reporte estadístico de la aplicación del código procesal penal distrito judicial de moquegua

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Reporte Estadístico de la Aplicación del Código Procesal Penal Distrito Judicial de Moquegua

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  • Glorieta Jos Glvez de Ilo

    Reporte Estadstico de la Aplicacin del

    Cdigo Procesal Penal

    MOQUEGUAJunio - 2010

  • 1

  • 2REPORTE ESTADSTICO DE LA APLICACIN DEL CDIGO PROCESAL PENAL Distrito Judicial de Moquegua Junio - 2010

    Ministerio de Justicia Secretara Tcnica Comisin Especial de Implementacin Cdigo Procesal Penal http://www.minjus.gob.pe/cpp/index.html

    Scipin Llona N 350Miraflores, Lima 18. Per Telfonos: (511) 204-8020 (511) 440-0117(Anexo: 1397 / 1268)

    Diseo de cubierta: Marca PerAgradecimientos especiales: PROMPERBanco fotogrfico: PROMPERFotocomposicin e impresin: Representaciones Generales 2000 S.A.C.Encuadernacin: Representaciones Generales 2000 S.A.C.Impreso en PerJunio 2011

  • 3REPORTE ESTADSTICO DE LA APLICACIN DEL CDIGO PROCESAL PENAL

    Distrito Judicial de MoqueguaJunio - 2010

    Dra. Rosario del Pilar Fernndez FigueroaPresidenta del Consejo de Ministros

    Ministra de JusticiaPresidenta de la Comisin Especial de Implementacin del CPP

    Equipo responsableSecretara Tcnica de la Comisin Especial de Implementacin del CPP

    Salvador Rafael Donaire Otrola(Secretario Tcnico)

    Carlos Zoe Vsquez Ganoza(Coordinador del rea de Seguimiento y Monitoreo)

    Carlos Gonzalo Maillard Reyes(Coordinador)

    Colaboradores Jos Antonio Huaylla Marn

    Ral Ernesto Martnez Huamn (Miembros del rea de Seguimiento y Monitoreo)

    Reservados todos los derechos al Ministerio de Justicia. No est permitida la repro-duccin total o parcial de este reporte, ni su tratamiento informtico, ni la transmi-sin de ninguna forma o por cualquier medio, ya sea electrnico, mecnico, por foto-copia, por registro u otros mtodos, sin el permiso previo y por escrito del titular de Copyright.

    La presente obra es de carcter gratuito y acepta canjes con publicaciones de temas jurdicos y de ciencias sociales en general.

    AO I N 01JUNIO - 2011

    COMISIN ESPECIAL DE IMPLEMENTACIN DEL CDIGO PROCESAL PENALSECRETARA TCNICA

    MINISTERIO DE JUSTICIA

    Copyright

  • 4

  • 5El Per ha sido, dentro de los pases de esta parte del continente americano, uno de los ltimos en ingresar a la gran ola de reformas procesales penales iniciadas a finales de la dcada de los 80 e inicios de los 90: al proyecto del cdigo procesal tipo para Iberoamrica de 1988, le siguieron la concretizacin de las reformas en Guatemala (1994), Costa Rica, El Salvador, la provincia de Buenos Aires en Argentina (1998), Venezuela (1999), Chile, Paraguay (2000), Bolivia, Ecuador, Nicaragua (2001), Honduras (2002), Repblica Dominicana, Nuevo Len en Mxico (2004) y Colombia (2005).

    Si bien las reformas antes mencionadas no corresponden a un sistema procesal penal ideal1, las mismas han tenido como fundamento la reorientacin o adecuacin de la normatividad procesal penal a los estndares mnimos del debido proceso2 y, por ende, al modelo acusatorio3.

    Para comienzos del siglo XXI, algunas de las reformas emprendidas a finales del siglo pasado no han logrado el resultado esperado, muchos menos el estndar mnimo por el cual fueron inspiradas4. Asimismo, se reconoce que entre los factores que pueden dar cuenta de ello se encuentran: el poco uso y conocimiento de las facultades dis-crecionales que otorga el nuevo modelo en el tratamiento de delitos de escasa lesividad o bagatela; la escasez de datos estadsticos u objetivos sobre la labor de los actores del sistema y de su desempeo en el mismo; la falta de produccin o publicacin de datos necesarios para una continua evaluacin en el cumplimiento de sus funciones bsicas, lo que genera un efecto de falta de responsabilidad por los resultados, que no incentivan el cumplimien-to eficaz de la funcin y que contribuye a la reproduccin de las frmulas ms burocrticas y al incentivo de los comportamientos menos innovadores y que evitan el riesgo5; la falta de una poltica pblica sostenible en algunos Estados como la requiere una reforma de tal magnitud, as como el debilitamiento de las instituciones democrticas que las alientan; y, en los ltimos aos, una crtica sin base emprica que responsabiliza a las mismas de la falta de seguridad ciudadana y de un sentimiento de impunidad que se ha ido reforzando -con el transcurrir del tiempo- debido a que no se ha logrado consolidar un discurso suficientemente capaz de explicar los cambios al ciudadano, principal beneficiario de esta poltica pblica. No obstante, el Per ha sabido afianzar progresivamente la reforma emprendida en el ao 2006 y, en sus primeros cuatro aos, ha dado muestras objetivas de los resultados obtenidos: mayor nmero de casos atendidos; menor tiempo para la solucin del conflicto penal; mayor aplicacin de las salidas alternativas; mayor eficacia en el juicio oral, pblico y contradictorio; un impacto positivo en el sistema penitenciario a nivel de la composicin de la pobla-cin carcelaria; y, mayor eficacia de la Defensa Pblica en el nuevo sistema.6

    PRESENTACIN

    1 MXIMO LANGER, La dicotoma acusatorio inquisitivo y la importacin de mecanismos procesales de la tradicin jurdica anglosajona. Algunas reflexiones a partir del procedi-miento abreviado, en: El procedimiento abreviado. Julio B. J. Maier y Alberto Bovino (comps.). Editores del Puerto, Buenos Aires 2001, p. 105, refirindose a los modelos acusato-rios e inquisitivos como categoras histricas: Por lo general, ningn sistema procesal penal concreto corresponde exactamente a estos tipos ideales. Pero es posible reconocer en los procesos penales histricos una mayor o menor cantidad de rasgos correspondientes a estos tipos puros y, de este modo, determinar si se acercan en mayor o menor medida a ellos.

    2 Vase la exposicin de motivos del anteproyecto del Cdigo Procesal Penal, disponible en: http://www.unifr.ch/ddp1/derechopenal/legislacion/l_20080616_80.pdf 3 ALBERTO BOVINO, Problemas del derecho procesal penal contemporneo, Editores del Puerto, Buenos Aires 1998, p. 10, refiere: Para lograr esos objetivos, varios pases de la

    regin han adoptado o proyectado un modelo de procedimiento penal que cuenta con ciertas caractersticas comunes. El nuevo modelo que se propone en el proceso de reforma presenta, en general, caractersticas marcadamente acusatorias..

    4 Ver Reformas procesales penales en Amrica Latina: Resultados del Proyecto de Seguimiento, II etapa, Santiago de Chile 2005, disponible en: http://www.cejamericas.org As, estudios comparativos realizados por el Centro de Estudios de la Justicia de las Amricas (CEJA) acerca de los resultados de la reforma en 11 pases de Amrica Latina dan cuenta que en la gran mayora de estos todava existen serios problemas para producir los resultados bsicos que se intentaban generar con el cambio procesal. Por otra parte, estas investigaciones nos han permitido constatar la casi inexistencia de estudios de seguimiento y evaluaciones acerca de los nuevos procesos reformados en aquellos pases que han enfrentado tales cambios, lo que ha sido un factor que explica el desconocimiento que existe sobre el funcionamiento concreto de los nuevos sistemas.

    5 Ver Reformas procesales penales en Amrica Latina: Resultados del Proyecto de Seguimiento, IV etapa, Santiago de Chile 2007, disponible en: http://www.cejamericas.org6 Ver La reforma procesal penal peruana, hacia una justicia rpida y transparente reporte estadstico 2006-2010, disponible en: http://www.minjus.gob.pe/cppLibroWeb.pdf

  • 6Los resultados obtenidos y de pblico conocimiento, han colocado a la reforma procesal penal peruana en una de las ms importantes de los ltimos aos, aun cuando el nuevo modelo se viene aplicando en forma progresiva y cul-minar su entrada en vigencia a nivel nacional en el ao 2013. Sin embargo, al igual que los resultados positivos, la reforma ha dado cuenta de algunas dificultades, que sin informacin estadstica y objetiva hubiesen sido imposibles de identificar. Al respecto, la experiencia de otros pases nos ensea que este primer punto de equilibrio entre los re-sultados positivos y los problemas detectados se manifiestan tanto en la pervivencia de prcticas viejas como en la distorsin de algunas prcticas nuevas, ya sea en la forma en que son ejecutadas o en las funciones que cumplen.7

    No cabe duda que, en este sentido, el monitoreo permanente de la implementacin de la reforma procesal penal pe-ruana se convierte en una herramienta de suma importancia, por cuanto en el contexto regional en lo que se refiere a las reformas, no contamos con buenos sistemas de informacin que permitan: construir una poltica criminal de base emprica. Muchos problemas existen en este punto, las estadsticas son endebles, no se comparte la informa-cin entre los actores, no existen analistas ni investigaciones o se realiza un verdadero seguimiento de la obtencin de resultados.8

    Efectivamente, los resultados que el presente reporte estadstico presenta se han obtenido a partir de la informacin de una de las fuentes ms importantes que existen y que an no se encuentra sistematizada: el acta de registro de la audiencia pblica y oral. Si bien la misma no registra en su totalidad el debate de las partes, pues ello queda regis-trado en el sistema de audio, s arroja informacin de alta calidad, conforme se ver en los resultados obtenidos en cada una de las etapas del proceso comn.

    Como toda estadstica, la muestra deber ser representativa si lo que se pretende es estimar las caractersticas de la poblacin. As, en el presente reporte se ha utilizado el mtodo del muestreo simple, dado para el propsito de la inferencia estadstica, considerando para ello un periodo que refleje la madurez de las prcticas procesales alcanza-das, as como la nivelacin del flujo de casos que ingresan al sistema de justicia penal.

    La finalidad del presente reporte estadstico es explicar las condiciones regulares o irregulares detectadas en la apli-cacin del cdigo procesal penal, siendo necesario para ello describir, analizar y representar un grupo de datos a partir de la informacin obtenida del eje central del nuevo modelo acusatorio: la audiencia pblica y oral, utilizando mtodos numricos y grficos que resumen y presentan la informacin contenida en ellos. El muestreo que se realiza se limita en s mismo a los datos recolectados, acerca de la poblacin de donde provienen esos datos estadsticos, lo cual permitir orientar los esfuerzos para llevar adelante la reforma hacia la obtencin de resultados concretos en beneficio de los usuarios del sistema de justicia penal.

    El presente reporte se realiz en el distrito judicial de Moquegua. La muestra tomada para el mismo fue el mes en que dicho distrito cumpli 2 aos con 3 meses de aplicacin del modelo, y se bas en todas las audiencias programadas en el mes de junio de 2010, en cada una de las etapas del proceso penal.

