tratado de derecho registral inmobiliario tomo 1

22
1 Tomo Gunther Hernán Gonzales Barrón TRATADO DE DERECHO REGISTRAL INMOBILIARIO

Upload: saul-paolo-pacheco-laguna

Post on 24-Mar-2016

261 views

Category:

Documents


16 download

DESCRIPTION

TRATADO DE DERECHO REGISTRAL INMOBILIARIO TOMO 1

TRANSCRIPT

Page 1: TRATADO DE DERECHO REGISTRAL INMOBILIARIO TOMO 1

1

Tratado de Derecho Registral Inmobiliario - Tomo I

Ediciones Legales

1Tomo

Gunther Hernán Gonzales Barrón

TRATADO DE

DERECHOREGISTRAL

INMOBILIARIO

Page 2: TRATADO DE DERECHO REGISTRAL INMOBILIARIO TOMO 1

2

Gunther Hernán Gonzales Barrón

Ediciones Legales

Page 3: TRATADO DE DERECHO REGISTRAL INMOBILIARIO TOMO 1

3

Tratado de Derecho Registral Inmobiliario - Tomo I

Ediciones Legales

Page 4: TRATADO DE DERECHO REGISTRAL INMOBILIARIO TOMO 1

4

Gunther Hernán Gonzales Barrón

Ediciones Legales

Tratado de Derecho Registral Inmobiliario

Tomo I

© GunTHeR HeRnán Gonzales BaRRón

© eDIToRa Y DIsTRIBuIDoRa eDICIones leGales e.I.R.l.Jr. azángaro 1075, of. 604, lima-PerúTeléfonos: (511) 427-2076 / 426-2406

RuC: 20523085345 web: www.edicioneslegales.com.pe

e-mail: [email protected]

1ra. Reimpresión de la segunda edición aumentada: noviembre 2010

Tiraje: 500 ejemplares

Hecho el Depósito legal en laBiblioteca nacional del Perú n.º 2012-00565

Registro IsBn: 978-612-4115-07-3

Reservados todos los derechos. ni la totalidad ni parte de este libro puede reproducirse o transmitirse por ningún procedimiento electrónico ni mecánico, incluyendo foto-copia, sin previa autorización escrita del autor y el editor.

Diseño de portada : saúl P. Pacheco lagunaDiagramación de interiores : enrique M. Tello Paravecino

Impresión y encuadernación:editorial san Marcos de aníbal Jesús Paredes Galván

av. las lomas n.º 1600 - s. J. l.RuC: 10090984344

Impreso en Perú / Printed in Peru

Page 5: TRATADO DE DERECHO REGISTRAL INMOBILIARIO TOMO 1

5

Tratado de Derecho Registral Inmobiliario - Tomo I

Ediciones Legales

El “Tratado de Derecho Registral Inmobiliario” es una obra que tuvo un éxito inmediato en el mercado peruano. La razón de ello es su ambicioso contenido y profundidad de análisis, lo que nunca antes se había realizado en el Perú. A mí, particularmen-te, me tomó un año intenso su preparación, redacción y puesta a punto. Por tal motivo, a pesar de la magnitud del libro y, por ello, mayor costo, en apenas dos años ya había tenido dos edicio-nes. Sin embargo, hace mucho tiempo que la última edición se encuentra absolutamente agotada. He recibido múltiples invita-ciones para actualizar la obra, pero no he contado con el tiempo necesario para culminar tan abrumadora tarea. Como todo en la vida, llegar a un determinado nivel hace que sea muy difícil mantener esa escala.

Muchos amigos y alumnos también me han pedido que reimprima el libro, no obstante que el marco normativo en el Perú cambia continuamente, muchas veces sin ninguna racio-nalidad. Normalmente soy reacio a ese tipo de iniciativas, pero finalmente he accedido a la propuesta pues considero que la obra tiene un valor doctrinal que supera el inmediatismo positivista. A pesar de que el libro pueda comentar algunas normas que no están vigentes, empero, el Derecho no solo es normas, sino ra-zonamiento y argumentación; lo que hace que este libro tenga utilidad, tanto para el práctico como para el estudioso.

Por lo demás, la obra comenta el Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios de 2003, el que tiene muchos puntos de contacto y similitudes con el que se aprobó luego en forma apre-surada en el año 2008. En tal sentido, su valor queda potenciado.

PREFACIO DE ESTA REIMPRESIÓN DE LA SEGUNDA EDICIÓN AUMENTADA

Page 6: TRATADO DE DERECHO REGISTRAL INMOBILIARIO TOMO 1

6

Gunther Hernán Gonzales Barrón

Ediciones Legales

En todo caso, resulta evidente que el libro tiene ya un espa-cio propio y resulta conveniente reimprimirlo, aun cuando algu-nas de mis ideas sobre el registro hayan evolucionado en forma radical, por efecto natural de las mayores experiencias y conoci-mientos. Por tanto, el libro va acompañado de una INTRODUC-CIÓN que refleja el pensamiento actual del autor. También se han retirado las partes en las que ya discrepo absolutamente de las concepciones anteriores (ejemplo, sobre la prescripción ad-quisitiva y el registro), o se le han efectuado pequeños retoques.

