procedimientos especiales

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Lo nuevo del Código Procesal Penal de 2004

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  • PROHIBIDA SU REPRODUCCINTOTAL O PARCIAL

    DERECHOS RESERVADOSD.LEG. N 822

    PRIMERA EDICINABRIL 2010

    3480 ejemplares

    Gaceta Jurdica S.A.

    HECHO EL DEPSITO LEGAL EN LABIBLIOTECA NACIONAL DEL PER

    2010-02163

    LEY N 26905 / D.S. N 017-98-ED

    ISBN: 978-612-4038-74-7

    REGISTRO DE PROYECTO EDITORIAL31501221000174

    DIAGRAMACIN DE CARTULA

    Martha Hidalgo Rivero

    DIAGRAMACIN DE INTERIORES

    Roco Quevedo Gutirrez

    NGAMOS ESTE IRAFLORES

    IMA ER

    ENTRAL ELEFNICA

    AX

    E-mail: [email protected]

    Imprenta Editorial El Bho E.I.R.L.San Alberto 201 - Surquillo

    Lima 34 - Per

    PROCEDIMIENTOS ESPECIALESLo nuevo del Cdigo Procesal Penal de 2004 sobre los procedimientos

    especiales

    mailto:[email protected]

  • En primer lugar, quisiera agradecer a Gaceta Jurdica por permitirme pre-sentar esta obra referida a los procesos especiales establecidos en elordenamiento jurdico procesal penal.

    Las disposiciones en materia procesal nos demuestran que existendiversas formas procedimentales para luchar contra la delincuencia,que son respuestas de nuestra poltica criminal ante determinadascircunstancias.

    La doctrina distingue entre procesos ordinarios y procesos especiales.Los primeros se establecen para todo tipo de delitos y configuran la nor-mativa comn para los procesos; mientras que los segundos establecenparticularidades de los procedimientos ordinarios, pero siguiendo la es-tructura bsica de estos.

    El Cdigo adjetivo de 2004 ha identificado los siguientes procesos es-peciales: inmediato, por razn de la funcin pblica, de seguridad, pordelito de ejercicio privado de la accin penal, de terminacin anticipadade proceso, por colaboracin eficaz, y el proceso por faltas.

    En la presente obra se desarrollan estos procesos especiales, comenzan-do por el proceso inmediato regulado nicamente en el Cdigo ProcesalPenal de 2004, mas no en el Cdigo de 1940. Este proceso, que suponela eliminacin de la etapa intermedia del proceso penal, para pasar di-rectamente de la investigacin preliminar a la etapa de juicio oral, es unaforma de simplificacin procesal. Se da cuando el fiscal tiene suficienteselementos de conviccin sobre la responsabilidad penal del imputado,como sucede en los casos de flagrante delito, confesin del imputado ocuando de las diligencias preliminares se haya demostrado plenamente

  • Gua prctica N 4 / Gaceta Penal

    la culpabilidad de aquel, previo interrogatorio. En estos casos, el fiscalrequerir al juez de la investigacin preparatoria el inicio del proceso in-mediato, que de ser concedido, conllevar que el fiscal formule acusaciny luego, al ser remitidos los autos al juez penal (unipersonal o colegiado),este dictar acumulativamente los autos de enjuiciamiento y de citacin ajuicio, quedando los autos expeditos para la audiencia de juicio oral.

    En el segundo captulo se examinan los procesos por razn de la funcinpblica. Estos procesos especiales no descansan en supuestos extraor-dinarios de flagrancia delictiva, confesin corroborada o suficiencia deevidencias incriminatorias, como ocurre en el proceso inmediato; por elcontrario, su fundamento consiste en supuestos de excepcin por raznde la persona; es decir, el sujeto activo presenta un estatus particular queamerita la realizacin de un proceso especial. Este es el caso de aquellosfuncionarios pblicos sealados tanto en el artculo 99 de la ConstitucinPoltica del Per como en el artculo 454 del Cdigo Procesal Penal de2004, que cometan delitos en el ejercicio de la funcin pblica; siendo laexcepcin a esta regla los delitos comunes atribuidos a los congresistas,al Defensor del Pueblo y a los magistrados del Tribunal Constitucional,desde que son elegidos hasta un mes despus de haber cesado en susfunciones, y que a pesar de tratarse de ilcitos comunes no relacionadoscon el ejercicio de la funcin pblica, tambin son objeto de tratamientopor la va de los procesos especiales materia de este captulo.

    Seguidamente se estudia el denominado proceso de seguridad cuyaregulacin solamente se encuentra en el Cdigo adjetivo de 2004. Esteproceso descansa en la idea de que el encausado ha cometido unaconducta tpica y antijurdica, pero no es culpable al ser consideradoinimputable por padecer de un trastorno mental permanente o transito-rio, aunque al presentar peligrosidad criminal requiere de la imposicinde una medida de seguridad como es el internamiento o el tratamientoambulatorio. Aqu, el ejercicio pblico de la accin penal no se materia-liza a travs de una acusacin, sino por medio del requerimiento querealiza el Ministerio Pblico de imposicin de una medida de seguridad;sin embargo, para que el rgano jurisdiccional la imponga, el encausadodeber ser sometido a juicio oral, el cual se desarrollar con exclusindel pblico.

    En el cuarto captulo se analiza el proceso por delito de ejercicio privadode la accin penal, el cual consiste en dar respuesta a la querella inicia-da directamente por el presunto agraviado ante el rgano jurisdiccional.

  • En efecto, segn el artculo 459 del Cdigo Procesal Penal de 2004, enlos delitos sujetos a ejercicio privado de la accin penal, el directamenteofendido por el delito formular querella, por s o por su representantelegal, nombrado con las facultades especiales establecidas por el CdigoProcesal Civil, ante el Juzgado Penal Unipersonal. De este modo, el ofen-dido por el delito de accin privada se constituir en querellante particu-lar; es decir, en el acusador, quien presenta pretensiones de sancin yde indemnizacin.

    A continuacin se examina el proceso de terminacin anticipada del pro-ceso y su tramitacin conforme al texto adjetivo de 2004. Este procesoparte del modelo del principio de consenso, en el cual el imputado admiteel delito cometido, e implica la existencia de un acuerdo entre el fiscal yel imputado en cuanto a la pena y a la reparacin civil. Se alega por ladoctrina, como beneficio de este proceso, el hecho de que evita la publi-cidad negativa del proceso penal y la posibilidad de sufrir pena privativade libertad efectiva, a la vez que disminuye la carga procesal. Asimismo,se analiza el procedimiento de homologacin o aprobacin judicial querealiza el juez de la investigacin preparatoria, en audiencia, as como lasatribuciones que este tiene en el citado proceso.

    En el captulo sexto se aborda el proceso por colaboracin eficaz, deacuerdo con lo establecido en el Cdigo Procesal Penal de 2004. Separte de la premisa de que la colaboracin eficaz, desde la perspectivamaterial, es expresin del Derecho Penal premial en la lucha contra lacriminalidad organizada. Sucede cuando el responsable de la comisinde un delito realiza actos de delacin que son corroborados por la auto-ridad correspondiente y el Derecho Penal premia a dicho sujeto con laatenuacin o exencin de pena, segn corresponda. La informacin estdirigida a evitar la continuidad, permanencia o consumacin del delito oa disminuir las consecuencias de su ejecucin; que se conozcan las cir-cunstancias en las que se planific o ejecut; se identifique a su autor opartcipe, o a los integrantes de las organizaciones delictivas; y, finalmen-te, que se verifique la entrega de los instrumentos, efectos, ganancias obienes delictivos.

    Por ltimo, la obra concluye con el proceso por faltas, en el cual se tomauna vez ms, como referencia, al texto adjetivo de 2004. Este proceso seestablece dado que el ordenamiento jurdico sustantivo penal clasifica alhecho punible en delitos y faltas. Las faltas son infracciones a la ley penalque implican sanciones de menor intensidad que los delitos. Al respecto,

    Presentacin

  • Gua prctica N 4 / Gaceta Penal

    debe recordarse que el citado proceso posee un esquema procedimentalde carcter sumario, tramitado ante los rganos de justicia de paz, conexclusin del Ministerio Pblico, con el propsito de ventilar la presuntacomisin de ilcitos penales que no representan mayor relevancia o gra-vedad, y que se conocen como faltas o contravenciones.

