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REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. Nit.900.130.596-1 Pliego Servicios Febrero de 2015 Página 1 de 93 REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. COORDINACIÓN DE SERVICIOS PROCESO DE CONTRATACIÓN PR-2015-001 POR SOLICITUD DE OFERTAS MEDIANTE EL SISTEMA DE INFORMACIÓN CORPORATIVO www.grupo-AGUAS DE OCCIDENTE.com/aguasdeoccidente PLIEGO DE CONDICIONES PARA: PRESTACION DEL SERVICIO DE TRANSPORTE TERRESTRE, PARA EL TRASLADO DE PERSONAL, EQUIPOS DE OFICINA, HERRAMIENTAS E INSUMOS NECESARIOS REQUERIDOS EN LA OPERACIÓN DE LOS SISTEMAS DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO EN TODAS LAS ÁREAS DE INFLUENCIA DE REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP, Y OTROS LUGARES DEL DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA.FEBRER0 2015

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REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. E.S.P.

COORDINACIÓN DE SERVICIOS

PROCESO DE CONTRATACIÓN PR-2015-001 POR SOLICITUD DE OFERTAS MEDIANTE EL SISTEMA DE INFORMACIÓN CORPORATIVO

www.grupo-AGUAS DE OCCIDENTE.com/aguasdeoccidente

PLIEGO DE CONDICIONES PARA:

PRESTACION DEL SERVICIO DE TRANSPORTE TERRESTRE, PARA EL TRASLADO DE PERSONAL, EQUIPOS DE OFICINA, HERRAMIENTAS E INSUMOS NECESARIOS REQUERIDOS EN LA OPERACIÓN DE LOS SISTEMAS DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO EN TODAS LAS ÁREAS DE INFLUENCIA DE

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PLIEGO DE CONDICIONES .............................................................................................. 4 1. INFORMACIÓN GENERAL Y DEFINICIONES ....................................................... 4 1.1. Información General ............................................................................................... 4 1.2. Definición de términos .......................................................................................... 14 1.3. Instrucciones preliminares .................................................................................... 16 2. PROPUESTA ........................................................................................................ 19 2.1. Proponentes ......................................................................................................... 19 2.2. Contenido y documentos de la propuesta ............................................................. 25 2.3. Costos de elaboración de la propuesta ................................................................. 30 2.4. Entrega de la propuesta ........................................................................................ 30 2.5. Retiro o modificación ............................................................................................ 31 2.6. Apertura de la propuesta ...................................................................................... 31 2.7. Validez de la propuesta ........................................................................................ 31 2.8. Rechazo y eliminación, desviaciones y reglas de subsanabilidad ......................... 32 2.9. Indemnidad. .......................................................................................................... 35 2.10. Declaraciones del proponente y/o contratista........................................................ 36 2.11. Autorización de verificación de listas y de base de datos. ..................................... 38 2.12. Formularios. .......................................................................................................... 38 3. EVALUACIÓN ....................................................................................................... 56 3.1 Ajuste económico ................................................................................................. 56 3.2. Aspectos técnicos ................................................................................................. 56 3.3. Ponderación ......................................................................................................... 56 3.4. Puntaje total y comparación de las propuestas. .................................................... 60 3.5. Propuestas elegibles. ............................................................................................ 60 3.6. Informe de evaluación y recomendación. .............................................................. 60 3.7. Negociación directa .............................................................................................. 61 3.8. Suspensión del proceso ........................................................................................ 61 3.9. Aceptación de la oferta o declaratoria de desierto del proceso ............................. 61 3.10. Terminación del proceso ....................................................................................... 61 4. CONTRATO.......................................................................................................... 63 4.1 Perfeccionamiento del contrato ............................................................................. 63 4.2. Deber de información ............................................................................................ 63 4.3. Garantías y seguros .............................................................................................. 64 4.4. Formalización. ...................................................................................................... 68 4.5. Vigencia ................................................................................................................ 69 4.6. Documentos del contrato ...................................................................................... 69 4.7. Renovación ........................................................................................................... 70 4.8. Protección de información personal. ..................................................................... 70 4.9. Propiedad de los trabajos y Confidencialidad de la información del contrato ........ 71 4.10. Legalidad del software. No aplica ......................................................................... 73 4.11. Extensión de las condiciones contractuales a otras empresas del Grupo

Empresarial. ......................................................................................................... 73 5. EJECUCIÓN ......................................................................................................... 74 5.1. Orden de inicio ...................................................................................................... 74 5.2. Administración ...................................................................................................... 74 5.3. Interventoría ......................................................................................................... 86 5.4. Entrega y recibo de los servicios y/o actividades .................................................. 87 5.5. Reclamaciones ..................................................................................................... 89

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6. TERMINACIÓN ..................................................................................................... 90 6.1. Terminación del contrato ...................................................................................... 90 6.2. Terminación anticipada del contrato ..................................................................... 90 ANEXOS .......................................................................................................................... 93

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PLIEGO DE CONDICIONES

1. INFORMACIÓN GENERAL Y DEFINICIONES

1.1. Información General

Las personas interesadas en el proceso de contratación, por solicitud de ofertas mediante el sistema de información corporativo, cuyo contenido y reglas fija el presente pliego de condiciones, deberán evaluar su capacidad para participar teniendo en cuenta lo aquí estipulado. Para el efecto, se fijan, a continuación, las condiciones básicas que delimitan el marco general en el cual se desarrollará el proceso tanto desde la determinación de la competencia de la empresa para abrirlo, como en cuanto a su alcance y las obligaciones que asumen quienes en él participen. Código de conducta para proveedores y contratistas

Coherentes con el direccionamiento estratégico de REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP, y con el objetivo de establecer criterios de conducta para sus proveedores y contratistas en aspectos legales, éticos, ambientales, sociales y de gobierno, como expresión de la cultura corporativa y del concepto de empresa extendida, REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP teniendo en cuenta su evolución implementa el Código de Conducta para Proveedores y Contratistas, tendiente a que cada proveedor y contratista garantice que sus empleados, representantes y grupos de interés comprendan y cumplan sus lineamientos relacionados con Derechos Humanos, estándares laborales, protección de la información, calidad y medioambiente, corrupción y soborno. Políticas y principios de Responsabilidad Social Empresarial En los procesos de contratación de REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP, se observarán los siguientes principios y políticas: Principio de comportamiento responsable en la contratación Las relaciones de REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP con sus contrapartes contractuales estarán basadas en el reconocimiento y seguimiento de las reglas y principios de la ética y la ley y, en consecuencia, en un ambiente de respeto y confianza que genere valor para las partes y para la sociedad en general. El principio de comportamiento responsable implica para las partes, los siguientes compromisos: • Mantener relaciones basadas en el respeto mutuo y el de todos los involucrados con el desarrollo de la relación contractual, incluyendo el respeto por las diferencias.

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• Fomentar un ambiente de confianza y abstenerse de realizar acciones malintencionadas o que atenten contra el buen nombre y la reputación de REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP, los competidores en el proceso, el sector y el país. • Mostrarse dispuesto a participar de un diálogo abierto, trasparente y respetuoso de las normas vigentes y aplicables a la relación y a las actividades de cada uno. Anticorrupción y Transparencia En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 1474 de 2011 “Nuevo Estatuto Anticorrupción”, reglamentado por el Decreto 2641 de 2012, las empresas del sector público deben propender por el rechazo de las prácticas corruptas y delictivas en general; prevenir y combatir el fraude, el soborno, la extorsión y otras formas de corrupción. REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP, comprometida para combatir la corrupción en las diferentes esferas de la administración, y en desarrollo de los principios que rigen su contratación; está interesada en garantizar la absoluta transparencia en los procedimientos que se realicen para la selección objetiva de sus contratistas. Por lo anterior, ante el conocimiento de cualquier indicio o evidencia que vincule o pueda vincular a sus servidores en prácticas o actos indebidos para el favorecimiento de quienes aspiren a la aceptación de sus ofertas, solicita se denuncie todo acto indebido en el canal dispuesto por REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP denominado http://www.grupo-AGUAS DE OCCIDENTE.com/aguasdeoccidente/es-co/home.aspx, para adelantar las gestiones a que haya lugar. De igual manera está dispuesta la línea gratuita 858 02 96. La información registrada será manejada con la más alta discreción. Sostenibilidad Entendiendo la importancia de sumar voluntades en pro de la sostenibilidad, las partes

propenderán por el equilibrio entre el desarrollo empresarial y el impacto en su entorno

buscando lograr condiciones económicas, sociales y ambientales que favorezcan la

permanencia y el desarrollo de las empresas en una relación de beneficio mutuo con la

comunidad.

Directriz de Conducta Transparente Con el fin de fortalecer los lazos de confianza entre REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP y sus grupos de interés, en adelante, solo recibirá objetos promocionales de marca como práctica normal de las relaciones comerciales con clientes, usuarios, proveedores y contratistas. Política Institucional de Derechos Humanos REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP respeta, cumple y promueve el acatamiento de lo consagrado en la Carta Universal de los Derechos Humanos y sus protocolos, convenciones y pactos vinculantes, incluidos el Derecho Internacional Humanitario y lo

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dispuesto por la Constitución Política y el marco legal colombiano y espera que sus contratistas se alineen con dichos preceptos. Objetivo del contrato Mediante el contrato, que se entiende perfeccionado una vez ha sido comunicada al proponente la aceptación de su oferta, se vinculará a REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP – en adelante: AGUAS DE OCCIDENTE– y al “contratista – en adelante: EL CONTRATISTA -, se fijan las condiciones de carácter legal, económico, material y demás de cualquier tipo que ambos – a quienes en conjunto, se denomina LAS PARTES -, consideraron necesario definir para llevar a cabo las actividades con las cuales se cumpla con el “objeto” del contrato. En consecuencia, salvo previsión de norma superior en contrario, las labores, actividades, obligaciones y derechos que LAS PARTES adquieren entre sí o frente a terceros con motivo de la vinculación mediante este contrato, se guiarán y someterán en primer lugar a lo aquí pactado, interpretado a partir de los respectivos propósitos de los contratantes y con aplicación del principio y criterio de la “buena fe”. 1.1.1 Descripción general del proceso Este documento constituye el pliego de condiciones con base en el cual REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP, inicia el proceso de selección o escogencia de uno o varios contratistas que, en las condiciones y con los requisitos que aquí se describen, ejecuten los servicios y/o actividades, que se determinan en el numeral que define el “objeto” dentro de este pliego. En el proceso podrán participar todas las personas que cumplan los requisitos que se indican en este mismo pliego de condiciones y se encuentren en condiciones legales, económicas y materiales de cumplir con el “objeto” señalado. De entre quienes participen en el proceso y con aplicación de los procedimientos, criterios y reglas que el pliego de condiciones señala para evaluar las correspondientes condiciones, REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP. seleccionará a quien ofrezca las mejores condiciones para cumplir con el “objeto”, vinculándolo jurídicamente en calidad de “Contratista”. Efectuada la selección y aceptada la oferta correspondiente mediante la comunicación al proponente favorecido, éste procederá a la respectiva formalización del contrato, y una vez obtenida, REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP. y “el Contratista” darán inicio a la ejecución del contrato con sujeción estricta a los términos aquí fijados y siempre dentro del marco de la ley colombiana. En casos especiales, debidamente justificados se podrá ordenar al “Contratista” el inicio de ejecución del contrato una vez se haya aceptado la oferta, esto es, antes de su formalización, de conformidad con lo establecido en el Manual de Interno de Contratación Decreto N°28 de febrero 14 de 2013.

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Al terminar la ejecución del contrato, si el pliego de condiciones así lo indica o entre REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP y “el Contratista” se acuerda, se suscribirán los documentos mediante los cuales conste el cumplimiento de las obligaciones respectivas. 1.1.2. Objeto del contrato A través de este contrato, REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP encarga a EL CONTRATISTA de la Prestación del servicio de transporte terrestre, para el traslado de personal, equipos de oficina, herramientas e insumos necesarios requeridos en la operación de los sistemas de acueducto y alcantarillado en todas las áreas de influencia de REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP, y demás lugares del Departamento de Antioquia. 1.1.3. Alcance y localización de la prestación de los servicios y/o actividades. El servicio de transporte se prestará en vehículos tipo campero, automóvil, camioneta, bus, buseta y tipo carrotanque para transporte de personas, materiales, herramientas, bidón de agua (1m3) y agua en carrotanque en todas las áreas de influencia de Regional de Occidente S.A. ESP, en donde tenga participación o sea ejecutora y demás lugares del Departamento de Antioquia. El cubrimiento del servicio será en las áreas de influencia de Regional de Occidente S.A. ESP; San Jerónimo, Sopetrán, Santa Fe de Antioquia, Olaya, Corregimiento de Sucre y demás lugares del Departamento de Antioquia, con las modalidades del servicio que más adelante se indican en el pliego de condiciones. De igual manera para otros Municipios del departamento; Rionegro (areopuerto) y Medellín (zona urbana). La disponibilidad será de los siete días a la semana, incluyendo eventuales jornadas con horario especial, donde el pago se hará sólo por el total de horas realmente laboradas. A través de este proceso de contratación se pretende celebrar un contrato de servicio con las características de ejecución establecidas de acuerdo a las especificaciones técnicas señaladas en este pliego de condiciones, no obstante, dependiendo de las necesidades de REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP. Esta podrá solicitar al contratista cantidades adicionales a las inicialmente contratadas, sin que los valores inicialmente pactados sean reajustados. REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP, garantiza una ejecución mínima del ochenta (80%) por ciento del valor tope del contrato. Las actividades objeto del presente proceso de contratación comprenden:

ITEM DESCRIPCIÒN

1 Servicio de transporte terrestre automotor, modelo 2012 en adelante, (GRUPO A 4 a 9 pasajeros; campero, automóvil, camioneta), de lunes a domingos y festivos. Con un mínimo de 5 horas, en un horario de 7:00 a 12:00 – 1:00 a 17:00. Lugar zona de Influencia de Regional de Occidente S.A. ESP. La empresa puede solicitar transporte simultaneo para la zona de influencia

2 Servicio de transporte vehículo mototaxi modelo 2012, en adelante, con capacidad para tres (3) pasajeros. Disponibilidad siete (7) días a la semana incluyendo festivos. Lugar: zona de Influencia de Regional de Occidente S.A. ESP.

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3 Servicio de transporte terrestre automotor, modelo 2012 en adelante, (GRUPO A 4 a 9 pasajeros; campero, automóvil, camioneta), por requerimiento. Con un mínimo de 5 horas, Lugar: desde la zona de influencia de Regional de Occidente S.A. ESP hasta el Valle de Aburra y municipio de Rionegro.

4 Servicio de transporte terrestre automotor, modelo 2012 en adelante, GRUPO C más de 19 pasajeros (Bus, Buseta), por requerimiento. Lugar: zona de influencia de Regional de Occidente S.A. ESP y desde la zona de influencia de Regional de Occidente S.A. ESP hasta el Valle de Aburra.

5 Servicio de transporte de Agua en carrotanque mínimo de 6 metros cubico (mt3) por día. Zona de influencia de Regional de Occidente S.A. ESP

Cotización de otros servicios.

EL CONTRATANTE podrá solicitar eventualmente a EL CONTRATISTA algunos servicios de transporte de personas que son considerados servicios extras, el cual deberá ser acordada previamente entre el interventor y EL CONTRATISTA con visto bueno de EL CONTRATANTE. Cuando EL CONTRATANTE ordene la realización de servicios y/o actividades extras, EL CONTRATISTA estará obligado a ejecutarlas de acuerdo con las condiciones contractuales establecidas. El precio de los servicios extras será acordado entre las PARTES. Solicitud del servicio EL CONTRATANTE podrá solicitar el servicio hasta con tres (3) horas de antelación al inicio del mismo siempre que la capacidad de vehículos autorizada para el contrato lo permita. EL CONTRATISTA informará con un mínimo de dos (2) horas previas a la iniciación de un servicio, los nombres de los conductores asignados, las placas de los vehículos y números telefónicos en los que puedan ser localizados. Cuando EL CONTRATISTA confirma que prestará el servicio, pero éste llega tarde o no llega, se hará acreedor a la correspondiente deducción operativa. EL CONTRATISTA reemplazará de acuerdo con instrucciones de EL INTERVENTOR, el vehículo que presente fallas mecánicas, deterioros o desgastes en sus componentes, que pongan en riesgo a los servidores o usuarios autorizados o deterioren la imagen del EL CONTRATANTE, por otro de mejores características. Suspensión o cancelación del servicio Si el servicio asignado no se va a utilizar, para no generar cobros por servicios no utilizados, el funcionario solicitante o usuario del servicio será responsable de la cancelación oportuna, utilizando cualquier medio de comunicación; con la interventoría, conductor o EL CONTRATISTA y antes de dos (2) horas del inicio del mismo.

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Documentos de los vehículos EL CONTRATISTA debe garantizar el cumplimiento de los servicios solicitados, presentando al momento de la iniciación del contrato, la relación de vehículos afiliados o propios destinados para tal fin y sus respectivos documentos, en su orden:

Matrícula

Tarjeta de Operación

Seguro SOAT

Revisión Técnico Mecánica

Póliza RC Contractual.

Póliza RC Extracontractual

La documentación de los vehículos debe ser presentada en paquetes individuales debidamente cosidos e identificados por cada vehículo ofrecido. El CONTRATISTA entregará un archivo en Excel, en el cual consignará la información de cada vehículo y conductor, este será la base de datos de vehículos autorizados para prestar el servicio dentro del contrato y periódicamente se solicitaran documentos de algunos vehículos para confrontar la información. Una vez revisados y aprobados por la interventoría del contrato, estos documentos deberán ser archivados y controlados por el contratista, a los cuales se les hará seguimiento permanente, cualquier incumplimiento será causal de multa. CONTRATANTE no responderán por el pago de los servicios prestados con vehículos o conductores que no hayan sido previamente aceptados por el interventor del contrato y matriculados en la Base de Datos de Vehículos. EL CONTRATISTA certificará a La Empresa antes de que los vehículos inicien el servicio, que cumplen con todas las exigencias del Ministerio de Transporte. NOTA: PARA EL CASO DE QUE EL CONTRATISTA LLEGARE A PRESENTAR VEHÍCULOS SUBCONTRATADOS, ÉSTOS DEBERÁN PRESENTAR IGUALMENTE LOS SEGUROS ANTERIORMENTE SOLICITADOS Y EL CONVENIO DE CONFORMIDAD CON EL DECRETO 174 DE 2001 ARTICULOS Nos. 17, 18 Y 19 RESPECTIVAMENTE. Mantenimiento de los Vehículos El proponente debe comprometerse a mantener en buen estado, tanto mecánico, de aseo como físico su parque automotor y en caso de daño o avería de algún vehículo que esté prestando el servicio, debe enviar en reemplazo un vehículo de las mismas características y conductor que conozca el recorrido, informando por escrito al interventor del contrato con el fin de verificar el cumplimiento de requisitos. En todo caso debe darle cumplimiento a la resolución 315 del Ministerio de Transporte.

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Igualmente, acreditar el estado técnico mecánico de los vehículos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 13 de la Ley 1383 de 2010 y las normas que lo modifiquen. El mantenimiento y aseo de los vehículos no está autorizado dentro de las instalaciones del EL CONTRATANTE. EL CONTRATANTE está en libertad de solicitar el cambio conductores cuando lo considere conveniente. En todo caso los conductores no tendrán ninguna relación laboral con EL CONTRATANTE. Conductores El conductor cumplirá con la jornada laboral acorde con lo establecido en la ley y las normas reglamentarias pertinentes. EL CONTRATANTE está en libertad de solicitar el cambio de conductores cuando lo considere conveniente. En todo caso los conductores no tendrán ninguna relación laboral con EL CONTRATANTE. El conductor que preste el servicio debe reunir las siguientes condiciones: • Licencia de conducción mínimo categoría C1 y C2 para los buses.

• No registrar antecedentes judiciales.

• Tener buenas relaciones interpersonales, respetuosas y prudentes.

• Portar el uniforme de la empresa contratista durante la prestación del servicio.

• Portar el medio de comunicación bidireccional (medio de comunicación móvil tipo

celular, avantel o radio o en su defecto el vehículo debe tenerlo).

EL CONTRATISTA presentará con la documentación de los vehículos, los siguientes documentos de los conductores: • Hoja de vida.

• Fotocopia de cédula de ciudadanía.

• Libreta militar

• Licencia de conducción.

• Contrato de trabajo.

• Exámenes médicos.

• Pagos de seguridad social integral y parafiscales

• Certificado Simit sin pendientes.

Una vez revisados y verificado el cumplimiento de los requisitos por la interventoría del contrato, estos documentos deberán ser archivados y controlados por el contratista, a los cuales se les hará seguimiento permanente.

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Horario de trabajo y tiempo de descanso El horario general de la prestación de los servicios es diurno, y en ocasiones puede ser nocturno, pero el oferente debe contar con una posible disponibilidad de 24 horas para atender las necesidades que se puedan presentar a la entidad en desarrollo de sus funciones de domingo a domingo. 1.1.4. Etapas y plazos del proceso de contratación El proceso de contratación se desarrollará en las etapas y dentro de los plazos que se indican a continuación en el orden correspondiente: Apertura: es el momento en el cual REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP da a conocer su interés en vincular a un CONTRATISTA para llevar a cabo la prestación de los servicios y/o actividades que están interesadas en obtener y pone a disposición de los interesados el pliego que fija las condiciones de selección y contratación. En este proceso la apertura se da el doce (12) de febrero de 2015 a las 11:30 a.m.. Cesión del pliego de condiciones y del derecho de participación Todo proponente deberá haber obtenido el pliego de condiciones directamente de la página web www.grupo-AGUAS DE OCCIDENTE.com/aguasdeoccidente La cesión del pliego de condiciones no puede hacerse a otro interesado en los casos en que el proceso de contratación se realice mediante la modalidad de solicitud privada de una oferta.

Presentación de ofertas: Es el acto mediante el cual, con las formalidades señaladas en el pliego, los interesados presentan una oferta a REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP para que se evalúe dentro del proceso de contratación. La oportunidad para ello transcurre entre la fecha de la apertura y la que se establece como fecha de cierre para presentación de ofertas. Cierre de presentación de ofertas: Es el momento hasta el cual los interesados tienen la posibilidad de presentar sus ofertas, fijado en términos de día, hora y lugar. Para los efectos del presente proceso el cierre se hará el día 19 de febrero de 2015 a las 14:00 horas, en la oficina de Regional de Occidente S.A. ESP, ubicada en el Municipio de San Jerónimo, carrera 11 No. 22A-63. REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP se reserva el derecho de ampliar el plazo para realizar el cierre, hasta en un término igual al que corre entre la apertura y cierre señalados, cuando por cualquier circunstancia no sea posible o conveniente hacerlo en la fecha indicada. El proponente o su delegado deberá presentarse con suficiente anticipación respecto a la hora límite para la entrega de propuestas. REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP no se responsabiliza por demoras o retardos en la entrega de propuestas causados por el ejercicio de los controles de acceso.

