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26
INSTITUTO FEDERAL DE ESPECIALISTAS DE CONCURSOS MERCANTILES INFORME DE LABORES 16 DE NOVIEMBRE DE 2014 AL 31 DE MAYO DE 2015

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INSTITUTO FEDERAL DE ESPECIALISTAS DE

CONCURSOS MERCANTILES

INFORME DE LABORES

16 DE NOVIEMBRE DE 2014 AL 31 DE MAYO

DE 2015

2

Índice

INTRODUCCIÓN .............................................................................................................................. 4

I. RECURSOS HUMANOS ............................................................................................................. 6

II. JUNTA DIRECTIVA ..................................................................................................................... 7

III. PROYECTOS INSTITUCIONALES (PAT 2014-2015) .......................................................... 7

IV. CONFORMACIÓN DEL REGISTRO DE ESPECIALISTAS ................................................ 8

1. Incidencias ............................................................................................................................. 8

2. Principios clasificadores del Registro ................................................................................ 9

2.1. Distribución de especialistas por entidad federativa ....................................................... 9

2.2. Distribución de especialidades ......................................................................................... 11

V. SANCIONES ADMINISTRATIVAS ......................................................................................... 11

VI. DESIGNACIONES Y CALIFICACIÓN DE EXCUSAS ........................................................ 12

VII. SUPERVISIÓN DEL DESEMPEÑO DE LOS ESPECIALISTAS ..................................... 13

1. En la Fase de Visita de Verificación ................................................................................ 13

2. En la Etapa de Conciliación .............................................................................................. 14

3. En la Etapa de Quiebra ..................................................................................................... 14

VIII. CONSULTORÍA A ESPECIALISTAS .................................................................................. 14

IX. PROMOCIÓN DE LA CAPACITACIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE ESPECIALISTAS..... 15

X. ESTADÍSTICAS RELATIVAS A LOS CONCURSOS MERCANTILES: .......................... 16

1. Juicios admitidos ................................................................................................................ 16

1.1. Lugar de radicación ............................................................................................................ 16

1.2. Clasificación de iniciativa, por solicitud o por demanda ............................................... 18

1.2.1. Por solicitud ......................................................................................................................... 18

1.2.2. Por demanda formulada por acreedores o el Ministerio Público ................................ 18

1.3. Solicitudes de concurso mercantil con apertura de conciliación o de quiebra ......... 18

2. Sentencias de declaración de concurso mercantil ........................................................ 18

3. Estado procesal de los juicios al cierre del informe ...................................................... 19

3.1. Fase de Visita de Verificación .......................................................................................... 19

3.2. Etapa de Conciliación ........................................................................................................ 19

3.3. Etapa de Quiebra ............................................................................................................... 20

3

4. Juicios terminados .............................................................................................................. 21

XI. APOYO A ÓRGANOS JURISDICCIONALES, OTRAS AUTORIDADES Y PÚBLICO EN

GENERAL ........................................................................................................................................ 21

XII. RELACIÓN CON ORGANISMOS NACIONALES E INTERNACIONALES ................... 23

XIII. DIFUSIÓN ............................................................................................................................... 23

CONSIDERACIÓN FINAL ............................................................................................................. 25

4

Pleno de la Honorable Suprema Corte de Justicia de la Nación Pleno del Honorable Consejo de la Judicatura Federal

Con fundamento en la fracción XV del artículo 311 de la Ley de Concursos

Mercantiles (en adelante la Ley) y en observancia a la resolución que la Suprema

Corte de Justicia de la Nación emitió el 25 de septiembre de 2000, en el

expediente varios 698/2000, la Junta Directiva, en los términos que indica el oficio

SGA/MFEN/1934/2013, informa sobre las actividades del Instituto Federal de

Especialistas de Concursos Mercantiles (en adelante el Instituto), desarrolladas

durante el periodo comprendido del 16 de noviembre de 2014 al 31 de mayo de

2015:

INTRODUCCIÓN

El concurso mercantil atraviesa por un momento trascendental. Con motivo de la

denominada “Reforma Financiera”, el legislador introdujo en la Ley reformas

eficaces para quienes asumieron ese procedimiento como mecanismo de certeza

para solucionar las crisis económicas empresariales.

Las adecuaciones legislativas cobran particular relevancia para compañías de

gran impacto económico y social, cuyos procedimientos en curso presentan

dimensiones inusitadas. Por ejemplo, 44 empresas que conforman 3 de los grupos

societarios más importantes de México, relacionados con la industria de la

construcción de vivienda, están reestructurando, ya sea como obligadas directas o

indirectas, pasivos registrados por más de 355,178 millones de pesos, referentes a

26,029 acreedores. Una más, vinculada con la prestación de servicios

especializados al sector petroquímico, lo hizo por más de 14,830 millones de

pesos, con 245 acreedores.

Como parte de la solución de fondo, la tendencia que se observa es que los

acreedores más representativos están ocupando la posición de accionistas

mayoritarios y de nuevos administradores del negocio que consideran viable, en

sustitución de los socios originales, mediante la conversión de su deuda en capital

social y el compromiso de inyectar dinero una vez aprobado judicialmente el

convenio concursal, para la ejecución del nuevo modelo proyectado para la plena

recuperación.

