procedimientos civiles especiales

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UNIVERSIDAD “FERMÍN TORO” VICERRETORADO ACADÉMICO FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS ESCUELA DE DERECHO PROCEDIMIENTOS CIVILES ESPECIALES BARQUISIMETO, ENERO DEL 2016. Alumno: Yonny Rodríguez. CI. No. 18.690.080 SAIA – G Prof. Dailyn Colmenares.

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Page 1: Procedimientos Civiles Especiales

UNIVERSIDAD “FERMÍN TORO”VICERRETORADO ACADÉMICO

FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICASESCUELA DE DERECHO

PROCEDIMIENTOS CIVILES ESPECIALES

BARQUISIMETO, ENERO DEL 2016.

Alumno:Yonny Rodríguez.

CI. No. 18.690.080SAIA – G

Prof. Dailyn Colmenares.

Page 2: Procedimientos Civiles Especiales

JUICIOS EJECUTIVOS

Ejecución de Hipoteca:Es un Procedimiento Ejecutivo, a través del cual se hace posible la ejecución de los bienes dados en garantía hipotecaria, para satisfacer con el producto de su remate, el cumplimiento de las obligaciones garantizadas.

Características:

• Es Indivisible.• Debe ser público.• Enmarcar el tipo de hipoteca.• Se refiere a una determinada

cantidad de dinero.

Bienes Susceptibles de Hipotecas: Los Bienes Inmuebles, así como

sus accesorios reputados como inmuebles.

El usufructo de esos mismos bienes y sus accesorios.

Los derechos del concedente y del enfiteuta sobre los bienes enfitéuticos.

Requisitos a la Solicitud de Ejecución:

1. El documento constitutivo debe estar registrado en la jurisdicción donde esté situado el inmueble.

2. Las obligaciones que ella garantiza debe ser liquida de plazo vencido, sin haber transcurrido el lapso de la prescripción.

3. Las obligaciones no se deben encontrar sujetas a condiciones u otras modalidades.

Tercero Poseedor y Tercero Adquirente

El tercer poseedor es aquél propietario de un bien hipotecado a favor de una deuda ajena y el Tercer Adquirente es aquél que compra un bien estando hipotecado.

Lapsos de Intimación al Pago

Tres (03) días para acreditar el pago y ocho (08) días para oponerse a la ejecución de hipoteca.

Causales de Oposición

1. Las Cuestiones Previas.2. La Reconvención.3. Las Disposiciones

establecidas en los Art. 1907 y 1908 del CCV.

Ejecuciónde Prenda:

Es un derecho real de garantía, que tiene como función asegurar al acreedor el cumplimiento y satisfacción de su crédito, a través del conferimiento de un poder especial que se otorga sobre la cosa dada en garantía.

Características:

• Es una obligación accesoria.• Es una obligación indivisible.• Debe recaer sobre bienes

muebles.• El bien dado en garantía se

debe entregar en físico.• La prenda se entiende a todos

los accesorios del bien.

Requisitos dela Solicitud:

Identificación del acreedor y del deudor prendario y del tercero que haya dado la prenda si fuere el caso.

El monto de la acreencia garantizada con la prenda y cualquiera otra cantidad cubierta con el privilegio.

La especie y naturaleza de las cosas dadas en prenda y la indicación de su calidad, peso y medida.

El Depósito de la Prenda:

Si el Juez encontrare llenos los extremos exigidos, ordenara el depósito de la cosa dada en prenda y la intimación del deudor y el tercero que haya dado la prenda, si tal fuere el caso, para que paguen dentro de los tres (03) días siguientes, apercibidos de ejecución.

La Oposición y las Incidencias Relacionadas.

Los intimados pueden promover cuestiones previas previstas en el CPC. La incidencia que se abre no es la de juicio ordinario sino la de juicios especiales de ejecución de créditos fiscales.

Juicio de Cuentas:

Es el procedo mediante el cual el demandante apoderado o encargado de intereses ajenos rinde cuentas ante el Juez para que éste ordene la intimación en un plazo de 20 días siguientes a la intimación.

Obligados a Presentar Cuentas:

• Condominio.• Concubinato.• Consorcio.• Sociedad Conyugal.• Síndicos, Depositarios y

Administradores Judiciales.• Los Liquidadores.

Tribunal Competente

Depende del tipo de Rendición de Cuentas.

Si no hay Oposición

no se rinde cuenta.

La cuenta debe presentarse en termino claros y precisos, año por año, con sus cargos y abonos cronológicos, de modo que pueda examinársela fácilmente, y con todos los libros, instrumentos, comprobantes y papeles pertenecientes a ella.