reglamento de evaluaciÓn -  · y 2do. año de enseñanza media. enseÑanza media nm 3 y 4 ......

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1.- El COLEGIO CONCIBE LA EVALUACIÓN:

1.1 Como una herramienta del aprendizaje que permite fortalecer la

personalidad de las y los alumnos en todas sus áreas, contribuyendo a un mejoramiento del proceso de enseñanza y aprendizaje, por consiguiente, a la calidad de la experiencia escolar.

1.2 Un proceso continuo, que permita obtener información pertinente para

retroalimentar el proceso de aprendizaje significativo de los estudiantes, para tomar decisiones oportunas a fin de orientar el proceso hacia el logro de los objetivos de aprendizajes tanto verticales como transversales de las diferentes asignaturas y/o talleres incorporados en el proyecto JEC.

1.3 Como signo de la participación de la comunidad en el Proyecto

Educativo. Por lo tanto, la evaluación es una tarea que compromete a todos.

LO ANTERIOR SUPONE:

1. Incentivar en los estudiantes una visión crítica constructiva fundamentada en los valores institucionales que les posibilitarán convertirse en un agente de cambio.

2. Facilitar en los estudiantes una visión integradora de las distintas

disciplinas que le permitan comprender el mundo y descubrir su aporte concreto en la construcción de una humanidad mejor.

3. Crear un clima propicio para el cultivo de cualidades que formen

la personalidad femenina y masculina, que han de servir a las personas para realizar su misión en la vida.

4. Promover en los estudiantes una sólida formación académica

que posibilite el encuentro entre los valores del humanismo cristiano y progreso científico del presente y del futuro.

5. Orientar los procedimientos evaluativos procurando entregar a

los estudiantes herramientas necesarias para estimular a aprender a pensar y aprender a aprender con el fin de desarrollar las competencias, habilidades y actitudes propuestas en cada una de las Asignaturas o talleres.

6. Desarrollar en los estudiantes la capacidad de relacionar e

integrar los saberes de las distintas asignaturas reconociendo los aportes de cada una de las disciplinas para el conocimiento integral.

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Por lo tanto, el presente reglamento se ha elaborado de acuerdo a las directrices entregadas:

por el Ministerio de Educación de Chile a través de los decretos que rigen sobre esta materia, y

los requerimientos y lineamientos del Proyecto Educativo Institucional.

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TITULO I: DE LOS LINEAMIENTOS MINISTERIALES DEL REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN PÁRRAFO 1: DE LAS DISPOSICIONES GENERALES Y TÉCNICAS Las disposiciones del presente Reglamento de Evaluación son las siguientes: Artículo Nº 1 El Colegio San Miguel Arcángel, declarado cooperador de la Función Educacional del Estado, por Decreto Nº 4323 del 24 de enero de 1955 ha elaborado el Reglamento de Evaluación, de acuerdo a las exigencias de la Reforma Curricular y Ajuste Curricular para lo cual se consideraron los siguientes elementos: - Ley General de Educación. Ley 20.370/2009. - Planes, Programas, Mapas de Progreso y Niveles de logro, diseñados por MINEDUC. - PEI, Misión, Visión y objetivos del Colegio San Miguel Arcángel. ENSEÑANZA PRE-ESCOLAR - Decreto Nº 289 / 2001 para Educación Parvularia Regular, en los niveles NT1 y NT2. - Decreto Nº 170 que norma la integración de niños y niñas con necesidades educativas especiales y establece la subvención que reciben los establecimientos educacionales por incorporar a estos estudiantes ENSEÑANZA BÁSICA - Decreto Exento 511 / 1997, que aprueba Reglamento de Evaluación y Promoción Escolar de niñas y niños de Enseñanza Básica.

-Decreto Exento 158 de 1999, Modifica Decretos Supremos exentos de Educación

N° 511 de 1997 y N° 112 de 1999

- Decreto N° 107 /2003, Modifica Decreto Nro. 511/1997, que aprueba Reglamento de Evaluación y Promoción escolar de niñas y niños de Enseñanza Básica. - Decreto Nº 256 / 2009 que modifica el Decreto Nº 40 de 1996, del ministerio de Educación, que establece los Objetivos Fundamentales y Contenidos Mínimos Obligatorios de la Educación Básica y fija normas generales para su aplicación.