Con convicción de que la conservación de la empresa es el escenario más

propicio para la recuperación de sus créditos, algunos acreedores otorgaron

5

nuevos créditos como medida indispensable para mantener la operación ordinaria

de la negociación y la liquidez necesaria durante la tramitación del concurso

mercantil, bajo las reglas que, para mejorar su mecánica y seguridad de

recuperación, incluyó la citada Reforma Financiera.

Ello es muestra de que el concurso mercantil, cumple con mayor eficacia la

teleología de su diseño, es decir, la conservación de las empresas y evitar que el

incumplimiento generalizado de pagos ponga en riesgo, tanto su viabilidad como

la de aquellos con quienes mantenga una relación de negocios. En esa medida,

avanza hacia su consolidación como instrumento del Estado Mexicano que genera

certeza jurídica a los justiciables afectados por ese fenómeno económico.

La intervención del Poder Judicial de la Federación en la aplicación de la Ley ante

problemas económicos y sociales complejos, es acorde y conducente para darles

óptima respuesta. En este contexto, los jueces de Distrito ante quienes se tramitan

los procedimientos concursales han contado con el respaldo jurídico y técnico de

este Instituto, tanto vía la supervisión de las actividades cotidianas de los

especialistas, como a través del ejercicio de la atribución prevista en la fracción IX

del artículo 311 de la Ley, y siempre con pleno respeto a la independencia judicial,

como órgano consultivo mantiene en forma pro activa una estrecha colaboración

con el rector del procedimiento, bajo la consideración de que la experiencia de

este órgano auxiliar del Consejo de la Judicatura Federal, repercuta en los

justiciables para que accedan a una tutela judicial efectiva.

Como se aprecia de los anteriores que se han presentado, el diseño de los

informes semestrales está sustentado no sólo en el reporte cuantitativo o

cualitativo de nuestras labores, sino también en destacar los resultados generales

que periódicamente derivan de la aplicación de la Ley; de esa manera, se da

cuenta del quehacer institucional y se pone en contexto la evolución del

comportamiento del concurso mercantil en el país.

Las secciones que integran este informe, se refieren, unas a aspectos de

organización y cumplimiento de obligaciones administrativas de este órgano

auxiliar, dentro del Consejo de la Judicatura Federal; otras informan sobre el

ejercicio de atribuciones y de las labores que de ellas se desprenden; otras más

dan a conocer estadísticas relativas al procedimiento objeto de la Ley.

En ese escenario informamos a los Plenos de la Suprema Corte de Justicia de la

Nación y del Consejo de la Judicatura Federal, así como a la sociedad mexicana,

de las labores realizadas por el Instituto en el primer semestre del año.

6

I. RECURSOS HUMANOS

La Junta Directiva1 a la que está encomendado el Instituto, se integra por un

Director General y cuatro Vocales2, 2 de sus miembros son mujeres y 3 hombres.

Este órgano colegiado está apoyado por una estructura administrativa de 28

servidores públicos, 10 mujeres y 18 hombres, quienes ocupan las siguientes

plazas: 2 Titulares de Unidad Administrativa, 7 Coordinadores de Áreas, 1

Secretario Particular de Director General, 2 Directores de Área, 8 Coordinadores

Técnicos y 8 Técnicos Operativos.

Vocalía Vocalía

Dirección General

del Instituto

Vocalía

Vocalía

JUNTA DIRECTIVA

Secretaria Particular

Unidad de Registro y

Control de

Especialistas

Unidad de

Normatividad y

Capacitación

Dirección

Administrativa

Dirección de

Tecnologías

Aplicadas a la

Información

EQUIDAD DE GÉNERO

Mujeres 12 36 %

Hombres 21 64 %

Total 33 100%

1 Artículo 313 de la Ley 2 Artículo 314 de la Ley

7

II. JUNTA DIRECTIVA

Celebró 24 sesiones ordinarias y 2 extraordinarias3. Tomó 190 acuerdos

relacionados con los temas siguientes: aplicación de procedimientos aleatorios de

designación de especialistas; la calificación de sus excusas; la valoración de su

desempeño; criterios para revisar y aprobar en términos de las Reglas de Carácter

General de la Ley, los proyectos de cuenta de sus honorarios; inicio y resolución

de procedimientos de sanción administrativa iniciados en su contra; así como la

emisión de opiniones consultivas e informes de labores, entre otros aspectos.

Se destaca que, con fundamento en los artículos 208 y 321, fracción I de la Ley,

como consecuencia de la mencionada Reforma Financiera, la Junta Directiva

autorizó la adición a las Reglas de Carácter General de la Ley de Concursos

Mercantiles, del Título XIII denominado: “VALOR DE ENAJENACIÓN DE BIENES

DE LA MASA, HASTA POR EL CUAL LOS MISMOS PUEDEN ENAJENARSE

BAJO RESPONSABILIDAD DEL SÍNDICO, SIN ATENDER A LO DISPUESTO EN

EL CAPÍTULO I DEL TÍTULO SÉPTIMO DE LA LEY”, que contiene los numerales

61 y 62; acuerdo que se publicó el 16 de enero de 2015 en el Diario Oficial de la

Federación, así como en la página de Internet del Instituto.