    Salvador Rafael Donaire OtrolaSecretario Tcnico

    Comisin Especial de Implementacin delCdigo Procesal Penal

    Miraflores, junio de 2011

    7 ALBERTO M. BINDER, Reforma del proceso penal en el Per, 1 Ed. Ediciones BLG Trujillo, 2005, p. 26.8 Ibdem

  • 7ndiceI. Presentacin

    II. Captulo 1 Datos Generales

    III. Captulo 2 Investigacin Preparatoria

    IV. Captulo 3 Etapa Intermedia

    V. Captulo 4 Juicio Oral

    VI. Captulo 5 Ejecucin de Sentencia

    VII. Captulo 6 Segunda Instancia

    VIII. Conclusiones

    5

    9

    15

    25

    33

    43

    49

    54

  • 8

  • 9Captulo 1DATOS GENERALES

  • 10

  • 11

    1. Ubicacin geogrfica

    El departamento de Moquegua fue fundado como Santa Catalina de Guadalczar del Valle de Moquegua, el 25 de noviembre de 1541, y se encuentra ubicado al sur del Per, extendindose a lo largo del ro Moquegua a 1410 m.s.n.m., en la vertiente occidental de la Cordillera de los Andes.

    El departamento de Moquegua cuenta con tres provincias: Mariscal Nieto, cuya capital es Moquegua, Ilo y General Sn-chez Cerro. Este distrito judicial tiene como competencia juris-diccional a las mismas provincias indicadas.

    Ubicacin geogrfica del departamento de Moquegua

    Sus lmites son: al noreste con el departamento de Puno; al sureste con el departamento de Tacna; al noroeste con el de-partamento de Arequipa; y al suroeste con el Ocano Pacfico. El departamento tiene una extensin de unos 15,733,97 ki-lmetros cuadrados, y se encuentra dividida en 20 distritos: Moquegua, Carumas, Cuchumbava, Samegua, San Cristobal de Calacoa, Torata, Omate, Chotaja, Coalaque, Ichua, La Ca-pilla, Lloque, Matalaque, Puquina, Quinistaquillas, Ubinas, Yunga, Ilo, El Algarrobal y Pacocha.

    Se estima como poblacin proyectada al 2010, a 171,155 ha-bitantes, con un incremento anual de 1.06%. Vale aclarar que, dentro de la conformacin de su poblacin, el departamento de Moquegua, cuenta con una gran afluencia de inmigrantes, provenientes en su mayora de los departamentos de Arequi-pa, Puno, Lima y Tacna, conforme se puede apreciar del si-guiente cuadro.

    Moquegua

    Arequipa

    Puno

    Tacna

    Fuente INEI - Censos nacionales 2007: XI de Poblacin y VI de Vivienda

    Los principales flujos de origen de los inmigrantes hacia Mo-quegua provienen de los departamentos de Arequipa y Puno con volmenes de 4 mil 669 y 3 mil 719 personas, respecti-vamente, seguidos de Lima, Tacna, Cusco, Ica, Ancash, Piura, Hunuco, La Libertad, Junn y Ucayali.

    31,2%13,5% - 24,8%0,8% - 13,1%

  • 12

    Como distrito judicial, Moquegua tiene competencia territo-rial en las provincias de Mariscal Nieto, Ilo y General Snchez Cerro. El distrito judicial de Moquegua ingreso a la reforma procesal penal el primero de abril del ao 2008. Al periodo tomado como muestra para el presente reporte, el Cdigo Procesal Penal contaba con dos aos y tres meses de vigencia en el mismo.

    3. Informacin estadstica

    2. Distrito judicial de Moquegua

    Modalidad de la estadstica: Se realiz una estadstica descriptiva inferencial, por cuanto se han utilizado mtodos de recoleccin, descripcin, visuali-zacin y resumen de datos originados a partir de los fenme-nos de estudio, los mismos que han sido resumidos numri-ca o grficamente. De igual modo, se realizan inferencias o predicciones asociadas a los fenmenos en cuestin, con la finalidad de detectar o analizar patrones en los datos [de la poblacin] bajo estudio.

    Fuente de informacin: Las actas de las audiencias realizadas en el distrito judicial de Moquegua, cuya relevancia radica en la cantidad y cali-dad de informacin que contienen respecto de los diversos elementos y circunstancias que convergen en las audiencias.

    Muestra estadstica: Para elaborar este reporte, se ha examinado la totalidad de las actas de las audiencias realizadas en el mes de junio de 2010 correspondientes a todas las etapas del proceso penal [la investigacin preparatoria, intermedia, juzgamiento, se-gunda instancia y ejecucin] lo que permite contar con una muestra relevante sobre la aplicacin del Cdigo Procesal Penal a partir de la cual se podr efectuar inferencias sobre el funcionamiento del sistema de justicia penal a nivel del dis-trito judicial de Moquegua.

    Perodo estadstico: Para el presente reporte se tom como periodo al mes de ju-nio de 2010, periodo en que el distrito judicial de Moquegua contaba con 2 aos y 3 meses con la aplicacin del Cdigo Procesal Penal.

    De otro lado, su mayor densidad poblacional, por distrito, se experimenta en Ilo y Moquegua, con ms de 110 mil habitantes, esto es, ms del 50% del total de la poblacin del departamento, lo que explica la ubicacin territorial de la mayor cantidad de los mdulos penales que acogen a los juzgados que aplican el nuevo modelo procesal penal.

    Fuente INEI - Per - Proyecciones de Poblacin 2010

    Ilo

    Moquegua

    GeneralSnchez Cerro

    Distrito judicial de Moquegua

    El presente reporte se basa en la recoleccin, muestra e in-terpretacin de datos obtenidos de la aplicacin del Cdigo Procesal Penal en el distrito judicial de Moquegua, con la fi-nalidad de explicar las condiciones regulares o irregulares de los aspectos estudiados.

  • 13

  • 14

  • 15

    Captulo 2INVESTIGACIN PREPARATORIA

  • 16

  • 17

    1. Introduccin

    La investigacin preparatoria tiene por finalidad reunir los elementos de conviccin, de cargo y de descargo, que generen en el ente persecutor del Estado la certeza suficiente para la emisin de una acusacin o, en caso contrario, optar por el sobreseimien-to (art. 321 del CPP). De otro lado, le permite al imputado preparar su defensa.

    La investigacin preparatoria se encuentra a cargo del fiscal, en su condicin de titular de la accin penal. Por su parte, el deno-minado juez de la investigacin preparatoria realiza una funcin de control sobre las actuaciones de aqul, en los casos que los actos de investigacin entren en conflicto con los derechos fundamentales del procesado.

    2. Resultados

    En el mes de junio de 2010, se han programado 51 audiencias a nivel de la investigacin preparatoria en el distrito judicial de Moquegua, especficamente en las sedes de Ilo y Mariscal Nieto. A continuacin, el grfico que se presenta muestra la proporcin de audiencias que se han programado ante los distintos juzgados de investigacin preparatoria (en adelante JIP). As pues, del 100% de audiencias programadas, el 33% de las mismas estuvieron a cargo del 1 JIP de Ilo; el 28%, del 2 JIP de Ilo; el 6%, del 1 JIP de Mariscal Nieto; y, finalmen-te, el 33%, del 2 JIP de Mariscal Nieto. Como se observa del grfico, la mayor produccin de audiencias en esta etapa del proceso se establece en la Provincia de Ilo, donde se program el 61% del total de las audiencias.Ver Grfico 1

    Como se ha sealado, se programaron 51 audiencias; sin em-bargo, no todas llegaron a realizarse. En ese sentido, del 100% de audiencias programadas en la etapa de investigacin pre-paratoria, el 96% de las mismas se realizaron con xito y 4% no llegaron a realizarse. Estas audiencias frustradas se debie-ron a la inasistencia del fiscal, en especial a las audiencias de improcedencia de accin y de constitucin en actor civil que se programaron en dicho periodo. Por otro lado, la totalidad de las audiencias frustradas se presentaron ante el 2 juzgado de investigacin preparatoria de Ilo. Ver Grfico 2

    Grfico N 01Nivel de audiencias programadas

    1 JIP - ILO

    Audiencias programadas

    Elaboracin: ST-CEI-CPPFuente: Mdulo Penal Corte Superior de Justicia de Moquegua

    2 JIP - ILO 1 JIP - MN 2 JIP - MN

    Un dato interesante de las actas analizadas, es que las 101 personas sometidas a sta etapa, fueron en su gran mayora personas del gnero masculino, al alcanzar un nivel del 85% del total de procesados; el restante 15% fueron personas del gnero femenino.Ver Grfico 3

    Grfico N 02Nivel de eficacia en la programacin de audiencias

    Realizadas

    Elaboracin: ST-CEI-CPPFuente: Mdulo Penal Corte Superior de Justicia de Moquegua

    Frustradas

    33%33%

    6%

    28%

    4%

    96%

    Grfico N 03Incidencia de procesados por gnero

    Masculino

    Elaboracin: ST-CEI-CPPFuente: Mdulo Penal Corte Superior de Justicia de Moquegua

    Femenino

    85%

    15%

  • 18

    En contrapartida a los procesados, tenemos en el siguiente grfico la incidencia porcentual de los agraviados. As, de los 52 agraviados que existieron en la etapa de investigacin pre-paratoria, la mayor incidencia se present en personas natu-rales como sujetos pasibles del delito, al llegar en promedio a representar el 54%. De todas estas, el 29% son personas de gnero masculino y el 25%, de gnero femenino. De otro lado, el 31% esta representado por el Estado; en cuarto lugar, con un 11%, la sociedad; y, finalmente, 4%, las Personas jurdicas.Ver Grfico 4

    Estado Masculino Femenino sociedad PersonasJurdicas

    Grfico N 04Incidencia de agraviados

    Agraviados

    Elaboracin: ST-CEI-CPPFuente: Mdulo Penal Corte Superior de Justicia de Moquegua

    Especificando la informacin antes brindada, el siguiente gr-fico muestra la incidencia de los agraviados menores de edad en la investigacin preparatoria. Conforme al grfico, del 100% de personales naturales que, como agraviados, fueron presentados en el cuadro anterior, el 21% de los mismos son menores de edad, esta informacin repercutir en la inciden-cia de delitos que se tramitan en sta etapa del proceso, con-forme se apreciar ms adelante.Ver Grfico 5

    Grfico N 05Incidencia de agraviados por edad

    Mayor de edad

    Elaboracin: ST-CEI-CPPFuente: Mdulo Penal Corte Superior de Justicia de Moquegua

    Menor de edad

    A nivel de la investigacin preparatoria se desarrollan distintos tipos de audiencias, as en el siguiente grfico se muestra el nivel porcentual del total de las audiencias desarrolladas, lo que nos permitir conocer hacia donde se dirigen la fuerzas administrati-vas del sistema de justicia en esta etapa del proceso en Moquegua. En ese sentido, tenemos que la audiencia de mayor incidencia es la de constitucin en actor civil, el cual llega a un nivel de 36% de la totalidad de audiencias programadas, lo que denota una gran participacin del agraviado en la pretensin de su reparacin civil en el distrito judicial de Moquegua. En segundo lugar encontramos a la audiencia de terminacin anticipada del proceso, el cual llega a un nivel de 24% del total de las audiencias programadas; infiriendo del mismo la gran voluntad de las partes del proceso de querer resolver el conflicto penal de la forma ms rpida y eficaz; en tercer lugar se encuentra la audiencia de prisin preventiva con un 16%.