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ENSEÑANZA MEDIA NM 1 y 2 - Decreto Exento 158 /1999 que modifica Decretos Supremos exentos de Educación N° 511 de 1997, Decreto N° 112 de 1999 y Decreto N° 107 de 2003, que aprueban normas de evaluación y promoción escolar para la Enseñanza Básica y para 1° y 2° año de Enseñanza Media respectivamente. - Decreto N° 112 / 1999, establece disposiciones para que los establecimientos elaboren su Reglamento de Evaluación y Promoción y reglamenta la promoción de alumnos de 1er. Y 2do. Año de Enseñanza Media. ENSEÑANZA MEDIA NM 3 y 4 - Decreto N° 83 / 2001, Reglamenta la evaluación y promoción de alumnos de 3ero. Y 4to. Año de enseñanza media, ambas modalidades y establece disposiciones para que los establecimientos elaboren su Reglamento de Evaluación. - Decreto Nº 254 / 2009 que modifica el Decreto Supremo 220, de 1998 del Ministerio de Educación que establece los Objetivos Fundamentales y Contenidos Mínimos Obligatorios de la Educación Media y fija normas para su aplicación. - Decreto Supremo N° 439/2012 donde han sido promulgadas las nuevas Bases Curriculares para las asignaturas de Lenguaje y Comunicación, Matemática, Historia, Geografía y Ciencias Sociales, y Ciencias Naturales para 1º a 6º básico e Idioma Extranjero Inglés para 5° y 6° básico. Artículo Nº 2 El presente reglamento deberá ser comunicado a todos los estudiantes, padres, apoderados, Centro General de Padres y Centro de Alumnos y al Consejo Escolar en el mes de Marzo, una copia de él deberá ser enviada al Departamento Provincial de Educación Linares antes del 30 de marzo. Artículo Nº 3 Este Reglamento de Evaluación considera las orientaciones técnico-pedagógicas del marco curricular de la Enseñanza Pre – Básica, Básica y Media contenidas en todos los decretos antes mencionados y que regulan el quehacer pedagógico de cada establecimiento educacional, el cual es consecuente con nuestro Proyecto Educativo Institucional.

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TÍTULO II: DE LA EVALUACIÓN PÁRRAFO 1: DISPOSICIONES GENERALES Artículo Nº 1 Los estudiantes serán evaluados en períodos semestrales, según decisión adoptada por el Consejo General de Profesores del Colegio San Miguel Arcángel. La planificación del proceso evaluativo, se incorpora dentro del proceso Enseñanza -Aprendizaje. Artículo Nº 2 a.- Al inicio del año escolar se realizará una evaluación diagnóstico en todas las asignaturas para determinar los aprendizajes requeridos o prerrequisitos para lograr los objetivos de aprendizaje de la primera unidad del programa de estudio de las diferentes asignaturas. Los resultados de esta evaluación se tendrán en un plazo de 5 días hábiles y los criterios de corrección serán por nivel de logro y determinarán el diseño y planificación de la unidad de aprendizaje de la asignatura previamente establecida, ajuste o continuidad de ella. b.- Al inicio de cada Unidad de Aprendizaje se realizará una evaluación diagnóstico en todas las asignaturas. Los resultados de esta evaluación se tendrán en un plazo de 5 días hábiles y los criterios de corrección serán por nivel de logro y determinarán el diseño y planificación de la unidad de aprendizaje de la asignatura previamente establecida, ajuste o continuidad de ella. c.- Durante el desarrollo del año escolar se podrá evaluar pequeñas sub-unidades temáticas que impliquen alcanzar los Objetivos de Aprendizaje y los Objetivos de Aprendizaje Transversales en cada asignatura. d.- Los instrumentos evaluativos que se apliquen deben tener validez y confiabilidad.

La validez entendida, en términos generales, como el grado en que un instrumento

realmente mide la variable que pretende medir y la confiabilidad referida al grado en

que la aplicación repetida del instrumento al mismo sujeto u objeto, produce iguales

resultados.

e.- La evaluación busca obtener información para que el docente tome oportunamente decisiones en el proceso de aprendizaje de los estudiantes, estableciendo las soluciones para con aquellos estudiantes que han obtenido aprendizajes deficientes.

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f.- Los instrumentos de evaluación utilizarán un formato estandarizado, para las pruebas parciales y globales, que consignará los siguientes aspectos: · Unidad y Objetivos que se evalúa. · Aprendizajes Esperados · Habilidad a evaluar por pregunta o ítem · Nivel de logro mínimo del 60% y puntaje mínimo para nota suficiente Tabla de especificación. . Ficha curricular por pregunta Estos Instrumentos de evaluación deben ser enviados a U.T.P para su corrección y aprobación con 5 días hábiles de anticipación a su aplicación. Los instrumentos de evaluación deben ser construidos en función de los aprendizajes esperados y del desarrollo de las habilidades cognitivas con parámetros y criterios técnicos pedagógicos como por ejemplo:

