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Índice

Introducción.Elnuevomodeloorganizativomilitante....................................................7

Cómonosorganizamos:reforzarlabaseyserdeterminantesdesdelolocal.................7

Principiospolíticosyorganizativos..................................................................................8

Título1.Estructuraorgánicaestatal................................................................................9

Introducción.Diálogoentreelnivelestatalyelterritorial,labasedeunabuenarelación...............................................................................................9

LaAsambleaCiudadana........................................................................................................9

1.Definición...................................................................................................................9

2.Composición.............................................................................................................10

3.AsambleaCiudadanaordinariaypermanente.........................................................10

4.Competencias...........................................................................................................10

5.Convocatoria............................................................................................................11

6.Organizaciónyfuncionamiento................................................................................11

ElConsejoCiudadanoEstatal..............................................................................................12

7.Definición.................................................................................................................12

8.Composición.............................................................................................................12

9.Competencias...........................................................................................................13

10.Convocatoriayfuncionamiento.............................................................................13

11.Elecciónyrevocación.............................................................................................14

LaSecretaríaGeneralEstatal..............................................................................................14

12.Definición................................................................................................................14

13.Competencias.........................................................................................................15

14.Elección..................................................................................................................15

ElConsejodeCoordinaciónEstatal.....................................................................................15

15.Definiciónycomposición.......................................................................................15

16.Funciones...............................................................................................................16

LaComisióndeGarantíasDemocráticasEstatal.................................................................17

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UnPodemosContigo.

17.Definición...............................................................................................................17

18.Composición...........................................................................................................17

19.Funciones...............................................................................................................18

20.Funcionamiento.....................................................................................................18

21.Mediación...............................................................................................................19

Título2.Estructuraorgánicaautonómica.....................................................................20

Introducción.Diálogoentreelnivelautonómicoylolocal:elpapeldelosCírculos..........20

LaAsambleaCiudadanaAutonómica..................................................................................20

22.Definición...............................................................................................................20

23.Composición...........................................................................................................20

24.AsambleaCiudadanaAutonómicaordinariaypermanente...................................20

25.Competencias.........................................................................................................21

26.Convocatoria..........................................................................................................22

27.Organizaciónyfuncionamiento.............................................................................22

28.EquiposTécnicos....................................................................................................23

ElConsejoCiudadanoAutonómico.....................................................................................2329.Definición...............................................................................................................2330.Elecciónycomposición...........................................................................................2331.Competencias.........................................................................................................2432.Convocatoriayfuncionamiento.............................................................................25

33.Revocación.............................................................................................................25

LaCoordinaciónAutonómica..............................................................................................25

34.Definición...............................................................................................................25

35.Competencias.........................................................................................................26

36.Elección..................................................................................................................26

ElConsejodeCoordinaciónAutonómico............................................................................26

37.Definiciónycomposición.......................................................................................26

38.Funcionamiento.....................................................................................................27

LaComisióndeGarantíasDemocráticasAutonómica........................................................27

39.Definición................................................................................................................27

40.Composición...........................................................................................................27

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41.Funciones...............................................................................................................28

42.Funcionamiento.....................................................................................................29

Título3.Nivelprovincialoinsular:laReddeCírculos...................................................30

Introducción.Unapiezaclaveparaescalarproblemasysoluciones..................................30

LaReddeCírculosprovincialoinsular................................................................................30

43.DefiniciónyparticipaciónenelConsejoCiudadanoAutonómico.........................30

44.Composición...........................................................................................................31

45.Competencias.........................................................................................................31

46.Funcionamiento.....................................................................................................32

47.Larealidadinsular..................................................................................................32

Título4.Elnivelmunicipal:unidadbásicadeacciónpolítica.........................................33

Introducción.LamilitanciadecideyseimplicadesdelosCírculos.....................................33

Esquemamotivadodelnivelmunicipalydelosórganosmunicipales...............................33

48.LaAsambleaCiudadanaMunicipalylamilitancia..................................................34

49.CompetenciasyconvocatoriadelaAsambleaCiudadanaMunicipal.....................34

Municipiosdehasta50militantesomáscon1círculo:elPlenario....................................35

50.Definiciónyfuncionamiento..................................................................................35

51.ConvocatoriadelPlenario......................................................................................35

52.Competencias.........................................................................................................36

Municipioscon51omásmilitantesyenvariosCírculos:elConsejodeCírculos...............36

53.Definiciónyfuncionamiento..................................................................................36

54.ConvocatoriadelConsejodeCírculos....................................................................37

55.Competencias.........................................................................................................37

LaPortavocíamunicipal.......................................................................................................38

56.Definiciónyfunciones............................................................................................38

ElConsejodeCoordinaciónMunicipal................................................................................38

57.Definición,funcionesyfuncionamiento.................................................................38

Título5.LosCírculos.....................................................................................................40

58.DefinicióndeCírculo..............................................................................................40

59.Requisitosparaformarparte.................................................................................40

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60.Lamilitanciayelcensodemilitantes.....................................................................41

61.TiposdeCírculos....................................................................................................42

62.ConstitucióndelCírculo.........................................................................................42

63.ActivacióndelCírculo.............................................................................................43

64.OrganizacióninternadelosCírculos......................................................................43

65.CompetenciasdelosCírculos.................................................................................44

66.EntidadjurídicayfinanciacióndelosCírculos........................................................45

67.MecanismosdeautorregulacióndelosCírculosparalaconstruccióncolectiva...46

68.DisolucióndelosCírculos.......................................................................................46

Título6.GruposdeTrabajoSectoriales.........................................................................47

69.Definición...............................................................................................................47

70.RequisitosparalaparticipaciónenGruposdeTrabajoSectoriales........................47

71.ObjetivosyfuncionesdelosGruposdeTrabajoSectoriales..................................47

Título7.Finanzasytransparencia..................................................................................49

Introducción........................................................................................................................49

72.Independenciafinanciera.......................................................................................49

73.Medidasredistributivas..........................................................................................50

74.Nuevosistemadedonaciones...............................................................................50

75.Transparenciaresponsable....................................................................................50

76.Rendicióndecuentas.............................................................................................51

Título8.PodemosExterior............................................................................................52

Disposicionestransitorias.............................................................................................53

Primera.RepresentantesdeCírculosSectorialesenelConsejoCiudadanoEstatal.....53

Segunda.EleccióndeEnlacesdeCírculosparalosConsejosCiudadanosAutonómicos.....53

Tercera.Cronograma-resumendelaimplantacióndelnuevomodelolocalyprovincial.............................................................................53

Cuarta.Nuevosreglamentos........................................................................................54

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Introducción.Elnuevomodeloorganizativomilitante

Cómonosorganizamos:reforzarlabaseyserdeterminantesdesdelolocal

Podemosesunaherramientapolíticaquepretendecambiarlavidadelasclasespopularesdeestepaísdepaísesdesdelamovilizaciónsocialylaentradaenlasinstitucionesparaqueestassean,alfin,útilesalasmayoríasynoaunasélitesprivilegiadas.Enestesentido,nuestrosprimerosañosdevida se vieron caracterizados por la imperiosa necesidad de construir una máquina de guerraelectoraltanperfectaqueimpidióenocasionestejerdesdeabajoyconstruir,almismotiempo,unaorganizaciónsólida,enraizadaennuestrospueblosyciudades,conbasesampliasydebatepolíticoquepermitagarantizarunproyectotransformadoralargoplazo.

LaSegundaAsambleaCiudadanaEstatal,celebradaen2017,nospermitiódefinirelmodelopolíticode Podemos tanto a escala estatal como autonómica y local; sin embargo, el asentamiento y laconsolidacióndelaorganizacióntodavíadebesermayorenlaescalalocal,dondehastaahorasehamostradomásdébil,yesprecisamenteenesenivel,elmáscercanoypegadoalaciudadanía,enelquetenemosqueampliarelcampodeaccióndelamilitancia,dotardetodoelsentidoanuestrosCírculosyposibilitarlaparticipaciónenlavidapolíticainternadePodemosaquieneshansostenidoy sostienen la organización por su base; además de propiciar que accedan a ella todas aquellaspersonasque,ahora,veanenlosCírculosunaoportunidadrealdeinfluirenelnivelmáspróximodelaorganización.

Ademásdeello,laaportacióneconómicadelasbasestienequeserunelementofundamentalquepermita a Podemos crecer constantemente desde lo cotidiano y destinar esos fondos de formaproporcionaladedondevienen.

Apartirdeahora, lafigurajurídicadelapersonaafiliadacobraráunnuevosentidoyseráeldelapersonamilitante:paraser integrantedeplenoderechoenlaorganizaciónseránecesarioabonaruna cuota popular (que será objeto de reglamento) y, además, esta militancia deberá estarvinculadaaunúnicoCírculo.Consideramos ineludibleestecompromisomaterialysimbólicoparaconunproyectoquesesostienealmargendelosbancos.

La militancia va a ser más que nunca la protagonista del presente y del futuro de nuestraorganización.Aella ladotaremos,apartirdeahora,de todas lasherramientasa sualcanceparaquesuvoztengaelecoquemerece.

Las personasmilitantes serán las que podrán elegir en exclusiva a su dirección local, y siempreestaránreferenciadasenunCírculo.DesdequeesteDocumentoorganizativopuedaentrarenvigory salvando los necesarios meses de reajustes entre niveles, serán las y los militantes quienesescojanasusPortavocesydemásórganoslocalesdesdesusCírculos.

La militancia, además, tendrá a su vez abierta la participación en el resto de niveles de laorganización.

Se trata, en definitiva y como se verá en las páginas siguientes, de dotar de sentido, potencia yaccióncolectivaalasherramientasorgánicasquetienennuestrasbasesparaempoderarseyhacer

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política en el afuera, trazando la línea política que llevará la organización en su territorio yconstruyendounfuturocomúnjuntoalasfuerzashermanasdelcambio.

Ellonoesóbiceparaquelosasuntosqueafectaránacuestionescomolasprimariasainstitucionesmunicipalesderepresentación,alprogramaoaposiblesalianzassigandependiendodelavoluntaddelconjuntodelaspersonasinscritas,quetambiénseguirándecidiendosobrelosórganosestatalesyautonómicos.

Principiospolíticosyorganizativos

Podemos pretende seguir siendo una herramienta útil para el cambio político en nuestro país apartirdeunosprincipiospolíticosyorganizativosquesebasanenlaunidadentornoaunmismoobjetivo; una descentralización razonada y en función de las necesidades de cada territorio,siempreteniendopresenteelrespetohaciasudiversidad,peroalmismotiempoalproyectocomúncompartido; el trabajo en pos de consolidar un movimiento popular que luche por mejorar ygarantizar una vida digna para las clases populares; los feminismos, a partir de los cuales semantiene la luchacotidianaporunasociedad justaycontra ladiscriminaciónhistóricadegénerosufridaporlasmujeres;ylaplurinacionalidad,entendidacomolaformadevivirnosencomunidadennuestropaísdepaíses.

Asimismo,Podemossebasaenunaseriedeprincipiosorganizativosbásicose irrenunciablespara laconstruccióndeunaorganizaciónsólida,democrática,transformadorayútilalasociedad:elcuidadoylavertebraciónentornoalamilitancia,nuestrarazóndeserygarantíadequeelproyectosigavivo;la inclusióndetodasaquellaspersonasquequieransumarsealcambio; laculturadelcompromisoydelapoyomutuoparaafrontarcualquiertareacotidiana;laigualdaddegénero,queseplasmaenlaparidad en nuestros órganos y espacios de representación, así como en las listas electorales; losCírculos como unidad básica territorial de acción política desde la base; la horizontalidad en laformadehacerpolítica,primandolosacuerdosyelconsensofrentealaculturadelacompetición;combatir la brecha digital y dotar de accesibilidad universal a nuestra militancia y al resto depersonasinscritasparahacerpolítica…

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Título1.Estructuraorgánicaestatal

Introducción.Diálogoentreelnivelestatalyelterritorial,labasedeunabuenarelación

Para que la configuración de los órganos de Podemos tenga sentido y funcione como unamaquinaria bien engrasada, el diálogo entre los distintos niveles ha de ser fluido, desde elmunicipal hasta el estatal, que en última instancia aglutina y representa el sentir general de laorganizaciónyatodassuspersonasinscritasparticipantesdeunauotraforma.

Estediálogodebeserespecialmentefructíferoconlosórganosderepresentaciónenmarcha,yporelloelConsejoCiudadanoEstatal,máximoórganoentreAsambleas,esunforoenelquesedancitarepresentantes de todos los territorios —a través de las personas que sean sus CoordinadorasAutonómicas—,asícomorepresentantesdelasciudadesautónomasydelExteriorydelosCírculos.

Hemosdeencontrar,sinembargo,laformamediantelacualnuestraAsambleaCiudadana,esdecir,el conjunto de las personas inscritas, se involucre cada vez más activamente en la vida de laorganización y en las luchas que tienen lugar a pie de calle: crecer enmilitantes nos dotará demayorfuerzaorgánicaypolítica;nosconvertiráenunsujetopolíticodereferenciaantecualquiermovilizaciónsocial.Paraelloplanteamoselnuevodiseñoaescalalocal,provincialyautonómica,sibienestasavianuevatambiéntienequellegaralosórganosestatalesmediantelarepresentaciónterritorial.

LaAsambleaCiudadanadePodemos

Artículo1.Definición

La Asamblea Ciudadana es el máximo órgano de decisión de Podemos y posee, de formapermanente,lamáximacapacidaddedecisión,asícomoescompetenteparaejercersusfuncionesdemaneracontinuadaeneltiempo.TodaslaspersonasinscritaspuedenparticiparconvozyvotoenlaAsambleaCiudadanaEstatal.

LaAsambleaCiudadanaarbitrarátodoslosmecanismostelemáticosypresencialesparagarantizarelejercicioefectivodelosderechosdeparticipaciónydecisióndetodaslaspersonasintegrantesdePodemos.

LaAsambleaCiudadanaEstatalseráconsultadadeformapreceptivaparalatomadedecisionesdeespecial relevancia y siempre según las competencias que le son propias según el presenteDocumentoorganizativo.

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Artículo2.Composición

LaAsambleaCiudadanaEstatalestácompuestaportodaslaspersonasinscritas.

Artículo3.AsambleaCiudadanaordinariaypermanente

LaAsambleaCiudadanaordinariaesaquellaqueseconvocaparaelegirlalíneaestratégicageneralde la organización; el Documento político, el Documento organizativo, el Documento ético y elDocumento de feminismos, la Secretaría General; la composición del Consejo Ciudadano y laComisióndeGarantíasDemocráticas.

LaAsambleaCiudadanaordinariasereunirácomomínimocadadieciochomesesycomomáximocadacuatroaños;transcurridoesteúltimoperiodo,laAsambleaCiudadanaordinariaseentenderáconvocadadeformaautomática.

Para garantizar la coherencia del proyecto, la elección de la línea estratégica general, de laSecretaríaGeneralylacomposicióndelConsejoCiudadanosellevaráacabodeformarelacionadayenunmismoproceso.

La Asamblea Ciudadana permanente estará siempre abierta a la realización de consultas decaráctervinculantesobreasuntosdeespecialrelevanciapolítica.

La Asamblea Ciudadana permanente podrá convocarse de manera extraordinaria, sin habersecumplidoelplazomínimode18mesesyparalosmismosfinesquelaordinaria,cuando:

• Fallezca,renuncie,resulteincapacitadaoceselapersonaqueocupalaSecretaríaGeneral.

• Sedé cualquierotra circunstanciade relevanciaorgánicaopolíticaexcepcional apreciadaporlaSecretaríaGeneraloportrescuartas(¾)partesdelConsejoCiudadanoEstatalsobresusintegrantesoriginales.

