legislación educativa 2012

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1 LEGISLACIÓN Y ADMINISTRACIÓN EDUCATIVA

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LEGISLACIÓN Y ADMINISTRACIÓN

EDUCATIVA

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e. La Acción Popular

Procede por infracción de laConstitución y de la ley, contra losreglamentos, normasadministrativas, resoluciones ydecretos de caráctergeneral, cualquiera sea laautoridad de la que emanen.

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f. La Acción de Cumplimiento

Procede contra cualquier autoridad ofuncionario renuente a acatar una normalegal o un acto administrativo, sin perjuiciode las responsabilidades de ley.

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PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO

1. Acto Administrativo

Es la declaración de una entidadde la administración pública que,en el marco de normas dederecho público, esta destinadaa producir efectos jurídicossobre los intereses, obligacioneso derechos de los administradosdentro de una situaciónconcreta. (Artículo 1º de la LeyNº 27444 – Ley delProcedimiento AdministrativoGeneral).

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2. Procedimiento Administrativo

Conjunto de actos o diligenciastramitados en lasentidades, conducentes a laemisión de un actoadministrativo que produzcaefectos jurídicos individuales oindividualizables sobreintereses, obligaciones oderechos de los administrados.

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3. Sujetos del Procedimiento Administrativo

- Administrado:

Es la persona natural o jurídica que, cualquiera sea sucalificación o situación procedimental, participa en elprocedimiento administrativo

- Autoridad Administrativa:

Es el agente que bajo cualquier régimen jurídico y ejerciendopotestades públicas conduce el inicio, la instrucción, lasustanciación, la resolución, la ejecución o gestión delprocedimiento administrativo.

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4. Estructura del Procedimiento Administrativo

El Procedimiento Administrativo se desarrolla en cuatroetapas:

I. Inicio del Procedimiento

II. Ordenación e Instrucción del Procedimiento

III. Conclusión del Procedimiento

IV. Ejecución de la Resolución.

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ETAPA I: Inicio del Procedimiento Administrativo

El Procedimiento Administrativo se inicia de oficio por decisióndel órgano competente o a petición de parte.

- De Oficio: Para el inicio de oficio de un procedimiento debeexistir disposición de una autoridad superior debidamentefundamentada, una motivación basada en elcumplimiento de un deber legal o el mérito de unadenuncia.

- A petición de parte: Los administrados puedenpromover, de manera individual o colectiva, por escrito elinicio de un procedimiento administrativo ante cualquierentidad.

Este derecho implica la obligación de la administración dedar al interesado una respuesta por escrito dentro del plazolegal.

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ETAPA II: Ordenación e Instrucción del Procedimiento

Una vez iniciado el procedimiento administrativo debedesarrollarse de modo sencillo y eficaz.

La Autoridad administrativa deberá determinar la norma aplicableaún cuando no haya sido invocada por el administrado o fuereerrónea la cita legal. A fin de poder decidir un procedimientopodrán utilizarse todos los medios de prueba tales como:

- Recabar antecedentes y documentos.

- Solicitar informes y dictámenes de cualquier tipo.

- Conceder audiencia a los administrados, interrogar testigos yperitos, o recabar de ellos declaraciones por escrito.

- Consultar documentos y actas.

- Practicar inspecciones oculares.

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ETAPA III: Conclusión del Procedimiento Administrativo

Una vez agotada la etapa de la instrucción y obtenidos loselementos suficientes para decidir, la autoridad administrativaemite una resolución pronunciándose sobre el fondo delasunto.

Es posible que el procedimiento administrativo concluya porotros medios como el silencio administrativo positivo onegativo, según corresponda, el desistimiento, el abandono, elacuerdo por conciliación, o la prestación efectiva de losolicitado.

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ETAPA IV: Ejecución de Resoluciones

Los actos administrativos sonejecutarios, salvo disposiciónlegal expresa encontrario, mandato judicial oque estén sujetos a condicióno plazo conforme a ley.

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5. Plazos en el Procedimiento Administrativo

Los plazos establecidos en las normas legales son obligatorios, tanto para laadministración como para los administrados. La autoridad administrativa,tiene la obligación de cumplir los plazos y el administrado tiene el derechode exigir su cumplimiento.A falta de plazo establecido por ley expresa, las actuaciones debenproducirse dentro de los siguientes:1. Para recepción y derivación de un escrito a la unidad competente dentro

del mismo día de su presentación.2. Para actos de mero trámite y decidir peticiones de ese carácter en tres

días.3. Para emisión de dictámenes, peritajes, informes y similares dentro de

siete días después de solicitados; pudiendo ser prorrogado a tres díasmás si la diligencia requiere el traslado fuera de su sede o la asistencia deterceros.

4. Para actos de cargo del administrado requeridos por la autoridad, comoentrega de información, respuesta a las cuestiones sobre las cualesdeban pronunciarse dentro de los diez días de solicitados.

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El PLAZO MÁXIMO DEL PROCEDIMIENTO:

No puede exceder de treinta días el plazo que transcurra desdeque es iniciado un procedimiento administrativo de evaluaciónprevia hasta aquel en que sea dictada la resoluciónrespectiva, salvo que la ley establezca trámites cuyocumplimiento requiera una duración mayor.

RESPONSABILIDAD POR INCUMPLIMIENTO DE PLAZOS:

El incumplimiento injustificado de los plazos previstos para lasactuaciones de las entidades genera responsabilidad disciplinariapara la autoridad obligada, sin perjuicio de la responsabilidadcivil por los daños y perjuicios que pudiera haber ocasionado.También alcanza solidariamente la responsabilidad al superiorjerárquico, por omisión en la supervisión, si el incumplimientofuera reiterativo o sistemático.

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6. Conclusión del Procedimiento Administrativo

El Procedimiento Administrativo puede concluir de diversas formas:

Por Resolución que se pronuncia sobre el fondo del asunto.

Por aplicación del silencio administrativo positivo o negativo, según

lo establecido por las normas correspondientes.

Por desistimiento del procedimiento, en cuyo caso el administrado

podrá promover otro Procedimiento con la misma pretensión.

Por abandono de parte del administrado, en los procedimientosseguidos a solicitud de parte, cuando el administrado incumpla algúntrámite que le hubiera sido requerido y que produzca la paralizacióndel procedimiento por treinta días.