    No queda ms que entregar esta obra a la comunidad jurdica, la cualser de mucha utilidad tanto para los operadores como para los estudio-sos del Derecho.

    Monterrico, abril de 2010

    Luis Alberto Bramont-Arias TorresCatedrtico de Derecho Penal en la

    Pontificia Universidad Catlica del Per

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    [1] La ausencia de mecanismos de seleccin de casos es una de las caractersticas de los modelos inquisitivos. Enestos, el proceso penal busca, esencialmente, imponer la sancin luego de descubrir la verdad sobre los hechosy su autor. No es un fi n del proceso inquisitivo resolver el confl icto entre vctima y agresor. Por esta razn se con-cibe el proceso como una serie de pasos de inevitable realizacin en orden al descubrimiento de la verdad, donde

  • Procedimientos especiales

    se enfatiza y sobrevalora la fase de instruccin. La falta de mecanismos de seleccin es una de las principalescausas de sobrecarga y dilacin procesal en los modelos de inspiracin inquisitiva.

  • Gua prctica N 4 / Gaceta Penal

    flagransflagrantis flagrare

    infra flagrant

    [2] Cfr. MOMETHIANO SANTIAGO, Javier Ysrael. Fecalt, Lima, 2001, p. 98.

  • Procedimientos especiales

    [3] Cfr. CORDERO, Franco. . Temis, Santa Fe de Bogot, 2000, p. 408.

  • Gua prctica N 4 / Gaceta Penal

    a) La flagrancia tradicional estricta

    ter criminis

    [4] Cfr. SAN MARTN, Csar. l. Volumen II, Grijley, Lima, 1999, p. 806.

  • Procedimientos especiales

    b) La flagrancia material

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  • Procedimientos especiales

    c) La flagrancia evidencial

  • Gua prctica N 4 / Gaceta Penal

    regina pro-bationum indiciu confesus pro iudicatio habetu

    [5] Que puso en vigencia en todo el pas los artculos 259 y 260 del CPP de 2007 a partir del 01/07/2009.

  • Procedimientos especiales

    a) Nunca situarse, a la hora de declarar, en el lugar de los hechossi no existe prueba incriminatoria.

    b) Si considera ms ventajosa para la defensa la posibilidad de de-clarar, valore.

    c) La posibilidad de ejercer el derecho a guardar silencio.

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  • Procedimientos especiales

    d) Conocer las reglas de la declaracin del imputado que ha sea-lado el Cdigo Procesal Penal de 2004.

  • Gua prctica N 4 / Gaceta Penal

  • Procedimientos especiales

    infra

    e) Que la sola confesin no basta. .

    f) La confesin sincera no solo permite el inicio del proceso in-mediato, sino que conlleva la atenuacin de la probable penaa imponer.

  • Gua prctica N 4 / Gaceta Penal

  • Procedimientos especiales

    supra

  • Gua prctica N 4 / Gaceta Penal

    a) Al culminar las diligencias preliminares ,

  • Procedimientos especiales

    infra

    Direccin:

    Formas de realizacin:

    Objetivo:

    Diligencias a realizar:

    Incluye el estudio de la escena del delito:

  • Gua prctica N 4 / Gaceta Penal

    b) Al formalizarse la investigacion preparatoria, el fiscal tiene 30das para solicitar el inicio del proceso inmediato

  • Procedimientos especiales

    .

    .

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  • Procedimientos especiales

  • Gua prctica N 4 / Gaceta Penal

  • Procedimientos especiales

  • Gua prctica N 4 / Gaceta Penal

    [6] Cfr. VILLAVICENCIO ROS, Frezia Sissi. Los problemas en la aplicacin de la acusacin directa y el derecho dedefensa. En: . Tomo 180, Gaceta Jurdica, Lima, 2008, p. 171.

    [7] dem.[8] Ibdem, p. 172.

  • Procedimientos especiales

    supra

  • Gua prctica N 4 / Gaceta Penal

    supra

  • Procedimientos especiales

    Requerimiento fiscal para el inicio del proceso inmedia-to dirigido al juez de investigacin preparatoria

    Juez de investigacin preparatorianotifica del requerimiento a los dems

    sujetos procesales

    Al finalizar las diligencias oiniciales de investigacin

    Dentro de los 30 dasde haber formaliza-do la investigacin

    preparatoriaAbsolucin del traslado por los sujetos

    procesales 3(d)

    Fundado el requerimiento Infundado el requerimiento

    Fiscal formula acusacin, salvo que el imputado incoeel inicio de la terminacin anticipada

    Fiscal emite disposicin de formaliza-cin o continuacin de la investigacin

    preparatoria

    Se remiten los actuados al juez penal, quien dicta acu-mulativamente los autos de enjuiciamiento y citacin

    a juicio

    Se contina con las reglas del procesopenal comn

    Desarrollo de la audiencia del juicio oral y sentencia

  • Gua prctica N 4 / Gaceta Penal

    .

    [9] Sostiene que no se puede lograr una autntica unidad administrativa integrada si cada municipio funciona aut-nomamente no solo respecto de los dems municipios, sino de la misma nacin, lo que no deja de ser cierto. Cfr.KELSEN, Hans. . Traduccin de Luis Legaz y Lacambra. Editorial Nacional, Mxico D.F.,1973, pp. 240-241. No obstante, pensamos que el concepto de Administracin Pblica no puede regirse por unconcepto personal sobre unidad administrativa sino por el ms genrico de unidad nacional.

  • Procedimientos especiales

    ministerk, minus, .

    [10] Cfr. MAGGIORE, Giuseppe. . Traduccin de Jos Ortega Torres. Tomo III, Temis,Bogot, 1976, p. 126 y ss.

    [11] FERREIRA, Francisco. . 3 edicin, Temis, Bogot, 1995, p. 3.[12] LEVENE, Ricardo. . Zavala, Buenos Aires, 1976, p. 487 y ss.

  • Gua prctica N 4 / Gaceta Penal

    ad ministro-areministratio-ministrationesad administrationem

    [13] ROJAS VARGAS, Fidel. . 3 edicin, Grijley, Lima, 2002, p. 15 y ss.[14] CHARNY, Hugo. Administrar. En: . Tomo I, Driskill, Buenos Aires, 1979, p. 483.[15] NGELES GONZLES, Fernando y FRISANCHO APARICIO, Manuel. Tomo VII, Ediciones

    Jurdicas, Lima, 1998, p. 15 y ss.[16] GLVEZ VILLEGAS, Toms. . Idemsa, Lima, 2001, p. 16.[17] PATRN FAURA, Pedro y Pedro PATRN BEDOYA. .

    7 edicin, Grijley, Lima, 1998, p. 44.[18] PEA CABRERA, Ral y Luis FRANCIA ARIAS.. Ediciones Jurdicas, Lima, 1993, p. 21.[19] LVAREZGENDIN Y BLANCO, Sabino. . Bosch, Barcelona, 1958, p. 54.

  • Procedimientos especiales

    [20] ALESSI, Renato. . Tomo I, Bosch, Barcelona, 1970, pp. 11-12. BEZMARTNEZ, Roberto. . Trillas, Mxico D.F., 1990, p. 28.

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    Organizacin y funciones.

    [21] El trmino sistema aqu utilizado se refi ere a una entidad real (Estado, la Administracin Pblica) como un conjuntode elementos organizados, con funciones, funcionando y con fi nes y objetivos precisos. Cfr. REYES, Romn.. Bosch, Barcelona, 1988, p. 908 y ss; ABBAGNANO, Nicola.. Porra, Mxico D.F., 2000, p. 1081 y ss.

  • Procedimientos especiales

    Normas y procedimientos.

    Potencial humano.

