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“MADRE DE DIOS CAPITAL DE LA BIODIVERSIDAD DEL PERÚ” ALTERNATIVAS DE PREVENCIÓN Y SOLUCIÓN DE CONFLICTOS FORESTALES EN LA REGIÓN MADRE DE DIOS 2009 PERÚ Ministerio de Agricultura DGFFS Programa Para la Gestión Ambiental y Social de los Impactos Indirectos del Corredor Vial Interoceánica Sur

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“MADRE DE DIOS CAPITAL DE LA BIODIVERSIDAD DEL PERÚ” 

 

ALTERNATIVAS DE PREVENCIÓN Y 

SOLUCIÓN DE CONFLICTOS FORESTALES 

EN LA REGIÓN  MADRE DE DIOS 

2009 

PERÚ Ministerio de Agricultura

DGFFS Programa Para la Gestión Ambiental y Social de los Impactos Indirectos del Corredor Vial Interoceánica Sur

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Ing. Adolfo De Córdova Vélez 

Ministro de Agricultura 

 

Dr. Miguel Rosas Silva 

Director General Forestal y de Fauna Silvestre 

 

Dr. Dow Hers Seiner Kertman  

Director Ejecutivo 

 

Ing. Francisco Tueros Yance 

Jefe Proyecto 6  

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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PROYECTO 06 “CONSOLIDACIÓN Y DESARROLLO DE LAS CONCESIONES FORESTALES Y FORTALECIMIENTO DE LAS CAPACIDADES DE LAS AUTORIDADES COMPETENTES DE ADMINISTRACIÓN Y CONTROL FORESTAL Y DE FAUNA SILVESTRE” 

Para: 

Elaborado por:  Eco. Elena Rubio Urrelo – CEL 6986 Ing.  Marco Romero Pastor – CIP 12016 

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ALTERNATIVAS DE PREVENCIÓN Y SOLUCIÓN DE

CONFLICTOS FORESTALES EN LA REGIÓN MADRE DE DIOS

1. ANTECEDENTES

La región Madre de Dios, declarada “Capital de la Biodiversidad del Perú”, se caracteriza por el desarrollo de actividades extractivistas que se han sucedido a lo largo de su historia por la riqueza de sus recursos, tanto renovables como no renovables. Destacan la extracción de la quinina, goma, shiringa, castaña, madera (principalmente caoba), oro e hidrocarburos, entrecruzándose el desarrollo de estas actividades con movimientos transfronterizos, no siempre en el marco de la legalidad, hacia y desde los países con los que comparte límites (Brasil y Bolivia).

La baja densidad poblacional del departamento, que ha creado el mito de una región con grandes áreas disponibles para hacer agricultura y ganadería, así como los aparentes y efímeros beneficios derivados de la explotación de los recursos naturales antes señalados, han convertido a Madre de Dios en polo de atracción para las poblaciones de la región andina, principalmente procedentes de los departamentos vecinos, las que se han ido asentando a lo largo de las carreteras y en las márgenes de los ríos.

Paralelamente y con el objeto de preservar la importante biodiversidad que alberga la región, el Estado ha establecido áreas naturales protegidas y reservas indígenas que abarcan más de la mitad del territorio del departamento. Asimismo, el Estado peruano, en un esfuerzo por ordenar la superficie forestal del país, determinó los Bosques de Producción Permanente de este departamento y otorgó áreas de bosque en concesión a particulares desde comienzos de la presente década, dando lugar al nacimiento e instalación de concesiones con fines maderables, concesiones de castaña, concesiones de shiringa, concesiones de reforestación, concesiones de conservación y concesiones de ecoturismo.

Todo ello ha ido configurando un complejo escenario en el que se superponen intereses y derechos de uso y tenencia de los bosques, comprendiendo en éstos el vuelo, el suelo y el subsuelo, cada cual con sus respectivos usuarios y actores y sus correspondientes competencias y derechos, así como sus prácticas de formalidad, informalidad, legalidad e ilegalidad, con los consiguientes conflictos, alianzas, inequidades y exclusiones. Los intereses económicos existentes se desenvuelven en una intensa confrontación, estando en muchos casos contrapuestos a la conservación y al manejo sostenible de los bosques y los recursos naturales de la región, los que se encuentran expuestos a procesos depredatorios, muchas veces irreversibles.

En este marco se inicia la construcción del Corredor Vial Interoceánico Sur, el mismo que afecta el ordenamiento y uso de los recursos en su área de influencia, así como las expectativas de los diferentes actores respecto de los mismos, sus estrategias de ocupación de territorio y sus actividades productivas, avizorándose la aparición de posibles nuevos conflictos que se agregan a los ya existentes, con los consiguientes impactos negativos sobre los ecosistemas y recursos forestales de la zona.

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El manejo adecuado de tales conflictos –que incluye la prevención de conflictos potenciales y la búsqueda de soluciones equitativas a los ya existentes- resulta crucial no sólo para alcanzar los impactos deseables previstos por la construcción del corredor vial, sino para garantizar el uso sostenible de los recursos forestales de la región.

En este marco se inscribe el desarrollo del presente estudio, el que tiene por objeto identificar y priorizar, a nivel de la Región Madre de Dios, los conflictos existentes, así como los procesos que pueden generar conflictos futuros, proponiendo alternativas –recogidas de los propios actores regionales– que conduzcan a la solución de los mismos, así como buscando conciliar en estas propuestas el interés de los grupos sociales involucrados con la preservación de nuestro patrimonio forestal.

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2. METODOLOGÍA

El método de investigación utilizado para la realización del presente estudio –ejecutado en un plazo de dos meses hasta la entrega del informe definitivo– se basa en la interacción permanente entre la información de campo y la información secundaria, incorporando en el levantamiento de la información un enfoque participativo. A partir de la revisión de la documentación existente, se ha confrontado ésta con la realidad, realizando entrevistas y reuniones con los principales actores.

Las técnicas de investigación utilizadas han sido:

a. Investigación en gabinete, a través de la cual se han consultado las diferentes fuentes escritas y digitales sobre los aspectos normativos y los estudios realizados en relación a la problemática examinada, así como información estadística y cartográfica.

La información sobre aspectos normativos estuvo referida, fundamentalmente, al marco legal sobre los derechos de uso y tenencia del bosque y sus recursos.

Asimismo, se recogió información de las Administraciones Técnicas Forestal y de Fauna Silvestre de la región (Tambopata-Manu y Tahuamanu), el Proyecto 6 del Programa Interoceánico Sur – “Proyecto Consolidación y desarrollo de las concesiones forestales y fortalecimiento de las capacidades de las autoridades competentes de administración y control forestal y de fauna silvestre”, la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre del Ministerio de Agricultura, la Defensoría del Pueblo, Fondebosque, el Gobierno Regional de Madre de Dios, el Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana, entre otros, y se revisó documentos de diversas instituciones cuya información sirve de complemento al presente estudio.

b. Investigación en campo, basada en la realización de entrevistas y taller con los principales actores involucrados.

Respecto a las entrevistas realizadas, éstas fueron entrevistas semiestructuradas a actores e instituciones vinculados al uso del bosque en la región Madre de Dios. Estos actores e instituciones fueron seleccionados de acuerdo a los siguientes criterios:

Son usuarios directos del bosque, independientemente de que tengan o no derechos de uso y/o tenencia;

Tienen competencia para otorgar, limitar, fiscalizar o supervisar derechos sobre el uso de los recursos del bosque;

Juegan un rol de asesoramiento, apoyo o representación de intereses de los usuarios del bosque;

Juegan un rol de preservación del bosque, fuera mediante la generación de información de apoyo, el desarrollo de proyectos de desarrollo sostenible, etc.

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La muestra entrevistada fue de 32 personas en la región y una en la ciudad de Lima. La relación de los entrevistados se presenta en el Anexo N° 1.

Estas entrevistas estuvieron conformadas por un listado de temas preseleccionados y preguntas fundamentales a realizar, intercalados con preguntas abiertas que iban surgiendo en el curso de la entrevista con la finalidad de esclarecer y profundizar sobre aspectos importantes del objeto de estudio.

Los temas preseleccionados fueron los conflictos (actuales y potenciales) que el entrevistado enfrenta o sobre los cuales actúa, en su calidad de representante de los actores o instituciones vinculados al uso del bosque, según corresponda, así como su percepción sobre aquéllos que, sin involucrarlo directamente, se viven en la región, y los procesos que originan los dos niveles de conflictos examinados.

Respecto al taller realizado, éste convocó a los diversos actores y tuvo como propósito fundamental identificar las causas que generan los conflictos, así como levantar información sobre soluciones emprendidas en el pasado, propuestas de solución en proceso y otras aún no implementadas. En el Anexo N° 2 se presenta la relación de participantes en el taller.

En el uso de la información levantada con los actores se optó por analizar, organizar y mostrar la información recogida de acuerdo a las categorizaciones establecidas para la realización del estudio, sin presentar de manera específica la opinión de cada entrevistado y/o participante.

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Lat. Sur 09º 55' 33" 12º 30' 11" 13º 20' 04" 11º 56' 59"

Long. Oeste 70º 37' 59" 68º 39' 27" 69º 38' 38" 77º 22' 27"

LugarPunto entre el hito internacional Nº 16 y el río Primavera

Puerto Heath sobre el río Madre de Dios

Puerto Astillero o Markham sobre el río Tambopata

Divisoria de aguas de los ríos Manú Chico y Camisea

Fuente: Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI

UBICACIÓN GEOGRÁFICA DEL DPTO. DE MADRE DE DIOS

3. ASPECTOS GENERALES DE LA REGIÓN MADRE DE DIOS

3.1 Aspectos biofísicos

3.1.1 Ubicación y División Política

La región Madre de Dios, declarada “Capital de la Biodiversidad del Perú” debido a la alta diversidad de los recursos que alberga así como por la riqueza cultural de sus poblaciones ancestrales, se encuentra localizada en la zona sur oriental del territorio peruano, estando todo su territorio ubicado dentro de la cuenca amazónica.

Se ubica entre las coordenadas geográficas 9°57´ y 13°20’ Latitud Sur y 68°39’ y 72°31’ Longitud Oeste, compartiendo casi 600 km. de frontera con los vecinos países de Brasil y Bolivia, lo que le confiere una ubicación geográfica estratégica.

Cuadro N° 1

Su superficie aproximada es de 8’518,263 hectáreas1,2 que representa el 6,7% del territorio nacional, abarcando del 12% de la superficie del bosque amazónico3 y un perímetro aproximado de 1,446.96 Km. Altitudinalmente, la región se ubica desde los 176 m.s.n.m. (en el distrito de Tambopata, provincia de Tambopata) hasta 3,967 m.s.n.m. (en el distrito de Fitzcarrald, provincia de Manu).

Políticamente se divide en tres provincias y once distritos, cuyo detalle se muestra en el cuadro N° 2.

Existen algunos centros poblados como Planchón, Salvación, Boca Manu y Boca de Colorado, que por su magnitud poblacional, la presencia de algunas entidades del sector público, la existencia de infraestructura básica y social, entre otros, vienen funcionando como capitales distritales de hecho y que indudablemente requieren ser formalizadas a capitales legales.

1 http://es.wikipedia.org/wiki/Departamento_de_Madre_de_Dios#Ubicaci.C3.B3n 2 http://tambopata.madrededios.net/index.php?option=com_content&view=article&id=39:ubicacion-y-division-

politica&catid=2:principal&Itemid=7 3 Mapa de deforestación de la Amazonía Peruana – 2000. Memoria Descriptiva. Programa de Fortalecimiento de

Capacidades Nacionales para Manejar el Impacto del Cambio Climático y la contaminación del Aire – PROCLIM. Lima, 2005.

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La provincia de mayor extensión es la provincia de Tambopata (42.58 % de la superficie departamental), seguida por Tahuamanu (32.54 %) y finalmente Manu (24.88 %).

Cuadro N° 2

DIVISIÓN POLÍTICA DEL DEPARTAMENTO DE MADRE DE DIOS

Provincia Distrito Capital

Tambopata

Tambopata Puerto Maldonado

Inambari Mazuco

Las Piedras Planchón 1/

Laberinto Puerto Rosario de Laberinto

Manu

Manu Salvación 2/

Huepetuhe Huepetuhe

Fitzcarrald Boca Manu 3/

Madre de Dios Boca de Colorado 4/

Tahuamanu

Iñapari Iñapari

Iberia Iberia

Tahuamanu San Lorenzo

1/ Su capital legal es Las Piedras, pero la capital de hecho es Planchón

2/ Su capital legal es Manú, pero la capital de hecho es Salvación

3/ Su capital legal es Fitzcarrald, pero la capital de hecho es Boca Manu

4/ Su capital legal es Madre de Dios, pero la capitalde hecho es Boca de Colorado

Fuente: Instituto Nacional de Estadística e Informática Perutoptours - http://www.perutoptours.com/index16md.html

3.1.2 Fisiografía 4

En las zonas central y norte, dominio de la Selva baja, presenta un relieve constituido esencialmente por llanuras sin accidentes de importancia. Se trata de llanuras aluviales formadas por tres y cuatro niveles de terrazas. Las más bajas están sometidas a inundaciones anuales y generalmente son pantanosas.

La Región Madre de Dios se caracteriza por presentar dos grandes unidades biofísicas: la cordillera oriental - faja subandina y la llanura de Madre de Dios. La primera está localizada entre 500 y 3,967 m.s.n.m. al Sur Oeste de la Región Madre de Dios, se caracteriza por ser accidentada y colinosa, de relieve accidentado, conformado por pizarras, calizas, areniscas y cuarcitas, donde los suelos son superficiales y de baja fertilidad natural, debido a los contrafuertes de la cordillera de Carabaya, conocida también con el nombre de Sandia en el Departamento de Puno. En la cima de la montaña la vegetación es achaparrada y densa y en algunas zonas se registran pajonales de puna.

4 Estrategia Nacional para el Desarrollo Forestal. Proyecto “Apoyo a un Programa Regional de la Castaña en

Madre de Dios”. Lima. FAO – INRENA-MINAG. 2003. 102 p.

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La llanura de Madre de Dios, es la más extensa y se localiza en la zona central y norte del departamento, constituido por llanuras sin accidentes fisiográficos de importancia. Se caracteriza por presentar un relieve suave y ondulado, donde predomina la planicie aluvial y colinas bajas. Litológicamente está constituida por areniscas, arcillitas y limolitas de edad terciaria y por arenas, limos, arcillas y conglomerados aluviales del cuaternario. Los suelos son profundos, siendo los de mayor fertilidad los aluviales inundables. En el Sector Norte de la unidad, la vegetación se caracteriza por la presencia de pacales, en la zona de mal drenaje predominan los bosques de palmeras. En el sureste adyacente a la frontera con Bolivia, en las Pampas del Heath, se presenta un tipo de vegetación muy particular de sábanas de pajonales.

Al oeste del departamento, en las zonas donde están las nacientes del río Manú, existen colinas de poca elevación que forman divisoria de aguas entre los ríos Madre de Dios y Urubamba. En estas colinas y separando las nacientes del río Cashpajalí, afluente del Manú, de las del río Serjalí, afluente del Urubamba está el "Istmo" o "varadero de Fitzcarrald" llamado así en homenaje a su descubridor.

Esta fisiografía es recorrida por un sistema hídrico constituido por un conjunto de caudalosos ríos y quebradas que confluyen en una gran vertiente, conformada por los ríos Manu y su prolongación, el río Madre de Dios o Amarumayo.

3.1.3 Hidrografía

Los ríos del departamento de Madre de Dios pertenecen a dos subcuencas del Amazonas: la del río Purús y la del Madeira. A la cuenca del río Purús confluyen los ríos Chandless, Yacro y Acre. Por su parte, a la cuenca del Madeira tributan los ríos Madre de Dios, Manu, Inambari, Las Piedras, Tambopata, Heath, Colorado, Los Amigos, Tahuamanu y Palma Real.

El río más importante del departamento es el Madre de Dios, fluyendo en dirección oeste-este en el sector sur del departamento. Tiene una longitud aproximada de 655 Km. dentro del territorio peruano y una extensión total de 1,150 km. hasta su desembocadura con el río Beni, en Bolivia.

Sus principales afluentes en el territorio peruano y dentro del departamento de Madre de Dios son los ríos Manu, Inambari, Las Piedras, Tambopata, Heath y Colorado.

En la Figura N° 1 se muestran las cuencas hidrográficas del departamento.

Las características más saltantes de los ríos de la región son 5:

Río Manu: afluente peruano por la margen izquierda en el curso alto del río Madre de Dios, con una longitud aproximada de 300 km. Nace en el Parque Nacional Manu y desemboca en el río Madre de Dios,

5 Las aguas continentales de América Latina. R. Ziesler y G.D. Ardizzone. FAO, 1979.

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cerca al centro poblado Fitzcarrald. Sus principales afluentes son los ríos Cumerjali, Providencia y Pinquén, por la margen derecha, y el río Cashpajali por la margen izquierda.

Río Colorado: afluente del río Madre de Dios por la margen derecha, tiene una longitud aproximada de 110 Km. Por su margen derecha, aguas abajo, recibe al río Lobo y por su margen izquierda a los ríos Silaba y Mahues.

Río Inambari: afluente del río Madre de Dios por la margen derecha, con una longitud total de 390 km. Desemboca en el Madre de Dios cerca del centro poblado de Inambari. Por su margen derecha, aguas abajo, recibe a los ríos Huyaqui y Guacamayo.

Figura N° 1 Cuencas hidrográficas del departamento de Madre de Dios

Río de Las Piedras, afluente por la izquierda del río Madre de Dios, con una longitud total de 640 km. Desemboca en el Madre de Dios en Puerto Maldonado, capital de la Región Madre de Dios (unos 40.000 habitantes). Su principal afluente es el río Pariamanu.

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Río Tambopata, afluente del río Madre de Dios por la margen derecha, con una longitud total de 350 km. Pasa por San Rafael y desemboca en el Madre de Dios también en Puerto Maldonado, frente al río de Las Piedras. Uno de sus afluentes por la margen izquierda es el río Malinowski.

Río Tahuamanu, con una longitud aproximada de 105,8 Km. Hacia éste fluyen por su margen derecha, aguas abajo, los ríos Titimanu y Santa Cruz (Bolivia) y por su margen izquierda otros afluentes de menor importancia.

Río Manuripe, con una longitud aproximada de 136 Km., hacia éste fluyen por su margen derecha, aguas abajo, la quebrada Mavila (35 Km.) que desemboca en el río Manuripe muy cerca al centro poblado de Mavila. A esta quebrada fluyen a su vez otras quebradas menores como: Natividad, Naranjal, Flores y Santa Rosa por su margen derecha y la quebrada Loreto por su margen izquierda.

Río Heath, un afluente del río Madre de Dios por su margen derecha, que forma frontera internacional entre Perú y Bolivia.

Otros ríos importantes son: el Acre, que es afluente del río Purús y sirve de frontera natural con Brasil, recibiendo las aguas del río Yaverija y quebrada Noaya por su margen derecha. El río Yaverija fluye en dirección sur – oeste y desemboca en el río Acre a la altura del centro poblado de Iñapari y tiene una longitud aproximada de 34.8 Km. Este río por su margen derecha recibe las aguas del río Martirija y la quebrada Primavera.

3.1.4 Recurso forestal

En Madre de Dios hay 13 tipos de bosques, predominando entre ellos los bosques de colinas bajas con pacal en 40,95% del área departamental.

La mayoría de estos bosques son primarios, se caracterizan por su densidad, dominancia y ser de carácter perennifolio, con una gran diversidad florística. En determinadas zonas la extracción forestal de tipo selectivo se ha circunscrito al aprovechamiento de especies maderables como la caoba, cedro, ishpingo, tornillo y lagarto, entre las más importantes.

Asimismo, Madre de Dios es el centro de dispersión de dos especies de producción no maderable muy importante. La primera es el jebe natural o shiringa (Hevea guianensis); y la segunda es la castaña (Bertholletia excelsa). También hay presencia del bambú silvestre conocido como “paca” (Guadua sp), la cual se encuentra en diferentes grados de concentración en el bosque 6.

6 Ministerio de Agricultura - Instituto Nacional de Recursos Naturales / Intendencia Forestal y de Fauna Silvestre.

2004.

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Gran parte de este recurso ha sido declarado como Bosque de Producción Permanente (BPP) con 1'935,162 hectáreas y las evaluaciones realizadas por la Intendencia Forestal y de Fauna Silvestre en el 20037 permiten inferir que el 76% de la superficie de los Bosques de Producción Permanente de este departamento está cubierta por Bosques de Colinas Bajas I y II (41.37%), Bosques de Colinas Altas (7.39%) y Bosques de Terrazas Disectadas (27.57%), es decir, bosques que desarrollan sobre terrenos de moderado a fuertemente accidentados. Esta condición permite afirmar que son bosques con vocación para la producción forestal.

De acuerdo a la misma fuente, el 90% de la superficie del BPP de Madre de Dios no presenta limitaciones para la producción forestal, correspondiendo a los sub-tipos de bosque: Bosques de vigor 1, 2 y 3 (51%) y bosques con fuerte presencia de paca (39%). Sólo el 5% de la superficie total presenta problemas de degradación de bosques, debido a actividades agrícolas y mineras que requieren ser recuperadas.

El mismo estudio reporta que son entre 8 y 16 especies las que abarcan más del 33% de la estructura total de los bosques, lo cual determina que a pesar del gran número de especies existentes sólo unas pocas tienen alta significancia dentro del bosque. Las especies Palo de agua, Chimicua, Blanquillo, Coloradillo, Shimbillo, Isigo, Manchinga, Shihuahuaco, Cumala, Pashaco, Cacao, Caimito, Lupuna, Quinilla, Shimbillo colorado y Uvilla son las más importantes dentro de la estructura de estos bosques y éstas, como se ha indicado, se ubican en la mayor parte de los tipos de bosque dentro del 33% superior de la estructura.

Las especies con abundante regeneración natural son el Blanquillo, Chimicua, Shimbillo, Coloradillo, Isigo, Palo de agua, Mashonaste, Pashaco, Zapote, Charichuela, Manchinga, Moena, Varilla, Caimito, Cumala, Espintana, Espintana negra, Estoraque, Fariña seca, Pashaco blanco, Shimbillo colorado y Tahuarí.

En estos tipos de bosques el número total de árboles por hectárea está en un rango entre 66 y 91, valores que se considera que están en un nivel normal para bosques similares de la Amazonía.

Por otro lado, entre 74 a 83% del total de árboles en los diferentes tipos de bosques presentan diámetros menores a 60 cm, siendo esta distribución diamétrica muy importante para el manejo del bosque, porque permite aprovechar los individuos presentes en las clases diamétricas mayores sin afectar en forma importante al bosque, debido a que la mayor proporción del stock está presente en las clases de menores diámetros. El aprovechamiento por lo general se hace sobre árboles con DAP superior a 60 cm. y con la implementación de la certificación forestal voluntaria, se está promoviendo y ejecutando el aprovechamiento de bajo impacto, incidiendo

7 Ministerio de Agricultura. Instituto Nacional de Recursos Naturales. Mapificación y Evaluación Forestal del Bosque

de Producción Permanente del Departamento de Madre de Dios. Lima. Instituto Nacional de Recursos Naturales. Intendencia Forestal y de Fauna Silvestre. 2003. 69 p. (Documento de Trabajo).

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especialmente en el proceso de planificación adecuada de la extracción maderera.

Entre las especies más abundantes en cuanto a número de árboles por hectárea predominan la Chimicua, Manchinga, Shimbillo, Isigo, Cumala, Lupuna, Quinilla, Mashonaste, Pashaco, Caimito, Zapote.