Por acuerdo, como consecuencia de conciliación o transacciónextrajudicial que tengan por objeto poner fin al procedimiento.

Por la prestación efectiva de lo pedido a conformidad deladministrado en los casos de petición graciable.

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El SILENCIO ADMINISTRATIVO:

- Silencio Administrativo Positivo:

Es la aprobación automática de lo solicitado, opera ante elincumplimiento de la administración pública de resolver la solicituddel administrado dentro del plazo establecido en la norma especial oel máximo de treinta (30) días, al que se adicionan los cinco (5) díasque se tiene para notificar a partir de la expedición del actoadministrativo. Cabe resaltar que la solicitud del administrado debeestar acompañado con todos los requisitos de ley.

Una vez vencido el plazo para la expedición de la resoluciónrespectiva y habiendo operado el Silencio Administrativo positivo(SAP), el administrado puede presentar una declaración jurada antela administración pública que configuró dicha aprobación ficta,constituyéndose el cargo de recepción de dicho documento enprueba suficiente de la resolución aprobatoria ficta de la solicitud oel trámite.

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- Silencio Administrativo Negativo:

El silencio administrativo negativo es también una técnica legal quepermite al ciudadano considerar denegada su petición a efectos deinterponer el recurso administrativo o la demanda administrativacorrespondiente, o esperar a que la administración se pronuncie, o en sudefecto se encuentra habilitado para interponer los recursosadministrativos y las acciones judiciales pertinentes.

El SAN(Silencio Administrativo Negativo) se aplica a: Casos que afectensignificativamente al interés público, incidiendo en: salud, medioambiente, recursos naturales, seguridad ciudadana, sistemas financieros/ seguros, mercado de valores, defensa nacional y patrimonio históricocultural de la nación entre otros.

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JUSTICIA ADMINISTRATIVA

Es un conjunto de instrumentosjurídicos para la tutela de losderechos subjetivos y losintereses legítimos de losparticulares frente a la actividadde la administración pública o dela conducta en materiaadministrativa de cualquierautoridad, por medio de loscuales se resuelven los conflictosque se producen entre laadministración y losadministrados.

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Revisión de Actos en la Vía Administrativa

Las resoluciones expedidas por la administración pueden ser revisadasde oficio por la autoridad o pueden ser contradichas por losadministrados mediante recursos administrativos.

a. Revisión de Oficio:

- Rectificación de Errores:

Los errores en los actos administrativos pueden ser rectificados conefecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia delos administrados, siempre que no se altere lo sustancial de sucontenido ni el sentido de la decisión.

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- Nulidad de Oficio:

En caso que se hubiera incurrido en una nulidad – por ejemplo si elacto fuera contrario a la Constitución o a las leyes, si fue emitido porfuncionario incompetente o si carece de algunos de los requisitosnecesarios para su validez – puede declararse de oficio la nulidad,aún cuando el acto haya quedado firme, siempre que agravie elinterés público. La nulidad de oficio solo puede ser declarada porfuncionario jerárquico superior al que expidió el acto que seinvalida. Si se tratara de un acto emitido por una autoridad que noestá sometida a subordinación jerárquica, la nulidad será declaradapor resolución del mismo funcionario.

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- Revocación:

Solo procede en los siguientes casos:

A. Cuando la facultad revocatoria haya sido expresamente establecida por una norma con rango legal.

B. Cuando sobrevenga la desaparición de las condiciones exigidas legalmente para la emisión del acto administrativo cuya permanencia sea indispensable para la existencia de la relación jurídica creada.

C. Cuando apreciando elementos de juicio sobrevinientes se favorezca a los destinatarios del acto y siempre que no se genere perjuicios a terceros.

La revocación sólo podrá ser declarada por la más alta autoridad de la entidad competente.

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b. Recursos Administrativos:

- Recurso de Reconsideración:

Se interpone ante el mismo órgano que dictó el primer acto que esmateria de la impugnación y deberá sustentarse en nueva prueba.

- Recurso de Apelación:

Se interpone cuando la impugnación se sustenta en diferenteinterpretación de las pruebas producidas o cuando se trate decuestiones de puro derecho, debiendo dirigirse a la misma autoridadque expidió el acto que se impugna para que eleve lo actuado alsuperior jerárquico.

- Recurso de Revisión:

Lo realiza la misma autoridad que expidió el acto impugnado, y eleva loactuado al superior jerárquico.

EL TÉRMINO PARA LA INTERPOSICIÓN DE LOS RECURSOS ES DE QUINCEDÍAS PERENTORIOS, Y DEBERÁN RESOLVERSE EN EL PLAZO DE TREINTADÍAS.

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PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO TRILATERAL

Es un proceso contenciosoadministrativo, en el que existenconflictos de intereses entre losadministrados.

Su finalidad es: solucionarcontroversias a pedido de parteo de oficio.

Clases:

- Controversia entre losadministrados.

- Controversia entre laAutoridad y losadministrados.

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PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR

Es el conjunto de actos quedeben seguirse para imponeruna sanción administrativa eimponer sanciones a losadministrados. Se inicia deoficio, por orden superior o pordenuncia.

Prescripción:

La facultad para determinar laexistencia de infraccionesadministrativas prescribe en elplazo que la norma especifica, sino la hubiere prescribe a loscuatro años.

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ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL

Es la aplicación de Normas degestión moderna queconllevan a un manejoapropiado de los recursos delEstado, aplicando en todomomento el binomio Costo –Beneficio.

Mediante la evaluación con deIndicadores de Eficacia yEficiencia.

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La administración pública en élPerú es llevada a cabo por lasentidades que conforman elpoder ejecutivo tales como:

- Los Ministerios

- Los gobiernos Regionales yLocales

- Los Organismos PúblicosDescentralizados

- El Poder Legislativo

- El Poder Judicial, etc.

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1. Administración de Planificación:

Implica ver hacia elfuturo, hacer estudiocon todos los métodos ytécnicas de lasnecesidades y lasoluciones a esasnecesidades.

Es en general laplanificación, establecerlas necesidades y lassoluciones para cubrirlas necesidades..

CLASES DE ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL

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Es aquella que decide yejecuta, es la que tiene lafacultad legal para poderactuar, a través de lasdecisiones, actos oresolucionesadministrativas.

Ejemplo de ello son losórganos ejecutivos elPresidente de laRepública, Ministros deEstado, DirectoresGenerales, ConcejosMunicipales, Magistradosdel Tribunal SupremoElectoral, etc.