    Contexto histrico-social.

    [22] ABANTO VSQUEZ, Manuel.. Palestra,Lima, 2001, p. 24 y ss.

    [23] QUINTERO OLIVARES, Gonzalo. . Aranzadi, Pamplona, 1996, p. 291.[24] PATRN FAURA, Pedro y Pedro PATRN BEDOYA, Ob. cit., p. 23.

  • Gua prctica N 4 / Gaceta Penal

    [25] RUIZ-ELDREDGE, Alberto.. Atlntida, Lima, 1980, p. 93.[26] GONZLEZ CUSSAC, Jos. . Tirant lo Blanch,

    Valencia, 1997, p. 23.[27] ROJAS VARGAS, Fidel. Ob. cit., pp. 20 y 21. GLVEZ VILLEGAS. Ob. cit., p. 17.[28] VIVES ANTN, Toms. Volumen I, Tirant lo Blanch, Valencia, 1996,

    p. 274.[29] Prlogo al libro de TRAYTER, J.M. . Editorial

    Civitas, Madrid, 1992, p. 10.

  • Procedimientos especiales

    a) El ejercicio de potestades pblicas.

    b) Los que se identifican orgnicamente con la AdministracinPblica a travs de actos administrativos. ad intra

    [30] PARADA, Ramn. . Tomo II, 8 edicin, Reus, Madrid,1994, p. 420 y ss.

    [31] FALLA, Garrido.. Editorial Derecho Privado, Madrid, 1980, p. 1043.[32] LPEZ GANDIA, Juan. Las relaciones colectivas en el empleo pblico y la Constitucin espaola. En:

    . Ao 07, vol. II, Madrid, p. 397 y ss.[33] ENTRENA CUESTA, Rafael. El rgimen estatutario de los funcionarios pblicos como postulado constitucional

    En: . Vol. III, p. 2599 y ss.

  • Gua prctica N 4 / Gaceta Penal

    [34] Inmaculada Valeije seala que la determinacin de la funcin pblica puede reconducirse a tres opciones: a) crite-rio teleolgico que se forma en relacin con los fi nes que persigue el Estado para su existencia. Sern funcionespblicas las que tienden al bien comn, inters colectivo o social o que satisfacen necesidades colectivas; b)criterio formal que indica que son funciones pblicas aquellas que se realizan mediante actos de Derecho Pblico.Lo esencial no es tanto la fi nalidad privada o pblica de la accin realizada, sino el rgimen jurdico al que estn

  • Procedimientos especiales

    sometidas dichas actividades; c) el criterio mixto es una variante de los dos criterios anteriores: teleolgico y for-mal; luego, se defi nen las funciones pblicas como aquellas manifestaciones de la actividad del Estado que con-sisten en legislar, juzgar y ejecutar mediante las cuales el Estado persigue sus fi nes. Cfr. VALEIJE, Inmaculada.Refl exiones sobre los conceptos penales de funcionario pblico, funcin pblica y personas que desempean unafuncin pblica. En: . N 62, Madrid, 1987, pp. 464 y 465.

    [35] Este dispositivo constitucional es concordado con los artculos 16, 43, 86, 88 y 89 del Texto nico Ordenado delReglamento del Congreso; los artculos 449 al 451 del Cdigo Procesal Penal de 2004; asimismo, con los artculos33 y 34 de la Ley Orgnica del Poder Judicial, 15, 51 y 66 de la Ley Orgnica del Ministerio Pblico, 362 de la LeyOrgnica de Elecciones, 8 y 21 literal c) de la Ley Orgnica del Consejo Nacional de la Magistratura y 18 de la LeyOrgnica del Tribunal Constitucional.

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    [36] Vide Exp. N 0006-2003-AI/TC de 01/12/2003, f.j. 3.[37] CHIRINOS SOTO, Enrique. Constitucin de 1993. . Editorial Peidul, Lima,1995, p. 161.

  • Procedimientos especiales

    a) Con la inmunidad parlamentaria.

    b) Con el juicio poltico.

    [38] GARCA CHVARRI, Abraham. Juicio poltico, antejuicio, acusacin constitucional en el sistema del gobiernoperuano. Disponible en: .

    [39] PANIAGUA CORAZAO, Valentn. Acusacin constitucional, antejuicio o juicio poltico?. En: La . Tomo II, Comisin Andina de Juristas, Lima, 1995, p. 137.

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  • Procedimientos especiales

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    El Peruano

  • Procedimientos especiales

  • Gua prctica N 4 / Gaceta Penal

  • Procedimientos especiales

    [40] Prrafo modifi cado. Resolucin Legislativa del Congreso N 008-2007-CR, publicada el 17 de octubre de 2007. Enla citada resolucin, se incluye la siguiente Disposicin Complementaria: nica.- Las presentes modifi caciones al

  • Gua prctica N 4 / Gaceta Penal

    Reglamento del Congreso de la Repblica no resultan de aplicacin a los hechos, situaciones jurdicas o procesosrelativos al Estatuto de los Congresistas, o al procedimiento de acusacin constitucional, previos a su entrada envigencia.

    [41] Prrafo modifi cado por la Resolucin Legislativa del Congreso N 008-2007-CR del 17 de octubre de 2007.[42] Modifi cado por la Resolucin Legislativa del Congreso N 030-2003-CR del 4 de junio de 2004.

  • Procedimientos especiales

    [43] Modifi cado por las resoluciones legislativas N 014-2000-CR del 18 de enero de 2001, y N 015-2003-CR, del15 de noviembre de 2003. Asimismo, en la Resolucin Legislativa del Congreso N 015-2003-CR, se incluye lasiguiente disposicin fi nal y transitoria:

    Primera.- Denuncias Constitucionales presentadas.- El procedimiento para las denuncias constitucionales quese aprueba en el artculo 1 de la presente Resolucin Legislativa, ser de aplicacin para aquellas denuncias entrmite que se encuentran pendientes de remisin a la Comisin Permanente, para la designacin de los miembrosde las Subcomisiones Investigadoras.

    La actual Comisin de Constitucin y Reglamento y, en su caso, la Ofi ciala Mayor, remitir en un plazo mximode veinte (20) das hbiles, las denuncias que se encuentren en dicho estado a la Subcomisin de AcusacionesConstitucionales para los fi nes reglamentarios correspondientes.

  • Gua prctica N 4 / Gaceta Penal

    [44] Exp. N 0006-2003-AI/TC, 01/12/2003, ff.jj. 8 y 23.

  • Procedimientos especiales

  • Gua prctica N 4 / Gaceta Penal

  • Procedimientos especiales

    .

    .

    Resolucin acusatoria de con-tenido penal aprobada por elCongreso, luego del procedimien-to de ante-juicio poltico

    Fiscala de la Nacin (5d)

    Disposicin de formaliza-cin de la investigacin

    preparatoria

    Designacin de los fiscalessupremos de la investiga-

    cin y juzgamiento

    Sala Penal de la Corte Suprema nombra

    Vocal supremo de la investi-gacin preparatoria Sala Penal Especial

    Auto de aprobacin de laformalizacin de la investi-

    gacin preparatoria (5d)

    Desarrollo bajo su direc-cin del juicio oral

    Desarrollo de las etapas deinvestigacin preparatoria eintermedia, segn las reglas

    del proceso comn

    Sentencia

    Apelacin (5d)

    Sentencia de vista(inimpugnable)

  • Gua prctica N 4 / Gaceta Penal

  • Procedimientos especiales

    Los congresistas.

    El Defensor del Pueblo.

    Magistrados del Tribunal Constitucional.

    [45] Partiendo del , con antecedentes ya en el siglo XV, en Inglaterra se exima de arrestos a losparlamentarios (inclusive a su familia y servidores) por la comisin de delitos civiles con pena de prisin.

    [46] Vide Exp. N 1011-2000-HC/TC, de 18/01/2001, f.j. 1.

  • Gua prctica N 4 / Gaceta Penal

    .

    [47] Vide Exp. N 0006-2003-AI/TC, de 01/12/2003, f.j. 5.

