responsabilidad penal juvenil

53
RESPONSABILIDAD RESPONSABILIDAD PENAL ADOLESCENTE PENAL ADOLESCENTE DETERMINACIÓN DE DETERMINACIÓN DE PENAS PENAS MARÍA SOLEDAD PIÑEIRO FUENZALIDA MARÍA SOLEDAD PIÑEIRO FUENZALIDA Juez Tribunal Oral en lo Penal Juez Tribunal Oral en lo Penal Valdivia Valdivia

Upload: victor-aguilar-miranda

Post on 12-Dec-2015

14 views

Category:

Documents


0 download

DESCRIPTION

RESPONSABILIDAD PENAL JUVENIL

TRANSCRIPT

RESPONSABILIDAD RESPONSABILIDAD PENAL ADOLESCENTEPENAL ADOLESCENTEDETERMINACIÓN DE DETERMINACIÓN DE

PENASPENAS

MARÍA SOLEDAD PIÑEIRO FUENZALIDAMARÍA SOLEDAD PIÑEIRO FUENZALIDAJuez Tribunal Oral en lo Penal Juez Tribunal Oral en lo Penal

ValdiviaValdivia

Normas Aplicables Normas Aplicables 1.- Convención sobre los Derechos del Niño.1.- Convención sobre los Derechos del Niño. 2.- Protocolo facultativo de la Convención de los 2.- Protocolo facultativo de la Convención de los

Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía.pornografía.

3.- Protocolo facultativo de la Convención sobre 3.- Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en los conflictos armados.de niños en los conflictos armados.

4.- Convención sobre la eliminación de todas las 4.- Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer.formas de discriminación contra la mujer.

5.- Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para la 5.- Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para la Administración de la Justicia de Menores o Reglas Administración de la Justicia de Menores o Reglas de BEIJING.de BEIJING.

6.- Reglas de la Naciones Unidas para la 6.- Reglas de la Naciones Unidas para la protección de los menores privados de libertad.protección de los menores privados de libertad.

7.- Directrices de las Naciones Unidas para la 7.- Directrices de las Naciones Unidas para la Prevención de la Delincuencia Juvenil o Prevención de la Delincuencia Juvenil o Directrices de RIAD.Directrices de RIAD.

8.- Declaración de los Derechos del Niño.8.- Declaración de los Derechos del Niño. Los últimos cuatro no tienen el carácter de Los últimos cuatro no tienen el carácter de

convención, por lo que no son vinculantes, pero convención, por lo que no son vinculantes, pero establecen principios de deben ser respetados establecen principios de deben ser respetados por los países concurrentes.por los países concurrentes.

Por último cabe tener presente que el 13 de Por último cabe tener presente que el 13 de diciembre de 2006 se dictó el D.S. del Ministerio diciembre de 2006 se dictó el D.S. del Ministerio de Justicia N°1378, que establece el Reglamento de Justicia N°1378, que establece el Reglamento de la Ley 20.084.de la Ley 20.084.

Sujetos sancionablesSujetos sancionables

Mayores de 14 años y menores de 18 Mayores de 14 años y menores de 18 años. años.

Aumenta el grupo afecto a sanción Aumenta el grupo afecto a sanción penal por dos vías: ampliando la penal por dos vías: ampliando la edad de los responsables edad de los responsables penalmente y eliminando la penalmente y eliminando la declaración de discernimiento.declaración de discernimiento.

Hechos sancionablesHechos sancionables

Los mismos que para los adultosLos mismos que para los adultos Salvo las faltas: sólo se sancionan Salvo las faltas: sólo se sancionan

respecto de los mayores de 16 añosrespecto de los mayores de 16 años Son sancionadas algunas faltasSon sancionadas algunas faltas

a.- Si asistiendo a un espectáculo público a.- Si asistiendo a un espectáculo público provocare o tomare parte en un desorden. ( 494 provocare o tomare parte en un desorden. ( 494 n°1)n°1)

b.- Amenazar a otro con arma blanca o de fuego, b.- Amenazar a otro con arma blanca o de fuego, o en una riña las sacare. Salvo si hay justo o en una riña las sacare. Salvo si hay justo motivo. ( 494n°4)motivo. ( 494n°4)

c.- Causar lesiones leves (incapacidad por 7 días) c.- Causar lesiones leves (incapacidad por 7 días) (494n°5)(494n°5)

d.- Incendio de objetos cuyo valor no sea superior d.- Incendio de objetos cuyo valor no sea superior a una UTM. (494n°19) a una UTM. (494n°19)

e.- Hurto de especies cuyo valor sea inferior a ½ e.- Hurto de especies cuyo valor sea inferior a ½ UTM. También se sanciona si se comete en grado UTM. También se sanciona si se comete en grado frustradofrustrado. (494 bis). (494 bis)

f.- Daños, intencionadamente o con f.- Daños, intencionadamente o con negligencia culpable, de bienes públicos o negligencia culpable, de bienes públicos o particulares, cuyo valor no exceda de una particulares, cuyo valor no exceda de una UTM. (495 n°21)UTM. (495 n°21)

