escritura publica cajeb

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ESTE PAPEL NO TIENE COSTO PARA EL USUARIO ESCRITURA PÚBLICA No. MIL SETECIENTO NOVENTA Y OCHO (1.798) DE FECHA: octubre 03 de 2.014------- ------------------------------------ CLASE DE ACTA: CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA. DENOMINADA:COMERCIALIZADORA CAJEB LTDA.------------------------ QUE HACEN: Elkin Alfonso Villalobo Hurtado, Jan Carlos De Aguas Pedrozo, Jean Pier Bayona De Las Salas, Jhonny Manuel Cera Roa y Alejandro Enrique Cervantes Atencio. CAPITAL SOCIAL: $250.000.000.00.------------------- --------------------------------------------------- En la ciudad de Barranquilla. Capital de departamento del Atlántico. República de Colombia a los nueve (3 Días) del mes de octubre del año Dos mil cstorce (2.014) ante mi ANA DOLORES MEZA CABALERO. Notaria Segunda de círculo de Barraquilla. Comparecieron: Elkin Alfonso Villalobo Hurtado, Jan Carlos De Aguas Pedrozo, Jean Pier Bayona De Las Salas, Jhonny Manuel Cera Roa y Alejandro Enrique Cervantes Atencio . Mayores de edad. Vecinos de esta ciudad. Identificado con los documento de identidad N° 1.129.524.330 expedida en Barraquilla, segundo identificado con el Nº1.001.911.445 expedida en Barranquilla, el tercer identificado con El N° 960610- 06386 expedida en Barranquilla, la cuarta identificada con el N° 1.045.950.329 expedida en Barranquilla y el quinto identificado con el N° 1.127.586.478 expedida en Barranquilla, de nacionalidad Colombiana respectivamente y quienes actúan en sus propios nombres y quienes dijeron que por medio de esta escritura pública constituyen una sociedad de responsabilidad limitada. Que se rige en conformidad con los siguientes estatutos.---------------- ------- ARTÍCULO 1º: RAZÓN SOCIAL.- La sociedad se denominara COMERCIALIZADODA ROTWAL LTDA .--------------------- ARTICULO 2º:DOMICILIO.-El domicilio social de esta compañía es en la ciudad de Barranquilla. Departamento del Atlántico. En la República de Colombia. Siendo entendido que podrá establecer sucursales o agencias en otras ciudades del país y/o del exterior. De conformidad con lo que establece el literal k.) Del artículo (12) de estos estatutos.--------------- WK 1920370

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Page 1: Escritura publica CAJEB

ESTE PAPEL NO TIENE COSTO PARA EL USUARIO

ESCRITURA PÚBLICA No. MIL SETECIENTO

NOVENTA Y OCHO (1.798)

DE FECHA: octubre 03 de 2.014-------

------------------------------------

CLASE DE ACTA: CONSTITUCIÓN DE

SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA.

DENOMINADA:COMERCIALIZADORA CAJEB

LTDA.------------------------

QUE HACEN: Elkin Alfonso Villalobo Hurtado, Jan Carlos

De Aguas Pedrozo, Jean Pier Bayona De Las Salas,

Jhonny Manuel Cera Roa y Alejandro Enrique Cervantes

Atencio.