Lo extraño, sin embargo, es que muchos otros “expertos” de derecho registral se hayan quedado estancados en lo mismo, sin progresar, seguramente motivados por el hecho que su biblio-grafía no pasa de dos o tres autores, registradores españoles. Por eso sigo escuchando frases carentes de todo sentido jurídico y fi-losófico, tales como: “el registro es la verdad oficial”, “la inscrip-ción constitutiva es preferible”, “el fin del Derecho es la seguri-dad jurídica y aumentar las inversiones”, entre otras de infausta recordación. En este contexto, no puedo dejar de mencionar la la-mentable presentación que tuvieron los registradores españoles en el XVII Congreso Internacional de Derecho Registral, llevado a cabo en Lima el mes de octubre de 2010.

En efecto, solo por el nombre se trató de un “Congreso In-ternacional”, pues en realidad fuimos participes del proyecto político de un grupo de registradores españoles, cuya meta es defender los privilegios con los que cuentan. Para lograr tal fin, ya no se respetan las formas, y hoy de manera desembozada se maneja el evento hasta el extremo de decidir quién es el que ha-bla, quién no habla, a qué hora se habla (para que nadie escuche a un opositor), y en su momento cuando cortarle el uso de la palabra a todo aquel que resulta incómodo. El tema no queda ahí, pues las conclusiones del “Congreso” vienen ya redactadas desde Madrid, listas para imponerse, pues nunca se preparan, deliberan o votan entre los asistentes.

La asamblea general del CINDER está compuesta por dos miembros de cada país, uno de índole privado (asociaciones de

Page 7: TRATADO DE DERECHO REGISTRAL INMOBILIARIO TOMO 1

7

Tratado de Derecho Registral Inmobiliario - Tomo I

Ediciones Legales

registradores, por ejemplo) y otro público (la entidad registral del Estado), pero solo vota una de ellas, cuál es, la organización más antigua según la fecha de su incorporación. Por tal motivo, en el caso de Perú y México, por ejemplo, votan asociaciones privadas con nula representatividad, de uno o dos miembros, fácilmente manipulables, y que obviamente siempre apoyan a España. En la asamblea general realizada en Lima, un grupo de países latinoa-mericanos pretendía mantener la sede del próximo Congreso en nuestro Continente, y también traer de regreso a América la se-cretaría general. El resultado: Los registradores españoles eligie-ron la sede que quisieron (Holanda) y nombraron a uno de ellos como secretario. ¿Cómo lo hicieron? Pues mediante cartas de apoderamiento enviadas por distintas asociaciones-miembros, de países que no acudieron a la asamblea, a los que no les impor-ta esta asociación ni el Derecho registral, pero que mediante un “poder” otorgado a un registrador español (sic), permitieron que este vote a favor de su propio colega. Así, una asociación fantas-mal mexicana fue “representada” por un español, a pesar que en la asamblea se encontraban presentes los representantes oficiales del Registro Público Mexicano. Llama la atención la dualidad de criterios que tiene el registrador español. Así, en su país siguen calificando los poderes a pesar que dos leyes sucesivas le han negado esa potestad. Sin embargo, aquí perdieron toda esa rigu-rosidad rayana con el desacato, y se olvidaron que el apoderado no puede votar a favor de su propio interés.

¿Pero, cuál es el proyecto político del que hablamos? El Es-tado Español del siglo XIX era tan pobre que no podía pagarle a sus funcionarios; por eso creó el Registro bajo la particularidad de que los registradores cobrarían directamente de los usuarios por medio de un arancel oficial. Pero esa situación no se mantiene hoy en día, pues el registrador una importante suma anual en un régimen de monopolio, sin incentivos para mejorar, pues igual percibirá los ingresos. Este sistema no puede justificarse bajo dos premisas: las reglas de la libre competencia y las de un Estado que no puede regalar sus funciones para enriquecer a un priva-do sin causa justificativa. Muy distinta es la situación del notario

Page 8: TRATADO DE DERECHO REGISTRAL INMOBILIARIO TOMO 1

8

Gunther Hernán Gonzales Barrón

Ediciones Legales

que debe competir con sus colegas para la captación de clientes y, por tanto, está obligado a brindar un buen servicio. Dentro de este contexto de auto-defensa, los registradores españoles siem-pre repiten las mismas conclusiones en todos los Congresos: a) La “necesidad” de un Registro constitutivo; b) La “necesidad” de un jurista profesional que en forma independiente califique con gran amplitud el negocio jurídico para resguardar la legalidad, y que cobre por arancel para que el Estado no lo “domine”, ni le quite autonomía.