2. Administración Ejecutiva o Decisión Política:

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Es aquella encargada que lastareas administrativas serealicen de conformidad con lasnormas establecidas, se trata deórganos con independencia defunciones dentro de estosórganos encontramos porejemplo: Dentro del ControlTécnico encontramos a laDirección Técnica delPresupuesto del Ministerio deFinanzas; de Oficio, a LaContraloría General de Cuentas;y a Petición, al Procurador de los

Derechos Humanos..

3. Administración de Control:

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Son órganos que sirven paraaconsejar o asesorar alórgano que ejecuta, sobre laconveniencia legal y técnicade las decisiones que tomaráquién tiene o ejerce lacompetencia administrativa.Esta asesoría se hace a travésde la simple opinión o deldictamen.

Por ejemplo: Los ConcejosTécnico de Asesoría de losMinisterios de Estado. .

4. Administración Consultiva o de Asesoría:

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La Auditoría es una función dedirección cuya finalidad esanalizar y apreciar, con visitaseventuales las accionescorrectivas, el control internode las organizaciones paragarantizar la integridad de supatrimonio, la veracidad de suinformación y elmantenimiento de la eficaciade sus sistemas de gestión.

LA AUDITORIA

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Es aquella que emite undictamen u opinión profesionalen relación con los estadosfinancieros de una unidadeconómica en una fechadeterminada y sobre elresultado de las operaciones ylos cambios en la posiciónfinanciera cubiertos por elexamen la condiciónindispensable es que estaopinión sea expresada por unContador Público debidamenteautorizado para tal fin.

TIPOS DE AUDITORIA GUBERNAMENTAL

1. AUDITORIA FINANCIERA

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de:

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Consiste en una actividad deevaluación que se desarrolla enforma independiente dentro deuna organización, a fin de revisarla contabilidad, las finanzas yotras operaciones como base deun servicio protector yconstructivo para laadministración.

Es un instrumento de controlque funciona por medio de lamedición y evaluación.

Ejemplo: En una empresageneralmente la realiza elGerente.

2. AUDITORIA INTERNA

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Es una técnica para evaluarsistemáticamente una función ouna unidad con referencia anormas de la entidad, utilizandopersonal no especializado en elárea de estudio, con el objeto deasegurar a la administración, quesus objetivos se cumplan, ydeterminar que condicionespueden mejorarse.

Ejemplo: Evaluación delcumplimiento de políticas yprocedimientos..

3. AUDITORIA DE OPERACIONES

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4. AUDITORIA ADMINISTRATIVA

Es una revisión sistemática yevaluatoria de una entidad oparte de ella, que se lleva a cabocon la finalidad de determinar sila organización está operandoeficientemente.

La auditoría administrativa abarcauna revisión de los objetivos,planes y programas de la entidad;su estructura orgánica yfunciones; sus sistemas,procedimientos y controles; elpersonal, las instalaciones y elmedio en que se desarrolla, enfunción de la eficiencia deoperación y el ahorro en loscostos.. .

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Consiste en verificar elcorrecto y oportuno pagode los diferentesimpuestos y obligacionesfiscales de loscontribuyentes desde elpunto de vista físico.

Ejemplo: SUNAT

5. AUDITORIA FISCAL

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Mide la eficacia ycongruencia alcanzadas en ellogro de los objetivos y lasmetas establecidas, enrelación con el avance delejercicio presupuestal.

6. AUDITORIA DE RESULTADO DE PROGRAMAS

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Tiene como finalidad revisarsi la dependencia oentidad, en el desarrollo desus actividades, ha observadoel cumplimiento dedisposiciones legales quesean aplicables (leyes, reglamentos, decretos,circulares, etc.).

7. AUDITORIA DE LEGALIDAD

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Es un examen queproporciona una evaluaciónobjetiva y constructiva acercadel grado en que los recursoshumanos, financieros ymateriales son manejadoscon debidaseconomías, eficacia yeficiencia.

8. AUDITORIA INTEGRAL

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Es un proceso cuya responsabilidadparte de la Alta Gerencia, y seencuentra diseñado para proporcionaruna seguridad razonable sobre el logrode los objetivos de la organización.

Estos objetivos han sido clasificados en:

• Establecimiento de estrategias.

• Efectividad y eficiencia de lasoperaciones.

• Confiabilidad de la informaciónfinanciera.

• Cumplimiento con las leyes,reglamentos, normas y políticas.

CLASES DE AUDITORIA

1. AUDITORIA INTERNA

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Son métodos empleados poruna firma externa deprofesionales para averiguar laexactitud del contenido de losestados financierospresentados por una empresa.

Se trata de dar carácterpublico, mediante la revisiónde los estados financieros queen principio eran privados.

2. AUDITORIA EXTERNA

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Es un proceso de coordinar eintegrar actividades detrabajo para que se llevenacabo en forma eficiente yeficaz con otras personas opor medio de ellas.

LA ADMINISTRACIÓN

DEFINICIÓN

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Representa las funcionescontinuas de las actividadesprimarias en las cualesparticipan los gerentes.Dichas funciones son:

- Planificación

- Organización

- Dirección y

- Control

PROCESO

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Es la parte vital de laAdministración. Se refiere a larelación entre insumos yproductos, cuya meta esminimizar el costo porconceptos de recursos. Sedescribe como «hacer bienlas cosas» es decir, nodesperdiciar recursos.

EFICIENCIA (Medios)

Cuando se alcanza las metasde la organización o «hacer loque es apropiado», es decir,las actividades de trabajo queayudan a la organización aalcanzar las metas.

EFICACIA (Fines)

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CARACTERÍSTICAS DESCRIPCIÓN

UniversalidadExiste en cualquier grupo social y es susceptible de aplicarse lo mismo en una empresa industrial, el ejercito, un hospital, una escuela, etc.

Valor InstrumentalDado que su finalidad es eminentemente práctica, la administración resulta ser un medio para lograr un fin y no un fin en sí misma: mediante ésta se busca obtener un resultado.

Unidad TemporalAunque para fines didácticos se distingan diversas fases y etapas en el proceso administrativo,esto no significa que existan aisladamente. Todas las partes del proceso administrativo existensimultáneamente.

