funcion policial

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FUNCIÓN POLICIAL

E S T R U C T U R A.

ESTRUCTURA POLICIAL O JURISDICCIONES:

POLICIAS:

1.- Federal.

2.- Estatal.

3.- Municipal.

1.- FEDERAL:

Ejercito Y Fza. Aérea

Secretaria de la Marina.

PGR.

Secretaria de Seguridad Pública Federal.

2.- ESTATAL:

Agencia Estatal de Investigación.

Peritos.

Policía Estatal Preventiva (CIPOL).

Policia de Transito y Vialidad del Estado.

3.- MUNICIPAL:

Agentes de Seguridad Pública Municipal.

Transito Municipal.

Heroico Cuerpo de Bomberos.

SEGURIDAD PÚBLICA.

SEGURIDAD PUBLICA:

Función a cargo del Estado que tiene como fines salvaguardar la

integridad y los derechos de las personas así como conservar las

libertades, el orden y la paz publica.

ETAPAS HISTORICAS DE LA POLICIA A NIVEL

NACIONAL:

1.- Equivoca.

2.- Empírica.

3.- Científica.

POLICIA EQUIVOCA:

Esta etapa se caracterizó por el empleo de delincuentes como policías,

basados en el hecho del conocimiento previo de la delincuencia que ellos

tenían, se optó por atacar FUEGO CON FUEGO.

Precisamente esta “experiencia” hace

que estos policías terminen por

convertirse nuevamente en delincuentes,

solo que esta vez al amparo de una placa.

POLICIA EMPIRICA:

Se caracterizó por haber “terminado” con la etapa equívoca, sustituyendo

por completo a los delincuentes por personas de reconocida solvencia

moral, alto sentido de la ética y la responsabilidad y todas las bondades de

un ser humano.

SANTA LUCIA

POLICIA EMPIRICA: ¿Por qué fracaso?

La inexperiencia de las personas contratadas, aunado a la falta de

capacitación especializada orilló a los nuevos elementos a recurrir a los

antiguos policías, dando con esto, un salto en reversa y continuidad a las

antiguas prácticas.

POLICIA CIENTIFICA:

Inicio hace apenas unas cuantas décadas, caracterizada principalmente por

la capacitación de los elementos de policía y los procesos de reclutamiento

y selección de personal.

En la actualidad atravesamos por esta etapa de la policía, estando esta

encaminada a profesionalizarse, buscar lazos entre los servidores públicos

y la ciudadanía, pero sobre todo, RECUPERAR LA CONFIANZA DE

LA SOCIEDAD EN LA LABOR POLICIAL.

C O N C E P T O S .

SANTA LUCIA

POLICIA:

CONCEPTO:

La palabra policía viene del latín policía y del griego politeia, que quiere

decir el buen orden que se observa y guarda en las ciudades y repúblicas,

cumpliéndose las leyes para un mejor gobierno.

POLICIAL:

CONCEPTO:

Las instituciones encargadas de mantener el orden público y la paz social.

FUNCIÓN POLICIAL.

SANTA LUCIA

FUNCION POLICIAL:

El concepto Función de policía, es considerada como una función

administrativa, función que como policía tiene como objeto principal

proteger el orden y el bienestar social contra todo acto que atente

quebrantarlo, en lo individual como en lo colectivo.

A la Policía se le atribuye el papel de “vigilar el orden de las poblaciones y

ciudades”. A solicitud expresa puede auxiliar al Ministerio Público.

Al policía preventivo le corresponde preservar la vida e integridad de las

personas y permitirles el libre ejercicio de sus derechos. En ello se incluyen

todas las personas y toda clase de derechos: garantías constitucionales y

sociales, derechos patrimoniales, públicos y privados. Aquí se incluye la

protección de instalaciones y servicios estratégicos del país como un factor de

importancia.

La obligación de la policía no es la de hacer imposibles las faltas y delitos,

sino de hacer lo posible por evitarlas.

La policía coadyuva al cumplimiento de la ley en el marco de la atribución que

este mismo artículo confiere a la autoridad administrativa, para aplicar las

sanciones por los reglamentos gubernativos y de policía (multa o arresto).

A T R I B U C I O N E S .

