preparandonos para exportar

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PREPARÁNDONOS PARA EXPORTAR Santa Rosa, La Pampa, 23 de octubre 2012

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  • 1. Santa Rosa, La Pampa, 23 de octubre 2012

2. Es importante poder realizar un correcto diagnstico denuestra empresa para saber si estamos preparadospara exportar. La exportacin es una actividad que plantea desafos demediano y largo plazo, obligando a la empresa aestablecer planes de accin sustentables en el tiempo ycon los recursos econmicos y humanos adecuadospara su realizacin. 3. Incrementar el volumen de produccin, Alcanzar de esta forma un nivel mseficiente de la utilizacin de la capacidadproductiva de la empresa (economas deescala, distribuyendo los costos fijosgenerales entre ms unidades de productos).Esto a su vez permite la mejora de lacompetitividad en costos, tanto en elmercado interno como en el exterior. Generar una fuente de ingreso de divisasfuertes evitando la excesiva dependencia delmercado interno. 4. Poder crecer y reducir las eventualesfluctuaciones producto de un mercado internolimitado e incierto. Incrementar la calidad y competitividad de losproductos a travs de la experiencia que seobtiene cuando la empresa y sus productos seexponen a la competencia internacional, lo que asu vez repercute en una mejora en las aptitudesgerenciales y el desempeo de la empresa en elmercado sede de sus negocios. 5. Diversificar el riesgo de tener operaciones enun solo mercado. Aumentar el poder de negociacin para lacomprade insumos,materiasprimas, servicios, al aumentar el volumen deproduccin Acceso a mejores insumos, bienes de capitaly alternativas de financiamiento para el pagode los mismos. 6. Descubrimiento de nuevos productosynuevas oportunidades de negocios. Mejora de la imagen corporativa de laempresa en el mercado interno. Aumentar la cartera de clientes del exterior. 7. deben ser realistas y factibles, para no provocarfrustracin y falta de motivacin; deben ser consistentes con la misin y con losdems objetivos de la empresa; deben ser lo ms especficos y cuantificablesposible; deben contemplar una fecha lmite para sucumplimiento; mejor si establecen un nico resultado a lograr. 8. No alcanza con haber conseguido imaginarnos elfuturo; debemos ser capaces de disear el caminopara alcanzarlo. Esto es estrategia: aquellas acciones que debernllevarse a cabo para que los objetivos puedantransformarse en una realidad de la compaa. Planificar es til para cualquier organizacin quequiera acercarse al futuro con un plan de accin: elfuturo llega de toda formas... No vamos a quedarnosquietos mirando 9. Ser vital que al iniciarse en el proyecto de exportacin, sesepa con exactitud, cuales son las carencias o necesidadesque tiene en este momento la empresa o el profesional, demanera de identificar claramente con que herramientas secuenta y de cuales se carece. El anlisis FODA es una herramienta muy til para ver lospasos y acciones futuras de una empresa. La mismalogra, mediante el estudio del desempeo presente, del interiorde la empresa y del entorno en que de desarrolla lamisma, marcar posibles evoluciones exitosas de la empresa. En efecto, FODA significaFortalezas, Oportunidades, Debilidades y Amenazas. Esto sirvepara definir la estrategia de la empresa en cuestin, es decirque implica definir el rumbo que deben tomar las actividadesde la misma. Se aprecia la existencia de dos factores interiores a laempresa; ellos son las Fortalezas y las Debilidades. 10. Lo que la empresa hace bien, es decir las cualidades que hacen que laempresa y sus productos sean elegidos en el mercado y por lo tantopuede utilizar con xito. Ejemplo de esto puede ser: Calidad de producto. Calidad de las materias primas con las que se elaboran losproductos. Precios competitivos en el segmento de precios de mercado interno. Marca posicionada en el mercado interno. Certificacin de buenas practicas de manufactura. Certificacin de normas ISO. Certificacin de producto orgnico. Recursos humanos preparados para la competir Internacionalmente. Solidez financiera (sobre todo para periodos de acopio de materiasprimas e insumos, entre otras). 11. Lo opuesto a las fortalezas, son aspectos en los que laempresa debe mejorar. Por ejemplo: calidad delproducto, etiqueta y packagingpocoelaborado, carencia de una marca fuerte, escasovolumen de produccin, desconocimiento de laoperativa de exportacin de estos productos, etc. Las fortalezas detectadas, debern ser cuidadosamenteapartadas para utilizarlas en el momento de construir laestrategia de promocin y comunicacin en el mercadoplanteado para la exportacin (aparecern pues enfolletos, catlogos, paginas web, relatos durante lasdegustaciones, etc.). 12. Las debilidades debern constituir el llamado listado decarencias. Algunos de los cuales podremos neutralizary hasta convertir en fortalezas antes de comenzar aexportar (conocimientos de exportacin, creacin de unamarca para exportacin, etc.) y otros, seguramente alrequerir inversiones ms elevadas, podremos abordarlasuna vez que comencemos la actividad exportadora ypodamos trazar una poltica de REINVERSION con lasdivisas generadasporexportacin (buenaspracticas, mejora del packaging, creacin de display oexhibidores pensados para exportacin, etc.). Loimportante aqu, al menos, es RECONOCER nuestrascarencias. 13. Los otros dos factores son externos a la empresa ypertenecen al entorno, es decir, son exgenas a laempresa productora, poco o nada puede hacer la mismapara revertirlas. All estn las oportunidades y lasamenazas. 14. Acontecimientos o realidades del ambiente que sonpropicios para que el productor aumente suparticipacin y sus ventas. Aqu podemos citar:acuerdos comerciales que favorecen la exportacin a unpas o grupo de pases, tendencias crecientes deconsumo del producto (por caso los orgnicos o los quese detectan como funcionales), tipo de cambiofavorable para exportar, etc. 15. Lo contrario a las oportunidades, vale decir elementos delambiente que pueden entorpecer el crecimiento de la empresa, pornombrar algunos: crecimiento de productos sustitutos, endebleposicionamiento internacional del pas como productor yexportador de esa gama de productos, barreras para-arancelariasque imponen pases desarrollados (USA, Europa), informalperformance que estn teniendo otras empresas o intermediariosen el mismo rubro en sus relaciones y negocios con el exterior, etc. Del anlisis de estos factores y de su cruzamiento,saldr la o las estrategias posibles, la conclusinclaramente puede estar integrada por ms de unaopcin. 16. Aspectos a considerar - Tipo de competencia: es totalmente local o hayparticipacin extranjera?. Si hay participacinextranjera, por qu creemos que existe? - Cules son los rangos de precios en los que secomercializan los productos que la empresa pretendeexportar?. Pueden distinguirse segmentos de preciosbajos, medios y altos? Cules son las razones queexplican la existencia de esos rangos de preciosdiferentes?, es decir por qu pensamos que elconsumidor compra a precios bajos y a precios altos elmismo producto? 17. - Qu canales de comercializacin utiliza la empresa paravendersusproductos?(supermercados, distribuidores, directamente a minoristascon local de venta al pblico, restaurantes, venta directa porInternet, etc.). Si se utilizan ms de uno, en qu porcentajescada canal explica las ventas totales? - Hay productos sustitutos?, puede listar cuales?, lastendencias indican que se consolidaran los productossustitutos o los que la empresa produce? - Cules son las formas por las cuales los clientes tomanconocimiento de sus productos? (medios masivos, revistasespecializadas, boca enboca, Internet, revistasespecializadas, etc.). Y su competencia, cuales mediosutiliza? 18. a. Mtodo Directob. Mtodo Indirectoc. Mtodo Cooperativo o Asociativo 19. Contacto directo con contraparte en el exteriorMayor compromiso, control,EXPORTACIN responsabilidadDIRECTA y recursos.Mayor conocimientoy capacitacin 20. MTODO DIRECTO El fabricante o productor, realiza la faseproductiva, de comercializacin internacional y delogstica de las exportaciones. Es el exportador final a los fineslegales, contables y de registros estadsticos. El posicionamiento del producto y la marca en elmercado forneo quedan bajo control yresponsabilidad de la empresa. 21. Menor:compromiso, control, Contacto directo con responsabilidad contraparte en el exteriory recursos.Exportacin Indirecta BrokersMenor: ConocimientoAgentesy capacitacin Traders 22. MTODO INDIRECTO Participa un intermediario o prestador deservicios, ej. trading company. Desarrolla funciones de comercializacininternacional y logstica de exportaciones (lafase productiva en manos del fabricante oproductor). 23. Asociacin con otras empresas (Consorcios de Exportacin) Joint Ventures oEXPORTACIONESAlianzas EstratgicasASOCIATIVASAcuerdos de Licencia o Franquicias 24. MTODO COOPERATIVO O ASOCIATIVO La fase productiva queda en manos delfabricante o productor La comercializacin y logstica esresponsabilidad de un consorcio o cooperativade exportacin. La produccin est controlada y coordinada porel consorcio o cooperativa. 25. Se denomina exportacin a la extraccin de cualquiermercadera de un territorio aduanero. El Cdigo Aduanero define este trmino como la partedel mbito terrestre, acutico y areo sometido a lasoberana de la Nacin Argentina, en la que se aplicaun mismo sistema arancelario y de prohibiciones decarcter econmico a las importaciones y a lasexportaciones. A su vez, este territorio se divide en: 26. Territorio aduanero general Es aquel en el cual se aplica el sistema general arancelario yde prohibiciones de carcter econmico a la importacin y a laexportacin. Este se divide en: Zona primaria: Es aquella habilitada para la ejecucin de operaciones aduaneras o afectada al control de las mismas en la que rigen normas especiales para la circulacin de personas y el movimiento y disposicin de la mercadera. Por ejemplo: locales, Instalaciones, depsitos donde se realizan operaciones Aduaneras, puertos, muelles aeropuertos y pasos fronterizos. Ver art. 5 , 121 y 122 del C. A. Zona secundaria: Constituye zona secundaria todo lo que no es zona primaria. Ver art. 6, 123 a 125 del C.A. 27. Zona de vigilancia especial: Es la franja de la zona secundaria aduanera sometida adisposiciones especiales de control, que se extiende en lasfronteras terrestres, acuticas, espacios areos, entre lasriberas de los ros internacionales, en todo el curso de los rosnacionales de navegacin internacional. Ver art. 7, 125 del C.A. y Art. 1 del Decreto Reglamentario 1001/82.Territorio aduanero especial o rea aduanera especial: En este caso es aplicable un sistema especial arancelario yde prohibiciones de carcter econmico a la importaciny a la exportacin. Por ejemplo en la Isla Grande de la Tierra del Fuego se aplicaun rgimen arancelario que contempla aranceles inferiores alos que se aplican en el territorio aduanero general. 