- Tipos De Preguntas - Grado De Dificultad - Tiempo De Duración - Lenguaje Utilizado - Equilibrio Cognitivo - Extensión - Complejidad de acuerdo a la etapa de desarrollo evolutivo de los

estudiantes. g.- Una vez aprobado el instrumento de evaluación, el profesor debe informar a los estudiantes de los contenidos y aprendizajes que se evaluarán, y la estructura general del instrumento (cantidad de ítems, ponderaciones, material o herramientas que puede utilizar, etc.), en forma previa a su aplicación. h.- El estudiante podrá revisar el resultado de su Evaluación y aclarar las dudas que tenga al respecto, en el momento de recibir el documento, no se aceptará reclamos después de esta instancia. i.- El estudiante deberá responder los instrumentos de evaluación utilizando lápiz pasta y sin utilizar corrector, esto aplica desde 5° básico hasta 4° medio, de no seguir esta norma se consideraran incorrectas las preguntas respondidas con lápiz mina y/o con corrector, además no tendrá derecho a reclamo. j.- Los estudiantes tendrán derecho a recibir los trabajos, pruebas y/u otros instrumentos de evaluación, después de haber sido registradas las respectivas calificaciones. Exceptuando trabajos, pruebas y/u otros instrumentos de evaluación de aquellos estudiantes con calificaciones insuficientes. El nombre de los estudiantes debe quedar registrado en el libro de clases, en su hoja de vida (como observación, indicando la calificación insuficiente).

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k.- Se podrá tomar sólo dos pruebas por día, y 1 evaluación de otro tipo (disertación, exposición, trabajo escrito u otro) respetando el registro de las pruebas en el calendario de evaluaciones del libro de clases, durante la semana de aniversario esta medida se mantiene vigente. l.-. Realizada la evaluación, el docente deberá entregar a los estudiantes las respuestas correctas, explicando los principales errores cometidos por los estudiantes; es un momento clave el de la retroalimentación para que sea también una instancia más de aprendizaje. m.- En el caso que el 30% de estudiantes repruebe en la evaluación, el profesor deberá elaborar un informe considerando, rango de notas, niveles de logro y otros factores relevantes al Jefe/a de UTP. ñ.- En ningún caso el profesor podrá aplicar una nueva evaluación si no ha entregado los resultados a los estudiantes de la evaluación inmediatamente anterior. o.- El docente debe mantener un archivo de todas las evaluaciones aplicadas, en su agenda del profesor, que contemple, al menos lo siguiente: · Copia del instrumento, pauta y tabla de especificación, en el caso de asignaturas de tecnología, artes y educación física pauta de cotejo, escala de apreciación y/o rúbrica. · Informe de los resultados y el proceso de retroalimentación · Medidas remediales y sus resultados. p.- El docente antes de comenzar el año debe enviar a UTP Calendario de pruebas del semestre en formato estandarizado o según el medio que disponga UTP. q.- En todas las evaluaciones escritas de la asignatura de lenguaje y comunicación se considerará la ortografía para efectos de calificar, de este modo para cada error ortográfico se descontará una décima del puntaje final de la evaluación, con máximo de descuento de un punto de la nota final. Esta medida se aplicará desde 7° básico a 4° medio. r.- Para las asignaturas de tecnología, artes visuales y musicales, como educación física las evaluaciones de los aprendizajes se realizaran utilizando una pauta de cotejo, escala de apreciación y/o rúbrica, considerando que la evaluación de proceso como fundamental para la obtención de la calificación de los estudiantes s.- Si un estudiante obtiene una calificación deficiente en las asignaturas de tecnología, artes visuales y musicales, como educación física, el docente informará a UTP de la situación, previa conversación con el estudiante y en el caso de los estudiantes de primer ciclo el docente debe citar al apoderado para comprometerlo en el logro de los aprendizajes del estudiante.

