expo sic ion de aduanas by isai

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LA ADUANA

PRESENTAN:ISAÍ CUAMATZI GARCÍA

ERIKA PLAZA HERNÁNDEZJESSICA XALTENCO

ALMA LETICIA PULIDO

• Definición de Aduana.

• Tipos de Aduanas.

• Aduanas en México

• Pedimento

• Despacho Aduanero

CONTENIDO DE LA EXPOSICION

DEFINICIÓN

Es la oficina de gobierno encargada de la cobranza de los derechos que percibe el fisco (ej. SHPC) por la exportación o importación de mercancías.

Son los lugares autorizados para la entrada o salida de territorio nacional de mercancías y de los medios en que se transportan o conducen.

TIPO

S DE

ADUANAS

TIPOS DE ADUANASLas aduanas se clasifican en base a dos aspectos importantes:

De acuerdo al numero de operaciones o despachos realizados.

En base a su ubicación geográfica.

DE ACUERDO AL NUMERO DE OPERACIONES O DESPACHOS REALIZADOS.

Tipo 1 : son aquellas donde se realiza el mayor numero de operaciones del comercio internacional por ejemplo: aeropuerto de la Cd. de México, Cd. Juárez, Chihuahua, Matamoros, Tamaulipas, Mexicali , Baja California, etc.

Tipo 2: Son aquellas en las que el numero de operaciones de comercio internacional es mucho menor que la de Tipo 1 como ejemplo: Acapulco, Guerrero, Agua –prieta, Sonora, Aguascalientes, Altamira, Tamaulipas y Cancún, Quintana Roo.

DE ACUERDO A SU UBICACIÓN GEOGRÁFICA

Aduanas Fronterizas: Están ubicadas en las líneas fronterizas.

Aduanas Marítimas: Ubicadas en los puertos.

Aduanas Interiores: Ubicadas dentro de las ciudades.

ADUANAS ACTU

ALMENTE

EN MÉXIC

O

MAPA DE LAS ADUANAS

FUNCIO

NES DE L

AS

ADUNAS

FUNCIONES DE LA ADUANA

Actualmente México cuenta con 49 aduanas de las cuales su actividad principal tiene que hacer énfasis en 3 aspectos:

Aspecto Fiscal: Es todo lo relacionado con las contribuciones que causan la entrada o salida de mercancías del país (IGI, IGE, ADVALOREM,IVA,ISAN, IEPS, entre otros.)

Regulaciones No Arancelarias: Las cuales incluyen todas las medidas existentes para proteger la flora y la fauna mexicanas, así como al propio consumidor mexicano, otorgando permisos ecológicos, licencias sanitarias y exigiendo el cumplimiento de las NOMS.

Formalidades Aduaneras : Se refiere al tramite aduanero y es donde se involucra directamente una agencia aduanal, la elaboración, del llamado pedimento de importación de mercancías.

1) De recaudación:a. de impuestos y de derechos aduanerosb. de cuotas compensatorias

2) Estadísticas a. de entrada de mercancías.b. de salida de mercancías.

3) Prevencióna. de las infracciones y delitosb. del trafico de drogas y estupefacientes.c. del trafico de desperdicios y residuos tóxicos.

4) Registro a. de los controles sanitarios y fitosanitarios.b. del cumplimiento de las regulaciones y restricciones no arancelarias.

5) Verificación a. De los certificados de origen de las mercancías.b. del valor en las aduanas de las mercancías.

6) Controla. del uso de las mercancías en los regímenes de impuestos al comercio exterior.

CLASIFICACIÓN DE SUS FUNCIONES

ARTICULO 36 DE LA LEY ADUANERA

QUIENES IMPORTEN O EXPORTEN MERCANCIAS ESTAN OBLIGADOS A PRESENTAR ANTE LA ADUANA POR CONDUCTO DE AGENTE O APODERADO ADUANAL, UN PEDIMENTO EN LA FORMA OFICIAL APROBADA POR LA SECRETARIA. EN LOS CASOS DE LAS MERCANCIAS SUJETAS A REGULACIONES Y RESTRICCIONES NO ARANCELARIAS CUYO CUMPLIMIENTO SE DEMUESTRE A TRAVES DE MEDIOS ELECTRONICOS EL PEDIMENTO DEBERA INCLUIR LA FIRMA ELECTRONICA QUE DEMUESTRE EL DESCARGO TOTAL O PARCIAL DE ESAS REGULACIONES O RESTRICCIONES.

PEDIMENTO.

