19 necropsia

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Capítulo 19 Capítulo 19 NECROPSIA NECROPSIA Jus Médica: Medicina Legal y Forense Dr. Jorge Castellanos Sainz 369 Foto. Dr. Jorge Castellanos Sainz

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NECROPSIA

Captulo 19

NECROPSIA

NECROPSIA

Artculo 346. Los cadveres no pueden ser objeto de propiedad y siempre sern tratados con respeto, dignidad y consideracin.Artculo 347. Para los efectos de este ttulo, los cadveres se clasifican de la siguiente manera:

I. De personas conocidas, yII. De personas desconocidas.Los cadveres no reclamados dentro de las setenta y dos horas posteriores a la prdida de la vida y aquellos de los que se ignore su identidad sern considerados como personas desconocidas.

(Ley General de Salud)

Artculo 104. Cuando la muerte no se deba a un delito, y esto se comprobare en las primeras diligencias, no se practicar la autopsia y se entregar el cadver a la persona que lo reclame. En todos los dems casos ser indispensable este requisito, salvo lo dispuesto en el artculo siguiente

Artculo 166. La autopsia de los cadveres de personas que hallan fallecido en un hospital pblico la practicarn los mdicos de ste, salvo la facultad del Ministerio o del juez para encomendarla a otros.Artculo 167. Fuera de los casos previstos en los dos artculos anteriores, el reconocimiento o la autopsia se practicar por los mdicos legistas oficiales o por los peritos mdicos que designe el Ministerio Pblico o el juez.

Artculo 113. En casos de envenenamiento, se recogern cuidadosamente todas las vasijas y dems objetos que hubiere usado el paciente, los restos de los alimentos, bebidas y medicinas que hubiere tomado, las deyecciones y vmitos que hubiere tenido, que sern depositados con las precauciones necesarias para evitar su alteracin, y se describirn todos los sntomas que presente el enfermo. A la mayor brevedad sern llamados peritos para que se reconozcan al enfermo y hagan el anlisis de las sustancias recogidas, emitiendo su dictamen sobre sus cualidades txicas y si pudieron causar la enfermedad de que se trate. En casos de muerte practicarn, adems, la autopsia del cadver.

.Artculo 105. Cuando se trate de homicidio, adems de la descripcin que har el que practique las diligencias, la harn tambin dos peritos, que practicarn la autopsia del cadver, expresando con minuciosidad el estado que guarda y las causas que originaron la muerte. Slo podr dejarse de hacer la autopsia cuando el juez lo acuerde, previo dictamen de los peritos mdicos.Artculo 106. Los cadveres se debern ser siempre identificados por medio de testigos, y si esto no fuere posible, se harn fotografas, agregando a la averiguacin un ejemplar y poniendo otros en los lugares pblicos, con todos los datos que puedan servir para que sean reconocidos aqullos, y exhortndose a todos los que los conocieren a que se presenten ante el juez a declararlo.

Los vestidos se describirn minuciosamente en la causa, y se conservarn en depsito seguro para que puedan ser presentados a los testigos de identidad.Artculo 107. Cuando el cadver no pueda ser encontrado, se comprobar su existencia por medio de testigos, quienes harn la descripcin de aqul y expresarn el nmero de lesiones o huellas exteriores, de violencia que presentaba, lugares en que estaban situadas, sus dimensiones y el arma con que crean fueron causadas. Tambin se les interrogar si lo conocieron en vida, sobre los hbitos y costumbres del difunto y sobre las enfermedades que hubiere padecido.

Estas datos se darn a los peritos para que emitan su dictamen sobre las causas de la muerte, bastando entonces la opinin de aqullos, de que la muerte fue resultado de un delito, para que se tenga como existente el requisito que exige el..

ARTCULO 15 TRANSITORIO. El actual personal del Servicio Medicolegal depender del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, el cual har los nombramientos para cubrir las vacantes que se presenten de mdicos legistas y qumicos anatomopatologistas.

(Cdigo De Procedimientos Penales para el DFI)

SANGRE

PERODO AGNICOSangre con cogulos fibrinosos gruesos adheridos a paredes, estriados de color rosa en la base gris en el vrtice conocidos como plipos cardiacos y vasculares

ANTE MUERTE SBITASangre intravascular lquida

DOCIMASIAS (((((((( = examinar, constatar)

Durante la agona, la glucosa y el glucgeno heptico, lo mismo que los corpsculos de adrenalina de las glndulas suprarrenales desaparecen

DOCIMASIA DE LACASSAGNE-MARTIN: titula de rojo al ante la presencia del glucgeno mediante el licor de Fehlin en la muerte sbita y no existe reaccin en la agona por su consumo

REACTIVO DE YODURO YODURADO DE BRAULT: en caso de muerte sbita se observan esferas brillantes y oscuras dentro del hepatocito y en el caso de la agona no se observan

REACTIVO AMONIACAL CARMINADO DE MEIXUERO: en el caso de muerte sbita se observan esferas de color rosa intracelulares y ausencia en la agona

PERCLORURO DE HIERRO DE CEDIVALLI-LEONCINI: viraje a color verde esmeralda en presencia de adrenalina en la muerte sbita y ausente en la agona

SUBLIMADO CORROSIVO DE DOMESATTI: tie de rojo ante adrenalina en la muerte sbita y ausente en la agona

REACTIVO BICROMATO DE POTASIO, FORMOL Y CIDO ACTICO DE VEIGA DE CARVALHO: en presencia de adrenalina se observan grnulos castao intenso en los cortes de las glndulas suprarrenales pero no son observables en la agona

El mdico legista deber tener en cuenta el tiempo de fallecimiento conocido como cronotanatognosis (cronos = tiempo; tanatos = muerte; y gnosis = conocimiento), y los factores internos que intervienen en las alteraciones que presenta el cadver ante el examen previo a la necropsia a fin de establecer los patrones de proteccin para realizar sta

TANATOLOGA

Del griego ((((((( = muerte y ((((( = tratado o estudio, que estudia las modificaciones que se producen en el cuerpo humano desde el momento de la muerte

CLASIFICACIN- Tanatodiagnstico: estudia los signos biolgicos que permiten establecer el estado de muerte

- Tanatosemiologa: estudia las transformaciones cadavricas inmediatas y alejadas en relacin con el momento de la muerte

- Tanatocronologa: estudia la fauna y flora cadavrica e intenta determinar el tiempo de muerte

MUERTE DESDE EL PUNTO DE VISTA JURDICO

Artculo 343. Para efectos de este ttulo, la prdida de la vida ocurre cuando:

I. Se presente la muerte cerebral, oII. Se presenten los siguientes signos de muerte:a) La ausencia completa y permanente de conciencia;

b) La ausencia de respiracin espontnea;

c) La ausencia de los reflejos del tallo cerebral, y

d) El paro cardiaco irreversible.(Ley General de Salud)

I. La ausencia completa y permanente de la concienciaIV. La ausencia de los reflejos de los pares craneales y de los reflejos medularesVI. El trmino de la regulacin fisiolgica de la temperatura corporal

II. La ausencia permanente de la respiracin espontneaMUERTE REALVII. Paro cardiaco irreversible

III. La falta de percepcin y respuesta a estmulos externosV. La atona de los msculosVIII. Las dems que establezca el reglamento correspondiente

Artculo 313. Fracc. II. Cadver: el cuerpo humano en que se haya comprobado la prdida de la vida.

(Ley General de Salud)

AVISO DE CADVER AL MINISTERIO PBLICO

Artculo 92. En el caso de muerte violenta o presuntamente vinculada a la comisin de ilcitos, deber darse aviso al Ministerio Pblico y se observarn las disposiciones legales y reglamentarias correspondientes.

(Reglamento de la Ley General de Salud)

Artculo 337. Para efectos de este ttulo, los cadveres se clasifican de la siguiente manera:

I. De personas conocidas, y

II. De personas desconocidas.

Los cadveres no reclamados dentro de las setenta y dos horas posteriores al fallecimiento y aquellos de los que se ignore su identidad, sern considerados como personas desconocida.(Ley General de Salud)

Artculo 5 El Ministerio Pblico dar intervencin a los peritos forenses de esta institucin a fin de que emitan opinin tcnica respecto a de si el lesionado sujeto de disposicin, realmente se encuentra sin vida en los trminos de la Ley General de Salud y adems de la disposicin de rganos, tejidos o cadver solicitado impedir dictaminar posteriormente sobre la causa del fallecimiento.(Instructivo 1/002/ del Procurador del 10 agosto 89)

DISPOSICIN DE RGANOS Y TEJIDOS

Artculo 313. Compete a la Secretara de Salud ejercer el control sanitario de la disposicin de rganos y sus componentes y cadveres de seres humanos. Al efecto la Secretara de Salud tendr a su cargo los registros nacionales de trasplantes y de transfusiones. La disposicin de cadveres conocidos se regir por lo conceptuado en esta ley.