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Artículo 3 Se aplicará pruebas sumativa (PRUEBAS DE NIVEL) al final de cada semestre desde 1ero Básico a 4to Medio en las asignaturas que se detallan: Lenguaje y Comunicación, y Matemáticas desde 1º a 4º básico y desde 5º básico a 4º medio se agregan además las asignaturas de Biología/Ciencias Naturales, Química, Física e Historia según corresponda al plan de estudio de cada nivel. Estas evaluaciones globales tienen una ponderación de un 30% de la nota final siendo el 70% la ponderación de las notas parciales. Artículo Nº 4 El registro de logros alcanzados en los Objetivos de Aprendizaje se llevará a efecto en el libro de clases. El docente respectivo tendrá un plazo de 10 días hábiles, contados desde la fecha de aplicación del instrumento de evaluación para registrar en el libro de clases y sistema de registro computacional las notas de los estudiantes, previa revisión de los instrumentos corregidos por parte de los estudiantes. El registro de las calificaciones tanto el libro de clase como en el sistema de registro computacional, debe hacerse considerando los tercios de notas entregados por unidad técnica de acuerdo a la cantidad de horas de cada asignatura. En el caso de los Objetivos de Aprendizaje Transversales (OAT), su desarrollo se consignará en la sección de observaciones del alumno y en el informe de personalidad. El desarrollo de Objetivos de Aprendizaje Transversales (OAT) será supervisado por el Orientador(a). Artículo Nº 5 Para informar el avance de los aprendizajes de los estudiantes del Colegio San Miguel Arcángel se entregará un informe de calificaciones en forma escrita a los padres y apoderados en todas las reuniones de apoderados, como también el calendario de pruebas, esto lo realizará cada profesor Jefe en las reuniones de apoderados. Artículo Nº 6 Se informará del progreso de los estudiantes en los Objetivos de Aprendizaje Transversales a través de entrevistas que realizará cada profesor(a) jefe. Al término de cada semestre se entregará un informe escrito con dichos avances, el cual será autorizado por el Orientador(a).

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TÍTULO 2: DISPOSICIONES GENERALES EVALUACIÓN PREBÁSICA PÁRRAFO 1: DE LA EVALUACIÓN Artículo Nº 1 a) El establecimiento considera utilizar los siguientes instrumentos evaluativos: - Lista de Cotejo - Escala de apreciación - Registros descriptivos - Disertaciones (Exposiciones) - Rúbrica - Bitácora - Registro anecdótico - Pruebas de Nivel estandarizado (Lenguaje: Comprensión Lectora y Matemática: Razonamiento Lógico Matemático) - Pauta de evaluación de aprendizajes esperados otorgada por el Ministerio de Educación. b) El proceso de evaluación es permanente, la finalidad es conocer los logros de aprendizaje que los estudiantes van obteniendo y con esto ir aplicando diversas estrategias en los casos que no obtuvieren los resultados esperados. c) En caso de que un alto índice de estudiantes no alcance los objetivos esperados estos serán retomados y reforzados en una unidad temática y posteriormente evaluados. d) El énfasis de la evaluación debe estar en medir lo cualitativo, lo procesal, más que lo cuantitativo y producto. e) Los estudiantes con trastornos específicos del aprendizaje y lenguaje, deberán ser evaluados diferencialmente siguiendo las sugerencias del o los especialistas. f) Las unidades de aprendizajes que se registran en el cuaderno de evaluaciones, deberán ir de acuerdo a lo establecido por los programas Pedagógicos. g) La educadora deberá entregar a la Unidad Técnica los distintos instrumentos de evaluación, referentes a pruebas diagnósticas, evaluaciones al término de cada unidad, evaluaciones al término de 1º y 2º semestre. h) La educadora de Párvulo debe entregar una copia de las planificaciones y evaluaciones a la Educadora Diferencial para realizar las adecuaciones curriculares a estos documentos y poder permitir la correcta evaluación de los aprendizajes de los estudiantes. De tal forma de lograr la articulación de los aprendizajes esperados.

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Artículo 2 En la enseñanza pre-básica los resultados de las evaluaciones se anotarán en una escala de “I” iniciando el aprendizaje, “EP” Aprendizaje en proceso, “A” aprendizaje Adquirido. La calificación mínima de aprobación es aprendizaje en proceso. Para fines de registrarlas al término del año escolar como antecedentes de los aprendizajes esperados logrados por el estudiante. PÁRRAFO 2: DISPOSICIONES ESPECÍFICAS DE PROMOCIÓN Artículo 1 En el caso de ENSEÑANZA PRE-BÁSICA los estudiantes serán promovidos, cuando cumplan los requisitos de promoción según el decreto 289/2001 (Bases Curriculares). Sin embargo, si los estudiantes que no alcanzan los aprendizajes esperados para el nivel de acuerdo los programas pedagógicos podrán repetir el nivel con el consentimiento de sus padres, a los cuales se les informará oportunamente de la situación. Lo anterior, será debidamente respaldado por una evaluación integral del estudiante que es llevado a cabo por un equipo multidisciplinario durante el transcurso del año escolar.