CAPITAL SOCIAL: $250.000.000.00.-------------------

---------------------------------------------------

En la ciudad de Barranquilla. Capital de departamento del

Atlántico. República de Colombia a los nueve (3 Días) del

mes de octubre del año Dos mil cstorce (2.014) ante mi ANA

DOLORES MEZA CABALERO. Notaria Segunda de círculo de

Barraquilla. Comparecieron: Elkin Alfonso Villalobo

Hurtado, Jan Carlos De Aguas Pedrozo, Jean Pier Bayona De

Las Salas, Jhonny Manuel Cera Roa y Alejandro Enrique

Cervantes Atencio. Mayores de edad. Vecinos de esta

ciudad. Identificado con los documento de identidad N°

1.129.524.330 expedida en Barraquilla, segundo

identificado con el Nº1.001.911.445 expedida en

Barranquilla, el tercer identificado con El N° 960610-

06386 expedida en Barranquilla, la cuarta identificada con

el N° 1.045.950.329 expedida en Barranquilla y el quinto

identificado con el N° 1.127.586.478 expedida en

Barranquilla, de nacionalidad Colombiana respectivamente

y quienes actúan en sus propios nombres y quienes dijeron

que por medio de esta escritura pública constituyen una

sociedad de responsabilidad limitada. Que se rige en

conformidad con los siguientes estatutos.----------------

-------

ARTÍCULO 1º: RAZÓN SOCIAL.- La sociedad se denominara

COMERCIALIZADODA ROTWAL LTDA.---------------------

ARTICULO 2º:DOMICILIO.-El domicilio social de esta

compañía es en la ciudad de Barranquilla. Departamento del

Atlántico. En la República de Colombia.

Siendo entendido que podrá establecer sucursales o

agencias en otras ciudades del país y/o del exterior.

De conformidad con lo que establece el literal k.) Del

artículo (12) de estos estatutos.---------------

WK 1920370

Page 2: Escritura publica CAJEB

ESTE PAPEL NO TIENE COSTO PARA EL USUARIO

ARTICULO 3º: OBJETO SOCIAL.- comercialización y

distribución de ropa para damas y caballeros. En

desarrollo de su objeto social la sociedad podrá tomar la

representación o agenciamiento de otras entidades con

sociedades nacionales. Con personas naturales o jurídicas.

Que tengan un objeto similar. También podrá adquirir,

conservar, gravar, toda clase de bienes e inmuebles y

alquilar espacios publicitarios e intermediación de medios

masivos. En su ejercicio de su objeto social la sociedad

podrá: a) Celebrar toda clase de contratos y actos de

comercio, realizar actividades mercantiles, adquirir

bienes de cualquier naturaleza, muebles e inmuebles,

corporales e incorporales, maquinarias y equipos y

enajenación de cualquier título los bienes de que sean

propietarias: b) dar y recibir en garantía de obligaciones

bienes e inmuebles y tomar y dar en arrendamiento u opción

bienes de cualquier naturaleza: c) Actuar como agente o

representante de empresas nacionales o extranjeras que se

ocupen de los mismos negocios o actividades: d) Adquirir

y constituir sociedades de cualquier naturaleza,

incorporarse en compañías ya sea constituidas o fusionarse

con ellas, siempre que tengan objetivos iguales, similares

o complementarios: e) Celebra toda clase de contrato y

operaciones con títulos valores tales como adquirirlos, o

tocarlos, negociarlos, avalarlos, protestarlos,

cobrarlos, etc. f) Celebrar toda clase de operaciones que

sean necesarias o convenientes para el logro o desarrollo

del objeto social.

ARTÍCULO 4º: DURACIÓN.-El termino de duración de la

sociedad es de quince (15) años que empieza a contarse a

partir del día de hoy, pudiendo ser prorrogado por

voluntad de los socios, en cuyo caso tal decisión deberá

ser consignada por escritura pública a fin que surta todos

los efectos legales.

ARTÍCULO 5º: RESPONSABILIDAD DE LOS SOCIOS.- la

responsabilidad de los socios queda limitada al valor de

sus aportes.

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Page 3: Escritura publica CAJEB

ESTE PAPEL NO TIENE COSTO PARA EL USUARIO

ARTÍCULO 6º:CAPITAL SOCIAL.-El capital

social de la compañía es el de

TRESCIENTOS MILLONES DE PESOS

($250.000.000) MONEDA LEGAL COLOMBIANA,

que los socios han cubierto en dinero

en efectivo que la sociedad ha recibido

a satisfacción que se describe así:

NOMBRE DE LOS SOCIO CUOTA

APORTES

Elkin A. Villalobos Hurtado 500 $100.000

JEAN CARLOS DE AGUAS PEDROZO 500 $100.000

JEAN PIER BAYIONA DE LAS SALAS 500

$100.000

ALEJANDRO E. CERVANTES ATENCIO 500 $100.000

JHONNY MANUEL CERA ROA. 500 $100.000

TOTALES------------------- 2.500

$250.000.000

ARTÍCULO 7º: PARTES SOCIAL - CESIÓN.- Para efecto de la

representación y votación de la junta de socios, el

capital queda dividida en DOS MIL QUINIENTA (2.500) cuotas

o aportes de interés social, por un valor nominal de CIEN

MIL PESOS ($100.000) cada una. Las partes que constituye

el interés social, no son negociables en el mercado, pero

podrán cederse mediante escritura pública de conformidad

con los artículos 362 a 366 de código de comercio--------

---

ARTICULO 8º:REALIDAD DE LOS APORTES.- Todos los socios

decidirán que sus aportes respectivos han sido pagado

realmente en su totalidad---------------

ARTÍCULO 9º: ÓRGANOS DE LA SOCIEDAD.- La sociedad tendrá

los siguientes órganos: a)La junta de socios, b) el

representante legal c)el gerente o en su defecto podrá ser

reemplazado por el subgerente, en sus faltas absolutas o

temporales con las mismas facultades.--------------------

---------------------

ARTICULO 10º: DE LA JUNTA DE SOCIOS.- la junta de socios

estará integrada por todos los socios de la compañía y

será por consiguiente, el órgano supremo de la sociedad.

Cada parte en él se haya divido el

Page 4: Escritura publica CAJEB

ESTE PAPEL NO TIENE COSTO PARA EL USUARIO

Capital social para los efectos de la representación y

votación, dará derecho a un voto de las deliberaciones y

decisiones de la junta de socios.

ARTÍCULO 11º: REUNIONES.- la junta de socios podrá

reunirse extraordinariamente cada vez que la Convoque el

administrador o uno de los socios. Para este efecto, la

convocatoria deberá ser escrito: sus reuniones ordinarias

se verificaran el día diez (10) del mes de junio de cada

año. En consecuencia, el administrador avisara en las

comunicación de convocatoria, la hora el día y el lugar

de la reunión, mediante la comunicación recomendada por

lo menos diez (10) días de anticipación: cuando la reunión

tenga por objeto la respectiva aprobación de los balances

de ejercicios, la convocatoria se hará, siquiera con la

antelación de quinces (15)días hábiles, la junta de los

socios podrá acordar reuniones periódicamente para

enterarse oportunamente del desarrollo de la empresa y

adoptar, si fuera necesario las medidas y decisiones

aceptadas.-------------------------------

ARTICULO 12º: FUNCIONES DE LA JUNTA DE SOCIOS.- son

funciones de la junta de socios: a)designar o promover

libremente al administrador así como los demás

funcionarios o empleados que haya de desempeñar cargos

cuya creación también se le compete y fijar sus

remuneraciones: b)Crear nuevos cargos, fijarles sus

funciones y remuneración, en cuanto no haya resuelto

delegar en la administración tales funciones: c)examinar,

fenecer o improbar los balances que sean presentados por

el administrador: d.) decretar la distribución de

utilidades y cancelación de las perdidas sociales :

e)ordenar la constitución de fondos especiales de

reservas: f)considerar los informes del administrador y

de los empleados de la compañía: g)decretar la enajenación

total de los bienes de la sociedad: h) decidir sobre las

aprobaciones de contrato implique la incorporación de la

sociedad en otras funciones con cualquier otra sociedad

objeto análogo: i) decidir sobre la aprobación de

cualquier cesión de derechos sociales que un socio

proyecte hacer a favor de un tercero: j) autorizar la

celebración de contratos en la sociedad entre como socios

o accionistas: k) decretar el cambio del objeto social,

la prórroga

Page 5: Escritura publica CAJEB

ESTE PAPEL NO TIENE COSTO PARA EL USUARIO

Del término de la compañía o su

disolución extraordinaria: la creación

de sucursales, agencia o factoría en

otras ciudades del país y/o del

extranjero. Previa observancia de las

disposiciones que rigen para tales

casos: l) decretar el cambio de

domicilio social.2) decidir sobre la

admisión de Nuevos socios. m) designar

apoderados generales o especiales

señalar las atribuciones para el desempeño del mandato.

