responsabilidad laboral, civil y penal en el sgrp

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¡Bienvenido ¡Bienvenido s! s! SISTEMA DE RIESGOS PROFESIONALES

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Responsabilidad Laboral, Civil y Penal en El Sgrp

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  • Bienvenidos!SISTEMA DE RIESGOS PROFESIONALES

  • LOGROS ESPERADOSDelimitar las responsabilidades de los diversos actores en el Sistema General de Riesgos ProfesionalesRevisar la normatividad al respecto de la responsabilidad laboral, civil y penal vigente el Sistema General de Riesgos ProfesionalesPlantear estrategias que eviten perdidas materiales, humanas y econmicas para trabajadores y empresarios.

  • TEMAS A DESARROLLARGeneralidades Seguridad SocialResponsabilidad laboralResponsabilidad civilResponsabilidad penalDelitos en el S.G.R.P.

  • GENERALIDADESESTABLECIDA POR LA C.N. ART 48 YREFORMADA POR LA LEY 100/93

    GARANTIZAR LOS DERECHOS IRRENUNCIABLES DE LA PERSONA Y DE LA COMUNIDAD PARA OBTENER LA CALIDAD DE VIDA ACORDE CON LA DIGNIDAD HUMANA, MEDIANTE LA PROTECCIN DE LAS CONTINGENCIAS QUE LO AFECTANEFICIENCIAUNIVERSALIDADSOLIDARIDADINTEGRIDADUNIDADPARTICIPACIONSISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRALGENERALIDADES

  • PENSIONES - A.F.PAdministradora de Fondos de PensionesRIESGOS PROFESIONALES - A.R.P.Administradora de Riesgos Profesionales.SALUD - E.P.S.- A.R.SEntidad Promotora de SaludCOMPLEMENTARIOSMunicipios y DistritosPrograma para ancianos indigentesADMINISTRADORES DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL

  • Conjunto de Entidades Pblicas y Privadas, Normas y Procedimientos destinados a prevenir, proteger y atender a los trabajadores de los efectos de ATEP que puedan ocurrirles con ocasin o como consecuencia del trabajo.SISTEMA GENERAL DE RIESGOS PROFESIONALES

  • CAMPO DE APLICACION

    Excepciones: Fuerzas Militares, Polica Nacional, ECOPETROL, Magisterio, Miembros no Remunerados de Corporaciones Pblicas.Toda las empresas que funcionan en el territorio nacional.

    Trabajadores, Contratistas y Subcontratistas, Sector Pblico, Oficial, Semioficial y Sector Privado en general.

  • OBJETIVOPROMOCION Y PREVENCIONPRESTACIONES DE SALUD Y ECONOMICASRECONOCIMIENTO Y PAGOIDENTIFICACION Y CONTROL DE FACTORES DE RIESGO

  • PROCESO DE AFILIACIONNUEVA CLASIFICACIN O RECLASIFICACIN DESPUS DE 3 MESES DE AFILIADA

    LIBRE Y VOLUNTARIA DEL EMPLEADOR UN AO MNIMO DE AFILIACIN POR A.R.P. VIGENCIA A PARTIR DEL 1 DIA DE AFILIACIN CAMBIO SE AVISA CON 30 DAS DE ANTICIPACIN AVISO A TRABAJADORES Y E.P.S. BASE DE COTIZACIN ES EL SALARIO MENSUAL

  • MONTO DE COTIZACIONCLASIFICACION RIESGO / TASA

    Hoja1

    CLASE% DE COTIZACIONTIPO

    RIESGOMINIMOINICIALMAXIMORIESGO

    I0.3480.5220.696Mnimo

    II0.4351.0441.653Bajo

    III0.7832.4364.089Mediano

    IV1.7404.3506.960Alto

    V3.2196.9608.700Mxima

  • DISTRIBUCION DE LOS APORTES1 %PRESTACIONES ECONMICAS Y DE SALUDPROGRAMAS DE PREVENCIN Y CONTROLREHABILITACINADMINISTRACIN EDUCACIN, PREVENCIN E INVESTIGACIN DE ATEP FONDO DE RIESGOS PROFESIONALES94 %5 %