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TÍTULO 3: DISPOSICIONES GENERALES EVALUACIÓN BÁSICA Y MEDIA

PÁRRAFO 1: DE LAS CALIFICACIONES

Artículo Nº1 Los resultados de las evaluaciones, expresadas como calificaciones de los estudiantes en cada una de las asignaturas o actividades de aprendizaje contempladas en el Plan de Estudio, se anotarán en una escala numérica de 1,0 (uno coma cero) a 7,0 (siete coma cero) hasta con un decimal con lápiz pasta color azul. Artículo Nº2 Los promedios finales de cada semestre se expresarán con un decimal con aproximación a la décima superior. El promedio final anual se expresará con un decimal con aproximación a la décima superior. Estas calificaciones deberán referirse solamente al Rendimiento Escolar. Artículo Nº 3 La calificación obtenida por los estudiantes en la asignatura Religión (y de orientación en los niveles de enseñanza básica que es calificada), se expresará en conceptos y no incidirá en la promoción escolar de los estudiantes. La equivalencia de nota a concepto es: 6,0 – 7,0 Muy Bien 5,0 – 5,9 Bien 4,0 – 4,9 Suficiente 1,0 – 3,9 Insuficiente Artículo Nº 4 Las calificaciones parciales de cada asignatura estarán de acuerdo con el número de horas Semanal correspondiente. Las calificaciones parciales por evaluaciones formales mínimas en el Semestre serán:

N° horas por Asignatura

N° de calificaciones

2 3 calificaciones

3 3 calificaciones

4 y 5 4 calificaciones

6 ó más 5 calificaciones

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Artículo Nº 5 En cada asignatura se sumará una calificación que corresponda a un promedio de Evaluaciones de Proceso o Seguimiento de Actividades de Aprendizajes que puede considerar la realización de trabajos como informes de investigación, ensayos, exposiciones, creación de maquetas, entre otras. En el caso de las asignaturas de tecnología, Artes visuales, Artes Musicales y Educación Física una de las calificaciones debe corresponder a una evaluación escrita, y las restante a trabajos. Artículo Nº 6 La calificación mínima de aprobación es 4,0 (cuatro coma cero). La cual se obtiene con un 60% de logro en los aprendizajes esperados sujetos a evaluación. Artículo N°7 Cuando el resultado del grupo curso en una evaluación parcial, no sobrepasa el 30% de calificaciones insuficientes y ningún estudiante haya obtenido el puntaje máximo requerido para lo nota 7,0 el profesor de asignatura previa entrevista con UTP, podrá proceder de la siguiente forma:

a) Mantener el puntaje máximo para nota 7,0. b) Promediar el puntaje Máximo con el puntaje máximo obtenido en la evaluación y

ajustar la escala de evaluación considerando el promedio como nuevo puntaje máximo.

Ejemplo: La evaluación tenía 30 puntos para la nota 7,0, el máximo puntaje obtenido es 26 puntos, el promedio entre ambos puntajes es 28 puntos, se ajusta la escala y el nuevo puntaje máximo es 28 puntos.

Artículo Nº 8 La eximición de las evaluaciones sumativas finales de semestre (pruebas de Nivel) es para efecto de calificación, pero no para la rendición de la evaluación, por tanto, todos los estudiantes deberán rendir las Prueba de Nivel (PDN), aquellos que tienen promedio 6,3 se les mantiene este promedio para las asignaturas sometidas a este tipo de evaluación, siempre que sus niveles de logro en las evaluaciones sean sobre el 70%, si el estudiante tiene un porcentaje de logro inferior a éste (70%), la calificación en las asignaturas sometidas a PDN, serán de acuerdo al porcentaje de logro obtenido durante las evaluaciones sumativas finales de semestre (PDN), perdiendo su promedio 6,3.

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Artículo Nº 9 Los talleres del Programa de la JEC están asociados a una Asignatura tal como se indica en la siguiente tabla. Las notas obtenidas, mínimo 2, se promediarán dando una calificación que será agregada a la asignatura indicada.

Nombre del taller Asignatura N° de notas en el

semestre

Taller estudio dirigido lenguaje y/o matemática

Lenguaje y/o matemática 1

Taller Literario Lenguaje 1

Taller de conocimiento Matemático

Matemática 1

Taller de Computación Educación Tecnológica 1

Taller de Geometría Matemática 1

Taller PSU Lenguaje Lenguaje 1

Taller PSU Matemática Matemática 1

Taller de Deportes Educación Física 1

Artículo Nº 10

a) Disposiciones referidas a los procedimientos de la Evaluación Diferenciada.

A los estudiantes que tengan impedimentos ya sean físicos, psicológicos, emocionales o académicos, debidamente acreditados con certificación de especialistas, (para el caso de los trastornos emocionales y psicológicos se entenderá como único especialista a un médico Psiquiatra) para cursar en forma regular una asignatura, deberá aplicárseles Procedimientos de Evaluación Diferenciados durante el año, como:

Pruebas escritas con menor grado de dificultad.

Interrogación especial de una evaluación escrita con calificación reprobatoria.

Trabajos especiales.