28. DOCUMENTACIN NECESARIA: 29. A partir del 1 de abril de 2009, mediante Resolucin Generalde AFIP N 2570/09, rige el Sistema Registral como medidapara registrarse como IMPORTADOR/EXPORTADOR y demsauxiliares del comercio exterior. Este sistema est integrado porel Registro Tributario y los Registros Especiales. Para inscribirse en Aduana, usted deber acreditar solvenciaeconmica (Res. Gral. AFIP N 2144/2006), demostrando queen el ltimo ao tuvo ventas superiores a los $ 300.000,00, obien que su patrimonio es superior a dicha suma. En caso de no cumplir con este requisito, podr acreditar ante laAFIP su solvencia econmica mediante PLIZA DECAUCIN solicitada ante su compaa de seguros (ejemplo:INSTITUTO ASEGURADOR MERCANTIL), CAUCIN ENEFECTIVO otorgada ante la DGA o AVAL BANCARIO. 30. La solicitud de inscripcin, reinscripcin, modificacinde datos o cese de la inscripcin en el registro seefectuar presentando el formulario 420/R mediantela pgina Web de AFIP (www.afip.gob.ar), ingresandocon la clave fiscal al servicio Sistema Registral. Segn el tipo de trmite que realice, podr consultarlos requisitos y la documentacin complementariamediante la opcin Trmites, Requisitos yDocumentacin del servicio Sistema Registral. 31. Ingresar al Servicio Sistema Registral y dentro del MenRegistros Especiales seleccionar la Opcin F 420/D Declaracinde Domicilios. Seleccionar el vnculo Crear Nuevo Domicilio ycompletar los datos del domicilio a declarar requeridos. De nodetectarse inconvenientes, el sistema emitir como constancia de laRegistracin del Domicilio, el Formulario F 420/D, registrando eldomicilio con el estado Declarado por Internet. Caso contrario elsistema arrojar el mensaje de error correspondiente. Debe asociar el Domicilio Especial Aduanero a la Aduana o lasAduanas a travs de las cuales va a operar, ingresando al SistemaRegistral y dentro del Men Registros Especiales seleccionar laOpcin F 420/R Declaracin de Aduanas. 32. Deber seleccionar el tipo de Operador, la Aduana en la cualva a operar (de no encontrar la Aduana dentro del recuadroAduanas en la que opera deber previamente presionar elBotn Asociar para incluirla en el recuadro), cliquear en elbotn Asociar del Recuadro Domicilios relacionados con laaduana seleccionada en donde aparecer el domiciliodeclarado anteriormente. Deber tildar el domicilio ypresionar el botn Aceptar que se encuentra en el margeninferior de la pantalla.se deber cumplir con los RequisitosParticulares (ver punto 10 del Manual - Anexo I de la RG2570 ) y dentro de los 30 das, de presentado el formulario420/R, aportar la documentacin complementaria (verRequisitos Particulares en el Anexo I de la RG 2570 ,requisitos identificados como D Documentacin apresentar), ante cualquier dependencia de la Aduana. 33. Deber seleccionar el tipo de Operador, la Aduanaen la cual va a operar (de no encontrar la Aduanadentro del recuadro Aduanas en la que operadeber previamente presionar el Botn Asociarpara incluirla en el recuadro), cliquear en el botnAsociar del Recuadro Domicilios relacionadoscon la aduana seleccionada en donde aparecerel domicilio declarado anteriormente. Deber tildarel domicilio y presionar el botn Aceptar que seencuentra en el margen inferior de la pantalla. 34. Se deber cumplir con los Requisitos Particulares (ver punto 10del Manual - Anexo I de la RG 2570 ) y dentro de los 30 das, depresentado el formulario 420/R, aportar la documentacincomplementaria (ver Requisitos Particulares en el Anexo I de laRG 2570 , requisitos identificados como D Documentacin apresentar), ante cualquier dependencia de la Aduana. Finalizacin del trmite: seleccionar Registros Especiales,opcin F.420/R Registro Operadores Comercio Exterior y enTrmite a realizar optar por alta (dentro de los 30 das deiniciado el trmite) Para una visualizacin en formato de demo interactivo visitar:demo interactivo 35. El sistema emitir el resultado correspondiente: La constancia de aceptacin, registrando el alta del solicitante en el Registro Especial. Un aviso con los motivos/requisitos faltantes por los que el trmite no ha sido aceptado.Los estados del resultado del trmite son los siguientes: La constancia de aceptacin, registrando el alta del solicitante en elRegistro Especial. Trmite incompleto: se incumpli con la presentacin de los requisitos. Trmite archivado: el solicitante no confirm el alta dentro del plazoestablecido. Trmite denegado: el interesado cumpli con todos los requisitos quedependen de l pero se encuentra comprendido en una o ms causalesde inhabilidad. Trmite en perodo de apelacin: indica que se interpuso recurso contrala resolucin denegatoria. Alta efectuada. 36. La inscripcin como importador/exportador no habitualtendr una validez, improrrogable, de sesenta (60) dascorridos, al cabo de los cuales quedar sin efecto. Ladestinacin aduanera autorizada de importacin o deexportacin, en los trminos del artculo 92, apartado 2 delCdigo Aduanero, ser una (1) por ao calendario, noacumulable, en uno u otro carcter. 37. Declaracin jurada manifestando no estar comprendido en lossupuestos del artculo 94, apartado 1, inciso d) del CdigoAduanero. Haber sido condenado por algn delito aduanero, impositivo oprevisional, siempre que no haya transcurrido el doble delmximo de la pena prevista en la ley para dicho delito desde elmomento de cumplida la condena. Haber sido socio ilimitadamente responsable, director oadministrador de cualquier sociedad o asociacin cuando lasociedad o la asociacin de que se tratare hubiera sidocondenada por cualquiera de los ilcitos mencionados en elpunto 1). Se excepta de esta inhabilitacin a quienes probarenhaber sido ajenos al acto o haberse opuesto a su realizacin. 38. Estar procesado judicialmente o sumariado en jurisdiccin de laADMINISTRACIN FEDERAL DE INGRESOS PBLICOS, entidadautrquica en el mbito del MINISTERIO DE ECONOMA, porcualquiera de los ilcitos indicados en el punto 1) mientras no fueresobresedo o absuelto por sentencia o resolucin firme. No obstantelo dispuesto precedentemente, podrn inscribirse en el Registro deImportadores y Exportadores en la medida que otorguen garantassuficientes en resguardo del inters fiscal. 39. Haber sido sancionado con la eliminacin de cualquiera de los dems registros previstos en el artculo 9, apartado 2, inciso I) del Dec. 618/97, hasta que se hallare en condiciones de reinscribirse. Ser fallido. Estar inhibido judicialmente para administrar o disponer de sus bienes mientras esta situacin subsistiere. Estar inhabilitado para importar o exportar. Para las personas jurdicas, el requisito seextiende a sus directores, administradores osocios ilimitadamente responsables. 40. Mediante la gestin de autorizaciones electrnicasdesignarn: I) A las personas autorizadas a suscribirdocumentacin aduanera, quienes debern tenerregistrada su firma, foto y huella dactilar. II) A los despachantes de Aduana, asignndolesautorizacionesgeneralesoautorizacionesespeciales. Se aplicar lo establecido en la Nota Externa DGA65/06 a efectos de la determinacin de su nivel deriesgo. 41. Las personas jurdicas podrn oficializardestinaciones de importacin y exportacin, deacuerdo con lo establecido en la ResolucinGeneral N 333, relativa a la oficializacin de lasdestinaciones por el importador/exportador: Artculo 1: Aprobar el ANEXO I de esta Resolucin que contiene lasnormas relativas a la oficializacin de las destinaciones deimportacin y de exportacin y al despacho de mercaderas porpersonas de existencia ideal inscriptas en el Registro deImportadores y Exportadores de la DIRECCION GENERAL DEADUANAS. Artculo 2: La oficializacin de destinaciones en el marco de estaResolucin, ser autorizada nicamente para idntica CUIT comoDespachante de Aduana e Importador / Exportador. 42. Estar inscripto en la Inspeccin General de Justicia o, en su caso, en elorganismo correspondiente. Obligatorio para las personas jurdicas. Certificados de antecedentes expedidos por autoridad policial. Para laspersonasjurdicas: elrequisitoseextiendeasusdirectores, administradores o socios ilimitadamente responsables. Las fotocopias de la documentacin respaldatoria que correspondaadjuntar a las presentaciones debern encontrarse certificadas porescribano pblico y colegio respectivo. La remisin se podr realizar mediante la utilizacin de la firmadigital, cuando el procedimiento sea implementado y reglamentadopara los casos que as se disponga. Lapresentacinpodr ser realizadaporterceraspersonas, debidamente autorizadas a travs del formulario 3283/A o el3283. De tratarse de documentos de identidad, los mismos sernescaneados y no se requerir fotocopias certificadas de ellos. MANUAL DEL USUARIO DEL SISTEMA REGISTRAL 43. Clasificacin de mercaderas 44. Es preciso que desde el inicio del proceso la empresa conozcacmo se hace aduaneramente la exportacin de su mercadera. En este punto es preciso apoyarse en los servicios de undespachante o agente de aduana o bien de una empresaespecializada en comercio exterior La accin ms importante es clasificar la mercadera dentro de lanomenclatura aduanera, a los efectos de conocer en detalles querequisitosformales normativos, tcnicos,impositivos ydocumentales recaen sobre la exportacin. 45. Se considera Mercadera a todo objetosusceptible de ser importado o exportado. Esta definicin alcanza a los objetosintangibles, como por ejemplo electricidad,gas, etc.; a los tangibles como los bienes muebles(aquellos que pueden ser transportados de unlado a otro) o semovientes (aquellos que setrasladan por sus propios medios, por ejemplo:animales vivos, aviones, barcos, etc.). 46. El Cdigo Aduanero en su art. 11 dispone que lamercadera se individualizar y clasificar de acuerdo alSistema Armonizado de designacin y Codificacin deMercaderas, susnotas explicativas ynotascomplementarias. El Sistema Armonizado es de uso universal y obligatoriopara todos los pases adheridos al mismo. 47. Este sistema se aplica para fines estadsticos,arancelarios, de transporte, impositivos, etc. y tienecomo objetivo principal la interpretacin y clasificacinuniforme de las mercaderas. Las mercaderas estn ordenadas sobre la base desectores productivos y dentro de estos, cada sector, enorden a su grado de manufactura: materias primas (animal, vegetal y mineral), productos en bruto, productos semielaborados y productos terminados. 48. El Sistema Armonizado se encuentra organizado en 21 Seccionesque se identifican con nmeros romanos y refieren a grandesgrupos de mercaderas. Las secciones estn divididas en Captulosms especficos y stos, estn Integrados por Partidas. Las Partidas a su vez se pueden dividir en subpartidasdenominadas subpartidas a un guin, y estas a su vezsubdivididas en subpartidas a dos guiones, componiendo elSistema un cdigo de seis (6) dgitos. Los dos primeros corresponden al nmero del captulo. Los dos siguientes corresponden a la ubicacin de la mercaderadentro del captulo, y juntos con los dos primeros forman la Partida. 49. El quinto y sexto dgito identifican a la Subpartida que puedeestar abierta a 1 guin o a dos guiones. En el caso de los pases integrantes del MERCOSUR, seagregan dos dgitos ms correspondientes a la NomenclaturaComn del MERCOSUR adoptada por Argentina a partir de 1/1/95 (Dto. 2.275/94). En estos casos, cadaposicin arancelaria NCM est conformada por 8 dgitos ms 3dgitos que conforman las Posiciones del SistemaInformtico Mara (SIM), a los que se ha incorporado el DgitoControl (DC). 