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Acta de ofertas recibidas: En el lugar, día y hora señalados para el “cierre”, los servidores de REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP responsables del desarrollo del proceso abrirán una a una las ofertas oportuna y debidamente entregadas y constatarán los aspectos generales más importantes tales como nombre del proponente, plazo señalado por él, valor global, garantías y representación legal. De todo ello se dejará constancia en un acta que firmarán al menos dos de dichos servidores y los representantes de los proponentes que concurran y deseen hacerlo. Evaluación: Una vez verificados los aspectos generales antes indicados, REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP, a través de sus servidores y con aplicación de las reglas y criterios contenidos en este pliego y en las leyes aplicables, hará la evaluación de las ofertas. Selección: Efectuada la evaluación y cumplidos los pasos complementarios tanto internos como externos -básicamente: “recomendación” y “audiencia pública”, según el caso- REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP elegirá aquella que haya alcanzado el máximo puntaje y se halle habilitada por todos los demás aspectos correspondientes para vincularse contractualmente con ella en su condición de entidad pública. Aceptación: Es el acto mediante el cual se le comunica al proponente seleccionado que su oferta reúne las condiciones fijadas por REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP para prestarlos servicios y/o realizar las actividades señaladas en el “objeto” y, con lo cual, se habrá formado válidamente la relación o vínculo contractual. 1.1.5. Interpretación, aclaración y modificaciones del pliego Interpretación. El interesado deberá examinar todas las instrucciones, formularios, condiciones, especificaciones y anexos que figuren en los documentos del proceso de contratación, los cuales constituyen la única fuente de información válida para la preparación de la propuesta. Si la interpretación de los documentos genera alguna duda para el interesado, deberá formular consulta, por escrito, a REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP, dentro del término establecido para tales efectos.

Aclaración. Si el interesado encuentra ambigüedades, discrepancias, omisiones, contradicciones o errores, deberá solicitar, por escrito, a REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP, las aclaraciones que sean del caso, antes de presentar la propuesta, dentro del término establecido para tales efectos. Las consultas o solicitudes de aclaración se recibirán hasta dos (2) días hábiles antes de la fecha de cierre para la presentación de ofertas del presente proceso de contratación. REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP no se responsabilizará por correspondencia o comunicaciones mal dirigidas o con desatención de lo previsto en el numeral 1.3.2. “Correspondencia y Comunicaciones”. Modificación. Cualquier modificación al pliego de condiciones o el aplazamiento de la fecha de cierre de la contratación, que REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP considere oportuno hacer, será comunicada, por medio de adenda, a todos y cada uno de los interesados y será de obligatoria observancia para la preparación de las ofertas. Estas aclaraciones y modificaciones harán parte del pliego de condiciones.

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Las interpretaciones o inferencias que el interesado haga de las estipulaciones del pliego de condiciones o de las aclaraciones hechas por REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP, serán de su exclusiva responsabilidad. Las respuestas dadas a los interesados sobre las solicitudes que realicen por escrito (o en las reuniones o visitas obligatorias o no, si es el caso), sobre la interpretación, aclaración y modificación del pliego de condiciones, que impliquen complementar o modificar el texto inicial del mismo, se harán explicitas mediante adendas que serán comunicadas a todos y cada uno de los interesados y serán de obligatoria observancia tanto para REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP como para los interesados quienes las deberán tener en cuenta para la preparación de sus ofertas. De las respuestas a las solicitudes de interpretación, aclaración y modificación del pliego de condiciones, que no impliquen complementar o modificar el texto del pliego de condiciones, se les enviará copia a todos y cada uno de los interesados. La respuesta a las solicitudes de interpretación, aclaración o modificación del pliego de condiciones que realicen los interesados por escrito, serán dadas por REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP hasta dos (2) día hábiles antes de la fecha de cierre para la presentación de las ofertas. Las adendas se expedirán hasta dos (2) día hábiles antes de la fecha de cierre para la presentación de ofertas. Nota: En cumplimiento de la Ley 1437 de 2011 en lo referente al uso de medios electrónicos para notificaciones, toda la información relacionada con aclaraciones o modificaciones al pliego de condiciones que se generen en desarrollo del proceso contractual, serán publicados en el sitio web www.grupo-AGUAS DE OCCIDENTE.com/aguasdeoccidente destinado para tal fin. Será responsabilidad de los proponentes realizar la consulta en este sitio para conocer las novedades que se generen durante el proceso. 1.1.6. Normatividad aplicable Este proceso de contratación estará regido por las leyes colombianas aplicables, tales como las civiles y comerciales, la Ley 142 de 1994 Régimen de Servicios Públicos Domiciliarios, modificada por la Ley 689 de 2001, las normas de contratación vigentes para REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP1 y las demás de rango legal o reglamentario pertinentes. 1.1.7. Sujeción a la ley colombiana.

1Entre las normas de internas de contratación vigentes y aplicables en Regional de Occidente S.A. ESP se

encuentra, entre otros, el Decreto 28 de 2013 expedido por la Junta Directiva que contiene las normas generales de contratación”…”.

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Para todos los efectos, y, de manera particular, para la determinación de la validez de los contenidos del contrato y los actos a que LAS PARTES se comprometen, así como para la interpretación de todos esos aspectos, la normatividad vigente es la nacional de Colombia. No obstante, en casos especiales se podrá incluir o recurrir a las normas extranjeras que explícitamente las partes acuerden aplicar y siempre que ello sea posible a la luz de la “ley colombiana”. 1.1.8. Jurisdicción Competente Los conflictos que surjan con ocasión o como consecuencia directa de la celebración del contrato a que dé lugar este proceso de contratación serán resueltos por los jueces y tribunales colombianos. 1.1.9. Domicilio Para todos los efectos y consecuencias que se deriven del proceso de contratación y el contrato a que dé lugar, se entiende como domicilio el municipio de San Jerónimo, Antioquia. 1.1.10. Financiación Las obligaciones que REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP asumirá dentro del contrato al que dé lugar el presente proceso de contratación serán cubiertas con recursos propios de la entidad según CDP N° 717.

1.2. Definición de términos

Siempre que aparezcan en el pliego de condiciones, en el contrato y en los documentos complementarios, las siguientes expresiones, se entenderán como se indica a continuación:

Aclaración Documento producido por REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP o el PROPONENTE mediante el cual se aclara el contenido o se determina el alcance del pliego de condiciones o la propuesta, respectivamente.

Acta de acuerdo Documento suscrito entre REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP y EL CONTRATISTA, mediante el cual se definen condiciones específicas para la prestación de los servicios y/o el desarrollo de las actividades del contrato.

Acta de Modificación Bilateral

Documento suscrito entre REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP y EL CONTRATISTA mediante el cual se acuerda introducir modificaciones a las condiciones, monto o cantidades en el contrato.

Adenda Documento emitido por REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP con fecha posterior a la de apertura del proceso de contratación y anterior a su cierre o presentación de ofertas, mediante el cual se modifica el pliego de condiciones y que, por tanto, entra a formar parte de éste.

Almacén General de REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP

Instalaciones de REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP, ubicadas en la carreara 11 N°22ª-63 del municipio de San Jerónimo, Antioquia.

Contratista Es el proponente seleccionado a quien REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP ha comunicado oficialmente la aceptación de su propuesta.

Contrato Acuerdo de voluntades entre REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP y EL CONTRATISTA mediante el cual se definen las condiciones en las cuales asumen respectivamente los derechos y

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obligaciones derivados de la prestación de los servicios y/o el desarrollo de las actividades motivo del acuerdo.

Desarrollo del proceso

Es todo evento, normal o anormal, que ocurra dentro de las etapas y plazos señalados para el proceso y que determine-o simplemente haga parte de- el curso del proceso.

Documentos de la propuesta

Con el archivo -magnético o en papel- que constituye el cuerpo de la propuesta, son, además, todos los archivos – igualmente, magnéticos o en papel- que el proponente presente como parte de dicha propuesta. Aquí se incluyen los certificados, constancias, recibos y demás formas de acreditar requisitos para el proceso.

Equipo Herramienta o maquinaria necesaria para llevar a cabo la prestación de los servicios y/o el desarrollo de las actividades requeridas por REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP.

Especificaciones Conjunto de requisitos y normas que definen las características delos servicios y/o las actividades requeridas por REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP y las condiciones en las cuales éstas aceptarán la oferta.

Gerente Jefe superior de la administración de REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP y su representante legal.

Inspector Persona designada por el Interventor para inspeccionar los servicios y/o las actividades objeto del contrato, dentro de las limitaciones que abarcan las labores particulares conferidas a él por el Interventor.

Interesado Persona que adquiere el pliego de condiciones del proceso de contratación; no se considera “interesado” simplemente al que se autocalifica como tal.

Interventor Persona designada por REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP para llevar a cabo la “interventoría” o la supervisión de los servicios y/o actividades objeto del contrato.

Ítem Cada uno de los elementos en los que se desagrega, para efectos de la contratación, el tipo de servicios o actividades que deberá llevar a cabo EL CONTRATISTA para cumplir con el objetivo del contrato, conforme con la descripción que figura en el listado de ítems y cantidades.

Junta Directiva Órgano general de dirección de REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP.

AGUAS DE OCCIDENTE, o REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP

REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP.

Perfeccionamiento del contrato

Condición en la que se encuentra un contrato una vez ha sido comunicada al proponente la aceptación de su oferta y de lo cual se derivan las obligaciones y derechos de cada una de las partes. Cuando la ley exige formalidades especiales para ello, el contrato sólo se perfeccionará una vez esas formalidades se cumplan.

Personal del Contratista

Personas que trabajan en la ejecución del servicio o actividad motivo del contrato como empleados directos del CONTRATISTA.

Plazo de ejecución del contrato

Sumatoria de los tiempos que tiene EL CONTRATISTA para llevar a cabo los servicios y/o actividades a que se refiere el contrato.

Pliego

Es el documento en el cual REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP fija las condiciones con base en las cuales seleccionará a un contratista para el desarrollo de las actividades que definen el “objeto” de un contrato y con las cuales una vez aceptada la oferta se ejecutara el mismo. Se consideran partes del pliego todos los documentos que lo complementan o modifican, expedidos válida y oportunamente por REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP.

Proceso de contratación

Es el conjunto de etapas y procedimientos a través de los cuales REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP se propone seleccionar una o más propuestas para la realización del “objeto” definido dentro de un pliego de condiciones.

Proponente

También llamado “oferente”, es la persona que presenta formalmente una propuesta a REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP dentro de un proceso de contratación. Se conserva esta calidad hasta que la situación individual se define mediante “eliminación”, “rechazo” o “aceptación” de la propuesta.

Proponente seleccionado

Es la persona a quien REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP, previo el proceso de evaluación indicado, considera que ha presentado la mejor oferta para la contratación correspondiente.

Propuesta alternativa

Propuesta que se aparta de lo estipulado en los pliegos, pero conservando el contenido de los servicios y /o actividades que son “objeto” de la solicitud de REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP.

Propuesta básica Propuesta presentada con atención a las condiciones fijadas por REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP en el pliego de condiciones

Recomendación Es el acto por el cual, con base en el estudio y la evaluación de los diferentes aspectos de las ofertas, se aconseja aceptar alguna(s) oferta (s), o declarar total o parcialmente desierto el proceso. De igual manera, se podrá recomendar la terminación del proceso de contratación en el

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estado en que se encuentre.

Servidor competente

Es el “servidor” de REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP que tiene la facultad o función de tomar una o más de las decisiones correspondientes al proceso de contratación.

Servidor de REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP

Es cada persona que interviene en el proceso de contratación desempeñando una labor para REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP o en su representación.

Servidor responsable del proceso

Es la persona que, en nombre de REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP, actúa frente a los interesados o proponentes y tiene capacidad para comunicar las decisiones que aquellas toman dentro del proceso.

Subcontratista Persona que contrata directamente con EL CONTRATISTA para suministrarle mano de obra, servicios y materiales procesados según diseño especial, pero sin incluir en esta denominación al que simplemente suministra materias primas no elaboradas.

Donde quiera que en este pliego se usen las palabras “Ordenado”, “Requerido”, “Permitido” o palabras similares, se entenderá que es la orden, requerimiento o permiso del Interventor. Las palabras “Aprobado”, “Aceptado”, “Satisfecho” o palabras similares, significarán “aprobado por”, “aceptado por”, o “satisfactorio para” REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP.

1.3. Instrucciones preliminares

1.3.1. Reunión informativa y/o visita al sitio de la prestación de los servicios 1.3.1.1. Reunión informativa: No aplica. 1.3.1.2. Visita al sitio de la prestación de los servicios y/o desarrollo de las actividades. No se efectuará visita al sitio de la prestación de los servicios. En todo caso, el interesado, antes de presentar su oferta, deberá investigar e informarse, completamente, de todas las circunstancias topográficas, climatológicas, de acceso y transporte, botaderos autorizados y todos los demás aspectos que puedan influir o afectarla prestación de servicios y/o el desarrollo de las actividades, tales como la situación de orden público, la disponibilidad y costo de la mano de obra. El hecho de que los proponentes no se familiaricen debidamente con los detalles y condiciones bajo las cuales serán ejecutados los servicios y/o actividades, no se considerará como excusa válida para posteriores reclamaciones. 1.3.2. Correspondencia y comunicaciones Para efectos del presente proceso de contratación y del contrato que se derive del mismo, con excepción de la propuesta, se establece el siguiente modelo para dirigir cualquier comunicación a REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP: « REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP» «Nombre del destinatario personal

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«SEDE ADMINISTRATIVA SAN JERÓNIMO» «Carrera 11 N° 22a-63, «SAN JERÓNIMO ANTIOQUIA» «Asunto: Proceso de Contratación PR-2015-001 objeto» PRESTACION DEL SERVICIO DE TRANSPORTE TERRESTRE, PARA EL TRASLADO DE PERSONAL, EQUIPOS DE OFICINA, HERRAMIENTAS E INSUMOS NECESARIOS REQUERIDOS EN LA OPERACIÓN DE LOS SISTEMAS DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO EN TODAS LAS ÁREAS DE INFLUENCIA DE REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP, Y OTROS LUGARES DEL DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA.” Toda comunicación o documentación que se entregue personalmente se recibe en la sede administrativa de Regional de Occidente S.A. ESP, ubicada en la carrera 11 N° 22a-63 del municipio de San Jerónimo. La fecha, tanto de recibo como de entrega de cualquier documento, será la que se registre en REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP, y será la única considerada válida. Cuando la correspondencia sea enviada por parte de REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP usando el correo ordinario, se tendrá como fecha de aquella, la fecha en que sea recibida por el destinatario, y si no aparece fecha de recibo, se presume que fue recibida el quinto día calendario siguiente a aquel en que salió de REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP. Por su parte, REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP enviará todas las comunicaciones al proponente o a EL CONTRATISTA, según sea el caso, a la dirección por él consignada en su propuesta. Si se presenta algún cambio, éste deberá ser informado a REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP, con la debida anticipación, a la dirección citada anteriormente. 1.3.3. Información reservada El proponente, en la carta de presentación de su oferta, formulario 2: - Carta de presentación de oferta - deberá indicar cuál información de la consignada en ella, tiene el carácter de reservada y cuáles normas jurídicas prevén dicha reserva, relacionando expresamente las normas específicas correspondientes. Cuando el proponente manifieste que existe información de su oferta que tiene el carácter de reservada, no es suficiente con hacer mención simplemente de las normas que en su criterio le otorgan tal carácter, sino que adicionalmente, en documento anexo a la carta de presentación, suscrito por el representante legal, o por la persona natural o su representante, si es el caso, debe señalar expresa y debidamente los fundamentos mediante los cuales considera que le otorgan el carácter mencionado. En el evento de no citar las normas legales, o habiéndolas citado no señale los fundamentos correspondientes, se entenderá que ningún documento o parte de la oferta tiene el carácter de reservado y que REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP se encuentra autorizada para suministrar la información que le sea solicitada por otro oferente o un tercero. 1.3.4. Idioma

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La propuesta deberá presentarse en idioma español. En caso de que la propuesta incluya documentos en idioma inglés, como certificados y constancias, deberán ser acompañados de su traducción oficial al español. 1.3.5. Moneda El proponente deberá cotizar todos los precios de la propuesta en pesos colombianos.

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2. PROPUESTA

El interesado en presentar propuesta deberá tener en cuenta, en primer lugar, los requisitos o condiciones de carácter subjetivo o personal que se exigen y asegurarse de cumplirlos cabalmente; en segundo lugar, deberá acoger estrictamente las reglas de presentación formal de la propuesta que contiene este pliego y completar de manera exhaustiva toda la información exigida. Las omisiones, vacíos, contradicciones o información inexacta que aparezca en la propuesta, habilitarán a REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP para descartarla o para aplicar las reglas de corrección explícitas que el pliego contenga.

2.1. Proponentes

Los proponentes deben tener, a la fecha de cierre para presentación de ofertas, los requisitos enunciados a continuación, dado que éstos serán verificados por parte del servidor designado como responsable del proceso de contratación de REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP: 1. Certificado de Existencia y Representación Legal. 2. RUT 3. Certificado de los contratos ejecutados 4. Certificado de aportes a la seguridad social Se deberán aportar los documentos que se requieran en el proceso de contratación y que se indican en este pliego de condiciones y especificaciones. Todo documento en cuyo sobre aparezca la identificación del presente proceso de contratación se recibirá con destino a los trámites de dicho proceso; sin embargo, sólo se considerará que hay formalmente una propuesta y a quien la hace se le considerará proponente, cuando se haya constatado el cumplimiento de los requisitos que a continuación se incluyen. 2.1.1. Requisitos de participación REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP considerará las propuestas de personas naturales o jurídicas, en forma individual, no se aceptan consorcios o en uniones temporales, que habiendo obtenido el pliego en las condiciones aquí previstas, cumplan con los siguientes requisitos de participación: 2.1.1.1. Capacidad - Existencia y representación legal. Certificado de Existencia y Representación Legal. Todo proponente deberá acreditar su capacidad existencia y representación mediante los documentos exigidos por la ley colombiana. La capacidad, existencia y representación legal de las personas jurídicas colombianas se prueba mediante el certificado de existencia y representación expedido por la respectiva Cámara de Comercio (salvo casos especiales donde la competencia para

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expedir la certificación es de otra entidad). Las personas naturales, éstas deberán acreditar fotocopia de su cédula de ciudadanía. Las personas jurídicas registradas en las Cámaras de Comercio del país, requieren presentar dicho certificado. El certificado de las entidades no inscritas en las Cámaras de Comercio deberá tener una antigüedad menor de tres (3) meses a la fecha de cierre de la contratación. Las sociedades deberán acreditar como mínimo una duración igual a la del plazo de ejecución del contrato y un (1) año más. Si una persona natural o jurídica nacional o extranjera da poder a una persona natural o jurídica para que contrate en su nombre, deberá anexar en debida forma los siguientes documentos: a). El certificado de existencia y representación de la compañía que da el poder. b). El certificado de existencia y representación de quien recibe el poder, si se trata de una persona jurídica, y c). El documento mediante el cual la compañía o persona natural mandante confiere poder o autorización a la que recibe el poder o mandato. Para el caso de personas naturales se aportará fotocopia de la cédula de ciudadanía o del documento que haga sus veces. Si del documento se desprende que el representante legal requiere de una habilitación especial, para celebrar contratos de determinada cuantía, se deberá anexar copia del acta correspondiente en donde se le habilite expresamente para la presentación de la oferta, los actos que se deriven de ella, así como para la celebración del contrato, los actos que se deriven de él hasta la liquidación del mismo. Las entidades públicas nacionales de creación constitucional o legal no estarán obligadas a acreditar su existencia. 2.1.1.2. Habilitación. El Proponente deberá estar habilitado para presentar ofertas ante REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP, esto es, no debe encontrarse incurso en alguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad para celebrar contratos con entidades estatales, de acuerdo con lo establecido en los artículos 8º(modificado por el artículo 18 de la Ley 1150 de 2007 y los artículo 1, 4 y 84 de la Ley 1474 de 2011), 9º y 10º del Estatuto General de Contratación de la Administración Pública Ley 80 de 1993, artículos 29 y 32 del Decreto 1510 de 2013, artículo 66 de la Ley 142 de 1994 Régimen de Servicios Públicos Domiciliarios, modificado por el artículo 11 de la Ley 689 de 2001; artículos 44 y 49 de la Ley 617 de 2000 modificado, el último, por el artículo 1º de la Ley 1148 de 2007 (modificado a su vez por artículo 1 de la Ley 1296 de 2009) y artículos 3, 5 y 90 de la Ley 1474 de 2011 y demás normas legales pertinentes. En consecuencia, al presentar la propuesta, por sí o por interpuesta persona, el proponente estará afirmando, bajo la gravedad del juramento, que no se halla comprometido en las mencionadas inhabilidades o incompatibilidades.

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2.1.1.3. Firma y/o abono de la propuesta La firma de la propuesta se cumplen con el diligenciamiento del Formulario 3. La propuesta deberá estar suscrita por el representante legal o apoderado, si se trata de una persona jurídica, o por el proponente o su representante, si se trata de una persona natural. El proponente indicará en el formulario los datos correspondientes a la dirección de su sede, en el municipio de Medellín u otro lugar, donde desee recibir la correspondencia relacionada con la presente contratación, así como el nombre de la firma y de su representante legal, la Cámara de Comercio en la cual se encuentra inscrito y el número de inscripción en la Matrícula Mercantil. En el Formulario 3, indicará el nombre, título, el número de la matrícula o documento equivalente, la cédula de ciudadanía y la firma del ingeniero o profesional que abona la propuesta y anexará fotocopia de su tarjeta profesional vigente. 2.1.1.4. Derecho a participar. No aplica. 2.1.1.5. Inscripción y clasificación en el Sistema de Información de Proveedores y Contratistas. No aplica. 2.1.1.6. Experiencia Experiencia del proponente: El proponente debe acreditar, mediante certificado, experiencia en la ejecución de servicios y/o actividades cuyo objeto o actividad principal haya sido transporte terrestre de personal, equipos, carga realizados en los últimos tres años contados a la fecha de cierre para la presentación de propuestas, en mínimo tres contratos y el certificado de habilitación de carga y certificación de la empresa en el manejo de carrotanque. El proponente debe anexar las certificaciones en papel membrete de las respectivas entidades públicas o privadas a las que les haya prestado el servicio de transporte terrestre, para trasladar personal, equipos de oficina, herramientas, Agua en carrotanque e insumos en Antioquia, las actas de terminación o las actas de liquidación o las actas de recepción final, las cuales deben contener como mínimo la siguiente información:

- Objeto del contrato. - Localización. - Fecha de inicio y terminación del contrato. - Valor final del contrato.

Será ADMISIBLE la propuesta, que en un número máximo de tres (3) contratos cumpla con los requisitos de experiencia solicitados en los párrafos anteriores. En caso que el Proponente certifique más de tres (3) contratos, para efectos de la verificación de este requisito habilitante, se tendrán en cuenta únicamente los primeros tres (3) contratos

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relacionados. En caso de no presentar las tres certificaciones requeridas, se considerara INADMISIBLE la propuesta.

La sumatoria de los contratos certificados, expresado en salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV) a la fecha de celebración de los contratos, deberá ser igual o superior a (150’000.000) expresado en SMMLV.

Para efectos de la verificación de la experiencia aportada por el proponente, que hubiere sido obtenida como parte de una forma asociativa, los valores en SMMLV se ponderarán de acuerdo con el porcentaje de participación en dicha forma asociativa, durante la ejecución del contrato acreditado.

Para los contratos terminados o en proceso de liquidación se tendrá en cuenta el valor del salario mínimo que corresponde al año de la fecha de celebración de los mismos. Para los contratos en ejecución, se tendrá en cuenta sólo el plazo que haya transcurrido hasta la fecha de presentación de la propuesta. En este caso, el proponente deberá acreditar un avance de por lo menos el setenta y cinco por ciento (75%). Para ello debe aportar certificado de los mismos.