    21%

    79%

    31%29%

    25%

    11%

    4%

    Grfico N 06Modalidad de audiencia e incidencia

    Elaboracin: ST-CEI-CPPFuente: Mdulo Penal Corte Superior de Justicia de Moquegua

    2%

    2%

    2%

    2%

    4%

    4%

    4%

    4%

    16%

    24%

    36%

    Incorporacin en tercero civil

    Constitucin en actor civil

    De manera ms genrica, conforme al grfico, son tres los principales ti-pos de audiencias que se desarrollan en la investigacin preparatoria de Moquegua. En primer lugar encontramos a la pretensin civil en el pro-ceso penal, con un 40%, aqu aparecen la constitucin de actor civil y la incorporacin de un tercero civilmente responsable al proceso; en segundo lugar encontramos a las salidas alternativas, representadas por la ter-minacin anticipada y el principio de oportunidad, con un total de 28%; y en tercer lugar, las audiencias referidas a la imposicin, prolongacin, cesacin o variacin de medidas cautelares de naturaleza personal, con un total de 22%. Ver Grfico 6

  • 19

    Complementando el grfico anterior, se presenta el resultado obtenido de las audiencias realizadas en la investigacin prepa-ratoria. Del mismo se aprecia que del 100% de audiencias de terminacin anticipada, el 64% concluyeron con la aprobacin del acuerdo al que arribaron las partes, y por lo tanto emitindose sentencia anticipada; el restante 36% fueron desaprobadas por el juez de investigacin preparatoria. Por otro lado, tenemos que en las audiencias realizadas de prisin preventiva, el 75% fueron declaradas fundadas, y por ende los procesados siguieron el proceso penal desde la crcel; el restante 25% fueron declaradas in-fundadas. En cuanto a las solicitudes de incorporacin de actor civil el 100% fueron declaradas fundadas. Cabe sealar que no se ha incluido los resultados de las audiencias de pro-rroga del plazo de inves-tigacin preparatoria y restriccin de derechos, debido a que, de confor-midad con las actas de audiencia revisadas, el juez se reserv su derecho a emitir resolucin por es-crito en el plazo estableci-do por ley.Ver Grfico 7

    Grfico N 07Decisin judicial por requerimiento o solicitud

    Fundada o aprobada

    Elaboracin: ST-CEI-CPPFuente: Mdulo Penal Corte Superior de Justicia de Moquegua

    Infundada o desaprobada Inadmisible

    100%

    A fin de conocer el tiempo de duracin de una audiencia en la investigacin preparatoria, se presenta el siguiente grfico. En pri-mer lugar se debe sealar que el tiempo promedio de una audiencia de investigacin preparatoria en el distrito judicial de Mo-quegua es de 48 minutos. Ya a nivel particular, el tiempo promedio vara dependiendo del tipo de requerimiento o solicitud que se resuelve. En ese sentido, se tiene que la audiencia de control de plazos es la que tuvo una mayor duracin, pues su realizacin dur 90 minutos. En segundo lugar, se encuentran las medidas cautelares personales, la prisin preventiva con una duracin promedio de 87 minutos, la comparecencia restrictiva con 79 minutos; dicho tiempo se debe al carcter personal que tiene dicha institucin, y al elevado grado de contradiccin de las partes en la audiencia.

    100%

    100%

    100%

    100%

    100%

    75% 25%

    64% 36%

    83% 17%

    Incorporacin en tercero civil

    Constitucin en actor civil

    Grfico N 08Tiempo promedio por audiencia

    Minutos

    Elaboracin: ST-CEI-CPPFuente: Mdulo Penal Corte Superior de Justicia de Moquegua

    1220

    2930

    3539

    5454

    7987

    90

    Incorporacin en tercero civil

    Constitucin en actor civil

    Comparecencia restrictiva

    Excepcin de improcedencia de accin

    En relacin a las audiencias de salidas alternativas, se apre-cia que la terminacin anticipada del proceso, experiment un tiempo promedio de 30 minutos, bsicamente por el he-cho que las partes suelen llevar acuerdos previos para su aprobacin ante el JIP, limitndose la audiencia a la reali-zacin del control de legalidad sobre dichos acuerdos.Ver Grfico 8

    La participacin de la defensa tcnica privada y pblica en la investigacin preparatoria depende, en su gran mayora, del tipo de audiencia que se realiza. As pues, la defensa privada tiene una mayor participacin en el asesoramiento a la vctima respec-to de la accin civil dentro del proceso. Tenemos que el 100% de audiencias programadas para la constitucin en actor civil, tuvieron como partcipe al defensor privado; asimismo, en el uso de medios tcnicos de defensa, el 100% de cuestiones prejudi-ciales planteadas tuvo como partcipe al defensor privado; en tanto que en las medidas cautelares su participacin fue del 40% de las audiencias programadas para la imposicin de la prisin preventiva; por otro lado, en las audiencias de control de plazos particip en el 100% de las audiencias. En cuanto a las audiencias de principio de oportunidad su participacin fue del 100% de las audiencias programadas y de 75% en las audiencias de terminacin anticipada.

    Sobre la participacin de la defensa pblica en la investigacin preparatoria, tenemos una elevada participacin en las audien-cias relacionadas a la defensa de los derechos fundamentales del imputado, como viene a ser su libertad ambulatoria; as pues particip en el 100% de audiencias relacionadas a las restricciones de derechos, 100% en las audiencias de la comparecencia

  • 20

    restrictiva y 60% en audiencias de prisin preventiva; el otro gran nivel de participacin se dio en las audiencias de medios tc-nicos de defensa, pues particip en el 100% de audiencias de improcedencia de accin.Ver Grfico 9

    Grfico N 09Nivel de participacin de la defensa

    Defensa Privada

    Elaboracin: ST-CEI-CPPFuente: Mdulo Penal Corte Superior de Justicia de Moquegua

    Defensa Pblica

    100%

    100%

    100%

    100%

    100%

    100%

    100%

    100%

    100%

    40% 60%

    75% 25%

    El juez penal tiene dos formas de emitir su resolucin sobre el resultado de las pretensiones en la audiencias, una es de forma oral y realizada en la misma audiencia, lo cual permite un control ms transparente de la ciudadana, y adems una mayor rapidez para resolver el caso; y otra de forma escrita, que no se realiza en la misma audiencia. As del grfico, se aprecia que el 73% de las decisiones fueron emitidas de forma oral y, por ende motivadas; en el restante 27% el magistrado se reserv su derecho a emitirlo en el plazo establecido por ley y, por consiguiente, de manera escrita y motivada.Ver Grfico 10

    Grfico N 10Modalidad de la decisin judicial

    Oral

    Elaboracin: ST-CEI-CPPFuente: Mdulo Penal Corte Superior de Justicia de Moquegua

    Escrito

    A continuacin detallaremos en qu tipos de audiencias se dieron las re-soluciones de forma escrita. Conforme a ello, se tiene que del 100% de resoluciones emitidas por escrito, el 72% de las mismas corresponden a las sentencias que aprueban el acuerdo de terminacin anticipada del proceso, ello consideramos se debe a la dificultad que a ese nivel del pro-ceso se da para establecer la culpabilidad o no del procesado a fin de

    Grfico N 11Decisin judicial por escrito

    Decisiones escritas

    Elaboracin: ST-CEI-CPPFuente: Mdulo Penal Corte Superior de Justicia de Moquegua

    En el siguiente grfico, el lector podr apreciar cuales fueron los tipos de delitos que se vieron en las audiencias que se pro-gramaron para los juzgados de investigacin preparatoria, en el mes de junio de 2010 en el distrito judicial de Moquegua. As tenemos que en un nivel 10%, cada uno, se encuentran los delitos de colusin desleal y el hurto agravado. En segundo lugar encontramos a los delitos de robo agravado y fraude en la administracin de personas jurdicas con un 8%, cada uno. En tercer lugar se encuentran los delitos de peculado, lesiones leves y uso de documentos pblicos con un 6%, cada uno. El lector podr observar del grfico la incidencia de los dems delitos.Ver Grfico 12

    73%

    27%

    7%7%

    14%72%

    Incorporacin en tercero civil

    Incorporacin en tercero civil

    Constitucin en actor civil

    imponer la pena correspondiente; un 14% del total de las resoluciones emitidas por escrito corresponden a las audiencias de prrroga de plazo de investigacin preparatoria; 7% a las audiencias de incorporacin en tercero civil responsable; y, finalmente, 7% a las audiencias de cuestin prejudicial.Ver Grfico 11

  • 21

    A fin de establecer el nivel de las familias de delitos que se vieron en las audiencias programadas en investigacin pre-paratoria, el grfico siguiente nos muestra que los delitos contra el patrimonio son los de mayor incidencia al llegar al 38% de la totalidad; seguido de los delitos contra la adminis-tracin pblica con un 18%; y contra la vida, el cuerpo y la salud en un 16%. Las dems familias de delitos no llegan a sobrepasar el 10% del total de familia de delitos que se vieron en las audiencias programadas.Ver Grfico 13Grfico N 13Familia de delitos

    Elaboracin: ST-CEI-CPPFuente: Mdulo Penal Corte Superior de Justicia de Moquegua

    2%

    2%

    2%

    4%

    6%

    6%

    6%

    16%

    18%

    38%

    Grfico N 12Incidencia de delitos

    Elaboracin: ST-CEI-CPPFuente: Mdulo Penal Corte Superior de Justicia de Moquegua

    2%2%2%2%2%2%2%2%2%2%2%2%2%

    4%4%4%4%4%

    6%

    6%6%

    8%8%

    10%10%

    Trfico ilcito de drogas

    de drogas

    Exaccin

    3. Anlisis al proceso especial de terminacin anticipada

    La finalidad de esta parte del reporte es mostrar que la apli-cacin de una de las salidas alternativas ms importantes del Cdigo Procesal Penal, lejos de generar impunidad, se confi-gura como una modalidad de solucin del conflicto penal efi-caz y eficiente, lo que resulta acorde con la poltica criminal de un Estado de Derecho.

    Para ello se ha tomado como muestra todas las resoluciones que se hayan emitido en el mes de junio de 2010 en el distrito judicial de Moquegua en procesos de terminacin anticipada, sea aprobando el acuerdo presentado por las partes o desa-probando las mismas.

    Conforme al grfico N 14, durante el periodo estadstico to-mado como muestra, se llevaron a cabo con xito 11 audien-cias de terminacin anticipada del proceso de un total de 12 audiencias programadas. En el siguiente grfico se observa que el 17% fueron programadas en el primer juzgado de in-vestigacin preparatoria de Ilo; el 25% fueron programadas en el segundo juzgado de investigacin preparatoria de Ilo; el 8% en el primer juzgado de investigacin preparatoria de Mariscal Nieto; y, finalmente, el 50% fueron programadas en el segundo juzgado de investigacin preparatoria de Mariscal Nieto. Ver Grfico 14

    Se presenta el siguiente grfico a fin de establecer el tipo de familia de delitos que se observaron en las solicitudes de ter-minacin anticipada. Del mismo se obtiene que en un 25% fueron delitos contra el patrimonio, delitos que a excepcin del delito de robo agravado, son delitos con escasa lesividad; despus encontramos a los delitos contra la vida, el cuerpo y la salud; delitos contra la fe pblica y los delitos contra los recursos naturales con un 17%, delitos que en igual forma no son delitos que generen elevado dao social; sin embargo, en igual proporcin encontramos al delito contra la libertad se-xual, que genera un gran dao a la sociedad; en ltimo lugar se ubica el delito contra la salud pblica en un 7%Ver Grfico 15

    Grfico N 14Nivel de audiencias programadas por juzgadoTerminacin anticipada del proceso