50. Clasificacin de mercaderas Al Cdigo numrico (posicin), le corresponde el texto con ladenominacin de la mercadera. Todas las disposiciones vinculadas a las exportaciones(reintegros, derechos, intervenciones, etc.), se presentan deacuerdo con el siguiente orden: Derechos: Incluye el porcentaje de Derecho de Exportacin a ser aplicado a las mercaderas exportadas a consumo. Ley 21.453. 22.415, art. 735 y siguientes. Reintegros: Informa los porcentajes de los Reintegros a las exportaciones 51. Sugerencia: debido a que en elnomenclador muchas palabras sonexpresadas en plural, esrecomendable indicarlas as en labsqueda. Por ejemplo, "tornillos"en vez de "tornillo", "celulares" envez de "celular", etc. 52. Lo que genricamente se conoce como la"Nomenclatura", es un sistema deordenamiento, clasificacin de mercaderas. Asigna a cada uno de ellos, una nica posicinarancelaria. Al pensar en una apertura a los mercados externos es lacodificacin del producto, lo que permite el acceso auna vasta informacin relevante para su negocio. 53. Clasificacin de la mercaderaQu tratamiento recibe mi producto para elcomercio internacional?Conociendo la NCM de su producto, es de mayor facilidadel acceso y lectura de ciertos datos estadsticosproporcionados por distintos organismos pblicos yprivados, como ser: Precios y volmenes de exportaciones Perfiles de mercado Oportunidades comerciales 54. Posicin Arancelaria: NCM Ejemplo de clasificacin: Aceite de Oliva NCM DESCRIPCIN 15 Grasas y aceites animales o vegetales 1509 Aceite de oliva y sus fracciones, incluso refinado 1509.10.00 Virgen 1509.90.00 Los dems 55. Cdigo Aduanero prev distintos regmenes paraestimular las exportaciones. Estos son: Rgimen de Reintegros, Draw-Back Reembolsos. Es importante destacar que el Rgimen de Reembolsos no puede acumularse con el de Reintegros ni con el de Draw-Back. 56. Desde 1962 existen estmulos fiscales a lasexportaciones. Uno de ellos es el reintegro quecomenz a otorgarse en 1965 aunque el rgimen ahoravigente data del ao 1991, y el CdigoAduanero (de 1981) tambin habla de ellos.Estos estmulos corresponden al reintegro que elEstado hace a los exportadores de los tributosinteriores que se pagaron en las distintas etapas deproduccin y comercializacin debienesnuevos, argentinos. 57. Es decir, que el derecho a percibirlos nace con la salidaefectiva de la mercadera del pas y nada tienen que ver conlos recuperos de IVA de exportacin, los que usualmente sonconfundidos por el pblico en general. Existe una metodologa de clculo de la base sobre la cualestos reintegros son liquidados (en principio sobre el valor FOB)as como los ajustes que deben realizarse a dicha base (porejemplo, descontar las comisiones al exterior) y las alcuotasque corresponden a cada mercadera. En teora, a mayor valoragregado nacional, mayor alcuota. 58. Estos no son pocos ni estticos sino que estn en permanente cambio y actualizacin por parte de la normativa y de la misma AFIP.Trmites que involucra La solicitud se presenta ante la Direccin General deAduanas(DGA) en el rea de Reintegros. El pago de reintegros se efectiviza una vez presentada ladocumentacin que acredita el embarque de la mercadera. Eltramite suele demorar entre 30 y 60 das. 59. Esta modalidad permite restituir total o parcialmentelos importes que se hubieran pagado en concepto detributos interiores por la mercadera que se exporta aconsumo a ttulo oneroso (es decir que se excluyen lasdonaciones) o bien por los servicios que se hubieranprestado con relacin a la mencionada mercadera. Elexportador percibe el reintegro en efectivo. 60. Los tributos interiores a que se refiere el prrafoanterior, no incluyen aqullos que hubieren gravado laimportacin para consumo en caso que se hubieraimportado insumos para producir la mercadera que seest exportando.La aprobacin para las liquidaciones de los reintegrosestar a cargo de la Aduana de registro de ladeclaracin. 61. ReintegrosLa legislacin admite esta devolucin por entender que no se efectiviz el consumo interno del bien que dio origen al hecho imponible.Si la mercadera se elabor sobre la base de insumos importados directamente por el exportador, el reintegro se otorgar sobre el Valor Agregado Nacional, es decir que la alcuota ser aplicada sobre el valor FOB, una vez deducido el valor CIF de los insumos importados.Cuando los insumos son importados pero comprados en plaza a un tercero, no se deducen para obtener la base del reintegro.Alcuotas: varan entre el 0% y el 6%. 62. El exportador debe haber pagadolos derechosdeexportacin, debe haber ingresado las divisas correspondientes (esdecir,haberlas negociado por pesos en un banco) y debe encontrarse en estricto cumplimiento de susobligaciones fiscales (tributarias y previsionales). A estas exigencias se agregan otras ms recientes comohaber cerrado la factura electrnica y el permiso deembarque, tambin controlar que exista absoluta relacinentre lo declarado por el despachante en la destinacinaduanera y lo manifestado por el transportista. 63. Permite a los exportadores inscriptos obtener la restitucin total oparcial de los derechos de importacin, tasa de estadstica y elimpuesto al valor agregado que han oblado por los insumosimportados, luego utilizados en la elaboracin del productoexportable y de sus envases y/o acondicionamientos de otramercadera que se exportare. 64. Normativa Decreto 1012/91 Res. 288/95 Res. 177/91 Res. MEyOSP 1041/99 Decreto 2182/91 Decreto 313/2000Trmites que involucra Las liquidaciones por parte de la DireccinGeneral de Aduanas en concepto de draw-backse efectuarn de acuerdo a la solicitud detipificacin presentada por el exportador. 65. En los casos en que la Resolucin de tipificacin reconocieseun monto inferior al cobrado, las diferencias quedarn sujetasal Rgimen general dispuesto para la devolucin deestmulos a la exportacin percibidos indebidamente. Documentacin a presentar: Solicitud de Tipificacin (Original y 3 Copias). Planilla resumen. Despachos de Importacin. Detalle del proceso de fabricacin y mermas. 66. Por Compensacin: dbitos propios originados por operaciones en elmercado interno.Por Acreditacin: contra las obligaciones impositivas originadas poroperaciones y adeudadas por el exportador por impuestos a cargo dela DGI, excepto el mismo IVA.Por Transferencia: la transferencia del crdito del IVA a otrocontribuyente.Devolucin: al titular del crdito en efectivo o en ttulos valores. 67. Normativa Ley 23.101 Ley 23.349 De acuerdo con estas leyes, se establece la exencintributaria del IVA a las exportaciones. Los exportadores podrn computar contra el impuesto queadeudaren por sus operaciones gravadas, el impuesto quepor los bienes, servicios y locaciones que se destinen a laexportacin o a cualquier etapa de la misma les hubieranfacturado, siempre y cuando el mismo est vinculado con laexportacin y no hubiera sido utilizado. Si esta compensacin no pudiera realizarse o se realizara enforma parcial, el saldo les ser acreditado contra otrosimpuestos o ser reintegrado a los exportadores. 68. Trmites que involucra Para tener derecho a la acreditacin, devolucin o transferencia, losexportadores debern inscribirse en el Registro de Exportadores eImportadores de la Repblica Argentina (Direccin General deAduanas). La devolucin de los importes pagados en concepto de IVA debernser devueltos dentro de los 60 das de presentada la solicitud. 69. La aplicacin de retenciones-Art. 742 CA. encuentrasu fundamento en las condiciones vigentes impuestaspor el actual contexto econmico. 70. Normativa Legal Res. Gral. AFIP Nro. 161703 Disposicin referente a la percepcin Dx 1-Pago Previo 2-Plazo de Espera1-a)Se afectar al momento de la oficializacinb) a los 20 das a partir del libramiento de la mercadera2-Exportadores que en el ltimo ao calendario superen los U$S20M, a los 15 das a partir del libramiento de la mercadera 71. El derecho de exportacin es un impuesto a lasexportaciones definitivas De acuerdo a la mercadera de exportacin de que setrate, los aranceles aplicables son de 5%, 10% y20%, sobre el valor FOB de la mercadera a exportar Puede ser especfico o ad valorem. 72. La aplicacin de retenciones volvi a regir a partir dela Ley de Emergencia Pblica y Reforma del RgimenCambiario (Ley N 25.561 del 7/1/2002).Se encuentran en relacin inversa al grado de desarrollodel producto a exportar. Cuanto mayor sea el grado deelaboracin, menores son los derechos. La alcuotaaumenta en la medida en que el producto a exportartenga poco valor agregado. 73. En qu consiste este rgimen? El presente Rgimen ha sido formulado a los efectos depromover las exportaciones, eliminando aranceles parala importacin de los insumos que utilicen losproductores de bienes. Comprende la importacin temporaria de mercaderas, yacta como promocin de las exportaciones, dado quela eliminacin de aranceles y dems tributos que gravana la importacin para consumo, de los insumos omateriales que estn contenidos en un producto aexportar, reduce los costos del producto final. 74. Las mercaderas que se importen al amparodel presente rgimen no deben abonar lostributos que gravan la importacin paraconsumo. De todos modos siguen siendoexigibles las tasas retributivas de servicioscon excepcin de las de estadstica y decomprobacin de destino. 75. Todas aquellas destinadas a recibir unperfeccionamiento industrial, as como los elementosauxiliares de la prctica comercial habitual (envases yembalajes). El producto final deber ser exportado, conjuntamentecon los elementos auxiliares (a efectos de que para aellos tambin corresponda el beneficio). 76. Se considera perfeccionamiento industrial a todoproceso de manufactura que implique entre otroslatransformacin, elaboracin, combinacin, mezcla, rehabilitacin, reparacin, montaje.Quienes pueden utilizar este rgimen? Los contribuyentes inscriptos en el Registro deImportadores y Exportadores de la DireccinGeneral de Aduanas. 77. a) Para mercadera comn: 360 das desde la fecha de libramiento a plaza de lasmercaderas. b) Para bienes de produccin no seriada segn Anexodel Decreto 1330/04. Plazo inicial: 720 das desde la fecha de libramiento aplaza de las mercaderas 78. Ante situaciones excepcionales podr solicitarse unaprrrogaantelaSECRETARIA DEINDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEA Y MEDIANAEMPRESA, quien evaluar la procedencia de la misma ycomunicar su decisin a la AFIP-DGA. 79. A partir del 11 de febrero de 2002, los cobros deexportaciones de bienes y servicios, netos de laaplicacin de anticipos y prstamos deprefinanciacin de exportaciones de bienes, debenser liquidados en el Mercado nico y Libre deCambios en los plazos establecidos segn el tipode producto. Decreto 690/2002. Dichos cobros son acreditadosen una cuenta corriente o en caja de ahorro enpesos en una entidad financiera. 80. EXPORTADOR ELIGE UN BANCO PARA QUE REALICEEL SEGUIMIENTO DEL PERMISO DE EMBARQUE (oDESTINACIN DE EXPORTACIN). Toda vez que se oficializa el embarque ante Aduana, sedeber indicar qu banco se designa para el seguimientodel ingreso de divisas de esa exportacin. 