g.- Ocultar verdadero nombre y apellido a g.- Ocultar verdadero nombre y apellido a la autoridad, o persona que tuviere la autoridad, o persona que tuviere facultad de exigirlo, o se nieguen a darlos facultad de exigirlo, o se nieguen a darlos o dieren domicilio falso.( 496 n° 5)o dieren domicilio falso.( 496 n° 5)

h.- Tirar piedras u objetos en lugares h.- Tirar piedras u objetos en lugares públicos, a casas o edificios, con riesgo públicos, a casas o edificios, con riesgo para los transeúntes o personas, casas o para los transeúntes o personas, casas o edificios. (496 n°26)edificios. (496 n°26)

i.- DROGAS: (ley 20.000)i.- DROGAS: (ley 20.000) - Consumo en lugares públicos- Consumo en lugares públicos - Tenencia o porte en lugares - Tenencia o porte en lugares

públicos, si es para uso personal públicos, si es para uso personal EXCLUSIVO y próximo en el tiempo.EXCLUSIVO y próximo en el tiempo.

- Consumo en lugares privados, - Consumo en lugares privados, si hubo concertación para ello.si hubo concertación para ello.

Finalidad de las penasFinalidad de las penas

artículo 20: artículo 20: ““Las sanciones y consecuencias que esta Las sanciones y consecuencias que esta

ley establece tienen por objeto ley establece tienen por objeto hacer hacer efectiva la responsabilidadefectiva la responsabilidad de los de los adolescentes por los hechos delictivos que adolescentes por los hechos delictivos que cometan, de tal manera que la sanción cometan, de tal manera que la sanción forme parte de una forme parte de una intervención intervención socioeducativa amplia y orientada a la socioeducativa amplia y orientada a la plena integración socialplena integración social”.”.

Debe interpretarse se acuerdo a los Debe interpretarse se acuerdo a los dispuesto en el artículo 2:dispuesto en el artículo 2:

teniendo en consideración el teniendo en consideración el interés interés superior del niñosuperior del niño, que la ley define , que la ley define como: “ como: “ el reconocimiento y respeto el reconocimiento y respeto de sus derechosde sus derechos”. ”.

Esa norma agrega que las autoridades:Esa norma agrega que las autoridades:

““tendrán en consideración todos los tendrán en consideración todos los derechos y garantías reconocidos en la derechos y garantías reconocidos en la Constitución y las leyes, y los establecidos Constitución y las leyes, y los establecidos en la Convención sobre los Derechos del en la Convención sobre los Derechos del niño y demás instrumentos internacionales niño y demás instrumentos internacionales ratificados por Chile que se encuentren ratificados por Chile que se encuentren vigentesvigentes”.”.

El interés superior del niño debe El interés superior del niño debe entenderse como una limitación de la entenderse como una limitación de la potestad estatal, no como “inspiración” de potestad estatal, no como “inspiración” de las decisiones de la autoridad.las decisiones de la autoridad.

Debe entenderse como una garantía de la Debe entenderse como una garantía de la vigencia de los demás derechos que le vigencia de los demás derechos que le asisten a los niños.asisten a los niños.

Es la plena satisfacción de sus derechos.Es la plena satisfacción de sus derechos. Se debe abandonar una interpretación Se debe abandonar una interpretación

paternalista-autoritariapaternalista-autoritaria

Principios aplicablesPrincipios aplicables

Principio de no discriminación: art. 22 Principio de no discriminación: art. 22 CDNCDN

Efectividad de los derechos: art 4 CDNEfectividad de los derechos: art 4 CDNPrincipio de autonomía progresiva: Art. Principio de autonomía progresiva: Art.

5 CDN en relación al art 18 LRPA5 CDN en relación al art 18 LRPANo separación de sus padres: art.9 No separación de sus padres: art.9

CDN- Arts. 32(ip) 26 y 47 LRPACDN- Arts. 32(ip) 26 y 47 LRPAPenas Privativas de libertad como Penas Privativas de libertad como

último recurso: art. 26 y 47 LRPAúltimo recurso: art. 26 y 47 LRPA

Clasificación de las penasClasificación de las penas

Privativas y no privativas de libertadPrivativas y no privativas de libertad Principales y accesoriasPrincipales y accesorias Penas mixtas y conjuntasPenas mixtas y conjuntas

DEFINICIÓN, EXTENSION Y DEFINICIÓN, EXTENSION Y CONDICIONESCONDICIONES

1.- Amonestación1.- Amonestación: (art.8) Reprensión : (art.8) Reprensión enérgica, en forma oral clara y enérgica, en forma oral clara y directa, en un acto único, dirigida a directa, en un acto único, dirigida a hacerle comprender al adolescente la hacerle comprender al adolescente la gravedad de los hechos cometidos y gravedad de los hechos cometidos y las consecuencias para sí y para las las consecuencias para sí y para las víctima. Debe ser instando a cambiar víctima. Debe ser instando a cambiar de comportamiento y se le deben de comportamiento y se le deben efectuar recomendaciones para el efectuar recomendaciones para el futuro.futuro.