    Audiencias programadas

    Elaboracin: ST-CEI-CPPFuente: Mdulo Penal Corte Superior de Justicia de Moquegua

    1 JIP - ILO 2 JIP - ILO 1 JIP - MN 2 JIP - MN

    17%

    25%

    8%

    50%

  • 22

    A continuacin se presentaran dos tablas relacionadas al tratamiento que se dio a las solicitudes de terminacin anticipada del proceso. En la primera tabla se presenta el tratamiento de los delitos leves, aquellos que tienen penas privativas de libertad con un marco mnimo menor a 4 aos. En tanto que en la segunda tabla, se analizan el tratamiento de los delitos graves, aquellos que cuentan con un marco penal mayor a 6 aos. Por otro lado, tenemos que de los 11 casos donde se emiti resolucin sobre el pedido de terminacin anticipada en el mes de junio de 2010, en aplicacin de los artculos 57 y 62 del Cdigo Penal, en el 66% de ellos fueron condenados con penas suspendidas; y el restante 34% fueron desaprobados por el juez penal.Cabe sealar que el expediente N 69-2010-15-1JIP-ILO, delito de hurto agravado, no se encuentra detallado en la siguiente tabla, toda vez el defensor pblico se desisti de su solicitud de terminacin anticipada. Ver Tabla N 1

    Grfico N 15Incidencia de delitos en su tratamientoTerminacin anticipada del proceso

    Elaboracin: ST-CEI-CPPFuente: Mdulo Penal Corte Superior de Justicia de Moquegua

    TIPIFICACIN PENA MNIMA ABSTRACTA

    SENTENCIA CONDENATORIA

    SUSPENDIDA

    SENTENCIA CONDENATORIA

    EFECTIVA

    RESERVA DE FALLO DESAPROBADA

    Art. 427Uso de documentos 2 aos x

    Art. 427Uso de documentos 2 aos x

    Art. 186, inciso 1Hurto agravado 3 aos x

    Art. 298Microcomercializacin de drogas 3 aos x

    Art.116 Aborto no consentido 3 aos x

    Art. 122Lesiones leves 2 das - 2 aos x

    Art. 176Actos contrarios al pudor 3 aos x

    Art. 308-C Depredacin de flora y fauna silvestre protegida

    3 aos x

    Art. 308-ATrfico ilegal de especies acuticas de flora y fauna silvestre protegida

    3 aos x

    Elaboracin: ST-CEI-CPPFuente: Mdulo Penal Corte Superior de Justicia de Moquegua

    Tabla N 01Tratamiento de los delitos levesTerminacin anticipada del proceso

    7%17%

    17%17%17%

    25%

    En la siguiente tabla, se podr observar que del 100% de delitos acogidos a terminacin anticipada dentro del periodo de estu-dio, el 17% de los mismos fueron delitos graves, con penas mnimas abstractas no menores a 6 aos. Asimismo, se tiene que el 100% de los acuerdos de terminacin anticipada del proceso relacionados a delitos graves fueron desaprobados por el juez, as detallamos los expedientes relacionados al mismo:

    - EXP. N 537-2009-69: El juez del primer juzgado de investigacin preparatoria de Mariscal Nieto desaprob el acuerdo arri-bado por las partes en relacin al delito de violacin sexual de menor de 10 a 14 aos de edad. Cabe manifestar que de la revisin del acta se aprecia la no transcripcin del fundamento de dicha desaprobacin.

    - EXP. N 210-2010-68: El juez del segundo juzgado de investigacin preparatoria de Mariscal Nieto desaprob el acuerdo arri-bado por las partes en relacin al delito de robo agravado. Sin embargo, no aparece del acta cual fue el fundamentacin de dicha desaprobacin.

    Ver Tabla N 2

  • 23

    TIPIFICACIN PENA MNIMA ABSTRACTA

    SENTENCIA CONDENATORIA

    SUSPENDIDA

    SENTENCIA CONDENATORIA

    EFECTIVA

    RESERVA DE FALLO DESAPROBADA

    Art. 189Robo agravado 12 aos x

    Art. 173, incisos 2Violacin sexual de menor de edad 30 aos x

    En total fueron 13 los procesados que se sometieron al proceso especial de terminacin anticipada. De la tabla se tiene que del 100% de procesados acogidos a este proceso de naturaleza consensual, el 75% de los mismos gozaban de libertad al momento de solicitar la incoacin del proceso; en tanto que un 25%, se encontraban con prisin preventiva, en este ltimo caso, uno fue para el delito de violacin sexual a menor de edad, donde el juez desaprob el acuerdo llegado por las partes y los restantes tres fueron para el delito de robo agravado, donde el abogado defensor se desisti de su solicitud de aplicacin de la terminacin anticipada.Ver Tabla N 3

    Elaboracin: ST-CEI-CPPFuente: Mdulo Penal Corte Superior de Justicia de Moquegua

    Tabla N 02Tratamiento de los delitos gravesTerminacin anticipada del proceso

    PROCESADOS NMERO SENTENCIA CONDENATORIA SUSPENDIDASENTENCIA CONDENATORIA

    EFECTIVA RESERVA DE FALLO

    LIBRES 12 7

    PRISIN PREVENTIVA 4

    TOTAL 16Elaboracin: ST-CEI-CPPFuente: Mdulo Penal Corte Superior de Justicia de Moquegua

    Tabla N 03Situacin jurdica de los procesadosTerminacin anticipada del proceso

    Un punto interesante en el anlisis de la terminacin antici-pada es establecer cul era la posicin jurdica del procesado antes de someterse al proceso especial, bsicamente estable-cer si tenan la calidad de reincidentes9 o habituales10. Ello nos permitir establecer el grado de utilizacin de la terminacin anticipada por dichos sujetos. Sin embargo, conforme al gr-fico que se muestra a continuacin, el 100% de procesados acogidos a terminacin anticipada en el periodo de muestra, no contaban con antecedentes penales al momento de la ce-lebracin del acuerdo.Ver Grfico 16

    Grfico N 16Reincidencia o habitualidad de los procesadosTerminacin anticipada del proceso

    No antecedentes Reincidente Habitual

    Elaboracin: ST-CEI-CPPFuente: Mdulo Penal Corte Superior de Justicia de Moquegua

    0% 0%

    100%

    A continuacin, el grfico nos proporciona el promedio de la pena impuesta en la aplicacin de la terminacin anticipada. Como se seal, no existe ningn caso donde se haya impues-to pena privativa efectiva, pero s penas con carcter suspen-dido. As pues, en las sentencias con penas suspendidas, la mismas han tenido un promedio de 2.2 aos.Ver Grfico 17

    Grfico N 17Penas promedio impuestasTerminacin anticipada del proceso

    Aos

    Pena efectiva Pena suspendida

    Elaboracin: ST-CEI-CPPFuente: Mdulo Penal Corte Superior de Justicia de Moquegua

    0%

    2,2

    9 Artculo 46-B.- Reincidencia: El que, despus de haber cumplido en todo o en parte una condena privativa de libertad, incurre en nuevo delito doloso en un lapso que no excede de cinco aos tiene la condicin de reincidente. Igual condicin tiene quien haya sido condenado por la comisin de faltas dolosas.

    10 Artculo 46-C.- Habitualidad: Si el agente comete un nuevo delito doloso, es considerado delincuente habitual, siempre que se trate por lo menos de tres hechos punibles que se hayan perpetrado en un lapso que no exceda de cinco aos. El plazo fijado no es aplicable para los delitos previstos en los artculos 108, 121-A, 121-B, 152, 153, 153-A, 173, 173-A, 186, 189, 200, 297, 319, 320, 321, 325, 326, 327, 328, 329, 330, 331, 332 y 346 del Cdigo Penal, el cual se computa sin lmite de tiempo.

    Una audiencia de terminacin anticipada en el distri-to judicial de Moquegua, tiene una duracin aproxi-mada de 30 minutos.

  • 24

  • 25

    Captulo 3ETAPA INTERMEDIA

  • 26

  • 27

    La etapa intermedia es la etapa de saneamiento procesal y de control de la acusacin, que se realiza ante el juez de la investiga-cin preparatoria. La misma se bifurca en dos etapas: una escrita, que se materializa con el trmite del traslado de la disposicin fiscal (acusacin o sobreseimiento) a las dems partes; y una oral, con la concretizacin de la audiencia preliminar. Es en esta segunda etapa en la que el juez decide, nunca antes11.

    A su vez, la funcin jurisdiccional de control que se desarrolla en esta etapa se divide en dos: una formal, respecto del cumpli-miento de los requisitos legales de la disposicin fiscal; y otra sustancial, en la cual se controla el fondo de la disposicin fiscal y su validez. Ambos controles, si bien son dejados a las partes a travs de la contradiccin, tambin pueden ser promovidos de oficio por el juez de la investigacin preparatoria12.

    Los efectos del control en la etapa intermedia pueden ser negativos o positivos con relacin a la disposicin fiscal. Respecto al control formal, es positivo si ha cumplido con los requisitos legales y, por ende se da paso al control sustancial; de ser negativo, conforme al artculo 352, inciso 2, del CPP, se da como resultado una decisin inmediata de devolucin de las actuaciones al fiscal, con la necesaria suspensin de la audiencia, siempre que se requiera de []un nuevo anlisis del Ministerio Pblico. Por el contrario, el control sustancial tiene como resultado, de ser negativo, el sobreseimiento de la causa o los efectos que la propia naturaleza de las excepciones o medios de defensa tcnico generen (suspensin o archivo); el efecto positivo, por el contrario, generar la emisin de un auto de enjuiciamiento y, con ello, la apertura del juicio oral.

    1. Introduccin

    Grfico N 18Nivel de audiencias programadasEtapa intermedia

    Audiencias programadas

    Elaboracin: ST-CEI-CPPFuente: Mdulo Penal Corte Superior de Justicia de Moquegua

    1 JIP - ILO 2 JIP - ILO 1 JIP - MN 2 JIP - MN

    diencias de control de acusacin y 20% de sobreseimientos; y el segundo juzgado program 78% de sus audiencia en etapa intermedia de acusacin y 22% de sobreseimiento.Ver Grfico 19

    Grfico N 19Modalidad de audiencia e incidenciaEtapa intermedia

    Elaboracin: ST-CEI-CPPFuente: Mdulo Penal Corte Superior de Justicia de Moquegua

    1 JIP - ILO 2 JIP - ILO 1 JIP - MN 2 JIP - MN

    Acusacin Sobreseimiento Requerimiento mixto

    En total se programaron 50 audiencias a nivel de la etapa in-termedia en el distrito judicial de Moquegua. A continuacin se proporciona el nivel porcentual de audiencias programa-das para los juzgados de investigacin preparatoria de Ilo y Mariscal Nieto. As, en el primer juzgado de investigacin preparatoria de Ilo se programaron el 38% de audiencias; en el segundo juzgado de investigacin preparatoria de Ilo el 24%; en el primer juzgado de investigacin preparatoria de Mariscal Nieto un 20%; y, finalmente 18% fueron programa-das para el segundo juzgado de investigacin preparatoria de Mariscal Nieto.Ver Grfico 18

    2. Resultados

    38%

    24%20%

    18%

    68%

    26%

    6%

    92%

    8%

    80%

    20%

    78%

    22%

    11 Acuerdo Plenario N 6-2009/CJ-116, Control de Acusacin Fiscal, fundamentos 12 y ss.12 Ibdem.

    El siguiente grfico muestra los tipos de audiencias que se programaron para los distintos juzgados de investigacin preparatoria. As, del 100% de audiencias programadas para el primer juzgado de investigacin preparatoria de Ilo, 68% fueron audiencias de acusacin, 26% de sobreseimiento y 6% de requerimientos mixtos; en tanto que en el segundo juzgado de investigacin preparatoria de Ilo, se programaron 92% de audiencias para control de acusacin, ningn requerimiento mixto y 8% de sobreseimiento; el primer juzgado de investi-gacin preparatoria de Mariscal Nieto program 80% de au-

    En el siguiente grfico observamos el nivel de efectividad de las audiencias programadas. En ese sentido, tenemos que el 92% de las mismas se realizaron con xito, mientras que un 8% se frustraron. Cabe sealar que el 100% de las audiencias frustradas pertenecen al primer juzgado de investigacin pre-paratoria de Ilo.