ALGUNOS EJEMPLOS DE CLAVES DEL PEDIMENTOS

A1 importación exportación definitiva

A3 importación definitiva retorno virtual para si importación definitiva.

C1 importación definitiva franja fronteriza norte y región fronteriza de mercancías por empresas autorizadas.

C2 importación definitiva de vehículos a la franja fronteriza norte a los estados de baja California y baja California Sur a la región parcial del estado de Sonora y a los Municipios de la Cananea y Caborca Estado de Sonora.

D1 Retorno al país por sustitución en importación(articulo 97 de la Ley Aduanera) Retorno al extranjero para sustitución de mercancías defectuosa derivadas de una importación definitiva.

DESPACHO ADUANERO

Se entiende por despacho aduanera el conjunto de actos y formalidades relativos a la entrada de mercancías al territorio Nacional y su salida del mismo; de acuerdo con los diferentes tráficos y regímenes aduaneros establecidos en la Ley Aduanera, deben realizarse en la aduana las autoridades aduaneras y los consignatarios, destinatarios, propietarios, poseedores, o tenedores en las importaciones y los remitentes en las exportaciones, asi como los agentes o apoderados aduaneros.

ACTOS Y FORMALIDADES

Los actos se refieren a las actividades de deposito ante la aduana, manejo, almacenaje y custodia de la aduana de las mercancías al importar o exportar. Las formalidades se refieren al tramite aduanero en si, en donde se involucra directamente una agencia aduanal la elaboración del llamado pedimento de importación o exportación, pagos al fisco y liberación de mercancías.

DESPACHO ADUANERO DOMICILIARIO.Articulo 19 de la Ley Aduanera

Las autoridades aduaneras, a petición de parte interesada, podrán autorizar que los servicios a que se refiere el articulo 10 , así como los demás del despacho, sean prestados por el personal aduanero, en el lugar distinto del autorizado o en día hábil siempre que se cumplan los requisitos que establezca el Reglamento.

Articulo 10 de la Ley Aduanera

La entrada o salida de mercancías del territorio nacional, las maniobras de carga, descarga, transbordo y almacenamiento de las mismas, el embarque o desembarque de pasajeros y la revisión de sus equipajes, deberá efectuarse por lugar autorizado, en día y hora hábil. Quienes efectúen su transporte por cualquier medio, están obligados a presentar dichas mercancías ante las autoridades aduaneras junto con la documentación exigible. La secretaria mediante reglas, podrá autorizar en la circunscripción de las aduanas de trafico Marítimo, la entrada al territorio nacional o la salida del mismo lugar distinto al autorizado, de mercancías que por naturaleza o volumen no puedan despacharse conforme a lo establecido en el párrafo anterior.

RECINTO

Son aquellos lugares autorizados en donde la autoridades aduaneras realizan indistaintamente

OPERACIONES ADUANERAS

CONSIGNATARIOPersona que hace el contrato con el transporte

EXPORTADORResponsable de cumplir con las regulaciones de exportación de la mercancía

IMPORTADORPersona o entidad que importa la carga

LA POTESTAD ADUANERA

Para el ejercicio de la potestad aduanera, el territorio aduanero se divide en Zona Primaria y Zona Secundaria.

ZONA PRIMARIALa Zona Primaria comprende todos los

recintos aduaneros en espacios acuáticos o terrestres destinados a las operaciones de desembarque, embarque, movilización o depósito de las mercancías; las oficinas, locales o dependencias destinadas al servicio directo de la Aduana Nacional, puertos, aeropuertos, caminos y predios autorizados para que se realicen operaciones aduaneras.

ZONA SECUNDARIALa Zona Secundaria es el territorio aduanero no comprendido en la zona primaria, y en la que no se realizarán operaciones aduaneras.

ADUANA PRINCIPAL

Es la que tiene Jurisdicción en una circunscripción determinada y centraliza las funciones fiscales y administrativas de las aduanas Subalternas adscritas a ella. Estas estarán habilitadas para las operaciones de importación, exportación y transito. Igualmente podrá prestar servicios de transbordo, cabotaje y bultos postales.

ADUANAS SUBALTERNAS

Son las adscritas a una aduana principal habilitada para realizar determinadas operaciones aduaneras dentro de la respectiva circunscripción.

Entre las aduanas subalternas están:

OBLIGACIÓN DE PAGO EN ADUANAS.

Los hechos generadores de la obligación tributaria aduanera son:

a) La importación de mercancías extranjeras para el consumo u otros regímenes sujetos al

pago de tributos aduaneros bajo la presente Ley.b) La exportación de mercancías en los casos

expresamente establecidos por Ley.El hecho generador de la obligación tributaria se

perfecciona en el momento que se produce la aceptación por la Aduana de la Declaración de Mercancías.

