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ANEXO 2-Especificaciones Particulares PC-2013-0014 Página 1 de 94 ANEXO 2 ESPECIFICACIONES PARTICULARES A continuación se incluyen las especificaciones particulares para el contrato, las cuales son complementos, adiciones o modificaciones al manual de "Normas y Especificaciones Generales de Construcción”, de las Empresas Públicas de Medellín E.S.P., aprobado por la honorable Junta Directiva, según consta en el Acta 1320 del 18 de diciembre de 1997. 101 A1 Desvío de quebrada 107.2.A1 Excavación en roca sin el uso de explosivo 204.A1 Llenos compactados 205.A1 Cargue, retiro y botada material sobrante de la excavación 301.A1 Corte y retiro de pavimento 303.A1 Base granular 306.A1 Riego de liga 307.A2 Concreto asfáltico-mezcla tipo INVIAS MDC2 Artículo 450-2 411.A1 Cortes Con Acetileno 423.N1 Cinta de polietileno para señalización de redes de acueducto 701.2.A1 Tuberías y accesorios en hierro dúctil 702.1.A1 Válvulas de compuerta 704.A1 Instalación manual de tubería 705.A1 Uniones Mecánicas 707.A1 Cajas para válvulas 1300.A1 Control del impacto comunitario Procedimiento para atención de quejas y reclamos

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ANEXO 2-Especificaciones Particulares PC-2013-0014 Página 1 de 94

ANEXO 2

ESPECIFICACIONES PARTICULARES A continuación se incluyen las especificaciones particulares para el contrato, las cuales son complementos, adiciones o modificaciones al manual de "Normas y Especificaciones Generales de Construcción”, de las Empresas Públicas de Medellín E.S.P., aprobado por la honorable Junta Directiva, según consta en el Acta 1320 del 18 de diciembre de 1997. 101 A1 Desvío de quebrada 107.2.A1 Excavación en roca sin el uso de explosivo 204.A1 Llenos compactados 205.A1 Cargue, retiro y botada material sobrante de la excavación 301.A1 Corte y retiro de pavimento 303.A1 Base granular 306.A1 Riego de liga 307.A2 Concreto asfáltico-mezcla tipo INVIAS MDC2 Artículo 450-2 411.A1 Cortes Con Acetileno 423.N1 Cinta de polietileno para señalización de redes de acueducto 701.2.A1 Tuberías y accesorios en hierro dúctil 702.1.A1 Válvulas de compuerta 704.A1 Instalación manual de tubería 705.A1 Uniones Mecánicas 707.A1 Cajas para válvulas 1300.A1 Control del impacto comunitario

Procedimiento para atención de quejas y reclamos

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NORMAS Y ESPECIFICACIONES GENERALES DE CONSTRUCCIÓN

FECHA ACTUALIZACIÓN

CAPÍTULO 1

DESVIO DE QUEBRADA ESPECIFICACIÓN PARTICULAR 101.A1

NORMATIVIDAD ASOCIADA: NEGC107, NEGC107.1, NEGC201. Para la construcción de la infraestructura de acueducto por el paso bajo el Rio Tonusco, se debe realizar el desvío del cauce en dos puntos específicos ya señalados en los planos. Se debe realizar la ejecución del paso subfluvial utilizando la maquinaria y herramientas necesarias, y en condiciones climáticas favorables, de modo que los trabajos se realicen en el menor tiempo posible. Se realizara un plan de trabajo sobre esta actividad, el cual deberá estar autorizado por la interventoría, antes de la ejecución de la obra, al igual que el replanteo de la tubería por los pasos subfluviales. MEDIDA Y PAGO: El reconocimiento a la ejecución de las actividades descritas se pagaran por unidad de paso subfluvial

NORMAS Y ESPECIFICACIONES GENERALES DE CONSTRUCCIÓN

FECHA ACTUALIZACIÓN

CAPÍTULO 1

EXCAVACIÓN EN ROCA SIN EL USO DE EXPLOSIVOS

ESPECIFICACIÓN PARTICULAR 107.2.A1

NORMATIVIDAD ASOCIADA: NEGC 107.2, 201.2.1 En la ejecución de los trabajos, es frecuente encontrar algunos sectores donde no es recomendable el uso de los métodos tradicionales de voladura para la ejecución de las excavaciones en roca debido a los siguientes factores: - Las condiciones propias del proyecto, tales como: el ancho de las vías o callejones, el diámetro de las tuberías a instalar, la profundidad de las excavaciones, las características geotécnicas del terreno, entre otros. - La calidad de las viviendas y de las diferentes estructuras del sector que no cumplen con las normas de construcción mínimas. En el evento de emplearse dichos sistemas para las excavaciones en roca, las viviendas o estructuras existentes se podrían ver seriamente afectadas por las vibraciones. En consecuencia, cuando en dichos sectores se deba realizar excavaciones en roca a menos de tres metros de profundidad, se deben emplear métodos alternativos de excavación a base de productos demoledores no explosivos conocidos como cementos expansivos, cuñas, sistemas mecánicos, térmicos u otros similares conocidos en el

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NORMAS Y ESPECIFICACIONES GENERALES DE CONSTRUCCIÓN

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CAPÍTULO 1

EXCAVACIÓN EN ROCA SIN EL USO DE EXPLOSIVOS

ESPECIFICACIÓN PARTICULAR 107.2.A1

mundo. Para la utilización del método propuesto se debe obligatoriamente contar con la presencia de los asesores del fabricante, quienes deberán sustentar su conveniencia mediante la elaboración de diagramas de barrenación y los cálculos del material necesario en cada una de las excavaciones a realizar. Esta documentación deberá adjuntarse a las actas de vecindad realizadas previamente a la ejecución de los trabajos. MEDIDA Y PAGO: La unidad de medida para las excavaciones en roca con métodos no explosivos será el metro cúbico (m3), medido en su posición original. Los volúmenes se calcularán por el método del promedio de áreas de secciones consecutivas. Los precios propuestos deben incluir el costo de la mano de obra, herramienta y equipo; la adquisición de permisos; el transporte, almacenamiento y utilización del material expansivo; la asesoría de expertos o proveedores de los materiales durante la ejecución de la actividad; la elaboración de los diagramas de barrenación y cálculos de las cantidades del producto a utilizar; la remoción del material cortado hasta el sitio de cargue; el costo que conlleva atender todas las instrucciones y normas de seguridad; y, los demás costos directos e indirectos que se requieran para realizar esta actividad. El retiro, cargue y botada de los materiales excavados se pagará en el ítem correspondiente. Todos los daños en estructuras, redes y, en general, en todas las obras existentes, ocasionados por la mala utilización de los métodos serán de entera responsabilidad del Contratista, y su costo correrá por cuenta de éste.

NORMAS Y ESPECIFICACIONES GENERALES DE CONSTRUCCIÓN

FECHA ACTUALIZACIÓN

CAPÍTULO 8

EXCAVACIONES

ESPECIFICACIÓN 201.A1

NORMATIVIDAD ASOCIADA: NEGC 107.2, 200, 202,1300. En las GENERALIDADES: Donde dice: Esta actividad comprende la ejecución de toda clase de excavaciones necesarias para laconstrucción de las obras de acuerdo con las líneas, pendientes y profundidades indicadas enlos planos o requeridas durante el proceso constructivo.

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CAPÍTULO 8

EXCAVACIONES

ESPECIFICACIÓN 201.A1

Léase: Esta actividad comprende la ejecución de toda clase de excavaciones necesarias para investigaciones durante el diseño y para la construcción de las obras de acuerdo con las líneas, pendientes y profundidades indicadas en los planos o requeridas durante el proceso constructivo. Donde dice: A cada lado de la zanja se deberá dejar una faja mínima de 0,60 m libre de tierra excavada, escombros, tubos u otros materiales. Léase: Para excavaciones hasta 2 m de profundidad, a cada lado de la zanja se deberá dejar una faja mínima de 0,60 m libre de tierra excavada, escombros, tubos u otros materiales. Para profundidades mayores de 2 m esta faja deberá ser mínimo de 1 m. Se elimina: Por ningún motivo se permitirá un tramo de excavación abierto durante más de 48 horas y en caso de que llueva deberá protegerse con plástico y bordillo o lleno en forma de resalto para evitar las inundaciones. En el numeral 1.1 EXCAVACIONES DE ZANJAS Y APIQUES: Donde dice: No podrá iniciarse la ejecución de zanjas en las vías públicas mientras no se hayan obtenido los permisos de rotura de pavimento y cierre de vía correspondientes, los cuales deberán ser tramitados por el Contratista teniendo en cuenta el programa de trabajo aprobado por la Interventoría. Léase: No podrá iniciarse la ejecución de zanjas en las vías públicas mientras no se hayan obtenido los permisos de rotura de pavimento y cierre de vía correspondientes, los cuales deberán ser tramitados por el Contratista teniendo en cuenta el programa de trabajo aprobado por la Interventoría. Un apique de investigación es la excavación necesaria con el objeto de conocer información que es incierta y asegurarse qué redes, materiales, profundidades, estado de las tuberías etc. hay en ese sitio. Por tal razón los nichos de investigación los debe ejecutar un oficial experto y con métodos y herramientas que garanticen que no se hará ningún daño a las redes existentes y que se extraerá la mayor cantidad de información posible, para ser utilizada en el proyecto en construcción y para los fines que Las Empresas estimen conveniente.

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CAPÍTULO 8

EXCAVACIONES

ESPECIFICACIÓN 201.A1

En el numeral 1.1.1 ANCHO DE LAS ZANJAS: Donde dice: En redes de acueducto y alcantarillado: Diámetro de la tubería Ancho de zanja (m) 75 a 200 mm (3" a 8") 0,60 250 y 300 mm (10" y 12") 0,70 375 y 400 mm (15" y 16") 0,80 450 mm (18") 0,90 500 y 525 mm (20" y 21") 1,00 600 mm (24") 1,10 675 mm (27") 1,20 750 mm (30") 1,30 825 mm (33") 1,40 900 mm (36") 1,50 1000 mm (40") 1,80 En redes de Gas: Diámetro de la tubería Ancho de zanja (m) 20 mm a 180 mm 0,40 200 m a 315 mm0,60 Para diámetros mayores a los contemplados en esta tabla, el ancho de la zanja será igual aldiámetro exterior de la tubería más 0,40 m a cada lado. Para las domiciliarias de acueducto ygas se utilizará un ancho de zanja de 0,40 m. El ancho de las excavaciones se incrementará cuando se requiera entibado de acuerdo con elespesor determinado para éste. Cuando se presenten derrumbes la Interventoría definirá el tipo de cimentación a utilizar deacuerdo con las nuevas condiciones de la zanja. Léase: Los anchos máximos de zanjas serán los que se indican a continuación: En redes de acueducto y alcantarillado: Diámetro de la tubería Ancho de zanja (m)

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CAPÍTULO 8

EXCAVACIONES

ESPECIFICACIÓN 201.A1

12,7 a 25 mm (1/2" a 1") 0,40 38,1 a 63.5 mm (1.1/2” a 2.1/2”) 0,50 75 a 200 mm (3" a 8") 0,60 250 y 300 mm (10" y 12") 0,70 375 y 400 mm (15" y 16") 0,80 450 mm (18") 0,90 500 y 525 mm (20" y 21") 1,00 600 mm (24") 1,10 675 mm (27") 1,20 750 mm (30") 1,30 825 mm (33") 1,40 900 mm (36") 1,50 1000 mm (40") 1,80 En redes de Gas: Diámetro de la tubería Ancho de zanja (m) Atrás 20 mm a 180 mm 0,40 200 m a 315 mm 0,60 Para diámetros mayores a los contemplados en esta tabla, el ancho de la zanja será igual al diámetro exterior de la tubería más 0,40 m a cada lado. Para las domiciliarias de acueducto y gas se utilizará un ancho de zanja de 0,40 m. El ancho de las excavaciones se incrementará cuando se requiera entibado de acuerdo con el espesor determinado para éste y de conformidad con la especificación 202. Cuando se presenten derrumbes que afecten el ancho de la zanja hasta 0.30 m por encima de la clave del tubo, la Interventoría, con la asesoría del diseñador si es necesario, definirá el tipo de cimentación a utilizar de acuerdo con las nuevas condiciones de la zanja. En el numeral 1.1.2. PROFUNDIDAD DE LAS ZANJAS: Donde dice: Las zanjas para la colocación de las tuberías de redes deservicios tendrán las profundidades indicadas en los planos, incluyendo las requeridas para lacimentación. Cuando en la ejecución de las zanjas se emplee equipo mecánico, lasexcavaciones se llevarán hasta una cota de 0,20 m por encima de la indicada en los planos.Se

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CAPÍTULO 8

EXCAVACIONES

ESPECIFICACIÓN 201.A1

excavará el resto por medios manuales y en forma cuidadosa, para no alterar el suelo defundación y nivelar el fondo de la excavación, de tal manera que la distribución de esfuerzossea uniforme en la superficie de apoyo del tubo y evitar que éste quede sometido a esfuerzosde flexión. Si los materiales encontrados a las cotas especificadas de colocación de las tuberías no sonaptos para la instalación de las mismas, la excavación se llevará hasta la profundidad indicadapor la Interventoría, quien también definirá el material de apoyo a utilizar. Esta sobreexcavacióny entresuelo se medirán y pagarán de acuerdo con los ítems correspondientes. Léase: Las zanjas para la colocación de las tuberías de redes de servicios tendrán las profundidades indicadas en los planos, incluyendo las requeridas para la cimentación. Cuando en la ejecución de las zanjas se emplee equipo mecánico, las excavaciones se llevarán hasta una cota de 0,20 m por encima de la indicada en los planos. Se excavará el resto por medios manuales y en forma cuidadosa, para no alterar el suelo de fundación, nivelando el fondo de la excavación, de tal manera que se presente un apoyo continuo en la totalidad del apoyo del tubo en contacto con el suelo de fundación, incluyendo las campanas, para garantizar que la distribución de esfuerzos sea uniforme en la superficie de apoyo del tubo y evitar que éste quede sometido a esfuerzos de flexión o se presenten asentamientos diferenciales. Si los materiales encontrados a las cotas especificadas de colocación de las tuberías, previo concepto del diseñador en los casos en que se considere necesario, no son aptos para la instalación de las mismas, la excavación se llevará hasta la profundidad indicada por la Interventoría y/o el diseñador, quien también definirá el material de apoyo a utilizar. Esta sobreexcavación y entresuelo se medirán y pagarán de acuerdo con los ítems correspondientes. En el numeral 2.2 EXCAVACIÓN EN MATERIAL COMÚN: Donde dice: El material común es cualquier material que no seasimila a la clasificación de roca ya definida en la especificación NEGC 107.2 de“Excavaciones o cortes en roca” y que pueden extraerse por métodos manuales o mecánicosutilizando las herramientas y equipos de uso frecuente para esta clase de labor, tales comoexcavadoras mecánicas, barras, picas y palas. Se clasifican como material común las arcillas, limos, arenas, conglomerado, cascajo y piedras sin tener en cuenta el grado de compactación odureza y considerados en forma conjunta o independiente. No se considera como material deexcavación el proveniente de la remoción de derrumbes.

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CAPÍTULO 8

EXCAVACIONES

ESPECIFICACIÓN 201.A1

Léase: El material común es cualquier material que no se asimila a la clasificación de roca ya definida en la especificación NEGC 107.2 de “Excavaciones o cortes en roca” y que pueden extraerse por métodos manuales o mecánicos utilizando las herramientas y equipos de uso frecuente para esta clase de labor, tales como excavadoras mecánicas, barras, picas y palas. Se clasifican como material común las arcillas, limos, arenas, conglomerado no cementado, cascajo y piedras sin tener en cuenta el grado de compactación o consistencia y considerados en forma conjunta o independiente. No se considera como material de excavación el proveniente de la remoción de derrumbes. En la MEDIDA Y PAGO: Donde dice: La medida de las excavaciones se hará por metro cúbico (m3) de material excavado, medidoen su posición original, de acuerdo con los alineamientos, pendientes, cotas y dimensionesindicadas en los planos o autorizadas por la Interventoría. Para la medida de la excavación seaplicará la fórmula prismoidal al material "en el sitio”, descontando el volumen de cualquier tipode pavimento existente, y su pago se efectuará dependiendo del tipo de excavación, delmaterial, de la humedad y de la profundidad, de acuerdo con lo establecido en el formulario decantidades de obra y a los precios contemplados en el contrato. Léase: La medida de las excavaciones se hará por metro cúbico (m3) de material excavado, medido en su posición original, “in situ”, de acuerdo con los alineamientos, pendientes, cotas y dimensiones indicadas en los planos o autorizadas por la Interventoría. Para la medida de la excavación se aplicará la fórmula prismoidal al material en el sitio, descontando el volumen de cualquier tipo de pavimento existente, y su pago se efectuará dependiendo del tipo de excavación, del material, de la humedad y de la profundidad, de acuerdo con lo establecido en el formulario de cantidades de obra y a los precios contemplados en el contrato.

NORMAS Y ESPECIFICACIONES GENERALES DE CONSTRUCCIÓN

FECHA ACTUALIZACIÓN

CAPÍTULO 2

LLENOS COMPACTADOS ESPECIFICACIÓN 204.A1

NORMATIVIDAD ASOCIADA: NEGC 204.

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CAPÍTULO 2

LLENOS COMPACTADOS ESPECIFICACIÓN 204.A1

En el numeral 1.1. LLENOS COMPACTADOS EN ZANJAS Y APIQUES: Donde dice: La frecuencia de los ensayos para el material a utilizar será: ENSAYOSLOTE FRECUENCIA (muestra porlote) Densidad 40 m de zanja1 Granulometría Semanal 1 Límites de consistencia Semanal 1 Proctor modificado Semanal 1 Impurezas Jornada Inspección visual Léase: La frecuencia de los ensayos para el material a utilizar será: ENSAYOS LOTE FRECUENCIA (muestrapor lote) Densidad 40 m de zanja o50 m3 de lleno 1 (lo que primero se cumpla) Granulometría Semanal 1 Límites de consistencia Semanal 1 Proctor modificado Semanal 1 Proctor Estándar Semanal 1 Impurezas Jornada Inspección visual Para la primera parte del lleno y hasta los 0,30 m por encima de la parte superior de las tuberías (o la altura indicada en los planos) deberá utilizarse material que no contenga piedras para evitar que durante el proceso de compactación se ejerzan esfuerzos puntuales sobre las tuberías. Hasta esta misma altura se compactará utilizando pisones metálicos manuales, en capas de 0,10 m, subiendo el lleno simultáneamente a ambos lados del ducto con el fin de evitar esfuerzos laterales. En esta zona del lleno la densidad de compactación deberá cumplir el 90% del ensayo Proctor estándar. Para la zona del lleno por encima de 0.30 m por encima del tubo la densidad de compactación deberá cumplir con el 90% del ensayo de Proctor modificado. En el numeral 2.1 MATERIAL SELECTO DE LA EXCAVACIÓN: Donde dice:

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CAPÍTULO 2

LLENOS COMPACTADOS ESPECIFICACIÓN 204.A1

Se considera como “Lleno con material selecto de la excavación” aquel que se efectúe conmaterial extraído del área o zona de los trabajos. El Contratista está en la obligación deseleccionar, cargar, transportar, almacenar, proteger, colocar y compactar los materiales aptospara llenos, que se obtengan como resultado de las excavaciones, todo lo anterior a su costo ybajo su responsabilidad. Estos materiales son propiedad de las EE.PP.M. y el Contratistadeberá emplearlos para las actividades previstas en la obra. Léase: Se considera como “Lleno con material selecto de la excavación” aquel que se efectúe conmaterial extraído del área o zona de los trabajos. El Contratista está en la obligación deseleccionar, cargar, transportar, almacenar, proteger, colocar y compactar los materiales aptospara llenos, que se obtengan como resultado de las excavaciones, todo lo anterior a su costo ybajo su responsabilidad. Estos materiales son propiedad de las EE.PP.M. y el Contratistadeberá emplearlos para las actividades previstas en la obra. Si se va a utilizar el material selecto de excavación para la realización de los llenos, el Contratista deberá suministrar los resultados de ensayos de laboratorio correspondientes al Proctor estándar, Proctor modificado, granulometría, límites de consistencia y CBR. Los llenos con material selecto de la excavación, por encima de 0.30 m de la clave del tubo, al ser compactados deben tener una densidad mayor o igual que el 90% de la densidad seca máxima obtenida en el ensayo Proctor Modificado. En el formulario de cantidades de obra no se discriminará si el trabajo debe efectuarse por métodos manuales o mecánicos, por lo tanto, tampoco se hará discriminación en la medida y pago. En el numeral 2.2 MATERIAL DE PRÉSTAMO: Donde dice: Para los llenos de las domiciliarias se utilizará arenilla que cumpla las especificacionesanteriores. Léase: Para los llenos de las domiciliarias, tanto de acueducto como de alcantarillado, se utilizará siempre material de préstamo.

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NORMAS Y ESPECIFICACIONES GENERALES DE CONSTRUCCIÓN

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CAPÍTULO 2

LLENOS COMPACTADOS ESPECIFICACIÓN 204.A1

Cuando el lleno se autorice ejecutar con limos, el material a utilizar cumplirá las siguientes especificaciones: Humedad óptima igual a la establecida en el ensayo de Proctor modificado más (+) ó menos (–) un 2%. LL < 45% IP ≤ 10 Pasa tamiz 200 ≤ 60% Densidad seca máxima ≥ 1.600 kg/cm³. Adicionalmente los materiales a utilizar como llenos deben cumplir: Tamaño máximo del agregado = 75 mm. (3”). No contener materia orgánica. No contener escombros o basuras. No contener arcillas expansivas. CBR ≥ 5 EL CONTRATISTA suministrará el resultado de ensayo de laboratorio del contenido de arcillas y su clasificación. El material a utilizar en los llenos no podrá contener arcillas expansivas. Se adiciona: 2.3 SUELO CEMENTO: En caso de encontrar llenos entrópicos o suelos orgánicos en las excavaciones a la profundidad proyectada de apoyo de la tubería, dichos materiales deberán removerse y reemplazarse por suelo-cemento compactado o base granular compactada, o por concreto ciclópeo en el caso en que el reemplazo se realice por debajo del nivel freático existente en el sitio. En el caso de utilizarse concreto ciclópeo, el separador del lecho del tubo debe ser mínimo de 0,15 m. El suelo-cemento consistirá en una mezcla de arenilla y cemento Portland en una relación 10:1 por volumen (o su equivalente por peso), a la cual se le debe adicionar agua para lograr el fraguado del cemento. El agua se debe adicionar poco a poco, distribuida uniformemente sobre la mezcla, la cual deberá estar esparcida sobre el área de mezclado y sin formar pantanos que al ser mezclados con el material más seco generan grumos. A medida que se adiciona el agua se debe mezclar el material de tal forma que se logre una humedad homogénea. El suelo-cemento se compactará en capas de 0,15 m de espesor máximo y se compactará cada capa independientemente mediante el uso de pisones o equipo mecánico, hasta lograr una

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NORMAS Y ESPECIFICACIONES GENERALES DE CONSTRUCCIÓN

FECHA ACTUALIZACIÓN

CAPÍTULO 2

LLENOS COMPACTADOS ESPECIFICACIÓN 204.A1

densidad mayor o igual que el 90% de la densidad seca máxima obtenida en el ensayo Proctor Modificado. La base granular deberá cumplir la norma NEGC 303 y el concreto ciclópeo con lo especificado para este tipo de concreto en al norma NEGC 501. En la MEDIDA Y PAGO se adiciona: Para los llenos con suelo cemento la unidad de medida será el metro cúbico (m3) de cada tipo de material de reemplazo, de acuerdo con esta especificación y con la lista de ítemes y cantidades de obra. Los precios unitarios para la base granular y el concreto ciclópeo deben incluir todos los costos contemplados en las normas NEGC 303 y NEGC 501 respectivamente. Para el suelo-cemento, el precio unitario incluirá suministro, transporte, almacenamiento, preparación, dosificación y mezcla de los materiales; la colocación, conformación y compactación del material; los ensayos, equipo, herramienta y mano de obra; y todos los costos directos e indirectos necesarios para la correcta ejecución de la actividad. Las excavaciones necesarias para retirar los materiales inadecuados deberán ser previamente autorizadas por el Interventor, y se ejecutarán y pagarán de acuerdo con la norma NEGC 201.