81. EL BANCO DESIGNADO RECIBE DE LA AFIP UNARCHIVO (SECOEXPO) con los P.E. que le fuerondesignados. Para que un P.E. est en la base de SECOEXPO, deberestar con embarque "Cumplido" en el sistema Mara, ycon su "Post-Embarque Presentado ante la Aduana". El PE Ingresa a la Base SECOEXPO por su Valor FOB. Como la obligacin de Ingresar las Divisas es por eltotal del valor de factura, cuando el PE tiene otracondicindeventadistintadeFOB(Ej.Cyf, DDP, EXW, FAS o FCA), la diferencia se demuestracon la presentacin al Banco Designado con la copiade la factura correspondiente. 82. El "Banco Designado" al detectar un ingreso de divisas ouna aplicacin, lo registra hasta completar el montoexigido (100 % del monto del PE cuando es FOB, o elmonto de la factura cuando distinto de FOB). Por ejemplo cuando la condicin de venta es CyF, para que el Banco Designado certifique el ingreso de las divisas, el exportador debe ingresar el valor de factura, que incluye el valor FOB de la mercadera y el Flete. Cuando la condicin de venta es EXW, el exportador debe ingresar el valor de factura (que es menor al valor FOB que consta en el PE) y el Banco Designado certificar el ingreso de divisas por el monto que represente el 100% del valor de factura. 83. CONSULTAS SOBRE P.E: http://www.bcra.gov.ar/ (EnOtros temas / Importacin y exportacin - Com. A-3493) . La consulta es sencilla y tan solo se necesita el Nro. deCUIT de la empresa consultada. Tambin puedeconsultarenla pgina de laAfip:http://www.afip.gov.ar/ (En Usuarios aduaneros /Trmites en lnea), la situacin del P.E. y de susreintegros. 84. Si al vencimiento del plazo para el ingreso de lasdivisas, el "Banco Designado" no detect el ingreso oaplicacin del monto total de un P.E., debe reportar elINCUMPLIMIENTO al BCRA. El status de un PE. VENCIDO es el mismo para elBCRA, haya sido o no reportado como Incumplido por unbanco. El "Banco Designado" informar al exportador va emailcon 15 das de anticipacin, los P.E., cuya fecha mximapara el ingreso de divisas est por vencer. Si el "Banco Designado" detecta un ingreso o unaaplicacin a posteriori de haberse informado elincumplimiento, le modificar su status marcndolocomo "Incumplido Cumplido". 85. Formulario nico compra de cambio Factura de exportacin Permiso de embarque Conocimiento de embarque Contrato/ orden de Compra/ Factura Proforma 86. EXPORTACIONES: CONTROLES SECOEXPO EXPORTACIONES: DOCUMENTACINExportacin de bienes:REQUERIDA los bancos comerciales tienen a su cargo el seguimiento del ingreso o no de divisas.Facturacomercial de El exportador designa en cada Permiso de exportacin. Embarque qu banco realizar el seguimiento.Permiso de embarque El "Cumplido de Embarque" slo puede otorgarloCarta con instrucciones de el banco designado por el Exportador.cierre de cambio y crdito encuenta.Exportacin de servicios: Los bancos comerciales noBoleto de compra de divisas.realizan el seguimiento. Declaracin de afectaciones. Declaracin Comunicacin A4237 y Comunicacin A 4305.EXPORTACIONES: INCUMPLIMIENTO EXPORTACIONES: CUMPLIDO FUERADE TRMINO.1. El banco comercial informa al BCRA2. El BCRA informa a la Aduana, AFIP e Inspectores.1. El banco comercial informa al3. Aduana/AFIP traba el pago del REINTEGROBCRA.Instancia de INCUMPLIMIENTO: Com A5019 se podr2. El BCRA informa a la Aduana,informar que se encuentra en gestin de Cobro c/laAFIP.documentacin q lo acredite, excepto que:3. Aduana/AFIP levanta traba para No pertenezcan la mismo grupo econmicopago de REINTEGROS. por control de cambios del pas Importador por insolvencia del importador (posterior al embarque) por deudor moroso. 87. Las ventajas aduaneras son regmenes que, por lo general, estn exentosdel ingreso y liquidacin de las divisas. Entre los que estn exentos seencuentran:1. MUESTRAEXPO: Rgimen por el cual se enva mercadera en concepto de muestra sin valor comercial.2. PROMOEXPO: Se trata de Mercadera enviada con fines publicitarios o de promocin de un producto para futuras exportaciones.3. SUTITUEXPO: Se trata de Mercadera que se enva en reemplazo de otra exportada y mercadera inutilizable que arrib a su lugar de destino en esas condiciones. 88. Las ventajas se estipulan en los PE a nivel Item, por lo que losbancos otorgarn el Certificado de cumplido por el valor de lasmismas. Si un PE contienen tems que no contienen ventajasaduaneras, el banco de seguimiento slo otorgar el Certificadode Cumplimiento cuando hayan ingresado o aplicado el total delas divisas de dichos tems no exentos. No se deben confundir lasventajas aduaneras con la condicin de venta SVC (Sin valorcomercial). Los PE con dicha condicin conservan la obligacin deIngresar y Liquidar divisas. 89. Hay algunos mercados que ofrecen ventajas aproductos si los mismos cuentan con algn tipode certificaciones. stas pueden ser en funcinde su procedencia o del cumplimiento de ciertasnormas tcnicas o de calidad.Las certificaciones son expedidas pororganismos gubernamentales 90. Certificado de Origen SGP (Sistema generalizado de preferencias) Certificado de Normas de calidad 91. Lo emite nicamente la Secretara de Industria, Comercio y Minera en forma gratuita.Este Sistema consiste en el otorgamiento por parte de 29 pases desarrollados de una reduccin o eliminacin total de derechos de importacin, de determinados productos exportados desde pases en vas de desarrollo.Los pases otorgantes de este beneficio son: UninEuropea, EE.UU., Suiza, Noruega, Canad, Japn, NuevaZelanda, Australia, Bulgaria, Hungra, Polonia, Bielorrusia, Federacin Rusa, Eslovaquia y Repblica Checa. 92. Es un documento que verifica las condiciones defabricacin, embalaje, calidad y embarque. A travsde las Normas de Calidad se certifica el procesoproductivo de la empresa. Algunos productos requieren la intervencin deorganismos oficiales para acreditar su calidad, yautorizar su comercializacin desde el pas alexterior: 93. Alimentos para consumo humano: INAL (Instituto Nacional deAlimentos). ANMAT (Adm. Nac. Medicamentos , alimentos y tecnologamdica). Productos, subproductos y derivados de origen animal noalimentarios: SENASA (Servicio Nacional de Sanidad Animal). Elementos y materiales nucleares: CNEA (Comisin Nacionalde la Energa atmica). Maquinarias, equipos, repuestos: Seguridad elctrica y NormaIRAM 3574, (INTI). 94. Pueden agruparse en arancelarias o no arancelarias. Entre las barreras arancelarias se encuentran: Derecho Ad Valorem: porcentual del valor enaduana de la mercadera, se calcula con base al valorde la factura. Derecho Especfico: se expresa en trminosmonetarios por unidad de medida. Derecho Mixto: es una combinacin de losanteriores. 95. Las barreras no arancelarias pueden tener distintas formas: prohibiciones cupos cuotas licencias medidas anti-dumping clusulas de salvaguarda restricciones cambiarias, entre otras. 96. Conoce los Documentos necesarios paraExportar-Importar? 97. Registro como Exportadores e Importadores Permiso de Embarque Factura Comercial E Certificado de Origen Conocimiento de embarque Carta de Porte Hoja de ruta MIC-DTA Gua Area Multinota Lista de empaque 98. Factura comercialEs emitida por el exportador, y contiene los nombresdel Exportador e Importador, con sus respectivasdirecciones y datos.En la Factura Comercial figuran los detalles tcnicosde la mercadera, fecha y lugar de emisin, la unidadde medida, cantidad de unidades que se estnfacturando, los precios unitarios y totales deventa, moneda de venta, condicin de venta, forma yplazos depagos, pesosbrutos ynetos, marcas, nmero de bultos que contiene lamercadera y medio de transporte y se encuentrafirmada al pie por alguna persona responsable de laempresa o del sector de Comercio Exterior.Para el tipo de Factura de exportacin, la AFIP exigeque la letra de identificacin en las Facturas sea laletra "E", para poder acceder al cobro de losreintegros 99. Certificado de origenEste documento certifica el origen de lasmercaderas del pas de exportacin, para serpresentado por el importador, ya que existenacuerdos de preferencia arancelaria entre lospases.Cada pas beneficiario determina el organismoautorizado para emitirlo, por ejemplo en nuestropas lo emite la Cmara Argentina de Comercio(C.A.C.) y la Cmara de Exportadores de laRepublica Argentina (C.E.R.A.).Se emite en Original y 2 copias y no puede tenerenmiendas ni raspaduras. Su plazo de validez es de180 das desde que es emitido y no puede tenerfecha anterior a la de la emisin de la facturacomercial que ampara el embarque. 100. Conocimiento deembarqueSe utiliza para el transporte martimo y es el tituloquerepresenta lapropiedaddelamercadera, adems de ser la prueba del contratode transporte y prueba de recibo de la mercadera abordo.Los datos que contiene son:Datos del cargador.Datos del exportador.Datos del consignatario.Datos del importador.Nombre del buque.Puerto de carga y de descarga.Indica si el flete es pagadero en destino o en origen.Importe del flete.Marcas y nmeros del contenedor o de los bultos.Nmero del precinto.Descripcin de mercaderas, pesos bruto yneto, volumen y medidas.Fecha de embarque. 101. Carta de porteEs el documento ms importante en las cargasterrestres dado que cumple las mismas funciones queel conocimiento de embarque martimo, es decir queconcede la titularidad de la mercadera al poseedordel mismo. Por lo general, este es emitido por lacompaa de transporte terrestre, y en l figuran lossiguientes datos: Exportador. Consignatario. Importador. Lugar y fecha de emisin. Detalle de la carga:peso, cantidad, volumen, bultos, descripcin. Flete, si es pagado o pagadero en destino y monto. Ruta y plazo del transporte. Marcas y nmeros. Aduana de salida del pas exportador y aduana deentrada del pas importador. Formalidades para el despacho de la mercanca. Declaracin del valor de la mercadera. Doc. anexos (copias de factura, certificados, etc.) 102. Hoja de rutaHOJA DE RUTABUENOS-AIRES correspondiente a destinacin NZARATEEs el documento que se utiliza en las cargasGUALEGUAYterrestres y que acompaa al permiso deembarque de exportacin.CHUCEIBAS S. TOMEEn este documento se detallan las principalesPOSADASciudades y rutas por las cuales transita el medio POR RUTA NACIONAL 14de transporte con destino a la Aduana deSalida. Aduana de salida: Posadas Medio de Transporte: CaminTambin se detalla el nmero de la destinacinPlazo de transporte: 04 (cuatro) dasaduanera correspondiente, como as tambin elplazo para efectuar el recorrido previsto.Importante: Cuando algn hecho impidiere la persecucin deltransporte de la mercadera sometida al rgimen de transito dePor lo general, esta documentacin la efecta laexportacin, la persona a cuyo cargo se encontrare en eseempresa de transporte y debe estar firmada pormomento el medio de transporte debe dar aviso de inmediato alservicio aduanero o, en caso de mediar distancias que impidanun Agente de Transporte Aduanero. la rpida concurrencia del mismo, a la autoridad policial mascercana, bajo vigilancia de la cual quedaran el medio detransporte y la mercadera que trajere a bordo, hasta que tomareintervencin el servicio aduanero. (Articulo 378 del CdigoAduanero). 