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DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION Y DESARROLLO DE PERSONAL DIRECCION OPERATIVA DE PERSONAL

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Page 1: DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION Y DESARROLLO DE PERSONAL DIRECCION OPERATIVA DE PERSONAL

DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION

Y

DESARROLLO DE PERSONAL

DIRECCION OPERATIVA DE PERSONAL

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PRESENTA:

2DA. ETAPA DEL

SISTEMA DE ADMINISTRACION Y DESARROLLO DE PERSONAL

VIA INTERNET

LINEAMIENTOS 2007

Page 3: DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION Y DESARROLLO DE PERSONAL DIRECCION OPERATIVA DE PERSONAL

• ACTUALIZACION DE LINEAMIENTOS

• PROCEDIMIENTO PARA CONVENIOS

•CAPACITACION Y OPERACIÓN DE

INCIDENCIAS VIA INTENET

•PREGUNTAS Y RESPUESTAS

PROGRAMA

Page 4: DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION Y DESARROLLO DE PERSONAL DIRECCION OPERATIVA DE PERSONAL

Establecer las políticas y lineamientos para la

administración del personal de acuerdo a las

necesidades y requerimientos actuales de la

Administración Pública.

Ampliar el Sistema de Administración y

Desarrollo de Personal vía Internet para la

captura en línea de incidencias para las

dependencias del Ejecutivo;

OBJETIVO

Page 5: DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION Y DESARROLLO DE PERSONAL DIRECCION OPERATIVA DE PERSONAL

ALCANCES

El SADPI cuenta con 3 Fases de Desarrollo e Implantación

dentro del los cuales se pretende descentralizar por completo

los movimientos de personal del Poder Ejecutivo como son:

Plantillas

Administración del Personal

Desarrollo del Personal

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BENEFICIOS

Mejora continua en el manejo de la información.

Acceso y disponibilidad a la base de datos de Personal de la

Oficialía Mayor.

Información actualizada en todo momento.

Simplificación de los sistemas utilizados por la DGADP.

Amplitud en la recepción de movimientos de personal e

incidencias.

Descentralización de la captura hasta nivel Dirección

General.

Registro de incidencias y vacaciones en línea.

Page 7: DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION Y DESARROLLO DE PERSONAL DIRECCION OPERATIVA DE PERSONAL

MOVIMIENTOS DE PERSONAL SADPI

Administración de PersonalAltasReingresosReanudaciones Bajas.CambiosDe PlazaPermutasCuentas de BancoDatos Personales

ConceptosPermanentesÚnicos

Consultas Empleados Situación Laboral

IncidenciasLicenciasVacacionesIncapacidadesFaltas y RetardosSuspensionesLactancia

Page 8: DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION Y DESARROLLO DE PERSONAL DIRECCION OPERATIVA DE PERSONAL

Actualización de los lineamientos generales para la Administración de Personal del Poder Ejecutivo los cuales tienen su origen el 01 de diciembre de 1999.

• Funcionarios autorizados

• Recepción de trámites

• Movimientos de personal

• Incidencias

• Otros

Lineamientos

Page 9: DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION Y DESARROLLO DE PERSONAL DIRECCION OPERATIVA DE PERSONAL

Sólo se recibirán las solicitudes de movimientos de personal e incidencias y cualquier otro trámite relacionado con la Administración de Personal del Poder Ejecutivo, autorizados por:

• Titular de la Secretaria de la Dependencia

Y/O

• Coordinador Administrativo de la misma

Autorizaciones

Page 10: DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION Y DESARROLLO DE PERSONAL DIRECCION OPERATIVA DE PERSONAL

Serán recepcionados en la Dirección Operativa de Personal dependiente de la Dirección General de Administración y Desarrollo de Personal de acuerdo al Calendario de Cortes de Movimientos de personal del presente ejercicio, en horario de 8:00 a 14:00 hrs. de lunes a viernes.

Excepto en el mes de diciembre que es cuando se realizan procesos de fin de año

Recepción de trámitesRecepción

Page 11: DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION Y DESARROLLO DE PERSONAL DIRECCION OPERATIVA DE PERSONAL

Es toda alta, reingreso, baja, cambio de plaza, permuta, cambio a datos personales, cambio de nombramiento, licencia sin sueldo, reanudación de labores, reexpedición de pago, suspensión de la relación laboral, cambio de U.A. y cambio de clave nominal que presentan las unidades de Coordinación Administrativa de cada Secretaria y relacionados con los trabajadores del Poder Ejecutivo.

