sobre las transferencias de competencias

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Page 1: Sobre las transferencias de competencias

EL DEDO EN LA LLAGA | ESTEBAN FARFÁN ROMERO

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ESTEBAN FARFÁN ROMEROE-Mail: [email protected]

Twitter: @EstebanFarfanR

“La verdad se corrompe tanto con la mentira como con el silencio” Marco Tulio Cicerón

Basta una rápida y simple lectura de la Ley de Transferencia de Competencias (LeyDepartamental 025), para concluir a qué nivel de ineptitud/mediocridad/necedad, han llegadonuestros políticos regionales y sus brillantes asesores.

Es muy decepcionante comprobar cómo la tozudez y la terquedad es más poderosa queel sentido común en algunos políticos. Un estudiante de Derecho fácilmente discierne/juzgamuy bien las decisiones desacertadas de los políticos del PAN sobre la Autonomía Regional, ysu proceso frustrado que no encuentra la ruta de curso.

Curiosamente los que embanderaron la Autonomía Regional, hacen lo posible porponerle palos en la rueda de la carreta para inmovilizar la misma. El año pasado (2010) hanintentado forzar la aprobación de un presupuesto reformulado del Chaco separado delDepartamental, vulnerando las normas como si el Chaco ya habría completado el procesoautonómico regional. Montaron una campaña publicitaria aplastante para convencer al puebloque tomaban la decisión correcta, y a los que advertíamos del error, no dudaron en desataruna feroz cruzada de desprestigio y descalificación despiadada sin responder (como siempre) alas observaciones. Como resultado de su tozudez y obstinación, la ejecución de lasSubgobernaciones y después de la Gobernación departamental se vio paralizada por el lapsode cuatro meses, ocasionando perjuicios enormes en la administración pública y en lapoblación, porque inmovilizó las cuentas, por lo tanto los proyectos. Después tuvieron queaceptar que estaban equivocados, y que teníamos la razón, pero el error estaba consumado ypor lo tanto los efectos perversos que ellos ocasionaron de forma deliberada.

Dijeron que era la última vez que sucedía (Cardozo), y que en la elaboración delpresupuesto 2011, el Chaco tendría su presupuesto independiente del Departamento, ynosotros insistimos que el mecanismo de un solo presupuesto Departamental iba a continuarmientras la autonomía regional no complete su proceso. El presupuesto de 2011, se aprobó dela misma forma que el reformulado 2010. Tuvieron que comerse en silencio y humillados susmismas palabras altisonantes, provocadoras y procaces.

La Asamblea Regional vergonzosamente tuvo que abrogar cinco Resoluciones Regionales(Nº 03 al 07), relacionadas a la aprobación de estos presupuestos, porque estaban fuera denorma.

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Ahora a los cuatro vientos nos piden (a los críticos y disidentes) que nos unamos a susdecisiones erráticas, torpes y despropósitos. Cuando se elaboró el Estatuto Departamental y laélite chaqueña llevó una propuesta burda y absurda (Libro V del Estatuto), nosotros advertimosde los peligros de ese esquema. En su momento dijimos nuestra palabra y no se nos escuchó.Más bien desplegaron una feroz campaña de desprestigio y descredito ante la poblaciónacusándonos de todo, pero no rebatieron ninguno de nuestros argumentos y advertencias.Dicho y hecho, el tiempo nos dio la razón. Estaban equivocados, pero el error ha persistido.

Luego por conveniencia, se pasaron al frente montados (ahora) en la AutonomíaRegional, que era como bajar del toco al piso. También les advertimos sobre los peligros yriesgos, pero no nos escucharon. La maquinaria política, publicitaria y la danza de dinero enlos medios pudieron más que nuestras razones y argumentos. Ganaron la elección engañandoal pueblo, presentando una figura autonómica que no existía en la Constitución. Las mediasverdades son más peligrosas que las mentiras, porque pasan como verdades.

Ahora nuevamente les advertimos que estaban yendo por mal camino cuando decidieronpedir las transferencias de competencias “transitorias” a la Asamblea Departamental. Salió unpelotón a fusilarnos por los medios de comunicación, disparando todo tipo de adjetivos encontra nuestra, pero no respondiendo a nuestros cuestionamiento. Otra vez el golpe en elmuro de la realidad por la tozudez y necedad. El problema es que ellos no son losperjudicados, sino la región.