SANTA LUCIA

I. Prevenir la comisión de delitos y las faltas administrativas que determinen

las leyes federales;

II. Intervenir en materia de seguridad pública, en coadyuvancia con las

autoridades competentes, en la observancia y cumplimiento de las leyes;

III. Garantizar, mantener y restablecer el orden y la paz públicos, salvaguardar

la integridad de las personas, así como prevenir la comisión de delitos.

BASES PARA LA SEGURIDAD

PÚBLICA.

El orden público se logra mediante:

1. La observancia de las leyes y los reglamentos.

2. El respeto y preservación de la integridad física y psicológica de las

personas, cualquiera que sea su condición, edad o sexo.

3. El respeto al ejercicio de derechos y libertades de terceros.

4. El buen funcionamiento de los servicios públicos y aquellos privados de

acceso público.

5. La conservación del medio ambiente y de la salubridad general.

6. El respeto, en beneficio colectivo, del uso y destino de los bienes de dominio

público.

7. Proponer la participación vecinal y el desarrollo de una cultura cívica que

propicie una convivencia armónica y pacífica en el país.

F U N C I O N E S .

Una de las funciones correspondientes al Estado, es procurar y

salvaguardar el bien común en la sociedad.

La conservación de orden público, es una de las condiciones

indispensables que toda sociedad necesita como expresión del bien

común y que el Estado debe garantizar.

FUNCIONES POLICIALES:

PREVENTIVAS:

Se encargan de estas los municipios, encausados principalmente, en

mantener el orden y la paz social, salvaguardar el patrimonio y la

integridad de las personas.

FUNCIONES POLICIALES:

INVESTIGACION:

Es el poder ejecutivo a través del Ministerio Público quien se encarga de

la investigación y persecución del delito, es decir la procuración de

justicia.

El artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

establece desde 1994 cuatro principios de actuación con respecto a toda la

función policial: legalidad, eficiencia, profesionalismo y honradez.

La actuación de los integrantes de la Policía, invariablemente deberá sujetarse a

los principios de legalidad, eficiencia, profesionalismo y honradez, como un

presupuesto indispensable para el correcto ejercicio de las atribuciones que las

Leyes y Reglamentos les confieren, debiendo entenderse por cada uno de ellos,

lo siguiente:

LEGALIDAD:

El comportamiento de los Integrantes de la Policía debe estar basado siempre

en un profundo conocimiento del marco normativo que rige el ejercicio de sus

atribuciones, así como en la observancia puntual de éste.

EFICIENCIA:

Un Integrante de la Policía debe alcanzar permanentemente los mayores y

mejores índices de eficiencia y eficacia en el ejercicio de sus atribuciones

legales en beneficio de la sociedad y de la paz pública.

PROFESIONALISMO:

Las actividades de un Integrante de la Policía deben guiarse permanentemente

por la capacitación derivada del ejercicio de sus funciones y por la

actualización en las técnicas relacionadas con su desempeño.

HONRADEZ:

Cualquier Integrante de la Policía debe mostrar en su actuar cotidiano probidad,

absteniéndose de solicitar o aceptar en su caso, cualquier compensación o

remuneración distinta a la que tiene derecho.

DISCIPLINA:

Cualquier Integrante de la Policía debe enmarcar su conducta en la más estricta

disciplina, tanto en la obediencia a sus superiores como en el hacer cumplir las

órdenes al personal a su mando, siempre en el marco de la Ley y bajo un

estricto respeto a los derechos humanos.

MARCO LEGAL DE LA SEGURIDAD

PÚBLICA

SANTA LUCIA

MARCO LEGAL DE LA SEGURIDAD

PÚBLICA

1. Constitución federal.

2. Constitución local.

3. Código penal y de procedimientos.

4. Bando de policía y buen gobierno.

5. Otras leyes aplicables.

ORGANIZACIÓN CORPORATIVA

POLICIAL.

ORGANIZACIÓN:

La unión de dos o mas personas en forma ordenada que siempre buscaran

la obtención de un fin común.

CORPORATIVA:

Es la designación de funciones específicas de cada uno de los miembros

de la corporación, dando como resultado la formación de cuerpos o

estructuras que satisfacen distintas necesidades.