NORMAS Y ESPECIFICACIONES GENERALES DE CONSTRUCCIÓN

FECHA ACTUALIZACIÓN

CAPÍTULO 2

CARGUE , RETIRO Y BOTADA DEL MATERIAL SOBRANTE DE LA EXCAVACIÓN

ESPECIFICACIÓN 205.A1

NORMATIVIDAD ASOCIADA: NEGC 205. En las GENERALIDADES: Donde dice: Cuando el material sobrante proveniente de las excavaciones deba retirarse a un sitio fuera de las áreas de trabajo, el Contratista lo hará asumiendo las responsabilidades por la disposición final del material en los botaderos por él determinadas y debidamente aprobadas por la autoridad competente durante la ejecución las obras. La cantidad de material a retirar será determinada por la Interventoría. En los casos en que la Interventoría considere adecuado utilizar este material en otra zona de trabajo, ésta se considerará como botadero para la disposición final del

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NORMAS Y ESPECIFICACIONES GENERALES DE CONSTRUCCIÓN

FECHA ACTUALIZACIÓN

CAPÍTULO 2

CARGUE , RETIRO Y BOTADA DEL MATERIAL SOBRANTE DE LA EXCAVACIÓN

ESPECIFICACIÓN 205.A1

material. Léase: Cuando el material sobrante proveniente de las excavaciones deba retirarse a un sitio fuera de las áreas de trabajo, el Contratista lo hará asumiendo las responsabilidades por la disposición final del material en los botaderos por él determinadas y debidamente aprobadas por la autoridad competente durante la ejecución las obras. La cantidad de material a retirar será determinada por la Interventoría. En los casos en que la Interventoría considere adecuado utilizar este material en otra zona de trabajo, este se considerará como material selecto proveniente de la excavación y se aplicará el procedimiento establecido para tal material en la NEGC 204. En la construcción de redes de acueducto y alcantarillado que no impliquen el cierre de la vía EL CONTRATISTA debe utilizar para el cargue del material un equipo mecánico, tipo Bob CaT o similar y no podrá realizar el cargue manualmente, excepto en excavaciones puntuales como empalmes y taponadas de redes de acueducto, entre otros. En la MEDIDA Y PAGO: Donde dice: La medida será por metro cúbico (m3) medido en el sitio. Los volúmenes a retirar y pagar serán los desalojados por la obra civil o la tubería y sus demás estructuras complementarias (empotramientos, cascajos, filtros, entresuelo, etc.) más el volumen desalojado por el material de préstamo y el afirmado. El volumen de exceso que resulta de la expansión del material, no tendrá pago por separado. En el precio unitario quedarán incluidos los permisos y derechos de botadero, cargue, transporte a cualquier distancia, la adecuada disposición final del material, equipo, mano de obra y herramienta y todos los costos directos e indirectos en que incurra el Contratista para realizar correctamente esta actividad. Contenido Adelante Atrás Léase: La medida será por metro cúbico (m3) medido en el sitio. Los volúmenes a retirar y pagar serán los desalojados por la obra civil o la tubería y sus demás estructuras complementarias (empotramientos, cascajos, filtros, entresuelo, etc.) más el volumen desalojado por el material de préstamo y el afirmado. El volumen de exceso que resulta de la expansión del material, no tendrá pago por separado. En el precio unitario quedarán incluidos los permisos y derechos de botadero, cargue,

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NORMAS Y ESPECIFICACIONES GENERALES DE CONSTRUCCIÓN

FECHA ACTUALIZACIÓN

CAPÍTULO 2

CARGUE , RETIRO Y BOTADA DEL MATERIAL SOBRANTE DE LA EXCAVACIÓN

ESPECIFICACIÓN 205.A1

transporte a cualquier distancia, la adecuada disposición final del material, equipo, mano de obra y herramienta y todos los costos directos e indirectos en que incurra el Contratista para realizar correctamente esta actividad. Contenido Adelante Atrás Si la interventoría considera adecuado utilizar el material de excavación en otra zona de trabajo, debe tenerse en cuenta que si hay transporte interno su costo estará incluido en la actividad de lleno con material selecto de la excavación tal como establece la NEGC 204 y la especificación 204.A1.

NORMAS Y ESPECIFICACIONES GENERALES DE CONSTRUCCIÓN

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CAPÍTULO 3

CORTE Y RETIRO DE PAVIMENTO ESPECIFICACIÓN PARTICULAR 301.A1

NORMATIVIDAD ASOCIADA: NEGC 300, 301 Se modifica el cuarto párrafo de las generalidades de la NEGC 301, así: GENERALIDADES: El pavimento existente, ya sea asfáltico o de concreto, deberá cortarse de acuerdo con los límites especificados para la excavación y sólo podrán exceder dichos límites por autorización expresa de la Interventoría cuando existan razones técnicas para ello. El corte deberá cumplir además los siguientes requisitos: - La superficie del corte debe quedar vertical. - El corte se hará según líneas rectas y figuras geométricas definidas. - Se utilizará equipo especial de corte (sierra mecánica), aprobado previamente por la Interventoría. Se harán cortes transversales según se requiera para retirar el pavimento cortado. Cuando expresamente lo autorice la interventoría podrá emplearse como equipo especial de corte el martillo neumático u otro debidamente aprobado. - Una vez cortado el pavimento se demolerá y los escombros se acopiarán para su posterior retiro de la obra, en un sitio donde no perjudique el tránsito vehicular ni la marcha normal de los trabajos y donde esté a salvo de contaminación con otros materiales. - El pavimento que esté por fuera de los límites del corte especificado y sufra daño a

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NORMAS Y ESPECIFICACIONES GENERALES DE CONSTRUCCIÓN

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CAPÍTULO 3

CORTE Y RETIRO DE PAVIMENTO ESPECIFICACIÓN PARTICULAR 301.A1

causa de procedimientos de corte inadecuado, deberá ser reconstruido por cuenta de EL CONTRATISTA. - Se debe proteger el pavimento en los puntos de apoyo de la retroexcavadora. Para los pavimentos articulados, se marcará la excavación para retirar los adoquines necesarios, acopiándolos y transportándolos de tal manera de que no sufran deterioro alguno. MEDIDA Y PAGO: La medida para rotura y retiro de pavimento asfáltico o de concreto es el metro cúbico (m3) medido en el sitio. El precio unitario incluye los equipos, mano de obra, herramienta y todos los costos necesarios (directos o indirectos) para efectuar el corte, retiro, cargue, transporte y botada de escombros a cualquier distancia. El sitio de botada del pavimento asfáltico será el indicado por las autoridades municipales para su reciclaje. El valor del corte y retiro del pavimento que se deteriore por acción del tránsito o procedimientos inadecuados de corte o excavación será asumido por EL CONTRATISTA. La medida para el retiro de pavimento articulado es el metro cuadrado (m2). El precio unitario incluye los equipos, mano de obra, herramienta y todos los costos necesarios (directos o indirectos) para efectuar el retiro, cargue y almacenamiento con su respectiva vigilancia.

NORMAS Y ESPECIFICACIONES GENERALES DE CONSTRUCCIÓN

FECHA ACTUALIZACIÓN

CAPÍTULO 3

BASE GRANULAR ESPECIFICACIÓN PARTICULAR 303.A1

NORMATIVIDAD ASOCIADA: NEGC300, 303 Se adiciona el siguiente párrafo a las Generalidades: En Ejecución del trabajo, en donde dice: "Cada capa de base se oreará o humedecerá artificialmente si es necesario y se mezclará sucesivamente hasta

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NORMAS Y ESPECIFICACIONES GENERALES DE CONSTRUCCIÓN

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CAPÍTULO 3

BASE GRANULAR ESPECIFICACIÓN PARTICULAR 303.A1

alcanzar la humedad óptima en todo el material y se compactará hasta obtener una densidad mínima del 100% de la densidad seca máxima obtenida en el ensayo Proctor Modificado como promedio de los ensayos realizados, siempre y cuando ningún valor individual sea inferior al 98%." Léase: "Cada capa de base se oreará o humedecerá artificialmente si es necesario y se mezclará sucesivamente hasta alcanzar la humedad óptima en todo el material y se compactará hasta obtener una densidad mínima del 100% de la densidad seca máxima obtenida en el ensayo Proctor Modificado como promedio de los ensayos realizados, y ningún valor individual será inferior al 98% del mismo." Dónde dice: "La conservación de la base durante la construcción del pavimento será por cuenta y riesgo del Contratista". Léase: “La conservación de la base antes de la construcción del pavimento y durante la construcción de éste será por cuenta del CONTRATISTA".

NORMAS Y ESPECIFICACIONES GENERALES DE CONSTRUCCIÓN

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CAPÍTULO 3

BASE GRANULAR ESPECIFICACIÓN PARTICULAR303.A2

NORMATIVIDAD ASOCIADA: NEGC 300, 1300

En los MATERIALES: Donde dice: Los materiales para base serán pétreos de origen aluvial o de cantera, triturados, mezclados con arena de río o de peña, libre de terrones de arcilla, materia orgánica, basuras, escombros u otros elementos objetables. Léase: Los materiales para base serán pétreos de origen aluvial o de cantera, triturados, mezclados con arena de río o de peña, libre de terrones de arcilla, materia orgánica, basuras, escombros u otros elementos objetables y que cumplan con los requisitos enumerados a continuación.

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NORMAS Y ESPECIFICACIONES GENERALES DE CONSTRUCCIÓN

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CAPÍTULO 3

BASE GRANULAR ESPECIFICACIÓN PARTICULAR303.A2

En el numeral 2. LÍMITES DE CONSISTENCIA DE LOS MATERIALES: Donde dice: La fracción del material que pasa por el tamiz No. 40 debe tener un índice de plasticidad no mayor de 4% y tener un límite líquido menor de 25 %. Léase: La fracción del material que pasa por el tamiz No. 40 debe tener un índice de plasticidad no mayor de 3% y tener un límite líquido menor de 25 %. En el numeral 4. DESGASTE DE LOS MATERIALES: Donde dice: El material, al ser sometido al ensayo de abrasión en la máquina de los Ángeles, deberá presentar un desgaste menor del 45% para la fracción gruesa. El desgaste de las diversas fracciones granulométricas tomadas para el ensayo deberá ser homogéneo. Léase: El material, al ser sometido al ensayo de abrasión en la máquina de los Ángeles, deberá presentar un desgaste menor del 35% para la fracción gruesa. El desgaste de las diversas fracciones granulométricas tomadas para el ensayo deberá ser homogéneo. En el numeral 5. SOLIDEZ DE LOS MATERIALES: Donde dice: El material no deberá presentar señales de desintegración ni pérdida en peso mayor del 15% al someterlo a cinco (5) ciclos alternados en la prueba de solidez con sulfato de sodio. Léase: El material no deberá presentar señales de desintegración ni pérdida en peso mayor del 12% al someterlo a cinco (5) ciclos alternados en la prueba de solidez con sulfato de sodio. En el numeral de las FUENTES DE MATERIALES: Donde dice: Los materiales se extraerán de canteras o depósitos aluviales. Su aceptación estará

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NORMAS Y ESPECIFICACIONES GENERALES DE CONSTRUCCIÓN

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CAPÍTULO 3

BASE GRANULAR ESPECIFICACIÓN PARTICULAR303.A2

condicionada a los resultados de los ensayos y controles de calidad realizados por firmas de reconocida competencia y seriedad aprobadas por la Interventoría. Léase: Los materiales se extraerán de canteras o de depósitos aluviales previamente estudiados y aceptados por la Interventoría de manera que cumpla el Plan General de Control. Los estudios previos y los controles de calidad deberán encomendarse a entidades acreditadas de reconocida competencia y seriedad. Se adiciona el numeral PROCEDIMIENTO DE CONSTRUCCIÓN: Preparación de la subrasante o la subbase. No se iniciará la construcción de la primera capa de base sobre una subrasante o una subbase hasta que la Interventoría no haya aprobado ésta, de acuerdo con lo establecido en los planos o en estas especificaciones. En el numeralEJECUCIÓN DEL TRABAJO: Donde dice: La base será extendida en capas de espesor no mayor de 0,20 m, medido antes de la compactación. El espesor de cada capa, así como el número de pasadas del equipo de compactación, serán determinados por la clase de material, densidades requeridas y equipos disponibles del Contratista, previa aprobación de la Interventoría. Cada capa de base se oreará o humedecerá artificialmente si es necesario y se mezclará sucesivamente hasta alcanzar la humedad óptima en todo el material y se compactará hasta obtener una densidad mínima del 100% de la densidad seca máxima obtenida en el ensayo Proctor Modificado como promedio de los ensayos realizados, siempre y cuando ningún valor individual sea inferior al 98%. Léase: La base será extendida en capas de espesor no mayor de 0.15 m, medido antes de la compactación para garantizar que la compactación se de en la parte inferior de la capa. El espesor de de cada capa, así como el número de pasadas del equipo de compactación, serán determinados por la clase de material, densidades requeridas y equipos disponibles por el Contratista, previa aprobación del Interventor. Cada capa de base se debe humedecer artificialmente si es necesario y mezclarse sucesivamente hasta alcanzar la humedad óptima en todo el material y se compactará hasta obtener una densidad mínima del 100 % de la densidad máxima obtenida en el ensayo Proctor Modificado, como promedio de los ensayos realizados, y ningún valor individual podrá ser inferior al 98 % del mismo, condiciones que se deben cumplir

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NORMAS Y ESPECIFICACIONES GENERALES DE CONSTRUCCIÓN

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CAPÍTULO 3

BASE GRANULAR ESPECIFICACIÓN PARTICULAR303.A2

simultáneamente. Se adiciona el numeral EXTENSIÓN Y MEZCLA DEL MATERIAL: El material granular se dispondrá en la zona de trabajo, donde será verificada su homogeneidad. Si la capa se va a construir mediante combinación de varios materiales, éstos deberán haber sido mezclados en la planta, por cuanto no se admite su combinación en la superficie de la vía. En caso de que sea necesario humedecer o airear el material para lograr la humedad de compactación, el Contratista empleará el equipo adecuado y aprobado, de manera que no perjudique a la capa subyacente y deje una humedad uniforme en el material. Todas las operaciones de adición de agua se realizarán antes de la compactación del material. El material se extenderá en una capa de espesor uniforme que permita obtener el espesor y grado de compactación exigidos, de acuerdo con los resultados obtenidos en la fase de experimentación. En todo caso, la cantidad de material extendido será tal, que el espesor de la capa compactada no resulte inferior a 10 centímetros. Si el espesor por construir es superior a 20 centímetros, el material se deberá colocar en varias capas, debiéndose procurar que el espesor de ellas sea aproximadamente igual. En este caso, se aplicarán para cada capa los procedimientos de ejecución y control descritos en la presente especificación. Se adiciona el numeral COMPACTACIÓN: Una vez que el material de la capa granular tenga la humedad apropiada, se conformará y compactará con el equipo adecuado, acorde con los resultados del tramo de prueba, hasta alcanzar la densidad especificada. Aquellas zonas que por su reducida extensión, su pendiente o su proximidad a obras de arte no permitan la utilización del equipo aprobado, se podrán compactar por otros medios, en forma tal que las densidades que se alcancen no sean inferiores a las obtenidas en el resto de la capa. Si durante la compactación se presentan pérdidas de humedad por evaporación, deberá regarse la base para sostener en todo momento la humedad óptima del material. Cada una de las capas que forman la base, deberá compactarse hasta la densidad especificada. Se adiciona el numeral de LIMITACIONES DE EJECUCIÓN: No se permitirá extender nuevas capas de material granular hasta no haber obtenido

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NORMAS Y ESPECIFICACIONES GENERALES DE CONSTRUCCIÓN

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CAPÍTULO 3

BASE GRANULAR ESPECIFICACIÓN PARTICULAR303.A2

y comprobado la compactación de la capa precedente. Tampoco se permitirá la extensión ni la compactación del material en momentos en que haya lluvia. Se adiciona el numeral de APERTURA AL TRÁNSITO: Sobre las capas granulares en ejecución se prohibirá la acción de todo tipo de tránsito mientras no se haya completado la compactación. Si ello no es factible, el tránsito que necesariamente deba pasar sobre ellas se distribuirá de forma tal que no se concentren ahuellamientos sobre la superficie. El Contratista deberá responder por los daños producidos por esta causa, debiendo proceder a la reparación de los mismos, a su costa, con arreglo según las indicaciones del Interventor. Se adiciona el numeral de CONSERVACIÓN DE LA OBRA EJECUTADA: Si después de aceptada cualquier capa granular, el Contratista demorare la construcción de la capa inmediatamente superior, por conveniencia o negligencia, deberá reparar, a su costa, todos los daños que se presenten en la capa y restablecer el mismo estado en el cual le fue aceptada la capa. Se adiciona el numeral de CONSERVACIÓN DURANTE LA CONSTRUCCIÓN: La conservación de la base antes y durante la construcción del pavimento será por cuenta y riesgo del Contratista. Los desperfectos que en ella se presenten, deberán ser reparados escarificando y humedeciendo si fuere necesario, conformando y compactando nuevamente los materiales de acuerdo con las exigencias del Interventor. Las llantas de la volqueta deberán mantenerse limpias para no contaminar con materiales indeseables la superficie de la subbase y la base. Los materiales que se depositen en el frente de trabajo deberán ser protegidos de tal manera que no haya riesgo de contaminación hasta el momento de utilizarlos. Se adiciona el numeral de otras CONSIDERACIONES EN LA CONSTRUCCIÓN Los niveles correspondientes al enrase de cada capa de material deberán marcarse por medio de estacas. Al finalizar la compactación de la última capa, deberá darse perfilado general a la base y a las bermas. La Interventoría cuidará de que los procesos cumplan las especificaciones correspondientes y ordenará los ensayos de laboratorio que permitan verificarlo. Para garantizar la conservación de la base el contratista podrá utilizar como alternativa la colocación de suelo-cemento o cualquier otro método aprobado por la Interventoría. Esta protección se deberá retirar antes de colocar la superficie de rodadura.

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NORMAS Y ESPECIFICACIONES GENERALES DE CONSTRUCCIÓN

FECHA ACTUALIZACIÓN

CAPÍTULO 3

BASE GRANULAR ESPECIFICACIÓN PARTICULAR303.A2

En el numeral de CRITERIOS DE ACEPTACIÓN O RECHAZO (tolerancia y comprobación): Donde dice: El conjunto deberá quedar compactado y perfilado a satisfacción, sin que se observen deformaciones del perfil transversal de la calzada. La compactación del material debe ajustarse a lo especificado en esta norma. Cualquier zona que no cumpliere los requisitos de compactación, deberá ser escarificada, conformada y re compactada hasta obtener la densidad especificada. Los espesores y perfiles de la base terminada deberán cumplir simultáneamente los siguientesrequisitos: - El espesor final promedio, determinado mediante mediciones distanciadas 20 metros comomáximo, no excederá al espesor proyectado en más o menos medio centímetro. En ningúncaso el espesor podrá variar en más de un centímetro respecto al espesor diseñado. Si seencuentran espesores deficientes, se delimitará la zona deficiente y ésta deberá ser totalmentecorregida. - La cota de acabado de la base compactada no podrá variar en ningún caso en más de uncentímetro con respecto a la cota del proyecto. La corrección de las zonas defectuosas o que no cumplan los requisitos de compactación serápor cuenta y riesgo del Contratista, incluirá una escarificación de la base en una profundidadmínima de 0,10 m y la adición del mismo material en la cantidad necesaria para corregir lafalla. El conjunto se compactará a satisfacción, sin que se produzcan deformaciones del perfiltransversal de la calzada. Léase: Los materiales empleados deben satisfacer las especificaciones contempladas en esta norma. El conjunto deberá quedar compactado y perfilado a satisfacción, sin que se observen deformaciones del perfil transversal de la calzada. La compactación del material debe ajustarse a lo especificado en esta norma. Cualquier zona que no cumpliere los requisitos de compactación, deberá ser escarificada, conformada y re compactada hasta obtener la densidad especificada. El Interventor comprobará los espesores de la base terminada. Los espesores y

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NORMAS Y ESPECIFICACIONES GENERALES DE CONSTRUCCIÓN

FECHA ACTUALIZACIÓN

CAPÍTULO 3

BASE GRANULAR ESPECIFICACIÓN PARTICULAR303.A2

perfiles de la base terminada deberán cumplir simultáneamente los siguientes requisitos:

El espesor final promedio, determinado mediante mediciones distanciadas 20 m como máximo, no excederá al espesor proyectado en más o menos 0,5 cm. En ningún caso el espesor podrá variar en más de 1 cm respecto al espesor diseñado. Si se encuentran espesores deficientes, se delimitará la zona deficiente y ésta deberá ser totalmente corregida.

La cota de acabado de la base compactada no podrá variar en ningún caso en

más de 1 cm con respecto a la cota del proyecto. La corrección de las zonas defectuosas incluirá una escarificación de la base en una profundidad mínima de 10 cm y se añadirá del mismo material en la cantidad necesaria para corregir la falla. El conjunto se compactará a satisfacción, sin que se produzcan deformaciones del perfil transversal de la calzada. La Interventoría ordenará los ensayos que estime necesarios en los sitios y con los intervalos que considere convenientes, para medir el porcentaje de compactación alcanzado. Cualquier zona que no cumpliere los requisitos de compactación deberá ser escarificada, conformada y re compactada según lo ordene la Interventoría. El perfilado y textura de la base, deberán quedar de tal manera que cuando se le pase una regla de 3 m de largo paralela o normalmente al eje de la vía, la superficie no muestre irregularidades mayores de un centímetro respecto a los niveles teóricos de la base. En el numeral de BASE GRANULAR EN ZANJAS Y APIQUES: Donde dice: Sobre la sub-rasante o sobre la sub-base se colocará unabase de material granular en los espesores indicados por los planos, especificados por elformulario de propuesta u ordenadas por la Interventoría, cumpliendo con todos los requisitosestablecidos en esta norma. Léase: Sobre la sub-rasante o sobre la sub-base se colocará una base de material granular en los espesores indicados por los planos, especificados por el formulario de propuesta u ordenadas por la Interventoría, cumpliendo con todos los requisitos establecidos en esta norma. En ningún caso estos espesores podrán ser inferiores a

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NORMAS Y ESPECIFICACIONES GENERALES DE CONSTRUCCIÓN

FECHA ACTUALIZACIÓN

CAPÍTULO 3

BASE GRANULAR ESPECIFICACIÓN PARTICULAR303.A2

25 cm; se exceptúan los casos en que los diseños de los pavimentos indiquen otros espesores. Para la protección de zanjas y apiques y garantizar la continuidad del flujo vehicular mientras se pavimenta, se utilizará una mezcla de base granular-cemento en una proporción de 1:10 en volumen. La mezcla de base granular-cemento se colocará en la parte superior de las zanjas en una capa de 0.05 metros que debe quedar completamente a nivel de la rasante existente; la colocación se hará cuando se obtenga una mezcla homogénea del suelo-cemento mezclado en concretadora, humedeciendo progresivamente hasta lograr la humedad óptima de colocación. El Contratista debe garantizar la calidad técnica del suelo-cemento que colocará, evitando que se desquebraje. Por procedimiento constructivo el Contratista debe colocar y compactar los diferentes materiales que conforman la estructura de al zanja, tanto en las vías vehiculares como en los andenes, para poder lograr la consolidación del lleno. El Contratista debe hace diariamente dos (2) o mas riegos del suelo-cemento durante la jornada laboral para garantizar el fraguado de la mezcla, y evitar la generación y propagación de material particulado. Esta mezcla una vez retirada para la reconstrucción del pavimento de las zanjas afectadas, no podrá ser utilizada en otras actividades de la obra. En el numeral de MEDIDA Y PAGO: Donde dice: Cuando la base se coloque sobre el afirmado de una vía existente, el precio unitario deberá incluir los costos por escarificación, conformación y compactación de ésta. Se utilizará material de base granular para garantizar la continuidad del flujo vehicular mientrasse pavimenta. La Interventoría determinará la utilización posterior de este material en otrasactividades. Léase: Cuando la base se coloque sobre el afirmado de una vía existente, el precio unitario deberá incluir los costos por escarificación, conformación y compactación de éste, excepto cuando el costo de dichos trabajos esté cubierto por otro ítem. (Conformación de la calzada existente). Como la conservación de la base granular es de responsabilidad del Contratista, éste debe incluir el costo de la mezcla de base granular-cemento en el precio unitario de la base granular; esto significa que este precio incluye la colocación, retiro y botada de

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NORMAS Y ESPECIFICACIONES GENERALES DE CONSTRUCCIÓN

FECHA ACTUALIZACIÓN

CAPÍTULO 3

BASE GRANULAR ESPECIFICACIÓN PARTICULAR303.A2

los cinco (5) cms de la mezcla de base granular-cemento. Además incluye la colocación, el retiro y botada del espesor restante de la base granular para completar el espesor total del pavimento proyectado en los diseños u ordenado por la Interventoría para garantizar el flujo vehicular. En caso que el tráfico vehicular o el invierno logran vulnerar el sello, este se repetirá cuantas veces sea necesario, y los costos en los que se incurra en estas repeticiones correrán por cuenta del contratista, garantizando la uniformidad de la superficie de rodamiento. Se utilizará la mezcla de base granular-cemento para garantizar la continuidad del flujo vehicular mientras se pavimentan las brechas, zanjas o apiques. La Interventoría determinará la utilización posterior de este material en otras actividades.