2.- Multa2.- Multa: (art. 9) No puede exceder de 10 : (art. 9) No puede exceder de 10 unidades tributarias mensuales ($39.570 sept. unidades tributarias mensuales ($39.570 sept. 2012). Se deben considerar, además de criterios 2012). Se deben considerar, además de criterios generales, la condición y facultades económica generales, la condición y facultades económica del infractor del infractor y de la persona a cuyo cuidado se y de la persona a cuyo cuidado se encontrareencontrare.. Puede ser pagada en cuotas, no se Puede ser pagada en cuotas, no se indican límites como en el art. 70 del C.P.indican límites como en el art. 70 del C.P.

Puede conmutarse, a petición del infractor, por Puede conmutarse, a petición del infractor, por servicio en beneficio a la comunidad, a razón de servicio en beneficio a la comunidad, a razón de 30 horas por cada 3 UTM. 30 horas por cada 3 UTM.

3.- Reparación del daño3.- Reparación del daño: (art. 10) : (art. 10) obligación de resarcir. Puede ser en obligación de resarcir. Puede ser en dinero, restituir o reponer la cosa o prestar dinero, restituir o reponer la cosa o prestar un servicio no remunerado. En el último un servicio no remunerado. En el último caso requiere de la aceptación de la caso requiere de la aceptación de la víctima y el acusado. víctima y el acusado.

Se puede perseguir la responsabilidad Se puede perseguir la responsabilidad civil, sólo en lo que la reparación no sea civil, sólo en lo que la reparación no sea suficientesuficiente

4.- Servicio en beneficio de la comunidad4.- Servicio en beneficio de la comunidad: (art. : (art. 11) Actividad no remunerada a favor de la 11) Actividad no remunerada a favor de la colectividad o de personas en situación de colectividad o de personas en situación de precariedad. (no se requiere de la aceptación de precariedad. (no se requiere de la aceptación de estas últimas).estas últimas).

Se requiere el acuerdo del acusado, de lo Se requiere el acuerdo del acusado, de lo contrario debe imponerse una sanción superior, contrario debe imponerse una sanción superior, no privativa de libertad.no privativa de libertad.

Duración: entre 30 y 120 horas, con un máximo Duración: entre 30 y 120 horas, con un máximo de 4 horas diarias, sin entorpecer actividades de de 4 horas diarias, sin entorpecer actividades de estudio o laborales. (7,5 días a 30 días)estudio o laborales. (7,5 días a 30 días)

Critica: pena indeterminada.Critica: pena indeterminada.

5.- Libertad asistida5.- Libertad asistida: (art.13) sujeción al control : (art.13) sujeción al control de un delegado (orientación, control y de un delegado (orientación, control y motivación), cumplimiento de un plan de motivación), cumplimiento de un plan de desarrollo personal que favorezca su integración desarrollo personal que favorezca su integración social. social.

Plan de actividades debe ser aprobado por el Plan de actividades debe ser aprobado por el Tribunal, incluirá actividades educativas, socio-Tribunal, incluirá actividades educativas, socio-educativas, de terapia, de promoción y protección educativas, de terapia, de promoción y protección de sus derechos y de participación, y el reintegro de sus derechos y de participación, y el reintegro escolar. escolar.

Puede incluir prohibición de asistir a Puede incluir prohibición de asistir a determinadas reuniones o espectáculos, de determinadas reuniones o espectáculos, de visitar determinados lugares o aproximarse a la visitar determinados lugares o aproximarse a la víctima, sus familiares o terceros.víctima, sus familiares o terceros.

Duración máxima tres años.Duración máxima tres años.

6.- Libertad asistida especial6.- Libertad asistida especial: (art. 14) : (art. 14) similar a la anterior, pero con intervención similar a la anterior, pero con intervención más intensa. Se agrega capacitación más intensa. Se agrega capacitación laboral, tratamiento de rehabilitación de laboral, tratamiento de rehabilitación de drogas, y fortalecimiento del vínculo con drogas, y fortalecimiento del vínculo con su familia o adulto responsable.su familia o adulto responsable.

Plan debe ser aprobado por el TribunalPlan debe ser aprobado por el Tribunal Duración máxima tres años. Duración máxima tres años. Se ha discutido sobre quién debe aprobar Se ha discutido sobre quién debe aprobar

el plan, si el TOP por formar parte de la el plan, si el TOP por formar parte de la pena impuesta o el JG por estar encargado pena impuesta o el JG por estar encargado de la ejecución.de la ejecución.

7.- Internación en régimen semicerrado7.- Internación en régimen semicerrado: (art.16) : (art.16) con programa de reinserción social, consiste en la con programa de reinserción social, consiste en la residencia obligatoria en un centro de privación residencia obligatoria en un centro de privación parcial de libertad.parcial de libertad.

El programa personalizado de actividades debe El programa personalizado de actividades debe ser aprobado por el Tribunal, en la audiencia de ser aprobado por el Tribunal, en la audiencia de lectura de sentencia o dentro de quince días.lectura de sentencia o dentro de quince días.