Una de las características de nuestros políticos, es que son muy tercos, además dealtaneros, prepotentes y altivos. Contumaces. No se dejan ayudar, más bien disparan amansalva. Es muy peligroso acercarse mucho a intentar ayudarlos, porque así como el que seahoga puede acabar con la vida del que pretende salvarlo si es que no se administra bien elintento de rescate, de la misma manera uno puede salir muy herido si se deja llevar por las(aparente) buenas intenciones.

Primero hay que decir que nuestros políticos han demostrado fehacientemente quevuelan muy bajo, presos siempre a las coyunturas. De la Asamblea Regional, se ha esperado ladefinición de una agenda o una ruta crítica en el que se establezca los pasos a seguir paraobjetivar la autonomía regional. Nunca ha sucedido lo que aguardamos durante un año, másbien se han dedicado a todo menos a hacer lo que deberían realizar. Unos asambleístaspeleando contratos, otros buscando mayor cuota en las pegas, otros conformes con el jugosossalario que se auto asignaron, que no se preocupan por mejorar sus condiciones cognoscitivas.

Hace días me llamó uno de los asambleístas para pedirme que no les critique mucho,porque no son personas que “no poseen concomiendo de derecho constitucional y que estánaprendiendo”. O sea, que el pueblo tiene que pagarles un salario jugoso para que aprendan“recién” como administrar este proceso. Los asesores que tienen, arrancan lágrimas porque nohay uno que por lo menos tenga algún conocimiento mínimo de derecho constitucional,porque son amigos, hijo del concejal o activista político. Es decir, tenemos asambleístas queignoran absolutamente el proceso, entonces la pregunta del millos, ¿para qué se hicieron elegirasambleístas si no saben un rábano de autonomía? Es uno de los defectos de la democraciaque no filtra calidad.

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En el presente trabajo voy a hacer un análisis rápido de la ley departamental 025,aprobada por la Asamblea Departamental el 27 de mayo de 2010. La misma no fuepromulgada por el Gobernador interino Lino Condori porque, según él, tiene observaciones defondo. Prácticamente la misma se encuentra en el limbo legal en este momento porque no hacompletado su proceso para que se convierta en una ley vigente. La promulgación ypublicación. La polémica ley ha sido devuelta con observaciones a la Asamblea Departamentaly el presidente de la entidad legislativa Justino Zambrana, ha mostrado una actitud escurridizaa la decisión de promulgar.

La Asamblea Departamental ha decidido “analizar” las observaciones para tomar unadecisión. Todo indica que la ley será enviada al congelador, y si es que no es promulgadacorrerá la suerte de otras normas que están sin promulgar o están guardadas.

CONSTITUCIÓN DE LA AUTONOMÍA REGIONAL

Este apunte me parece muy importante subrayar, porque la Ley Marco establececondiciones para la constitución de una Autonomía Regional. Debe “haber formulado y puestoen marcha el Plan de Desarrollo Regional (PDR)” antes de su constitución (LMAD Art. 38),porque precisamente el objetivo de este modelo es convertir en un espacio de planificación ygestión de la inversión pública.

Como la Autonomía Regional fue decidida antes de la aprobación de la Ley Marco deAutonomías (Ley 031), este requisito no fue cumplido previamente, lo que no significa que nodebe contar con dicho documento importante para su operación y cumplimiento de suobjetivo.

Da la impresión que los único que no terminan de entender que recién comenzamos elproceso de la autonomía regional son los políticos del PAN. Lo único que hemos conseguidohasta ahora es la cualidad autonómica a través del referéndum autonómico realizado el 06 dediciembre de 2009 con un resultado contundente (SI 80.45%, NO 19.55%) en los tresmunicipios de la provincia Gran Chaco (Yacuiba, Caraparí y Villamontes), lo que deberíarepetirse el momento de la aprobación del Estatuto regional.

Mientras damos el segundo paso que es la redacción/aprobación del proyecto deEstatuto Regional por la Asamblea Regional por dos tercios de sus miembros, debemos estartrabajando en el Plan de Desarrollo Regional, porque este documento nos permitirá no sóloconcurrir la inversión pública regional de las entidades autonómicas, sino optimizar losrecursos públicos resolviendo los problemas que arrastramos de hace mucho.

Se dice que se trabaja este documento, pero me da la impresión que se esta haciendo demanera discrecional y con poca seriedad porque no se conoce la metodología de mismo. Laconfección de este documento debe ser participativo y resultado de mucho diálogo yconcertación regional. Hasta el momento no se conoce ni la metodología, todo indica que seelabora en algún gabinete de algún ministerio en La Paz.