ESPECIFICACIÓN TIPO INVIAS ACTUALIZACIÓN 2002

FECHA ACTUALIZACIÓN

CAPÍTULO 3

CONCRETO ASFÁLTICO – MEZCLA TIPO INVIAS MDC 2. ART 450 -2

ESPECIFICACIÓN 307.A2

La especificación NEGC 307 se reemplaza por la siguiente: GENERALIDADES. Este trabajo consiste en la elaboración, transporte, colocación y compactación, de una o más capas de mezcla asfáltica de tipo denso, preparada y colocada en caliente, de acuerdo con esta especificación y de conformidad con los alineamientos, cotas, secciones y espesores indicados en los planos o determinados por el Interventor. Esta norma se fundamenta en la especificación de INVÍAS, mezcla densa en caliente, Artículo 450-02. 1. MATERIALES 1.1 Agregados pétreos y llenante mineral Los agregados pétreos y el llenante mineral para la elaboración de mezclas densas en caliente (concreto asfáltico) deberán satisfacer los requisitos de calidad impuestos para

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ESPECIFICACIÓN TIPO INVIAS ACTUALIZACIÓN 2002

FECHA ACTUALIZACIÓN

CAPÍTULO 3

CONCRETO ASFÁLTICO – MEZCLA TIPO INVIAS MDC 2. ART 450 -2

ESPECIFICACIÓN 307.A2

ellos en el aparte 400.2.1 del Artículo 400-02 de la especificación de Invías. Los agregados pétreos no serán susceptibles de ningún tipo de meteorización o alteración físico-química apreciable bajo las condiciones más desfavorables que presumiblemente puedan darse en la zona de empleo. Tampoco podrán dar origen, con el agua, a disoluciones que puedan causar daños a estructuras o a otras capas del pavimento, o contaminar corrientes de agua. El Constructor, como responsable de los materiales que suministre para la ejecución de los trabajos, deberá realizar todos los ensayos necesarios para establecer la calidad e inalterabilidad de los agregados por utilizar, independiente y complementariamente de los que taxativamente se exigen en estas especificaciones. El equivalente de arena que se exige en la Tabla 400.1 de la especificación de Invías, será el del agregado finalmente obtenido mediante la combinación de las distintas fracciones (incluido el llenante mineral), según las proporciones determinadas en la fórmula de trabajo y antes de pasar por el secador de la planta mezcladora. En caso de que no se cumpla el valor mínimo señalado en la Tabla 400.1, de la especificación de Invías, el agregado se aceptará si su equivalente de arena, medido en las mismas condiciones, es superior a 40 y, simultáneamente, el índice de azul de metileno, determinado mediante la norma de ensayo INV E-235, es inferior a uno (1.0). El agregado fino deberá proceder en su totalidad de la trituración de piedra de cantera o de grava natural, o parcialmente de fuentes naturales de arena. La proporción de arena natural no podrá exceder del quince por ciento (15 %) de la masa total del agregado combinado, cuando el tránsito de diseño sea superior a cinco millones (> 5*106) ejes equivalentes de 80 kN en el carril de diseño, ni exceder de veinticinco por ciento (25 %) para tránsitos de menor intensidad. En todo caso, la proporción de agregado fino no triturado no podrá exceder la del agregado fino triturado. El llenante mineral podrá proceder de los agregados pétreos, separándose de ellos por medio de los ciclones de la planta mezcladora, o aportarse a la mezcla por separado de aquellos como un producto comercial o especialmente preparado para este fin. La proporción de llenante mineral de aporte deberá ser como mínimo de cincuenta por ciento (50 %) respecto de la masa llenante total, excluido el que inevitablemente que de adherido a los agregados. Este último, no podrá exceder de dos por ciento (2%) de la masa de la mezcla, salvo que el Interventor confirme que cumple las mismas condiciones que el exigido como aporte. El conjunto de agregado grueso, agregado fino y llenante mineral deberá ajustarse a alguna de las siguientes gradaciones:

TAMIZ PORCENTAJE QUE PASA Normal Alterno MDC-0 MDC-1 MDC-2 MDC-3 25.0 mm 1” 100 100 - - 19.0 mm 3/4” 80-100 80-100 100 - 12.5 mm 1/2” 65-80 67-85 80-100 -

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ESPECIFICACIÓN TIPO INVIAS ACTUALIZACIÓN 2002

FECHA ACTUALIZACIÓN

CAPÍTULO 3

CONCRETO ASFÁLTICO – MEZCLA TIPO INVIAS MDC 2. ART 450 -2

ESPECIFICACIÓN 307.A2

9.5 mm 3/8” 55-70 60-77 70-88 100 4.75 mm No.4 40-55 43-59 49-65 65-87 2.00 mm No.10 24-38 29-45 29-45 43-61 425 m No.40 9-20 14-25 14-25 16-29 180 m No.80 6-12 8-17 8-17 9-19 75 m No.200 3-7 4-8 4-8 5-10

Para prevenir segregaciones y garantizar los niveles de compactación y resistencia exigidos por la presente especificación, el material que produzca el Constructor deberá dar lugar a una curva granulométrica uniforme, sensiblemente paralela a los límites de la franja por utilizar, sin saltos bruscos de la parte superior de un tamiz a la inferior del tamiz adyacente y viceversa. En la ejecución de bacheos, se empleará la gradación MDC-0. Para bases asfálticas, la MDC-0 o la MDC-1. Para capas de rodadura, se empleará la gradación MDC-3, si el espesor compacto no supera tres centímetros (3 cm) y la MDC-2 para espesores superiores. Para espesores mayores de cinco centímetros (5 cm), podrá emplearse también la gradación MDC-1. 1.2. Material bituminoso El material bituminoso para elaborar la mezcla densa en caliente será seleccionado en función de las características climáticas de la zona y las condiciones de operación de la vía. Cuando se emplee cemento asfáltico, corresponderá a los tipos indicados en la Tabla 400.2 del Artículo 400 de la especificación de Invías. Su calidad deberá estar conforme a lo establecido en la Tabla 400.3 del mismo Artículo. El cemento asfáltico modificado con polímeros sólo se podrá utilizar en vías cuyo tránsito de diseño sea superior a cinco millones (> 5*106) ejes equivalentes de 80 kN en el carril de diseño. Se empleará el tipo II definido en la Tabla 400.4 de la especificación de Invías, cuando la temperatura media anual ponderada de la zona sea inferior a veinticuatro grados Celsius (24° C), y el tipo III para temperaturas iguales o superiores a la recién citada. 2. ADITIVOS 2.1. Aditivos mejoradores de adherencia Cuando se requieran, deberán ajustarse a lo descrito en el aparte 400.2.6 del Artículo 400 y en el Artículo 412 de la especificación de Invías. La dosificación y dispersión homogénea del aditivo, deberán tener la aprobación del Interventor. 2.2. Aditivos para modificar la reología En caso de incorporar productos modificadores de la reología de una mezcla densa en caliente elaborada con cemento asfáltico convencional, fibras por ejemplo, los estudios técnicos del proyecto determinarán su dosificación, así como la del ligante utilizado, de

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manera que el comportamiento de la mezcla sea semejante al que se obtendría al emplear un cemento asfáltico modificado con polímeros. 3. EQUIPO Al respecto, se aplica lo indicado en el numeral 400.3 del Artículo 400 de la especificación de Invías. En relación con el detalle del equipo necesario para la ejecución de los trabajos, se tendrá en cuenta lo que se indica a continuación. 3.1 Equipo para la elaboración de los agregados triturados Rige lo indicado en el aparte 440.3.1 del Artículo 440 de la especificación de Invías. 3.2 Planta mezcladora La mezcla de concreto asfáltico se fabricará en plantas adecuadas de tipo continuo o discontinuo, capaces de manejar simultáneamente en frío el número de agregados que exija la fórmula de trabajo adoptada. Las plantas productoras de mezcla asfáltica deberán cumplir con lo establecido en la reglamentación vigente sobre protección y control de calidad del aire y para su funcionamiento en la obra, se deberá presentar al Instituto Nacional de Vías, la correspondiente autorización expedida por la entidad nacional o regional encargada de otorgar tales permisos. Las tolvas de agregados en frío deberán tener paredes resistentes y estar provistas de dispositivos de salida que puedan ser ajustados exactamente y mantenidos en cualquier posición. El número mínimo de tolvas será función del número de fracciones de agregados por emplear y deberá tener aprobación del Interventor. En las plantas donde la dosificación definitiva de los agregados pétreos se realice en frío, el sistema de dosificación de los agregados deberá ser ponderal y tener en cuenta su humedad para corregir la dosificación en función de ella. En los demás tipos de plantas de aceptarán sistemas de dosificación de tipo volumétrico o ponderal. La planta estará dotada de un tambor secador que permita el secado correcto de los agregados y su calentamiento a la temperatura adecuada para la fabricación de la mezcla. Su sistema de combustión, que deberá ser limpio y completo, debe impedir la emisión de residuos que contaminen los agregados o la atmósfera. La planta deberá poseer, además, un dispositivo que permita la toma de muestras de agregados pétreos secos, antes de su mezcla con el ligante asfáltico, para verificar su limpieza. El sistema de extracción de polvo, por vía seca o húmeda, deberá evitar su emisión a la atmósfera o el vertido de lodos a cauces de agua o instalaciones sanitarias. Las plantas donde la dosificación definitiva de los agregados pétreos no se realice en frío, estarán dotadas, asimismo, de un sistema de clasificación de los agregados en

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caliente, de capacidad adecuada a la producción del mezclador, en un número de fracciones no inferior a tres (3) y de tolvas de almacenamiento de las mismas, cuyas paredes serán resistentes y de altura suficiente para evitar inter contaminaciones. Dichas tolvas en caliente estarán dotadas de un rebosadero, para evitar que el exceso de contenido se vierta en las contiguas o afecte el funcionamiento del sistema de clasificación; de un dispositivo de alarma, claramente perceptible por el operador, que avise cuando el nivel de la tolva baje del que proporcione la cantidad calibrada y de un dispositivo para la toma de muestras de las fracciones almacenadas. La instalación deberá estar provista de indicadores de la temperatura de los agregados, situados a la salida del secador y en las tolvas en caliente. El sistema de almacenamiento, calefacción y alimentación del asfalto deberá permitir su recirculación y su calentamiento a la temperatura de empleo. En el calentamiento del asfalto se emplearán, preferentemente, serpentines de aceite o vapor, evitándose en todo caso el contacto del ligante con elementos metálicos que se encuentren a temperatura muy superior a la de almacenamiento. Todas las tuberías, bombas, tanques, etc., deberán estar provistos de dispositivos calefactores o aislamientos. La descarga de retorno del ligante a los tanques de almacenamiento será siempre sumergida. Se dispondrán termómetros en lugares convenientes, para asegurar el control de la temperatura del ligante, especialmente en la boca de salida de éste al dispositivo donde se realiza la mezcla y en la entrada del tanque de almacenamiento. El sistema de circulación deberá estar provisto de una toma para el muestreo y comprobación de la calibración del dispositivo de dosificación. En caso de que se incorporen aditivos a la mezcla, la instalación deberá poseer un sistema de dosificación exacta de los mismos. La instalación estará dotada de sistemas independientes de almacenamiento y alimentación del llenante de recuperación y adición, los cuales deberán estar protegidos contra la humedad. En las instalaciones provistas de dispositivos de dosificación por peso en caliente, la exactitud de éstos deberá ser superior al medio por ciento (0.5%). Los dispositivos de dosificación ponderal del llenante y ligante tendrán, como mínimo, una sensibilidad de medio kilogramo (0.5 kg). En las instalaciones de tipo continuo, las tolvas de agregados clasificados calientes deberán estar provistas de dispositivos de salida, que puedan ser ajustados exactamente y mantenidos en cualquier posición. Estos dispositivos deberán ser calibrados antes de iniciar la fabricación de cualquier tipo de mezcla, en condiciones reales de funcionamiento. El ligante asfáltico se distribuirá uniformemente en el mezclador, y las válvulas que controlan su entrada no permitirán fugas ni goteos. El sistema dosificador del ligante deberá disponer de dispositivos para su calibración a la temperatura y presión de trabajo. En las plantas de mezcla continua, deberá estar sincronizado con la

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alimentación de los agregados pétreos y el llenante mineral, de manera de asegurar la dosificación correcta de la mezcla. En las plantas continuas con tambor secador-mezclador se deberá garantizar la difusión homogénea del asfalto y que ésta se realice de manera que no exista ningún riesgo de contacto con la llama ni de someter al ligante a temperaturas inadecuadas. En las instalaciones de tipo continuo, el mezclador será de ejes gemelos. Si la planta posee tolva de almacenamiento de la mezcla elaborada, su capacidad deberá garantizar el flujo normal de los vehículos de transporte, así como que en las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la fabricación, la mezcla acopiada no haya perdido ninguna de sus características, en especial la homogeneidad del conjunto y las propiedades del ligante. 3.3 Equipo para el transporte Tanto los agregados como las mezclas se transportarán en volquetas debidamente acondicionadas para tal fin. Cuando vaya a transportar mezcla, la superficie interna del platón deberá ser tratada con un producto cuya composición y cantidad deberán ser aprobadas por el Interventor, con el fin de evitar la adherencia de la mezcla a ella. La forma y altura del platón serán tales, que durante el vertido en la pavimentadora, la volqueta sólo toque a ésta a través de los rodillos previstos para ello. Las volquetas deberán estar siempre provistas de una lona o cobertor adecuado, debidamente asegurado, tanto para proteger los materiales que transporta, como para prevenir emisiones contaminantes. 3.4 Equipo para la extensión de la mezcla La extensión y terminación de concretos asfálticos producidos en planta se hará con pavimentadoras autopropulsadas, de las mismas características que las descritas en el aparte 440.3.4 del Artículo 440 de la especificación de Invías. Adicionalmente, deberán estar dotadas de un elemento calefactor para la ejecución de la junta longitudinal. 3.5 Equipo de compactación Se deberán utilizar compactadores autopropulsados de rodillos metálicos, estáticos o vibratorios, de neumáticos o mixtos. El equipo de compactación será aprobado por el Interventor, a la vista de los resultados obtenidos en la fase de experimentación. Todos los compactadores deberán ser autopropulsados y estar dotados de inversores de marcha suaves; además, estarán dotados de dispositivos para la limpieza de los rodillos o neumáticos durante la compactación y para mantenerlos húmedos en caso necesario. Los compactadores de rodillos metálicos no deberán presentar surcos ni irregularidades. Los compactadores vibratorios dispondrán de dispositivos para eliminar la vibración al

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invertir la marcha, siendo aconsejable que el dispositivo sea automático. Los de neumáticos tendrán ruedas lisas, en número, tamaño y disposición tales, que permitan el traslapo de las huellas delanteras y traseras y, en caso necesario, faldones de lona protectora contra el enfriamiento de los neumáticos. Las presiones lineales estáticas o dinámicas, y las presiones de contacto de los diversos compactadores, serán las necesarias para conseguir la compacidad adecuada y homogénea de la mezcla en todo su espesor, pero sin producir roturas del agregado ni arrollamiento de la mezcla a las temperaturas de compactación. 3.6 Equipo accesorio Estará constituido por elementos para limpieza, preferiblemente barredora o sopladora mecánica. Así mismo, se requieren herramientas menores para efectuar correcciones localizadas durante la extensión de la mezcla. 4. EJECUCION DE LOS TRABAJOS 4.1 Explotación de materiales y elaboración de agregados Rige lo indicado en el aparte 400.4.1 del Artículo 400 de la especificación de Invías. 4.2 Diseño de la mezcla y obtención de la fórmula de trabajo Rige todo lo que resulte aplicable del numeral 400.4.2 del Artículo 400 de la especificación de Invías. Las mezclas densas en caliente se diseñarán, salvo justificación en contrario, siguiendo el método Marshall (INV E-748) y aplicando los siguientes criterios:

CARACTERISTICAS

TRANSITO DE DISEÑO (N) Ejes equivalentes de 80 kN

>5 x

106 5x105-5x106

<5 x 105

Compactación, golpes/cara Estabilidad mínima kg Flujo mm Vacíos con aire: Capa de rodadura

75

900

2-3.5

4-6 4-8

75

750

2-4

3-5 4-8

75

600

2-4

3-5 4-8

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% Base asfáltica % Vacíos mínimos en agregados minerales: Gradación MDC-0 % Gradación MDC-1 % Gradación MDC-2 % Gradación MDC-3 % Vacíos llenos de asfalto %

14 14 15 16

65-75

14 14 15 16

65-78

14 14 15 16

65-80

La mezcla óptima diseñada con el método Marshall deberá ser verificada con la medida de su resistencia a la deformación plástica, mediante la pista de ensayo de laboratorio, según la norma de ensayo INV E-756. La velocidad de deformación en el intervalo de ciento cinco (105) a ciento veinte (120) minutos no podrá ser mayor de 15m/min para mezclas que se vayan a emplear en zonas donde la temperatura media anual es superior a veinticuatro grados Celsius (24° C), ni mayor de 20 m/min para regiones con temperaturas hasta de veinticuatro grados Celsius (24° C). Si este requisito no se cumple, se deberán efectuar los ajustes necesarios en el diseño de la mezcla. Además, la relación llenante/ligante efectivo de la mezcla óptima deberá encontrarse cerca de los siguientes valores debiendo verificarse, sin embargo, que la concentración del llenante no supere el valor crítico, según la norma INV E-745.

TEMPERATURA MEDIA ANUAL (Grados Celsius)

EJES EQUIVALENTES DE 80 kN

5 X 106 < 5 X 106 > 15 15

1.2 1.1

1.1 1.0

En todos los casos, se deberá comprobar la adhesividad entre el agregado y el ligante, caracterizando la mezcla en presencia de agua. La pérdida de resistencia de la mezcla en el ensayo de inmersión-compresión, según la norma de ensayo INV E-738, no podrá exceder de veinticinco por ciento (25 %). Si se supera este valor, se deberá mejorar la adhesividad mediante un aditivo mejorador de adherencia apropiado.

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CAPÍTULO 3

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La fórmula de trabajo establecida en el laboratorio se podrá ajustar con los resultados de las pruebas realizadas durante la fase de experimentación. Igualmente, si durante la ejecución de las obras varía la procedencia de alguno de los componentes de la mezcla o se rebasan de manera continua las tolerancias granulométricas establecidas en este Artículo, se requerirá el estudio de una nueva fórmula de trabajo. 4.3 Preparación de la superficie existente La mezcla no se extenderá hasta que se compruebe que la superficie sobre la cual se va a colocar tenga la densidad apropiada y las cotas indicadas en los planos o definidas por el Interventor. Todas las irregularidades que excedan de las tolerancias establecidas en la especificación respectiva, deberán ser corregidas de acuerdo con lo establecido en ella. Si la extensión de la mezcla necesita riegos previos de imprimación o de liga, ellos se realizarán conforme lo establecen las especificaciones particulares de esta contratación. Antes de aplicar la mezcla, se verificará que haya ocurrido el curado del riego previo, no debiendo quedar restos de fluidificante ni de agua en la superficie. Si hubiera transcurrido mucho tiempo desde la aplicación del riego, se comprobará que su capacidad de liga con la mezcla no se haya mermado en forma perjudicial; si ello ha sucedido, el Constructor deberá efectuar un riego adicional de adherencia, en la cuantía que fije el Interventor. Si la pérdida de efectividad del riego anterior es imputable al Constructor, el nuevo riego deberá realizarlo a su costa. Las excavaciones para bacheo, así como las operaciones de relleno con los materiales adecuados para restablecer el nivel actual, se ejecutarán de acuerdo con las indicaciones del Artículo 413 de la especificación de Invías para la excavación y de los Artículos que correspondan a los materiales empleados en el relleno de la misma. Si la superficie sobre la cual se va a colocar la mezcla corresponde a un pavimento asfáltico antiguo, que de acuerdo con los estudios del proyecto o el criterio del Interventor requiere un fresado previo, éste se realizará conforme se establece las especificaciones de esta contratación. 4.4 Fase de experimentación Antes de iniciar los trabajos, el Constructor emprenderá una fase de experimentación para verificar el estado de los equipos y determinar en secciones de ensayo de ancho y longitud definidas de acuerdo con el Interventor, el método definitivo de preparación, transporte, colocación, compactación y eventual curado de la mezcla o tratamiento, así como las tasas de aplicación en obra, de manera que se cumplan los requisitos de la respectiva especificación. El Interventor tomará muestras del tratamiento, lechada o mezcla, para determinar su

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CAPÍTULO 3

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conformidad con las condiciones especificadas que correspondan en cuanto a granulometría, dosificación, densidad y demás requisitos. En caso de que el trabajo elaborado no se ajuste a dichas condiciones, el Constructor deberá efectuar inmediatamente las correcciones requeridas en los equipos y sistemas o, si llega a ser necesario, en la fórmula de trabajo, repitiendo las secciones de ensayo una vez efectuadas las correcciones. El Interventor determinará si es aceptable la ejecución de los tramos de prueba como parte integrante de la obra en construcción. En el caso de mezclas nuevas o recicladas, el Interventor establecerá, durante la fase de experimentación, correlaciones entre los métodos corrientes de control de la dosificación del ligante y de la densidad en el terreno y otros métodos rápidos de control. En el caso de tratamientos superficiales, lechadas asfálticas y mezclas en frío, se definirán en esta fase sus tiempos de rotura y curado, con el fin de que se puedan tomar las previsiones necesarias en el control del tránsito público. 4.5 Aprovisionamiento de los agregados y elaboración de la mezcla Los agregados se suministrarán fraccionados y se manejarán separados hasta su introducción en las tolvas en frío. El número de fracciones deberá ser tal que sea posible, con la instalación que se utilice, cumplir las tolerancias exigidas en la granulometría de la mezcla. Cada fracción será suficientemente homogénea y deberá poderse acopiar y manejar sin peligro de segregación, observando las precauciones que se detallan a continuación. Cada fracción del agregado se acopiará separada de las demás, para evitar intercontaminaciones. Si los acopios se disponen sobre el terreno natural, no se utilizarán los quince centímetros (15 cm) inferiores de los mismos. Los acopios se construirán por capas de espesor no superior a un metro y medio (1.5 m), y no por montones cónicos. Las cargas del material se colocarán adyacentes, tomando las medidas oportunas para evitar su segregación. Cuando se detecten anomalías en el suministro, los agregados se acopiarán por separado, hasta confirmar su aceptabilidad. Esta misma medida se aplicará cuando se autorice el cambio de procedencia de un agregado. La carga de las tolvas en frío se realizará de forma que éstas contengan más del cincuenta por ciento (50%) de su capacidad, pero sin rebosar. En las operaciones de carga se tomarán las precauciones necesarias para evitar segregaciones o contaminaciones. La alimentación del agregado fino se realizará en dos (2) tolvas, así éste sea de un tipo único. Las aberturas de salida de las tolvas en frío se regularán en forma tal, que la mezcla de todos los agregados se ajuste a la fórmula de obra de la alimentación en frío. El caudal

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total de esta mezcla en frío se regulará de acuerdo con la producción prevista, no debiendo ser ni superior ni inferior, lo que permitirá mantener el nivel de llenado de las tolvas en caliente a la altura de calibración. Los agregados se calentarán antes de su mezcla con el asfalto. El secador se regulará de forma que la combustión sea completa, indicada por la ausencia de humo negro en el escape de la chimenea. Si el polvo recogido en los colectores cumple las condiciones exigidas al llenante y su utilización está prevista, se podrá introducir en la mezcla; en caso contrario, deberá eliminarse. El tiro de aire en el secador se deberá regular de forma adecuada, para que la cantidad y la granulometría del llenante recuperado sean uniformes. La dosificación del llenante de recuperación y/o el de aporte se hará de manera independiente de los agregados y entre sí. En las plantas que no sean del tipo tambor secador-mezclador, deberá comprobarse que la unidad clasificadora en caliente proporcione a las tolvas en caliente agregados homogéneos; en caso contrario, se tomarán las medidas necesarias para corregir la heterogeneidad. Las tolvas en caliente de las plantas continuas deberán mantenerse por encima de su nivel mínimo de calibración, sin rebosar. Los agregados preparados como se ha indicado anteriormente, y eventualmente el llenante mineral seco, se pesarán o medirán exactamente y se transportarán al mezclador en las proporciones determinadas en la fórmula de trabajo. Si la instalación de fabricación de la mezcla es de tipo continuo, se introducirá en el mezclador al mismo tiempo, la cantidad de asfalto requerida, a la temperatura apropiada, manteniendo la compuerta de salida a la altura que proporcione el tiempo teórico de mezcla especificado. La tolva de descarga se abrirá intermitentemente para evitar segregaciones en la caída de la mezcla a la volqueta. Si la instalación es de tipo discontinuo, después de haber introducido en el mezclador los agregados y el llenante, se agregará automáticamente el material bituminoso calculado para cada bachada, el cual deberá encontrarse a la temperatura adecuada, y se continuará la operación de mezcla durante el tiempo especificado. En ningún caso se introducirá en el mezclador el agregado caliente a una temperatura superior en más de quince grados Celsius (15oC) a la temperatura del asfalto. En el momento de la mezcla, la temperatura del asfalto deberá ser tal, que su viscosidad se encuentre entre ciento cincuenta y trescientos centiStokes (150 cSt - 300 cSt), verificándose que no se produzcan escurrimientos a dicha temperatura. Cuando el ligante deba ser calentado a más de ciento cincuenta grados Celsius (150° C), la cantidad de ligante que se caliente y la duración del calentamiento deberán las mínimas necesarias. En mezcladores de ejes gemelos, el volumen de materiales no será tan grande que sobrepase los extremos de las paletas, cuando éstas se encuentren en posición vertical, siendo recomendable que no superen los dos tercios (2/3) de su altura.