n) en general, aquellas que el confieren a en otra parte

de estos estatutos y las que les corresponde como

autoridad suprema de la sociedad ------------------------

---------------

ARTÍCULO 13º:MAYORÍA EN LA DECISIONES DE LOS SOCIOS.- Se

requiere votos unánimes de las partes de intereses en que

se considera dividido el capital social, para el ejercicio

de todas las atribuciones que competen a la junta de

socios-------------------

ARTICULO 14º: ADMINISTRACION.- La sociedad tendrá un

administrador y el representante legal lo remplazara en

sus faltas temporales o absolutas que serán designados por

la junta de socios para o periodo de dos años pudiendo ser

reelegido indefinidamente. Cuando se produzca el cambio

del administrador o representante legal, o de ambos, tal

decisión a de ser comunicada en forma inmediata a la Cámara

de Comercio para que esta entidad se tomen los datos que

sean del caso------------------------

ARTICULO 15º: POSICIÓN DEL ADMINISTRADOR.- La junta de

socios delega en el administrador las siguientes funciones

administrativas y uso de la razón social, dentro de los

límites y con los requisitos que señalen estos estatutos

, a saber: enajenar, transferir, comprometer, arbitrar,

interponer toda clase de recursos, comparecer en los

procesos en que se discutan el dominio y propiedad de los

bien sociales, mutar de forma de dichos bienes gravarlos

comprendas o hipoteca o limitar su dominio en cualquier

forma: recibir dinero en mutuos, celebrar el contrato de

cambio en todas sus manifestaciones, firmar letras,

pagares, cheques, libranzas, y cualquier otro instrumento

negociable , tenerlos

Cobrarlos, pagarlo, descargarlo: constituir apoderados

especiales y en fin representar a la sociedad en todos los

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Page 6: Escritura publica CAJEB

ESTE PAPEL NO TIENE COSTO PARA EL USUARIO

casos. Es entendido que los cheques que gire la compañía

serán firmados por el administrador----------------------

-----------------------

ARTICULO 16º: FALTAS DEL ADMINISTRADOR.- En los casos de

faltas absolutas o temporales del administrador, este será

reemplazado por el representante legal, quien tendrán las

mismas facultades del primero ----------------------

ARTICULO 17º: UTILIDADES Y PERDIDAS.- Las utilidades y las

perdidas serán distribuida proporcionalmente a los aportes

previos descuentos para la reserva legal y de los

impuestos sobre la renta-------------------

ARTÍCULO 18º: INVENTARIO Y BALANCES.- Mensualmente se hará

un balances de prueba de la sociedad y se verificara un

inventario y balances general y estos serán la base para

la liquidación de las utilidades y perdidas--------------

----------------------------

ARTÍCULO 19º: PROHIBICIONES.- Se prohíbe los socos, en

particular: comprender como fiadores en garantía de

obligaciones de terceros, como representantes de la

sociedad.----------------------------------------

ARTICULO 20º:DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN.-La sociedad se

