la legislaciÓn educativa nacional

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LA LEGISLACIÓN EDUCATIVA NACIONAL

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Page 1: LA LEGISLACIÓN EDUCATIVA NACIONAL

 LA LEGISLACIÓN

EDUCATIVA

NACIONAL

Page 2: LA LEGISLACIÓN EDUCATIVA NACIONAL

LEY 1420

1884Enseñanza primaria, gratuita, laica y

obligatoria

Presidente de la Argentina: Julio Argentino Roca

Page 3: LA LEGISLACIÓN EDUCATIVA NACIONAL

LEY 1420

CONGRESO PEDAGÓGICO SUDAMERICANO DE 1882

Se genera a partir del

Page 4: LA LEGISLACIÓN EDUCATIVA NACIONAL

LEY 1420

AntecedentesLey de

Educación de la

provincia de Bs As N°75

Ley francesa de 1882

Page 5: LA LEGISLACIÓN EDUCATIVA NACIONAL

LEY 1420 Fue aumentando la población de niños que recibían la instrucción primaria.

Avanzó el protagonismo de las mujeres en el magisterio.

Promocionó la Ley Láinez N°4874, promulgada en 1905 a efectos de crear escuelas primarias en las provincias, dado el índice de analfabetismo.

Page 6: LA LEGISLACIÓN EDUCATIVA NACIONAL

LEY FEDERAL DE EDUCACIÓN N°24.195

CONGRESO PEDAGÓGICO DESDE 1984

Tiene su origen

PRESIDENCIA DE RAÚL ALFONSÍN

Page 7: LA LEGISLACIÓN EDUCATIVA NACIONAL

LEY FEDERAL DE EDUCACIÓN N°24.195

PROPÓSITOS

REPENSAR QUÉ EDUCACIÓN NECESITÁBAMOSSe

organizaron

JORNADAS Y DEBATES EN LAS ESCUELAS

Page 8: LA LEGISLACIÓN EDUCATIVA NACIONAL

LEY FEDERAL DE EDUCACIÓN N°24.195

NIVEL INICIAL

PRIMER CICLO

SEGUNDO CICLO

EDUCACIÓN GENERAL BÁSICA (EGB)

EDUCACIÓN POLIMODAL

EDUCACIÓN SUPERIOR

Page 9: LA LEGISLACIÓN EDUCATIVA NACIONAL

LEY FEDERAL DE EDUCACIÓN N°24.195• La normatización para todos los

niveles de enseñanza.• La articulación académica.• Prolongación del tiempo de

escolaridad.• Descentralización de los servicios

educativos. respetando la autonomía y regionalismos de cada provincia.• El respeto de cada provincia para

su mejor implementación.• Un mosaico de alternativas

educativas.

Page 10: LA LEGISLACIÓN EDUCATIVA NACIONAL

RESOLUCIONES 1045-1049-1053

2005

Se implementan cambios en la estructura del sistema educativo bonaerense, en el nivel correspondiente a la Educación General Básica.

Page 11: LA LEGISLACIÓN EDUCATIVA NACIONAL

RESOLUCIONES 1045-1049-1053

NIVEL EGB

Tendrá una conducción para el primer ciclo y segundo ciclo

Educación Primaria Básica (EPB)

Educación Secundaria Básica (ESB).

Page 12: LA LEGISLACIÓN EDUCATIVA NACIONAL

RESOLUCIONES 1045-1049-1053

Los docentes, vivieron capacitaciones diversas, obteniendo acreditaciones que no siempre resultaron acogidas en el momento del puntaje.

Las evaluaciones tendrán un espíritu integrador del proceso desarrollado.

Page 13: LA LEGISLACIÓN EDUCATIVA NACIONAL

LA NORMATIVA EDUCATIVA DEL 2005• El apoyo y sostenimiento económico-

financiero para la educación.• La promoción de la equidad y calidad

educativa, para todas las provincias .• La concientización que el docente debe

y necesita capacitarse-perfeccionarse, en forma permanente.

• La reinserción al sistema educativo, de aquellas personas que no finalizaron sus estudios.

• Y la pretensión de contar con una estructura curricular homogénea, para todo el país, con respecto a las particularidades regionales.

