reglamento ceba 122.doc-2014

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MINISTERIO DE EDUCACIÓN UGEL Nº 05-SAN JUAN DE LURIGANCHO REGLAMENTO INTERNO DEL CEBA Nº 122 “ANDRÉS AVELINO CÁCERES” MANGOMARCA

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Page 1: Reglamento Ceba 122.Doc-2014

MINISTERIO DE EDUCACIÓNUGEL Nº 05-SAN JUAN DE LURIGANCHO

REGLAMENTO INTERNO DEL CEBA

Nº 122 “ANDRÉS AVELINO CÁCERES”

MANGOMARCA

2014

Page 2: Reglamento Ceba 122.Doc-2014

PRESENTACION

El presente Reglamento Interno constituye un instrumento

básico de ayuda para el Director, Personal docente, administrativo de

servicio y educandos (participantes) para que puedan cumplir sus

funciones a cabalidad. Ha sido elaborado por la Comisión de Docentes

y área administrativa, teniendo en cuenta todas y cada una de las

funciones establecidas para cada uno de los miembros de la

comunidad educativa del CEBA Nº 122 “ANDRÉS AVELINO CÁCERES”

– Turno Noche.

En este Reglamento Interno se ha puesto énfasis en los

aspectos de gestión administrativa con un lenguaje sencillo y directo.

Cuenta con 04 Capítulos y 60 artículos que permitirán la mejor

comprensión de los temas expuestos. Cada capítulo contiene

elementos para la reflexión y el trabajo concreto según la naturaleza

del trabajador y del educando.

Estamos seguros que todos los actores de la educación que hoy

se inicia, recibirán y asumirán con entusiasmo esta tarea ya que de

una u otra manera estamos participando en la formación y educación

de los jóvenes y adultos.

La Dirección del CEBA en cumplimiento a sus funciones, hará

cumplir el presente Reglamento Interno con los Trabajadores de la

modalidad, con el propósito de contribuir en el logro de los fines y

objetivos, metas previstas por el Ministerio de Educación, DINEBA y

Page 3: Reglamento Ceba 122.Doc-2014

UGEL 05 e Institución Educativa para el presente año lectivo en

concordancia con el Plan anual de trabajo de la Institución Educativa.

Sin embargo, todo lo establecido en el presente reglamento

será inútil si es que cada uno de los trabajadores de la modalidad no

asumen responsablemente sus funciones.

Mangomarca, Diciembre del 2013

LA COMISIÓN

Page 4: Reglamento Ceba 122.Doc-2014

REGLAMENTO INTERNO

CAPITULO I : DISPOSICIONES GENERALES

CONCEPTO:

Es un documento de gestión y control que establece y norma a la

organización y funcionamiento de la Institución Educativa CEBA Nº

122 “ANDRÉS AVELINO CÁCERES”.

FINALIDAD:

Los fines del Reglamento Interno son:

a) Establecer la organización funcional de la Institución Educativa

determinando las funciones de cada uno de sus miembros.

b) Racionalizar los recursos humanos y materiales para el logro

de los objetivos y obtener mejoras en la calidad de servicio.

c) Garantizar las buenas relaciones humanas de la comunidad

educativa.

d) Señalar las líneas de autoridad, responsabilidad y coordinación

del personal directivo, docente, administrativo y personal de

servicio y estudiantes.

OBJETIVOS:

Son objetivos de la Institución Educativa:

a) Atender la demanda educativa de los adolescentes, jóvenes y

adultos de la Jurisdicción.

b) Formar integralmente al estudiante, capacitándolo para el

trabajo y el bienestar personal.

c) Complementar el desarrollo de la personalidad a través de la

educación en valores, y de este modo, contribuir a la práctica

de las buenas relaciones humanas.

Page 5: Reglamento Ceba 122.Doc-2014

d) Coordinar y solicitar la participación de la institución

representativa de la comunidad (Iglesia, Municipio, Centro de

Salud y la Policía Municipal, comisaria y asociación de

propietarios).

BASES LEGALES:

- La Constitución Política del Perú.

- Ley General de Educación 23384.

- Reglamento de Educación Primaria D.S. 03-83-E.D.

- Reglamento de Educación Secundaria D.S. 04-84-E.D.

- Decreto Supremo Nº 50-82-E.D. Reglamento de Sistema de

Supervisión.

- Ley del Profesorado Nº 24029-25212.

- Reglamento de la Ley del Profesorado D.S. 019-90 E.D.

- Ley de Bases de Carrera Administrativa 276 y su Reglamento

05-90-PCM.

- Código del Niño y del Adolescente.

- Decreto Supremo 07-2001-E.D.

- Normas básicas para la organización y participación de los

educandos de las Instituciones Educativas y Programas de

Primaria y Secundaria de Adultos según RD 1711-87-E.D.

- R.M. Nº 144-2001-E.D. Reglamento sobre la administración de

los ingresos captados por los Centros y Programas Educativos

Públicos.

- R.M. Nº 168-2002 E.D. Norma para el desarrollo de Actividades

en el Centro Educativo.

- R.M. Nº 574-94-E.D. Control de asistencia personal.

- Ley Nº 26549 y D.S. Nº 001-96-E.D.

- D.S. 05-84-E.D. Reglamento de Centros Educativos Privados.

- D.S. Nº 50-82-E.D. Reglamento de Supervisión Educativa.

- R.M. 007-2001-E.D. Normas para la Gestión y Desarrollo de

Actividades en las Instituciones Educativas.