Lasdecisionesde laAsambleaCiudadanapodrán tenercarácterdeconsulta revocatoria;ningunapersonapodrásersometidaaunasegundaconsultarevocatoriaduranteelperiodoenelqueejerzasuresponsabilidad.

Artículo4.Competencias

Comomáximo órgano de Podemos, compete a la Asamblea Ciudadana la plena soberanía sobretodaslascuestionesdeespecialrelevanciaparalaorganización.Susdecisionesseránvinculantesysolorevocablesporlamismaasamblea.

SeráncompetenciasdelaAsambleaCiudadana:

• DeterminarlaestrategiaylalíneapolíticageneraldePodemos.

• ElegiryrevocaralapersonaqueocupelaSecretaríaGeneral.

• ElegiryrevocaralConsejoCiudadanoEstataloacualquieradesusintegrantes.

• ElegiryrevocaralaComisióndeGarantíasDemocráticas.

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• Aprobar el Documento ético, el Documento político, el Documento organizativo y elDocumentodefeminismos,asícomosusmodificaciones.

• Elegir las listas electorales para optar a cargos públicos para las instituciones derepresentacióndecarácterestatal,medianteprimariasabiertasalaspersonasinscritas.

• Aprobarorechazarcualquierpactooalianzapreelectoralopostelectoral,degobiernoodeinvestidura,conotrasfuerzaspolíticas,asícomodefinirloscriteriosmarcoqueafectaránadichospactosennivelesterritorialesinferioresalestatal.

• Aprobarlosprogramaselectoralesdefinitivostrasunprocesodeelaboraciónparticipativa.

• Cualquierotroasuntoqueseconsideredeespecialrelevanciapolíticauorganizativa.

Losacuerdosseadoptaránpormayoríasimple,salvoenloscasosque,estatutariamente,requieranmayoríascualificadas.

Artículo5.Convocatoria

LaAsambleaCiudadanaordinaria seráconvocadade formaautomática transcurridoscuatroañosdesdelaanterior.Asimismo,podráserconvocadaentre18mesesycuatroañospor:

• LaSecretaríaGeneraloelConsejodeCoordinaciónEstatal.

• Unamayoríacualificada(⅗)delConsejoCiudadanoEstatal.

• Un25%delaspersonasinscritasenPodemos.

Se podrá convocar la Asamblea Ciudadana permanente para llevar a cabo consultas de caráctervinculantesobreelementosderelevanciapolíticapor:

• LaSecretaríaGeneral.

• LamayoríaabsolutadelConsejoCiudadanoEstatal.

• Un25%delaspersonasinscritasenPodemos.

Para tomardecisionesdetiporevocatorio, laAsambleaCiudadananopodráserconvocadaantesde 18 meses desde la elección del cargo u órgano a quien afecte. Son competentes para estaconvocatoria:

• LaSecretaríaGeneral.

• LamayoríaabsolutadelConsejoCiudadanoEstatal.

• Un25%delaspersonasinscritasenPodemos.

Artículo6.Organizaciónyfuncionamiento

LaorganizacióntécnicadelaAsambleaCiudadanacorrespondealEquipoTécnicoquenombraráatalefectoelConsejoCiudadanoEstatal.

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LaAsambleaCiudadanaseconvocarácomomínimoconquincedíasdeantelación.Elordendeldíaserá elaborado por dicho Equipo Técnico. La organización establecerá procedimientos para lainclusióndetemasdedebateydecisiónporpartedelosylasparticipantes.

Si la Asamblea Ciudadana es convocada por el conjunto de personas inscritas, estos deberáncoordinarseconelConsejoCiudadanoEstatalparasuorganización.

Losacuerdosseránadoptadospormayoríasimple.

Las normas fundamentales para el correcto desarrollo de las asambleas ciudadanas se fijaránmediante un reglamento aprobado por el Consejo Ciudadano Estatal o por el Consejo deCoordinación,pordelegacióndelprimero.

ElConsejoCiudadanoEstatal

Artículo7.Definición

El Consejo Ciudadano Estatal de Podemos es el órgano de dirección política de Podemos entreAsambleasCiudadanasordinarias.

Las tareas serándesarrolladasmediante lasdistintas secretaríasyáreasde losquesedote,y lasejecutivasseránllevadasacaboporelConsejodeCoordinaciónEstatal.

Artículo8.Composición

ElConsejoCiudadanoEstataldePodemosestarácompuestopor:

• LaSecretaríaGeneraldePodemos,quepresidirásusreuniones.

• LasCoordinadorasylosCoordinadoresdelas17comunidadesautónomas.

• LaspersonasqueencadamomentoejerzanlarepresentacióndelasCiudadesAutónomasdeCeutayMelilla.

• Dos personas electas por las personas inscritas residentes en el extranjero, comorepresentantesanteelConsejoCiudadanoEstatal.

• LasochentaycuatropersonaselegidasdirectayexpresamenteenunaAsambleaCiudadanaparaformarpartedelConsejoCiudadanoEstatal.

• DospersonaselegidasdirectamenteenrepresentacióndelosCírculos.

• Dos personas responsables de los Grupos de Trabajo (antes, Círculos Sectoriales) quedeberánfacilitarsuactividadatodoslosniveles.

Formaránparte del Consejo Ciudadano Estatal, con voz pero sin voto, las personas invitadas, deformatemporalopermanente,pordecisióndelpropioConsejoCiudadanoEstatal,delaSecretaríaGeneralodelConsejodeCoordinaciónEstatal.

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El modelo de representación directa de la militancia y los Círculos, siempre guardando comomínimolaproporcionalidadactual,podrávariarensiguientesAsambleasCiudadanasenfuncióndeldesarrollodelnuevomodeloorganizativoterritorialdesdelamilitancia,conelfindegarantizarsucrecimientoarmónicoysuprotagonismo.

Artículo9.Competencias

SeráncompetenciasdelConsejoCiudadanoEstatal:

• ImpulsarydesarrollarlalíneapolíticadePodemosaprobadaporlaAsambleaCiudadanaysusdecisiones.

• Manifestarsuopiniónenaquellosasuntosque,comoórgano,considererelevantes.

• Aprobar los reglamentos de carácter general que desarrollan los documentos aprobadosporlaAsambleaCiudadana,incluidoeldelpropioConsejoCiudadanoEstatal.

• ConvocaralaAsambleaCiudadanatantoparalascuestionesqueresultenpreceptivascomoparacualesquieraotrasqueseconsiderenrelevantessegúnestedocumento.

• ConvocardeformaextraordinariacualquierAsambleaCiudadanadenivelterritorialinferiorparacuestionesdeespecialtrascendencia.

• AprobarelpresupuestopropuestoporelConsejodeCoordinaciónEstatalylarendicióndecuentasencadaejercicio.

• NombrarysustituirlaspersonasqueformanelConsejodeCoordinación.

• Nombrarysustituiralosylasresponsablesdelassecretaríasyáreasestatales.

• Aprobar la memoria de gestión y análisis político que deberá presentar anualmente elConsejodeCoordinaciónEstatal.

• Definir los mecanismos necesarios para la coordinación política del Consejo CiudadanoEstataldePodemosconlosgruposparlamentariosenelCongresoyenelSenado,asícomoelegir —tras escuchar a los grupos parlamentarios— sus estructuras de funcionamiento,portavocíasyalaspersonasquedesempeñaránesasresponsabilidades.

Artículo10.Convocatoriayfuncionamiento

ElConsejoCiudadanoEstatalpodráserconvocadoencualquiermomento:

• ApropuestadelaSecretaríaGeneralodelConsejodeCoordinación.

• Por el Consejo de Coordinación Estatal, a petición de la mayoría simple del ConsejoCiudadano.

• Por el Consejo de Coordinación Estatal, a petición del 10% de las personas inscritas enPodemos.

Salvoduranteperiodoselectorales,nopodrántranscurrirmásdetresmesesentredosreunionesdel Consejo Ciudadano Estatal. El Consejo de Coordinación Estatal lo convocará antes de quetranscurraeseplazo.

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El Consejo Ciudadano Estatal se organizará por secretarías y áreas para el desarrollo de susfunciones cuando no está reunido, cada una de las cuales contará con, al menos, una personaresponsable.ElConsejoCiudadanoEstatalpodrá,encualquiermomento,crearnuevassecretaríasyáreasyreorganizaroredistribuirlasexistentes.

LosdocumentosvigentesyelreglamentodelConsejoCiudadanoEstataldeterminaránunquórummínimopara la constituciónyvalidezde lasdecisionesdelConsejoCiudadano,quenopodrá serinferioral20%desuspersonasintegrantesdelaparteelectaenAsambleaCiudadana.

Independientementedeestaorganización,elConsejoCiudadanoEstataltendráunaSecretaríadeFeminismosyPolíticasdeIgualdad.

ElConsejoCiudadanoEstatalelaborarásupropioreglamentodefuncionamientointerno,queseráaprobadoporlamayoríasimpledesusintegrantes.

Losacuerdosseránadoptadosporlamayoríasimpledesusintegrantespresentesdeacuerdoconsureglamento.

Artículo11.Elecciónyrevocación

La parte electa del ConsejoCiudadano Estatal será elegidapor laAsambleaCiudadanamedianteprimariasabiertas,deacuerdoconelreglamentoprevistoparasuelección.

LasdospersonasquerepresentenalaspersonasinscritasdePodemosresidentesenelextranjeroseránelegidasporellasmediantesufragiouniversaldirectoenunplazomáximodeseismeses.Elderechoaparticiparenestaelecciónnoseráincompatibleconlapertenenciaalcensovinculadoalterritorioestatal.

Las personas integrantes del Consejo Ciudadano Estatal cesarán por la convocatoria de unaAsamblea Ciudadana en la que se proceda a elegir su parte electa, por dimisión, incapacidad,fallecimiento o por perder la condición originaria que generaba el derecho a pertenecer a dichoórgano. Las personas electas podrán ser revocadas por la Asamblea Ciudadana mediante elprocedimientocontempladoenestedocumento.

UnavezelectaslaspersonasqueformaránpartedelConsejoCiudadanoEstatal,sialgunadeellascesaenelórganosupuestonopodrásersustituido.

LaSecretaríaGeneralEstatal

Artículo12.Definición

LaSecretaríaGeneraleselórganoqueejercelarepresentaciónpolíticaeinstitucionaldePodemos,coordinandosusactividadesyasegurandolacoherenciaestratégicadesudiscursoyacciónpolítica.

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Artículo13.Competencias

SeráncompetenciasdelapersonaelegidaparaejercerlaSecretaríaGeneral:

• Ejercerlarepresentaciónlegal,políticaeinstitucionaldelpartido.

• Coordinar sus actividades y asegurar la coherencia estratégica de su discurso y acciónpolítica,asícomolaunidadorganizativainternaylacoordinacióndelasáreasejecutivasdelConsejoCiudadanoEstatal.

• PresidirelConsejoCiudadanoyelConsejodeCoordinaciónestatales.

• ConvocarlaAsambleaCiudadanadePodemos.

• Convocar,paracuestionesdeespecialtrascendencia,unaAsambleaCiudadanadecualquiernivelterritorial.

• Convocar espacios de coordinación ejecutiva para tratar temas específicos de naturalezatanto política como organizativa, formados por un número de personas que variará enfuncióndelasnecesidadesdeldebateencadamomento.

Artículo14.Elección

Lapersonaqueocupe laSecretaríaGeneralseráelegidapor laAsambleaCiudadanadePodemosmediantesufragiolibreydirecto.

Lascandidaturassepresentarándeacuerdoalestablecimientodeunreglamentoqueexigirá,comorequisito,unaantigüedadmínimadeseismesesdeinscripciónenPodemos.

Lapersonaqueocupe laSecretaríaGeneralpodráser revocadamediante laconvocatoriadeunaconsulta vinculante revocatoria a la Asamblea Ciudadana que la nombró. El Consejo CiudadanoEstatal, actuando de manera colegiada, será el encargado de organizar el proceso electoral derevocación.

ElConsejodeCoordinaciónEstatal

Artículo15.Definiciónycomposición

ElConsejodeCoordinaciónEstataleselórganocolegiadoenqueseapoyanlaSecretaríaGeneralyelConsejoCiudadanoEstatalpararealizarlastareasdecarácterpolíticoydecoordinacióninterna.

ElConsejodeCoordinación,actuandodemaneracolegiada,atenderá lasobligacionesdecaráctergeneraldelaorganizaciónyasumirálasdecisionespolíticasinmediatas(siempreencoherenciaconloacordadoenlaAsambleaCiudadanayelConsejoCiudadano),coordinandolaactividadpolíticayejecutivadelasdiferentesáreasyequiposdetrabajodelConsejoCiudadano.

ElConsejodeCoordinaciónEstatalestarácompuestoporlaSecretaríaGeneral,quelopresidirá,yunnúmerodeentre10y20personaselegidasporelConsejoCiudadanoEstatal.Sucomposiciónserácomomínimodel50%demujeres.

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Documentoorganizativo

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UnPodemosContigo.

El Consejo de Coordinación se organizará en secretarías y áreas de trabajo establecidas por elConsejoCiudadanoapropuestadelaSecretaríaGeneral.

LaspersonasintegrantesdelConsejodeCoordinaciónpodránserrevocadasdesusfuncionesporelConsejo Ciudadano o por la Asamblea Ciudadana mediante una consulta vinculante. El ConsejoCiudadano,actuandodemaneracolegiada,seráelencargadodeorganizarelprocesoelectoralderevocación.LosreferéndumsrevocatoriosdelaspersonasintegrantesdelConsejodeCoordinaciónseránexclusivamentedecarácterindividual.

Artículo16.Funciones

Susfuncionesson:

• Darcontinuidada la líneapolíticaacordadaen lasasambleasciudadanasyadaptarlaa lascircunstanciasdelmomento.

• EjecutarlosacuerdosadoptadosporelConsejoCiudadanoylaAsambleaCiudadana.

• DefinirelordendeldíadelasreunionesdelConsejodeCoordinación.

• Asumirtodasaquellasfuncionesqueleencomiende,pordelegación,elConsejoCiudadano.

• NombrarysustituiralapersonaqueocupelaGerencia.

• Nombrarysustituiralapersonaresponsabledelcumplimientonormativo.

• Nombrarysustituiralapersonaqueocupelaresponsabilidadeconómico-financiera.

• NombrarysustituiraldelegadoodelegadadeProteccióndeDatosdelpartido.

• Facilitar las funciones de la Comisión de Garantías Democráticas y la existencia de losmedios para la defensa de los derechos de las personas inscritas, de conformidad con loestablecidoenesteDocumentoorganizativoyenlalegislaciónvigentesobreorganizacionespolíticas.

• Realizar el seguimiento de la ejecución de los acuerdos, así como velar por el buenfuncionamientodetodalaorganización.

• Velarporelcumplimientode lasnormas internasyde la legislaciónvigentequeafectealpartido, realizando todas las actuaciones y adecuaciones que sean necesarias para sucumplimiento,yresponderalosrequerimientosdelasautoridades.

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UnPodemosContigo.

LaComisióndeGarantíasDemocráticasEstatal

Artículo17.Definición

LaComisióndeGarantíasDemocráticasesunórganoimparcialeindependienteencargadodevelarporel respetoa losderechosde laspersonas inscritasenPodemosyporel cumplimientode losprincipios fundamentales y las normas de funcionamiento de la organización, de acuerdo con loestablecidoenlanormativadelpropiopartido.