Las actividades a desarrollar en el medio libre Las actividades a desarrollar en el medio libre deben contemplar a lo menos ocho horas, no deben contemplar a lo menos ocho horas, no pudiendo efectuarse entre las 22:00 y 07:00, pudiendo efectuarse entre las 22:00 y 07:00, salvo excepciones. salvo excepciones.

La Región de los Ríos no cuenta con un centro La Región de los Ríos no cuenta con un centro para el cumplimiento de esta sanción, por lo que para el cumplimiento de esta sanción, por lo que los menores son derivados a Puerto Montt. los menores son derivados a Puerto Montt.

8.- Internación en régimen cerrado8.- Internación en régimen cerrado: (art. 17) con : (art. 17) con programa de reinserción social. Consiste en la programa de reinserción social. Consiste en la privación de libertad en un centro especializado, privación de libertad en un centro especializado, bajo un régimen orientado al cumplimiento de los bajo un régimen orientado al cumplimiento de los objetivos establecidos en el artículo 20. Por ende objetivos establecidos en el artículo 20. Por ende se debe:se debe:

a) garantizar continuidad de estudios o a) garantizar continuidad de estudios o reinserción escolarreinserción escolar

b) participar en actividades socioeducativas, b) participar en actividades socioeducativas, de formación, de preparación para la vida laboral de formación, de preparación para la vida laboral y de desarrollo personal.y de desarrollo personal.

c) asegurar el tratamiento y rehabilitación del c) asegurar el tratamiento y rehabilitación del consumo de drogas para quienes lo requieran y consumo de drogas para quienes lo requieran y accedanaccedan a ello.a ello.

En este caso el programa no es aprobado por En este caso el programa no es aprobado por el Tribunal. el Tribunal.

9.- Prohibición de conducir vehículos 9.- Prohibición de conducir vehículos motorizadosmotorizados. (art. 12). (art. 12)

Sanción accesoria aplicable cuando Sanción accesoria aplicable cuando la conducta reprochada se haya la conducta reprochada se haya efectuado mediante la conducción de efectuado mediante la conducción de vehículo motorizado.vehículo motorizado.

Duración se hace efectiva desde la Duración se hace efectiva desde la sentencia ejecutoriada y puede sentencia ejecutoriada y puede extender hasta que cumpla 20 años.extender hasta que cumpla 20 años.

10.- Tratamiento de rehabilitación por adicción a 10.- Tratamiento de rehabilitación por adicción a drogas y/o alcohol.drogas y/o alcohol. (art. 7) Sanción accesoria y (art. 7) Sanción accesoria y facultativa, cuando sea necesario en atención a facultativa, cuando sea necesario en atención a las circunstancias del adolescente.las circunstancias del adolescente.

Se discute sobre requisitos que deben Se discute sobre requisitos que deben cumplirse para su aplicación.cumplirse para su aplicación.

Sin perjuicio que dentro de los planes Sin perjuicio que dentro de los planes individuales o de reinserción social pueda individuales o de reinserción social pueda incorporarse como una de las actividades incorporarse como una de las actividades necesarias. necesarias.

No ley no indica duración, es accesoria a No ley no indica duración, es accesoria a cualquier pena principal (Si se aplica una multa cualquier pena principal (Si se aplica una multa ¿cuanto debería durar esta pena?)¿cuanto debería durar esta pena?)

11.- Comiso11.- Comiso : se rige por el Código : se rige por el Código Penal, Código Procesal Penal y leyes Penal, Código Procesal Penal y leyes especiales, sin modificaciones especiales, sin modificaciones respecto de la forma en que opera respecto de la forma en que opera para los adultos. Dice relación con para los adultos. Dice relación con los instrumentos y efectos del delito.los instrumentos y efectos del delito.

Determinación de la extensión de Determinación de la extensión de la penala pena

““Reglas de determinación de la extensión Reglas de determinación de la extensión de las penasde las penas. . Para establecer la duración Para establecer la duración de la sanción que deba imponerse con de la sanción que deba imponerse con arreglo a la presente ley, el tribunal arreglo a la presente ley, el tribunal deberá aplicar, a partir de la pena inferior deberá aplicar, a partir de la pena inferior en un grado al mínimo de los señalados en un grado al mínimo de los señalados por la ley para el ilícito correspondiente, por la ley para el ilícito correspondiente, las reglas previstas en el párrafo 4 del las reglas previstas en el párrafo 4 del Titulo III del Libro I del Código Penal, con Titulo III del Libro I del Código Penal, con excepción de lo dispuesto en el artículo 69 excepción de lo dispuesto en el artículo 69 de dicho Códigode dicho Código.” art. 21 (arts. 50 a 78 CP).” art. 21 (arts. 50 a 78 CP)

EXCEPCIÓN:EXCEPCIÓN: ART. 32: señala que para decidir ART. 32: señala que para decidir

procedencia de la INTERNACIÓN procedencia de la INTERNACIÓN PROVISORIA ha de considerarse la PROVISORIA ha de considerarse la pena asignada a la conducta pena asignada a la conducta imputada como si se tratara de un imputada como si se tratara de un adulto, es decir, sin la rebaja general adulto, es decir, sin la rebaja general del artículo 21del artículo 21..