    Vale aclarar que, durante el periodo tomado como muestra, la totalidad de las frustraciones se debieron a la inasistencia del defensor privado a las audiencias programadas y en las que estuvieron debidamente notificados.Ver Grfico 20

  • 28

    Grfico N 20Nivel de eficacia en la programacin de audienciasEtapa intermedia

    Realizadas

    Elaboracin: ST-CEI-CPPFuente: Mdulo Penal Corte Superior de Justicia de Moquegua

    Frustradas

    De otro lado, analizando el nivel de procesados que se encon-traron en la etapa intermedia, tenemos que del 100% de pro-cesados, el 77% fueron del gnero masculino, mientras que el 23% pertenecieron al gnero femenino.Ver Grfico 21

    representa el 2% del total de los agraviados; y la personas jurdicas el 2% restante. Ver Grfico 22

    Grfico N 21Incidencia de procesados por gneroEtapa intermedia

    Masculino

    Elaboracin: ST-CEI-CPPFuente: Mdulo Penal Corte Superior de Justicia de Moquegua

    Femenino

    Grfico N 22Incidencia de agraviadosControl de acusacin

    Agraviados

    Elaboracin: ST-CEI-CPPFuente: Mdulo Penal Corte Superior de Justicia de Moquegua

    Masculino Femenino sociedad Estado Personasjurdicas

    Grfico N 23Incidencia de delitosControl de acusacin

    Elaboracin: ST-CEI-CPPFuente: Mdulo Penal Corte Superior de Justicia de Moquegua

    3. Control de acusacin

    92%

    8%

    77%

    23%

    41% 41%

    14%

    2% 2%

    3%

    3%3%

    3%

    3%

    5%

    7%

    7%

    7%

    13%

    15%

    31%

    La audiencia de control de acusacin se convierte en una de saneamiento procesal, por cuanto en ella no solo se controla la relacin procesal y legal establecida en el requerimiento acusatorio, sino tambin los medios probatorios ofrecidos por las partes, emitindose, cuando as lo corresponda, el auto de enjuiciamiento para pasar al juicio oral. En ese sentido, del total de audiencias programadas sobre requerimiento de acusacin, tenemos que los agraviados en el mismo fueron 49, teniendo como agraviados en mayor proporcin a la persona natural con un 82%; encontrndo-se divido en una proporcin de 41% para personas de gnero masculino y 41% para personas de gnero femenino; en se-gundo lugar se encuentra la sociedad con un 14%; el Estado

    Otro punto interesante en la observacin de las actas, lo en-contramos en la incidencia de delitos que se vieron en el con-trol de acusacin. Aqu encontramos, a diferencia de lo que suceda en la investigacin preparatoria, un elevado porcen-taje de delitos de omisin a la asistencia familiar, al llegar al 31% de total de delitos vistos en esta etapa, lo cual a su vez respalda el grfico relacionado a la incidencia de los agravia-dos. Quiere decir que, casi un tercio de todos los esfuerzos del sistema de justicia se realizan en audiencias relacionadas al delito de omisin a la asistencia familiar. En segundo lugar encontramos al delito de conduccin de vehculo en estado de ebriedad con un 15%; le sigue el delito de lesiones culposas con una incidencia de 13%. En tanto que el hurto agravado aparece con un 7%; sin embargo, recin a este nivel aparece un delito grave como es el de violacin sexual de menor de edad, con una incidencia de 7%. El lector podr observar la incidencia de los dems delitos.Ver Grfico 23

  • 29

    Para una mejor comprensin de la informacin antes brinda-da, el siguiente grfico nos muestra los delitos a nivel de fami-lia. En el mismo se aprecia que es el delito contra la familia el que tiene el mayor porcentaje en las audiencias programadas en control de acusacin, al llegar a un nivel de 31% del to-tal de delitos; le sigue al mismo los delitos contra la vida, el cuerpo y la salud con un 25%; en tercer lugar se encuentra los delitos contra la seguridad pblica con un 15%; ya a un nivel de 10% encontramos a los delitos contra la libertad sexual y contra el patrimonio. Estas cinco primeras familias determi-nan, como se puede observar del cuadro de agraviados, que la mayor incidencia de delitos tienen como afectados del he-cho criminal a personas naturales y a la sociedad. En sexto, stimo y octavo lugar aparecen los delitos contra la adminis-tracin publica, recursos naturales y contra la administracin de justicia en un 3%, lo que confirma al estado en el tercer lugar del 100% de agraviados.Ver Grfico 24

    En cuanto a la participacin de la defensa del procesado a este nivel del proceso penal, tenemos que del 100% de au-diencias de control de acusacin realizadas, la participacin de la defensa pblica fue de una proporcin de 64%; y la par-ticipacin de la defensa privada fue de 36%.Ver Grfico 25

    Grfico N 24Familia de delitosControl de acusacin

    Elaboracin: ST-CEI-CPPFuente: Mdulo Penal Corte Superior de Justicia de Moquegua

    La audiencia de control de la acusacin analiza dos niveles, la primera es el control formal de la acusacin, es decir que la acusacin debe cumplir con los requisitos de procedibilidad establecidos en el Cdigo Procesal Penal, como por ejemplo, el nombre del acusado, el delito que se le imputa, etc; la in-asistencia de un requisito origina la devolucin de la acusa-cin, para su correspondiente correccin. En un segundo nivel se encuentra el control sustancial de la acusacin, aqu el juez tiene que analizar la base fctica, jurdica y probatoria del re-querimiento acusatorio de cara al juicio oral. El grfico que se observa a continuacin nos muestra los resultados que se dieron en el control de la acusacin:

    - Tenemos que del 100% de audiencias de acusacin realiza-das, el 63% en promedio pasaron el control formal y sus-tancial; emitindose el respectivo auto de enjuiciamiento y su remisin al juez de juzgamiento competente.

    - En un 17% de las audiencias de acusacin realizadas, la parte contraria solicit el sobreseimiento del caso; gene-rando que el juez penal, se reserva su derecho de emitir resolucin en el plazo de Ley.

    - Un 8% de las audiencias realizadas, de las acusaciones no pasaron el control formal de la etapa intermedia y, por consiguiente fueron devueltas al ente persecutor para su subsanacin.

    - En relacin a las salidas alternativas, tenemos que en promedio un 6% fueron sobresedos bajo la aplicacin del principio de oportunidad.

    - En un 3% de las audiencias realizadas las audiencias fue-ron suspendidas por intervencin del tercero civil, a fin de que el juez resuelva su requerimiento.

    - Otro 3% fueron sobresedos de oficio por el juez, en cumpli-miento de su funcin de garante de los derechos del impu-tado, conforme a lo establecido por la Corte Suprema13.

    Ver Grfico 26

    Grfico N 25Nivel de participacin de la defensaControl de acusacin

    Defensa Pblica

    Elaboracin: ST-CEI-CPPFuente: Mdulo Penal Corte Superior de Justicia de Moquegua

    Defensa Privada

    3%

    3%

    3%

    10%

    10%

    15%

    25%

    31%

    64%

    36%

    Grfico N 26Resultados de la audienciaControl de acusacin

    Resultados

    Elaboracin: ST-CEI-CPPFuente: Mdulo Penal Corte Superior de Justicia de Moquegua

    3%3%

    6%8%

    17%63%

    13 V Pleno jurisdiccional de las Salas Penales permanente y transitorias, Acuerdo plenario N 06-2009/CJ-116 (FUNDAMENTO 14).

  • 30

    Un factor importante, en la lgica del nuevo Cdigo Procesal Penal, es la forma en que el juez emite su decisin, es decir si lo hace de forma escrita u oral. As se aprecia que del 100% de decisiones emitidas en este nivel, el 74% de las mismas fue en la misma audiencia y de forma oral; en tanto que el restante 26% fueron emitidas de manera escrita. Debe tenerse en cuen-ta, que el gran porcentaje de resoluciones emitidas por escrito estn relacionadas a los sobreseimientos solicitados por el defensor del procesado.Ver Grfico 27

    La etapa intermedia, a travs del control de acusacin, esta-blece los medios de prueba que sern actuados en la audien-cia de juicio oral. As, en el siguiente grfico se han establecido los tres medios de prueba de mayor actuacin en juicio, y su nivel de admisin en el control de acusacin. En ese sentido, tenemos que un 71% (84), del total de medios de prueba ad-mitidos, fueron los documentos presentados por los sujetos procesales; en segundo lugar se encuentra las testimoniales con un 24% (28); y por ltimo encontramos la admisin de peritos con un 5% (6).Ver Grfico 28

    Como consecuencia de haber pasado el control formal y sus-tancial, la acusacin termina con la emisin del auto de enjui-ciamiento donde se determina el juzgado competente donde se realizar el juicio oral. As tenemos que, el 100% de casos que pasan a juicio oral fueron remitidos, por competencia ma-terial, al juez unipersonal.Ver Grfico 29

    Grfico N 27Modalidad de la decisin judicialControl de acusacin

    Oral

    Elaboracin: ST-CEI-CPPFuente: Mdulo Penal Corte Superior de Justicia de Moquegua

    Escrito

    Nos toca analizar la incidencia del requerimiento de sobresei-miento durante la etapa intermedia. Tenemos que se presen-taron 10 disposiciones de sobreseimiento (100%), siendo que todas se realizaron con xito, no habindose evidenciado frus-tracin alguna. Asimismo del total de audiencias realizadas, el 70% fueron declaradas fundadas y emitidas en forma oral. En tanto que en el 30% de los requerimientos de sobreseimien-to, el juez de investigacin preparatoria se reserv su derecho de emitir resolucin dentro del plazo establecido por Ley, y de forma escrita.Ver Grfico 30

    Grfico N 28Incidencia de elementos probatorios admitidosControl de acusacin

    Elaboracin: ST-CEI-CPPFuente: Mdulo Penal Corte Superior de Justicia de Moquegua

    Documentos Testigos Peritos

    Grfico N 29Competencia material del auto de enjuiciamientoControl de acusacin

    Unipersonal

    Elaboracin: ST-CEI-CPPFuente: Mdulo Penal Corte Superior de Justicia de Moquegua

    Colegiado

    Grfico N 30Nivel de audiencias, resultado y modalidad de la decisin Control de sobreseimiento

    Elaboracin: ST-CEI-CPPFuente: Mdulo Penal Corte Superior de Justicia de Moquegua

    4. Control de sobreseimiento

    26%

    74%

    71%

    24%

    5%

    100%

    30%

    70%

    70%

    100%

  • 31

    En cuanto a los agraviados que se encontraron en las audien-cias de sobreseimiento, se aprecia que el 50% de los mismos fueron personas naturales en una proporcin de 40% para personas de gnero masculino y 10% para personas de gnero femenino; en segundo lugar se encuentra la sociedad con un 40%; y, el restante 10%, lo representan las Personas jurdicas.Ver Grfico 31

    El siguiente grfico nos presenta el nivel de incidencia de de-litos vistos en la audiencia de sobreseimiento. Podemos apre-ciar que del total de delitos vistos, 20% fueron delitos de trfi-co ilcito de drogas y tenencia ilegal de armas; les siguen a los mismos, con un 10%, los delitos de robo agravado, induccin a fuga de menor, homicidio simple, hurto agravado, falsedad ideolgica y falsedad genrica.Ver Grfico 32