A tales efectos, Podemos podrá disponer de una Comisión de Garantías en cada una de lascomunidadesautónomasyunaComisióndeGarantíasDemocráticasanivelestatal.

Artículo18.Composición

La futura Comisión de Garantías Democráticas Estatal se constituirá conforme a los requisitosprevistos en este documento; y se establecerá dentro de los parámetros del reglamento deincompatibilidades previsto en el Código Ético. Su funcionamiento ordinario será objeto dedesarrolloreglamentarioquedeberáseraprobadoporelConsejoCiudadanoestatal.

La Comisión de Garantías Democráticas Estatal estará compuesta por 5 personas titulares y 5suplentesquesustituiránconplenasfacultadesa losanteriorescuandono lesseaposibleejercersusfunciones.

Laspersonas integrantesseránelegidasdirectamentepor laAsambleaCiudadanadeacuerdoconsureglamento,conalmenosseismesesdeantigüedadenPodemos,mediantevotodirectoentrecandidaturasquepodránseragrupadasenlistasabiertasnonecesariamentecompletas.

Seránpersonas integrantesde laComisióndeGarantíasDemocráticas las10másvotadas siendotitulareslas5primeras.Sedebegarantizarunapresenciadealmenosun50%demujeres.

Serán suplentes en igual número las siguientes personas más votadas. Los y las suplentessucederán a las personas integrantes de pleno derecho en caso de cese, dimisión, ausencia ofallecimientoenelordenenelquefueronvotadasquepermitamantenerloscriteriosestablecidosenelpárrafoanterior.

LosylassuplentespodránparticiparenelPlenoconvoz,perosinvoto,ysustituirtemporalmenteensusfuncionesalaspersonasintegrantesdeplenoderechopordecisiónexpresadelórgano,quepodráelegirlaspararealizarconplenasfacultadesunainstrucciónodeliberación.

LaComisióndeGarantíasDemocráticasdeberácontarentodomomentoconelnúmeromínimodeintegrantesnecesarioparallevaracabolasfuncionesestablecidasenlosEstatutosy,enparticular,para garantizar los quórum necesarios para desarrollar de forma independiente funciones deinstrucción, deliberación, decisión y Pleno, según su reglamento. En todo caso, la Comisión deGarantías Democráticas Estatal quedará disuelta de forma automática cuando no alcance unmínimo de cinco integrantes. La Comisión de Garantías Democráticas Estatal quedará asimismodisueltacuandosucomposiciónnogaranticelapresenciade,almenos,un50 %demujeres.

No obstante, en caso de que la Comisión de Garantías decaiga por no cumplir estos requisitosdebidoaladimisióndecualquieradesusintegrantes,seconstituiráconcarácterprovisional,hasta

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la siguiente Asamblea Ciudadana, un órgano técnico compuesto por 5 personas elegidas por elConsejo de Coordinación estatal a propuesta de la Secretaría General, que deberá respetar lacorreccióndegénero,conobjetodegarantizarelnormaldesarrollodelosprocedimientosevitandodeestamaneralaparalizacióndelosasuntosenarasdelaseguridadjurídica.

La pertenencia a la Comisión de Garantías Democráticas es incompatible con la pertenencia acualquier otro cargo orgánico. El Reglamento de Incompatibilidades definirá cualquier otraincompatibilidadaplicablealaspersonasintegrantesdelaComisióndeGarantíasDemocráticasyasussuplentes.

Artículo19.Funciones

LaComisióndeGarantíasDemocráticasEstatalpodrá:

• Mediar sobre los expedientes y conflictos entre personas inscritas y entre órganos dePodemos, a solicitud de los órganos que estuvieran habilitados para abrir un expedientesancionadordeacuerdoconestosEstatutos.

• Desarrollar por vía reglamentaria cualquier aspecto relativo a sus funciones y a losprocedimientosdesupropiacompetencia,sometiendosuaprobaciónalConsejoCiudadanoEstatal,asícomoelaborarprotocolosdeautorregulación.

• ResolversobrecualquierotracuestiónqueestédentrodesuámbitodecompetenciasyquelehayasidoatribuidaporelEstatutooporelDocumentoéticoyelDocumentoorganizativodelpartido.

• Informar del estado de los expedientes a requerimiento de cualesquiera órganos delpartido.

• Emitirdictámenesnovinculantesasolicituddelosórganosdelpartido.

Artículo20.Funcionamiento

La Comisión deGarantías Democráticas actuará de acuerdo con los procedimientos descritos enesteDocumentoorganizativo,medianteunprocedimiento ágil y flexible que serándesarrolladosreglamentariamentealigualqueelprocedimientosancionador.

Dictaminará,acordará,decidiráoresolverásiempredeformaescritaymotivadadeacuerdoconlosEstatutos,elCódigoÉtico,lanormativaformadaporlosreglamentosyprotocolosaplicables,yconlalegalidadvigenteencadamomento.

ElPlenodelaComisióndeGarantíasDemocráticaselegirádeentresusintegrantesunapresidenciayunasecretaríaysedotarádeunreglamentodondeseestablezcasufuncionamiento,quedeberáseraprobadoporelConsejoCiudadano.

Susaccionessematerializaránaceptando,denegandooproponiendoundictamen,unacuerdo,unadecisiónounaresolución,segúnsuscompetencias,alosórganosopersonasinscritasalasquesedirijan.

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Lasresolucionesde laComisióndeGarantíasDemocráticasnosonapelablescuandosonfirmesylosefectosderivadosdelasmismastendránlasaplicacionesenellasdescritasydesdeelmomentoqueendichasresolucionesseestablezcan.

Artículo21.Mediación

LosconflictospolíticosodeconvivenciaquepuedensurgirdemaneranaturalencualquierámbitodetrabajodePodemosdebenintentarresolverseprimeroporvíaspolíticasydemediaciónentrecompañerosycompañeras.

Porello,seestableceránprocedimientosregladosdemediación,basadosenlaresoluciónrápidadeconflictos en el ámbito en el que se producen para evitar el enconamiento de las posiciones,mejorar lacalidaddemocráticadenuestrosespaciosdetrabajoe impedirelbloqueoorgánicodelasComisionesdeGarantíasDemocráticas.

Losórganosdelosdistintosnivelesdeberándotarsedemecanismosdemediaciónqueprioricenyagilicen el cumplimiento de los Estatutos de Podemos y su Código Ético, buscando solucionesamistosas, manteniendo un clima amable de debate honesto y evitando una cultura de laconfrontaciónylarespuestadisciplinaria.

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Título2.Estructuraorgánicaautonómica

Introducción.Diálogoentreelnivelautonómicoylolocal:elpapeldelosCírculos

Losdiferentesterritoriosquecomponennuestropaíspresentanrealidadesmuydiversasyaellashayqueatenderparacomprenderlaformaorganizativaquepuedadarseencadaunodeellos;noobstante,todosformanpartedeunproyectocomúnenelque,además,hanpodidollevaracabosuspolíticasyalianzasdeámbitoautonómico,ademásdeestablecerlaslíneasmaestrasdenivelesinferiores.

El modelo que proponemos en este Documento organizativo, en cualquier caso, establece unanovedadparaquelamilitanciadecidadeformadirectasobretodaslascuestionesqueseabordenen cada Consejo Ciudadano Autonómico: en concreto, un tercio del órgano, el 33%, estaráformadoporEnlacesdeCírculosnombradosdesdeuninmediatonivelprovincial(oinclusoinsular)inferior(paratodoello,vereltítulo3).Laspersonasinscritaselegiránel66%delórganoademásdea la Coordinadora Autonómica o el Coordinador Autonómico (antes Secretaría GeneralAutonómica).

LaAsambleaCiudadanaAutonómica

Artículo22.Definición

La Asamblea Ciudadana Autonómica está compuesta por el conjunto de personas inscritas enPodemos en su ámbito territorial, siendo el máximo órgano de decisión en cada comunidadautónoma,deacuerdoconloprevistoeneltítuloanterior.

Sus decisiones serán vinculantes y no podrán ser revocadas, más que por la misma AsambleaCiudadana o por otra de ámbito territorial superior, cuando afecten a cuestiones de relevanciapolíticasupraterritorialoalalíneaestratégicadelpartido.

Artículo23.Composición

Las Asambleas Ciudadanas Autonómicas estarán compuestas por todas las personas inscritas enPodemosenelrespectivoámbitoterritorial.

Laspersonasinscritasdecidiránconplenalibertadelámbitoterritorialenelquequiereninscribirsey ejercer su derecho de sufragio, pero no podrán estar inscritas en más de un lugar al mismotiempo,exceptoaquellaspersonasresidentesenelexterior,quepodránestarinscritasalavezenlacircunscripciónexterioryensucomunidadautónomaomunicipiodeorigen.

Artículo24.AsambleaCiudadanaAutonómicaordinariaypermanente

La Asamblea Ciudadana Autonómica ordinaria se reunirá comomínimo cada dieciochomeses ycomo máximo cada cuatro años, y se ocupará al menos de las decisiones relativas a la línea

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estratégica en el territorio: la elección de la Coordinadora Autonómica o del CoordinadorAutonómico, la composición del Consejo Ciudadano Autonómico en su parte electa y lacomposición de la Comisión deGarantíasDemocráticasAutonómica. Transcurrido un periodo decuatro años la Asamblea Ciudadana Autonómica ordinaria se entenderá convocada de formaautomática.

Paraasegurarlacoherenciadelproyecto,laeleccióndelalíneaestratégicaenelterritorio,ladelaCoordinadoraAutonómicaoelCoordinadorAutonómicoy lacomposicióndelConsejoCiudadanoAutonómicoensuparteelectaseharádeformarelacionadayenunmismoproceso.

Todas las personas inscritas en Podemos en el territorio correspondiente tendrán derecho aparticipar, con voz y voto, en la Asamblea Ciudadana Autonómica ordinaria. En este sentido, laAsamblea Ciudadana Autonómica ordinaria arbitrará todos los mecanismos disponibles paragarantizarelejerciciodelderechoavozyvotodetodaslaspersonasinscritasenelterritorio,paraloqueutilizarátodaslasherramientaspresencialesytelemáticasasualcance.

La Asamblea Ciudadana Autonómica se considerará abierta de forma permanente para larealización de procesos de decisión y consultas vinculantes sobre temas de especial relevanciapolíticaenelterritoriocorrespondiente.

Artículo25.Competencias

SeráncompetenciasexclusivaseintransferiblesdelasAsambleasCiudadanasAutonómicas:

• Determinar la forma en la que se trasladan las líneas políticas generales y los principiosprogramáticosdePodemosalterritorio.

• ElegiryrevocaralaCoordinadoraAutonómicaoelCoordinadorAutonómico.

• Elegir y revocar al 66% de los y las integrantes del Consejo Ciudadano Autonómico,medianteunsistemadelistasabiertascorregidoconcriteriosdegénero(paragarantizarunmínimodel50%demujeres).

• ElegiryrevocaralaComisióndeGarantíasDemocráticasAutonómica.

• Aprobarlosprogramaselectoralesdefinitivos(trasunprocesodeelaboraciónparticipativa)correspondientes a procesos electorales de su ámbito territorial, sin contradecir losprincipiosprogramáticosaprobadosporasambleasdeordenterritorialsuperior.

• Decidirlafórmulapolíticaenlaqueseconcurrealosdiferentesprocesoselectoralesdesuámbitoterritorial,sincontradecirlalíneapolíticaaprobadaporórganosdeordenterritorialsuperior;yestablecerloscriteriosmarcoconlosqueseconcurrealoscomiciosdeámbitoinferioralautonómicodentrodelterritoriocorrespondiente.

• Elegir las listas electorales para optar a cargos públicos para las instituciones derepresentación de su ámbito territorial, mediante primarias abiertas a las personasinscritas.

• Ratificar o rechazar cualquier tipo de pacto o alianza preelectoral o postelectoral degobiernoparalasinstitucionesderepresentacióndesuámbitoterritorial,degobiernoodeinvestiduraparalasinstitucionesderepresentacióndesuámbitoterritorial,deacuerdoconlosprincipiosgeneralesaprobadosporlasasambleasdeordenterritorialsuperior,asícomo

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establecer los criterios marco con los que se pueden llevar a cabo alianzas de ámbitoinferioralautonómicodentrodelterritoriocorrespondiente.

En caso de que los documentos aprobados por la Asamblea Ciudadana Autonómica seanmanifiestamente contradictorios con los documentos aprobados por la Asamblea Ciudadana dePodemos, el Consejo de Coordinación Estatal podrá impugnar aquellos aspectos concretos quecontradigandichosdocumentos, oque suponganuna limitaciónde losderechosde laspersonasinscritasendichoterritorio,antelaComisióndeGarantíasDemocráticasEstatal.

Artículo26.Convocatoria

LaAsambleaCiudadanaAutonómicaordinariaseráconvocadade formaautomática transcurridoscuatroañosdesdelaanterior.Asimismo,podráserconvocadaentre18mesesycuatroañospor:

• La Coordinadora Autonómica, el Coordinador Autonómico o el Consejo de CoordinaciónAutonómico.

• Unamayoríacualificada(⅗)delConsejoCiudadanoAutonómico.

• Un25%delaspersonasinscritasenPodemos.

SepodráconvocarlaAsambleaCiudadanaAutonómicapermanenteparallevaracaboconsultasdecaráctervinculantesobreelementosderelevanciapolíticapor:

• LaCoordinadoraAutonómicaoelCoordinadorAutonómico,oelConsejodeCoordinaciónAutonómico.

• LamayoríaabsolutadelConsejoCiudadanoEstatal.

• Un25%delaspersonasinscritasenPodemos.

Para tomar decisiones de tipo revocatorio, la Asamblea Ciudadana Autonómica no podrá serconvocada antes de 18 meses desde la elección del cargo u órgano a quien afecte. Soncompetentesparaestaconvocatoria:

• LaCoordinadoraAutonómicaoelCoordinadorAutonómico.

• LamayoríaabsolutadelConsejoCiudadanoAutonómico.

• Un25%delaspersonasinscritasenPodemos.

LasAsambleasCiudadanasAutonómicassolopodránadoptardecisionesentornoalasmateriasdesucompetenciaterritorial.

Artículo27.Organizaciónyfuncionamiento

LaorganizacióntécnicadelaAsambleaCiudadanaAutonómicacorrespondealConsejoCiudadanoAutonómicooalEquipoTécnicoquedesigneatalfin.

LaAsambleaCiudadanaAutonómicaseconvocarácomomínimoconquincedíasdeantelación.ElordendelaasambleaseráelaboradoporunEquipoTécniconombradoalefectoenlaconvocatoria.La organización establecerá procedimientos para la inclusión de temas de debate y decisión porpartedelosylasparticipantes.

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Si la Asamblea Ciudadana es convocada por el conjunto de personas inscritas, estos deberáncoordinarseconelConsejoCiudadanoAutonómicoparasuorganización.

Losacuerdosseránadoptadospormayoríasimple.

Las normas fundamentales para el correcto desarrollo de las asambleas ciudadanas se fijaránmediante un reglamento aprobado por el Consejo Ciudadano Estatal o por el Consejo deCoordinación,pordelegacióndelprimero.

Artículo28.EquiposTécnicos

Imposibilitado el funcionamiento normal de los órganos autonómicos, y de no producirse ladecisiónconjuntaalaqueserefiereelartículo26,laSecretaríadeOrganizaciónEstatal,oídoslosórganosexistentesenel territorio,propondráalConsejodeCoordinaciónEstatal la formacióndeunEquipoTécnicoquerepresentaráprovisionalmenteaPodemosenelterritorioyqueasumirálasfunciones de todos los órganos de su ámbito territorial, salvo aquellas que expresamente seanlimitadasporelConsejodeCoordinaciónEstatal.