Respetando tiempo y ritmo de aprendizaje del estudiante.

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Calendarización especial acordada con Dirección, Jefa (e) de UTP, Profesor Jefe, Profesor(a) de la asignatura, estudiante y/o Apoderado, en el caso de inasistencias justificadas.

b) Los procedimientos de Evaluación Diferenciada se aplicarán a los estudiantes según la realidad de sus dificultades en su proceso de aprendizaje, por cada profesor(a) de la asignatura respectivo, contando con los antecedentes para llevar el seguimiento, sobre la base de un Plan Remedial adecuado al alumno y evaluaciones coherentes a la adecuación curricular.

c) Los profesores deben entregar las planificaciones y evaluaciones a los Educadores Diferenciales para realizar las adecuaciones curriculares a estos documentos y poder permitir la correcta evaluación de los aprendizajes de los estudiantes. De tal forma de lograr la articulación de los aprendizajes esperados.

d) La aplicación de Evaluaciones Diferenciadas, pueden ser aplicadas al

estudiante en forma transitoria (por un período de tiempo limitado, establecido de acuerdo al diagnóstico) o permanente (período que se extiende durante toda su vida estudiantil). La Evaluación Diferencial Permanente debe ser registrada en documento anexo, llevando para ello el educador diferencial un Control Interno.

e) Los estudiantes que pertenezcan al Programa de Integración Escolar, serán

evaluados según los procedimientos y orientaciones que establecen las disposiciones legales ministeriales.

Artículo Nº 11 Disposiciones referidas a las exenciones de las Asignaturas Los estudiantes no se pueden eximir de ninguna Asignatura. Salvo casos debidamente justificados por algún certificado médico u otro documento que así lo estipule, y en la que la Dirección del colegio se encuentre informado de ello y así como U.T.P. PÁRRAFO 2: DISPOSICIONES REFERIDAS A LA INASISTENCIA Y OTRAS SITUACIONES ESPECIALES Articulo Nº 1

a) Toda inasistencia a pruebas, disertaciones y/o trabajos programados con anterioridad de los estudiantes sin justificación oportuna (24 horas de anticipación) por el apoderado, dará origen a que sean evaluados con un mayor grado de dificultad aplicando un 80% de exigencia para la nota 4.0. Las evaluaciones se realizarán el día viernes siguiente a su reincorporación a clases en el lugar y horario establecido por dirección.

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Si el estudiante no se presenta a rendir dicha evaluación será calificado con nota 1,0. Registrándose la situación en la hoja de vida del estudiante.

b) Se exceptúan de la norma anterior:

b.1 Los estudiantes que entreguen la debida certificación médica por intermedio del apoderado, antes o el mismo día de dichas evaluaciones en Inspectoría General. En tal caso el estudiante será sometido a las evaluaciones pendientes, según lo establezca el profesor o durante los 5 días posteriores a su reincorporación a clases. De igual forma aquellos que se encuentren suspendidos.

b.2 Los estudiantes con situaciones de gravedad (muerte, accidente u otra) justificadas y comprobables que les impidan cumplir con tales compromisos y que hayan sido expuestas antes o el día de la evaluación, por su apoderado ante Dirección o Inspectoría General y U.T.P. En tal caso el estudiante será sometido a las evaluaciones pendientes, según indicación del profesor o durante los 5 días posteriores a su reincorpación a clases. b.3 Los estudiantes que estén representando al colegio en actividades deportivas, culturales, pastorales y otros motivos. Deberá rendir la evaluación de común acuerdo con el profesor de la asignatura que corresponda durante los 5 días posteriores a su reincorpación a clases.

c) Los estudiantes que se encuentren en el Establecimiento y no se presenten a rendir una evaluación fijada con anterioridad, se les interrogará de la materia evaluada, durante la jornada, con un 80% de exigencia para la nota 4.0.

Artículo 2

a) El estudiante que falte a la honradez con actitudes como: Copiar, poner otro nombre a la prueba, dar información oral o escrita a un compañero, usar un “torpedo” (copiando de algún elemento que tenga información de la materia evaluada), cambiarse las pruebas, mirar la prueba de un compañero, usar el celular durante una evaluación, el profesor retirará la prueba y la calificación que obtendrá será de 1,0. Además, se dejará constancia de la situación en su hoja de vida.

b) En caso de trabajos o tareas que son calificados y se constate que estas

fueron copiadas, el profesor tendrá la facultad de interrogar a los involucrados sobre los contenidos evaluados, en el momento de ser establecida la situación. En tal caso, se anulará la evaluación del trabajo o tarea y se registrará en el libro de clases la calificación obtenida en la interrogación.

