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RESOLUCIÓN NO. 05-2018 (COMITRAN-XXXIX) EL CONSEJO SECTORIAL DE MINISTROS DE TRANSPORTE DE CENTROAMÉRICA CONSIDERANDO: Que el Consejo Sectorial de Ministros de Transporte (COMITRAN) es el órgano competente para conocer y decidir de los asuntos relacionados al transporte regional en el marco del Subsistema de la Integración Económica Centroamericana; Que la Corporación Centroamericana de Navegación Aérea (COCESNA), es un organismo internacional de integración centroamericana de servicio público y técnico especializado para los asuntos de transporte aéreo regional, siendo el ente encargado de velar por el cumplimiento de las disposiciones del Convenio sobre Aviación Civil Internacional (Convenio de Chicago) y de sus Anexos, firmado el 7 de diciembre de 1944 por parte de los Estados Parte; Que, mediante la Resolución No. 02-2006 (COMITRAN XXVI) del 02 de junio del 2006, el COMITRAN aprobó el Reglamento Centroamericano sobre el Sistema para el Desarrollo e Implementación de forma Armonizada de Reglas de Aviación Civil Conjuntas (Sistema RAC), cuyo texto y Apéndice, que contiene los Requisitos y Procedimientos para la Elaboración de Reglas de Aviación Civil y Documentos Asociados y Criterios para su Implantación, facultan al Director de la Agencia Centroamericana para la Seguridad Aeronáutica (COCESNAj ACSA) adoptar Reglas de Aviación Civil Conjuntas Maestras (MRAC), haciéndolas elegibles para su aprobación por el Consejo Directivo de COCESNA; Que la adopción, implementación y vigilancia del cumplimiento de normas comunes de seguridad en la aviación civil, conlleva el beneficio de garantizar en todo momento , un nivel elevado y uniforme de protección de los ciudadanos centroamericanos en dicho ámbito, facilitando la libre circulación de personas, de mercancías y servicios; Que el Consejo Directivo de la COCESNA ha aprobado una serie de MRAC, haciéndose necesaria que el COMITRAN las adopte a fin de que adquieran vigencia y aplicabilidad a nivel regional, &

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Page 1: RESOLUCIÓN NO. 05-2018 (COMITRAN-XXXIX) 2016-118-2, Numeral 6), la Resolución RECD 2016/122.15.1 (Acuerdo CT-2016-118-2, Numeral 7), la Resolución RECD 2009170.5 y la Resolución

RESOLUCIÓN NO. 05-2018 (COMITRAN-XXXIX)

EL CONSEJO SECTORIAL DE MINISTROS DE TRANSPORTE DE CENTROAMÉRICA

CONSIDERANDO:

Que el Consejo Sectorial de Ministros de Transporte (COMITRAN) es el órgano competente para conocer y decidir de los asuntos relacionados al transporte regional en el marco del Subsistema de la Integración Económica Centroamericana;

Que la Corporación Centroamericana de Navegación Aérea (COCESNA), es un organismo internacional de integración centroamericana de servicio público y técnico especializado para los asuntos de transporte aéreo regional, siendo el ente encargado de velar por el cumplimiento de las disposiciones del Convenio sobre Aviación Civil Internacional (Convenio de Chicago) y de sus Anexos, firmado el 7 de diciembre de 1944 por parte de los Estados Parte;

Que, mediante la Resolución No. 02-2006 (COMITRAN XXVI) del 02 de junio del 2006, el COMITRAN aprobó el Reglamento Centroamericano sobre el Sistema para el Desarrollo e Implementación de forma Armonizada de Reglas de Aviación Civil Conjuntas (Sistema RAC), cuyo texto y Apéndice, que contiene los Requisitos y Procedimientos para la Elaboración de Reglas de Aviación Civil y Documentos Asociados y Criterios para su Implantación, facultan al Director de la Agencia Centroamericana para la Seguridad Aeronáutica (COCESNAj ACSA) adoptar Reglas de Aviación Civil Conjuntas Maestras (MRAC), haciéndolas elegibles para su aprobación por el Consejo Directivo de COCESNA;