Movimientos de Personal

Page 12: DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION Y DESARROLLO DE PERSONAL DIRECCION OPERATIVA DE PERSONAL

Personal Activo:

Es la persona que ocupa una plaza autorizada y presupuestada en la estructura del ejecutivo, la cual no podrá estar en 2 plazas diferentes en un mismo periodo.

Personal Inactivo: las personas que están de Baja, Licencia o Suspendidos.

Personal Jubilado y pensionado: Personal que tiene un decreto de pensión emitido el H. Congreso del Estado y que es ex-trabajador del Gobierno del Estado.

Page 13: DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION Y DESARROLLO DE PERSONAL DIRECCION OPERATIVA DE PERSONAL

Es el inicio de la relación laboral entre el trabajador y el Poder

Ejecutivo del Gobierno del Estado la cual ocurre en una plaza

vacante.

Altas

La contratación de personal solo podrá efectuarse con fechas

1º y 16 de cada mes, no podrán efectuarse contrataciones en

otro día que no sean los anteriormente mencionados, a menos

que se trate de días inhábiles en cuyo caso la fecha de

contratación será el primer día hábil siguiente, conforme al

calendario de cortes que la Dirección General de Administración

y Desarrollo de Personal, el cual se da a conocer al inicio de

cada ejercicio fiscal.

Page 14: DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION Y DESARROLLO DE PERSONAL DIRECCION OPERATIVA DE PERSONAL

Lineamientos:

• La plaza debe existir en la Estructura Autorizada y deberá estar considerada en el presupuesto autorizado para el ejercicio fiscal en curso.

• Las plazas vacantes que no se ocupen en un periodo de 45 días quedarán congeladas, excepto las operativas de seguridad y custodia, área médica y paramédicas, ministerios públicos y peritos.

AltasAltas

Page 15: DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION Y DESARROLLO DE PERSONAL DIRECCION OPERATIVA DE PERSONAL

• No se efectuarán pagos retroactivos, el inicio

de las labores se dará una vez que la Dirección

General de Administración y Desarrollo de Personal

valide el movimiento y haya dado el aviso

correspondiente al I.M.S.S. y seguro de vida.

AltasAltas

Page 16: DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION Y DESARROLLO DE PERSONAL DIRECCION OPERATIVA DE PERSONAL

Es la recontratación del personal que anteriormente laboró para el Poder Ejecutivo del Gobierno del Estado.

• En estos casos se deberá anexar Constancia de Existencia de Documentos Personales (FO-DGADP-ARCH-02), expedida por la Dirección Operativa de Personal, en la que se señala la documentación personal faltante en el expediente laboral o que deba actualizarse.

• No podrán reingresar las personas que hayan causado baja por los motivos que señala el artículo 24, fracciones III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV, de la Ley del Servicio Civil.

Reingresos

Page 17: DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION Y DESARROLLO DE PERSONAL DIRECCION OPERATIVA DE PERSONAL

Es la terminación de la relación laboral del trabajador con el Poder Ejecutivo del Gobierno del Estado.

Se consideran como tales las siguientes

• Baja por renuncia

• Baja por abandono de empleo

• Baja por reestructuración (cancelación de plaza).

• Baja por cese

• Baja por defunción

• Baja por pensión

• Baja por termino de interinato

• Baja por faltas injustificadas

• Baja por Convenio Fuera de Juicio

Bajas

Page 18: DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION Y DESARROLLO DE PERSONAL DIRECCION OPERATIVA DE PERSONAL

• Deberán presentarse ante la Dirección General de Administración y Desarrollo de Personal, de manera inmediata, en el caso de las que se presenten después de los días de corte señalados en el calendario, las Unidades de las Coordinaciones Administrativas (UCA’S) deberán solicitar que los días pagados indebidamente, sean descontados del pago del finiquito del trabajador, siempre y cuando el monto del finiquito sea suficiente para poder recuperar los días que indebidamente le fueron pagados, en caso contrario las UCA’S deberán requerir al trabajador el reintegro correspondiente.

Bajas

Page 19: DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION Y DESARROLLO DE PERSONAL DIRECCION OPERATIVA DE PERSONAL

• Las Coordinaciones Administrativas, serán responsables del pago de las cuotas patronales (I.M.S.S., Instituto de Crédito y Seguro de Vida) que se realicen en demasía, por la extemporaneidad de dichas bajas.

• En aquellas áreas en que el pago de salario, sea por medio de cheque, deberán tomar las medidas necesarias a fin de evitar que sus habilitados entreguen cheques al personal que haya causado baja.