Artculo 314. Para efectos de este ttulo, se entiende por:

I. Disposicin de rganos, tejidos y cadveres de seres humanos: el conjunto de actividades relativas a la obtencin, conservacin, utilizacin, preparacin, suministro y destino final, de rganos, tejidos y sus componentes y derivados, productos y cadveres de seres humanos, incluyendo los preembriones, embriones y fetos, con fines teraputicos, de docencia e investigacin;

II. Cadver: el cuerpo humano en que se haya comprobado la prdida de la vida;

III. Clulas germinales: Las clulas reproductoras masculinas y femeninas capaces de dar origen a un embrin;

IV. Preembrin: producto de la concepcin hasta trmino de la segunda semana gestacional;

V. Embrin: el producto de la concepcin a partir del inicio de la tercera semana de gestacin hasta el trmino de la decimosegunda semana gestacional;

VI. Feto: el producto de la concepcin a partir de la decimotercera semana de edad gestacional, hasta la expulsin del seno materno;

VII. Tejido: entidad morfolgica compuesta de clulas de la misma naturaleza, ordenadas con regularidad y que desempeen el mismo trabajo fisiolgico;

VIII. rgano: entidad morfolgica compuesta por la agrupacin de tejidos diferentes que concurren al desempeo del mismo trabajo fisiolgico;IX. Producto: todo tejido o sustancia excretada o expelida por el cuerpo humano resultante procesos fisiolgicos normales. Sern considerados productos, para efectos de este ttulo, la placenta y anexos de la piel; y

X. Destino final: la conservacin permanente, inhumano o desintegracin en condiciones sanitarias permitidas por la ley, de rganos, tejidos y sus derivados, productos y cadveres humanos, incluyendo los preembriones, embriones y fetos.

Artculo 315. Se considerar como disponente originario, para efectos de este ttulo, a las personas con respecto a su propio cuerpo y los productos del mismo.Artculo 316. Sern disponentes secundarios:

I. El cnyuge, el concubinario, la concubina, los descendientes, y parientes colaterales hasta el segundo grado del disponente originario;

II. A la falta de los anteriores, la autoridad sanitaria, yIII. Los dems a quienes esta ley y otras disposiciones generales le confieren tal carcter, con las condiciones y requisitos que se sealan en la misma.

Artculo 318. En el caso de los trasplantes, para la correspondiente certificacin de prdida de la vida, deber comprobarse la persistencia por doce horas de los signos a que se refieren las fracciones I, II y IV del artculo 317 de esta ley y, adems las siguientes circunstancias:

I. Electroencefalograma isoelctrico que no modifique con estmulo alguno, dentro del tiempo indicado, y

II. Ausencia de antecedentes inmediatos de ingestin de bromuros, barbitricos, alcohol, y otros

depresores del sistema nervioso central, o hipotermia.Artculo 62

I. Al que ilcitamente obtenga, conserve, utilice, prepare o suministre rganos, tejidos y sus componentes, cadveres o fetos de seres humanos, yII. Al que comercie con rganos, tejidos, incluyendo la sangre y sus componentes, cadveres, fetos o restos de seres humanos.

Si intervinieren profesionales, tcnicos...(Ley General de Salud)

CDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL PARA EL DF

DEL SERVICIO MDICO FORENSE Y OTROS

Artculo 108 Fracc. III. Poseer ttulo de mdico-cirujano, registrado ante autoridades competentes.

Artculo 118. Las necropsias debern practicarse en las instalaciones del Servicio Mdico Forense, salvo los casos especiales.

OBLIGACIONES DE LOS MDICOS DE HOSPITALES PBLICOS

Artculo 123 Fracc. III. Practicar necropsia de los lesionados que fallezcan en el hospital, y se encuentren a disposicin del Ministerio Pblico o de autoridades judiciales y extender el dictamen respectivo, expresando con exactitud la causa de la muerte

NIVEL DE RIESGO DE SUSTANCIAS INFECTO CONTAGIOSAS DIVISIN 6.2

(ASIGNADAS UN-2814 Y UN-290 SOBRE CRITERIOS DE RIESGO DE LA OMS)

I. Escaso riesgo individual y comunitario: microorganismos que tienen pocas posibilidades de provocar enfermedad humana y animal

II. Riesgo individual moderado y riesgo comunitario limitado: microorganismos que pueden provocar enfermedad grave en personas en personas y animales con pocas probabilidades de propagacin y que hay medidas de profilaxis y tratamientos eficaces

III. Riesgo individual elevado con riesgo comunitario escaso: microorganismos que pueden provocar enfermedad grave en personas en personas y animales y que entraan elevado riesgo de propagacin pero que hay medidas de profilaxis y tratamientos eficaces

IV. Elevado riesgo individual y comunitario: microorganismos que provocan enfermedades graves en las personas o en animales, que pueden propagarse fcilmente de un individuo a otro y contra los cuales suele no disponerse de medidas de profilaxis o tratamientos eficaces

Artculo 22. La conservacin transitoria de un cadver ser obligatoria:

I. Cuando haya de ser inhumado con traslado o no, dentro del territorio nacional, pasando las cuarenta y ocho horas de la defuncin;

II. Cuando se traslade al extranjero.

Artculo 30. La exhumacin de cadveres sin embalsamar (Grupo II del artculo 8), podrn autorizarse en los siguientes casos:

I. Para sustituir el fretro por otro cuando no rena los requisitos especficos y sea dentro del mismo panten;

II. Para traslado a otro panten, en el cual no puede tardar ms de cuarenta y ocho horas;

III. Para su incineracin.

IV. Autorizacin del juez de que la extraccin no obstaculizar la posible destruccin del sumario (juicio)

(Reglamento de Panteones del DF)

OBTENCIN DE RGANOS

Artculo 6. Slo se podrn realizar en centros autorizados.

Artculo 11. Antes de dar conformidad para la extraccin, se verificar lo siguiente:

I. Existencia y vigencia de la autorizacin;II. Certificado de defuncin expedido a lo establecido;

III. Comprobacin de no-oposicin o de acuerdo a lo establecido a los artculos 8 y 9.

Artculo 8. En el centro hospitalario autorizado para la extraccin de rganos del fallecido debe de tener:

I. Un libro de registros con hojas numeradas y rubricadas por el director, que contenga:

II. Nombre, apellidos y condiciones del fallecido;

b) Nombre, apellidos y condiciones del declarante.

III. Quirfanos, sala de recuperacin y vigilancia intensiva, sala de aislamiento, laboratorio de bioqumica, inmunologa, hematologa, as como instalaciones y material necesario para su realizacin;IV. El personal mdico con las calificaciones que se determinen en la autorizacin.

Artculo 2. La obtencin de rganos de un donante vivo ser bajo los siguientes requisitos:

Que sea mayor de edad;

II. Que goce de plenas facultades mentales;

II. Que sea sano;

IV. Que la donacin sea compatible con la vida del donante;

V. Que sea informado de las consecuencias o alteraciones de su capacidad funcional;

VI. Que el destino del rgano sea una persona para mejorar su vida;

VII. Que se garantice el anonimato del receptor.

Artculo 14. La autorizacin para la importacin de rganos destinados a trasplantes, ser concedida de inmediato y automticamente por las autoridades sanitarias o funcionarios de frontera siempre que el envo indique en el exterior:

Entidad u organizacin que refiere el rgano;

II. Entidad o institucin, centro u organizacin que la recibe;

III. El rgano de la persona fallecida objeto de la importacin; y

IV. La necesidad de mantener la esterilidad del rgano objeto de importacin.

Artculo 105. Cuando se trate de homicidio, adems de la descripcin que har el que practique las diligencias, la harn tambin dos peritos, que practicarn la autopsia del cadver, expresando con minuciosidad el estado que guarda y las circunstancias que originaron la muerte. Slo podr dejarse de hacer la autopsia cuando el juez lo acuerde, previo dictamen de los peritos mdicos.