POLICIAL:

Las instituciones encargadas de mantener el orden público y la paz social.

LA FUERZA PUBLICA.

SANTA LUCIA

LA FUERZA PUBLICA:

Institución gubernamental integrada por agentes de la autoridad bajo la

dependencia del poder ejecutivo y tiene por objeto mantener el orden, la

seguridad y la tranquilidad interior y exterior del estado.

PLANES DE SEGURIDAD

PÚBLICA.

SANTA LUCIA

PLANES DE SEGURIDAD PÚBLICA:

La seguridad pública es una función a cargo de la Federación, el Distrito

Federal, los Estados y los municipios, en las respectivas competencias que

esta Constitución señala. La actuación de las instituciones policiales se

regirá por los principios de legalidad, eficiencia, profesionalismo y

honrradez. La Federación, el Distrito Federal, los Estados y los municipios

se coordinarán, en los términos que la ley señale, para establecer un

sistema nacional de seguridad pública.

Los Planes de Seguridad Publica son muy claros, establecen las bases de

coordinación para la prevención, persecución, administración de justicia y

la reaserción social del delincuente, lo cual compromete un denodado

esfuerzo de coordinación entre la Federación, los Estados y los

Municipios para que con la participación de la ciudadanía se alcancen los

fines previstos en dichos planes.

La Seguridad Pública, sin duda alguna, constituye el reclamo social que

más apremia respuestas claras y permanentes.

Enfrentar con decisión el reto de alcanzar los niveles de seguridad que los

ciudadanos demandan como un derecho humano compartido, exige la

estricta aplicación de la ley, la capacidad, honradez de las instituciones y

los servidores públicos así como la participación de la sociedad, como

elemento fundamental en las decisiones y acciones de gobierno en este

tipo de materia.

Eje Uno:

Formación y Profesionalización de los Cuerpos de Seguridad.

Eje Dos:

Equipamientos para la Seguridad Pública.

Eje Tres:

Plataforma México, conformada por la Red Nacional de Telecomunicaciones y

números de emergencia y denuncias anónimas.

Eje Cuatro:

Registro Público Vehícular.

Eje Cinco:

Infraestructura para Seguridad Pública.

Eje Seis:

Instancias de Coordinación.

Eje Siete:

Combate al Narcomenudeo.

Eje Ocho:

Operativos Conjuntos.

Eje Nueve:

Participación de la Comunidad en la Seguridad Pública.

IMPEDIMENTO DEL CUMPLIMIENTO DE LAS MISIONES PARA LAS QUE HAN SIDO CREADAS LAS FUERZAS ARMADAS

SU PARTICIPACION ES CARA, POCO EFECTIVA Y TIENDE A CORROMPER MANDOS

REALIZA MISIONES ESPECIFICAS Y CONTUNDENTES POR LO QUE SE CONTRAPONE A TENER LA CAPACIDAD DE

MEDIACION Y COMUNICACION

ESTA EN TERCER LUGAR DE ACEPTACION PERO CADA VEZ MAS SE VE MENOS OPTIMISTA ESTA POSICION

CREACION DE LA IDEA DE QUE TODO ES UN DISFRAZ QUE NO PERMITE LA RENDICION DE CUENTAS (FISCALIZACION DE

GASTOS)

RATIFICAR CONDUCTAS PROHIBIDAS, DURANTE LA ACTUACIÓN DEL PNAL.

EN MATERIA DE DD.HH. FALSEDAD DE DECLARACIÓN;

TORTURA; LESIONES; INCOMUNICACIÓN; PRIVAR DE LA VIDA; INTIMIDACIÓN; DESAPARICIONES FORZADAS;

DETENCIÓN ILEGAL; ABUSO DE AUTORIDAD; AMENAZAS; ALLANAMIENTO DE MORADA; CATEOS ILEGALES; TRATO INDIGNO; DAÑO EN PROPIEDAD AJENA; FORZAR PARA DECLARAR EN SU CONTRA; TOMAR DECLARACIONES;

ROBO; PILLAJE; ETC.

