso de utilización de prueba e
instrumento científico por parte de las autoridades competentes al momento de
levantar el siniestro.
En relación con los aspectos de seguridad, la ley de transito estableció las
obligaciones y derechos de los conductores, normas de circulación vehicular,
licencias de conducción y edad mínima para conducir. Al respecto, es necesario
poseer condiciones físicas y psicológicas, aprobar un curso y examen y tener 18
años. Los mayores de 16 pueden obtener matricula con autorización paterna. Para
vehículos de pasajeros y camiones la edad mínima exigida es de 21 años.
EL PODER MUNICIPAL Y LA SEGURIDAD Y EDUCACIÓN VIAL.
Convertidos en importantes escenarios para la participación, 335 municipios
distribuidos en todo el territorio nacional adquieren una importancia vital y surgen
como imanadores del poder de decisión local, ajustando su función con los
habitantes de su comunidad, sujetos protagónicos de la democracia participativa.
Ante este proceso de trasformación que ahora comienza a sentirse con más
intensidad, luce imperiosa la necesidad de poner esos espacios urbanos, rurales,
fronterizos e indígenas al servicio de la localidad en el área de la seguridad y
educación vial, porque así lo establece la constitución nacional y demás leyes.
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