ElConsejoCiudadanoAutonómico

Artículo29.Definición

ElConsejoCiudadanoAutonómicoeselórganoencargadodedebatir,decidiryejecutarladirecciónpolítica de Podemos en su territorio entre Asambleas Ciudadanas Autonómicas ordinarias, ysiempredeacuerdoconloaprobadoenestasyconlalíneaestratégicageneraldePodemos.

Artículo30.Elecciónycomposición

ElConsejoCiudadanoAutonómicoestará compuestopordospartes:unaelectapor laAsambleaCiudadana(el66%,ademásdelaCoordinaciónAutonómica)yotraapartirdeEnlacesdeCírculoselegidosdesdeelterritorio(el33%).

ElConsejoCiudadanoAutonómicoestarácompuestoporunnúmerodeintegrantesdentrodelassiguientesopciones:

• Comunidades autónomas de menos de un millón de habitantes: 12 o 18 personasintegrantes(delascuales8o12electasenAsambleaCiudadanay4o6desdelosCírculos,respectivamente).

• Comunidades autónomas de uno a dos millones de habitantes: 24 o 30 personasintegrantes (de las cuales 16 o 20 electas en Asamblea Ciudadana y 8 o 10 desde losCírculos,respectivamente).

• Comunidades autónomas dedos a cuatromillones de habitantes:24, 30 o 36 personasintegrantes(delascuales16,20o24electasenAsambleaCiudadanay8,10o12desdelosCírculos,respectivamente).

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• Comunidades autónomas demás de cuatro millones de habitantes: 36 o 42 personasintegrantes (de las cuales 24 o 28 electas en Asamblea Ciudadana y 12 o 14 desde losCírculos,respectivamente).

EltamañodefinitivodecadaConsejoCiudadanoAutonómicolodecidiráeldocumentoganadorenfuncióndelasopcionesestablecidasenelpárrafoanterior.

En cualquier caso, deberá sumarse al Consejo Ciudadano la Coordinadora Autonómica o elCoordinadorAutonómico,queseráquienseencarguedecoordinarsusreuniones.

Las y los Enlaces de Círculos serán elegidos desde las nuevas Redes de Círculos Provinciales (oautonómicas en el caso de las comunidades uniprovinciales) siempre en proporción a sushabitantes—loquelesotorgaráunacifrafija,enfuncióndeltamañodefinitivodelórgano—.Estaelección,queseráanual,respetarálaparidadconalmenosun50%demujeres(másinformaciónen el título 3 de este Documento organizativo). Las Secretarías Estatales de Organización y deCírculos elaborarán un reglamento con todos los detalles y garantizarán la viabilidad de esteproceso.

Artículo31.Competencias

SoncompetenciasdecadaConsejoCiudadanoAutonómicoaquellasprevistasen losdocumentosaprobadosporsuasambleaterritorial,queencualquiercasoincluirán:

• Impulsar la línea política de Podemos aprobada por la Asamblea Ciudadana Autonómica,siempreencoherenciaconlaslíneasestratégicasgeneralesdePodemos.

• Revisar y, en su caso, redactar, refundir, adaptar y armonizar para su territorio todos losreglamentos de carácter general y desarrollar reglamentos propios para su ámbitoterritorial,incluyendoeldelpropioConsejoCiudadanoAutonómico.

• Definir los mecanismos necesarios para la coordinación política del Consejo CiudadanoAutonómico con el grupoparlamentario de la correspondiente comunidad autónoma, asícomoelegir—trasescuchar al grupoparlamentario—susestructurasde funcionamiento,portavocíasyalaspersonasquedesempeñaránesasresponsabilidades.

• Aprobar o rechazar la propuesta de presupuestos anuales presentadas por el Consejo deCoordinaciónAutonómico.

• Aprobar o rechazar las propuestas de presupuestos extraordinarios presentadas por elConsejodeCoordinaciónAutonómico.

• NombrarysustituiralaspersonasqueconformanelConsejodeCoordinaciónAutonómico,deacuerdoconloprevistoensupropioDocumentoorganizativo.

• Nombrarysustituiralasylosresponsablesdelassecretaríasyáreas.

• Aprobar la memoria de gestión y análisis político que deberá presentar anualmente elConsejodeCoordinaciónAutonómico.

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Artículo32.Convocatoriayfuncionamiento

El Consejo Ciudadano Autonómico se regirá por su reglamento, que deberá incluir para suconvocatoria:

• LadecisióndelaCoordinadoraAutonómicaoelCoordinadorAutonómico,odelConsejodeCoordinación.

• La decisión del Consejo de Coordinación a petición del 25% del Consejo CiudadanoAutonómico.

• La decisión del Consejo de Coordinación a petición del 25% de las personas inscritas enPodemosenelterritorio.

Los documentos vigentes y el reglamento del Consejo Ciudadano Autonómico determinarán unquórummínimo para la constitución y validez de las decisiones del Consejo Ciudadano, que nopodráserinferioral20%desuspersonasintegrantesdelaparteelectaenAsambleaCiudadana.

Independientemente de esta organización, los Consejos Ciudadanos Autonómicos contarán almenosconunaSecretaríadeFeminismosyPolíticasdeIgualdad.

Artículo33.Revocación

Las personas integrantes del Consejo Ciudadano Autonómico elegidas en Asamblea CiudadanaAutonómica cesarán por la convocatoria de una Asamblea Ciudadana Autonómica en la que seprocedaaelegirsuparteelecta,pordimisión,incapacidad,fallecimientooporperderlacondiciónoriginariaquegenerabaelderechoaperteneceradichoórgano.Laspersonaselectaspodránserrevocadas por la Asamblea Ciudadana mediante el procedimiento contemplado en estedocumento.

EnelcasodeEnlacesdeCírculos,nombradosconcarácteranualdesdesusterritorios,estospodránserrevocadosmediantevotaciónensuRedProvincial.

UnCírculopodrárevocarpormayoríaabsolutaasuEnlacedelConsejoCiudadanoAutonómico.

UnavezelectasenAsambleaCiudadana laspersonasque formaránpartedelConsejoCiudadanoAutonómico,sialgunadeellascesaenelórganosupuestonopodrásersustituida.

LaCoordinaciónAutonómica

Artículo34.Definición

LaCoordinaciónAutonómicaes el órganoqueejerce la representaciónpolíticae institucionaldePodemos en el territorio, y la persona que la ocupe coordina sus actividades asegurando lacoherencia estratégica de su discurso y acción política, así como la coordinación y la coherenciaestratégicaconPodemosanivelestatal.

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Artículo35.Competencias

SeráncompetenciasdelaCoordinadoraAutonómicaodelCoordinadorAutonómico:

• Ejercer la representaciónpolíticae institucionaldePodemosenel territorio, coordinandosusactividades.

• CoordinarelConsejoCiudadanoyelConsejodeCoordinación.

• ConvocarlaAsambleaCiudadanaAutonómica.

• Ladelegaciónde la representaciónorgánicaypolíticaencadacomunidadautónomaseráejercidaconeldocumentodedelegaciónaprobadoporelConsejodeCoordinaciónEstatal.

Artículo36.Elección

LaCoordinadoraAutonómicaoelCoordinadorAutonómicoseelegirápor laAsambleaCiudadanaAutonómicamediantesufragiolibreydirecto.

Las candidaturas se presentarán de acuerdo con lo establecido en un reglamento público previoqueexigirá,comorequisito,unaantigüedadmínimadeseismesesdeinscripciónenPodemos.

La Coordinadora Autonómica o el Coordinador Autonómico se podrá revocar mediante laconvocatoriadeunaconsultavinculanterevocatoriaa laAsambleaCiudadanaAutonómicaque lonombró.ElConsejoCiudadanoAutonómico,actuandodemaneracolegiada,seráelencargadodeorganizarelprocesoelectoralderevocación.

ElConsejodeCoordinaciónAutonómico

Artículo37.Definiciónycomposición

ElConsejodeCoordinaciónAutonómicoesel órgano colegiadoenque seapoya laCoordinaciónAutonómicayelConsejoCiudadanoAutonómicopara realizar las tareasdecarácterpolíticoydecoordinacióninterna.

SeránombradoapropuestadelaCoordinadoraAutonómicaodelCoordinadorAutonómicoentrelaspersonaselectasporlaAsambleaCiudadanaAutonómica,yratificadoporelConsejoCiudadanoAutonómico.Sucomposicióncontaráconalmenosun50%demujeres.

ElConsejodeCoordinaciónAutonómico,actuandodemaneracolegiada,atenderálasobligacionesde carácter general de la organización en su ámbito territorial y asumirá las decisiones políticasinmediatas, coordinando la actividad política y ejecutiva de las diferentes áreas y equipos detrabajoautonómicos.

El Consejo de CoordinaciónAutonómico se organizará en secretarías establecidas por el ConsejoCiudadanoAutonómico,conlasfuncionesqueelpropioConsejoCiudadanolesencomiende.

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Las personas integrantes del Consejo de Coordinación Autonómico podrán ser revocadas por elConsejoCiudadanoAutonómicooporlaAsambleaCiudadanaAutonómicamedianteunaconsultavinculante.

Para iniciar un proceso revocatorio sobre elmandato de una persona integrante del Consejo deCoordinaciónAutonómicoseránecesarioquehayatranscurridoelplazomínimoparalarevocación,aportarelavaldeunaquintapartedelaspersonasinscritasenPodemosenelterritorio.

ElConsejoCiudadanoAutonómico,actuandodemaneracolegiada,seráelencargadodeorganizarelprocesoelectoralde revocación. Los referéndums revocatoriosde laspersonas integrantesdelConsejodeCoordinaciónAutonómicoserándecarácterexclusivamenteindividual.

Artículo38.Funcionamiento

Susfuncionesserán:

• DarcontinuidadalalíneapolíticaacordadaenlasAsambleasCiudadanasyadaptarlaalascircunstanciasdelmomento.

• EjecutarlosacuerdosadoptadosporelConsejoCiudadanoylaAsambleaCiudadana.

• DefinirelordendeldíadelasreunionesdelConsejodeCoordinación.

• Asumirtodasaquellasfuncionesqueleencomiende,pordelegación,elConsejoCiudadano.

• Realizar el seguimiento de la ejecución de los acuerdos de los órganos de ámbitoautonómico,asícomovelarporelbuenfuncionamientodetodalaorganización.

LaComisióndeGarantíasDemocráticasAutonómica

Artículo39.Definición

La Comisión de Garantías Democráticas Autonómica es el órgano, imparcial e independiente,encargado de velar por el respeto de los derechos de las personas inscritas en Podemos en suterritorio, y los principios fundamentales y por el cumplimiento de los Estatutos, documentosaprobadosen laAsambleaCiudadanaynormasdefuncionamientode laorganizacióndeacuerdoconloestablecidoenlanormativadelpropiopartido.

PodemosdispondrádeunaComisióndeGarantíasDemocráticasencadaunadelascomunidadesautónomas.

Artículo40.Composición

LaComisióndeGarantíasDemocráticasAutonómicaestará compuestapor5personas titulares y5suplentesquesustituiránconplenasfacultadesalasanteriorescuandonolesseaposibleejercersusfunciones.

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UnPodemosContigo.

Serán elegidas directamente por la Asamblea Ciudadana de acuerdo con su reglamento, con almenos seis meses de antigüedad en Podemos, mediante voto directo entre candidaturas quepodránseragrupadasenlistasabiertasnonecesariamentecompletas.

Serán integrantes de la Comisión de Garantías Democráticas las personas más votadas quegaranticenlapresenciadealmenosun50%demujeres.

Serán suplentes en igual número las siguientes personas más votadas. Los y las suplentessucederán a las personas integrantes de pleno derecho en caso de cese, dimisión, ausencia ofallecimientoenelordenenelquefueronvotadosquepermitamantenerloscriteriosestablecidosenelpárrafoanterior.

LasComisionesdeGarantíasDemocráticasAutonómicasquedarándisueltascuandosucomposiciónnogaranticelapresenciade,almenos,un50%demujeresoelquórummínimode5personas.Noobstante,encasodequelaComisióndeGarantíasdecaigapornocumplirestosrequisitosdebidoaladimisióndecualquieradesusintegrantes,constituiráconcarácterprovisional,hastalasiguienteAsamblea Ciudadana, un órgano técnico compuesto por 5personas elegidas por el Consejo deCoordinación Autonómico en sintonía con el Consejo de Coordinación Estatal, que deberá derespetar la corrección de género, con objeto de garantizar el normal desarrollo de losprocedimientos evitando de estamanera la paralización de los asuntos en aras de la seguridadjurídica.

LaComisióndeGarantíasDemocráticasAutonómicasolopodráserrevocadademaneraconjuntacomo órgano, incluyendo a los suplentes, mediante la convocatoria de una consulta vinculanterevocatoria ante la Asamblea Ciudadana Autonómica que la eligió, transcurrido el plazomínimoparalarevocaciónyaportandoelavaldeunaquintapartedelaspersonasinscritasenPodemosenelterritorio.

En casodequeunaComisióndeGarantíasDemocráticasAutonómicadecaigapor cualquier otrarazónqueimpidademanerapermanenteelejerciciodesusfunciones,estasseránasumidasporlaComisióndeGarantíasDemocráticasEstataldeacuerdoconsureglamento.

En los casos en que por la dimisión de cualquiera de sus integrantes la Comisión de GarantíasAutonómica no cumpliese con los requisitos de estar conformada por un 50 % de mujeres ymientras esté conformada por tres integrantes, la comisión seguirá vigente con el único fin definalizartodoslosprocedimientosqueyasehubieraniniciadoyúnicamentehastalafinalizacióndelosmismos,nopudiendoiniciarningúnprocedimientonuevo.

Artículo41.Funciones

La Comisión de Garantías Democráticas Autonómica velará, en última instancia, por el buenfuncionamientodelaorganizacióndeacuerdoconsupropianormativa,ladefensadelosderechosde las personas inscritas frente a la organización y sus órganos, y el cumplimiento de loscompromisos éticos y políticos de sus integrantes frente a las y los electores en su ámbitoterritorial.

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UnPodemosContigo.

Todas las resoluciones de carácter disciplinario o sancionador de los órganos de Podemos en suterritorio,oensusentespolíticao legalmentevinculadosqueafectena laspersonas inscritasenPodemos,seránrecurriblesantelaComisióndeGarantíasDemocráticasAutonómica.

Artículo42.Funcionamiento

LaComisióndeGarantíasDemocráticasAutonómicaactuaráexclusivamenteapeticióndecualquierpersona inscrita u órgano del partido según su propio reglamento, dictaminando, acordando,decidiendo o resolviendo siempre de forma escrita ymotivada de acuerdo con los Estatutos, elCódigoÉtico, lanormativaformadaporlosreglamentosyprotocolosaplicables,yenconsonanciacon losprincipiosdedemocracia, transparencia ydemáselementosesencialesdePodemosy losfundamentosgeneralesdelDerecho.

Lasresolucionesdecarácterdisciplinariosellevaránacabo,exclusivamente,apartirdelaaperturade un expediente escrito iniciado por el Consejo de Coordinación, de su ámbito territorial osuperior,deacuerdoconlosEstatutos.

Ninguna Comisión de Garantías Democráticas podrá llevar a cabo ninguna actuación, ni siquieraindagatoria, contra ninguna persona inscrita sin que medie la apertura de un expedientesancionadorensucontra.

LasComisionesdeGarantíasDemocráticaspodránllevaracabo,apeticióndeparte,cualquierotraactividad indagatoria y solicitar, a partir de ellas, formalmente la apertura de un expedientesancionador en escrito motivado al Consejo de Coordinación de su territorio o al Consejo deCoordinaciónEstatal.

