mediación penal juvenil

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Mediación Penal Juvenil Métodos Pacíficos de Resolución Medio Ambiente Derechos Humanos “Me pregunto si las estrellas se iluminan con el fin de que algún día, cada uno pueda encontrar la suya” Saint-Exupéry

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Mediación Penal Juvenil. “Me pregunto si las estrellas se iluminan con el fin de que algún día, cada uno pueda encontrar la suya” Saint-Exupéry. Métodos R.A.D. Sociologismo Jurídico Movimiento reformista PLAN NACIONAL DE REFORMA JUDICIAL. Derechos Humanos - PowerPoint PPT Presentation

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Page 1: Mediación Penal Juvenil

Mediación Penal Juvenil

Métodos Pacíficos de Resolución

Medio Ambiente

Derechos Humanos“Me pregunto si las estrellas se iluminan con el fin de que algún día, cada uno pueda encontrar la suya” Saint-Exupéry

Page 2: Mediación Penal Juvenil
Page 3: Mediación Penal Juvenil

EVOLUCIÓN Y CAMBIO

Métodos R.A.D.

Sociologismo Jurídico

Movimiento reformista

PLAN NACIONAL DE REFORMA JUDICIAL

Derechos Humanos

Convención de los Derechos del Niño - C.N. de 1994.

Ley 10.903 - Ley 14.394 - Ley 22.278 - Ley 26.061.

AUTONOMÍA DEL DERECHO DE MENORES

Page 4: Mediación Penal Juvenil

GENERACIÓN DE DERECHOS

HUMANOS

Edad AntiguaS. XVIII A.C.

S. V D.C.- Edad MediaS. V a S. XV

Renacimiento IlustraciónS. XV a S. XVIII

DERECHOS ABSOLUTOS

EDAD MODERNAS. XVIII a S. XXDerechos Progresivos

según desarrolloeconomía Estado

EPOCA ACTUALEra de la información

S. XX a S. XXIDerechos de colaboración

Internacional

Page 5: Mediación Penal Juvenil

Derechos Humanos: ClasificaciónPrimera Generación

Revolución Francesa (Año 1789) LIBERTAD, RECONOCIMIENTO PERSONALIDAD JURÍDICA VOTAR Y ELEGIR. Declaración de los Derechos del hombre y del ciudadano Naturales eimprescriptibles.

Segunda Generación

Revolución Industrial: IGUALDAD, SALUD, SALARIO JUSTO, VIDA CULTURAL.Constitución de México (1917). Derechos colectivos Sociales, económicos y culturales.

Tercera Generación

Derechos de solidaridad (1980). PAZ, DESARRROLLO, MEDIO AMBIENTE. Cooperación entre las Naciones. Problemas internacionales. Bienestar global.

Cuarta Generación

Nuevas tecnologías. BIOÉTICA. INFORMÁTICA. Derecho supranacional. Ser humano como especie.

Page 6: Mediación Penal Juvenil

Derechos del niño, niña y adolescentes

Contiene los Derechos de 1º, 2º,3º y 4º generación.

Condición de la infancia.

UNICEF 1946.

Polonia 1959 – 1979.

Page 7: Mediación Penal Juvenil

Principios de los Derechos del Niño   Protección del niño y la niña, igualdad (principios 1º, 2º y 8º).Derecho a un nombre y a una nacionalidad (principio 3º).Salud, desarrollo de la personalidad y educación (principios 4º, 5º, 6º y 7º).Abandonos, crueldad, discriminación, edad mínima de admisión al trabajo (principios 8º y 9º).

Educación para la paz (10º).

