infografia ley transparencia

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Fase Inicial Donde el ciudadano registra la petición y el gestor la valida Fase Ampliación información y Solicitud permisos El gestor requiere más información o necesita permisos de terceros Fase Resolución El gestor documenta y motiva su resolución y comunica al ciudadano Fase Reclamación El ciudadano o un tercero ejercen sus derechos de reclamación Fase Entrega Información El ciudadano recibe la información solicitada en los medios solicitados Solicitud de Acceso a información Cuando un ciudadano desea conocer una información que no se encuentra disponible en el portal de transparencia, presenta una solicitud de acceso a información pública. En la solicitud, expresa la consulta que desea realizar e indica cómo quiere que le contacten. No tiene que “motivar” para qué desea la información. Solicitud de Acceso a información El gestor analiza la información solicitada y dictamina que debe hacer con la solicitud. Revisar Ampliación Información El ciudadano cuenta con 10 días para ampliar la información. Si no lleva a cabo la ampliación, el gestor puede resolver la petición denegando el acceso Ampliación Información El tercero implicado puede denegar el acceso a la información. Resolución Motivada El gestor dictamina la resolución a la vista de la información disponible y las consultas realizadas Si es positiva, aún puede reclamar un tercero, por lo que se debe esperar 30 días. Si es negativa, es obligatorio motivar la misma. El ciudadano puede ejercer sus derechos de reclamación si no está plenamente satisfecho Reclamación a CT y BG Un ciudadano que no recibe la información tiene derecho a presentar una reclamación El consejo dispone de 3 meses para resolver el acceso o no a la información. En caso de no responder, el ciudadano dispone de un recurso adicional por la vía de lo contencioso administrativo. Recurso Contencioso Administrativo El ciudadano o el tercero afectado, pueden elevar su reclamación al juzgado de lo contencioso administrativo. Esta es la única vía para reclamar ante los siguientes organismos: la Casa Real, Congreso y Senado, el tribunal Constitucional, el CGPJ, consejo estado, banco de España, Defensor del pueblo, el CGPJ, el tribunal de cuentas, el Consejo económico y social. Preparación Informacion El gestor procede a elaborar y entregar la información solicitada cuando así se ha fijado. Si la petición está realizada en un soporte diferente al que se genera habitualmente, el organismo puede cobrar una tasa al solicitante. El gestor dispone de 10 días para llevar a cabo la entrega. Información Solicitada El ciudadano o solicitante de la información, recibe la misma en el formato solicitado. Entrada solicitud. Inicio 30 días Ampliación de datos: + 10 días Complejidad: + 30 días Reclamación tercero: + 30 días Entrega información: + 10 días Reclamación CT-BG: + 90 LEY DE TRANSPARECIA Y BUEN GOBIERNO La solicitud de acceso a la información El sentido de la solicitud es facilitar al ciudadano el derecho de acceso a la información pública no reservada y que no se encuentra disponible por medio de los sistemas de publicidad activa o portal de transparencia. Este derecho es uno de los pilares de la ley de Transparencia (Ley 19/2013) Aún siendo un derecho, es un trámite complejo en su ejecución, y que tal vez los tiempos no sean los que demandan los ciudadanos. Para tener éxito con el trámite hay que conocer el mismo, su complejidad, extensión y los derechos de los ciudadanos y terceros. Esta infografía ha sido elaborada por el departamento de I+D de Aleph Software S.A. como material de aprendizaje del producto GPN6 Ley de Transparencia. Su utilización como herramienta para aprendizaje permite comprender globalmente el ciclo de gestión de una solicitud de información al amparo de la Ley de Transparencia. Si se usa esta #infografia, cite la fuente de la misma. www.gpn6.com/leyTransparencia El tiempo que puede haber transcurrido puede llegar incluso a los 6 meses después de presentar la solicitud Opciones: - No hacer nada con ella (silencio administrativo), - Solicitar nuevos datos al ciudadano - Solicitar permisos a terceros - Resolución de la solicitud Hay que consultar al tercero cuando este es el que ha elaborado en todo o en parte la información solicitada. Hay que consultar al tercero cuando está afectado por la información solicitada ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (CT-BG). Ciudadano Gestor Atención ciudadano Terceros implicados Consejo Transparencia y Buen Gobierno Juzgado de lo contencioso administrativo Determinar con claridad qué información se está solicitando Vigilar plazos de tiempo, vencimientos e incumplimientos Reclamar ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno #infografía #infographic > Claves para Tener éxito en La gestión Saber como efectuar el trámite y conocer bien el procedimiento. No hace falta saber leyes, solo el proceso

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La solicitud de acceso a la información pública. UN procedimiento para solicitar información a la administración pública española según la ley 19/2013 http://www.gpn6.com/leytransparencia

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Page 1: Infografia Ley Transparencia

Fase Inicial

Donde el ciudadano registra la petición y el gestor la valida

Fase Ampliación información y

Solicitud permisos

El gestor requiere más información o necesita permisos de terceros

Fase Resolución

El gestor documenta y motiva su resolución y comunica al ciudadano

Fase Reclamación

El ciudadano o un tercero ejercen sus derechos de reclamación

Fase Entrega Información

El ciudadano recibe la información solicitada en los medios solicitados

Solicitud de Acceso a información

Cuando un ciudadano desea conocer una información que no se encuentra disponible en el portal de transparencia, presenta una solicitud de acceso a información pública.