Los volúmenes de fuste encontrados en los diferentes tipos de bosque se sitúan en un rango entre 158 a 228 metros cúbicos por hectárea estos valores son considerados como niveles normales para estos tipos de bosque.

Las citadas especies y adicionalmente el Ubos, Misa, Quina quina, Shihuahuaco, Yacushapana, Anacaspi constituyen las especies más abundantes en cuanto a volumen por hectárea.

De otro lado, cabe indicar que los recursos forestales de la zona, principalmente madereros, han sido los menos aprovechados del país. Sin embargo, a partir de la crisis económica de los años noventa, se observa un “crecimiento” de la extracción maderera, habiéndose pasado del aprovechamiento tradicional de unas pocas especies (caoba, cedro, ishpingo, tornillo y lagarto) a varias especies adicionales, especialmente de maderas duras, como el shihuahuaco y la quinilla, así como especies corrientes para mercados en las ciudades costeñas del sur del país.

Así, se tiene que el departamento de Madre de Dios constituye el noveno en superficie acumulada de deforestación a nivel de los departamentos que integran la cuenca amazónica. En los últimos 5 años el escenario está cambiando desfavorablemente, como consecuencia de la presencia de la minería artesanal aluvial y por la expectativa generada por la construcción de la carretera Interoceánica.

De acuerdo a los resultados del Proyecto PROCLIM 8, al año 2000 se habría deforestado 203,879 ha en Madre de Dios, equivalentes al 2.39% de su superficie territorial. La proyección de la deforestación, usando el promedio anual histórico, se estima en 316,029 ha al año 2009.

Cuadro N° 3 DEFORESTACIÓN EN MADRE DE DIOS

Deforestación 1990

(INRENA)

Deforestación 2000

(PROCLIM)

Deforestación Promedio

Anual (ha)

Deforestación al 2009 *

79,267.85 203,878.80 12,461.10 316,028.70

Fuente: CONAM e INRENA. Mapa de Deforestación de la Amazonía Peruana - 2000. Memoria Descriptiva

* Proyectado

8 CONAM. INRENA. Mapa de Deforestación de la Amazonía Peruana – Memoria Descriptiva. Programa de

Fortalecimiento de Capacidades Nacionales para Manejar el Impacto del Cambio Climático y la Contaminación del Aire- PROCLIM. 2000. Lima. 99 p.

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Los estudios realizados para la elaboración de la Macro Zonificación Ecológica y Económica del Departamento de Madre de Dios9, han permitido determinar que aproximadamente unas 170,368 ha (2 % de la superficie departamental) ha sido intervenida como consecuencia de diversas actividades, como son las agrícolas, pecuarias, mineras y otras. Dentro de este panorama, destaca la deforestación ocasionada por la minería artesanal aluvial, que ha modificado la tendencia citada, incrementándola sensiblemente, por los casos de la destrucción de los bosques y suelos de amplias zonas, donde destacan Huepetuhe – Caychive y Guacamayo, calculándose que la deforestación a setiembre 2008 cubría un área de 9,613 ha10, con el agravante de que se trata de suelos desnudos y desertificados, con ríos y quebradas colmatados.

3.1.5 Recurso minero

Los recursos mineros metálicos en la región Madre de Dios están representados por el oro aluvial, en tanto los no metálicos por arcillas, areniscas, cuarzosas, calizas y materiales de construcción.

El material aurífero generalmente proviene de la amplia red de drenaje que conforman las cuencas de los ríos Madre de Dios, Karene o Colorado, Kipuzne, Huasoroco, Puquive, Inambari y Huepetuhe.

En el ámbito de Huepetuhe se han identificado cerca de 42 zonas con bondades auríferas. Éstas son: Quebradas Caychive, Mahue, Violeta, Candelaria, Esperanza, Vera, Macho, Punkiri Chico, Kimiri, San Salvador, San Antonio, Carta Blanca, Venancio., Tejada, Santa Inés o Cabecera Caychive, 4 Amigos, San Pedro, Nueva, Seca, Sol de Oro, Quintana, Aguajal, Mahuay, Guadalupe, Libertad Grande, Libertad Chica, Huayrurochayoc, Buena Fortuna, Primavera, 9 de Setiembre, Santa Elena, Huepetuhe, Cincuenta, Padilla, Husoroquito, Choque, San Juan. Nueva Alta, Lucho, San Jerónimo, Pambetme y Malachoque.

Algunas de las características relevantes de esta actividad son abordadas en la Zonificación Económica y Ecológica de Madre de Dios11 indicándose que la explotación del oro en este departamento está presente desde los años 30 y 40. Sin embargo, recién en los años 70 se presenta un incremento significativo del precio del oro, lo cual da lugar a la aparición de un nuevo boom económico, caracterizado por una minería aluvial artesanal y

9 República del Perú. Macro Zonificación Ecológica Económica del Departamento de Madre de Dios. Gobierno

Regional de Madre de Dios e Instituto de Investigación de la Amazonía Peruana. 2009. Puerto Maldonado. 189 p.

10

Fundación Conservación Internacional / CooperAcción / Cáritas Madre de Dios. Estudio Diagnóstico de la Actividad Minera Artesanal en Madre de Dios. César Mosquera, Mary Luz Chávez, Víctor Hugo Pachas, Paola Moschella. Abril, 2009. 176 pp.

11 República del Perú. Macro Zonificación Ecológica Económica del Departamento de Madre de Dios. Gobierno

Regional de Madre de Dios e Instituto de Investigación de la Amazonía Peruana. 2009. Puerto Maldonado. 189 p. Documento en preparación para publicación.

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generalmente informal, localizada los lechos de los ríos Madre de Dios e Inambari.

La producción aurífera ha venido mostrando un crecimiento sostenido en los últimos 20 años. En los 90 aún no se superaba las 10 TM anuales de oro producido en Madre de Dios; en el año 2007 la producción era superior a las 16 TM anuales. Dentro de toda la zona de minería aurífera, de las quebradas Caychive y Huepetuhe procede poco más del 60% del total de la producción del oro departamental.

La información reportada por la Dirección Regional de Energía, Minas e Hidrocarburos de Madre de Dios, permite estimar que en los 90 el movimiento económico generado por la minería aurífera aportaba entre 30 a 40% del PBI departamental, movilizando US$ 110 millones anuales y por actividades indirectas otros 500 millones de dólares.

La Zonificación Ecológica-Económica de Madre de Dios, citando a Mosquera et.al. (2009), indica que conforme a los estimados oficiales, entre 1995 y 2008 se han extraído 180 TM de oro en Madre de Dios. A continuación exponen cierta contradicción en las cifras, pues el Ministerio de Energía y Minas, mediante “sondajes” electrónicos efectuados en las cuencas auríferas de Madre de Dios, Inambari, Huepetuhe, Marcapata Nusiniscato, Malinowski y otros, estimó una reserva cercana a 3 mil millones de m3 de material con contenido aurífero, con una ley media de 0.65 gr/m3, lo que equivaldría a unas 80 toneladas de oro, estimaciones que a la luz de la cantidad de oro extraído, han quedado largamente superadas. Por otro lado, dicho estudio cita también a GRADE (1994), el cual estimó reservas entre 250 y 300 toneladas.

3.2 Aspectos socioeconómicos

3.2.1 Demografía

De acuerdo al Censo Nacional de Población y Vivienda del año 2007, el departamento de Madre de Dios es el departamento con menor densidad poblacional en el Perú (1.2 habitantes por km2 vs 22 habitantes por km2 como promedio nacional)12. Concentra apenas el 0.4% de la población nacional.

No obstante lo antes señalado, su población creció de 4,905 habitantes en 1940 a 109,555 habitantes en el 2007, constituyendo el mayor crecimiento poblacional departamental a nivel nacional para este período, esto es, experimentó un incremento del orden de 2113%, el mayor del país después de la región Ucayali. En el período intercensal 1993-2007 el crecimiento promedio anual fue de 3.5%, equivalente a 3,039 habitantes por año.

Asimismo, en el período 2002-2007 la región Madre de Dios recibió a 20,437 migrantes procedentes de la región andina, los que constituyen el 18.65%

12 INEI. Censos Nacionales 2007: XI de Población y VI de Vivienda. Lima. 2008. 232 p.

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14

de su población. Esta importante migración se explica por las posibilidades de trabajo en actividades extractivas principalmente, así como por la idea de que por la baja densidad poblacional del departamento existirían supuestamente grandes espacios disponibles para hacer agricultura y ganadería. Sin embargo, este proceso migratorio se viene produciendo desde hace varias décadas, dando lugar a que más de la mitad de la población de Madre de Dios sea migrante.

Cabe destacar que el departamento de Madre de Dios tiene una importante población indígena, constituida en 29 comunidades nativas y una reserva territorial para pueblos indígenas en aislamiento voluntario.

De otro lado, el departamento de Madre de Dios se encuentra comprendido en el grupo de los 6 departamentos a nivel nacional cuya población es mayoritariamente urbana (73.3%).

La composición de la población por sexo a nivel departamental presenta diferencias, ocurriendo que la población masculina es mayor que la femenina. La población masculina es el 54.3% de la población total.

Respecto a la composición de la población por edad para Madre de Dios, podemos encontrar que la población hasta los 14 años constituye el 31.4 %, mientras que para el rango de 15 a 64 años es del 65.9 y para los mayores de 65 años es del 2.6 %; ubicando a este departamento como uno de los que ostenta mayor población de este ultimo rango.

Tomando en consideración algunos indicadores sociales que expresan el deterioro de la calidad de vida en el ámbito de esta Región13, tenemos el indicador correspondiente a porcentaje de malnutrición de niños menores de 6 años, donde se alcanza valores severamente críticos de 57% a 68% de la población infantil.

En cuanto al indicador social que se refiere a la población de 6 a 15 años que no sabe leer ni escribir, puede decirse que la zona presenta más bien un nivel leve (4% á 15%), en razón probablemente de que la mayoría de las familias están asentadas en los principales pueblos de la zona. Por último, en lo referente a los indicadores de viviendas sin servicio de agua, desagüe y luz (50% á 75%), y distribución de camas hospitalarias por 1000 habitantes (2.6) puede decirse que los niveles son críticos.

El conjunto de indicadores sociales analizados integralmente, muestran que la ponderación estimada del deterioro de la calidad de vida en el área de estudio es “crítico”, nivel éste que debe constituir una de las preocupaciones esenciales en los planes de desarrollo a formularse para la zona. El logro de un buen nivel de tecnificación en el aprovechamiento de los recursos naturales, requiere una población socialmente fuerte y bien ordenada.

13 INEI. Censos Nacionales 2007: XI de Población y VI de Vivienda. Lima. 2008. 232 p.

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15

3.2.2 Economía

La estructura económica de la región se caracteriza por la predominancia de actividades extractivas. Históricamente la actividad forestal, basada en la shiringa, la castaña y la madera, ha sido la actividad económica más importante del departamento. Sin embargo, ello ha ido cambiando, particularmente a lo largo de las dos últimas décadas, como consecuencia de la presencia y el auge de la minería aluvial.

De acuerdo a cifras oficiales (Ministerio de Energía y Minas e Instituto Nacional de Estadística e Informática) la minería estaría contribuyendo a casi el 50% del PBI regional, movilizando en forma directa US$ 110 millones anuales, los cuales generan actividades indirectas cuyo volumen ascendería, según el MEM, a alrededor de 500 millones de dólares (ver Figura N° 2).

A pesar de esta gran producción la evasión de impuestos es enorme y la Región Madre de Dios recibe apenas S/. 15,000 por canon minero anualmente14.

Figura N° 2 Composición del PBI Departamental – Año 2007

Fuente: Instituto Nacional de Estadística e Informática-Dirección Nacional de Cuentas Nacionales. Tomado de Macro Zonificación Ecológica Económica del Departamento de Madre de Dios. Gobierno Regional de Madre de Dios e Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana. 2009

Por otro lado, de acuerdo a reportes del INEI para el año 2007, Madre de Dios fue uno de los seis departamentos que registró un crecimiento de su PBI superior al 10%, explicado principalmente por la actividad minera15.

14 El Comercio, 10 de noviembre de 2009. 15 http://www1.inei.gob.pe/web/NotaPrensa/Attach/7519.pdf

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16

El PBI per-cápita anual de la Región (valores de 1997) estaría en el orden de los 1,284 dólares, que es menor al promedio nacional (2,663 dólares).

La población económicamente activa (PEA) puede estimarse en un 65% del total de habitantes y se ocupa principalmente de las labores de recolección de castaña, shiringa y extracción de madera, así como de la minería, predominando la actividad informal que incide en cierta distorsión en los promedios económicos y sociales del departamento. Se estima que existen al menos 10,000 mineros ilegales, en su mayor parte migrantes de Puno y Cusco y que cerca del 30% de la población del departamento está relacionada con la minería ilegal.

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17

4. OCUPACIÓN DEL TERRITORIO

La ocupación del territorio de Madre de Dios, al igual que la casi totalidad de la Amazonía peruana, se ha producido por los diferentes booms extractivos. La más importante ocupación fue sin duda la ocurrida a consecuencia de la explotación del jebe o shiringa a inicios del siglo XX. Luego vino el aprovechamiento de la castaña y de las maderas preciosas, principalmente del cedro y la caoba.

Durante este proceso, se han ido estableciendo zonas shiringueras y castañeras, así como madereras, estas últimas ubicadas durante el último cuarto del siglo XX en los Bosques de Libre Disponibilidad al amparo de la Ley Forestal 21147 y luego en los Bosques de Producción Permanente a partir de la vigencia de la Ley Nº 27308.

Dentro de este contexto y en reconocimiento a la importantísima diversidad biológica de esta Región y la necesidad de preservarla, se han generado decisiones de Gobierno que han permitido el establecimiento de Áreas Naturales Protegidas por el Estado, cuya superficie territorial comprende el 44.2 % del ámbito físico del departamento de Madre de Dios, destacando tres parques nacionales, con algo más de 3 millones de hectáreas. Asimismo, se ha dado la titulación de Comunidades Nativas que ocupan casi el 12% y la declaración de una de las más importantes reservas del Estado a favor de pueblos indígenas en aislamiento voluntario (8%). Complementario a ello, las áreas otorgadas en las diferentes modalidades de concesión forestal cubren 28% de la superficie departamental (ver Cuadro N° 4).

Figura N° 3 Mapa de Ocupación Actual del Territorio

Departamento de Madre de Dios

Fuente: MINAG, INGEMMET, IBC, COFOPRI, SERNANP. 2009.

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18

Cuadro N° 4

OCUPACIÓN ACTUAL DE TERRITORIO EN EL DEPARTAMENTO DE MADRE DE DIOSDiciembre, 2009 *

Categoría de Ocupación Superficie (ha) % Respecto a la

superficie del departamento

AREAS NATURALES PROTEGIDAS 3,767,942 44.2

Parque Nacional Alto Purús 1,255,347 14.7

Parque Nacional Bahuja Sonene 294,682 3.5

Parque Nacional del Manu 1,532,806 18.0

Reserva Nacional Tambopata 274,690 3.2

Reserva Comunal AMARAKAERI 402,336 4.7

Reserva Comunal Purus 8,081 0.1

RESERVAS INDIGENAS 829,941 9.7

Reserva del Estado "Pueblos Indígenas en Aislamiento Voluntario" Reserva Indígena 343

829,941 9.7

CONCESIONES FORESTALES 2,387,021 28.0

Concesiones con fines Maderables 1,159,239 13.6

Concesiones de Conservación 164,568 1.9

Concesiones de Ecoturismo 42,251 0.5

Concesiones de Reforestación 108,687 1.3

Concesiones de Castaña 894,795 10.5

Concesiones de Shiringa 17,480 0.2

TERRITORIOS DE PUEBLOS INDIGENAS 1,022,758 12.0

Comunidades Nativas 1,022,758 12.0

TOTAL 8,007,662 94.0

Fuente: MINAG, IBC, COFOPRI, SERNANP. 2009.

* No incluye superficies de derechos mineros ni hidrocarburíferos.

A partir de lo expuesto, es claro que en la región no hay ya disponibilidad de tierras y bosques para satisfacer las crecientes expectativas de la población residente y de los migrantes que van en aumento. Lo evidente es que existe una situación que está conduciendo inexorablemente a un enfrentamiento de intereses por el acceso a las tierras, bosques y los recursos naturales no renovables, especialmente el oro, existentes en la región

A continuación, se presente el detalle de la ocupación para cada una de las formas de ocupación y uso:

4.1 Áreas Naturales Protegidas

Las áreas consideradas como parte del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado constituyen el 44.2 % de la superficie del departamento de Madre de Dios, en sus categorías de Parques y Reservas Nacionales y

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19

Reservas Comunales, ascendiendo a un total de 3’767,942 hectáreas, dentro de las cuales no están consideradas las zonas de amortiguamiento, por cuanto éstas pueden estar bajo propiedad privada o comunal, o cedidas en las diferentes formas de acceso a la tierra.

Algunas Áreas Naturales Protegidas están ubicadas dentro de la jurisdicción geográfica de más de un departamento.

El detalle de las Áreas Naturales Protegidas se presenta en el Cuadro N° 5.

Cuadro N° 5

AREAS NATURALES PROTEGIDAS EN MADRE DE DIOS

CATEGORIAS BASE LEGAL FECHA UBICACIÓN POLITICA EXTENSION SOBRE MdD

ha

PARQUES NACIONALES 3,082,836

BAHUAJA SONENE D.S.Nº048-2000-AG 04-sep-00 MADRE DE DIOS y PUNO 294,682

MANU D.S.Nº644-73-AG 29-may-

73 CUSCO y MADRE DE DIOS 1,532,806

ALTO PURUS D.S Nº040-2004-AG 20-nov-04 UCAYALI Y MADRE DE DIOS 1,255,347

RESERVAS NACIONALES 274,690

TAMBOPATA D.S.Nº048-2000-AG 04-sep-00 MADRE DE DIOS 274,690

RESERVAS COMUNALES 410,417

Alto Purus D.S Nº040-2004-AG 18-nov-04 UCAYALI Y MADRE DE DIOS 8,081

AMARAKAERI D.S.Nº031-2002-AG 09-may-

00 MADRE DE DIOS Y CUSCO 402,336

SUPERFICIE TOTAL ANPS EN MADRE DE DIOS 3,767,942

Fuente: Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas – SERNANP. 2009

4.2 Comunidades Nativas

En la región existen 29 Comunidades Nativas, de las cuales 2 aún no tienen título. Las comunidades tituladas poseen un área titulada total de 739,115.20 ha. y 283,583.05 ha como tierras cedidas en uso, por cuanto éstas han sido clasificadas como tierras con capacidad de uso mayor de producción forestal y/o de protección.

Están ubicadas mayoritariamente entre las provincias de Manu y Tambopata, localizándose sólo 1 comunidad nativa en Tahuamanu (Bélgica).

En el Cuadro N° 6 se reportan las comunidades nativas del departamento de Madre de Dios, su situación y superficie.

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20

Cuadro N° 6

COMUNIDADES NATIVAS EN MADRE DE DIOS

Provincia Situación Nº de CCNN

Área TituladaÁrea Cedida

en Uso Total (ha)

Manu Sin titular 2 0.00

Tituladas 12 493,779.14 163,170.57 656,949.72

Tahuamanu Tituladas 1 17,620.02 31,502.46 49,122.48

Tambopata Tituladas 14 227,776.04 88,910.01 316,686.06

Total general 29 739,175.20 283,583.05 1,022,758.25

Fuente: Instituto del Bien Común. Agosto, 2009 COFOPRI, 2009

Figura N° 4 Mapa de ubicación de Comunidades Nativas en Madre de Dios

Fuente: IGN, PETT, FENAMAD

4.3 Reservas indígenas

Existe una sola zona dentro de esta categoría, denominada Reserva del Estado a favor de Pueblos Indígenas en Aislamiento Voluntario, comúnmente denominada Reserva Indígena 343, con una superficie total de 829,941 hectáreas, ubicada al oeste del meridiano 343.

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21

Rio Mashco

Rio De Los Amigos

Rio

Curiyacu

Rio Li d ia

Rio San Francisco

Mad

re d

e

Dios

Rio Pinque n

Rio Mashco

Rio De Los Amigos

Rio

Curiyacu

Rio Li d ia

Rio San Francisco

Mad

re d

e

Dios

Rio Pinque n

YMANU

31A

31B

8B

39

32

43

21

127

7

Reserva del estado Pueblos indigenasen aislamiento voluntario

ACCA

CN. SHIPETIARI

CN. MONSALVAD

CN. DIAMANTE

CN. PUERTO AZUL

CN. ISLA DELOS VALLES

ZONA RESERVADAALTO PURUS

155

154

240000

240000

270000

270000

300000

300000

330000

330000

864

0000

8640000

867

0000

8670000

8700

000 8700000

873

0000

8730000

876

0000

8760000

8790

000 8790000

Bosque de Producción Permanente

Unidades de aprovechamiento concesionadasConcesiones Forestales

Unidades de aprovechamiento no concesionadas

Comunidades Nativas (información preliminar)Conseción de conservación ACCA

Reserva regional-Pueblos indigenas en aislamientovoluntario

Zona de amortiguamiento de las ANPsAreas Naturales Protegidas

DESCRIPCION SIMBOLO

L E Y E N D A

DEPARTAMENTO DE MADRE DE DIOSEscala 1 : 750 000

MINISTERIODE AGRICULTURA

DATUM HORIZONTAL WGS 84 - Zona 19 Sur

MAPA DE UBICACION

MINISTERIO DE AGRICULTURAREPUBLICA DEL PERU

INSTITUTO NACIONAL DE RECURSOS NATURALESINRENA

INTENDENCIA FORESTAL Y DE FAUNA SILVESTRE

Fuente: CIF-IFFS-INRENA,Cartografía Base: Digitalperu v. 1.0

Impreso: IFFS-CIFFecha: 27/01/2005

Código: 051-2005-CIF-EMR

Autorizado por:Revisado por:Elaborado por:

CENTRO DE INFORMACION FORESTAL

Reserva del Estado "Pueblos indigenasen aislamiento voluntario"

IslasCochas, ríos y quebrdas

YCapital de Provincia

Límite DepartamentalLímite Internacional

SIGNOS CONVENCIONALES

Figura N° 5 Reserva Territorial Indígena 343

Esta Reserva ha sido sometida a una muy fuerte presión por parte de la tala ilegal y en reiteradas oportunidades se ha pretendido su redimensionamiento para permitir la extracción maderera.

Además de iniciativas particulares del sector de extractores de madera, cabe destacar las gestiones realizadas por el Gobierno Regional de Madre de Dios (marzo, 2003) en este sentido, impulsando la constitución de una Comisión Especial encargada de realizar el Estudio de Contrastación sobre la zona de la Reserva Territorial para Indígenas en Aislamiento Voluntario 343, precisando la obligatoria participación del GOREMAD en la misma. Esta iniciativa, como las que la precedieron y sucedieron, no prosperó.

Fuente: Instituto Nacional de Recursos Naturales

4.4 Concesiones Forestales para Aprovechamiento Maderable

A partir del año 2002 se implementó el nuevo régimen forestal en el Perú y particularmente en Madre de Dios. Se otorgaron 84 concesiones sobre un total de 1’294,321 hectáreas16, mediante la realización de dos concursos públicos en los años 2002 y 2003, con vigencia de 40 años renovables y bajo la condición de la implementación de planes de manejo que permitan mejorar la productividad del bosque natural y garanticen el uso sostenible de sus recursos.