• En el caso de personal de Mandos Medios y Superiores deberán presentar Constancia de No Adeudo al Ejecutivo emitidas por la Dirección General de Contabilidad y por la Coordinación Administrativa para el tramite de su finiquito

BajasBajas

Page 20: DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION Y DESARROLLO DE PERSONAL DIRECCION OPERATIVA DE PERSONAL

Requisitos:

Renuncia (original)

Acta administrativa o documento que justifique la baja (original).

Resolución Administrativa

Laudos

Propuesta de convenio fuera de juicio

BajasBajas

Page 21: DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION Y DESARROLLO DE PERSONAL DIRECCION OPERATIVA DE PERSONAL

Pago que se realiza al ex-trabajador ó al beneficiario en caso de defunción para pagar las partes proporcionales que se le adeuden a la fecha de su baja.

• Es responsabilidad de los Coordinadores Administrativos, emitir y presentar anexo al movimiento de baja, Constancia de No Adeudo emitida por las UCA’S y por la Direccion General de Contabilidad esta ultima en el caso de Mandos Medios y Superiores: en el que se indique que el trabajador no tiene adeudo con el Gobierno del Estado por concepto de salarios, fondos, gastos a comprobar, etc.

BajasFiniquitos

Page 22: DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION Y DESARROLLO DE PERSONAL DIRECCION OPERATIVA DE PERSONAL

Son las modificaciones a la relación laboral del personal que ya se encuentra activo en el Poder Ejecutivo del Gobierno del Estado.

Estos pueden ser:

• De plaza

• De Datos personales

• De nombramiento

• De unidad administrativa (U.A.)

• Clave nominal (área de impresión)

Cambios

Page 23: DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION Y DESARROLLO DE PERSONAL DIRECCION OPERATIVA DE PERSONAL

Permuta

Es el intercambio de personas entre dos plazas

del mismo nivel y dentro de la misma

Dependencia.

No puede aplicarse a más de dos personas por

caso.

Permutas

Page 24: DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION Y DESARROLLO DE PERSONAL DIRECCION OPERATIVA DE PERSONAL

• Sólo aplican con fecha 1° ó 16 de cada mes

• En los cambios de plaza, no se efectuarán pagos retroactivos.

• El trabajador deberá firmar el formato FO-DGADP-NOM-01, al reverso del mismo.

Requisitos:

• Constancia de Existencia de Documentos para la presentación de documentación faltante.

• Cumpla con el Perfil de la plaza.

Lineamientos para Cambios y Permutas

Page 25: DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION Y DESARROLLO DE PERSONAL DIRECCION OPERATIVA DE PERSONAL

Deberán reportarse ante la Dirección General de Administración y Desarrollo de Personal, con 10 días de anticipación, únicamente se concederán a partir de los días 1º ó 16 de cada mes.

Solamente se autorizan 180 días de licencia sin goce de sueldo, en el mismo año.

Requisitos:

•Anexar solicitud original del trabajador.

Fundamento:

Artículos 8, 11 y 43 fracción IV de la Ley del Servicio Civil.

Licencias sin goce de sueldoLicencias sin goce de Sueldo

Page 26: DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION Y DESARROLLO DE PERSONAL DIRECCION OPERATIVA DE PERSONAL

Licencias sin goce de sueldo

De acuerdo a la antigüedad del trabajador se autorizarán los días de licencia sin goce de sueldo que a continuación se detallan:

Antigüedad Días

De 6 meses y menos de 1 año

60 días

De 1 año y menos de 2 años

90 días

De 2 años y menos de 3 años

120 días

Más de 3 años 180 días

Licencias sin goce de Sueldo

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Es aplicable al término de una licencia sin goce de sueldo o posterior a la terminación de la suspensión por la autoridad correspondiente.

Requisitos:

•Solicitud en original del trabajador,

O

•Acta de resolución emitida por el Consejo de Honor y Justicia, Visitaduría General, Secretaría de la Contraloría o Tribunal Laboral correspondiente.

Reanudación de Labores

Page 28: DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION Y DESARROLLO DE PERSONAL DIRECCION OPERATIVA DE PERSONAL

Este se establece acuerdo al nivel del empleado:

Nivel Horario

117 al 101y

626 al 602

08:00 a 17:00 hrs., (con una hora escalonada para alimentación de las 13:00 a las 14:00 hrs. o de las 14:00 a las 15:00 hrs. Debe ser solo la especificada).