Artculo 106. Los cadveres debern ser siempre identificados por medio de testigos, si esto no fuere posible, se harn fotografas, agregando a la averiguacin un ejemplar y poniendo otros en los lugares pblicos, con todos los datos que puedan servir para que sean reconocidos aquellos, y exhortndose a todos los que lo conocieren a que se presenten ante el juez a declararlo.

Los vestidos se describirn minuciosamente en la causa, y se conservarn en depsito seguro para que puedan ser presentados a los testigos de identidad.

Artculo 107. Cuando el cadver no pueda ser encontrado, se comprobar su existencia por medio de testigos, quienes harn la descripcin de aquel y expresarn el nmero de lesiones o huellas exteriores de violencia que presentaba, lugares en que estaban situadas, sus dimensiones y el arma con que crean fueron causadas. Tambin se les interrogar si lo conocieron en vida, sobre los hbitos y costumbres del difunto y sobre las enfermedades que hubiere padecido. Estos datos se darn a los peritos para que emitan su dictamen sobre las causas de muerte, bastando entonces la opinin de aquellos, de que la muerte fue resultado de un delito, para que se tenga como existente el requisito que exige el Art. 303 del Cdigo Penal.

Artculo 166. La autopsia de los cadveres de personas que hayan fallecido en un hospital pblico la practicarn los mdicos de ste, salvo la facultad del Ministerio Pblico o del juez para encomendarla a otros.

Artculo 167. Fuera de los casos previstos, el reconocimiento se practicar por dos mdicos legistas oficiales o por los peritos mdicos que designe el Ministerio Pblico o juez.(Cdigo de Procedimientos Penales para el D.F.)

DISPENSA DE NECROPSIA

Artculo 1. Proceder de dispensa de autopsia en los casos siguientes:

a) Cuando de las primeras diligencias practicadas por el Agente del Ministerio Pblico en la averiguacin previa de que se trate, se compruebe fehacientemente que la muerte no fue ocasionada por un hecho de carcter delictuoso;

b) Cuando se compruebe de manera indudable que la muerte fue debida a la enfermedad o padecimiento que sufra el occiso, y

c) Cuando la muerte fuera resultado de una catstrofe o caso fortuito

Artculo 2. Slo podrn solicitar la dispensa de necropsia en los casos a los casos a que se hace referencia el artculo anterior, el cnyuge o la concubina o concubinario; los ascendientes, descendientes y colaterales consanguneos; los parientes civiles, los parientes afines en ese orden prioritario; en su defecto por los que hubieren estado ligados con el bito, por amor, respeto, gratitud o estrecha amistad, a juicio del Agente del Ministerio Pblico que conozca de los hechos.

Artculo 3. Recibida la peticin de dispensa de necropsia y acreditada la personalidad del solicitante, el Agente del Ministerio Pblico actuar como sigue:

a) Requerir del solicitante, que presente a dos mdicos cirujanos particulares sin vnculo de parentesco alguno con los interesados y que no sean Peritos de la Procuradura. De preferencia deber ser el mdico familiar o aquel que hubiere proporcionado alguna atencin clnica al occiso, mismos que debern acreditar su personalidad con cdula profesional expedida por la Direccin General de Profesiones y debidamente registrada ante la Secretara de Salud;

b) En el supuesto de que el fallecido hubiere estado sujeto a tratamiento psiquitrico, el solicitante deber compadecer, adems, con el especialista que hubiere brindado la atencin

Artculo 4. Acreditada la personalidad de los facultativos a que se hace referencia en el inciso a) del artculo anterior, el Agente del Ministerio Pblico proceder a tomarle la protesta de ley necesaria, habindolos para que en esos casos de excepcin funjan como Peritos Mdicos Legistas y les requerir para que expidan el certificado de defuncin correspondiente y rindan su declaracin sobre los hechos o causas que produjeron la muerte del occiso.

Artculo 5. Recabado el dictamen de los mdicos habilitados y determinada la procedencia de la solicitud de dispensa de necropsia, el Agente del Ministerio Pblico dictar el acuerdo correspondiente previo visto bueno del Jefe de Departamento, Informe al Delegado Regional y al Director General de Averiguaciones Previas.

(Acuerdo A/002/89 de la Procuradura General de Justicia del DF)

ANATOMA PATOLGICA

Es la ciencia que estudia los fenmenos estructurales y funcionales de una enfermedad, apoyada con otras ciencias fuentes como son la histologa, anatoma, bioqumica, fisiologa, embriologa, microbiologa, etctera, obtenidos stos en la biopsia y en la necropsia.

BIOPSIA

Gr. (((( = vida; ((((( = ver. Es la extraccin quirrgica de un fragmento de tejido u rgano vivo, con el fin de realizar una observacin macro y microscpica, y obtener la informacin sobre la naturaleza del morbo en el tejido observado y establecer con stas, las bases de un diagnstico.

Incisional: extirpacin de un fragmento de la lesin total.

Excisional: extirpacin de toda la lesin junto con un margen adecuado de tejido sano.

Puncin-aspiracin: obtencin de un cilindro de tejido mediante un trocar que se introduce al seno de la cavidad u rgano blanco.

Transoperatoria: pieza obtenida y congelada para sus cortes, tincin e interpretacin durante un acto quirrgico.

NECROPSIA

Gr. (((((( = cadver; (((( = propio; (((( = ver. Es la observacin y examen de un cadver tanto en su aspecto exterior como de su interior mediante la apertura de las cavidades craneal, torcica, abdominal y plvica, para comparar, medir y pesar el estado de las estructuras orgnicas, a fin de corroborar, corregir, descartar el diagnstico clnico e investigar las causas de muerte e integrar de esta manera un diagnstico final.

Mdica: realizada en todo paciente que fallece por enfermedad orgnica, metablica, infecciosa, etctera.

Medicolegal: realizada en todo individuo que halla fallecido como consecuencia de un accidente, homicidio o suicidio, para establecer la causa de muerte y buscar el cmo se desarrollaron los hechos que condujeron a aqulla, el tipo de agente que la produjo, la cronologa de acontecimientos y el tipo de deceso.

Objetivo: determinan la naturaleza, el diagnstico, los cambios macroscpicos producidos por una enfermedad, estableciendo una correlacin morfolgico-clnico-patolgica determinante de la muerte; demuestra, conocer posibles tratamientos mdico-quirrgicos, aplicar nuevas tcnicas de laboratorio y obtener muestras para el estudio (museo, histologa, anatoma, sesiones clnicas, etctera)

MARCO JURDICO

Artculo 105. Cuando se trate de homicidio, adems de la descripcin que se har el que practique las diligencias, la harn tambin dos peritos, que practicarn la autopsia de cadver, expresando con minuciosidad el estado que guarda y las causas que originaron la muerte. Slo podr dejarse de hacer la autopsia cuando el juez lo acuerde, previo dictamen de los peritos mdicos.(Cdigo de Procedimientos Penales para el D.F.)

Artculo 118. Las autopsias debern practicarse por regla general, en las instalaciones del Servicio Mdico Forense, salvo los casos en que circunstancias especiales justifiquen lo contrario, a juicio del Director y de lo previsto por el artculo 166 del Cdigo de Procedimientos Penales para el Distrito Federal.

No obstante, en esos casos cuando ocurran circunstancias especiales, a juicio del Director, podr ste disponer de dos peritos mdicos forenses asistan al hospital para presentar o practicar la autopsia o para verificar el resultado.