Las resolucionesde laComisióndeGarantíasDemocráticasAutonómica serán recurribles ante laComisióndeGarantíasDemocráticasEstatalyasísecomunicaráenellas.Entodassusresolucioneslas Comisiones de Garantías Democráticas Autonómicas permitirán recurso ante la Comisión deGarantíasDemocráticasEstatal,queactuarácomosegundainstancia.

De acuerdo con las demás Comisiones Autonómicas y la Comisión Estatal se podrán establecerotrosprocedimientosyreglamentos,públicosyprevios,acordesconlosprincipiosreseñados,pararesolverdelaformamásregladaposibleaspectosconcretosdesuactuaciónyunificarsuactividad.

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Título3.Nivelprovincialoinsular:laReddeCírculos

Introducción.Unapiezaclaveparaescalarproblemasysoluciones

Paraquelamilitancia,atravésdelosCírculos,puedaserprotagonistayhacerpolíticatantoenelplano local como tambiénenel autonómico, son imprescindiblesestructurasnuevas intermediasque doten a sus representantes de foros de discusión, planteamiento de propuestas, debate eintervenciónsociopolíticaensurealidadmáscercana:barrios,pueblosociudades,asícomoparallevarestasvoceshastaelConsejoCiudadanoAutonómico.

Por eso, en el caso de las comunidades con más de una provincia o insulares, proponemos lacreacióndeunaReddeCírculosdenivelprovincialoinsularqueseaunespaciodemayorcercaníaqueelautonómico,desdedondeelevarproblemáticasalosConsejosCiudadanosy,alavez,debatiracercade lassolucionesypolíticasquesedenenestos,comomáximosórganosentreasambleasen los territorios. Estas redes tienenquearticulardebatesy reflexiónpolítica, coordinar tareasyfomentarlaformacióndelamilitancia.

Además, estasRedesdeCírculos, formadaspormilitantesde todosellos, seránel forodonde seelegiráaquienesseránlosylasEnlacesdeCírculosenlosConsejosCiudadanosAutonómicos,conmandatoanualysiempresujetoarevocación.

Enelcasodelascomunidadesautónomasuniprovincialesnoinsulares(todasmenosIllesBalears,debidoasuinsularidad),lasRedesdeCírculosserviránexclusivamentecomoespaciodesdeelcualse elegirá a las y los Enlaces de Círculos al Consejo Ciudadano Autonómico, sin ningunacompetenciaañadida.

LaReddeCírculosprovincialoinsular

Artículo43.DefiniciónyparticipaciónenelConsejoCiudadanoAutonómico

La Red de Círculos provincial o insular (autonómica en las comunidades uniprovinciales noinsulares)esunnuevoespaciodeenlacesnombradospor losCírculosdecadaterritoriodesdeelcualseelegiráenPlenarioalasylosEnlacesdeCírculosqueformaránpartedelConsejoCiudadanoAutonómico.

Enelcasodecomunidadesautónomasconmásdeunaprovinciaoinsulares,estasredestendránel objetivo de posibilitar el debate y, en su caso, la toma de decisiones sobre asuntos queconciernan a su ámbito territorial. Para ello, tendrán un Consejo de Coordinación Provincial oInsular formadoporunnúmero variabledepersonas, elegidasde la propiaReddeCírculos, quepodrá tomar decisiones de carácter político y de comunicación y coordinación con otras fuerzaspolíticas para trenzar lazos entre ellas, así como coordinar posibles acciones de intervenciónsociopolíticaensusterritorios.

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Enlascomunidadesautónomasuniprovincialesno insulares,enestaredúnicamenteseelegiráalosy lasEnlacesdeCírculosqueacudanalConsejoCiudadanoAutonómico,a travésdePlenariosanualesconrepresentaciónparitariadetodoslosCírculos.

En ambos casos, cadaReddeCírculoselegiráa laspersonasquecorrespondancomoEnlacesdeCírculosporperiododeunaño,segúnelrepartoproporcionalalapoblaciónestablecidodentrodelapartedelórganoautonómico,deformaquesegaranticelaparidaddelconjuntoautonómicodeenlacesconalmenosun50%demujeres.

En el caso de las comunidades con más de una provincia o isla, cada una de ellas conocerá elnúmerodeEnlacesdeCírculosasignadoenfuncióndeltamañodefinitivodesuConsejoCiudadanoAutonómico(deentrelosvariostipospropuestosenelartículo30).

LasSecretaríasEstatalesdeOrganizaciónydeCírculosgarantizaránlaviabilidaddeesteprocesoyayudaránalnivelautonómicoentodoloquehagareferenciaadichoproceso.

Artículo44.Composición

TodaReddeCírculosestaráformadapordosEnlacesdecadaCírculoactivodesuprovincia,islaocomunidad autónoma uniprovincial, garantizando que, al menos, una de ellas es mujer. Estaspersonasseránelegidasanualmente.

Las Redes de Círculos que cuenten con Consejo de Coordinación (es decir, únicamente las deprovincias o islas) deberán elegir este órgano entre sus integrantes y con un tamaño que podráoscilarentre5y15personas.

Artículo45.Competencias

SeráncompetenciasdelaReddeCírculos:

• Elegir de entre sus integrantes, con carácter anual, a las y los Enlaces de Círculos queformarán parte del Consejo Ciudadano Autonómico correspondiente, garantizando laparidad con al menos el 50% demujeres en el conjunto autonómico de estas personasEnlacesdeCírculos.

• RevocarcualquierEnlacedeCírculosqueactúeenelConsejoCiudadanoAutonómico.

• Exclusivamenteenprovinciaso islas,elegirel tamañodesuConsejodeCoordinaciónysucomposición,siempredeentresusintegrantes.

• SicarecendeConsejodeCoordinación,nombrarunequipodinamizadorencargadode lasconvocatorias,laasistenciaylasvotaciones.

SeráncompetenciasdelConsejodeCoordinaciónProvincialoInsular,ensucaso:

• EstablecerunaagendadetemasdelaprovinciaoislaquedeberíantratarseenelConsejoCiudadanoAutonómico.

• Constituirseenunespaciodedecisiónantecuestionesderelevanciapolíticaensuámbitoterritorial. Este espacio será legítimopara establecer comunicación y coordinación con el

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restodefuerzaspolíticasconelfindetrenzarlazosentreellasycoordinarposiblesaccionesdeintervenciónsociopolíticaensuprovinciaoisla.

• FomentarlaformaciónylainformaciónentrelosCírculos.

• Poder elegir, asimismo, a una persona Responsable Provincial o Insular de los Círculos,siempreentrelaselegidasparaelConsejoCiudadanoAutonómico.

• Dinamizarlasconvocatorias,ordendeldía,asistenciayvotaciones.

Artículo46.Funcionamiento

Las Redes de Círculos deberán ser convocadas de forma ordinaria al menos una vez al año enPlenario para escoger (en su caso) a su Consejo de Coordinación y designar (esto, en todos loscasos)aquienesacudanasucorrespondienteConsejoCiudadanoAutonómico.

LasRedesdeCírculosdeberánconstituirseporvezprimeraantesdeseismesesdesdelaentradaenvigordeesteDocumentoorganizativo,conelfindeelegiralaspersonasEnlacesdeCírculosy(ensucaso)alConsejodeCoordinación,asícomosutamaño.

En cualquier caso, la sesión constitutiva de cada Red de Círculos se llevará a cabo mediantePlenario.

Laeleccióndelasy losEnlacesdeCírculosqueparticiparánenelConsejoCiudadanoAutonómicotendrá carácter anual, al igual, en su caso, que la de las personas integrantes del Consejo deCoordinación,quepodránserlasmismaspersonas.

Las Redes de Círculos que carezcan de Consejo de Coordinación por tratarse de comunidadesuniprovinciales no insulares deberán nombrar un equipo dinamizador que se encargará de lasfuncionesdeconvocatoriadeestosPlenarios,decontrolarlaasistenciaydelasvotaciones.

ElConsejodeCoordinación,ensucaso, tendráquereunirsealmenosunavezcadatresmeseseinformardesuactividadenelPlenarioanualdelaReddeCírculos.

Un Círculo podrá revocar pormayoría cualificada (dos tercios) a su enlace, ya esté en la Red deCírculosoenelConsejoCiudadanoAutonómico.SiunapersonaEnlacedeCírculosrenunciaasusfunciones,yaseaenelConsejoCiudadanoAutonómicooenlaReddeCírculos,podrásersustituidaporotraensulugar.

Para todo este proceso, las Redes de Círculos contarán con la ayuda de su Secretaría deOrganizaciónAutonómica,asícomodelaSecretaríaEstataldeCírculos.

Artículo47.Larealidadinsular

Las comunidades autónomas archipelágicas (Canarias e Illes Balears) tendrán Redes de Círculosinsulares, desde las cuales elegirána sus EnlacesdeCírculos según seael tamañode suConsejoCiudadano Autonómico (ver artículo 30), siempre según los mismos criterios de población,proporcionalidadyparidadquecontemplaesteDocumentoorganizativo.Asimismo,estasRedesdeCírculostendránlascompetenciasenmateriapolíticadescritasmásarriba,atravésdesusConsejosdeCoordinación,parahacerfrenteasusproblemáticaspropias.

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Título4.Elnivelmunicipal:unidadbásicadeacciónpolítica

Introducción.LamilitanciadecideyseimplicadesdelosCírculos

Lasy losmilitantesdePodemosseránquienes seencarguendeelegir ya suvezdar formaa losórganosmunicipales,yaseaenmunicipiosdehasta50militantesdondeexistaunaestructuradePlenariocomoórganodedecisióncolectivaoen losmunicipiosdemásde50militantes,enestecaso,conlacreacióndeunnuevoórganolocaldondeseplasmesuactividaddeformaoperativa:elConsejodeCírculos.

LosCírculos,entodocaso,sonlaunidadbásicadeacciónsociopolíticadondeelolamilitanteseráelagentepolíticoclaveparalaintervencióndesurealidadmáscercanaencadapueblo,barrio,islaociudad.

Adiferenciadelaspersonasinscritas,losylasmilitantessuponenunpasomásdecompromisoenla organización: deberán censarse en un Círculo y estar al corriente de cuota, y serán quienesdefinanlalíneapolíticalocal.

Seráimprescindibleunareorganizaciónlocalquepasaráporchequeardesdeelnivelautonómicoyestatal el estatus de activo de cada Círculo—con arreglo a lo que establezcan la Secretaría deCírculosy laSecretaríadeOrganizaciónAutonómicacorrespondiente—y lacreacióndeunnuevocensodemilitantesdondeconsteelconjuntodelamilitanciadecadacírculo,aescalalocal;esenlosCírculosdondeseelegiráalaspersonasquerepresentaránaestosespaciosenlaRedProvincial(vertítulo3);ylosCírculossonlaunidadbásicalocaltantoparaserpartedeunPlenariocomo,enlosmunicipiosdondeexista,paraelegirelConsejodeCírculos.

De esta forma será la militancia, implicada directamente en los Círculos, la protagonista enexclusivadelrumboorganizativoypolíticodePodemosenlolocal,loqueconllevarádefactounacorresponsabilizaciónyunempoderamientomayoresquenunca.LosacuerdosdelosCírculosylamilitancia verán su reflejo directo en la dirección cotidiana municipal —dejando en manos delconjunto de personas inscritas la elección de primarias a instituciones locales, el programa y lapolítica de alianzas— e influirán en las cuestiones que se quieran debatir y plantear a escalaprovincialoinsularparaasuvezsertratadasenelConsejoCiudadanoAutonómico,delquealgunasyalgunostambiénformaránparteencalidaddeEnlacesdeCírculos.

Esquemamotivadodelnivelmunicipalydelosórganosmunicipales

LamilitanciaserálaencargadadeconformarlaorganizaciónaescalalocalenlosdiversosCírculosqueexistan,yaseanbajoelparaguasdeunPlenarioorepresentadosenunConsejodeCírculos.

Losmunicipioscon50militantesomenos(oconmás,peroqueúnicamentecuentenconunsoloCírculo) se constituirán como un Plenario y será en dicho foro donde se elija al o a la PortavozMunicipal,quesustituyelafiguradelasSecretaríasGeneralesMunicipales,asícomoaunConsejodeCoordinaciónMunicipalquepodráproponeraloa laPortavozMunicipal y tendráun tamañoproporcional al número de militantes. Este Plenario mantiene las competencias de los antiguos

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EspaciosMunicipales Unificados; no obstante, dentro de esta estructura podrán coexistir variosCírculosbarrialesodedistrito.

Enlosmunicipiosquecuentencon51omásmilitantesydondeexistanvariosCírculos(decarácterbarrialodedistrito) se crearáunnuevoórgano,elConsejodeCírculos,que sustituyealConsejoCiudadanoMunicipal y asume sus competencias, si bienalgunasdeestasdeberán ser sometidassiempreaconsultaalosCírculos.EstenuevoConsejoestaráformadopordosintegrantes—conalmenosunamujer—decadaCírculodelmunicipio,podránserlasmismaspersonas(odistintas)delasqueformenpartedelaReddeCírculosprovincialoinsularyloseránporperiodomáximodeunaño.EnestosmunicipioselconjuntodelasylosmilitanteselegiránaunounaPortavozMunicipal,quien propondrá al Consejo de Círculos la creación de su Consejo de CoordinaciónMunicipal deentresuspropiosintegrantes.EnlosmunicipioscondosCírculos,lasylosintegrantesdelConsejodeCírculosseránlasmismaspersonasqueconformenelConsejodeCoordinaciónMunicipal.

Amodoesquemático,losresponsablesyórganosson:

• ElolaPortavozMunicipal,elegidoporlamilitanciayconmandatodeunaño.

• ElPlenario:paramunicipiosde50militantesomenos(enunoovariosCírculos)oconmásenunsoloCírculo.Estáformadoporelconjuntodelosylasmilitantes.

• El Consejo de Círculos: para municipios de 51 militantes o más y que tengan 2 o másCírculos,formadopordosintegrantesdecadaCírculo,elegidosensusCírculospormandatomáximodeunaño.

• ElConsejodeCoordinaciónMunicipal:tantoparamunicipiosconPlenario,apartirdeoncemilitantes, o con Consejo de Círculos; elegido en ambos casos a propuesta del PortavozMunicipal,peroratificadoporlosórganosanteriormentedescritos.Sumandatoserádeunaño.

Artículo48.LaAsambleaCiudadanaMunicipalylamilitancia

LaAsambleaCiudadanaMunicipalestácompuestaporelconjuntodelaspersonasinscritasenunmunicipio.Estaúnicamentepodrátomardecisionessobresuámbitoterritorialyensintoníaconloscriteriosmarcodeunámbitoterritorialsuperior.

Entodocaso,seráapartirdeahoraelconjuntodelamilitanciaexclusivamentequienseencargarádeconformaryelegirsusórganoslocales,yaseaenPlenariooatravésdelConsejodeCírculos.

Artículo49.CompetenciasyconvocatoriadelaAsambleaCiudadanaMunicipal

SeráncompetenciasdelaAsambleaCiudadanaMunicipallassiguientes:

• La aprobación, de acuerdo a los reglamentos y mediante primarias abiertas, de la listaelectoralparaoptaracargospúblicosensurespectivoámbitoterritorial.Desuaplicaciónresultará una composición de lista definitiva acorde con la ley electoral en materia deparidad.

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• La aprobación del programa electoral definitivo, tras un proceso de elaboraciónparticipativa,parasuámbitoterritorial,respetandosiempreloscriteriosmarcoestablecidosenasambleasdeámbitoterritorialsuperior.