Unidad JerárquicoTodos cuantos tienen carácter de jefes en un organismo social, participan en distintos grados ymodalidades, de la misma administración. Así, en una empresa forman un solo cuerpoadministrativo, desde el gerente general, hasta el último empleado.

Amplitud de ejercicio Se aplica en todos los niveles o subsistemas de una organización formal.

EspecificidadAunque la administración se auxilie de otras ciencias y técnicas, tiene características propiasque le proporcionan su carácter específico.

InterdisciplinariedadLa administración es afín a todas aquellas ciencias y técnicas relacionadas con la eficiencia en el trabajo.

Flexibilidadlos principios administrativos se adaptan a las necesidades propias de cada grupo social endonde se aplican. La rigidez en la administración es inoperante.

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LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Es una organización que elEstado utiliza para canalizaradecuadamente demandassociales y satisfacerlas, através de la transformaciónde recursos públicos enacciones modificadoras de larealidad, mediante laproducción de bienes,servicios y regulaciones.Ejemplo: PCM, GR, GL.

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LEY DE LA CARRERA ADMINISTRATIVA«DECRETO LEGISLATIVO 276»

TÍTULO PRELIMINAR

CARRERA ADMINISTRATIVA

TÍTULO I

DE LA CARRERA ADMINISTRATIVA

CAPÍTULO I :DE LA ESTRUCTURA

CAPÍTULO II :DEL INGRESO

CAPÍTULO III :DEL ASCENSO DE LA CARRERA

CAPÍTULO IV :DE LAS OBLIGACIONES, PROHIBICIONES Y DERECHOS

CAPÍTULO V :DEL RÉGIMEN DISCIPLINARIO

CAPÍTULO VI :DEL TÉRMINO DE LA CARRERA

CAPITULO VII :DEL TRIBUNAL DEL SERVICIO CIVIL Y DELOS CONSEJOS REGIONALES DEL SERVICIO CIVIL

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TÍTULO II

DEL SISTEMA ÚNICO DE REMUNERACIONES

CAPÍTULO I: BASES DEL SISTEMA

CAPÍTULO II: DEL HABER BÁSICO

CAPÍTULO III : DE LAS BONIFICACIONES

CAPÍTULO IV: DE LOS BENEFICIOS

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS, TRANSITORIAS Y FINALES

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CARRERA ADMINISTRATIVA:

Es el conjunto de principios, normasy procesos que regulan el ingreso,los derechos y los deberes quecorresponden a los servidorespúblicos que, con carácter estableprestan servicios de naturalezapermanente en la AdministraciónPública.

Tiene por objeto permitir laincorporación de personal idóneo,garantizar su permanencia, asegurarsu desarrollo y promover surealización personal, en eldesempeño del servicio público.

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¿QUIÉNES NO ESTAN COMPRENDIDOS?

Los servidores públicos contratados,los funcionarios que desempeñancargos políticos o de confianza.

Además los miembros de lasFuerzas Armadas y de la PolicíaNacional ni los trabajadores de lasEmpresas del Estado o Sociedadesde Economía Mixta., cualquiera seasu forma jurídica.

Ejemplo:

• Petroperú

• Corpac (Corporación Peruana deAviación Civil).

• Sima (Servicio Industrial demarina), etc.

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PRINCIPIOS

LEGALIDAD

NEUTRALIDAD

IGUALDAD DE OPORTUNIDADES

EFICIENCIA

EFICACIA

GARANTIA DEL NIVEL ADQUIRIDO

ESTABILIDAD LABORAL

IMPARCIALIDAD

MERITO

PRINCIPIOS DE LA CARRERA ADMINISTRATIVA:

REMUNERACIÓN JUSTAY EQUITATIVA

ANTES DE ENTRAR AL SERVICIO

EN EL SERVICIO

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NIVELES DE LA CARRERA ADMINISTRATIVA:

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Grupo Auxiliar: 7 NivelesGrupo Técnico: 10 Niveles

Grupo Técnico: 10 Niveles

La carrera comprende catorce (14) niveles;- al Grupo Profesional le corresponde los ocho (8) niveles superiores,- al Grupo Técnico diez (10) niveles comprendidos entre el tercero y decimosegundo;- al Grupo Auxiliar los siete (7) niveles inferiores.

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a) El Grupo Profesional estáconstituido por servidorescon título profesional ogrado académico reconocidopor la Ley Universitaria.

b) El Grupo Técnico estáconstituido por servidorescon formación superior ouniversitaria incompleta ocapacitación tecnológica oexperiencia técnicareconocida.

c) El Grupo Auxiliar estáconstituido por servidoresque tienen instrucciónsecundaria y experiencia ocalificación para realizarlabores de apoyo.

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INGRESO CARRERA ADMINISTRATIVA:

Son requisitos para el Ingreso a

la Carrera Administrativa:

a) Ser ciudadano peruanoen ejercicio;

b) Acreditar buena conducta ysalud comprobada;

c) Reunir los atributos propiosdel respectivo grupoocupacional.

d) Presentarse y ser aprobado enel Concurso de Admisión; y

e) Los demás que señale la Ley..

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Cargo Político:

El servidor de carrera designadopara desempeñar cargo políticoo de confianza, tiene derecho aretornar a su grupo ocupacionaly nivel de carrera al término desu designación en dichos cargos,lo que debe constar en laresolución correspondiente.

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Ingreso de Servidores Contratados:

La contratación de un servidor para realizar laboresadministrativas de naturaleza permanente no puede renovarsepor más de tres años consecutivos. Vencido este plazo, el servidorque haya venido desempeñando tales labores podrá ingresar a laCarrera Administrativa, previa evaluación favorable y siempre queexista plaza vacante, reconociéndosele el tiempo de serviciosprestados como contrato para todos sus efectos.

No es aplicable a los servicios que por su propia naturaleza seande carácter accidental o temporal.

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ASCENSOS EN LA CARRERA ADMINISTRATIVA:

a) PROMOCIÓN AL NIVEL INMEDIATO SUPERIOR:

El ascenso del servidor en la Carrera Administrativa se producemediante promoción a nivel inmediato superior de su respectivogrupo ocupacional, previo concurso de méritos.

b) COBERTURA DE PLAZA VACANTE POR CONCURSO:

Las entidades publicas planifican sus necesidades de personal enfunción del servicio y sus posibilidades presupuestales. Anualmente laentidad podrá realizar hasta dos concursos por ascenso siempre queexista la plaza vacante.

c) PROGRAMAS DE CAPACITACIÓN

Es deber de cada entidad establecer programas de capacitación paracada nivel de carrera y de acuerdo con las especialidades, como mediode mejorar el servicio público e impulsar el ascenso.