Regional de Occidente S.A. ESP, podrá solicitar al proponente claridad en cualquier documento relacionado, cuando la información suministrada no sea legible. Las experiencias relacionadas en los formularios y que no sean acreditadas mediantes certificados no serán tenidas en cuenta.

En el caso de experiencia con REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP, el proponente, informará el número del contrato ejecutado. En todo caso se verificará en el archivo de la empresa si se encuentra experiencia adicional a la informada en la oferta, se tendrá en cuenta para efectos de evaluar este aspecto. REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP se reserva el derecho de verificar esta información y de eliminar la propuesta si es inexacta o incorrecta. 2.1.1.7. Estabilidad económica y capacidad financiera. No aplica. 2.1.1.8. Certificación de pago de los aportes a la seguridad social y parafiscal. En cumplimiento del artículo 50 de la Ley 789 de 2002- Ley de reforma laboral, y el artículo 9 de la Ley 828 de 2003, relacionados con los aportes a la SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL (Salud, Pensión, Riesgos Laborales) y PARAFISCALES (Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, Sena), los interesados en participar en los procesos de suministro de bienes y servicios deberán cumplir con la siguiente obligación: Las PERSONAS JURÍDICAS NACIONALES deberán aportar en la(s) oferta(s), certificado que acredite estar a paz y salvo con el pago de dichos aportes; expedido por el Revisor Fiscal (si la empresa cuenta con revisoría fiscal), o en su defecto por el Representante Legal durante un lapso equivalente al que exija el respectivo régimen de contratación para que se hubiera constituido la sociedad, el cual en todo caso no será inferior a los seis (6)

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meses anteriores a la celebración del contrato. En el evento en que la sociedad no tenga más de seis (6) meses de constituida, deberá acreditar los pagos a partir de la fecha de su constitución. Las PERSONAS NATURALES deberán acreditar el pago de los aportes a la seguridad social integral, conforme a la Ley 100 de 1993, la Ley 797 de 2003; inciso 1° del artículo 23 del Decreto 1703 de 2002, esto es, aportes para la seguridad social y pensiones. Si tiene trabajadores a su servicio, deberá acreditar además el pago de aportes a la seguridad social por éstos, así como de los parafiscales antes señalados. Las PERSONAS JURÍDICAS EXTRANJERAS, que no tengan trabajadores o empleados en Colombia, no deberán aportar esta certificación, pero acreditaran que por esta situación no son sujetos pasivos de dichos aportes parafiscales. UNIONES TEMPORALES Y CONSORCIOS. No aplica En la siguiente tabla que es indicativa, se presentan las obligaciones mencionadas anteriormente, las cuales pueden sufrir modificaciones de acuerdo con la ley. El proponente y/o contratista deberán prever, de conformidad con la legislación colombiana, dichas modificaciones durante todas las etapas del proceso de contratación y del contrato. CONCEPTO O ENTIDAD APORTE FUNDAMENTO LEGAL

Salud (ver nota 1) 12,5 % del ingreso Base de Cotización, de los cuales el 4% está a cargo del trabajador y el 8,5% del empleador.

Artículo 204 de la Ley 100 de 1993

Pensiones

16 % del ingreso Base de Cotización, de los cuales el 4% está a cargo del trabajador y el 12% a cargo del empleador.

Artículo 7 de la Ley 797 de 2003

Sistema General de Riesgos Laborales (ver nota 2)

De acuerdo con la clasificación establecida y totalmente a cargo del empleador.

Artículo 6° de la ley 1562 de 2012.

Cajas de Compensación Familiar 4% totalmente a cargo del empleador. Artículo 7, 9 y 12 de la Ley 21 de 1982

Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ver nota 1)

3% totalmente a cargo del empleador. Artículo 1 de la Ley 89 de 1988

SENA (ver nota 1) 2% totalmente a cargo del empleador. Artículo 7, 9 y 12 de la Ley 21 de 1982

Nota 1: Tener en cuenta lo previsto en el artículo 7 del Decreto 1828 del 27 de agosto de 2013, reglamentario de la Ley 1607 de 2012, sobre exoneración de aportes. Nota 2: Los trabajadores independientes que laboren en actividades catalogadas por el Ministerio de Trabajo como de alto riesgo deberán afiliarse en forma obligatoria al Sistema General de Riesgos Laborales. El pago de esta afiliación será por cuenta del contratante. (Artículo 13, literal a) numeral 5 del Decreto-ley 1295 de 1994, modificado por el artículo 2 de la Ley 1562 de 2012). La Afiliación a la Administradora de Riesgos Laborales (ARL), también será obligatoria para todas las personas vinculadas a través de un contrato formal de prestación de servicios,

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con entidades o instituciones públicas o privadas con una duración superior a un (1) mes, toda vez que así lo señala la norma. 2.1.1.9. Certificado de gestión de calidad. No aplica. . 2.1.1.10. Inscripción en la Subsecretaría de Ingresos del municipio de Medellín. No aplica. 2.1.1.11. Garantía de seriedad de la propuesta No aplica. 2.1.1.12. Certificado de la Junta Central de Contadores. Se deberá aportar el certificado de la Junta Central de Contadores de la inscripción como Contador Público, correspondiente al Contador Público y al Revisor Fiscal, según corresponda. 2.1.1.13. Forma de participación (individual, consorcio y unión temporal) No aplica. 2.1.1.14. Asistencia a la reunión y/o visita obligatoria No aplica. 2.1.1.15. Formato único de hoja de vida No aplica. 2.1.1.16. Certificaciones Contar con Resolución de Habilitación expedida por el Ministerio de transporte, para la prestación del servicio de Transporte especial de pasajeros, expedido con una antelación no mayor a un mes desde la fecha de cierre de presentación de ofertas. Resolución de Habilitación de carga, Certificación de experiencia de la empresa en el manejo de carrotanque, Certificación de la capacidad transportadora expedida por el Ministerio de transporte (expedición no superior a un mes de vigencia). En caso de presentarse en forma asociativa deberán acreditar cada uno de los integrantes los requisitos habilitantes. No se aceptaran convenios de colaboración para los servicios requeridos, los proponentes deben acreditar estar habilitados para prestar el servicio requerido.

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2.2. Contenido y documentos de la propuesta

La propuesta debe presentarse en la forma y con los contenidos que señala el pliego de condiciones; para el efecto, dicho pliego se entrega en medio físico. La información del archivo se encuentra protegida y, en consecuencia, si el interesado requiere modificar o diligenciar algún formulario que allí se encuentre, puede copiarlo en otro archivo y así podrá manipularlo. Sin embargo, deberá tener en cuenta que la información válida es la que se encuentra en el archivo original del disco. La propuesta deberá entregarse en sobre cerrado y éste debe estar debidamente identificado con el nombre y el número del proceso de contratación y acompañada de todos los documentos anexos. Los documentos deben presentarse en forma ordenada y de fácil manejo, numerados todos sus folios y refrendados con la firma del Proponente. Debe presentarse, además una relación de los documentos que componen la propuesta, con la indicación de los folios correspondientes a cada uno de ellos. Ver Formulario 1. Las modificaciones hechas por el proponente a los formularios de los documentos exigidos, no serán válidas. REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP se abstendrá de considerar aquellos documentos que no cumplan las condiciones estipuladas en este pliego de condiciones. Ver además lo indicado en el numeral 2.4.2“Forma original y copias” de este pliego. 2.2.1. Aspectos legales REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP considera bajo este concepto -“aspectos legales”-, aparte de algunos que se contemplan expresamente como requisitos de participación, el cumplimiento de aquellas condiciones que la ley ha fijado a las personas potencialmente contratistas de la entidad en razón de su formación o constitución, la actividad que cumplen y las obligaciones que tienen tanto frente al Estado como frente a terceros. Por regla general, tales condiciones se acreditan mediante la exhibición de documentos, y cuando así esté contemplado en normas vigentes, REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP no admitirá otra forma de acreditarlas. Cuando la ley dispone la obligación de contar con un documento que acredite la capacidad o habilitación para intervenir en alguna actividad o negocio -como es el caso en las profesiones regladas- ninguna prueba tendiente a demostrar la posesión de las habilidades o capacidades será aceptada en sustitución de aquél. 2.2.2. Carta de presentación El proponente deberá adjuntar la carta de presentación de la propuesta, para lo cual utilizará el Formulario 2. Adicionalmente, certificará que para la preparación de su propuesta tuvo en cuenta las adendas recibidas. La carta de presentación deberá estar suscrita por el representante legal o apoderado, si se trata de una persona jurídica, o por el proponente o su representante, si se trata de una persona natural, o por el representante designado por los asociados.

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2.2.3. Propuestas alternativas REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP no considerará ningún tipo de “propuesta alternativa” y, en consecuencia, los proponentes deben abstenerse de elaborar o entregar ofertas clasificables como tales. 2.2.4. Aspectos económicos En este numeral se fijan las reglas acorde con las cuales deberán atenderse las obligaciones de contenido económico que asumen LAS PARTES entre sí y las que deban atender frente a terceros en virtud exclusivamente de lo pactado en el contrato y para garantizar el cumplimiento del mismo. Los interesados han de tener en cuenta para elaborar su propuesta -y en caso de recibir la aceptación de la misma, en calidad de CONTRATISTA, que deben sujetarse estrictamente a ello- que, el entendimiento, la interpretación y la aplicación o ejecución de lo aquí previsto son sólo particularidades de los sistemas económico y macroeconómico respectivos y que ninguna previsión puede considerarse o leerse en forma aislada o contradictoria con las reglas o conceptos generales vigentes en dichos sistemas. El oferente debe incluir los costos inherentes a los recursos necesarios para administrar el contrato, entendiendo por este concepto los requeridos para mantener la disponibilidad de su organización y operación, tales como arrendamientos de bienes inmuebles, pago de nómina, cargas tributarias, servicios públicos, pólizas, el área normal de ejecución del contrato y/o costos de contingencia por traslado de riesgos ordinarios, desplazamientos, y en general, todos los costos que le permitirían mantener condiciones de normalidad en la ejecución de la obra. Los gastos indirectos se pagarán como una suma fija globalizada y de acuerdo con el porcentaje fijado en la propuesta y aceptado por la empresa. Los proponentes deben gestionar los riesgos propios de la actividad y/o servicio a prestar, entendiéndose que son conocedores de la misma, cuidando de hacer una oferta que propenda por cuidar la competitividad y la productividad. Por lo tanto, cada proponente al estructurar los costos de su propuesta, deberá tener en cuenta todos y cada uno de los factores y los riesgos previsibles que influyan o puedan influir en la ejecución de la obra, servicios o bienes encomendados; por lo tanto, para la formulación y la atención de posibles reclamaciones, se tendrá en cuenta dicha estructura de costos. 2.2.4.1. Valor - precios El proponente deberá indicar, en el formulario correspondiente de la propuesta, el precio unitario, para todos y cada uno de los ítems o actividades presentadas, y los valores totales que resulten de multiplicar las cantidades estimadas por los precios unitarios. Si se presentaren errores aritméticos en la propuesta, se hará, por parte de REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP, las correcciones del caso, tomando como definitivos y válidos los precios corregidos. Éstos serán la base de los que se consignarán en el contrato que se

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celebre con el proponente favorecido. Las enmendaduras en los precios que aparezcan en la propuesta deberán confirmarse con nota al margen y firma del proponente, tanto en el original como en las copias. Se advierte expresamente que los precios cotizados por los proponentes, en el Formulario 4, deben considerar y contener el pago de los servicios y/o actividades debidamente terminados, de conformidad con las especificaciones, y deberán comprender todos los gastos necesarios en equipos, materiales, herramientas, maquinaria, transporte, mano de obra, prestaciones sociales, dirección y administración, utilidad del proponente, y todos los gastos que puedan afectar el costo directo e indirecto de las mismas. Al preparar su oferta, el proponente deberá tener en cuenta todos los impuestos que puedan afectar sus precios y hayan de causarse por la ejecución del contrato, tales como: el Impuesto de Renta y el de Industria y Comercio, entre otros, así como las deducciones y retenciones a que haya lugar, de acuerdo con la ley y las disposiciones normativas aplicables. Es entendido que EL CONTRATISTA estará obligado a reconocerle a los trabajadores que emplee, el salario y las prestaciones sociales cotizadas, o las mínimas legales, cuando aquél o aquéllas fueren inferiores a éstas. Reajuste de precios Para el contrato que se derive de este proceso de contratación, los precios unitarios pactados no serán objeto de reajuste durante el tiempo de ejecución. 2.2.4.2. Impuestos, deducciones y gastos EL CONTRATISTA deberá pagar por su cuenta todos los gastos legales, tributos, impuestos, tasas, derechos y contribuciones en que incurra por concepto de los servicios contratados, en cumplimiento de las normas aplicables que existan sobre el particular y que hayan sido decretados por las autoridades, incluidos los tributos y gravámenes de otros países. Por lo tanto al preparar su oferta deberá tenerlos en cuenta. REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP deducirá del valor del contrato todos los impuestos o retenciones en la fuente del orden internacional, nacional, departamental o municipal a que haya lugar: Renta, impuesto sobre las ventas IVA, Industria y Comercio, contribución de guerra, etcétera, en el momento de hacer los pagos o abonos en cuenta, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes. Cuando con posterioridad a la fecha de entrega de las propuestas el IVA o los impuestos al consumo tengan alguna modificación por aumento, disminución o eliminación, así como la creación de nuevos impuestos al consumo, ello será tenido en cuenta por REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP para hacer los ajustes que sean del caso y reconocerle a EL CONTRATISTA los mayores costos o hacerle las deducciones. La modificación por aumento, disminución, eliminación o creación de otro tipo de tributos no será tenida en cuenta por REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP ni para hacer ajustes ni para hacer deducciones al CONTRATISTA.

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Los gastos legales en los cuales se incurra para permitir la iniciación y ejecución del contrato, serán por cuenta del CONTRATISTA. Entre otros, y sin ser esta lista taxativa, se causan los siguientes tributos y se aplican las siguientes retenciones: Retención en la fuente de renta Se aplicará a las tarifas y sobre las bases determinadas en el Estatuto Tributario Nacional y otras normas sobre la materia, de acuerdo con las prestaciones que sean objeto de pago o abono en cuenta. Autorretención a título de impuesto sobre la renta para la equidad (CREE) No aplica. Impuesto sobre las ventas - IVA El impuesto sobre las ventas IVA se causa por la prestación de servicios y la venta de bienes en el territorio nacional a la tarifa general, según las normas establecidas en el Estatuto Tributario Nacional y otras normas sobre la materia. Retención del IVA Las normas tributarias nacionales establecen la retención en la fuente del impuesto sobre las ventas IVA a la tarifa vigente al momento de expedición de la factura. Impuesto de timbre La tarifa del impuesto de timbre para los contratos que se celebren a partir del 1 de enero de 2010 es del cero por ciento (0%), en consecuencia, los oferentes no deberán tener en cuenta en los precios de su oferta suma o costo alguno por el mencionado impuesto. Impuesto de Industria y Comercio Se efectuará retención en la fuente de Impuesto de Industria y Comercio siempre y cuando el municipio donde se ejecute el objeto contractual tenga establecida esta obligación de retener a cargo de REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP y a las tarifas y sobre las bases determinadas en el respectivo Acuerdo Municipal que ordene dicha retención. Impuesto Estampilla Universidad de Antioquia No aplica. 2.2.4.3. Anticipo

No aplica.

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2.2.5. Aspectos técnicos

Si EL CONTRATISTA considera que la forma como REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP ha definido la ejecución de los servicios, actividad u operación comporta una modificación a los términos inicialmente pactados y que ello le genera un costo adicional, deberá presentar por escrito y dentro de los ocho (8) días calendario siguientes a la definición que haya tomado REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP, la reclamación correspondiente con la expresión clara y razonada de los argumentos que le asisten y el aporte de las pruebas que sustentan su petición. REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP resolverá la reclamación oportunamente y de ser el caso, se realizará una modificación bilateral al contrato para efectos de hacer los respectivos reconocimientos a EL CONTRATISTA. Todas las previsiones contempladas en ese aparte deben interpretarse con aplicación del principio de la buena fe y con base en las reglas y criterios imperantes en cada una de las disciplinas que les sirven de base; esto se aplica de manera estricta a lo referente a “planos y diseños” y al “Anexo Técnico” y, en consecuencia, salvo por las instrucciones expresas que EL CONTRATISTA obtenga de REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP, se hace responsable de una inadecuada interpretación o de la incursión en omisiones o errores que el conocimiento vigente -y que REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP supone cuando acepta su propuesta- exige detectar y corregir. 2.2.5.1. Planos y diseños No aplica. 2.2.5.2. Lista de cantidades y precios unitarios En el Formulario 4 el proponente deberá señalar el valor unitario de cada uno de los ítems o actividades que allí aparecen. En caso de que el valor sea “cero”, así deberá expresarse, en caso de no incluirse ningún valor se procederá de acuerdo con las reglas de subsanabilidad contempladas en este pliego. Cuando el formulario exija incluir totales o valores sumados, o cuando el proponente quiera incluirlos, REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP se reserva el derecho de verificar la adecuación de las operaciones con las cuales éstos se obtienen y, en todo caso, se tomará como referente el valor unitario y el resultado corregido que REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP encuentre. 2.2.5.3. Manual de Imagen Física de Contratistas REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP El presente pliego incluye un Anexo 2 denominado “Manual de Imagen Física de Contratistas REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP” que EL CONTRATISTA deberá aplicar plenamente para la ejecución de las actividades y el cumplimiento del contrato. En él se incluyen los procedimientos que deben seguirse para velar por el uso correcto de la marca REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP.

http://www.aguasdeoccidente.com

http://www.grupo-epm.com/Portals/6/documentos/Proveedores/ManualImagen.pdf

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2.3. Costos de elaboración de la propuesta

REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP no asume ningún costo por la elaboración de las propuestas que reciba.

2.4. Entrega de la propuesta

Los interesados deberán entregar sus propuestas en el lugar y hasta la fecha y hora que se indica en el pliego. La presentación de la oferta se tomará como constancia de que el proponente ha examinado completamente el pliego de condiciones, que ha obtenido de REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP aclaraciones satisfactorias sobre cualquier punto que haya considerado incierto o dudoso, y que ha aceptado que los documentos están completos y que son compatibles y adecuados para definir los servicios y/o actividades que se contratan. Las interpretaciones o deducciones que los proponentes hagan de los documentos del proceso de contratación y de las aclaraciones hechas por REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP, serán de exclusiva responsabilidad de aquellos. En caso de no presentar propuesta, se solicita el favor de comunicar por escrito a REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP los motivos para ello. 2.4.1. Fecha y ampliación Las propuestas deben entregarse en el día, hora y lugar indicados en el numeral 1.1.4.En caso de que REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP considere necesario ampliar el plazo para la entrega, lo hará saber a los interesados a través de una adenda expedida dentro del término indicado en este pliego de condiciones para expedir adendas. 2.4.2. Forma original y copias Las propuestas deberán estar debidamente identificadas con el nombre y el número del proceso de contratación, y acompañadas con todos los documentos anexos. Deberán presentarse en medio físico dos (2) ejemplares impresos, en sobres cerrados, separados y marcados: “Original” y “Copia1 ”, respectivamente, en los cuales se hará constar, además, el nombre del proponente y su dirección completa, así: CONTRATACIÓN “PR-2015-001”

Objeto: “PRESTACION DEL SERVICIO DE TRANSPORTE TERRESTRE, PARA EL TRASLADO DE PERSONAL, EQUIPOS DE OFICINA, HERRAMIENTAS E INSUMOS NECESARIOS REQUERIDOS EN LA OPERACIÓN DE LOS SISTEMAS DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO EN TODAS LAS ÁREAS DE INFLUENCIA DE REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP, Y OTROS LUGARES DEL DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA.”

Original 1- copia1.

En caso de discrepancia entre los ejemplares, el marcado como “Original” primará sobre los otros.

REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP no será responsable por la apertura prematura de una propuesta, o por no abrirla y, en consecuencia, no tenerla en cuenta, cuando no esté

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correctamente dirigida y marcada como se exige en este pliego. Tampoco se responsabilizará por los retardos, extravíos u otros hechos desfavorables para el proponente, que puedan presentarse cuando la propuesta sea enviada por correo.

2.5. Retiro o modificación

Ningún proponente puede modificar, adicionar o retirar su oferta después del cierre de presentación de ofertas del proceso de contratación. REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP puede pedir aclaraciones o informaciones adicionales a cualquiera de los proponentes sobre el contenido de sus ofertas, pero ello no significa que surja para estos el derecho a modificarlas o adicionarlas. Las modificaciones a la propuesta, antes de la fecha y hora límite para su presentación, deberán presentarse en original y copia en la misma forma que la propuesta inicial, la cual, así modificada, será considerada como la propuesta presentada.

2.6. Apertura de la propuesta

En la oportunidad señalada, REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP abrirá las ofertas con el fin de iniciar el proceso de análisis que permitirá su evaluación y posterior decisión. La apertura comportará los siguientes pasos:

Audiencia, lugar y acta En el lugar, día y hora señalados para el “cierre de presentación de ofertas”, los servidores de REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP responsables del desarrollo del proceso abrirán una a una las ofertas oportuna y debidamente entregadas y constatarán los aspectos generales más importantes tales como nombre del proponente, plazo señalado por él, valor global, garantías y representación legal. De todo ello se dejará constancia en un acta que firmarán al menos dos de dichos servidores y los representantes de los proponentes que concurran y deseen hacerlo. Dicha acta se denominará “Acta de audiencia y apertura de propuestas del proceso de contratación” la cual se publicará en la página www.aguasdeoccidente.com

2.7. Validez de la propuesta

La oferta tendrá una validez de 60 días calendario, contados a partir de la fecha de cierre para la presentación de ofertas de este proceso de contratación, término dentro del cual REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP aceptará la propuesta o declarará desierta la contratación. El término para aceptar la oferta o declarar desierto el proceso podrá ser ampliado por REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP, antes de su vencimiento y por un término que no será superior a la mitad del plazo inicialmente fijado, en cuyo caso todos los proponentes deberán ampliar la validez de sus propuestas y la vigencia de las garantías de seriedad.

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2.8. Rechazo y eliminación, desviaciones y reglas de subsanabilidad

Se entiende por “rechazo” la determinación de no considerar una propuesta por la carencia de alguno de los requisitos de participación previstos en este pliego o por incumplimiento de algún requisito legal. Se entiende por “eliminación” la decisión de excluir del proceso una propuesta cuando dentro de su análisis, se detectan errores, faltas, incoherencias, o en general información no admisible, o cuando se presente alguna (s) de las causales descritas más adelante.

2.8.1. Causales de rechazo Serán causales para rechazar la oferta el incumplimiento de los requisitos de participación previstos en el numeral 2.1.1 de este pliego o en la ley. 2.8.2. Causales de eliminación Serán causales de eliminación de las ofertas, cuando no se ajusten a las exigencias del pliego de condiciones o de la ley y las que a continuación se enuncian, a menos que hubiere posibilidad de subsanarse conforme a lo previsto en este pliego: 2.8.2.1. Cuando la propuesta fuere presentada por una persona, natural o jurídica, que haya intervenido, directa o indirectamente, en el estudio o proyecto de la obra, los servicios y/o actividades o participado en la elaboración de los diseños o pliegos de condiciones, o por las sociedades cuyos socios o personal a su servicio hayan tenido tal intervención. 2.8.2.2. Cuando un socio o empleado de quien presente propuesta, haya participado en la elaboración de la oferta de otro oferente o proponente, que igualmente participe en este proceso de contratación. 2.8.2.3. Cuando la propuesta presente desviaciones sustanciales en los términos del numeral 2.8.3. de este pliego. 2.8.2.4. Cuando la propuesta o sus aclaraciones contengan información inexacta, contradictoria, confusa, indefinida o ambigua. 2.8.2.5. Cuando la propuesta se modifique por el proponente de manera unilateral o ante una solicitud de aclaración de REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP. 2.8.2.6. Cuando uno o varios precios cotizados presenten desequilibrios no justificados en relación con los precios normales del mercado. 2.8.2.7. Cuando los oferentes celebren acuerdos entre sí, con el fin de restringir o distorsionar la libre competencia o para que sea seleccionado uno de ellos o pongan en riesgo los derechos de REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP.