Ninguna de esas conclusiones puede mantenerse. La ins-cripción constitutiva es una exageración formalista que los re-gistradores españoles ni siquiera tienen en su propio sistema jurídico, aunque ahora han sacado del sombrero ideas alucinan-tes: “España adopta el sistema abstracto de transmisiones patri-moniales” (Méndez). Habría que decirle que lea el art. 609º de su propio Código que consagra el título causal y el modo. Otro poco conocido cuyo nombre no recuerdo, dice alegremente que: “tienen un registro declarativo con efectos constitutivos” (¿?). Es imposible explicar cómo dos conceptos antitéticos pueden exis-tir simultáneamente. Por otro lado, la supuesta necesidad de un registrador poderoso que califica de todo, hasta las sentencias, y que cobra millones para sí, también es falsa. Basta citar el Dere-cho alemán para refutar esa aseveración, pues allí el registrador es un funcionario que ni siquiera es abogado, que califica aspec-tos formales y nunca se entromete en la validez del negocio.

Una doctrina jurídica puede estar equivocada, pues nadie tiene la verdad comprada, pero lo importante es que mantenga la honestidad intelectual. Distinto es el caso cuando la doctrina está pre-ordenada para defender intereses, esto es, mantener los privilegios y permitir que aumenten los honorarios. Por tal moti-vo, un sector de la doctrina registral española (digo “registral”), especialmente la reciente, no tiene nada que enseñarnos y debe ser rechazada. En esa misma línea, se hace imprescindible cons-tituir una nueva Organización Internacional de Derecho Regis-tral, pluralista, abierta, democrática, sin intereses económicos de por medio, estrictamente científica e integrada con la academia.

Page 9: TRATADO DE DERECHO REGISTRAL INMOBILIARIO TOMO 1

9

Tratado de Derecho Registral Inmobiliario - Tomo I

Ediciones Legales

El logro de estos fines requiere de una serie de instrumentos que permitan enrumbarse a la dirección querida. Uno de ellos es la organización de los Congresos Internacionales. El otro me-canismo lo constituye el llamado “Curso Anual de Derecho Re-gistral Iberoamericano” (CADRI), celebrado todos los años con el fin de “enseñar” la doctrina creada por los propios registra-dores, y que más bien tiene las características de un adoctrina-miento ciego, mecánico y dogmático. Para ello no hay límites en los gastos. En efecto, el Colegio selecciona unos 25 funcionarios de registros latinoamericanos a quienes solventa todos los gastos durante casi un mes (incluido el costo del curso, publicaciones, hospedaje, viáticos y pasajes aéreos). La idea es “vender” su pro-yecto de la forma más eficiente posible, cuál es, captar a las per-sonas por el convencimiento y la persuasión. Por tal motivo, en diez años ya tienen 250 “adoctrinados” en nuestro Continente, quienes luego repetirán esa “verdad oficial” al grupo de perso-nas que no viajó. El resultado: miles de abogados y registradores que resultan “convencidos” de las bondades del sistema registral español; todo ello narrado y contado por los propios interesados.

Cabe preguntarse, entonces, luego de tantos Congresos y Cursos: ¿hoy en día tenemos algo que aprender del Registro Español?

En primer lugar, en el ámbito tecnológico, los hispanos si-guen en el tiempo de la “carreta”, pues mantienen los libros de inscripciones en papel y las comunicaciones por fax.

En segundo lugar, ellos tienen una base catastral más pobre que nosotros. Por eso han creado el Sistema Geobase que adicio-na “de oficio” un plano a la partida registral, sin pedirle autori-zación al propietario ni tramitar un procedimiento con garantías mínimas que permitan validar la información (por ejemplo: cita-ción de colindantes).

En tercer lugar, su doctrina está viciada por la defensa de intereses y la falta de rigurosidad. Un ejemplo: se dice que “el sistema registral debe ser análogo al de los títulos valores” (Mén-dez), es decir, una casa se transmitiría por la “verdad oficial” que

Page 10: TRATADO DE DERECHO REGISTRAL INMOBILIARIO TOMO 1

10

Gunther Hernán Gonzales Barrón

Ediciones Legales

representan las inscripciones, sin necesidad de verificar los nego-cios jurídicos que le dieron origen, y casi sin tomar en cuenta la buena fe pues se trata de un sistema de transmisión abstracto. Es obvio que esta propuesta es absurda y contraria a ley, pero hay un tema adicional: su autor no se ha puesto a pensar que en la doctrina de los títulos valores, la falsificación de la firma no ge-nera derecho alguno. Es decir, quien sufre una falsificación siem-pre puede oponerse al pago con éxito, aun cuando se trate de terceros de buena fe. Por tanto, si en los títulos valores el tercero carece de protección frente a una falsificación, entonces lo mismo debería ocurrir en el registro. Méndez no se ha dado cuenta que su tesis termina limitando la protección registral, lo que es inco-herente consigo mismo. El principio de fe pública registral queda de esta forma reducido a sus justos límites, como mecanismo de tutela excepcional, que no protege los fraudes ni las voluntades inexistentes, lo que es correcto.