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CAPÍTULO 3

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ESPECIFICACIÓN 307.A2

A la descarga del mezclador, todos los tamaños del agregado deberán estar uniformemente distribuidos en la mezcla y sus partículas total y homogéneamente cubiertas de ligante. La temperatura de la mezcla al salir del mezclador no excederá de la fijada durante la definición de la fórmula de trabajo. En caso de utilizar adiciones al ligante o a la mezcla, se cuidará su correcta dosificación y su distribución homogénea, así como la conservación de sus características iniciales durante el proceso de fabricación. Se rechazarán todas las mezclas heterogéneas, carbonizadas o sobrecalentadas, las mezclas con espuma, o las que presenten indicios de humedad. En este último caso, se retirarán los agregados de las correspondientes tolvas en caliente. También, se rechazarán aquellas mezclas en las que la envuelta no sea perfecta. 4.6 Transporte de la mezcla La mezcla se transportará a la obra en volquetas hasta una hora de día en que las operaciones de extensión y compactación se puedan realizar correctamente con luz solar. Sólo se permitirá el trabajo en horas de la noche si, a juicio del Interventor, existe una iluminación artificial que permita la extensión y compactación de manera adecuada. Durante el transporte de la mezcla deberán tomarse las precauciones necesarias para que al descargarla sobre la máquina pavimentadora, su temperatura no sea inferior a la mínima que se determine como aceptable durante la fase de experimentación. 4.7 Extensión de la mezcla La mezcla se extenderá con la máquina pavimentadora, de modo que se cumplan los alineamientos, anchos y espesores señalados en los planos o determinados por el Interventor. A menos que se ordene otra cosa, la extensión se realizará en franjas longitudinales y comenzará a partir del borde de la calzada en las zonas por pavimentar con sección bombeada, o en el lado inferior en las secciones peraltadas. La mezcla se colocará en franjas del ancho apropiado para realizar el menor número de juntas longitudinales y para conseguir la mayor continuidad de las operaciones de extendido, teniendo en cuenta el ancho de la sección, las necesidades del tránsito, las características de la pavimentadora y la producción de la planta. La pavimentadora se regulará de manera que la superficie de la capa extendida resulte lisa y uniforme, sin arrastres ni segregaciones, y con un espesor tal que, luego de compactada, se ajuste a la rasante y sección transversal indicadas en los planos, con las tolerancias establecidas en la presente especificación. Por ningún motivo se permitirá el empleo de máquinas pavimentadoras que dejen marcas o depresiones en la superficie u otros defectos permanentes en ella.

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CAPÍTULO 3

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ESPECIFICACIÓN 307.A2

Tampoco se permitirá la segregación de materiales. Si ocurre, la extensión de la mezcla deberá ser suspendida inmediatamente hasta que su causa sea determinada y corregida. Toda área segregada que no sea corregida antes de la compactación, deberá ser removida y reemplazada con material apropiado, a expensas del Constructor. La colocación de la mezcla se realizará con la mayor continuidad posible, verificando que la pavimentadora deje la superficie a las cotas previstas con el objeto de no tener que corregir la capa extendida. En caso de trabajo intermitente, se comprobará que la temperatura de la mezcla que quede sin extender en la tolva o bajo la pavimentadora no baje de la especificada; de lo contrario, deberá ejecutarse una junta transversal. Tras la pavimentadora se deberá disponer un número suficiente de obreros especializados, agregando mezcla caliente y enrasándola, según se precise, con el fin de obtener una capa que, una vez compactada, se ajuste enteramente a las condiciones impuestas en esta especificación. En los sitios en los que a juicio del Interventor no resulte posible el empleo de máquinas pavimentadoras, la mezcla podrá extenderse a mano. La mezcla se descargará fuera de la zona que se vaya a pavimentar, y se distribuirá en los lugares correspondientes por medio de palas y rastrillos calientes, en una capa uniforme y de espesor tal que, una vez compactada, se ajuste a los planos o instrucciones del Interventor, con las tolerancias establecidas en la presente especificación. No se permitirá la extensión y compactación de la mezcla en momentos de lluvia, ni cuando haya fundado temor de que ella ocurra o cuando la temperatura ambiente a la sombra y la del pavimento sean inferiores a cinco grados Celsius (5oC), salvo si el espesor de la capa a extender es menor de cinco centímetros (5 cm), caso en el cual dichas temperaturas no podrán ser inferiores a ocho grados Celsius (8° C). 4.8 Compactación de la mezcla La compactación se realizará según el plan aprobado por el Interventor como resultado de la fase de experimentación. Deberá comenzar, una vez extendida la mezcla, a la temperatura más alta posible con que ella pueda soportar la carga a que se somete, sin que se produzcan agrietamientos o desplazamientos indebidos. La compactación se realizará longitudinalmente de manera continua y sistemática. Deberá empezar por los bordes y avanzar gradualmente hacia el centro, excepto en las curvas peraltadas en donde el cilindrado avanzará del borde inferior al superior, paralelamente al eje de la vía y traslapando a cada paso en la forma aprobada por el Interventor, hasta que la superficie total haya sido compactada. Si la extensión de la mezcla se ha realizado por franjas, al compactar una de ellas se ampliará la zona de compactación para que incluya al menos quince centímetros (15 cm) de la anterior. Los rodillos deberán llevar su llanta motriz del lado cercano a la pavimentadora, excepto en los casos que autorice el Interventor, y sus cambios de dirección se harán sobre la mezcla ya compactada. Los elementos de compactación deberán estar siempre limpios

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CAPÍTULO 3

CONCRETO ASFÁLTICO – MEZCLA TIPO INVIAS MDC 2. ART 450 -2

ESPECIFICACIÓN 307.A2

y, si fuera preciso, húmedos. No se permitirán, sin embargo, excesos de agua. Se tendrá cuidado en el cilindrado para no desplazar los bordes de la mezcla extendida; aquellos que formarán los bordes exteriores del pavimento terminado, serán chaflanados ligeramente. La compactación se deberá realizar de manera continua durante la jornada de trabajo y se complementará con el trabajo manual necesario para la corrección de todas las irregularidades que se puedan presentar. La compactación se continuará mientras la mezcla se encuentre en condiciones de ser compactada hasta alcanzar la densidad especificada y se concluirá con un apisonado final con un equipo liso que borre las huellas dejadas por los compactadores precedentes. 4.9 Juntas de trabajo Las juntas presentarán la misma textura, densidad y acabado que el resto de la capa compactada. Las juntas entre pavimentos nuevos y viejos, o entre trabajos realizados en días sucesivos, deberán cuidarse con el fin de asegurar su perfecta adherencia. A todas las superficies de contacto de franjas construidas con anterioridad, se les aplicará una capa uniforme y ligera de asfalto antes de colocar la mezcla nueva, dejándola curar suficientemente. El borde de la capa extendida con anterioridad se cortará verticalmente con el objeto de dejar al descubierto una superficie plana y vertical en todo su espesor, que se pintará como se ha indicado en el párrafo anterior. La nueva mezcla se extenderá contra la junta y se compactará y alisará con elementos adecuados, antes de permitir el paso sobre ella del equipo de compactación. Las juntas transversales en la capa de rodadura se compactarán transversalmente. Cuando los bordes de las juntas longitudinales sean irregulares, presenten huecos o estén deficientemente compactados, deberán cortarse para dejar al descubierto una superficie lisa vertical en todo el espesor de la capa. Donde el Interventor lo considere necesario, se añadirá mezcla que, después de colocada y compactada con pisones, se compactará mecánicamente. Se procurará que las juntas de capas superpuestas guarden una separación mínima de cinco metros (5 m) en el caso de las transversales y de quince centímetros (15 cm) en el caso de las longitudinales. 4.10 Pavimento sobre puentes y viaductos

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CAPÍTULO 3

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ESPECIFICACIÓN 307.A2

Las losas de los puentes se pavimentarán con una mezcla densa en caliente de la calidad exigida para la capa de rodadura, previa aplicación del riego de liga mencionado en el aparte 450.4.3, “Preparación de la superficie existente”, de esta especificación. Durante la ejecución del riego de liga y de la pavimentación, el Constructor deberá defender con lonas, papel o similares, todas aquellas partes de los puentes que puedan ser alcanzadas por el material bituminoso. El Constructor será responsable por todo daño que causen las operaciones de sus equipos y, en consecuencia, los trabajos de reparación y limpieza correrán por su cuenta. 4.11 Bacheos La reparación del pavimento existente, se realizará en su totalidad con mezcla asfáltica en capas de espesor compactado comprendido entre cinco y siete y medio centímetros (5 cm -7.5 cm) hasta alcanzar la rasante existente. El espesor mínimo a colocar de mezcla asfáltica, es de siete y medio centímetros (7.5 cm) la cual deberá compactarse con el equipo adecuado hasta alcanzar la densidad especificada, el resto de la excavación deberá rellenarse como se establece en la especificación de base granular, NEGC 303. Tanto la superficie que recibirá las capas asfálticas como las paredes de la excavación en contacto con ellas, deberán ser pintadas con un riego de liga, conforme a las instrucciones del Interventor. 4.12 Apertura al tránsito Alcanzada la densidad exigida, el tramo pavimentado podrá abrirse al tránsito tan pronto la capa alcance la temperatura ambiente en todo su espesor. 4.13 Reparaciones Todos los defectos no advertidos durante la colocación y compactación, tales como protuberancias, juntas irregulares, depresiones, irregularidades de alineamiento y de nivel, deberán ser corregidos por el Constructor, a su costa, de acuerdo con las instrucciones del Interventor. El Constructor deberá proporcionar trabajadores competentes, capaces de ejecutar a satisfacción el trabajo eventual de correcciones en todas las irregularidades del pavimento construido. Además, las perforaciones requeridas para los ensayos sobre núcleos serán reparadas por el Contratista a la primera oportunidad en que se produzcan nuevas mezclas asfálticas. 5. CONDICIONES PARA EL RECIBO DE LOS TRABAJOS 5.1 Controles Durante la ejecución de los trabajos, el Interventor adelantará los siguientes controles principales:

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CAPÍTULO 3

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ESPECIFICACIÓN 307.A2

- Verificar el estado y funcionamiento de todo el equipo empleado por el Constructor. - Comprobar que los materiales por utilizar cumplan todos los requisitos de calidad exigidos y en la especificación correspondiente a la partida de trabajo respectiva. - Supervisar la correcta aplicación del método aceptado como resultado de la fase de experimentación, en cuanto a la elaboración y manejo de los agregados, así como la manufactura, transporte, colocación y compactación de los tratamientos y mezclas asfálticas. - Ejecutar ensayos de control de mezcla, de densidad de las probetas de referencia, de densidad de la mezcla asfáltica compactada in situ, de extracción de asfalto y granulometría; así como control de las temperaturas de mezclado, descargue, extendido y compactación de las mezclas (los requisitos de temperatura con aplicables sólo a las mezclas elaboradas en caliente). - Efectuar ensayos de control de mezcla, tasa de aplicación, extracción de asfalto y granulometría en lechadas asfálticas. - Ejecutar ensayos para verificar las dosificaciones de agregados y ligante en tratamientos superficiales, así como la granulometría de aquellos. - Efectuar ensayos para verificar las dosificaciones de ligante en riegos de liga y

curado e imprimaciones. - Vigilar la regularidad en la producción de los agregados y mezclas o lechadas asfálticas durante el período de ejecución de las obras. - Efectuar pruebas para verificar la eficiencia de los productos mejoradores de adherencia, siempre que ellos se incorporen. - Realizar las medidas necesarias para determinar espesores, levantar perfiles, medir la textura superficial y la resistencia al deslizamiento y comprobar la uniformidad de la superficie, siempre que ello corresponda. La toma de muestras para la ejecución de los diferentes ensayos de control, se adelantará de acuerdo con las siguientes normas de ensayo INV: E-201 para agregados pétreos y llenantes minerales, E-701 para materiales bituminosos y E-731 para mezclas asfálticas. El Constructor rellenará con mezcla asfáltica, a su costa, todos los orificios realizados con el fin de medir densidades en el terreno y compactará el material de manera que su densidad cumpla con los requisitos indicados en la respectiva especificación. 5.2 Condiciones específicas para el recibo y tolerancias 5.2.1 Calidad del cemento asfáltico A la llegada de cada carrotanque con cemento asfáltico convencional o cemento asfáltico modificado con polímeros para mezcla densa en caliente al sitio de los trabajos, el Constructor deberá entregar al Interventor una certificación original, expedida por el fabricante del producto, donde se indiquen las fechas de elaboración y despacho, el tipo de asfalto, así como los resultados de ensayos básicos de calidad efectuados sobre muestras representativas de la entrega, los cuales deberán satisfacer las condiciones especificadas en el numeral 400.2.2 (cemento asfáltico) o en el numeral 400.2.3 (cemento asfáltico modificado con polímeros) del Artículo 400 de las presentes

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CAPÍTULO 3

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especificaciones. El Interventor se abstendrá de aceptar el empleo de suministros de cemento asfáltico convencional o modificado, con polímeros que no se encuentren respaldados por la certificación del fabricante. Además, mediante muestras representativas de cada entrega, efectuará las verificaciones exigidas en la especificación de Invías en el numeral 410.5.2 del Artículo 410 , cuando se trate de un cemento asfáltico convencional o en el numeral 414.5.2 del Artículo 414, cuando se trate de un cemento asfáltico modificado con polímeros. En todos los casos, guardará una muestra para ensayos ulteriores de contraste, cuando el Constructor o el fabricante manifiesten inconformidad con los resultados iniciales. En relación con los resultados de las pruebas, no se admitirá ninguna tolerancia sobre los límites establecidos en las Tablas 400.3 o 400.4 del Artículo 400 de la especificación de Invías, según corresponda. 5.2.2 Calidad de los agregados pétreos y el llenante mineral Deberán aplicarse todas las exigencias del aparte 440.5.2.3 del Artículo 440 de la especificación de Invías. 5.2.3 Composición de la mezcla A la salida del mezclador o silo de almacenamiento, sobre cada vehículo de transporte, el Interventor controlará el aspecto de la mezcla y medirá su temperatura. Rechazará todas las mezclas segregadas, carbonizadas o sobrecalentadas, así como las mezclas con espuma, aquellas cuya envuelta no sea homogénea y las que presenten indicios de humedad. En este último caso y cuando la planta no sea del tipo tambor mezclador, se deberán retirar los agregados de las correspondientes tolvas en caliente. Cuantitativamente, el Interventor realizará los siguientes controles: a. Contenido de asfalto Al respecto, se aplicarán los mismos criterios establecidos en el aparte 440.5.2.4.a. del Artículo 440 de la especificación de Invías. Para efectos del control, se considerará como lote el volumen de material que resulte de aplicar los criterios del numeral 450.5.2.5. b. Granulometría de los agregados Sobre las muestras utilizadas para hallar el contenido de asfalto, se determinará la composición granulométrica de los agregados. La curva granulométrica de cada ensayo individual deberá ser sensiblemente paralela a

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CAPÍTULO 3

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los límites de la franja adoptada, ajustándose a la fórmula de trabajo con las tolerancias que se indican a continuación, pero sin permitir que la curva se salga de la franja: Porcentaje que pasa el tamiz de 4.75 mm (No.4) y mayores ± 4% sobre el peso seco de los agregados Porcentaje que pasa por tamices de 2mm (No.10), de 425 m (No.40) y de 180 m (No.80) ± 3% sobre el peso seco de los agregados Porcentaje que pasa el tamiz de 75 m (No.200) ± 1% sobre el peso seco de los agregados En el caso que los valores obtenidos excedan las tolerancias, pero no salgan de la franja, el Constructor deberá preparar en el laboratorio una mezcla con la gradación defectuosa y el porcentaje medio de asfalto de la mezcla elaborada con este agregado. Ella se someterá a las pruebas de valoración descritas en el aparte 450.4.2 de la especificación de Invías. Si los requisitos allí indicados no se cumplen, se rechazará el lote. 5.2.4 Calidad de la mezcla a. Resistencia Con un mínimo de dos (2) muestras por lote de la mezcla elaborada, se moldearán probetas (dos por muestra), para verificar en el laboratorio su resistencia en el ensayo Marshall (INV E-748). La estabilidad media de las cuatro (4) probetas (Em) deberá ser como mínimo, igual al noventa por ciento (90%) de la estabilidad de la mezcla de la fórmula de trabajo (Et).

Em 0.9 Et Además, la estabilidad de cada probeta (Ei) deberá ser igual o superior a ochenta por ciento (80%) del valor medio de estabilidad, admitiéndose solo un valor individual por debajo de ese límite.

Ei 0.8 Em Adicionalmente, con un mínimo de dos (2) muestras por lote de la mezcla elaborada, se moldearán probetas (tres por muestra), para verificar en el laboratorio la resistencia de la mezcla ante la acción del agua mediante el ensayo de inmersión-compresión (INV E-738). Tres de las probetas se curarán en seco y tres bajo condición húmeda y se determinará la resistencia promedio de cada grupo. La pérdida de resistencia por efecto de la inmersión, no podrá exceder de veinticinco por

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CAPÍTULO 3

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ciento (25 %). El incumplimiento de al menos una de estas exigencias implica el rechazo del lote representado por las muestras. b. Flujo El flujo medio de las probetas sometidas al ensayo de estabilidad (Fm) deberá encontrarse entre el ochenta y cinco por ciento (85%) y el ciento quince por ciento (115%) del valor obtenido en la mezcla aprobada como fórmula de trabajo (Ft), pero no se permitirá que su valor se encuentre por fuera de los límites establecidos en el aparte 450.4.2 de la especificación de Invías.

0.85 Ft Fm 1.15 Ft Si el flujo medio se encuentra dentro del rango establecido en el aparte 450.4.2, pero no satisface la exigencia recién indicada en relación con el valor obtenido al determinar la fórmula de trabajo, el Interventor decidirá, al compararlo con las estabilidades, si el lote debe ser rechazado o aceptado. 5.2.5 Calidad del producto terminado Se considerará como "lote" que se aceptará o rechazará en bloque, la menor área construida que resulte de los siguientes criterios:

­ Quinientos metros lineales (500m) de mezcla densa en caliente colocada ­ Tres mil quinientos metros cuadrados (3500 m2) de mezcla densa en caliente

colocada ­ La obra ejecutada en una jornada de trabajo

La capa terminada deberá presentar una superficie uniforme y ajustarse a las rasantes y pendientes establecidas. La distancia entre el eje del proyecto y el borde de la capa que se esté construyendo, excluyendo sus chaflanes, no podrá ser menor que la señalada en los planos o la determinada por el Interventor. La cota de cualquier punto de la mezcla densa compactada en capas de base o rodadura, no deberá variar en más de diez milímetros (10 mm) de la proyectada. Además, el Interventor estará obligado a efectuar las siguientes verificaciones:

Compactación

Las determinaciones de densidad de la capa compactada se realizarán en una proporción de cuando menos cinco (5) por lote. Los sitios para las tomas de muestras o las mediciones in situ se elegirán al azar, pero de manera que se realice al menos una prueba por hectómetro. La densidad promedio (Dm) deberá ser, cuando menos, el noventa y ocho por ciento

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CAPÍTULO 3

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ESPECIFICACIÓN 307.A2

(98%) de la media obtenida al compactar en el laboratorio con la técnica Marshall, las cuatro (4) probetas por lote (De), que se indicaron en el aparte 450.5.2.4.a. de esta especificación. Dm 0.98 De Además, la densidad de cada testigo individual (Di) deberá ser mayor o igual al noventa y siete por ciento (97%) de la densidad media de los testigos del lote (Dm), admitiéndose un (1) solo valor defectuoso por lote. Di 0.97 Dm El incumplimiento de alguno de estos dos requisitos implica el rechazo del lote por parte del Interventor. En caso de rechazo, la capa de mezcla densa en caliente correspondiente al lote controlado deberá ser levantada mediante fresado y repuesta a satisfacción del Interventor, todo ello a cargo y costa del Constructor. La toma de muestras testigo se hará de acuerdo con norma INV E-758 y las densidades se determinarán por alguno de los métodos indicados en las normas INV E-733, E-734 y E-746.

Espesor, lisura, textura y resistencia al deslizamiento, rugosidad y construcción de capas de re nivelación

En relación con estos aspectos, resultan aplicables, en todo, los requisitos establecidos en los literales b, c, d, e y f, respectivamente, del aparte 440.5.2.6 del Artículo 440 de la especificación de Invías, teniendo en cuenta que las mezclas asfálticas por reponer o adicionar con motivo de los rechazos, deberán de tipo denso en caliente, en acuerdo a las exigencias del presente Artículo. Todas las áreas de mezcla densa en caliente colocada y compactada, donde los defectos de calidad y terminación excedan las tolerancias de esta especificación, así como aquellas en que se presente retención de agua en la superficie, deberán ser corregidas por el Constructor, a su costa, de acuerdo con las instrucciones del Interventor y a plena satisfacción de éste. 6. MEDIDA Y PAGO. La medida del pavimento de concreto asfáltico se hará en metros cúbicos (m3) compactados, de acuerdo con los espesores y demás dimensiones indicadas en los planos u ordenadas por el Interventor o indicadas en los diseños. Para efectos de medida y pago se discriminará en el formulario de cantidades de obra, el concreto asfáltico para “Pavimentación de zanjas y apiques” (parcheo), “Pavimentación total de la vía” o “Repavimentación total de vías”. No se incluirá en la medida ningún pavimento construido fuera de estos límites especificados, ni el área ocupada por los chaflanes, fuera de los bordes superiores del pavimento.

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CAPÍTULO 3

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ESPECIFICACIÓN 307.A2

Los precios unitarios del concreto asfáltico deberán cubrir los costos de todas las operaciones necesarias para la producción y suministro de la mezcla asfáltica, su transporte al sitio de utilización, a menos que en las especificaciones particulares o en los pliegos se indique su pago aparte, el cargue, descargue, extensión, compactación y acabado de la mezcla, la señalización de la vía durante los trabajos de pavimentación, topografía, mano de obra, equipos, reparaciones por causas imputables al Contratista, ensayos de laboratorio y de campo para comprobar la calidad de los trabajos, y en general, todos los demás costos directos e indirectos necesarios para ejecutar esta actividad satisfactoriamente. El precio unitario también incluye el suministro y almacenamiento del producto asfáltico para la mezcla. El precio unitario deberá incluir, además, los costos de la definición de la fórmula de trabajo, los costos de la fase de experimentación y los costos de todos los muestreos y ensayos de caracterización, diseño y control. Cuando la capa de rodadura se ejecute en varios tendidos, el precio unitario deberá cubrir los costos de suministro, calentamiento, aplicación del riego de liga entre las capas y el de todas las demás actividades para la ejecutar debidamente el trabajo. Cuando por causas imputables al Contratista (roturas innecesarias, derrumbes ocasionados por falta o deficiencia de entibado, relleno insuficiente, daños en el equipo mecánico, etc.) sea necesario pavimentar áreas adicionales no indicadas en los planos ni ordenadas por el Interventor, el trabajo correrá por cuenta del Contratista incluyendo base, imprimación, riego de liga o capa de arena y capa de rodadura, debiendo cumplir dichos trabajos todos las especificaciones aplicables al resto del pavimento. PLAN GENERAL DE CONTROL CONCRETOS ASFÁLTICOS.