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2.8.2.8. Cuando el proponente ejecute cualquier acción tendiente a influenciar o presionar a los servidores de REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP encargados del estudio y evaluación de las propuestas, o de la aceptación de la oferta. 2.8.2.9. Cuando hayan cambiado sustancialmente las condiciones del proponente desde la presentación de su propuesta por cualquier causa que, a juicio de REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP, limite seriamente la capacidad técnica, operacional o financiera del proponente. 2.8.2.10. Cuando el proponente no haya respondido requerimientos de información de REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP, o los responda de manera insatisfactoria o inconsistente, o lo haga modificando la propuesta. 2.8.2.11. Cuando el proponente se encuentre incluido en la lista internacional vinculante para Colombia de conformidad con el derecho internacional (listas de las Naciones Unidas) o en la lista emitida por la Oficina de Activos Extranjeros del Departamento del Tesoro de los Estados Unidos (Lista OFAC), así como en listas o bases de datos nacionales o internacionales relacionadas con actividades ilícitas, fraude o corrupción (listas del Banco Mundial y del Grupo BID -Banco Interamericano de Desarrollo-). Cuando el proponente sea una persona jurídica, esta causal se extiende a los socios o accionistas que tengan directa o indirectamente más del cinco por ciento (5%) de participación o acciones, miembros de junta directiva Revisores Fiscales, Auditores Externos y representantes legales. 2.8.2.12. Cuando el proponente, sus accionistas, asociados o socios que directa o indirectamente tengan el cinco por ciento (5%) o más del capital social, aporte o participación, o sus representantes legales y miembros de Junta Directiva, se encuentren en el “Listado de firmas y personas naturales inhabilitadas por el Banco Mundial” por haber transgredido las disposiciones sobre fraude y corrupción o en la “Lista de empresas y personas sancionadas por el Grupo BID (Banco Interamericano de Desarrollo)” por haberse determinado que estuvieron involucradas en prácticas fraudulentas, corruptas, colusorias, coercitivas u obstructivas en violación de las políticas anticorrupción del Grupo BID. 2.8.2.13. Cuando el proponente haya sido condenado en cualquier país, mediante sentencia judicial en firme, por la comisión de los delitos de lavado de activos, alguno de sus delitos fuente o por financiación del terrorismo. Esta causal se extiende en caso de personas jurídicas a los socios o accionistas que tengan directa o indirectamente más del cinco por ciento (5%) de participación o acciones, miembros de junta directica, Revisores Fiscales, Auditores Externos y representantes legales y representantes legales. 2.8.2.14. Cuando el objeto del contrato involucre activos y el o los activos se encuentren

con medidas cautelares por estar vinculado a un proceso de extinción de domino y sobre el cual la Dirección Nacional de Estupefacientes o la entidad quien haga sus veces no se haya tomado el control o no haya nombrado un depositario directo. 2.8.2.15. Cuando la oferta esté condicionada. (Artículo 855 del Código de Comercio).

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2.8.2.16. Cuando el representante o los representantes legales de una persona jurídica ostenten igual condición en otra u otras entidades diferentes, que igualmente participen en este proceso de contratación, se considerará la que primero se haya presentado. Si se presentan al mismo tiempo, todas serán eliminadas. 2.8.2.17. Cuando el proponente no acepte la renuncia a reclamación diplomática, o cuando la propuesta estipule la obligatoriedad de que las diferencias que surjan entre las partes durante la ejecución del contrato sean sometidas a la decisión de tribunales de arbitramento. 2.8.2.18. Cuando la propuesta no resulte elegible por obtener un puntaje inferior al sesenta por ciento (60%) del puntaje máximo establecido para la evaluación de la misma, de acuerdo con los factores de ponderación. 2.8.3. Desviaciones Se considera desviación la disconformidad de la oferta frente a las condiciones del pliego. Desviaciones sustanciales. Son sustanciales las desviaciones que: a. Afectan de manera “esencial” la forma, el alcance, la calidad o el funcionamiento de los bienes o servicios especificados. b. Limita los derechos de REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP o las obligaciones del oferente emanadas del contrato. Las demás desviaciones son no sustanciales y serán corregidas directamente por REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP cuando ello sea factible a partir de la información consignada por el proponente; en caso contrario, REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP se reserva el derecho de solicitar las aclaraciones, precisiones o correcciones que sean necesarias, sin que ello suponga el derecho del oferente a modificar los otros aspectos de la propuesta. El proponente requerido deberá atender el llamado de REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP dentro del término que para el efecto se le señale; en caso de no hacerlo REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP podrá eliminar su oferta. 2.8.4. Reglas de subsanabilidad: Serán subsanables los aspectos de forma de la oferta y en tal sentido primará lo sustancial sobre lo meramente formal. REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP se reserva el derecho de sanear las informalidades u omisiones no sustantivas de las ofertas o cotizaciones, y de pedir información o aclaraciones adicionales sin que ello implique el derecho de los oferentes a modificarlas, teniendo en cuenta las siguientes reglas: En caso de identificar inconsistencias, errores o ausencia de documentos para la acreditación de los requisitos de participación, dentro del término que se establezca en estos pliegos o en la comunicación en la cual se requiera al oferente para el efecto,

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REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP podrá solicitar la prueba del cumplimiento de los requisitos de participación. En caso de que el oferente presente en su oferta la información a través de la cual pretenda obtener puntaje en algún(os) factor(es) de ponderación y no anexe la prueba que lo demuestra, se le podrá solicitar que subsane tal omisión, si la información fue relacionada en la oferta. En todo caso, los hechos o circunstancias acreditados deben ser anteriores a la fecha de cierre para la presentación de ofertas. No obstante, cuando un requisito de participación sea a la vez factor de ponderación, se podrá solicitar su subsanabilidad conforme a lo indicado, pero sólo se tendrá en cuenta como requisito de participación y no en la ponderación. Los errores de carácter matemático, aritmético o formal que presenten las ofertas serán corregidos directamente por REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP de la siguiente manera: a. Si existiesen discrepancias entre un precio unitario y el precio total que se obtenga multiplicando ese precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario. El precio total será corregido a menos que exista un error evidente en el punto decimal del precio unitario, en cuyo caso prevalecerá el precio total cotizado y se corregirá el precio unitario; b. Si existiese un error en un precio total como consecuencia de la suma o resta de subtotales, prevalecerán los subtotales y el precio total será corregido; y c. Si existiese discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras, salvo que la cantidad expresada en palabras tenga relación con un error aritmético, en cuyo caso prevalecerá el monto en cifras con sujeción a los literales a y b precedentes. Cuando el oferente incurra en omisiones al dejar de cotizar uno o varios ítems, se procederá así: Para los efectos de la comparación de las ofertas, REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP incluirá el precio más alto cotizado por los demás oferentes elegibles. Para efectos de aceptación de la oferta, el valor del ítem será el menor precio ofrecido en todas las ofertas elegibles.

2.9. Indemnidad.

EL CONTRATISTA mantendrá indemne a la REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP, es decir, libre de asumir cualquier indemnización o pago originado en reclamaciones de terceros y que se deriven de actuaciones del CONTRATISTA, de sus subcontratistas o dependientes. Por lo anterior, el CONTRATISTA asumirá todos los gastos e indemnizaciones a que haya lugar por los reclamos, demandas, acciones legales, y en general costos asociados a las mismas que se sustenten u originen en daños materiales,

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personales, o en general a intereses jurídicos de terceros, ocasionados durante la ejecución del objeto y obligaciones contempladas el presente contrato. En caso de que se formule reclamo, demanda o acción legal contra REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP por asuntos, que según el contrato sean de responsabilidad del CONTRATISTA se le comunicará a la mayor brevedad para que adopte oportunamente las medidas previstas por la ley y/o el presente contrato, para mantener la indemnidad aquí pactada y adelante los trámites para llegar a un arreglo del conflicto cuando ello fuera posible.

2.10. Declaraciones del proponente y/o contratista.

2.10.1. Declaración de origen de los bienes y recursos del proponente y/o contratista.

Con la presentación de la propuesta, se entiende presentada bajo la gravedad de juramento la siguiente declaración, que se entenderá incorporada al contrato en el evento de ser aceptada su propuesta: a) Que los ingresos o bienes del oferente y/o EL CONTRATISTA no provienen de ninguna

actividad ilícita contempladas en el Código Penal Colombiano o en cualquier norma que lo sustituya, adicione o modifique. En consecuencia declara que sus ingresos o bienes están ligados al desarrollo normal de actividades lícitas propias de su objeto social en el caso de personas jurídicas o del ejercicio de su profesión u oficio en el caso de ser persona natural.

b) Que el oferente y/o EL CONTRATISTA no ha efectuado transacciones u operaciones destinadas a la realización o financiamiento de actividades ilícitas contempladas en el Código Penal Colombiano o en cualquier norma que lo sustituya, adicione, o modifique, o a favor de personas relacionadas con dichas actividades.

c) Que los recursos o bienes objeto del presente contrato, no provienen de ninguna actividad ilícita de las contempladas en el Código Penal colombiano o en cualquier norma que lo modifique, adicione o sustituya.

d) Que en la ejecución del presente contrato, EL CONTRATISTA se abstendrá de tener vínculos con terceros que se conozca por cualquier medio estén vinculados a actividades de lavado de activos o financiación del terrorismo, fraude o corrupción.

e) Que EL CONTRATISTA cumple con las normas sobre prevención y control al lavado de activos y financiación del terrorismo (LA/FT), fraude o corrupción que le resulten aplicables, teniendo implementados las políticas, procedimientos y mecanismos de prevención y control al Lavado de activos o financiación del terrorismo, prevención del Fraude y Corrupción que se derivan de dichas disposiciones legales.

f) Que ni EL CONTRATISTA ni sus accionistas, asociados o socios que directa o indirectamente tengan el cinco por ciento (5%) o más del capital social, aporte o participación, ni sus representantes legales, ni sus Revisores Fiscales, ni sus Auditores Externos y miembros de Junta Directiva, se encuentran en la lista internacional vinculante para Colombia de conformidad con el derecho internacional (listas de las Naciones Unidas) o en la lista emitida por la Oficina de Activos Extranjeros del

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Departamento del Tesoro de los Estados Unidos (Lista OFAC), así como en listas o bases de datos nacionales o internacionales relacionadas con actividades ilícitas, fraude o corrupción (listas del Banco Mundial y del Grupo BID -Banco Interamericano de Desarrollo-), estando REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP facultado para efectuar las verificaciones que considere pertinentes y podrá dar por terminada cualquier relación contractual si verifica que alguna de tales personas figuran en dichas listas.

g) Que no existe en contra de EL CONTRATISTA ni de sus accionistas, asociados o socios que directa o indirectamente tengan el cinco por ciento (5%) o más del capital social, aporte o participación, ni de sus representantes legales y sus miembros de la Junta Directiva, ni de sus Revisores Fiscales o Auditores Externos, una sentencia judicial en firme que los condene por la comisión de delitos dolosos o que se encuentren vinculados a investigaciones penales por delitos dolosos, estando REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP. facultado para efectuar las verificaciones que considere pertinentes en bases de datos y en informaciones públicas nacionales o internacionales y podrá dar por terminada cualquier relación comercial si verifica que contra alguna de tales personas existen investigaciones o procesos o existen informaciones en dichas bases de datos públicas que puedan colocar a REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP. frente a un riesgo legal o reputacional.

h) EL CONTRATISTA se obliga a indemnizar a REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP por todos los perjuicios probados que le llegare a causar por el incumplimiento de esta declaración.

2.10.2. Declaración sobre bienes sujetos a extinción de dominio: El oferente y/o EL CONTRATISTA declara que los activos objeto del presente contrato, no se encuentran incursos en las siguientes circunstancias consagradas en el artículo 16 la ley 1708 de 2014 sobre extinción de dominio: a. Que sean producto directo o indirecto de una actividad ilícita.

b. Que correspondan al objeto material de la actividad ilícita, salvo que la ley disponga su destrucción.

c. Que provengan de la transformación o conversión parcial o total, física o jurídica del producto, instrumentos u objeto material de actividades ilícitas.

d. Que formen parte de un incremento patrimonial no justificado, cuando existan elementos de conocimiento que permitan considerar razonablemente que provienen de actividades ilícitas.

e. Que hayan sido utilizados como medio o instrumento para la ejecución de actividades ilícitas.

f. Que de acuerdo con las circunstancias en que fueron hallados, o sus características particulares, permitan establecer que están destinados a la ejecución de actividades ilícitas.

g. Que constituyan ingresos, rentas, frutos, ganancias y otros beneficios derivados de los anteriores bienes.

h. Que sean de procedencia lícita, utilizados para ocultar bienes de ilícita procedencia.

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i. Que sean de procedencia lícita mezclados material o jurídicamente con bienes de ilícita procedencia.

j. Que sean de origen lícito cuyo valor sea equivalente a cualquiera de los bienes descritos en los numerales anteriores, cuando la acción resulte improcedente por el reconocimiento de los derechos de un tercero de buena fe exenta de culpa.

k. Que sean de origen lícito cuyo valor corresponda o sea equivalente al de bienes producto directo o indirecto de una actividad ilícita, cuando no sea posible la localización o afectación material de estos.

l. Que sean bienes objeto de sucesión por causa de muerte, cuando en ellos concurra cualquiera de las causales previstas en la ley 1708 de 2014.

2.11. Autorización de verificación de listas y de base de datos.

EL oferente y/o EL CONTRATISTA autoriza para que REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP. verifique en la lista internacional vinculante para Colombia de conformidad con el derecho internacional (lista de las Naciones Unidas), la lista emitida por la Oficina de Activos Extranjeros del Departamento del Tesoro de los Estados Unidos de América, Banco Mundial, Grupo BID -Banco Interamericano de Desarrollo- y aquellas otras listas o bases de datos públicas o privadas donde se relacionen personas presuntamente vinculadas a cualquier actividad ilícita, fraude o corrupción a EL CONTRATISTA y a sus accionistas, asociados o socios que directa o indirectamente tengan el cinco por ciento (5%) o más del capital social, aporte o participación, a sus representantes legales, miembros de la Junta Directiva, Revisores Fiscales y/o Auditores Externos. Para el efecto, EL CONTRATISTA deberá informar el nombre e identificación de los accionistas, asociados o socios que directa o indirectamente tengan el cinco por ciento (5%) o más del capital social, aporte o participación, a sus representantes legales, miembros de la Junta Directiva, Revisores Fiscales y/o Auditores Externos. . El CONTRATISTA autoriza a REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP. a comunicar o reportar a las autoridades nacionales cualquiera de las causales descritas en la cláusula (terminación unilateral del contrato), así como a suministrar a dichas autoridades las informaciones que ellas requieran.

2.12. Formularios.

En la elaboración de la propuesta el interesado deberá tener en cuenta que determinado tipo de información que REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP requiere para evaluar las ofertas, debe consignarse en formularios previamente suministrados por la entidad con este pliego. En consecuencia, salvo que pueda demostrarse que la omisión es subsanable, el no consignar debidamente la información de cada formulario o diligenciarlo indebida o incompleta, supondrá la calificación de la propuesta como “incompleta”. FORMULARIOS DE LA PROPUESTA

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FORMULARIO 1: Relación de documentos FORMULARIO 2: Carta de presentación de la propuesta FORMULARIO 3: Datos generales del proponente, FORMULARIO 4: Cantidades, valores unitarios y valores totales FORMULARIO 5: Prevención lavado de activos y financiación del terrorismo. FORMULARIO 8: Contratos en ejecución y en proceso de formalización FORMULARIO 9: Experiencia en contratos anteriores FORMULARIO 10: Cumplimiento contratos Anexos: Certificación de pago de aportes de seguridad y parafiscales Certificado de existencia y representación legal, de ser el caso.

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FORMULARIO 1 PR-2015-001

RELACIÓN DE DOCUMENTOS El PROPONENTE __________________________________________, somete la presente oferta a consideración de REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP, cuyo contenido es el siguiente:

DESCRIPCIÓN DEL DOCUMENTO Folio

DESD HAST

Folios de la oferta FORMULARIO 1 – Relación de documentos

FORMULARIO 2 – Carta de presentación de la propuesta

FORMULARIO 3 – Datos generales de la propuesta

FORMULARIO 4 – Cantidades, valores unitarios y valores totales

FORMULARIO 5 - Prevención lavado de activos y financiación del terrorismo.

FORMULARIO 6 – Contratos en ejecución y en proceso de formalización

FORMULARIO 7 – Experiencia en contratos anteriores

FORMULARIO 8 – Cumplimiento contratos

ANEXOS:

Certificación de pago de aportes de seguridad y parafiscales

Certificado de existencia y representación legal, de ser el caso.

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FORMULARIO 2 PR-2015-001

CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA

Lugar -----------, Fecha ------------ Señores REGIONAL DE OCCIDENTE S.A.ESP Carrera 11 No. 22ª-63 San Jerónimo, Antioquia

Asunto: OFERTA PARA EL PROCESO DE CONTRATACIÓN No:

Objeto del proceso de contratación: “PRESTACION DEL SERVICIO DE TRANSPORTE

TERRESTRE, PARA EL TRASLADO DE PERSONAL, EQUIPOS DE OFICINA,

HERRAMIENTAS E INSUMOS NECESARIOS REQUERIDOS EN LA OPERACIÓN DE

LOS SISTEMAS DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO EN TODAS LAS ÁREAS DE

INFLUENCIA DE REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP, Y OTROS LUGARES DEL

DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA.”

El (los) suscrito(s) habiendo examinado cuidadosamente los documentos de la contratación y (sus adendas), recibidas las aclaraciones solicitadas, presento oferta para ejecutar los servicios y/o actividades relacionadas con el objeto del proceso de contratación del asunto.

De ser aceptada la oferta nos comprometemos a formalizar un contrato de conformidad con lo establecido en los documentos de la contratación y a presentar la documentación requerida, dentro del período indicado para el efecto. Ejecutaremos el contrato por los precios cotizados en nuestra oferta, según procedimiento establecido en el pliego, en las condiciones contractuales y técnicas exigidas en los documentos de esta contratación y previstas por las normas que rigen la contratación con REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP de conformidad con la aceptación que se nos haga y en el plazo estipulado en el Pliego de condiciones. Mantendremos válida nuestra oferta durante el término que se establece en los documentos de esta contratación, contados desde la fecha de cierre para la presentación

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de ofertas; procederemos a ampliar su validez y la vigencia de la garantía de seriedad, si se diere el supuesto contemplado en este pliego de condiciones. Manifestamos que a la fecha no incurrimos en ninguna causal de inhabilidad o incompatibilidad para contratar con REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP y en caso de sobrevenir alguna informaremos inmediatamente a REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP y cederemos el contrato, previa autorización escrita de REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP y de no ser posible la cesión, renunciaremos a continuar con su ejecución. Con la presentación de esta oferta autorizamos a REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP y a sus subordinadas para para utilizar la información referente a datos personales para actividades propias de su negocio y su tratamiento estará regulado por la LEY 1581 de 2012. Declaramos que la información contenida en nuestra oferta es exacta y veraz, y que aportaremos las pruebas que REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP considere necesarias para verificar su exactitud y en caso de no ser ello satisfactorio para REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP conforme a las exigencias de los documentos de esta contratación, aceptamos que nuestra oferta sea eliminada. Declaramos expresamente que la presente propuesta si x no x tiene información reservada y la información que tiene dicho carácter es: ------------------ Lo anterior con fundamento en las siguientes normas: Declaramos que estamos informados y aceptamos las condiciones y procedimientos que para los ajustes de informalidades y de precios unitarios se han estipulado en el pliego para la “Evaluación de las ofertas”, así mismo aceptamos que REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP. realice el ajuste de precios a los que tiene previamente determinados de acuerdo con los presentados en el formulario de precios y aceptamos el contrato único con dichos precios, en caso de que nos sea aceptada la oferta y las demás condiciones y especificaciones contenidas en el mismo. Nombre del oferente: NIT: Dirección del oferente: Teléfono No: Dirección electrónica del oferente y/o contratista para recibir comunicaciones y/o notificaciones: ----------------- Teléfono No -------------------------- Fax No.: xxx E-mail: xxx Oferta abonada por: Matrícula No.: Tiene inscripción vigente en el Sistema de Información de Proveedores y Contratistas: SI ___ NO ____ Cámara de Comercio del lugar donde está inscrita: ______________

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Firma: ______________________ Atentamente, Representante legal: Cédula de Ciudadanía: Firma: ______________________

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Anexo: Cuando el proponente manifieste que existe información de su oferta que tiene el carácter de reservada señalar expresa y debidamente, en el presente anexo los fundamentos mediante los cuales considera que le otorgan el carácter mencionado. Atentamente, Representante legal: Cédula de Ciudadanía: Firma del representante legal: ______________________

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FORMULARIO 3 PR-2015-001

DATOS GENERALES Y FIRMA

En el siguiente cuadro, presentamos los datos generales de nuestra empresa, la firma del representante legal de la(s) propuesta(s) presentada(s) para participar en el proceso de contratación.

DATOS DEL PROPONENTE

NOMBRE DEL PROPONENTE

NIT

NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL (O APODERADO)

FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL (O APODERADO)

CÉDULA DE CIUDADANÍA DE

DIRECCIÓN DEL PROPONENTE CIUDAD

TELÉFONO (S) FAX

CÁMARA DE COMERCIO EN LA CUAL SE ENCUENTRA INSCRITO

NÚMERO O CÓDIGO DE INSCRIPCIÓN

E-MAIL DIRECCIÓN ELECTRÓNICA PARA RECIBIR COMUNICACIONES Y NOTIFICACIONES. Nota: Esta dirección deberá mantenerse actualizada por el proponente o contratista.

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FORMULARIO 4

PR-2015-001

CANTIDADES, VALORES, UNITARIOS Y VALORES TOTALES

ITEM DESCRIPCIÒN CANT UND PRECIO

UNITARIO VALOR TOTAL

1

Servicio de transporte terrestre automotor, modelo 2012 en adelante, (GRUPO A 4 a 9 pasajeros; campero, automóvil, camioneta), de lunes a domingos y festivos. Con un mínimo de 5 horas, en un horario de 7:00 a 12:00 – 1:00 a 17:00. Lugar zona de Influencia de Regional de Occidente S.A. ESP. La empresa puede solicitar transporte simultáneo para la zona de influencia.

3850 Hora

2

Servicio de transporte vehículo mototaxi modelo 2012, en adelante, con capacidad para tres (3) pasajeros. Disponibilidad siete (7) días a la semana incluyendo festivos. Lugar: zona de Influencia de Regional de Occidente S.A. ESP.

1700 hora

3

Servicio de transporte terrestre automotor, modelo 2012 en adelante, (GRUPO A 4 a 9 pasajeros; campero, automóvil, camioneta), por requerimiento. Con un mínimo de 5 horas, Lugar: desde la zona de influencia de Regional de Occidente S.A. ESP hasta el Valle de Aburra y municipio de Rionegro.