En la solicitud, expresa la consulta que desea realizar e indica cómo quiere que le contacten.

No tiene que “motivar” para qué desea la información.

Solicitud de Acceso a información

El gestor analiza la información solicitada y dictamina que debe hacer con la solicitud.

Revisar

AmpliaciónInformación

El ciudadano cuenta con 10 días para ampliar la información.Si no lleva a cabo la ampliación, el gestor puede resolver la petición denegando el acceso

AmpliaciónInformación

El tercero implicado puede denegar el acceso a la información.

ResoluciónMotivada

El gestor dictamina la resolución a la vista de la información disponible y las consultas realizadas

Si es positiva, aún puede reclamar un tercero, por lo que se debe esperar 30 días.

Si es negativa, es obligatorio motivar la misma.

El ciudadano puede ejercer sus derechos de reclamación si no está plenamente satisfecho

Reclamación a CT y BG

Un ciudadano que no recibe la información tiene derecho a presentar una reclamación

El consejo dispone de 3 meses para resolver el acceso o no a la información.

En caso de no responder, el ciudadano dispone de un recurso adicional por la vía de lo contencioso administrativo.

RecursoContenciosoAdministrativo

El ciudadano o el tercero afectado, pueden elevar su reclamación al juzgado de lo contencioso administrativo.

Esta es la única vía para reclamar ante los siguientes organismos: la Casa Real, Congreso y Senado, el tribunal Constitucional, el CGPJ, consejo estado, banco de España, Defensor del pueblo, el CGPJ, el tribunal de cuentas, el Consejo económico y social.

PreparaciónInformacion

El gestor procede a elaborar y entregar la información solicitada cuando así se ha fijado.

Si la petición está realizada en un soporte diferente al que se genera habitualmente, el organismo puede cobrar una tasa al solicitante.

El gestor dispone de 10 días para llevar a cabo la entrega.

InformaciónSolicitada

El ciudadano o solicitante de la información, recibe la misma en el formato solicitado.

Entrada solicitud. Inicio 30 días Ampliación de datos: + 10 díasComplejidad: + 30 díasReclamación tercero: + 30 díasEntrega información: + 10 díasReclamación CT-BG: + 90

LEY DE TRANSPARECIA Y BUEN GOBIERNOLa solicitud de acceso a la información

El sentido de la solicitud es facilitar al ciudadano el derecho de acceso a la información pública no reservada y que no se encuentra disponible por medio de los sistemas de publicidad activa o portal de transparencia. Este derecho es uno de los pilares de la ley de Transparencia (Ley 19/2013)

Aún siendo un derecho, es un trámite complejo en su ejecución, y que tal vez los tiempos no sean los que demandan los ciudadanos. Para tener éxito con el trámite hay que conocer el mismo, su complejidad, extensión y los derechos de los ciudadanos y terceros.

Esta infografía ha sido elaborada por el departamento de I+D de Aleph Software S.A. como material de aprendizaje del producto GPN6 Ley de Transparencia. Su utilización como herramienta para aprendizaje permite comprender globalmente el ciclo de gestión de una solicitud de información al amparo de la Ley de Transparencia. Si se usa esta #infografia, cite la fuente de la misma.

www.gpn6.com/leyTransparencia

El tiempo que puede haber transcurrido puede llegar incluso a los 6 meses después de presentar la solicitud

Opciones:

- No hacer nada con ella (silencio administrativo), - Solicitar nuevos datos al ciudadano- Solicitar permisos a terceros- Resolución de la solicitud

Hay que consultar al tercero cuando este es el que ha elaborado en todo o en parte la información solicitada.

Hay que consultar al tercero cuando está afectado por la información solicitada

ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (CT-BG).

Ciudadano

GestorAtención

ciudadano

Terceros implicados

Consejo Transparencia y

Buen Gobierno

Juzgado de lo contencioso

administrativo

Determinar con claridad qué

información se está solicitando

Vigilar plazos de tiempo,

vencimientos e incumplimientos

Reclamar ante el Consejo de

Transparencia y Buen Gobierno

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