Ensayo Lote Frecuencia (muestras por lote)

Dosificación de la mezcla Del depósito o frente de explotación 1

Granulometría del agregado

Del depósito o frente de explotación 1

Contenido de asfalto 200 ton o fracción 1 Densidad Marshall 200 ton o fracción 1 Estabilidad Marshall 200 ton o fracción 1 Fluencia Marshall 200 ton o fracción 1 Vacíos en la mezcla 200 ton o fracción 1

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CAPÍTULO 3

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ESPECIFICACIÓN 307.A2

Gradación por extracción 200 ton o fracción 1 Densidad en vía (núcleos) 40 m en vía 1

Espesor en la vía Jornada permanente Control permanente en vía, 2 núcleos por jornada

Temperatura de la mezcla Viaje 1

Índices de forma (tres) Del depósito o frente de explotación 1

Desgaste Del depósito o frente de explotación 1

Solidez Del depósito o frente de explotación 1

Equivalente de arena Del depósito o frente de explotación 1

Adherencia del asfalto Del depósito o frente de explotación 1

NORMAS Y ESPECIFICACIONES GENERALES DE CONSTRUCCIÓN

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CAPÍTULO 4

CORTES CON ACETILENO ESPECIFICACIÓN PARTICULAR 411.A1

NORMATIVIDAD ASOCIADA: NEGC 411 Se adiciona un párrafo a las generalidades de la NEGC 411, así: GENERALIDADES: - Se ejecutarán también estos cortes en tuberías y láminas de acero en el sistema de acometidas y medición de acueducto. - Sólo para el ítem de suministro, transporte, colocación y figuración de lámina de acero. Su pago será por centímetro cuadrado (cm2). Cuando la lámina de acero se emplee para la reparación de tuberías de American Pipe, deberá incluirse el mortero de fraguado rápido para la protección tanto interna como externa de ésta. Su precio estará incluido en el valor de la lámina a instalar, e incluye todos los costos directos e indirectos necesarios para ejecutar esta actividad.

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CAPÍTULO 4

CINTA DE POLIETILENO PARA SEÑALIZACIÓN DE REDES DE ACUEDUCTO

ESPECIFICACIÓN PARTICULAR 423.N1

GENERALIDADES: Esta especificación cubre el suministro y colocación de la cinta de señalización que va dentro de la zanja por encima de la tubería de las redes de acueducto, y deberá tener en cuenta las siguientes consideraciones: La cinta deberá cumplir con la norma ASTM D1248-84 y debe tener un espesor

mínimo de 175 micrones. La cinta será de polietileno de 20 cm de ancho, de color azul y llevará impresa la

siguiente leyenda cada 0,50 m “Precaución, Red de Acueducto” en color negro y tamaño de cada letra de 4 cm x 6 cm.

La cinta de polietileno deberá ser colocada a una distancia de 0.30 m por encima de la clave de la tubería, tal como se muestra en el esquema anexo.

Al colocar la cinta, ésta se deberá asegurar para impedir que se mueva cuando se haga el lleno sobre la tubería.

MEDIDA Y PAGO: La unidad de medida será el metro (m) lineal de suministro e instalación de cinta de señalización. Este precio incluye el suministro, transporte, almacenamiento, colocación, mano de obra y demás costos directos e indirectos para la ejecución de esta actividad.

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CAPÍTULO 7

TUBERÍAS Y ACCESORIOS EN HIERRO DÚCTIL

ESPECIFICACIÓN PARTICULAR 701.2.A1

NORMATIVIDAD ASOCIADA: NEGC701.2. Se adiciona el siguiente texto a la medida y pago: MEDIDA Y PAGO:

Cuando se trate de transporte y colocación de tubería o accesorios de Hierro Dúctil con o sin suministro, el precio unitario incluirá el limpiador, el lubricante y los ensayos de prueba de la instalación además de los costos directos e indirectos. La medida se hará por metro (m) lineal, medido por el eje de la tubería instalada sobre la pendiente o por unidad (un) en el caso de accesorios.

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CAPÍTULO 7

VÁLVULAS DE COMPUERTA ESPECIFICACIÓN PARTICULAR 702.1.A1

NORMATIVIDAD ASOCIADA: NEGC 702, 702.1 Se adiciona el siguiente texto a las generalidades de la NEGC 702.1, así: GENERALIDADES: En el caso en que el suministro vaya a ser efectuado por EL CONTRATISTA y en adición a los requerimientos que en cuanto a calidad efectúa LAS EMPRESAS, el Contratista debe tener en cuenta lo siguiente: NOTA: De haber alguna incongruencia entre las especificaciones NEGC 702 Y NEGC 702.1 y este numeral, primará este último. NORMAS DE FABRICACIÓN. Las Empresas Públicas de Medellín E.S.P. toman como guía para la fabricación de las válvulas de compuerta la norma AWWA-C509 o la ISO 7259. MATERIALES. Las normas de los materiales para la fabricación de las válvulas, serán las establecidas en la norma NEGC 702.1 o su equivalente en otros sistemas de normas. La compuerta o elemento obturados será recubierto completamente en caucho elástico natural o sintético (Viton A, Perbunam, Neopreno, etc), debidamente adherido, según norma ASTM D429 o similar. El vástago será en acero inoxidable, igualmente las tuercas y tornillos que esten en contacto directo con el suelo. RECUBRIMIENTO. El recubrimiento del cuerpo de la válvula tendrá un espesor uniforme y mínimo de 200 micras, elaborado en pintura Epóxica preferiblemente aplicada electro estáticamente y su terminación será color azul. El revestimiento interno deber ser compatible con el agua potable y que no ponga en peligro la salud de los consumidores. EXTREMOS DE LAS VÁLVULAS. 1. Válvulas con extremos de campana (Junta rápida, o Hembra). Las válvulas descritas en el ítem como tipo campana (o junta rápida o tipo hembra) deben incluir los respectivos empaques para su montaje. Para estos ítemes se admitirán válvulas con otros extremos siempre y cuando el proveedor, sin costo

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CAPÍTULO 7

VÁLVULAS DE COMPUERTA ESPECIFICACIÓN PARTICULAR 702.1.A1

alguno, suministre los accesorios con sus tuercas, tornillos (de acero inoxidable) y empaques, de modo que permita el acople de las válvulas a los extremos lisos de las tuberías. Los extremos lisos de las tuberías en que se instalarán las válvulas, indistintamente, tendrán los siguientes diámetros externos.

Tamaño - Diámetro Nominal

Diámetro Exterior (mm)

Diámetro Exterior (mm)

PG mm (2) Acero/PVC HD 3 75 88,90 98,00 4 100 114,30 118,00 6 150 168,30 170,00 8 200 219,10 222,00 10 250 273,05 274,00 12 300 323,85 326,00

NOTA: El fabricante debe garantizar el buen desempeño del producto bien sea que se instale en Acero, PVC, PE o en hierro dúctil (HD). De ser necesario entregará sin costo para la Empresas, los materiales o accesorios necesarios para lograrlo, de acuerdo con cada uno de los diámetros. Válvulas con extremos bridados. Los extremos de estas válvulas serán de tipo Brida para acoplar a bridas ANSI B16.5, clase 150. Si el fabricante no puede producir sus válvulas con este tipo de bridas, se aceptaran otras bridas que soporten la presión especificada pero tendrá, sin costo alguno, suministrar dos bridas en acero por cada válvula, las cuales deben ser acoplar a las de las válvulas suministradas. PRUEBAS Y CERTIFICADOS: Las válvulas serán probadas de acuerdo con lo especificado en la norma de fabricación y los certificados de estas pruebas serán remitidos a LAS EMPRESAS para realizar el recibo de las válvulas. Se debe identificar la válvula y su certificado de resultados de las pruebas de dicha válvula. CAPERUZA: Las válvulas, en vez de rueda de manejo, deben tener una caperuza triangular o rectangular para ser operadas con llave de maniobras con extensión. De ser triangular, la sección será un triángulo equilátero de 81.9 mm de lado y una profundidad libre de 50 mm.

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NORMAS Y ESPECIFICACIONES GENERALES DE CONSTRUCCIÓN

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CAPÍTULO 7

VÁLVULAS DE COMPUERTA ESPECIFICACIÓN PARTICULAR 702.1.A1

PLANOS Y CATALOGOS: El fabricante suministrará una copia de los planos de las válvulas, identificando sus componentes, y el material de cada uno de ellos. Igualmente un catálogo de las válvulas donde este toda la información técnica de los elementos suministrados incluyendo recomendaciones de operación y mantenimiento. El idioma utilizado en los planos, instrucciones de montaje, operación y mantenimiento, así como los catálogos de partes e instrucciones especiales se aceptarán en español. Si el idioma es diferente al español, es decir, inglés, alemán, etc., EL CONTRATISTA deberá presentar una traducción de dichos documentos. Cualquiera de estos documentos presentados en otro idioma diferente al español será devuelto a EL CONTRATISTA para su traducción, y la demora que se produzca por este motivo no será causa para ampliación de los plazos. Todos los equipos y materiales especificados aquí deben ser estándares para su uso en el control del flujo de aguas limpias y sucias, lodos, químicos, etc., dependiendo de las aplicaciones. Todo equipo deberá ser empacado, entregado y desempacado de tal manera que se proteja contra cualquier daño. Las superficies de hierro y de acero acabadas, deberán ser protegidas adecuadamente para evitar su corrosión. Las partes y componentes que son ensamblados en la fábrica no deberán ser desarmadas para transporte a menos que se reciba un permiso escrito del Interventor. EL CONTRATISTA deberá suministrar los servicios de un técnico que tenga completo conocimiento de la instalación adecuada y de la operación y mantenimiento del equipo, para inspeccionar la instalación final y supervisar la puesta en servicio del equipo. Al terminar la instalación, el técnico de EL CONTRATISTA, en presencia del Interventor debe ejecutar unos ensayos preliminares del sistema para asegurar el funcionamiento de todas las partes componentes a satisfacción del Interventor. La aprobación de los ensayos preliminares por parte del Interventor no constituye una aceptación final del equipo suministrado. EL CONTRATISTAdeberá corregir a sus costos cualquier deficiencia notada, mediante reparación o reemplazo de los componentes defectuosos, y reensayar como se requiera, hasta que el equipo cumpla la aprobación del Interventor. Todas las válvulas y accesorios deben ser del diámetro especificado y/o mostrado en los planos y, siempre que sea posible, todos los equipos de un mismo tipo deberán

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ANEXO 2-Especificaciones Particulares PC-2013-0014 Página 50 de 94

NORMAS Y ESPECIFICACIONES GENERALES DE CONSTRUCCIÓN

FECHA ACTUALIZACIÓN

CAPÍTULO 7

VÁLVULAS DE COMPUERTA ESPECIFICACIÓN PARTICULAR 702.1.A1

ser de un mismo fabricante. Todas las válvulas deben ser suministradas con los demás elementos como empaques, tuercas, tornillos, etc., necesarios para su completa instalación. El tipo de válvulas a utilizar será definido, previamente, por la Interventoría. No se podrá instalar válvulas que no estén autorizadas por la Interventoría. Los tipos de válvulas a utilizar serán de extremo liso, campana con empaque y bridadas. Cuando se emplee la válvula extremo liso, su precio incluye el suministro, transporte y colocación de las uniones para su montaje. Igualmente, cuando se empleen las válvulas con extremos bridados su precio incluye contra bridas, empaques y tornillería necesaria para su correcta instalación. Las válvulas utilizadas como Bypass en las E.R.P. y las utilizadas como limites de circuito o sub-circuito deben tener compuerta con sello metálico. MEDIDA Y PAGO: La unidad de medida será la unidad (un). En el precio unitario EL CONTRATISTA incluirá el costo de toda la mano de obra, herramientas y equipos necesarios para el suministro (si así se indica), transporte y colocación de las válvulas. Incluirá todos los costos directos e indirectos en que incurra EL CONTRATISTA para una adecuada ejecución de la actividad.

NORMAS Y ESPECIFICACIONES GENERALES DE CONSTRUCCIÓN

FECHA ACTUALIZACIÓN

CAPÍTULO 7

INSTALACIÓN MANUAL DE TUBERÍAS ESPECIFICACIÓN PARTICULAR 704.A1

NORMATIVIDAD ASOCIADA: NEGC 704 Se adiciona el siguiente texto a la NEGC 704, así: 8. Instalación de tuberías para acometidas de acueducto con instalación subterránea manualmente. Este sistema de trabajo se empleará cuando lo señale la Interventoría, para evitar el daño de zonas verdes, andenes, cordones y/o cunetas o cualquier otra estructura. La instalación se hará en forma manual, realizando una excavación subterránea por debajo de las estructuras mencionadas, empleando en dicho proceso una barra metálica.

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ANEXO 2-Especificaciones Particulares PC-2013-0014 Página 51 de 94

NORMAS Y ESPECIFICACIONES GENERALES DE CONSTRUCCIÓN

FECHA ACTUALIZACIÓN

CAPÍTULO 7

INSTALACIÓN MANUAL DE TUBERÍAS ESPECIFICACIÓN PARTICULAR 704.A1

Para adelantar estos trabajos se harán los nichos necesarios antes y después de las estructuras a evitar. Se debe tener precaución para no interferir con las redes de otros servicios como energía, teléfonos, gas, acueducto y alcantarillado. Queda a criterio de EL CONTRATISTA la clase de equipo adicional que utilizará, siempre y cuando se ajuste a los rendimientos normales de trabajo. Por este concepto no se harán reconocimientos adicionales a los contemplados en la unidad de medida y pago de la NEGC 704.

NORMAS Y ESPECIFICACIONES GENERALES DE CONSTRUCCIÓN

FECHA ACTUALIZACIÓN

CAPÍTULO 7

CAJAS PARA VÁLVULAS ESPECIFICACIÓN PARTICULAR 707.A1

NORMATIVIDAD ASOCIADA: NEGC 705, 501, 601 Se modifica el esquema 1 de esta norma, así: Donde se especifica el material de la tapa “lámina (1/2”) u otro material”, deberá entenderse “lámina de acero de espesor 6.35 mm. (1/4”). Se adiciona el siguiente texto: En el esquema 1 la profundidad de la caja se entenderá hasta 0.20 m por debajo del invert de la red, en la cual se colocó, cambió o intercaló la válvula. Para el cambio o intercalada de válvulas de 75 y 100 mm.la sección de la caja será de 1.00 x 1.00 m, para válvulas de 150 y 200 mm.la sección de la caja será de 1.20 x 1.20 m; para válvulas de 250 y 300 mm.la sección de la caja será de 1.40 x 1.40 m; esto con el fin de facilitar el corte con cizalla y, principalmente, garantizar la compactación especificada con equipo mecánico. Cuando se ejecute un realce de caja válvula el marco de la caja se fijará al entorno existente con el mismo material del pavimento, es decir, si el realce se hace en una vía con pavimento flexible, el entorno del marco se llenara y pavimentará con asfalto, si el pavimento es rígido entonces con concreto. MEDIDA Y PAGO: Se medirán y pagarán por unidad terminada y aprobada por la interventoría. Su precio incluye excavación, llenos, botada de escombros, todos los materiales indicados en el esquema o en los planos, mano de obra, herramientas, equipos y

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ANEXO 2-Especificaciones Particulares PC-2013-0014 Página 52 de 94

NORMAS Y ESPECIFICACIONES GENERALES DE CONSTRUCCIÓN

FECHA ACTUALIZACIÓN

CAPÍTULO 7

CAJAS PARA VÁLVULAS ESPECIFICACIÓN PARTICULAR 707.A1

todos los demás costos directos e indirectos requeridos para la construcción de la caja de acuerdo con los diseños. La rotura de pavimento, así como todas las actividades necesarias para la construcción de los desagües, en el caso de ser necesario, se pagarán en los ítemes respectivos.

PROCEDIMIENTO PARA LA ATENCIÓN DE QUEJAS Y RECLAMOS

FECHA ACTUALIZACIÓN

A. Quejas y reclamos que ingresan por el sistema de EPM: La atención de quejas y reclamos es un tema de vital importancia para AGUAS DE OCCIDENTE, como parte de su Responsabilidad Social con la Comunidad y para cumplir con la normatividad exigida por las entidades estatales. AGUAS DE OCCIDENTE como empresa filial se acoge al sistema de atención de quejas de EPM la cual cuenta con un sistema informático (FENIX), para la recepción, gestión y atención de quejas y reclamos generados por parte de la comunidad impactada por los proyectos. Con el fin de dar cumplimiento a los requerimientos de EPM, para la correcta atención de las quejas y reclamos se solicita a la empresa contratista, cumplir con el siguiente procedimiento:

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ANEXO 2-Especificaciones Particulares PC-2013-0014 Página 53 de 94

PROCEDIMIENTO PARA LA ATENCIÓN DE QUEJAS Y RECLAMOS

FECHA ACTUALIZACIÓN

1. EPM recibe las quejas y reclamos de la comunidad impactada por los proyectos, a través del sistema Fénix y las envía por correo electrónico a las siguientes personas.

Gestión ambiental del contratista Ingeniero interventor EPM Ingeniero residente interventoría Ingeniero residente Contratista

2. La Gestión ambiental del contratista, en compañía de una persona del equipo

técnico y si es posible del encargado de la obra, atienden al usuario y dan solución oportuna a su inquietud.

3. Una vez resuelta la queja o reclamo o después de haber firmado un compromiso de atención, la Gestión Ambiental del contratista envía por correo electrónico a la interventoría, la respuesta a la queja o reclamo para ser atendida al cliente y cerrada por EPM.

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ANEXO 2-Especificaciones Particulares PC-2013-0014 Página 54 de 94

PROCEDIMIENTO PARA LA ATENCIÓN DE QUEJAS Y RECLAMOS

FECHA ACTUALIZACIÓN

Es de anotar que las personas responsables del cumplimiento oportuno para la atención de las quejas y reclamos,son el ingeniero residente, el encargado de obra y el Gestor Ambiental. A continuación los requerimientos para la atención oportuna:

Las quejas o reclamos se deben atender antes de 5 días calendario, teniendo muy presente la hora de ingreso de la solicitud, ya que es la misma hora en que se vencen los términos para su atención.

Se cuenta con un tiempo máximo de 24 horas, después de ingresada la queja o reclamo, para determinar si corresponde o no a nuestro contrato.

En caso de que EPM verifique con el usuario la atención a su solicitud y éste manifieste que no se le ha atendido o que no está conforme con la atención, la queja o reclamo se abre nuevamente y solo se cuenta con los días que no se utilizaron para su atención. (Ej: Si atendimos una queja en 3 días y se comprueba con el usuario que no quedó satisfecho o no se le atendió, sólo nos quedan 2 días de los 5 que normalmente tenemos para la atención del requerimiento.)

Las respuestas se deben enviar por correo electrónico incluyendo actas de compromiso y en el siguiente formato:

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ANEXO 2-Especificaciones Particulares PC-2013-0014 Página 55 de 94

PROCEDIMIENTO PARA LA ATENCIÓN DE QUEJAS Y RECLAMOS

FECHA ACTUALIZACIÓN

El registro de quejas y reclamos debe anexarse mensualmente en el

informe de Gestión Socio Ambiental de los contratos, en el programa de control y seguimiento, así:

Número de queja o pedido:

Nombre del usuario:

Dirección:

Teléfono:

Descripción de la queja:

Fecha de visita:

Respuesta para el usuario:

Trabajos realizados:

Fecha en que se realizan los trabajos:

Acta de compromiso: Si ______ (Anexar) No ______

Horas y fechas en que se visitó:

FORMATO PARA RESPUESTA A QUEJAS

CUANDO EL USUARIO NO SE ENCUENTRA

Fecha de recibo

No. De pedido

Nombre del usuario

Dirección TeléfonoBarrio o Sector

Queja o reclamo Atención realizadaFecha de atención

Pendiente (Motivo)

Cerrada

ATENCIÓN A QUEJAS Y RECLAMOS

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ANEXO 2-Especificaciones Particulares PC-2013-0014 Página 56 de 94

PROCEDIMIENTO PARA LA ATENCIÓN DE QUEJAS Y RECLAMOS

FECHA ACTUALIZACIÓN

Quejas y reclamos que recibe el contratista en el campo de trabajo: Cuando el contratista reciba de la comunidad impactada un reclamo o queja, debe atenderlo dentro de los 3 días calendario siguientes a la de recibo y al igual que con los requerimientos generados en EPM, diligenciar los formatos de atención que tenga, de acuerdo con su sistema de calidad y realizar actas de compromiso en caso de que la queja no se resuelva dentro del tiempo estipulado para ello. El registro de estas atenciones debe figurar como anexo en los informes mensuales de la Gestión Socio Ambiental de los contratos, en el programa de control y seguimiento así

Fecha de recibo

No. De pedido

Nombre del usuario

Dirección TeléfonoBarrio o Sector

Queja o reclamo Atención realizadaFecha de atención

Pendiente (Motivo)

Cerrada

ATENCIÓN A QUEJAS Y RECLAMOS

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ANEXO 2-Especificaciones Particulares PC-2013-0014 Página 57 de 94

REGLAMENTO TÉCNICO DE TUBERÍAS DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO

Resolución MAVDT 0522 del 31 de Marzo de 2008 “Por la cual se modifica la Resolución No. 0170 de 2007”.

Resolución MAVDT 0170 del 31 de enero de 2008 “Por la cual se modifica la Resolución 1127 de 2007”.

Resolución 1127 de junio 22 de 2007 “Por la cual se modifica la Resolución No. 1166 de 2006”

Resolución MAVDT 1166 del 20 de junio de 2006 “Por la cual se expide el Reglamento Técnico que señala los requisitos técnicos que deben cumplir los tubos de acueducto, alcantarillado, los de uso sanitario y los de aguas lluvias y sus accesorios que adquieran las personas prestadoras de los servicios de acueducto y alcantarillado”, publicada en el Diario Oficial 46.307 del 22 de junio de 2006. Con el fin de fortalecer la prestación de los servicios de acueducto y alcantarillado, a través del componente de infraestructura, además de la Resolución 1096 de 2000 que adopta el Reglamento Técnico del Sector de Agua Potable y Saneamiento Básico – RAS, el gobierno nacional expidió las resoluciones 1166 de 2006, 1127 de 2007, 0170 de 2008 y 0522 de 2008.

El Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, expidió la Resolución 0522 de 2008 mediante la cual se amplía el plazo de entrada en vigencia del Reglamento Técnico de Tuberías de Acueducto y Alcantarillado y sus accesorios hasta el 1 de Octubre de 2008, para que los prestadores de los servicios públicos de acueducto y alcantarillado exijan a los proveedores de tubos y accesorios una certificación de cumplimiento de requisitos mínimos que permitan proteger a los usuarios de efectos negativos sobre la vida y la salud humana. Para el servicio de acueducto, el reglamento trae disposiciones sobre atoxicidad para las tuberías y sus accesorios, y de resistencia química en el caso de las tuberías y accesorios de alcantarillado.

Con la ampliación de entrada en vigencia del Reglamento Técnico de Tuberías, se busca generar una diversidad de opciones de laboratorios de ensayo y de organismos de certificación acreditados a los cuales puedan acudir los proveedores y productores de tuberías y accesorios para obtener la certificación sobre los productos, y así obtener mayor competitividad en el mercado para evitar el desarrollo de los monopolios naturales.

Se extiende una invitación al sector para vincularse a los procesos tanto de divulgación, como de preparación y ajuste de las condiciones necesarias para que las disposiciones de esta Resolución puedan entrar en vigencia en el tiempo establecido.

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ANEXO 2-Especificaciones Particulares PC-2013-0014 Página 58 de 94

Los laboratorios y organismos de certificación que estén interesados en realizar los ensayos de atoxicidad y resistencia química, deberán solicitar ante la Superintendencia de Industria y Comercio la respectiva acreditación inmediatamente, toda vez que a partir del primero de octubre los prestadores deberán adquirir los tubos y accesorios que estén certificados.

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ANEXO 2-Especificaciones Particulares PC-2013-0014 Página 59 de 94

DIARIO OFICIAL No 46.307 Bogotá, D. C., jueves 22 de junio de 2006

Ministerio de Ambiente, Vivienda

y Desarrollo Territorial

RESOLUCIONES

RESOLUCION NÚMERO 1166 DE 2006 (junio 20) por la cual se expide el Reglamento Técnico que señala los requisitos técnicos que deben cumplir los tubos de acueducto, alcantarillado, los de uso sanitario y los de aguas lluvias y sus accesorios que adquieran las personas prestadoras de los servicios de acueducto y alcantarillado.

La Ministra de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, en ejercicio de sus facultades legales, en especial de las que le confiere los artículos 67.1 y 162.9 de la Ley 142 de 1994, y el Decreto 216 de febrero de 2003, y CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el artículo 73.5 concordante con el artículo 74 de la Ley 142 de 1994, la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico, mediante Resolución 344 de2005, solicitó al Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial “la expedición de un Reglamento Técnico de Tuberías de Acueducto y Alcantarillado y sus Accesorios, para ser aplicado por las personas prestadoras de los servicios de acueducto y alcantarillado, en los aspectos de composición química de los materiales y la estandarización de la información mínima sobre los requisitos técnicos que deben ser exigibles por parte de los prestadores, con el fin de garantizar la calidad del servicio”;

Que la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico motivó y circunscribió la necesidad de la expedición del reglamento únicamente en dos aspectos:

1. La composición química de los materiales utilizados en las tuberías y accesorios destinados a la prestación del servicio público de acueducto y alcantarillado, con el fin de proteger objetivos legítimos tales como la vida, la salud y la seguridad humana, animal, vegetal y el medio ambiente.

