examen final del modulo vi

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  • 7/23/2019 Examen Final Del Modulo VI

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    CAMARA NACIONAL DE COMERCIO DEL PERUDIPLOMADO EN AUDITORIA FINANCIERA Y TRIBUTARIA

    EXAMEN FINAL DEL MODULO VIAUDITORIA TRIBUTARIA

    I. CODIGO TRIBUTARIO

    1. Cules son los dee!"os de los !on#$%u&en#es'

    Los deudores tributarios tienen derecho, entre otros, a:

    a) Ser tratados con respeto y consideracin por el personal al servicio de laAdministracin Tributaria;

    b) Exigir la devolucin de lo pagado indebidamente o en exceso, de acuerdo con lasnormas vigentes El derecho a la devolucin de pagos indebidos o en exceso, enel caso de personas naturales, incluye a los herederos y causahabientes deldeudor tributario !uienes podr"n solicitarlo en los t#rminos establecidos por el

    Art$culo %&'

    c) Sustituir o recti(car sus declaraciones uradas, con*orme a las disposiciones sobrela materia;

    d) +nterponer reclamo, apelacin, demanda contenciosoadministrativa y cual!uierotro medio impugnatorio establecido en el presente -digo;

    e) -onocer el estado de tramitacin de los procedimientos en !ue sea parte as$como la identidad de las autoridades de la Administracin Tributariaencargadas de #stos y bao cuya responsabilidad se tramitena!u#llos Asimismo, el acceso a los expedientes se rige por lo establecido en elArt$culo .%./

    *) Solicitar la ampliacin de lo resuelto por el Tribunal 0iscal;

    g) Solicitar la no aplicacin de intereses y sanciones en los casos de dudara1onable o dualidad de criterio de acuerdo a lo previsto en el Art$culo .23';

    h) +nterponer !uea por omisin o demora en resolver los procedimientostributarios o por cual!uier otro incumplimiento a las normas establecidas en elpresente -digo;

    i) 0ormular consulta de acuerdo a lo establecido en los art$culos &%/ y &4/A, y

    obtener la debida orientacin respecto de sus obligaciones tributarias;

    ) La con(dencialidad de la in*ormacin proporcionada a la AdministracinTributaria en los t#rminos se5alados en el Art$culo 64';

    7) Solicitar copia de las declaraciones o comunicaciones por #l presentadas a laAdministracin Tributaria;

    l) 8o proporcionar los documentos ya presentados y !ue se encuentran enpoder de la Administracin Tributaria;

    m) -ontar con el asesoramiento particular !ue consideren necesario, cuando se le

    re!uiera su comparecencia, as$ como a !ue se le haga entrega de la copia delacta respectiva, luego de (nali1ado el acto y a su sola solicitud verbal oescrita

    n) Solicitar apla1amiento y9o *raccionamiento de deudas tributarias de acuerdocon lo dispuesto en el Art$culo %';

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    o) Solicitar a la Administracin la prescripcin de la deuda tributaria;

    p) Tener un servicio e(ciente de la Administracin y *acilidades necesarias para elcumplimiento de sus obligaciones tributarias, de con*ormidad con las normasvigentes

    !) esignar hasta dos enas pecuniarias

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    Emitir o exigir comprobante de pago .2C/ del -T

    Llevar libros o registros contables .24/ del -T

    >resentar declaraciones o comunicaciones .2/ del -T>ermitir el control de la AdministracinTributaria, in*ormar y comparecer ante la

    misma

    .22/ del -T

    @tras obligaciones tributarias .26/ del -T

    CLA5IFICACION DE LA5 TABLA5 DE INFRACCIONE5 Y 5ANCIONE5 5EG6N TIPO DECONTRIBUYENTE

    TADLA +: Aplicable a personas y entidades generadores de renta de tercera categor$a y!ue tributan bao las reglas del #gimen eneral al +mpuesto a la enta

    TADLA ++: Aplicable a personas naturales !ue perciban rentas de primera, segunda, cuarta

    y !uinta categor$a, personas acogidas al

    #gimen Especial de enta y otras personas y entidades no incluidas en las tablas + y +++

    TADLA +++: Aplicable a personas y entidades !ue se encuentran en el 8uevo #gimenFnico Simpli(cado