III. PROYECTOS INSTITUCIONALES (PAT 2014-2015)

Los proyectos estratégicos reportados a la Dirección General de Innovación

Planeación y Desarrollo Institucional, durante este primer semestre, se diseñaron

con el propósito de continuar con la progresiva modernización de la plataforma

tecnológica del Instituto y con ello fortalecer la gestión de los procesos.

Al cierre del año pasado, de acuerdo al calendario establecido, se concluyeron los

proyectos operativos denominados: “Integración de los sistemas automatizados de

supervisión de Especialistas”, “Integración de los sistemas automatizados de

alertas” e “Integración de los sistemas automatizados de generación de

estadística”.

En enero del presente año, se dio inicio a los proyectos operativos intitulados:

“Diseño de reactivos de aprendizaje por competencias laborales para la selección

de especialistas conciliadores”, “Rediseño del domicilio de Internet”, “Elaboración

del Sistema de Actas de Sesión de la Junta Directiva del Instituto” y “Desarrollo de

3 Artículos 322 y 323 de la Ley

8

la Guía para la elaboración de la propuesta preliminar de conservación de la

empresa”, este último diseñado con la finalidad de apoyar en la tramitación del

concurso mercantil. En el acumulado de cumplimiento de proyectos que se

registra electrónicamente en el Sistema de Planeación Estratégica Institucional

(SSPEI), se reporta el siguiente grado de cumplimiento:

IV. CONFORMACIÓN DEL REGISTRO DE ESPECIALISTAS

El Registro de Especialistas (en adelante el Registro) se conforma con aquellas

personas que obtienen la inscripción por acreditar cubrir los requisitos necesarios

para la realización de las funciones de visitador, conciliador o síndico en los

procedimientos de concurso mercantil. Es atribución del Instituto constituirlo y

mantenerlo; únicamente quienes figuren en él pueden ejercer esas funciones.

Actualmente, existen 109 inscritos con una o más de las especialidades previstas

en la Ley.

1. Incidencias4

Durante este periodo se presentaron 3 bajas temporales por solicitud del

especialista y 7 definitivas5. Estas últimas se suscitaron por las siguientes causas:

Causa Especialistas

Fallecimiento 2

Cancelación del registro (por sanción administrativa) 2

Solicitud 3

4 Artículo 334 de la Ley. 5 Regla 12 de Carácter General de la Ley.

Avance del PAT IFECOM

Anual Programado Realizado Cumplimiento Restante por

ejecutar

100.00 %

32.50 % 32.50 % 100.00 % 67.50 %

9

De las bajas descritas en el cuadro anterior, 4 correspondieron a especialistas que

tenían registro en el Distrito Federal, 1 en Baja California, 1 en Chihuahua y 1 en

San Luis Potosí.

Históricamente, el comportamiento del número de registros por semestre se

expresa en la siguiente tabla:

2. Principios clasificadores del Registro

2.1. Distribución de especialistas por entidad federativa

La ubicación geográfica es un elemento que caracteriza al Registro. Esto permite

hacer las designaciones requeridas por los órganos jurisdiccionales atendiendo a

la sede del juzgado y a los domicilios donde habrán de ejercerse funciones,

preferiblemente de entre los registrados con domicilio profesional en las entidades

federativas donde se radica el procedimiento, en la mayoría de las cuales existen

especialistas. En caso de que no se cuente con especialistas domiciliados en

determinada jurisdicción, la designación se hace a través del procedimiento

aleatorio en el que participan los inscritos en ubicaciones geográficas cercanas o

0

20

40

60

80

100

120

140

160

180

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30

Registros Activos por Semestre2000-II - 2015-I

semestres

Registros

10

que provean un fácil acceso, conforme a las Reglas de Carácter General de la

Ley6.

La distribución de especialistas por entidad federativa, es la siguiente:

Entidad federativa Especialistas Registrados Entidad federativa Especialistas Registrados

Aguascalientes 5 Oaxaca 2

Baja California 4 Puebla 2

Baja California Sur 1 Querétaro 1

Chiapas 3 Quintana Roo 1

Chihuahua 3 San Luis Potosí 4

Distrito Federal 32 Sinaloa 3

Durango 1 Sonora 5

Estado de México 4 Tabasco 2

Guanajuato 2 Tamaulipas 1

Guerrero 1 Tlaxcala 1

Hidalgo 2 Veracruz 6

Jalisco 9 Yucatán 1

Michoacán 3 Zacatecas 1

Nuevo León 9

* Entidades Federativas sin especialistas: Campeche, Coahuila, Colima, Morelos y Nayarit

6 Reglas 3, 5, 29 y 30 de Carácter General de la Ley.

11

2.2. Distribución de especialidades

El Registro se conforma con las especialidades de visitador, conciliador y síndico.