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d) EVALUACIÓN PERIODICA:

El ascenso del servidor Periódicamente y a través de métodostécnicos, deberán evaluarse los méritos individuales y el desempeñoen el cargo, como factores determinantes de la calificación para elconcurso.

e) CAMBIO DE GRUPO OCUPACIONAL A NIVEL INFERIOR:

El cambio de grupo ocupacional, previo el cumplimiento de losrequisitos correspondientes, no puede producirse a nivel inferior alalcanzado, salvo consentimiento expreso del servidor.

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Grupo Ocupacional

EJECUTIVO:- Administrativo- Asistencial

PROFESIONAL

TÉCNICO

AUXILIAR

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FUNCIONES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS:

a) Cumplir personal y diligentemente los deberes que impone elservicio público;

b) Salvaguardar los intereses del Estado y emplear austeramente losrecursos públicos;

c) Concurrir puntualmente y observar los horarios establecidos;

d) Conocer exhaustivamente las labores del cargo y capacitarse parasu mejor desempeño;

e) Observar buen trato y lealtad hacia el público en general, hacia lossuperiores y compañeros de trabajo;

f) Guardar absoluta reserva en los asuntos que revistan tal carácter,aún después de haber cesado en el cargo;

g) Informar a la superioridad de los actos delictivos o de inmoralidadcometidos en el ejercicio de la función pública; y

h) Las demás que le señale las leyes o el reglamento.

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DECLARACIÓN JURADA DE LOS BIENES O RENTA:

Los servidores públicos quedetermina la ley o queadministran o manejanfondos del Estado debenhacer declaración jurada desus bienes y rentas al tomarposesión y al cesar en suscargos, y periódicamentedurante el ejercicio deéstos.

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PROHIBICIONES EN LA CARRERA ADMINISTRATIVA:

a) Realizar actividades distintas a su cargo durante el horario normalde trabajo, salvo labor docente universitaria;

b) Percibir retribución de terceros para realizar u omitir actos delservicio;

c) Realizar actividad política partidaria durante el cumplimiento de laslabores;

d) Emitir opinión a través de los medios de comunicación social sobreasuntos del Estado, salvo autorización expresa de la autoridadcompetente;

e) Celebrar por sí o por terceras personas o intervenir, directa oindirectamente, en los contratos con su entidad en los que tenganintereses el propio servidor, su cónyuge o parientes hasta el cuartogrado de consanguinidad o segundo de afinidad; y

f) Las demás que señalen las leyes o el reglamento.

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DERECHOS DEL SERVIDOR PÚBLICO:

a) Hacer carrera pública en base al mérito, sin discriminaciónpolítica, religiosa, económica, de raza o de sexo, ni de ninguna otraíndole;

b) Gozar de estabilidad. Ningún servidor puede ser cesado nidestituido sino por causa prevista en la Ley de acuerdo alprocedimiento establecido;

c) Percibir la remuneración que corresponde a su nivel, incluyendolas bonificaciones y beneficios que procedan conforme a ley;

d) Gozar anualmente de treinta días de vacaciones remuneradas salvoacumulación convencional hasta de 2 períodos;

e) Hacer uso de permiso o licencias por causas justificadas o motivospersonales, en la forma que determine el Reglamento;

f) Obtener préstamos administrativos de acuerdo a las normaspertinentes;

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g) Reincorporarse a la carrera pública al término del desempeño decargos electivos en los casos que la ley indique;

h) Ejercer docencia universitaria, sin ausentarse del servicio más deseis horas semanales;

i) Recibir menciones, distinciones y condecoraciones de acuerdo a losméritos personales. La Orden de l Servicio Civil del Estadoconstituye la máxima distinción;

j) Reclamar ante las instancias y organismos correspondientes de lasdecisiones que afecten sus derechos;

k) Acumular a su tiempo de servicios hasta cuatro años de estudiosuniversitarios a los profesionales con titulo reconocido por la LeyUniversitaria, después de quince años de servicios efectivossiempre que no sean simultáneos;

l) No ser trasladado a entidad distinta sin su consentimiento;

ll) Constituir sindicatos con arreglo a ley.

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m) Hacer uso de la huelga en la forma que la ley determine;

n) Gozar, al término de la carrera, de pensión dentro del régimenque le corresponde;

ñ) Los demás que señalen las leyes o el reglamento.

Los derechos reconocidos por la Ley a los servidores públicos sonirrenunciables. Toda estipulación en contrario es nula.

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REGIMEN DISCIPLINARIO:

a) RESPONSABILIDAD CIVIL Y PENAL ADMINISTRATIVA:

Los servidores públicos son responsables civil, penal yadministrativamente por el cumplimiento de las normas legales yadministrativas en el ejercicio del servicio público, sin perjuicio de lassanciones de carácter disciplinario por las faltas que cometan.

b) SANCIONES:

- Amonestación verbal o escrita;

- Suspensión sin goce de remuneraciones hasta por treinta días;

- Cese temporal sin goce de remuneraciones hasta por doce meses;

- Destitución.

c) FALTAS DE CARÁCTER DISCIPLINARIO:

Son faltas de carácter disciplinarias que, según su gravedad, pueden ser sancionadas con cese temporal o con destitución, previo proceso administrativo.

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a) El incumplimiento de las normas establecidas en la presente Ley ysu Reglamento;

b) La reiterada resistencia al cumplimiento de las órdenes de sussuperiores relacionadas con sus labores;

c) El incurrir en actos de violencia, grave indisciplina o faltamiento depalabra en agravio de su superior, del personal jerárquico y de loscompañeros de labor;

d) La negligencia en el desempeño de las funciones;

e) El impedir el funcionamiento del servicio público;

f) La utilización y disposición de los bienes de la entidad en beneficiopropio o de terceros;

g) La concurrencia reiterada al trabajo en estado de embriaguez obajo la influencia de drogas o sustancias estupefacientes y, aunqueno sea reiterada, cuando por la naturaleza de servicio revistaexcepcional gravedad;

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h) El abuso de autoridad, la prevaricación o el uso de la función confines de lucro;

i) El causar intencionalmente daños materiales en los locales,instalaciones, obras maquinarias, instrumentos, documentación ydemás bienes de propiedad de la entidad o en posesión de ésta;

j) Los actos de inmoralidad;

k) Las ausencias injustificadas por más de tres días consecutivos o pormás de cinco días no consecutivos en un período de treinta díascalendario o más de quince días no consecutivos en un período deciento ochenta días calendario; y

l) Las demás que señale la Ley.