En cuarto lugar, la calificación del registrador, desmesurada y extravagante, se origina en España, y de eso tenemos que apar-tarnos con urgencia.

Conclusión: HOY TENEMOS POCO QUE APRENDER DEL REGISTRO ESPAÑOL.

Es un imperativo categórico ir para mejor. El que no avanza, el que simplemente se queda donde está, ya retrocedió. En fin, espero que esta reimpresión cumpla plenamente sus fines.

Miraflores, noviembre de 2010.

El autor

Page 11: TRATADO DE DERECHO REGISTRAL INMOBILIARIO TOMO 1

11

Tratado de Derecho Registral Inmobiliario - Tomo I

Ediciones Legales

1. ESENCIA Y FUNCIÓN JURÍDICA DEL REGISTRO

El Registro busca proteger y asegurar los actos de transmi-sión y adquisición de los predios. Es decir, esta institución se encuentra exactamente en el medio del fenómeno económico de circulación de la riqueza, y ha sido creada con el fin que los ad-quirentes conserven sus derechos basándose en la publicidad de los actos; y sin que alguna circunstancia oculta pueda afectarles.

El Registro, para ser tal, se compone de tres elementos esen-ciales:

i) Archivo de actos y contratos1 referidos a un sujeto o bien específico, y en cuya virtud se extienden las distintas inscrip-ciones;

ii) Archivo público que permite el acceso de todos aquellos que tienen interés en conocer la información que contiene;

iii) Productor de efectos jurídicos de derecho privado, por lo cual se pone en situación de ventaja al sujeto que inscribe su derecho; y se perjudica a quien no lo hace. Este es el caso, por ejemplo, de los principios de inoponibilidad de lo no-inscrito (art. 2022 CC), fe pública registral (art. 2014 CC) y prioridad (art. 2016 CC).

INTRODUCCIÓN

1 Cuando aquí hablamos de “archivo” lo hacemos como sinónimo de compilación de actos o negocios que se reúnen con determinado fin. No estamos prejuzgando si el concreto sistema de registro es de los denominados de “transcripción o archi-vo” o de “inscripción o extracción”.

Page 12: TRATADO DE DERECHO REGISTRAL INMOBILIARIO TOMO 1

12

Gunther Hernán Gonzales Barrón

Ediciones Legales

El Registro se justifica mediante la siguiente razón de políti-ca legislativa: otorgar publicidad a las transferencias, con el fin que los derechos o cargas ocultas no perjudiquen a los terceros adquirentes, pues ello simplemente paralizaría el comercio y la circulación de la riqueza territorial a causa de la falta de certeza respecto a la situación jurídica de los bienes inmuebles (determi-nación de su propietario y de los gravámenes cargas que sufre)2.

Esta institución nace, pues, para cumplir una evidente nece-sidad de certeza que, en este caso no resulta satisfecha por la sola actividad de los contratantes, sino, viene ayudada por el Estado a través de la organización de un sistema de publicidad3. El nú-cleo de la publicidad es constituir una información pública, y con determinadas garantías, referente a las situaciones jurídi-cas de carácter inmobiliario o de otras relevantes para el tráfico patrimonial.

Puede decirse que la publicidad es el acto de incorporación de la propiedad inmobiliaria y sus cargas en un libro o título formal: el Registro. Las ventajas de la publicidad son las mismas que cualquier otro formalismo, esto es, la certeza y seguridad de los derechos, la limitación de los conflictos y la movilidad del tráfico mercantil4. El elevado valor de los inmuebles hace nece-saria una especial seguridad en su circulación, y esa seguridad sólo puede lograrse con el conocimiento de sus circunstancias jurídicas5.

El Registro es un instrumento de publicidad-garantía que juega en dos momentos decisivos del fenómeno de circulación de la riqueza6:

2 MESSINEO, Francesco. Manual de Derecho Civil y Comercial, EJEA, Buenos Aires 1979, traducción de Santiago Sentís Melendo, Tomo III, pág. 568.

3 PAU PEDRÓN, Antonio. Curso de práctica registral, Universidad Pontificia de Co-millas, Madrid 1995, pág. 17.

4 ALVAREZ CAPEROCHIPI, José Antonio. Derecho Inmobiliario Registral, Editorial Civitas, Madrid 1986, pág. 18.

5 PAU PEDRÓN, Antonio. Op. Cit., pág. 32.6 VALLET DE GOYTISOLO, Juan. “La seguridad jurídica en los negocios disposi-

tivos de bienes inmuebles”. En: Revista de Derecho Notarial, Madrid 1980, pág. 231.