    En cuanto a la participacin de la defensa en la audiencia de sobreseimiento, se tiene que recordar que para la realizacin de la audiencia no resulta necesaria la participacin de la de-fensa del procesado, bastando con la presencia del fiscal. Una vez mencionado el mismo, se tiene que el defensor privado particip en el 100% de audiencias de control de sobresei-miento realizadas.Ver Grfico 33

    Grfico N 31Incidencia de agraviadosControl de sobreseimiento

    Agraviados

    Elaboracin: ST-CEI-CPPFuente: Mdulo Penal Corte Superior de Justicia de Moquegua

    Personas jurdicasFemeninosociedadMasculino

    0% 5% 10% 15% 20% 25% 30% 35% 40%

    10%

    10%

    40%

    40%

    Grfico N 32Incidencia de delitos Control de sobreseimiento

    Elaboracin: ST-CEI-CPPFuente: Mdulo Penal Corte Superior de Justicia de Moquegua

    10%

    10%

    10%

    10%

    10%

    10%

    20%

    20%Trfico ilcito de drogas

    Grfico N 33Nivel de participacin de la defensaControl de sobreseimiento

    Defensa Privada

    Elaboracin: ST-CEI-CPPFuente: Mdulo Penal Corte Superior de Justicia de Moquegua

    Defensa Pblica

    100%

    El siguiente grfico nos presenta las causales por las que se emitieron sobreseimiento de las causas; as se observa que un 33% de sobreseimientos tuvieron como fundamento la causal b del articulo 344 inciso 2; y el 67% por la causal d; por lo tanto gran porcentaje de los sobreseimientos tiene su base en el hecho que no es posible incorporar razonablemente nuevos datos a la investigacin o que no existan suficientes elemen-tos de conviccin para dar lugar al enjuiciamiento del impu-tado. Cabe sealar que en el 50% de requerimientos que se declararon fundados, de las actas no aparece el fundamento de las causales (artculo 334 del CPP) de las resoluciones.Ver Grfico 34

    Grfico N 34CausalesControl de sobreseimiento

    Causal

    Elaboracin: ST-CEI-CPPFuente: Mdulo Penal Corte Superior de Justicia de Moquegua

    Artculo 344, inc. 2, b Artculo 344, inc. 2, d

    En la etapa intermedia, una audiencia de con-trol de acusacin en el distrito judicial de Mo-quegua tiene una duracin aproximada de 52 minutos, mientras que una audiencia de sobre-seimiento de 37 minutos promedio.

    33%

    67%

  • 32

  • 33

    Captulo 4JUICIO ORAL

  • 34

  • 35

    1. Introduccin

    El juicio oral es la etapa principal del proceso penal, toda vez que en ella se determinar, en funcin a las pruebas de cargo del representante del Ministerio Pblico y a las de descargo de la defensa, la responsabilidad penal del acusado. Esta etapa se realiza sobre la base de la acusacin y en estricta observancia de los principios de oralidad, publicidad, inmediacin, contradic-cin, continuidad del juzgamiento, concentracin de los actos del juicio, identidad fsica del juzgador y presencia obligatoria del imputado y su defensor. Adems hay que tener en cuenta que en el juicio oral nos encontramos en una etapa donde existe una relacin jurdica procesal vlida y en la cual se han admitido vlidamente los medios probatorios ofrecidos por las partes para su actuacin en la misma.

    Es necesario precisar que, de acuerdo a la competencia material, los juzgados penales colegiados conocern los delitos cuyo extremo mnimo de la pena sea mayor a los seis aos; los unipersonales, todos los dems cuyo conocimiento no se atribuya a los juzgados colegiados.

    2. Resultados

    En total se han encontrado 54 actas de juzgamiento en el dis-trito judicial de Moquegua, en el periodo de junio de 2010. De las mismas, 48 audiencias fueron programadas para juzgados unipersonales y 6 audiencias para juzgados colegiados; por lo tanto el 89% de los casos fueron de competencia de jueces unipersonales y nicamente un 11% fueron de competencia material de juzgados colegiados, debiendo acotar que dentro de la competencia de los juzgados unipersonales se encuentra tambin 5 faltas y 3 querellas.Ver Grfico 35

    Grfico N 35Competencia material en juicio oralEtapa de juzgamiento

    Juzgado unipersonal

    Elaboracin: ST-CEI-CPPFuente: Mdulo Penal Corte Superior de Justicia de Moquegua

    Juzgado colegiado

    Ahora bien, a continuacin pasaremos a examinar las actas de audiencias programadas para los juzgados unipersonales de Ilo y Mariscal Nieto, a fin de brindar una informacin ms ordenada. En tal sentido, tenemos que un 29% de audiencias fueron programadas para el primer juzgado unipersonal de Ilo; 33% para el segundo juzgado unipersonal de Ilo; 13% para el primer juzgado unipersonal de Mariscal Nieto; 17% para el segundo juzgado unipersonal de Mariscal Nieto; y 8% para el tercer juzgado unipersonal de Mariscal Nieto.Ver Grfico 36

    Grfico N 36Nivel de audiencias programadas por juzgadoJuzgamiento unipersonal

    Audiencias programadasElaboracin: ST-CEI-CPPFuente: Mdulo Penal Corte Superior de Justicia de Moquegua

    1 JUP - ILO 2 JUP - ILO 1 JUP - MN 2 JUP - MN 3 JUP - MN

    11%

    89%

    29%33%

    13%

    17%

    8%

    3. Juzgados unipersonales

    Los juzgados unipersonales desarrollan dos niveles de compe-tencia: uno material que determina el conocimiento de aque-llos delitos que tengan sealados en la ley, en su extremo m-nimo, una pena privativa de libertad no mayor a seis aos; y otro funcional que determina su competencia para: a) dirigir la etapa de juzgamiento en los procesos que conforme a ley deban conocer; b) resolver los incidentes que se promueven durante el curso de juzgamiento; y c) conocer de los dems casos que el Cdigo Procesal Penal y las Leyes determinen.

    El Cdigo Procesal Penal establece que el juicio oral se realiza en una sola audiencia; sin embargo existe la posibilidad de frustracin de dicha audiencia. El grfico cumple la funcin de brindarnos informacin sobre el nivel porcentual de rea-lizacin efectiva de juicios orales en los juzgados unipersona-les. Al respecto, se ha evidenciado una efectividad en la reali-zacin de audiencias del 88%, en tanto que el restante 12% de audiencias programadas se frustraron.Ver Grfico 37

  • 36

    Grfico N 37Nivel de eficacia en la programacin de audiencias Juzgamiento unipersonal

    Realizadas

    Elaboracin: ST-CEI-CPPFuente: Mdulo Penal Corte Superior de Justicia de Moquegua

    Frustradas

    A continuacin se presentan el nivel de incidencia de acusa-dos en el juicio oral. De las actas se observ que existieron 55 procesados afrontado el juicio oral durante el mes de junio de 2010. Del mismo se tiene que 87% fueron personas de gnero masculino y 13% personas de gnero femenino.Ver Grfico 38

    Grfico N 38Incidencia de procesados por gneroJuzgamiento unipersonal

    Masculino

    Elaboracin: ST-CEI-CPPFuente: Mdulo Penal Corte Superior de Justicia de Moquegua

    Femenino

    Un punto importante a analizar es el nivel de acusados que se encuentran en el juicio oral con la medida coercitiva personal de prisin preventiva. Se aprecia que del 100% de acusados, slo el 5% asumieron el juicio oral con prisin preventiva; en tanto que el 95% de los acusados lo asumieron con una com-parecencia simple o comparecencia restrictiva.Ver Grfico 39

    Grfico N 39Situacin jurdica de los procesadosJuzgamiento unipersonal

    Imputado en libertad

    Elaboracin: ST-CEI-CPPFuente: Mdulo Penal Corte Superior de Justicia de Moquegua

    Imputado en crcel

    Sobre la incidencia de agraviados en el juicio oral, obser-vamos del siguiente grfico que en total la persona natural representa el 72% de agraviados; en relacin de 39% perso-nas de gnero masculino y 33% de gnero femenino; le sigue como agraviado el Estado con un 15%; y despus la sociedad con un 13%. Las personas jurdicas no tuvieron participacin como agraviados en el juicio oral.Ver Grfico 40

    Grfico N 40Incidencia de agraviadosJuzgamiento unipersonal

    AgraviadosElaboracin: ST-CEI-CPPFuente: Mdulo Penal Corte Superior de Justicia de Moquegua

    Masculino Femenino Estado sociedad Personas jurdicas

    88%

    12%

    87%

    13%

    95%

    5%

    39%

    33%

    15%13%

    0%

    Los juzgados unipersonales tienen competencia no slo para llevar el juicio oral de un proceso comn, sino adems el jui-cio de las querellas, la solicitud de semilibertad y la apela-cin de faltas. Como se seal, se programaron en total 48 audiencias para los juzgados unipersonales de Mariscal Nieto e Ilo, de los cuales el 79% fueron audiencias de juzgamiento comn; 11% de audiencias para resolver la apelacin de una falta; 6% para llevar a cabo el proceso especial del ejercicio

  • 37

    privado de la accin penal; y 4% para debatir la procedencia o no del beneficio de semilibertad solicitado por los sentencia-dos con pena efectiva.Ver Grfico 41

    Grfico N 41Incidencia de audienciasJuzgamiento unipersonal

    Juzgamiento comn Falta Querella Semilibertad

    Elaboracin: ST-CEI-CPPFuente: Mdulo Penal Corte Superior de Justicia de Moquegua

    En relacin con el grfico mostrado anteriormente, del total de audiencias programadas para juicio oral, el 71% tuvo como finalidad desarrollarse bajo las reglas del juicio oral, pblico y contradictorio; en tanto que el 29% restante, los acusados se sometieron a la conclusin anticipada del juicio oral, bajo la aplicacin de la conformidad, obtenindose sentencia antici-pada sin la necesidad de la celebracin del juicio oral.Ver Grfico 42

    Grfico N 42Nivel de casos culminados con el juzgamiento comnJuzgamiento unipersonal

    J.O. C.A.J.O.