Page 14: LA LEGISLACIÓN EDUCATIVA NACIONAL

ANTEPROYECTO SOBRE LA PRÓXIMA LEY DE EDUCACIÓN NACIONAL

Septiembre 2006

Conformado por XII títulos

Page 15: LA LEGISLACIÓN EDUCATIVA NACIONAL

ANTEPROYECTO SOBRE LA PRÓXIMA LEY DE EDUCACIÓN NACIONAL

• Distingue al sistema educativo en: Educación Inicial, Educación Primaria, Educación Secundaria, Educación Superior, Educación Técnico Profesional, Educación Artística, Educación Especial, Educación permanente de jóvenes y adultos, Educación Rural, Educación intercultural bilingüe, Educación en contextos de privación de la libertad y Educación domiciliaria y hospitalaria.

• La “formación docente”. La formación docente para el Nivel Inicial y Primario tendrá cuatro años de duración, el último de los cuales se realizará bajo la forma de residencia.

Page 16: LA LEGISLACIÓN EDUCATIVA NACIONAL

SOBRE LA LEY DE EDUCACIÓN NACIONAL N°26206

PROMULGADA EL 27 DE DICIEMBRE DEL 2006

CONSTA DE 145 ARTÍCULOS

Se plantea que cada jurisdicción podrá decidir en relación a la próxima estructura de Educación Primaria y Secundaria:• Una estructura de seis años para el nivel de

educación primaria y seis años para el nivel de educación secundaria, o

• Una estructura de siete años para el nivel de educación primaria y cinco años para el nivel de educación secundaria.

Page 17: LA LEGISLACIÓN EDUCATIVA NACIONAL

SOBRE LA LEY DE EDUCACIÓN NACIONAL N°26206

• “fortalecer la centralidad de la lectura y la escritura como condiciones básicas para para la educación a lo largo de toda la vida, la construcción de una ciudadanía responsable y la libre circulación del conocimiento”.

• “comprometer a los medios masivos de comunicación a asumir mayores grados de responsabilidad ética y social por los contenidos y valores que transmiten”.

Page 18: LA LEGISLACIÓN EDUCATIVA NACIONAL

• El Estado Nacional, las provincias y la ciudad autónoma de Buenos Aires, de manera concertada y recurrente, son los responsables de la planificación, organización, supervisión y financiación del Sistema Educativo Nacional. Garantizan el acceso a la educación en todos los niveles y modalidades, mediante la creación y la administración de los establecimientos educativos de gestión estatal. El Estado Nacional crea y financia las Universidades Nacionales.

SOBRE LA LEY DE EDUCACIÓN NACIONAL N°26206

Page 19: LA LEGISLACIÓN EDUCATIVA NACIONAL

SOBRE LA LEY DE EDUCACIÓN NACIONAL N°26206

• “El Sistema Educativo Nacional tendrá una estructura unificada en todo el país que asegure su ordenamiento y cohesión, la organización y articulación de los niveles y modalidades de la educación y la validez nacional de los títulos y certificados que expidan”.

• El art. 16 plantea que “la obligatoriedad escolar en todo el país se extiende desde la edad de 5 años hasta la finalización del Nivel de Educación Secundaria…”

Page 20: LA LEGISLACIÓN EDUCATIVA NACIONAL

• “La estructura del Sistema Educativo Nacional comprende cuatro niveles: Educación Inicial, Educación Primaria, Educación Secundaria y Educación Superior; y ocho modalidades… la Educación Técnico Profesional; la Educación Artística; la Educación Especial; la Educación Permanente de jóvenes y adultos; la Educación Rural, la Educación intercultural bilingüe; la Educación en contextos de privación de libertad y la Educación domiciliaria y hospitalaria”.

SOBRE LA LEY DE EDUCACIÓN NACIONAL N°26206

Page 21: LA LEGISLACIÓN EDUCATIVA NACIONAL

 

ESTRUCTURA DEL

SISTEMA EDUCATIVO

Page 22: LA LEGISLACIÓN EDUCATIVA NACIONAL

LEY DE EDUCACIÓN N°1420

• Escolaridad obligatoria de siete años.• La obligación escolar puede cumplirse en

las escuelas públicas, particularidades o en el hogar de los niños…

• La obligación escolar supone la existencia de la escuela pública gratuita al alcance de los niños de edad escolar.

• La enseñanza primaria se dividirá en seis o más agrupaciones graduales y será sin alteración de grados en Escuelas:

Infantiles Elementales Superiores

Page 23: LA LEGISLACIÓN EDUCATIVA NACIONAL

• La enseñanza primaria para los niños de 6 a 10 años, se dará preferentemente en clases mixtas, bajo la dirección de maestras autorizadas.