  • Procedimientos especiales

    [48] Vide Exp. N 5291-2005-HC del 21/10/2005, ff.jj. 24 y 25.[49] Prrafo modifi cado por la Resolucin Legislativa del Congreso N 015-2005-CR del 3 de mayo de 2006.

  • Gua prctica N 4 / Gaceta Penal

  • Procedimientos especiales

    [50] Prrafo adicional incorporado por Resolucin Legislativa del Congreso N 008-2007-CR, del 17 de octubre de2007. En la citada resolucin que adiciona este prrafo, se incluye la siguiente disposicin complementaria:nica.- Las presentes modifi caciones al Reglamento del Congreso de la Repblica no resultan de aplicacin a loshechos, situaciones jurdicas o procesos relativos al Estatuto de los Congresistas, o al procedimiento de acusacinconstitucional, previos a su entrada en vigencia.

  • Gua prctica N 4 / Gaceta Penal

  • Procedimientos especiales

    Resolucin del Pleno del Congreso odel Tribunal Constitucional, que auto-riza el levantamiento de la inmunidad

    Fiscala formaliza la investigacin preparatoria

    Etapa intermedia

    Etapa del juicio oral dirigida por el Juzgado Penal Colegiado

    Sentencia

    Apelacin (5d)

    Sentencia de vista

    Casacin (10d)

    Sentencia casatoria

  • Gua prctica N 4 / Gaceta Penal

  • Procedimientos especiales

    Delito en ejercicio de la funcin cometido por:

    Miembros del Consejo Supremo deJusticia Militar, vocales y fiscalessuperiores, Procurador Pblico, y

    otros que seale la ley

    Juez de primera instancia, juez depaz letrado, fiscal provincial, fiscal

    adjunto provincial y otros que sealela ley

    Diligencias de investigacin preliminares

    Fiscala de la Nacin emite disposicinautorizando el ejercicio de la accin penal,remitiendo los actuados al fiscal respectivopara que formalice la investigacin prepara-toria, salvo en casos de flagrancia delictiva

    COMPETENCIA COMPETENCIA

    Fiscal Judicial Fiscal Judicial

  • Gua prctica N 4 / Gaceta Penal

    Fiscala SupremaVocal supremode la investiga-

    cin preparatoriaFiscal superior

    Vocalsuperior de lainvestigacinpreparatoria

    Sala PenalEspecialSuprema

    (dirigir el juiciooral)

    Sala PenalSuperior (dirigir

    el juicio oral)

    Apelacin (5d) Apelacin (5d)

    Sentenciade vista

    (inimpugnable)

    Sentenciade vista)

    (inimpugnable)

  • [51] Cabe resaltar que el origen de las medidas de seguridad, tal como hoy las entendemos, est ntimamente relacio-nado con el problema de los enfermos mentales, es decir, con los supuestos de inimputabilidad por razones deenfermedad mental.

    [52] Bustos afi rma que en la historia del control social penal las medidas de seguridad aparecieron hacia mediadosdel siglo XIX de la mano del pensamiento positivista como una alternativa a la Pena, sancin propia del Derechopenal liberal, inspirada en el pensamiento ilustrado. Si para este Derecho Penal liberal, el fundamento del castigoradicaba en la culpabilidad y esta se sostena desde el libre albedro, para el positivismo el castigo deba funda-mentarse en la peligrosidad social de ciertos sujetos determinados a la realizacin de conductas desviadas. Esta

  • Gua prctica N 4 / Gaceta Penal

    determinacin de ciertas personas a la realizacin de conductas contrarias al orden social poda provenir de defec-tos del individuo, bien sea de carcter biolgico o bien en los procesos de socializacin. Cfr. BUSTOS RAMREZ,Juan. Las medidas de seguridad. En: Tomo I, ARA Editores, Lima, 2005, p. 721.

    [53] Cfr. MAPELLI CAFFARENA, Borja y Juan TERRADILLOS BASOCO. . 3edicin, Civitas, Madrid, 1996, p. 200.

  • Procedimientos especiales

    [54] Cfr. JESCHECK, Hans-Heinrich. . Volumen primero, Bosch, Barcelona, 1981, p. 114.

  • Gua prctica N 4 / Gaceta Penal

    [55] JORGE BARREIRO, Agustn. Las medidas de seguridad en la reforma penal espaola. En: . Editoriales de Derecho Reunidas, Madrid, 1993, p. 726.

    [56] ANTN ONECA, Jos. . Universidad de Salamanca,Salamanca, 1944, p. 106.

  • Procedimientos especiales

    [57] POLAINO NAVARRETE, Miguel y Miguel POLAINO-ORTS. Medidas de seguridad inocuizadoras para delincuen-tes peligrosos? Refl exiones sobre su discutida constitucionalidad y sobre el fundamento y clases de las medidas deseguridad. En: . N 02, Grijley, Lima, 2001, p. 483.

    [58] JAKOBS, Gnther. Derecho Penal..., ob. cit., p. 38.

  • Gua prctica N 4 / Gaceta Penal

    [59] BRAMONT ARIAS, Luis A. y Luis Alberto BRAMONT-ARIAS TORRES. . San Marcos, Lima,1995, p. 267.

    [60] GRACIA MARTN, Luis. . Tirant lo Blanch,Valencia, 1996, p. 306 y ss.

    [61] JORGE BARREIRO, Agustn. Ob. cit., p. 725 y ss.[62] JESCHECK, Hans-Heinrich. Ob. cit.. Volumen segundo, p. 1113.[63] PEA CABRERA, Ral. . Tomo I, 2a edicin,

    Grijley, Lima, 1995, p. 555. VILLA STEIN, Javier. Ob. cit., p. 483.

  • Procedimientos especiales

    [64] VELSQUEZ VELSQUEZ, Fernando. .. 3a edicin, Temis, Bogot, 1997, p. 97 y ss.

  • Gua prctica N 4 / Gaceta Penal

    [65] Cfr. PRADO SALDARRIAGA, Vctor. Las consecuencias jurdicas del delito: las medidas de seguridad. En:. Tomo 81, Gaceta Jurdica, Lima, 2000, p. 98.

    [66] BRAMONT ARIAS / BRAMONT-ARIAS TORRES. Ob. cit., p. 267. PEA CABRERA. Ob. cit., p. 557.[67] Cfr. CEREZO MIR, Jos. . Parte general, I. Introduccin, 5 edicin, Tecnos,

    Madrid, 1996, p. 35.

  • Procedimientos especiales

    [68] Cfr. ROXIN, Claus. . Tomo I, Civitas, Madrid, 1997, p. 189.

  • Gua prctica N 4 / Gaceta Penal

    a) Legalidad

    [69] Cfr. MAPELLI CAFFARENA, Borja y Juan TERRADILLOS BASOCO. Ob. cit., p. 207.

  • Procedimientos especiales

    Las medidas de seguridad y la garanta criminal.

    Las medidas de seguridad y la garanta penal. lex praevia lex certa

    Las medidas de seguridad y la garanta jurisdiccional.

    Las medidas de seguridad y la garanta de ejecucin.

  • Gua prctica N 4 / Gaceta Penal

    b) Jurisdiccionalidad

    c) Necesidad

    [70] Cfr. PEA CABRERA, Ral. Ob. cit., p. 556.

  • Procedimientos especiales

    d) Proporcionalidad

  • Gua prctica N 4 / Gaceta Penal

    [71] Como indica Cuello Contreras, la peligrosidad que se considera a efectos de la medida es la misma que se consi-dera a los efectos de la pena: la que cabe extraer del anterior delito cometido y no la que pueda tener su origen enuna suerte de aadido asociado a la personalidad anormal del autor o a sus circunstancias sociales. Cfr. CUELLOCONTRERAS, Joaqun. .Teora del delito. 2 edicin, Civitas, Madrid, 1996, p. 104 y ss.

    [72] Por ejemplo, el pargrafo 62 del Cdigo Penal alemn y el artculo 40 inciso 3) del Cdigo Penal portugus.[73] SAN MARTN CASTRO, Csar. . Tomo II, Lima, 1999, p. 27.