- R.M. Nº 0719-2005-E.D.

Page 6: Reglamento Ceba 122.Doc-2014

- R.M. Nº 494-2007-E.D.

- R.M. Nº 0341-2009-E.D.-Directiva para el Desarrollo del año

escolar 2010.

- R.J. Nº 0077-2010-E.D.

- Directiva Nº 184-2011-DIR-AGI-EP-UGEL Nº05/SJL-EA

- Resolución Ministerial Nº 0622-2011-ED de fecha 19-12-2011

que aprueba la directiva para el desarrollo del año escolar 2012

ALCANCE:

El presente Reglamento tiene el siguiente alcance:

a) Director del CEBA Nº 122 “Andrés Avelino Cáceres”.

b) Personal Docente de los ciclos Inicial –Intermedio y avanzado.

c) Personal Administrativo.

d) Personal de Servicio.

e) Estudiantes de la modalidad.

CAPÍTULO II: DE LA INSTITUCION EDUCATIVA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

CREACIÓN:

Art. 01.- La Institución Educativa CEBA Nº 122 “ANDRÉS AVELINO

CÁCERES”, fue creada mediante RDZ Nº 5333 del 30 de Diciembre

de 1986, para atender los niveles de primaria y secundaria de la

modalidad de jóvenes y Adultos, que en la fecha se han

convertido en ciclo Inicial, Intermedio y Avanzado de EBA, en

merito a la Resolución de conversión Nº00874-DRELM.

UBICACIÓN GEOGRÁFICA:

Art. 02.- La Institución Educativa CEBA Nº 122-“ANDRÉS AVELINO

CÁCERES” se encuentra ubicada en la Calle Las Pallkas s/n, altura

del Parque Principal de Mangomarca, Distrito de San Juan de

Lurigancho.

Page 7: Reglamento Ceba 122.Doc-2014

OBJETIVOS INSTITUCIONALES:

Art. 03.- Son objetivos de la Institución Educativa:

a) Mejorar la calidad educativa propiciando en el estudiante

aprendizajes significativos.

b) Optimizar la práctica de valores fundamentales como:

puntualidad, disciplina, honestidad, veracidad, solidaridad,

amor, responsabilidad, respeto, felicidad, tolerancia, paz,

justicia, honradez, etc.

c) Estimular en el participante el desarrollo de sus capacidades

para comprender, analizar y explicar situaciones de su vida

real, así como de su entorno social.

d) Reconocer y revalorar la identidad cultural.

e) Ofrecer a los participantes, las opciones laborales que les

permita incorporarse a la vida productiva del país.

f) Valorar y respetar nuestros símbolos patrios.

g) Incentivar la identidad nacional.

h) Desarrollar el espíritu crítico y democrático del estudiante.

AMBITO GEOGRADFICO:

El CEBA Nº 122 ¨ANDRES AVELINO CACERES ¨ Esta dentro

de la Jurisdicción Educativa de Lima Metropolitana UGEL Nº 05 DE

S.J.L

CAPITULO III: DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA

Art. 04.- La estructura de la Institución Educativa CEBA Nº 122

“ANDRÉS AVELINO CÁCERES” en modalidad de Educación Básica

Alternativa(EBA) está constituida por los siguientes niveles y

modalidades.

NIVELES MODALIDADES

Educación Primaria

EBA: InicialIntermedio

Page 8: Reglamento Ceba 122.Doc-2014

Educación Secundaria EBA: Avanzado

Art. 05.- La estructura Orgánica de la Institución Educativa CEBA Nº

122 “ANDRÉS AVELINO CÁCERES”, es como sigue:

a) Órgano de Dirección:

- Dirección del CEBA

b) Órgano Consultivo:

- Consejo Educativo Institucional (CONEI)

c) Órgano de Ejecución:

- Personal Docente

d) Órgano de Apoyo:

- Personal Administrativo : Secretaría

- Personal de Servicio.

e) Órgano de Apoyo Técnico:

- Comité de Disciplina

- Comité de Seguridad y Defensa Civil

- Comité de Defensa del Adolescente

- Comité de O.B.E.

- Comité de Participación Estudiantil a través de su Junta

Directiva.

Page 9: Reglamento Ceba 122.Doc-2014

ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL DE LA INSTITUCION EDUCATIVA

CEBA Nº 122

ANDRES AVELINO CACERES-MANGOMARCA

MODALIDAD DE EDUCACION BASICA ALTERNATIVA( EBA)

Page 10: Reglamento Ceba 122.Doc-2014

EL CONSEJO EDUCATIVO INSTITUCIONAL (CONEI):

DIRECCIÓN DEL CEBA Nº 122DIRECCIÓN DEL

CEBA Nº 122

DOCENTES DE PRIMARIA

DOCENTES DE SECUNDARIA

COMITÉ DE TUTORIAS

ALUMNOS DEL NIVEL SECUNDARIO CICLO AVANZADO

CONSEJO EDUCATIVO

INSTITUCIONAL

COMITÉ DE PARTICIPACION ESTUDIANTIL

SECRETARIA

COMITÉ DE SEGURIDAD Y DEFENSA CIVIL

ALUMNOS DEL NIVEL PRIMARIO CICLOS:INICIAL -INTERMEDIO

COMITÉ DE DISCIPLINA

COMITÉ DE DEFENSA DE NIÑOS Y ADOLECENTES

Page 11: Reglamento Ceba 122.Doc-2014

Art. 06- Es un órgano consultivo de la Institución Educativa, está

integrado por el Director, un profesor del turno noche, un

representante de trabajadores administrativos, un representante de

estudiantes del turno noche. Es presidido por el Director y por lo tanto

es el que convoca a reuniones. Se reúnen cada vez que sea necesario

para dilucidar la buena marcha de la Institución.