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    (. La empresa Tridente SL perteneciente al #gimen eneral del +, dedicada a la ventade llantas, con una de sus unidades transporta bienes desde su almac#n hacia suestablecimiento comercial, para lo cual emiti la respectiva 0ue intervenida porcontrol mvil de SB8AT, y #stos le observan !ue no consign la descripcin detalladade los bienes ni la cantidad de los mismos

    Solucin:

    8o consignar el detalle de los bienes transportados as$ como la cantidad constituyeuna in*raccin tipi(cada en el numeral & del Art .2C' del -T >or la cual la sancin ser"la siguiente:

    - -omiso: -uando los re!uisitos incumplidos sean considerados principales- ?ulta: eg eneral: %3K B+T- radualidad: Anexo +G de la S 3% =3329SB8AT

    Los datos de los bienes son re!uisitos principales por lo cual Tridente SL ser"sancionada con comiso >or ser primera ve1 se aplicar" una multa rebaadae!uivalente al CK del GD comisados, la cual tendr" !ue pagar para recuperar dichosbienes

    INFRACCIONE5 RELACIONADA5 CON LA OBLIGACION DE LLEVAR LIBRO5 YOREGI5TRO5 O CONTAR CON INFORME5 U OTRO5 DOCUMENTO5

    . Bn contribuyente del #gimen eneral del +mpuesto a la enta inici sus operacionesen el mes de noviembre de =3.=, y ad!uiere en el mes de abril =3.% su egistro deGentas, procediendo a legali1arlo en dicha *echa y a registrar la in*ormacin de las

    ventas e*ectuadas desde el mes de noviembre =3.=-on *echa 3&3C.%, recibe un re!uerimiento por parte de la SB8AT en la cual se lesolicita exhibir sus libros y registros En estas circunstancias consulta si habr" incurridoen alguna in*raccin por haber legali1ado y anotado sus operaciones de ventas reci#nen el mes de abril del =3.%, el monto de multa y la gradualidad aplicable

    El incumplimiento de esta obligacin acarrea la sancin se5alada en el numeral 4 delart$culo .24 del -digo Tributario y !ue e!uivale a una multa del 3%K de los +8 de laempresa

    - El total de +8 del contribuyente a tomar como re*erencia es de S9 43 333-

    3%K de 43,33333.4333- El resultado

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    ?ul#,3 K de los +ngresos 8etos =3..3K de S9 6&2,333 S9 4,%6=33

    Re%,2, de l, $n-,!!$n se/n l, G,du,l$d,debaa 63K de S9 4,%6= C,%343

    ?ulta a pagar .,32C3

    = Huan Lpe1 contribuyente del r#gimen general es noti(cado por segunda ve1 por laSB8AT mediante carta solicitando su comparecencia Al comparecer en la segundacitacin se aplica la multa de 43K de la B+T

    Solucin:Mul#, er$odo Tributario: Abril =3.40echa vencimiento: ..9349=3.40echa de subsanacin: 3.9329=3.4Subsanacin: voluntaria

    Solucin:Mul#,;

    43K de tributo no retenido o no percibido43K de S9%, 633 S9 .,&33

    Re%,2,del &3K de S9 .,&33 T =. del>er$odo ?ar1o =3.C, determinando un saldo a *avor de S9 =,433

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    De#e3$n,!$n del T$%u#o O3$#$do

    De#e3$n,!$n del 5,ldo , F,:o Inde%$do 5FI

    b) -"lculo de la ?ulta

    eterminados tanto el Tributo @mitido como el Saldo a 0avor determinadoindebidamente, calculamos la multa, la cual en aplicacin de la cuarta 8ota de la Tabla+ de +n*racciones y Sanciones del -digo Tributario, no podr" ser menor al 4K de la B+T, la!ue para el a5o =3.3 e!uivale a S9 .63

    Tributo omitido : S9 .,%3333

    Saldo declarado indebidamente : S9 =,43333

    ?ulta

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    ?ulta a considerar

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    d) La primera venta de inmuebles !ue realicen los constructores de los mismosAsimismo, la posterior venta del inmueble !ue realicen las empresas vinculadascon el constructor, cuando el inmueble haya sido ad!uirido directamente de#ste o de empresas vinculadas econmicamente con el mismo

    Lo dispuesto en el p"rra*o anterior no ser" de aplicacin cuando se demuestre!ue el precio de la venta reali1ada es igual o mayor al valor de mercado Seentiende por valor de mercado el !ue normalmente se obtiene en lasoperaciones onerosas !ue el constructor o la empresa reali1an con terceros novinculados, o el valor de tasacin, el !ue resulte mayor