103. MIC / DTAManifiesto Internacional de Carga / Declaracin deTrnsito AduaneroEste documento es utilizado solamente en lamodalidad de transporte terrestre de cargas porcarretera, y especialmente con los pases que sonlimtrofes a la Argentina, en cargas de exportacin ytrnsito.Su funcin esencial es contener los datos del mediode transporte que lleva la mercadera, dado que esun documento que es aceptado en ambos lados delas fronteras.Adems, contiene los datos referidos a la descripcinde la mercadera, aduanas de salida y destino, lugarde cruce, duracin del viaje, nmero deprecinto, embarcador, destinatario, transportista, N.C.M. y fecha de emisin y carga efectiva.Todos los campos de este formulario estndescriptos en el idioma castellano y portugus. 104. Gua areaEste documento es esencial para los envos areos,dado que es el que da la titularidad de la mercadera. Esemitido por la compaa area, o en su defecto por surepresentante o freight forwarder (agente de cargas). Esel equivalente del conocimiento de embarque paracargas martimas.Los datos que contiene este documento son: Expedidor o exportador. Nombre del destinatario Nmero de vuelo y destino Aeropuerto de salida y de llegada. Detalles de la carga: peso, volumen, cantidad, tarifa ydescripcin. Indicacin de que si el flete es pagadero en origen oen destino. Importe del flete. Nmero de gua area. Fecha de emisin.Al enviar la carga va area y al emitirse la gua area,junto con ella viajan los documentos de embarque que seoriginan con motivo de la misma. 105. MultinotaEsta planilla es utilizada por los importadores-exportadores, despachantes de aduana y operadoresdel comercio exterior para realizar trmites ante laDireccin General de Aduanas.Este formulario fue ideado con el concepto deunificar el modelo de presentacin, consulta yrectificacin de cualquier ndole que tenga que vercon el quehacer aduanero, como ser rectificacionesde datos en manifiestos de cargas, documentacioneso destinaciones aduaneras, para efectuar solicitudesde excepciones al pago de tributos o tratamientosarancelarios preferenciales.Se completa de acuerdo al tipo de trmite arealizar, y por lo general las realiza por eldespachante de aduana o bajo su asesoramiento. 106. Lista de empaqueSu finalidad es informar el contenido, peso bruto yneto de la mercadera a ser exportada, de acuerdo acomo se encuentra embalada. La emite el exportadoren hoja membrete de la empresa, y los principalesdatos que figuran en ella son:Datos del exportador.Datos del importador.Marcas y nmeros de los bultos.Lugar y fecha de emisin.Modo de embarqueCantidad de bultos y descripcin de la mercadera.Total de los pesos brutos y netos.Tipo de embalaje.Firma y sello del exportador.Habitualmente, este documento no es muy exigido enlasoperaciones decomercio internacional,dependiendo este factor de la naturaleza de lasmercaderas. Por lo general, se lo solicita en grandesembarques, o en aquellos donde existen variedad detipos de mercadera. 107. El Permiso de Embarque 108. Con la destinacin oficializada el declarante se presenta ante elServicio Aduanero quien realiza un examen preliminar de ladocumentacin a fin comprobar que contiene todos los datosexigidos y que se adjunta la documentacin complementariacorrespondiente, verificando: La presencia real de la documentacin comprometida. La coincidencia entre los datos consignados en la Declaracin Detalladay los declarados en el sistema. La firma del documentante tanto en el permiso de embarque como en elsobre contenedor (OM-1993 SIM y OM-2133 SIM). Si los controles efectuados resultan conformes, el ServicioAduanero efectuar la presentacin de la Destinacin deExportacin y el sistema automticamente le signar canal deselectividad. 109. Para el despacho de la mercadera se debe presentarel Documento nico (Permiso de Embarque) ante laDireccin General de Aduanas (DGA). La confeccin eingreso de este documento se realiza a travs de unsistema informtico montado sobre una red, a la cualestn conectadas todas las dependencias de Aduanay los despachantes, existiendo tambin cabinaspblicas. Tal sistema es conocido como SistemaInformtico Mara (SIM). 110. Aduana-Ezeiza Destinacin N (que es el nmero del permiso de embarque): 07073 EC01 000001 X 07: ao de oficializacin 073: cdigo de aduana (Ezeiza 073) EC01: tipo de exportacin (el EC01 es un ejemplo: EXPORTACIONA CONSUMO. 000001: nro. de registro (que tiene como mximo 6 dgitos que soncorrelativos entre todas oficializaciones del pas para esa mismaaduana, comienza la numeracin el primer da del ao y termina elltimo, cada destinacin es nica, lo cual implica que no puedehaber un Nro. igual a otro, en caso de repetirse (Nro. y letra) laidentificacin y diferencia entre ellos es el ao. X: el ltimo dgito es una letra (llamada dgito control). 111. Esta carpeta debe contener:- Permiso de embarque (mnimo parciales del 1 al 6)-firmadapor el despachante.- Fotocopia de factura confirmada o pro forma-firmada porel exportador y despachante.- Fotocopia de packing-list - lista de empaque-firmada porel exportador y despachante.- Hoja de valor (en duplicado) firmada por el exportador ydespachante.- De acuerdo a la mercadera (intervencin obligatoria para lamisma)Esta es la documentacin mnima requerida para lapresentacin en aduana, despus cada caso en particular llevaadicionalmente otro tipo de documentacin, segn sea elcaso. 112. CANALES DE SELECTIVIDAD 113. Este es el canal en donde slo interviene el guarda deaduana, que al dorso del permiso de embarque firma ysella con fecha de intervencin, rebaja del sistema lamercadera y la deja liberada para la exportacin. En el caso de ser una Muestra sin valor comercial elmismo guarda en este caso s debe verificar fsicamentela mercadera, luego rebaja del sistema la mercadera yla deja liberada para la exportacin. 114. En este caso interviene un verificador, que slo inspecciona yverifica que la documentacin comercial que acompaa el permisode embarque corresponda con el mismo. Esta declaracin, a su vez, debe contener no slo la informacin deque tipo de destinacin es, sino tambin debe mencionar laposicin de la mercadera en la nomenclatura arancelaria aplicableas como su naturaleza, especie, calidad, estado, peso, cantidad,precio, lugar de destino y toda otra circunstancia o elementonecesario para permitir la correcta clasificacin arancelaria yvaloracin de la mercadera de que se tratare por parte del servicioaduanero.- Segn art. 332 del C.A. 115. Este es el canal de mayor verificacin, ya que laconstatacin no slo es entre la documentacincomercial y el permiso de embarque, sino que en estecaso el verificador confronta lo declarado en estosdocumentos con la mercadera propiamente dicha. 116. Para completar el circuito de una destinacin, la misma pasa por lossiguientes estados: OFICIALIZADA Se encuentra en el presente estado cuando el despachante ingresay valida la destinacin aduanera. PRESENTADA Se encuentra en este estado cuando el despachante realiza lapresentacin ante la aduana, asignndole el sistema canal a ladestinacin. Si el canal es rojo o naranja queda en el presenteestado hasta que se efecte la verificacin y se ingrese al S.I.M. elresultado de la misma. En ese momento pasa al estadoAutorizacin de Retiro. Si el canal es verde pasa automticamentea Autorizacin de Retiro. 117. AUTORIZACIN DE RETIRO Se encuentra en el presente estado luego de que se autorice lacarga. Efectuada la misma se deber ingresar al S.I.M. el Pre-cumplido, de corresponder, y cumplido de la misma por parte delServicio Aduanero. Si se embarca con diferencia, dentro de las 48horas de finalizada la carga del cumplido se deber registrar laDeclaracin Post-embarque. Pre-cumplido: Es la accin de consignar en lasDESTINACIONES DE EXPORTACIN, las constancias de lascantidades de mercadera, de consolidacin y/o precintado, que serealiza en forma previa al embarque o iniciacin del TRNSITO DEEXPORTACIN. 118. Cumplido: Es la accin de consignar en las DESTINACIONESDE EXPORTACIN, las constancias de las cantidadesEFECTIVAMENTE puestas a bordo o del egreso de las mismas porla ADUANA DE SALIDA con destino el exterior. Declaracin post-embarque: es la declaracin que realiza elexportador de las cantidades de unidades de venta y/o bultos queefectivamente fueron embarcados respecto de los declarados en lasolicitud de DESTINACIN DE EXPORTACIN comprometida. 119. CANCELADA Se encuentra en este estado luego de efectuado el cruce con elmanifiesto de exportacin para las vas acutica y area y la cargadel cumplido correspondiente en la va terrestre. ANULADA Se encuentra en el presente estado cuando la aduana efectu laanulacin de la destinacin de oficio o a pedido del usuario. (Deacuerdo a los artculos 335 y 336 de la Ley 22.415, se podrdesistir de la solicitud de destinacin de exportacin en las vasacutica y area siempre que el medio transportador no hubierepartido con destino inmediato al exterior; en la va terrestre no sepodr desistir una vez que el ltimo control de la aduana de fronterahubiere autorizado la salida del medio de transporte). 120. Con la presentacin de la solicitud de destinacin y ladocumentacin de la operacin, se cumplen las disposicioneslegales y reglamentarias para autorizar el libramiento de lasmercaderas que se extraen del territorio aduanero nacional porlas vas acuticas, terrestres o areas. El art. 330 define allibramiento, a los efectos de la exportacin, como: El acto por el cual el servicio aduanero autoriza la salida condestino al exterior de la mercadera objeto de despacho. El libramiento se produce en la Aduana de frontera osalida, cuando la oficializacin y carga se ha efectuado en unaAduana interior y la mercadera ha viajado en trnsito deexportacin hasta los lmites del territorio aduanero general. Para que se conceda el libramiento, los tributos deben estarpagados o garantizados. Luego las actuaciones se remitenpara su revisin a la oficina aduanera competente, paracontrol de la liquidacin y pagos. 121. Secuencia de una exportacin 122. Anlisis del mercado de destinoDnde ofrecer y vender miproducto? 123. Mercados enMercados msMercados rpidocercanos.similarescrecimiento. culturalmente. Mercados conmenor competencia. Mercados con Mercados con alto grado depreferencias penetracin. arancelarias. 124. Iniciar en mercados donde se puedaadquirir experiencia con el menor costo 125. El exportador deber realizar un estudio sobre la va msconveniente, teniendo en cuenta, que la exportacin directa es mscompleja, pero se tiene el completo control del proceso. Se puede optar por trabajar con agentes, que son tomadores de lasrdenes de compra y no compradores directos, se los contrata portiempo determinado, cobran una comisin y no asumen comopropietarios losproductoscomercializados ni ningunaresponsabilidad frente al comprador. Por el contrario, los distribuidores compran los productosexportados argentinos y ofrecen una lnea de distribucin yaarmada para los mercados en donde operan. En el caso de los minoristas, el exportador contacta directamente alos responsables de compra de las cadenas de minoristas. 126. La eleccin del mercado potencial es de primordial importancia.Para ello, es necesario realizar una investigacin de mercado paraconocer si el producto es competitivo en el mercadoelegido, conocer los competidores y el comportamiento de lademanda. Deber prestarse especial atencin a las exigencias del compradorcon relacin al envase, embalaje, estndares de calidad ydocumentacin que sern las exigidas por la aduana de destino. Deigual modo, el vendedor deber informarse de las regulacionesaduaneras en materia de importacin que rijan en el pas dedestino. Esto es de suma importancia para no encontrase consorpresas a la hora de nacionalizar la mercadera. 