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c) Cuando él o la estudiante es sorprendido presentando el trabajo (maqueta, informe, cuaderno, etc) de otra persona, será calificado con nota 1.0, dejando registro en la hoja de vida del estudiante.

d) Los estudiantes que asisten a clases y se nieguen a rendir una prueba o entregar un trabajo, en la fecha indicada, serán evaluados con nota 1,0. El profesor debe dejar constancia de la situación en su hoja de vida, informando al apoderado a través de una comunicación y a la Jefa/e de U.T.P.

e) Los estudiantes que no entreguen o hagan desaparecer las pruebas en el momento en que son retiradas, así como destrozar o hacer desaparecer las hojas de respuesta, se les interrogará de la materia evaluada, durante la jornada, con un mayor grado de dificultad, 80% de exigencia para la nota 4.0

f) En caso de trabajos escrito, disertaciones y otros, los y las estudiantes serán evaluados de la siguiente manera: Si el trabajo, disertación, dibujo u otro es entregado en la primera

instancia y en fecha acordado con el profesor(a) el o la estudiante

podrá optar a la nota máxima que es un 7.0, si esto no ocurriese el

estudiante tendrá 2 días posterior a fecha de entrega del trabajo para

presentarlo al profesor(a), pero la calificación máxima a lograr es un

4.0. Si después de esta instancia, el o la estudiante no presentase su

trabajo, disertación, dibujo u otro, será evaluado inmediatamente con

nota 1.0, dejando registro en la hoja de observaciones del o la

estudiante de tal situación de incumplimiento y citando al apoderado

a entrevista para informar de la situación y comprometerlo en el logro

de los aprendizajes del estudiante.

Artículo 3 La calendarización de pruebas será registrada en el calendario dispuesto para tal efecto en el libro de clases y en el calendario de pruebas de cada sala, debiendo informar a los estudiantes el profesor respectivo, a lo menos, con una semana de antelación. Los resultados deben ser entregados y registrados en el libro de clases y plataforma virtual institucional, previo conocimiento del estudiante, en un plazo máximo de 10 días hábiles después de su aplicación.

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PÁRRAFO 3: DISPOSICIONES ESPECÍFICAS DE PROMOCIÓN POR NIVEL DE ENSEÑANZA Artículo 1 Para ser promovidos todos los alumnos de 1° Básico a 4° año Medio:

a) Deberán asistir al 85% de las clases, no obstante lo anterior, el (la) Director(a) del establecimiento podrá autorizar la promoción de los alumnos con porcentajes menores de asistencia, previa revisión y evaluación del informe de la UTP y Profesor(a) Jefe de Curso fundados en razones de salud u otras causas debidamente justificadas.

Artículo 2 En el caso de ENSEÑANZA BÁSICA 1º Ciclo, que corresponde: 1º a 4º año Básico la situación es la siguiente:

a) Considerando que se dispone de dos años completos para el cumplimiento de los Objetivos Fundamentales y Contenidos Mínimos Obligatorios correspondientes a estos cursos. Y de acuerdo al decreto 107 del año 2003, la Dirección del establecimiento, previo informe de la profesor(a) jefe, podrá tomar la decisión de no promover a aquellos alumnos de Educación Básica que no hayan alcanzado los objetivos considerados fundamentales para poder cursar exitosamente el 1er Ciclo de Enseñanza Básica.

b) No obstante lo dispuesto en el artículo anterior, repiten de curso los estudiantes que se encuentren en las siguientes situaciones: b.1 El estudiante de 1º básico que en velocidad lectora se encuentra en la categoría lenta o inferior. Lo que conlleva retrasos en su proceso de lecto escritura. b.2 El estudiante de 2º ó 3º Básico que se encuentren en los niveles medio bajo o inferior de comprensión lectora. b.3 El estudiante de 2° ó 3° Básico que no realiza las operaciones básicas en educación matemática de acuerdo a su nivel.

c) Para adoptar las medidas del artículo 2, letra b el Establecimiento deberá

tener una relación de las actividades de reforzamiento realizadas al

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estudiante y la constancia de haber informado de la situación a los padres y/o apoderados, posibilitando una labor conjunta. Lo anterior, será debidamente respaldado por una evaluación integral del estudiante que es llevado a cabo por un equipo multidisciplinario durante el transcurso del año escolar.