236 al 220y

338 al 320

07:00 a 14:00 hrs.08:00 a 15:00 hrs.08:30 a 15:30 hrs.09:00 a 16:00 hrs.

428 al 402 12 X 12, 24 X 24 y 24 X 48

Horario de Labores

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Jornada acumulada:

•De 08:00 a 20:00 hrs.

•De 20:00 a 08:00 hrs.

•Sábados, domingos y días festivos.

Fundamento

De acuerdo al Art. 59 de la Ley Federal del Trabajo aplicada “de manera supletoria”.

Horario de Labores

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Se consideran incidencias de personal las siguientes:

• Faltas, retardos y omisiones

• Incapacidades

• Vacaciones

• Horario de lactancia

Incidencias de Personal

A partir del mes de febrero del año en curso los tiempos de captura serán de manera permanente abarcando el registro de incidencias hasta 8 días de la quincena actual

Page 31: DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION Y DESARROLLO DE PERSONAL DIRECCION OPERATIVA DE PERSONAL

• En jornadas normales de labores, se le concede al trabajador diez minutos de tolerancia.

• Se considera horario especial, cuando el trabajador labora ocho horas diarias con horario diferente a lo establecido en estos lineamientos.

• Los trabajadores que tengan horario especial, no tienen derecho a los diez minutos de tolerancia, en estos están contemplados los horarios de lactancia.

• Se considera retardo a partir de las 08:11 hasta las 08:30, se aplican quincenalmente y no son acumulables.

Faltas, Retardos y Omisiones

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• Dos retardos se descuenta medio día de sueldo.

• Tres retardos se descuenta un día de sueldo.

• Se considera Falta a partir de las 08:31.

• Por omisión de entrada o salida, se descuenta un día de sueldo.

• Por marcar tarjeta de otro empleado, se descuenta un día de sueldo.

• Por reincidir en la falta anterior, se descuentan tres días de sueldo.

• Por alteración en el checado de su tarjeta de asistencia, se descuenta un día de sueldo.

Faltas, Retardos y Omisiones

Page 33: DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION Y DESARROLLO DE PERSONAL DIRECCION OPERATIVA DE PERSONAL

• Por reincidir en la falta anterior, se descuenta un día de sueldo y se amonesta al trabajador.

• Por falta injustificada, se descuenta un día de sueldo.

• En jornada acumulada, por un día de falta, se descuentan tres días de sueldo.

• No se reintegrarán descuentos, por concepto de faltas y retardos que no se soliciten dentro de los primeros cuatro días hábiles, posteriores a la quincena en que haya ocurrido el descuento.

Faltas, Retardos y Omisiones

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• El término máximo para registrar entrada en forma anticipada, será de 15 minutos con respecto al horario de cada trabajador. El incumplimiento a lo anterior será sancionado como omisión de entrada.

Faltas, Retardos y Omisiones

Page 35: DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION Y DESARROLLO DE PERSONAL DIRECCION OPERATIVA DE PERSONAL

• Es responsabilidad de los Coordinadores Administrativos, comunicar en tiempo y forma a la Dirección General de Administración y Desarrollo de Personal de las solicitudes de horario de lactancia presentadas por las madres trabajadoras.

• Se considerarán 6 meses a partir de la fecha de alumbramiento.

• Requisitos:

1.-Solicitud original de la madre trabajadora.

2.-Oficio de la Coordinación Administrativa, (especificando el horario normal de labores de la madre trabajadora).

Horario de Lactancia

Page 36: DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION Y DESARROLLO DE PERSONAL DIRECCION OPERATIVA DE PERSONAL

Las madres podrán optar por:

• 1/2 hora a la entrada y 1/2 hora a la salida.

• 1 hora a la entrada.• 1 hora a la salida.

Fundamento

Artículo 40 Fracción XX Inciso K Sub-inciso C, de la Constitución Política del Estado, así como lo manifestado por los artículos 8° y 11° de la Ley del Servicio Civil, referente a la costumbre del Gobierno del Estado.

Horario de Lactancia

Page 37: DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION Y DESARROLLO DE PERSONAL DIRECCION OPERATIVA DE PERSONAL

• Es responsabilidad de las Coordinaciones Administrativas, registrar las vacaciones a otorgar, mediante su captura en SADPI antes de ocurrir la incidencia e informar mediante el FO-DGADP-NOM-11 a la Dirección General de Administración y Desarrollo de Personal, y deberá procurarse ocurran en los periodos que para tal efecto señale la circular correspondiente.