Page 8: Mediación Penal Juvenil

Argentina: DoctrinasSituación Irregular

Protección Integral

Protagonismo

Ley 10.903 – Ley 14.394 - Ley 22.278

- Convención de los Derechos del Niño- Riad/Beijing

Ley 26.061 art. 3 inc. E – C.D.N. Ley 6354/95Justicia Restaurativa

Objeto de Protección% familia y hermanos

Sujeto de DerechosConsidera lazos de familia

-Sujeto de derechos y obligaciones/-victima40/34

Juez: sistema tutelar Institucinalización

1. Juez Civil y Penal2. Órgano Administrativoasistencialismo

1. Juez Civil y Penal2. Órgano administrativo3. Métodos Alternativos

Sin garantías C.N. sin Der. a ser OídoCriminaliza lapobreza

Der. Ser oídoCon Garantías C.N.Delito%abandono

Garantías, catálogo de medidas, tiempo de duración, institucionalización última

Page 9: Mediación Penal Juvenil

Recomendaciones de la ONU: Directrices de Riad (Asamblea General en su

resolución 45/112, de 14 de diciembre de 1990) : Prevención de la Delincuencia Juvenil.

Reglas de Beijin (Asamblea General en su resolución 40/33, de 28 de noviembre de 1985): Reglas Mínimas para la Administración de Justicia de Menores.

Declaración sobre los principios fundamentales para las víctimas de delitos y del abuso del poder (Asamblea General en su resolución 40/34, de 29 de noviembre de 1985).

Page 10: Mediación Penal Juvenil

Ley 22.278/80: Régimen Penal del Menor

1). Inimputables absolutos;

2).Inimputables relativos;

3). Punible.

Page 11: Mediación Penal Juvenil

Provincia de Mendoza: Régimen Jurídico de Protección de la Minoridad

Ley 6.354 del 22 de Noviembre de 1995:

Libro 1º. Órganos administrativos de asistencia al menor.

Libro 2º. Órganos Judiciales civiles y penales del menor y la familia.

Page 12: Mediación Penal Juvenil

Ley 22.278:

artículo 2º al expresar que:"...Cualquiera fuese el resultado de la causa...el juez dispondrá definitivamente del mismo (menor)..."

Inconstitucionalidad

Ley 6354/05 Art. 185º - …no aplicara ninguna

medida cuando la sentencia reconozca:

A) la inexistencia del hecho; B) la falta de prueba de la existencia

del hecho; C) que el hecho no constituye delito,

o; D) que no existan pruebas de la

comisión de la infracción por el menor.

Si el menor estuviera internado, se ordenara su inmediata Libertad, sin perjuicio de la intervención del juez de familia en caso de configurarse alguno de los supuestos previstos en el Articulo 53 de la presente ley.

 Art. 186º - será necesaria la existencia de pruebas suficientes respecto de la identidad del autor y la materialidad de la infracción.

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Normas y mediación Convención art. 37 y 40 inc. 3 b. Directrices de Riad: VI.57. PUESTO DE MEDIADOR. Resolución 40/34: 5. Mecanismos judiciales y administrativos

oficiosos, poco costosos y accesibles. Reglas de Beijin: Bienestar, Proporcionalidad y garantías

procesales. Ley 6354: Capítulo III De la etapa prejudicial de Avenimiento y

mediación Art. 83º - son atribuciones del juez: C) disponer de oficio, con

causa fundada, o a petición de parte, la suspensión del procedimiento, con arreglo a las normas del código procesal civil;

D) ordenar la realización de audiencias de conciliación pudiendo requerir la presencia de las partes, de sus patrocinantes, del asesor de menores e incapaces y la de los profesionales del cuerpo auxiliar interdisciplinario que estime necesarios; y,

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FIN-”¿Crear lazos?-preguntó el Principito.-Así es -confirmó el zorro- Tú para mí, no eres más que un jovencito semejante a cien mil muchachitos. Además, no te necesito. Tampocotú a mí. No soy para ti más que un zorro parecido a cien mil zorros. En cambio, si me domesticas…, sentiremos necesidad uno del otro. Serás para mí único en el mundo. Seré para ti único en el mundo.-Creo que empiezo a entender -dijo el Principito-. Hay una flor… Creo que me ha domesticado.” Saint-Exupéry