Mediante la implementación de este sistema se buscó superar el régimen basado en el predominio de pequeños contratos de extracción de maderas (hasta mil hectáreas) y generalmente anuales, hacia contratos de concesiones forestales sobre unidades de aprovechamiento mayores de 5,000 hectáreas y por periodos renovables de 40 años. Estando orientados los concursos hacia los pequeños y medianos extractores, se buscó crear condiciones favorables para que éstos se agrupen empresarialmente y accedan a grandes extensiones boscosas que hicieran posible el manejo sostenible de los bosques. Si bien en muchos casos los productores así agrupados no han tenido éxito en el manejo de sus áreas, sea por

16 Administraciones Técnicas Forestal y de Fauna Silvestre Tambopata-Manu y Tahuamanu, 2009.

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22

la falta de recursos para ello o por las prácticas de informalidad a que estaban acostumbrados, debe señalarse que, a pesar de ello, Madre de Dios es la región con el mayor y mejor índice de cumplimiento de obligaciones de las concesiones forestales maderables (pago del derecho de aprovechamiento y presentación de planes de manejo forestal), entre las 5 regiones donde éstas se han otorgado.

Esta situación tiene su explicación en el hecho de que existen grupos empresariales que incluso se han asociado entre ellos para potenciar sus capacidades y en la importante presencia de caoba en la región, además de maderas duras con mercados internacionales.

La región de Madre de Dios es también un ícono importante en la certificación forestal voluntaria, pues en dicha región se inició el proceso de certificación forestal en el año 2005 con la certificación de 45,136 hectáreas sobre 28 concesiones de castaña, para luego continuar con 250,729 hectáreas con certificación de manejo forestal en concesiones maderables (37.89% del total nacional ascendente a 661,677 ha)17.

Cuadro N° 5

CONCESIONES MADERABLES EN MADRE DE DIOS

Situación Provincia ATFFS Superficie (ha) Número de

Concesiones

Resolución Contractual Tambopata Tambopata-Manu 33,830.00 2

Total Resolucion Contractual 33,830.00 2

Caducidad Tahuamanu Tahuamanu 12,949.00 2 Tambopata Tambopata-Manu 88,303.00 5 Total Caducidad 101,252.00 7

PAU Tambopata Tambopata-Manu 26,225.00 3

Total PAU 26,225.00 3

Vigente Tahuamanu Tahuamanu 712,393.00 36

Tambopata Tambopata-Manu 420,621.00 36

Total Vigente 1,133,014.00 72

Total General Concesiones Legalmente Vigentes 1,159,239.00 75

TOTAL GENERAL 1,294,321.00 84

Fuente: Administraciones Técnicas Forestal y de Fauna Silvestre Tambopata-Manu y Tahuamanu. OSINFOR.

17 Fuente: Instituto Nacional de Recursos Naturales. Intendencia Forestal y de Fauna Silvestre.

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23

Según puede apreciarse en el Cuadro N° 5, las concesiones maderables que legalmente aún tienen posibilidades de continuar son 75, involucrando 1’159,239 hectáreas. De éstas, 3 concesiones de la jurisdicción de Tambopata-Manu se encuentran con Procedimiento Administrativo Único (PAU) iniciado por OSINFOR. Estas 3 concesiones aún tienen posibilidades de continuar, siempre que demuestren a OSINFOR que los motivos por los cuales se encunetran en proceso de investigación no constituyen causal de caducidad.

Casi dos tercios del área de las concesiones vigentes y de aquéllas que están en investigación está localizada en la provincia de Tahuamanu, donde aún existen niveles importantes de concentración de poblaciones de caoba.

4.5 Concesiones de Castaña

Como se puede observar en el Mapa de Ocupación Actual, las áreas castañeras se ubican mayoritariamente a ambos lados del tramo carretero Puerto Maldonado – Iñapari, donde existen 894,974 hectáreas bajo el régimen de concesiones de castaña.

En la jurisdicción de la Administración Técnica de Tambopata-Manu se ubican 814 concesiones, mientras que en la de Tahuamanu hay 202 (Cuadro N° 6).

Cuadro N° 6

CONCESIONES DE CASTAÑA EN MADRE DE DIOS

Provincia Nro. De Concesiones Extensión (ha)

Tahuamanu 202 160,317.49

Tambopata 814 734,477.41

TOTAL 1,016 894,794.90

Fuente: Administración Técnica Forestal y de Fauna de Tambopata - Manu y Tahuamanu. 2009

Las zonas de mayor concentración de la actividad extractiva de la castaña actualmente están ubicadas en 18:

La parte baja de la cuenca del río Tambopata, incluyendo el río La Torre y áreas adyacentes, dentro de la actual Reserva Nacional Tambopata;

La cuenca del río Palma Real y otros tributarios del Bajo Madre de Dios, a ambas márgenes, e incluyendo la quebrada San Francisco y Lago Valencia;

La cuenca baja del río De las Piedras, desde Tipishca hasta Lucerna aproximadamente, y sus afluentes, los ríos Pariamarca, Pariamanu, Manuripe y Mavila;

18 República del Perú. Macro Zonificación Ecológica Económica del Departamento de Madre de Dios. Gobierno

Regional de Madre de Dios e Instituto de Investigación de la Amazonía Peruana. 2009. Puerto Maldonado. 189 p. Documento en preparación para publicación.

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24

Ambos lados de la carretera Puerto Maldonado – Iñapari, en el tramo comprendido entre Puerto Maldonado y Alerta, principalmente; y

Ambos lados de la carretera Puerto Maldonado – Mazuko, en el tramo comprendido entre Puerto Maldonado y San Juan, principalmente.

En los últimos años y particularmente a partir de la construcción de la carretera Interoceánica, varias ONG y el Estado han venido apoyando a estos concesionarios para el saneamiento físico legal de sus áreas, la formulación de planes de manejo y su integración a la cadena de valor.

4.6 Concesiones de Shiringa

Las concesiones de jebe o shiringa se concentran en la provincia de Tahuamanu, con 26 derechos de aprovechamiento vigentes, sobre un área de 17,480 hectáreas.

En el Cuadro N° 7 se reportan las concesiones otorgadas para el aprovechamiento de shiringa en la región, desagregadas por sede.

El estudio de ZEE19, indica que el área de distribución natural de este recurso comprende un área claramente definida:

Entre los ríos Acre, al norte y Manuripe, al sur; y

Hacia el oeste, monte adentro, probablemente hasta 50 km de la carretera Puerto Maldonado-Iberia-Iñapari.

19 República del Perú. Macro Zonificación Ecológica Económica del Departamento de Madre de Dios. Gobierno

Regional de Madre de Dios e Instituto de Investigación de la Amazonía Peruana. 2009. Puerto Maldonado. 189 p. Documento en preparación para publicación.

Cuadro N° 7 CONCESIONES DE SHIRINGA EN MADRE DE DIOS (PROV.

TAHUAMANU) AL AÑO 2009

Sede Nro. de

Concesiones Superficie

(ha)

Alerta 15 6,380

Arrozal 2 287

Iñapari 4 5,507

La Merced 1 1,652

Maranguape 1 244

Miraflores 1 1,152

Ponalillo 1 1,082

Villa Primavera 1 1,177

TOTAL 26 17,480

Fuente: Administración Técnica Forestal y de Fauna Silvestre de Tahuamanu.

Page 28: Solucion Conflictos Forest_MDD

25

Actualmente esta actividad persiste en su estancamiento por la coyuntura de bajos precios, lo que hace poco rentable su extracción.

Los intentos de incorporar esta producción en la cadena de valor continúan actualmente con la participación de FONDEBOSQUE, promoviendo esta actividad como parte del Proyecto 6 MINAG – Prog. Interoceánico Sur.

4.7 Concesiones de Conservación

Las concesiones de conservación son tramitadas ante la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre, que es responsable de su otorgamiento. A la fecha, se han otorgado siete concesiones de conservación, sobre 164,567.99 hectáreas (ver Cuadro N° 8), ubicadas todas ellas en la provincia de Tambopata.,

Cuadro N° 8

CONCESIONES DE CONSERVACIÓN EN MADRE DE DIOS

Nº Nº Contrato Titular Año de otor-

gamientoProvincia

Superficie (ha)

1 17-TAM/C-CON-J-002-05

Conservación Internacional Rodal Tahuamanu

2005 Tambopata 12,772.12

2 17-TAM/C-CON-J-001-05

Asociación para la Conservación de la Cuenca Amazonica

2001 Tambopata 135,832.00

3 17-TAM/C-CON-J-001-05

Asociación para la Conservación de la Cuenca Amazonica

2005 Tambopata 10,113.24

4 17-TAM/C-CON-J-003-05

Picaflor Research Center Halcón de Oro

2005 Tambopata 1,334.13

5 17-TAM/C-CON-J-001-06

Héctor Naquiche Peña 2006 Tambopata 3,552.80

6 17-TAM/C-CON-J-002-06

Antonio Fernandini Guerrero 2006 479.57

7 s/i Luordes Consuelo Fernandez Felipe Morales

2008 Tambopata 484.13

TOTAL 164,567.99

Fuente: Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre. 2009

La primera concesión de conservación se otorgó en el año 2001, sobre 135,832 hectáreas adyacentes al río Los Amigos, a favor de la Asociación para la Conservación de las Cuenca Amazónica (ACCA).

4.8 Concesiones de ecoturismo y albergues turísticos

El turismo en la región es, en un 100%, orientado al ecoturismo, debido a la gran variedad de paisajes con belleza escénica presentes en la región. Éste se desarrolla a través de concesiones de ecoturismo, otorgadas por la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre y de iniciativas particulares, a través de albergues turísticos. Si bien la provincia de Tambopata concentra la mayor actividad turística, también en la de Manu se viene desarrollando esta actividad. Con el asfaltado de la Carretera Interoceánica Sur es probable que la actividad se extienda a la provincia de Tahuamanu.

Page 29: Solucion Conflictos Forest_MDD

26

El Estado peruano ha otorgado a la fecha 42,251 hectáreas a 20 concesiones de ecoturismo, las cuales se encuentran ubicadas en la provincia de Tambopata. La mayoría de ellas se ubican dentro del área de influencia de la carretera Interoceánica (Cuadro N° 9).

Cuadro N° 9

CONCESIONES DE ECOTURISMO EN MADRE DE DIOS

Nº Nº Contrato Titular Año de otor-

gamiento Provincia

Superficie (ha)

1 17-TAM/C-ECO-J-001-04

Tiburcio Huacho Hoyos 2004 Tambopata 279.72

2 17-TAM/C-ECO-J-005-05

Gilberto Vela Cardenas 2005 Tambopata 977.20

3 17-TAM/C-ECO-J-003-04

Juan Julio Duran Torres 2004 Tambopata 4,460.22

4 17-TAM/C-ECO-J-007-05

Fernando Miguel Rosemnerg 2005 Tambopata 476.40

5 17-TAM/C-ECO-J-008-05

Sixto Rigoberto Delgado P. 2005 Tambopata 587.75

6 17-TAM/C-ECO-J-009-05

Reserva Natural Lagartococha 2005 Tambopata 2,523.07

7 17-TAM/C-ECO-J-010-05

Maderera Sur Oriente Sostenible

2005 Tambopata 3,394.73

8 17-TAM/C-ECO-J-002-06

AMTUSET 2006 Tambopata 389.07

9 17-TAM/C-ECO-J-006-04

Jungle Odyssey Perú EIRL 2004 Tambopata 1,062.14

10 17-TAM/C-ECO-J-004-06

Justiniano Zuñiga Guzman 2006 Tambopata 2,067.94

11 17-TAM/C-ECO-J-003-06

Comunidad Natuva ESE EJA 2006 Tambopata 1,648.29

12 17-TAM/C-ECO-J-005-06

Asociación de Agricult Mineris Artesanales y Turismo SOC.

2006 Tambopata 3,762.00

13 17-TAM/C-ECO-J-001-07

Hector Gustavo Moscoso 2007 Tambopata 668.06

14 17-TAM/C-ECO-J-001-06

Inka Terra 2004 Tambopata 7,783.14

15 17-TAM/C-ECO-J-004-04

Juan de la Cruz Toledo 2004 Tambopata 4,798.07

16 17-TAM/C-ECO-J-000-07

Abraham Aguirre Apaza 2007 Tambopata 1,276.38

17 Proceso Erasmo Sumalave Tambopata 599.14

18 17-TAM/C-ECO-J-003-07

Rainforest Expeditions 2007 Tambopata 369.49

19 17-TAM/C-ECO-J-003-04

Tambopata Expeditions 2004 Tambopata 4,460.22

20 No tiene Pantiacolla Tours 2006 Tambopata 668.06

TOTAL 42,251.0

9Fuente: Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre. 2009

Asimismo, los albergues turístIcos en Tambopata, que es la provincia con mayor incidencia de esta actividad, suman 65 en el último año, lo que comparado con 15 albergues que existían en el año 2000 en la provincia, nos da una idea de la importancia creciente de esta actividad.

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27

El crecimiento de la afluencia de turistas a la región es vertiginoso. En 1993 Madre de Dios recibía apenas 500 turistas, en tanto en 1997 esta cifra se había incrementado a 11 mil (2100% en cuatro años). El año 2000 se llegó a recibir 20,000 turistas, en el 2004 fueron 30,000 y al 2007 se recepcionaron 50,000 turistas (DIRCETUR 2008). Correlativo a este crecimiento se han incrementado también los puestos de trabajo directo a tiempo completo dedicados a esta actividad. Así, sólo en Tambopata, de 50 puestos de trabajo directos que habían en 1993, esta cifra en el 2006 había crecido a 400. Otros servicios conexos indican que se trata de una actividad con una importante repercusión económica (Kirkby et.al.2009) 20.

4.9 Concesiones de Reforestación

En la región Madre de Dios se han otorgado 244 concesiones de reforestación sobre un área total de 108,687 hectáreas (Cuadro N° 10).

Cuadro N° 10

CONTRATOS DE REFORESTACIÓN VIGENTES EN MADRE DE DIOS

Provincia Sector Extensión (ha) N° Contratos

Manu Lote 15 13,159.62 18

Tambopata

Alto Libertad 4,568.22 13 Alto Manuhuani 2,990.74 1 Boca Unión 882.54 2 Gamitana 327.70 1 La Pampa 36,310.70 41 Lote 15 15,066.14 29 Nueva Arequipa 6,274.12 16 Nueva Generación 2,218.60 15 Primavera Alta 1,497.28 8 Primavera Baja 4,763.14 18 Río Piedras 9,271.53 11 Santa Rita Alta 1,488.21 14 Santa Rita Baja 3,694.67 21 Santa Rita km129-Nuev.Gene 1,064.71 13 Sarayacu 183.84 1 Unión Progreso 1,627.63 2 Virgen Candelaria km 110 3,297.83 20

Total general 108,687.22 244

Fuente: Administración Técnica Forestal y de Fauna de Tambopata - Manu- 2009

La mayor parte de las concesiones de reforestación está ubicada en la provincia de Tambopata, en el sector de La Pampa (que concentra la tercera parte de la superficie de estas concesiones) y sólo existe una concesión en la provincia del Manu, en el sector del Lote 15, con 13,159 hectáreas. Las concesiones de

20 República del Perú. Macro Zonificación Ecológica Económica del Departamento de Madre de Dios. Gobierno

Regional de Madre de Dios e Instituto de Investigación de la Amazonía Peruana. 2009. Puerto Maldonado. 189 p. Documento en preparación para publicación.

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28

reforestación se distribuyen a los lados de la carretera Puerto Maldonado – Masuco – Inambari, entre los km. 63 y 143.

4.10 Derechos mineros

De acuerdo a información proporcionada por la Dirección Regional de Energía, Minas e Hidrocarburos, en la región Madre de Dios había 2,800 derechos mineros al 19 de marzo de 2009, considerando en esta cifra 117 derechos ya extinguidos (Cuadro N° 11).

Cuadro N° 11 DERECHOS MINEROS EN LA REGIÓN MADRE DE DIOS

Fuente: Dirección Regional de Energía, Minas e Hidrocarburos de Madre

de Dios. Noviembre, 2009.

No se dispone de información certera sobre la superficie que ocupan los derechos mineros, pero se estima que en más de 600 mil hectáreas a nivel de toda la región21. Y, como puede apreciarse en el mapa de ocupación del territorio en Madre de Dios, los derechos mineros se encuentran superpuestos con otros derechos del bosque pues, de acuerdo a la normatividad vigente, se otorgan sobre áreas libres con relación sólo a otros derechos mineros.

No obstante lo expuesto, cabe indicar que la actividad minera continúa expandiéndose a pesar de que la recepción de petitorios se ha suspendido desde comienzos de este año (DS 019-2009-MEM de marzo de 2009). De un lado, los petitorios ya admitidos a marzo de 2009 han continuado su trámite y, de otro, se viene desarrollando la ocupación informal de áreas para realizar la actividad.

4.11 Lotes petroleros

El Gobierno del Perú ha otorgado 3 lotes de hidrocarburos en concesión en el departamento de Madre de Dios, cuya localización puede apreciarse en la Figura N° 6, siendo sus detalles básicos los siguientes22:

Lote 76

Empresa: HUNT OIL Extensión: 1’434,059.869 ha.

21 Según el INGEMMET, los derechos mineros en abril de 2009 sumaban 2,357, sobre 520,654.8 ha. Hasta el

mes de noviembre se habrían incrementado a 2,800. 22 Observatorio de Actividades Hidrocarburíferas en el Perú.

http://www.observaperu.com/index.php?option=com_content&task=view&id=16&Itemid=31

Derechos mineros Número

Titulados 1,594

En trámite 1,089

Extinguidos 117

Total derechos 2,800

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29

Lote 111

Empresa: SAPET DEVELOPMENT PERU INC. Extensión: 1’516,324 ha.

Lote 113

Empresa: SAPET DEVELOPMENT PERU INC. Extensión: 1’231,353 ha.

El Lote 133 fue redimensionado y dio lugar al Lote 157, evitándose la superposición con la Reserva Territorial a favor de Pueblos Indígenas en Aislamiento Voluntario, encontrándose dicho lote con la suscripción suspendida23.

Figura N° 6

CONCESIONES DE HIDROCARBUROS EN MADRE DE DIOS 5.

23 Lotes con contratos para operaciones petroleras en el Perú. Ministerio de Energía y Minas, noviembre de 2009.

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30

5. LOS ACTORES DEL BOSQUE

Los actores del bosque en la región Madre de Dios han sido determinados en base al criterio de ser usuarios directos del bosque, comprendiendo en éste el vuelo (ámbito forestal), el suelo (ámbito agropecuario) y el subsuelo (ámbito minero e hidrocarburífero), con derechos de uso y/o tenencia sobre las áreas en que realizan sus actividades, debidamente otorgados por la autoridad competente, o sin ellos. De conformidad con esto, los actores del bosque identificados se presentan en el Cuadro N° 11.

Cuadro N° 11 ACTORES DEL BOSQUE EN LA REGIÓN MADRE DE DIOS

Actores Número de

titulares

Concesiones maderables 75

Concesiones de castaña 1016

Concesiones de reforestación 244

Concesiones de shiringa 26

Concesiones de ecoturismo 20

Concesiones de conservación 7

Áreas Naturales Protegidas 6

Comunidades Nativas 29

Reservas Territoriales 1

Predios agrícolas s.i.

Extractores sin bosque s.i.

Mineros * 2800

Empresas petroleras 2

*Incluye derechos titulados, en trámite y extinguidos

Fuente: Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre.

Administraciones Técnicas Forestal y de Fauna Silvestre Tambopata-Manu y

Tahuamanu

Dirección Regional de Energía, Minas e Hidrocarburos de Madre de Dios

Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas

Instituto del Bien Común

COFOPRI

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31

5.1 Concesionarios forestales

Son los titulares de las concesiones forestales definidas por la Ley N° 27308, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, otorgadas dentro del Bosque de Producción Permanente de Madre de Dios y por 40 años renovables.

Dentro de éstas se encuentran comprendidas las concesiones maderables, las concesiones de otros productos del bosque (castaña y shiringa), las concesiones de ecoturismo y las concesiones de conservación.

Como se ha expuesto en el capítulo 4 (Ocupación del territorio), las concesiones maderables constituyen la modalidad de mayor importancia en términos de superficie otorgada en concesión, concentrando el 50% de la misma y el 14% de la superficie departamental. Le siguen las concesiones de castaña y en mucha menor medida los demás tipos de concesiones. Sin embargo, como puede apreciarse en el cuadro precedente, en términos de número de actores las concesiones de castaña son las que concentran el mayor número de titulares (1,016 concesiones), seguidas por las de reforestación (244) y, en menor medida, las maderables (75), de shiringa (26), ecoturismo (20) y conservación (7).

5.1.1 Concesionarios de castaña

Los concesionarios de castaña se encuentran organizados en la Federación Departamental de Castañeros de Madre de Dios – FEPROCAM. Esta federación está integrada por 14 asociaciones de castañeros y 6 asociaciones emergentes. Cada asociación está referida a un sector. Las asociaciones de castañeros son: Alerta, La Novia, Shiringayoc, Mavila, San Lorenzo, Loreto, Carmen rosa, San Carlos, Pariamanu, Ashipal. Emergentes: Monterrey, Planchón, Sabaluyo.

En cada asociación hay entre 15 y 100 castañeros. La FEPROCAM agrupa a alrededor de 600 castañeros.

De otro lado, los castañeros vienen siendo apoyados por ACCA y CAMDE Perú, principalmente, en el saneamiento de sus territorios y elaboración de planes de manejo.

Se estima que la actividad castañera da trabajo a alrededor de 20 mil personas en la región Madre de Dios.

A la fecha, hay más de 100 concesiones de castaña certificadas. ASCART (Asociación de Castañeros de la Reserva Nacional Tambopata) tiene alrededor de 30 concesiones certificadas. RONAP (Recolectores orgánicos de la nuez amazónica del Perú) cuenta con alrededor de 78 concesiones certificadas.

5.1.2 Concesionarios de shiringa

En el caso de los shiringueros, es importante señalar que de las 26 concesiones existentes, sólo 8 tienen Plan General de Manejo Forestal. No obstante ello, existe una Mesa de Concertación del Jebe, que ha trabajado alguna propuestas normativas de importancia para la actividad

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32

relacionadas a la zafra, los términos de referencia para la elaboración de los Planes Generales de Manejo Forestal de shiringa y la delegación de competencias para que el Administrador Técnico firme los contratos de shiringa, la misma que ya fue implementada. El IIAP y FONDEBOSQUE vienen apoyando la actividad.

Los shiringueros están organizados en la Asociación de Shiringueros de Madre de Dios, la misma que viene trabajando con Fondebosque en apoyo a la elaboración de los planes de manejo de los shiringueros.

5.1.3 Concesionarios maderables

Los concesionarios maderables cuentan con la Federación de Pequeños Extractores Forestales con Manejo Sostenible de Madre de Dios – FEPEFMAD, la cual se activa, según la información levantada, frente a situaciones coyunturales. No se logró entrevistar a sus representantes ni obtener mayor información sobre el número de asociados.

Por su parte, la Cámara de Comercio de Madre de Dios cuenta entre sus afiliados con dos de los concesionarios que realizan su actividad con mayor cumplimiento de sus obligaciones y compromiso con el manejo forestal sostenible.

Entre los concesionarios maderables existe en la región un sector aún poco numeroso que viene trabajando con seriedad y con respeto a la ley en sus concesiones e incluso bajo los estándares de la certificación forestal voluntaria. Otro sector ha abandonado sus áreas, en tanto otro grupo de concesionarios realiza el lavado de madera ilegal mediante la venta de volúmenes y el tráfico de guías de transporte forestal.