• En las dependencias cuya naturaleza del servicio requiera de una atención constante, se deberán escalonar las vacaciones, para lo cual deberán registrarse y enviarse el rol vacacional correspondiente, obligándose a notificar cualquier modificación al mismo.

• Tiene derecho a gozar de vacaciones el personal que cuente con una antigüedad de más de 6 meses ininterrumpidos a la fecha que se dictamine comenzara el periodo vacacional.

• No esta autorizado el pago de Vacaciones por lo cual deberá disfrutarlas en su momento el trabajador.

Fundamento

Artículo 33 de la Ley del Servicio Civil.

Vacaciones

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Solicitud de Percepciones y Deducciones

Estos pueden ser de Percepción y Deducción.

• Conceptos Fijos: son los que aplican a un determinado numero de quincenas.

• Conceptos por Única Vez: se aplican solo en la quincena actual.

En cualquier caso de solicitud de percepciones deberán incluir anexo oficio de suficiencia presupuestal con la firma de Autorización del Director General de Presupuesto

En el caso de deducciones deberán anexar oficio que sustento el descuento.

Page 39: DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION Y DESARROLLO DE PERSONAL DIRECCION OPERATIVA DE PERSONAL

Deberán ser gestionadas en las fechas que señala el calendario de cortes para incidencias 2007.

Requisitos:

1. Captura en línea en el sistema SADPI

2. Entregar el ó los formato(s) generado(s) por el SADPI ordenado en forma alfabética, que mencione: periodo que abarca la captura y días en que ocurrió la incidencia, así como datos del empleado.

Incidencias de Personal

Page 40: DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION Y DESARROLLO DE PERSONAL DIRECCION OPERATIVA DE PERSONAL

• FO-DGADP-NOM-01 Solicitud de movimientos de personal• FO-DGADP-NOM-03 Formato de Finiquitos• FO-DGADP-NOM-05 Formato Pensión Alimenticia

• FO-DGADP-NOM-06 Solicitud de movimientos ante el banco

• FO-DGADP-NOM-08 Solicitud de Percepciones y Deducciones

• FO-DGADP-NOM-09 Faltas, Retardos y Omisiones

• FO-DGADP-NOM-10 Incapacidades

• FO-DGADP-NOM-11 Vacaciones

• FO-DGADP-ARCH-01 Solicitud de constancias (personalizado)

• FO-DGADP-ARCH-05 Solicitud de constancias de las Coordinaciones Administrativas y/o Direcciones Generales

Formatos:

Page 41: DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION Y DESARROLLO DE PERSONAL DIRECCION OPERATIVA DE PERSONAL

Elaborar Formato FO-DGADP-NOM-01 en original y CUATRO copias debidamente firmado y requisitado en base al instructivo de llenado anexo al mismo, con documentación anexa.

Proceso de entrega en la Dirección:

1.- Original y 1 copia en los Departamento de Nomina

2.- Departamento de S.U.A.- I.M.S.S.

3.- Dependencia generadora, acuse de recibo.

4.- Trabajador (Se entregara a través de la Dependencia).

Requisitos para Movimientos de Personal

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OPERACIÓN DEL SISTEMA

Page 43: DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION Y DESARROLLO DE PERSONAL DIRECCION OPERATIVA DE PERSONAL

Es responsabilidad de los Coordinadores Administrativos enviar al trabajador de nuevo ingreso al departamento de Afiliación- Vigencia de Derechos de la Subdelegación Metropolitana del IMSS ubicada en Bajada Chapultepec Num.4 Col Chapultepec, a solicitar su numero de seguridad social. En caso de Reingresos deberá anexar comprobante de numero de seguridad Social expedido por el IMSS.

Ningún movimiento de personal puede aplicar con retroactividad ante el IMSS, ya que genera multas, recargos y actualizaciones las cuales provocan sobregiros en el presupuesto de la dependencia.

Afiliaciones:

Page 44: DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION Y DESARROLLO DE PERSONAL DIRECCION OPERATIVA DE PERSONAL

Es responsabilidad de los Coordinadores Administrativos, el que las incapacidades expedidas por el I.M.S.S. que presenten los trabajadores, se remitan a la Dirección General de Administración y Desarrollo de Personal, inmediatamente que se tenga conocimiento de las mismas, las UCA`S deberán solicitar a los trabajadores que les hagan llegar los certificados de copia patrón y trabajador dado que este caso el G.E.M .subsidia dicha incapacidad, a más tardar al siguiente día hábil de que éstas se originen, para que a su vez, las presenten a la DGADP, para efectos del SUA).