OBLIGACIÓN TRIBUTARIA ADUANERA

La obligación de pago en aduanas se produce cuando el hecho generador se realiza con anterioridad, sin haberse efectuado el pago de la obligación tributaria.

OBLIGACIÓN DE PAGO EN ADUANAS.

Se genera la obligación de pago en Aduanas, en los siguientes casos:

a) Por incumplimiento de obligaciones a que está sujeta una mercancía extranjera importada bajo algún régimen suspensivo de tributos.

b) Por modificación o incumplimiento de las condiciones o fines a que está sujeta una mercancía extranjera importada bajo exención total o parcial de tributos, sobre el valor residual de las mercancías importadas.

c) El uso, consumo o destino en una zona franca de mercancías extranjeras, en condiciones distintas a las previstas al efecto.

d) En la internación ilícita de mercancías desde territorio extranjero o zonas francas.

e) En la pérdida o sustracción de mercancías en los medios de transporte y depósitos aduaneros.

LOS TRIBUTOS ADUANEROS

Los Tributos Aduaneros de Importación son:

a) El Gravamen Arancelario y, si proceden, los derechos de compensación y los derechos antidumping.

b) Los impuestos internos aplicables a la importación, establecidos por Ley.

Arancel aduanero

EL DESPACHANTE DE ADUANA

• Es la persona natural y profesional, es auxiliar de la función pública aduanera. Será autorizado por la Aduana Nacional previo examen de suficiencia, para efectuar despachos aduaneros y gestiones inherentes a operaciones de comercio exterior, por cuenta de terceros.

EL DESPACHANTE DE ADUANA

El Despachante de Aduana tiene las siguientes funciones y atribuciones:

a) Observar el cumplimiento de las normas legales, reglamentarias y procedimentales que regulan los regímenes aduaneros en los que intervenga.

b) Efectuar despachos aduaneros por cuenta de terceros, debiendo suscribir personalmente las declaraciones aduaneras incluyendo su número de licencia.

EL DESPACHANTE DE ADUANA

c) Dar fe ante la administración aduanera por la correcta declaración de cantidad, calidad y valor de las mercancías, objeto de importación, exportación o de otros regímenes aduaneros, amparados en documentos exigidos por disposiciones legales correspondientes. La Aduana Nacional comprobará la correcta declaración del despachante de aduana.

d) Liquidar los tributos aduaneros aplicables a las mercancías objeto de importación, exportación y otros regímenes aduaneros, de acuerdo con las disposiciones legales respectivas.

EL DESPACHANTE DE ADUANA

e) Conservar la documentación de los despachos aduaneros y las operaciones aduaneras realizadas por un período de cinco años, computables a partir de la fecha de pago de los tributos.

f) Prestar asesoramiento en materia aduanera y otros temas vinculados a ésta.

g) Sujetarse a las normas de ética profesional del despachante de aduanas, de acuerdo con disposiciones especiales.

TRÁNSITO ADUANERO

El tránsito aduanero nacional es el transporte de mercancías de los depósitos de una aduana interior a los de otra aduana interior, dentro del territorio nacional, bajo control y autorización aduanera.

TRÁNSITO ADUANERO

Tránsito Aduanero Internacional, es el régimen aduanero que permite el transporte de mercancías, bajo control aduanero, desde una Aduana de Partida hasta una Aduana de Destino, en una misma operación en el curso de la cual se cruzan una o más fronteras internacionales.

TRANSBORDO

Transbordo es el régimen aduanero en aplicación del cual se trasladan, bajo control aduanero, mercancías de un medio de transporte a otro, o al mismo en distinto viaje, incluida su descarga a tierra, a objeto de que continúe hasta su lugar de destino.

El transbordo es directo si se efectúa sin introducir las mercancías a un depósito temporal.

El transbordo es indirecto, cuando las mercancías son colocadas temporalmente en un almacén, inclusive en zonas francas comerciales cuando corresponda,

DEPÓSITO DE ADUANA

Depósito de Aduana es el régimen aduanero que permite que las mercancías importadas se almacenen bajo el control de la administración aduanera, en lugares designados para este efecto, sin el pago de los tributos aduaneros y por el plazo que determine el Reglamento.

NORMAS DE ORIGEN

• La declaración certificada de origen es una prueba documental que permite identificar las mercancías, en la que la autoridad o el organismo competente certifica expresamente que las mercancías a que se refiere el certificado son originarias de un país determinado.

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