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DESTITUCION AUTOMÁTICA POR CONDENA PENALLa condena penal privativa de la libertad por el delito doloso cometidopor un servidor público lleva consigo la destitución automática.El Servidor destituido no podrá reingresar al servicio público duranteel término de 5 años como mínimo.RECURSO DE RECONSIDERACIÓN O APELACIÓNEl servidor que se considere afectado por una sanción podrá interponerrecurso de reconsideración o apelación, con cuya resolución quedaráexpedito el recurso ante el respectivo Consejo Regional del ServicioCivil o Tribunal del Servicio Civil, según corresponda.

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TÉRMINO DE LA CARRERA:

a) TERMINO DE LA CARRERA ADMINISTRATIVA:

La Carrera Administrativa termina por:

Fallecimiento;

Renuncia;

Cese definitivo; y

Destitución

b) CAUSAS JUSTIFICADAS PARA EL CESE DEFINITIVO DE UN SERVIDOR

Son causas justificadas para el cese definitivo de un servidor:

Límite de 70 años de edad;

Pérdida de la Nacionalidad;

Incapacidad permanente física o mental; y

Ineficiencia o ineptitud comprobada para el desempeño del cargo.

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SISTEMA ÚNICO DE REMUNERACIONES:

La remuneración de losfuncionarios y servidorespúblicos estará constituida porel haber básico, lasbonificaciones y los beneficios.

El haber básico:Se fija, para los funcionarios, deacuerdo a cada cargo y para losservidores, de acuerdo a cadanivel de Carrera. En uno y otrocaso el haber básico es el mismopara cada cargo y para cadanivel, según corresponda.

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Las Bonificaciones son:

La personal, quecorresponde a la antigüedaden el servicio computadaspor quinquenios;

La familiar, que correspondea las cargas familiares; y

La diferencial, que no podráser superior al porcentajeque con carácter único yuniforme para todo el SectorPúblico se regularáanualmente.

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Los Beneficios son:

a) Asignación por cumplir 25 ó30 años de servicios: Seotorga por un montoequivalente a dosremuneraciones mensualestotales, al cumplir 25 años deservicios, y tresremuneracionesmensuales, al cumplir 30 añosde servicios. Se otorga porúnica vez en cada caso.

b) Aguinaldos: Se otorgan enFiestas Patrias y Navidad porel monto que se fije pordecreto supremo cada año.

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c) Compensación por Tiempode Servicios: Se otorga alpersonal nombrado almomento del cese por elimporte del 50% deremuneración principal paralos servidores con menos de20 años de servicios, o deuna remuneración principalpara los servidores con 20 ómás años de servicios porcada año completo ofracción mayor de 6 meses yhasta por un máximo de 30años de servicios.

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d) Remuneración de HorasExtraordinarias: Los trabajosque realice un servidorpúblico en exceso sobre sujornada ordinaria de trabajoserán remunerados en formaproporcional a su haberbásico.

e) Dietas: Las dietas porparticipación y asistencia adirectorios u órganoequivalentes de Empresas eInstituciones no tienennaturaleza remuneratoria. Sumonto será fijado porDecreto Supremo.

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¿QUIÉNES SON LOS TRABAJADORES PÚBLICOS?

Todas las personas que se vinculancon el Estado, actuando este comoempleador, son trabajadorespúblicos en alguna de susmodalidades.

Ejemplos:

- El Presidente de la República

- Funcionarios y trabajadores dela Presidencia del Consejo deMinistros.

- Funcionarios y trabajadores delCongreso de República.

- Funcionarios y trabajadores delos Gobiernos Regionales yLocales, etc.

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1. Funcionario público:

El que desarrolla funciones depreeminencia política, reconocidapor norma expresa, querepresentan al Estado o a unsector de la población, desarrollanpolíticas del Estado y/o dirigenorganismos o entidades públicas.El Funcionario Público puede ser:a) De elección popular directa y

universal o confianza políticaoriginaria.

b) De nombramiento y remociónregulados.

c) De libre nombramiento yremoción.

El termino preeminencia significa: privilegio, ventaja o preferencia de que gozauna persona respecto de otra por razón o mérito especial. Ejemplo: El Jefe deEstado.

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2. Empleado de confianza:

Es el que desempeña cargo deconfianza o político, distinto aldel funcionario público. Seencuentra en el entorno dequien lo designa o remuevelibremente y en ningún caso serámayor al 5% de los servidorespúblicos existentes en cadaentidad. pueden serdesempeñadas por personal decarrera o ajenas ella.Ejemplo: Los que el PresidenteRegional nombra:- Director General de la DIRESA- Director General de

Agricultura, etc.

Martin Gustavo Mallma Arrescurrenaga, fuedesignado en el cargo de confianza paratrabajar como Director Regional de ComercioExterior y Turismo (DIRCETUR).

Lunes, 12 de marzo de 2012

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3. Servidor Público:

Se clasifica en:a. Directivo Superior:

Es el que desarrolla funcionesadministrativas relativas a ladirección de un órgano programao proyecto, la supervisión deempleados públicos, laelaboración de políticas deactuación administrativa y lacolaboración en la formulación depolíticas de gobierno.A este grupo se ingresa porconcurso de méritos ycapacidades de los servidoresejecutivos y especialistas, suporcentaje no excederá del 10%del total de empleados de laentidad.

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b. Ejecutivo:Es el que desarrolla funcionesadministrativas, como:El ejercicio de autoridad, deatribuciones resolutivas, las de fepública, asesoría legalpreceptiva, supervisión, fiscalización, auditoría y, engeneral, aquellas que requieren lagarantía de actuaciónadministrativa objetiva, imparciale independiente a las personas.

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c. Especialista:El que desempeña labores deejecución de serviciospúblicos.Ejemplo: Especialistas de laDREP (Dirección Regional deeducación Pasco).

d) De Apoyo:El que desarrolla laboresauxiliares de apoyo y/ocomplemento.Ejemplo: Asistentes,secretarias, etc.

