procedimientos judiciales especiales en materia del trabajo

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Universidad Fermín Toro Vice rectorado académico Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas Escuela de Derecho Alumno: Cedeño, Darwin C.I. 7.321.901 Tutor: Colmenares, Dailyn 2015/A Saia B Procedimientos Judiciales Especiales en Materia Del Trabajo

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Page 1: Procedimientos Judiciales Especiales en Materia Del Trabajo

Universidad Fermín ToroVice rectorado académico

Facultad de Ciencias Jurídicas y PolíticasEscuela de Derecho

Alumno: Cedeño, Darwin C.I. 7.321.901

Tutor: Colmenares, Dailyn 2015/A Saia B

Procedimientos Judiciales Especiales en Materia Del

Trabajo

Page 2: Procedimientos Judiciales Especiales en Materia Del Trabajo

Es el derecho que tienen los trabajadores y trabajadoras a permanecer en sus puestos de trabajo.

Estabilidad AbsolutaEl derecho que tiene el trabajador a ser reincorporado a su puesto de trabajo cuando el patrono no haya obtenido autorización del inspector del trabajo para despedirlo

Estabilidad RelativaEs el derecho a la indemnización que tiene el trabajador cuando sea despedido o se retire por causas imputables al patrono o ajenas a su voluntad.

La Estabilidad En El Trabajo

Trabajadores Amparados por la estabilidad laboral en Venezuela.

Los trabajadores y trabajadoras a tiempo indeterminado a partir del primer mes de prestación de servicio.

Los trabajadores y trabajadoras contratados y contratadas por tiempo determinado, mientras no haya vencido el término del contrato.

Los trabajadores y trabajadoras contratados y contratadas para una obra determinada, hasta que haya concluido la totalidad de las tareas a ejecutarse por el trabajador o trabajadora, para las cuales fueron expresamente contratados y contratadas.

Trabajadores excluidos de la estabilidad laboral en Venezuela.

Los trabajadores y las trabajadoras de dirección, no estarán amparados y amparadas por la estabilidad prevista en esta ley.

Page 3: Procedimientos Judiciales Especiales en Materia Del Trabajo

Cuando el patrono despida a uno o más trabajadores amparados por estabilidad laboral.

Indicando las causas que justifiquen el despido, dentro de los cinco días hábiles siguientes.

Si el trabajador no estuviere de acuerdo con la causa alegada para despedirlo, podrá acudir ante el Juez de Sustanciación, Mediación y Ejecución, a fin de que el de Juicio lo califique y ordene su reenganche y pago de los salarios caídos.

Si el trabajador dejare transcurrir el lapso de diez días hábiles sin solicitar la calificación del despido, perderá el derecho a reenganche, pero no así los demás que le correspondan en su condición de trabajador.

Procedimiento de Estabilidad.Art. 89 LOTTT

Si no lo hace se le tendrá por confeso, en el reconocimiento que el despido lo hizo sin justa causa.

Deberá participarlo al Juez de Sustanciación, Mediación y Ejecución de su jurisdicción.

Page 4: Procedimientos Judiciales Especiales en Materia Del Trabajo

El Juez a de Juicio deberá decidir de manera oral sobre el fondo de la causa y declarar con o sin lugar la solicitud de reenganche y el pago de los salarios caídos. Art. 90 LOTTT

Si el Juez declara con lugar la solicitud de calificación de despido incoada por el trabajador se procederá a su reenganche y al pago de los salarios caídos.

Si el demandado se negare a cumplir con la orden judicial de reenganche, incurrirá en el delito de desacato a la autoridad judicial con pena de prisión de seis a quince meses. A los fines de establecer

las responsabilidades penales a que haya lugar, el juez del Trabajo oficiará al Ministerio Público.

Procedimiento de estabilidad

Page 5: Procedimientos Judiciales Especiales en Materia Del Trabajo

Casos De Transitoriedad En El Procedimiento Judicial Del Trabajo.

De conformidad con el Artículo 196 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este régimen se aplicará a los procesos judiciales que estén en curso a la fecha de entrada en vigencia de esta Ley, los cuales seguirán siendo juzgados en su Tribunal de origen, dentro de la organización que establezca el Tribunal Supremo de Justicia, hasta la terminación del juicio.

El Derecho De Amparo Constitucional

Los Tribunales del Trabajo son competentes para sustanciar y decidir, Las solicitudes de calificación de despido o de reenganche, formuladas con base en la estabilidad laboral consagrada en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en la legislación laboral. Artículo 29 de la LOPT.

Page 6: Procedimientos Judiciales Especiales en Materia Del Trabajo

Las causas en donde no se hubiese dado contestación al fondo de la demanda serán remitidas al Juez de Sustanciación, Mediación y Ejecución, y se tramitarán de conformidad con las normas de esta Ley.