Una persona puede estar inscrita en una o más de ellas, según haya demostrado

contar con el perfil conducente en términos de los Criterios de Selección y

Actualización de los Especialistas de Concursos Mercantiles, publicados en el

Diario Oficial de la Federación el 18 de diciembre de 2009.

Actualmente, 79 de los 109 especialistas cuentan con por lo menos 2 de las 3

especialidades. De los 30 restantes, 26 son visitadores, 3 síndicos y 1 conciliador.

Como se observa en el cuadro siguiente, la combinación “conciliador/síndico” es la

de mayor incidencia; hay 44 inscritos en esa modalidad.

Especialistas 109 Combinaciones 219

Visitadores Conciliadores Síndicos

26 26

3 3

1 1

4 4 4

44 44 44

31 31 31 31

V. SANCIONES ADMINISTRATIVAS

En términos de los artículos 311, fracción III y 336 a 338 de la Ley, el Instituto está

facultado para imponer como sanción administrativa a los especialistas, según la

gravedad de la infracción cometida, amonestación, suspensión temporal o

cancelación del registro.

En razón del interés público que la Ley protege, las sanciones tienen como

finalidad, garantizar el correcto funcionamiento del servicio que prestan al

intervenir como órganos auxiliares del rector del concurso mercantil y, en

particular, tratándose de la cancelación, además, depurar el Registro para

mantener en él únicamente aquellos profesionales que estén en aptitud de ejercer

en forma óptima sus funciones.

12

En este periodo, un especialista registrado en el Distrito Federal y otro en

Chihuahua, se hicieron acreedores a la cancelación de su registro por no haber

desempeñado adecuadamente sus funciones, de conformidad con la fracción I del

artículo 337 de la Ley.

En otros 4 procedimientos, en razón de que las conductas no fueron consideradas

graves, se determinó imponer como sanción administrativa la amonestación a

especialistas registrados en Aguascalientes, Distrito Federal, Jalisco y San Luis

Potosí.

Se acordó iniciar 4 procedimientos para determinar si ha lugar o no a imponer

sanción a especialistas del Distrito Federal y Nuevo León.

VI. DESIGNACIONES Y CALIFICACIÓN DE EXCUSAS

Se realizaron 82 designaciones: 22 de visitador, 17 de conciliador y 43 de síndico.

51 se suscitaron como consecuencia de la declaración del concurso mercantil o

cambio de etapa de conciliación a quiebra; 22 por la admisión de la solicitud o la

demanda; y las 9 restantes por excusas de los especialistas que resultaron

procedentes. En este último caso, todas fueron relativas a síndicos.

De las 82 designaciones realizadas, 53 fueron de especialistas con registro en el

Distrito Federal; mientras que 29 de otras entidades federativas, en las que

destaca Jalisco con 14.

65%

17%

18%

Designaciones por Entidad Federativa

Distrito Federal, 53 Jalisco, 14 Otras, 15

13

VII. SUPERVISIÓN DEL DESEMPEÑO DE LOS ESPECIALISTAS

El Instituto tiene la atribución de supervisar la prestación de los servicios que

realizan los visitadores, conciliadores y síndicos en los procedimientos de

concurso mercantil7; con independencia de que pertenezcan o no al Registro, aun

cuando no sean designados por este órgano auxiliar8.

La supervisión se ejerció en 278 procedimientos; 11 ya concluyeron al cierre del

periodo, por lo que se continúa supervisando a quienes realizan sus actividades

en función de la etapa del procedimiento y que se esquematiza de la siguiente

forma:

1. En la Fase de Visita de Verificación

14 6 6 26

En espera de la orden de visita

Visitas en curso

Dictámenes entregados y en espera del dictado de la sentencia

7 Artículo 311, fracción VIII de la Ley. 8 Artículos 147, 174, 332, fracción VII y 339 de la Ley.

Visita

26

Conciliación

93

Quiebra

148

TOTAL 267

14

2. En la Etapa de Conciliación

20 6 19 4 22 22 93

Por publicar sentencia

Elaboración de lista provisional

Elaboración de lista definitiva

En espera de sentencia de reconocimiento, graduación y prelación de

créditos

Elaboración y presentación de convenio concursal

En espera de aprobación del convenio concursal

3. En la Etapa de Quiebra

42 90 16 148

En proceso de toma de posesión

En proceso de enajenación de activos y pago a acreedores

En proceso de terminación

VIII. CONSULTORÍA A ESPECIALISTAS

Como órgano consultivo, el Instituto ha emitido opinión a los especialistas en

temas relacionados con criterios de interpretación y aplicación de las disposiciones

de la Ley9. En esta materia se brindaron 897 asesoramientos de carácter jurídico y

técnico, tanto en la fase de visita e integración de la litis como en las etapas

sucesivas del concurso mercantil, esencialmente, en los temas siguientes:

En la fase de visita de verificación e integración de la litis: aspectos

contables, financieros y jurídicos para determinar obligaciones concursales de los

9 Artículo 311, fracción IX, de la Ley.

15

comerciantes, interpretación de contratos de emisión de bonos, aplicación de

Normas de Información Financiera, problemas al dictaminar la situación concursal

de compañías controladoras y controladas, cuestiones fiscales sobre obligaciones

vencidas, créditos a favor del Instituto Mexicano del Seguro Social y del Servicio

de Administración Tributaria, así como uso de la “Tecnovisita”10.