2. La estandarización de la información sobre los requisitos técnicos que deben ser exigibles, de tal manera que los prestadores tengan a su disposición la misma calidad y cantidad de información, y se prevengan prácticas que puedan inducir a error a los prestadores;

Que con base en el artículo 67,numeral 67.1 y artículo 162, numeral 162.9 de la Ley 142 de 1994, es competencia del Ministerio de Desarrollo Económico (hoy Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial) “señalar los requisitos técnicos que deben cumplir las obras, equipos y procedimientos que utilicen las empresas de servicios públicos del sector, cuando la comisión respectiva haya resuelto por vía general que ese señalamiento es realmente necesario para

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ANEXO 2-Especificaciones Particulares PC-2013-0014 Página 60 de 94

garantizar la calidad del servicio, y que no implica restricción indebida a la competencia”;

Que el Decreto-Ley 216 de 2003,“por el cual se determinan los objetivos, la estructura orgánica del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial y se dictan otras disposiciones”,prevé en el artículo 14, las funciones de la Dirección de Agua Potable, Saneamiento Básico y Ambiental, específicamente la señalada en el numeral 6, que estipula: “Definir los requisitos técnicos que deban cumplir las obras, equipos y procedimientos que utilicen las empresas de servicios públicos del sector de agua potable, saneamiento básico y ambiental, cuando la comisión de regulación haya resuelto por vía general que ese señalamiento es realmente necesario para garantizar la calidad del servicio y que no implica restricción indebida a la competencia”;

Que el proyecto de reglamento técnico de que trata la presente resolución, fue notificado a la Organización Mundial del Comercio, OMC, Comunidad Andina de Naciones, CAN, y el G3, mediante el documento identificado con la signatura G/TBT/N/COL/77 del 27 de enero de2006, respecto del cual, cumplido el término para el efecto, no se presentó ninguna observación por parte de los países miembros de dichas organizaciones;

Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE: T I T U L O I

OBJETO Y CAMPO DE APLICACION Artículo 1°.Objeto .El presente Reglamento Técnico tiene por objeto señalar los

requisitos técnicos mínimos asociados con la composición química de los materiales y, la estandarización de la información mínima sobre los requisitos técnicos que deben tener presentes los prestadores, con el fin de garantizar la calidad del servicio, para los tubos de acueducto y sus accesorios, integrantes en su conjunto de los sistemas de conducción y distribución de agua para consumo humano y para los tubos y accesorios integrantes en su conjunto de los sistemas de conexión, recolección y transporte final y tratamiento de las aguas residuales domésticas, industriales, pluviales o combinadas, previniendo la presentación de riesgos para la seguridad, la vida y la salud humana, animal y vegetal, el medio ambiente, y la realización de prácticas que puedan inducir a error, durante el horizonte de planeamiento para el cual fueron diseñados estos sistemas.

Artículo 2°.Campo de aplicación. El presente Reglamento Técnico debe ser aplicado por parte de las personas prestadoras de los servicios públicos domiciliarios, en el marco de la Ley 142 de 1994 y demás normas que la adicionen, modifiquen o reglamenten, que requieran en sus sistemas de acueducto y alcantarillado, de tubos con sus uniones, sellos y accesorios, de acuerdo con las especificaciones definidas en los proyectos.

Parágrafo 1°. Entiéndase por accesorios, cubiertos por este reglamento, los elementos componentes de un sistema de tuberías, diferentes de los tubos.

En el caso de acueductos, son los elementos prefabricados que debidamente instalados con los tubos, permiten cambios de dirección, empalmes, derivaciones, reducciones, conexiones y uniones con otros elementos o accesorios de control de las tuberías para acueducto, tales como: Uniones, codos, semicodos, tees, cruces,

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ANEXO 2-Especificaciones Particulares PC-2013-0014 Página 61 de 94

yees, reducciones, acoples, adaptadores, sillas, galápagos, collares de derivación, tapones, uniones demontaje y demás accesorios especiales de instalación.

En el caso de sistemas de alcantarillado: Son los elementos que debidamente instalados con los tubos, permiten cambios de dirección, empalmes, conexiones y uniones con otros elementos o accesorios de las tuberías para alcantarillado, tales como: sillas, derivaciones, galápagos, yees, codos, semicodos, tees, acoples, adaptadores, galápagos, uniones de montaje, válvulas, pozos, cámaras de inspección y demás accesorios especiales de instalación.

Parágrafo 2°. Contempla además los materiales o combinación de materiales, destinados a los recubrimientos externos y/o revestimientos internos de los tubos de acueducto y de alcantarillado y sus accesorios de instalación.

Parágrafo 3°. Para efectos del presente reglamento se aclara que los fabricantes de tuberías por este solo hecho no se consideran prestadores de los servicios públicos domiciliarios.

T I T U L O II

DEFINICIONES

Artículo 3°. Para el propósito del presente Reglamento Técnico, se aplican las definiciones contenidas en el Reglamento Técnico del Sector, RAS, adoptado por la Resolución 1096 de noviembre de 2000, del Ministerio de Desarrollo Económico o la que la modifique o sustituya, las de la Resolución 03742 de febrero de 2001 de la Superintendencia de Industria y Comercio o la que la modifique o sustituya y las del Decreto 2269de noviembre de 1993 del Ministerio de Desarrollo Económico o la ley o decreto que lo modifique o sustituya y además las siguientes:

Atoxicidad: Requisito de medida de la máxima concentración admisible de metales y compuestos químicos de reconocido efecto adverso a la salud humana que pueden migrar de las paredes de la tubería al agua que transportan y que no debe exceder los valores máximo sindicados en el Decreto 475 de 1998 del Ministerio de Salud y Desarrollo Económico, hoy Ministerio de la Protección Social y Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, o el que lo sustituya, modifique o derogue.

Concreto: Mezcla homogénea de material cementante, agregados y agua, la cual puede contener aditivos.

Concreto reforzado: Concreto que tiene un refuerzo consistente en barras o láminas de acero liso o corrugado, estribos transversales o mallas electrosoldadas, colocadas principalmente en zonas sometidas a esfuerzos de tracción.

Diámetro nominal: Es el número con el cual se designa comercialmente el diámetro interno o externo de un tubo o accesorio, aun cuando su valor no coincida con el diámetro real.

Diámetro real: Diámetro interno de una tubería determinado con elementos apropiados.

Hierro Dúctil: Tipo de hierro usado para tubos, acoples y accesorios, en el cual el grafito está presente principalmente en forma esferoidal.

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ANEXO 2-Especificaciones Particulares PC-2013-0014 Página 62 de 94

Junta: Conexión entre los extremos de los tubos y/o acoples en la cual se usa un empaque para formar un sello.

Mantenimiento correctivo: Conjunto de actividades que se deben llevar a cabo cuando un equipo, instrumento o estructura ha tenido una parada forzosa o una suspensión parcial de su servicio por daño imprevisto y que tienen como objeto reponer su funcionamiento normal en un corto plazo.

Muestra: Una muestra puede representar una línea de productos de diferentes tamaños cuando se cumpla con cualquiera de las siguientes situaciones:

• Los materiales son de la misma aleación, composición o formulación. • Los materiales han sido sometidos al mismo proceso de manufactura (extrusión o

moldeado). • Los procesos de diseño y manufactura son análogos. • Los materiales cumplen con los requerimientos de normalización más

estrictos, entendiéndose que las condiciones de normalización más estrictas son el producto de diámetro interno más pequeño dentro del rango de diámetros nominales.

Prácticas que puedan inducir a error: Son aquellas que desvirtúan el buen uso y desempeño para el cual está destinado un producto.

Poli (cloruro de vinilo) (PVC) rígido: Material termoplástico compuesto de poli(cloruro de vinilo),aditivos y exento de plastificantes.

Presión de trabajo: Valor máximo de la presión que el agua puede ejercer continuamente sobre las paredes del tubo, con un alto grado de seguridad de que no se van a presentar fallas o roturas y con la cual se clasifican y se deben rotular los tubos.

Prueba tipo: Ensayo o serie de ensayos realizados con el propósito de verificar el cumplimiento del diseño de un producto dado, con los requisitos de una norma específica.

Referente técnico: Ficha o documento que contiene las características y especificaciones técnicas sobre las cuales se elabora un producto.

Toxicidad: La propiedad que tiene una sustancia, elemento o compuesto, de causar daños en la salud humana o la muerte de un organismo vivo.

Tubería: En este reglamento técnico, es la sucesión de tubos debidamente unidos e intercalados con accesorios de instalación y control para permitir el transporte de agua, formando un conducto cerrado convenientemente aislado del exterior.

Tuberías de recolección: Red de tuberías que recibe las contribuciones de aguas residuales domiciliarias, industriales y/o pluviales en cualquier punto a lo largo de su longitud.

Tuberías de transporte final: Red de tuberías que conforman la malla principal del servicio de alcantarillado de una población y que recibe el agua de las tuberías de recolección y las transporta hasta las plantas de tratamiento de aguas residuales o hasta el sitio de su disposición final.

Tubo: Cualquier sección, normalmente cilíndrica, hueca, dotada de paredes de espesor constante, en el cual las superficies internas y externas son concéntricas.

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ANEXO 2-Especificaciones Particulares PC-2013-0014 Página 63 de 94

Tubo CCP: Tubo de acero con refuerzo de varilla y revestimientos interior y exterior de mortero de cemento y uniones de espigo-campana con empaque de caucho, para transporte de agua a presión.

Tubo de Asbesto-Cemento: Tubo fabricado con una mezcla íntima y homogénea de cemento Portland, asbesto y agua, utilizado para conducir agua residual doméstica y/o pluvial.

Tubo de concreto sin refuerzo: Tubo fabricado en concreto para transportar agua residual doméstica y/o pluvial.

Tubo de concreto reforzado: Tubo de concreto fabricado con acero de refuerzo como una estructura compuesta para transportar agua para consumo humano o para transportar agua residual doméstica y/o pluvial.

Tubo de fibra de vidrio: Tubo de poliester (resina termoestable) reforzada con fibra de vidrio, utilizado para conducir agua residual doméstica y/o pluvial.

Tubo de gres: Tubo fabricado de arcilla o de una combinación de esta, que se ha formado, secado y quemado hasta un punto que forme el material vitrificado; se funde para adherir los diferentes granos cristalinos, utilizado para conducir agua residual doméstica y/o pluvial.

Tubo de polietileno: Tubo fabricado a partir de compuestos de resina de polietileno, que se utiliza para conducir agua para consumo humano o para conducir agua residual doméstica y/o pluvial.

Tubo de hierro dúctil: Tubo fabricado en Fundición dúctil o nodular. Tubo de metal corrugado: Tubo metálico de pared perfilada para conducir

agua pluvial. Tubo de PVC: Tubo fabricado a partir de compuestos de Poli(cloruro de vinilo)

rígido, con interior liso, utilizado para transportar agua para consumo humano o utilizado para aguaresidual doméstica, industrial y/o pluvial.

Tubo de PVC Reforzado: Tubo fabricado a partir de compuestos de Poli(cloruro de vinilo) rígido, con interior liso formado helicoidalmente y una pared externa perfilada con refuerzo de acero, utilizado para transportar agua pluviales, residuales e industriales.

Tubo de PVCO: Tubo fabricado a partir de compuestos de Poli (cloruro de vinilo), cuyas moléculas están bi-orientadas, con interior liso, utilizado para transportar agua para consumo humano.

Tubo de GRP: Tubo fabricado a partir de resina de poliester, arena sílice y fibra de vidrio, superficie interior lisa para transportar agua para consumo humano o utilizado para agua residual doméstica, industrial y/o pluvial.

Usuario: Persona natural o jurídica que se beneficia con la prestación de un servicio público domiciliario, bien como propietario del inmueble en donde este se presta, o como receptor directo del servicio. A este último usuario se le conoce también como consumidor. (Ley 142 de 1994).

Válvula: Elemento mecánico sometido a presión, cuyo objeto es suspender por completo el flujo o regularlo. Las válvulas en las redes de distribución de agua potable se clasifican, de acuerdo con la función deseada, en válvulas de cierre, válvulas de cierre permanente, válvulas de admisión o expulsión de aire (ventosas), válvulas de regulación de presión, válvulas de regulación de caudal,

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ANEXO 2-Especificaciones Particulares PC-2013-0014 Página 64 de 94

válvulas reductoras depresión, válvulas de prevención de reflujo (válvulas de cheque), válvulas de drenaje o purga, válvulas de paso directo y válvulas de alivio.

Parágrafo. Las siguientes siglas que aparecen en el texto del presente Reglamento Técnico tienen el siguiente significado y así deben ser identificadas:

ANSI: Por sus siglas en inglés: American NationalStandardsInstitute. Organismo de normalización de los Estados Unidos de Norteamérica.

ASTM: Por su sigla en inglés: American SocietyorTesting and Materials. Es una entidad normalizadota de los Estados Unidos de Norteamérica.

AWWA: Por sus siglas en inglés: American Water Works Association. Es una entidad normalizadora de los Estados Unidos de Norteamérica, en el campo de los acueductos.

ISO: Por sus siglas en inglés: International OrganizationforStandardization. Es una entidad internacional de normalización.

ICONTEC: Instituto Colombiano de Normas Técnicas y Certificación. Es el organismo nacional de normalización de Colombia.

NTC: Norma Técnica Colombiana. NSR-98: Normas Colombianas de Diseño y Construcción sismo-resistente, Ley

400 de 1997 y Decreto 33 de1998. RAS: Reglamento Técnico del Sector de Agua Potable y Saneamiento Básico. (CCP):Por sus siglas en inglés: Concrete Cylinder Pipe. Tubería CCP. (CP):Por siglas en inglés: Concrete Pipe. Es la tubería de Concreto sin refuerzo. (CPP):Por sus siglas en inglés: Concrete Presure Pipe. Tubería de concreto. (GRP):Por sus siglas en inglés: GlassReinforced Polyester Pipe. Tubería de

poliester reforzado con fibra de vidrio. (PCSP):Por sus siglas en inglés: PrecoatedCorrugated Steel Pipe. Tubería de

Concreto reforzado pretensado. (RCCP):Por sus siglas en inglés: Reinforced Concrete Cylinder Pipe. Tubería

de Concreto Reforzado con cilindro de acero para presión. (RCPP):Por sus siglas en inglés: Reinforced Concrete Pressure Pipe. Tubería

de Concreto Reforzado sin cilindro de acero para presión. (RCP):Por sus siglas en inglés, Reinforced Concrete Pipe. Es la tubería de

Concreto Reforzado.

T I T U L O III REQUISITOS TECNICOS DE CONSERVACION DE LA CALIDAD DEL AGUA

PARA TUBERIAS DE ACUEDUCTO Y SUS ACCESORIOS, COMO PRODUCTOSTERMINADOS

Artículo 4°.Protección a la vida, a la salud y a la seguridad humana, animal,

vegetal y al ambiente. Con el fin de proteger a los usuarios de un posible efecto negativo (externalidad negativa) sobre la vida, la salud y la seguridad humana, animal, vegetal y el ambiente, derivado de una decisión de compra de tuberías y accesorios para el transporte de agua para consumo humano, por parte de las personas prestadoras del servicio, con información incompleta (asimetría de información), se debe atender los requerimientos del presente título.

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ANEXO 2-Especificaciones Particulares PC-2013-0014 Página 65 de 94

Artículo 5°.Conservación de la calidad del agua. Las personas prestadoras del servicio público de acueducto, exigirán a los fabricantes, importadores, proveedores o comercializadores de tubos y accesorios, de sus revestimientos internos y pinturas de protección interna, que conforman los sistemas de tuberías para conducir agua potable, una certificación de laboratorio debidamente acreditado o autorizado por entidad competente por ley, sobre una muestra de los tubos y accesorios del lote que van a adquirir, sobre las concentraciones de elementos y compuestos químicos de reconocido efecto adverso a la salud humana que puedan migrar al agua que transportan, las cuales no deben exceder los valores máximos admisibles indicados en el artículo 8° literal a) del Decreto 475 de 1998 del Ministerio de Salud y Desarrollo Económico, hoy Ministerio de la Protección Social y Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, por el cual se expiden normas técnicas de calidad del agua potable, o el que lo sustituya, modifique o derogue. Para ello, la certificación será dada en términos de seguimiento a los procedimientos de ensayo exigidos en el artículo 6° del presente reglamento, para aluminio, antimonio, cobre, arsénico, bario, cadmio, cromo, plomo, mercurio, níquel, selenio y plata.

Parágrafo. Cuando se trate de tuberías y accesorios o revestimientos interiores de PVC o PVCO, la mencionada certificación deberá incluir el correspondiente resultado para la cantidad de cloruro de vinilo monómero residual, en la cual se garantice que la cantidad residual en esta es menor de 3,2 mg/kg.

Artículo 6°.Ensayo para evaluar la conformidad con el requisito de conservación de la calidad del agua destinada al consumo humano. La certificación que deberán exigir las personas prestadoras del servicio público de acueducto a los fabricantes, importadores, proveedores o comercializadores deberá contener su conformidad con los siguientes ensayos:

1. Para evaluar la capacidad de lixiviación de metales al agua, procedentes de tuberías o accesorios de cualquier material o de los revestimientos internos de tubos, cuando se usan en contacto con agua destinada al consumo humano, estos deberán cumplir con los procedimientos indicados en la norma ANSI/NSF 61:02.

2. Las tuberías y accesorios de concreto o de metal con revestimiento interno de mortero de cemento, además de la evaluación de la capacidad de lixiviación de metales al agua, deberán ser sometidos a ensayo de atoxicidad cuando usen aditivos controladores de fraguado en la mezcla de concreto o en el mortero de revestimiento, de acuerdo con lo dispuesto en la sección 4.4.4 –Aditivos, de la norma NTC 747:97 segunda actualización (Documento de referencia ANSI/AWWA C303/95) siguiendo los procedimientos indicados en la normas ASTM C 494/99.

T I T U L O IV REQUISITO TECNICO DE CONSERVACION DE LA CALIDAD DE LOS TUBOS PARA ALCANTARILLADO Y SUS ACCESORIOS Y PARA USO SANITARIO –

AGUASLLUVIAS, COMO PRODUCTOS TERMINADOS

Artículo 7°.Resistencia química .Las tuberías y accesorios deberán resistir la acción química agresiva de las aguas que deben transportar y la de los suelos

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ANEXO 2-Especificaciones Particulares PC-2013-0014 Página 66 de 94

donde van a ser instalados, debiendo resistir sin daño durante el horizonte de planeamiento para el cual fueron diseñados estos sistemas y durante las pruebas tipo de los ensayos a la resistencia química de que trata el artículo 8° de la presente resolución, con el fin de proteger a los usuarios de un posible efecto negativo sobre la vida, la salud y la seguridad humana, animal, vegetal y el medioambiente. Las personas prestadoras del servicio público de alcantarillado, exigirán a los fabricantes, importadores, proveedores o comercializadores de tubos y accesorios, que conforman los sistemas de tuberías para conducir las aguas residuales, una certificación, de laboratorio debidamente acreditado o autorizado por entidad competente por ley, sobre una muestra de los tubos y accesorios del lote que van a adquirir, en términos de seguimiento a los procedimientos de ensayo exigidos en el artículo 8° de este reglamento.

Artículo 8°.Ensayo para evaluar la conformidad con el requisito de resistencia química. La certificación que deberán exigir las personas prestadoras del servicio público de alcantarillado a los fabricantes, importadores, proveedores o comercializadores deberá contener su conformidad con los siguientes ensayos que tienen como fin determinar la resistencia de los tubos y accesorios de alcantarillado y los de uso sanitario y aguas lluvias, a la acción de las sustancias químicas disueltas que se puedan encontrar en las aguas residuales que transportan y/o en los suelos de instalación:

1. Los tubos de Arcilla Vitrificada (Gres) para alcantarillado y sus accesorios de instalación fabricados del mismo material, deberán ser sometidos al método de ensayo de resistencia a los ácidos de que trata el numeral 8 de la NTC 3796, primera actualización (Documento de referencia ASTM C 301:93) o el indicado en el numeral 5.6.3 de la NTC 4089 (1997-02-26) (Documento de referencia ASTM C700:95).

2. Los tubos de Asbesto Cemento para alcantarillado y sus accesorios deberán cumplir con los requisitos de resistencia química y método de ensayo indicado en el numeral 3.5.4 de la NTC384, segunda actualización, siguiendo el procedimiento indicado en el numeral3.6.4 en la misma.

3. El concreto para los tubos de concreto reforzado y sin refuerzo para alcantarillado y sus accesorios, deben cumplir con los requisitos de durabilidad exigidos en el Capítulo C.4 de la NSR-98, o el que la modifique o sustituya.

4. Los tubos de fibra de vidrio (GRP) para uso de sistemas de alcantarillado y sus accesorios, deben cumplir con los requisitos químicos en el numeral 8.2 de la NTC 3870 (Documento de referencia ASTM B 3262:93), de acuerdo a los ensayos químicos de que trata la norma ASTM D3681.

5. Los tubos de poli (cloruro de vinilo) (PVC) rígido para uso sanitario-aguas lluvias deberán cumplir con los requisitos y el método de ensayo para determinación de la resistencia química indicados en el numeral 5.7 de la NTC 1087, tercera actualización (Documento de referencia ASTM D 2665:96). Los accesorios para esta tubería deberán ser sometidos al requisito específico de resistencia química indicado en el numeral5.2 de la NTC 1341, sexta actualización (Documento de referencia ASTM D2665:96).

6. Los tubos de Hierro Dúctil para alcantarillado y sus accesorios, deben cumplir con los requisitos de revestimiento establecidos en los numerales 4.3 y 4.4 de la

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ANEXO 2-Especificaciones Particulares PC-2013-0014 Página 67 de 94

Norma ISO 7186, segunda edición y de la NTC 4952 (2001-11-28) (Documento de referencia ISO4179:85).

Parágrafo. El material con el cual están fabricados los tubos y accesorios de Polietileno (PE) para alcantarillado no requiere de ensayos de resistencia química. T I T U L O V ESTANDARIZACION DE LA INFORMACION MINIMA SOBRE LOSREQUISITOS TECNICOS

Artículo 9°.Información sobre requisitos técnicos mínimos .La información contenida en los artículos 10 y11 sobre requisitos técnicos mínimos de las tuberías y accesorios, debe ser exigida por parte de las personas prestadoras de servicios públicos domiciliarios con el fin de que pueda ser ampliamente conocida, evaluada y utilizada en la toma de decisiones que deben realizar para su selección y adquisición y con el fin de garantizar de esta forma la calidad de prestación del servicio.

Artículo 10.Rotulado. Los tubos y accesorios de acueducto y alcantarillado, deberán llevar de manera visible y mediante un sistema apropiado, un rótulo en caracteres perfectamente legibles.

El color del rótulo impreso deberá permitir un evidente contraste con la tubería, de manera que su lectura sea clara y fácil durante las pruebas de verificación de las características y especificaciones indicadas en los catálogos y durante el proceso de instalación.

Este rótulo debe contener como mínimo lo siguiente: 1. La destinación o uso del tubo. 2. Nombre del fabricante o marca registrada de fábrica. 3. País de origen. 4. Diámetro nominal. 5. Presión de trabajo, en el caso de tuberías que trabajarán a presión. 6. Fecha de fabricación (año-mes-día) e identificación del lote de fabricación. 7. Cumplir con el Sistema Internacional de unidades, sin perjuicio de que se

incluya su equivalencia en otros sistemas, y 8. Reglamento técnico, norma técnica colombiana o internacional o cualquier

otro tipo de norma o referente técnico utilizado para la fabricación del producto, si fuere el caso.

Parágrafo 1°. Para el caso de los accesorios, los requisitos de rotulado previstos en el presente Reglamento Técnico, deberán estar marcados en la unidad de empaque cuando no sea posible marcarlos o grabarlos en el cuerpo del producto.

Parágrafo 2°. Los tubos y accesorios termoplásticos aligerados con superficie interna lisa y externa perfilada y en general los tubos de pared estructural para alcantarillado, podrán ser rotulados internamente cuando el ancho presente en el valle (entre costillas) de la superficie exterior, no lo permita.

Artículo 11.Catálogo o información técnica. Las personas prestadoras de servicios públicos domiciliarios verificarán que los catálogos de los fabricantes, importadores y comercializadores de las tuberías de acueducto, alcantarillado y sus accesorios, contengan como mínimo información suficiente, precisa y exacta

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ANEXO 2-Especificaciones Particulares PC-2013-0014 Página 68 de 94

sobre las características, propiedades y especificaciones técnicas referidas. Se exigirá que la información técnica de estos productos contenida en los catálogos esté vigente. En los catálogos se indicará la fecha de su edición y la versión que actualiza.