El tráfico de guías y el lavado de madera ilegal se produce también en las concesiones de otros productos del bosque (castaña y shiringa), sea mediante la extracción no autorizada de madera de sus áreas para ampararla con guías de transporte de terceros, o mediante la venta de sus guías para amparar madera de otras áreas que no cuentan con la debida autorización de la administración forestal.

De otro lado, cabe indicar que la definición de los Bosques de Producción Permanente, sobre los que se otorgaron las concesiones forestales, se realizó sin contar con información actualizada sobre la situación de saneamiento físico-legal de las áreas incorporadas en los mismos, desconociendo derechos previos –y no siempre formalizados-, dando lugar a que muchas concesiones nacieran con problemas de superposición de áreas.

5.2 Concesionarios de reforestación

Las concesiones de reforestación, otorgadas también al amparo de la Ley N° 27308, por períodos de 40 años renovables y a título gratuito, se establecen en áreas de capacidad de uso mayor forestal y/o en áreas de recuperación forestal, a diferencia del grupo de concesiones a que se ha hecho referencia previamente, que son otorgadas sobre el Bosque de Producción Permanente.

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Las concesiones de reforestación se encuentran ubicadas entre los km. 63 a 143, localizándose la mayor parte de las concesiones de reforestación de la región (el 17% de las concesiones otorgadas) en la zona de La Pampa. Numéricamente, constituyen 41 concesiones en este sector.

La normatividad para las concesiones de reforestación, al igual que para las de castaña, permite la presentación de un plan complementario para la extracción de madera, habiéndose constituido esta actividad en la principal en muchas de las concesiones de reforestación.

En julio de 2006 se promulgó la Ley N° 28852, Ley de la Inversión Privada en Reforestación y Agroforestería, la misma que dispuso la derogatoria del artículo 28° de la Ley N° 27308, al amparo del que se venía dando el otorgamiento de estas concesiones. No obstante ello, se otorgaron con posterioridad a esta norma diez concesiones de reforestación en los distritos de Tambopata, Inambari y Laberinto, las mismas que carecerían de amparo legal24.

Los concesionarios de reforestación son en su mayoría también agricultores, así como cuentan con planes complementarios para la extracción de madera. De estas concesiones se extrae principalmente lupuna, copaiba, romerillo, ishpinguillo y palo santo. En menor medida, tornillo, que ha devenido ya en una especie escasa.

Los concesionarios de reforestación se encuentran agrupados en asociaciones, las mismas que conforman la Federación de concesionarios de forestación y reforestación de Madre de Dios. Las asociaciones que integran la federación son:

Asociación de Extractores forestales de La Pampa

Asociación Agroforestal Río Inambari – Lote 15

Asociación de Reforestadores de Alto Libertad

Asociación de Reforestadores de Nueva Arequipa

Asociación de Reforestadores de Virgen de la Candelaria

Asociación de Reforestadores de Primavera Baja

Asociación de Reforestadores de Primavera Alta

Asociación de Reforestadores de Santa Catalina Baja

Asociación de Reforestadores de Santa Catalina Alta

Asociación de Reforestadores de Cerro Rosado

Asociación Agro Bosque

Asociación Agroforestal y de Conservación del Medio Ambiente – AGROFOCMA

En total, la federación representa a 204 concesionarios.

24  Informe N° 030‐2007‐INRENA‐P‐INTEROCEANICA‐MDD‐JLDR, del 03 de abril de 2007. 

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34

5.3 Comunidades nativas

Como se ha reportado en el capítulo 3 de este informe, existen 29 comunidades nativas en la región. Éstas han vivido tradicionalmente del bosque, realizando agricultura y extracción de bajo impacto con fines principalmente de autoconsumo.

Estas comunidades pertenecen a los grupos étnicos Amahuaca (Las Piedras y Tambopata)), Amarakaeri (Inambari), Esse Ejja (Tambopata), Santarrosino (Las Piedras), Shipibo-Conibo (Tambopata) y Toyoeri (Tahuamanu)25.

Pese a la globalización y a los cambios producidos en la región durante el último siglo, los componentes de la cultura de los grupos nativos se han conservado, entre ellos su idioma y los arreglos de parentesco. Existen grupos sedentarizados, así como otros que mantienen un modo de vida itinerante.

Las comunidades nativas se encuentran representadas por la Federación Nativa del Río Madre de Dios y Afluentes – FENAMAD, la que representa también a la Reserva Amarakaeri y a los indígenas de la Reserva Territorial de Indígenas en aislamiento voluntario. Es decir, esta federación representa a todos los pueblos indígenas del departamento.

La actividad económica de mayor importancia realizada tradicionalmente por los nativos es la agricultura, siguiéndole las actividades de recolección en el bosque, la extracción de madera, la crianza de animales, la caza y pesca y la artesanía.

Sin embargo, en los últimos años la actividad minera ha venido cobrando importancia creciente al interior de algunas comunidades, reportándose que en la actualidad existen alrededor de catorce comunidades nativas que están realizando actividad aurífera, destacando Barranco Chico, en la cual se está trabajando con maquinaria pesada (se está trasladando maquinaria de Huepetuhe). Otras comunidades son Kotsimba, Shiringayoc, Tres Islas, Puerto Luz, El Pilar, Puerto Arturo, Boca Pariamanu y Palma Real.

5.4 Indígenas no contactados

Los indígenas no contactados o en aislamiento voluntario en la región Madre de Dios se encuentran establecidos en la Reserva Territorial del Estado para Pueblos Indígenas en Aislamiento Voluntario, ubicada al este del Parque Nacional Manu. Esta reserva ha sido establecida a favor de los grupos étnicos Mashco Piro e Iñapari y declarada mediante Resolución Ministerial Nº 427-2002-AG. Se encuentra ubicada en los distritos de Iñapari, provincia de Tahuamanu y en los distritos de Laberinto, las Piedras y Tambopata de la provincia de Tambopata.

Esta reserva, como se ha indicado, ocupa un área de 829,941 ha y constituye uno de los pocos lugares en el mundo que alberga seres humanos aislados voluntariamente.

Estos pueblos indígenas han optado por aislarse del resto de la sociedad nacional, refugiándose en la selva amazónica, debido a las agresiones que sufrieron contra su integridad personal y contra su cultura. Son pueblos

25   Instituto Nacional de Estadística e Informática, 2007. 

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35

extremadamente vulnerables a las enfermedades comunes en nuestro medio, tales como la gripe y enfermedades gastrointestinales.

Como se ha indicado, los intereses de los indígenas no contactados son representados por la FENAMAD.

Como resulta evidente, no se dispone de información sobre la población que alberga la reserva.

5.5 Extractores sin bosque de diversos productos del bosque

Este grupo de actores comprende a todos aquellos extractores de productos del bosque que no tienen derechos de uso ni tenencia otorgados por autoridad alguna, pero que desde hace muchas décadas se encuentran asentados en el bosque y viven de él.

Es un grupo de número indeterminado, que quedó al margen de la formalidad al establecerse el Bosque de Producción Permanente de Madre de Dios en aplicación de la Ley N°27308.

5.6 Áreas Naturales Protegidas

Las áreas naturales protegidas son administradas por el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas, adscrito al Ministerio del Ambiente y cuentan con oficinas regionales independientes para cada ANPE.

En el departamento de Madre de Dios hay un total de seis áreas naturales protegidas, compartidas algunas de ellas con los departamentos vecinos de Cusco, Ucayali y Puno, cubriendo alrededor del 44.2% de la superficie de la región. La mayor superficie corresponde a parques nacionales.

5.7 Productores agrarios

Son conductores de tierras para la producción agropecuaria, localizados en torno a los ejes carreteros y a las principales vías fluviales, siendo un grupo constituido principalmente por colonos migrantes.

Los productores agrarios deberían estar ubicados sobre tierras con capacidad de uso mayor agrícola (A-cultivos en limpio, y C-cultivos permanentes) y pastos (P), pero en la práctica esto no se respeta y se asientan sobre tierras con capacidad de uso mayor forestal (F) y protección (X).

Las áreas conducidas por los productores agrarios no necesariamente se encuentran tituladas, existiendo una superficie indefinida de áreas en posesión, algunas de las cuales cuentan con el certificado de posesión expedido por la Dirección Regional Agraria, que es la autoridad competente. Sin embargo, existen certificados de posesión otorgados por gobernadores y presidentes de las comunidades de nativos, lo cual es ilegal.

Además de ello, es suficiente que se asienten sobre el bosque y lo tumben para hacer actividades agropecuarias (“mejoras”) para ser titulados. Ello se convierte en fuente de conflictos con los titulares de derechos otorgados sobre el bosque por la autoridad forestal.

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36

El grueso de la población que migra hacia la región se orienta a la actividad agropecuaria y a la actividad minera.

Los productores agrarios están representados por la Federación Departamental de Agricultores de Madre de Dios – FADEMAD. Según directivos de esta organización, casi el 80% de los agricultores de la región carece de títulos. Y esta cifra va cada día en aumento debido a la migración que diariamente se produce hacia la región desde las zonas andinas del país. Últimamente, la migración se viene produciendo incluso de departamentos bastante alejados como Amazonas.

5.8 Mineros

La actividad minera en la región está referida en lo fundamental a la actividad aurífera, la misma que se viene desarrollando de manera continua en la región desde la década de 1940, aún cuando la extracción de oro se remonta hasta el incanato.

Esta actividad, desde la década de 1940, ha sido desarrollada por migrantes de la sierra, atraídos por el oro de los ríos Inambari, Madre de Dios, Malinowski y sus tributarios. Es así que la mayor parte de los mineros son migrantes procedentes de la región andina, en particular de los departamentos vecinos, en mayor medida de Cusco y, en segundo lugar, de Puno. Casi la totalidad de los migrantes que llegan a diario a la región se insertan en la actividad minera.

Administrativamente, la ejecución de la actividad se ampara en títulos y petitorios mineros, no obstante que, de acuerdo a ley, el petitorio no es suficiente para el inicio de la actividad. La suspensión de la admisión de petitorios mineros en la región en el último año26 ha dado lugar a la incursión de la actividad minera de manera abiertamente ilegal en áreas del bosque. Además, dicha suspensión no implica la suspensión del otorgamiento de las concesiones mineras que hubieran ingresado su petitorio antes de dicha fecha.

La ampliación de las áreas para extracción de oro se ha ido dando no sólo por los mayores precios del metal, sino por los cambios en las tecnologías usadas. Hasta antes de los 80 la tecnología principalmente utilizada era de tipo artesanal y localizada en las playas de los ríos. A partir de los 80 se introduce el uso de dragas que permiten extraer el oro del fondo de los ríos. En los 90 se inicia el empleo de cargadores frontales y en los últimos años se ha extendido la extracción de oro sobre los antiguos cauces aluviales, tierra firme adentro en virtud del uso del cargador frontal combinado con “shute” y de la “chupadera”27

La explotación del oro en Madre de Dios se realiza a tajo abierto, lo que la hace incompatible con todos los derechos de uso del bosque.

26 El Decreto Supremo N° 019-2009-EM, del 19 de marzo 2009 suspendió hasta el 2010 la admisión de petitorios

mineros en la Región Madre de Dios. 27 República del Perú. Macro Zonificación Ecológica Económica del Departamento de Madre de Dios. Gobierno

Regional de Madre de Dios e Instituto de Investigación de la Amazonía Peruana. 2009. Puerto Maldonado. 189 p. Documento en preparación para publicación.

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Estudios ambientales aprobados Número

EIA semidetallado 1

DIA (Declaración de Impacto Ambiental) 18

PAMA 19

Total aprobados 38

Como se ha indicado en el capítulo precedente, en la región Madre de Dios había, al 19 de marzo de 2009 (fecha en que se suspende la admisión de nuevos petitorios mineros), 2,800 derechos mineros.

De éstos, sólo 38 contaban con estudios ambientales aprobados (Cuadro N° 12).

Cuadro N° 12 DERECHOS MINEROS CON ESTUDIOS AMBIENTALES APROBADOS EN LA

REGIÓN MADRE DE DIOS

Fuente: DREMH Madre de Dios. Marzo, 2009.

La actividad minera en la región está catalogada como minería artesanal, en virtud de lo establecido por la Ley N° 27651, Ley de Formalización y Promoción de la Pequeña Minería y la Minería Artesanal, modificada por el Decreto legislativo N° 1040, que caracteriza la minería artesanal como aquélla con hasta 1,000 ha de cualquier título minero (entre denuncios, petitorios y concesiones o que, en su defecto, hayan suscrito acuerdos o contratos con titulares mineros hasta por dicha superficie) y una capacidad instalada de producción y/o beneficio no mayor de 25 TM por día. Ello se acredita únicamente con una declaración jurada anual.

Sin embargo, la minería aurífera en Madre de Dios emplea maquinaria pesada en sus principales cuencas productoras: cuencas de los ríos Madre de Dios, Inambari y Tambopata.

Para poder iniciar la actividad, como se expondrá más ampliamente en el capítulo 7 del presente estudio, el minero debe cumplir con obtener el título minero, contar con la certificación ambiental (estudio ambiental aprobado) y haber llegado a un acuerdo con el titular del predio para que le de la servidumbre. Si no es posible este acuerdo, la autoridad minera estima el área de trabajo y establece un justiprecio. La actividad minera en la región, sin embargo, no cumple con estos requisitos, siendo, salvo pocas excepciones, una actividad que se desarrolla ilegalmente, sin autorización de la autoridad competente (título), sin certificación ambiental y sin acuerdo con el titular del predio.

Este carácter de ilegalidad e informalidad de la minería dificulta el control sobre sus actividades, a lo que se agrega el hecho de que la Dirección Regional de Energía, Minas e Hidrocarburos carece de presupuesto y logística para cumplir esta función. Siendo informales, no hay plan de impacto ambiental que cumplir ni plan de cierre que ejecutar.

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De otro lado, no siempre el minero es titular de la concesión minera. En estos casos, ingresa a trabajar al área como “invitado” por el titular del derecho, realizando un pago a éste de conformidad con los acuerdos que establezcan.

En la región se han desarrollado cuatro distritos eminentemente mineros: Laberinto, Madre de Dios, Inambari y Huepetuhe. En éstos, el manejo de los problemas de uso del bosque y los recursos forestales se le está yendo de las manos al Estado. Existe extracción ilegal y destrucción de bosques y ecosistemas en estas zonas (incluyendo cuencas, micro cuencas y especies de flora y fauna). Los pequeños mineros constituyen una gran población y en conjunto producen un gran impacto.

En lo que respecta a la mano de obra absorbida por la actividad, no se cuenta con datos ciertos. Las fuentes más conservadoras estiman que trabajan no menos de diez mil personas de manera directa, en tanto hay estimaciones que hablan de por lo menos veinte mil personas. En el otro extremo, hay cálculos que aventuran hasta 40 mil personas.

Los mineros están representados por la Federación Minera de Madre de Dios – FEDEMIN, organización que, según sus directivos, representa a alrededor del 90% de los mineros del departamento.

5.9 Empresas petroleras

En la región vienen operando dos empresas petroleras: la Hunt Oil Company y la SAPET.

La empresa Hunt Oil Company se encuentra trabajando en la etapa de exploración sobre el lote 76, el mismo que está superpuesto con la Reserva Comunal Amarakaeri. Por su parte, la empresa SAPET ha culminado las actividades de exploración en los lotes 111 y 113 (el primero ubicado entre las provincias de Tambopata y Tahuamanu, en la frontera con Bolivia y Brasil y superpuesto a la CN Bélgica, concesiones maderables, de castaña y ecoturismo, en tanto el segundo se encuentra superpuesto con la Reserva Territorial para Indígenas en Aislamiento Voluntario) y ha solicitado autorización para realización perforación exploratoria, habiéndose ubicado diez pozos.

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39

6. MAPA INSTITUCIONAL

El mapa institucional de la región en la temática del bosque y del uso de sus recursos, ha sido elaborado considerando las siguientes categorías de instituciones:

a. Instituciones del Estado que otorgan derechos de uso y tenencia sobre el bosque, tierras y los recursos contenidos en él, así como con competencias en la supervisión, evaluación y control sobre los administrados y sobre la administración pública de los recursos.

b. Otras instituciones del Estado relacionadas al tema de bosques.

c. Organizaciones de la sociedad civil que promueven el desarrollo forestal sostenible en la región.

d. Gremios de productores y de pobladores.

e. Sector académico y profesional.

A continuación, se presenta el Mapa Institucional de la región (Cuadro N° 13).

Cuadro N° 13

MAPA INSTITUCIONAL DE LA REGIÓN MADRE DE DIOS

Institución Misión

A.

Instituciones del Estado que otorgan derechos de uso y tenencia sobre el bosque, tierras y los recursos contenidos en él, así como con competencias en la supervisión, evaluación y control sobre los administrados y sobre la administración pública de los recursos

1.

Direccion General Forestal y de Fauna Silvestre - DGFFS

Dirección de Línea del Ministerio de Agricultura encargada de establecer el marco normativo y desarrollar actividades de promoción para el aprovechamiento sostenible de los recursos forestales y de fauna silvestre en el ámbito nacional. Otorga concesiones maderables, de conservación y ecoturismo.

2.

Administraciones Técnicas Forestal y de Fauna Silvestre Tambopata-Manu y Tahuamanu

Oficinas descentralizadas de la DGFFS en la región, encargadas de la administración de los recursos forestales y de fauna silvestre en el ámbito de sus jurisdicciones. Otorgan concesiones de otros productos del bosque (castaña, shiringa) en la región.

3.

Dirección Regional de Energía, Minas e Hidrocarburos - DREMH

Dirección del Gobierno Regional de Madre de Dios que promueve el aprovechamiento sostenible de los recursos energéticos, mineros e hidrocarburos. El Ministerio de Energía y Minas le ha transferido las funciones de otorgamiento de títulos mineros.

( . . .)

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( . . .)

Institución Misión

4.

Dirección Regional Agraria - DRA

Órgano desconcentrado del Gobierno Regional, que se encarga de promover y regular las actividades relacionadas al desarrollo agrario y constituye la instancia principal de coordinación a nivel regional de las actividades del sector público agrario con el sector privado. Normativa y técnicamente depende del Ministerio de Agricultura mientras administrativa y presupuestalmente del Gobierno Regional Madre de Dios. Otorga certificados de posesión.

5.

COFOPRI Institución pública descentralizada del Ministerio de Vivienda,

Construcción y Saneamiento, que formaliza la propiedad urbana y rural a nivel nacional. Se encarga de entregar títulos de propiedad jurídicamente seguros.

6.

Servicio Nacional de Áreas Protegidas - SERNANP

Organismo adscrito al Ministerio del Ambiente, cuya finalidad es consolidar un enfoque efectivamente transectorial articulando la gestión de las áreas protegidas de administración nacional, regional o local, privadas o comunales. En la región opera a través de oficinas que administran cada una de las áreas naturales protegidas. El SERNANP propone y establece las ANP de ámbito nacional, en tanto el Gobierno Regional lo hace respecto a las de ámbito regional.

7.

Gobierno Regional de Madre de Dios. Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente

Oficina encargada de formular, proponer, ejecutar, dirigir, controlar y administrar los planes y políticas de la Región en materia de áreas protegidas, medio ambiente y defensa civil de acuerdo a los planes regionales, nacionales y sectoriales; así como desarrolla funciones normativas y reguladoras, de supervisión, evaluación y control de las funciones antes mencionadas

8.

Organismo Supervisor de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR

Institución del Estado que tiene como mandato la supervisión del cumplimiento de las condiciones de otorgamiento de los derechos de aprovechamiento forestal y de fauna silvestre. Ha iniciado la evaluación de las concesiones de castaña a fin de supervisar la extracción de madera. Asimismo, ha intervenido en concesiones de reforestación que han hecho cambio de uso al incursionar en minería.

9.

Defensoría del Pueblo. Institucion del Estado encargada de proteger los derechos

constitucionales y fundamentales de la persona y de la comunidad, así como supervisar el cumplimiento de los deberes de la administración pública. Tiene una participación muy activa en la identificación y búsqueda de soluciones a los problemas ambientales de la región.

B. Otras instituciones del Estado relacionadas al tema de bosques

10.

IIAP Madre de Dios

Organismo adscrito al Ministerio del Ambiente, cuya misión es realizar investigaciones y servicios de asesoría dirigidas a dar soporte técnico a las instituciones del Estado y de la sociedad civil que toman decisiones sobre los recursos de la Amazonía. Ha trabajado, en coordinación con el Gobierno Regional y el Programa Interoceánico Sur, la elaboración de la Zonificación Ecológica-Económica de la Región (macro zonificación).

( . . .)

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41

( . . .)

Institución Misión

11.

MINAG - Programa para la gestión ambiental y social de los impactos indirectos del corredor vial Interoceánico Sur

Programa del Ministerio del Agricultura que trabaja en la región con 9 proyectos integrados en 3 componentes (Ordentamiento territorial, manejo sostenible de bosques, institucionalidad y participación ciudadana) con el propósito de lograr un adecuado desarrollo socioeconómico y ambiental como producto de la construcción del Eje Vial Interoceánico Sur. Una de sus actividades es el saneamiento físico-legal de las áreas, en coordinación con las autoridades competentes.

12. Comisión Multisectorial de Lucha contra la Tala Ilegal en la Región Madre de Dios

Comisión conformada por varias instituciones cuya finalidad es promover y difundir las acciones contra la tala ilegal y comercio ilegal para la lucha contra la tala y comercio ilegal en la Región de Madre de Dios.

C. Organizaciones de la sociedad civil que promueven el desarrollo forestal sostenible en la región

13. Asociación para la Conservación de la Cuenca Amazónica - ACCA

ONG que trabaja con productores de castaña realizando inventarios, linderamiento de concesiones de castaña, planes operativos anuales y planes generales de manejo para certificación orgánica de castaña.

14.

CAMDE Perú ONG que trabaja con productores de castaña, en manejo de sus

concesiones, procesamiento de castaña y comercialización. Apoya en el linderamiento de las concesiones castañeras y a la gestión del redimensionamiento de las mismas ante la autoridad forestal.

15. Cámara Nacional Forestal - CNF - Oficina Madre de Dios

Asociación civil sin fines de lucro cuyo fin es promover el uso sostenible de los recursos forestales, compatibilizando los principios de conservación con la tecnología y con el desarrollo económico y social. Viene trabajando en la región involucradas en el fortalecimiento de cadenas productivas de la madera proveniente de bosques manejados.

16.

Fondo de Promoción del Desarrollo Forestal - FONDEBOSQUE - Oficina Regional Madre de Dios

Institución de derecho privado sin fines de lucro y de interés público y social, que goza de existencia legal y personería jurídica. En la región trabaja con productores forestales buscando consolidar la cadena productiva forestal para alcanzar mayores de competitivadad. Viene trabajando en apoyo al desarrollo de la cadena productiva de la shiringa.

17. Asociación para la Investigación y Desarrollo Integral - AIDER

Asociación civil que busca contribuir al mejoramiento de la calidad de vida de la población rural. Coordina el Grupo de Trabajo de la Sociedad Civil en la Interoceánica Sur.

18.

Rainforest Alliance - RA - Oficina Madre de Dios

Organización independiente que colabora con personas, comunidades y compañías cuyos productos dependen de la tierra . En la región busca fortalecer las concesiones certificadas y promover nuevas certificaciones para castaña y madera, mediante capacitación, fortalecimiento organizacional, valor agregado y articulación al mercado.