Art. 07- Funciones del Consejo Escolar:

a) Participar en la marcha de la Institución Educativa emitiendo

opinión sobre todos los asuntos que le sean consultados.

b) Contribuir a la democratización de la gestión educativa entre

todos los actores de la Institución Educativa.

c) Participar en el proceso de planificación, organización,

ejecución y evaluación del proyecto educativo del centro.

d) Vigilar por la equidad en el trato de los participantes.

e) Promover la pertenencia de los procesos pedagógicos con

relación a la realidad educativa.

f) Impulsar la apertura de la Institución Educativa estableciendo

vínculos con las instituciones de la localidad.

g) Fomentar la articulación del trabajo educativo con las

necesidades de la comunidad que pertenecen a la Institución

Educativa.

h) Contribuir al buen clima institucional, participando en la

elaboración de las normas de convivencia (reglamento interno)

y velando por su cumplimiento.

i) Prestar apoyo a la Dirección de la Institución Educativa en la

resolución de conflictos que se suscitan en el interior de la

Institución Educativa.

j) Coordinar con la comisión especial de evaluación de personal

docente y administrativo y opinar sobre la gestión del Director

de la Institución Educativa.

Page 12: Reglamento Ceba 122.Doc-2014

CAPÍTULO V : DE LA ATENCION EDUCATIVA

GESTIÓN PEDAGÓGICA

DEL TRABAJO EDUCATIVO Y FUNCIONAMIENTO

Art. 08.- La Institución Educativa CEBA “ANDRÉS AVELINO

CÁCERES” Nº 122 brinda los servicios educativos en el período

lectivo del 01 de Marzo al mes de Diciembre del 2011,

determinándose la clausura en concordancia al Plan Anual de Trabajo

y Calendarización del año escolar, cumpliendo las 950 horas

distribuidas en trimestres y con vacaciones de una semana en mes de

Junio y otra semana en mes de Septiembre para los estudiantes.

La atención educativa estará distribuida en bimestres y /o trimestres

según aprobación del Director con los docentes

Art. 09.- La Institución Educativa CEBA Nº 122 “ANDRÉS AVELINO

CÁCERES”, funcionará el 6:15 a 10:15 Hrs. diarias.

MATRÍCULA, EVALUACIÓN Y CERTIFICACIÓN:

Art. 10.- La matrícula se realizará a partir del mes de Enero,

culminándose el 30 de Junio, siendo la responsabilidad exclusiva del

personal Directivo y Administrativo.

El llenado de ficha única de matrícula, las nóminas y la

organización de los ficheros de cada grado es responsabilidad de

cada profesor tutor en ciclo Avanzado y de las profesoras de aula en

ciclo Inicial e Intermedio.

Art. 11.- La matrícula de los estudiantes nuevos requiere la

presentación de los siguientes documentos:

a) Partida de nacimiento (fotocopia) y/o copia del DNI

b) Certificado de estudio del año anterior o prueba de ubicación en

ciclo Inicial e Intermedio.

Page 13: Reglamento Ceba 122.Doc-2014

c) Para los estudiantes del 4to grado ciclo avanzado, es exigible

la presentación de los certificados del 1ro al 3ro grado de

estudios.

d) Certificado de buena conducta.

e) 2 fotografías tamaño carnet.

f) Ficha única de matrícula.

Art. 12.- La ratificación de la matrícula de los alumnos antiguos se

efectuará de manera personal en caso de que los estudiantes sean

mayores de edad. Si son de menores de edad la ratificación de

matrícula, será a través de sus apoderados, previa presentación de

sus libretas de notas en ambos casos.

Los estudiantes con problemas de conducta estarán sujetos a la

existencia de cupo hasta el último día de la matrícula. En caso de

que sea posible, firmarán un documento de compromiso de buen

comportamiento y siguiendo lo establecido en el Plan de

Convivencia del CEBA.

Art. 13.- En el proceso de matricula a estudiantes nuevos que

procedan de la modalidad de educación Básica Regular (turno

día) ,bajarán un grado de conformidad con la R.V.M Nº 0018-2007-

ED que establece la equivalencias de grados.

Art. 14.- La ratificación de la matrícula extemporánea por razones

justificadas será autorizado por la Dirección del CEBA.

Art. 15.- En el proceso de matrícula se tendrán en cuenta la RM

Nº 102-83-ED sobre equivalencias; y los últimos dispositivos

vigentes.

Art. 16.- Acceden a la Educación Básica Alternativa EBA las

personas que tengan de 9 años a más.

CERTIFICADOS:

Page 14: Reglamento Ceba 122.Doc-2014

Art. 17.- Los certificados de estudio y de conducta se expedirán a

solicitud del interesado, previo pago de derechos establecidos. Su

trámite durará máximo 5 días hábiles (Oficio múltiple Nº 47-2010).

Art. 18.- Los estudiantes procedentes de otras Instituciones

Educativas deberán entregar sus certificados de Estudios a la

Secretaría del CEBA.