disolverá antes del término fijado en estos estatutos

cuando se hayan presentado perdidas que disminuyan el

capital social al 50%, por decisión unánime de la junta

de socios, cuando el número de socios supere los 25 y por

las demás causales que indique la ley. La muerte de alguno

de los socios no implica la disolución de la sociedad: en

este caso, los herederos de los socios difuntos se harán

representar por uno solo de ellos, ante la compañía y

junta de socios. La liquidación de la sociedad se

efectuara por un liquidador designado por la junta de

socios, con aprobación de la mayoría absoluta de los

socios que representen las partes de intereses sociales

en que se considera dividido el capital. Disuelta la

sociedad no podrá iniciar nuevas operaciones en desarrollo

de su objeto social, pero conserva su capacidad jurídica

para llevar a efecto todos los actos tendientes a la

liquidación en los

Page 7: Escritura publica CAJEB

ESTE PAPEL NO TIENE COSTO PARA EL USUARIO

Términos de los artículos 238 y

concordantes del código del comercio.-

-------------------------------

ARTÍCULO 21º: FUNCIONES DEL

LIQUIDADOR.-El liquidador ejercerá sus

funciones ciñéndose a las indicadas en

el artículo 238 del código de

comercio. El mandato del liquidador es

revocable por la junta de socios.----

---------------

ARTICULO 22º: LIBRO DE SOCIOS.-La sociedad tendrá un libro

de inscripción de socios debidamente registrado en la

cámara de comercio en la cual se anotaran el nombre,

domicilio, nacionalidad, documento de identificación y

numero de partes poseídas, al igual que los gravamen que

los afecten y las transacciones efectuadas.--------------

-------

ARTÍCULO 23º: RESERVA LEGAL.- La sociedad constituirá una

reserva legal la cual debe ascender por lo menos al 50%

del capital social que se formara con el 10% de las

utilidades liquidadas de cada ejercicio. Cuando la reserva

legal llegare al 50% atrás señalado, no será necesario

seguir aportando el 10% pero si se disminuyere, se

procederá a su reajuste.----------------------------

ARTICULO 24º: INSPECCIÓN A LOS LIBROS Y CUENTAS DE LA

SOCIEDAD.- la inspección de los libros de y cuentas de la

sociedad, de sus cajas, cartera, documentos, balances,

comprobantes, etc., es permitida solamente a aquellas

personas que la ley determine con facultad para hacerla y

a sus socios: igualmente le es permitido a los empleados

de la sociedad cuyos deberes lo requieran.

ARTÍCULO 25º: REFORMA DE LOS ESTATUTOS.- las reformas de

los estatutos, tales como el aumento del capital social,

la prórroga de la vigencia de la sociedad y cualquier otra

modificación acordada por la Junta de socios en virtud de

las atribuciones legales, será consignada en escritura

pública, que otorgan en nombre de la sociedad el gerente

o quien haga sus veces insertando en ella el acta o actas

respectivas. ---------------------------------------

ARTICULO 26º: CLAUSULA COMPROMISORIA-. Serán sometidos a

decisión arbitral de conformidad con los que disponen los

artículos 2011 a 2025 del código de comercio, las

diferencias que ocurran a los socios entre sí por razón

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Page 8: Escritura publica CAJEB

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de su carácter de tales durante el contrato, al tiempo de

disolverse la sociedad o en el periodo de su liquidación.

PARÁGRAFO: Se entiende por parte de persona o grupo de

personas aquellas que sostengan la misma pretensión. ----

------------------------------------

ARTICULO 27º: NOMBRAMIENTOS.- Desígnese como

administrador a: ELKIN A. VILLALOBO HURTADO Identificada

con cedula de ciudadanía No 1.129.524.330 Barranquilla y

como representante legal a: JEAN PIER BAYONA DE LAS SALAS

documento de identificación como aparece a pie de este,

respectivamente, quienes ejercerán los cargos mientras no

se registren nuevos nombramientos en la cámara de

comercio. ------------

ARTICULO 28º: En todo lo no previsto en este contrato, la

sociedad actuara de conformidad con las disposiciones que

rigen para las sociedades de responsabilidades limitadas

y anónimas.----------------

Leído y aprobado que fue el presente instrumento, se firma

por los que en él hemos intervenido, previa la advertencia

del registro correspondiente en la cámara de comercio,-

DERECHOS NOTARIALES $1.573.381,00: Base de liquidación:

$80.000.000.00: Pagó 16% de IVA $251.741,00: Derecho 1681

de 1996. Se redactó en las hojas de papel sellado Nros.

WK=1920370-71-72-73.

ELKIN A. VILLALOBO H. __________________________

Firma

ELKIN A. VILLALOBO HURTADO

C.C Nº. 1.129.524.330

Teléfono: 3006331660

JAN C. DE AGUAS P.

__________________________

Firma

JAN CARLOS DE AGUAS PEDROZO

C.C Nº. 1.001.911.445

Teléfono:3005446069

Page 9: Escritura publica CAJEB

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JEAN P. BAYONA D.L.S.

__________________________

Firma

JEAN PIER BAYONA DE LAS SALAS

C.C Nº. 960610-06386

Teléfono: 3045933291

JHONNY M. CERA ROA

_________________________

Firma

JHONNY MANUEL CERA ROA

C.C Nº. 1.045.950.329

Teléfono:3002784619

ALEJANDRO E. CERVANTES A.

__________________________

Firma

ALEJANDRO ENRIQUE CERVANTES ATENCIO

C.C Nº. 1.127.586.478

Teléfono: 3017969459