19.

PRONATURALEZA - Oficina Madre de Dios

Organización privada sin fines de lucro cuya finalidad es contribuir a la conservación del patrimonio natural del Perú, en especial su biodiversidad, propiciando el desarrollo sostenible y la mejoría de la calidad de vida de todos los peruanos. En la región apoyo concesiones de reforestación en la elaboración de sus planes y acciones silviculturales.Viene trabajando en manejo de bosques con agricultores.

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42

( . . .)

Institución Misión

20.

Comités de Gestión de Bosques

Se han constituido seis Comités de Gestión de Bosques en la región: CGB de Boca Manu-Fitzcarrald, CGB de la cuenca Colorado–Inambari– Los Amigos, CGB Río Las Piedras, CGB de la cuenca de río Acre, Noaya y Yaverija, con sede en Iñapari, CGB de Salvación–Manu, CGB de la cuenca del río Muymanu y Manuripe, con sede en Alerta–Mavila.

D. Gremios de productores y de pobladores

21. Federación Departamental de Castañeros de Madre de Dios – FEDECAMD

Organización de base encargada de velar por los intereses de las asociaciones de concesionarios de castaña en el ámbito de Madre de Dios.

22. Frente de Defensa de

Madre de Dios Organización de base que tiene como fin velar por la defensa de los intereses economicos, sociales y ambientales de la sociedad en la región Madre de Dios.

23.

Federación Agraria Departamental de Madre de Dios – FADEMAD

Organización de base que representa los intereses de los agricultores de la región. Agrupa diversas asociaciones conformadas por agricultores.

24.

Federación Nativa del Río Madre de Dios y Afluentes – FENAMAD

Organización matriz de los pueblos indígenas del departamento de Madre de Dios que representa sus intereses. Representa a 30 CCNN, a la Reserva Amarakaeri y el Territorio de los Indígenas en Aislamiento Voluntario.

25. Asociación de

Shiringueros de Madre de Dios.

Organización de productores de shiringa, vienen trabajando con Fondebosque en apoyo a la elaboración de los planes de manejo de los shiringueros.

26. Federación de Pequeños Extractores Forestales con Manejo Sostenible de Madre de Dios – FEPEFMAD

Organización de base que representa a los concesionarios maderables de Tambopata y Manu.

27. Cámara de Comercio de Madre de Dios

Organización gremial que representa a las diferentes actividades empresariales en la región, cuyo fin es la creación de valor en sus actividades económicas, incremento de la competitividad de sus empresas, representación y defensa de sus intereses, impulsando así su desarrollo económico.

28. Federación de Mineros de

Madre de Dios – FEDEMIN

Organización de base encargada de velar por los intereses de los productores mineros asociados a la federación.

E. Sector académico y profesional

29. Colegio de Ingenieros del Perú

Institución autónoma con personería jurídica de derecho público interno representativa de la profesión de ingenieros.

30. Universidad Nacional de

Madre de Dios Universidad pública regional.

31. Universidad San Antonio Abad – Filial Puerto Maldonado

Universidad pública cuya sede central se ubica en Cusco.

Fuente : Levantamiento en campo

Elaboración : Propia

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7. MARCO LEGAL SOBRE TENENCIA Y USO DEL BOSQUE Y SUS RECURSOS EN LA REGIÓN MADRE DE DIOS

Los derechos de uso y tenencia de los recursos naturales del bosque en Madre de Dios, como en todo el territorio nacional, están regulados en la Constitución Política del Estado, más precisamente en sus artículos 66° 28 y 67° 29, pero además en la Ley Orgánica para el Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales (Ley N° 26821) y la Ley General del Ambiente (Ley N° 28611).

En los referidos dispositivos legales, los recursos naturales, tanto renovables como no renovables, pero siempre que se encuentren en su fuente, son patrimonio de la Nación y en esa medida el Estado resulta soberano en su aprovechamiento. Es decir, los recursos naturales pertenecen a la nación en su conjunto, considerándose cosa pública y el Estado, como soberano para el aprovechamiento sostenible de éstos, puede otorgar a los particulares el uso de los mismos a través de las modalidades consagradas en cada ley específica.

Asimismo, la Ley Orgánica para el Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales establece en su artículo 25° que pueden concederse diversos títulos de aprovechamiento sostenible sobre un mismo recurso natural, siendo que en estos casos la ley deberá establecer la prelación de derechos y demás normas necesarias para el ejercicio efectivo de tales derechos. Dicha Ley estipula también, en su artículo 26°, que el derecho de aprovechamiento sostenible sobre un recurso natural no confiere derecho alguno sobre recursos naturales distintos al concedido que se encuentren en el entorno. La aplicación de estos artículos permite el otorgamiento de diferentes tipos de concesiones sobre una misma área, como es el caso de concesiones mineras sobre concesiones forestales o predios privados. Ello debido a que los derechos de aprovechamiento forestales sólo se conceden sobre la cobertura forestal y no sobre su entorno que puede ser tanto el suelo como el subsuelo. De manera análoga, la propiedad de los predios es sobre el suelo y no sobre el subsuelo.

7.1 Marco legal de los derechos de uso y tenencia del bosque y sus recursos

7.1.1 Marco legal de las actividades forestales

Las actividades forestales están reguladas por la Ley N° 27308 Ley Forestal y de Fauna Silvestre, su reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 014-2001-AG y sus normas modificatorias. De acuerdo a este marco normativo, los derechos de uso otorgados en el bosque a favor de los particulares se realiza a través de concesiones, permisos y autorizaciones.

Las diferentes modalidades de aprovechamiento forestal, las áreas sobre las que se otorgan y su objeto de aprovechamiento se presentan en el Cuadro N° 14.

28 Artículo 66° Constitución Política del Estado: “Los recursos naturales, renovables y no renovables, son patrimonio

de la Nación. El Estado es soberano en su aprovechamiento. Por ley orgánica se fijan las condiciones de su utilización y de su otorgamiento a particulares. La concesión otorga a su titular un derecho real, sujeto a dicha norma legal.”

29 Artículo 67° Constitución Política del Estado: “El Estado determina la política nacional del ambiente. Promueve el uso sostenible de sus recursos naturales.”

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Cuadro N° 14 MODALIDADES DE APROVECHAMIENTO FORESTAL

Fuente : Ley Forestal y de Fauna Silvestre (Ley N° 27308), su Reglamento (D.S. N° 014-2001-AG) y normas modificatorias.

Elaboración : Propia.

Todas estas modalidades de aprovechamiento, con la sola excepción de los bosques locales, se vienen dando en la región Madre de Dios.

En el caso de los permisos de aprovechamiento forestal, un requisito para su obtención es acreditar la tenencia o dominio del área materia del mismo.

Respecto a las condiciones para el otorgamiento de concesiones forestales, sus titulares tienen la obligación de asegurar la integridad de las áreas concedidas y mantener el régimen forestal de las mismas, así como respetar las servidumbres de paso, entre otras obligaciones. Entre sus

Modalidad de aprovecha-

miento

Áreas sobre las que se otorgan

Objeto de aprovechamiento

Bosques de Producción Permanente

Madera (preferentemente)

Concesiones para otros productos del bosque

Bosques de Producción Permanente y bosques en tierras de protección

Castaña, shiringa y en general frutos, semillas, resinas y otros con fines industriales y/o comerciales

Concesiones de ecoturismo

Bosques no calificados como BPP y en tierras de protección

Belleza escénica

Concesiones de conservación

Bosques en tierras de protección (preferentemente)

Diversidad biológica yservicios ambientales

Bosques de Comunidades Nativas

Madera

Bosques de Predios privados

Madera

Bosques de Producción Permanente

Madera

Bosques en tierras de protección

Otros productos delbosque

Tierras con capacidad de uso mayor forestal y/o áreas de recuperación forestal

Madera de plantaciones y madera del bosque otorgado (con limitaciones impuestas por las normas complementarias)

Sub clases

Concesiones de forestación y reforestación

En Comunidades Nativas

Predios de propiedad privada

Bosques locales

Permisos

Concesiones con fines maderables

Concesiones forestales Concesiones

con fines no maderables

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derechos está el uso y usufructo de los frutos y productos en el área de su concesión, así como el aprovechamiento de otros recursos forestales en el área de la misma.

Cabe indicar además que, de acuerdo a los artículos 83° y 108° del Reglamento de la Ley Forestal y de Fauna Silvestre, las concesiones forestales tanto con fines maderables como no maderables (otros productos del bosque, ecoturismo y conservación) se otorgan a exclusividad, no pudiendo la autoridad otorgar otras concesiones, permisos o autorizaciones sobre la misma área, a terceros.

Para el otorgamiento de los permisos de aprovechamiento forestal, uno de los requisitos que deben presentar los solicitantes es acreditar la tenencia o dominio del área materia del permiso forestal30. Es decir, que debe adjuntar a su solicitud el documento que válidamente lo certifique como propietario.

7.1.2 Marco legal de las actividades mineras

El Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado mediante Decreto Supremo N° 014-92-EM, es el marco legal que regula las actividades mineras en el país y, en particular, en la Región de Madre de Dios.

Este cuerpo normativo señala en el artículo II de su Título Preliminar que todos los recursos minerales pertenecen al Estado, siendo su propiedad inalienable e imprescriptible. Asimismo, dispone que el aprovechamiento de los recursos minerales se realiza a través de la actividad empresarial del Estado y de los particulares, mediante el régimen de concesiones31.

De otro lado, la Ley N° 27651, Ley de Formalización y Promoción de la Pequeña Minería y la Minería Artesanal, creó el marco legal para la formalización, promoción y desarrollo de los denominados pequeños mineros y mineros artesanales, indicando que el Estado protege y promueve a la minería artesanal. A tal fin, la ley promueve el establecimiento de acuerdos de los titulares mineros con los mineros artesanales, con el propósito de formalizar la situación de éstos últimos. Asimismo, promueve la descentralización administrativa, trasladando facultades de fiscalización de las operaciones artesanales a las direcciones regionales del Ministerio de Energía y Minas. Finalmente, da preferencia a los mineros artesanales en el otorgamiento de concesiones en tierras pertenecientes al Estado.

Las dos categorías de mineros (pequeño y artesanal) se definen como sigue:

30 La Directiva N° 001-2003-INRENA-IFFS, aprobada por Resolución de Intendencia N° 004-2003-INRENA-IFFS,

señala como uno de los requisitos para solicitar el permiso forestal la presentación de la copia literal simple de la inscripción en los Registros Públicos, así como la copia legalizada del título de propiedad o documento que acredite la tenencia legal del área, expedido por la entidad correspondiente del Ministerio de Agricultura.

31 Según el artículo 9° y 10° del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería aprobado por Decreto

Supremo N° 014-92-EM, la concesión minera otorga a su titular el derecho a explorar y explotar los recursos minerales que se encuentran dentro del área solicitada en el petitorio minero.

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El pequeño productor minero: Aquel que posee, por cualquier título entre denuncios, petitorios y concesiones mineras, hasta un máximo de 2000 ha y posee por cualquier título una capacidad instalada de producción y/o beneficio que no exceda de 350 Tm/día, tratándose de minerales metálicos. Dicha calidad se acredita únicamente con una declaración jurada anual32.

El minero artesanal: El que posee por cualquier título hasta mil ha entre denuncios, petitorios y concesiones o de lo contrario hayan suscrito acuerdos o contratos con los titulares mineros y posean por cualquier título una capacidad instalada de producción y/o beneficio no mayor de 25 Tm por día33.

Las condiciones establecidas por la legislación para el ejercicio del derecho minero en estas dos categorías se presentan en el Cuadro N° 15.

Cuadro N° 15 CONDICIONES PARA EL EJERCICIO DEL DERECHO MINERO PARA MINEROS

ARTESANALES Y PEQUEÑOS PRODUCTORES MINEROS

Fuente : Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo N° 014-92-EM. Ley N° 27651 Ley de Formalización y Promoción de la Pequeña Minería y la Minería Artesanal y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 013-2002-EM. Decreto Legislativo N° 1040 que modifica el artículo 91° del TUO.

Elaboración : Abog. Jorge Díaz Revoredo, documento de trabajo.

Según se dispone en el Reglamento de la Ley N° 27651, aprobado por Decreto Supremo 013-2002-AG, métodos manuales son aquellos que involucran la fuerza física, habilidad manual y destreza personal, para la extracción y escogimiento de minerales, así como para la recuperación de metales por métodos sencillos de beneficio, tales como gravimetría, amalgamación, cianuración, lixiviación y otros en pequeña escala.

32

Artículo 91° del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, modificado por el Decreto Legislativo N° 1040 publicado el 26 de junio de 2008.

33 Decreto Legislativo N° 1040 publicado el 26 de junio de 2008.

CategoríaDerecho

de Vigencia

Superficie máxima de

intervención

Capacidad máxima de extracción

Métodos de aprovecha-

miento

Certifica-ción

ambiental

Pequeño productor minero

$ 1.0 por ha/año

2,000 ha 350 Tm/día

Métodos manuales y

equipos básicos

Estudio de impacto

ambiental semi

detallado

Minero artesanal

$ 0.5 por ha/año

25 Tm/día1,000 haMétodos

manuales

Declaración de Impacto ambiental

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Los equipos básicos están referidos a lampas, picos, combas, barretas, cinceles, carretillas, carros mineros, zarandas, quimbaletes, maritatas, tolvas, perforadoras eléctricas y bombas eléctricas de hasta cuatro pulgadas de diámetro y de 25 HP y demás elementos similares para la extracción y beneficio de sustancias auríferas.

El procedimiento para obtener una concesión minera se inicia con la presentación del petitorio minero, el que es, en buena cuenta, la solicitud mediante la cual un particular requiere el otorgamiento de una concesión minera34.

Para iniciar actividades, es necesario contar con el título de concesión y haber pagado el derecho de vigencia, mas ello no es suficiente. Adicionalmente, el concesionario minero debe cumplir ciertas condiciones, de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 059-2008-EM35, el que señala que el “el título de concesión no autoriza por sí mismo a realizar las actividades mineras de exploración ni de explotación, sino que previamente el concesionario deberá contar con:

La aprobación del Instituto Nacional de Cultura – INC de las declaraciones, autorizaciones o certificados que son necesarios para el ejercicio de la actividad minera.

Contar con la certificación ambiental emitida por la autoridad ambiental competente.

Obtener el permiso para la utilización de tierras mediante acuerdo previo con el propietario del terreno superficial”.

Ello implica que el inicio de actividades sólo exige la intervención de una autoridad además de la minera (el Instituto Nacional de Cultura). Asimismo, que no es posible iniciar actividades si no se cuenta con certificación ambiental, lo que significa que hacerlo es ilegal. Finalmente, si el derecho minero se superpone con derechos de propiedad, el titular del terreno debe autorizar el aprovechamiento mediante acuerdo con el concesionario minero.

Cabe indicar, dentro del marco legal para el aprovechamiento minero, que el Decreto Supremo N° 019-2009-EM, del 19 de marzo de 2009 suspendió hasta diciembre del año 2010 la admisión de petitorios mineros en la Región Madre de Dios. Dicho decreto, sin embargo, no afectó los petitorios en trámite al momento de su dación, por lo que se han continuado otorgando las concesiones mineras correspondientes que habían ya ingresado su petitorio hasta antes de la publicación de dicha norma.

34

Reglamento de Procedimientos Mineros, aprobado por Decreto Supremo N° 018-92-EM. 35 Publicado el 20 de noviembre de 2008.

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7.1.3 Marco legal de predios agrícolas

El Decreto Legislativo N° 667, Ley de Registro de Predios Rurales36, establece el procedimiento para la inscripción del derecho de posesión sobre los predios rurales de propiedad del Estado, señalando los siguientes requisitos en su artículo 20°:

a. Que se encuentre inscrito el derecho de propiedad del predio rural a favor del Estado.

b. Que se acredite la explotación económica y la posesión directa, continua, pacífica y pública del predio rural durante un plazo mayor de un año anterior a la fecha de presentación de la solicitud de inscripción, con las pruebas señaladas en los artículos 26 y 27 del mismo dispositivo; y,

c. Que se presente el Formulario Registral, firmado por el solicitante y por notario público o por abogado colegiado y por verificador, acompañado de las pruebas y de los planos referidos en el mismo dispositivo.

El artículo 26° de dicha norma, modificado por el Artículo 1 de la Ley N° 27161 (agosto, 1999) refiere que “la posesión deberá ser directa, continua, pacífica y pública”, debiendo acreditarse con declaraciones de terceros vecinos o de organizaciones de productores de la zona o de Juntas o Comisiones de Regantes, entre otros documentos.

Por su parte, el artículo 27° de la misma Ley a que estamos haciendo referencia, establece la prueba de la explotación económica, la que “deberá acreditarse a través de la inspección ocular que efectúe el verificador. En dicha inspección el verificador deberá constatar: La existencia de cementeras de plantaciones de cultivo o de la crianza de ganado de acuerdo a la capacidad de los pastos, o en su caso, de labores de preparación de suelos.

Se considera que también existe explotación económica en los predios rurales que se encuentran en período de descanso.

El amojonamiento, cercos, cortes de madera, construcciones de edificaciones u otros actos similares no constituyen por sí solos pruebas de la explotación económica.”

La Dirección Regional Agraria, a través de sus agencias agrarias otorga la constancia de posesión y la constancia de mejoras. COFOPRI es la entidad competente para la titulación de terrenos rurales en el marco del programa de formalización de la propiedad.

7.1.4 Marco legal sobre el territorio de las comunidades nativas

La titulación de comunidades nativas tiene como base legal el Decreto Ley N° 22175, Ley de Comunidades Nativas y de Desarrollo Agrario de la

36 Emitido el 12 de setiembre de 1991 y modificado mediante Ley N° 26838 del 08 de julio de 1997 y Ley N° 27161

de agosto de 1999.

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Selva y de Ceja de Selva y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 003-79-AA.

El proceso de titulación de las comunidades nativas se encuentra a cargo de las Direcciones Regionales Agrarias – DRA. COFOPRI presta apoyo a estas últimas en la realización de los trabajos de campo para el levantamiento del catastro de las comunidades. Previo a la titulación, la comunidad deberá estar reconocida, es decir, inscrita en el Registro Nacional de Comunidades Nativas.

La solicitud de inscripción de la comunidad nativa en el Registro Nacional de Comunidades Nativas puede ser presentada por la propia comunidad o por terceros.

Una vez recibida la solicitud, la DRA es la responsable del trabajo de campo consistente, entre otras acciones, en realizar:

El censo poblacional de la comunidad;

El estudio socioeconómico a partir del cual se determinará si corresponde su inscripción como tal;

Propiciar la convocatoria a Asamblea General a partir de la cual se levantará el Acta de Constitución de la Comunidad;

La verificación del territorio que ocupa, elaborando el plano del área peticionada, determinando colindancias y límites y constatando la no existencia de superposiciones;

Por su parte, la DRA es responsable de la elaboración de los informes técnico y legal correspondientes, así como de organizar el expediente administrativo y, de ser la evaluación favorable, se emite la Resolución Administrativa de Inscripción Oficial como Comunidad Nativa para proceder a la inscripción en Registros Públicos del Acta de Constitución de la Comunidad, la Resolución Administrativa y el Croquis elaborado por la DRA, con lo cual la comunidad obtiene personería jurídica.

Una vez obtenido el reconocimiento, se procede a la titulación de la comunidad. Este último proceso requiere tanto acciones de la DRA como de la autoridad forestal.

Las acciones que en esta etapa corresponden a la DRA son:

Asamblea Comunal sobre demarcación de linderos, en coordinación con COFOPRI y la autoridad forestal, con asistencia de colindantes o vecinos;

Acta de demarcación de linderos levantada en la asamblea;

Linderamiento en campo (vértices, puntos GPS, azimut magnético, distancia de cuadrícula, linderos);

Elaboración del plano catastral y la memoria descriptiva con identificación de las distintas clases de suelo).

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La autoridad forestal, por su parte, realiza en esta etapa las siguientes acciones:

La clasificación de suelos;

La emisión de un informe con opinión favorable37, en el sentido de que las áreas materia de titulación no se encuentran superpuestas con áreas naturales protegidas ni con derechos forestales.

Finalmente, se procede a la emisión de la Resolución Directoral de la Dirección Regional Agraria, disponiendo la expedición del título de propiedad a favor de la comunidad sobre las tierras de aptitud agrícola y ganadera. Una vez consentida esta resolución, se remite a los Registro Públicos para inscribir el título de propiedad correspondiente.

La parte del territorio de las Comunidades Nativas que corresponda a tierras con aptitud forestal, les será cedida en uso y su utilización se regirá por la legislación sobre la materia38.

Algunos otros aspectos que cabe relevar en lo establecido por la Ley de Comunidades Nativas y de Desarrollo Agrario de la Selva y de Ceja de Selva - Decreto Ley N° 22175, son:

“Artículo 10°.- (…) Cuando posean tierras en cantidad insuficiente se les adjudicará el área que requieran para la satisfacción de las necesidades de su población.

Artículo 13°.- La propiedad territorial de las Comunidades Nativas es inalienable, imprescriptible e inembargable.

Artículo 18º.- Las Comunidades Nativas localizadas dentro de los límites de los Parques Nacionales, cuyas actividades no atenten contra los principios que justifican el establecimiento de dichas unidades de conservación, podrán permanecer en ellas sin título de propiedad

Artículo 27º.- Las Comunidades Nativas tendrán prioridad para la obtención de contratos de exploración forestal, extracción forestal y reforestación.”

7.1.5 Marco legal de las actividades de las áreas naturales protegidas

El marco legal de las actividades en las áreas naturales protegidas está dado por la Ley de Áreas Naturales Protegidas, Ley N° 26834 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 038-2001-AG.

Mediante Decreto Legislativo 1013 se creó el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado – SERNANP, como organismo adscrito al Ministerio del Ambiente39, constituyéndolo como ente rector de dicho Sistema y como su autoridad técnico normativa.

37

En aplicación del Decreto Supremo N° 037-99-AG 38

Art. 11° de la Ley de Comunidades Nativas y de Desarrollo Agrario de la Selva y de Ceja de Selva - Decreto Ley N° 22175.

39 Numeral 2 de la Segunda Disposición Complementaria Final del DL N° 1013.

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Asimismo, la antedicha norma dispuso la fusión de la Intendencia de Áreas Naturales Protegidas del INRENA con el SERNANP, siendo este último el ente incorporante40. Esta norma estipuló también que toda referencia hecha al INRENA o a la Intendencia de Áreas Naturales Protegidas o a las competencias, funciones y atribuciones respecto a las áreas naturales protegidas, una vez culminado el proceso de fusión, se entenderá como efectuada al SERNANP.

La administración del patrimonio forestal, flora y fauna silvestre y los servicios ambientales dentro de las áreas naturales protegidas, compete al Ministerio del Ambiente a través del Servicio Nacional de Área Naturales Protegidas –SERNANP41.

La Jefatura de cada Área Natural Protegida cuenta entre sus funciones las siguientes:

Emitir opinión técnica sobre actividades que causen impactos en el ámbito del Área Natural Protegida;

Emitir Resoluciones Administrativas que sustenten permisos para el tránsito al interior del Área Natural Protegida para actividades diferentes a las de uso público y de manejo del área.

Ejercer la facultad de realizar inspecciones, con o sin previa notificación, a las personas naturales o jurídicas y examinar documentación y bienes, dentro del Área Natural Protegida, pudiendo tomar la declaración de las personas involucradas en la inspección.