En la etapa de conciliación: criterios para la evaluación de la factibilidad de

otorgamiento de nuevos créditos indispensables para mantener la operación

ordinaria de la empresa y la liquidez necesaria durante la tramitación del concurso

mercantil, elaboración y presentación de listas provisional y definitiva de

reconocimiento, graduación y prelación de créditos, vigilancia de la administración,

determinación de honorarios, análisis financiero y jurídico para la elaboración de

convenios concursales, terminación del concurso mercantil y uso de la

“Tecnoconcilia”11.

En la etapa de quiebra: contenido de los reportes, informes mensuales y

bimestrales a que hacen referencia los artículos 59, 190, 215 y 229 de la Ley,

toma de posesión de bienes y su enajenación, cálculo de honorarios, terminación

del concurso mercantil, así como uso de la “Tecnosindicatura”12.

IX. PROMOCIÓN DE LA CAPACITACIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE

ESPECIALISTAS

Una de las labores fundamentales de este Instituto es promover la capacitación de

los visitadores, conciliadores y síndicos13.

El Instituto impartió 1 seminario de actualización en especialidad de concursos

mercantiles, en la Casa de la Cultura Jurídica de la Suprema Corte de Justicia de

la Nación, ubicada en Tijuana, Baja California, con una duración de 6 horas

distribuidas en 2 días.

En coordinación con la Dirección General de Casas de la Cultura Jurídica de la

Suprema Corte de Justicia de la Nación, se diseñó el programa de seminarios

para realizarse durante el segundo semestre, en 12 ciudades de la República

Mexicana.

10 Sistema electrónico desarrollado en el Instituto aplicable a la labor del visitador. 11 Sistema electrónico desarrollado en el Instituto aplicable a la labor del conciliador. 12 Sistema electrónico desarrollado en el Instituto aplicable a la labor del síndico. 13 Artículo 311, fracciones X, XI y XII, de la Ley.

16

JUICIOS POR SEMESTRE

X. ESTADÍSTICAS RELATIVAS A LOS CONCURSOS MERCANTILES14:

1. Juicios admitidos

Los jueces admitieron a trámite 37 asuntos. El promedio histórico por semestre es

de 20.8. El mínimo se registró en el año 2000 con 2 asuntos y el máximo en el

semestre anterior, en el cual se admitieron 41.

A partir de la Reforma Financiera se observa una constante de juicios admitidos

relativos a empresas integrantes de grupos societarios.

En el primer semestre de 2014, se admitieron a trámite 16 pertenecientes a un

grupo; en el semestre anterior, 25 a 2 grupos; y, en este, 16 a 1.

1.1. Lugar de radicación

En Baja California, cuyo histórico desde el año 2000 era de 9, se radicó el mayor

número de asuntos, con 16; la mayor cantidad para una entidad federativa este

semestre.

Cabe resaltar que a partir de la Reforma Financiera pueden llevarse en forma

acumulada concursos mercantiles de sociedades integrantes de un grupo

societario ubicadas en diversos estados de la República Mexicana, en un juzgado

14 Artículo 311, fracción XIII de la Ley.

0

5

10

15

20

25

30

35

40

45

1 3 5 7 9 11 13 15 17 19 21 23 25 27 29 31

Promedio

Juicios

17

de Distrito con jurisdicción en una determinada entidad federativa, lo que conduce

a la solución integral y concomitante de sus problemas financieros.

Jalisco y el Distrito Federal, que en el histórico acumulado son las entidades

federativas que registran el mayor número de asuntos admitidos con un total de

324 en conjunto, lo que representa el 52% desde el año 2000, en este periodo

radicaron, entre ambas, 11 asuntos, es decir el 19.9%. Los asuntos radicados por

entidad federativa son los siguientes:

Estado Juzgado Asuntos %

Baja California Juzgado 5° de Distrito en el Estado de Baja California, con residencia en Mexicali 16 43%

Jalisco Juzgado 7° de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco 5 13.5%

Juzgado 2° de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco 2 5%

Juzgado 6° de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco 1 2.85%

Distrito Federal Juzgado 12° de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal 1 2.85%

Juzgado 5° de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal 1 2.85%

Juzgado 8° de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal 1 2.85%

Veracruz Juzgado 4° de Distrito en el Estado de Veracruz 2 5%

Juzgado 3° de Distrito en el Estado de Veracruz 1 2.85%

Aguascalientes Juzgado 2° de Distrito en el Estado de Aguascalientes 2 5%

Edo. de México Juzgado 2° de Distrito en el Estado de México 1 2.85%

Juzgado 7° de Distrito en el Estado de México 1 2.85%

Coahuila Juzgado 2° de Distrito en el Estado de Coahuila 1 2.85%

Michoacán Juzgado 9° de Distrito en el Estado de Michoacán 1 2.85%

Nuevo León Juzgado 5° de Distrito en Materias Civil y de Trabajo en el Estado de Nuevo León 1 2.85%