Los catálogos tendrán como mínimo la siguiente información: a) Aspectos generales: Reglamento técnico, norma técnica colombiana o

internacional o cualquier otro tipo de norma o referente técnico utilizado para la fabricación del producto, si fuere el caso. En el evento de utilizar un referente técnico, deberá incluirse su descripción en el catálogo;

b) Descripción del producto: 1. Tipo del material y de los revestimientos de los tubos, especificando en el

caso de las tuberías y accesorios de acueducto, las sustancias que se están controlando por ser nocivas para la salud, de acuerdo con el artículo 8° literal a) del Decreto 475 de 1998o el que lo modifique o sustituya. En el caso de alcantarillado, las sustancias agresivas al material o materiales con los que están fabricadas las tuberías, y para las cuales se garantiza su resistencia a las mismas.

2. Diámetro nominal, diámetro interno y diámetro externo. Así mismo, deben especificarse las longitudes en las cuales se ofrece el producto normalmente.

3. Presiones de trabajo en el caso de tuberías que trabajarán a presión. 4. Comportamiento frente acondiciones extremas para el material y cuidados

que deben tenerse en cuenta en aso de ser utilizada, las cuales deben ser consultadas con el fabricante.

5. Vida útil estimada bajo condiciones normales de operación y transporte. 6. Uso recomendado; c) Descripción de cada uno de los tipos de juntas y accesorios compatibles con

la tubería; d) Recomendaciones del fabricante para el manejo en el cargue y descargue, el

transporte, el almacenamiento, la instalación de las tuberías y sus accesorios y la puesta en servicio;

e) Recomendaciones sobre el lubricante, cementos solventes, limpiadores, acondicionadores y adhesivos que deben emplearse, si procede;

f) Descripción del tipo de ensayos que se tuvieron en cuenta para evaluar comportamiento hidráulico;

g) Instrucciones para realizarlos procedimientos del mantenimiento preventivo y correctivo con el empleo de los accesorios y herramientas específicas para realizarlo en cada caso;

h) Contenido mínimo del rotulado.

T I T U L O VI CONTROL, VIGILANCIA Y OTRAS DISPOSICIONES

Artículo 12.Competencia del control, inspección y la vigilancia. Compete de

manera general a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, en los términos del artículo 79 de la Ley 142 de 1994, numeral 79.12, verificar que las obras, equipos y procedimientos de las empresas cumplan con los requisitos

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ANEXO 2-Especificaciones Particulares PC-2013-0014 Página 69 de 94

técnicos previstos en el presente Reglamento, sin perjuicio de la función de control, inspección y vigilancia que corresponde a las entidades competentes en relación con los reglamentos técnicos vigentes.

Artículo 13.Responsabilidad y sanciones. La responsabilidad civil, penal y/o fiscal originada en la inobservancia de las disposiciones contenidas en el presente Reglamento, será laque determine la ley y las sanciones a imponer serán las previstas en la ley.

T I T U L O VII

CONDICIONES GENERALES

Artículo 14.Revisión y actualización. El Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial a través de la Dirección de Agua Potable, Saneamiento Básico y Ambiental y su Junta Asesora del Reglamento Técnico, RAS, en coordinación con la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, elaborará un informe anual a partir de la fecha de su entrada en vigencia de seguimiento del presente reglamento y revisarán la pertinencia de su actualización.

Artículo 15.Notificaciones. Notifíquese el presente Reglamento Técnico a los países miembros de la Comunidad Andina, de la Organización Mundial del Comercio y del Tratado de Libre Comercio entre las Repúblicas de Colombia, México y Venezuela, a través del Sistema Nacional de Información sobre Medidas de Normalización y Evaluación, en concordancia con lo establecido en el artículo 4° del Decreto 1112 de 1996, o el que lo sustituya o modifique.

Artículo 16.Anexo. Forma parte integral de la presente resolución, el Anexo que incorpora los numerales correspondientes a Normas Técnicas Colombianas, que tratan sobre ensayos para evaluar la conformidad, mencionados en los artículos 6° y 8°.

Artículo 17.Vigencia. Según lo dispuesto en la Decisión Andina 562 de la Comunidad Andina, la presente resolución entra en vigencia doce (12) meses después de la fecha de su publicación en el diario oficial y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

Notifíquese, publíquese, y cúmplase. Dada en Bogotá, D. C., a 20 de junio de 2006. La Ministra de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial,

Sandra Suárez Pérez.

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ANEXO 2-Especificaciones Particulares PC-2013-0014 Página 70 de 94

ANEXO Ensayos exigidos en el Reglamento Norma Método -Norma Norma ANSI/NSF61:02 Evaluar la capacidad de lixiviación de metales al

agua, procedentes de tuberías o accesorios de cualquier material o de los revestimientos internos de tubos, cuando se usan en contacto con agua destinada al consumo humano.

Sección 4.4.4–Aditivos, Norma NTC 747:97 segunda actualización (Documento de referencia ANSI/AWWA C303/95) siguiendo los procedimientos indicados en la norma ASTM C 494/99.

Ensayo de atoxicidad cuando usen aditivos controladores d e fraguado en la mezcla de concreto o en el mortero de revestimiento

Alcantarillado Tubos de Arcilla Vitrificada (Gres)

Método de ensayo de resistencia a los ácidos de que trata el numeral 8 de la NTC3796, primera actualización (Documento de referencia ASTM C 301:93) o el indicado en el numeral 5.6.3 de la NTC 4089(1997-02-26) (Documento de referencia ASTM C 700:95).

Tubos de Asbesto Cemento Requisitos de resistencia química y método de ensayo indicado en el numeral 3.5.4 de la NTC384, segunda actualización, siguiendo el procedimiento indicado en el numeral 3.6.4 en la misma.

El concreto para los tubos de concreto reforzado y sin refuerzo y sus accesorios

Requisitos de durabilidad exigidos en el capítulo C.4 de la NSR-98, o el que la modifique o sustituya.

Tubos de fibra de vidrio (GRP) Requisitos químicos en el numeral 8.2 de la NTC 3870(Documento de referencia ASTM B3262:93), de acuerdo a los ensayos químicos de que trata la norma ASTMD3681.

Los tubos de poli(cloruro de vinilo) (PVC) rígido

Método de ensayo para determinación de la resistencia química indicados en el numeral 5.7de la NTC 1087, tercera actualización (Documento de referencia ASTM D2665:96). Los accesorios para esta tubería deberán ser sometidos al requisito específico de resistencia química indicado en el numeral 5.2 de la NTC1341, sexta actualización (Documento de referencia ASTM D2665:96).

Tubos de Hierro Dúctil Requisitos de revestimiento establecidos en los numerales 4.3 y 4.4 de la Norma ISO 7186,segunda edición y de la NTC 4952(2001-11-28) (Documento de referencia ISO 4179:95)

Tubos y accesorios de Polietileno (PE) No requieren de ensayos de resistencia química.

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ANEXO 2-Especificaciones Particulares PC-2013-0014 Página 71 de 94

Norma NTC 747:97segundaactualización (Documento de referencia ANSI/AWWA C303/95) siguiendo los procedimientos indicados en la normas ASTM C 494/99.

Tubos de concreto para presión, tipo cilindro de acero con refuerzo de varilla

1.1 Alcance Esta norma describe la fabricación de tubos de concreto para presión, tipo cilindro de acero con varilla de refuerzo de acero dúctil enrollada helicoidalmente sobre el cilindro de acero, en diámetros desde 250 mm hasta 1 830 mm (10 pulgadas a 72 pulgadas) inclusive, y para presiones de trabajo hasta de 2 760 kPa (400 psi). Con base en os conceptos de esta norma, se han fabricado tubos de diámetros mayores que resisten presiones superiores. Previo acuerdo entre el comprador y el fabricante, el tubo se puede fabricar en diámetros mayores y para presiones superiores a las indicadas aquí. Esta norma no incluye requisitos para diseño, manipulación, entrega, colocación, ensayos de campo ni desinfección de los tubos y los accesorios. Véase el manual AWWA M9, Concrete Pressure Pipe, para información sobre estos temas.

4.4.4 Aditivos El concreto, el mortero de cemento o la lechada pueden contener un aditivo

para reducir el agua y controlar el fraguado que cumpla lo establecido en la norma ASTM C494. Ningún aditivo debe contener cantidades nocivas de cloruros. Antes de fabricar el tubo, el comprador debe ser notificado del tipo y la cantidad de aditivos (si existen), cuando así lo requieren las especificaciones del comprador.

Norma NTC 384 – Segunda actualización. Requisitos de resistencia química y método de ensayo indicado en el numeral 3.5.4, siguiendo el procedimiento indicado en el numeral 3.6.4 en la misma.

Tubos de Asbesto – Cemento. 1. Objeto y campo de aplicación Esta norma da especificaciones sobre los tubos, juntas y accesorios de

asbesto-cemento aptos para el uso de flujos por gravedad a presión atmosférica (1), destinados a ser aplicados en alcantarillado y drenaje; define ciertas condiciones de fabricación, clasificación, características y ensayos de aceptación aplicables a estos productos.

Nota. La norma ISO 160 cubre los tubos y juntas de asbesto-cemento sometidos a presión. La norma ISO 391 cubre los tubos de asbesto-cemento para construcción y aplicaciones sanitarias. La norma ISO 392 cubre los accesorios para tubos de asbesto-cemento destinados a aplicaciones sanitarias y propósitos de construcción.

3.5.4 Características químicas Al ensayarlos como se especifica en el numeral 3.6.4 (ensayo opcional), los

tubos no deben presentar neutralización de ácido acético superior a 0,100 g porcm2.

3.6.4 Ensayo de resistencia química Se debe realizar en una pieza de ensayo no recubierta, cortada de la parte

central de cada artículo seleccionado. La pieza de ensayo debe tener 65 mm de

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ANEXO 2-Especificaciones Particulares PC-2013-0014 Página 72 de 94

longitud y 65 mm de ancho (siguiendo la curva), y el área total de su superficie (inclusive bordes) debe será aproximadamente 100 cm2.

3.6.4.1Reactivos 3.4.6.1.1 Acido acético. Solución al 5% Se prepara esta solución de la siguiente forma: Se toman 10 ml de la solución, se añaden 10 gotas de la solución de thimol azul

(véase el numeral 3.6.4.1.3) y se diluye hasta 100 ml, mientras se agita. Se titula con la solución de hidróxido de sodio (véase el numeral 3.6.4.1.2) hasta que el color cambie de amarillo a azul, correspondiente a una modificación del pH de 8,0 a 9,5. Se registra el volumen V1 en mililitros, de la solución de hidróxido de sodio que se utilizó para la titulación.

3.6.4.1.2 Hidróxido de sodio. Solución volumétrica normalizada 0,5 N 1 ml de esta solución corresponde a 0,030 g de ácido acético. 3.6.4.1.3 Solución de thimol azul. Se disuelven 0,040 g de thimol azul en 100 ml

de etanol al 95%(V/V). 3.6.4.2 Procedimiento. Se sumerge la pieza de ensayo en 270 ml de solución

de ácido acético (véase el numeral3.6.4.1.1) a una temperatura entre 14°C y 18°C, en un contenedor que permita sumergir verticalmente la pieza de ensayo. Se utiliza un contenedor diferente para cada una.

Después de 24 h se retira la pieza de ensayo y se mezcla bien la solución. Se toman 10 ml de la solución, se añaden 10 gotas de la solución de thimol azul (véase el numeral 3.6.4.1.3) y se diluye hasta 100 ml, mientras se agita. Se titula como especifica el numeral3.6.4.1.1. Se registra el V2 en mililitros, de la solución de hidróxido de sodio (véase el numeral 3.6.4.1.2) que se utilizó para la titulación. La pequeña cantidad de precipitado gelatinoso que se puede formar durante la titulación se puede ignorar.

3.6.4.3 Expresión de los resultados. El número de gramos de ácido acético neutralizado por centímetro cuadrado de área de la pieza de ensayo se obtiene de la fórmula:

CONSULTAR FÓRMULA EN ELORIGINAL IMPRESO O EN FORMATO PDF Donde: V1 = es el volumen, en ml, de la solución de hidróxido de sodio que se utilizó en

la normalización de la solución de ácido acético. V2 = es el volumen, en ml, de la solución de hidróxido de sodio que se utilizó en

la titulación del ácido acético después de la inmersión de la pieza de ensayo;

A= es el área total de la superficie de la pieza de ensayo, en centímetros cuadrados.

Norma NTC 3870Primeraactualización. Requisitos químicos en el numeral 8.2 (Documento de referencia ASTM B 3262:93), de acuerdo a los ensayos químicos de que trata la norma ASTMD3681.

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Tubos de fibra de vidrio (GRP). 6.3 Requisitos Químicos 6.3.1 Largoplazo Los especímenes de tubos, al ser ensayados de acuerdo con el numeral 8.2.1,

deben ser capaces de ser reflectados sin sufrir fallas al nivel de deformación de 50 años presentado en la Tabla 4, al aplicarle 1,0 N de ácido sulfúrico.

NOTA 7. Véase el Apéndice XI sobre derivación de los requisitos químicos

mínimos para el alcantarillado sanitario presentada en la Tabla 4.

TABLA4 Requisitos químicos mínimos de tubería para alcantarillado sanitario

Rigidez de la tubería, kPa (Psi)

Deformación máxima

6 min 10 h 100 h 1 000 h 10 000 h 50 años 62(9) 124(18) 248(36) 496(72)

0,97(t/d) 0,85(t/d) 0,71(t/d) 0,56(t/d)

0,84(t/d) 0,72(t/d) 0,60(t/d) 0,48(t/d)

0,78(t/d) 0,66(t/d) 0,55(t/d) 0,44(t/d)

0,73(t/d) 0,61(t/d) 0,51(t/d) 0,41(t/d)

0,68(t7D)</span> 0,56(t/d) 0,47(t/d) 0,38(t/d)

0,60(t/d) 0,49(t/d) 0,41(t/d) 0,34(t/d)

En donde: t y d son el espesor nominal total de la pared y el diámetro promedio

(diámetro interno más t) según lo determinado de acuerdo con el numeral 8.1. 8.2 Ensayos Químicos La tubería se ensaya de acuerdo con la norma ASTM D 3681. 8.2.1 Largo plazo Para saber si la tubería cumple con los requisitos del numeral 6.3.1, se

determinan por lo menos 18 puntos de falla de acuerdo con la norma ATSM D 3681.

8.2.1.1 Procedimiento de calificación alternativo. Se ensayan cuatro especímenes, cada uno a los esfuerzos mínimos de 10 h y 10 000 h presentados en la Tabla 4. Se considera que el producto está calificado si todos los 18 especímenes se ensayan sin falla al menos durante los tiempos prescritos en la Tabla 4 (es decir 10 h, 100 h, 1 000h ó 10 000 h, respectivamente).

8.2.2 Requisitos de control Se ensayan por lo menos seis especímenes, de acuerdo con uno de los

siguientes procedimientos y se registran los resultados: 8.2.2.1 Se ensayan mínimo 3especímenes en cada uno de los niveles de

esfuerzo correspondientes a tiempos de fallas de 100 h y 1 000 h desde la línea de regresión del producto establecida en el numeral 8.2.1.

8.2.2.2 Cuando se usa el método alternativo descrito en el numeral 8.2.1.1 para calificar el producto, se ensayan mínimo tres muestras, cada una a esfuerzos

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ANEXO 2-Especificaciones Particulares PC-2013-0014 Página 74 de 94

mínimos a 100 h y 1 000 h dadas en la Tabla 4 por lo menos 100 h y 1 000 hr respectivamente.

8.2.2.3 Los procedimientos de ensayo de control del numeral 8.2.2.2 pueden ser usados como una alternativa del procedimiento de reconfirmación descrito en la norma ASTM D 3681 para aquellos productos evaluados por el procedimiento alternativo descrito en el numeral8.2.1.1.

Norma NTC 1087 tercera actualización. Método de ensayo para determinación de la resistencia química indicados en el numeral 5.7 (Documento de referencia ASTM D 2665:96).

Tubos de poli (cloruro de vinilo) (PVC) rígido. Esta norma establece los requisitos que deben cumplir y los ensayos a los

cuales deben someterse los tubos de poli (cloruro de vinilo) (PVC) rígido utilizados en edificaciones encada una o cualquiera de las siguientes aplicaciones:

– Desagüe sanitario y aguas lluvias, y – Ventilación. 2.2Designación 2.2.1 Los tubos destinados para uso “sanitario-agua lluvia”, deben designarse

en la forma siguiente: 2.2.1.1 La sigla PVC. 2.2.1.2 Diámetro nominal del tubo. 2.2.1.3 Designación del compuesto de acuerdo a la NTC 369 2.2.1.4 La leyenda “sanitaria yaguas lluvias”, ó “sanitaria y uso pluvial” ó

“sanitaria” 2.2.2 Los tubos utilizados para ventilación, deben designarse en la forma

siguiente: 2.2.2.1 La sigla PVC. 2.2.2.2 Diámetro nominal del tubo. 2.2.2.3 La leyenda “ventilación” 2.2.2.4 Designación del compuesto de acuerdo a la NTC 369 5.3 Aplastamiento Transversal Los tubos sanitaria-aguas lluvia y ventilación, cuando se aplasten, según el

procedimiento indicado en el numeral7.4, no deberán evidenciar, a simple vista, grietas, roturas ó fisuras.

5.7 Resistencia Química Los tubos para uso “sanitario-aguas lluvias”, cuando sean sometidos al ensayo

indicado en el numeral 7.8, no deberán presentar un aumento de masa mayor de 0,5% y finalizado el ensayo, deberán cumplir con el requisito de resistencia al aplastamiento transversal (véase el numeral 5.3).

7.8 Determinación de la Resistencia Química Se efectúa empleando cada una del as sustancias indicadas en la Tabla 5. 7.8.1 Se cortan especímenes de 50 mm de longitud. Deben ensayarse tres

especímenes por cada sustancia, seleccionados de la totalidad de la muestra tomada.

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ANEXO 2-Especificaciones Particulares PC-2013-0014 Página 75 de 94

7.8.2 Se determina la masa de los especímenes con aproximación de 0,1 g y se sumergen completamente en la sustancia por 72 h. Finalizado este período se retiran, se lavan con agua corriente, se secan con un trapo limpio y seco, se acondicionan durante 120 minutos a 130 minutos y se determina la masa de nuevo.

7.8.3 La diferencia de masa se calcula con aproximación al 0,01%, con base en la masa inicial.

TABLA5

Sustancias utilizadas para determinar resistencia química Sustancias químicas Concentración en solución acuosa Carbonato de sodio (Na2CO3) Sulfato de sodio (Na2SO4) Cloruro de sodio (NaCl) Acido sulfúrico(H2SO4) Acido clorhídrico (HCl) Acido acético(CH3COOH) Hidróxido de sodio (NaOH) Jabón de tocador Detergentescaseros

0,1 N 0,1 N 5% 0,1 N 0,2 N 5% 0,2 N 5% 5%

NORMA NTC 1341 – Sexta actualización Plásticos. Accesorios de policloruro de vinilo (pvc) rígido para tubería sanitaria-

aguas lluvias y ventilación 1. Objeto Esta norma establece los requisitos que deben cumplir y los ensayos a los

cuales deben someterse los accesorios de poli (cloruro de vinilo) (PVC) rígido, para tubería sanitaria-aguas lluvia y de ventilación producidos por el sistema de moldeo por inyección y que pueden ser empleados para juntas con unión mecánica, cementos solventes, roscas o combinación de las anteriores.

Notas: 1. Los requisitos de los accesorios fabricados a partir de dos o más

componentes se verifican antes de la conformación del accesorio, en sus componentes individuales con las normas aplicables a cada uno de ellos.

2. Los requisitos de los accesorios fabricados a partir de tubo se deben verificar, antes de la conformación del accesorio, con los tramos rectos, de acuerdo con lo indicado en la NTC 1087, exceptuando las características dimensionales las cuales se evaluarán de acuerdo con la Tabla 1.

2.3 Designación Los accesorios se designan de la siguiente forma: 2.3.1 La sigla PVC. 2.3.2 Diámetro nominal, en milímetros o en pulgadas. 5.2 Resistencia Química

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ANEXO 2-Especificaciones Particulares PC-2013-0014 Página 76 de 94

Los accesorios sometidos al ensayo indicado en el numeral 7.4 no deberán presentar un aumento de masa mayoral 0,5%

7.4 Determinación de la Resistencia Química Se efectúa empleando las sustancias químicas indicadas en la Tabla 2.

TABLA2 Sustancias utilizadas para determinar la resistencia química

Agentes químicos Concentración de solución en agua Carbonato de sodio (Na2CO3) Sulfato de sodio (Na2SO4) Cloruro de sodio (NaCl) Acido sulfúrico (H2SO4) Acido clorhídrico (HCl) Acido acético(CH3COOH) Hidróxido de sodio (NaOH) Jabón de tocador Detergentescaseros

0,1N 0,1N 5% 0,1N 0,2N 5% 0,2N 5% 5%

7.4.1 Se debe ensayar un accesorio o fracción de accesorio por cada sustancia. 7.4.2 Se determina la masa de los accesorios o fracciones de accesorios con

aproximación a 0,1 g y se sumergen completamente en la sustancia durante 72 h. Finalizado este período, se retiran, se lavan con agua corriente, se secan con un trapo limpio y seco, se acondicionan entre 120 minutos y 130 minutos y se determina la masa de nuevo.

7.4.3 La diferencia de masa se calcula con aproximación al 0,01% con base en la masa inicial.

Norma NTC 4952(2001-11-28) (Documento de referencia ISO 4179:95). Requisitos de revestimiento.

Tubos de hierro dúctil para tuberías con o sin presión. Revestimiento interno con mortero de cemento centrifugado. Requisitos generales

0. Introducción Esta norma es equivalente a su documento de referencia excepto: En el numeral 2 se mencionan las NTC que son equivalentes a las normas ISO,

ASTM, adicional mente se agregaron las NTC que se aplican en Colombia para el cemento y arena que va a ser utilizado en el mortero de cemento.

En el numeral 3.1 se mencionan las NTC que se utilizan en Colombia para el cemento.

En el numeral 3.2 se mencionan las NTC que se utilizan en Colombia para la arena, específicamente el muestreo.

1. Objeto Esta norma tiene por objeto especificar la naturaleza, el método de aplicación,

la condición de la superficie y el espesor mínimo del revestimiento interno con

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ANEXO 2-Especificaciones Particulares PC-2013-0014 Página 77 de 94

mortero de cemento centrifugado de los tubos de hierro dúctil para tuberías con o sin presión, como se define en la NTC 2587 y la norma ISO 7186.

Nota. Cuando se utiliza este revestimiento para el transporte de fluidos agresivos, se puede admitir, ya sea por separado o en combinación:

– Un aumento en el espesor del revestimiento. – La modificación del tipo de cemento. – La aplicación de un recubrimiento sobre el revestimiento. 2. Normas que deben consultarse Las siguientes normas contienen disposiciones que, mediante la referencia

dentro de este texto, constituyen la integridad del mismo. En el momento de la publicación eran válidas las ediciones indicadas. Todas las normas están sujetas a actualización; los participantes, mediante acuerdos basados en esta norma, deben investigar la posibilidad de aplicar la última versión de las normas mencionadas a continuación:

NTC 30: 1966, Cemento Pórtland. Clasificación y nomenclatura. NTC 77: 1994, Ingeniería civil y arquitectura. Método para el análisis por

tamizado de los agregados finos y gruesos. (ASTM C136) NTC 121: 1982, Ingeniería civil y arquitectura. Cemento Pórtland.

Especificaciones físicas y mecánicas. (ASTMC150) NTC 174: 2000, Concretos. Especificaciones de los agregados para concreto.

(ASTM C33) NTC 321: 1982, Ingeniería civil y arquitectura. Cemento Pórtland.

Especificaciones químicas. (ASTMC150) NTC 2587: 1999, Tubos, acoples y accesorios de hierro dúctil y sus juntas, para

aplicaciones en gas o agua (ISO2531). NTC 2629: 1989, Tubería metálica. Tubería de hierro dúctil. Revestimiento de

mortero-cemento centrifugado. Controles de composición del mortero recientemente aplicado (ISO6600).

ISO 6708, Pipe components.Definitions of nominal size. ISO 7186, Ductile iron pipes and accessories for sewers and drains without

pressure. 3. Materiales 3.1 Cemento El cemento utilizado como revestimiento debe guardar conformidad con las

NTC 30, NTC 121 y NTC 321, aplicables a este tipo de producto. El fabricante podrá utilizar el tipo de cemento que mejor le convenga, según su

parecer, sin embargo, debe informarle al comprador. 3.2 Arena La arena utilizada debe tener una distribución granulométrica controlada, desde

los elementos más finos hasta los más gruesos. Debe encontrarse limpia y estar compuesta por partículas granulares inertes, duras, resistentes y estables.