Que la adopción, implementación y vigilancia del cumplimiento de normas comunes de seguridad en la aviación civil, conlleva el beneficio de garantizar en todo momento, un nivel elevado y uniforme de protección de los ciudadanos centroamericanos en dicho ámbito, facilitando la libre circulación de personas, de mercancías y servicios;

Que el Consejo Directivo de la COCESNA ha aprobado una serie de MRAC, haciéndose necesaria que el COMITRAN las adopte a fin de que adquieran vigencia y aplicabilidad

a nivel regional, & ~ ~

~ ~,/A .

Page 2: RESOLUCIÓN NO. 05-2018 (COMITRAN-XXXIX) 2016-118-2, Numeral 6), la Resolución RECD 2016/122.15.1 (Acuerdo CT-2016-118-2, Numeral 7), la Resolución RECD 2009170.5 y la Resolución

POR TANTO:

Con base en los artículos 28, 36, 37 41, Y 55 del Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana (Protocolo de Guatemala); los artículos 1, 2, 7, 9 del Reglamento Centroamericano sobre el Sistema para el desarrollo e implementación de forma armonizada de Reglas de Aviación Civil conjuntas (Sistema RAC); y los párrafos RAC 11.001 (3), 11.005 Y 11.075 de los Requisitos y Procedimientos Conjuntos para la Elaboración de Reglas de Aviación Civil y Criterios para su Implantación RAC-ll; el COMITRAN:

RESUELVE:

1. Aprobar las siguientes Reglas de Aviación Civil Maestras (MRAC), que se anexan a la presente Resolución y forman parte integrante de la misma:

i. Resolución RECD 2016/122.15.1 Acuerdo CT-2016-118-2, Numeral 1 Denominación: MRAC 17 Título: Seguridad de la Aviación Edición: Inicial

ii. Resolución RECD 2016/122.15.1 Acuerdo CT-2016-118-2, Numeral 2 Denominación: MRAC 18 Título: Transporte sin riesgos sobre Mercancías Peligrosas por vía aérea Edición: Inicial

iii. Resolución RECD 2016/122.15.1 Acuerdo CT-2016-118-2, Numeral 3 Denominación: MRAC 39 Título: Directivas de Aeronavegabil idad Edición: Inicial

iv. Resolución RECD 2009/70.6 Denominación: MRAC 145 Título: Organización de Mantenimiento Aprobada Edición: Inicial

Page 3: RESOLUCIÓN NO. 05-2018 (COMITRAN-XXXIX) 2016-118-2, Numeral 6), la Resolución RECD 2016/122.15.1 (Acuerdo CT-2016-118-2, Numeral 7), la Resolución RECD 2009170.5 y la Resolución

v. Resolución RECD 2016/198.10.1 Acuerdo CT-2016-120-5 Denominación: MRAC- LPTA 1 Título: Licencias para Piloto Edición: Original

vi. Resolución RECD 2016/122.15.1 Acuerdo CT-2016-118-2, Numeral 4 Denominación: MRAC-LPTA 66 Título: Licencias de Técnico en Mantenimiento de Aeronaves (TMA) y Acreditaciones de Personal Certificador Edición: Original

vii. Resolución RECD 2016/122.15.1 Acuerdo CT-2016-118-2, Numeral 5 Denominación: MRAC LPTA 147 Título: Organización de Instrucción de Técnicos de Mantenimiento de Aeronaves Aprobada Edición: Original

viii. Resolución RECD 2016/122.15.1 Acuerdo CT-2016-118-2, Numeral 6 Denominación: MRAC- LPTA MED Título: Requisitos Médicos Edición: Inicial

ix. Reso lución RECD 2016/122.15.1 Acuerdo CT-2016-118-2, Numeral 7 Denominación: MRAC- LPTA- TC Título: Licencias para Tripulantes de Cabina de Pasajeros Edición: Inicial

x. Resolución RECD 2009/70.5 Denominación: MRAC-OPS 1 Título: Transporte Aéreo Comercial- Aviones Edición: Segunda

xi. Resolución ROCD 2017/2014.9.1 Denominación: MRAC-OPS 1 Título: Transporte Aéreo Comercial- Aviones Edición: Segunda

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2. La presente Resolución entrará en vigor a partir del 28 de octubre de 2018.