(Ley Orgnica del Tribunal Superior de Justicia)

NORMAS TCNICAS INDISPENSABLES

- Diseo arquitectnico para las salas de necropsia

- Norma tcnica para el material, equipo e instrumental para una sala de necropsia

- Norma tcnica para elaborar protocolos de necropsia

- Norma tcnica sobre tcnicas quirrgicas en necropsia

- Manual de procedimientos para las necropsias medicolegales

- Norma tcnica para la disposicin y desecho de productos humanos obtenidos en las necropsias

- Norma tcnica para el almacenaje, conservacin y preservacin de cadveres en una sala de necropsias

MATERIAL DE MEDICIN Y PESOCinta mtrica y flexmetro, bscula y balanza de precisin, calibrador Vernier y criterio mtrico

INSTRUMENTAL DE CORTEMango y hojas para bistur N 3 y 4, costotomo

INSTRUMENTAL DE DISECCINTijeras curvas, pinza de diseccin con y sin diente, cuchillo corto y largo de Virchow de amputacin

INSTRUMENTAL PARA CRANEOTOMASierra de Strieker o segueta con arco grande, martillo ortopdico grande, cincel para hueso

MATERIAL PARA SUTURAAguja curva para sutura posmortem, tijera recta, sutura trenzada N 3 y porta-agujas grande

VESTIDOS DEL PROSECTORPijama quirrgica, delantal plstico largo, cubreboca, gorro, visera o lentes de proteccin y doble par de guantes

INSTRUMENTAL DIVERSOCnula metlica, jeringa plstica de 10 ml, vasos de precipitado de 50, 250 y 500 ml

MESA DE NECROPSIAMesa metlica con agua fra y caliente, sistema de tina recolectora para solucin de hipoclorito y su drenaje, lavabos y charolas de metal

NECROPSIA

INTERVENCIN MEDICOLEGAL

Artculo 5 El Ministerio Pblico dar intervencin a los peritos forenses de esta institucin a fin de que emitan opinin tcnica respecto a de si el lesionado sujeto de disposicin, realmente se encuentra sin vida en los trminos de la Ley General de Salud y adems de la disposicin de rganos, tejidos o cadver solicitado no impedir dictaminar posteriormente sobre la causa del fallecimiento.(Instructivo 1/002/ del Procurador del 10 agosto de 89)

Artculo 181. Las autopsias debern practicarse por regla general, en instalaciones del Servicio Mdico Forense, salvo los casos en que circunstancias especiales justifiquen lo contrario, a juicio del Director y de lo previsto en el artculo 186 del Cdigo de Procedimientos Penales para el Distrito Federal. No obstante, en esos casos cuando concurran circunstancias especiales, a juicio del Director, podr ste disponer de dos peritos mdicos forenses asistan al hospital para presentar o practicar la autopsia o para verificar su resultado.(Ley Orgnica del Tribunal Superior de Justicia del Fuero Comn para el DF)

Artculo 104. Cuando la muerte no se deba a delito, y esto se comprobare en las primeras diligencias, no se practicar autopsia y se entregar el cadver a la persona que lo reclame. En todos los dems casos ser indispensable este requisito, salvo lo dispuesto en el artculo siguienteArtculo 105. Cuando se trate de homicidio, adems de la descripcin que se har el que practique las diligencias, la harn tambin dos peritos, que practicarn la autopsia de cadver, expresando con minuciosidad el estado que guarda y las causas que originaron la muerte. Slo podr dejarse de hacer autopsia cuando el juez lo acuerde, previo dictamen de los peritos mdicos.(Cdigo de Procedimientos Penales para el DF)

Art. 106. Los cadveres debern ser siempre identificados por medio de testigos, y si esto no fuese posible, se harn fotografas, agregando un ejemplar y poniendo otros en los lugares pblicos, con todos los datos que puedan servir para que sean reconocidos aquellos, y exhortndose a todos los que le conocieren a que presenten ante el juez a declararlo.

Artculo 107. Cuando el cadver no pueda ser encontrado, se comprobar su existencia por medio de testigos, quienes harn la descripcin de aqul y expresarn el nmero de lesiones o huellas exteriores de violencia que presentaba, lugares en que estaban situadas, sus dimensiones y el arma con que crean fueron causadas. Tambin se les interrogar si lo conocieron en vida, sobre sus hbitos y costumbres del difunto y sobre las enfermedades que hubiere padecido.

Artculo 166. La autopsia de los cadveres de personas que hayan fallecido en un hospital pblico la practicarn los mdicos de ste, salvo la facultad del Ministerio Pblico o del juez para encomendarla a otros.

Artculo 167. Fuera de los casos previstos, el reconocimiento se practicar por dos mdicos legistas oficiales y por los peritos mdicos que designe el Ministerio Pblico o juez.

(Cdigo de Procedimientos Penales para el D.F.)

TIEMPOS QUIRRGICOS EN LA NECROPSIA

I. INICIOResumen clnico

Preparacin del material a usar por el prosector

Preparacin de frascos y soluciones fijadoras

Preparacin de los medios de cultivo

II. INCISIN EN EL CADVERIncisin proviene del Latn = incidere que significa cortar. Se dice incisin a la seccin metdica de las partes blandas con un instrumento cortante De acuerdo la direccin

Longitudinal: la que sigue el eje de los segmentosTransversal: cuando es perpendicular a los ejes de los segmentos

Diagonal: cuando la incisin se realiza a 45

De acuerdo con su forma

Rectas

Curvas (esttica en U)

Mixtas

- arciformes (en forma de arco)

- fusiformes (en forma de huso)

- en I

- en Y

- en T- variantes incisionales: humeral e inguinal

III. CAMBIOS POSTMORTEMDescripcin exterior del cadver;

Diseccin y evisceracin cadavrica;

Diseccin y corte de rganos;

Anotacin de pesos y medidas;

Toma de cultivos.

INCISIN CRANEAL

OBLICUA ANTERIORIncisin de la piel cabelluda de una apfisis mastoides a la otra, cruzando por arriba del crneo que permite la presentacin de la calota

OBLICUA POSTERIORIncisin de la piel cabelluda que va del implante superior de la oreja con el hueso temporal hacia el otro lado, sobre el plano coronal que permite la presentacin de la calota

INCISIONES TRACO-ABDOMINALES

INCISIN EN I (mentopbica)Incisin longitudinal en la lnea media anterior que se inicia en el borde inferior de la mandbula que sigue el cuello, trax y abdomen hasta el borde superior de la snfisis pbica usada en la autopsia mdico legal, ya que permite un libre acceso visual y manual a todos los rganos, con la desventaja esttica

INCISIN EN YTiene dos componentes incisionales. El primero es oblicuo que parte de las articulaciones acromioclaviculares hacia la lnea media hasta la fosa supraesternal, y el segundo, el componente longitudinal que parte desde el manubrio del esternn y desciende hasta el borde suprapbico, que tiene el

INCISIN EN Y(contina)inconveniente del difcil abordaje de las estructuras cervicales, aunque estticamente es buena

INCISIN EN TTiene dos componentes incisionales: uno transverso que de las articulaciones acromioclaviculares hacia el manubrio del esternn, y la segunda que es longitudinal que parte desde el manubrio del esternn y desciende hasta el borde suprapbico semejante a la incisin en Y, que tiene el inconveniente del difcil abordaje de las estructuras cervicales, aunque estticamente es buena

VARIANTES INCISIONALES

INCISIN HUMERALUsada cuando es necesaria la observacin de estructuras braquiales, iniciando en la articulacin acromioclavicular para dirigirse hacia la mano

INCISIN INGUINALUsada cuando es necesaria la observacin de estructuras crurales, iniciando en la regin inguinal para dirigirse hacia el pie

TCNICAS DE EVISCERACIN

DE GHNNecropsia con extraccin de rganos por bloque (cervical, torcico, abdominal, urogenital)

DE LETULLETcnica de necropsia con extraccin en bloque de rganos traco-abdominales.

DE ROKYTANSKYNecropsia con diseccin in situ, combinada con remocin de rganos en bloque.

DE VIRCHOWExtraccin aislada de rganos durante la necropsia

GUA PARA LA ELABORACINDE UN PROTOCOLO DE NECROPSIA

ANOTACIN DE CADA UNA DE LAS LESIONES Y TEJIDOS EN EL PROTOCOLO DE NECROPSIA

ABSCESOSSitio, volumen en mililitros, color, olor, consistencia y mezcla con sustancias

ADHERENCIASSitio, si unen vsceras, vscera con pared, pared a pared, color, consistencia (laxas o firmes)

ANEURISMASLocalizacin, medidas, caractersticas de forma y tamao

CLCULOSSitio, cantidad, color, consistencia, lisos, speros, nicos, mltiples

CICATRICESCaractersticas de color, textura, si presentan retraccin, adherencia a otros planos, etc.

COMUNICACIONES ANORMALESBuscar principalmente en arterias, venas, cavidades, cortocircuitos, etc.