Artículo 3 En el caso de ENSEÑANZA BASICA Y MEDIA (2do a 8vo Básico y 1ro. a 4to Medio) los alumnos serán promovidos, cuando: a) Hubieren aprobado todas las asignaturas del Plan de Estudios de sus respectivos cursos. b) Que no hubieren aprobado una Asignatura, siempre que su promedio general sea igual o superior a 4,5 (cuatro coma cinco), incluida la asignatura reprobada. c) Que no hubieren aprobado dos asignaturas, siempre que su promedio general sea igual o superior a un promedio de 5,0 (cinco coma cero), incluidas las dos asignaturas reprobadas. d) No obstante lo establecido en el párrafo anterior, si entre las asignaturas de aprendizaje se encuentra Lenguaje y Comunicación y/o Matemática, los estudiantes de Tercero y Cuarto Medio, Científico Humanista, serán promovidos siempre que su nivel de logro corresponda a un promedio 5.5 o superior. Para efecto del cálculo de este promedio se considerará la calificación de las dos Asignaturas no aprobadas. Artículo Nº 4 La Situación Final de promoción de los estudiantes deberá quedar resuelta al término de cada año escolar. Una vez finalizado el proceso, el Establecimiento Educacional entregará a todos los estudiantes un certificado anual de estudio que indique las asignaturas, las calificaciones obtenidas y la Situación Final correspondiente. Artículo Nº 5 El certificado anual de estudios no podrá ser retenido por ningún motivo, y en él deben figurar las asignaturas según el respectivo Plan de Estudio que aplica el Colegio.

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Artículo Nº 6 Las Actas de Registro de Calificaciones y Promoción Escolar consignarán, en cada curso, las calificaciones finales en cada Asignatura, el porcentaje anual de asistencia, la Situación Final de los alumnos y la cédula nacional de identidad de cada uno de ellos. Las actas se confeccionarán y registrarán en el sitio SIGE que dispone para estos efectos el Ministerio de Educación, por medio de Internet. Artículo Nº 7 El (la) Director(a) del Colegio, previa consulta a UTP y el Profesor Jefe respectivo resolverá cuando lo estime conveniente, las situaciones especiales de evaluación y promoción y aquellas que no están contempladas en el presente reglamento. Artículo Nº 8 El (la) Director (a) del Colegio, asesorado por UTP, evaluará la aplicación del presente Reglamento de Evaluación y Promoción. Al término de cada año escolar, determinará las adecuaciones, modificaciones y complementaciones necesarias tendientes a su optimización. Artículo Nº 9 Las situaciones de evaluación, promoción escolar o cualquier otra actividad que tenga relación con los aspectos académicos, no previstas en el presente Reglamento, serán resueltas por: La Dirección del establecimiento junto al Consejo General de Profesores del Colegio San Miguel Arcángel.

Patricia Sotelo Carrasco Directora

Colegio San Miguel Arcángel Linares

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Linares, 31 de marzo de 2016. ANEXO 1 PROCESO DE INCORPORACIÓN AL COLEGIO SAN MIGUEL ARCÁNGEL PÁRRAFO 1 DE LA ADMISIÓN Articulo Nº 1 Para el proceso de admisión el Colegio San Miguel Arcángel sigue la normativa establecida por la Superintendencia de Educación en Oficio Ordinario 519. ANEXO 2 Disposiciones respecto a estrategias para evaluar los aprendizajes de los alumnos. Para evaluar los aprendizajes de los alumnos en el logro de los Objetivos Aprendizaje se podrá aplicar: Tipos y Aspectos de Evaluación a) Intencionalidad de la Evaluación Evaluación Diagnóstica Evaluación Formativa Evaluación Sumativa Evaluación de Proceso Evaluación Diferenciada. b) Extensión de la Evaluación:

Parciales y

Globales (al término de cada semestre) c) Procedimientos Evaluativos:

PROCEDIMIENTOS TIPO DE INSTRUMENTO Y CARACTERISTICAS

1. Prueba Escrita Objetiva o estructurada

De verdadero o falso

De completación

De selección múltiple

De términos pareados

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De ensayo o no estructurada

De respuesta breve

De respuesta extensa 2. Pruebas orales Interrogaciones

Con indicadores

3. Pruebas de observación

Escalas de Apreciación

Con indicadores Lista de Cotejo

Con indicadores

4. De informe

Entrevistas

Estructuradas

Semiestructurada Cuestionarios

Plantilla de respuesta

Informe individual y grupal

De investigación

De terreno

De salida cultural

De proyecto

Grabaciones

5. De desempeño Resolución de problemas Demostraciones Simulaciones Actividades de laboratorio Talleres Mapas Conceptuales Esquemas sinópticos Carpetas

6. Trabajos destacados Exposiciones Inventos Proyectos de Investigación Adaptaciones Experimentos Portafolios Ensayos

d) La Evaluación se podrá realizar: Individual Bipersonal En equipo e) Agentes de la Evaluación Autoevaluación Coevaluación Heteroevaluación f) Momentos de la Evaluación

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Inicial Procesual Diferida Final