Page 13: TRATADO DE DERECHO REGISTRAL INMOBILIARIO TOMO 1

13

Tratado de Derecho Registral Inmobiliario - Tomo I

Ediciones Legales

i) ANTES DE LA ADQUISICIÓN: anunciando a todos quién es el titular, por lo menos formal, del inmueble que se desea ad-quirir, así como de las cargas y gravámenes que les afectarán en caso que se concrete el negocio adquisitivo.

ii) DESPUÉS DE LA ADQUISICIÓN: si el adquirente inscribe su título de adquisición, lo hará invulnerable a las reclama-ciones que resulten de causas ajenas al contenido del Regis-tro, siempre que se encuentre en determinadas hipótesis.

Sea en cualquiera de los momentos señalados, el fenómeno publicitario se muestra como la técnica tipificante de la institu-ción registral. Se trata de su naturaleza ontológica, de su modo de ser, de su nervio o núcleo. De allí que podamos bautizar a la publicidad legal como la “esencia del Derecho registral”, enten-diendo el término “esencia” en su primera acepción gramatical, esto es, la que constituye la naturaleza de las cosas, lo permanen-te e invariable en ellas7.

Tradicionalmente se consideraba que la publicidad es un principio del Derecho Registral8, en calidad de presunción ab-soluta de conocimiento de los datos inscritos9. Sin embargo, bien vistas las cosas, la publicidad es el modo de ser del Re-gistro, su ontología, el presupuesto de los efectos, pero que la norma efectual debe concretar en cada sistema jurídico. Por eso es perfectamente prescindible que los sistemas jurídicos in-

7 REAL ACADEMIA ESPAÑOLA. Diccionario de la Lengua Española, Espasa Calpe, Madrid 2001, Tomo I, pág. 885.

8 Por todos: GONZÁLEZ MARTÍNEZ, Jerónimo. Estudios de Derecho Hipoteca-rio (Orígenes, Sistemas y Fuentes), Imprenta de Estanislao Maestre, Madrid 1924, pág. 214.

9 En este sentido, la doctrina nacional ha entendido comúnmente que el artículo 2012º consagra el “principio” de publicidad. Dentro de esta línea de ideas se sos-tiene que: “La publicidad jurídica, es una actividad que tiene por finalidad mani-festar un hecho, acto o situación jurídica y que crea respecto al objeto publicado la posibilidad de ser conocido por todos. ( ) Se encuentra recogido en la legislación peruana en el art. 2012 del CC de 1984”: VALENCIA DONGO CÁRDENAS, Rita. “Diferente tratamiento del principio de publicidad registral en la legislación pe-ruana y española”. EN: Gaceta Jurídica, Tomo 21, Lima 1995, pág. 65-A y 66-A.

Page 14: TRATADO DE DERECHO REGISTRAL INMOBILIARIO TOMO 1

14

Gunther Hernán Gonzales Barrón

Ediciones Legales

corporen una norma sobre la pura publicidad, y más bien se concentren en regular los efectos del registro10. Sobre el punto también es bueno estar prevenidos contra problemas de orden terminológico11.

Por tanto, no basta la sola publicidad, que en tal condición se convertiría en simple difusión noticiosa; sino que es menester una notoriedad cuya función sea la de proteger derechos. Se trata de una publicidad garantista.

Sistematizando todas las ideas expuestas podemos señalar, a grandes rasgos, el engranaje del que se compone el sistema re-gistral12:

i) El Derecho articula una publicidad mediante la toma de ra-zón o reproducción de ciertos datos en una oficina abierta a la consulta pública. Para ello obviamente se necesita de un procedimiento que permita la incorporación al Registro de los datos en cuestión.

ii) Pueden ser objeto de publicidad muy diversos fenómenos jurídicos (bienes muebles, inmuebles, estado de las personas, etc.).

10 En realidad, la publicidad es la esencia del Registro, mientras que la “razón de ser” alude a la finalidad de un acto o de una cosa. La finalidad del Registro no es la publicidad.

11 Es cierto que la publicidad no es un principio registral si es que lo entendemos como la sola presunción de conocimiento de todo lo inscrito. Sin embargo, es bue-no tener en cuenta que los alemanes utilizan la frase “principio de publicidad” con otro significado, y con el cual se denota una escala inferior a la inscripción constitutiva. En tal sentido, esta última constituye un elemento del “iter” trans-misivo de la propiedad o de cualquier otro derecho real; es decir, no hay trans-misión hasta la inscripción. En cambio, el principio de publicidad -correctamente entendido- alude a la eficacia de la inscripción frente a terceros. En consecuencia, la inscripción constitutiva (= sin inscripción no hay transmisión) pertenece a la esfera del ser, mientras que la inscripción declarativa o principio de publicidad (= sin inscripción, la transmisión no afecta a tercero) corresponde a la esfera del valer: NÚÑEZ LAGOS, Rafael. “El Registro de la Propiedad Español”. En: Actas del I Congreso del Notariado Latino, Buenos Aires 1949, pág. 112.