Art. 19.- Los documentos de traslado de los estudiantes a otras

Instituciones Educativas se expedirán a su solicitud hasta fines del

mes de Septiembre.

EVALUACION:

Art. 20.- La evaluación de los estudiantes será permanente e

integral, teniendo en cuenta los objetivos previstos y actividades

programadas teniendo en cuenta las características de las áreas,

condiciones de aprendizaje que asegure los objetivos a lograr.

Art. 21.- Cada docente selecciona y aplica los instrumentos, las

técnicas y procedimientos de evaluación, teniendo en cuenta las

orientaciones y sugerencias de la Dirección, órgano intermedio y/o

DINEBA.

Art. 22.- Los profesores deben utilizar registros auxiliares,

debiendo el oficial ser llenado con las nóminas oficiales, que

oportunamente deberán ser entregadas a la Dirección por cada

docente. Los registros oficiales deberán ser guardados en la

Dirección del plantel.

Art. 23.- Las evaluaciones de aprendizaje serán informadas a los

estudiantes al finalizar cada bimestre/o trimestralmente

establecidos en la Calendarización del año escolar y Plan anual del

Trabajo entregándoles sus libretas de nota a los estudiantes

(R.D Nº0173-2008-ED. de fecha 10-07-08.)

Page 15: Reglamento Ceba 122.Doc-2014

Art. 24.- El proceso de evaluación de aprendizaje se hará de

acuerdo a las normas de evaluación existentes, en el nivel

primario R.V.M. Nº 003-2000 E.D. y para el nivel de secundaria

Directiva Nº 34-VME-DINALEA-83, R.M. Nº 168-2002-E.D., R.M. Nº

0310-2003-E.D., R.M. Nº 030-2004-E.D., R.M. Nº 0048-2005-E.D.,

R.M. Nº 0719-2005-E.D., R.M Nº 0710-2005-E.D., R.M. Nº 712-

2006-E.D., y R.D. Nº 0173-2008-E.D. de fecha 10-07-08.

Art. 25.- La evaluación de comportamiento de los estudiantes

será evaluado por cada docente tutor en el Ciclo Avanzado y por

las profesoras de aula en los Ciclos Inicial e Intermedio.

Para la evaluación de conducta en el ciclo Avanzado, el

profesor tutor tendrá en cuenta los informes de los demás

docentes y brigadieres de aulas, y a su vez, tomará los siguientes

criterios:

a) Responsabilidad

b) Honradez

c) Veracidad, respeto, ayuda mutua a sus compañeros de estudio.

d) Deseo de superación

e) Civismo

f) Asistencia a sus clases.

g) Buen comportamiento.

Art. 26.- La nota de comportamiento, se obtendrá promediando

los resultados de las evaluaciones efectuadas por los profesores

del área y servirá para brindar la orientación necesaria de los

estudiantes. En el caso del los Ciclos Inicial e Intermedio, la

evaluación del comportamiento lo hará las profesoras de aula.

Art. 27.- El Director de la modalidad es la única persona

autorizada para expedir certificados de estudios a los estudiantes

Page 16: Reglamento Ceba 122.Doc-2014

que hayan concluido satisfactoriamente sus estudios de los ciclos

Inicial, Intermedio y Avanzado.

Art. 28.- En los Ciclos Inicial e Intermedio la evaluación es con el

sistema literal y en el Ciclo Avanzado la evaluación es con el

sistema numérico vigesimal.

CAPITULO V I : DEL REGISTRO ESCALAFONARIO

Art 29.- Todos los trabajadores Docentes y Administrativos

tendrán carpeta escalafonaria en forma obligatoria , las mismas

que deberán ser actualizadas periódicamente con los documentos

de estudios , cambio de nivel e ingreso a la Carrera Pública

Magisterial de los trabajadores docentes ,quienes están obligados

a presentar al CEBA los documentos que acreditan dichos cambios

en su vida profesional .

CAPITULO VII: DE LOS DERECHOS, DEBERES, FALTAS ESTIMULOS,

SANCIONES DEL PERSONAL DOCENTE Y ADMINISTRATIVO:

GESTIÓN ADMINISTRATIVA

Art. 30.- Deberes y derechos del personal Docente y

Administrativo.

DEBERES:

a) Asistir puntualmente a la Institución Educativa con una

adecuada indumentaria.

b) Cumplir sus funciones en el turno noche; dentro del horarios

establecidos, con eficiencia, puntualidad y espíritu de

colaboración.

c) Cumplir su labor, fomentando el espíritu patriótico y práctica

permanente de hábitos de buenos modales y valores.

d) Contar con su carpeta pedagógica permanentemente y

actualizada y tener fichas de matrícula al día.

e) Contribuir al orden y a la buena marcha de la modalidad.

f) Cumplir y hacer cumplir el presente reglamento.

Page 17: Reglamento Ceba 122.Doc-2014

g) Indicar su hora de ingreso y salida en la tarjeta de control y

cuaderno de asistencia con veracidad y honestidad.

h) No perder tiempo en horas de clase, permaneciendo fuera del

salón, dejando en abandono a los alumnos.

i) No utilizar a los alumnos de su tutoría en contra de los demás

profesores.

j) Preparar sus clases con responsabilidad profesional y tener su

unidad de aprendizaje de las áreas de su competencia de

acuerdo al horario de clases

k) Cumplir el turno con responsabilidad.

l) Participar activamente en las formaciones de los días lunes y

celebraciones de fechas cívicas.

ll) No hacer abandono de su salón de clase.

m) No hacer abandono de trabajo una vez registrada su asistencia

en el cuaderno y tarjeta de control, caso contrario se

considerara como abandono de trabajo.

n) Asumir la encarga tura de la dirección con responsabilidad

dentro de su turno.