QUÉ ES EL ESTATUTO

“Es una norma institucional básica de las entidades territoriales autónomas de naturalezarígida, cumplimiento estricto y contenido pactado y amparado por la Constitución Política del

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Estado, como parte integrante del ordenamiento jurídico, que expresa la voluntad de sushabitantes, define sus derechos y deberes, establece las instituciones políticas de las entidadesterritoriales autónomas, sus competencias, la financiación de éstas, los procedimientos a travésde los cuales los órganos de la autonomía desarrollarán sus actividades y las relaciones con elEstado”. (LMAD Art. 60)

La existencia de un Estatuto constitucionalizado/aprobado, es condición sine qua nonpara el ejercicio de la autonomía (LMAD, Art. 61, II), por lo que no se puede hablar de puestaen marcha de la autonomía, si es que no se cuenta con un estatuto aprobado. Por eso laimportancia de la redacción del proyecto de Estatuto por parte de la asamblea regionaltransitoria actual.

El proceso de construcción del proyecto del Estatuto Regional será muy complicadoporque hay muchas expectativas arraigadas en cada Sección Municipal que impedirán laconsolidación de consensos duraderos y constructivos. Pero no hay otro camino que enfrentareste difícil proceso que será parecido a un doloroso y largo parto. Se requiere de muchapaciencia y diálogo en el proceso de concertación del proyecto de Estatuto. Será una cirugíadel alto riesgo porque si no hay consenso en el contenido del Estatuto, y no se garantiza eléxito en el referéndum aprobatorio del Estatuto, la iniciativa volvería a fojas cero (LMAD Art.52.III). Una sola entidad (municipio) puede echar por tierra todo el proceso. Sería una granfrustración.

Ya fue una gran frustración, convencernos que la autonomía regional no es unaautonomía de verdad, sino un remedo de la misma, excesivamente restringida y limitada. Quela autonomía regional fue una estafa, que fue solo un medio para ganar elecciones del PAN y elMAS sonsacando al pueblo chaqueño que fue sorprendido en su buena fe, un pueblodesprevenido., ingenuo e incauto

Será muy complicado, dificultoso, tedioso, y requerirá de mucho desprendimiento,creatividad, empatía y buena voluntad de las partes para avanzar en el proceso de construcciónde consensos/acuerdos duraderos. Los que sin duda van a dificultar mucho este esfuerzo, vana hacer las élites localistas que buscaran por todos los medios preservar sus privilegios acualquier costo. Estas élites que están muy prendidas de los políticos que encabezan cadamunicipio, viven/succionan de los recursos de las regalías. Son las directas beneficiadas de lasinversiones públicas a través de contratos “privilegiados” y direccionados, y van a poner todossus esfuerzos para no perder el control de las mismas. Ahí será importante nuestraintervención, para desbaratar las complicaciones que deliberadamente pondrán en lasnegociaciones estos grupos de poder que solo piensan en ellos y no en la mayoría.

Después de la redacción del proyecto de Estatuto, este documento deberá serconsensuado/comunicado a la Asamblea Departamental y establecer compatibilidad para notener problemas de colisión con el Estatuto Departamental, que ya debería estar adecuado. Elactual presidente de la Asamblea Regional, Raúl Mansilla ha expresado que va a crear nivelesde coordinación institucional con la Asamblea Departamental para evitar repetir las dificultadesprovocadas por la anterior gestión. Creo que en este proceso de construcción, las decisionesdeben ser asumidas por consenso y no por la fuerza como ha sucedido con la Ley deTransferencia de Competencias al Chaco.

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Una vez consensuado el proyecto de Estatuto Regional, este debe ser remitido al TribunalConstitucional para su revisión técnica y posterior constitucionalización si es que no existieranobservaciones (LMAD 53.II).

Después la Asamblea Regional recién debe pedir las competencias a la AsambleaDepartamental, que éstas deben ser transferidas en un plazo de ciento veinte días. Perotécnicamente para ello se requiere que el SEA (Servicio Estatal de Autonomías), acompañe elproceso monitoreando (LMAD Art.77), además que ya debería estar establecido el pacto fiscalque será el que finalmente establezca el coste competencial.