12 DE ÁNGEL YAGÜEZ, Ricardo. Apariencia Jurídica, Posesión y Publicidad Inmobilia-ria Registral, Universidad de Deusto, Bilbao 1982, pág. 83-85.

Page 15: TRATADO DE DERECHO REGISTRAL INMOBILIARIO TOMO 1

15

Índice

Ediciones Legales

Índice Tomo i

Prefacio de esta reimpresión de la segunda edición aumentada ...........Prefacio a la segunda edición..........................................................................Prefacio a la primera edición ..........................................................................Glosario ................................................................................................................

inTroducción

1. Esencia y función jurídica del registro ...................................................2. Función primaria del registro: configurar un título especialmente

calificado de los derechos .........................................................................3. Función complementaria del registro: protección de los terceros

que confían en la apariencia registral .....................................................4. El derecho registral se debate hoy entre dos visiones antagónicas:

análisis del “realismo” frente al “extremismo” ...................................4.1. Finalidad del registro: justicia y seguridad en el tráfico jurí-

dico .....................................................................................................4.2. “Extremismo” frente a “realismo” ..............................................4.3. Algunos temas concretos en los que se aprecia el enfrenta-

miento entre “extremismo” y “realismo” ..................................4.3.1. La ingenua pretensión del registro como “verdad

oficial” ..................................................................................4.3.2. ¿Registro declarativo o constitutivo? ............................4.3.3. La primacía (obvia e irrefutable) del título material

sobre la inscripción ...........................................................

capÍTulo i ideas preliminares sobre el derecho

1. Justificación del tema en esta obra ..........................................................2. Entre la justicia y la seguridad jurídica ..................................................3. Opinión personal ........................................................................................

5111517

19

23

28

43

4353

60

6063

78

135136140

Page 16: TRATADO DE DERECHO REGISTRAL INMOBILIARIO TOMO 1

16

Índice

Ediciones Legales

capÍTulo ii esencia del derecho regisTral inmobiliario

1. El registro y la publicidad .........................................................................2. Concepto de publicidad registral ............................................................3. Concepto de publicidad registral: exteriorización continua y orga-

nizada ............................................................................................................4. Concepto de publicidad registral: exteriorización de titularidades

sobre inmuebles ..........................................................................................5. Concepto de publicidad registral: cognoscibilidad legal ..................6. Concepto de publicidad registral: eficacia sustantiva o material ....7. Registros jurídicos y registros administrativos ....................................8. Confusiones frecuentes al calificar un Registro Jurídico. ..................

8.1. El Registro Nacional de Protestos y Moras ...............................8.2. El Registro de Propiedad Vehicular (antes de su incorpora-

ción al Sistema de Registros Jurídicos) .......................................9. El llamado registro de escrituras públicas ............................................

capÍTulo IIIderecho regisTral inmobiliario

1. Concepto .......................................................................................................2. Contenido .....................................................................................................3. Ubicación del Derecho registral en el Código Civil: las reglas gene-

rales ................................................................................................................4. Utilidad de estudiar el Derecho registral inmobiliario como un

“sistema” ......................................................................................................

capÍTulo Iv eficacia del regisTro: hisToria y derecho comparado

1. Instituciones que coadyuvaron al nacimiento del Registro ..............2. Los efectos de la inscripción en los distintos sistemas registrales ...3. Los dos planos de la protección registral ..............................................

3.1. Introducción .....................................................................................3.2. Primer plano de la protección registral ......................................

157160

162

163164166169173174

177184

189191

194

197

205221229229230

Page 17: TRATADO DE DERECHO REGISTRAL INMOBILIARIO TOMO 1

17

Índice

Ediciones Legales

3.3. Segundo plano de la protección registral ..................................3.4. Combinación de sistemas a partir de los dos planos de pro-

tección registral ................................................................................

capÍTulo vlos sisTemas de Transmisión de la propiedad.

coordinación con el regisTro

1. Introducción .................................................................................................2. La teoría del Título y Modo ......................................................................3. La transferencia de la propiedad por el solo consentimiento...........

3.1. Origen y fundamento .....................................................................3.2. Ventajas del Principio Consensualístico ....................................3.3. Desventajas del Principio Consensualístico ..............................3.4. El registro atenúa las desventajas del Principio Consensua-

lístico ..................................................................................................4. La transferencia de la propiedad a través de la publicidad registral

constitutiva ...................................................................................................4.1. La publicidad registral constitutiva ............................................4.2. Desarrollo histórico de la publicidad registral constitu-

tiva ...........................................................................................4.3. La publicidad registral constitutiva: caracteres del Sistema

alemán................................................................................................4.4. La publicidad registral constitutiva: críticas al Sistema ale-

mán .....................................................................................................4.5. La publicidad registral constitutiva: caracteres y críticas del

Acta Torrens o Sistema australiano ............................................5. El Sistema Registral español.....................................................................

capÍTulo vI el sisTema de Transmisión de la propiedad inmobiliaria

en el código civil de 1984

1. La transferencia de la propiedad en los bienes inmuebles ...............1.1. La Tesis de Bigio Chrem ................................................................1.2. La Tesis de Osterling Parodi .........................................................1.3. La Tesis de Avendaño Valdez ......................................................