127. Es necesario contar con informacin detallada delmercado de destino para conocer las exigenciasexistentes para el ingreso del producto. Deber tenerse en cuenta los requerimientos delcomprador y la documentacin a presentar en la aduanade destino.De igual modo, deber informarse de las regulacionesaduaneras en materia de importacin que rijan en elpas de destino. 128. Factores a considerar: Volumen de comprasCrecimiento del mercado. Emergente o no, observando las oportunidades de negociosinmediatas con promesa de evolucin contnua en la exportacin. En este punto delanlisis, se debe evaluar la situacin econmica, poltica y cultural, con relacin a lospatrones de consumo y crecimiento del mercado destino. Las restricciones comerciales en el pas destino. Es necesario conocer las barrerasarancelarias y no arancelarias que se imponen en el mercado de destino. Condiciones de acceso a ese mercado. Transporte y comunicaciones con costosrazonables, de calidad y confiabilidad. Incentivos gubernamentales a la exportacin. A ese destino en particular.Nivel de intensidad de la competencia. A travs de la existencia de productosalternativos de produccin local o importados. Es importante focalizar en los requerimientosy necesidades de los clientes, su actitud hacia bienes importados con presentacin, pruebay aceptacin del producto. Tambin, es conveniente analizar los mecanismos de presionescompetitivas que pueden realizar los competidores locales (ofertas, promociones,marketing). 129. PROMOCION COMERCIALFERIAS INTERNACIONALESRONDAS DE NEGOCIOS INTERNACIONALESPROGRAMA DE INSERCION DE PRODUCTOSVIAJES SECTORIALES 130. PROMOCION COMERCIALFERIAS INTERNACIONALES Oferta y demanda, competencia y consumidores, todos en el mismo lugar y con un alto grado de inters en lo exhibido en el predio 131. FERIAS INTERNACIONALES TIPOS: Multisectoriales Sectoriales: GeneralesEspecficas 132. FERIAS INTERNACIONALESOBJETIVOS: Lograr ventas. Generar contactos. Construir, reforzar o ampliar presencia de marca en esemercado. Introducir nuevos productos y/o servicios. Conseguir representantes, socios o canal de distribucin paraingresar a ese mercado. 133. PROMOCION COMERCIALRONDAS DE NEGOCIOS INTERNACIONALES Encuentro de negocios entre reconocidos compradores internacionales y empresarios argentinos 134. RONDAS DE NEGOCIOS INTERNACIONALESInteligencia ComercialQu mercadosQu productosSeleccin del Comprador 135. RONDAS DE NEGOCIOS NTERNACIONALES:ADAPTACION AL NUEVO ESCENARIO MUNDIALHERRAMIENTA POR EXCELENCIA PARAESTE NUEVO CONTEXTO MUNDIAL.DETECCION DE LOS COMPRADORES.ALIANZAS CON OTROS ORGANISMOS Y PCIAS. 136. RONDAS DE NEGOCIOS INTERNACIONALESo Anlisis del sector y su oferta exportable.o Seleccin del lugar y poca adecuada.o Deteccin e invitacin de los compradores internacionales.o Convocatoria a las empresas argentinas.o Conforman las agendas de negocios.o Desarrollo del encuentro.o Visitas a plantas, mercados, etc.o Seguimiento y control de resultados. 137. PROMOCION COMERCIALPROGRAMA DE INSERCION DE PRODUCTOSARGENTINOSObjetivo:Aumento de las exportaciones argentinas mediante la internacionalizacin de proveedoresnacionales. 138. PROGRAMA DE INSERCION DE PRODUCTOS ARGENTINOS:TRABAJO DE INTELIGENCIA COMERCIAL JUNTO ALAS EMBAJADASACTIVIDADES MAS ESPECIFICAS Y DE ALTO IMPACTOPOTENCIAR A LOS DESTINOS REGIONALESALIANZAS CON LOS GOBIERNOS PROVINCIALES YORGANISMOS NACIONALES 139. Cules son los costos y ganancias al enfrentar elmercado externo? Un aspecto a establecer antes de determinar el precio al cualse vender el producto es evaluar si ya est establecido enese mercado un precio de venta de productos similares, o si el producto a exportar est diferenciado de los que secomercializan en ese mercado. Esto otorgar un mayormargen para la determinacin del precio.De esta manera, los factores que inciden en el precio a establecer son los costos, la demanda del mercado, y el nivel de competencia de productos similares y los aranceles en el pas de destino. 140. Para realizar un clculo preliminar del precio final al que sevender dicho producto en el mercado de destino, se debentener en cuenta los siguientes grupos de costos: Costos de produccin y comercializacin (insumos,mano de obra, otros costos variables) Este grupo involucra gastos ya conocidos, los mismos quepara la produccin orientada al mercado domstico,aunque pueden alterarse si se decide realizarmodificaciones a la mercanca a fin de que su venta alexterior se encuadre en los gustos y las necesidades delcliente y se convierta en un producto mucho mscompetitivo. Por lo tanto, la mayora de estos tems debenser reconsiderados para emprender la exportacin. 141. Gastos administrativos Se estiman los costos de comunicaciones internacionales, trmitespara la obtencin de certificados de origen y consulares, etc., enque se pueda incurrir para la mejor organizacin de la operacin. Flete y seguro de mercadera, maniobras deembarque, verificaciones, despachante de aduana Estos son los costos caractersticos de una exportacin. Sonaquellos que estn directamente relacionados a los trminos deventas (Incoterms) al exterior y las condiciones de la misma.Tambin incluye todos los costos referidos a investigacin delmercado. 142. Promocin de exportaciones En el anlisis de los costos de los productos a exportar seincorpora el estudio de los incentivos. Se deben tener encuenta particularmente los reintegros, las exenciones y/odevoluciones de los impuestos internos, ya que los mismosdisminuyen el costo de la exportacin.Derechos a pagar, gravmenes especficos Algunos productos exportados son gravados con derechosde exportacin (Ad- valorem, especficos o mixtos) con elfin de incentivar la incorporacin de valor agregadonacional. Las retenciones por exportaciones tambin se aplican paracontrolar el nivel de los precios internos. 143. Gastos financieros. La mayora de las formas de pago utilizadas parael cobro de las transacciones contemplan laintervencin de bancos comerciales y generangastos de intermediacin. Asimismo, lasentidades financieras, tanto pblicas comoprivadas, ofrecen distintos crditos para elfinanciamiento del comercio exterior. Estoscrditos se orientan a la financiacin de lasexportaciones, a la promocin comercial y a ladifusin de bienes y servicios. 144. Seguro de crdito. Es recomendable estimar el costo de la prima delseguro de crdito a la exportacin cuando lamodalidad de la operacin amerite la utilizacin deeste mecanismo. 145. Margen de ganancia del exportador La utilidad puede ser incorporada como una suma fija por unidadde cotizacin o como un porcentaje del precio FOB4, quegeneralmente se define en base a los rubros antes mencionadossin incluir los costos de transporte y carga internacional y elseguro de exportacin.Margendeintermediarios(mayoristas, minoristas, distribuidores) Luego de analizar los puntos ya mencionados, el exportadortendr una aproximacin del precio de venta al pblico que lepermitir determinar la potencialidad de la venta de su productoen el exterior con respecto a la competencia. A este factor sesuma la consideracin de la demanda que enfrenta elproducto, pudiendo haber un margen mayor de beneficios si elmismo es altamente requerido y no presenta una competenciamuy fuerte. 146. El vendedor toma contacto con el comprador enviandocatlogos, muestras, folletos y la Factura Pro-forma quedetalla todas las condiciones referidas a las caractersticasdel producto, cantidad, precio, medio y forma depago, trminos de entrega, costos de flete y despacho.Recepcin del pedido Si el comprador acepta las condiciones de comercializacindetalladas en la oferta, enva la orden de compra. De no seras, enviar sus pretensiones y el vendedor puede realizaruna contraoferta de tal manera que en algn momento laoperacin de venta se confirme. 147. Negociacin de las condiciones de ventaCules son los aspectos que hay que contemplar en una negociacin internacional? Previamente tenemos que tener claro cmo queremos vender. El diseo de una estrategia de ventas nos ayudar bsicamente para tener en claro las condiciones y hasta donde podemos ser flexibles, si es conveniente vender con flete, cul es nuestra poltica de precios, cundo vamos a entregar la mercadera, con qu envase, con qu marca, cmo vamos a cobrar, en forma anticipada o a la vista, con qu instrumento, etc. Si vamos a trabajar con un intermediario, un distribuidor o un comprador directo. 148. INCOTERMS son las siglas en ingls de InternacionalComercial Terms (Trminos Internacionales deComercio). Fueron elaborados y promovidos por laCmara de Comercio Internacional y regulan cuatroaspectos bsicos del contrato de compraventainternacional: La entrega de mercancas La transmisin de riesgos La distribucin de gastos Los trmites de documentos aduaneros. 149. Cabe destacar que los INCOTERMS no regulan la formade pago por parte del comprador. 150. Dos nuevas reglas: DATy DAP. Cuatro reglas son eliminadas: DAF, DES, DEQ y DDU. Clasificacin de acuerdo al modo de transporte. Reglas para el comercio nacional o internacional. Notas de orientacin. Comunicacin /Documentacin Electrnica. 151. Trmino en E: EXW (Ex Works) El vendedor pone las mercancas a disposicin del comprador en las propias instalaciones del vendedor (fbrica, almacn, etc). Esto es,una entrega directa a la salida. A partir del momento de la entrega en el lugar convenido, los gastos son por cuenta del comprador. En el INCOTERM EXW, el vendedor no despacha la mercadera para la exportacin ni las carga en el medio de transporte. El Incoterm EXW se puede utilizar con cualquier tipo de transporte o con una combinacin de ellos. 152. Al vendedor se le encarga que entregue la mercanca a un medio detransporte elegido por el comprador. Es una entrega indirecta sin pago deltransporte principal.FCA (Free Carrier)El vendedor se compromete a entregar la mercanca en un puntoacordado dentro del pas de origen (local del transporte, una estacinferroviaria, etc.) y se hace cargo de los costes hasta que la mercancaest situada en ese punto convenido.El INCOTERM FCA se puede utilizar con cualquier tipo de transporte: areo, ferroviario, por carretera y en contenedores/transporte multimodal. Sin embargo, es un INCOTERM poco usado. 153. FAS ( free Alongside Ship)El vendedor entrega la mercanca en el muelle pactado del puerto de carga convenido; esto es, al lado del barco. El INCOTEMS FAS es propio de mercancas de carga a granel o de carga voluminosa porque se depositan en terminales del puerto especializadas, que estn situadas en el muelle.El vendedor es responsable de las gestiones y costes de la aduana de exportacin (en las versiones anteriores a INCOTERMS 2000, el comprador organizaba el despacho aduanero de exportacin).El INCOTERM FAS slo se utiliza para transporte en barco, ya sea martimo o fluvial. 