50 horas

4

Servicio de transporte terrestre automotor, modelo 2012 en adelante, GRUPO C más de 19 pasajeros (Bus, Buseta), por requerimiento. Lugar: Valle de Aburra y zona de influencia de Regional de Occidente S.A. ESP.

1 Días

5

Servicio de transporte de Agua en carrotanque mínimo de 6 metros cubico (mt3) por día. Zona de influencia de Regional de Occidente S.A. ESP

10 Días

TOTAL

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FORMULARIO 5 PR-2015-001

PREVENCIÓN LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO

Introducción e instrucciones

Regional de Occidente S.A. E.S.P. como filial de Empresas Públicas de Medellín E.S.P., en su calidad de sujeto responsable de contar con un sistema de gestión de riesgos Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo, en adelante LA/FT, ha dispuesto el presente formulario para quienes deseen vincularse con ella, en coherencia con sus actuales Políticas de Gestión Integral de Riesgos y de Responsabilidad Social Empresarial. El presente formato debe ser entregado con la propuesta y ser diligenciado totalmente. Tenga en cuenta que: a) Es posible que alguna información no aplique, en cuyo caso así se deberá expresar. b) En el caso de personas jurídicas, el formato debe ser rubricado por el Representante Legal,

acompañándolo de fotocopia de su cédula de ciudadanía y del RUT de la empresa. c) Para el caso de las personas naturales, el formato debe ser rubricado por el proponente

(persona natural) adjuntando fotocopia de su cédula de ciudadanía y del RUT. d) Diligenciar los siguientes datos: N° de PC: __________________ Valor en $: ____________________ SMMLV:_____________

Información básica de la empresa

Nombre, razón o denominación social:

Identificación:

Dirección:

Ciudad:

Teléfono: Celular:

e-mail 1:

e-mail 2:

Información del representante legal

Nombres:

Apellidos:

Identificación: Fecha y Lugar de Expedición:

Teléfono: Celular:

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Dirección:

Ciudad:

e-mail:

Información de miembros de junta directiva, consejo de administración o su equivalente

Nombres:

Apellidos:

Identificación: Fecha y Ciudad de Expedición:

Teléfono: Celular:

Dirección:

Ciudad:

e-mail:

Información de revisores fiscales

Nombres:

Apellidos:

Identificación: Fecha y Lugar de Expedición:

Cargo (indicar si es principal o suplente):

Teléfono: Celular:

Dirección:

Ciudad:

e-mail:

En caso de tener una firma o persona jurídica, indicar los datos de la misma:

Razón social:

Identificación:

Accionistas o socios con participación superior o igual al cinco por ciento (5%)

Certifico que los asociados, accionistas o socios que tienen una participación superior o igual al CINCO POR CIENTO (5%) de participación en el capital social de la entidad que represento son las personas naturales o jurídicas que aparecen en la siguiente relación:

Nombres y

apellidos*

Identificación*

Fecha de Expedició

n del Document

o

Lugar de Expedició

n del Document

o

Participación en el capital

social (%)

Dirección

Ciudad

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Nota: utilizar un cuadro aparte para detallar todos los socios en caso de requerir más espacio. *En caso que uno de los accionistas sea una persona jurídica, especifique el nombre y la identificación de la misma.

Para la constancia,

Firma (Representante del proponente/ proponente persona natural)

Manifestaciones

Con la presentación de la oferta declaro que: Los recursos con los cuales se ejecutará el contrato no provienen de ninguna actividad ilícita y aquellos que eventualmente recibiré por ejecución del contrato no serán destinados a financiar ninguna actividad ilícita. La información consignada y anexa a este formulario es veraz y admito que cualquier omisión o inexactitud en estos documentos podrá ocasionar el rechazo de esta solicitud y la devolución de la documentación, como también la cancelación de mi inscripción. En caso de ser persona jurídica, declaro que los recursos con los cuales fue constituida no provienen de ninguna actividad ilícita.

Autorización

Mediante la presente, autorizo a Regional de Occidente S.A. E.S.P., para que consulte las listas establecidas para el control de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo, así como las centrales de información y/o bases de datos públicas, correspondiente a la persona jurídica que represento, a sus representantes legales, revisores fiscales, miembros de Junta Directiva y Socios. Para el caso de personas jurídicas, autorizo la consulta, tanto de la persona jurídica, como de los representantes legales, accionistas con participación igual o superior al 5% del capital social. Manifiesto que cualquier variación en la información suministrada será puesta en conocimiento de Regional de Occidente S.A. E.S.P. De igual forma, se procederá cuando Regional de Occidente S.A. E.S.P. lo requiera durante la ejecución del proceso de contratación o del contrato (en caso que éste llegue a concretarse).

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“Lo anterior sin perjuicio de lo establecido en la Ley 1581 de 2012 Ley de Protección de Datos,

reglamentado parcialmente por el Decreto 1377 de 2013”

Nombres y apellidos:

Identificación: Fecha y Lugar de Expedición:

Fecha:

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FORMULARIO 6

PR-2015-001 CONTRATOS EN EJECUCIÓN Y EN PROCESO DE FORMALIZACIÓN

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FORMULARIO 7 PR-2015-001

EXPERIENCIA EN CONTRATOS ANTERIORES

El valor de cada contrato en SMLMV se calcula de acuerdo con el valor del SMLMV en la fecha de finalización del contrato.

Nota: Este cuadro deberá llenarse sólo con la experiencia solicitada para la presente contratación y si se solicita como requisito de participación debe corresponder a lo indicado en el numeral 2.1.1.2 de este pliego. OFERENTE: ______________________ _____________________________ FIRMA REPRESENTANTE LEGAL

INFORMACIÓN DE SALARIO MÍNIMO LEGAL MENSUAL VIGENTES POR CADA AÑO

2.006 $408.000 2.007 $433.700 2.008 $461.500 2.009 $496.900 2.010 $515.000 2.011 $535.600 2.012 $566.700 2.013 $589.500 2.014 $616.000

OBJETO CONTRATO

No.

FECHA DE INICIO

VALOR TOTAL FINAL

(MILL.$)

VALOR TOTAL

FINAL EN SMLMV

PLAZO DE EJECUCIÓN

ENTIDAD CONTRATANTE

TELÉFONO

ENTIDAD

CONTRATANTE

(VERIFICAR)

TOTAL

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FORMULARIO 8 PR-2015-001

CUMPLIMIENTO CONTRATOS

El PROPONENTE deberá relacionar en este formulario tanto los incumplimientos contractuales que se le han declarado durante los últimos tres(3) años, así como las multas aplicadas en firme durante los últimos tres(3) años y/o medidas de apremio provisionales o definitivas, a través de vínculos contractuales celebrados con entidades públicas o privadas, o con REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP, donde estos períodos se contabilizarán hasta la fecha de cierre para la presentación de ofertas del presente proceso de contratación, o, en su defecto, la afirmación de la no ocurrencia. En caso de que REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP compruebe la no veracidad de esta información, será motivo suficiente para tomar las acciones que conduzcan a la eliminación de la propuesta. A. Declaración de incumplimientos y/o multas y/o medidas de apremio provisionales o definitivas. (Relacionar el No. del contrato, objeto del contrato, entidad contratante, municipio donde de ejecutó el trabajo, fechas del plazo contractual, valor del contrato y motivos del incumplimiento y/o la multa): 1.______________________________________________________________________________________________________________________________ 2.______________________________________________________________________________________________________________________________ B. Declaración de la no ocurrencia de incumplimientos y/o multas y/o medidas de apremio provisionales o definitivas. Si al PROPONENTE no se le ha declarado ningún tipo de incumplimiento durante los últimos tres (3) años, y/o no se le aplicó ninguna multa en contratos celebrados durante los últimos tres (3) años, contados hasta la fecha de cierre para la presentación de ofertas del presente proceso de contratación, debe manifestar esta aseveración: ________________________________________________________________ ________________________________________________________________ Firma del Proponente: ____________________________________________

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DOCUMENTOS QUE SE DEBEN ANEXAR A LA PROPUESTA

Certificación de pago de aportes a la seguridad social y parafiscales

Lugar------------ y fecha-------------

Señores REGIONAL DE OCCIDENTE S.A.ESP Carrera 11 No. 22ª-63 San Jerónimo, Antioquia Asunto: Proceso de Contratación PR-2015-001

Objeto: “PRESTACION DEL SERVICIO DE TRANSPORTE TERRESTRE, PARA EL

TRASLADO DE PERSONAL, EQUIPOS DE OFICINA, HERRAMIENTAS E INSUMOS

NECESARIOS REQUERIDOS EN LA OPERACIÓN DE LOS SISTEMAS DE ACUEDUCTO

Y ALCANTARILLADO EN TODAS LAS ÁREAS DE INFLUENCIA DE REGIONAL DE

OCCIDENTE S.A. ESP, Y OTROS LUGARES DEL DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA.”

Certifico que la empresa ________________________________________________ con

N.I.T. _____________________________ se encuentra a paz y salvo con las obligaciones

del pago de los aportes de nuestros empleados, a los sistemas de salud, riesgos

profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto

Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje, de acuerdo con lo

establecido en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002 y en lo que corresponda la Ley 1607 de

2012 y la reglamentación que se expida.

Atentamente, __________________________________________________________________ Nombre y firma del Revisor Fiscal o del Representante Legal

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Certificado de existencia y representación legal (Si es del caso)

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3. EVALUACIÓN

La evaluación consiste en una serie de pasos que se inician con la revisión de los aspectos formales y documentales de la propuesta, tendiente a determinar el cumplimiento de los requisitos de participación y el carácter “completo” de la propuesta y terminan con la aplicación de los factores, criterios y fórmulas de ponderación que permiten hacer comparables las propuestas en términos de puntajes. 3.1 Ajuste económico Previos los estudios y análisis pertinentes, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15 del Decreto 28 de 2013, cuando las propuestas recibidas sean económicamente inconvenientes, previo los estudios y análisis pertinente, el representante legal si se procede a la etapa de ajuste económico, siempre con arreglo a los principios señalados en este estatuto. En este caso, se solicitara a los proponentes que resulten elegibles que presenten una nueva propuesta económica en sobre cerrado, dentro del término que con tal fin se fije, vencido el cual se procederá a su apertura y a la evaluación de las ofertas, considerando los factores de ponderación establecidos. Durante la etapa de ajuste económico ningún proponente podrá retirar su oferta, ni introducir modificaciones diferentes a las económicas, ni hacerla más desfavorable. 3.2. Aspectos técnicos REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP revisará exhaustivamente la oferta en cuanto a la descripción de equipos y personal que incluye, con miras a determinar la capacidad técnica que ello proporciona para el cumplimiento del “objeto” del contrato. En este aspecto de la evaluación no sólo se considerará la cantidad de equipos y personal, sino las características que ellos tienen según el ofrecimiento. Si las calidades del equipo o del personal merecen algún reparo a REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP, el proponente estará obligado a hacer las aclaraciones del caso, siempre sin que ello comporte la facultad de modificar su oferta; si las cantidades de equipo o de personal resultan insuficientes a la luz de las prácticas o conocimientos vigentes y habida cuenta de una programación racional de los mismos, REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP podrá eliminar la propuesta. 3.3. Ponderación REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP examinará las propuestas para determinar si los proponentes están habilitados para formularlas de acuerdo con los requisitos de participación exigidos, si están completas, si se ha suministrado la garantía requerida, si los documentos han sido debidamente presentados, si no hay errores de cálculo, y en general, si se ajustan a los documentos del presente proceso de contratación.

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Entre las propuestas que cumplan con los requisitos legales, técnicos y económicos, y previa ponderación se seleccionará la propuesta más favorable en su conjunto para LOS CONTRATANTES, de acuerdo con el puntaje máximo que le sea asignado a cada uno de ellos. La ponderación se hará teniendo en cuenta el valor inicial de la oferta o el valor ajustado, en caso de haber optado por el ajuste económico. Factores de ponderación

FACTOR PUNTAJE

Cumplimiento 10

Valor de la propuesta 90

3.3.1. Cumplimiento En el formulario correspondiente, el proponente individual y cada uno de los integrantes del consorcio o de la unión temporal, si se permite esta forma de participación deberá relacionar las multas, medidas de apremio provisionales o definitivas, sanciones u otros incumplimientos que se le hayan impuesto o declarado en contratos anteriores por parte de sus contratantes, dentro de los tres (3) años anteriores, contados hasta la fecha de cierre para la presentación de ofertas del presente proceso de contratación. En el caso de multas, medidas de apremio, provisionales o definitivas, sanciones u otros incumplimientos en que haya incurrido el proponente durante la ejecución de contratos celebrados con REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP, se deberá informar el número del contrato incumplido. No obstante lo anterior, REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP verificará en sus archivos, y si encuentra multas, sanciones u otros incumplimientos adicionales a los relacionados en la oferta, las considerará en la evaluación de este criterio. 3.3.1.1. Ponderación cumplimiento Al proponente que no tenga relacionada ninguna sanción, multa o incumplimiento, medidas de apremio provisionales o definitivas en el período señalado, se le asignarán diez (10) puntos y, en todo caso, a quien presente eventos se le asignará “cero” (0) en este factor. El demérito o disminución en el puntaje de cumplimiento se aplicará a los casos en los que el proponente haya sido objeto de “multas” o medidas de apremio provisionales o definitivas. Por “multa” o medidas de apremio provisionales o definitivas, debe entenderse tanto los eventos explícitamente calificados como tales como los que, bajo cualquier otra denominación, hayan dado lugar a sanciones a ELCONTRATISTA o a su obligación de resarcir perjuicios causados a la entidad contratante. En los casos señalados el demérito se aplicará sólo cuando el acto respectivo se encuentre en firme o ejecutoriado, o haya sido efectivamente aplicado por la entidad pública o privada

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correspondiente dentro de los tres (3) últimos años contados desde la fecha límite para la presentación de las ofertas. En el caso de las multas, incumplimientos o incumplimientos o medidas de apremio provisionales o definitivas en que haya incurrido un CONTRATISTA durante la ejecución de un contrato con REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP, se entiende por firme o aplicado el acto correspondiente, así: (i) En la fecha de la comunicación mediante la cual REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP le informa al CONTRATISTA que se ratifica la declaratoria de la multa o incumplimiento con base en la causal respectiva, cuando EL CONTRATISTA haya hecho uso del derecho que le otorgan las reglas de contratación aplicables en cada caso, de exponer los argumentos con los cuales pretende justificar el incumplimiento, y (ii) Al día hábil siguiente de la fecha de vencimiento del término que se le concede al CONTRATISTA para que exponga las razones de su incumplimiento, sin que haya hecho uso de dicha facultad, (iii) Para el caso de medidas de apremio provisionales se entiende aplicada en la fecha en que se vence el término para presentar argumentos que justifiquen la improcedencia de la misma y éstos no se presentan y en caso de presentarse, la fecha en la que se comunique la confirmación de la aplicación y para la medida de apremio definitiva, cuando se presente una de las situaciones previstas en el 5.2.1.4.2.de este pliego. 3.3.1.1.1. El demérito en puntaje que se aplicará al oferente por concepto de cada multa cuando el acto respectivo se encuentre en firme o ejecutoriado, o haya sido efectivamente aplicado o cuando la medida de apremio aplicada por REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP sea definitiva, será de 10 puntos, sin considerar si el contrato se encuentra terminado o en ejecución. 3.3.1.1.2. El demérito en puntaje que se aplicará al oferente por concepto de cada medida de apremio provisional aplicada por REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP será de 10 puntos, sin considerar si el contrato se encuentra terminado o en ejecución. 3.3.1.3. En los casos de incumplimiento que den lugar a la terminación de un contrato, no se le reconocerá puntaje alguno al proponente en este factor o aspecto. 3.3.1.4. Para la aplicación de los deméritos en puntaje que aquí se establecen, no se requiere que las multas o incumplimientos, medidas de apremio, provisionales o definitivas se encuentren registrados o reportados ante las cámaras de comercio correspondientes o en el Sistema de Información de Proveedores y Contratistas. Nota: En la ponderación del cumplimiento se tendrá especial cuidado en verificar que el proponente no esté incurso en la causal de inhabilidad prevista en el artículo 90 Ley 1474 de 2011. Para la aplicación de los deméritos en puntaje que aquí se establecen, no se requiere que las multas o incumplimientos, medidas de apremio provisionales o definitivas, se encuentren registrados o reportados ante las cámaras de comercio correspondientes

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La aplicación de los factores que modifican el pago o contraprestación al CONTRATISTA, relacionados con los Acuerdos de Niveles de Servicios - ANS -, no serán tenidos en cuenta para la evaluación y ponderación de este factor, salvo que el pliego de condiciones u otras normas o reglas contractuales expresamente les hayan dado el carácter de multas o medida de apremio provisional o definitiva, incumplimientos o factores sancionatorios del CONTRATISTA. La interpretación y aplicación de las reglas precedentes deben hacerse en forma integral, entendiendo que cada una es complementaria de las otras. 3.3.2. Valor Se considerará como “valor” de la propuesta, en primer término el que el proponente señale explícitamente como tal en el aparte correspondiente, bien sea dentro de la descripción delos servicios y/o actividades o dentro de los formularios contenidos en el pliego. Encontrándose errores o incongruencias subsanables -porque, por ejemplo, puedan inferirse de los datos explícitos suministrados por el proponente- REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP asumirá como valor el que resulte de hacer las correcciones o adecuaciones legalmente pertinentes. 3.3.2.1. Ponderación valor Al proponente que ofrezca el menor precio comparable y total, se le asignarán noventa (90) puntos y a los demás se les asignará puntajes inversamente proporcionales de acuerdo con la siguiente fórmula:

Poi = Vo x 90 V i

Donde: Poi = Puntaje de la propuesta analizada. Vi = Valor cotizado de la propuesta analizada Vo = Valor cotizado de la propuesta más económica Descuentos No aplica. 3.3.3. Experiencia En los términos del numeral 2.1.1.6 del pliego, el proponente deberá acreditar la experiencia requerida. 3.3.3.1. Ponderación Experiencia No aplica.

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3.4. Puntaje total y comparación de las propuestas.

Una vez evaluadas las propuestas en cada uno de los factores señalados, se sumarán los puntajes obtenidos en cada uno de éstos y se asignará el puntaje total de cada propuesta; con base en éste se hará la comparación correspondiente mediante la elaboración de una lista que ubique respectivamente a cada proponente desde el que ha obtenido el mayor puntaje total hasta el que obtiene el menor. El proponente que ocupe el primer lugar se considerará seleccionado y su oferta se recomendará al servidor competente para la aceptación.

3.5. Propuestas elegibles.

En todo caso en el que se presente más de una oferta, el proceso de evaluación terminará con la elaboración de una lista en la que aparezcan los proponentes organizados según los puntajes totales alcanzados luego de la ponderación de los factores fijados, en orden descendente desde el primero -que será el que haya obtenido el mayor puntaje- hasta el último -que corresponderá a quien presente el menor puntaje. En ningún caso la lista incluirá proponentes que no hayan obtenido un mínimo del sesenta por ciento (60%) del puntaje máximo señalado. 3.6. Informe de evaluación y recomendación. El informe de evaluación y recomendación permanecerá a disposición de los oferentes publicado en la página web www.grupo-AGUAS DE OCCIDENTE.com/aguasdeoccidente y en la dependencia responsable por un término mínimo de tres (3) días hábiles para que presenten, por escrito, las observaciones que consideren pertinentes dentro este mismo plazo, el cual se contará a partir del día siguiente a la publicación del informe. En ejercicio de esta facultad, los oferentes no podrán completar, adicionar o modificar sus ofertas, so pena de ser rechazadas. Agotado el trámite anterior, se analizarán y responderán las observaciones que se presenten, y se procederá a hacer el ajuste económico o la negociación directa, si hay lugar a ello. Las respuestas a las observaciones serán publicadas mediante adenda en la página web www.grupo-AGUAS DE OCCIDENTE.com/aguasdeoccidente. Informe de evaluación y recomendación sin observaciones. Cuando sobre el informe de evaluación y recomendación no se presenten observaciones, quedaran en firme el informe de recomendación o de declaratoria de desierto del proceso de contratación, salvo cuando se haya agotado la etapa de ajuste económico o negociación directa. El informe de recomendación será publicado en la página web www.grupo-AGUAS DE OCCIDENTE.com/aguasdeoccidente Informe de evaluación y recomendación con observaciones.Cuando sobre el informe de evaluación y recomendación se presenten observaciones, se procederá a elaborar el

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informe de recomendación de la decisión del proceso de contratación, el cual contendrá la respuesta a las observaciones presentadas y se someterá al Comité de evaluación.. Informe de recomendación y audiencia pública. No se celebra audiencia pública y se deberá elaborarse el formato de aceptación de oferta para la firma del Gerente. 3.7. Negociación directa De conformidad con lo previsto en el Manual de Contratación Interno, Decreto 28 de 2013, se podrá realizar negociación directa en todos los procedimientos de selección de contratista, cuando existiendo una sola oferta elegible considere que se puede obtener mejores condiciones. En estos eventos no podrá haber cambios sustanciales de las condiciones técnicas y deberá justificarse en actas. 3.8. Suspensión del proceso El proceso de contratación podrá suspenderse antes de la comunicación de la aceptación de la oferta y reiniciarse cuando desaparezcan las causas que la motivaron. Una vez el proceso se reanude las ofertas deberán mantener su validez y en tal sentido se deberá informar a los proponentes. 3.9. Aceptación de la oferta o declaratoria de desierto del proceso La aceptación de la oferta la hará el servidor competente de REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP dentro del período de validez de la oferta, y se comunicará al oferente(s) o cotizantes(s) favorecido(s) y se informará a los demás mediante publicación en la página web www.grupo-AGUAS DE OCCIDENTE.com/aguasdeoccidente Así mismo, el servidor competente, dentro del periodo de validez de la oferta declarará desierto el proceso de contratación en el evento en que no se reciba ninguna oferta o cotización, o ninguna de las recibidas resulte válida para REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP, lo cual se informará a los oferentes mediante publicación en la página web www.grupo-AGUAS DE OCCIDENTE.com/aguasdeoccidente. . 3.10. Terminación del proceso Cuando se presenten circunstancias que hagan perder la competencia de REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP para la aceptación o declaración de desierto del proceso, o aparezca un vicio en éste que pueda generar una nulidad de lo actuado, o cuando las exigencias del servicio lo requieran o las circunstancias de orden público lo impongan, o cuando a juicio de REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP el proceso resulte inconveniente,

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REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP dará por terminado el proceso de contratación en el estado en que se encuentre, decisión que será informada a los proponentes interesados.