  • Procedimientos especiales

    e) Posdelictualidad

    f) Control judicial

    [74] RODRGUEZ MOURULLO, Gonzalo. Medidas de seguridad y Estado de Derecho. En: . Tirant lo Blanch, Valencia, 1974, pp. 363 y 364.

    [75] SNCHEZ ILLERA, Ignacio. Las medidas de seguridad. En: . Tomo I,Tirant lo Blanch, Valencia, 1996, p. 536. SILVA SNCHEZ, Jess Mara. La regulacin de las medidas de seguri-dad. En: . Bosch. Barcelona, 1997, pp. 22 y 23.

  • Gua prctica N 4 / Gaceta Penal

    a) Internamiento

  • Procedimientos especiales

    [76] JORGE BARREIRO, Agustn. Las medidas de seguridad aplicables a los enfermos mentales en el Cdigo Penalespaol de 1995. En: . N 9, Lima, 2000, p. 89 y ss. GRACIA MARTN, Luis.Ob. cit., p. 316 y ss.

  • Gua prctica N 4 / Gaceta Penal

    b) Tratamiento ambulatorio

    [77] SAN MARTN CASTRO, Csar. Ob. cit., p. 26.

  • Procedimientos especiales

    [78] PREZ ARROYO, Miguel. Las medidas de seguridad y rehabilitacin social. En: Pontifi cia Universidad Catlica del Per, Lima, 1997, p. 142.

  • Gua prctica N 4 / Gaceta Penal

  • Procedimientos especiales

  • Gua prctica N 4 / Gaceta Penal

    .

    .

  • Procedimientos especiales

    Culminacin de la investigacinpreparatoria o resolucin judicialque declara al procesado como

    inimputable

    Requerimiento fiscal para la imposi-cin de una medida de seguridad

    Infundado el requerimiento fiscal

    Juez de la investigacin preparatoria decide

    Fiscala de la Nacin emite disposicinautorizando el ejercicio de la accin penal,remitiendo los actuados al fiscal respectivopara que formalice la investigacin prepara-toria, salvo en casos de flagrancia delictiva

    COMPETENCIA COMPETENCIA

    Fiscal Judicial Fiscal Judicial

    Fiscala SupremaVocal supremode la investiga-

    cin preparatoriaFiscal superior

    Vocalsuperior de lainvestigacinpreparatoria

    Sala PenalEspecialSuprema

    (dirigir el juiciooral)

    Sala PenalSuperior (dirigir

    el juicio oral)

  • Gua prctica N 4 / Gaceta Penal

    notitia criminis

  • Procedimientos especiales

  • Gua prctica N 4 / Gaceta Penal

  • Procedimientos especiales

  • Gua prctica N 4 / Gaceta Penal

  • Procedimientos especiales

  • Gua prctica N 4 / Gaceta Penal

    Presentacin de laquerella ante el juezpenal unipersonal

    Control deadmisibilidad

    Rechazo de plano

    (3d)

    Investigacionespreliminares Informe policial

    Completar la querella(5d)

    Auto admisorio Contestacin de laquerella (5d)

    Audiencia Auto de citacin ajuicio

    Sentencia Recurso de apelacin Sentencia de vista(inimpugnable)

  • [79] Cfr. CUBAS BRAVO, Juan. . Disponible en: .

    [80] Cfr. BARONA VILAR, Silvia. . Tirant lo Blanch, Valencia, 1994, p. 116.[81] Cfr. BUTRON VILAR, Pedro. . Mc Graw Hill, Madrid, 1998, p. 135.

    www.uss.edu.pe/Facultades/

  • Gua prctica N 4 / Gaceta Penal

    plea bargainingpatteg-giamento

    [82] Vide Expediente N 855-2003-HC/TC.[83] SAN MARTN CASTRO, Csar. Ob. cit. Tomo II, p. 1384.

  • Procedimientos especiales

    plea bargaining

    patteggiamento ,

    patteggiamento

    patteggiamentoquantum

    [84] Cfr. REYNA ALFARO, Luis Miguel. y terminacin anticipada. Aproximacin a su problemticafundamental. En: . Tomo 150, Gaceta Jurdica, Lima, 2007, p. 131.

    [85] Cfr. DOIG DIAZ, Yolanda. El proceso de terminacin anticipada en el Cdigo Procesal Penal de 2004. En:. Tomo 149, Gaceta Jurdica, Lima, 2006, p. 107.

  • Gua prctica N 4 / Gaceta Penal

    patteggiamento

    patteggiamento

    patteggiamento

    casellario

    [86] dem.

  • Procedimientos especiales

  • Gua prctica N 4 / Gaceta Penal

    patteggiamento

    [87] PEA CABRERA, Alonso y Manuel FRISANCHO APARICIO. . Jurista EditoresLima, 2003, p. 51.

  • Procedimientos especiales

    [88] Cfr. DOIG, Yolanda. Ob. cit., p. 110.

  • Gua prctica N 4 / Gaceta Penal

    [89] Ibdem, p. 112.

  • Procedimientos especiales

    patteggiamento, nolo contendere

    [90] Cfr. REYES ALVARADO, Vctor Hugo. El proceso especial de terminacin anticipada. Su aplicacin en el DistritoJudicial de Huaura a partir de la vigencia del Cdigo Procesal Penal de 2004. En: . Tomo 156,Gaceta Jurdica, Lima, 2006, p. 142.

    [91] Cfr. DOIG, Yolanda. Ob. cit., p. 113.

  • Gua prctica N 4 / Gaceta Penal

    [92] El artculo 11, numeral 1) del Cdigo Procesal Penal estipula que si el perjudicado se constituye en actor civil, cesala legitimacin del Ministerio Pblico para intervenir en el objeto civil del proceso. En el proceso especial de ter-minacin anticipada, el cdigo establece que el acuerdo entre el fi scal y el imputado versa sobre la circunstanciasdel hecho punible, de la pena, reparacin civil y las consecuencias accesorias a imponer, por lo que esta ltimanorma, por el lugar de su ubicacin es la que se debe preferir, solamente cuando se trata de este proceso especialen el que el fi scal est facultado como si fuese actor civil para llegar a un acuerdo con el imputado sobre el pagode la reparacin civil.

  • Procedimientos especiales

    [93] Cfr. REYES HURTADO, Vctor. Ob. cit., p. 144.

  • Gua prctica N 4 / Gaceta Penal

    [94] El artculo 31 del CPP de 2004 indica cuatro modalidades de delitos conexos: i) conexidad subjetiva, que se pre-senta en tres supuestos: cuando se imputa a una persona la comisin de varios delitos; cuando varias personasaparezcan como autores o partcipes del mismo hecho punible; y, cuando varias personas vinculadas por unamisma voluntad criminal hayan cometido diversos hechos punibles en tiempo y lugar diferentes; ii) conexidad obje-tiva, que presenta, tambin, los siguientes supuestos: los cometidos como medio para perpetrar otros o facilitar suejecucin y, los delitos cometidos para procurar la impunidad de otros delitos; iii) conexidad mixta o analgica, quehace referencia a los delitos que se imputan a una persona al incoarse contra ella causa por cualquiera de ellos,si tuvieran analoga o relacin entre s, a juicio del tribunal, y no hubiesen sido hasta entonces sentenciados; y, iv)la imputacin recproca, que determina la procedencia de la acumulacin de dos instrucciones seguidas contrapersonas que tienen la condicin jurdica de denunciantes en una instruccin y de imputadas en otra, si dichasinstrucciones se refi eren a hechos ocurridos en un mismo lugar y al mismo tiempo.

  • Procedimientos especiales

    [95] Cfr. DOIG, Yolanda. Ob. cit., p. 111.

  • Gua prctica N 4 / Gaceta Penal

    [96] Cfr. REYES HURTADO, Vctor. Ob. cit., p. 142.[97] Cfr. RAMOS DVILA, Liza. La fase intermedia. La implementacin del nuevo Cdigo Procesal Penal en Huaura:

    Algunos problemas y propuestas de solucin. En: Tomo 156, Gaceta Jurdica, Lima, 2006,p. 136.