TOTAL 37 100%

242

82 61 47 32 25 17 16 16 13 1163

Histórico de 625 asuntosadmitidos desde el inicio de vigencia de la Ley

Asuntosadmitidos

18

1.2. Clasificación de iniciativa, por solicitud o por demanda

1.2.1. Por solicitud

Iniciaron 31 asuntos; 16 corresponden a la modalidad de concurso mercantil con

plan de reestructura previo, en la que el planteamiento debe formularse en

conjunto por el comerciante y los titulares de cuando menos la mayoría simple del

total de sus adeudos.

De los 625 asuntos admitidos hasta este semestre, el 56%, es decir, 350, iniciaron

por solicitud.

1.2.2. Por demanda formulada por acreedores o el Ministerio Público

Iniciaron 5 asuntos por demanda de acreedores y 1 del Ministerio Público Federal.

Del total de asuntos admitidos hasta este semestre, el 44%, es decir, 275,

iniciaron por demanda; de este número, el 94.2% corresponde a acreedores y el

5.8% al Ministerio Público Federal.

1.3. Solicitudes de concurso mercantil con apertura de conciliación o

de quiebra

En 3 de los 37 juicios iniciados en este semestre, los comerciantes solicitaron la

declaración del concurso mercantil con apertura de la etapa de quiebra.

En uno de los asuntos, el comerciante que planteó originalmente solicitud de

concurso mercantil en etapa de conciliación, inmediatamente después de ser

declarada, solicitó la quiebra y el juez de Distrito dictó la sentencia.

2. Sentencias de declaración de concurso mercantil

En 43 juicios, los jueces de Distrito dictaron sentencias en las que declararon en

concurso mercantil a los comerciantes. En 33 se abrió la etapa de conciliación y

en 10 la de quiebra. En 3 resoluciones se declaró improcedente esa pretensión.

Históricamente, de los 447 asuntos en que se dictó sentencia para determinar si

19

hubo lugar o no a declarar el concurso mercantil, en 423 sí procedió la

declaración, es decir, en el 95%.

3. Estado procesal de los juicios al cierre del informe

JUICIOS ACTIVOS

Visita 26 4%

Conciliación 93 15%

Quiebra 148 24%

JUICIOS TERMINADOS

358

57%

TOTAL JUICIOS

2000- 31/mayo/2015

625 100%

3.1. Fase de Visita de Verificación

Asuntos

Pre-existentes 35

Ingresos en el semestre 15

Concluidas en el semestre -24

Activas al cierre del semestre 26

3.2. Etapa de Conciliación

Asuntos

Pre-existentes 67

Ingresos 32

Reingresos 4

Subtotal 103

Conclusión de la etapa -10

TOTAL 93

20

Conciliación:

I.- “Causas de ingreso”: *Sentencia por solicitud de concurso mercantil con plan de reestructura previo = 16;

*Sentencia de concurso mercantil con base en el dictamen del visitador = 13; *Sentencia de concurso mercantil

como consecuencia de que el comerciante no contestó la demanda = 2; *Sentencia de concurso mercantil por falta

de colaboración del comerciante para la realización de la visita = 1.

II.- “Causas de reingreso”: *Por revocación de la sentencia de aprobación del convenio = 3; *por revocación de la

sentencia de quiebra = 1.

III.- “Causas de conclusión”: *Sentencia de quiebra = 7; *Masa insuficiente aun para cubrir créditos 224 de la Ley =

2; *Sentencia de aprobación de convenio = 1.

En este periodo, los pasivos reconocidos, involucrados en la etapa de conciliación,

ascendieron a la cantidad de alrededor de 380,000 millones de pesos; importe que

representa un incremento del 113% respecto del semestre anterior, por 178,881

millones de pesos.

3.3. Etapa de Quiebra

Asuntos Comerciantes

involucrados

Existencia anterior 133 157

Ingresos 20 20

Subtotal 153 177

Conclusión de la

etapa

-5 -8

TOTAL 148 169

-

50,000

100,000

150,000

200,000

250,000

300,000

350,000

400,000

2010 -1

2010 -2

2011 -1

2011 -2

2012 -1

2012 -2

2013 -1

2013 -2

2014 -1

2014 -2

2015 -1

Pasivos en Conciliación

Millones de pesos

21

Quiebra:

I.- “Causas de ingreso”: * Sentencia de quiebra por solicitud de la comerciante, sin etapa previa de conciliación =

13; * Sentencia de quiebra por conclusión de la etapa de conciliación sin aprobación de convenio = 7

II.- “Causas de conclusión”: * Pago a Acreedores Reconocidos y no quedaran más bienes por realizarse = 2; * Revocación de la sentencia de quiebra = 2; * Masa insuficiente aun para cubrir los créditos a que se refiere el

artículo 224 de la Ley = 1.