Luego la Asamblea Regional debe pedir el Tribunal Electoral Departamental (antes CorteDepartamental Electoral), la convocatoria a un referéndum regional aprobatorio del proyectode Estatuto regional. Es decir, sólo los chaqueños (Yacuiba, Caraparí y Villamontes) votaremosdicho Estatuto, lo que significa que cada entidad participante (municipio) debe dar su votopositivo al mismo. En caso de que en una de las entidades el voto sea negativo, el proyecto deestatuto queda sin efecto/consecuencia y el proceso autonómico frustrado (LMAD Art. 52.III),hasta después de cinco años.

Insisto. Por eso es importante establecer mecanismos de diálogo/concertación/acuerdo,negociación entre los tres municipios con el fin de garantizar el éxito de la misma. En caso quese frustre el proceso, la iniciativa queda extinguida y tendríamos que esperar cinco años máspara volver a recomenzar todo de nuevo.

Por todo lo que demostraron, yo creo que las actuales autoridades no están encondiciones de administrar el proceso autonómico, porque no tienen las mínimas capacidadesy condiciones para llevar adelante un asunto tan delicado y difícil.

Los políticos del PAN han demostrado sobradamente que tienen intereses personales,espurios y egoístas por sobre los regionales y del pueblo mayoritario. Demostraron que usaronla bandera de la autonomía para llegar al poder y asirse del mismo. Buscan asegurar su futuro yde su familia ampliando su patrimonio familiar, y nada más. Ya pasó más de un año y no noshan mostrado una estrategia seria que demuestre la consolidación de lo que prometieron entiempo de campaña. La Asamblea estuvo al mando del PAN (José Luis García) y en un añoprácticamente no han hecho absolutamente nada, muy a pesar de un jugoso presupuesto, lossalarios mas altos del país, rodeados de “asesores” por doquier, oficinas bien equipadas en lostres municipios, una importante burocracia (65 empelados), y todas las condiciones políticasfavorables para avanzar en la consolidación de la autonomía, pero los resultados son nulos. Loque no tuvieron es capacidad, probidad, idoneidad e integridad. Ya no son aptos políticamentepara dirigir/conducir esta reivindicación del pueblo chaqueño.

El valiente y paciente pueblo chaqueño tiene todo el derecho y la obligación de exigir suvoto a los del PAN, que se extraviaron en el camino por su incapacidad y falta de integridad. ElPAN como agrupación está en proceso de descomposición y fue absorbido por el MAS. Lamayoría de las figuras se pasaron al MAS, quedando solo unos restos que ya no tienencredibilidad, ni poder para reimpulsar el proceso autonómico, lo que hacer que el mismo eneste momento se encuentre frenado.

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Después se tiene que contar con un documento muy importante para la puesta enmarcha de la Autonomía Regional, que es el Plan de Desarrollo Regional (LMAD, Art. 38). Esteinstrumento es muy importante porque permitirá concurrir la inversión pública, hacerladinámica y con proyección en base a una planificación.

En este momento, existen dos alcaldes en cada municipio con dos nombres. El uno es elalcalde municipal oficial y el otro es el Ejecutivo Seccional de Desarrollo. Ningún de los tresEjecutivos tiene jurisdicción más allá de los límites municipales. Ninguno tienen proyecciónregional y ningún planifica en base a la región sino al municipio. Después que se aprobó elEstatuto Departamental escribí un artículo titulado Dos Alcaldes (ver blogs) en el que advertíade los peligros para la coordinación institucional la creación de los Ejecutivos Seccionales alado de los alcaldes.

No se ha conocido hasta la fecha una reunión de coordinación entre los tres ejecutivospara poner en marcha la Región. Cada uno de espalda gasta el dinero que le llega de 45%, esdecir el 15% desde la visión reduccionista local.

Este sistema ha sido heredado del Estatuto departamental, que estableció en el Libro V,una forma anti autonomista que consistió primero que los Ejecutivos sean designados por elGobernador a uno de los asambleístas elegidos, después nosotros presionamos para que hayauna enmienda que posibilite que el pueblo (por lo menos) elija a los Ejecutivos. Este absurdosistema fue diseñado por Cardozo, Arias, Bru y compañía, entorpeciendo brutalmente elproceso autonómico regional. Curiosamente los Ejecutivos se convirtieron en el pecadooriginal.

Este Plan de Desarrollo corregirá/dirigirá esta dispersión de recursos, energías einiciativas. Por ello su importancia y urgencia. Cada Ejecutivo está concentrado en gastar eldinero, y no en invertir. Cada uno gasta el dinero en proyectos de mínima cuantía, hastainsulsos. No existe en este momento inversiones orientadas a resolver los problemas de fondoy grandes. Hay una competencia febril y destructiva cargada de mucha política entre losalcaldes y los ejecutivos.