Cuando se encuentre en el lapso de evacuación de pruebas, vencido éste según la Ley Orgánica de Tribunales y de Procedimiento del Trabajo, se procederá a fijar el acto de informes orales, para el décimo quinto (15) día hábil siguiente; las conclusiones de estos informes deberán ser consignadas en forma escrita, en la misma oportunidad de su presentación oral, con una extensión máxima de tres (3) folios. El Juez de Juicio dictará su sentencia dentro de los diez (10) días hábiles posteriores a la presentación de los informes.

Cuando se encuentren en estado de sentencia, se pronunciará el fallo dentro de los treinta (30) días siguientes a la entrada en vigencia de esta Ley.

Las Causas Que Se Encuentren En Primera InstanciaEl Artículo 197 LOPT

Page 7: Procedimientos Judiciales Especiales en Materia Del Trabajo

Las causas que se encuentren en segunda instancia y casación serán resueltas por los Tribunales Superiores del Trabajo y por la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, respectivamente, conforme al procedimiento establecido en la presente Ley, dentro de los sesenta (60) días siguientes a su entrada en vigencia. Art. 199 LOPT

Los procesos laborales, que cursen en los Tribunales de Municipio, continuarán siendo conocidos por estos Tribunales, hasta su decisión definitiva. Art. 200 LOPT

Las Causas Que Se Encuentren En Segunda InstanciaEl Artículo 199 LOPT

Page 8: Procedimientos Judiciales Especiales en Materia Del Trabajo

El Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social podrá, a solicitud de parte, conoce de aquellos fallos emanados de los Tribunales Superiores del Trabajo, que aún y cuando no fueran recurribles en casación, sin embargo, violenten o amenacen con violentar las normas de orden público o cuando la sentencia recurrida sea contraria a la reiterada doctrina jurisprudencial de dicha Sala de Casación.

En un lapso de 5 dias siguientes a la publicación del fallo ante el Tribunal Superior del Trabajo correspondiente.

Solicitar el control de la legalidad del asunto, mediante escrito, que en ningún caso excederá de tres (3) folios útiles y sus vueltos.

El Tribunal Superior del Trabajo deberá remitir el expediente a la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia de manera inmediata

Una vez recibido el expediente, decidirá sumariamente con relación a dicha solicitud. En el supuesto que el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social decida conocer del asunto, fijará la audiencia, siguiendo el procedimiento establecido en el Capítulo anterior.

Procedimiento por Control de Legalidad

Page 9: Procedimientos Judiciales Especiales en Materia Del Trabajo

Se hará constar en forma escrita por auto del Tribunal, sin necesidad de motivar su decisión.

Estará sujeto a multa el recurrente que interponga el recurso maliciosamente equivalente a125 UT.

Si el recurrente no pagare la multa dentro del lapso de tres (3) días, sufrirá arresto en jefatura civil de quince (15) días.

Si el recurso de control de la legalidad fuera tramitado y sustanciado, el Tribunal Supremo de Justicia podrá decretar la nulidad del fallo.

Ordenando la reposición de la causa al estado que considere necesario para restablecer el orden jurídico infringido ordenando la reposición de la causa al estado que considere necesario para restablecer el orden jurídico infringido.

Anulando el fallo del Tribunal Superior, sin posibilidad de reenvío; en caso contrario, el fallo impugnado quedará definitivamente firme.

Inadmisibilidad del recurso de Control de Legalidad

Admisibilidad del recurso de Control de Legalidad

Page 10: Procedimientos Judiciales Especiales en Materia Del Trabajo

Falta de probidad o conducta inmoral en el trabajo.

Vías de hecho, salvo en legítima defensa.

Hecho intencional o negligencia grave que afecte a la salud y la seguridad laboral.

Omisiones o imprudencias que afecten gravemente a la seguridad o higiene  del trabajo.

Perjuicio material causado intencionalmente o con negligencia grave en las máquinas.

Abandono del trabajo.

Falta grave a las obligaciones que impone la relación de trabajo.

Inasistencia injustificada al trabajo durante tres días hábiles en el período de un mes, el cual se computará a partir de la primera inasistencia.

Causas justificadas de despido. Art 79 LOTTT

Page 11: Procedimientos Judiciales Especiales en Materia Del Trabajo

Bibliografía Constitucion De la Republica Bolivariana de

Venezuela. Gaceta Oficial N 5.453 Del 24 De Marzo.

Ley Organica Del Trabajo, Los Trabajadores y Las Trabajadoras. Gaceta Oficial N 6.076 De Fecha 7 De Mayo De 2012.

Ley Organica Del Trabajo. Gaceta Oficial N 39.346 Del 14 de Enero De 2010.