CAPITULO II EJERCICIO INDEBIDO DE SERVICIO PUBLICO CAPITULO III ABUSO DE AUTORIDAD

CAPITULO III BIS DESAPARICION FORZADA DE PERSONAS

CAPITULO IV COALICION DE SERVIDORES PUBLICOS

CAPITULO V USO INDEBIDO DE ATRIBUCIONES Y FACULTADES CAPITULO VI CONCUSION

CAPITULO VII INTIMIDACION

CAPITULO VIII EJERCICIO ABUSIVO DE FUNCIONES

CAPITULO IX TRAFICO DE INFLUENCIA

CAPITULO X COHECHO CAPITULO XI COHECHO A SERVIDORES PUBLICOS EXTRANJEROS

CAPITULO XII PECULADO CAPITULO XIII ENRIQUECIMIENTO ILICITO

EVITAR POR CUALQUIER MEDIO LA CORRUPCIÓN

DAR PARTE DE CUALQUIER CASO O ACTO DE CORRUPCION Y EN CUALQUIER NIVEL

RECUERDA QUE ES MEJOR SOPORTAR 15 DIAS ARRESTADO QUE 15 AÑOS EN PRISION

OBSERVACION Y PATRULLAJE

PATRULLAJE

La función del patrullaje tiene la intención de

disuadir la comisión de faltas y delitos, así

como la proximidad al momento de

reaccionar ante un delito en flagrancia.

OBSERVACIÓN DURANTE EL PATRULLAJE.

Es imprescindible observar sistemáticamente los hechos que puedan esconder una segunda intención ilegal.

Para hacer observaciones sistemáticas y objetivas, hay que estar al día sobre los métodos o modus operandi que son empleados por los delincuentes y reconocer las diferentes fases de estos métodos.

Los delincuentes suelen moverse por hábitos. Mientras el método es efectivo, lo mantienen.

A pesar de todo, son bastante dinámicos y eso requiere, por parte de los policías, una continua actualización en el conocimiento de las formas de trabajo habituales.

Hay que observar especialmente las personas siguientes:

Las personas que desentonan claramente en el lugar y no son habituales del barrio.

Las personas que, sin aspecto de ir de viaje, se desplazan llevando maletas o bolsas.

Las personas que se desplazan por una misma zona durante mucho rato.

Las personas, en el interior de vehículos que están parados, que observan a otras personas o establecimientos.

Las personas que discuten.

Las personas que corren huyendo.

Las personas que prueban a abrir insistentemente las cerraduras de los coches.

Las personas que observan a los tras huyentes desde puntos ligeramente escondidos.

Observación de personas

Las tiendas que tienen persianas media abiertas en horas no comerciales.

Los vehículos abandonados

Los vehículos con muchos objetos colocados en su interior de forma desordenada.

Los vehículos parados que parezcan que llevan exceso de peso.

Las cajas abandonadas que, por su aspecto, puedan guardar alguna cosa útil.

Herramientas abandonadas tales como gatos hidráulicos, palancas o cizallas.

Los vidrios rotos en la vía pública que puedan proceder de ventanas.

Las escaleras o cuerdas que van a parar a ventanas.

Observación de lugares y objetos:

TIPOS DE PATRULLAJE

Los patrullajes policiales, para su mejor asignación consideran varios factores: ubicación, condición temporal y medios utilizados, lo que permite prever los recursos humanos y materiales que se utilizarán en el cumplimiento de la misión.

Según su ubicación: Urbanos y rurales.

Atendiendo a su condición temporal: Diurnos y nocturnos

Según el medio que se utilice: A Pie o en vehículo

PATRULLAJE A PIE

Ventajas

Ofrece máxima oportunidad de observar durante los desplazamientos

Se realiza un buen contacto ciudadano

Es posible vigilar lugares donde el vehículo no puede acceder

Ofrece mayor rapidez para reaccionar

Desventajas

Produce mayor agotamiento físico

La zona de patrullaje que se recorre es reducida

El recorrido es lento

No se puede perseguir a un delincuente que va en automóvil

Los fenómenos meteorológicos interfieren en el patrullaje

PATRULLAJE CON VEHÍCULO AUTOPATRULLA

Ventajas

Vigilar el sector con mayor cobertura, en menor tiempo.

Permite el transporte de detenidos.