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PENSIONES

Existen normas que regulan el Sistema de pensiones del Trabajador Público:

a. El Régimen del Decreto Ley N°19990,

b. El Régimen a cargo del Estado Decreto Ley N° 20530, y

c. El Régimen privado de las Administradoras de Fondos de Pensiones AFP .

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OFICINA DE NORMALIZACIÓN

PREVISIONAL (ONP)

Es una institución públicadescentralizada del Ministeriode Economía y Finanzas y sumisión es orientar sus esfuerzospara lograr el bienestar de losjubilados a través de un tratoamable y justo, utilizandoprocesos eficientes y altosestándares de calidad.

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ASOCIACIÓN DE ADMINISTRADORAS DE FONDE DE PENSIONES

Son instituciones financierasprivadas que tienen como único finla administración de los Fondos dePensiones bajo la modalidad decuentas personales. Otorganpensiones de jubilación, invalidez,sobrevivencia y proporciona gastosde sepelio. Las AFP fueron creadasen 1993 y operan dentro delSistema Privado de Pensiones (SPP),el cual es supervisado y fiscalizadopor la Superintendencia de Banca,Seguros.

Ejemplo: AFP INTEGRA, AFP PRIMA,AFP PROFUTURO, etc.

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LA ADMINISTRACIÓN EDUCATIVA

La Administración Educativa esun elemento fundamental parael desempeño eficiente de lasinstituciones educativasmodernas.

El administrador educativo esresponsable de la calidad delservicio brindado por lainstitución y debe ser capaz dellevar a cabo todos los procesosgerenciales (planificación,administración, supervisión ycontrol) para poder tener éxitoen su gestión.

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• Conjunto de teorías, técnicas, principios y procedimientosadministrativos aplicados al manejo de una entidad educativa.

• Proceso de toma y ejecución de decisiones relacionadas a laadecuada combinación de los elementoshumanos, materiales, técnicos y financieros, requeridos para laefectiva conducción de un sistema (entidad) educativo.

• Crear las condiciones físicas, sociales, culturales y económicasque faciliten las tareas de investigar, enseñar y aprender querealizan investigadores, maestros y alumnos.

OTROS CONCEPTOS:

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Administración Educativa

Planificación Organización Coordinación Control

Diagnóstico Programación Presupuesto

Estructura Cargos

Funciones Procesos

Toma Decisiones Ordenes

Delegación Motivación Innovación

Negociación Supervisión

Interna Externa

Interna/Externa Evaluación Monitoreo

Dirección

Diagramas Manuales

Reglamento

Teorías Enfoques Técnicas

COMITES

Estándares Instrumentos

Retroalimentación

Investigación Estadística Costo/ Fin

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GESTIÓN EDUCATIVA:

Es un proceso orientado alfortalecimiento de los ProyectosEducativos de las Instituciones,que ayuda a mantener laautonomía institucional, en elmarco de las políticas públicas, yque enriquece los procesospedagógicos con el fin deresponder a las necesidadeseducativas locales y regionales.

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GESTIÓN EDUCATIVA

PRINCIPIOS

Proactividad Creatividad Flexibilidad Participativa Concertada

Eficiente

Burocrática Conductista

Sistémico Gerencial

Pedagógicos y Administrativos

E S T R U C T U R A

EDUCATIVA ADMINISTRACIÓN SISTEMAS POLITICA

ENFOQUES PROCESOS

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ENFOQUE GERENCIAL

• Aplicación de los conceptos, teorías, enfoques y técnicasadministrativas.

• Medición en términos del logro de resultados y no del simplecumplimiento

Escuela Empresa

Director Gerente Gestiona

Entorno

Objetivos

RecursosProcesos

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ENTIDAD EDUCATIVA

POLÍTICOS

ECONÓMICOS

SOCIALES

TECNOLÓGICOS

CULTURALES

IMPACTOS DE LA GESTIÓN EDUCATIVA

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Administrador Educativo

CONOCIMIENTOS

HABILIDADES

ACTITUDES

INSTITU

CIO

NA

L

Áreas ocupacionales

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FUNCIONES DE LA ADMINISTRACIÓN EDUCATIVA

A. MACROSISTEMA

• Diseño, desarrollo, evaluación del sistema educativo.

• Estudios para la definición de objetivos y políticas.

• Formulación de la normatividad académica y administrativa.

• Elaboración y aprobación de planes y programas.

• Determinación y distribución de los recursos financieros.

• Administración integral del magisterio.

• Formulación y adopción de decisiones estratégicas.

• Control del cumplimiento de las políticas.

• Regulación y supervisión de los sistemas escolares.

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A. MICROSISTEMA

• Adecuar y desarrollar los planes y programas de nivelessuperiores.

• Relacionar la I.E. con los padres de familia y con la comunidad.

• Promover acciones de orientación personal-social, académica yvocacional.

• Aplicar un sistema de evaluación integral.

• Promover servicios de apoyo y bienestar al estudiante.

• Velar por la conservación, mantenimiento y seguridad de losequipos y materiales educativos.

• Promover la proyección hacia la comunidad.

• Generar proyectos en beneficio de la Institución Educativa.

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CARACTERÍSTICAS DE LA ADMINISTRACIÓN EDUCATIVA

• PLANIFICADA: Se requiere de planes.

• CONTROLADA: Se requiere medir y garantizar el cumplimiento de los objetivos.

• DESCONCENTRADA: Se requiere llegar a los lugares más alejados.

• COORDINADA: es necesaria la coordinación y armonización de todos los sectores.

• INTERDISCIPLINARIA: Se requiere el esfuerzo de diversos especialistas.

• DINÁMICA: Se busca que la toma de decisiones sea rápida, flexible y eficaz.

• INNOVADORA: Usar nuevos métodos y procedimientos para nuevas situaciones.

• PARTICIPATIVA: Se busca el compromiso de todos los agentes educativos.

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LIMITACIONES DE LA ADMINISTRACIÓN EDUCATIVA

A. ECONÓMICO:

• Presupuestos insuficientes

• Uso inadecuado de los pocos recursos

• Bajos sueldos para el personal

• Desajuste entre el Plan y el Presupuesto.

B. POLÍTICO:

• Falta de una política educativa a largo plazo.