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ANEXO 2-Especificaciones Particulares PC-2013-0014 Página 78 de 94

El muestreo se debe efectuar de acuerdo con la NTC 77 aplicable a los materiales de construcción.

La curva granulométrica de la arena se debe establecer por medio de tamices normalizados y debe cumplir los siguientes requisitos:

– NTC 174. – La fracción fina(partículas que pasan por un tamiz de una abertura de malla

de 0,125 mm) no debe ser superior a un 10% de la masa. – La fracción compuesta por granos hasta un diámetro máximo equivalente a la

tercera parte del espesor normal del revestimiento de mortero, no debe ser inferior a un 50%, de la masa.

– La fracción de los granos más gruesos del mortero (partículas que no pasan a través del tamiz cuya abertura de malla es la más cercana de la mitad del espesor normal del revestimiento de mortero), no debe ser superior de un 5%, de la masa.

La limpieza de la arena se considera, desde el punto de vista del contenido de impurezas orgánicas y materias arcillosas, teniendo en cuenta los métodos que se mencionan a continuación.

El ensayo de las impurezas orgánicas se debe hacer aplicando el método colorimétrico, según las Normas Técnicas Colombianas vigentes (usando este método, la arena no debe producir una coloración más oscura que la de la solución de referencia).

La determinación del contenido de materias arcillosas y otras partículas finas en la arena (de dimensión inferior a 80 µm), para la fabricación del revestimiento de mortero de cemento, se debe hacer aplicando las Normas Técnicas Colombianas. El porcentaje no debe exceder el 2% de la masa.

3.3 Agua El agua utilizada para la preparación del mortero no debe contener ningún

elemento o sustancia capaz de perjudicar la calidad del mortero o la del agua que eventualmente el tubo está finalmente destinado a transportar. La presencia de partículas minerales sólidas se puede admitir, sin embargo, dentro de los límites que respeten debidamente estos requisitos.

3.4 Mortero El mortero del revestimiento debe estar compuesto por cemento, arena y agua.

Se pueden usar aditivos, que deben ser especificados, con la seguridad de no perjudicar la calidad del revestimiento ni la calidad del agua transportada, y, del mismo modo, que el revestimiento guarde siempre conformidad con todos los requisitos de esta norma.

El mortero se debe mezclarlo más perfectamente posible y su consistencia debe dar lugar a la obtención de un revestimiento denso y homogéneo. El mortero debe contener, en masa, una proporción de cemento de por lo menos, la que corresponde a 3,5 partes de arena(o sea A/C 3,5 el peso en el mortero)(1).

4. Requisitos de la superficie interior del tubo antes de la aplicación del

revestimiento

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ANEXO 2-Especificaciones Particulares PC-2013-0014 Página 79 de 94

La superficie sobre la cual se va a aplicar el revestimiento no debe contener ningún cuerpo extraño, calamina no adherida o cualquier otro material capaz de oponerse al correcto contacto entre el metal y el revestimiento.

Adicionalmente, la superficie interior del tubo debe estar libre de proyecciones de metal que formen protuberancias que sobrepasen un 50% del espesor del revestimiento.

5. Aplicación del revestimiento El mortero de cemento del revestimiento se debe aplicar por centrifugación en

el interior de los tubos(2). A excepción de la superficie interna de la unión, las partes del tubo que están

destinadas a permanecer en contacto con el agua transportada deben quedar totalmente revestidas de mortero.

El mortero no debe presentar cavidades o burbujas de aire visibles, y debe ser preciso darle una densidad máxima en todos sus puntos. La consistencia del mortero, así como la duración y velocidad de centrifugación del tubo se deben siempre ajustar de tal modo que la segregación de la arena en el revestimiento sea reducida a lo mínimo posible.

Una vez finalizada la centrifugación, el curado del revestimiento debe hacerse a temperaturas superiores a 0°C. La posible pérdida de agua del mortero, por evaporación, debe ser lo suficientemente lenta para no impedir su endurecimiento.

Se permiten las reparaciones de las áreas dañadas o defectuosas. Eliminando entonces, en primer lugar, el mortero dañado de las áreas correspondientes. A continuación, se repararan las áreas defectuosas utilizando, por ejemplo, una paleta para aplicar mortero fresco, de tal modo que se obtenga un revestimiento continuo de espesor constante.

Para tal fin, se utilizará un mortero de consistencia adecuada, al que se le agregarán así se requiere, aditivos para obtener una buena adherencia contra el mortero no dañado.

6. Espesor del revestimiento El espesor normal del revestimiento y los valores mínimos admisibles en

promedio y locales son los establecidos en la Tabla 1. En los extremos del tubo, el revestimiento puede reducir a valores inferiores del

espesor mínimo. La longitud de la parte achaflanada debe ser lo más reducida posible, pero en ningún caso debe ser inferior a 50 mm.

7. Determinación del espesor del revestimiento El control del espesor del revestimiento se efectúa en el mortero recién

centrifugado, por penetración de un alfiler de acero o, en el mortero una vez endurecido, por aplicación de un método de medición no destructivo.

El espesor del revestimiento se debe medir en ambos extremos del tubo, y al menos una sección perpendicular al eje del tubo.

En cada sección que debe estar como mínimo a una distancia de 200 mm a partir del extremo del tubo, la medición se debe efectuar en cuatro puntos espaciados a intervalos de90°.

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ANEXO 2-Especificaciones Particulares PC-2013-0014 Página 80 de 94

Los valores del espesor del revestimiento se deben aproximar a la 0,1 mm más cercana.

El espesor del revestimiento medido en cualquier punto del tubo no debe ser inferior al valor mínimo indicado en la Tabla 1.

La media aritmética de las cuatro medidas en cada sección, no debe ser inferior al valor promedio mínimo que se indica en la Tabla 1.

8. Condición de la superficie del revestimiento endurecido La superficie del revestimiento de mortero de cemento debe ser uniformemente

lisa. Los granos de arena únicamente podrán sobresalir superficialmente y de forma aislada en la superficie del revestimiento.

El revestimiento no debe ser desmoronable, ni presentar rugosidades o surcos que puedan dar lugar a espesores locales inferiores a los valores nominales en un cualquier punto, tal como se especifica en la Tabla 1.

Como consecuencia de la contracción del revestimiento, resulta imposible evitar la formación de grietas. Tanto las grietas de contracción como las grietas aisladas que puedan derivarse de la fabricación o del transporte de los tubos, se pueden aceptar hasta un ancho de 0,8 mm.

La estructura del revestimiento guarda relación con el proceso de centrifugación.

En la pared interna del revestimiento se forma una capa delgada de arena fina y cemento que puede alcanzar, aproximadamente, la cuarta parte del espesor total del mortero.

9. Condiciones de ensayo Los diversos controles especificados en esta norma se deben realizar bajo las

siguientes condiciones. 9.1 Arena Generalmente, se considera suficiente la determinación de la curva

granulométrica de la arena por medio de una muestra promedio que corresponda para cada procedencia de aprovisionamiento a la cantidad necesaria para una semana de producción.

El control de las impurezas orgánicas y del contenido en cuanto a materias arcillosas podrá ser efectuado únicamente mediante una muestra promedio representativa de las cantidades necesarias para un mes de fabricación.

Se podrán modificar las frecuencias de estos controles acorde a la regularidad de los suministros, y aumentadas por lo menos provisionalmente, en caso de cambio de la procedencia del suministro o bien, de irregularidades comprobadas en los aprovisionamientos de la misma procedencia.

9.2 Espesor del revestimiento El espesor del revestimiento se debe verificar, por lo menos, en un tubo por

turno y por instalación de centrifugación, y para cada diámetro fabricado. 9.3 Aspecto del revestimiento Se debe someter cada tubo a un control para observar el aspecto del

revestimiento, con una referencia especial al estado de superficie y el acabado de los extremos.

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ANEXO 2-Especificaciones Particulares PC-2013-0014 Página 81 de 94

De ser necesaria alguna reparación después de este examen, se debe realizar de acuerdo con el método descrito en el numeral 5.

CONSULTAR GRÁFICO EN EL ORIGINAL IMPRESO O EN FORMATO PDF

TABLA1 Espesor de capa del revestimiento con mortero decemento

Dimensiones en milímetros Grupo de DN

Diámetro nominal1)(DN)

DE Espesor de capa e Masa por m lineal aproximadamente2

)kg Normal Valor medio

mínimo Valor mínimo en unpunto

I 40 56

3 2,5 1,53) 0,8 50

66 1

60 77

<spanlang = EN-US style = 'mso-ansi-language: EN-US'> 1,3

65 82 80 98 100 118 125 144 1,4 150 170 1,7

200 222 2,1

250 274 2,7 300 326 3,2

4,2 5,2 6,3

II 350 378

5 4,5 2,5 12,3 400

429 14

500 532

17,5 600

635 20,9

III 700 738

6 5,5 3,0 29,3 800

842 33,4

900 945

37,6 1.000 1.04

8 41,7

1.200 1.255

5

IV 1. 400 1.462

9 8,0 4,0 87,6 1.600 1.66

8 100,1

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ANEXO 2-Especificaciones Particulares PC-2013-0014 Página 82 de 94

1.800 1.875

112,5 2.000 2.08

2 125

V 2.200 2.288

12 10,0 5,0 183,5 2.400 2.49

5 200

2.600 2.702

216,6

1) De conformidad con la norma ISO 6708 2) Masa calculada con base en el espesor normal y un diámetro interior equivalente al valor del diámetro nominal, tomando como densidad 2.200 kg/m3. 3. El valor mínimo 1,5 mm se puede considerar suficiente, según la literatura técnica, para garantizar la protección de las tuberías contra la corrosión. Documento de Referencia

INTERNATIONAL ORGANIZATION FOR STANDARDIZATION.Ductile Iron Pipes for Pressure and Non-Pressure Pipelines.Centrifugal Cement Mortar Lining.General Requirements. Geneva: ISO, 1985, 4 p. il (ISO 4179).

NORMA NTC 3796primera actualización. Ingeniería civil y arquitectura. Métodos de ensayo para tubos de gres. Método de ensayo de resistencia a los ácidos de que trata el numeral 8, (Documento de referencia ASTM C 301:93.

Tubos de Arcilla Vitrificada (Gres). 1. Objeto 1.1Esta norma abarca los equipos y las técnicas para el ensayo de tubos de

gres antes de ser instalados. El ensayo hace uso de tubos completos para determinar la resistencia de

soporte y a las fuerzas hidrostáticas. Así mismo el ensayo hace uso de fragmentos de tubos para cuantificar la absorción de agua en el cuerpo del tubo y la cantidad de material soluble en ácido que puede ser extraído de los mismos.

1.2Los valores se regirán de acuerdo al sistema internacional de unidades. Véase la NTC 1000. Metrología.

1.3Esta norma no pretende señalar todos los problemas de seguridad asociados con su uso. Es responsabilidad del usuario de esta norma establecer las prácticas de seguridad y salud y determinar la aplicabilidad de las limitaciones reglamentarias antes de su uso.

Nota 1. Las siguientes normas también están relacionadas con tubos de arcilla y pueden utilizarse para mayor información: la NTC 1259 y norma ASTM C828; norma ASTM C425 y norma ASTM C700.

8. Resistencia a los ácidos 8.1Se determina la resistencia a los ácidos de los tubos de gres por extracción

del material soluble en ácido. 8.2 Reactivos Cuando se ensaye con ácido sulfúrico (H2SO4), clorhídrico (HCl), nítrico (HNO3)

o acético (CH3COOH), según lo especifique el comprador, se debe usar una solución ácida 1 N.

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ANEXO 2-Especificaciones Particulares PC-2013-0014 Página 83 de 94

Nota 2. Estas soluciones 1N deben contener, respectivamente, 49 g, 36,5 g, 63 g y 60 g del ácido por litro de solución. Para propósitos de este ensayo, las soluciones pueden prepararse tomando los siguientes volúmenes de ácido diluyéndolos en 1 L; (H2SO4) (G.E. 1,84), 28,5 mL; HCl (G.E. 1,19), 88,9 ml; (HNO3) (G.E. 1,42), 65 mL; y ácido acético (G.E. 1,05), 57,7 mL.

8.3 Especímenes de ensayo 8.3.1Los especímenes para el ensayo de resistencia a los ácidos deben ser

cuadrados de 50 mm de lado aproximadamente, con una masa máxima de 200 g. Deben ser piezas sin defectos con todos sus bordes recién quebrados, libre de grietas o bordes fracturados, y deben estar bien limpias.

8.3.2Se ensaya como mínimo 1 espécimen de cada tamaño de tubo. 8.4 Aparato de pesado La balanza usada para medir la masa de los especímenes debe ser sensible a

los 0,01 g cuando se carga con 200 g. 8.5 Procedimiento 8.5.1 Se secan los especímenes hasta alcanzar una masa constante a una

temperatura no menor que 110°C. 8.5.2Se suspenden los especímenes secos en el ácido a una temperatura entre

los 21°C y 32°C por un período de 48 h, luego se retiran de la solución y se lavan fuertemente con agua caliente, permitiendo que lo lavado regrese de nuevo a la solución en la cual el espécimen estuvo inmerso. Se filtra la solución y se lava el filtro con agua caliente, adicionando el lavado de lo filtrado.

Se agregan 5 mL de (H2SO4) a lo filtrado, luego se evapora la solución (evitando las pérdidas por salpicaduras), hasta cerca de 5 mL; se transfiere a un crisol de porcelana (previamente calentando a una masa constante), y se calienta lentamente hasta lograr e l secado. Luego se calienta el residuo a una masa constante.

8.6 Cálculo e informe Se calcula el porcentaje de material soluble en ácido de la siguiente manera:

material soluble en ácido,% = (R/W) x 100 Donde: R = masa del residuo W = masa inicial del espécimen NORMA NTC 4089. Ingeniería civil y arquitectura. Tubos y accesorios de gres

para alcantarillado y perforados para drenaje. Resistencia normal Tubos de Arcilla Vitrificada (Gres). 1. Objeto 1.1 En esta norma se establecen los criterios para aceptación, antes de la

instalación, de tubos y accesorios de gres de resistencia normal destinados al uso en conducción de desechos domésticos e industriales, y de agua lluvia; y de tubos de gres perforados para drenaje de resistencia normal destinados al uso en drenaje subterráneo, campos de filtro, campos de lixiviación e instalaciones similares de drenaje subterráneo.

1.2Los valores se deben regir de acuerdo al Sistema Internacional de Unidades. Véase la NTC 1000 (ISO 1000)

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ANEXO 2-Especificaciones Particulares PC-2013-0014 Página 84 de 94

1.3La siguiente advertencia de precaución corresponde únicamente a la parte del método de ensayo, numeral 5.6 de esta norma. Esta norma no pretende considerar todos los problemas de seguridad, si existen, relacionados con el uso de la misma. El usuario de esta norma es responsable de establecer procedimientos adecuados de seguridad, salud y determinar la aplicación de limitaciones regulatorias antes de usarla.

5.6.3 Ensayo de resistencia a los ácidos 5.6.3.1 Este requisito se utiliza para determinar la resistencia del tubo a la

acción de los ácidos hallados en los alcantarillados sanitarios. El ensayo únicamente se efectúa cuando se requiera en las especificaciones, según el procedimiento de la NTC 3796 (ASTM C 301).

5.6.3.2 Los tubos de cada tamaño y de cada despacho son aceptables si el material soluble en ácido, de los especímenes que representen a esos tubos, no pasa del 0,25%.

5.6.3.3 Si cualquiera de los especímenes de ensayo no cumple los requisitos de resistencia al ácido, se permite una repetición del ensayo, que sea representativo del lote del material original, en ese ácido en particular y el tubo se acepta o se rechaza según lo previsto en el numeral 5.6.1.4.

5.6.1.4 Si alguno de los especímenes de ensayo no cumple los requisitos, se le permitirá al fabricante repetir los ensayos en dos especímenes adicionales por cada uno que haya fallado. Los tubos serán aceptables si todos los especímenes de los ensayos repetidos cumplen el requisito de ensayo.

NORMAS COLOMBIANAS DE DISEÑO Y CONSTRUCCION SISMORRESISTENTE NSR-98

Concreto para los tubos de concreto reforzado y sin refuerzo y sus accesorios. Requisitos de durabilidad exigidos en el Capítulo C.4 de la NSR-98, o el que la modifique o sustituya.

CAPITULO C.4 - REQUISITOS DE DURABILIDAD C.4.0 – NOMENCLATURA F’c = Resistencia nominal del concreto a la compresión, expresada en MPa. C.4.1 – RELACION AGUA – MATERIAL CEMENTANTE C.4.1.1 – Las relaciones agua – material cementante especificadas en las

Tablas C.4-2 y C.4-3 deben calcularse utilizando el peso de cemento que cumpla las normas NTC 121, NTC 321, ASTM C150, o ASTM C595, más el peso de las cenizas volantes y otras puzolanas que cumplan la norma NTC3493 (ASTM C618), la escoria siderúrgica que cumpla la norma NTC4018 (ASTM C989) y el humo de sílice (microsílica) que cumpla la norma ASTM C1240, si se utiliza cualquiera de estas adiciones.

C.4.2 – EXPOSICION A AMBIENTE HUMEDO O MARINO C.4.2.1 – El concreto que esté expuesto a ciclos de congelamiento o

descongelamiento, o a químicos que impidan el congelamiento, debe tener aire incorporado, en las cantidades indicadas en la Tabla C.4-1. La tolerancia en el contenido de aire debe ser ± 1.5 por ciento. Para resistencias nominales a la

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ANEXO 2-Especificaciones Particulares PC-2013-0014 Página 85 de 94

compresión, F’c, mayores de 35 MPa, los contenidos de aire dados en la Tabla C.4-1 pueden reducirse hasta 1.0 por ciento.

TABLA C.4-1 CONTENIDO TOTAL DE AIRE PARA CONCRETO CON AIRE INCORPORADO

Tamaño nominal máximo del agregado, mm (nota-1)

Exposición severa Exposición moderada

9.5 (3/8”) 7.5% 6.5% 12.7 (1/2”) 7.0% 5.5% 19.1 (3/4”) 6.0% 5.0% 25.4 (1”) 6.0% 4.5% 38.1 (1-1/2”) 5.5% 4.5% 50.8 (2”) (nota-2) 5.0% 4.0% 76.2 (3”) (nota-2) 4.5% 3.5%

Nota-1. Véase la norma NTC 174 (ASTM C33) para las tolerancias en el tamaño nominal máximo de los agregados. Nota-2. Estos contenidos de aire corresponden a la mezcla total, al igual que los anteriores. En estos casos, cuando se esté realizando el ensayo de contenido de aire, los agregados mayores de 38.1 mm (1-1/2”) se retiran, ya sea manualmente o por medio de tamizado y el contenido de aire se determina sobre los agregados restantes (la tolerancia en el contenido de aire se aplica sobre este valor). El contenido de aire de la mezcla total se calcula sobre los agregados restantes después de que se retiran los mayores de 38.1 mm (1-1/2”).

TABLA C.4-2 REQUISITOS PARA CONDICIONES ESPECIALES DE EXPOSICION

Condiciones de exposición Máxima relación agua-material cementante, por peso para concretos de peso normal

Resistencia mínima a la compresión, F’c, en MPa

Concreto de baja permeabilidad para ser expuesto al agua

0.5 24

Concreto expuesto a ciclos de congelamiento y descongelamiento en una condición húmeda, o a químicos que impidan el congelamiento

0.45 31

Para la protección contra la corrosión del refuerzo de concreto expuesto a cloruros, sal, agua salina o que puede ser salpicado por agua salina

0.40 35

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ANEXO 2-Especificaciones Particulares PC-2013-0014 Página 86 de 94

C.4.2.2 – El concreto que esté expuesto a las condiciones de exposición indicadas en la Tabla C.4-2 debe cumplir las relaciones agua – material cementante máximas y las resistencias mínimas a la compresión indicadas allí.

Además los concretos que pueden estar expuestos a químicos que impidan el congelamiento deben cumplir las limitaciones dadas en C.4.2.3

C.4.2.3 – Para concretos que puedan estar expuestos a químicos que impidan el congelamiento, el máximo contenido, por peso, de cenizas volantes, otras puzolanas, humo de sílice o escoria, que se adicionen al concreto, no deben exceder los porcentajes de peso total del material cementante dados en la Tabla C.4-3.

TABLA C.4-3

REQUISITOS PARA CONCRETOS EXPUESTOS A QUIMICOS QUE IMPIDAN EL CONGELAMIENTO

Material cementante Máximo porcentaje del total de materiales cementantes, por peso (Nota-1)

Cenizas volantes u otras puzolanas que cumplen con la norma NTC3493 (ASTM C618)

25%

Escoria que cumple la norma NTC4018 (ASTM C989) 50% Humo de sílice que cumple la norma ASTM C1240 10% Total de cenizas volantes u otras puzolanas, escoria y humo de sílice

50% (Nota-2)

Total de cenizas volantes u otras puzolanas y humo de sílice

35% (Nota-2)

Nota-1. El contenido total de materiales cementantes también incluye cementos fabricados bajo las normas NTC121 y NTC321, ASTM C150, ASTM C595, y ASTM C845. El porcentaje máximo dado en la tabla incluye las cenizas volantes, u otras puzolanas, la escoria, y el humo de sílice presente dentro de los cementos. Nota-2. Las cenizas volantes, u otras puzolanas, no deben constituir más del 25 por ciento del peso total de material cementante, ni el humo de sílice más del 10 por ciento del peso total del material cementante.

C.4.3 – EXPOSICION A SULFATOS C.4.3.1 – El concreto que pueda verse expuesto a soluciones o suelos que

contengan sulfatos debe cumplir los requisitos de la Tabla C.4-4 o fabricarse con cemento resistente a los sulfatos y con una relación agua–material cementante que no exceda el valor máximo dado en la misma tabla, y debe tener la resistencia mínima a la compresión indicada allí.

C.4.3.2 – El cloruro de calcio no debe utilizarse como aditivo en concretos que puedan verse expuestos a soluciones que contengan sulfatos de una manera severa o muy severa como las define la Tabla C.4-4.

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TABLA C.4-4

REQUISITOS PARA CONCRETO EXPUESTO A SOLUCIONES QUE CONTIENEN SULFATOS

Exposición al sulfato

Sulfatos solubles en agua (SO4), en el suelo,porcentaje en Peso

Sulfatos (SO4), en el agua, en partes por millón

Tipo de cemento Relación agua-material cementante máxima por peso (1)

Resistencia mínima a la compresión, F’c, en MPa

Despreciable 0.00 a 0.10 0 a 150 - - Moderada (2)

0.10 a 0.20 150 a 1500 II (3) 0.50 28

Severa 0.20 a 2.00 1500 a 10000

V 0.45 32

Muy Severa Más de 2.00 Más de 10000

V con puzolanas (4)

0.45 32

Nota-1. Puede requerirse una relación agua-material cementante menor pro requisitos de baja permeabilidad o para protección contra la corrosión. Nota-2. Agua marina. Nota-3. Además de los cementos Tipo II se incluyen los MS. Nota-4. Puzolanas que cuando se utilizan con cementos Tipo V, hayan demostrado que mejoran la resistencia del concreto a los sulfatos bien sea por ensayos o por buen comportamiento en condiciones de servicio.

C.4.4 – CORROSION DEL REFUERZO C.4.4.1 – Con el fin de proteger el acero de refuerzo contra la corrosión, las

concentraciones máximas de ión cloruro soluble en agua, medidas en el concreto endurecido con edades entre 28 y 42 días, aportado por los ingredientes del concreto incluyendo el agua, los agregados, el material cementante y los aditivos, no debe exceder los límites de la Tabla C.4-5. El procedimiento de ensayo para determinar el contenido de ión cloruro soluble en agua debe ser el dado por la norma NTC 4049 (ASTM C1218 o AASHTO T260).

C.4.4.2 – Cuando el concreto reforzado que pueda verse expuesto a agua salina o marina, o a salpicaduras de esta agua, deben cumplir los requisitos de relación agua-material cementante dados en la Tabla C.4-2 y los requisitos de recubrimiento del refuerzo dados en C.7.7. Véase C.18.14 respecto a tendones de preesfuerzo no adheridos.

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TABLA C.4.5 MAXIMO CONTENIDO DEL ION CLORURO PARA LA PROTECCION

CONTRA LA CORROSION Tipo de elemento Máximo contenido del ión

cloruro (Cl) en el concreto expresadocomo porcentaje del peso del cemento

Concreto preesforzado 0.06 Concreto reforzado expuesto al cloruro en servicio

0.15

Concreto reforzado que estará seco o protegido de la humedad en servicio

1.00< /tr>

Otros tipos de construcción en concreto reforzado 0.3

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