Determinación de la Naturaleza de Determinación de la Naturaleza de la pena la pena

Desde 5 años y un día Desde 5 años y un día (sólo para mayores de (sólo para mayores de 16 años)16 años)

Desde 3 años y un día Desde 3 años y un día a 5 años, o restrictiva a 5 años, o restrictiva de libertad superior a de libertad superior a 3 años3 años

Internación en Internación en régimen cerrado con régimen cerrado con programa de programa de reinserción social. reinserción social.

Internación en Internación en régimen cerrado con régimen cerrado con programa de programa de reinserción social. reinserción social. Internación en Internación en régimen semi cerrado régimen semi cerrado con programa de con programa de reinserción social. reinserción social. Libertad Libertad asistida especialasistida especial

Desde 541 días a 3 Desde 541 días a 3 años, privativa o años, privativa o restrictiva de libertad.restrictiva de libertad.

Desde 61 días a 540 Desde 61 días a 540 días, privativa o días, privativa o restrictiva de libertad. restrictiva de libertad.

Internación en régimen semi Internación en régimen semi cerrado con programa de cerrado con programa de reinserción social.reinserción social.

Libertad asistida especial.Libertad asistida especial.Libertad asistida. Libertad asistida. Prestación de servicio en Prestación de servicio en

beneficio de la comunidad.beneficio de la comunidad.

Internación en régimen semi Internación en régimen semi cerrado con programa de cerrado con programa de reinserción social.reinserción social.

Libertad asistida especial.Libertad asistida especial.Libertad asistida.Libertad asistida.Prestación de servicio en Prestación de servicio en

beneficio de la comunidad.beneficio de la comunidad.Reparación del daño.Reparación del daño.

Desde 1 a 60 días Desde 1 a 60 días o no es privativa o o no es privativa o restrictiva de restrictiva de libertad.libertad.

Prestación de Prestación de servicio en servicio en beneficio de la beneficio de la comunidad. comunidad.

Reparación del Reparación del daño.daño.

Multa.Multa. Amonestación.Amonestación.

Criterios para su determinación Criterios para su determinación

A) La gravedad del ilícito de que se trate;A) La gravedad del ilícito de que se trate;B) La calidad en que el adolescente participó en el B) La calidad en que el adolescente participó en el

hecho y el grado de ejecución de la infracción;hecho y el grado de ejecución de la infracción;C) La concurrencia de circunstancias atenuantes o C) La concurrencia de circunstancias atenuantes o

agravantes de la responsabilidad criminal;agravantes de la responsabilidad criminal;D) La edad del adolescente infractor;D) La edad del adolescente infractor;E) La extensión del mal causado con la ejecución E) La extensión del mal causado con la ejecución

del delito, ydel delito, yF) La F) La idoneidadidoneidad de la sanción para fortalecer el de la sanción para fortalecer el

respeto del adolescente por los derechos y respeto del adolescente por los derechos y libertades de las personas y sus necesidades de libertades de las personas y sus necesidades de desarrollo e integración social. Art. 24 LRPAdesarrollo e integración social. Art. 24 LRPA

LimitacionesLimitaciones En atención a la edad del adolescente En atención a la edad del adolescente

sancionado. Si es mayor de 14 años pero menor sancionado. Si es mayor de 14 años pero menor de 16 años, la sanción privativa de libertad no de 16 años, la sanción privativa de libertad no puede exceder de 5 años. Si es mayor de 16 puede exceder de 5 años. Si es mayor de 16 años y menor de 18 años, ésta no podrá años y menor de 18 años, ésta no podrá exceder de 10 años. (Art. 22)exceder de 10 años. (Art. 22)

Artículo 26 inciso segundo: “Artículo 26 inciso segundo: “En ningún caso se En ningún caso se podrá imponer una pena privativa de libertad si podrá imponer una pena privativa de libertad si un adulto un adulto condenado por el mismo hechocondenado por el mismo hecho no no debiere cumplir una sanción de dicha debiere cumplir una sanción de dicha naturalezanaturaleza”. (concreto – abstracto)”. (concreto – abstracto)

En los delitos sexuales de violación En los delitos sexuales de violación impropia (362) violación sodomítica impropia (362) violación sodomítica consentida (365) abuso sexual agravado consentida (365) abuso sexual agravado (366 bis) conductas para procurar (366 bis) conductas para procurar excitación sexual (366 quater), si no excitación sexual (366 quater), si no median las circunstancias de los arts. 361 median las circunstancias de los arts. 361 y 363 (violación y estupro) NO SON y 363 (violación y estupro) NO SON SANCIONABLES, cuando la víctima es SANCIONABLES, cuando la víctima es menor de 14 años, menor de 14 años, salvosalvo que entre víctima que entre víctima y agresor exista una diferencia de edad y agresor exista una diferencia de edad superior a tres años, o de dos años en el superior a tres años, o de dos años en el caso de violación impropia. (art.4)caso de violación impropia. (art.4)

Si luego de aplicar las reglas sobre Si luego de aplicar las reglas sobre extensión de la pena el tramo extensión de la pena el tramo resultante es el del n°1 del art. 23 resultante es el del n°1 del art. 23 (sobre 5 años), el régimen de (sobre 5 años), el régimen de internación semicerrado sólo puede internación semicerrado sólo puede imponer después del segundo año de imponer después del segundo año de la condena.(art.19). la condena.(art.19).