  • Procedimientos especiales

    [98] Cfr. VILLAVICENCIO RIOS, Fresia. La terminacin anticipada del proceso en la audiencia preliminar de control dela acusacin. Algunos problemas y propuestas de solucin. En: Tomo 173, Gaceta Jurdica,Lima, 2008, p. 118.

  • Gua prctica N 4 / Gaceta Penal

    Solicitud de celebracin de la audien-cia de terminacin anticipada

    Juez de investigacin preparatoriacorre traslado a los dems sujetos

    procesales

    Fiscal o imputado

    Formalizada lainvestigacin

    hasta antes que elfiscal acuse

    Absolucin del traslado, formulandosus pretensiones (5d)

    Audiencia de terminacin anticipada

    Resolucin judicial (48 hrs.)

    Sentencia homologando el acuerdoentre el fiscal y el imputado Sentencia de absolucin

    Auto que desaprueba el acuerdo llega-do entre el fiscal y el imputado

  • Gua prctica N 4 / Gaceta Penal

    [99] Citado por: REYNA ALFARO, Luis Miguel. . Jurista Editores, Lima,2002, p. 48.

    [100] Citado por: ANARTE BORRALLO, Enrique. Conjeturas sobre la criminalidad organizada. En: , Ferr (dir.) Universidad de Huelva, Huelva, 1999, p. 23.

    [101] Cfr. LPEZ BARJA DE QUIROGA, Jacobo. Posicin de la Unin Europea sobre el crimen organizado. En: , Granados (dir.). Cuadernos de Derecho Judicial - II, Consejo General del Poder Judicial,Madrid, 2001, p. 121.

  • Procedimientos especiales

  • Gua prctica N 4 / Gaceta Penal

  • Procedimientos especiales

  • Gua prctica N 4 / Gaceta Penal

    a) El agente provocador

  • Procedimientos especiales

    b) El informante

    c) El arrepentido

  • Gua prctica N 4 / Gaceta Penal

    d) El agente encubierto

    [102] Cfr. EDWARDS, Carlos. . Editorial Ad-Hoc, Buenos Aires,1996, p. 53.

  • Procedimientos especiales

    [103] SOTO NIETO, Francisco. Trivium, Madrid, 1989, p. 31.[104] Cfr. MOSCATO DE SANTA MARA, Claudia. La Ley, Buenos Aires,

    2000, p. 01.[105] Cfr. FLORES MONARDES, Hortensia. . Academia de Polica de

    Investigaciones de Chile, Santiago, 2000, p. 6.

  • Gua prctica N 4 / Gaceta Penal

    a) Asociacin ilcita, terrorismo, lavado de activos, contra la huma-nidad

    [106] Exp. N 4118-2004-HC, ff.jj.. 20 al 22.

  • Procedimientos especiales

    A. Terrorismo bsico.

  • Gua prctica N 4 / Gaceta Penal

    Agravantes:

    B. Colaboracin al terrorismo.

    C. Asociacin terrorista.

    D. Instigacin al terrorismo.

    E. Reclutamiento de personas.

    F. Obstaculizacin de la accin de la justicia.

  • Procedimientos especiales

    A. Actos de conversin o transferencia.

    B. Actos de ocultamiento o tenencia.

    C. Omisin de comunicacin de operaciones o transaccionessospechosas.

  • Gua prctica N 4 / Gaceta Penal

    b) Secuestro agravado, robo agravado, abigeato agravado, ascomo delitos monetarios y trfico ilcito de drogas, siempre queen todos estos casos el agente acte en calidad de integrante deuna organizacin delictiva

    animuslucrandi

    [107] Cfr. MUOZ CONDE, Francisco. . 8a edicin, Tirant lo Blanch, Valencia, 1990,p. 152; SERRANO GMEZ, Alfonso. . 9a edicin, Dykinson, Madrid, 2004, p. 156.

  • Procedimientos especiales

    c) Concusin, peculado, corrupcin de funcionarios, delitos tribu-tarios, aduaneros, contra la fe pblica y contra el orden migra-torio, siempre que el delito sea cometido en concierto por unapluralidad de personas

  • Gua prctica N 4 / Gaceta Penal

    a) Existencia de una relacin funcional entre el sujeto activo ylos caudales y efectos.

    b) La percepcin, no es ms que la accin de captar o recepcio-nar caudales o efectos de procedencia diversa pero siemprelcita. ,

    c) Apropiacin o utilizacin.

  • Procedimientos especiales

    d) El destinatario.

    e) Caudales y efectos.

  • Gua prctica N 4 / Gaceta Penal

  • Procedimientos especiales

    a) Exencin de la pena.

    b) Disminucin de la pena hasta un medio por debajo del mnimolegal.

  • Gua prctica N 4 / Gaceta Penal

    c) Suspensin de la ejecucin de la pena.

    d) Liberacin condicional.

    [108] Cfr. VILLAVICENCIO TERREROS, Lus Felipe. . Editorial Cuzco, Lima, 1990, p. 233.Los orgenes de la suspensin de la ejecucin de la pena se ubican a fi nales del siglo pasado, en los procedi-mientos de aplicados en Francia y Blgica. En el Derecho Penal peruano fue introducido, como condenacondicional, por el Cdigo Penal de 1924, aunque limitada en sus efectos a los delitos culposos. Sin embargo,con posterioridad, y a travs de reformas en el Cdigo de Procedimientos Penales, se ampli su aplicacin a todacondena a penas privativas de libertad no superiores a dos aos y siempre que el agente no fuere reincidente.

    [109] Cfr. DE CRDOVA, Federico. l. Editorial Cultural, La Habana, 1943, p, 38.

  • Procedimientos especiales

    e) Remisin de la pena para quien la est cumpliendo.

    f) Conversin de pena privativa de libertad por multa, prestacinde servicios o limitacin de das libres

    [110] Cfr. PUIG PEA, Federico. . Tomo II, Madrid, 1955, p. 374.

  • Gua prctica N 4 / Gaceta Penal

  • Procedimientos especiales

  • Gua prctica N 4 / Gaceta Penal

  • Procedimientos especiales

  • Gua prctica N 4 / Gaceta Penal

  • Procedimientos especiales

  • Gua prctica N 4 / Gaceta Penal

  • Procedimientos especiales

  • Gua prctica N 4 / Gaceta Penal

    [111] Por ejemplo, al acordarse el otorgamiento de un benefi cio de colaboracin no establecido en la ley, o de uno queno se adecua a la situacin jurdica del colaborador, o bien, benefi cios inferiores o superiores al sealado en lanorma procesal.

  • Procedimientos especiales

  • Gua prctica N 4 / Gaceta Penal

  • Procedimientos especiales

  • Gua prctica N 4 / Gaceta Penal

    quantum

    c) Cuando la revocatoria se refiere a la remisin de la pena, unavez que queda firme la resolucin, el juez penal en la mismaresolucin que dispone la revocatoria ordenar que el imputadocumpla el extremo de la pena remitida.

  • Procedimientos especiales

    d) Cuando la revocatoria se refiere a la suspensin de la ejecucinde la pena, liberacin condicional, detencin domiciliaria o com-parecencia se regir en lo pertinente por las normas penales,procesales o de ejecucin penal

    [112] Artculo 158.- Valoracin

    1. En la valoracin de la prueba el Juez deber observar las reglas de la lgica, la ciencia y las mximas de laexperiencia, y expondr los resultados obtenidos y los criterios adoptados.

    2. En los supuestos de testigos de referencia, declaracin de arrepentidos o colaboradores y situaciones anlo-gas, solo con otras pruebas que corroboren sus testimonios se podr imponer al imputado una medida coerci-tiva o dictar en su contra sentencia condenatoria.