• Ratificar o rechazar cualquier tipo de pacto o alianza preelectoral o postelectoral, degobiernoodeinvestiduraparalasinstitucionesderepresentacióndesuámbitoterritorial,de acuerdo con los principios generales aprobadospor las asambleasdeorden territorialsuperior.

LaAsambleaCiudadanaMunicipalseráconvocadaparalosasuntosreferidosarribaporpartedelosórganoslocalesdedireccióno,ensudefecto,cualquierórganodeunnivelsuperior.

Municipioshasta50militantesomásyconunsolocírculo:elPlenario

Artículo50.Definiciónyfuncionamiento

Enlosmunicipioscon50militantesomenososi,aunqueseanmás,sereúnenenunsoloCírculo,existiráunPlenariocomoórganoprincipaldedecisiónpolítica.AdiferenciadelosantiguosEspaciosMunicipales Unificados, en estos municipios podrían coexistir varios Círculos o agruparse lamilitanciaentornoaunúnicoCírculo.

ElPlenariodelamilitanciadelmunicipio,encualquiercaso,elegiráunosórganosdecoordinaciónyportavocíaacordesalnúmerodemilitantesdelquedispongan:

• Menosde5militantes:ningunaestructuraoficialmásalládelasestructurasinformalesdelasqueelespaciosedote.

• De6a10militantes:elegiráúnicamenteunaPortavocíaMunicipal.

• De 11 a 25 militantes: elegirán una Portavocía Municipal y un Consejo de CoordinaciónMunicipalde3personas(incluyendoalolaPortavozMunicipal).

• De 26 a 50 militantes: elegirán una Portavocía Municipal y un Consejo de CoordinaciónMunicipalde5personas(incluyendoalolaPortavozMunicipal).

El o la Portavoz Municipal será elegido por la mayoría del Plenario por el plazo de un año.Igualmente y a continuación, el Plenario deberá aprobar pormayoría simple la composición delConsejodeCoordinaciónMunicipal,apropuestadelPortavozMunicipalenprimerainstancia,yporelmismoperiodo.ElConsejodeCoordinaciónMunicipaldeberácontarconalmenosun50%demujeres.

Artículo51.ConvocatoriadelPlenario

ElPlenariosepodráconvocarencualquiermomento,siempreconcaráctervinculante,cuandoasísesoliciteporsusintegrantesoapropuestadelConsejodeCoordinaciónMunicipal.Enningúncasopodrántranscurrirmásdeunmesymedioentredosconvocatorias.

LasSecretaríasEstatalesdeOrganizaciónydeCírculosyelaboraránunreglamentomarcoparaelfuncionamientodelosPlenarios.

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Artículo52.Competencias

SeráncompetenciasdelPlenarioparasumunicipio:

• Impulsar línea política aprobada por la militancia en el propio Plenario, siempre encoherenciaconlaslíneasestratégicasgeneralesdePodemos.

• La decisión sobre la forma política en la que se concurre a los diferentes procesoselectoralesde sumunicipio, respetando los criteriosmarcoestablecidosenasambleasdeámbitoterritorialsuperior.

• AprobarorechazarlaspropuestasdepresupuestosanualespresentadasporelConsejodeCoordinación Municipal si lo hubiera o, en su defecto, por la Portavocía Municipal o elpropioPlenario.

• NombrarysustituiralaspersonasqueconformaránelConsejodeCoordinaciónMunicipal,siexistiera.

• Nombrar y sustituir a las personas responsables de las áreas y equipos de trabajomunicipales,cuandoloshaya.

• Organizar, en su caso, el proceso de elección o de revocación de la persona PortavozMunicipalasícomodeintegrantesdelConsejodeCoordinaciónMunicipal.

• Definir losmecanismosnecesariosparalacoordinaciónpolíticaconelgrupomunicipaldelcorrespondiente municipio, así como elegir, tras escuchar al grupo municipal, susestructuras de funcionamiento, portavocías y a las personas que desempeñarán esasresponsabilidades.

Municipioscon51omásmilitantesyvariosCírculos:elConsejodeCírculos

Artículo53.Definiciónyfuncionamiento

EnlosmunicipioscondosomásCírculos—yentendiendosiemprequesuperanlos50militantes—existirá un nuevo órgano que representará estos espacios por operatividad y, por tanto, a lamilitancia que debata en ellos. Este órgano, llamado Consejo de Círculos, tendrá carácterdeliberativo y ejecutivo al mismo tiempo. Las personas integrantes de los Círculos que locomponganpodrán trasladar laposturadesuámbitode reunióny fijarasíeldebatey laacción,todoellosinperjuiciodequealaveztenganautonomíadecisoria.

En municipios con Consejo de Círculos, existirá al mismo tiempo una persona encargada de laPortavocíaMunicipal—elegidapor todas laspersonasmilitantes—yunConsejodeCoordinaciónMunicipal,cuyotamañovariaráenfuncióndelosCírculosquehayaenelmunicipioyoscilaráentre5y9integrantes(incluidalaPortavocíaMunicipal):

• Enmunicipioshasta5CírculoselConsejodeCoordinaciónseráde5integrantes.

• De6a10Círculos,de7integrantes.

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• Sielmunicipiotienemásde11Círculos,de9integrantes.

ElConsejodeCírculosestaráformadopordosintegrantes—conalmenosunamujer—,designadosanualmenteporcadaCírculodelmunicipio,yelolaPortavozMunicipaldeberáescogerentretodaslas personas integrantes a quienes conformarán el Consejo de Coordinación Municipal, cuyacomposiciónfinalvalidaráelpropioConsejodeCírculos.

Las personas integrantes de los Círculos designadas para este Consejo podrán ser revocadas encualquiermomentopormayoríaabsolutadesuCírculo.

Artículo54.ConvocatoriadelConsejodeCírculos

El Consejo de Círculos podrá ser convocado a iniciativa de almenos un 25% de los Círculos delmunicipiooporelConsejodeCoordinaciónMunicipal.Enningúncasopodrántranscurrirmásdedosmesesentresendasconvocatorias.

Las Secretarías Estatales de Organización y de Círculos elaborarán un reglamentomarco para elfuncionamientodelosConsejosdeCírculos.

Artículo55.Competencias

SeráncompetenciasdelConsejodeCírculos:

• Aprobar por mayoría absoluta la línea política de Podemos en el municipio, siempre encoherenciaconlaslíneasestratégicasgeneralesdePodemos.

• Aprobarpormayoríaabsolutaladecisiónsobrelaformapolíticaenlaqueseconcurrealosdiferentesprocesoselectoralesdesumunicipio,respetandoloscriteriosmarcoestablecidosenasambleasdeámbitoterritorialsuperior.

• Aprobar o rechazar por mayoría simple las propuestas de presupuestos anualespresentadasporelConsejodeCoordinaciónMunicipalsilohubierao,ensudefecto,porlaPortavocíaMunicipal.

• NombrarysustituiralaspersonasqueconformaránelConsejodeCoordinaciónMunicipal,siexistiera.

• Nombrar y sustituir a las personas responsables de las áreas y equipos de trabajomunicipales,cuandoloshaya.

• Organizar, en su caso, el proceso de elección o de revocación de la persona PortavozMunicipalasícomodeintegrantesdelConsejodeCoordinaciónMunicipal.

• Definir losmecanismosnecesariosparalacoordinaciónpolíticaconelgrupomunicipaldelcorrespondiente municipio, así como elegir por mayoría simple, tras escuchar al grupomunicipal, sus estructuras de funcionamiento, portavocías y a las personas quedesempeñaránesasresponsabilidades.

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LaPortavocíaMunicipal

Artículo56.Definiciónyfunciones

La Portavocía Municipal ejerce la representación pública e institucional de Podemos en elmunicipio,coordinandosusactividades,asegurandolacoherenciadesudiscursoylacoordinaciónconPodemosanivelautonómicoyestatal.

Enmunicipioshasta50militantesoconunsoloCírculo,seráelegidaenunplenario.Enmunicipioscon 2 o más Círculos y 51 o más militantes, será elegida por el conjunto de militantes de losCírculos.

En ambos casos, su mandato será de un año, pudiendo ser revocada por una mayoría de laspersonasmilitantesdelmunicipio.

ElConsejodeCoordinaciónMunicipal

Artículo57.Definición,funcionesyfuncionamiento

El Consejo de Coordinación Municipal, allá donde exista —en municipios con más de10militantes— es el órgano colegiado encargado de realizar las tareas ejecutivas cotidianas decarácterpolíticoydecoordinacióninterna.

Susfuncionesson:

• Dar continuidad a la línea política aprobada por el Plenario o el Consejo de Círculos yadaptarlaalascircunstanciasdelmomento.

• EjecutarlosacuerdosadoptadosporelPlenariooelConsejodeCírculos.

• DefinirelordendeldíadelasreunionesdelConsejodeCoordinaciónMunicipal.

• Asumir aquellas tareas que por delegación le encomienden el Plenario o el Consejo deCírculos.

• Realizarelseguimientodelaejecucióndelosacuerdosdelosórganosdeámbitomunicipal,asícomovelarporelbuenfuncionamientodelaorganizaciónensumunicipio.

• Articularlarelaciónjurídico-financieramunicipalydelosCírculosconelrestodeórganosdePodemos,nombrandounapersonaresponsabledeFinanzas.

SerácompetenteparaconvocaralPlenariooalConsejodeCírculosydeberáreunirsecomomínimounavezalmes.

FUNCIONAMIENTOENMUNICIPIOSCONPLENARIO

ElPlenarioaprobarálapropuestadeConsejodeCoordinaciónMunicipalqueestablezcalapersonaqueocupe laPortavocíaMunicipal; siestanosalieseadelantedichoPlenario será soberanoparaformularunaalternativa.

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LaspersonasqueocupenelConsejodeCoordinaciónMunicipaltendránunmandatodeunañoypodránserrevocadasencualquiermomento,pormayoríasimple,porelPlenario.

FUNCIONAMIENTOENMUNICIPIOSCONCONSEJODECÍRCULOS

ElConsejodeCírculosaprobarálapropuestadeConsejodeCoordinaciónMunicipalqueestablezcalapersonaqueocupelaPortavocíaMunicipal,quesebasaráenpersonasdesignadasinicialmenteporlosCírculosparaelpropioConsejo;siestapropuestanosalieseadelante,elConsejodeCírculosserásoberanoparaformularunaalternativa.

LaspersonasqueocupenelConsejodeCoordinaciónmunicipaltendránunmandatodeunañoypodránserrevocadasencualquiermomento,pormayoríasimple.

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Título5.LosCírculos

Artículo58.DefinicióndeCírculo

LosCírculossonlaunidadbásicadeacciónparalaconstrucciónpolíticaysocialdePodemoscomoorganizacióndemocráticaypopular.

Enellosconvergen lasy losmilitantesdePodemosquese interesaneneldesarrollodePodemosdesdeelámbitoterritorialcreando,consuaccióndiaria,lacapilaridadnecesariaparadesarrollarlaestrategiapolíticay social con laquealcanzar losobjetivospara la transformaciónsocialdelpaíssustentadabajo losprincipiosde fraternidad, sororidad,democracia ydignidadcontempladosenlosDerechosHumanos.

LosCírculossonelpilarsobreelqueseasientaeldesplieguedePodemosyseconstituyencomounactor más que participa del movimiento popular de nuestro país. Son, en definitiva, unaherramientapensadaparalaaccióndirectadesdelacercaníaasuámbitoterritorial.

Desde la identificación de las necesidades impuestas por la precarización de la sociedad y lauberización de la economía, los Círculos son un aporte más al movimiento popular del quePodemos es parte y tienen, como objetivo principal, la construcción efectiva de pueblo creandosinergias desde la fraternidad y sororidad con su entorno para la identificación y conquista denuevosderechos.

Así,losCírculostienenlastareasdeparticipardeldebateydecisióndelasdistintasestrategiasparacumplir con los mandatos de las Asambleas Ciudadanas de orden superior y, en tanto queexpresión colectiva de la militancia, plasmar la línea política a escala local. Además, han deidentificar las necesidades políticas y sociales de su territorio desde el contacto fluido ypermanenteconlosdistintosactoresyagentesdelasociedadcivil,fomentarlacreacióndetejidosocial y reforzarel yaexistente,participare impulsar, respetandosu independencia, losdistintosmovimientos que, en el ámbito de actuación correspondiente, estén en sintonía con losplanteamientosgeneralesdePodemosycolaborar,en todomomento,en laconstruccióndeunasociedadparticipativa,críticayautónomajuntoalrestodeltejidosocial.

De esta manera, el Círculo es actor principal y sujeto colectivo para la creación de una nuevaculturamilitantequefavorezcaydotedelosespaciosyherramientasnecesariasparaquecadaunadesuspersonas integrantesseanagentesactivosdelmovimientopopularydelcambiopolíticoysocialquebuscamos.

Artículo59.Requisitosparaformarparte

La experiencia y desarrollo de Podemos desde 2014 conducen a introducir al Círculo comoprotagonista directo en los órganos de dirección, algo que se plasma en este documento. Paraintegrarsedeplenoderechoy,así,disponerdevozyvoto,laspersonasqueloconformandeberáncumplirconlossiguientesrequisitos:

• SermilitantedePodemos,ademásdeserunapersonainscrita.

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• AdscribirsuacciónmilitantealCírculoterritorialcorrespondiente:estoserealizaráatravésdelperfiltelemáticodelapersonainscrita,limitandolacapacidaddecambiodeCírculoaunmáximodeunavezalaño.

• Estaralcorrientedepagodelacuotaestablecida.

• Cumplir y hacer cumplir los documentos y mandatos aprobados en las AsambleasCiudadanas de ámbito territorial superior o del propio, además de lo decidido por lamilitanciaanivellocal.

Podráasistirconcarácterdeinvitadooinvitada,manteniendoelcarácterasamblearioyabiertoalaciudadaníaquecaracterizaa losCírculos,convozperosinvoto,siempredentrodel respetoa losmandatosdelasAsambleasCiudadanasqueafectenasuámbitodeactuación,cualquierpersonayaseasimpatizanteomilitante,sinadscripciónaotroCírculo,quese intereseporconocer laaccióndelCírculoycontribuiraldesarrollodePodemosdesdeesteespacio.

Conel finde facilitar la integracióny laparticipacióndenuevaspersonas, apartirdeasistenciaspuntualesalasasambleas,elCírculohabilitarámecanismosdebienvenida.Estalabortendrá,comoobjetivosoperativos,dotardelainformaciónsuficientealasnuevasincorporacionesparafacilitarsuparticipación,facilitarlaacogidaypresentaciónycrear,desdelafraternidadylasororidad,losespaciosdeacogidasuficientesparagarantizarsuplenaincorporación.

Se creará y custodiará un censo de militantes desde la Secretaría de Organización Estatal y laSecretaríadeCírculos,talycomoseencuentradescritoenelartículo60.«Lamilitanciayelcensodemilitantes».

Por último, en los Círculos se velará por el cumplimiento del Código Ético y, en especial, no sepermitirán actitudes machistas, xenófobas, autoritarias, LGTBIfóbicas, denigrantes, insultantes,acusaciones o caricaturas, difamaciones ni violencia verbal o física, así como ninguna actividadcontrariaaladefensadelosderechoshumanosporpartedeningunadelaspersonasintegrantes.