Volviendo al proceso autonómico, si es que el Estatuto pasara la prueba del voto delpueblo, se debe esperar la convocatoria a las elecciones municipales de abril 2015 (CPE Art.282, I) para que las autoridades de la Autonomía Regional sean designadas/elegidas. Esosignifica que iríamos a las urnas a elegir a los asambleístas territoriales, poblacionales, eindígenas establecidos en el Estatuto, y después de constituida la Asamblea Regional, ésta debedesignar a un asambleísta regional como Ejecutivo Regional conforme a procedimiento que seestablecerá en el Estatuto regional. El pueblo no tendrá posibilidades de elegir al Ejecutivo,salvo que la Asamblea Regional se desprenda de esa atribución legal.

Recién a partir de ahí podemos hablar de la puesta en marcha de la Autonomía Regional,con la constitución de los órganos de la misma. Como dije al principio, hasta aquí soloavanzamos el primer paso que es adquirir la cualidad autonómica, nos faltan como siete máspara echar a andar ese proceso.

Un detalle más; no es como dijeron/mintieron los del PAN que nosotros vamos a tenerAutonomía Regional antes que la Departamental. Mas bien, el proceso de la autonomía

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regional esta supeditado/subordinado a la marcha de al autonomía departamental. Lo quesignifica que mientras que la autonomía departamental no comience a marchar, tampoco laregional podrá dar un paso más. Por ello, tenemos que monitorear las decisiones/acciones delDepartamento con el fin de marcar el ritmo de nuestro proceso.

Al paso que estamos yendo, dudo mucho que (incluso) podamos cumplir esa especie devaticinio/predicción que dije con mucha valentía, énfasis y responsabilidad el 2009, y que meha reportado ser acribilladlo mediáticamente por un pelotón de activistas panistas, que reciénel 2015 tendríamos autonomía regional.

En resumen, estamos en condiciones que el Chaco debe necesariamente dar ciertospasos (nueve) para consolidar su tan ansiada autonomía.

PRIMER PASO: Adquisición de la cualidad autonómica a través de un referéndum.

SEGUNDO PASO: Redacción del proyecto de Estatuto por la Asamblea Regional según laLey Marco de Autonomías.

TERCER PASO: Compatibilización con el Estatuto Departamental adecuado a laConstitución.

CUARTO PASO: Remisión al Tribunal Constitucional para su constitucionalización.

QUINTO PASO: Transferencia de competencias desde la Asamblea legislativaDepartamental en un plazo inexcusable de ciento veinte días.

SEXTO PASO: Referéndum Aprobatorio del Estatuto Constitucionalizado

SÉPTIMO PASO: Elaboración del Plan de Desarrollo Regional (PDR)

OCTAVO PASO: Elección/designación de las autoridades establecida en el Estatuto(Ejecutivo Regional asambleístas poblacionales, territoriales e indígenas)

NOVENO PASO: Puesta en marcha de la Autonomía Regional con las autoridadeselegidas

Es decir, eso significa claramente que solamente hemos dado el primer paso, puessimplemente tenemos la cualidad autonómica. Supuestamente el pueblo ha mandado a ungrupo de asambleístas administrar/impulsar el proceso autonómico, pero el mismo estácongelado en este momento.

Hoy se aprobó la “Ley de Clasificación y Definición de Impuestos y de Regulación para lacreación o modificación de tributos de dominio de los Gobiernos Autónomos”, y en la mismano aparecen las autonomías regionales y nadie de los “autonomistas” de cartón del PAN hadicho algo al respecto. Todo el tiempo que la ley fue tramitada en la Asamblea Plurinacional,Cardozo estaba haciendo política con el tema del campo Margarita en el Chaco. Esa ley queserá promulgada en las siguientes horas, es un golpe duro a las autonomías departamentales ymunicipales, y especialmente a la regional porque la ignora completamente.

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Definitivamente los del PAN se han descapitalizado políticamente por sus torpezas eincapacidad, lo que pone en riesgo el proceso de la autonomía regional, ya que ellos tienen ensus manos el poder público.

Del MAS no se puede esperar mucho porque este movimiento es anti autonomista, esvertical y autoritario. Ha demostrado sobradamente a través varias decisiones que tiene comoobjetivo reconcentrar todas las decisiones importantes en el nivel central.