ñ) No parcializarse con los estudiarse en el trato personal y

evaluaciones.

o) Ser solicito y atento con los estudiantes que necesitan su

consejo y orientación.

p) No maltratar moralmente ni físicamente a los estudiantes.

q) No incumplir o desempeñar mal con el turno que le

corresponde.

r) Contribuir en el mantenimiento del clima institucional favorable,

evitando chismes y comentarios negativos en contra de los

compañeros de trabajo.

Art. 31.- DERECHOS:

a) A la estabilidad laboral en la plaza, nivel, cargo, turno de

trabajo, salvo lo dispuesto en los Arts. 119 y 233 del Decreto

Supremo 19-90 E.D.

Page 18: Reglamento Ceba 122.Doc-2014

b) Derechos a participar en la formulación, organización, ejecución

y evaluación del Plan Anual de Trabajo, Reglamento Interno y

otras comisiones.

c) Derechos a las licencias y permisos con sujeción a las normas

establecidas.

d) Autonomía y libertad en el desempeño de sus funciones en el

aula de clase.

e) Derecho a las vacaciones de conformidad con las normas y

según cronograma en el caso del personal administrativo y

servicio.

f) Derecho a merecer respeto y consideración en virtud a su

abnegada labor.

g) Recibir estímulos y reconocimientos a su cumplimiento,

esfuerzo y dedicación al trabajo.

h) Gozar de Otros derechos contemplados en el Reglamento de la

Ley del Profesorado-D.S. 19-90-E.D.

Art. 32.- Prohibiciones del personal docente:

a) Faltar al trabajo en forma injustificada y reiterada.

b) Ser reincidente en llegar tarde al trabajo y/o horas de clase.

c) Incumplir sus funciones y obligaciones.

d) Hacer caso omiso a las órdenes del superior inmediato y/o

Director de la Institución Educativa.

e) Abandonar a los alumnos en horas de clase y/o actividades

extracurriculares.

f) Hacer abandono de su centro de trabajo, luego de haber

registrado su asistencia.

g) Salir fuera del colegio sin autorización del Director.

h) Marcar la tarjeta de control de asistencia de otro profesor.

i) Consignar la hora de ingreso y salida en la tarjeta de control y

cuaderno de asistencia de manera incongruente.

j) Permanecer indiferente en el salón u otro lugar durante las

formaciones y celebración de las fechas cívicas.

Page 19: Reglamento Ceba 122.Doc-2014

k) No cumplir con las comisiones de trabajo que se le encomienda.

l) Otros puntos concurrentes a la prohibición que ya están

indicadas en los deberes de los docentes.

ll) Utilizar o disponer los bienes del colegio en beneficio propio o

de terceros.

m)Recibir prebendas o sobornos por parte de los estudiantes.

n) Organizar actividades (rifa, bingo y otros) sin autorización del

Director.

ñ) Propiciar discusiones con alumnos y colegas.

o) Ingresar al colegio en estado de embriaguez o bajo influencia

de sustancias estupefacientes (droga).

p) Difamar y calumniar al personal en general.

q) Actuar en contra de la moral y buenas costumbres.

r) Vender libros de autores o editoriales, vender separatas sin

autorización de la Dirección.

Page 20: Reglamento Ceba 122.Doc-2014

DE LA JORNADA LABORAL Y HORARIO DE TRABAJO DEL

PERSONAL DIRECTIVO, DOCENTE Y ADMINISTRATIVO:

Art. 33.- El CEBA Nº 122 “ANDRÉS AVELINO CÁCERES” funcionará de

16:15 pm a 22:15 p.m. horas, con las flexibilidades de los turnos

correspondientes.

Art. 34.- El personal directivo, docente y administrativo y de servicio

de la modalidad de Educación Básica Alternativa cumple la siguiente

jornada de trabajo.

a) Personal Directivo cumple 40 hrs. pedagógicas a la semana.

b) El personal docente de primaria 30 hrs. pedagógicas a la

semana.

c) El personal docente de secundaria 24 hrs. pedagógicas a la

semana.

d) El personal administrativo (secretaria) 40 hrs. a la semana.

e) El personal de servicio de 40 hrs. a la semana.

Art. 35.- El personal directivo, docente, administrativo y de servicio,

cumplen el siguiente horario:

a) El Director de las 16:00 hrs. a 22:30 hrs.

b) Docente del nivel Primaria de EBA de 5:50 pm. a 10:30 pm. con

jornada laboral de 30 hrs.

c) Docente del nivel secundaria de EBA de 6:35 pm. a 10:30 pm.

con jornada laboral de 24 horas.

d) Personal administrativo de 2:30 pm. a 10:30 pm.

e) Personal de servicio de 2:30 pm. a 10:30 pm.

REGISTRO Y CONTROL DE ASISTENCIA DEL PERSONAL

DOCENTE Y ADMINISTRATIVO:

Art. 36.- Todo trabajador de la modalidad deberá registrar su

asistencia en el cuaderno de control de personal que se encuentra en

la Dirección, así como también marcar su respectiva tarjeta al

momento de su ingreso y salida, con veracidad y honestidad,

Page 21: Reglamento Ceba 122.Doc-2014

cuidando que los dos medios de control guarden coherencia en

cuanto a las horas de ingreso y salida.