    3. La prueba por indicios requiere: a) Que el indicio est probado; b) Que la inferencia est basada en las reglas de la lgica, la ciencia o la experiencia; c) Que cuando se trate de indicios contingentes, estos sean plurales, concordantes y convergentes, as como

    que no se presenten contraindicios consistentes.

  • Gua prctica N 4 / Gaceta Penal

    Reuniones celebradas entre el fiscal y el colabora-dor, encausado o no en un proceso penal, y que,presuntamente, es responsable de la comisin deilcitos penales taxativamente sealados en la leypara el acogimiento de los beneficios de colabo-racin eficaz.

    Suscripcin de un convenio preparatorio

    Medidas de aseguramiento

    Diligencias de corroboracin de la infor-macin brindada por el colaborador

    Resultados negativos Resultados positivos

    1. El colaborador har frente al proceso penal quese plantee en su contra tanto en lo referido a laimputacin falsa que ha realizado en contra de unapersona, as como, por los cargos delictivos que,primigeniamente, se le han imputado.

    Celebracin del Acuerdo de Beneficios yColaboracin

    Homologacin judicial2. Las declaraciones del colaborador se consideraninexistentes, pero las evidencias encontradas pue-den ser valoradas en el proceso penal respectivo.

    Durante la etapa de investigacin (juez de investi-gacin preparatoria) Durante el juzgamiento

    Posterior a la sentencia (Juez de investi-gacin preparatoria)

    La homologacin judicial puede originar:

    Auto desaprobando el acuerdo (apelable)Sentencia aprobatoria (apelable)

    Las declaraciones del colaborador se consideraninexistentes, pero las evidencias encontradas pue-den ser valoradas en el proceso penal respectivo.

    A pesar de que ha quedado firme lasentencia aprobatoria, pueden, posterior-

    mente, darse supuestos que justificanque el fiscal solicite al juez la revocatoria

    del referido acuerdo, aprobado, debeneficios y colaboracin.

    Absolucin del traslado por parte de lossujetos procesales (5d)

    Audiencia

    Auto (apelable: 3d)

  • [113] Cfr. JIMNEZ DE ASA, Luis. Las contravenciones o faltas. En: . Buenos Aires, 1949, p. 959.

  • Gua prctica N 4 / Gaceta Penal

    [114] Cfr. SAN MARTN CASTRO, Csar. Ob. cit. Tomo II, p. 1261.[115] Cfr. VELSQUEZ VELSQUEZ, Fernando. . Temis, Bogot, 2002,

    p. 110.

  • Procedimientos especiales

    quantum

    [116] Cfr. MACHUCA FUENTES, Carlos. El proceso por faltas en el nuevo Cdigo Procesal Penal. En: . Tomo 173, Gaceta Jurdica, Lima, 2008, p. 112.

  • Gua prctica N 4 / Gaceta Penal

  • Procedimientos especiales

  • Gua prctica N 4 / Gaceta Penal

  • Procedimientos especiales

    .

  • Gua prctica N 4 / Gaceta Penal

    PolicaComunicacin de la presunta comisin de una falta Paz letrado

    Juez

    Paz

    Investigacin e informe policial

    Auto de citacin a juicio

    Audiencia

    Sentencia

    Apelacin

    Sentencia de vista emitida por el juzgado penal

  • Fundamento : Artculo 116 TUO LOPJ

    Asunto : Proceso de terminacin anticipada: Aspectos esenciales

    1.

  • Gua prctica N 4 / Gaceta Penal

    2.

    3.

    4.

  • Procedimientos especiales

    5.

    6.

    7.

  • Gua prctica N 4 / Gaceta Penal

    8.

    9.

    10.

  • Procedimientos especiales

    (i) (ii)

    11. quantum

    12. indubio pro reo

  • Gua prctica N 4 / Gaceta Penal

  • Procedimientos especiales

    15.

    16.

  • Gua prctica N 4 / Gaceta Penal

    5. Proceso de terminacin anticipada y etapa intermedia del pro- ceso comn

    17.

    18.

  • Procedimientos especiales

    19.

    20.

  • Gua prctica N 4 / Gaceta Penal

    21.

    22.

    23. ESTABLECER

    24. PRECISAR

    25. PUBLICAR ElPeruano

  • Los delitos contra la administracinpblica en el Cdigo Penal peruano.

    Diccionario de Filosofa

    Instituciones de Derecho Administrativo

    Tratado General de DerechoAdministrativo

    Delincuencia Organizada,

    Cdigo Penal

    La prevencin general y especial en la teorade la pena

    Manual de Derecho Administrativo

    La conformidad en el proceso penal

    Cdigo Penal anotado

    Lecciones de Derecho Penal

  • Gua prctica N 4 / Gaceta Penal

    Obrascompletas

    La conformidad del acusado en el procesopenal

    Curso de Derecho Penal espaol. Parte gene-ral,

    Procedimiento penal

    El Derecho Penal espaol. Cursode iniciacin. Parte general. Nociones introductorias. Teora del deli-to

    Enciclopedia Jurdica Omeba

    Constitucin de 1993. Lectura y comen-tario

    Actualidad Jurdica.

    El arrepentido, el agente encubierto y la entregavigilada

    Comentarios a la Constitucin

    Delitos contra la Administracin Pblica

    Fundamentacin y lmites delagente encubierto

    Delito de enriquecimiento ilcito

  • Procedimientos especiales

    El delito de prevaricacin de autorida-des y funcionarios pblicos

    Las consecuencias jurdicas del delito en elnuevo Cdigo Penal espaol

    Tratado de Derecho Penal

    RevistaLa Ley

    Jurisprudencia en materia constitucional.Seleccin, clasificacin y comentarios

    Poltica Criminal y Reforma Penal

    RevistaPeruana de Ciencias Penales

    Teora General del Estado

    Manual de Derecho Penal. Parte especial

    La criminalidad organi-zada,

    Actualidad Jurdica

    Derecho Penal. Parte especial.

  • Gua prctica N 4 / Gaceta Penal

    Lasconsecuencias jurdicas del delito

    Derecho Procesal Penal

    El agente encubierto en elEstado de Derecho.

    Manual de Derecho Procesal Penal

    Derecho Procesal Penal

    La Constitucin de 1993. Anlisis y comen-tarios

    Derecho Administrativo. Organizacin y empleopblico

    DerechoAdministrativo y Administracin Pblica en el Per

    Delito de enriqueci-miento ilcito

    Tratado de Derecho Penal. Estudio progra-mtico de la parte general

    Terminacin anticipada del proceso

    II Congreso Internacional de Derecho Penal.

    Revista Peruana de Doctrina y Ju-risprudencia Penales

  • Procedimientos especiales

    Actualidad Jurdica

    Comentarios al nuevo CdigoPenal

    Actualidad Jurdica.

    ActualidadJurdica.

    Terminologa cientfico social. Aproximacin crtica

    Comentarios a la legislacin antico-rrupcin

    Plea bargainingActualidadJurdica.

    Peligrosidad y medidas de seguridad

    Delitos contra la Administracin Pblica

    Derecho Penal. Parte general

    La Constitucin comentada de 197

    Comentarios al Cdigo Penal de 1995

  • Gua prctica N 4 / Gaceta Penal

    Derecho Procesal Penal

    El Cdigo Penal: cinco cuestiones fundamentales

    El delito de trfico ilcito de drogas.

    Manual de Derecho Disciplinario de los fun-cionarios pblicos

    Cuadernos de Poltica Criminal

    Derecho Penal. Parte gene-ral

    Manual de Derecho Penal.Parte general

    ActualidadJurdica

    Actualidad Jurdica.