Problema sobre la precisión de la Problema sobre la precisión de la extensión de la penaextensión de la pena

Radica en resolver sobre si el tramo Radica en resolver sobre si el tramo en que se ubica la pena, obliga al en que se ubica la pena, obliga al Tribunal en cuanto a la extensión Tribunal en cuanto a la extensión que debe tener la misma, luego de que debe tener la misma, luego de elegida su naturaleza.elegida su naturaleza.

Argumentos para estimar que no Argumentos para estimar que no obliga la referida extensión.obliga la referida extensión.

Limitación del artículo 23 inciso final Limitación del artículo 23 inciso final Las penas de amonestación, multa, Las penas de amonestación, multa,

reparación del daño y prestación de reparación del daño y prestación de servicio a la comunidad, no se miden en servicio a la comunidad, no se miden en días, por lo que no se relacionan con su días, por lo que no se relacionan con su ubicación en uno u otro tramo ubicación en uno u otro tramo determinado por una extensión temporal.determinado por una extensión temporal.

Por último se dice que, si la ley no Por último se dice que, si la ley no estableció mínimos para las penas de estableció mínimos para las penas de libertad asistida, éstas pueden comenzar libertad asistida, éstas pueden comenzar desde el menor plazo, es decir, un día. desde el menor plazo, es decir, un día.

Penas Mixtas y ConjuntasPenas Mixtas y Conjuntas MIXTAMIXTA (art. 19) penas privativas de libertad (art. 19) penas privativas de libertad

(internación en régimen cerrado o semicerrado- (internación en régimen cerrado o semicerrado- tramos 1 a 4 ), complementadas con la de tramos 1 a 4 ), complementadas con la de libertad asistida, en cualquiera de sus formas. No libertad asistida, en cualquiera de sus formas. No puede exceder el tiempo de la pena principal.puede exceder el tiempo de la pena principal.

Puede ser cumplida en dos formas:Puede ser cumplida en dos formas:– Primero la pena privativa de libertad y luego la libertad Primero la pena privativa de libertad y luego la libertad

asistida,asistida,– Primero la de libertad asistida. En este caso la pena Primero la de libertad asistida. En este caso la pena

principal (privativa de libertad) queda suspendida y con principal (privativa de libertad) queda suspendida y con carácter condicional, sólo se cumplirá si la libertad carácter condicional, sólo se cumplirá si la libertad asistida es incumplida. Opera sólo cuando la pena se asistida es incumplida. Opera sólo cuando la pena se extiende hasta 540 días (tramo n°3, esto es, sólo para extiende hasta 540 días (tramo n°3, esto es, sólo para internación en semicerrado)internación en semicerrado)

CONJUNTASCONJUNTAS (art. 25) si la pena se ubica (art. 25) si la pena se ubica en el tramo n°3 ó 4 (541 días a 3 años o en el tramo n°3 ó 4 (541 días a 3 años o 61 días a 540 días) pueden imponerse dos 61 días a 540 días) pueden imponerse dos de las penas contenidas en el respectivo de las penas contenidas en el respectivo tramo, siempre que puedan cumplirse tramo, siempre que puedan cumplirse simultáneamente (Ej. Libertad asistida y simultáneamente (Ej. Libertad asistida y prestación de servicios a la comunidad)prestación de servicios a la comunidad)

Aplicable sóloAplicable sólo si esa decisión, fundada, si esa decisión, fundada, resulta más adecuada al fin que debe resulta más adecuada al fin que debe perseguir la pena (art. 20: perseguir la pena (art. 20: responsabilización y resocialización)responsabilización y resocialización)

Suspensión de la CondenaSuspensión de la Condena Procede si la pena a aplicar es privativa o Procede si la pena a aplicar es privativa o

restrictiva de libertad, cuya duración no es restrictiva de libertad, cuya duración no es superior a 540 días y si resultare aconsejable su superior a 540 días y si resultare aconsejable su no imposición. (art. 41)no imposición. (art. 41)

La duración es de seis meses.La duración es de seis meses. No se imponen condiciones.No se imponen condiciones. Transcurrido el plazo sin nuevos Transcurrido el plazo sin nuevos requerimientorequerimiento o o

formalizaciónformalización, se deja sin efecto la sentencia y se , se deja sin efecto la sentencia y se dicta sobreseimiento definitivo. dicta sobreseimiento definitivo.

No afecta responsabilidad civil, ni posibilidad de No afecta responsabilidad civil, ni posibilidad de suspensión del procedimiento.suspensión del procedimiento.

Cumplimiento de penas privativas Cumplimiento de penas privativas de libertadde libertad

En centros administrados por En centros administrados por Sename, custodiados en su Sename, custodiados en su perímetro por Gendarmería, también perímetro por Gendarmería, también encargada de los traslados.encargada de los traslados.