Incapacidades:

Page 45: DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION Y DESARROLLO DE PERSONAL DIRECCION OPERATIVA DE PERSONAL

• Complemento de incapacidad

Se aplica para las madres trabajadoras que no gozaron totalmente de los 42 días que el I.M.S.S. les otorgó de incapacidad por gravidez (prenatal), tomando en cuenta 6 días más que el Gobierno del Estado otorga de acuerdo a la costumbre.

• Requisitos:

1.- Solicitud original de la madre trabajadora.

2.- Oficio de la Coordinación Administrativa.

Incapacidades:

Page 46: DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION Y DESARROLLO DE PERSONAL DIRECCION OPERATIVA DE PERSONAL

Fundamento

Artículo 40 Fracción XX Inciso K Sub-inciso C, de la Constitución Política del Estado, así como lo manifestado por los artículos 8° y 11° de la Ley del Servicio Civil, referente a la costumbre del Gobierno del Estado.

Incapacidades:

Page 47: DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION Y DESARROLLO DE PERSONAL DIRECCION OPERATIVA DE PERSONAL

Un Pensionado ante el Gobierno del Estado puede

solicitar su pensión ante el IMSS siempre y cuando

tenga un mínimo de 1250 cotizaciones semanales y

haya cumplido 60 años de edad o mas.

Fundamento Ley del IMSS Art. 154 Sección 2da.

Capitulo 6.

Pensión ante el IMSS

Page 48: DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION Y DESARROLLO DE PERSONAL DIRECCION OPERATIVA DE PERSONAL

Nombramientos:

Para la expedición de un nombramiento deberá estar activo en al plantilla del Ejecutivo, así como existir descripción de puesto o fundamentación legal para su expedición.

Los nombramientos de Secretario de Estado a nivel de Director General (109, 107, 105, 104) deberán ser tramitados ante la secretaria Particular del C. Gobernador.

Page 49: DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION Y DESARROLLO DE PERSONAL DIRECCION OPERATIVA DE PERSONAL

DIRECCION OPERATIVA DE PERSONALHOLA MUNDI

HOLA MUNDI TO AKI ESTAMOS TRATANTO DE QUE SE CUBRA LA IMAGEN

Otra ves hola mundo necesito tapar esta línea

Otra ves hola mundo necesito tapar esta línea

Page 50: DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION Y DESARROLLO DE PERSONAL DIRECCION OPERATIVA DE PERSONAL

Entrega de Nominas.

El habilitado es el responsable de recabar las firmas de los trabajadores en las Nominas que tiene asignadas.

Las cuales deberá reintegrarlas debidamente firmadas al archivo de contabilidad.

REQUISITOS PARA ENTREGA DE NOMINAS POR PARTE DE LA D.G.A.D.P. A LOS HABILITADOS:

– Reintegro de la quincena anterior– Credencial de elector– copia del oficio que lo avale como habilitado de las nominas– En la DGADP solo se recibirán reintegros de comprobantes de pago de la

nomina por motivo de baja de trabajadores: Renuncia, Faltas Injustificadas, defunción y/o ceses; siempre y cuando exista el antecedente de la retención de pago en el caso depósitos.

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Solicitud de Constancias

• La solicitud de constancias de servicio, trabajo, sueldo y de existencia de documentos, se podrán realizar de manera electrónica a través del SADPI, con la finalidad de que el trabajador no se tenga que trasladar hasta nuestras instalaciones a realizar dichos trámites, con la ventaja de que al realizar estos a través de su Coordinación Administrativa o de su Dirección General no se deberá anexar documento alguno.En el sistema es suficiente con proporcionar la clave del empleado, desplegándose los datos del trabajador solicitante.

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DIRECCION OPERATIVA DE PERSONAL

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• Una vez capturado lo anterior, y enviado a nuestra base de datos, el solicitante deberá imprimir dicho formato y presentarlo en el área de recepción de solicitudes, ubicada en las instalaciones de la Dirección Operativa, a efecto de que se le indique fecha de entrega de lo solicitado.

• El tiempo de entrega de las constancias es el siguiente:

Constancia de Servicio: 5 días. Constancia de Trabajo y/o Sueldo:3 días. Constancia de Existencia de Documentos: 1 día.

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HOLA MUNDI

HOLA MUNDI TO OTRA VES

Hola mundo que quiero tapar esto

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DIRECCION OPERATIVA DE PERSONAL

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FIN

GRACIAS

POR SU ATENCION