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4. CONTRATO

4.1 Perfeccionamiento del contrato El o los contratos a que dé lugar este proceso de contratación se entiende(n) perfeccionados en la fecha en la que los oferentes seleccionados reciban la comunicación de la aceptación de la oferta y en consecuencia, nace la relación jurídica en los términos de la ley, lo que implica la generación y exigibilidad de los mutuos derechos y obligaciones que el contrato crea para las partes. REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP, en cumplimiento de lo estipulado en el artículo 60 de la Ley 610 de 2000, se abstendrá de celebrar el contrato con las personas que se encuentren registradas en el Boletín de Responsables Fiscales de la Contraloría General de la República, para lo cual el servidor responsable del proceso de contratación, hará las consultas que en tal sentido corresponde. REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP se abstendrá de celebrar el contrato cuando el oferente, sus accionistas, asociados o socios, sus representantes legales o miembros de Junta Directiva, estén reportados en alguna de las listas asociadas al Lavado de Activos y Financiación de Terrorismo LA/FT, o cuando se encuentren en el “Listado de firmas y personas naturales inhabilitadas por el Banco Mundial” por haber transgredido las disposiciones sobre fraude y corrupción o en la “Lista de empresas y personas sancionadas por el Grupo BID (Banco Interamericano de Desarrollo)” para lo cual se harán las consultas que en tal sentido correspondan. Nota: Si durante la ejecución del contrato el interventor o área responsable identifica alguna señal de alerta relacionada con los riesgos antes mencionados, deberá informarlo oportunamente a la Unidad de Cumplimiento. REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP declara que dentro del proceso de contratación ha actuado con buena fe exenta de culpa, que cumplió con las obligaciones establecidas en la normatividad que le aplica relacionada con la prevención y control del riesgo de lavado de activos y financiación del terrorismo, así como con los procedimientos internos establecidos en esta materia. En consecuencia REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP en la suscripción del presente contrato obró con la máxima diligencia establecida en la normatividad aplicable y sus procedimientos internos relacionados con esta materia.

4.2. Deber de información

EL CONTRATISTA se obliga a entregar a REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP la información veraz y verificable que esta última le exija para dar cumplimiento a la normatividad relacionada con la prevención y control del riesgo de lavado de activos y financiación del terrorismo, así como a actualizar los datos suministrados mínimo una vez al año.

De la misma forma, EL CONTRATISTA deberá informar a REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP del inicio de cualquier proceso penal, sin importar si se encuentra en etapa de

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investigación o juicio, que lleve a cabo la autoridad competente en donde EL CONTRATISTA sea parte del proceso, así como cualquier citación que le realice dicha autoridad para que comparezca dentro de una investigación o proceso penal, sin importar en la calidad que sea citado.

4.3. Garantías y seguros

EL (LOS) CONTRATISTA (S) deberá (n) constituir a favor de Regional de Occidente S.A. ESP las garantías de cumplimiento y los seguros en las condiciones que se enuncian a continuación. Para efectos de las garantías de cumplimiento, podrán ser emitidas por un banco o por una compañía de seguros. Las garantías se expedirán teniendo como asegurado/beneficiario de la misma a Regional de Occidente S.A. ESP. Las garantías se deberán ajustar siempre que se pacte una modificación del valor, vigencia o alcance del contrato. 4.3.1. Garantías de Cumplimiento y Seguro de Responsabilidad Civil

Extracontractual.

4.3.1.1. Condiciones de las garantías emitidas por compañías de seguros:

Si se opta por otorgar una garantía emitida por una compañía de seguros, el Contratista y/o Proponente conoce y acepta que Regional de Occidente S.A. ESP es el titular del riesgo a ser asegurado mediante el(los) seguro(s) al(los) que se refiere esta cláusula y que por lo tanto Regional de Occidente S.A. ESP está legalmente facultado para determinar las condiciones de aseguramiento que deben cumplir los seguros por medio de las cuales será transferido este(os) riesgo(s) a las aseguradoras y en los cuales asume la condición de tomador, asegurado y beneficiario. Condiciones de las garantías emitidas por entidades bancarias.

Si se opta por otorgar una garantía bancaria (bien aval o carta de crédito Stand By) emitida por entidades bancarias, deberán reunir los siguientes requisitos: - Deberán ser irrevocables y a la vista.

- Deberán ser expedidas por establecimientos bancarios vigilados por la

Superintendencia Financiera de Colombia o quien haga sus veces, que cuenten con una calificación vigente a la fecha de expedición de la garantía, otorgada por una sociedad calificadora autorizada en Colombia. Dicha calificación deberá corresponder a la máxima calificación para el corto plazo y como mínimo la segunda mejor calificación

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para el largo plazo, según las escalas utilizadas por la sociedad calificadora que la otorga.

- Cuando las garantías sean emitidas por un banco del exterior, éstas deberán ser

confirmadas por un establecimiento bancario en Colombia que cumpla con los criterios definidos anteriormente.

- El garante debe haber renunciado al beneficio de excusión.

- En cuanto a la reclamación para el pago:

• Deberán ser a primer requerimiento o a primera demanda, sin que se exijan

requisitos o formalidades adicionales a la reclamación presentada en español para su pago. En consecuencia, no se requerirá al Beneficiario la exhibición o el acompañamiento del original o copia de esta Garantía Bancaria ni requerimiento judicial, extrajudicial, o requisito de cualquier otro tipo. Se entenderá en consecuencia, que este documento constituye título ejecutivo con su simple presentación acompañada de la manifestación de “el Beneficiario” sobre el monto del incumplimiento.

• Se deberá indicar la sucursal del banco en la que se deberá presentar la

reclamación. • El banco deberá pagar la suma garantizada a más tardar en los 3 días hábiles

siguientes a la radicación de la solicitud de pago. - La garantía podrá ser utilizada, durante su vigencia, parcialmente y cuantas veces sea

necesario hasta completar el monto total de la misma. - La garantía estará vigente como se indica, sin perjuicio de los cambios que se realicen por el Banco a petición del ordenante, los cuales constarán en la nueva garantía emitida por el Banco que reemplazará en su totalidad la garantía existen, previa aprobación de los cambios y recibo de la nueva garantía por parte del beneficiario. - La garantía bancaria deberá especificar, la fecha de emisión, la vigencia, la cobertura que otorga, el valor garantizado, así como el número del proceso de contratación en el caso de la garantía de seriedad o el número del contrato garantizado para las garantías de cumplimiento. - Las garantías se regirán por lo establecido en la URDG758.

- Cuando el proponente opte por otorgar la garantía de seriedad de la oferta a través de

una garantía bancaria, se compromete a tramitar las garantías contractuales igualmente a través de este tipo de garantía. No obstante se podrá gestionar, sin que al respecto se le dé ninguna certeza, el otorgamiento de las garantías contractuales, a través del programa de póliza matriz. Lo anterior, siempre que sea aceptado por las aseguradoras del mismo y cumpla los requisitos para la expedición de las garantías respectivas.

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- En caso de que la garantía bancaria sea expedida por entidades financieras del exterior, en cumplimiento de la normatividad cambiaria vigente al momento de la expedición, se deberá entregar copia del registro de la misma ante el Banco de la República. 4.3.1.2. Amparos de la Garantías de Cumplimiento y Seguro de Responsabilidad

Civil Extracontractual aplicables al proceso de contratación.

4.3.1.3.1. Garantía de Seriedad de la oferta. No aplica

4.3.1.3.2. Garantías de Cumplimiento Se deberán contratar los siguientes amparos:

Amparo de Cumplimiento

Por medio de este amparo se cubre a la Entidad Contratante contra los perjuicios patrimoniales que le cause EL CONTRATISTA por el incumplimiento total, parcial, tardío o defectuoso de cualquiera de las obligaciones emanadas del contrato amparado, así como por los daños imputables a EL CONTRATISTA por entregas parciales de la obra cuando el contrato no prevé entregas parciales. Este amparo comprende la cobertura de multas (medidas provisionales de apremio) y el valor de la cláusula penal que se hicieren efectivas, pago que no excederá en ningún caso, la suma asegurada o valor garantizado establecida para el presente amparo. Deberá amparar una suma igual al veinte por ciento (20%) del valor del contrato. Este amparo deberá estar vigente durante el plazo del contrato y sesenta (60) días calendario mas. En caso de no liquidarse el contrato en el plazo previsto, esta garantía deberá prorrogarse por el tiempo que sea requerido.

Amparo de Salarios y prestaciones sociales.

Por medio de este amparo la Entidad Contratante se protege contra los perjuicios patrimoniales, originados en el incumplimiento de las obligaciones, nombradas en los sentidos y alcances que les asigna la legislación laboral o la aplicable a las cooperativas de trabajo asociado, respecto de las personas que hayan sido utilizadas para ejecutar el contrato garantizado, siempre y cuando exista solidaridad patronal o que la Entidad Contratante sea obligada al pago por conceptos a los que hace referencia este amparo. Lo anterior sin perjuicio de que las partes, en previsión de afectaciones evidentes o muy probables puedan promover formas de conciliación con los eventuales afectados. El valor de este amparo debe corresponder al diez por ciento (10%) del valor del contrato y deberá estar vigente durante el plazo del contrato y tres (3) años más.

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4.3.1.3.3. Seguro de Responsabilidad Civil Extracontractual La ASEGURADORA se obliga a indemnizar los perjuicios patrimoniales y extrapatrimoniales que cause el Asegurado en razón de la responsabilidad civil extracontractual en que incurra, hasta el límite amparado siempre y cuando los hechos ocurran durante la vigencia de este seguro y se causen en virtud de la ejecución del contrato.

El límite asegurado será del quince (15%) del valor del contrato y sesenta (60) días calendario más. La vigencia deberá corresponder a todo el plazo de ejecución del contrato y las prórrogas a que haya lugar.

La póliza deberá incluir además del amparo básico PLO, los siguientes amparos y condiciones:

- Cobertura expresa de los perjuicios patrimoniales que cause el asegurado tanto el daño emergente como el lucro cesante. (Aplica sin sublímite)

- Cobertura expresa de perjuicios extrapatrimoniales(Aplica sin sublímite)

- Cobertura expresa de la responsabilidad surgida por actos de contratistas y subcontratistas, salvo en el evento en que el subcontratista tenga su propio seguro de responsabilidad extracontractual, con los mismos amparos aquí requeridos. Sublímite no inferior al 50% del límite básico evento/vigencia.

- Cobertura expresa de amparo patronal.(El sublímite de este amparo será por evento y vigencia no inferior al 50% del límite del amparo básico).

- Gastos médicos, evento $5.000.000 / vigencia $20.000.000.

- Cobertura expresa de vehículos propios y no propios. (Sublímite evento/vigencia no inferior al 50% del límite básico, esta cobertura operará en exceso de las pólizas de automóviles que se tengan contratadas para los vehículos o en su defecto $20 millones/$20 millones/$40 millones)

- El sistema de contratación debe ser ocurrencia (sin limitaciones temporales para la presentación de la reclamación por parte del tercero diferentes a las de los términos de prescripción o caducidad de sus acciones contra los responsables).

SI EL CONTRATISTA tiene una póliza para amparar su actividad comercial de manera global, podrá aportar un certificado otorgado por la aseguradora donde especifique que se cubre el contrato que se celebra con Regional de Occidente S.A. ESP, y certifique el límite asegurado, la vigencia y las coberturas adicionales abajo señaladas,. Si la vigencia de dicha póliza termina con anterioridad al plazo de ejecución del contrato respectivo, el contratista se obliga a traer la renovación de la póliza con el respectivo certificado que especifique el cubrimiento del contrato respectivo y mantener vigente dicha póliza durante todo el plazo del contrato y sesenta (60) días más.

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Cuando se opté por esta última opción a la póliza se deberá adjuntar el recibo o certificado de pago de la prima y en todo caso, su aceptación por parte de Regional de Occidente S.A. ESP estará sujeta a la revisión de las condiciones otorgadas en dicha póliza y a que cubra el riesgo que se genera por la ejecución del contrato.

Aclaraciones respecto de estas garantías de Cumplimiento y Seguro de Responsabilidad Civil. 1. Se aclara que el pago de la prima o valor de la garantía bancaria, que se cause con ocasión de este proceso de contratación correrá por cuenta del proponente, así como la que se cause por las modificaciones en valor o vigencia del contrato y que impliquen el ajuste de la garantía y/o el seguro. 2. La modificación o ajuste de las vigencias de los amparos pos-contractuales será requisito previo para la entrega de las sumas que por cualquier concepto se encuentren pendientes de pago al CONTRATISTA. 3. Queda entendido y acordado por las partes que ni los valores asegurados de las garantías con las que debe contar EL CONTRATISTA y/o Proveedor de conformidad con esta cláusula ni las garantías en sí mismas, limitan o reducen la responsabilidad del CONTRATISTA y/o Proveedor o sus obligaciones

4.4. Formalización.

El contrato se entiende formalizado cuando REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP apruebe los documentos que sean necesarios para la iniciación de la ejecución del contrato. 4.4.1. Presentación de los documentos para la formalización del contrato. El CONTRATISTA deberá allegar, completamente diligenciados y en debida forma según lo requerido por REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP, todos los documentos necesarios para la formalización del contrato, dentro de los cinco (5) días hábiles, siguientes a la fecha de recibo de la comunicación en la cual se le informa que ha sido aceptada su oferta. En caso que los documentos presentados contengan algún error, inconsistencia o faltante, REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP se lo hará saber por escrito y por cualquier medio al EL CONTRATISTA quien deberá hacer las correcciones necesarias en un plazo no superior a dos (2) días hábiles. 4.4.2. Documentos para la formalización del contrato. La siguiente documentación deberá dirigirse a oficina de REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP, ubicada en la carrera 11N° 22ª-63 en el municipio de San Jerónimo, Antioquia:

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Garantías y seguros del contrato, conforme con lo indicado en este pliego de condiciones.

Si se trata de una persona jurídica, el certificado de existencia y representación legal con una fecha de expedición menor a tres (3) meses.

Certificado de pago de los aportes parafiscales y de seguridad social, acorde con el artículo 50 de la Ley 789 de 2002 y demás normas aplicables.

Nota: En el eventual caso en que EL CONTRATISTA no llegare a formalizar el correspondiente contrato por cualquier motivo, se procederá a la aceptación de la oferta a los oferentes que hayan resultado elegibles de conformidad con los términos del pliego de condiciones, acudiendo en primera instancia a quien haya quedado en segundo lugar, y así sucesivamente. El procedimiento anterior se llevará a cabo, siempre y cuando se encuentre vigente el término de validez de las ofertas y las mismas sean favorables para REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP.

4.5. Vigencia

Período comprendido entre la fecha de comunicación de la aceptación al CONTRATISTA y la fecha de recibo a satisfacción y/o aprobación con el Acta de Terminación. En el término de esta vigencia las partes están habilitadas para ejercer los derechos y cumplir las obligaciones adquiridas en virtud del contrato, pero no podrá entenderse que, por ello, se modifica el plazo de ejecución de las actividades que operará dentro de la vigencia, pero independientemente de ella.

4.6. Documentos del contrato

Constituyen documentos integrantes del contrato los siguientes y su valor relativo para guiar el cumplimiento de las obligaciones y fijar la interpretación será en orden de importancia en el que aparecen de mayor a menor: 4.6.1. El pliego de condiciones y sus anexos y adendas. 4.6.2. Comunicaciones mediante las cuales REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP aclara el pliego. 4.6.3. La propuesta aceptada por REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP. 4.6.4. El contrato escrito cuando dicha formalidad se establezca. 4.6.5. Comunicaciones posteriores a la aceptación de la oferta. 4.6.6. Las modificaciones pactadas entre las partes. 4.6.7. Documentos generados en ejecución del contrato.

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4.7. Renovación

Cuando en virtud de la naturaleza de los servicios y/o actividades o, en general, las obligaciones contraídas por las partes, el contrato sea susceptible de renovación, se podrá renovar, hasta por dos veces, artículo trigésimo segundo del Manual de contratación Interno, Decreto 28 de 2013. La dependencia encargada del trámite deberá solicitar previamente a EL CONTRATISTA la actualización del formulario “PREVENCIÓN LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO” y realizar la verificación antes de la aceptación de la renovación. Así mismo, se deberá verificar nuevamente los antecedentes del contratista en la página Web www.grupo-AGUAS DE OCCIDENTE.com/aguasdeoccidente de la Procuraduría General de la Nación y dar cumplimiento a lo estipulado en el artículo 60 de la Ley 610 de 2000. El CONTRATISTA constituiría pólizas nuevas para la formalización de la renovación, acorde con lo previsto en el pliego de condiciones.

La renovación del contrato es considerada como un contrato independiente y como tal se debe cumplir previamente con la formalización de la misma. Los precios del contrato renovado son reajustables, mediante ajuste por el IPC proyectado. 4.8. Protección de información personal. En aplicación de lo dispuesto para los procesos de gestión de tecnología de información y como consecuencia de la política de Protección de Datos que ha adoptado Regional de Occidente S.A. ESP, EL CONTRATISTA asume la obligación de proteger los datos personales a los que acceda con ocasión de este contrato, así como la obligación de cumplir las obligaciones que como responsable o encargado le correspondan acorde con la ley 1581 de 2012 y sus decretos reglamentarios en cuanto sean aplicables. Por tanto, deberá adoptar las medidas de seguridad, confidencialidad, acceso restringido y de no cesión en relación con los datos personales a los cuales accede, cualquiera que sea la forma de tratamiento. Las medidas de seguridad que deberán adoptarse son de tipo lógico, administrativo y físico acorde a la criticidad de la información personal a la que accede y/o recolecta, para garantizar que este tipo de información no será usada, comercializada, cedida, transferida y no será sometida a tratamiento contrario a la finalidad comprendida en lo dispuesto en el objeto contractual. En caso de tratarse de datos sensibles, de niños, niñas y adolescentes, tales como origen racial, organizaciones sociales, datos socioeconómicos, datos de salud, entre otros, las medidas de seguridad a adoptar serán de nivel alto. EL CONTRATISTA indemnizará los perjuicios que llegue a causar a Regional de Occidente S.A. ESP como resultado del incumplimiento de las leyes 1581 de 2012 y 1266 de 2008, aplicables al tratamiento de la información personal, así como por las sanciones que llegaren a imponerse por violación de la misma. En estos casos autoriza de manera expresa a Regional de Occidente S.A. ESP, con la presentación de la oferta y al

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comunicársele la aceptación de la misma, de ser el caso, a deducir de las sumas de dinero que Regional de Occidente S.A. ESP le adeude en el momento en que se notifique la decisión desfavorable por la entidad competente, el valor de las multas impuestas, sin perjuicio de que llegaren a demostrarse daños por cuantía superior a la multa impuesta. Regional de Occidente S.A. ESP informa a EL CONTRATISTA que en Colombia configura delito el tratamiento no autorizado de datos personales según lo dispuesto en la ley 1273 de 2009. Por tanto transmitirá esta obligación también a los dependientes, trabajadores y demás personas que actúen por su cuenta y riesgo. EL CONTRATISTA reconoce el derecho que tiene Regional de Occidente S.A. ESP de auditar el cumplimiento de esta obligación de protección de datos personales; en este sentido, autoriza el ingreso y/o acceso de los servidores públicos y/o terceros designados para este fin a sus instalaciones e infraestructura, así como el acceso a la información requerida para verificar la adecuada protección de los datos personales custodiados con ocasión de este contrato. Es obligación de EL CONTRATISTA informar a Regional de Occidente S.A. ESP cualquier sospecha de pérdida, fuga o ataque contra la información personal a la que ha accedido y/o trata con ocasión de este contrato, aviso que deberá dar una vez tenga conocimiento de tales eventualidades. La pérdida, fuga o ataque contra la información personal implica así mismo la obligación de EL CONTRATISTA de gestionar el incidente de seguridad de la información conforme los lineamientos en la materia señalados en las normas ISO 27001/27002. El incumplimiento de las obligaciones derivadas de esta cláusula se considera como un incumplimiento grave por los riesgos legales que conlleva el indebido tratamiento de datos personales, y en consecuencia será considerada justa causa para la terminación del contrato, y dará lugar al cobro de la cláusula penal pactada, sin necesidad de ningún requerimiento, a los cuales renuncia desde ahora.

4.9. Propiedad de los trabajos y Confidencialidad de la información del contrato

EL CONTRATISTA deberá garantizar que respeta la normas nacionales e internacionales de protección a la propiedad intelectual, respecto a los bienes y activos que emplea para el desarrollo del objeto contractual, y para dar cumplimiento al objeto del contrato, para lo cual deberá verificar la cadena ininterrumpida de cesiones o de licencias que lo facultan para su uso dentro del contrato, y para la entrega a la contratante cuando hubiere lugar a ello.

En el evento de que se presente reclamación, denuncia, demanda o requerimiento de un tercero por asuntos referentes a la propiedad intelectual, REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP se considerará de buena fe respecto a la infracción. EL CONTRATISTA desde ahora declara indemne a REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP y se compromete a asumirla responsabilidad civil y penal que se derive de tales acciones. Con el propósito de cumplir el plazo del contrato, el de sus prórrogas o renovaciones, EL CONTRATISTA deberá sustituir los bienes afectados por otros que cumplan las condiciones de legalidad y que tengan funciones equivalentes y homólogas, caso en el cual la mayor onerosidad que de ello pudiere devenir será asumida por EL CONTRATISTA y no se considerará causal de

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desequilibrio económico del contrato ni dará lugar a la revisión de los términos económicos originalmente pactados. Salvo acuerdo expreso en contrario, los derechos patrimoniales de propiedad intelectual sobre los estudios, informes, documentos, inventos, entregables, planos, procedimientos y en general las nuevas creaciones desarrolladas por EL CONTRATISTA y/o sus subcontratistas en virtud del contrato, quedarán única y exclusivamente de titularidad de REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP - LA CONTRATANTE o ENCARGANTE, los cuales se podrán utilizar para los fines que se estimen convenientes, dando el crédito debido a los autores morales de la creación. EL CONTRATISTA deberá considerar como confidencial toda la información, análisis, estudios y resultados que le sean suministrados y que obtenga en el desarrollo de su trabajo. Además EL CONTRATISTA no podrá hacer uso de los informes, entregables, planos, proyectos, informaciones técnicas, resultados de ensayos y demás trabajos ejecutados para REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP - LA CONTRATANTE, para fines diferentes a los contemplados en el mismo, sin la autorización previa y explícita de esta. Para tales efectos se tendrá como confidencialidad cualquier información no divulgada que posea legítimamente su titular que pueda usarse en alguna actividad productiva, industrial o comercial, y que sea susceptible de transmitirse a un tercero, en la medida en que dicha información sea secreta, en el sentido que como conjunto o en la configuración y reunión precisa de sus componentes no sea generalmente conocida ni fácilmente accesible a quienes se encuentran en los círculos que en forma usual manejan la información respectiva, tenga un valor comercial por ser secreta, y haya sido objeto de medidas razonables tomadas por su legítimo poseedor para mantenerla secreta. La obligación de reserva consiste en abstenerse de usar, facilitar, divulgar o revelar, sin causa justificada y sin consentimiento del titular, la información sobre cuya confidencialidad se le haya prevenido en forma escrita; dicha obligación subsistirá durante la vigencia del contrato, y luego de su terminación mientras subsistan las características para considerarla como información confidencial.

REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP conservará en su totalidad el derecho de propiedad sobre bienes, documentos, escritos, planos, diseños, fotografías, material de informática, plantillas, modelos, maquetas, conceptos, métodos y procedimientos que se comuniquen o entreguen a EL CONTRATISTA y que pongan a su disposición en el desarrollo del contrato y EL CONTRATISTA no podrá, sin la autorización escrita de REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP, utilizarlos para fines diferentes a los relacionados con la ejecución del contrato.

En los contratos que EL CONTRATISTA suscriba con sus subcontratistas, dentro del desarrollo de los trabajos objeto del contrato, deberá estipularse la obligación que tienen de cumplir con lo escrito en este numeral.

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4.10. Legalidad del software. No aplica

4.11. Extensión de las condiciones contractuales a otras empresas del Grupo Empresarial.

En caso de que una o varias empresas del Grupo Empresarial no incluidas en este proceso de contratación, llegare(n) a requerir los mismos bienes y/o servicios durante el término de ejecución del contrato a que dé lugar este proceso de contratación, que para estos efectos se denomina contrato originario, (los) CONTRATISTA(s) asume(n) la obligación de extender las mismas condiciones contractuales para la venta o suministro de los bienes y/o servicios objeto del contrato originario, a la(s) empresa(s) que presente(n) su solicitud de compra a través de la modalidad de selección establecida para tal efecto, dentro del término indicado.