4. Juicios terminados

XI. APOYO A ÓRGANOS JURISDICCIONALES, OTRAS AUTORIDADES Y

PÚBLICO EN GENERAL

En ejercicio de las facultades conferidas en las fracciones IX y XII del artículo 311

de la Ley, el Instituto ha emitido diversas opiniones jurídicas y técnicas con la

finalidad de coadyuvar en la interpretación y aplicación de sus disposiciones.

La consultoría a órganos jurisdiccionales es una de las tareas más sensibles que

desarrollamos, al poner al servicio del rector del procedimiento, nuestra

experiencia y visión por la constante vinculación con el 100% de los asuntos

tramitados durante la vigencia de la Ley, de manera que estamos en aptitud de

proporcionar antecedentes y ofrecer opiniones que les permite abordar los

diversos temas jurídicos y de otras disciplinas especializadas que inciden en el

tratamiento del concurso mercantil.

En ese contexto, cabe destacar que la consultoría, no se circunscribió únicamente

a emitir por escrito las opiniones requeridas, sino que además participamos en

forma activa y directa en diversas sesiones de trabajo con titulares de los órganos

Causas de la terminación Juicios

Revocación de la sentencia de concurso mercantil 1

Masa insuficiente, aun para cubrir créditos

previstos en el artículo 224 de la Ley

3

Improcedencia de la declaración de concurso

mercantil

3

Por caducidad 1

Pago a Acreedores Reconocidos y no quedaran

más bienes por realizarse

2

Aprobación de Convenio Concursal 1

TOTAL 11

22

jurisdiccionales para intercambiar puntos de vista sobre los asuntos que ante ellos

se tramitan y brindarles apoyo técnico; asimismo, sostuvimos reuniones con

comerciantes, acreedores e inversionistas con el propósito de proporcionarles

información y orientarlos sobre los criterios aplicables para la consecución de los

fines del concurso mercantil.

También elaboramos y proporcionamos a los órganos jurisdiccionales, modelos de

actuaciones que les dan referencia específica sobre la tramitación del concurso

mercantil, con el propósito de que se constituyan en guía que facilite su función.

Los temas recurrentes materia de consultoría y asesoramientos están

relacionados con admisión de la solicitud o demanda de concurso mercantil,

trámite para dictar providencias precautorias y su procedencia, administración de

la empresa, reconocimiento de créditos, periodo de retroacción, convenio

concursal, otorgamiento de créditos indispensables para mantener la operación

ordinaria de la negociación y la liquidez necesaria durante la tramitación del

concurso mercantil, honorarios de especialistas, entre otros.

Asesoramos a otras autoridades y damos apoyo al público en general cuando

están vinculados o tienen un especial interés en la tramitación de un

procedimiento de concurso mercantil, como fueron los casos de la Comisión

Nacional Bancaria y de Valores, el Servicio de Administración Tributaria, el

Instituto Mexicano del Seguro Social, el Servicio de Administración y Enajenación

de Bienes, la Procuraduría General de la República, entre otras autoridades, así

como a acreedores y consumidores que intervinieron en los asuntos.

Apoyo a órganos jurisdiccionales Ocasiones

Consultoría y asesoramientos 224

Modelos de actuaciones diseñados exprofeso para facilitar

su función

25

TOTAL 249

Apoyo a autoridades distintas de las jurisdiccionales y público en general

Ocasiones

Asesoramiento a autoridades 38

Apoyo al público en general 562

TOTAL 600

23

Los temas recurrentes de asesoramiento a las autoridades no jurisdiccionales y al

público en general están vinculados con el llenado de formatos emitidos por este

Instituto, la interpretación de la Ley y estado de los procedimientos.

XII. RELACIÓN CON ORGANISMOS NACIONALES E INTERNACIONALES

Con la finalidad de mantener los vínculos interinstitucionales existentes, el Instituto

continuó impartiendo la materia “Concursos Mercantiles” en la “Especialidad en

Derecho Financiero Privado” que organiza la Comisión Nacional para la Protección

y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF), así como en el

programa de “Asignaturas Empresariales y Organizacionales” de la Facultad de

Contaduría y Administración de la Universidad Nacional Autónoma de México.

Se impartieron 3 seminarios sobre la materia concursal a funcionarios de la

Administración Central de Asuntos Penales y Especiales del Servicio de

Administración Tributaria.

Como parte de las actividades de divulgación de los temas relativos al Derecho

Concursal Mercantil, las funciones del Instituto, sus objetivos y procedimientos, así

como las disposiciones que conforme a la Ley se expiden, recibimos en nuestras

instalaciones a estudiantes del nivel licenciatura de la Universidad Madero de

Puebla.

El Instituto colaboró con el Banco Mundial y con la Secretaría de Economía en la

evaluación de la facilidad para hacer negocios en México, cuyo resultado se

concentra en el reporte anual llamado “Doing Business”. Para dicho efecto, se

analizaron los aspectos “Obtención del crédito” y “Resolución de la insolvencia”,

que inciden directamente en la dinámica de la inversión, productividad y

crecimiento de los negocios; resultados que serán materia de la edición del reporte

“Doing Business 2016”, a publicarse a finales de este año.