• Influencia excesiva del Gobierno de turno en la política educativa.

• Políticas incongruentes con la realidad nacional.

• Falta de claridad en los objetivos.

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C. LEGAL:

• Contradicción legal en la normatividad educativa.

• Mala interpretación de las normas específicas.

• Incumplimiento de las normas.

D. ESTRUCTURAL:

• Excesiva centralización alrededor del Ministerio de Educación.

• Insuficiente coordinación intersectorial, y dentro del sectoreducación.

• Estructuras organizativas no funcionales, con procedimientosobsoletos y rutinarios.

E. PERSONAL:

• Deficiente formación docente.

• Burocracia en la administración educativa.

• Preferencias personales sobre profesionales.

• Falta de estímulos, etc.

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SISTEMA EDUCATIVOPERUANO

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EDUCACIÓN EN EL PERÚ

Está bajo la jurisdicción delMinisterio de Educación, quienformula, implementa y supervisala política nacional de educación.De acuerdo a la Constitución, laeducación es obligatoria ygratuita en las escuelas públicaspara los niveles deinicial, primaria, secundaria asícomo en las universidadespúblicas.

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HISTORIA DE LA EDUCACIÓN EN EL PERÚ

No existen registros escritos niorales acerca de algún sistemaeducativo organizado en lasculturas pre incas.Cada cultura habría desarrolladouna manera ideal deentrenamiento y especialización.Ejem: trabajos enorfebrería, cerámica o textileríaque se conservan hasta hoy.

EDUCACIÓN EN LAS CULTURAS PRE INCAS

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La educación formal, según elInca Garcilaso de la Vega. Fuefundada por Inca Roca, fuediseñada exclusivamente para laélite real.

En este nivel se educaba paraser administradores ygobernantes.

Los Amautas, eran los maestros,hombres ilustres en la filosofía ymoral.

La educación era estricta y sepracticaban los castigos.

EDUCACIÓN EN EL INCANATO

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Para educar indios adultos y darinstrucción a los niños eranecesario cristianizar.

En la Universidad NacionalMayor de San Marcos (1551)sólo tenían acceso los de lacasta aristocrática, poseedoresdel poder político y económico.

Los indios en general, no teníaacceso a la educación formal,solo les quedaba la educacióninformal.

EDUCACIÓN EN EL VIRREINATO

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Legislación:

Ley General de Educación LeyNº 28044

Ley del Sistema Nacional deEvaluación, Certificación yAcreditación de la CalidadEducativa. Ley Nº 28740

Ley de Promoción de laInversión Privada en EducaciónDecreto legislativo Nº 882

Ley Universitaria Ley Nº 23733

ESTRUCTURA DEL SISTEMA EDUCATIVO

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EDUCACIÓN BÁSICA

NIVELES EDUCATIVOS

a. EDUCACIÓN BÁSICA REGULAR

Está dirigida a los niños yadolescentes que pasan, por elproceso educativo de acuerdocon su evolución física, afectiva ycognitiva.Esta organizada en los siguientesniveles:

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INICIAL:

Se inicia a partir de los 3años, son momentos oportunosen los que el niño/a asimila confacilidad determinadosaprendizajes.El objetivo de la educacióntemprana es favorecer eldesarrollo integral del niño/a.La educación inicial es la basepara una buena formación del serhumano.

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PRIMARIA:

Se inicia con el primer ciclo,conformado por el 1er y 2dogrado. La edad de ingreso paralos niños es de 6 años. Este nivelempieza en el 1er grado ytermina en el 6to grado deprimaria.

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SECUNDARIA:

Es la que tiene como objetivocapacitar al alumno paraproseguir estudios superiores obien para incorporarse al mundolaboral.Al terminar la educaciónsecundaria se pretende que elalumno desarrolle las suficienteshabilidades, valores y actitudespara lograr un buendesenvolvimiento en la sociedad.

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b. EDUCACIÓN BÁSICA ESPECIAL:

Atiende a personas que tienen untipo de discapacidad que dificulteun aprendizaje regular y a niños yadolescentes superdotados o contalentos específicos.

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c. EDUCACIÓN BÁSICAALTERNATIVA:

Está dirigida a estudiantes queno tuvieron acceso a laEducación Básica Regular.Enfatiza la preparación para eltrabajo y el desarrollo decapacidades empresariales. Laalfabetización estácomprendida en la EducaciónBásica Alternativa.Se desarrolla en formapresencial, semipresencial y adistancia.

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EDUCACIÓN INTERCULTURAL BILINGÜE Y RURAL

En el Perú existen 44 pueblosindígenas, los cuales hablanlenguas distintas delcastellano.La Educación InterculturalBilingüe y Rural garantiza unaeducación de calidad paratodos los niños y niñas delPerú.

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EDUCACIÓN SUPERIOR:

a. EDUCACIÓN TECNICO PRODUCTIVA

Es la forma de educaciónorientada a la adquisición ydesarrollo de competenciaslaborales y empresarialesdebiendo ser de desarrollosostenible, competitivo yhumano.Esta educación esta organizadaen dos ciclos:

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CICLO BÁSICO:

Provee al estudiante de lascompetencias necesarias paraejecutar trabajos de menorcomplejidad que le permitanincorporarse al mercadolaboral.Los estudiantes del Ciclo Básicoque aprueben módulos, comomínimo, a un total de 1000horas de estudio, tienenderecho al Título de AuxiliarTécnico.

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CICLO MEDIO:

Provee al estudiante de lascompetencias necesarias parael ejercicio de una actividadocupacional especializada.Los estudiantes del Ciclo Medioque aprueben módulos, comomínimo, a un total de 2000horas de estudio, tienenderecho al Título de Técnico conmención a la especialidadrespectiva.

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b. EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICA:

En el Perú, la educación nouniversitaria se da mediante:Institutos Técnicos, InstitutosPedagógicos, CETPROs (Centrode Educación TécnicoProductiva), etc.Están bajo la tutoría delMinisterio de Educación, que esel encargado de brindar laslicencias de funcionamiento.

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b. EDUCACIÓN SUPERIOR UNIVERSITARIA:

Destinada a la investigación,creación y difusión deconocimientos.De un total de 92Universidades peruanas, sólo36 son del Estado mientras elresto pertenecen a la gestiónprivada.

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LEY DE EDUCACIÓN -LEY DEL PROFESORADO