Artículo60.Lamilitanciayelcensodemilitantes

ElpapelprotagonistadelosCírculoseneldesarrollodePodemossebasaenelreconocimientodelalabormilitante,imprescindibleparalaconstruccióndetodaorganizacióndemocráticaypopular.Así,enestapropuesta, lamilitanciapasaa tener lascompetenciasdesarrolladaseneste título5,conelobjetivodeque,todapersonaimplicadaenPodemos,seaactorprincipaldelcambiopolíticoysocialquepretendemos:

Con carácter general, la militancia de Podemos en un municipio podrá ser convocada en susrespectivosámbitosconladebidapublicidadyordendeldía.

Laspersonasmilitantes seránquienespodrándecidir la líneapolítica y los órganos locales en sumunicipio. Para ello, se creará unCenso deMilitantes que será elaborado y custodiado por lasSecretarías Estatales deOrganización y de Círculos, si bien en el territorio los Círculos y órganoslocalespodránteneraccesopermanenteaunaherramienta informáticaquepermitasabersiunapersonaesonomilitantedesumunicipio.

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Paraestarconvenientementecensadas,laspersonasmilitantestendránqueabonarunacuota(conlasdebidasexcepciones),deberán serpersonas inscritas y solopodrán referenciarseenunúnicoespaciodemilitancia.

De manera general y salvo situaciones excepcionales que valorará el Consejo de CoordinaciónEstatal, no estará permitida en ningún caso la doblemilitancia en Podemos y en cualquier otraorganizaciónpolítica.

Artículo61.TiposdeCírculos

DentrodelaorganizaciónpodráhaberCírculosdetipocomarcal,municipal,dedistrito,barrialodecircunscripciónexterior:

A)ELCÍRCULOMUNICIPAL

ElnivelpordefectodelosCírculosPodemosterritorialeseselnivelmunicipal.

B)LOSCÍRCULOSDEDISTRITOOBARRIALES

Seránconstituidosenmunicipiosdonde,pormotivosespecíficos,lógicosydepeso(nuncarelativosa conflictos personales o de control del espacio) sea necesario que el Círculo municipal sedesagreguepordistritosobarrios.Enestecaso,ycomoórganodedeliberaciónydecisiónlocal,seconstituiráelConsejodeCírculosoelPlenario.

C)ELCÍRCULOCOMARCAL

Podrán existir Círculos comarcales si se argumenta tal necesidad pormotivos de despoblación overtebración territorial. Estos Círculos nunca podrán tener más de 50 militantes y funcionaráncomounplenarioaprobandoorechazando,ensucaso,iniciativaspolíticaslocalesenlosmunicipiosqueaglutinen.Tendrán,asimismo,idénticarepresentaciónalrestodeCírculosenlaRedProvincialoInsulardelaqueformenparte.

D)CIRCUNSCRIPCIÓNEXTERIOR

Atendiendo a las especificidades de la militancia residente en el exterior, tendrán libertadorganizativaenesteaspecto.

Artículo62.ConstitucióndelCírculo

Partiendodelprincipiodenoduplicidad,estoes,nopodráexistirmásdeunCírculoqueocupeelmismo espacio territorial de otro ya existente, primará el principio de capilarización de laintervenciónpolíticoysocialdesde losCírculosy,porende, laconstitucióndeCírculosdeámbitoterritorial inferiora losexistentes.Así,podránconstituirseCírculosmunicipalesqueconvivanconComarcales,barrialesydedistritoconmunicipales, siempreycuandorespondasuconstituciónalógicasde intervenciónydesplieguedelproyectoynuncaacompetenciaso luchasporelcontrolterritorial. En estos casos, el Círculo de ámbito territorial superior deberá adaptarse, tanto ennombrecomoenámbitodeactuación,conelfindeevitarsolapamientosconlaaccióndelnuevoCírculo.

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Asimismo, ante la ausencia de un Círculo al que adscribir la acción militante en el territorio,también se podrá crear un nuevo Círculo. Para crear un nuevo Círculo se deberá contar con unmínimode5personasquecumplanconlossiguientesrequisitosycompromisos:

• SermilitantedePodemos.

• Estaralcorrientedepagodelacuotaestablecida.

• Cumplir y hacer cumplir los documentos y mandatos aprobados en las AsambleasCiudadanasdeámbitoestataleinferiordentrodesuterritoriodeactuación.

Cualquierpersonamilitante,al corrientedepagode la cuotaestablecida, interesadaencrearunnuevoCírculoporcualquierade lasrazonesanteriormentedescritaspodráorganizarunaprimerareunión de constitución. Contará, para ello, con el apoyo de la organización y, a través de lasSecretarías de Organización Autonómicas, se enviarán los datos de la convocatoria a todas laspersonas militantes del ámbito territorial del nuevo Círculo. Así, desde el respeto a laautoorganización, Podemos tomaunpapel proactivo yde soporte al crecimiento ydesarrollodenuevosCírculos,facilitandolatareadeconvocatoriaypublicidadenesteprimermomentodevidadelCírculo.

En esta primera asamblea constituyente se decidirán las formas de contacto del Círculo y unaprimera elección de Enlaces y responsables siguiendo la estructuramarcada en el artículo «64,OrganizacióndelosCírculos»,queseráremitidaalaSecretaríadeCírculosasícomoalaSecretaríadeOrganizaciónAutonómica correspondiente. Estaestructura inicial deberá ser ratificada con suactivaciónysustituidaporlasherramientascorporativascorrespondientes.

Artículo63.ActivacióndelCírculo

Para que un Círculo tenga plenos derechos y pueda constituirse como Plenario o participar delConsejodeCírculos y restodeespaciosorgánicos,deberádisponerde la calificaciónde«activo»según el protocolo de activación aprobado por el Consejo Ciudadano Estatal a propuesta de laSecretaríadeCírculosylaSecretaríadeOrganizaciónEstatal.

Este protocolo implicará la incorporación al Censo Estatal de Círculos. En coordinación con elConsejo Ciudadano Autonómico de referencia, será la Secretaría de Círculos quien, en últimainstancia, resolverá la solicitud de activación. Igualmente, deberá contar con la presencia deobjetivos concretos de actuación política y de intervención social directa para la mejora de lascondiciones de vida y derechos de su entorno decididos en asamblea y que se encuentren ensintonía con los valores defendidos por Podemos y las decisiones adoptadas por la AsambleaCiudadana.

Artículo64.OrganizacióninternadelosCírculos

El Círculo tendrá autonomía para decidir sobre sus fórmulas organizativas en el ejercicio de suscompetenciasyenelmarcoderespetoa losdocumentosymandatosde laAsambleaCiudadanaaprobadosenlosdiferentesnivelesterritoriales,entreellosesteDocumentoorganizativo.

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Igualmente, tendrá capacidad y competencia disciplinaria con respecto a sus integrantes, deacuerdo con lo previsto en dichos documentos ymandatos así como a la prevención, gestión yresolucióndeconflictosdeacuerdoalosreglamentosquelosdesarrollan.

ElCírculo,dentrodeestaautonomía,seregiráporlosprincipiosdefraternidad,sororidad,rotacióndecargos,cuidados,participaciónpolíticaysocialypublicidaddesusasambleasyactuaciones.

ELEQUIPODINAMIZADOR

Elegido en asamblea, cada Círculo contará con un Equipo Dinamizador formado por 3 personasresponsables de las siguientes áreas: organización/finanzas; comunicación y feminismos. Estaspersonas desempeñarán su labor durante un año no renovable consecutivamente. El EquipoDinamizadorvelaráporelcumplimientodeloacordadoenlasasambleas,llevaráacabolastareasque tenga encomendadas entre reuniones en sintonía y sin que entre en contradicción con losórganoslocalesenfuncionamientoygarantizaráunrepartodetareasycreacióndelosequiposdetrabajonecesariosparaelcorrectodesarrollodelosacuerdosalcanzadosenelCírculo.

LaspersonasqueformenesteEquipoDinamizadorpodránrotarocambiar,aúnsinhabercumplidoelañodemandatoapropuestapropiaopormayoríasimpledelCírculo.

»CompetenciasdelEquipoDinamizador:

- ConvocarlaasambleadelCírculoymantenerlaperiodicidaddesusreuniones

- FacilitarydinamizarlatomadedecisionescolectivasparaelcumplimientodelmandatodelasAsambleasCiudadanasdeordensuperiorydelosórganoslocales.

- DinamizarlaestrategiadeextensiónyparticipacióndelCírculoensuterritorio.

- FacilitarycoordinarlastareasparalaejecucióndelosacuerdosdelaasambleadelCírculo.

- Organizar y dinamizar, garantizando su transparencia, la elección de las personas queejercerán laportavocíaen losdiferentesórganosdePodemos (ConsejodeCírculosoRedProvincialoInsular)y,juntoalrestodeCírculos,ensucaso,laPortavocíaMunicipal.

Artículo65.CompetenciasdelosCírculos

Seráncompetenciasde losCírculos,mediantevotodesusmilitantesy siempredentrodelmarcoestablecidoporlosmandatosdelasAsambleasCiudadanasdesuterritorioodeámbitosuperior:

• Debatir, y en su caso trasladar al Plenario o al Consejo de Círculos, la línea política queconsideren.

• Diagnosticar e identificar lasproblemáticas sociales ypolíticas en su ámbitodeactuaciónterritorial.

• DiseñareimplementarintervencionesyactuacionesdirigidasaladefensadelosDerechosHumanos y conquista de derechos sociales así como la dignidad, la fraternidad y lasororidad.

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• Visibilizar las problemáticas y necesidades locales desde el desarrollo demecanismos decomunicaciónpopular.

• Dar voz política al vecindario de su ámbito de actuación trasladando, al Plenario o alConsejo de Círculos y, desde ahí, a los espacios institucionales correspondientes, susproblemáticas.

• Diseñar e implementar proyectos desde la fraternidad y sororidad que den respuesta alvecindario ante carencias y violaciones de derechos a la par que se realizan las accionespolíticascorrespondientesparareivindicaciónyconquista.

• Mantener un contacto fluido y permanente con los distintos actores y agentes de lasociedad civil, así como contribuir al refuerzo y creación de tejido social y participar eimpulsarlosdistintosmovimientosqueensuámbitodeactuaciónesténensintoníaconlosplanteamientos generales de Podemos, respetando siempre la autonomía de los propiosmovimientossociales.

• Debatir, y en su caso trasladar al Plenario o al Consejo de Círculos, su postura sobre elpresupuestolocal.

• Debatir,e instarensucasoalPlenariooalConsejodeCírculos,aconvocara lamilitanciaparaelegirorevocaralaPortavocíaMunicipal,juntoalrestodeCírculosdelmunicipio(estodeberá ser llevado a cabo si la convocatoria es por mayoría simple de los Círculos delmunicipio).

• Participar, a partir del conocimiento del territorio, en el debate para la creación deprogramaselectorales.

• InstaralEquipoDinamizadoraconvocarasambleadelCírculo,sinohasidoconvocadaenlosúltimostresmeses.

• Ejercerelderechoarevocaciónopérdidadeconfianzasobresusportavocesenlosórganos,susEnlacesasícomodesuequipodedinamización.

• Organizar reuniones periódicas, y otras formas de participación abiertas, que aseguren ypromuevanlaparticipaciónpolíticaysocialdesusintegrantesydesucomunidad.

• Participar,atravésdelConsejodeCírculosoPlenario,entodoslosaspectosrelevantesdelosprocesoselectoralesmunicipales.

Artículo66.EntidadjurídicayfinanciacióndelosCírculos

Lamilitanciapasa a formarpartede losórganosdedirección y se constituye comoprotagonistapara el despliegue de Podemos en los distintos niveles territoriales a partir de su labor en losCírculos.

Este nuevo papel implica su participación directa en la gestión de los recursos económicosmunicipalesasícomodelagestióndelaentidadjurídicamunicipal.

Por ello, tal y como se contempla en el artículo 57, «Definición y funciones», el Consejo deCoordinaciónMunicipalcontaráconunapersonadesignadaparagarantizarlaarticulaciónjurídicayfinanciera entre los Círculos, el órganomunicipal—ya sea Plenario o Consejo de Círculos— y el

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restodeórganossupramunicipalesdePodemosconelfindefacilitaryfomentarlosrecursosylasherramientasdeestaíndolealosCírculos.Estafiguramantendráunmandatoanual.

Artículo67.MecanismosdeautorregulacióndelosCírculosparalaconstruccióncolectiva

La dinámica asamblearia de los Círculos como organización democrática y popular acarrea unaprendizajeconstantedelaparticipaciónpolíticaysocialcomovehículodeconstruccióncolectiva.Enesteproceso,sepuedendarconflictospolíticosodeconvivenciademaneranaturalque,biengestionados, se convierten en oportunidades para la consolidación y crecimiento del Círculo asícomodeformaciónpolíticadelamilitancia.

Por ello, desde la Secretaría de Círculos se aportará a los planes formativos de la militanciamecanismos y herramientas para la detección, prevención y resolución de conflictos que, encualquier ámbito de Podemos, deben intentar resolverse por vías políticas y de diálogo entrecompañerosycompañeras,evitandoasíjudicializarlaparticipación.

Artículo68.DisolucióndelosCírculos

Larealidadasambleariay fluidadelmovimiento implica igualmenteunaevoluciónde losCírculosque puede derivarse, en ocasiones, en su disolución. Este proceso estará regulado dentro delprotocolo de Activación de Círculos que deberá publicarse después de la celebración de laAsambleaCiudadana.Sibienseráenesteprotocoloposteriorenelqueseentreenprofundidad,ladisolucióndelCírculoconllevaráelcesedesuparticipaciónenlosespaciosorgánicosydedecisióndelpartido,asícomotodoslosderechosasociadosalCírculoenmateriadeavalesdecandidaturas.Además,seprocederáasueliminacióndelCensoEstataldeCírculos.

Las líneasprincipalessobre lasquesedesarrollaráelprotocoloensuapartadopara ladisoluciónmotivadadeunCírculoserán:

• Inclumplimiento, por parte del Círculo, de los documentos ymandatos de las AsambleasCiudadanasdesuámbitoosuperior.

• Desagregación,siempredemaneramotivadayatendiendoalasnecesidadesdedesplieguedePodemosenCírculosdeámbitoterritorialinferior.

La disolución de un Círculo solo podrá llevarse a cabo de acuerdo con dicho protocolo enexpediente abierto por la Secretaría de Organización competente y previa comunicación a laComisión deGarantíasDemocráticas correspondiente, quien resolverá en consonancia con dichodocumentoycomunicarálarespuestaalaSecretaríadeCírculosyalaSecretaríadeOrganizaciónEstatal.

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Título6.GruposdeTrabajoSectoriales

Artículo69.Definición

Dentro del proceso de integración de los Círculos, que esta propuesta viene a culminar, se venecesaria la asimilación/transformación de los Círculos Sectoriales en grupos de trabajoespecializadosasociadosalConsejoCiudadanodesuámbitodeactuación.

LosCírculosSectorialesseencuentran,enlaactualidad,conformadosporpersonasinteresadasenaportaralaconstrucciónydesplieguedePodemosconsuexperienciayconocimientoconcretoenáreas determinadas. Esta propuesta transformadora viene a garantizar y facilitar esta aspiraciónmilitante, dotandoa sus participantes deunespaciomásoperativo y orgánicopara este tipodeparticipaciónpolítica.

El ámbito de actuación de los Grupos de Trabajo Sectoriales podrá ser de carácter estatal oautonómicoencoordinaciónconlasáreastemáticascorrespondientes.

Artículo70.RequisitosparalaparticipaciónenGruposdeTrabajoSectoriales

LosGruposdeTrabajoSectorialesmantienenelcarácterabiertoydemocráticoqueguardan,ensuesencia, todos los espacios de Podemos. Por ello, podrá participar de los mismos cualquiermilitantealcorrientedepagodesucuotaquequieraponeralserviciodelproyectosuformaciónyexperienciatemáticaosectorial.