También participó en la Convención Nacional de Industriales organizada por la

Cámara Nacional de la Industria de Transformación.

XIII. DIFUSIÓN

La Directora General del Instituto sostuvo 26 entrevistas a través de la prensa

escrita, la radio o la televisión, con la finalidad de contribuir al escrutinio público

sobre el tratamiento de los procedimientos de concurso mercantil en nuestro país.

24

Otras actividades de difusión que realizamos están enmarcadas por la impartición

de conferencias, como las 2 que pronunció la Directora General del Instituto en

abril del presente año, bajo el título: “Análisis Académico sobre la Liquidación

Judicial Bancaria derivada de la Reforma Financiera 2014”, organizada

conjuntamente con la Asociación Nacional de Magistrados de Circuito y Jueces de

Distrito del Poder Judicial de la Federación, Asociación Civil y el Instituto para la

Protección al Ahorro Bancario.

En la página de internet del Instituto, difundimos en forma permanente información

actualizada de los procedimientos de concurso mercantil radicados en los distintos

órganos jurisdiccionales a través de la “pizarra concursal interactiva”, que permite

consultar lo que se reporta en el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes

(SISE).

Asimismo, para facilitar el acceso a la información concursal publicamos en la

página web edictos y convocatorias, jurisprudencia y tesis aisladas en materia

concursal y disciplinas afines, normatividad, listas de reconocimiento de crédito y

propuestas de convenio, así como acuerdos y sentencias emitidas por los órganos

jurisdiccionales.

En este semestre, se implementó un proyecto para conformar la “Hemeroteca

Concursal Mercantil en Línea” del Instituto, con el propósito de generar un sistema

de compilación ordenado, para conservar la memoria noticiosa que se ha

producido en torno de cualquier tópico con incidencia, directa o indirecta, en el

concurso mercantil, a partir del año 2010, y ser consultada. Al cierre del periodo, el

proyecto registra un acervo de 4,328 notas periodísticas digitalizadas.

Cabe destacar que, en breve, la citada hemeroteca será puesta a disposición de

cualquier interesado en nuestra página de Internet. Dicho ejercicio se inscribe en

un marco de difusión proactiva, que permitirá analizar y evaluar los sucesos en

forma cronológica y selectiva a partir de los datos publicados periódicamente en la

prensa.

En relación con el catálogo interactivo de obras de la Biblioteca Especializada del

Instituto dispuesto en nuestro portal de Internet, en este periodo se actualizó con

236 ejemplares para conformar un total de 826. Esta herramienta permite filtrar

búsquedas por título, autor, editorial o país de edición, y visualizar las portadas e

índices digitalizados de los libros. Sin perjuicio de poder consultar la referencia

bibliográfica de otras 1,240 que en suma comprenden un acervo total de 2,066;

mismas que están debidamente clasificadas y catalogadas conforme a los

estándares especializados.

25

CONSIDERACIÓN FINAL

El concurso mercantil adquiere cada vez mayor importancia, no sólo en el ámbito

jurisdiccional sino también en el económico y posiciona la convicción de que la

óptima resolución de la insolvencia empresarial genera confianza para fomentar la

inversión. Por ende es un instrumento especialmente observado y comparado a

nivel internacional.

La sinergia generada a partir de la Reforma Financiera y los casos de éxito,

muestran que la tendencia es positiva para asumir cualquier reto concursal y

lograr agilidad y eficacia en la obtención del resultado deseado: permitir en mayor

medida la adopción de mecanismos para reemprender la actividad y dar

continuidad a las empresas.

Es deber de todos los operadores jurídicos generar las mejores condiciones para

que el concurso mercantil siga mostrando su eficacia. Inclusive, es oportuno

revisar, si para propiciar que más empresas asuman el concurso mercantil como

una opción viable en la etapa temprana del problema económico, en su caso, es

factible implementar en el Estado Mexicano un sistema de estímulos previsibles

para la etapa post-reestructura.

Por lo anterior, el Instituto continuará contribuyendo en forma coherente con las

políticas legislativas adoptadas, y refrenda el compromiso de canalizar su esfuerzo

al logro de los objetivos estratégicos trazados para el desarrollo económico del

país en esta etapa de reformas estructurales. Los mecanismos incorporados,

como se ha visto, permiten explorar distintas opciones de reestructura, cuando las

empresas aún son viables, por lo que estamos preparados para los nuevos retos y

seguir coadyuvando al mejoramiento del procedimiento concursal mercantil.

México, Distrito Federal, 30 de junio de 2015.

Lic. Gricelda Nieblas Aldana

Directora General

26

Lic. María Esther Sandoval Salgado

Vocal

Lic. Jaime Alejandro Gutiérrez Vidal

Vocal

Lic. José Alberto Lona Sánchez

Vocal

C.P Noé García Mendoza

Vocal