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Modernización de la gestión publica Implementación de instrumentos de gestión – servir Eco. Edvar Moreno Cotrina Jefe de Oficina de Planeamiento Estratégico

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Modernización de la gestión publica

Implementación de instrumentos de gestión – servir

Eco. Edvar Moreno CotrinaJefe de Oficina de Planeamiento Estratégico

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LA REFORMA DEL SERVICIO CIVIL

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Instrumento actual

• Manual de Organización y Funciones (MOF).

• Elaborado por OPP /Racionalización

LSC

• Una función de ORH es gestionar los Perfiles de Puestos

• Toda incorporación a cualesquiera de los grupos e inclusive a puestos de confianza deben cumplir con un perfil de puesto.

• En la etapa de propuesta de “Mejora Interna” del tránsito de entidades se establece la elaboración del MPP.

Reglamento

• La ORH, coordinará para la publicación del MPP, y sus actualizaciones, en el portal de transparencia de la entidad, una vez aprobado por las instancias respectivas.

Vigencia

• Directiva Nº 01-2013-SERVIR/GDSRH: Vigente desde 02 enero 2014.

• Lineamientos para formulación y elaboración

• Aprobación

• Publicación

• Actualización

Manual de Perfiles de Puestos (MPP)

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Definición del MPP

Es un documento normativo que describe de manera estructurada todos los perfiles de puestos de la Entidad, desarrollados a partir de:- La estructura orgánica de la Entidad - El Reglamento de Organización y Funciones (ROF) - El Cuadro para Asignación de Personal (CAP) o el Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE), en caso de contar con este instrumento

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Definiciones• Puesto: Conjunto de funciones y responsabilidades que corresponden a una posición dentro de

una entidad. Para efectos de la presente Directiva, toda referencia a cargo debe entenderse a puesto.

• Perfil del Puesto: Información estructurada respecto a la ubicación de un puesto dentro de la estructura orgánica, misión, funciones, así como también los requisitos y exigencias que demanda para que una persona se desempeñe adecuadamente en un puesto

• Misión del puesto: Describe la razón de ser del puesto o su finalidad, indicando qué hace, a qué o a quiénes afecta su labor (procesos, recursos) marco general de actuación del puesto

• Función del puesto: Conjunto de actividades diferentes entre sí, pero similares por el objetivo común que persiguen. Describen lo que se realiza para cumplir la misión del puesto.

• Habilidades: Cualidades de las personas que son inherentes a sus características personales y/o son adquiridas por la práctica constante.

• Competencias: Características personales que se traducen en comportamientos visibles para el desempeño laboral exitoso, involucra de forma integrada el conocimiento, habilidades y actitudes, las cuales son el factor diferenciador dentro de una organización y contexto.

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Responsabilidades para la Formulación del MPP

RESPONSABILIDADES

SERVIR, Brinda los lineamientos

específicos para la implementación de los MPP por parte de las Oficinas de Recursos Humanos, así como

su supervisión.

Las Oficinas de Recursos Humanos* Dirige la formulación del MPP. * Brinda acompañamiento técnico * Asegura que el contenido del perfil del puesto contenga información veraz y coherente* Coordina con el área de imagen la publicación del MPP.

Unidades OrgánicasElaboran y/o actualizan

los perfiles de puestos de su respectiva unidad, de

manera conjunta y bajo la conducción de las ORH.

Oficina de RacionalizaciónEmite opinión favorable del

MPP, en lo relacionado con la verificación de la coherencia y alineamiento entre el ROF, CAP o el Cuadro de Puestos

de la Entidad (CPE).

La más alta autoridad de la Entidad (Administrativa)

Aprueba los perfiles de puestos parciales y totales consolidado en el MPP, a propuesta de la ORH y con opinión

favorable de la Oficina de Racionalización.