CAVIDADES Y DILATACIONESVerificar las mediciones tanto para determinar, hipertrofias, hiperplasias y dilataciones

EDEMAAumento de volumen anormal con contenido no hemtico ni seroso, describir si es suave o duro, blanco o rojo, etc.

ESTENOSISSitio y medida encontrada

EXUDADOSDescribir las caractersticas de sitio, color, olor y cantidad

HEMORRAGIAS COLECTADASSitio, volumen en mililitros, color, consistencia, cogulos, organizacin, adherencia, mezcla con sustancias y vaso que sangr

GANGLIOS LINFTICOSCrecimiento, fusin, adherencias, fibrosis preganglionar, color, consistencia, tubrculos, necrosis caseosa, ndulos, hemorragias, compresin a, reblandecimientos

HERIDASTraumtica, quirrgicas, sitio, nmero, longitud, regularidad, suturas, direccin, canalizacin, material de canalizacin, lquido que drena, comunicacin a cavidades, adherencias

LQUIDOSSitio, cantidad, color, olor, viscosidad, grumoso, transparente, semejante a:

MANCHAS HEMORRGICASSitio, nmero, tamao, forma, color, bordes, aisladas, confluentes y capas tisulares que afectan

MANCHAS Y PLACASSitio, nmero, tamao, forma, color, bordes (definidos, difusos, adheridos o con desprendimientos), consistencia, elevacin con respecto a la piel, deprimidas, ulceradas, calcificadas, material que las cubre

NECROSISSitio exacto, nmero, tamao, forma, aisladas o confluentes, color, consistencia, bordes (definidos o difusos), vasos trombosados, semejante a:

NDULOS Y VERRUGOSIDADESSitio, nmero, tamao en milmetros, color, consistencia, cpsula, aislados o confluentes, superficie externa, superficie de corte, calcificacin, semejante a:

PERFORACIONES Y FSTULASSitio, nmero, comunicacin hacia, aspecto de la entrada, aspecto de la salida, recorrido, dimetro, lquido que drenan, superficie interna, tejidos que la rodean

QUISTES Y VESCULASSitio, tamao, aisladas o confluentes, traslcidas, opacas, tensas, flccidas, carcter del lquido, espesor de la pared, contenido slido, superficie interna (lisa o con vellosidades)

TROMBOSIS Y EMBOLIASSitio exacto, nmero, extensin exacta, tamao, forma, color en diferentes zonas, consistencia, reblandecimiento, organizacin, adherencia a la ntima, aspecto de la ntima, murales, oclusivas

TUMORACIONESSitio, nmero, forma, color, consistencia, superficie externa, cpsula, infiltracin perifrica, superficie de corte /uniforme, irregular, zonas de diferente aspecto, cavidades y contenido, papilas, ndulos, sustancia mucosa, necrosis, hemorragia, translucidez, turbidez, semejante a:

LCERASSitio, nmero, tamao, forma, color, bordes (elevados, lisos, uniformes, desgarrados, escalonados), tejidos vecinos

VLVULAS CARDIACASCircunferencia, acortamiento, engrosamiento, consistencia, rigidez, fibrosis, soldaduras de las comisuras, separacin de las comisuras, cuerdas tendinosas (retraccin, engrosamiento, desaparicin, rotura), calcificaciones, verrugosidades, plipos, ulceraciones, placas de ateroma, aumento o disminucin de valvas, fenestracin de valvas, alteraciones congnitas diversas

NOTA: usar preferentemente un episcopio o lupa para la observacin y medicin de las lesiones as como el uso de calibradores graduados en dcimas

MEDIA FILIACIN

La media filiacin es la descripcin precisa de los diversos rasgos del individuo

DESCRIPCIN TRIPARTITA

CUALIDAD MENSURALa) Pequeo- muy pequeo

- ligeramente pequeo

b) Mediano

c) Grande- ligeramente grande

- muy grande

CUALIDAD

MORFOLGICACncavo

Rectilneo

Convexo

Horizontal

Levantado

Abatido

CUALIDAD CROMTICADepender de la calidad y tonos del color blanco, negro, amarillo y rojo o moreno

ROSTRO HUMANO

PERFIL PARA EL RETRATO HABLADOLa divisin tripartita (fronto-naso-labial)ser realiza en una vista de perfil, desde la insercin del cabello hasta la punta del mentn en

Frente

- pequea

- mediana

- media

Nariz

- recta

- aguilea

- chata

Espacio nasomentoneano

Mentn

- oval

- redondo

- cuadrado

INSERCIN CAPILAREs el lmite capilar que rodea al ovalo de la cara, y se divide en:

Insercin en punta: se encuentra una pequea punta en medio de los frontales y con arcos a los lados

Insercin redonda: cuando forma un arco completo sobre la frente

Rectangular: cuando forma una lnea horizontal sobre la frente a los lados hacia el piso

FRENTEArcos superciliares: son las prominencias o relieves seos sobre las que descansan las cejas, y se dividen en:

Pequeos

Medianos

Grandes

Inclinacin: con base a la direccin que toma con respecto a la lnea que separa a la raz nasal del lmite de insercin capilar se clasifican en:

Oblicua

Intermedia

Vertical

Prominente

Abombada

Altura: es la distancia entre la raz nasal y la insercin del cabello

Grande

Mediana

Pequea

Anchura: es la distancia que media entre la insercin capilar de los temporales:

Grande

Mediana

Pequea

Particularidades: Son los aspectos especiales tales como resalto de los senos frontales, pliegues de la piel, eflides, cicatrices, etc.

NARIZElevacin hueca piramidal que se sita en medio de la cara

Raz de la nariz: es la concavidad que separa la parte baja de la frente de su inicio, y se anotar su profundidad en

Grande

Mediana

Pequea

Dorso nasal: es la lnea que va de la raz a la punta

Recta

Cncava

Convexa

Sinuosa

Altura: es la distancia entre la base del tabique y la punta nasal

Grande

Mediana

Pequea

Base: es la posicin que guarda en relacin a la lnea horizontal que se traza a partir la unin septo-nasal.Horizontal

Levantada

Abatida

Longitud: es la distancia entre la punta y el vrtice nasal

Grande

Mediana

Pequea

Anchura (saliente): es la distancia transversal entre las dos alas nasales

Grande

Mediana

Pequea

Particularidades: punta bilabiada, gruesa, afilada, septum desviado.

BOCA Tamao:

Grande

Mediana

PequeaLabios:

Gruesos

Medianos

Delgados

Comisuras labiales:Altas

Bajas

A nivel del horizonte

Espacio naso-bucal: altura del tabique al labio superiorGrande

Mediano

Pequeo

Prominencia labial:

Bordes:

Grande

Mediano

Pequeo

Particularidades:

Incisivos descubiertos o salientes

Eflides

Desviaciones

Cicatrices, etc.

MENTNInclinacin:

Saliente (prognata)

Vertical

Entrante o huyente (micrognatia)

Altura:

Grande

Mediano

Pequeo

Anchura:

Oval

Cuadrado

Redondo

Particularidades:

En punta

Con fosa

Hendidura, etc.

CEJASSituacin:

Prximas

Separadas

Juntas

Direccin y forma:

Arqueadas

Rectas

Sinuosas

Particularidades: claras, espesas, largas, estrechas, anchas, depiladas, tatuadas, etc.

PLIEGUES NATURALES

(ARRUGAS)Son pliegues de la piel que se van presentando y acentuando con el transcurso de la edad

Oculo-cigomticas

Naso-labiales

Frontales totales, interrumpidas, arqueadas, rectilneas, sinuosas.

OJOSPrpados: pliegues msculo-membranosos situados en la parte anterior de la cavidad orbitaria, por arriba y abajo, anteriores al globo ocular.