Los precios de los bienes y/o servicios, deberán ser iguales o más favorables a los inicialmente pactados, más el valor que corresponda al transporte y a las condiciones de entrega diferentes a los aquí establecidas, si es del caso. Este valor debe ser negociado con cada empresa antes de la firma del respectivo contrato. En todo caso, el proponente tendrá en cuenta que EL CONTRATANTE, con quien suscriba el contrato originario, no se hace responsable de ninguna obligación contraída por las demás empresas con motivo de la firma de contratos que surjan en virtud de lo aquí estipulado. .

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5. EJECUCIÓN

Una vez formada la relación jurídica contractual y formalizado el contrato, las partes darán inicio las actividades con las cuales cumplen sus respectivas obligaciones, con atención estricta a los términos que se consignan en los documentos del contrato, acatando las normas legales vigentes, consultando los intereses, objetivos y propósitos de ambos y con aplicación de los principios de la buena fe y la fidelidad contractual. Los pasos y elementos que componen esta etapa del contrato son los que se listan en forma genérica a continuación, pero las partes reconocen que el contenido de cada uno de ellos se determina por particularidades que definen las disciplinas, prácticas y costumbres vigentes y que, en caso de desconocer dichos factores determinantes, no se procederá unilateralmente o sin consultar debidamente a su contraparte.

5.1. Orden de inicio

De acuerdo con el articulo Vigésimo noveno del decreto 28 de 2013, para la iniciación de la ejecución del contrato, deberán estar aprobados los documentos requeridos para su formalización, salvo casos especiales debidamente justificados y previa autorización del representante legal.

5.2. Administración

Bajo el concepto de “Administración” REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP entiende reunidos los elementos y pasos que deben conducir a la prestación de los servicios y el cumplimiento debido de los compromisos y obligaciones adquiridos mediante el contrato. No obstante, expresamente REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP advierte que la enunciación de etapas, actividades y pasos aquí listados y las atribuciones que de ello se derivan para las partes y sus representantes, no tienen carácter exhaustivo ni enervan la posibilidad de realizar gestiones que el logro de los objetivos contractuales impongan en un marco de razonabilidad. 5.2.1. Aspectos legales En el concepto de “Aspectos legales”, el pliego determina el alcance de los elementos que, fundamentalmente, por disposición legal o por la estructura jurídica del acuerdo que mediante este proceso se construye, son esenciales para garantizar la validez de lo pactado y su ejecución. 5.2.1.1. Plazo de ejecución El plazo de ejecución del contrato -que es el plazo para la realización de los servicios y/o actividades “objeto” del mismo- se fija hasta el día 31 de diciembre de 2015.contados a partir de la fecha que se señale por escrito en la orden de inicio, acorde con lo consignado en este pliego de condiciones. 5.2.1.2. Cumplimiento

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El contrato se considerará cumplido cuando cada una de las partes lleva a cabo las acciones que explícita o implícitamente quedan comprendidas en los compromisos u obligaciones que asume, y con atención a las características formales y de tiempo previstas para ello. Cualquier desviación, modificación u omisión de dichas acciones que no haya sido consentida expresamente por la contraparte, constituirá legalmente un caso de “incumplimiento” del contrato y será suficiente para que se produzcan los efectos legal o contractualmente previstos para ello. Cuando se estipule expresamente, será suficiente la configuración objetiva del evento constitutivo del incumplimiento, para que la contraparte que lo sufre exija las reparaciones o tome las medidas resarcitorias correspondientes. Es un caso especial de incumplimiento la renuencia del CONTRATISTA a firmar el contrato en los casos en los cuales esta formalidad se establezca, de conformidad con lo previsto en este pliego o no aportar la documentación necesaria para la formalización del contrato y, por tanto, para hacer posible dar la orden de inicio. REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP considerará que esta circunstancia se ha dado cuando transcurran cinco (5) días calendario después del vencimiento del plazo para cumplir con los actos señalados. Dicho término no es un plazo adicional al fijado para la formalización del contrato. En ambos casos, REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP podrá aceptar la oferta del proponente clasificado en la lista de elegibles en segundo lugar, frente a quien se procederá de manera similar a la del primer caso; en consecuencia, de darse una circunstancia semejante de renuencia por parte del nuevo proponente seleccionado, se acudirá al clasificado en tercer lugar y bajo los mismos mecanismos de conformación del acuerdo. En todo caso y frente a los proponentes que incurran en el incumplimiento acabado de relacionar, REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP hará efectiva la garantía de seriedad de la oferta y el proponente quedará en la situación de inhabilidad para contratar que contempla la Ley 80 de 1993. 5.2.1.3. Cláusula penal De conformidad con el artículo 1592 del Código Civil Colombiano, las partes convienen que en caso de incumplimiento del CONTRATISTA en las obligaciones del contrato, o de la terminación del mismo por hechos imputables a él, éste pagará a REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP en calidad de cláusula penal una suma equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato que corresponde a una tasación anticipada de los perjuicios derivados de dicho incumplimiento, para lo cual se aclara que esta suma será considerada como pago parcial pero no definitivo de los perjuicios causados a REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP, por eso, en exceso de esta suma REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP podrá cobrar los perjuicios adicionales que demuestre ha causado el incumplimiento del contratista, en otras palabras, REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP descontará de los perjuicios totales del incumplimiento el valor de la cláusula penal y sobre este valor no tendrá necesidad de probar el monto de los perjuicios. El valor de la cláusula penal se tomará directamente de cualquier suma que se adeude al CONTRATISTA, de ser

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posible, o se cobrará directamente a EL CONTRATISTA, o se hará efectiva la garantía de cumplimiento del contrato; si lo anterior no es posible, se cobrará por la vía judicial. Si posteriormente EL CONTRATISTA acredita la existencia de situaciones que lo exoneren de responsabilidad, y éstas son aceptadas por REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP, habrá lugar a la entrega a EL CONTRATISTA de los dineros deducidos o pagados. Los dineros que deban ser entregados a EL CONTRATISTA en este concepto serán reajustados en el porcentaje igual al índice de precios al consumidor para el año en que se proceda a la devolución y en proporción al tiempo durante el cual fueron retenidos. 5.2.1.4. Medidas de apremio provisionales Con fundamento en el principio de la autonomía de la voluntad consagrado en el artículo 1592 y otras normas concordantes como el artículo 1602 del Código Civil Colombiano, el proponente al presentar la propuesta acepta que en la ejecución del contrato se dé aplicación a lo previsto en este numeral, en cuanto a las denominadas “medidas de apremio provisionales”, consideradas como un mecanismo de solución directa de controversias que puedan surgir entre LAS PARTES, por el incumplimiento de obligaciones de EL CONTRATISTA La aplicación de la medida de apremio provisional no libera ni atenúa la responsabilidad de EL CONTRATISTA del cumplimiento de las obligaciones adquiridas con la celebración del contrato. Los perjuicios que se ocasionen como consecuencia del retardo o del incumplimiento podrán hacerse efectivos en forma separada. Las medidas de apremio provisionales tendrán un límite máximo igual al diez por ciento (10%) del valor del contrato. 5.2.1.4.1. Procedimiento para la aplicación de las medidas de apremio provisionales: Si EL CONTRATISTA incurre en una de las causales de medida de apremio provisional pactadas en el contrato, a través del jefe de la dependencia que tiene a su cargo la administración del contrato, se le comunicará por escrito la causal en que presuntamente incurrió. En la mencionada comunicación se le concederá un término de dos (2) días hábiles, contados a partir del día siguiente a la fecha de recibo de la comunicación, para que exponga o justifique las razones del incumplimiento. REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP analizará las razones expuestas por EL CONTRATISTA y le comunicará una de las siguientes decisiones: 1. Que no se aplicará la medida de apremio provisional, de aceptarse las justificaciones y explicaciones presentadas, si es el caso o, 2. Que se aplicará la medida de apremio provisional, si no manifestaron las razones que justifiquen el incumplimiento de la respectiva obligación, o de haberlas presentado, que no se encuentra justificado el incumplimiento correspondiente.

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De considerarse aplicable la medida de apremio provisional, en la respectiva comunicación se concederá un término de cinco (5) días hábiles, contados a partir del día siguiente al recibo de la misma, para que presente los argumentos que sustentarían la inaplicabilidad de la medida de apremio. Cumplido este término se enviará una nueva comunicación escrita confirmando la aplicación de medida de apremio o revocándola. Cuando la comunicación establezca la aplicación de la medida de apremio provisional, se procederá así: •En contratos con pagos nacionales-residentes cambiarios: REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP elaborará un documento de cobro con el valor a descontar, el contratista deberá responder informando a cuál factura se le debe hacer el descuento, en caso de no hacerlo dentro del tiempo señalado, REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP lo pueda deducir de cualquier suma que le adeude al CONTRATISTA. En caso de que REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP no cuente con dineros retenidos a favor del CONTRATISTA, éste deberá proceder con el pago del documento de cobro y lo deberá entregar en al administrador del contrato. Adicionalmente a las demás obligaciones contempladas para cada parte en presente pliego de condiciones, EL CONTRATISTA acepta que confirmada la aplicación de la medida provisional del apremio, surge para él la obligación de pago de la misma, la cual será exigible en los términos señalados con antelación. 5.2.1.4.2. Carácter definitivo de la medida de apremio La medida de apremio provisional, se volverá definitiva y en consecuencia será reportada en los siguientes eventos: 1. -Cuando haya caducado la acción para controvertirla ante la jurisdicción. 2. - Cuando esté ejecutoriada la sentencia judicial que determine la procedencia de su aplicación. 3. - Cuando EL CONTRATISTA reconozca su incumplimiento. Se considerará como fecha de la medida de apremio, aquella en la que se impuso. 5.2.1.4.3. Pérdida de efectos de la medida de apremio y devolución de las sumas cobradas o pagadas. La medida de apremio deberá dejarse sin efectos: 1. Cuando esté ejecutoriada la sentencia judicial que determine la improcedencia de su aplicación. El valor de la medida de apremio se devolverá en las condiciones que se fijen en el fallo.

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2. Cuando EL CONTRATISTA acredita la existencia de situaciones que lo exoneren de responsabilidad. En este caso habrá lugar a la entrega del dinero cobrado o deducido, indexado de conformidad con la Circular 1295 de diciembre 27 de 2004 o el acto que lo modifique. 5.2.1.4.4. Causales para la aplicación de medidas de apremio provisionales: 5.2.1.4.4.1. Incumplimiento de las órdenes de Interventoría. Cuando EL CONTRATISTA incumple una (1) o más órdenes de la interventoría, se podrá aplicar una medida de apremio provisional de (0,1%) del valor del contrato, por cada día calendario que incumpla una o las demás órdenes. Si el incumplimiento se vuelve repetitivo, es decir, si EL CONTRATISTA dejare de cumplir dos (2) órdenes dentro del período de una semana, o si se niega persistentemente a cumplir cualquiera de las órdenes de la Interventoría establecidas en el contrato y demás documentos que lo integran, el Interventor podrá ordenar la suspensión de las actividades hasta que EL CONTRATISTA cumpla la orden. Se entenderá que, cuando por motivos inherentes a EL CONTRATISTA, el Interventor le comunica la suspensión de las actividades objeto del contrato, seguirá corriendo tanto el plazo de ejecución del contrato como el de cada una de las órdenes de trabajo que hasta la fecha se le han entregado para su ejecución. 5.2.1.4.4.2. Por suspensión de los trabajos sin causa justificada o por causa imputable a EL CONTRATISTA. Cuando los retrasos en el inicio, o en las suspensiones de las actividades demoren cada una más de 5% del plazo total de ejecución del contrato, se podrá aplicar una una medida de apremio provisional de $100.000, por cada día calendario que demore en iniciar o reiniciar los servicios o las actividades. Si pasados dos (2) días calendario de ordenado el trabajo o la actividad, EL CONTRATISTA no la ha iniciado, REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP podrá ejecutarlo, directamente, o con otro contratista y, en este caso, se informará a la compañía aseguradora o banco de esta decisión, indicando que el valor del sobrecosto en que incurra REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP debido al retardo será descontado del próximo pago. Si EL CONTRATISTA no paga este sobrecosto se podrá hacer efectiva la garantía de cumplimiento por el respectivo valor o se podrá acudir a la vía judicial para su cobro. 5.2.1.4.4.3. Por no pagar los salarios y prestaciones sociales del personal empleado en la ejecución del contrato, según los valores cotizados en la propuesta, dentro de las fechas establecidas por la ley, se podrá aplicar una medida de apremio provisional de $100.000 independientemente del número de trabajadores a quienes no se les haya pagado; por cada día calendario de retraso, hasta tanto se dé cumplimiento. 5.2.1.4.4.4. Por no tener el personal (exigido como mínimo o personal clave para la ejecución del contrato) que cumpla con los requisitos exigidos en el numeral xxx de este pliego. Cuando pasados cinco (5) días calendario del inicio de la ejecución del contrato no se cuente con el personal (exigido como mínimo o personal clave para la ejecución del

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contrato) y los requisitos exigidos en el pliego de condiciones o cuando se presente una falta y no sea reemplazado dentro de los cinco (5) días calendario, REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP podrá aplicar una medida de apremio provisional $200.000 por cada día calendario de mora. 5.2.1.4.4.5. Por retardo en la entrega definitiva de los servicios o actividades. Los servicios o las actividades deben estar completamente terminados dentro de los plazos establecidos para su ejecución. El plazo que se considera, será el establecido en el programa de trabajo aprobado por la Interventoría para cada una de las partes de las actividades o servicios, teniendo en cuenta las modificaciones a que hubiere lugar con respecto al plazo. El incumplimiento de EL CONTRATISTA podrá dar lugar a la aplicación de una medida de apremio provisional de $100.000 por cada día calendario de mora. 5.2.1.4. 4 .6. Por incumplimiento en las normas de seguridad y salud en el trabajo (salud ocupacional). Si EL CONTRATISTA incumple el programa de seguridad industrial y salud ocupacional REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP podrá aplicar una medida de apremio provisional de $100.000 por cada día calendario de incumplimiento y hasta que se corrija el incumplimiento. 5.2.1.5 Descuentos o cobros por incumplimiento de Acuerdos de Nivel de Servicio (ANS) y otros Acuerdos Contractuales. No aplica. • Por el incumplimiento en la atención de las quejas y reclamos que se presenten con ocasión de los trabajos realizados por EL CONTRATISTA, dentro de los cinco (5) días calendario (según lo considere la parte técnica) contados a partir de la fecha de envío por parte de REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP, se podrá cobrar o descontar un salario mínimo legal mensual vigente (1 SMLMV) por cada queja o reclamo incumplidos. Cuando se incurra en dicho incumplimiento por más de una (1) ocasiones durante el día o mes. • Cuando EL CONTRATISTA informe que una revisión o trabajo en el terreno no puede ejecutarse por determinado motivo y tal información sea errónea o falsa, se podrá cobrar o descontar $50.000 por cada informe de este estilo. Cuando se incurra en dicho incumplimiento por más de 1 ocasiones durante el día o mes. • Por retraso en la entrega de los documentos para la liquidación del contrato o cierre de cuentas según sea el caso. Si pasados treinta (30) días calendario EL CONTRATISTA no hiciere entrega de los documentos para la liquidación del contrato, contados a partir del recibo de las obras, los servicios o las actividades, a satisfacción de REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP, podrá por los primeros quince (15) días calendario adicionales, cobrar o descontar cincuenta mil pesos $50.000 por cada día de retraso; a partir de los quince (15) días calendario adicionales. 5.2.1.6. Permisos, autorizaciones, licencias

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Si el desarrollo de las actividades que comporta el cumplimiento con el “objeto” del contrato, la ubicación y la posibilidad de realizar efectivamente los servicios y/o actividades y los efectos que todo ello causa en el medio requieren de la obtención previa de permisos, autorizaciones o licencias, cada una de las partes se hace directamente responsable de la obtención del documento que haga viable la ejecución de lo pactado, según sus respectivas responsabilidades y competencias. Si de la carencia del permiso, autorización o licencia se sigue algún tipo de sanción, condena, gravamen, obligación o responsabilidad similar para la contraparte de quien debió obtenerla, ésta se obliga a la cancelación y cubrimiento plenos de los costos que se le exijan a la primera, tanto a título de la sanción, como de los costos inherentes a su atención y defensa frente al procedimiento respectivo. Si de la imposibilidad de obtener el permiso, autorización o licencia se sigue la imposibilidad de llevar a cabo la ejecución del contrato, la parte responsable se obliga a compensar a la otra por los perjuicios que el fracaso del proceso le genere. 5.2.2. Aspectos económicos En este aparte el pliego contempla los mecanismos conforme con los cuales las partes definen el contenido y alcance de sus responsabilidades económicas derivadas de la ejecución de servicios y/o actividades comprometidas. Por tanto, además de lo que aquí se prevé expresa y específicamente según cada estipulación, para llevar a cabo los procedimientos aquí previstos y definir los contenidos que con ellos se buscan, han de tenerse en cuenta la práctica y reglas vigentes en cada área. 5.2.2.1. Medida de los servicios y/o actividades REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP y EL CONTRATISTA harán mediciones periódicas delos servicios y/o actividades ejecutadas y suscribirán los reportes, actas o constancias respectivas. Se deberán efectuar cortes de los servicios y/o actividades mensuales para determinar la medida y avance del contrato. Para ello se tienen formatos, formularios y planillas de control delos servicios y/o actividades, teniendo en cuenta el formulario de precios número de ítem, descripción, cantidad ejecutada, valor unitario -cotizado o ajustado-, la fecha, el inicio y la finalización de cada proyecto o solicitud, para totalizar y establecer el valor por acta mensual. Estos servicios y/o actividadesse liquidarán teniendo en cuenta los precios unitarios cotizados o ajustados aceptados y pactados por las partes para este contrato. Esta metodología aplicará tanto para la liquidación de los servicios y/o actividades descritas por ítem completo como para las adicionales requeridas. 5.2.2.2. Forma de pago REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP pagará los servicios prestados y/o las actividades realizadas en moneda nacional colombiana, previa la presentación de la factura correspondiente, elaborada con el cumplimiento de todos los requisitos legales, tanto de

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forma como de contenido. Para la elaboración de la factura, EL CONTRATISTA medirá los servicios prestados y/o las actividades realizadas y dicha medición deberá ser aprobada por el respectivo interventor. Es requisito indispensable para efectuar los pagos, que EL CONTRATISTA acompañe a la factura de cobro la constancia de cancelación de los salarios y prestaciones sociales a los trabajadores, así como copia de pago al sistema de seguridad social integral (EPS, AFP, ARL), y parafiscales (Caja de compensación familiar, ICBF y SENA, según el caso conforme a las normas vigentes), donde se detalle el periodo de cotización, número de cédula y salario base de cotización. Es entendido que el oferente favorecido con la aceptación de la oferta y en su calidad de Contratista faculta expresamente a REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP para: a). Revisar y verificar los pagos por los anteriores conceptos en las entidades correspondientes, durante la vigencia del contrato, según lo definido en el Art. 50 de la ley 789 de 2002y acorde con la Ley 1607 de 2012 cuando corresponda. b). Retener los pagos que EL CONTRATISTA tenga a su favor, en caso de presentar mora en los aportes a la seguridad social y parafiscales y/o en el pago a los trabajadores vinculados mediante contrato de trabajo o a cualquiera de los ex trabajadores del mismo, por concepto de salarios, prestaciones sociales o cualquiera otra obligación de carácter laboral pendiente. c). Pagar todos los conceptos laborales contemplados en el literal b). de esta cláusula, como consecuencia del incumplimiento, directamente a quien corresponda con cargo a las sumas adeudadas a EL CONTRATISTA, sin que ello implique que REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP se convierta en empleador y mucho menos que sustituya las obligaciones laborales a cargo de EL CONTRATISTA. d). Exigir, a través de la interventoría, las constancias de pago correspondientes a salarios, prestaciones sociales, seguridad social, parafiscales y cualquier otro concepto de pago que se hubiere causado a cargo del contratista empleador en favor de cualquiera de sus trabajadores durante el plazo contractual. 5.2.2.3. Calendario para órdenes de pago EL CONTRATISTA ha de tener en cuenta que por requerimientos contables, REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP fija unas fechas dentro de cada período mensual, en las cuales deben presentarse las facturas o cuentas de cobro para su cancelación o pago. El desconocimiento de dicho calendario puede originar tropiezos para EL CONTRATISTA, y REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP no se hace responsables por los potenciales perjuicios que el desconocimiento de ello pueda generar. 5.2.2.4. Inscripción de proveedores para pago por consignación

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Igualmente ha de tener en cuenta EL CONTRATISTA que REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP, deberá inscribir una cuenta que haga posible dicha forma de pago, llenando los correspondientes formatos que REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP pone a su disposición. El incumplimiento de este trámite exonera a REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP de cualquier retraso o dificultad que genere la imposibilidad de efectuar el pago tal y como se prevé. La cuenta reportada deberá figurar a nombre del beneficiario de la orden de pago. Las personas jurídicas deberán anexar una copia vigente es decir, con no más de tres (3) meses de expedición del certificado de existencia y representación legal, al momento del primer pago y cuando se cambie el representante legal. 5.2.2.5. Procedimiento para facturación Para que la factura, documento equivalente o documento de cobro* que expida EL CONTRATISTA sea pagada, éste deberá tener en cuenta los requisitos que se enuncian a continuación:

1. Estar denominada expresamente como factura de venta. 2. Apellidos y nombre o razón y NIT del vendedor o de quien presta el servicio. 3. Apellidos y nombre o razón social y NIT del adquirente de los bienes o servicios,

junto con la discriminación del IVA pagado. 4. Llevar un número que corresponda a un sistema de numeración consecutiva de

facturas de venta. 5. Fecha de su expedición. 6. Descripción específica o genérica de los bienes vendidos o servicios prestados, o

de la obra ejecutada a pagar. 7. Valor total de la operación. 8. El nombre o razón social y el NIT del impresor de la factura. 9. Indicar la calidad de retenedor del impuesto sobre las ventas. 10. Indicar la resolución de autorización de la numeración respectiva expedida por la

DIAN, fecha e intervalo.

*Las cuentas de cobro deben cumplir como mínimo los numerales 2, 3,5 y 7 sin discriminar IVA.

11. Incluir en el cuerpo de la factura, documento equivalente o cuenta de cobro información relacionada con el contrato:

Número del contrato dentro del cual se factura.

Número de la Sub orden “O4” o equivalente que REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP le haya asignado.

Centro de responsabilidad de la dependencia que está realizando la transacción.

Nombre del interventor o responsable de la transacción

En la descripción deberá informar si corresponde a pago de reajuste o anticipo.

Unidad de Negocio a la cual corresponde (Se debe presentar una factura por cada Unidad de Negocio, según la información que EL CONTRATISTA haya

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recibido de la dependencia que contrata la actividad o servicio. Por ejemplo si se contrata para Aguas y Energía, EL CONTRATISTA debe presentar dos facturas por la orden de pago)

12. Detallar en el cuerpo de la factura el nombre del municipio donde se desarrolló la actividad y el código de la actividad económica correspondiente. En caso de ser varios municipios debe indicarse el ingreso que corresponda a cada uno de ellos. Si está exento de Impuesto de Industria y Comercio, deberá aportar copia del acto mediante el cual se estableció dicha exención.