Pero volvamos al análisis de la ley 025, que fue sancionada por unanimidad pero nopromulgada por el Ejecutivo departamental, devolviendo la misma con observaciones. LaAsamblea Legislativa Departamental, sólo ha experimentado dos momentos en los que susmiembros mostraron unanimidad. Cuando se auto asignaron un salario cerca a los Bs. 15.000y en la aprobación de esta ley.

La ley fue aprobada la madrugada del viernes 27 de mayo, hoy es 30 de junio y la mismadespués de más de un mes, no fue promulgada y está en el limbo. Debería ser promulgada porel presidente de la Asamblea Departamental, pero hasta la fecha no hay ninguna decisión.Arbitrariamente se han establecido plazos, mismos que se han cumplidos abundantemente.

OBJETO DE LA LEY

La Ley Departamental 025, en el artículo segundo (objeto de la Ley), crea una figura queno existe en la economía jurídica vigente, que son las competencias “transitorias”. Muchacreatividad de nuestros asambleístas y resplandecientes asesores, pero inútil para impulsar elproceso de la autonomía regional, ya que inviabilizan la misma. Además, la Constitución,condiciona toda transferencia o la delegación de las competencias a la región, una vez ésta esté“constituida” (CPE art. 301). Un región está constituida cuando se cuenta con un estatutohabilitado para su ejercicio, es decir constitucionalizado y plebiscitado, (LMAD Art. 61.II).

¿COMPETENCIAS “TRANSITORIAS”?

Una competencia “es la titularidad de atribuciones ejercitable respecto de las materiasdeterminadas por la Constitución”. (LMAD, Art. 6.II.4)

En ninguna parte de la Ley Marco existe la figura de la transferencia de competencia“transitorias”. En ninguno de los artículos referidos a este proceso, (LMAD 41 y 74), aparecela figura de competencias “transitorias”, sino definitivas. Este es un invento obstaculizador.

Todos sabemos que en este momento el estado de la Autonomía Regional se encuentraen implementación, pues lo único que adquirimos fue la cualidad autonómicas (06/12/2009) através de un referéndum consultivo. El segundo paso es la elaboración del proyecto delEstatuto Regional (LMAD, Art. 41.I) por la Asamblea Regional (Ley 017, Art. 16) por dos terciosde sus miembros. Después de la aprobación por la asamblea de transición, el mismo debe serremitido al Tribunal Constitucional para su aprobación (constitucionalización) LMAD, Art.53.II), luego éste devolverá a la asamblea regional para que después ésta pida al TribunalElectoral convoque a referéndum aprobatorio del proyecto de estatuto constitucionalizado enlos tres municipios del Chaco (Yacuiba, Caraparí y Villamontes), los que deben dar el votopositivo mayoritariamente cada uno de forma individual (LMAD, Art. 52. III).

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Esto significa que necesariamente el proyecto de Estatuto de recibir el apoyo en los tresmunicipios, si en uno de ellos el resultado fuese negativo, “la iniciativa se extinguirá”, lo quesignifica que volveríamos a fojas cero. Por ello es importante tomar el toro por los cuernos deuna vez, y no por la cola como se está haciendo en este momento. Hay que enfrentar losdesafíos que se presentan en la construcción del estatuto consensuado, en base a muchapaciencia, dialogo y predisposición de las partes involucradas. No hay que negar que cadasección municipal tiene sus expectativas preestablecidas, lo que complica los ajustes de lasmismas a la constitución y la ley marco porque son chocantes.

Después de la aprobación popular, recién la asamblea regional debe pedir lascompetencias a la asamblea legislativa Departamental y este tienen un plazo fatal de cientoveinte días para realizar la misma (LMAD Art. 41.I; 74.I). La transferencia debe ser de mutuoconsentimiento, consensuada, voluntaria, coordinada y sujeta al monitoreo del SEA (ServicioEstatal de Autonomías) (LMAD Art. 77 y 129), previo a cualquier demanda ante el TribunalConstitucional si existieran conflictos en el proceso.

Después de todo este engorroso/tedioso proceso, recién se estaría en condiciones deejecutar la autonomía regional, es decir en poner en práctica. La misma se objetivará con laelección del Ejecutivo regional (solo uno en la Región, no tres como se distorsiona) queadministrará los recursos de la regional autónoma (LMAD Art. 40). Es decir, recién a partir deeste momento podremos constituir la autonomía regional con la elección de nuestrasautoridades ejecutivas y deliberativas. Iremos a las urnas a votar en abril de 2015, por uncuerpo conformado por tres tipos de asambleístas regionales (poblacionales y territoriales eindígenas), y la asamblea designara al Ejecutivo Regional.