Dar seguimiento o alcance a sospechosos o delincuentes que huyen en otro vehículo.

Se puede transportar equipo policial adicional.

Se realiza con pocos elementos policiales.

Desventajas

Puede ser afectado por desperfectos mecánicos.

Existe menor posibilidad de observación durante el desplazamiento.

Se pierden algunos contactos ciudadanos.

No se puede ingresar a lugares estrechos.

PATRULLAJE EN MOTOCICLETA

Permite desplazarse con rapidez.

Permite que el desplazamiento se realice en silencio.

Permite ingresar en lugares donde el auto patrulla no puede.

Permite mayor contacto ciudadano.

Es de menor costo.

PATRULLAJE EN

BICICLETA

MÉTODOS DE PATRULLAJE

a) Patrullaje Fijo: Este se da seleccionando puntos de permanencia, con horarios o intervalos precisos.

b) Patrullaje Móvil: Es el que se realiza cuando la fuerza se desplaza por determinadas zonas, variando las rutas y horarios.

c) Patrullaje Mixto: Es el que se realiza combinando los dos métodos anteriores.

d) Patrullaje encubierto: El patrullaje no visible se realiza sin identificarse como policía hasta que el cumplimiento de la misión lo amerite o se produzca la intervención ante un hecho delictivo en flagrancia.

CANDADOS FISCALES

TIPOS DE CANDADOS

CANDADOS COMERCIALES CANDADOS FISCALES

SON DISPOSITIVOS DE

SEGURIDAD COLOCADOS

POR LAS EMPRESAS PARA

PROTECCION DE SU

MERCANCIA O CARGA.

SON DISPOSITIVOS DE

SEGURIDAD COLOCADOS POR

LAS ADUANAS, PARA LA

EXPORTACION O IMPORTACION

DE MERCANCIA.

CANDADOS FISCALES

CANDADO FISCAL ROJO CANDADO FISCAL VERDE

ES UTILIZADO PARA LA

EXPORTACION DE

MERCANCIA AL

EXTRANJERO.

SE EMPLEA PARA LA

IMPORTACION DE

MERCANCIA AL PAIS.

NOTA:

UNICAMENTE EXISTEN ESTOS 2 TIPOS O MODALIDADES DE

CANDADOS FISCALES EN NUESTRO TERRITORIO NACIONAL.

CARACTERISTICAS DE LOS

CANDADOS FISCALES

CUENTA CON 1 RESISTENCIA

MAYOR A LA DE 800 KGS. DE

FUERZA.

CUENTAN CON 2 DISPOSITIVOS

DE CIERRE.

CUENTA CON UNA NUMERACION

DE SERIE COLOCADA CON RAYO

LASER.

SU ESTRUCTURA ES DE

ACERO, CUBIERTO POR

PLASTICO.

SE DEBERA EJERCER CIERTA FUERZA SOBRE LOS CANDADOS PARA

COMPROBAR SI EFECTIVAMENTE SON REALES Y ASI VERIFICAR SI

NO SON SOBREPUESTOS.

INSPECCION FISCAL ADUANERA

ES LA ENCARGADA DE SUPERVISAR Y CONTROLAR LAS ADUANAS,

MANTENIENDO LA ESTRICTA RELACION DE CANDADOS FISCALES.

ESTO ANTES MENCIONADO SE LLEVA A CABO MEDIANTE UN LISTADO

DE NUMERO DE SERIE DE CADA UNO DE LOS SELLOS ( IMPORTACION

O EXPORTACION ).

COLOCACION DE LOS CANDADOS

SE COLOCARAN ANTES DE PASAR POR LA SELECCIÓN AUTOMATICA

SISTEMATIZADA. ESTO QUIERE DECIR ANTES DE PASAR POR EL

SEMAFORO.

FORMA DE REVISAR LA NUMERACION DE LOS CANDADOS FISCALES

DEBERAN CONTAR CON

NO MAS DE 8 DIGITOS.

EL 1er. DIGITO DEBERA

SER LA LETRA A

O

LA LETRA B .

LOS NUMEROS DE SERIE SE

VERIFICARAN CON EL

PEDIMENTO .