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Preguntas frecuentes

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1. ¿Es obligatorio realizar los perfiles de puestos para cada proceso de selección que convoque mi Entidad? Sí, a partir del 02 de enero de 2014 en todos los procesos de selección se deberá formular y aprobar el perfil del puesto respectivo, para lo cual tendrá que utilizarse la “Guía Metodológica para elaborar Perfiles de Puestos en las Entidades Públicas” y los lineamientos establecidos en la Directiva Nº 001-2013-SERVIR/GDSRH. Salvo aquellas Entidades Públicas que a la fecha de la publicación de la Directiva, tengan aprobada e implementada una metodología técnica para la elaboración de los perfiles de puestos, en cuyo caso deberán presentar dicha metodología a la GDSRH para su validación.

2. ¿Cuándo debo iniciar a formular el Manual de Perfiles de Puestos de mi entidad? En el marco de la reforma, las entidades elaborarán todos los perfiles de puestos que integrarán el MPP, de acuerdo a las etapas comprendidas en los “Lineamientos para el tránsito de una entidad pública al régimen del servicio civil, Ley 30057”, aprobado por la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 160-2013-SERVIR/PE, por lo que no es necesario elaborar y aprobar todo el MPP, pero sí es obligatorio que las Entidades que elaboren el perfil o perfiles de puestos que requieren para sus procesos de selección.

3. ¿Qué debo hacer si necesito modificar o actualizar un puesto del MOF?A partir del 02 de enero del 2014, las Oficinas de Recursos Humanos de las entidades públicas tendrán que elaborar y aprobar el perfil del puesto bajo la metodología y los lineamientos de la Directiva Nº 001-2013-SERVIR/GDSRH. Ello puede implicar cambio de los puestos descritos en el MOF e incluso el clasificador de cargos y en estos casos se tendrán que realizar los cambios necesarios.

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4. ¿Quiénes son los responsables de elaborar el Manual de Perfiles de Puestos (MPP)?, y ¿Se debe emitir resolución indicando a los responsables?La Oficina de Recursos Humanos es la responsable de dirigir el proceso de formulación del MPP; no es necesario emitir una resolución indicando responsabilidades, ya que las mismas están precisadas en la Directiva, lo que sí se debe tener en cuenta es la actualización del su ROF.

5. ¿Qué formación o nivel de conocimientos debe tener el personal encargado de elaborar los perfiles de puestos?Fundamentalmente, debe comprender la Directiva Nº 001-2013-SERVIR/GDSRH y aprender la metodología para elaborar perfiles de puestos en las entidades públicas. Para ello, puede acceder al siguiente link donde encontrará documentos y las herramientas necesarias: http://www.servir.gob.pe/leyserviciocivil/ y luego hacer click en instrumentos para la implementación de la Ley del Servicio Civil.

6. Para una convocatoria CAS, ¿Quién aprobaría el perfil del puesto?Los perfiles de puestos deben estar validados y aprobados por el Jefe de la unidad orgánica. Asimismo, se recomienda la aprobación del Responsable del Órgano y de la oficina de recursos humanos.

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¿A partir de cuando se debe aplicar la metodología de perfiles de puestos?

A partir del 02 de enero de 2014, las entidades públicas que realicen procesos de selección deberán elaborar y aprobar el Perfil de Puesto respectivo a convocarse, utilizando la metodología establecida para la formulación de los perfiles de puestos. No es necesario elaborar todo el Manual de Perfil de Puestos, sino sólo el perfil de puesto que requieren para sus procesos de selección.

El MPP se elabora en la etapa 3 de Mejora Continua. En caso la Entidad realice el tránsito al nuevo régimen del servicio civil, de acuerdo a las etapas comprendidas en los “Lineamientos para el tránsito de una entidad pública al régimen del servicio civil”

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CUARTA.- Plazo para la implementación yadecuación a la LeyLas entidades que al 31 de diciembre de 2017 no hayan, iniciado el proceso de adecuación previsto en la Ley, serán, comprendidas en el mismo automáticamente a partir del 1ro, de enero 2018, para lo que SERVIR emitirá la resolución de, inicio que las incorpore formalmente al proceso.

Reglamento General de la Ley N° 30057

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Relación de Entidades en Tránsito al Régimen de la Ley del Servicio Civil

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