154. FOB (Free On Board)El vendedor entrega la mercanca sobre el buque. El vendedor contrata el transporte, pero el coste del mismo lo asume el comprador.El FOB es uno de los INCOTERMS ms usados en el comercio internacional. Se debe utilizar para carga general (bidones, bobinas) cuando no se transporta en contenedores.El INCOTERM FOB se utiliza para transporte en barco, ya sea martimo, fluvial o transporte areo. FOB =CTX1- (GI+U) CTX - (Costo Total de Exportacin) sumatoria de todas las erogacionesque la empresa realiza para la elaboracin del producto a exportar. GI - (Gastos Indirectos) todas las erogaciones que debe realizar laempresa por la prestacin de diversos servicios que implica laexportacin. U - (Utilidad) Ganancia monetaria que queremos obtener de laexportacin. 155. El vendedor contrata el transporte, pero sin asumir el riesgo de prdida o dao de la mercanca o de costes adicionales por los hechos acaecidos despus de la carga y despacho. Esto es, una entrega indirecta con pago del transporte principal. 156. El vendedor se hace cargo de todos los costes, incluido el transporteprincipal, hasta que la mercanca llegue al puerto de destino. Sinembargo, el riesgo se transfiere al comprador en el momento que lamercanca pasa la borda del buque, en el pas de origen.El INCOTERM CFR se debe utilizar para carga general en barco (martimo o fluvial), que no se transporta en contenedores; tampoco es apropiado para carga a granel.Es uno de los ms usados en el comercio internacional porque las condiciones de un precio CIF son las que marcan el valor en aduana de un producto que se importa. No se debe utilizar cuando se transporta en contenedores.El INCOTERM CIF se utiliza para cualquier transporte, pero sobretodo barco, ya sea martimo o fluvial. 157. El vendedor se hace cargo de todos los costes, incluidos el transporte principal y el seguro, hasta que la mercanca llegue al puerto de destino. Aunque el seguro lo ha contratado el vendedor, el beneficiario del seguro es el comprador.El riesgo en el INCOTERM CIF se transfiere al comprador en el momento que la mercanca pasa la borda del buque, en el pas de origen. 158. El vendedor se hace cargo de todos los costes, incluido el transporte principal, hasta que la mercanca llegue al punto convenido en el pas de destino. Sin embargo, el riesgo se transfiere al comprador en el momento de la entrega de la mercanca al transportista dentro del pas de origen.El INCOTERM CPT se puede utilizar con cualquier modo de transporte o con una combinacin de ellos, como el transporte multimodal (carga en contenedor completo o en rgimen de grupaje), aunque una parte del trayecto sea martimo o fluvial. 159. El vendedor se hace cargo de todos los costes, incluidos el transporte principal y el seguro, hasta que la mercanca llegue al punto convenido en el pas de destino. El riesgo se transfiere al comprador en el momento de la entrega de la mercanca al transportista dentro del pas de origen. Aunque el seguro lo ha contratado el vendedor, el beneficiario del seguro es el comprador.El INCOTERM CIP se puede utilizar con cualquier modo de transporte o con una combinacin de ellos, como el transporte multimodal, aunque una parte del trayecto sea martimo o fluvial. 160. El vendedor asume todos los gastos y riesgos necesarios para llevar la mercanca al pas de destino. Esto es, una entrega directa a la llegada. Los costes y los riesgos se transmiten en el mismo punto, como los trminos en E y los trminos en F.Los trminos en D no se proponen cuando el pago de la transaccin se realiza a travs de un crdito documentario, bsicamente porque las entidades financieras no lo aceptan. 161. Reemplaza el INCOTERMS DEQ. Se utiliza para todos los tipos detransporte. Y junto con el DAP, es uno de los dos nuevos INCOTERMS2010.El vendedor se hace cargo de todos los costes, incluidos el transporteprincipal y el seguro (que no es obligatorio), hasta que la mercancase coloca en a la terminal definida. Tambin asume los riesgos hastaese momento.El INCOTERM DEQ se utilizaba en el comercio internacional de graneles porque el punto de entrega coincide con las terminales de graneles de los puertos y el pago de la aduana de importacin era a cargo del vendedor; en la actual versin DAT, en cambio, este es por cuenta del comprador. 162. Se utiliza para todos los tipos de transporte. Es uno de los dos nuevos INCOTERMS 2010 junto con el DAT. Reemplaza los INCOTERMS DAF, DDU y DES.El vendedor se hace cargo de todos los costes, incluidos el transporte principal y el seguro (que no es obligatorio), hasta que la mercanca se ponga a disposicin del comprador en un vehculo listo para ser descargado. Tambin asume los riesgos hasta ese momento. 163. El vendedor paga todos los gastos hasta dejar la mercanca en el punto convenido en el pas de destino. El comprador no realiza ningn tipo de trmite. Los gastos de aduana de importacin son asumidos por el vendedor.El INCOTERM DDP se puede utilizar con cualquier modo detransporte, sobre todo en transporte combinado y multimodal. 164. Es importante que las compras y ventas se realicenconsiderando estas INCOTERMS a los efectos de evitar malasinterpretaciones comerciales y de valoracin aduanera. Las INCOTERMS forman parte de la declaracin de aduana quese realiza para importacin y exportacin y se toman como base devaloracin.Especificar el lugar o puerto tan preciso como sea posible.Recordar que las INCOTERM no son un contrato de compraventa internacional. 165. Mercanca en contenedores slo con Incoterms polivalentes: si lamercanca se transporta en contenedor, las reglas Incoterms2010 establecen claramente que no deben usarse trminosmartimos, aunque la entrega se realice en un puerto. La raznpara no usar los Incoterms martimos con el transporte encontenedor es que, habitualmente, los contenedores se entreganen las terminales de los puertos y no cargados a bordo del buque.En estos casos no debe usarse: FOB FCA CFREQUIVALENTECPTMULTIMODAL CIF CIP 166. Transmisin del riesgo "a bordo del buque" en los IncotermsFOB, CFR y CIF: en los Incoterms 2010 cuando se utilizan lostrminos martimos FOB, CFR y CIF la transmisin del riesgo seproduce cuando la mercanca se "pone a bordo del buque" en elpuerto de embarque, mientras que en los Incoterms 2000 el riesgose transmite cuando la mercanca "sobrepasa la borda del buque". 167. Informacin relacionada con la seguridad: en los Incoterms 2010se establece la obligatoriedad del vendedor de prestar ayuda alcomprador para que obtenga toda la informacin relativa a laseguridad de las mercancas o su transporte hasta el destino final.No obstante, se establece que cualquier coste derivado de laobtencin de dicha informacin ser por cuenta del comprador. 168. mbito internacional y nacional si bien los Incoterms tienen surazn de ser en las particularidades del comercio internacional, enla versin del ao 2010 se hace referencia a su uso tambin para elcomercio nacional. Este nuevo enfoque en cuanto al mbito sejustifica sobre todo porque existen zonas de integracin econmica(como es el caso de la UE) que pueden llegar a tener laconsideracin de mercado "nacional" al haberse suprimido lasaduanas, aunque el uso de los Incoterms sigue estando plenamentejustificado por la diferentes alternativas que hay en cuanto amedios de transporte y lugares de entrega. 169. Qu se entiende por MUESTRA aduaneramente?Segn el Cdigo Aduanero, se definen distintos tipos de muestras:Muestras en general El artculo 560 del Cdigo Aduanero define a las muestras "comoobjeto representativos de una categora determinada demercaderas ya producidas, que estarn destinadasexclusivamente a exhibiciones o demostraciones para concretaroperaciones comerciales en base a dicha mercadera, y losobjetos que fueren modelos de mercaderas cuya produccin seproyectare, siempre que, en ambos supuestos, su cantidad noexcediere de la que fuere usual para esos fines". Tambin desde el punto de vista de la tcnica aduanera, seconcepta muestra a cualquier porcin de mercaderas de la que,comnmente, se importa o exporta en cantidades mayores. 170. Muestras sin valor en Aduana Son las que estn inutilizadas fsicamente y las constituidas porpiezas sueltas que no admitan posibilidad alguna decomercializacin o de recupero.Muestras con valor Las que mantienen intacta su condicin de mercadera, pero noobstante, en razn de la concurrencia de factores extrnsecoscomprobables, se sabe que no sern comercializadas sinoutilizadas para demostracin, modelo o prueba. 171. Estn comprendidas en el presente rgimen lasexportaciones de muestras efectuadas por Empresas PyMESque se encuentren en el padrn administrado por laSecretara de Estado de la Pequea y Mediana Empresas(SEPyME) y cuyo valor total no supere los DOLARESESTADOUNIDENSES QUINIENTOS (U$S 500) FOB poroperacin, con un lmite mensual de DIEZ (10) operacionespor Empresa. Solamente podrn beneficiarse con la aplicacin de estetratamiento aduanero las personas fsicas o jurdicasregistradas como empresa PyMES en el registro SEPyME. 172. El tratamiento aduanero previsto en la presente norma solamentese aplica a mercaderas nuevas, sin uso, producidas en laRepblica Argentina. Las muestras comprendidas en el presente rgimen estn exentasdel pago de derechos de exportacin y los dems tributos, ascomo tambin quedan exceptuadas del seguimiento delcumplimiento de la obligacin de liquidacin de divisas deexportacin por la Comunicacin "A" 3587 del BANCO CENTRALDE LA REPUBLICA ARGENTINA. No gozarn de beneficios aduaneros a la exportacin. No podrn exportarse por este rgimen mercaderas cuyaexportacin est alcanzada por prohibiciones de carcter noeconmico absolutas. 173. Muestras El registro de los envos de muestras previstos en este rgimen seefectuar va INTERNET ingresando a la pgina Web de la AFIPww.afip.gov.ar, en el sector habilitado a tal efecto. El sistema efectuar el registro de la declaracin asignndole unanumeracin segn el siguiente formato: Ao XX Aduana XXX Tipo XXXX Nmero de Registro XXXXX Dgito Control X 174. La declaracin del envo ser efectuada por el Exportador a travsdel formulario OM 2238, que se agrega a continuacin,integrando los datos previstos en el mismo. El registro oficial de la declaracin se producir mediante lavalidacin de los datos ingresados, adquiriendo la declaracin elestado REGISTRADO y el carcter de declaracin jurada delExportador frente al Servicio Aduanero de los datos que en ellaaparecen. 175. Producido el registro se realizar la impresin del formulario porcuadruplicado visualizndose su estado al pie del mismo. El interesado, con la cantidad de impresiones necesarias, una vezfirmadas las mismas y con las intervenciones que sean exigibles, sepresentar ante los resguardos de la aduana respectiva a fin dedarle intervencin de acuerdo a los controles de selectividad quefije la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS. 176. De prestarse conformidad a la operacin, el servicio aduanerorealizar el cumplido de la operacin. Cuando el Agente Aduanero (Guarda o Verificador) objete el envode la muestra deber informar por escrito a su superiorinmediato, la decisin fundada, resolviendo este ltimo laprocedencia del envo. En este rgimen se prev el registro de la anulacin de la operacina simple solicitud del interesado. 177. Cuando la naturaleza de las mercaderas as lo exija, su liberacinestar condicionada a la intervencin previa de los Organismoscompetentes. El formulario habilitado incluir una declaracin jurada delexportador declarando no estar exportando mercaderas sujetas aprohibiciones no econmicas absolutas. Concluido el circuito operativo previsto, se transferir pormecanismos adecuados los registros efectuados al SistemaInformtico MARIA. 