  • TIPOS DE PRESTACIONES EN EL SISTEMAASISTENCIALESSERVICIOS DE PREVENCIONECONOMICAS

  • OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR AFILIAR A TODO LOS TRABAJADORES PAGO DE COTIZACIONES A LA A.R.P. CUIDADO DE LA SALUD DEL TRABAJADOR MANTENIMIENTO DE LOS AMBIENTES DE TRABAJO EJECUTAR EL P.S.O. NOTIFICAR ATEP REGISTRAR EL COPASO - VIGIA CAPACITAR A LOS TRABAJADORES EN S.O. INFORMAR LAS NOVEDADES A LA A.R.P.

  • OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES PROCURAR EL CUIDADO INTEGRAL DE SU SALUDSUMINISTRAR INFORMACION SOBRE SU ESTADO DE SALUDCOLABORAR Y VELAR POR EL CUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS DE S.O.CUMPLIR CON LAS NORMAS, REGLAMENTOS E INSTRUCCIONES DEL P.S.O.PARTICIPAR EN EL COMIT PARITARIO DE SALUD OCUPACIONAL.

  • LOS EVENTOS DE ORIGEN PROFESIONAL

  • INCLUYE: Ordenes del Empleador, Transporte suministrado por la Empresa, Accidentes Deportivos Recreativos o Culturales en Representacin de la Empresa. EXCEPTA: Permisos fuera de la Empresa Remunerados, no Remunerados o Sindicales. Actividades Recreativas, Deportivas o Culturales, (Art. 21 Ley 50) ACCIDENTE DE TRABAJO Es accidente de trabajo todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasin del trabajo, y que produzca en el trabajador una lesin orgnica, una perturbacin funcional, una invalidez o la muerte

  • ACCIDENTE DE TRABAJOLa providencia de la Corte es la C-858 de 2006 y la decisin la adopt la Sala Plena por medio de una ponencia del magistrado Jaime Crdoba Trivio.PERO:

  • Se considera enfermedad profesional todo estado patolgico permanente o temporal que sobrevenga como consecuencia obligada y directa de la clase de trabajo que desempea el trabajador, o del medio en que se haya visto obligado a trabajar, y que haya sido determinada como enfermedad profesional por el gobierno nacional

    ENFERMEDAD PROFESIONAL

  • DIFERENCIA ENTRE EVENTO PROFESIONAL Y COMNI.T. se cancela desde el da siguiente de ocurrido.I.T. subsidio del 100% del S.B.C.I.P.P. indemnizacin equivalente de 1 a 24 I.B.L.

    PENSIN DE INVALIDEZ50 - 66% 60% I.B.L. > 66% 75% I.B.L.** (15% adicional si requiere ayuda).I.T., no se cancela si es inferior a 3 das.I.T., subsidio del 2/3 del S.B.C.I.P.P., no hay derecho a indemnizacin.

    PENSIN DE INVALIDEZ50 - 66% 45% I.B.L. * > 66% 54% I.B.L. *** (+1.5% cada 50 semanas)** (+2.0% cada 50 semanas) PROFESIONALCOMN

  • TODO CLARO ?SEGUIMOS...

  • RESPONSABILIDAD LABORAL, CIVIL Y PENAL EN EL SISTEMA DE RIESGOS PROFESIONALESEl ejercicio de los deberes y derechos de los diferentes actores del S.G.R.P nos llevan a: RESPONSABILIDAD LABORALRESPONSABILIDAD CIVILRESPONSABILIDAD PENAL

  • RESPONSABILIDAD LABORAL, CIVIL Y PENAL EN EL SISTEMA DE RIESGOS PROFESIONALESa. Surge del contrato de trabajo el S.G.R.P con las consecuencias de ATEP.RESPONSABILIDAD LABORALb. Esta en cabeza del empleador, delegada del empleador a la ARP, mediante el pago mensual.