De registrar su asistencia en el cuaderno de control y que no

guarda relación con la hora de su registro de asistencia en su tarjeta

de control , se considerara como falta grave que dará lugar a una

llamada de atención verbal, de continuar será pasible de una llamada

de atención escrita a través de un memorándum y de reincidir en la

misma falta dará lugar para informar a la UGEL 05 a efectos de que

se anote como demerito en su ficha escalafonaria .

DE LAS LICENCIAS Y PERMISOS DEL PERSONAL DOCENTE Y

ADMINISTRATIVO:

Art. 37.- Tienen derecho a licencia el personal nombrado y

contratado.

Art.38.- La licencia se formaliza mediante Resolución Directoral de la

Institución Educativa teniendo en cuenta los requisitos exigidos por

las normas para cada tipo de licencias.

Art. 39.- Las licencias se clasifican de la siguiente manera:

Licencia con goce de remuneraciones:

a) Por enfermedad o incapacidad temporal para el trabajo.

b) Por siniestro.

c) Por fallecimiento.

d) Por estudios.

e) Por el proceso de sustentación de tesis y examen de grado.

f) Por maternidad.

g) Por desempeño de funciones públicas.

Licencia sin goce de remuneraciones.

a) Por motivos particulares.

b) Por estudios de profesionalización.

c) Por capacitación no oficializada.

d) Por enfermedad grave del cónyuge, padre e hijos.

Page 22: Reglamento Ceba 122.Doc-2014

Licencias a cuenta del período vacacional:

a) Por matrimonio.

b) Por enfermedad grave del cónyuge, padre e hijo.

Art. 40.- Las Resoluciones directorales de licencia que expiden los

Directores de las Instituciones Educativas serán transcritas para

archivo de la Institución Educativa (1 ejemplar); para el órgano

intermedio (3 ejemplares) y un ejemplar para el interesado.

Permisos:

Art 41.-El permiso es la autorización que el Director concede al

trabajador docente, administrativo y de servicio, para ausentarse por

horas de la Institución Educativa durante la jornada laboral del

trabajo, previa justificación y sustentación documentada del caso.

Art. 42.- Los permisos se conceden por las siguientes causas:

- Por ejercer la docencia universitaria.

- Por estudios universitarios.

- Por capacitación oficializada.

- Por citación expresa por autoridad judicial, ministerio público,

militar y policial.

- Por función edil.

- Por citación de cualquier autoridad pública.

- Por cita médica para atención en ESSALUD y/o Hospital del

Centro de salud

- Por el día del maestro.

- Por onomástico.

- Por motivos personales: 3 permisos durante el año escolar.

- Por motivo de trámite matrimonial.

- Por enfermedad grave del cónyuge, padre o hijo.

Page 23: Reglamento Ceba 122.Doc-2014

DE LAS FALTAS Y SANCIONES DEL PERSONAL DOCENTE Y

ADMINISTRATIVO:

Art. 43.- Faltas:

a) Faltar al trabajo en forma injustificada y reiterada.

b) llegar tarde al trabajo y/o horas de clase en forma reiterada.

c) Incumplir las funciones y obligaciones que le compete como

trabajador docente y administrativo.

d) Hacer caso omiso a las órdenes del superior inmediato y/o

Director de la Institución Educativa.

e) Abandonar a los alumnos en horas de clase para dedicarse a

actividades extracurriculares.

f) Utilizar y disponer los bienes del I.E en beneficio propio o de

terceros.

g) Recibir prebendas y sobornos por parte de los estudiantes.

h) Organizar actividades (paseos, rifas, bingos y otros) sin

autorización del Director.

i) Indisponer a los colegas con los estudiantes.

j) Ingresar al colegio en estado de embriaguez o bajo influencia

de sustancias estupefacientes.

k) Difamar y calumniar al personal de la Institución Educativa.

l) Realizar actos que vayan en contra la moral y buenas

costumbres.

m) Incurrir en las prohibiciones establecidas por el presente

Reglamento.

n) Propiciar la ruptura de relaciones humanas entre colegas y

estudiantes.

SANCIONES:

Art. 44.- El personal que incumple sus funciones se hace acreedor a

las siguientes sanciones:

a) Amonestación verbal.

b) Amonestación escrita bajo memorándum.

c) Suspensión de trabajo sin goce de haberes.

Page 24: Reglamento Ceba 122.Doc-2014

d) Informe a la superioridad.

DE LOS ESTÍMULOS DEL PERSONAL DOCENTE Y

ADMINISTRATIVO:

Art. 45.- El personal que cumple eficazmente y realiza acciones

excepcionales en bien del Institución Educativa se hará acreedor de

los siguientes estímulos:

a) Reconocimiento verbal público.

b) Oficio de agradecimiento y felicitación por oficio.

c) Resolución directoral de de felicitación y agradecimiento.

SERVICIO DE BIENESTAR SOCIAL:

Art. 46.- En la Institución Educativa CEBA Nº 122 “Andrés Avelino

Cáceres” turno - noche, se practicará buenas relaciones humanas,

que propicien comprensión y respeto entre todos los miembros de la

comunidad educativa que labora en el plantel, haciendo que el clima

institucional sea positivo, dentro de un marco de paz, armonía y

convivencia social que favorezcan la adecuada formación de los

estudiantes.