    Juzgamiento comn

    Elaboracin: ST-CEI-CPPFuente: Mdulo Penal Corte Superior de Justicia de Moquegua

    Del 100% de audiencias concluidas por medio de juicio oral, es decir donde se llev a cabo la actuacin probatoria en fun-cin a los principios de oralidad, publicidad, concentracin, inmediacin y contradiccin, en 44% se emiti sentencia ab-solutorias; 44% sentencias condenatorias suspendidas en su efectividad; y en el restante 12% se emiti sobreseimiento toda vez que la fiscal de la causa retiro su acusacin.Ver Grfico 43

    Grfico N 43Resultado del juicio oralJuzgamiento unipersonal

    Absolutoria Condenasuspendida

    Sobreseimiento

    Elaboracin: ST-CEI-CPPFuente: Mdulo Penal Corte Superior de Justicia de Moquegua

    En cuanto a los resultados de la conclusin anticipada, tene-mos que, del 100% de audiencias donde se emiti sentencia anticipada, por aceptacin de los cargos de parte del acu-sado, en 63% se emiti sentencia condenatoria con carcter suspendida; 27% se emiti resolucin reservando el fallo con-denatorio; y 10% se emitieron sentencias condenatorias efec-tivas.Ver Grfico 44

    Grfico N 44Resultado de la conclusin anticipada de juicio oralJuzgamiento unipersonal

    Condena suspendida

    Reserva de fallo

    Condena efectiva

    Elaboracin: ST-CEI-CPPFuente: Mdulo Penal Corte Superior de Justicia de Moquegua

    79%

    11%6% 4%

    71%

    29%

    44% 44%

    12%

    63%

    27%

    10%

  • 38

    En cuanto al quantum de la pena impuesta en donde se emi-ti sentencia condenatoria con carcter suspendida, tenemos del grfico que para los casos donde se realiz el juicio oral pblico y contradictorio, el promedio de la pena impuesta fue de 2.3 aos; mientras que para los casos que terminaron a tra-vs de la conclusin anticipada del juicio oral, en promedio la pena suspendida fue de 1.4 aos; cabe sealar que a dife-rencia del juicio oral comn, en la conclusin anticipada el sentenciado recibe un beneficio premial por su acogimiento.Ver Grfico 45

    Grfico N 45Pena promedio de condena suspendidaJuzgamiento unipersonal

    J.O. C.A.J.O.AosElaboracin: ST-CEI-CPPFuente: Mdulo Penal Corte Superior de Justicia de Moquegua

    Con el siguiente grfico se muestra los resultados de los otros tipos de audiencias que se programaron al juez de juzgamien-to unipersonal. As observamos que del total de audiencias realizadas para el proceso especial por ejercicio privado de la accin penal, en el 100% se emitieron sentencias absolutorias; en tanto que en el 100% de apelacin por falta, el juez decla-ro nula la resolucin de primera instancia; y, finalmente, del 100% de audiencias de semilibertad realizadas para debatir la procedencia o no del beneficio de semilibertad, en 50% de ca-sos se declar procedente y en igual proporcin improcedente.Ver Grfico 46

    Grfico N 46Resultado de querella, falta y semilibertadJuzgamiento unipersonal

    Querella Falta Semilibertad

    Absolutoria Nulo Procedente Improcedente

    Elaboracin: ST-CEI-CPPFuente: Mdulo Penal Corte Superior de Justicia de Moquegua

    Del anlisis de las actas de audiencia, se ha podido observar que la participacin de la defensa en los juzgamientos lleva-dos a cabo por los juzgados unipersonales, se encuentra en una proporcin de 50% a 50%, entre la defensa privada y la defensa pblica, respectivamente, diferencindose con la eta-pa intermedia en donde los defensores pblicos tenan mayor presencia.Ver Grfico 47

    Grfico N 47Nivel de participacin de la defensaJuzgamiento unipersonal

    Defensa Pblica Defensa Privada

    Elaboracin: ST-CEI-CPPFuente: Mdulo Penal Corte Superior de Justicia de Moquegua

    2,3

    1,4

    100% 100%

    50%

    50%

    50%

    50%

    A continuacin se presenta el nivel de incidencia de los deli-tos que se vieron en las audiencias programadas para el juez de juzgamiento unipersonal. Al igual que lo apreciado en la etapa de investigacin preparatoria y la etapa intermedia, el mayor porcentaje de delitos es el de omisin a la asisten-cia familiar, al representar el 26% de delitos vistos en juzga-miento. Quiere decir que el sistema de justicia penal invierte el 26% de sus fuerzas en resolver el conflicto penal en estos tipos de delitos. En segundo lugar, encontramos a los delitos de conduccin de vehculo en estado de ebriedad con un 14%; el tercer delito de mayor incidencia es el delito de difamacin, al representar el 8%, le sigue los delitos de hurto agravado, lesiones graves y estafa con el 4%, cada uno; y, finalmente, los dems delitos en una proporcin de 2.5%, cada uno.Ver Grfico 48

    Complementando la informacin antes apreciada, el presen-te grfico nos brinda informacin sobre los delitos visto por el juez de juzgamiento unipersonal, pero por familia delictiva. En ese sentido, y corroborando la informacin antes vertida los delitos contra la familia representan el 26% de familia delictiva vistos en juicio oral. Le sigue los delitos contra la seguridad pblica 17%; contra el patrimonio y la salud p-blica con el 14%; contra la administracin pblica y contra el honor en 7%; contra la administracin de justicia 5%; y, en una proporcin similar de 2.5%, los delitos contra la salud pblica, delito aduanero, contra la fe pblica y contra la li-bertad sexual.Ver Grfico 49

  • 39

    Grfico N 48Incidencia de delitosJuzgamiento unipersonal

    Elaboracin: ST-CEI-CPPFuente: Mdulo Penal Corte Superior de Justicia de Moquegua

    Los juzgados colegiados tambin desarrollan dos niveles de competencia: uno material que determina el conocimiento de aquellos delitos que tengan sealados en la ley, en su extre-mo mnimo, una pena privativa de libertad mayor a seis aos; y otro funcional que determina su competencia para conocer las solicitudes que, sobre refundicin o acumulacin de pe-nas, se presenten.El 11% de casos ingresados a la etapa de juzgamiento fueron de competencia material de los juzgados colegiados. Del gr-fico tenemos una efectividad en la realizacin de audiencias del 83%; en tanto que el 17% restante de audiencias progra-madas se frustraron, debido a que el abogado defensor aban-don el caso en la misma realizacin de la audiencia, conlle-vando su frustracin.Ver Grfico 50

    Grfico N 49Familia de delitosJuzgamiento unipersonal

    Elaboracin: ST-CEI-CPPFuente: Mdulo Penal Corte Superior de Justicia de Moquegua

    Grfico N 50Nivel de eficacia en la programacin de audiencias Juzgamiento colegiado

    Realizadas Frustradas

    Elaboracin: ST-CEI-CPPFuente: Mdulo Penal Corte Superior de Justicia de Moquegua

    2,5%2,5%2,5%2,5%2,5%2,5%2,5%2,5%2,5%2,5%2,5%2,5%2,5%2,5%2,5%2,5%

    4%4%4%

    8%14%

    26%

    2,5%2,5%2,5%2,5%

    5%7%7%

    14%14%

    17%26%

    83%

    17%

    4. Juzgamiento colegiado

  • 40

    En cuanto a los acusados que afrontaron el juicio oral en los juzgados colegiados, encontramos que en total fueron 10 per-sonas. De ellos, el 80% fueron personas de gnero masculino; y el 20% fueron del gnero femenino.Ver Grfico 51

    Grfico N 51Incidencia de procesados por gneroJuzgamiento colegiado

    Masculino Femenino

    Elaboracin: ST-CEI-CPPFuente: Mdulo Penal Corte Superior de Justicia de Moquegua

    De otro lado, en cuanto a los agraviados en los juicios orales llevados a cabo por los juzgados colegiados, encontramos del siguiente grfico que las personas naturales en conjunto re-presentan el 84% del total de agraviados; en una proporcin de 50% personas del gnero femenino y 34% personas del g-nero masculino; este gran porcentaje de agraviadas se debe a que hubo un proceso por el delito de trata de personas, donde existi cinco victimas, todas mujeres. En tanto, el Estado y las Personas jurdicas representan del total de agraviados el 8%, cada uno.Ver Grfico 52

    Grfico N 52Incidencia de agraviados Juzgamiento colegiado

    Femenino Masculino Estado Personas jurdicas

    Agraviados

    Elaboracin: ST-CEI-CPPFuente: Mdulo Penal Corte Superior de Justicia de Moquegua

    En el siguiente grfico se da cuenta de lo siguiente: que en el presente periodo de muestra solo se han presentado, como modalidades de audiencia para los juzgados colegiados, au-diencias de juicio oral, no habindose producido conclusin anticipada del mismo. Dichos juzgamientos culminaron con la emisin de sentencias condenatorias, las mismas fueron de carcter suspendidas, con un promedio de 4 aos, debido a la presencia de atenuantes sustantivas como el grado de tenta-tiva de los delitos juzgados.Ver Grfico 53

    Grfico N 53Pena promedio de sentencias (Aos)Juzgamiento colegiado

    J.O.Suspendida

    Elaboracin: ST-CEI-CPPFuente: Mdulo Penal Corte Superior de Justicia de Moquegua

    Por otro lado, en cuanto a la participacin del abogado de-fensor en los juzgamientos llevados a cabo por los juzgados colegiados, encontramos que en 50% particip el defensor privado; y en el otro 50%, particip el defensor pblico.Ver Grfico 54

    Grfico N 54Nivel de participacin de la defensaJuzgamiento colegiado

    Defensa Pblica Defensa Privada

    Elaboracin: ST-CEI-CPPFuente: Mdulo Penal Corte Superior de Justicia de Moquegua

    80%

    20%

    34%

    8% 8%

    50%

    4

    50%50%

  • 41

    Los delitos que son tramitados por los jueces de los juzgados colegiados, son delitos graves, de gran impacto social. En el grfico siguiente tenemos que el delito de mayor incidencia llevados en los juzgados colegiados es el de robo agravado con 33%; seguido del delito de extorsin, trata de personas, lavado de activos y violacin sexual de menor de edad con 16,75%.Ver Grfico 55

    Grfico N 55Incidencia de delitosJuzgamiento colegiado

    Elaboracin: ST-CEI-CPPFuente: Mdulo Penal Corte Superior de Justicia de Moquegua

    Violacin sexual de menor de edad

    Lavado de activos

    Trata de personas

    Extorsin

    Robo agravado

    16,75%

    16,75%

    16,75%

    16,75%

    33%

    El presente grfico corrobora y complementa el cuadro antes expuesto, en el sentido que los delitos contra el patrimonio, en la etapa de juicio oral, son los de mayor incidencia con un 50% del total de casos que ingresan a dicha etapa, seguido de los delitos contra la libertad sexual, contra la libertad perso-nal y el delito de lavado de activos, con un 16.6%, cada uno.Ver Grfico 56

    Grfico N 56Familia de delitosJuzgamiento colegiado

    Elaboracin: ST-CEI-CPPFuente: Mdulo Penal Corte Superior de Justicia de Moquegua

    Una audiencia de juicio oral ante los juzgados uni-personales, en el distrito judicial de Moquegua, tiene una duracin aproximada de 75 minutos y en los juz-gados colegiados de 90 minutos.

    16,6%

    16,6%

    16,6%

    50%

  • 42

  • 43

    Captulo 5EJECUCIN DE SENTENCIA

  • 44

  • 45

    1. Introduccin

    Adems de las etapas de investigacin preparatoria, intermedia y juzgamiento, el proceso penal tiene otras dos fases o etapas adicionales, las mismas que se producen una vez que el rgano jurisdiccional ha dictado sentencia. Se trata de las fases im-pugnativa y ejecutiva. La primera est dedicada a controlar el resultado del juicio (la sentencia) a travs de distintos medios de impugnacin o recursos. La segunda, una vez que la sentencia ha quedado firme, consentida o ejecutoriada, est dedicada a su ejecucin14.

    La ejecucin de las sentencias condenatorias firmes ser de competencia del juez de la investigacin preparatoria, quien est facultado para resolver los incidentes que se susciten durante dicha fase. El artculo 29 del Cdigo Procesal Penal encomienda al juez de la investigacin preparatoria conducir la etapa intermedia y la ejecucin de la sentencia.

    Corresponde al representante del Ministerio Pblico el control de la ejecucin de las sanciones penales en general, instando las medidas de supervisin y control que correspondan y formulando al juez de la investigacin preparatoria los requerimientos que fueren necesarios para la correcta aplicacin de la Ley. El condenado y las dems partes legitimadas estn facultados a plantear ante el juez de la investigacin preparatoria los requerimientos y observaciones que legalmente correspondan respecto de la ejecucin de la sancin penal, reparacin civil y dems consecuencias accesorias impuestas en la sentencia.