Es aquí recién que se puede hablar de la activación/objetivación de la AutonomíaRegional, porque tendremos el Estatuto en vigencia, y las autoridades para que ejerzan laautonomía. Cuando la norma establece que el estatuto autonómico es la “condición previapara el ejercicio de la autonomía”, lo que quiere decir es que el Estatuto es la norma quereglará la estructura organizada de la institución. Lo que significa que la Región de Chaco nopuede aun ejercer la Autonomía Regional mientras no tenga el Estatuto.

¿A QUIÉN SE TRANSFIERE LAS COMPETENCIAS?

En los artículos segundo y tercero se establece que se transfiere las competencias a laRegión Autónoma y no a la entidad territorial. La Región autónoma es una unidad territorial yno la entidad territorial, por lo que aquí hay problemas serios de redacción de la norma. Hayuna evidente confusión de términos. Una unidad territorial “es un espacio geográficodelimitado para la organización territorial del Estado” y una entidad territorial “ es lainstitucionalidad que administra y gobierna en la jurisdicción de una unidad territorial, deacuerdo a las facultades y competencias que le confiere la Constitución Política del Estado y leley” (LMAD Art. 6)

Lo que queda claro es que no existe materialmente en este momento la entidad territorialde la autonomía regional que es el Gobierno (Ejecutivo Regional y Asamblea Regional), pueseste se objetivará una vez se apruebe por referéndum aprobatorio el Estatuto Regional a travésde una elección que se producirá el año 2015, como advertimos en su momento.

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La ley tiene problemas de fondo por lo que cualquier modificación, debe pasar por hacercambios importante que sin duda afectaran de manera importante en su sustancia.

El Gobernador interino ha manifestado que hará las gestiones ante el Gobierno Nacionalpara que a través de un Decreto Supremo se proceda a la transferencia de competencias.Sobre el particular debemos decir que nuestras autoridades deberían cambiar el chipcentralista por el autonómico, pues este asunto se debería resolverse necesariamente en elDepartamento, agotando todas las instancias que tenemos a mano. Lo que la Gobernacióndebe hacer es contribuir para que la Región chaqueña cuente en el menor tiempo posible consu Estatuto y el Plan de Desarrollo Regional. Es días pasados estuvieron auspiciando una seriede encuentro con el fin de diseñar el Plan de Desarrollo Departamental, pero no se conoceninguna decisión sobre el Plan de Desarrollo Regional. La Gobernación a partir de la fechadebe respetar las decisiones del PDR, para incluir el mismo en el Plan de DesarrolloDepartamental.

No se requiere de Decreto Supremo, sino del proyecto de estatuto lo más pronto posiblepara la ejecución de la autonomía regional. Lo ejecutivos seccionales no tienen las manosatadas como aseguran los panistas, porque la ley 017 (Art. 17), les otorga/traspasacompetencias.

La ley 025, hace la transferencia de bienes, instalaciones y responsabilidades específicasa los Ejecutivos Seccionales, cuando todos sabemos que los mismos son instanciassubordinadas del Gobierno Departamental, representante de éstos en la Sección Municipal.

La ley 017, establece de manera clara que los Ejecutivos Seccionales, “ejercerán lasfunciones que venían desempeñando el Subprefecto de Yacuiba y los Corregidores Mayores deVillamontes y Caraparí hasta que sea aprobado el Estatuto de la Autonomía Regional” (Art. 17)

Esto echa por tierra los argumento expuesto machaconamente por los políticos del PANjustificando la necesidad y urgencia ley, al manifestar los Ejecutivos estaban “atados de manosy pies” y que los mismos requerían con urgencia la aprobación de una norma que posibilitedestrabar la ejecución presupuestaria otorgándoles competencias.

LAS COMPETENCIAS

El régimen competencial es muy importante porque es prácticamente el corazón para elejercicio de la autonomía, por lo que la región chaqueña sin duda requiere de la transferenciade competencias para poner en marcha el mismo.

Una competencia es la titularidad de atribuciones ejercitables respeto de las materiasdeterminados en la Constitución.

De las 36 competencias que la Constitución transfiere a los Gobiernos Departamentales,en la ley se piden solo 10 (Ley D 025 Art. 4). No se sabe cuáles son los argumentos técnicospara dicho número.