Cabe subrayar que cualquier actividad productiva o extractiva que se realice al interior de las áreas naturales protegidas y/o de sus zonas de amortiguamiento, en especial las referidas a actividades mineras o de hidrocarburos, debe previamente contar con un informe favorable del Ministerio del Ambiente.

7.2 Instituciones y autoridades competentes que regulan, administran y/o supervisan el uso y tenencia del bosque y sus recursos

7.2.1 Autoridad Forestal y de Fauna Silvestre

De acuerdo a la Ley N° 27308 Ley Forestal y de Fauna Silvestre y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 014-2001-AG, la competencia para el otorgamiento de los derechos de aprovechamiento forestal corresponde a la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre del Ministerio de Agricultura42. Mediante normas complementarias, se delegó en las Administraciones Técnicas Forestal y de Fauna Silvestre estas competencias, con excepción del otorgamiento de las concesiones de ecoturismo y conservación, que quedaron en el nivel central (DGFFS).

40 Numeral 2 de la Tercera Disposición Complementaria Final del DL N° 1013. 41 Decreto Legislativo N° 1079.

42 Estas normas hacen referencia al INRENA como entidad competente, la que fue absorbida, en sus competencias

forestales, por el Ministerio de Agricultura, transfiriéndose las mismas a la nueva Dirección General Forestal y Fauna Silvestre de este Ministerio.

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En el caso de las concesiones de forestación y reforestación, la Ley N° 28852, Ley de Promoción de la Inversión Privada en Reforestación y Agroforestería, estipuló que la Agencia de Promoción de la Inversión Privada (PROINVERSIÓN) y los gobiernos regionales realizarán en forma conjunta las subastas públicas para el otorgamiento de estas concesiones. Esta ley, sin embargo, no ha sido reglamentada aún y no se viene aplicando.

De otro lado, cabe indicar que la transferencia a los gobiernos regionales de todas las funciones específicas de otorgamiento de derechos de aprovechamiento que correspondían al INRENA (función “q” del artículo 51° de la Ley Orgánica para el Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales) fue aprobada por el Decreto Supremo N° 011-2007-AG, previa suscripción de la respectiva Acta de Entrega y Recepción con el Ministerio de Agricultura (artículo 1° del D.S. N° 011-2007-AG). En el caso de la Región Madre de Dios no se ha realizado aún dicha transferencia, por lo que las competencias en materia de otorgamiento de derechos de aprovechamiento forestal se mantienen conforme a lo descrito en el párrafo precedente.

La autoridad forestal –Administraciones Técnicas Forestal y de Fauna Silvestre- es quien autoriza el cambio de uso del bosque a otra forma de aprovechamiento, en consideración a la aptitud del suelo.

7.2.2 COFOPRI

El Organismo de la Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI es la entidad competente para la titulación de terrenos rurales43, la misma que se realiza a favor de los usuarios que hayan demostrado ocupación real del área y hayan acreditado mejoras44.

COFOPRI se encuentra regulado por las siguientes normas:

Decreto Supremo N° 011-2005-JUS, que precisó los objetivos y funciones de COFOPRI.

Decreto Supremo N° 019-2006-VIVIENDA, que dispuso la adscripción de COFOPRI al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.

Decreto Supremo Nº 005-2007-VIVIENDA, que aprobó la fusión por absorción del Proyecto Especial Titulación de Tierras y Catastro Rural – PETT con el Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI.

Decreto Supremo N° 012-2007-VIVIENDA, que precisó el ámbito de la fusión por absorción dispuesta mediante D.S. N° 005-2007-VIVIENDA.

43 Decreto Supremo N° 005-2007-VIVIENDA. 44 Decreto Legislativo N° 667, Ley de Registro de Predios Rurales, emitido en setiembre de 1991 y modificado

mediante Ley N° 26838 del 08 de julio de 1997 y Ley N° 27161 de agosto de 1999.

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Decreto Supremo Nº 025-2007-VIVIENDA, que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI.

En este marco legal, COFOPRI es definido como un organismo público descentralizado adscrito al sector Vivienda con personería jurídica de derecho público, constituyendo un pliego presupuestal.

COFOPRI es el organismo rector máximo, encargado de diseñar y ejecutar de manera integral, comprehensiva y rápida el programa de formalización de la propiedad, incluyendo la rural y su mantenimiento dentro de la formalidad a nivel nacional, centralizando las competencias y toma de decisiones con esta finalidad.

Algunas de sus funciones son:

Planificar, normar, dirigir, ejecutar y controlar las acciones de formalización, saneamiento físico y legal y titulación de los predios rurales.

Dirigir, ejecutar y controlar las acciones de formalización, saneamiento físico legal y titulación de las tierras eriazas y de comunidades campesinas, en coordinación con el Ministerio de Agricultura.

7.2.3 Dirección Regional Agraria

La Dirección Regional Agraria – DRA es, conforme se ha descrito en el literal e) del acápite 7.1 del presente estudio, la entidad que tiene a su cargo los procesos de reconocimiento y titulación de las comunidades nativas, de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 22175, Ley de Comunidades Nativas y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 003-79-AA.

7.2.4 OSINFOR

El Organismo Supervisor de los Recursos Forestales Maderables – OSINFOR, creado mediante Decreto Legislativo N° 1085, es el organismo encargado de la supervisión y fiscalización del aprovechamiento sostenible y la conservación de los recursos forestales y de fauna silvestre, así como de los servicios ambientales provenientes del bosque, otorgados por el Estado a través de las diversas modalidades de aprovechamiento reconocidas en la Ley Forestal. Este organismo se encuentra adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros.

Las competencias de OSINFOR, de acuerdo a dicho dispositivo legal, no involucran a las Áreas Naturales Protegidas, las cuales se rigen por su propia ley.

Algunas de sus funciones son:

Supervisar y fiscalizar el cumplimiento de los títulos habilitantes y de los planes de manejo respectivos.

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Cumplir con los programas de evaluación quinquenal como mínimo, para lo cual dispondrá la realización de auditorías a los planes generales de manejo.

Supervisar, controlar y verificar el cumplimiento de los contratos de concesión forestal en su conjunto.

Verificar el cumplimiento de las obligaciones por parte de los titulares de los derechos de la concesión forestal.

Ejercer su potestad sancionadora dentro del ámbito de su competencia, por infracciones a la legislación forestal y de fauna silvestre. Por lo cual está facultado para Iniciar procedimientos administrativos sancionadores y aplicar las sanciones que correspondan.

Declarar la caducidad de los derechos de aprovechamiento contenidos en los títulos habilitantes, en caso de incumplimiento de los mismos o de la legislación forestal vigente.

7.2.5 Dirección Regional de Energía, Minas e Hidrocarburos.

Al haberse producido la transferencia de funciones del Ministerio de Energía y Minas al Gobierno Regional de Madre de Dios, la Dirección Regional de Energía Minas e Hidrocarburos asumió la función de otorgar concesiones a los pequeños productores mineros y mineros artesanales. En el caso de personas naturales o personas jurídicas que no cuenten con la constancia de pequeño minero o minero artesanal vigente, éstas deberán realizar el procedimiento de concesión minera ante el Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET.

La Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales establece las competencias que en materia minera son asumidas por los Gobiernos Regionales:

Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, fiscalizar, dirigir, controlar y administrar los planes y políticas en materia de minas de la región, en concordancia con las políticas nacionales y los planes sectoriales.

Promover las inversiones en el sector, con las limitaciones de Ley.

Fomentar y supervisar las actividades de la pequeña minería y la minería artesanal y la exploración y explotación de los recursos mineros de la región con arreglo a Ley.

Otorgar concesiones para pequeña minería y minería artesanal de alcance regional.

Inventariar y evaluar los recursos mineros y el potencial minero y de hidrocarburos regionales.

Aprobar y supervisar los Programas de Adecuación y Manejo Ambiental (PAMA) de su circunscripción, implementando las acciones correctivas e imponiendo las sanciones correspondientes.

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La transferencia de funciones a la Región, sin embargo, no ha sido acompañada de la correspondiente transferencia de presupuesto ni de logística.

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8. CONFLICTOS EN TORNO AL USO DEL BOSQUE Y SUS RECURSOS

EN LA REGIÓN MADRE DE DIOS

Con relación al uso del bosque y sus recursos, se vienen produciendo una serie de conflictos en la región, originados por la superposición de derechos otorgados por las autoridades competentes y por la ocupación de áreas de bosque con derechos preconstituidos por usuarios sin derechos.

En el marco de lo señalado, el escenario de conflictos que en torno al uso del bosque y sus recursos se configura en la región es el siguiente:

8.1 Superposición de la actividad minera con derechos de uso forestal

Calificación del conflicto: Muy Grave

El problema de la minería aurífera es el problema ambiental, social y político de mayor relevancia en la región, habiendo alcanzado niveles de devastación. Se desconoce la real extensión de la deforestación realizada por esta actividad45, pero más allá de ésta, se viene dando una total destrucción de los ecosistemas y lo que antes fue bosque hoy son cráteres inmensos, enormes pozas de agua envenenada con mercurio y con acumulación de sedimentos y colinas de tierra muerta. Además de ello, están la contaminación del aire y las aguas, que afectan a todo el ecosistema mucho más allá de los puntos donde se desarrolla la actividad. A ello se agregan las lacras sociales asociadas a la minería informal, entre ellas, las condiciones infrahumanas de trabajo y de vida en los campamentos, la delincuencia, prostitución y trata de personas.

El impacto ambiental de la explotación del oro en Madre de Dios obedece al hecho que en la región esta actividad se desarrolla lavando los suelos a lo largo de los ríos y en zonas aluviales, lo que conlleva inexorablemente a la destrucción de los fondos de los ríos, las orillas, los bosques y las tierras agrícolas.

De otro lado, la minería aurífera de Madre de Dios se autodenomina pequeña minería o minería artesanal y, en virtud de ello, se acoge a la normatividad vigente para este tipo de actividad. Sin embargo, se encuentra muy lejos de calificar como tal, pues es cada vez más extendido el empleo de maquinaria pesada. Ello se viene dando en las cuencas de los ríos Inambari, Madre de Dios y Tambopata. Según El Comercio46, se estima que existen alrededor de 550 máquinas pesadas entre cargadores frontales, retroexcavadoras y volquetes, lo cual puede dar una idea parcial del impacto sobre el bosque. La Dirección de Capitanías de Madre de Dios – DICAPI, reporta 14 dragas hidráulicas, alrededor de 105 balsas-dragas y 40 balsas-gringo en el mes de noviembre último en los ríos Madre de Dios, Malinowski y Manuani.

Asimismo, la casi totalidad de los mineros incumplen con la legislación vigente, lo que convierte su actividad en ilegal. De un lado, ingresan a trabajar a las áreas con sólo el petitorio minero (acto con el que se da inicio al trámite, pero que no

45

Según el Estudio Diagnóstico de la Actividad Minera Artesanal en Madre de Dios (Fundación Conservación Internacional, Abril de 2009), sólo en las microcuencas de Huepetuhe, Caychive y Guacamayo, la deforestación acumulada setiembre del año 2008 por efecto de la minería alcanzó las 9,613 ha.

46 Información obtenida de “El Comercio” en su edición del 10 de noviembre de 2009.

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los autoriza aún a realizar extracción) y, de otro, aún los que cuentan con título minero incumplen con la legislación vigente al no contar con la certificación ambiental ni con el permiso del titular del terreno superficial para el uso de las tierras47 .

Las cifras respecto a lo señalado se han presentado en el Capítulo 5, Numeral 5.8 del presente estudio, las mismas que se resumen en lo siguiente: de 2,800 “derechos” mineros en la región al 19 de marzo de 2009, 1,089 eran petitorios. Asimismo, sólo 38 contaban con estudios ambientales aprobados.

A partir de lo descrito, se hace evidente la incompatibilidad del desarrollo de la actividad aurífera –incompatibilidad que se agrava por las características de ilegalidad con que se viene realizando la actividad–, con cualquier otra actividad y, en particular, con cualquier actividad forestal por su efecto devastador sobre el bosque. A ello se agrega el hecho de que el marco legal vigente permite el otorgamiento de diferentes tipos de concesiones sobre una misma área, lo cual genera conflictos por esta incompatibilidad con la minería.

En particular, el otorgamiento de concesiones mineras, realizado en base al catastro minero, no considera la existencia de otros derechos sobre las mismas áreas. Cuando éstos existen, ello no constituye una razón para excluir el área con fines de minería, sino que sólo obliga a que el minero solicite autorización al titular del predio y llegue a un acuerdo con él (pago de regalía). Sólo se encuentran exceptuados los monumentos arqueológicos o históricos, por lo que el concesionario minero debe contar con la aprobación del Instituto Nacional de Cultura para iniciar actividades indicándose en el título de la concesión la obligación de respetar la integridad de los referidos monumentos. Ningún otro sector interviene para autorizar el inicio de actividades del minero.

Según información proporcionada por la Dirección Regional de Energía, Minas e Hidrocarburos, existen superposiciones con otros derechos en el 46% de los casos. Esto es aplicable sólo a los “derechos” mineros registrados por la autoridad minera (títulos o petitorios, siendo que estos últimos en realidad no constituyen derechos). La superposición se da con agricultores, concesiones de todo tipo, áreas naturales protegidas y comunidades nativas. Cabe recordar que tanto la castaña como la shiringa y la actividad de reforestación han sido declaradas de interés nacional, no obstante lo cual las superposiciones de la minería con las mismas se siguen produciendo.

Las zonas donde se presentan con más frecuencia las superposiciones con petitorios mineros son las aledañas a los ríos, por ser mayor la incidencia de la actividad minera en éstas.

El mayor conflicto de la actividad minera en estos momentos es con las concesiones de reforestación y con los predios agrícolas. Las principales zonas de minería aurífera son la cuenca del Inambari, en particular la carretera del sector Guacamayo (donde existe concentración de concesiones de reforestación) y la microcuenca del Malinowski, ubicado en la cuenca del río

47

Ver disposiciones para el inicio de actividades mineras en el Capítulo 7 del presente estudio, numeral 7.1, literal c): Marco legal de las actividades mineras.

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Tambopata, a pesar de que está dentro de la zona de amortiguamiento de la Reserva Nacional Tambopata. Asimismo, la microcuenca del río Pariamanu (con castañeros) y la quebrada Pariamarca (con castañeros y madereros).

En este marco, nos referiremos los conflictos generados entre los mineros y los demás usuarios del bosque son:

8.1.1 Conflicto de mineros con concesiones de reforestación

Calificación del conflicto: Muy Grave.

Es el conflicto más grave hasta el momento. Los mineros se han ubicado en la zona de La Pampa, desde el Km. 90 de la Carretera Puerto Maldonado-Masuco hasta Inambari. El principal foco está a la altura del km. 98 (margen derecha de la carretera), en la quebrada Guacamayo, zona que por la ferocidad con que se viene desarrollando la actividad minera, apunta a convertirse en un nuevo Huepetuhe.

Existen otros puntos seriamente amenazados, como son: Por la margen derecha de la carretera: Km. 101, 102, 103, 107, 109; y por la margen izquierda: km. 129 (CCNN Santa Rita, a orillas del Jayave y dentro de la zona de amortiguamiento de la RN Tambopata). Cabe indicar que en estas zonas ni siquiera existen petitorios.

En la Figura N° 7 se presenta la superposición entre las concesiones de reforestación y los derechos mineros.

El problema entre mineros y concesiones de reforestación se inició alrededor de junio del 2007. Al principio, los mineros ingresaron a los predios agrícolas como invitados y desde allí comenzaron su avance hacia las concesiones de reforestación. Algunos concesionarios entraron en tratos con los mineros, lo cual contraviene lo establecido en sus contratos, ya que la realización de la actividad minera involucra un cambio de uso del suelo. OSINFOR ha intervenido y ha iniciado Proceso Administrativo Único a dos concesionarios por este motivo. Sin embargo, se estima que no es conveniente que se caduquen las concesiones porque los mineros tendrían prioridad sobre las áreas (derecho preferencial, al estar ya peticionadas).

En otros casos, no ha mediado acuerdo alguno. Luego de ingresar a los predios colindantes en calidad de invitados, concentran grupos (alrededor de 300 personas) e invaden las concesiones o van ingresando poco a poco, como ocurrió en la zona de Guacamayo.

8.1.2 Superposición de derechos mineros con concesiones de castaña

Calificación del conflicto: Grave.

Este conflicto se desarrolla en las cuencas del río Piedras, río Pariamanu, río Manuripe y Pariamarca, siendo crítica la zona de la quebrada Pariamanu.

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Figura N° 7 SUPERPOSICIÓN ENTRE DERECHOS MINEROS Y CONCESIONES DE REFORESTACIÓN

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En muchos casos, el castañero consintió el ingreso del minero a su área, pero por la naturaleza de la actividad minera, a medida que ésta va extendiéndose, va causando la destrucción del bosque.

Como puede apreciarse en la Figura N° 8, las áreas de concesiones castañeras en la zona central del departamento se encuentran cuadriculadas dentro del catastro minero.

De acuerdo a la información levantada, en muchos casos los propios castañeros habrían invitado a los mineros a trabajar en sus áreas. En otros casos, el hecho de que los castañeros tengan permanencia en su área sólo en la temporada de cosecha de castaña (de abril a enero) es aprovechado por los mineros para apoderarse de la misma.

8.1.3 Superposición de derechos mineros con concesiones de ecoturismo y albergues ecoturísticos

Calificación del conflicto: Grave

Por las características de la actividad minera en la región, que es una actividad realizada a tajo abierto, la presencia de ésta en áreas destinadas al ecoturismo es una grave amenaza a su existencia, por cuanto destruye el recurso paisajístico y los ecosistemas que constituyen la atracción a los turistas.

Las concesiones de ecoturismo y albergues ecoturísticos también registran superposiciones con derechos mineros. Estas superposiciones se encuentran mayormente concentradas en el sector comprendido desde la boca del Tambopata hasta la frontera con Bolivia, que es donde se encuentran las mayores superficies de concesiones para ecoturismo.

En la Figura N° 9 se presentan las superposiciones a que estamos haciendo referencia.

8.1.4 Superposición de “derechos” mineros con Áreas Naturales Protegidas

Calificación del conflicto: Grave

Existen 85 “derechos” mineros que se superponen a la Reserva Nacional Tambopata, de los cuales casi el 70% (58) son petitorios. En la Reserva Comunal Amarakaeri hay 16 petitorios y sólo una concesión minera.

En las Zonas de Amortiguamiento la superposición es mayor. En la Zona de Amortiguamiento de la Reserva Comunal Amarakaeri hay 235 “derechos” superpuestos, de los cuales 144 son sólo petitorios. En la Zona de Amortiguamiento de la Reserva Nacional Tambopata y el Parque Nacional Bahuaja-Sonene también existe actividad minera. Hay 206 “derechos” superpuestos, encontrándose 168 de éstos en condición de petitorio, ubicándose principalmente en el sector del Jayave y del Malinowski. Es decir, la mayor parte de las actividades mineras que se

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Figura N° 8 SUPERPOSICIÓN ENTRE DERECHOS MINEROS Y CONCESIONES DE CASTAÑA

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Figura N° 9 SUPERPOSICIÓN ENTRE DERECHOS MINEROS Y CONCESIONES DE ECOTURISMO

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realizan sobre estas áreas son de carácter ilegal. De acuerdo a la información recabada, sólo tres de las concesiones tituladas fueron solicitadas antes de la creación de estas áreas protegidas48.

Es muy preocupante el hecho de que en la Zona de Amortiguamiento de la Reserva Territorial para Pueblos Indígenas en Aislamiento Voluntario (“343”) también se viene desarrollando actividad minera, amenazando la integridad de la reserva y sus ocupantes. A la fecha se reportan 3 concesiones tituladas (una lo fue con anterioridad a la creación de la reserva) y una en trámite.

En la Figura N° 10 se presentan las superposiciones de los derechos mineros con las áreas naturales protegidas del departamento.

8.2 Superposición de la actividad minera con comunidades nativas

Calificación del conflicto: Grave

El conflicto entre las comunidades nativas y mineros no es reciente. Según fuentes bien documentadas49, éste se inicia tras la titulación de las comunidades nativas de la región, entre 1984 y 1994 y, con mayor intensidad, a partir de la declaración de la Zona Reservada Tambopata-Candamo (1990) y la Reserva Comunal Amarakaeri (2000). Sobre estas áreas existía ya actividad minera sobre la que los indígenas exigieron regalías o quisieron desalojar. Sobre estas últimas los mineros lograron obtener derecho preferencial en 199650. Sin embargo, en virtud de los continuos y excesivos conflictos producidos por la presión de las comunidades nativas sobre los mineros, el Ministerio de Energía y Minas decidió, en 1998, suspender la actividad minera en ocho zonas en conflicto. Los nativos continuaron exigiendo regalías en estas zonas y, al encontrarse con la resistencia de los mineros, comenzaron a invitar a sus territorios a otros mineros e indígenas para que trabajen en la actividad minera sobre zonas de trabajo ya ocupadas previamente, cobrando por derecho de ingreso, así como una regalía semanal equivalente al producto de un día de trabajo. Esto ocurrió en la zona de la Reserva Comunal Amarakaeri.

En otros casos, los nativos lograron el desalojo de mineros con el apoyo de la FENAMAD.

En el año 2004 se levantó parte de las áreas suspendidas, pero se mantuvo la suspensión sobre el territorio de las comunidades nativas de la Reserva Comunal Amarakaeri. Sin embargo, los indígenas continúan cobrando regalías a los mineros que trabajan en la zona de amortiguamiento de la Reserva Comunal y ellos mismos continúan desarrollando actividades mineras, todo lo cual contraviene sus obligaciones como administradores de la Reserva.

48 Fundación Conservación Internacional / CooperAcción / Cáritas Madre de Dios. Estudio Diagnóstico de la

Actividad Minera Artesanal en Madre de Dios. César Mosquera, Mary Luz Chávez, Víctor Hugo Pachas, Paola Moschella. Abril, 2009. 176 pp.

49 Fundación Conservación Internacional / CooperAcción / Cáritas Madre de Dios. Estudio Diagnóstico de la Actividad Minera Artesanal en Madre de Dios. César Mosquera, Mary Luz Chávez, Víctor Hugo Pachas, Paola Moschella. Abril, 2009. 176 pp.

50 Decreto Ley N° 851, que modificó la Ley General de Minería.

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Figura N° 10 SUPERPOSICIÓN ENTRE DERECHOS MINEROS Y ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS

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En la actualidad, son varias las CCNN que vienen trabajando en minería: El Pilar, Puerto Arturo, Boca Pariamanu, Shiringayoc, Boca Inambari, 3 Islas, San Jacinto, Palma Real, Kotsimba, Barranco Chico, Puerto Luz, San José y Arazaire, las mismas que, de acuerdo a lo señalado por sus dirigentes, lo hacen al amparo del Convenio 169 de la OIT, es decir, con fines de subsistencia.

Según indican, su incursión en la actividad obedece al hecho de que el beneficio generado por la presencia de oro en sus áreas debe ser aprovechado por ellas antes que por terceros. Sin embargo, de acuerdo a la información levantada de otras fuentes directas y de la bibliografía revisada, las comunidades no trabajan solas, sino a través de “invitados”, los que pagan un derecho de ingreso además de un alce semanal. En el caso de Barranco Chico, donde pese a desarrollarse una intensa actividad minera no existen títulos mineros, se tienen reportes de que se cobra 150 gramos de oro por derecho de ingreso y un alce semanal (el producto de un día de trabajo), existiendo 60 mineros trabajando actualmente en esta comunidad, los mismos que operan con maquinaria pesada trasladada desde Huepetuhe, amenazando con replicar esta experiencia de devastación y contaminación con el consentimiento de las comunidades nativas o, por lo menos, de sus dirigentes.