  • RESPONSABILIDAD LABORAL, CIVIL Y PENAL EN EL SISTEMA DE RIESGOS PROFESIONALESEn la responsabilidad laboral no se requiere ni se exige la prueba de la culpa del empleador en el accidente. CUALQUIERA QUE SEA EL MOTIVO DEL ACCIDENTE DE TRABAJO O LA ENFERMEDAD PROFESIONAL SE SE SUFRA EN LAS INSTALACIONES, POR MOTIVO O POR CAUSA DEL TRABAJO CONLLEVA A LOS BENEFICIOS ASISTENCIALES Y ECONOMICOS QUE GARANTIZAN.RESPONSABILIDAD LABORAL

  • RESPONSABILIDAD LABORAL, CIVIL Y PENAL EN EL SISTEMA DE RIESGOS PROFESIONALESc. La ARP, reconoce: - Prestaciones asistenciales y de salud - Prestaciones econmicasRESPONSABILIDAD LABORAL

  • RESPONSABILIDAD LABORAL, CIVIL Y PENAL EN EL SISTEMA DE RIESGOS PROFESIONALESe. Instancias para determinacin del origen de la invalidez y su apelacin: JCI Regional y Nacionald. El monto de la indemnizacin es tarifado.RESPONSABILIDAD LABORAL

  • TODO CLARO ?BIEN, A COLOCARLO EN PRACTICA !!!

  • RESPONSABILIDAD LABORAL, CIVIL Y PENAL EN EL SISTEMA DE RIESGOS PROFESIONALESRESPONSABILIDAD CIVIL U ORDINARIAES LA OBLIGACION QUE PESA SOBRE UNA PERSONA DE INDEMNIZAR EL DAO CAUSADO A OTRA.Arturo Alessandri

  • RESPONSABILIDAD LABORAL, CIVIL Y PENAL EN EL SISTEMA DE RIESGOS PROFESIONALESCULPADel latn culpa, condicin en la que se incurre al cometer una falta o acto que es contrario a la ley, teniendo o no conciencia de esa contrariedad.RESPONSABILIDAD CIVIL U ORDINARIA

  • RESPONSABILIDAD LABORAL, CIVIL Y PENAL EN EL SISTEMA DE RIESGOS PROFESIONALESCULPABILIDAD:Artculo 35 del cdigo penal.a. Culpabilidad dolosa: Es la intencin que una persona tiene de hacer dao a otrab. Culpabilidad culposa: Hay culpa cuando el resultado no es previsto y no es querido por la persona que causa el dao.RESPONSABILIDAD CIVIL U ORDINARIA

  • RESPONSABILIDAD LABORAL, CIVIL Y PENAL EN EL SISTEMA DE RIESGOS PROFESIONALESCULPABILIDAD:c. Culpabilidad preterintencional: Se habla de delito preterintencional cuando la intencin se ha dirigido a un determinado hecho, pero se realiza uno ms grave que el que ha sido querido por el sujetoRESPONSABILIDAD CIVIL U ORDINARIAArtculo 35 del cdigo penal.

  • RESPONSABILIDAD LABORAL, CIVIL Y PENAL EN EL SISTEMA DE RIESGOS PROFESIONALESSE INCURRE EN CULPA POR:a. Negligencia: Violar un deber de atencin que le atae, estando en grado de prever el resultado.b. Imprudencia: Obrar sin cautela en la realizacin de ciertos actos, favoreciendo la ocurrencia de accidentes de trabajo o enfermedades profesionales.RESPONSABILIDAD CIVIL U ORDINARIA

  • RESPONSABILIDAD LABORAL, CIVIL Y PENAL EN EL SISTEMA DE RIESGOS PROFESIONALESSE INCURRE EN CULPA POR:c. ImpericiaRESPONSABILIDAD CIVIL U ORDINARIACarencia de tcnica suficiente para evitar un resultado daoso en una actividad determinada, generalmente por:IgnoranciaErrorFalta de habilidad o destreza

  • RESPONSABILIDAD LABORAL, CIVIL Y PENAL EN EL SISTEMA DE RIESGOS PROFESIONALESSE INCURRE EN CULPA POR:d. Violacin de reglamentosRESPONSABILIDAD CIVIL U ORDINARIAIncumplimiento de las obligaciones contenidas en: Leyes Decretos Resoluciones Manuales de procedimiento