Apertura:

Grande

Mediana

Pequea

Volumen:

Redundantes (sobresalientes)

Normales

Hundidos

Color: vara el matiz, pero bsicamente sonde color:

Verde

Azul

Pardo

OREJASForma:Triangular

Rectangular

Oval

Redonda

Partes1 Hlix: presenta cuatro porciones desde su inicio en la concha:

a - Raz

b - Rama ascendente

c - Rodilla

d- Tubrculo de Darwin

e - Cola del hlix2 Antihlix: presenta

a - Cruz superior

b - Cruz inferiorc - Cuerpod - Cola

3 - Fosa escafoides: se encuentra entre el hlix y antihlix

4 - Fosa triangular: se encuentra entre la cruz superior e inferior del antihlix

5 - Trago: se encuentra por arriba y cubriendo al orificio auditivo

6 - Antitrago: se encuentra por abajo y adelante de la cola del antihlix

7 - Cisura intertragal: se encuentra situada entre el trago y antitrago, por arriba del lbulo de la oreja

8 - Concha: se encuentra rodeando al conducto auditivo y se divide en

a - Concha cymba: se encuentra delimitada por la cruz inferior, cuerpo y raz del antihlix, raz, rama ascendente y parte de la rodilla del hlix

b - Concha cava: se encuentra por abajo de la raz del hlix, y rodeada por el antemuro, la escotadura intertragal y orificio del conducto auditivo

9 - Antemuro: es una pared que corre hacia abajo del borde anterior del antihlix y que se encuentra limitada abajo por la concha.

10 - Lbulo: es la porcin carnosa que se encuentra en la parte inferior del pabelln, que se puede encontrar unida o no a la piel a nivel del borde posterior de la mandbula y que para su estudio se divide en nueve casillas.

- Pars posterior: es la cara posterior de la oreja.

PROTOCOLO DE NECROPSIA

FICHA DE IDENTIFICACIN DEL HOSPITAL QUE REMITE EL CADVER

RAZN SOCIALSe anotar la razn social e institucin (pblica, social o privada)

DIRECCINAnotar el nombre de la calle, nmero exterior, colonia, cdigo postal, municipio y calles aledaas, telfono del encargado del establecimiento solicitante

ANTECEDENTESSe anexar el resumen de los antecedentes patolgicos integrados y posibles causas de la defuncin, nmero de cama que ocup, estancia intrahospitalaria, tratamientos aplicados, anexo de estudios realizados

SOLICITUDESSe anexar la solicitud de necropsia firmada por el mdico tratante y por el jefe de servicio

FICHA DE IDENTIFICACIN DEL MINISTERIO PBLICO SOLICITANTE

AGENCIA INVESTIGADORASe anotar el nmero de la agencia investigadora y la delegacin regional a la cual pertenece

DIRECCINAnotar el nombre de la calle, nmero exterior, colonia, cdigo postal, municipio y calles aledaas, telfono y turno de guardia

ANTECEDENTESSolicitar y anexar los resultados colectados por los diferentes peritos, incluyendo el acta mdica, los antecedentes que rodearon la causa de muerte y los datos respectivos al lugar de los hechos y las circunstancias que acompaaron a la defuncin, as como el nmero de averiguacin previa

SOLICITUDESAnexar la solicitud de necropsia firmada por el titular de la agencia investigadora, anotando el turno, fecha y hora exacta de la solicitud, fecha y hora de traslado del cuerpo al Servicio Mdico Forense

FICHA DE IDENTIFICACIN DEL CADVER

NOMBREEn el caso de persona conocida, se anotarn los dos apellidos y el o los nombres; en caso de que se tenga un solo apellido, se anotar una N para indicar que no se tiene o se desconoce. En el caso de que el cadver no hubiese sido identificado en el lapso de 72 hr. se anotar como desconocido

EDADEn el caso de ser persona conocida se anotar la edad referida por las personas que lo conocieron en vida; en el caso de un desconocido, se anotar la posible edad clnica observada

SEXOSe anotar el correspondiente masculino o femenino en el caso de que se identifique plenamente el sexo, pero cuando se presente la imposibilidad de determinarlo, se anotar no se conoce o se desconoce o no establecido

RAZASe anotar en su caso: blanca o caucsica, negra, amarilla, roja o morena.

ANTROPOMETRASe anotar peso, talla, permetro torcico, permetro abdominal, permetro craneal y longitud plantar (en el recin nacido y feto)

ANEXOSSe anexarn los documentos que validen la identidad del cadver, enviados por el agente del Ministerio Pblico, y aquellos aportados por las personas que lo conocieron en vida

DATASSe anotarn las fechas y horarios del inicio y conclusin de la necropsia, el nmero secuencial correspondiente y el nmero de la averiguacin

TCNICA QUIRRGICA PARA LA NECROPSIA MDICO LEGAL

CABEZA

NEUROCRNEOPiel cabelluda

- Incisin profunda hasta nivel seo de un punto craneomtrico mastoidal (((((((=mama) cruzando a toda la piel cabelluda- Reflejar: el colgajo anterior hasta el nivel de la glabela y el posterior hasta el inion (((((( = inicio)- Cortar los msculos temporales y sus fascias

NEUROCRNEO (contina)Bveda craneal

- Cortar por arriba del punto afrion ((((((( = ceja) hasta la tabla externa con direccin al acm de la insercin de implante superior de la oreja y continuar en forma paralela a la lnea de Reid, formando un ngulo obtuso hacia arriba hasta completar el permetro craneal

- Desprender la calota y exponer las meninges.- Abrir el seno longitudinal mediante un ojal al nivel de los lbulos frontales, dejando una pequea parte de la insercin de la hoz del cerebro y disecar hacia atrs

Encfalo

- Levantar los lbulos frontales y presentar las cintillas olfatorias

- Disecar y cortar las cintillas olfatorias, nervios pticos, cartidas, tallo de la hipfisis y pares craneales

- Separar la tienda del cerebelo al nivel del borde superior del peasco del temporal, e iniciar con el corte de las arterias vertebrales y la porcin superior de la mdula cervical por debajo del bulbo raqudeo

Base craneal

- Abrir los senos craneales

- Desprender la duramadre y revisar la base

Hipfisis

- Disecar la tienda desde su borde anterior

- Cortan sus conexiones

- Fracturar las apfisis clinoides para su extraccin sin dificultadPeasco del temporal

- Cortar al nivel de la escama del temporal en la porcin anterior hasta el ala del esfenoides, por debajo de la abertura interna de la ventana oval al nivel del seno petroso inferior y ms medial del seno transverso y continuar hacia atrsSenos

- Los senos nasales, frontales y etmoidales, mediante cortes en placas seas que los separa de la cavidad craneana

- Los senos maxilares se abordan por va oral, por debajo de los huesos debajo de los huesos cigomticos, casi a la altura del punto cigon ((((((( = yugo)

CEREBROCierre del crneo

- Expresin de los senos craneales

- Taponamiento de la caja craneal con material absorbente y colocar la calota en su lugar

- Aproximar los colgajos anterior y posterior y suturar con puntos finos.

Cortar transversalmente iniciando por los frontales los hemisferios cerebrales al mismo tiempo, a una distancia entre el cinco a siete milmetros por corte hasta los lbulos occipitales

CEREBELOSeparar: al cerebelo del tronco cerebral al nivel de la sustancia negra

CORTAR sagitalmente al vrmix superior, separando los hemisferios cerebelosos y al nivel de los pednculos se realizan los cortes frontales y se visualiza el cuarto ventrculo

TRONCO CEREBRALCortar el tronco cerebral, el puente y el bulbo

VISCEROCRNEOOjos

- Presentar los ojos con una buena apertura palpebral y enuclear, iniciando en la zona de reflexin del frmix conjuntival.- Cortar los msculos oculares.

- Cortar en el ngulo supero externo de la cavidad hasta el nervio ptico.

- Colocar un fragmento de algodn comprimido e implantar una canica de 22 milmetros de dimetro en la rbita (no suturar)

Mandbula

- Realizar exodoncia del nivel seleccionado para la toma de muestra con gingivotoma hasta dejar expuesto el hueso limpio.

TRAX Y ABDOMEN

TRAX Y ABDOMENIncisin en Y y en T

- Incisin que va de una articulacin acromio-clavicular a la otra y que corre por abajo del borde anterior de la clavcula y por debajo de la fosa supra-esternal.- Incisin longitudinal que se inicia en el punto medio de la incisin transversa que desciende por la lnea media anterior rodeando al ombligo por la izquierda hasta llegar al borde suprapbico.

- En la mujer por debajo de las glndulas mamarias es muy difcil abordar cuello y trax.Colgajos

- Disecar por planos hasta exponer al esternn, cartlagos y arcos costales.

- Penetrar al nivel de epigastrio para incidir todo el peritoneo y a los rectos anteriores del vientre hasta su insercin a pubis.

- Elevar los colgajos en su parte inferior y medir el lquido contenido en cavidad.