13. La presentación de facturas, documentos equivalentes o documentos de cobro por parte de EL CONTRATISTA, deberá acompañarse de los soportes, donde el servidor administrador del contrato de REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP exprese que el servicio fue prestado a entera satisfacción, el informe parcial o final –según corresponda- de los servicios prestados y la constancia de pagos al sistema de seguridad social, parafiscales y salarios y prestaciones sociales.

14. Para efectuar el pago se debe entregar en REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP el original de la factura. En caso que no se entregue el original de la factura en el momento de radicarla, REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP asume que la factura va a ser negociada y antes del vencimiento el portador del título valor debe enviar a REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP el original para realizarle el respectivo pago. El no cumplimiento de los requisitos de facturación será causal de devolución de las facturas, documentos equivalentes o documentos de cobro por parte de REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP al CONTRATISTA

5.2.2.6. Valor del contrato - Pago de los servicios y/o actividades ejecutadas El valor final del contrato será el que resulte de multiplicar las cantidades ejecutadas por EL CONTRATISTA y recibidas a satisfacción por REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP, por los precios unitarios aceptados y los pactados en el caso de actividades extra; y el valor de los reajustes a que haya lugar, si es del caso. Durante la ejecución del contrato REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP pagará aELCONTRATISTA los valores facturados por éste y aprobados por las mismas dentro de los treinta (30) días calendarios siguientes a la fecha de radicación de la factura con el lleno de los requisitos legales y contractuales. En la factura serán realizadas e indicadas las deducciones que por los conceptos de ley y otros deban efectuarse. En caso de mora en los plazos estipulados para el pago de las obligaciones contraídas, no imputable al CONTRATISTA, REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP reconocerá una tasa de interés anual equivalente al DTF Bancario + cinco (5) puntos para la moneda nacional, vigente al vencimiento de la obligación. Para efecto del pago de los valores mencionados, si EL CONTRATISTA es una entidad sin ánimo de lucro deberá presentar y radicar ante REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP copia de la respectiva resolución expedida por la entidad que la vigila, para la exención de la retención en la fuente. 5.2.2.7. Moneda de pago

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Todos los pagos que REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP deba efectuar en el territorio nacional se harán en moneda legal colombiana. 5.2.2.8. Descuentos por pronto pago No aplica. 5.2.2.9. Cesión de los derechos económicos del contrato EL CONTRATISTA sólo podrá ceder los derechos económicos del contrato después de que se haya ejecutado más del cincuenta por ciento (50%) del mismo, sin perjuicio de las retenciones y deducciones de las sumas que legal y contractualmente deban realizarse. 5.2.2.10. Retención de pagos y compensaciones REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP podrá retener todo o parte de cualquier pago en cuanto sea necesario para protegerse de pérdidas debidas a servicios o actividades defectuosas no corregidas, a garantías no cumplidas o para el pago de posibles deducciones por compensaciones debidas o perjuicios recibidos. Cuando desaparezcan las causas que originaron la retención se efectuarán los pagos de los valores retenidos. Si EL CONTRATISTA demuestra que la retención de los pagos fue indebida se le efectuaran los pagos actualizados con base en el IPC. 5.2.3. Aspectos técnicos En este aparte, el pliego consigna cinco conceptos generales que permiten comprender y reglar la forma de llevar a cabo efectivamente las actividades que componen la realización del “objeto” del contrato. 5.2.3.1 Normas y especificaciones técnicas EL CONTRATISTA ha de tener en cuenta que la mayoría de las actividades que comporta la ejecución del “objeto” del contrato están sujetas a reglamentaciones de orden jurídico o técnico y que, en ambos casos, ha de atenderse estricta y puntualmente a lo que dichas reglamentaciones disponen. Adicionalmente, EL CONTRATISTA se sujetará a los alcances expresos e implícitos del pliego para la ejecución del contrato, si es del caso. Se entenderá que hay un incumplimiento del contrato cuando debiendo haber tenido en cuenta o aplicado una o más disposiciones de uno o más reglamentos vigentes, EL CONTRATISTA los omite o modifica más allá de lo que estos mismos permiten. 5.2.3.2. Gestión de calidad No aplica. 5.2.4. Servicios y/o actividades adicionales y extras

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La ejecución de servicios y/o actividades adicionales y extras deberá ser acordada entre el servidor competente de REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP y EL CONTRATISTA, dentro del término de ejecución del contrato. Son servicios y/o actividades adicionales aquellas cuya descripción figura en la lista de ítems, cantidades y precios, pero cuyas cantidades ejecutadas exceden las previstas allí. Son servicios y/o actividades extras aquellas que no figuran en la lista de ítems, cantidades y precios, pero que siendo de la naturaleza de los servicios y/o actividades contratados, se requieren para la completa terminación, adecuado funcionamiento y entrega del objeto del contrato. Los servicios y/o actividades ordinarias y adicionales se pagarán a los precios establecidos en la lista de ítems, cantidades y precios anexa a este contrato. Todo servicio y/o actividad extra deberá ser acordada previamente entre el interventor y EL CONTRATISTA con visto bueno de REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP. Cuando REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP ordene la realización de servicios y/o actividades extras, EL CONTRATISTA estará obligado a ejecutarlas de acuerdo con las condiciones contractuales establecidas. El precio de los servicios y/o actividades extras será acordado entre las PARTES. 5.2.5. Cesión del contrato y Subcontratación El contrato podrá cederse siempre y cuando se cuente con previa autorización escrita de REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP. Para lo cual deberá acreditarse que el cesionario cumple con las mismas o mejores calidades que acreditó para la aceptación de la oferta el cedente. Deberá verificarse los antecedentes fiscales y en general los de la Procuraduría General de la Nación y la verificación por la Unidad de Cumplimiento. REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP revisará previamente el documento donde consta la

cesión del contrato para verificar si las condiciones de la misma son aceptables y de ser el

caso, hacer reserva de las excepciones a que se refiere el artículo 896 del Código de

Comercio.”

Cuando EL CONTRATISTA considere necesario recurrir a subcontrataciones, deberá contar con autorización expresa de REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP; la autorización no exonerará al CONTRATISTA de la responsabilidad que corresponde a su condición. REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP podrá aprobar o rechazar a su juicio, cualquiera de los candidatos a subcontratista presentados por EL CONTRATISTA y será obligación del CONTRATISTA presentar otros candidatos si alguno de éstos fue rechazado por REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP. Una vez recibida la aprobación de REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP, EL CONTRATISTA podrá subcontratar partes del objeto del contrato, sin que esta facultad lo exima de responsabilidad para con REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP, ni se la atenúe. No habrá relación contractual, laboral, administrativa ni de otra índole entre REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP y los subcontratistas, como tampoco la habrá con los proveedores y empleados de éstos y con los de EL CONTRATISTA.

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EL CONTRATISTA será en todo caso, responsable por actos, errores u omisiones de sus empleados, subcontratistas, proveedores o agentes, quienes carecerán de toda acción contra REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP. 5.2.6. Suspensión Cuando circunstancias particulares lo impongan, cualquiera de las partes podrá solicitar a la otra la suspensión del contrato o de su ejecución. Cuando los motivos que se invoquen sean eventos de fuerza mayor o caso fortuito, la aceptación de la contraparte será obligatoria. En caso contrario, la solicitud quedará a criterio de quien la recibe. Durante la suspensión las partes quedan relevadas de sus obligaciones contractuales, pero cada una será responsable de la custodia y mantenimiento de los bienes sobre los cuales se ejecuta el contrato y deberá reparar los perjuicios que irrogue su desatención sobre ello. Salvo que las disposiciones legales pertinentes lo contemplen, la suspensión no legitimará el incumplimiento de ninguna obligación debida frente a terceros o frente al Estado. Una vez superadas las causas que ameritaron la suspensión, las partes acordarán la reiniciación de actividades en el menor tiempo posible. La renuencia para hacerlo o para llegar a un acuerdo constituirá incumplimiento del contrato.

5.3. Interventoría

Constituyen la “interventoría” del contrato las actividades tendientes a garantizar la debida y oportuna ejecución de los servicios y/o actividades “objeto” del contrato, tanto desde el punto de vista técnico como en los demás componentes que determinan el cumplimiento de dicha ejecución. Hará las veces de “Interventor” un servidor o una persona delegada de REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP, quien desempeñará su labor con base en las atribuciones que aquí se le señalan, las que contemplan las normas legales y técnicas aplicables y los usos y costumbres que en tal tipo de actividades se aplican. 5.3.1. Atribuciones del Interventor y Política de Responsabilidad Social Empresarial El “Interventor” no tendrá la calidad de “representante” de REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP con el alcance que este término tiene en el ámbito legal; sin embargo, estará habilitado para ingresar a los sitios o áreas donde se presta el servicio o se desarrolla la actividad y a las dependencias administrativas desde las cuales EL CONTRATISTA dirige su actividad en cumplimiento del contrato. Tendrá, además, la facultad de revisar la forma como haya sido llevada a cabo cada servicio y/o actividad componente de la ejecución tendrá la función de medir las cantidades de los servicios y/o actividades y contabilizar la efectiva producción de partes u objetos que ello suponga, si es del caso; podrá verificar la calidad, materiales y exigir, con base en las reglas aplicables a que hace referencia este pliego, la modificación, corrección o ajustes que sean necesarios para lograr el cometido o resultado que pretende el contrato.

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Igualmente, el “Interventor” tendrá la facultad de revisar los libros y documentos con base en los cuales se administran el personal, los recursos y demás bienes involucrados en la ejecución del contrato, y cualquier impedimento para ello que surja y sea responsabilidad de ELCONTRATISTA configurará un incumplimiento de su parte. El CONTRATISTA deberá actuar coherentemente con la Política de Responsabilidad Social Empresarial (RSE), entendida como: “El marco de actuación dentro del cual se desarrollan los objetivos estratégicos del Grupo Empresarial, para contribuir al desarrollo humano sostenible a través de la generación de valor social, económico y ambiental, incluyendo temáticas sobre sostenibilidad contempladas en iniciativas locales, nacionales y mundiales. La actuación empresarial socialmente responsable tiene un fundamento ético, a partir del reconocimiento de los impactos que sus decisiones tienen sobre los grupos de interés; está articulada con el Gobierno Corporativo y se gestionará desde el quehacer diario de la empresa y de las personas que la conforman”; y no podrán realizar acciones contrarias a ella. El área responsable de la administración del contrato, así como quienes realizan la interventoría del contrato, velarán para que esta política se cumpla. 5.3.2. Instrucciones, órdenes y decisiones del Interventor En principio, el “Interventor” actuará a través de las denominadas “boletas de interventoría”. No obstante, en circunstancias especiales no será dado a EL CONTRATISTA abstenerse de realizar un servicio y/o actividad señalada por el “Interventor” so pretexto de que debe dejarse consignada por escrito, y las consecuencias de aplazar la ejecución a la espera de dicha formalidad serán de cargo de ELCONTRATISTA. Las órdenes de interventoría, estén contenidas en formatos especiales para ello o no, harán parte de la documentación del contrato, así como toda evidencia documental, fotográfica, de video u otro medio que la tecnología permita, las que deberán contener la identificación clara de la fecha y hora de su producción, así como quien las tomó o elaboró, y las demás formalidades que sean conducentes. Es obligación de quien desempeñe las funciones de interventor del contrato dejar las pruebas anteriores durante el seguimiento que tiene que efectuar en el desarrollo del contrato, a fin de verificar su cabal cumplimiento de acuerdo con las normas del mismo y todas las que sean de aplicación; el incumplimiento de esta actividad es causal de sanción disciplinaria cuando se adelante por funcionario de REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP o de adopción de las medidas que sean conducentes por incumplimiento de las obligaciones adquiridas con el contrato de interventoría. EL CONTRATISTA ha de tener en cuenta que el “Interventor” puede requerir la asistencia o ayuda de auxiliares o personal adicional y que éstos deben contar con las facilidades que deben brindarse a aquél para llevar a cabo su labor.

5.4. Entrega y recibo de los servicios y/o actividades

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Sólo la entrega a entera satisfacción de REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP relevará a EL CONTRATISTA de responsabilidades derivadas o inherentes a los servicios y/o actividades y, en consecuencia, mientras esto no suceda EL CONTRATISTA estará obligado a responder por los efectos de no realizar la entrega formal. En el caso que durante la ejecución del contrato, se presenten incumplimientos graves y sistemáticos de las obligaciones a cargo de EL CONTRATISTA, REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP le anunciará sobre la terminación del mismo, sin perjuicio de iniciar las acciones contractuales y legales pertinentes. Forma de entrega Antes del vencimiento del plazo de ejecución de los servicios y/o actividades y previo el aviso de entrega a REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP por parte de EL CONTRATISTA, éste hará entrega formal y material a los servidores responsables o a quienes REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP designe para el efecto. La entrega consistirá en la revisión visual de los servicios y/o actividades, la comprobación de la operación de cada componente que tenga alguna funcionalidad y el levantamiento de un acta en la que consten las condiciones en las cuales se hallan los servicios y/o actividades en general y cada uno de los detalles que los definen. Se considerará que hay incumplimiento en la entrega de los servicios y/o actividades o ejecución del contrato cuando en el proceso de su recepción REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP encuentra que hay productos, labores o actividades incompletas o no funcionales. Cualquier entrega que EL CONTRATISTA intente con omisión de las condiciones antes fijadas se tendrá por no efectuada y no será considerada como eximente de la responsabilidad, tanto de entrega como de custodia de los servicios y/o actividades. EL CONTRATISTA entregará los servicios una vez se encuentren terminados, si no los ha terminado no se recibirán y esto sólo se hará cuando hubiese ejecutado las modificaciones y adecuaciones exigidas. El costo de estas modificaciones o adecuaciones se hará con cargo a EL CONTRATISTA y el tiempo que se emplee en ellas se computará como parte del plazo total empleado para la terminación de los servicios. EL CONTRATISTA avisará por lo menos con tres (3) días calendario de anticipación la fecha en la que se propone hacer la entrega total y definitiva de los servicios, dentro del plazo de ejecución del contrato. Dentro de los tres (3) días calendario siguientes al recibo de dicha comunicación, REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP, si lo considera conveniente, designará una comisión que dará la aprobación definitiva y hará las observaciones que sean necesarias para que EL CONTRATISTA las termine a satisfacción, según corresponda. La Interventoría o la comisión que se designe, dispondrá de dos (2) días calendario para efectuar el recibo de los servicios y podrá ordenar durante este término las modificaciones y adecuaciones a que haya lugar y que puedan exigirse de acuerdo con el contrato.

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5.5. Reclamaciones

Cualquier reclamo relacionado con el contrato deberá presentarlo EL CONTRATISTA por escrito a REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP dentro de los treinta (30) días siguientes a la primera ocurrencia del hecho motivo del reclamo, señalando claramente y en detalle sus fundamentos. EL CONTRATISTA acepta que no apelará a reclamaciones diplomáticas en lo tocante a derechos y obligaciones que se deriven del contrato, salvo en el caso de denegación de justicia, la cual se entiende que no existe cuando EL CONTRATISTA ha tenido expeditos los recursos y medios de acción, que conforme a las leyes colombianas puedan emplearse ante la rama judicial del poder público. REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP tramitará la reclamación agotando los procedimientos e instancias internos y EL CONTRATISTA estará obligado, tanto por la ley como por este contrato, a esperar una respuesta dentro de los términos de oportunidad allí contemplados, antes de intentar una acción alternativa o diferente. Por su parte, REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP presentará al CONTRATISTA las reclamaciones que considere pertinentes con motivo del pacto o de la ejecución del “objeto” del contrato, y EL CONTRATISTA estará obligado a pronunciarse al respecto de manera clara y oportuna. Es entendido, así mismo, que EL CONTRATISTA deberá responder ante los organismos de control que ejercen vigilancia sobre REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP, cuando éstos hallen incongruencias o irregularidades en cualquier aspecto pertinente del contrato o su ejecución.

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6. TERMINACIÓN

6.1. Terminación del contrato

La terminación del contrato se dará en las siguientes circunstancias: a) cumplida efectivamente la ejecución de los servicios y/o actividades, el contrato terminará al vencimiento de su vigencia en los términos previstos en el pliego; dentro del plazo que corre entre la entrega de los servicios y/o actividades y el vencimiento de la vigencia, las partes harán efectivas las reclamaciones, pagos y demás compromisos derivados del contrato; b) si, vencido el plazo de ejecución de los servicios y/o actividades, éstas no son entregadas, REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP podrá declarar el incumplimiento del contrato y exigir del contratista la indemnización de los perjuicios ocasionados con su incumplimiento. En el caso del literal a) anterior, las partes suscribirán un “Acta de Terminación” del contrato que dé cuenta de la culminación de la relación contractual. En ella se dejará constancia de los aspectos que las partes deseen formalizar por escrito y se declarará la satisfacción y cumplimiento de los derechos y obligaciones mutuas.

6.2. Terminación anticipada del contrato

6.2.1. Por incumplimiento de una de las partes Con fundamento en los artículos 1602 y 1546 del Código Civil colombiano, en concordancia con el artículo 870 del Código de Comercio, las partes acuerdan que el contratante cumplido podrá dar por terminado el contrato en forma anticipada, cuando se presente un incumplimiento grave, total o parcial, de las obligaciones a cargo de la otra parte. Se considera, entre otros, como incumplimiento grave de: EL CONTRATISTA la ocurrencia de uno de los siguientes eventos: a)La demora en el cumplimiento del programa de trabajo en un porcentaje superior al diez (10%);b) Cuando haya incurrido en causales de medidas de apremio provisionales o definitivas que superen el diez por ciento (10%) del valor del contrato; c) El incumplimiento de una obligación ambiental que dé lugar a la revocatoria de un permiso o licencia ambiental; d) El incumplimiento que dé lugar a que REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP incumpla una obligación de carácter regulatorio o legal. REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP: a) La suspensión de la ejecución contractual, por causas imputables a REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP. Para garantizar el debido proceso y el derecho de contradición, la parte que invoca la causal de terminación anticipada comunicará a la otra por medio del correo electrónico indicado para recibir comunicaciones y notificaciones o en su defecto por medio de correo certificado, la decisión de iniciar el proceso de terminación del contrato, indicándole la causal que se invoca.

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En caso de que la parte incumplida demuestre claramente en un plazo no superior a diez (10) días calendario que está en capacidad de cumplir sus obligaciones, la parte cumplida determinará si continúa la ejecución del contrato y en tal caso se definirán los hitos de seguimiento que garanticen el efectivo cumplimiento del mismo, los cuales, en el evento de ser incumplidos, darán lugar a la terminación del contrato. Tanto en el incumplimiento de los hitos a los que hace relación el párrafo anterior, como si la parte incumplida no demuestra su capacidad para atender sus obligaciones en el plazo fijado, las partes acuerdan que habrá lugar a la terminación del contrato, lo cual se comunicará inmediatamente a la parte incumplida y se procederá y se procederá al cierre de cuentas del contrato en el estado en que se encuentre. 6.2.2. REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP podrá dar por terminado de manera unilateral el contrato, sin que por este hecho esté obligada a indemnizar algún tipo de perjuicios a EL CONTRATISTA, por las siguientes causales: a) Cuando EL CONTRATISTA no diere cumplimiento a las disposiciones legales relacionadas con la prevención y control al lavado de activos y el financiamiento del terrorismo que le sean aplicables. b) Cuando EL CONTRATISTA o algunos de sus accionistas, asociados o socios que directa o indirectamente tengan el cinco por ciento (5%) o más del capital social, aporte o participación, sus representantes legales, Revisores Fiscales, Auditores Externos y sus miembros de la Junta Directiva figuren en las listas internacionales vinculantes para Colombia de conformidad con el derecho internacional (listas de las Naciones Unidas), en las listas de la OFAC, Banco Mundial, Grupo BID -Banco Interamericano de Desarrollo-y/o en las listas nacionales o internacionales. c) Cuando exista en contra de EL CONTRATISTA o de sus accionistas, asociados o socios que directa o indirectamente tengan el cinco por ciento (5%) o más del capital social, aporte o participación, de sus representantes legales y sus miembros de la Junta Directiva, Revisores Fiscales, Auditores Externos, sentencia judicial en firme que los condene por la comisión de delitos dolosos o se encuentren vinculados a investigaciones o procesos penales por delitos dolosos, o exista información pública con respecto a tales personas que pueda colocar a REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP frente a un riesgo legal o reputacional. d) Cuando se presenten elementos que puedan representar para REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP riesgos reputacionales, legales, operativos o de contagio relacionados con el lavado de activos y/o la financiación del terrorismo. e) Cuando se presenten elementos que conlleven dudas fundadas sobre la legalidad de las operaciones de EL CONTRATISTA, la licitud de sus recursos o que EL CONTRATISTA ha efectuado transacciones u operaciones destinadas a dichas actividades o a favor de personas relacionadas con las mismas.

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f) Cuando se presenten yerros, inconsistencias, discrepancias o falsedades en la documentación e información aportada por EL CONTRATISTA ejecución del presente contrato. 6.2.3. Cuando EL CONTRATISTA, sus accionistas, asociados o socios que directa o indirectamente tengan el cinco por ciento (5%) o más del capital social, aporte o participación, o sus representantes legales y miembros de Junta Directiva, se encuentren en el “Listado de firmas y personas naturales inhabilitadas por el Banco Mundial” por haber transgredido las disposiciones sobre fraude y corrupción o en la “Lista de empresas y personas sancionadas por el Grupo BID (Banco Interamericano de Desarrollo)” por haberse determinado que estuvieron involucradas en prácticas fraudulentas, corruptas, colusorias, coercitivas u obstructivas en violación de las políticas anticorrupción del Grupo BID. 6.2.4. REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP dará por terminado de manera unilateral el contrato cuando cualquier activo objeto del presente contrato sea objeto de una medida de extinción de dominio y sobre el cual la Dirección Nacional de Estupefacientes o la entidad que haga sus veces no tenga el control o no le haya sido nombrado un depositario directo. En consecuencia, EL CONTRATISTA indemnizará los perjuicios presentes y futuros ocasionados por el inicio de la acción de extinción de dominio sobre los bienes objeto de la operación realizada en virtud de este contrato que afecte cualquier derecho real adquirido en la relación jurídica. 6.2.5. REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP dará por terminado el contrato cuando se presente situaciones de orden público que hagan inviable la ejecución del mismo. Nota 1: Cuando la causal de terminación anticipada corresponda a las consignadas en los numerales 6.2.2. a 6.2.4., para garantizar el debido proceso y el derecho de contradicción, REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP comunicará EL CONTRATISTA por medio del correo electrónico indicado para recibir comunicaciones y notificaciones o en su defecto por medio de correo certificado, la decisión de iniciar el proceso de terminación del contrato, indicándole la causal que se invoca. EL CONTRATISTA podrá demostrar en un plazo no superior a quince (15) días calendario que subsanó o se eliminó la situación. Si EL CONTRATISTA no demuestra en el plazo fijado, que subsanó o eliminó la causal de terminación, las partes acuerdan que habrá lugar a la terminación del contrato, lo cual se comunicará inmediatamente a EL CONTRATISTA y se procederá al cierre de cuentas del contrato en el estado en que se encuentre. Nota 2: La parte que dé lugar a la terminación anticipada del contrato, por las causales previstas en los numerales 6.2.1., 6.2.2., 6.2.3. y 6.2.4. deberá indemnizar los perjuicios causados.

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ANEXOS

o Manual de Imagen Física de Contratistas REGIONAL DE OCCIDENTE S.A. ESP

Se encuentra publicada en la página web www.grupo-AGUAS DE OCCIDENTE.com/aguasdeoccidente dentro del proceso de contratación.