234

236

243247253253258262

264

265265

267

271

281

292301

311312314314

Page 18: TRATADO DE DERECHO REGISTRAL INMOBILIARIO TOMO 1

18

Índice

Ediciones Legales

1.4. La Tesis de Manuel De la Puente ................................................1.5. La Tesis de Forno Flórez ................................................................1.6. La Tesis de Torres Méndez ...........................................................1.7. La Tesis de Fernández Cruz .........................................................1.8. La Tesis de Castillo Freyre ............................................................

2. El Sistema de Transmisión de propiedad inmobiliaria en el Perú y su coordinación con el Registro ..............................................................

3. Los efectos de la inscripción en nuestro Registro ................................4. La inútil discusión entre la venta obligatoria y la venta real. Sí

existe la obligación de transferir la propiedad (obligación de ena-jenar. ..............................................................................................................

5. Algunas notas del Sistema Registral peruano .....................................5.1. El Código Civil de 1984 ..................................................................5.2. Situación posterior al Código Civil de 1984 ..............................5.3. Ley N.º 27755: De Creación del Registro de Predios y Unifi-

cación de los Distintos Registros Inmobiliarios ........................

capÍTulo vII la publicidad regisTral y sus elemenTos.

el principio de especialidad

1. La publicidad registral y sus elementos ................................................2. El Principio de Especialidad Registral ...................................................

capÍTulo vIIIla base objeTiva de la publicidad regisTral inmobiliaria:

la finca o el inmueble

1. Nociones previas ........................................................................................1.1. Folio real - folio personal ..............................................................1.2. El folio real en nuestro Sistema Registral ...................................

2. La necesaria correlación entre la finca y los derechos que recaen sobre este ......................................................................................................

3. Finca material y finca registral .................................................................4. Descripción e identificación de la finca .................................................

4.1. Necesidad de expresar los datos descriptivos de la finca ......4.2. Sistemas de identificación de la finca registral .........................

316319321324327

329344

347351351355

360

371373

381381386

390393394394395

Page 19: TRATADO DE DERECHO REGISTRAL INMOBILIARIO TOMO 1

19

Índice

Ediciones Legales

5. Registro y catastro ......................................................................................5.1. Finalidad del catastro .....................................................................5.2. Situación del catastro en el Perú ................................................5.3. Algunos dogmas sobre el catastro ..............................................5.4. Mecanismo simplificado para dotar de una aceptable base

física a las fincas registrales ...........................................................5.5. La Nueva Ley N.º 28294, que crea el Sistema Nacional

Integrado de Catastro y su vinculación con el Registro de Predios .....................................................................................

6. Clases de finca registral .............................................................................6.1. Fincas rústicas y urbanas ...............................................................

6.1.bis Un tertium genus: el suelo eriazo ....................................6.2. Fincas continuas y discontinuas ..................................................6.3. Finca matriz y derivadas ...............................................................6.4. Fincas normales y especiales ........................................................

7. Ingreso de la finca al Registro: inmatriculación ...................................7.1. Mecanismos de inmatriculación ..................................................

7.1.1. Títulos de propiedad con cinco años de antigüedad 7.1.2. Títulos supletorios .............................................................7.1.3. Títulos supletorios en vía notarial: hipótesis general 7.1.4. Títulos supletorios en vía notarial: hipótesis especial 7.1.5. Declaración notarial con fines de inmatriculación ....7.1.6. Mecanismos de inmatriculación en los predios rura-

les .........................................................................................7.1.7. Mecanismos de inmatriculación por formalización

colectiva ...............................................................................7.2. Derechos que sirven de base a la inmatriculación ...................7.3. Inmatriculaciones preventivas .....................................................

8. Doble inmatriculación ...............................................................................8.1. Introducción a este problema .......................................................8.2. Regulación de este problema........................................................8.3. Criterios jurisprudenciales para resolver este problema .......

9. Modificaciones en la base objetiva de la finca registral .....................9.1. Segregación de fincas registrales (independización o subdi-

visión).................................................................................................9.1.1. Definición ...........................................................................9.1.2. Repercusiones de la segregación en el ámbito jurí-

dico .......................................................................................9.1.3. Segregación de fincas urbanas .......................................

405405406410

416

420427428433442445448464468469473481484488

490

504511525529529531541546

547547

548551

Page 20: TRATADO DE DERECHO REGISTRAL INMOBILIARIO TOMO 1

20

Índice

Ediciones Legales

9.1.4. Segregación de fincas rústicas ........................................9.2. Acumulación de fincas registrales ..............................................