Art. 47.- Se propiciara reuniones de carácter social entre el personal

docente administrativo, directivo y de servicio para estrechar lazos de

confraternidad y camarería, festejando los onomásticos, programando

preferentemente para los últimos días de cada mes.

Art. 48.- Se organizará paseos excursiones con o sin estudiantes con

fines de esparcimiento y estudio.

Art. 49.- Se propiciara la realización de festivales deportivos,

concursos folklóricos y de conocimiento, gimkanas, platos típicos, etc.

con la participación de todos los trabajadores de la modalidad.

Page 25: Reglamento Ceba 122.Doc-2014

Asimismo, se promoverá bailes juveniles de interrelación humana

para propiciar la integración de los estudiantes, bajo el cuidado y

estricto control por parte de los docentes.

Art. 50.- Las fiestas de promoción se realizarán previo conocimiento

y autorización de la Dirección. Las actividades en beneficio de la

Institución serán aprobadas en la Asamblea General de la

Comunidad Educativa de la Modalidad; así como las actividades en

beneficio de docentes (pro-navidad), que será una actividad por

semestre.

Art. 51.- Los aspectos no contemplados en el presente Reglamento

Interno serán aprobados por el CONEI de la modalidad.

Art 52.-En la celebración de la Institución educativa , se realizara el reinado

primaveral de estudiantes de la modalidad, cuya recaudación se destinara en

la implementación de las necesidades de la Institución Educativa, previa

deducción de la tercera parte del monto recaudado que servirá para la compra

y alquiler de vestido de la reina y sus damas de compañía

CAPITULO VIII:

DERECHOS, DEBERES, FALTAS, ESTIMULOS Y SANCIONES

DE LOS ESTUDIANTES

DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESTUDIANTES

DERECHOS:

Art. 53.- Son derechos de los estudiantes:

a) Recibir la formación integral dentro de un ambiente que le

brinde seguridad moral y física, así como los servicios de

orientación y bienestar.

b) Ser tratado con respeto y dignidad, sin distinción alguna.

c) Recibir enseñanza gratuita de parte de los profesores.

Page 26: Reglamento Ceba 122.Doc-2014

d) Recibir estímulos en mérito a su aprovechamiento y buena

conducta, así como también en su participación en eventos

culturales, deportivos y artísticos.

e) Ser evaluado con imparcialidad.

f) Efectuar reclamos respetuosamente ante autoridades docentes

y Directivos y otros cuando sus derechos son afectados.

g) Integrar el comité de participación estudiantil (COPAE).

h) Integrar el consejo educativo institucional (CONEI).

i) Participar en la Comisión de la Defensoría del Niño y

Adolescente.

j) Integrar el Comité de Disciplina.

k) Elegir y ser elegidos.

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DEBERES:

Art. 54.- Son deberes y obligaciones del estudiante:

a) Respetar al personal directivo, docente, administrativo y

personal de servicio, dentro y fuera del plantel.

b) Respetar a sus condiscípulos.

c) Ser honrado consigo mismo y con los demás.

d) Defender y velar por el prestigio de la Institución Educativa, de

sus autoridades, profesores y personal administrativo.

e) Saludar cortésmente a la autoridad de la Institución Educativa,

profesores y personal administrativo.

f) Demostrar hábitos de higiene, orden y disciplina.

g) No ingresar al colegio en estado de ebriedad o bajo la influencia

de drogas.

h) Acudir a la Institución Educativa con uniforme del turno noche

y/o en forma presentable. El uniforme es: pantalón azul marino

y camisa blanca para varones y falda azul marino y blusa

blanca para mujeres.

i) No propiciar discusiones con alumnos, colegas, ni faltar de

palabra a las autoridades y profesores.

j) No difamar, ni calumniar al personal directivo, docente,

administrativo y estudiantes en general.

k) Preservar los mobiliarios, equipos y demás enseres de la

Institución Educativa.

l) Participar activamente en las actividades de la Institución

Educativa.

m)Asistir puntualmente a sus clases en el horario establecido.

n) Al momento de ingresar a la Institución Educativa deberá

identificarse con su respectivo carné, en caso contrario no

ingresará.

ñ) No consumir alcohol, cigarro y drogas; ni traficar con ellos

propiciando su consumo en el colegio y fuera de él.

Page 28: Reglamento Ceba 122.Doc-2014

o) No llevar al Institución Educativa celulares u otros objetos de

valor .

p) No estar fuera del salón en horas de clase.

q) No subir al 2º piso de los pabellones que no usa el turno noche,

ni estar escondidos en partes oscuras de la Institución

Educativa.

r) Participar en las formaciones de los días lunes y en otras

actividades cívicas del plantel, lo cual será tomado en cuenta

por el tutor para las evaluaciones del caso.

s) Los estudiantes que no ingresen a la 1ra hora de la formación,

de todas maneras se le hará formar para que cumplan con el

acto cívico de entonar el Himno Nacional.

t) El horario de ingreso de los participantes es de 6:15 pm y la

salida es a las 10:15 pm.

u) Durante su permanencia en la Institución Educativa los

estudiantes en todo momento usarán un lenguaje cortés,

alturado y respetuoso.

v) Aceptar con hidalguía y alto espíritu de moralidad y gratitud, los

consejos, reprensiones y medidas disciplinarias que el Director,

docentes, comité de estudiantes y de disciplina les aplique.