Las demás CCNN que están trabajando en minería trabajan con chupaderas, siendo el impacto, por lo menos en el corto plazo, de menor envergadura que en el caso de Barranco Chico.

De esta manera, se está frente a un panorama en el que se viene incrementando el desarrollo de la actividad minera –con o sin derechos mineros- en los territorios de las comunidades nativas, las que promueven esta actividad a cambio de cobros que no revierten en el desarrollo de sus miembros y que, más bien, propician la destrucción del bosque, del suelo, de los cursos de agua y, en general, de los ecosistemas allí presentes.

Asimismo, se reportan casos en los que las CCNN han solicitado ampliación de sus áreas para hacerse de zonas auríferas. Es el caso de la CN Puerto Luz que, apoyada por mineros de Centro Puquiri, invadió en setiembre de 2003 un área cercana a su comunidad, aduciendo que era de su propiedad, solicitando al PETT la delimitación de su territorio y de la Zona de Amortiguamiento Amarakaeri.

En la Figura N° 11 se muestran las superposiciones de los derechos mineros con los territorios de las comunidades nativas.

Cabe destacar que la CN Arazaire presenta superposición con derechos mineros en el 100% de su territorio. Por su parte, las CCNN Boca Inambari, San Jacinto y el Pilar tienen superposiciones sobre más del 70% de sus territorios.

8.3 Invasión de concesiones forestales por migrantes con fines agropecuarios

Calificación del conflicto: Moderado

Se viene produciendo la superposición de predios con concesiones por efecto de invasiones sistemáticas de migrantes. Se trata de gente que ingresa a las áreas concesionadas y luego solicitan a COFOPRI que los demarque para su

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titulación. La estrategia que utilizan es formar grandes grupos (asociaciones) y posesionarse de las áreas.

Las concesiones más afectadas son las castañeras, tanto por su ubicación cerca al eje carretero como por el hecho de que de alguna manera se encuentran más “libres”, puesto que en el sector de las concesiones de reforestación –también cerca al eje carretero- se han concentrado los derechos mineros. Éste es un impacto directo de la Carretera Interoceánica.

Frente a ello, la Dirección Regional Agraria, por negligencia y/o desconocimiento, viene otorgando constancias de posesión a través de sus agencias agrarias. Luego COFOPRI, en su afán de cumplir con sus metas de titulación, toma los puntos, generando expectativas en los nuevos poseedores de las áreas y originando con ello conflictos potenciales con los concesionarios castañeros.

Las áreas más afectadas son la zona de Alerta y San Lorenzo.

En el caso de San Lorenzo, llegaron a esta zona, procedentes de Bagua, un grupo de 30 familias, asentándose sobre una concesión maderable e iniciando actividades de desbosque para agricultura. A partir de ello, ha continuado llegando más gente.

De otro lado, está también el caso de la comunidad israelita Pacahuara, asentada a aproximadamente 18 km de Iberia, sobre el bosque de producción permanente. Cada vez llegan más integrantes de esta comunidad (“hermanos”). En el año 2006, cuando eran 100 personas, se les excluyeron 6,500 ha del bosque de producción permanente. Ahora son alrededor de 500 personas y están pidiendo una nueva exclusión. Ya han invado la concesión maderable Corpforest y ahora amenazan a la concesión Corporación Tres Fronteras SRL.

En las áreas concesionadas al Grupo Otorongo, a principios del 2008, entraron agricultores a tumbar bosque para hacer chacra y en base a ello pedir su titulación. El concesionario tuvo que negociar con ellos y suscribir un acta para indemnizarlos por la inversión realizada en tumbar monte, encontrándose en estos momentos en la ejecución de la misma. Ello, debido a que COFOPRI levantó los puntos del área invadida y les dijeron que los iban a titular.

La poca respuesta del Estado, la Policía Nacional del Perú y el Ministerio Público está permitiendo que estos asentamientos se consoliden e incrementen.

En la Figura N° 11 se reporta la zona de mayor incidencia en la invasión a concesiones por agricultores.

8.4 Superposición entre usuarios y derechos forestales

8.4.1 Shiringueros que quieren recuperar áreas sobre el Bosque de Producción Permanente

Calificación del conflicto: Potencial

Luego de los concursos públicos para el otorgamiento de concesiones maderables, se ha venido gestando el desarrollo de una iniciativa para

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Figura N° 10 SUPERPOSICIÓN ENTRE DERECHOS MINEROS Y ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS

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relanzar la actividad shiringuera. El IIAP, FONDEBOSQUE y otras instituciones convergieron en este trabajo.

Esto ha generado una preocupación por parte de los concesionarios maderables, puesto que la gran mayoría de las antiguas colocaciones shiringueras se encuentran en los bosques de producción permanente, sobre áreas ya otorgadas en concesión y existe la posición de parte de algunas personas vinculadas al gremio de la shiringa que propone la reversión de concesiones forestales en las áreas donde hay shiringales. Según algunas percepciones, ello no sería sino un pretexto para hacerse de áreas y, mediante los planes complementarios, extraer madera.

Las áreas más importantes de shiringa están en las concesiones del Grupo Otorongo, de Maderacre y Aserradero Espinoza. La shiringa se encuentra distribuida en la provincia de Tahuamanu, desde Alerta hasta Iñapari y también en el Bajo Madre de Dios. Incluso hay concesiones de madera con árboles de shiringa aprovechados: Valencia, EMAVIJUG, cerca a la concesión de conservación Los Amigos.

8.4.2 Superposición entre castañeros

Calificación del conflicto: Leve (en proceso de solución)

Alrededor del 30% de las concesiones castañeras tienen superposiciones entre sí. Hasta hace unos años, la incidencia de estas superposiciones era bastante más alta.

Debido a la presencia de instituciones que vienen trabajando desde hace varios años en la delimitación de áreas de los castañeros (primero ACCA y posteriormente CAMDE Perú), haciéndolos concertar entre ellos, se tiene un gran logro en el saneamiento del territorio. En los casos en que no esté resuelta la superposición, está en vías de serlo.

8.5 Superposiciones de derechos de concesión forestal con pequeños extractores que quedaron al margen del régimen forestal creado con la Ley N° 27308

Calificación del conflicto: Potencial

En la actualidad existe un número indeterminado de pequeños extractores de castaña, shiringa y otros productos del bosque, que no se encontraban formalizados cuando se delimitó el Bosque de Producción Permanente de Madre de Dios.

Sobre las áreas de estos pequeños extractores, muchas veces con permanencia de décadas en las mismas, se otorgaron concesiones, principalmente maderables, quedando aquéllos al margen del sistema inaugurado con la Ley N° 27308.

No se dispone de información sobre los agricultores asentados en el bosque sin títulos de propiedad, pero hay estimados que indican que es casi el 80% de los agricultores de la región. Una parte de ellos se encuentran en las áreas de las concesiones forestales.

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Figura N° 11 ZONA DE MAYOR INCIDENCIA EN LA INVASIÓN A CONCESIONES POR AGRICULTORES

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8.6 Hidrocarburos y megaproyectos con todos los demás usuarios

Calificación del conflicto: Potencial

Respecto de las actividades hidrocarburíferas y los megaproyectos, la decisión de su implementación por el gobierno nacional no toma en cuenta la opinión de las poblaciones locales.

Asimismo, muchos de éstos se superponen con áreas donde ya se han otorgado derechos, además de generar impactos sobre los ecosistemas.

El lote 111 se superpone con una pequeña área de la Reserva Nacional Tambopata (noreste) y su zona de amortiguamiento, así como con la ciudad de Puerto Maldonado y concesiones de castaña. Por su parte, el Lote 113 se superpone con la mayor de la superficie de la Reserva Territorial para Indígenas No Contactados de Madre de Dios y con concesiones maderables. El Lote 76, de otro lado, se encuentra superpuesto con la Reserva Comunal Amarakaeri, parte del Parque Nacional Manu y concesiones de reforestación.

En el caso particular de la hidroeléctrica de Inambari, ésta generaría en Madre de Dios alteraciones del régimen hídrico. Asimismo, cortaría muchos procesos biológicos y ecológicos, afectando a toda la fauna vinculada al río. Socialmente, tendría efectos negativos sobre la fauna como recurso alimenticio y fuente proteica para las poblaciones de la región.

Se deben considerar otras experiencias respecto al impacto de las mega represas. Como ejemplo, cabe señalar el hecho de que los sedimentos quedan atrapados en la represa, colmatándola gradualmente. Al quedar los sedimentos atrapados en el embalse, las orillas de los ríos y los ecosistemas ribereños son despojados de aquéllos, reduciendo la productividad de los bordes costeros y aumentando la erosión y las inundaciones.

El informe de la Comisión Mundial de Represas (ONU, 2000) indica entre numerosos impactos ambientales51:

• Pérdida de la biodiversidad acuática, de las pesquerías río arriba y abajo, y de los servicios brindados por las planicies de inundación río abajo, por los humedales, y por los ecosistemas de las riberas, y estuarios adyacentes.

• Pérdida de bosques y de hábitat naturales, de poblaciones de especies, y la degradación de las cuencas río arriba debido a la inundación de la zona de los embalses.

• Impactos acumulativos en la calidad del agua, en las inundaciones naturales y en la composición de las especies, cuando en el mismo río se construyen varias represas.

51 Citado en http://www.patagoniasinrepresas.cl/final/contenido.php?seccion=problema_impactorepresas.

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8.7 Superposiciones de derechos de concesión forestal con derechos preconstituidos de terceros

Calificación del conflicto: Leve (en proceso de solución)

Debido a la falta de información sobre derechos existentes al momento de la determinación del bosque de producción permanente, se otorgaron derechos de concesión en el bosque en superposición a los primeros.

El procedimiento para el saneamiento de las áreas de concesiones cuando hay este tipo de derechos debidamente otorgados por la autoridad competente, ha sido previsto por la normatividad vigente, realizándose la exclusión de las áreas tituladas y compensando al concesionario cuando existen áreas libres. A este esfuerzo viene contribuyendo el Proyecto 6 del Programa para la gestión ambiental y social del Corredor Vial Interoceánico Sur.

En algunos casos de superposición de concesiones castañeras con predios no titulados, se ha negociado para que el concesionario use las castañas y los predios utilicen las áreas para hacer sus chacras, pero sin quemar los árboles.

Hay organizaciones como ACCA y CAMDE que están facilitando el proceso de entendimiento. Van al área, levantan el mapa y lo muestran a ambas partes hasta llegar a un acuerdo a partir del cual firman un acta de colindancia. Y esto se presenta a la autoridad forestal para realizar el redimensionamiento mediante una adenda.

Los casos de predios agrícolas de posesionarios comprendidos dentro de una concesión, cuando no han logrado acuerdos con el concesionario, tampoco han encontrado salidas al recurrir a la autoridad forestal, pues en estos casos no procede la exclusión ni la titulación.

8.8 Comunidades nativas que buscan ampliación de sus territorios, en conflicto con otros derechos

Calificación del conflicto: Moderado

El principal conflicto que surge con las comunidades nativas con relación a otras modalidades de aprovechamiento es el referido a la solicitud de incremento de sus áreas comunales en desmedro de otros usuarios del bosque, solicitud amparada en la necesidad de satisfacer necesidades que no puede realizarse en su actual entorno territorial, por lo cual se requiere la expansión hacia nuevas áreas adyacentes a la comunidad.

Un patrón de incremento de este conflicto se funda, en la extrema benevolencia del sistema para ampliar las áreas sin constatar el cumplimiento de ciertos criterios y requisitos, como comprobarse fehacientemente que en efecto las necesidades de los comuneros no se encuentran satisfechas en sus propios terrenos.

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8.9 Conflicto entre COFOPRI y antiguos usuarios del bosque

Calificación del conflicto: Moderado (en proceso de solución)

COFOPRI informó, respecto a su plan de titulación, que se iba a titular sólo las áreas trabajadas, frente a lo cual los posesionarios de los predios no estuvieron de acuerdo. Se trata de colonos que ocuparon determinadas áreas y que, por indicación del mismo Estado usaron sólo una parte y han cuidado su bosque.

Esto dio lugar a que, en los dos últimos años, muchos posesionarios hayan tumbado grandes extensiones de bosques para exhibir una mayor área trabajada. Posteriormente –hace un año atrás- COFOPRI rectificó luego de reunirse con las autoridades regionales, acordando que se titularía toda el área sin necesidad de que se haya tumbado el bosque.

Por los reclamos existentes, la DRA está dando constancia de posesión por el área total. En la constancia se diferencia el área trabajada (donde ya no hay bosque) del área con aprovechamiento futuro (donde se mantiene el bosque).

El tiempo mínimo de posesión que exige COFOPRI es un año, contado desde la emisión del Reglamento del DL 1089 (15 diciembre, 2008), osea anterior al 14 diciembre 2007. La posesión tiene darse sobre tierras del Estado.

8.10 Conflicto entre COFOPRI y las Administraciones Técnicas para el otorgamiento de títulos en predios agrícolas

Calificación del conflicto: Moderado

Para que los predios agrícolas puedan ser titulados tiene que haber un informe técnico de la autoridad forestal (ATFFS). Esta competencia se le otorgó a las ATFFS en el 2005, pero los administradores técnicos no lo están haciendo y este informe es un requisito para que COFOPRI emita los títulos.

Para COFOPRI, esto hace dilatar innecesariamente los trámites para el saneamiento de las áreas. La ATFFS Tambopata-Manu indicó que no tenía presupuesto para realizar la clasificación de suelos.

El DL 1089 exige que se tiene que contar necesariamente con el estudio de suelos, por lo que COFOPRI ha buscado información del IIAP (estudio de suelos), la que se ha enviado a la DRA para que emita opinión. Si se aprueba este estudio, ya no se necesitaría la aprobación de la ATFFS.

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9. PROCESOS QUE ORIGINAN LOS CONFLICTOS EN TORNO AL USO DEL BOSQUE Y SUS RECURSOS EN LA REGIÓN

MADRE DE DIOS

Los procesos y causas que originan los conflictos identificados en el capítulo anterior se presentan a continuación:

9.1 Marco legal inadecuado

Respecto del marco legal, se dan las siguientes situaciones que propician el desarrollo de los conflictos señalados:

9.1.1 Como se ha expuesto en el Capítulo 7 del presente estudio52 la Ley Orgánica para el Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales permite el otorgamiento de diversos títulos de aprovechamiento sostenible sobre un mismo recurso natural (artículo 25°). Esta norma prescribe también que el derecho de aprovechamiento sostenible sobre un recurso natural no confiere derecho alguno sobre recursos naturales distintos al concedido que se encuentren en el entorno (artículo 26°). Ello implica, por tanto, que pueden darse concesiones mineras sobre concesiones forestales o predios privados, en la medida en que los derechos de aprovechamiento forestales sólo se conceden sobre la cobertura forestal y no sobre su entorno que puede ser tanto el suelo como el subsuelo.

La aplicación de estos artículos genera entonces superposición de derechos y, dadas las características de la actividad minera en Madre de Dios que la hacen incompatible con la sostenibilidad del bosque, es fuente de conflictos entre mineros y titulares de derechos de aprovechamiento forestal.

9.1.2 La Ley N° 27651, Ley de Formalización y Promoción de la Pequeña Minería y la Minería Artesanal, no tipifica infracciones ni establece sanciones. A falta de conductas típicas sancionables, no es posible establecer el procedimiento administrativo sancionador correspondiente.

9.1.3 La Ley de Formalización y Promoción de la Pequeña Minería y la Minería Artesanal (Ley N° 27651) está concebida para costa o sierra. Como la actividad minera realizada en la región selva no alcanza los estándares mínimos establecidos en la ley, se le considera como minería artesanal. La minería a tajo abierto considerada en la ley no contempló nunca que pudiera haber oro debajo del bosque.

9.2 Débil gobernabilidad

La Dirección Regional de Energía, Minas e Hidrocarburos de Madre de Dios es sumamente débil para cumplir con su rol de control y fiscalización de la minería aluvial, debido a su escasa capacidad operativa. Se transfirieron a la Región las competencias en materia de pequeña minería y minería artesanal, pero no se dotó a la DREMH de las capacidades y presupuesto requeridos para cumplir sus funciones.

52 Marco legal sobre el uso del bosque y sus recursos en la región Madre de Dios.

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A esto se agrega que la institucionalidad pública en general exhibe una total falta de decisión para hacer cumplir las normas respecto a la actividad minera. Hay una fuerte presión de los concesionarios mineros para mantener el “statu quo”. Y ello alcanza incluso al nivel nacional. Prueba de ello ha sido la derogatoria del Decreto Supremo N° 005-2009-EM, que tipificaba las infracciones en la actividad minera, así como establecía las sanciones correspondientes.

Como se ha descrito, los mineros trabajan ilegalmente ya que, o ingresan a extraer sólo con petitorios o, de tener título, no cumplen con la certificación ambiental (sólo 39 derechos mineros tienen certificación ambiental). A este respecto, existe una gran responsabilidad de las instituciones del Estado, pues se tiene una actitud permisiva para el mantenimiento de estas prácticas ilegales.

9.3 Histórica ausencia de ordenamiento territorial y de zonificación ecológica-económica para orientar la ocupación de. territorio

La región ha carecido de una zonificación ecológica-económica y de un ordenamiento del territorio en base a ésta. Recientemente se ha culminado el proceso de zonificación ecológica-económica, conducido de manera conjunta por el Gobierno Regional y el Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana, como un proceso participativo. Sin embargo, ésta es aún una macrozonificación, estando pendientes la meso y microzonificación. Sin contar con esta información, no habrá una definición clara de las áreas en las cuales es factible el otorgamiento de concesiones mineras, razón por la que ocurre que cualquier área es susceptible de dicho otorgamiento.

La carencia de un ordenamiento que oriente hacia el uso sostenible de los recursos naturales de acuerdo a sus potencialidades y limitaciones, genera no sólo la ocupación espontánea de áreas para la realización de actividades insostenibles por las sucesivas olas migratorias, sino que además hace posible que sea el propio Estado el que otorgue derechos para la realización de actividades no compatibles con el bosque.

9.4 Inexistencia de un catastro único a nivel regional

Son varias las instituciones que otorgan derechos sobre los recursos del bosque a través de diversas modalidades, conforme se examinó en el capítulo 7 del presente estudio: la autoridad forestal nacional y la autoridad forestal regional (cada una otorga derechos diferentes), la Dirección Regional Agraria a través de sus Agencias Agrarias, COFOPRI y la Dirección Regional de Minería. Cada una de ellas maneja su propio catastro y no existe una real coordinación entre éstas para compartir y unificar la información catastral generada de manera independiente, lo que conlleva a la superposición en el otorgamiento de derechos y a los consiguientes conflictos derivados de ello.

9.5 Migración

La región viene experimentando, de manera particular en los últimos años, una migración descontrolada, originada en las expectativas generadas a las poblaciones andinas de los departamentos cercanos a Madre de Dios.

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La baja densidad poblacional del departamento ha creado el mito de una región con grandes áreas disponibles para hacer agricultura y ganadería, así como con promisorios beneficios por las actividades extractivistas basadas en la riqueza de sus recursos naturales. Estando próxima a departamentos andinos con altos índices de pobreza (Cusco y Puno se ubican en el segundo quintil más pobre, en tanto Apurímac, Ayacucho y Huancavelica lo están en el primero53) y escasez de tierras agrícolas, Madre de Dios es un polo de atracción para sus poblaciones, las que se han ido asentando a lo largo de las carreteras y en las márgenes de los ríos.

Debido a ello, la densidad poblacional de la región Madre de Dios se elevó de 0.06 habitantes por Km2 en 1940 a 1.28 en 2007, es decir, un incremento de algo más de 20 veces. Dicho de otra forma, 20 personas ocuparon al cabo de este período el área ocupada inicialmente por una sola persona. La población de la región Madre de Dios registró, en el período 1993 – 2007, la tasa de crecimiento promedio anual más alta a nivel nacional (3.5%).

A lo expuesto se agrega el hecho de que, en los últimos años la construcción de la Carretera Interoceánica Sur ha acelerado la migración hacia la región. La Defensoría del Pueblo señala que en la actualidad más de la mitad de la población de Madre de Dios es nacida fuera de la región54.

Según el Informe de Defensoría del Pueblo antes citado, los fenómenos de explosión demográfica rural evidenciados en la zona de Huepetuhe y alrededores se vienen repitiendo entre los km. 110 y 98 de la carretera Puerto Maldonado – Cusco, debido a la invasión de terrenos del Estado (fuera y dentro de áreas naturales protegidas) para minería informal y actividades conexas (comercio de abarrotes, combustibles, lubricanes, prostitución, servicios de transporte, etc.).

Conforme se expuso en el capítulo 4 al examinar la ocupación del territorio en la región, existen en todo el territorio de Madre de Dios derechos de propiedad, tenencia o uso, por lo que la afluencia de flujos migratorios sostenidos en el tiempo sólo puede generar superposiciones y conflictos por el uso de los recursos.

Así, pues, la carretera está facilitando las olas de migración. Y ello está haciendo posible la instalación de mineros y agricultores sobre áreas con derechos ya otorgados a terceros.

Las olas migratorias involucran a grupos completos de familias que buscan zonas libres para venir y asentarse. COFOPRI reporta consultas de asociaciones integradas por grupos de hasta 50 familias en busca de áreas libres, las cuales, como se ha expuesto, no existen.

53 Mapa de la pobreza en el Perú. FONCODES, 2006.

54 César F. Ascorra G. y Ángela P. Dávila M. Diagnóstico Ambiental Integral de Madre de Dios: Un enfoque pensando en las personas. Puerto Maldonado. Defensoría del Pueblo. Oficina Defensorial Madre de Dios. Agosto 2008. 84 p.

 

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9.6 Procedimientos para titulación y accionar de COFOPRI

Los efectos de la alta migración descrita se ven potenciados por las acciones de COFOPRI, institución que, al establecer como requisito para la titulación la realización de “mejoras” en los predios, promueve las invasiones y el rozo y quema del bosque, habilitación de potreros, chacras o pastizales, a fin de acreditar las mejoras exigidas por la ley. A continuación, solicitan su titulación. Se han reportado incluso casos en los cuales COFOPRI ha llegado a hacer linderamiento de invasores dentro de concesiones (caso del Consolidado Otorongo).

Es decir, lo que supone una norma para promover la formalización de la propiedad, termina promoviendo la destrucción de áreas boscosas y el cambio de uso no autorizado de las tierras con aptitud forestal y otras formas de uso, generando serios conflictos de superposición con derechos de uso forestal otorgados al amparo de la Ley N° 27308.

Parte del problema de formalización de las invasiones se produce porque los procedimientos para la titulación resultan demasiados laxos y la propiedad un derecho simple de adquirir.

9.7 Errática política agraria nacional e inexistencia de una política regional agraria

No existe una política nacional agraria, habiéndose promovido la migración a la selva a nivel nacional. Se tienen los casos de las concesiones EMETCI y Pirámide, que fueron caducadas y sobre cuyas áreas la Sub Región Agraria en Manu promovió invasiones.

En este panorama, lo lamentable es que el Gobierno Regional viene apoyando las invasiones y legalizando las mismas, con el concurso del Proyecto Especial Madre de Dios, generando así falsas expectativas a otros ocupantes precarios en el sentido de que su posesión pueda tornarse en propiedad. La propia normatividad favorece esto, pues se adquiere derechos cuando están un año en terrenos del Estado y demostrando posesión directa, pacífica, pública y continua.