TRAXGases

- Verificar posible neumotrax hipertensivo mediante puncin con una aguja en cualquier espacio intercostal con una jeringa o manmetro de agua

CUELLODiseccin

- Disecar la piel y exponer a los msculos del cuello visceral y se estudia el paquete vasculonervioso, glndulas submandibulares y ganglios regionales

MANDBULADiseccin

Incidir y disecar por fuera del borde mandibular inferior y cortar los msculos esternocleidomatoideos en su insercin superior, con el filo del bistur hacia arriba

PETO TORCICODiseccin y retiro

- Disecar las caras superior e inferior claviculares y desarticular

- Cortar la primera costilla

- Cortar las articulaciones condrocostales

- Separar las articulaciones esternoclaviculares.

- Desprender el peto mediante diseccin de los elementos infradyacente

PLEURASRevisin

- Pinzar los vasos y cortar para evitar contaminacin de los lquidos intrapleurales y medir su volumen

TIMODiseccin

Identifica y disecar

PERICARDIODiseccin

- Incidir en ( para desalojar lquidos midiendo volumen

- Abrir la arteria pulmonar y se verifica su estado

ESPACIO PLEURALDiseccin

- Verificar adherencias y disecarlas para dejar el espacio interpleural libre

TRAXDISECCIN

- Verificar el estado del conducto torcico, dirigiendo el pulmn derecho hacia el mediastino- Verificar la altura del diafragma

- Cortan las inserciones diafragmticas

CAVIDAD ORALDiseccin

Traccionar la lengua hacia fuera y abajo extrayendo el contenido del cuello visceral previamente disecado

TRAXEvisceracin

- Disecar los rganos torcicos adheridos a la columna vertebral

BLOQUE DE RGANOSEVISCERACIN TOTAL DE RGANOS EXTRADOS

El bloque se encuentra constituido por la faringe, amgdalas, paladar blando, lengua, laringe, trquea, esfago, msculos y grandes vasos del cuello, glndulas submaxilares, tiroides, pulmones, corazn y grandes vasos, timo, mediastino y linfticos acompaantes. Se coloca el bloque sobre su cara ventral

BAZODiseccin- Seccionar los vasos del hilio sin desgarrar la cpsula

INTESTINO DELGADODiseccin y corte

- Rechazar hacia arriba el epipln mayor, se liga la porcin duodenoyeyunal, se colocan pinzas (clamps) y se corta entre stas

- Extraer el intestino delgado y se corta el mesenterio en su unin con la pared posterior

INTESTINO GRUESODiseccin y corte

- Disecar hasta el ciego hasta el ngulo heptico, se corta el ligamento triangular y con diseccin roma se separa la porcin inicial del colon transverso

TRASCAVIDAD DE LOS EPIPLONESDiseccin y corte

- Cortar el epipln gastroclico y se llega a la trascavidad de los epiplones, se secciona el ligamento triangular izquierdo

PNCREASDiseccin

- Visualizar el pncreas y su arteria y las venas esplnicas

CORTE

- Elevar el pncreas y el estmago para separar la cola y el cuerpo pancreticos hacia la lnea media, dejando en su lugar a la suprarrenal izquierda

MESOCOLON Y SIGMOIDESDiseccin y corte

- Cortar el mesocolon hasta el sigmoides, se separa el recto de la cara anterior del sacro lo ms abajo posible, se liga a cinco centmetros por arriba de la unin sigmoideorrectal y se corta entre ellas

DUODENODiseccin y corte

- Separar el duodeno hasta el tronco celaco, el que se secciona

SUPRARRENAL DERECHADiseccin

- Abrir la cava para poder asir al hgado y poder levantarlo para separar a la suprarrenal derecha que se queda en su lugar

HGADOCorte

- Seccionar la cara inferior para poder aislar el polo heptico superior del rin derecho, se cortan las porciones finales del diafragma

BLOQUE DE RGANOSTotal de rganos extrados

- Se extrae: estmago, duodeno, pncreas, hgado, vescula biliar y vas biliares y linfticos anexos

RIN IZQUIERDODiseccin

- Seccionar longitudinalmente la grasa perirrenal para separar al rin izquierdo, incluyendo a los ganglios linfticos

RIN DERECHODiseccin

Separar la aorta y cava inferior, se corta la deflexin del peritoneo dejando libre a la columna vertebral del lado derecho, incluyendo a los ganglios linfticos

ILIACASDiseccin y corte

- Cortar verticalmente y que circunde el estrato superior de cada pelvis, para seccionar a los vasos ilacos

GENITALES MASCULINOSDiseccin roma

- Disecar la cara posterior de la snfisis pbica desprendiendo al peritoneo y abordar a la prstata junto con la vejiga y el recto

- Cortar por delante y abajo de la prstata hasta la unin anorrectal

TESTCULOSDiseccin y extraccin

- Disecar el conducto inguinal, se identifica y traccionar el conducto espermtico hasta que se expongan los testculos- Cortar la unin de la tnica con la cara interna del escroto y se extraen

GENITALES FEMENINOSDiseccin roma

- Disecar la cara posterior de la snfisis pbica en su cara interna, se despega a la vejiga, los genitales internos (semejante a la descripcin de los genitales masculinos internos), procurando extraer el recto y la mayor parte posible de la vagina

VULVA Y VAGINACorte y extraccin

- Se realiza al nivel del seno de los labios mayores; traccionar los genitales externos y se suturan los bordes

BLOQUE DE RGANOSTotal de rganos

- Se extraen: riones, suprarrenales, ganglios linfticos, aorta abdominal, cava inferior, urteres, vasos ilacos, rganos genitales internos y en el caso de la mujer, la vulva y la vagina

VENAS FEMORALESDiseccin y extraccin

- Se continan los cortes en las venas ilacas y se disecan las femorales desde la mitad del pliegue inguinal hasta la cara interna de la rodilla, obtenindolas hasta el tercio medio

- Cortar el ligamento inguinal y se cortan los vasos

DURAMADRE Y MDULADiseccin y extraccin

- Ya eviscerado el cadver, se incide con un corte central a lo largo de la columna y exponer a la duramadre

- Se cortan las races dorsales en su porcin externa, se abre la duramadre y se retira la mdula mediante traccin caudal

MDULACortar

Se realizan cortes transversales de cinco a siete milmetros

CORAZN

PERICARDIOIncidir el pericardio y se mide el lquido, se incide en ( y se prolonga hacia abajo hasta la reflexin del pericardio fibroso

CAVA INFERIORAislar el corazn, cortando la cava inferior, las venas pulmonares izquierdas cerca del hilio pulmonar

CAVA SUPERIORCortar la cava superior, las venas pulmonares y se asla el esfago

ARTERIASCORTAR el tronco de la arteria pulmonar y cayado artico a cinco centmetros del corazn

CAVIDADES DERECHASSe coloca el corazn por su cara posterior con el pex en sentido contrario al operador

Abordar a travs de la cava inferior o bien mediante un ojal entre las cavas y entre la pared auricular y continuar con ventrculo cerca de su unin septal

OREJUELA DERECHAExtraer los cogulos posmortem y se voltea la orejuela para su examen

VENTRCULO DERECHOSe coloca el corazn por su cara anterior con el pex dirigido al operado

Corte: continuar con el ventrculo derecho hasta llegar a la rama principal izquierda de la arteria pulmonar, cruzando el cono y el tronco de la arteria pulmonar

CAVIDADES IZQUIERDASAbordar las cavidades izquierdas por la vena pulmonar superior derecha prolongndose el corte por la pared posterior de la aurcula y posteriormente por el ventrculo cerca del tabique

OREJUELA IZQUIERDADesalojar los cogulos y se invierte la orejuela

VENTRCULO IZQUIERDOCortar por la pared libre ventricular izquierda y el tabique interventricular; se corta por el orificio artico, evitando la valva interna de la mitral y el tronco de la arteria pulmonar para salir por la aorta

CORONARIA ANTERIORIncidir la coronaria anterior para terminar en la rama descendente, circunfleja izquierda y las descendentes

CORONARIA POSTERIORIntroducir una cnula se introduce en la coronaria posterior y se abre desde su desprendimiento de la aorta

CUELLO VISCERAL, AORTA Y VSCERAS TORCICAS

AORTA TORCICAAbrir y cortar la aorta torcica longitudinalmente desde la cara posterior viscerales se diseca y se separa. El velo del paladar, la laringe, el esfago, amgdalas y las formaciones linfticas del istmo de las fauces.