178. Compra Venta InternacionalTransporte InternacionalSeguro internacionalMedios de Pago Internacional 179. CONTRATO DE CONTRATO COMPRA VENTATRANSPORTEINTERNACIONALINTERNACIONAL DISTRIBUCION FISICAMERCANCIASINTERNACIONAL CONTRATO MEDIOS PAGO INTERNACIONALES CONTRATO DE SEGURONTERNACIONAL184 180. El Contrato de Compraventa Internacional es un texto impreso conlas condiciones generales de venta y es especialmente til para lasempresas de tamao medio o pequeo que se dediquen a laexportacin. El contrato de compraventa es una de las modalidades ms usadasen la prctica del comercio internacional, regula las obligaciones devendedor y comprador. Es conveniente que el contrato incluya unconjunto especfico de materias. El contrato es firmado por elexportador e importador y evidenciado por el documento decontrato respectivo, el cual contiene las caractersticas yprovisiones de la transaccin comercial externa, e incluye lascondiciones de transporte, seguro y entrega, trminos de pago, ascomo el tipo de cotizacin (INCOTERMS). 181. Contrato de Compra-ventaEs regulado por la legislacin nacional de alguno de los dos pases quecomercian, la de un tercer pas que de comn acuerdo los contratantes hayanestablecido o aquella contenida en el Convenio de las Naciones Unidas sobre loscontratos de compraventa internacionales de mercancas.Es recomendable que toda negociacin comercial internacional se formalicepreferiblemente por escrito (e-mail, fax etc.)La oferta debe ser firme, precisa dirigida a la persona determinada, (de locontrario no es ms que una simple propuesta comercial) debe fijarse un plazo alcomprador para su aceptacin.El contrato entra en vigor una vez firmado, con salvedad de disposicionesgubernamentales, como por ejemplo, la aprobacin de licencias de exportacin yde importacin, o el eventual pago por anticipado.Algunas precauciones deben ser tomadas por el exportador en lo referente adisposiciones vigentes en el pas de destino. Las especificaciones tcnicas debenser muy precisas. 182. El Seguro de Transporte es un contrato por el cual la Ca.Aseguradora se compromete a compensar al asegurado cualquierperjuicio; en las condiciones pactadas entre ambos; que puedansufrir los bienes durante el transcurso del viaje. O sea que cubre los riesgos de travesa. Pero en Comercio Internacional es de prctica habitual contratarseguros que no slo cubran el riesgo indicado, sino tambin losllamados riesgos adicionales; tales como estada de la mercaderaen depsito aduanero en el puerto del pas importador oeventualmente hasta la planta del importador. En este terreno juega tambin la clusula Incoterm que las parteshayan pactado; aunque aclarando que los Incoterms no tienen nadaque ver con el Contrato de Transporte. 183. La Pliza (Insurance Policy) es el instrumento probatorio delcontrato de Seguro y de la misma surgen los derechos yobligaciones de las partes contratantes.Existen dos tipos de plizas: 1) Especfica: que cubre los distintos riesgos que pueda sufrir unamercadera durante un embarque determinado. 2) Flotante: que cubre los riesgos inherentes a una serie deembarques. En este caso las Cas. Aseguradoras emiten losllamados Certificados de Seguros (Insurance Certificate) queno son ms que la constancia que indica que determinadamercadera se encuentra amparada por una pliza flotante. Estas plizas son usadas cuando se opera con habitualidad y porvolmenes significativos. Existen tambin las denominadas Notas de Cobertura (Covernotes) que representan un documento provisorio. 184. Contrato de seguro de crdito a laexportacinA travs del Seguro de Crdito a la Exportacin, todos los exportadores pueden garantizar en susbalances, los crditos a cobrar otorgados a compradores del exterior, mediante las coberturas contralos Riesgos Extraordinarios y Comerciales.La pliza de Seguro de Crdito a la Exportacin se ha convertido, en la mayora de los pasesindustrializados, en un requisito para la obtencin de financiamiento de exportaciones.El seguro de crdito permite al sector exportador: La apertura de nuevos mercados minimizando el riesgo de no pago. Otorgar crdito directo a sus clientes. Ampliar sus exportaciones. Evitar la exigencia de costosas garantas o avales. Facilitar su acceso a lneas de entidades financieras.Este instrumento protege a las empresas exportadoras contra la imposibilidad de cobrar todo o partedel crdito otorgado, como consecuencia directa y exclusiva de la insolvencia o de la moraprolongada en el incumplimiento de las obligaciones del comprador. 185. Los contratos de seguro ms utilizadosSeguro de crdito a la exportacin a corto plazo:Ofrece una cobertura en las etapas previas y posteriores al embarque, para crditos que norebasen los 180 das.Seguro de crdito a la exportacin a mediano y largo plazo:Expedido para cubrir exportaciones de servicios de capital de explotacin, para crditos convencimiento a largo plazo (hasta de 3 aos o ms).Seguro de riesgo de prdida monetaria:Cubre las fluctuaciones de las tasas de cambio que afecten en forma negativa el valor de un crditootorgado en moneda extranjera. Para un exportador, el seguro de crdito a la exportacin es unabuena cobertura contra el riesgo de crdito; tambin se pueden entregar las plizas de segurocolateralmente a los crditos empresariales. Al analizar su solicitud de crdito, el banco le ofrecercondiciones ms favorables, al considerar que los riesgos que conllevan las operaciones deexportacin son menores.Para pases de alto riesgo cambiario o riesgo pas se recomienda negociar el pago por adelantado yutilizar como medio de pago la carta de crdito irrevocable confirmada y pagadera a la vista. Lastransacciones deben ser pactadas en divisas de fcil convertibilidad. 186. El medio de pago est estipulado en la oferta de exportacin. Esrecomendable que el exportador se dirija a instituciones bancariasque puedan asesorarlo en lo relativo a los medios de pago msadecuados. Los mismos estarn estrechamente vinculados a lasopciones de financiamiento que elija para llevar a cabo laexportacin. Los factores que inciden en su eleccin son: laconfianza, el tamao de las partes, el monto de la transaccin y loscostos financieros. La seguridad de un medio de pago est enestrecha relacin con su costo. Basndose en estos factores, se identifican distintos medios depago, donde los ms utilizados son: 187. Es un documento mediante el cual un banco de la plaza delimportador (banco emisor), actuando por cuenta, orden y riesgode un cliente (el ordenante/importador), se compromete a pagar oa hacer pagar el importe del crdito al exportador o beneficiario,siempre y cuando este ltimo cumpla con las exigencias.Constituye un mecanismo ideado para asegurar el pago por elcomprador y para controlar que el vendedor proporcione ladocumentacin prevista relativa a la compraventa internacional. A la obligacin original de pago que tiene el comprador sesuma la del banco emisor de la carta de crdito pudiendo,eventualmente, agregarse la de otro banco que acta comoconfirmador. 188. Cuando un banco abre una carta de crdito (Banco Emisor oAbridor) a solicitud de su cliente (Ordenante), dirige unacomunicacin al vendedor (Beneficiario) hacindole saber que secompromete al pago de determinada suma con ciertasmodalidades (vista, plazo, aceptando letra), siempre y cuando lesea entregada dentro de un plazo determinado la documentacinque se detalla. El vendedor cuenta con dos obligados al pago contra los que puededirigir sus acciones: el comprador y el banco. 189. Pero el Banco emisor, normalmente situado en la plaza del Ordenante, tendr que recurrir a los servicios de un Banco corresponsal con ubicacin en la plaza del Vendedor, quien podr cumplir diversas funciones: notificar al Beneficiario de la apertura del crdito (Banco avisador) o la de recibir en su momento, por cuenta y orden del Banco emisor, la documentacin pertinente para que la revise o para revisarla por su cuenta, considerar que est conforme con los requerimientos y realizar el pago (Banco designado). 190. Si el Banco corresponsal agrega su confirmacin, actuar tambincon la funcin de Banco confirmador, quedando en estecaso, obligado hacia el beneficiario de la misma manera que loest el Banco emisor. El vendedor contar con tres obligados al pago, el Comprador, elBanco emisor y el Banco confirmador. La confirmacin importa una nueva asuncin acumulativa dedeuda, no pudiendo ninguno de los tres obligados excusarse delpago sobre las bases del incumplimiento de los otros. 191. Las partes intervinientes son: Ordenante, abridor, tomador (comprador, importador). Banco emisor (banco del importador). Beneficiario (vendedor, exportador). Banco corresponsal. Banco confirmador. Banco notificador (del exportador). 192. Garantay seguridad de cobro una vez producido elembarque, siempre que se presenten los documentos, segn lostrminos de la carta de crdito. Comodidad de recibir el pago en su propio banco o a travs de unbanco en su propio pas. Pago puntual y ms rpido para poder incrementar la liquidez. Poder mejorar las condiciones de venta (mayor importe y mejoresplazos, etc.). Es un ttulo de crdito sobre el que es posible conseguir algn tipode financiacin antes del embarque. Se puede utilizar para pagar a sus proveedores, a travs de lacesin del crdito. 193. Garanta y seguridad de cobro una vez producido el embarque,siempre que se presenten los documentos, segn los trminos de lacarta de crdito. Comodidad de recibir el pago en su propio banco o a travs de unbanco en su propio pas. Pago puntual y ms rpido para poder incrementar la liquidez. Poder mejorar las condiciones de venta (mayor importe y mejoresplazos, etc.). Es un ttulo de crdito sobre el que es posible conseguir algn tipode financiacin antes del embarque. Se puede utilizar para pagar a sus proveedores, a travs de lacesin del crdito. 194. Seguridad que el pago slo lo efecta una vez embarcada la mercadera ycontra presentacin en orden de los documentos de la operacin. De esta manera, la entrega de la mercadera ser dentro de los tiemposestipulados. Delega al banco la confianza para el tratamiento de los documentos. Logra una administracin del flujo financiero, mientras su banco leotorga el crdito para la apertura de la carta de crdito. Si hubiera un cambio en la poltica de importacin de un pas, por ej.prohibiendo o suspendiendo el ingreso de determinados bienes delexterior, si la mercadera no est embarcada la reforma es aplicable, loque generalmente no sucede cuando la importacin est amparada poruna carta de crdito. 195. El costo de la carta de crdito es ms elevado que para cualquierotro medio, aunque la mayor parte del costo la absorbe elimportador. Generalmente, el exportador paga los gastos de losbancos intervinientes en su pas. Si la poltica del exportador es vender slo con carta de crditoser dificultoso acceder a compradores habituados a operar conotros medios ms simples y econmicos. Los bancos, al analizar los documentos que el exportador presentade acuerdo con lo requerido por el crdito, generalmenteencuentran discrepancias o diferencias, lo que provoca demoras enel cobro. 196. Es