    Lecciones de DerechoPenal

    Comentarios al Cdigo Penal de 1995

  • 203

    Procedimientos especiales

    NDICE GENERAL

    CAPTULO 1

    I. Concepto ............................................................................................. 11II. Naturaleza jurdica ............................................................................. 12III. Normativa aplicable en el proceso inmediato .................................... 13IV. Supuestos de procedencia del proceso inmediato .............................. 13 1. El imputado ha sido sorprendido y detenido en fl agrancia delictiva ..................................................................................... 14 2. El imputado ha confesado la comisin del delito ...................... 20 3. Los elementos de conviccin acumulados durante las diligencias preliminares son evidentes ...................................... 25V. El caso especial de pluralidad de imputados .................................... 26VI. El requerimiento del fi scal ................................................................. 27 1. La titularidad del Ministerio Pblico para solicitar el inicio del proceso inmediato ............................................................... 27 2. La solicitud de inicio del proceso inmediato puede ir acompa- ada del pedido de imposicin de una medida de coercin ..... 27 3. Momento procesal para presentar el requerimiento de inicio del proceso inmediato ............................................................... 28VII. Trmite y resolucin judicial ............................................................. 32

    El proceso inmediato y su relacin con el proceso de terminacin anticipada ............................................................................................ 34IX. Excurso: la acusacin directa ............................................................. 35X. Esquema procedimental del proceso inmediato ................................. 39

    CAPTULO 2

    I. Concepto ............................................................................................ 43II. Clasifi cacin ...................................................................................... 43III. Normativa aplicable ........................................................................... 44IV. Fundamento: la funcin pblica ......................................................... 44 1. La Administracin Pblica ........................................................ 44 2. Funcin pblica ......................................................................... 49

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    Gua prctica N 4 / Gaceta Penal

    V. Proceso por delitos de funcin atribuidos a altos funcionarios .......... 53 1. Antejuicio poltico ..................................................................... 53 2. El proceso penal seguido despus del antejuicio poltico.......... 64 3. Conversin de proceso comn al proceso especial .................. 66 4. Acumulacin procesal .............................................................. 66 5. Esquema procedimental ............................................................ 67VI. Proceso por delitos comunes atribuidos a congresistas y otros altos funcionarios ................................................................................ 68 1. La inmunidad ............................................................................. 68 2. El proceso por delitos comunes atribuidos a congresistas y otros altos funcionarios .............................................................. 74 3. Esquema procedimental ............................................................ 75VII. Proceso por delitos de funcin atribuidos a otros funcionarios pblicos ..... 76 1. Reglas procesales ....................................................................... 76 2. Esquema procedimental ............................................................. 77

    CAPTULO 3

    I. Concepto ............................................................................................. 81II. Las medidas de seguridad .................................................................. 81 1. Concepto de medidas de seguridad ........................................... 81 2. Principios para la aplicacin de las medidas de seguridad ....... 90 3. Las clases de medidas de seguridad .......................................... 96III. Normativa aplicable al proceso de seguridad ..................................... 99IV. Instauracin del proceso de seguridad ............................................... 99V. Reglas especiales del proceso de seguridad ........................................ 100VI. Transformacin al proceso comn ..................................................... 101VII. Medida de coercin aplicable a un inimputable ................................. 102

    Esquema procedimental del proceso de seguridad ............................. 103

    CAPTULO 4

    I. Concepto ............................................................................................ 107II. Diferencias entre denuncia y querella ................................................ 108

  • 205

    Procedimientos especiales

    III. Normativa aplicable al proceso por delito de ejercicio privado de la accin penal ............................................................................... 108IV. Interposicin de la querella ................................................................ 109V. Control de admisibilidad de la querella ............................................. 110VI. Investigacin preliminar ..................................................................... 110VII. Auto de citacin a juicio y audiencia ................................................. 111

    Medidas de coercin personal ........................................................... 112IX. Abandono y desistimiento ................................................................. 112X. Muerte o incapacidad del querellante ................................................ 113XI. Recursos impugnatorios ..................................................................... 113XII. Publicacin o lectura de la sentencia ................................................. 113

    Esquema procedimental del proceso por delito de ejercicio privado de la accin penal ................................................................................ 114

    CAPTULO 5

    I. Concepto ............................................................................................ 117II. Antecedentes jurdicos ....................................................................... 118 1. Plea bargaining ........................................................................ 119 2. Patteggiamento ......................................................................... 119 3. Preacuerdos y negociaciones .................................................... 121III. Naturaleza jurdica ............................................................................. 121IV. Normativa aplicable ........................................................................... 122V. Sujetos legitimados para solicitar la terminacin anticipada ............. 122VI. Momento procesal para solicitar la terminacin anticipada .............. 123VII. La solicitud de inicio de la terminacin anticipada ........................... 123

    Trmite de la solicitud de inicio de la terminacin anticipada ........... 124IX. La audiencia de terminacin anticipada ............................................. 124X. La sentencia de terminacin anticipada .............................................. 126XI. Proceso de terminacin anticipada con pluralidad de hechos punibles e imputados ......................................................................... 127XII. La declaracin inexistente en la terminacin anticipada ................... 129

    Reduccin adicional acumulable de la pena en la terminacinanticipada ........................................................................................... 130

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    Gua prctica N 4 / Gaceta Penal

    Excurso: la terminacin anticipada en la audiencia de control dela acusacion fi scal .............................................................................. 130

    XV. Esquema procedimental de la terminacin anticipada ....................... 132

    CAPTULO 6

    I. Concepto ............................................................................................ 135II. Objetivo: lucha contra el crimen organizado ..................................... 135III. Antecedentes ...................................................................................... 138IV. Normativa aplicable ........................................................................... 139V. El colaborador y el acuerdo de benefi cios ......................................... 139 1. El colaborador............................................................................ 139 2. Figuras afi nes al colaborador .................................................... 140 3. El acuerdo de benefi cios ........................................................... 144VI. Delitos materia del proceso de colaboracin efi caz ........................... 144VII. Procedencia del acuerdo de benefi cios en concurso de delitos .......... 152

    Requisitos de la efi cacia de la informacin que proporcione el colaborador ..................................................................................... 153IX. Los benefi cios premiales que puede alcanzar el colaborador ............ 153X. Sujetos prohibidos por ley de obtener los benefi cios de la colaboracin efi caz ............................................................................ 156XI. Diligencias previas a la celebracin del acuerdo de benefi cios ......... 156XII. El convenio preparatorio .................................................................... 157

    Las medidas de aseguramiento personal como instrumento para garantizar el xito de las averiguaciones de la informacin proporcionada por el colaborador ....................................................... 158

    Diligencias de verifi cacin de la informacin proporcionada por el colaborador ............................................................................... 159XV. El acta de colaboracion efi caz ............................................................ 160

    Homologacin judicial del acuerdo de colaboracion efi caz ............... 163 1. La homologacin durante la etapa de investigacin ................. 163 2. La homologacin durante la etapa de juicio oral ...................... 165 3. La homologacin despus que el colaborador ha sido sentenciado ......................................................................... 165

    Revocacin de los benefi cios por colaboracin efi caz ....................... 165

  • 207

    Procedimientos especiales

    Mrito de la informacin y de lo obtenido cuando se rechaza el acuerdo ........................................................................................... 169

    Esquema procidemental de la colaboracin efi caz ............................ 170

    CAPTULO 7

    I. Concepto ........................................................................................... 173II. Las faltas ........................................................................................... 173III. Antecedentes ...................................................................................... 175V. Normativa aplicable ........................................................................... 177VI. Competencia ..................................................................................... 177VII. Iniciacin .......................................................................................... 177

    Audiencia ........................................................................................... 178IX. Medidas de coercin ......................................................................... 179X. Recurso de apelacin ........................................................................ 179XI. Desistimiento o transaccin .............................................................. 180XII. Esquema procedimental de las faltas ................................................. 180

    ANEXO

    I. Antecedentes ..................................................................................... 183II. Fundamentos jurdicos ...................................................................... 185 1. Naturaleza jurdica del proceso de terminacin anticipada ........ 185 2. El tratamiento legal del proceso de terminacin anticipada en el NCPP .................................................................................. 185 3. Benefi cios en el proceso especial de terminacin anticipada ..... 188 4. Recursos en el proceso especial de terminacin anticipada ...... 189 5. Proceso de terminacin anticipada y etapa intermedia del proceso comn ........................................................................... 190III. Decisin ............................................................................................ 192

    Bibliografa ............................................................................................... 195