PROHIBICIONES:

Art. 55.- Prohibiciones de los estudiantes es como sigue:.

a) Llegar tarde o faltar a la Institución Educativa.

b) Retirarse del aula y/o del plantel sin la debida autorización del

Director.

c) Apropiarse de útiles escolares o prendas de sus compañeros.

d) Usar incorrectamente el material educativo.

e) Faltar a la verdad (falsificación, adulteración, acusación).

f) Promover colectas, rifas y/o venta de productos sin la

autorización de la Dirección.

g) Portar armas e instrumentos punzo-cortantes.

h) Apropiarse de los bienes de la Institución Educativa.

Page 29: Reglamento Ceba 122.Doc-2014

i) Adulterar notas o falsificar firmas.

j) Emplear vocabularios inadecuados y groseros.

k) Concurrir al colegio en estado de ebriedad o con efectos de

sustancias tóxicas.

l) Deambular y hacer bulla por los patios o áreas internas en

horas de clase.

m)Practicar eventos reñidos con la moral y las buenas costumbres.

n) Portar revistas pornográficas.

o) Practicar riñas y violencias dentro y fuera del colegio.

p) Integrar pandillas dentro y/o fuera del colegio.

q) Jugar fútbol y vóley en el primer patio.

ESTIMULOS:

Art. 56.- Son estímulos para los estudiantes:

Los estudiantes que realicen acciones extraordinarias dentro de la

Institución Educativa, tanto en el aspecto académico como en su

comportamiento, haciéndose acreedores de los siguientes estímulos:

a) Felicitación de su profesor o tutor en el aula.

b) Felicitación publica frente al estudiantado.

c) Felicitación escrita de la Institución Educativa.

d) Otorgamiento de Diploma de mérito.

DEL COMITÉ DE DISCIPLINA:

Art. 57.- El comité de disciplina estará constituido por los siguientes

integrantes: Director de la modalidad, un representante del personal

docente; y un representante de los estudiantes.

Art. 58.- El comité de disciplina tiene como función fundamental

evaluar la falta cometida por los estudiantes así como determinar las

acciones correctivas que cada caso amerita, procurando que sus

decisiones no tengan carácter sancionador sino más bien orientador;

salvo que sean casos reincidentes.

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SANCIONES DE LOS ESTUDIANTES:

Art. 59.- Las sanciones que se aplican a los estudiantes son:

a) Amonestación verbal en privado por parte del profesor o tutor.

b) Amonestación pública por parte del director en hora de

formación escrita por parte del Director de la Institución

Educativa según la reincidencia o gravedad de la falta.

c) Amonestación escrita por parte del director por cometer falta

grave y en forma reiterativa.

d) Suspensión de asistencia a la Institución educativa de 2 a 5

días de acuerdo a la gravedad de la falta.

e) Condicionamiento de la matricula para el siguiente periodo

lectivo. Según la gravedad de la falta se citará al padre o

apoderado y se escuchará al participante.

Para la aplicación de las antes indicadas, con excepción del

comité de disciplina tendrá derecho a ser escuchado

f) según la gravedad de la falta se citara al padre u apoderado y

se escuchara al estudiante.

g) expulsión en caso de falta grave que afecta a la institución

educativa en dezmero de la adecuada formación de los

estudiantes. Así mismo en caso de reincidencia continuada del

mal comportamiento del estudiante que pone en peligro la buena

formación de los estudiantes.

h) Hacer caso omiso a las órdenes del superior inmediato y/o

Director de la Institución Educativa.

i) Abandonar a los alumnos en horas de clase y/o actividades

extracurriculares.

j) Utilizar y disponer los bienes del colegio en beneficio propio o de

terceros.

k) Recibir prebendas y sobornos por parte de los participantes.

l) Organizar actividades (rifa, bingo y otros) sin autorización del

Director.

m) Propiciar discusiones con alumnos y colegas.

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n) Ingresar al colegio en estado de embriaguez o bajo influencia de

sustancias estupefacientes (droga).

o) Difamar y calumniar al personal de la Institución Educativa.

p) Y otros que linde con la moral y buenas costumbres.

q) Incurrir en las prohibiciones establecidas por el presente

Reglamento.

CAPÍTULO IX

RELACIONES Y COORDINACIÓN CON LAS INSTITUCIONES DE LA

LOCALIDAD

Art. 60.- Debe mantenerse una estrecha relación con las principales

instituciones de la localidad, llámese Municipio, Iglesia, Comisaría,

Club de Leones, Instituciones Educativas, también con la Empresas

Privadas, con la finalidad que contribuyan a la mejora educativa.

Así mismo para dar seguridad a los estudiantes a efectos de que no

sean víctimas de las pandillas, drogadictos y delincuentes

DISPOSICIONES FINALES:

Art. 61.- El presente Reglamento Interno entrará en vigencia a partir

de su aprobación en reunión conjunta del personal docente y su

posterior ratificación por la Dirección mediante Resolución Directoral.

Art. 62.- Se publica una síntesis de las funciones del docente y de los

estudiantes para su conocimiento.

Art 63.- La modalidad de Educación Básica Alternativa realizará en el

año 2014 las actividades programadas en su Plan Anual de Trabajo.

Mangomarca, Diciembre del 2014

Page 32: Reglamento Ceba 122.Doc-2014

Comisión responsable de la elaboración del presente Reglamento

Interno.

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Lic. Sara H. Herrera Montero Prof. Sara H. Dávila

Domínguez

Sub Directora (e) T.N. Integrante de la

Comisión