• Se establecerán las siguientes escuelas especiales de enseñanza primaria:

Jardines de Infantes Escuelas para adultos Escuelas ambulantes

LEY DE EDUCACIÓN N°1420

Page 24: LA LEGISLACIÓN EDUCATIVA NACIONAL

LEY DE EDUCACIÓN N°24.195

Fija una nueva estructura académica de la Educación Argentina

NIVEL INICIAL (OBLIGATORIO EL ÚLTIMO AÑO)EDUCACIÓN GENERAL BÁSICA

PRIMER CICLO

SEGUNDO CICLO

TERCER CICLO

EDUCACIÓN POLIMODAL

EDUCACIÓN CUATERNARIA

Page 25: LA LEGISLACIÓN EDUCATIVA NACIONAL

LEY DE EDUCACIÓN N°26.206

El sistema educativo Nacional tendrá una estructura unificada en todo el país que asegure el ordenamiento y cohesión, la organización y articulación de los niveles y modalidades de la educación y la validez nacional de los títulos y certificados que se expidan.

La estructura del Sistema Educativo Nacional comprende cuatro niveles y ocho modalidades.

Cada jurisdicción podrá decidir sólo entre dos opciones de estructura para los niveles de Educación Primaria y Secundaria de la educación común

Page 26: LA LEGISLACIÓN EDUCATIVA NACIONAL

FINANCIAMIENTO DE LA

EDUCACIÓN

Page 27: LA LEGISLACIÓN EDUCATIVA NACIONAL

LEY 1420Artículo 44°:_Constituirán el tesoro común de las escuelas:1°: el 20%de la venta de tierras nacionales en los territorios y colonias de la nación, siempre que no exceda el producido de 200.000 pesos por moneda nacional.2°: el 50% de los intereses de los depósitos judiciales de la capital.3°: el 40% de la contribución directa de la capital, territorios y colonias nacionales.

Page 28: LA LEGISLACIÓN EDUCATIVA NACIONAL

LEY DE EDUCACIÓN N°24.195

Artículo 60°:- La inversión en el sistema educativo por parte del estado es prioritaria y se atenderá con los recursos que determinen los presupuestos nacional, provinciales y de la municipalidad de la ciudad de Buenos Aires, según corresponda.Artículo 61°:- La inversión pública consolidada total en educación, será duplicada gradualmente y como mínimo a razón de 20 por ciento anual.Artículo 62°:- La diferencia entre estas metas de cumplimiento obligatorio y los recursos de las fuentes mencionadas en el artículo 60, se financiará con impuestos directos de asignación específica aplicados a los sectores de mayor capacidad contributiva.

Page 29: LA LEGISLACIÓN EDUCATIVA NACIONAL

LEY DE EDUCACIÓN N°24.195

Artículo 63°:- El Estado Nacional, las provincias y la municipalidad de la ciudad de Buenos Aires, formalizarán un pacto federal educativo, el mismo considerará:• El compromiso del incremento presupuestario

educativo anual de cada jurisdicción.• El aporte del Estado Nacional para el

cumplimiento de las nuevas obligaciones que la presente ley determina a las provincias y la municipalidad de la ciudad de Buenos Aires.

• La definición de procedimientos de auditoria eficientes que garanticen la utilización de los fondos destinados a educación en la forma prevista.

• La implementación de la estructura y objetivos del sistema educativo indicado en la presente ley.

Page 30: LA LEGISLACIÓN EDUCATIVA NACIONAL

LEY DE EDUCACIÓN N°24.195

Artículo 64°:- El poder ejecutivo nacional financiará total o parcialmente programas especiales de desarrollo educativo que encaren las diversas jurisdicciones con la finalidad de solucionar emergencias educativas, compensar desequilibrios educativos regionales, enfrentar situaciones de marginalidad, o poner en practica experiencias educativas de interés nacional, con fondos que a tal fin le asigne anualmente el presupuesto, o con partidas especiales que se habiliten al efecto.Artículo 65°: las partidas para los servicios asistenciales que se presten en y desde el servicio educativo serán adicionales a las metas establecidas en el artículo 61.

Page 31: LA LEGISLACIÓN EDUCATIVA NACIONAL

Artículo 9°:- El presupuesto consolidado del Estado Nacional, las provincias y la ciudad autónoma de Buenos Aires destinado exclusivamente a educación, no será inferior al seis por ciento del Producto Interno Bruto.Artículo 10°:- El estado nacional no suscribirá tratados bilaterales o multilaterales de libre comercio que impliquen concebir la educación como un servicio lucrativo o alienten cualquier forma de mercantilización de la educación pública. 

LEY DE EDUCACIÓN N°26.206