Debe existir segregación por sexo y Debe existir segregación por sexo y situación procesal. En la practica situación procesal. En la practica también existe en cuanto al nivel de también existe en cuanto al nivel de compromiso delictual y edadcompromiso delictual y edad

OBSERVACIONES:OBSERVACIONES: 1.- Art. 45.b) del Reglamento señala que 1.- Art. 45.b) del Reglamento señala que

se prohíbe, entre otras, la pena de se prohíbe, entre otras, la pena de aislamiento o celda solitaria, sin embargo aislamiento o celda solitaria, sin embargo en el artículo 75 contempla la “medida de en el artículo 75 contempla la “medida de separación del grupo” la que debe separación del grupo” la que debe cumplirse “en la habitación individual del cumplirse “en la habitación individual del adolescente, o en otro recinto de similares adolescente, o en otro recinto de similares características, sin que puede constituir características, sin que puede constituir jamás pena de aislamiento”.jamás pena de aislamiento”.

2.- Dentro de las sanciones a las 2.- Dentro de las sanciones a las faltas disciplinarias se consideran faltas disciplinarias se consideran algunas que son legalmente algunas que son legalmente penas, penas, como reparación del daño causado como reparación del daño causado (art. 111 y 112 del reglamento, para (art. 111 y 112 del reglamento, para faltas graves y menos graves) y faltas graves y menos graves) y amonestación (art. 113 del amonestación (art. 113 del reglamento para faltas leves).reglamento para faltas leves).

3.- 3.- Control por el Juez de las sanciones Control por el Juez de las sanciones disciplinariasdisciplinarias: las por faltas graves deben : las por faltas graves deben ser informadas al Juez de control de ser informadas al Juez de control de ejecución (art. 116 del reglamento). Esta ejecución (art. 116 del reglamento). Esta norma es menos rigurosa que la norma es menos rigurosa que la establecida en el sistema de adultos, pues establecida en el sistema de adultos, pues en esos casos, a partir de la segunda en esos casos, a partir de la segunda sanción, sanción, por cualquier falta por cualquier falta debe ser debe ser informada al Juez informada al Juez antesantes de su de su cumplimiento, el que debe aprobarla o no. cumplimiento, el que debe aprobarla o no. (art.87 DS del Ministerio de Justicia N° 518/98).(art.87 DS del Ministerio de Justicia N° 518/98).

Lo anterior debe entender sin perjuicio de Lo anterior debe entender sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 150 del CPPlo dispuesto en el artículo 150 del CPP

Cumplimiento de penas no Cumplimiento de penas no privativas de libertadprivativas de libertad

Bajo la administración de Sename, Bajo la administración de Sename, pero a cargo de instituciones pero a cargo de instituciones externas.externas.

No son las mismas instituciones en No son las mismas instituciones en todas las regiones. En ésta están a todas las regiones. En ésta están a cargo del CODENI, principalmente.cargo del CODENI, principalmente.

Existencia de varias condenasExistencia de varias condenas Adolescente de 15 años con dos o tres penas de Adolescente de 15 años con dos o tres penas de

libertad asistida especial, y una de internación libertad asistida especial, y una de internación en sistema cerrado o semicerrado. ¿ cuál pena en sistema cerrado o semicerrado. ¿ cuál pena cumple primero?. Considerar el art. 74 del CP. cumple primero?. Considerar el art. 74 del CP. (simultáneamente, si es posible, o empezar por la (simultáneamente, si es posible, o empezar por la más grave)más grave)

Un joven tiene penas conforme al sistema de la Un joven tiene penas conforme al sistema de la ley 20.084 y luego en el sistema penal de ley 20.084 y luego en el sistema penal de adultos. ¿pueden acumularse penas de adultos. ¿pueden acumularse penas de internación en régimen cerrado y penas de internación en régimen cerrado y penas de presidio de acuerdo al artículo 164 del Código presidio de acuerdo al artículo 164 del Código Orgánico?Orgánico?

QuebrantamientoQuebrantamiento

Se establecen sanciones para el Se establecen sanciones para el incumplimiento de cada tipo de incumplimiento de cada tipo de pena, normalmente aplicando, pena, normalmente aplicando, además, una más grave. además, una más grave.

El juez es quien debe determinar si El juez es quien debe determinar si efectivamente ha existido efectivamente ha existido incumplimiento. incumplimiento.

Sustitución y Remisión de la penaSustitución y Remisión de la pena

SUSTITUCIÓN: Iniciado el cumplimiento de las SUSTITUCIÓN: Iniciado el cumplimiento de las penas y si aparece como más favorable, el Juez, penas y si aparece como más favorable, el Juez, de oficio o a petición del condenado o su de oficio o a petición del condenado o su defensor, puede sustituirla por una menos defensor, puede sustituirla por una menos gravosa. Se discute en audiencia. (art.53 y 54)gravosa. Se discute en audiencia. (art.53 y 54)

La sanción de internación en régimen cerrado NO La sanción de internación en régimen cerrado NO puede sustituirse por prestación de servicio a la puede sustituirse por prestación de servicio a la comunidad, ni reparación del daño.( ¿podría por comunidad, ni reparación del daño.( ¿podría por multa o amonestación?)multa o amonestación?)