  • RESPONSABILIDAD LABORAL, CIVIL Y PENAL EN EL SISTEMA DE RIESGOS PROFESIONALESa. Surge de la relacin contractual.b. Asumida directamente por el empleador.c. El monto del dao se encuentra tarifado y depende del dao causado al trabajador o sus beneficiarios.d. Los daos o perjuicios causados pueden ser materiales, morales o fisiolgicos.RESPONSABILIDAD CIVIL U ORDINARIA

  • RESPONSABILIDAD LABORAL, CIVIL Y PENAL EN EL SISTEMA DE RIESGOS PROFESIONALESe. El monto dao o perjuicio causado se pretende remediar mediante pago en dinero (gramos oro moral).f. Existen instancias de demanda y apelacin para empleados pblicos y privados.RESPONSABILIDAD CIVIL U ORDINARIA

  • RESPONSABILIDAD LABORAL, CIVIL Y PENAL EN EL SISTEMA DE RIESGOS PROFESIONALESPLANTEAMOS UN EJEMPLO:Trabajador PEDRO PEREZ fallece el 30 de mayo de 1999 como consecuencia de un AT. HECHOS: la empresa desconoci y viol normas de salud ocupacional, el COPASO no se reuna adecuadamente y faltaron instrucciones para evitar el AT. El trabajador era casado al momento del accidente y no tenia hijos

  • RESPONSABILIDAD LABORAL, CIVIL Y PENAL EN EL SISTEMA DE RIESGOS PROFESIONALESRECONOCIMIENTOSa. LUCRO CESANTE CONSOLIDADOb. LUCRO CESANTE FUTUROa. DAOS MORALESVALOR APROXIMADO$ 100.000.000

  • RESPONSABILIDAD LABORAL, CIVIL Y PENAL EN EL SISTEMA DE RIESGOS PROFESIONALESPERO AUN HAY MAS ...

  • RESPONSABILIDAD LABORAL, CIVIL Y PENAL EN EL SISTEMA DE RIESGOS PROFESIONALESRESPONSABILIDAD PENALa. Surge de la relacin del titular del delito con el afectado (personalizado).b. Responsabilidad asumida por el causante del hecho punible (empleador, E.S.O., miembro de la J.C.I., funcionario ARP, empleado).

  • RESPONSABILIDAD LABORAL, CIVIL Y PENAL EN EL SISTEMA DE RIESGOS PROFESIONALESRESPONSABILIDAD PENALc. En caso que sea el empleador que por culpa o dolo causa el ATEP comete un delito.d. El delito causado se paga desde prisin hasta perdida del empleo.e. El hecho punible puede ser realizado por accin u omisin.

  • RESPONSABILIDAD LABORAL, CIVIL Y PENAL EN EL SISTEMA DE RIESGOS PROFESIONALESRESPONSABILIDAD PENALf. El hecho punible a de ser realizado con dolo, culpa o preterintencin.g. El proceso de demanda y apelacin es similar al de responsabilidad civil.

  • RESPONSABILIDAD LABORAL, CIVIL Y PENAL EN EL SISTEMA DE RIESGOS PROFESIONALESRESPONSABILIDAD PENALh. Delitos:

    Peculado por extensin: ARP Contra la vida: Empleador Negligencia, imprudencia o impericia: Trabajador, responsable S.O. Falsedad en documento pblico: Funcionario Ministerio de Trabajo, J.C.I:

  • RESPONSABILIDAD LABORAL, CIVIL Y PENAL EN EL SISTEMA DE RIESGOS PROFESIONALESDELITOS EN EL S.G.R.P.a. Delitos contra la administracin pblica.b. Delitos contra la fe pblica.c. Delitos contra la vida y la integridad personal.

  • RESPONSABILIDAD LABORAL, CIVIL Y PENAL EN EL SISTEMA DE RIESGOS PROFESIONALESUSTEDES TIENEN LA PALABRA...