Sr. Ramón Arosemena C. Ministro de Obras Públicas Presidencia Pro Tempore COMITRAN Panamá

y Servicios Públicos Honduras

Costa Rica

CERTIFICADO POR:

rica, 28 de septiembre de 2018

arte e Infraestructura Nicaragua

Sr. n . Vice Ministro de Comunicaciones. Infraestructura ~)üV'ienda Gua mala /"

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Page 5: RESOLUCIÓN NO. 05-2018 (COMITRAN-XXXIX) 2016-118-2, Numeral 6), la Resolución RECD 2016/122.15.1 (Acuerdo CT-2016-118-2, Numeral 7), la Resolución RECD 2009170.5 y la Resolución

El infrascrito Director de la Gaceta Oficial Digital del SICA, hace CONSTAR:

1. Que la Resolución RECD 2016/122.15.1 (Acuerdo CT -2016-118-2, Numeral 1 ), la Resolución

RECD 2016/122.15.1 (Acuerdo CT-2016-118-2, Numeral 2), la Resolución RECD

2016/122.15.1 (Acuerdo CT-2016-118-2, Numeral 3), la Resolución RECD 2009/70.6, la

Resolución RECD 2016/198.10.1 (Acuerdo CT-2016-120-5), la Resolución RECD

2016/122.15.1 (Acuerdo CT-2016-118-2, Numeral 4), la Resolución RECD 2016/122.15.1

(Acuerdo CT-2016-118-2, Numeral 5), la Resolución RECD 2016/122.15.1 (Acuerdo CT-

2016-118-2, Numeral 6), la Resolución RECD 2016/122.15.1 (Acuerdo CT-2016-118-2,

Numeral 7), la Resolución RECD 2009170.5 y la Resolución ROCD 2017/2014.9.1, todas

adoptadas por el Consejo Directivo de COCES NA, son anexos a la Resolución No. 05-2018

(COMITRAN-XXXIX), adoptada por el Consejo Sectorial de Ministros de Transporte de

Centroamérica, y forman parte integrante de la misma, de conformidad al Resuelve 1 de dicha

Resolución.

11. Que mediante nota OFICIO-ACSA-0010-2019, de fecha 23 de enero de 2019, COCES NA, a

través de ACSA, comunicó que en la Resolución No. 05-2018 (COMITRAN- XXXIX), se

consignó lo siguiente:

Resolución RECD 2009nO.5

Denominación: MRAC-OPS 1

Título: Transporte Aéreo Comercial-A viones

Edición: Segunda

Siendo lo correcto:

Resolución RECD 2009nO.5

Denominación: MRAC-OPS 1

Título: Transporte Aéreo Comercial-Aviones

Edición: Primera

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111. Que de conformidad al Resuelve 2, tanto la Resolución No. 05-2018 (COMITRAN-XXXIX)

como sus anexos, entran en vigor el 28 de octubre de 2018, a pesar de que dichos anexos

estipulen una fecha distinta para su entrada en vigor.

IV. Que no se tiene a la vista el original de las Resoluciones antes mencionadas, por haber sido

facilitadas únicamente copia simple de las mismas.

V. Que la publicación de la Resolución No. 05-2018 (COMITRAN-XXXIX) junto con sus anexos,

se realiza a solicitud de la Agencia Centroamericana para la Seguridad Aeronáutica (ACSA)

de la Corporación Centroamericana de Servicios de Navegación Aérea (COCESNA).

En Antiguo Cuscatlán, República de El Salvador, a los dieciocho dias del mes de febrero del dos mil

diecinueve.

~alnuel Edgardo ~"""J" l lrp"tJ'frde la Gaceta Oficial Digital del SICA