Si se trata de sustituir una pena Si se trata de sustituir una pena privativa de libertad, esto puede privativa de libertad, esto puede hacerse en forma condicional. hacerse en forma condicional.

No se indican las condiciones. No se indican las condiciones. Si éstas no se cumplen, se revoca la Si éstas no se cumplen, se revoca la

sustitución y se debe cumplir el sustitución y se debe cumplir el tiempo faltante.tiempo faltante.

(Art. 54)(Art. 54)

REMISIÓN: consiste en “perdonar” el REMISIÓN: consiste en “perdonar” el saldo de pena. Deben existir saldo de pena. Deben existir antecedentes calificados y se antecedentes calificados y se considere que se han cumplido los considere que se han cumplido los objetivos de la sanción. Se adopta en objetivos de la sanción. Se adopta en audiencia.audiencia.

Para penas privativas de libertad sólo Para penas privativas de libertad sólo se puede aplicar la remisión si se ha se puede aplicar la remisión si se ha cumplido la mitad de la pena.cumplido la mitad de la pena.

Mayoría de edad.Mayoría de edad. La regla básica es que siguen cumpliendo la pena La regla básica es que siguen cumpliendo la pena

de la forma que establece la ley 20.084.de la forma que establece la ley 20.084. Si cumple en régimen cerrado y faltan menos de Si cumple en régimen cerrado y faltan menos de

seis meses para el cumplimiento de la pena, el seis meses para el cumplimiento de la pena, el adolescente seguirá internado en el mismo adolescente seguirá internado en el mismo recinto del Sename. recinto del Sename.

Si faltare más tiempo Sename debe enviar Si faltare más tiempo Sename debe enviar informe fundado al Juez de control pidiendo su informe fundado al Juez de control pidiendo su permanencia en el recinto de Sename, o para que permanencia en el recinto de Sename, o para que sea trasladado a uno administrado por sea trasladado a uno administrado por Gendarmería.Gendarmería.

Si es trasladado, debe continuarse con el Si es trasladado, debe continuarse con el respectivo programa de reinserción social y respectivo programa de reinserción social y deben permanecer separados de los condenados deben permanecer separados de los condenados como adultos.como adultos.

Aprehensiones de los 10 delitos de mayor Aprehensiones de los 10 delitos de mayor frecuencia Delitosfrecuencia Delitos

• 2007 2007 2008 2008 2009 2009 Total Total

• Hurto supermercado o centros comerciales Hurto supermercado o centros comerciales 6.0016.001 8.3618.361 8.945 8.945 23.307 23.307

• Desordenes públicos Desordenes públicos 1.718 1.718 5.2205.220 2.153 2.153 9.091 9.091 Robo con intimidación Robo con intimidación 1.594 1.594 2.1932.193 1.992 1.992 5.779 5.779 Lesiones leves Lesiones leves 888 888 2.0902.090 2.458 2.458 5.436 5.436 Hurto falta (494 bis código penal) Hurto falta (494 bis código penal) 1.096 1.096 2.0122.012 2.009 2.009 5.117 5.117

• Hurto simple (media a menos de 4 UTM )Hurto simple (media a menos de 4 UTM ) 1.0091.009 2.0422.042 1.899 1.899 4.950 4.950

• Aprehendido por orden judicial Aprehendido por orden judicial 942 942 1.8131.813 1.949 1.949 4.704 4.704

• Daños simples Daños simples 948 948 1.7521.752 1.883 1.883 4.583 4.583

• Robo por sorpresa Robo por sorpresa 1.040 1.040 1.7811.781 1.670 1.670 4.491 4.491

• Robo con violencia Robo con violencia 1.049 1.049 1.6491.649 1.837 1.837 4.535 4.535

• Fuente Carabineros de ChileFuente Carabineros de Chile

• Edad Edad 2007 2007 2008 2008 2009 2009 Total general Total general

• FEMENINO FEMENINO 14 14 22 22 50 50 68 68 140 140

• 15 15 36 36 113 113 163 163 312 312

• 16 16 56 56 166 166 212 212 434 434

• 17 17 64 64 196 196 256 256 516516

• Total Total 178 178 525 525 699 699 1402 1402

• MASCULINO MASCULINO 14 14 97 97 235 235 333 333 665 665

• 15 15 221 221 547 547 811 811 1579 1579

• 16 16 369 369 995 995 1343 1343 2707 2707

• 17 17 607 607 1314 1314 1809 1809 37303730

• Total Total 1294 1294 3091 3091 4296 4296 8681 8681

• Total general Total general 1472 1472 3616 3616 4995 4995 10083 10083

• PDIPDI

Medidas Cautelares decretas en causas en el Medidas Cautelares decretas en causas en el marco de la Ley 20.084marco de la Ley 20.084

• 20072007 2008 2008 2009 2009 Total general Total general

• Otras medidas cautelares Otras medidas cautelares 10488 10488 16051 16051 14765 14765 41304 41304

• Internación Provisoria Internación Provisoria 932 932 1916 1916 1531 1531 4379 4379

• 1142011420 17967 17967 16296 16296 45683 45683