9.2.1. Definición ...........................................................................9.2.2. Efectos registrales de la acumulación ...........................9.2.3. Repercusiones de la acumulación en el ámbito jurí-

dico .......................................................................................9.2.4. Requisitos de la acumulación de fincas urbanas .......9.2.5. Requisitos de la acumulación de fincas rústicas ........

9.3. Agregación de fincas registrales ..................................................9.4. Declaración de fábrica ....................................................................

9.4.1. Declaración de fábrica en predios urbanos .................9.4.2. Declaración de fábrica de predios rústicos ..................9.4.3. Calificación del registrador en las declaraciones de

fábrica ...................................................................................9.5. Rectificación de áreas .....................................................................

9.5.1. Concepto .............................................................................9.5.2. Ideas-fuerza sobre la rectificación de áreas .................9.5.3. Mecanismo judicial de rectificación de áreas ..............9.5.4. Otros mecanismos individuales de rectificación de

áreas ......................................................................................9.5.5. El Mecanismo Excepcional de la Tolerancia Regis-

tral .........................................................................................9.5.6. Propuesta de nuevos mecanismos individuales de

rectificación de áreas.........................................................9.5.7. Mecanismos colectivos de rectificación de áreas .......9.5.8. Diferencias entre rectificación de áreas y deslinde ....

capÍTulo Ix la base objeTiva de la publicidad regisTral inmobiliaria:

el TracTo sucesivo

1. El Principio del Tracto Sucesivo ..............................................................1.1. El Sistema del Folio Real y el Principio del Tracto Sucesivo .1.2. Concepto y fundamentos del Tracto Sucesivo .........................1.3. Requisitos de identidad que exige el Tracto Sucesivo ............1.4. El llamado Tracto Sucesivo “Real” .............................................

2. Efectos del tracto sucesivo ........................................................................2.1. Desarrollo teórico y práctico .......................................

562568568569

571577581584589594619

623626626629634

643

653

656662668

675675677684686693693

Page 21: TRATADO DE DERECHO REGISTRAL INMOBILIARIO TOMO 1

21

Índice

Ediciones Legales

2.2. Jurisprudencia peruana-tipología de casos en la aplicación del Tracto Sucesivo .........................................................................

3. La claridad de los asientos como presupuesto formal del Tracto Sucesivo ........................................................................................................

4. Tracto abreviado .........................................................................................5. El llamado Principio de Impenetrabilidad ...........................................

capÍTulo xbase subjeTiva de la publicidad regisTral inmobiliaria:

el TiTular regisTral

1. Concepto y presupuestos .........................................................................2. La persona natural como titular registral ..............................................

2.1. Nociones ............................................................................................2.2. El nombre y demás circunstancias personales: identifica-

ción del titular registral ..................................................................2.3. Finalidad de la identificación del titular registral ....................2.4. La identificación de personas en sede notarial .........................2.5. La identificación en sede registral ...............................................

2.5.1. Ámbito de la identificación evaluado por el regis-trador ....................................................................................

2.5.2. Tipología de problemas en la identificación y reglas prácticas de solución.........................................................

2.5.3. Un ejemplo de lo que no debe hacerse .........................2.6. La calificación del registrador respecto al estado civil ............2.7. Los cambios y rectificaciones de las circunstancias perso-

nales ....................................................................................................3. La persona jurídica como titular registral .............................................

3.1. Nociones ............................................................................................3.2. Cambios o rectificaciones ..............................................................3.3. Identificación de la persona jurídica en sede notarial .............

3.3.1. Particularidad de la identificación notarial en el caso de las personas jurídicas ..................................................

3.3.2. Discrepancias entre la realidad registral y extrarre-gistral de los poderes ........................................................

3.3.3. El poder “no acreditado”.................................................3.4. Identificación de la persona jurídica en sede registral. Dupli-

cidad de funciones entre el juicio notarial y el registral .........3.5. Supuestos problemáticos de algunas personas jurídicas .......

693

703705710

717719719

721721723729

729

730735743

751759759761764

764

769771

772774

Page 22: TRATADO DE DERECHO REGISTRAL INMOBILIARIO TOMO 1

22

Índice

Ediciones Legales

3.5.1. Introducción .......................................................................3.5.2. Las comunidades campesinas y nativas ......................3.5.3. Los sindicatos .....................................................................

4. El ente no personificado como titular registral ...................................4.1. Ente no personificado .....................................................................4.2. Obstáculos registrales para la adquisición de derechos por

parte de entes no personificados .................................................4.3. Estudio de algunos entes no personificados .............................

4.3.1. Asociación, fundación y comité no inscrito ................4.3.2. Sociedades irregulares .....................................................4.3.3. Sociedades en formación .................................................4.3.4. Las juntas de propietarios ...............................................

Índice Tomo I ......................................................................................................

774775777778778

781784784785789791

807