QUE EL

ADIESTRADO SEPA

DIFERENCIAR UN

CANDADO

COMERCIAL Y UN

CANDADO FISCAL Y

DE ESTA FORMA

NO SEA

SORPRENDIDO POR

PERSONAL QUE

SE DEDICA A

ACTOS ILICITOS.

OBJETIVO:

¿ PODEMOS ROMPER LOS

CANDADOS FISCALES ?

NO SE PUEDEN ABRIR

LOS CANDADOS

FISCALES.

SI PRESENTAN INDICIOS

SE INFORMARA AL A.M.P.F.

PARA ABRIRSE EN PRESENCIA

DE ESTA AUTORIDAD.

USO RACIONAL DE LA FUERZA

SANTA LUCIA

SOBRE EL USO RACIONAL DE LA FUERZA

Se considera de la mayor importancia regular el uso de la fuerza por parte de los policías que la ejerzan con el propósito de salvaguardar la integridad, derechos y

bienes de las personas, preservar las libertades, el orden y la paz públicos o prevenir la comisión de delitos, así como infracciones a las disposiciones administrativas

estatales y municipales.

PIRAMIDE DEL USO DE LA FUERZA

Definiciones

• Corporaciones.- Cuerpos policiales establecidos por la Ley de Seguridad

Pública que corresponde en cualquiera de los tres niveles de gobierno.

• Policía.- Miembro operativo de alguna corporación de seguridad pública.

• Uso legítimo de la fuerza.- La aplicación de técnicas, tácticas y métodos de control sobre las personas de conformidad con las reglas generales.

• Armas de fuego.- A las armas autorizadas para el uso de los policías de conformidad con la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos y su Reglamento.

Reglas Generales • Cuando en el cumplimiento de sus atribuciones un

policía utilice la fuerza, lo hará apegándose en todo momento a los principios de actuación policial, aplicando las siguientes reglas:

• El policía podrá hacer uso de la fuerza solamente en los casos en que estén en riesgo la vida y los bienes de personas e instituciones, el orden y la paz públicos, siempre que se haga de manera legal, racional, proporcional, congruente y oportuna.

• El uso de la fuerza es:

• I. Legal, cuando está contemplada por las disposiciones jurídicas consideradas en su marco normativo;

• II. Racional, cuando es la resultante de una decisión que considera el objetivo que se persigue, las circunstancias del caso y las capacidades tanto del sujeto a controlar, como del policía;

• III. Proporcional, cuando se aplica en la intensidad necesaria para lograr el control del sujeto de la forma que menos le perjudique y corresponda al nivel de resistencia o intensidad de agresión que tenga contra el policía o terceros;

• IV. Congruente, cuando es utilizada de manera tal que, en principio, pretenda lograr el resultado que el policía persigue;

• V. Oportuna, cuando se usa en la forma y el momento que se requiere para conseguir el resultado que se desea o evitar daños a terceros, sean físicos o en sus bienes, libertades, orden y paz públicos.

USO DE LA FUERZA

• Cuando se busque neutralizar la resistencia de una persona que está violando o acaba de violar alguna disposición jurídica; para cumplir un mandato ministerial o judicial, así como prevenir la comisión de delitos, privilegiará el uso de comandos verbales directos y, en caso que no sea obedecido, hará uso de la fuerza de la siguiente manera:

• I. Sin utilizar armas, cuando para vencer la resistencia pasiva de las personas realice acciones necesarias para tal propósito (comandos verbales).

• II. Arma no letal, cuando para neutralizar la resistencia activa o activa agresiva de una persona haga uso del equipo e instrumentos que tiene autorizados a portar, con la excepción de las armas de fuego (bastón policial PR-24, gas pimienta portátil e inmovilizador eléctrico, etc.).

• III. Arma de fuego, cuando se presente el caso de una resistencia agresiva agravada, que ponga en riesgo su vida o la de terceros.

Resistencia

• Existe resistencia pasiva cuando el sujeto no obedece comandos verbales, comunicados de manera directa por la autoridad que previamente se haya identificado como tal, y no realiza acciones que dañen a él mismo, a terceros o al propio policía.

• Hay resistencia activa cuando el sujeto realiza acciones con el propósito de dañarse, dañar al policía, a un tercero o a bienes muebles o inmuebles propios o ajenos.