Artículo71.ObjetivosyfuncionesdelosGruposdeTrabajoSectoriales

LosGruposdeTrabajoSectoriales,entantoespaciosasociadosalConsejoCiudadanodereferencia,tendránlossiguientesobjetivosyfunciones:

• Articular y canalizar, proponiendo posibles líneas de trabajo al Consejo Ciudadano, lasdemandasylasaspiracionesdelosmovimientossociales,lasorganizacionesyactoresdelasociedadcivil, conel finde transformarlasenpropuestasdeactuación sociales,públicaoinstitucional. Estas propuestas serán estudiadas por el Consejo Ciudadano de referencia,quedecidirásielGrupodeTrabajoSectorialpodrállevarloaefecto.

• Suministrar, a petición del Consejo Ciudadano de referencia, contenidos profesionalesespecíficos y orientaciones técnicas para la formulación de estrategias, iniciativas yprogramas, basados en los conocimientos especializados sobre el funcionamiento y lascaracterísticasde los respectivosámbitosde trabajo, facilitandoasí la tomadedecisionespolíticasinformadasyajustadasacriteriosracionalesytécnicamenteviables.

• Diseñaryrealizar,apeticióndelConsejoCiudadanodereferencia,asambleasyencuentrostemáticos de Podemos, favoreciendo debates orientados a la sensibilización, difusión delconocimiento y propuestas de actuación colectiva en temas sectoriales y transversalesrelativosasuámbitodeespecialización.

CadaGrupodeTrabajoSectorialseorganizaráparasutrabajocotidianoconel findecumplirsusobjetivosyfunciones;entodocaso,realizaráunareunióntrimestralconsuConsejoCiudadanode

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referencia —o la persona o personas que el Consejo Ciudadano determine— en la que sepropondrán,debatirányharáseguimientodelosobjetivosdeactuacióndeesteGrupodeTrabajo.Lanocelebracióndeestasreunionesduranteunperiodode9mesesomásimplicaráladisoluciónautomáticadeesteGrupodeTrabajo,reservándoseelConsejoCiudadanodereferencialapotestadparaconvocarloenunfuturoposterior.

Se contempla un periodo de seis meses a partir de la aprobación de esta propuesta para laadaptaciónorgánicade losCírculos SectorialesoTemáticosaestenuevomodelode trabajo. Lasdos personas elegidas para el Consejo Ciudadano Estatal en representación de los CírculosSectorialesejerceránapartirdeahorauna laborde facilitaciónglobaldeestosprocesosaescalaautonómica.

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Título7.Finanzasytransparencia

Introducción

Es indudable que el recorrido de la gestión económica de Podemos desde la primera AsambleaCiudadana hasta hoy ha estado determinado por la innovación, la transparencia y la nodependencia de préstamosbancarios, así comopor los numerosos procesos electorales quehanpuesto a prueba la capacidad técnica y humana de Podemos. Cabe destacar que desde el 1 deenero de 2019 se introdujo en el Plan General Contable adaptado a formaciones políticas lascuentas contables relativas a los microcréditos, una vez que las autoridades fiscalizadoras hancomprobadoqueelsistemautilizadoporPodemosdesde2015seajustaalasnormasfinancierasdelospartidospolíticos.

Enestosúltimos tiemposhemos conseguidounequilibro financieroquenospermiteavanzar sintenerquerecurrirapréstamosquepuedanmermarnuestracapacidadpolítica.Paraseguirporestecaminoconsideramosimprescindibleafianzarenlospuntosquecitamosacontinuación:

Artículo72.Independenciafinanciera

Debemosseguirelprincipioderesponsabilidad,yserpersonasausterasenelusode losrecursoscolectivos. Para que esto sea posible proponemos que sea obligatoria la confección depre-supuestos en el que los gastos se ajusten a los ingresos (con-fección de presupuestosobligatoriosanivelestatal,autonómi-co,municipalydegruposinstitucionales)ycontinuarconlasmismasmedidasquenosaseguranlaindependenciafinanciera:

• Podemosnosefinanciarámediantecréditosbancarios.

• Ampliarlabasedecolaboradorasycolaboradoreseconómicos,evitandoladependenciadegrandes donantes. Debemos apostar por la cooperación entre la participación política, elcompromisoylacolaboracióneconómicaqueasegurelasostenibilidaddelaorganizaciónyelfortalecimientodetodasnuestrasestructuras.

• Podemos limitará lasdonacionesmáximasa10000eurosporañoypersona,aexcepcióndeloscargoselectosdePodemos,ypublicarálaidentidaddequienesrealicendonacionesdemásde5000euros.

• PodemosvelaráentodomomentoporelcumplimientodelaLeyOrgánica8/2007,de4dejulio,sobrefinanciacióndelospartidospolíticos(LOFPP).

Lanodependenciabancariaaseguranuestraindependenciaylibertadalahoradeejercernuestraacciónpolíticaynosayudaamantenernosalejadosdelasdeudasquetradicionalmenteatanalospartidosainteresesajenosalosdelaciudadanía.

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Artículo73.Medidasredistributivas

La organización a nivel general debe redistribuir sus recursos hacia los niveles inferiores y crearmecanismos de compensación entre territorios. En este sentido proponemos las siguientesmedidas:

• Destinarel 85%del importedelexcedentede lasdonacionesde sueldode los cargosdegobierno, nombramientos de gobierno, diputadas y diputados autonómicos y otrosnombramientosparaqueserefuerceelpresupuestodelosConsejosCiudadanostantoparasu actividad ordinaria como para la inversión en proyectos sociales. Las aportaciones aproyectos sociales o donaciones desde los Consejos no contarán únicamente de unacontrapartida económica sino que formarán parte de una estrategia y de un plan quetendráunajustificacióndetallada,seguimiento,controlyrendicióndecuentas.

• Destinarel100%delexcedentedelasdonacionesdesueldodelosconcejalesalmunicipioenelquedesempeñansuacciónpolítica.

• Destinar el 15% de las donaciones de ámbito autonómico y estatal restante a crear unFondodeCompensaciónTerritorialquesirvacomocompensaciónaaquellosterritoriosqueporsusnecesidadesycaracterísticaspropiasprecisenunrefuerzo.

• Darprioridadalaconfeccióndediferentescampañasparaquelaciudadaníacolaboreconlosdiferentesámbitosterri-torialesdePodemos,deestemodolascolaboracionesadscritasse seguirán quedando íntegramente en el territorio en el que el colaborador hayapriorizadolaaportación.Sefomentarádesdetodaslasinstanciasdelpartidoelaumentodelas colaboraciones de personas inscritasmediante campañas, publicidad y cualquier otraformadedifusióndeestaformadecolaboraciónquepermitaaumentarlosrecursosdelaorganizaciónacualquieradesusniveles.

Artículo74.Nuevosistemadedonaciones

LainnegableinfluenciadePodemosenlapolíticaespañolahatraídoconsigo,entreotrasmedidas,el aumento del SMI cada año desde 2015, pasando de 648,60€ a los actuales 950,00€. Estebaremohaservidopararegularlasdonacionesdenuestroscargospúblicossinperderdevistaqueelobjetivoprincipalhasidoeldemejorar lascondicionesvitalesy laboralesdelaciudadanía.Poresto mismo creemos que hay que introducir una nuevamedida para regular las donaciones denuestras personas representantes públicas, en este casopasaremos a un sistemadeporcentajessobreeltotaldelingresonetobasadoenlasresponsabilidadesyenlaexposiciónpública.ConestenuevosistemadesaparecentantolavinculaciónalSMIcomolasexcepcionalidadesenmateriadedietas,personasacargo,etcétera,recogidasen laanterioretapa.ConsideramosqueestecambioseadecúaalanuevarealidadorganizativadePodemosenlacuallaasunciónderesponsabilidadeshaaumentadodeformaconsiderable.

Artículo75.Transparenciaresponsable

Podemos sigue teniendo el compromiso adquirido con la sociedad en esta materia. Somosconscientesdequeelmediodefiscalizaciónmásimportanteparaunpartidopolíticoeslaopiniónpública, por eso seguimos manteniendo este pacto con la renovación de nuestro portal detransparenciaenmateriadecuentasclarasdondeseseguiráreflejandoelcomportamientointerno

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enmateriacontableylasdonacionesdenuestrosCargosPúblicos,CargosdeGobiernosyAsesoreso Asesoras con una única limitación, dentro delmarco de la Ley Protección de Datos. Debemostender hacia una transparenciamás global de la situación contable y de los gastos incurridos eingresosobtenidosponiendomásénfasisenelconjuntodelaorganización.

Artículo76.Rendicióndecuentas

Al final de cada ejercicio, los Consejos Ciudadanos elaborarán un dossier financiero donde seinforme de la situación financiera del Consejo, informando de cuáles han sido los ingresos y losgastos.

NORMASPRESUPUESTARIAS

Los presupuestos anuales del Consejo Ciudadano se regirán por los principios y criterios desostenibilidadyrealismo.

• Estimacióndeingresosyestimaciónyejecucióndegastos:

ü LosConsejossecomprometenaingresarogestionarlasasignacionesmunicipalesodeCírculos que provengan de colaboraciones de personas inscritas, aportaciones decargospúblicosoaportacionesdegruposmunicipales.

ü Los Consejos deberán gestionar los gastos e ingresos del órgano municipal que notengacuentabancariapropia.Elaboraránplanesypresupuestosdecontrolparacadaunosiesnecesario.

• Controldepresupuesto:

ü Encasodedesviacionessignificativasdurantetresmesesconsecutivosono,lapersonaresponsabledefinanzasinformarádeestehechoporemailalapersonaresponsabledefinanzasestatalopersonadesignadayasupersonaCoordinadoraautonómica.

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Título8.PodemosExterior

LapresenciadelasinscritasylosinscritosdePodemosenelExteriorhasidoycontinúasiendounaconstante y un referente para la organización. Repartidas por todos los continentes, aunqueespecialmente en otros países de Europa y en América Latina, las personas que participan envotaciones y consultas y se han organizado en Círculos desde 2014 son un valor que vamos apotenciar.

Enestesentido,apartirdeahoraserándospersonaslasque,deformaparitaria,acudanalConsejoCiudadanoEstatalporlacircunscripcióndeExterior,loqueduplicasupresenciaanterior.

Junto a ello, las gentes que se encargan de organizar y mantener el contacto con las personasinscritas en el Exterior están llevando a cabo un especial esfuerzo para intensificar lazos y en lapuestaapuntodesusCírculos,queformaránpartedelamismaarquitecturamilitantedescritaeneltítulo5deesteDocumentoorganizativo.SusintegrantespasaránaserlamilitanciainternacionaldePodemos.

LapropiaestructuradePodemosExteriordebatiráydecidirásuspropiosdocumentosorganizativoypolíticoenelextranjeroenlaAsambleaCiudadanaExteriorquesecelebraráenunplazomáximode9mesesapartirdelaproclamacióndelosresultadosdelaterceraasambleadePodemos.

Entodocaso,lasáreasdetrabajoquesedesarrollenenPodemosExteriordeberántenerunalíneadirectacon lasexistentesenelConsejoCiudadanoestatalalobjetodecoordinar lasmateriasdetrabajo.

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Disposicionestransitorias

Primera.RepresentantesdeCírculosSectorialesenelConsejoCiudadanoEstatal

Las dos personas elegidas como Representantes de Círculos Sectoriales, una vez estos Círculospasen a ser Grupos de Trabajo, tendrán el cometido de facilitación de los mismos a todos losniveles,talycomoseexplicaeneltítulo6deesteDocumentoorganizativo.

Elperiododeadaptaciónyadecuaciónaelloserádeseismeses.

Segunda.EleccióndeEnlacesdeCírculosparalosConsejosCiudadanosAutonómicos

LapartenoelectaenAsambleade losConsejosCiudadanosAutonómicos,queestarácompuestaporlasylosEnlacesdeCírculos,solopodráestaroperativacuandosehayarealizadosudesignacióndesde abajo, tanto primero a nivel municipal como después en las nuevas Redes de Círculosprovinciales.

Esteperiododeadaptacióndelaorganizaciónatodoslosnivelesinferiorespodrádurarhastaseismeses.

Por ello, los primeros Consejos Ciudadanos Autonómicos que sean electos tras la aprobación deeste Documento organizativo dispondrán únicamente de su parte electa durante los primeroscuatromesesdefuncionamiento.Deestemodo,podrániniciarsuandadurayaprobarunConsejodeCoordinaciónAutonómicoque,entodocaso,estaráenfuncioneshastaqueloratifiqueonolaparte no electa de los y las Enlaces de Círculos, una vez sea completado el Consejo CiudadanoAutonómico.

Los Consejos Ciudadanos Autonómicos que no renueven sus estructuras en mayo de 2020, encualquiercaso, tendránseismesesparaadaptar temporalmentesucomposiciónygarantizarconello que los actuales Representantes de Círculos que ya formen parte del órgano y las nuevaspersonasEnlacesdeCírculosquesedesignenencadaprovinciao islasuponganel33%dedichoConsejoCiudadano,almargendelafiguradesuhastaahoraSecretaríaGeneralAutonómica.Todoello sin perjuicio de que, cuando sea el momento de convocar su Asamblea Ciudadana, estosterritoriosseadaptenalostamañospropuestosenelartículo30deesteDocumentoorganizativo.

Tercera.Cronograma-resumendelaimplantacióndelnuevomodelolocalyprovincial

La organización deberá contar con un tiempo de adaptación a esta nueva forma de engrasar lamaquinaria.LamilitanciaylosCírculosdispondrándecuatromesesparacensarse(hastafinalesdejulio):

• Por un lado, las y los militantes podrán acceder a sus datos de<https://participa.podemos.info> y allí actualizar sus datos personales en referencia a lanuevaaportacióneconómicayasuimplicaciónenunCírculoenconcreto(salvoqueensu

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municipio este no exista, en cuyo caso dejarán esta información vacía). A partir de esemismomomento,elDepartamentodeFinanzaspodrátenerconstanciadesusaportacioneseconómicas.

• Porotrolado,laSecretaríadeCírculos,encolaboraciónconlasSecretaríasdeOrganizaciónAutonómicas,llevaráacabounaactualizacióndelainformaciónsobrelosCírculosactivos,paraconocersusituaciónyelaborarunmapaactualizado.

Después, una vez se haya consolidado esta etapa inicial, durante dos meses será momento deelegirórganos locales ydedar formaa lasestructurasprovincialese insularesdeCírculos,entrefinalesdejulioyfinalesdeseptiembre:

• Porun lado,procedera laeleccióndeórganos localesen losmunicipiosquecuentenconCírculosactivos—yaseamediante laestructuradePlenarioodeConsejodeCírculos—yconlaayudadelasSecretaríasdeOrganizaciónAutonómicasylasSecretaríasEstatalesdeOrganizaciónydeCírculos.Paraello,enlosCírculoscontaránconlasherramientastécnicasasualcance.

• Porotro lado, elegir en losCírculos a las y los nuevos Enlacesque formaránpartede lasRedesdeCírculosprovincialesoinsularesyqueasuvezyacontinuaciónelegiránalasylosEnlacesdeCírculosquepasaránaformarpartedelosConsejosCiudadanosAutonómicos.

Cuarta.Nuevosreglamentos

TraslaentradaenvigordeesteDocumentoorganizativo,lasSecretaríasEstatalesdeOrganizaciónyde Círculos elaborarán los reglamentos y protocolos necesarios para el funcionamiento de laorganización,queincluiránelderégimendisciplinario.