    2. Resultados

    A nivel de la fase de ejecucin, encontramos que se progra-maron en total 18 audiencias a los juzgados de investigacin preparatoria de Ilo y Moquegua. En ese sentido, y conforme al grfico que se muestra, del 100% de audiencias programa-das, el 6% fueron ante el primer juzgado de investigacin pre-paratoria de Mariscal Nieto; 83% ante el primer juzgado de investigacin preparatoria de Ilo y el 11% estuvo a cargo del segundo juzgado de investigacin preparatoria de Ilo.Ver Grfico 57

    Grfico N 57Nivel de audiencias programadas por juzgado

    1 JIP-MN 1 JIP-ILO 2 JIP-ILOAudiencias programadas

    Elaboracin: ST-CEI-CPPFuente: Mdulo Penal Corte Superior de Justicia de Moquegua

    Del siguiente grfico se observa que de las 18 audiencias pro-gramadas a los jueces de investigacin preparatoria para ver los casos de ejecucin; el 72% de las mismas se realiz con xito; y el 26% restante se frustr. Las causales de frustracin fueron en un 100% por la inasistencia del defensor privado.Ver Grfico 58

    Grfico N 58Nivel de eficacia en la programacin de audiencias

    Realizadas Frustradas

    Elaboracin: ST-CEI-CPPFuente: Mdulo Penal Corte Superior de Justicia de Moquegua

    14 Binder, Alberto: Introduccin al Derecho Procesal Penal, Ad Hoc, Buenos Aires, 1993, p.208.

    11%

    83%

    6%

    28%

    72%

  • 46

    Del conjunto de sentenciados en esta fase de ejecucin, el 95% de los mismos son del gnero masculino; y el restante 5% del gnero femenino. Este resultado tendr, como se ver ms adelante, relacin con el ndice delictivo sometido a ejecucin.Ver Grfico 59

    Grfico N 59Incidencia de procesados por gnero

    Masculino Femenino

    Elaboracin: ST-CEI-CPPFuente: Mdulo Penal Corte Superior de Justicia de Moquegua

    Del siguiente grfico se observa que el mayor ndice de agra-viados durante la etapa de ejecucin son las personas natu-rales con un 76% en total, de los mismos 46% corresponden a personas de gnero femenino y 30% a personas de gnero masculino; un 8%, cada uno, al Estado, sociedad y Personas jurdicas.Ver Grfico 60

    Grfico N 61Modalidad de audiencia e incidencia

    Elaboracin: ST-CEI-CPPFuente: Mdulo Penal Corte Superior de Justicia de Moquegua

    Grfico N 60Incidencia de agraviados

    Femenino Masculino Estado sociedad Personas jurdicas

    AgraviadosElaboracin: ST-CEI-CPPFuente: Mdulo Penal Corte Superior de Justicia de Moquegua

    Ahora bien, el siguiente grfico nos presenta la incidencia de tipos de audiencia desarrolladas en ejecucin; siendo los dos reque-rimientos de mayor incidencia el de amonestacin con 61% y el de revocatoria de la suspensin de la pena con un 17%; en una proporcin de 5.5% aparecen las audiencias de prrroga de la suspensin de pena, levantamiento de caucin, conversin de la pena y la interrupcin del proceso.

    Es necesario aclarar que los requerimientos de revocatoria, prrroga o amonestacin, establecidos en el artculo 59 del Cdigo Penal15, no exigen al juez de investigacin preparatoria, aplicarlas en forma sucesiva, pues ante el incumplimiento de reglas de conducta impuestas, la suspensin de la ejecucin de la pena puede ser revocada de manera directa sin necesidad de que pre-viamente sean aplicadas las dos primeras alternativas16.Ver Grfico 61

    15 Artculo 59 del Cdigo Penal: Si durante el periodo de suspensin el condenado no cumpliera con las reglas de conducta impuestas o fuera condenado por otro delito, el juez podr, segn los casos: 1) amonestar al infractor; 2) prorrogar el periodo de suspensin hasta la mitad del plazo inicialmente fijado; o 3) revocar la suspensin de la pena.

    16 Expedientes Ns 2517-2005-PHC; 3165-2006-PHC; 3883-2007-PHC.

    95%

    5%

    46%

    30%

    8% 8% 8%

    5,5%

    5,5%

    5,5%

    5,5%

    17%

    61%

  • 47

    Tomando como referencia el grfico anterior, donde se detalla el porcentaje de requerimientos o solicitudes presentadas tanto por el fiscal como por el abogado del sentenciado, a continuacin mostraremos cual fue el resultado de la decisin judicial. As, tenemos que del 100% de audiencias de amonestacin que fueron resueltas, el 83% fueron declaradas fundadas y el 17% inadmisibles por el juez; del las revocatorias de suspensin de la pena, 50% fueron declaradas fundadas y 50% infundadas. Respecto a los requerimientos de prrroga, el juez de la investigacin preparatoria declaro fundada en un 100%.Ver Grfico 62

    Grfico N 62Decisin judicial por requerimiento o solicitud

    Infundada Fundada Inadmisible

    Elaboracin: ST-CEI-CPPFuente: Mdulo Penal Corte Superior de Justicia de Moquegua

    En cuanto a la forma de las decisiones realizadas por el juez penal, en el 100% de las mismas lo hizo en forma oral, es decir sus decisiones fueron emitidas y, por ende, motivadas oral-mente.Ver Grfico 63

    Grfico N 63Modalidad de la decisin judicial

    Oral Escrita

    Elaboracin: ST-CEI-CPPFuente: Mdulo Penal Corte Superior de Justicia de Moquegua

    En lo referente al nivel de incidencia de delitos visto en la fase de ejecucin; observamos que en el distrito judicial de Moque-gua, en el periodo tomado como muestra, la mayor inciden-cia de delitos fue el de omisin a la asistencia familiar con un 78%; seguido, en forma proporcional por los delitos de te-nencia ilegal de armas, defraudacin tributaria, apropiacin ilcita y lesiones leves. Dicho resultado corrobora la relacin que existe entre este tipo de delitos y las personas naturales como agraviados como las de mayor incidencia.Ver Grfico 64

    Grfico N 64Incidencia de delitos

    Elaboracin: ST-CEI-CPPFuente: Mdulo Penal Corte Superior de Justicia de Moquegua

    100%

    5,5%

    5,5%

    5,5%

    5,5%

    78%

    Por ltimo, el siguiente grfico agrupa a los delitos especficos en sus respectivas familias. As tenemos que los delitos contra la familia tuvieron una proporcin de 78%; seguidos de los delitos contra la seguridad pblica, delito tributario, contra el patrimonio y contra la vida, el cuerpo y la salud con un 5.5%, cada uno.Ver Grfico 65

    100%

    100%

    100%

    100%

    50% 50%

    83% 17%

    Grfico N 65Familia de delitos

    Elaboracin: ST-CEI-CPPFuente: Mdulo Penal Corte Superior de Justicia de Moquegua

    5,5%

    5,5%

    5,5%

    5,5%

    78%

    Una audiencia de ejecucin ante los juzgados de investigacin preparatoria, en el distrito judicial de Moquegua, tiene una duracin promedio de 18 minutos.

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    Captulo 6SEGUNDA INSTANCIA

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    1. IntroduccinLas resoluciones judiciales emitidas son impugnables slo por los medios y en los casos expresamente establecidos por la Ley y se interponen ante el juez que emiti la resolucin recurrida. Este es un derecho constitucional que le corresponde a cualquier su-jeto procesal que no se encuentre de acuerdo con la decisin emitida. Los recursos interpuestos sern admitidos siempre y cuan-do sean presentados por la parte que resulte agraviado por la resolucin, tenga inters directo y se halle facultado legalmente para ello. Si el recurso es interpuesto por escrito, deber presentarse dentro del plazo legal; si por el contrario, la resolucin se ha expedido en el curso de una audiencia, el recurso se interpondr en el mismo acto de lectura de la resolucin que lo motiva y el juez otorgar el plazo legal para que fundamente su recurso por escrito. En este ltimo caso, el recurrente puede fundamentar su recurso en el mismo acto de la interposicin y as evitar su fundamentacin por escrito.

    2. Resultados

    Para la presente parte del reporte se analizaron 13 actas de audiencias de apelacin en el distrito judicial de Moquegua, en el periodo de junio de 2010.

    El siguiente grfico, detalla la efectividad de las audiencias programadas, as tenemos que se realizaron con xito 69% de audiencias, habindose frustrado el 31%. Al respecto, cabe se-alar que generalmente ante la inasistencia de la parte recu-rrente, los recursos son declarados inadmisibles, pero en mu-chos casos quienes acudan nicamente eran los recurrentes ms no sus abogados, por lo que las audiencias se frustraban y tenan que reprogramarse para fecha prxima.Ver Grfico 66

    Grfico N 66Nivel de eficacia en la programacin de audiencias

    Realizadas FrustradasElaboracin: ST-CEI-CPPFuente: Mdulo Penal Corte Superior de Justicia de Moquegua

    A continuacin especificamos las causales de frustracin de audiencia encontradas a nivel de segunda instancia. Se evi-dencia que la mayor incidencia de motivos para la frustra-cin de las audiencias se debe a la inasistencia del procurador pblico apelante con un 75%; y el restante 25% tiene como causal la inasistencia del defensor privado.Ver Grfico 67

    El ndice de los recursos de apelacin planteados ante la sala penal de apelaciones del distrito judicial de Moquegua, es de 69% contra resoluciones que ponen fin al proceso o autos; y el restante 31% sobre sentencias de juzgamiento unipersonal o colegiado.Ver Grfico 68

    Grfico N 67Causales de frustracin

    Elaboracin: ST-CEI-CPPFuente: Mdulo Penal Corte Superior de Justicia de Moquegua

    Grfico N 68Incidencia de la impugnacin

    Autos Sentencias

    Elaboracin: ST-CEI-CPPFuente: Mdulo Penal Corte Superior de Justicia de Moquegua

    69%

    31%

    25%

    75%

    69%

    31%

    Causal

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    Analizando el tipo de sentencia apelada, el grfico siguiente da cuenta que el 25% de apelaciones equivalen a sentencias condenatorias, mientras que el 75% a sentencias absolutorias.Ver Grfico 69

    Grfico N 69Incidencia de tipo de sentencias

    Sentencias condenatorias Sentencias absolutas

    Elaboracin: ST-CEI-CPPFuente: Mdulo Penal Corte Superior de Justicia de Moquegua

    Por otro lado, en cuanto a los tipos de resoluciones o autos impugnados, se observa que la mayor incidencia se dio para la prisin preventiva con 60% del total de autos apelados; los autos de cuestin previa e improcedencia de accin, represen-tan el 20%, cada una. Al respecto, cabe sealar que existen cuatro actas en las cuales no se estableci el motivo de la apelacin, por lo que no se toma en cuenta para el cmpu-to del porcentaje. Del total de apelaciones de autos, 5 fueron realizadas por el procurador pblico; y 4 por el representante del Ministerio Pblico.Ver Grfico 70

    Grfico N 70Incidencia de tipo de autos

    Elaboracin: ST-CEI-CPPFuente: Mdulo Penal Corte Superior de Justicia de Moquegua

    Grfico N 71Modalidad de la decisin judicial en sentencias

    NuloConfirma Revoca

    Elaboracin: ST-CEI-CPPFuente: Mdulo Penal Corte Superior de Justicia de Moquegua

    Tenemos, que del 100% de audiencias donde se emiti reso-lucin de fondo sobre las sentencias apeladas, el 50% fueron decisiones confirmando la sentencia de primera instancia; en 25% la sala revoc la sentencia de primera instancia, y en el restante 25% se declar la nulidad de la sentencia disponien-do que otro tribunal realice un nuevo juzgamiento. Cabe sea-lar que una audiencia fue suspendida a fin de ser continuada posteriormente, por lo que no fue tomada para el presente anlisis.Ver Grfico 71

    En cuanto a la modalidad