ESFAGOSeparar el esfago y se tiene a la vista los ganglios linfticos del hilio pulmonar, mediastinales y los cervicales profundos

GLNDULAS SALIVALESCortar las glndulas submaxilares y los linfticos cervicales

LARINGEAbrir por su cara posterior y se visualizan las cuerdas vocales

TRQUEACortar por la cara posterior de la trquea y bifurcaciones del rbol bronquial

YUGULARESAbrir por su cara visceral anterior, se diseca la tiroides y las paratiroides

GLNDULA TIROIDESCortar longitudinalmente y se realizan cortes paralelos de cinco a mm

ARTERIAS PULMONARESAislar los pulmones y se abren las ramas de la arteria pulmonar

PULMONES Y PERICARDIOAbrir los pulmones con un corte desde la cara externa hasta el hilio y se realizan cortes no mayores de un centmetro. Se revisa el saco pericrdico

RGANOS ABDOMINALES

BAZOSeccionar mediante cortes longitudinales de siete a diez milmetros

ESTMAGOIncidir y abrir por su curvatura mayor

PLORO Y DUODENOIncidir y verificar el ploro en su cara anterior y se contina a lo largo de todas las porciones del duodeno, la permeabilidad de las vas biliares con una ligera expresin de la vescula biliar, con la salida de bilis a travs del mpula de Vater

VAS BILIARESIniciar al nivel del mpula de Vater para abrir al coldoco, la vescula biliar, se abre desde el cuello hasta el fondo del saco

VASOS SANGUNEOSAbrir y anotar sobre la vena porta y sus ramas en el hilio heptico, la vena mesentrica superior y la vena esplnica, el sitio de unin de la vena coronaria estomquica

HILIO HEPTICOEstudiar los ganglios del hilio y arteria heptica

PNCREASAbrir y verificar el conducto de Wirsung desde el mpula de Vater y aislar el pncreas para seccionarlo transversal o longitudinalmente en cortes de cinco a siete milmetros y los ganglios linfticos cercanos

HGADOAislar al hgado y realizar cortes de un centmetro por su longitud mayor

MESENTERIOAbrir los vasos mesentricos y sus ganglios

INTESTINO GRUESOAbrir el intestino grueso cerca de la unin enteroclica siguiendo una de las cintillas musculares y abrir el apndice celiaco

UROGENITAL

SUPRARRENALESSeparar y cortar las glndulas suprarrenales y desgrasarlas; se realizan cortes longitudinales de tres a cinco milmetros

ARTERIAS Y VENASAbrir por la cara posterior, a la cava inferior, venas ilacas, aorta abdominal, arterias ilacas, arterias renales y tronco celiaco

RIONES Y URTERESIncidir y cortar: se hace una incisin de 1-2cm de profundidad por el borde renal y se decapsulan los riones y se hace un corte hasta la pelvis renal, se abren las pelvicillas y urteres hasta la desembocadura vesical

VEJIGACortar la vejiga a partir de la uretra prosttica por su pared anterior hasta el fondo

VESCULAS SEMINALESAbrir longitudinalmente, se separa a la prstata y se corta transversalmente mediante secciones de cinco a siete milmetros

RECTOAbrir el recto longitudinalmente por su pared posterior

TESTCULOSCORTAR Y SEPARAR los testculos de tal forma que quede la porcin de los epiddimos completas; los lbulos seminales y se cortan transversalmente los conductos deferentes en secciones de cinco milmetros

VAGINA Y MATRIZIncidir y abrir la vagina se incide por su pared izquierda hasta el fondo del saco y se contina anteriormente para abrir el conducto cervical hasta el conducto interno; se abre la matriz por su borde izquierdo para continuar por arriba hasta el lado opuesto

TROMPAS DE FALOPIOAbrir las trompas de Falopio y se cortan los ovarios

PARAMETRIOSCortar y abrir las secciones de los parametrios, las venas de los plexos pampiniformes y los ganglios plvicos cercanos a la cava inferior y de la aorta.

GLNDULAS MAMARIASReflejar los colgajos del trax y se estudian, haciendo cortes de base a piel de uno a dos centmetrosExtraer tumoraciones

GANGLIOS LINFTICOSRevisar y extraer los ganglios axilares e inguinales

TABLA DE PESOS Y MEDIDAS PARA LA NECROPSIA

AORTA ABDOMINAL 4cmPARTIDA (peso)30gr

AORTA ASCENDENTE7.4cmPARATIROIDES (peso)115-130mg

AORTA TORCICA5cmPINEAL (peso)140-170mg

ANILLO ARTICO (dimetro)65 - 73mmPRSTATA (peso)

(medidas)20 40gr

3.6 x 3 x 2cm

ANILLO PULMONAR (dimetro)7 - 8.5mmPULMN DERECHO (peso)350gr

ANILLO DE VIEUSSENS: FONDO DE SACO (profundidad)3 6mmPULMN IZQUIERDO (peso)325gr

AORTA TORCICA (circunferencia)7 - 8cmRIN DERECHO (peso)125-150gr

ARTERIA PULMONAR circunferencia8cmRIN IZQUIERDO (peso)125-150gr

AURCULA (MSCULO)10cmSUPRARRENALES (peso)12-14gr

BAZO (peso)125-175grSUSTANCIA RENAL (espesor)18-20gr

CRVIX UTERINO (medidas)3 x 2.5 x 2cmTABIQUE INTERVENTRICULAR PORCIN MUSCULAR (espesor)1-1.5cm

COLON157 170cmTABIQUE INTERVENTRICULAR PORCIN MEMBRANOSA (espesor)2mm

CORAZN (peso)250-300grTABIQUE INTERVENTRICULAR PORCIN MEMBRANOSA (altura)7mm

CORTEZA RENAL (espesor)5 - 6 mmTABIQUE INTERARICULAR4mm max.

DUODENO (longitud)30cmTESTCULOS (peso)

(medidas)15-25gr

5 x 3.5 x 2.7cm

ENCFALO (peso)1000-1700gr 105-1550gr TIMO (peso)19-23gr

ESFAGO (longitud)25cmTIROIDES (peso)

(medidas)30-40gr7 x 4 x 2.5cm

ESTMAGO (longitud)25 - 30cmTRICSPIDE (circunferencia)10-12cm

GLANDULA-SUBMAXILAR (peso)1grTERO MULTPARO (peso)

(medidas)40-60gr9 x 6 x 3.5cm

HGADO (peso)

(medidas)1500-1800gr

30 x 21 x 9 cmTERO NUBIL (peso)

(medidas)33 41gr

8 x 4 x 2.5cm

HIPFISIS (peso)

(medidas)0.5-0.6gr

2 x 1.4 x 0.5cmTERO POSTEMBARAZO (peso)75-125gr

INTESTINO DELGADO (longitud)550 650cmVENA ESPLNICA (circunferencia)20-25mm

INTESTINO GRUESO

(longitud)5.5-6mOVARIOS (peso)15-25gr

MDULA ESPINAL (peso)

(longitud)27gr

45cmVLVULA ARTICA 7.5cm

MITRAL (longitud al corte)10cmVLVULA MITRAL (circunferencia)10cm

ORIFICIO DE LA ARTERIA PULMONAR (longitud)

(circunferencia)1.5cm

1.5VLVULA PULMONAR8.5cm

ORIFICIO DE LA ARTERIA PULMONAR (longitud)

(circunferencia)1.5cm

65 70mmVENA PORTA (circunferencia)30-35mm

ORIFICIO AURICULAR DERECHO (circunferencia)VLVULA TRICSPIDE12cm

ORIFICIO AURICULO-VENTRICULAR DER. (circunferencia)120 mm

105 mm VENTRCULO DERECHO (espesor)0.1-0.5cm

ORIFICIO AURICULO-VENTRICULAR IZQ. (circunferencia)110mm

90mmVENTRCULO IZQUIERDO (espesor)7-10mm

PNCREAS (peso)

(medida en centmetros)90-110gr

23 X 4.5 X 4VESCULAS SEMINALES (medidas)4.5 x 2 x 1cm

Foto. Dr. Jorge Castellanos Sainz

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Cortesa: Dr. Omar Zaragoza

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PAGE 392Jus Mdica: Medicina Legal y Forense Dr. Jorge Castellanos Sainz

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