• Hay resistencia agresiva cuando el sujeto realiza movimientos corporales que ponen en riesgo su propia integridad física, la del policía o de terceros.

• Hay resistencia agresiva agravada cuando las acciones del sujeto representen una agresión real, actual e inminente, que ponga en peligro la vida del policía o de terceros.

• Ver video

Circunstancias sobre el uso de la fuerza

• El policía puede hacer uso de la fuerza bajo las siguientes circunstancias:

• I. Cumplimiento de un deber, entendido como la actuación del policía, en observancia de la ley, para salvaguardar la integridad, derechos y bienes de las personas, preservar la libertad, el orden y la paz públicos y prevenir la comisión de delitos.

• II. Legítima defensa, cuando se reacciona a fin de contrarrestar una agresión real, actual e inminente para proteger bienes jurídicos propios o ajenos, siempre que exista necesidad de la defensa y racionalidad de los medios empleados y no medie provocación dolosa, suficiente e inmediata por parte del agredido o de la persona a quien se defiende.

• Aplicación correcta del uso de la fuerza del policía con el detenido

• En el cumplimiento de sus funciones, el policía debe agotar todos los medios no violentos disponibles para lograr su cometido; sin embargo, una vez agotados los medios no violentos o descartados estos, por inútiles o contraproducentes, el policía para cumplir su deber, no solamente puede, sino que esta obligado a emplear la fuerza de manera legítima, es decir, la fuerza racional y necesaria.

• Si las circunstancias lo permiten y no se comprometen la vida o la integridad propia o de terceros, el policía antes de emplear la fuerza, debe aplicar la siguiente escala:

Escala del uso racional de la fuerza

TÉCNICAS DE CONTROL

(Policía)

NIVEL DE RESISTENCIA

(Individuo)

Presencia del policía con

instrucciones verbales, claras y precisas.

Ausencia de resistencia

Presencia del Policía, advertencia verbal

enérgicas.

Resistencia psicológica

No obedece instrucciones verbales y trata de

superar mentalmente al policía.

Técnica “suave” (Aquella que no produce

lesiones, causa dolor leve o moderado,

ejerce puntos de presión)

RESISTENCIA PASIVA

No arremete, pero no obedece instrucciones

Técnica “suave” (Aquella que no produce

lesiones, causa dolor leve o moderado,

ejerce puntos de presión)

RESISTENCIA DEFENSIVA

No arremete, pero evita ser controlado

Técnica “dura” (Fuerza no mortal, uso de

agentes químicos, armas contundentes u

otras que causen dolor intenso e

inmovilización.

RESISTENCIA AGRESIVA

Agrede e intenta lesionar al policía y trata de

evadirse

Técnica “dura”

Fuerza mortal (Uso de armas de fuego u

otras técnicas extremas o letales)

RESISTENCIA AGRESIVA AGRAVADA

Agresión que puede causar graves lesiones o

la muerte al policía o a terceras personas

Equipamiento de apoyo autorizado para la función policial

• Son armas no letales, los instrumentos y equipo que sirven para el apoyo en la función policial para controlar a un individuo, dejarlo inmovilizado o repeler una agresión, tales como:

• I. Bastón policial PR-24 • II. Bastón policial telescópico o retráctil • III. Tolete • IV. Gas pimienta portátil • V. Agentes químicos al servicio de la Ley. • VI. Dispositivos eléctricos de control • Son accesorios de apoyo: • I. Esposas (flexibles, semi – rígidas y rígidas) • II. Grilletes de pulgares • III, Grilletes de cintura • IV. Cinchos de plástico

• Son armas letales: • I.-Armas de Fuego (corta y/o larga) • II.-cuchillos o navajas (tacticas y/o de supervivencia)

• Procedimientos Sistemáticos de Operación:

• Patrullaje • Atención de emergencias y denuncias ciudadanas • Revisión • Detención • Cumplimiento de mandamientos • Preservación del lugar de los hechos • Investigación • Intervención policial • Proximidad Social

POR SU ATENCION

GRACIAS.

TTE. A.B. MPI.ortiz

capolmil@hotmail.com

SANTA LUCIA

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