La autonomía regional nació sin cualidad legislativa y sin competencias. No es comodicen algunos políticos panistas y del MAS, que la Constitución de Oruro otorgaba cualidad

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legislativa a la autonomía regional y que fueron los prefectos de la media luna en Cochabamba(18/09/08) los que sacaron de la misma en la negociación con el Gobierno.

Los artículos 281, 282 y 283 de la Constitución de Oruro (Dic. 2007) establecían laautonomía regional sin cualidad legislativa. Las modificaciones que se hizo en la Constituciónretocada en el Congreso Nacional, fueron de forma y no de fondo. Lo que sí es cierto es que laautonomía regional tenía trece competencias (Art. 202) transferidas directamente, que fueroninexplicablemente eliminadas en el Congreso Nacional. Cardozo nunca dijo nada de esteasunto, y tampoco ha explicado las razones por las que ha guardado un silencio cómplice.

El ejercicio efectivo de las competencias es gradual (LMAD Art. 5.13) y no comomanifiestan los panistas que debe ser de forma atropellada y abrupta, por lo que el procesodebe ser ordenado y consensuado (LMAD Art.67.I).

Por otro lado, para que las competencias sean ejercitadas a plenitud se requiere que através de una ley, las entidades emisoras y receptoras sean ratificadas por ley de sus órganosdeliberativos. En el caso de la Gobernación Departamental eso no ha sucedido, porque notiene las competencias efectivas transferidas desde el nivel central, pues el EstatutoDepartamental no ha sido adecuado a la Constitución y constitucionalizado por el TribunalConstitucional. Lo que hace la ley 017 en su artículo 6, es otorgarle la capacidad de ejercer lascompetencias de la Constitución de forma transitoria hasta que sean aprobados sus Estatutos,pues de lo contrario la transición estaría bloqueada. El departamento tendrá las competenciasefectivas una vez cuente con su estatuto departamental vigente y listo para ser ejecutado.

Un dato que debemos apuntar es que “en el caso de la autonomía regional, el ejerciciode sus competencias está sujeto a la legislación de las entidades territoriales que se lastransfieran o deleguen” (LMAD Art. 9.II), lo que significa que de por vida con la autonomíaregional estaremos subordinados a las decisiones legislativas de la Asamblea LegislativaDepartamental.

Lo que significa que la actual Asamblea Regional es una institución de transición, quetiene como encargo principal la redacción del proyecto de estatuto para que se active laautonomía regional en el Chaco recién a partir del 2015 (CPE, Art. 282.I), eligiendo a lasnuevas autoridades junto con la lista de candidatos a concejales.

MI CONCLUSIÓN:

Mucha gente está pidiendo un debate serio sobre el tema de la autonomía regional yfrente a esa exigencia hice un desafío a Willman Cardozo o a Jorge Arias para debatir y evaluarel proceso autonómico del Chaco, pero lamentablemente Cardozo salió inmediatamente arechazar toda posibilidad manejando argumentos muy simples y rebatibles. Lo que pasa es queno tienen forma de explicarle objetivamente a la población la falta de capacidad que mostraronen la administración del proceso.

Lo que sí han demostrado es mucha habilidad, que raya en e l cinismo y descaro, paramostrar una autonomía de apariencia que no camina desde diciembre de 2009, cargando elmuerto de los magros resultados a otros. Son funambulistas. No son capaces de asumir suresponsabilidad política e histórica.

Page 12: Sobre las transferencias de competencias

La palabra de los políticos panistas se ha devaluado muchísimo y ha adquirido un tufo deramplona falacia por las desacertadas decisiones asumidas desde el inicio. Lamentablemente,se debilita gravemente la bandera por la autonomía con la complicidad del PAN.

El PAN se desportilla cada día que pasa como consecuencia de su inconsistencia políticay dudo mucho que tenga capacidad de rearticularse, porque se encuentra en proceso deabsorción por parte del MAS. La descomposición interna es más que evidente.

Lo que debe hacer la asamblea regional es concentrarse las 24 horas en la redacción delproyecto de Estatuto regional estableciendo mecanismos de diálogos fructíferos y productivosentre las secciones municipales de Yacuiba, Villamontes y Caraparí, y no distraerse en elcamino con asuntos que no aportan al proceso de la autonomía del Chaco. (Yacuiba 29/06/11)

ESTEBAN FARFÁN ROMERO, es periodista, analista político y docente.E-Mail: [email protected]. www.farfanopina.blogspot.comTwitter: @estebanfarfanrFacebook: estebanfarfanromeroSkipe: estebanfarfanromeroCopyright © 2011, Visualiza Comunicación