9.8 Deficiente información cartográfica sobre los derechos otorgados

La información cartográfica sobre derechos otorgados suele estar desactualizada y no existe comunicación e intercambio de información entre los niveles con competencias para el otorgamiento de derechos. La propia entidad otorgante de los derechos (en un primer momento INRENA y ahora la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre) no cuenta con una base de datos actualizada sobre los derechos otorgados. Ello genera el otorgamiento de derechos superpuestos.

Asimismo, se da el caso que las ATFFS de la región otorgan concesiones de castaña dentro de la jurisdicción de la otra ATFFS, sin comunicarse entre ellas acerca de los derechos otorgados.

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9.9 Apoyo tardío a concesionarios de castaña y shiringa para su adecuación a la nueva ley

Los castañeros y shiringueros del régimen anterior (DL 21147, antigua Ley Forestal) tenían la posibilidad de adecuarse a la Ley N° 27308, siempre que acreditaran que venían realizando la actividad. Sin embargo, muchos de ellos, por su desconocimiento de la nueva normatividad y de los procedimientos para adecuarse, no se acogieron al nuevo régimen.

Posteriormente fueron apoyados, pero los plazos para su adecuación ya habían vencido.

9.10 Otorgamiento de derechos forestales por más de un nivel de gobierno

Esta es una fuente de superposiciones. La Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre otorga concesiones de conservación y de ecoturismo, en tanto las ATFFS otorgan concesiones de castaña y shiringa y, en general, de otros productos del bosque.

Ante la falta de intercambio de información entre estos dos niveles de la autoridad forestal, se producen superposiciones.

9.11 Información incompleta y desactualizada sobre la ocupación de los bosques al momento de establecer los bosques de producción permanente

El establecimiento de los bosques de producción permanente en la región en el año 2001, en el marco de la Ley N° 27308, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, se realizó sin contar con información actualizada sobre la real situación de ocupación de los bosques. De esta manera, se delimitó el bosque de producción permanente sobre poblados y predios titulados, pero también sobre áreas mantenidas informalmente por pequeños extractores de madera y de otros productos del bosque (shiringa, castaña, palmeras) que realizaban extracción de bajo impacto.

Al sacar las áreas a concurso y otorgarlas a los nuevos concesionarios, muchos de estos actores se quedaron sin áreas para trabajar.

Para el caso de áreas con títulos previos a la creación del bosque de producción permanente, la nueva normativa había previsto los mecanismos para resolver esta superposición, excluyendo estas áreas de las concesiones. Los posesionarios no formalizados, sin embargo, quedaron al margen del sistema.

En esta situación existe una doble responsabilidad: del Estado, porque en su momento no consideró los derechos adquiridos al implementar el nuevo régimen forestal, dejando de ese modo a los pequeños extractores en una suerte de limbo, sin derecho alguno. Y, de otro lado, fue responsabilidad de los pequeños extractores, pues tampoco demostraron de manera oportuna su derecho adquirido y, por lo tanto, no se adecuaron al nuevo régimen.

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9.12 Ausencia de comunicación hacia las poblaciones para la toma de decisiones en la realización de mega proyectos y otorgamiento de derechos hidrocarburíferos

Se da una ausencia de comunicación y suministro de información hacia la población por todos los niveles, sea por el Estado o por las empresas que tienen a su cargo estas actividades. Esta falta de comunicación se manifiesta en:

a. Decisiones inconsultas del gobierno nacional a las poblaciones involucradas, resultando en no considerar la opinión de los pobladores locales.

b. No hay comunicación hacia la sociedad civil ni participación de ésta.

c. El Estado no interviene en los procesos de consulta y negociación.

d. Debilidad de las organizaciones de la sociedad civil.

9.13 Comunidades nativas que buscan ampliación de sus territorios, en conflicto con otros derechos

En muchos casos las solicitudes de ampliación de territorios de las comunidades nativas son movidas por terceros interesados en los recursos naturales existentes en las áreas. Estos terceros negocian con los dirigentes comunales para que éstos soliciten ampliación de su territorio, a cambio de alguna contraprestación.

Asimismo, existe una extrema benevolencia del sistema para aprobar la ampliación de los territorios de las comunidades nativas sin constatar el cumplimiento de ciertos criterios.

9.14 Otras causas

Otras causas identificadas en la generación de los conflictos son el tráfico de tierras, el incumplimiento de la custodia de las áreas concesionadas de parte de sus titulares (entre otras cosas, no han concluido con el linderamiento de sus concesiones), ausencia del catastro único, la alta expectativa de los invasores en finalmente ser legalizados y el no cumplimiento de la función asignada a los comités de gestión de bosques.

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10. PROPUESTAS DE SOLUCIÓN ALOS CONFLICTOS EN TORNO AL USO DEL BOSQUE Y SUS RECURSOS EN LA REGIÓN

MADRE DE DIOS

Las propuestas de solución a los conflictos identificados se plantean en relación a las causas y procesos que los originan. La identificación de estas propuestas es producto de las entrevistas individuales realizadas a los actores y del taller efectuado con el conjunto de ellos, así como de la información revisada en gabinete.

10.1 Marco legal

Respecto del marco legal, se han recogido propuestas para los diferentes niveles normativos.

10.1.1 Modificar los artículos 25° y 26° de la Ley Orgánica para el Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales, en el sentido de permitir la superposición de derechos siempre que no exista incompatibilidad de uso, degradación de los recursos naturales y/o generación de conflictos. Deben establecerse criterios de prioridad en tales casos.

10.1.2 Alternativamente, se propone establecer, a través de una modificación a la Ley de Formalización y Promoción de la Pequeña Minería y la Minería Artesanal - Ley Nº 27652, el criterio de incompatibilidad de uso para el otorgamiento de derechos mineros, cuando éste implica la alteración significativa de la tierra y de la cubierta forestal otorgada a terceros de acuerdo a las disposiciones legales vigentes.

10.1.3 Una tercera propuesta es la de los concesionarios de reforestación, quienes han promovido la elaboración de un proyecto de Decreto Supremo para modificar el artículo 22° del Reglamento de Procedimientos Mineros, a fin de que se respete la intangibilidad de las áreas cuando los petitorios mineros se superpongan con derechos anteriores otorgados en bosques. La propuesta de Decreto Supremo alcanzada por el Dr. Freddy Vracko, asesor legal de la FEFOREMAD – Federación de concesionarios de forestación y reforestación de Madre de Dios, se presenta en el Anexo N° 3.

10.1.4 Modificar el marco legal a fin de tipificar las infracciones en la actividad minera, así como establecer las sanciones correspondientes y el procedimiento administrativo sancionador pertinente.

10.1.5 Modificar el marco legal considerando las características especiales de la actividad minera en selva.

10.2 Políticas regionales

Construir una política minera regional que considere las características específicas de la actividad minera en Madre de Dios, así como una política forestal regional que promueva la conservación y aprovechamiento sostenible, sobre la base de un reconocimiento expreso de la estabilidad jurídica del régimen de concesiones forestales en sus diferentes modalidades.

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10.3 Fortalecimiento de la institucionalidad regional

Se propone concluir la transferencia de competencias al Gobierno Regional, lo cual implica mayor responsabilidad de los órganos regionales y el fortalecimiento de los mismos. Dicho fortalecimiento institucional, debe traer consigo una efectiva supervisión de derechos mineros y forestales. En ese contexto, las instituciones como SUNAT, SUNAD y el Ministerio Público, deben acompañar los procedimientos de fiscalización a todo nivel.

10.4 Zonificación Ecológica-Económica

Se viene implementando la solución a este problema, bajo el impulso del Gobierno Regional y otras instituciones. Está pendiente de publicación de la ordenanza regional aprobando la zonificación ecológica-económica. Asimismo, se viene trabajando ya, con el Ministerio del Ambiente y otras entidades, en la identificación de áreas restringidas para la realización de actividades mineras.

10.5 Catastro Único Regional

Se ha creado recientemente el Catastro Único Regional – CUR (Ordenanza Regional N° 002-GRMDD/CR de febrero de 2009), impulsado por el Programa Interoceánico Sur - Proyecto 6 y el Gobierno Regional a través de la Gerencia de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente. El objeto del CUR es prevenir problemas de superposición.

Paralelamente, el Proyecto 6 ha financiado la formulación de un perfil SNIP creando la oficina del CUR y su implementación. Se espera que aproximadamente para marzo del 2010 ya esté funcionando. Para la creación del CUR se convocó a las instituciones generadoras de catastro, definiéndose la necesidad de ver el problema no institucionalmente, sino regionalmente.

Es fundamental priorizar la implementación del Catastro Único Regional de Madre de Dios y que la información sobre derechos otorgados (CUR) sea pública, dando cumplimiento a la ley de transparencia.

10.6 Seguridad jurídica para concesiones

Se propone promover la inscripción registral de las concesiones forestales, a fin de darles seguridad jurídica para impedir la fácil titulación de los invasores a las áreas concesionadas, desalentando así tales invasiones. A fin de facilitar la inscripción registral de concesiones, es necesario que quienes suscriban, por parte del Estado, la minuta y la Escritura Pública sean los administradores técnicos forestales, por lo que se requiere la delegación en ellos de dicha competencia por el Ministro de Agricultura.

10.7 Fortalecimiento del proceso de descentralización

Es necesario fortalecer y acelerar el proceso de descentralización, transfiriendo a la región los otorgamientos de todos los derechos forestales. De esta forma, estas instancias podrán dar solución a los problemas de superposición, de forma más directa y pronta.

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10.8 Venta de vuelo forestal

A fin de enfrentar el problema de los extractores sin bosques, se propone la promoción y fomento de la venta de vuelo forestal, mecanismo que se encuentra regulado en la propia ley forestal, pero que no ha sido puesto en práctica. Esta alternativa puede considerarse para el caso de castañeros y shiringueros con relación a las concesiones forestales maderables en las cuales están presentes las especies que aprovechan (castaña y shiringa), para que de esta forma los pequeños extractores puedan acceder a tales especies. Para promover esto, deben diseñarse mecanismos de compensación a favor de aquellos concesionarios forestales que opten por este mecanismo, tales como descuentos en el derecho de aprovechamiento y otras ventajas que podrían reglamentarse.

10.9 Mejorar los criterios y condiciones para la ampliación de áreas de las CCNN

Dado que en muchos casos tras las ampliaciones solicitadas por las CCNN se encuentran intereses de terceros e incluso intereses particulares de algunos dirigentes nativos que no son compatibles con el manejo sostenible de los recursos forestales y que atentan contra el futuro de las poblaciones indígenas, es necesario afinar y mejorar los criterios y condiciones para proceder con la aprobación de ampliación de las áreas de las comunidades nativas, tales como supervisiones previas a las mismas a fin de constatar el uso y manejo que se les viene dando.

Asimismo, la supervisión de las áreas de las CCNN debe ser permanente.

10.10 Otras propuestas de solución

Algunas otras propuestas planteadas para enfrentar los conflictos descritos, son:

Aprobar e implementar la Política Regional Agraria, que debe considerar la viabilidad de cultivos agroforestales.

Deben unificarse las metas y políticas nacionales en función de la implementación de la ZEE y el Ordenamiento Territorial.

Promover el apoyo efectivo del Estado al concesionario para la defensa y custodia del área otorgada (Policía Nacional del Perú, Administraciones Técnicas Forestal y de Fauna Silvestre, Fiscalía).

Fortalecimiento de los Comités de Gestión de Bosques.

Mayor canalización de recursos para continuar el saneamiento físico-legal en marcha de las concesiones forestales.

Promover la negociación entre las partes, como en muchos casos se ha venido haciendo, obteniéndose buenos resultados. Dicha negociación debe estar dirigida a compensar de cierto modo las exclusiones efectuadas.

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Priorizar la entrega de derechos de aprovechamiento a los usuarios que quedaron al margen del sistema, sobre las áreas de las concesiones que se caduquen.

Implementar procesos de información y comunicación hacia la sociedad civil.

Fortalecimiento de usuarios y sociedad civil en procesos de consulta y negociación.

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Entrevistados

1. Sr. Amado Romero Rodríguez – Presidente Sr. Johnny Raymundo Navarro – Secretario deOrganizaciónSr. Florentino Sucso – Tesorero}Sra. Marisol Alvarez Lazo – Base Laberinto

2. Dirección Regional de Energía, Minas eHidrocarburos

Ing. Ronny Pastor Velásquez – DirectorRegional

3. Aserradero Espinoza Sr. Víctor Espinoza – Gerente General4. CAMDE Perú Ing. William Moreno – Coordinador

5.UNAMAD – Universidad Nacional de Madrede Dios

Ing. Mauro Vela - docente

6.FEPROCAM – Federación Departamentalde Productores de Castaña de MDD

Sr. Héctor Cardicel – Presidente

7.UNSAC – Universidad San Antonio Abad delCusco

Ing. David González - Docente

8. Empresa Forestal Otorongo Alan Schipper - Gerente

9. Defensoría del PuebloDr. Humberto Cordero Galdós – Representanteen MDDDr. Edmundo Flórez Bocángel – ComisionadoMedio Ambiente y Pueblos IndígenasDr. Feliciano Coila Montes – ComisionadoConflictos Sociales

10.FEFOREMAD – Federación deconcesionarios de forestación yreforestación de MDD

Dr. Freddy Vracko – Asesor legal

11. Reserva Nacional Tambopata Ing. José Carlos Nieto Navarrete – Jefe

12.Federación Departamental de Agricultoresde Madre de Dios - FADEMAD

Sr. Luciano Erasmo Chuquipata Mamani –Secretario de Economía

13. Rainforest AllianceIng. Juan Carlos Guzmán – CoordinadorForestal, proyecto ICAA

14.Instituto de Investigaciones de la AmazoníaPeruana – IIAP

Ing. César Chía Dávila – Gerente Regional

15.Frente de Defensa de los Intereses deMadre de Dios – FREDIMAD

Sr. Luis Zegarra Kajatt – Presidente

16.Gobierno Regional de Madre de Dios –GOREMAD

Ing. William Miche Merino – Sub Gerente deRecursos Naturales y Concesiones Forestales

17.Comisión Multisectorial de Lucha contra latala ilegal

Ing. William Miche Merino

18. Pro Naturaleza Ing. Ulder Calloquispe

19. Dirección Regional Agraria – DRA Ing. Angel Martínez – Director de RecursosNaturales y Medio Ambiente RuralIng. Miguel Angel José Farfán – Especialistaforestal

Federación Departamental de Mineros -FEDEMIN

Actor / Institución

ANEXO N° 1

Actores entrevistados

( . . . )

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Entrevistados

20.Asociación para el Desarrollo Integral –AIDER

Ing. Juan Carlos Flores – Coordinador

21. COFOPRI Dr.Wilder Gil Mahuanca – Jefe

22.Asociación para la Conservación de laCuenca Amazónica – ACCA

Blga. Mónica Romo

Ing. Jessica Fuentes Oré23. Cámara de Comercio Madre de Dios Sr. Mateo Salinas – Presidente 24. Consultor forestal Ing. Alejandro de La Cruz Melgar25. FONDEBOSQUE Ing. Alonso Córdova

26.Administración Técnica Forestal y de FaunaSilvestre Tambopata – Manu

Ing. Carlos Ortiz Chávez

27.Administración Técnica Forestal y de FaunaSilvestre Tahuamanu

Ing. Jorge Cardozo

28. Interoceánica – Proyecto 6 Ing. Luis Pizarro

29.Comité de Gestión de Bosques Río LasPiedras

Sr. Guillermo Ríos Pickman – Presidente

30. Cámara Nacional Forestal – CNF Ing. Lis Cántaro Cóndor

31.Federación Nativa del Río Madre de Dios yAfluentes – FENAMAD

Sra. Karina Almirón Loraico – Tesorera

Sr. Juda Agusto Shaconi - Vocal32. Concesionario de shiringa Sr. Celso Robles Gutiérrez33. ECSA Ingenieros Ing. Enrique Millones

Actor / Institución

( . . . )

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ANEXO N° 2

Relación de participantes en el taller realizado en la ciudad de Puerto Maldonado el 30 de noviembre de 2009

( . . . )

Nº Nombre Institución

1 Eugenio Herrera Concesión maderable EMECOMANU SAC

2 Billy Echevarría Gil Rainforest Alliance

3 Telésforo Vásquez ZavaletaInstituto de Investigaciones de la Amazonía 

Peruana ‐ IIAP

4 Vivian Milusca Lara EscobarUniversidad Nacional San Antonio Abad del Cusco ‐ 

Filial Puerto Maldonado

5 Alfredo Vracko FEFOREMAD ‐ Federación de concesionarios de 

forestación y reforestación de Madre de Dios 

6 Ismael Abregú Yalico  Municipalidad de Tambopata

7 Nelson Meléndez AscañoConcesión maderable Consolidado Otorongo / 

Chullachaqui

8 Libertad Velásquez Giersch Comunidad Nativa Centro Cachuela

9 Natividad Silva SilvaUniversidad Nacional San Antonio Abad del Cusco ‐ 

Filial Puerto Maldonado

10 Manio Villegas Páucar SFM BAM SAC

11 Javier Cárdenas AmasifuénOrganismo Supervisor de los Recursos Forestales y 

de Fauna Silvestre ‐ OSINFOR

12 Wilfredo Tello ZevallosOrganismo Supervisor de los Recursos Forestales y 

de Fauna Silvestre ‐ OSINFOR

13 Ernesto Coronado ChangOrganismo Supervisor de los Recursos Forestales y 

de Fauna Silvestre ‐ OSINFOR

14 Miche Seminario MitchellUniversidad San Antonio Abad del Cusco ‐ Filial 

Puerto Maldonado

15 Claricsa J. Guerra Sandoval Proyecto Nº 6 ‐ Programa Interoceánico Sur

16 Víctor Espinoza Porras Concesión maderable Aserradero Espinoza SA

17 Víctor Zambrano Gonzales ONG Bosques, Sociedad y Desarrollo

18 William Moreno Dueñas ONG CAMDE PERÚ

19 Erasmo Cardicel Tananta Castañero

20Judith Milagros Osorio 

Madera

Universidad San Antonio Abad del Cusco ‐ Filial 

Puerto Maldonado

21 Sabustio Ccopak Castañero

22 Leif Armando Portal CahuanaAdministración Técnica Forestal y de Fauna 

Silvestre Tambopata‐Manu

23 Gilberto Vela Cárdenas Concesión de ecoturismo

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( . . . )

Nº Nombre Institución

24 Sara Hurtado Orosco Asociación de Castañeros de la Reserva Nacional 

25 Julio Iván Cárdenas MonteroAsociación de Castañeros de la Reserva Nacional 

Tambopata ‐ ASCART

26 Lis Patricia Cántaro Cóndor Cámara Nacional Forestal

27 Jorge Luis Díaz Revoredo Asociación para la Conservación de la Cuenca 

28 Greyliz Chacón RíosUniversidad Nacional San Antonio Abad del Cusco ‐ 

Filial Puerto Maldonado

29 Wilma Ninón Díaz Giersch Sociedad Civil

30 Alex Espinoza MicheUniversidad Nacional San Antonio Abad del Cusco ‐ 

Filial Puerto Maldonado

31 Juan Carlos Lipa TtitoUniversidad Nacional San Antonio Abad del Cusco ‐ 

Filial Puerto Maldonado

32 William Tarqui PariUniversidad San Antonio Abad del Cusco ‐ Filial 

Puerto Maldonado

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ANEXO N° 3

Propuesta de Decreto Supremo que modifica el Reglamento de Procedimientos Mineros, preparada por la FEFOREMAD – Federación de concesionarios de

forestación y reforestación de Madre de Dios

Modifican el Reglamento de Procedimientos Mineros

DECRETO SUPREMO Nº - -EM

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, la Minería como actividad productiva se debe llevar a cabo en forma sostenible que se traduce en la conservación de la biodiversidad mitigando el impacto de sus operaciones en armonía con el entorno;

Que, el artículo 22 del Reglamento de Procedimientos Mineros aprobado por Decreto Supremo Nº 018-92-EM dispone que en caso que el petitorio se encuentre ubicado en terrenos ocupados por monumentos arqueológicos o históricos, Red Vial Nacional, oleoductos, cuarteles, puertos, u obras de defensa nacional, en el título de la concesión correspondiente se indicará la obligación de respetar la integridad de las referidas construcciones e instalaciones.

Que, mediante Ley Nº 28852, Ley de Promoción de la Inversión Privada en Reforestación y Agroforestería, se declara de interés nacional la promoción de la inversión privada en actividades de reforestación con plantaciones forestales, agroforestería y servicios ambientales.

Que, el Decreto Supremo 003-2005-AG, declara de interés nacional la Reforestación COMO ACTIVIDAD PRIORITARIA en todo el territorio nacional en tierras cuya capacidad de uso mayor es forestal y en tierras de protección sin cubierta vegetal o con escasa cobertura arbórea;

Que, el artículo 3º de la Ley 27308, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, establece que “El Estado promueve el manejo de los recursos forestales y de fauna silvestre en el territorio nacional, como elemento fundamental para garantizar su desarrollo sostenible…”, así como “El Estado fomenta la conciencia nacional sobre el manejo responsable de las cuencas, bosques y fauna silvestre y realiza acciones de prevención y recuperación ambiental.”;

Que, el Decreto Supremo 014-200-AG, declara de interés nacional el aprovechamiento sostenible y la transformación con fines industriales y comerciales de la castaña, para promover el desarrollo socioeconómico de la región amazónica y contribuir a la recuperación de suelos deforestados, en áreas con condiciones para la reforestación o el establecimiento de plantaciones de esta especie;

Que, las concesiones de reforestación, castaña y demás de tipo forestal tienen como finalidad el mantenimiento de los bosques, la reconstrucción o enriquecimiento de la

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cobertura forestal, y en general el mantenimiento de todos los ecosistemas que convive en estrecha armonía dentro de su vegetación;

Que, en ese sentido, es necesario incluir a las concesiones de reforestación dentro de los alcances del artículo 22 del Reglamento de Procedimientos Mineros;

De conformidad con el inciso 8 del artículo 118º de la Constitución Política del Perú;

DECRETA:

Artículo 1.- Modifíquese el artículo 22 del Reglamento de Procedimientos Mineros aprobado por Decreto Supremo Nº 018-92-EM, el que quedará redactado de la siguiente forma:

“Artículo 22.- En caso de petitorios mineros cuyas cuadrículas comprendan terrenos ocupados por monumentos arqueológicos o históricos, Red Vial Nacional, oleoductos, cuarteles, puertos u obras de defensa nacional o Instituciones del Estado con fines de investigación científico - tecnológico, en el título de concesión correspondiente se indicará la obligación de respetar la intangibilidad de las referidas construcciones e instalaciones. La obligación de respeto es extensiva a las áreas DE LA REGIÓN AMAZÓNICA que comprendan concesiones forestales y otras concesiones, licencias o permisos otorgados por otros sectores con anterioridad a la formulación del petitorio minero”.

Artículo 2.- La autoridad sectorial luego de otorgada la concesión forestal, remitirá a la autoridad administrativa minera competente copia de la resolución respectiva y el plano correspondiente para su ingreso al sistema catastral, así como informará oportunamente al vencimiento del plazo de la concesión o su caducidad.

Artículo 3.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Energía y Minas y el Ministro de Agricultura.

DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA

UNICA.- Adecúense a la presente norma todos los derechos mineros que se hayan otorgado dentro de las áreas señaladas en el artículo 22 modificado por ésta.