    >ara e*ecto de establecer la vinculacin econmica es de aplicacin lodispuesto en el Art$culo 4C' del presente dispositivo

    Tambi#n se considera como primera venta la !ue se e*ectJe con posterioridad ala reorgani1acin o traspaso de empresas

    e) La importacin de bienes

    . ue $n-,!!$ones es#n su2e#,s es*e!#o ,l IGV'

    8o e*ectuar las retenciones o percepciones establecidas por ley, salvo !ue elagente de retencin o percepcin hubiera cumplido con e*ectuar el pago deltributo !ue debi retener o percibir dentro de los pla1os establecidos Art$culo.22/ numeral .%

    @mitir registrar ingresos, rentas, patrimonio, bienes, ventas, remuneraciones oactos gravados, o registrarlos por montos in*eriores Art$culo .24/ numeral %

    Bsar comprobantes o documentos *alsos, simulados o adulterados, pararespaldar las anotaciones en los libros de contabilidad u otros libros o registrosexigidos por las leyes, reglamentos o por esolucin de Superintendencia de laSB8AT Art$culo .24/ numeral C

    8o incluir en las declaraciones ingresos y9o remuneraciones y9o retribucionesy9o rentas y9o patrimonio y9o actos gravados y9o tributos retenidos opercibidos, y9o aplicar tasas o porcentaes o coe(cientes distintos a los !ue lescorresponde en la determinacin de los pagos a cuenta o anticipos, o declararci*ras o datos *alsos u omitir circunstancias en las declaraciones, !ue inVuyanen la determinacin de la obligacin tributaria; y9o !ue generen aumentosindebidos de saldos o p#rdidas tributarias o cr#ditos a *avor del deudor

    tributario y9o !ue generen la obtencin indebida de 8otas de -r#dito8egociables u otros valores similares Art$culo .26/ numeral .

    III. LEY DEL IMPUE5TO A LA RENTA

    . C3o #$%u#,n l,s ,so!$,!$ones s$n Hnes de lu!o es*e!#o ,l $3*ues#o ,l, en#, & !ul es su %,se le/,l.

    B,se Le/,l; C,*#ulo IV del T.U.O. de l, Le& delI3*ues#o, l,Ren#, SA#!ulo 1?

    b)Las rentas de *undaciones a*ectas y de asociaciones sin (nes de lucro cuyo

    instrumento de constitucin comprenda exclusivamente, alguno o varios de lossiguientes (nes: bene(cencia, asistencia social, educacin, cultural, cient$(ca,art$stica, literaria, deportiva, pol$tica, gremiales, y9o de vivienda; siempre !uedestinen sus rentas a sus (nes espec$(cos en el pa$s; no las distribuyan, directa oindirectamente, entre los asociados o partes vinculadas a estos o a a!uellas, y !ue

    http://www.sunat.gob.pe/legislacion/renta/ley/capiv.htmhttp://www.sunat.gob.pe/legislacion/renta/ley/capiv.htmhttp://www.sunat.gob.pe/legislacion/renta/ley/capiv.htmhttp://www.sunat.gob.pe/legislacion/renta/ley/capiv.htmhttp://www.sunat.gob.pe/legislacion/renta/ley/capiv.htmhttp://www.sunat.gob.pe/legislacion/renta/ley/capiv.htmhttp://www.sunat.gob.pe/legislacion/renta/ley/capiv.htmhttp://www.sunat.gob.pe/legislacion/renta/ley/capiv.htm
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    en sus estatutos est# previsto !ue su patrimonio se destinar", en caso dedisolucin, a cual!uiera de los (nes contemplados en este inciso

    El reglamento establecer" los supuestos en !ue se con(gura la vinculacin, paralo cual tendr" en cuenta lo siguiente:

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    La disposicin estatutaria a !ue se re(ere este inciso no ser" exigible a lasentidades e instituciones de cooperacin t#cnica internacional #rdida de eercicios anteriores 3

    WWWWWWW enta 8eta +mponible de >rimera -ategor$a 4,23 +mpuesto calculado ago directo de rentas de primera categor$a rimera -ategor$a %33

    = La se5orita isela me1 al!uila un veh$culo de su propiedad a la empresa

    ecoradores ?ax SA por un valor de S9 33 8uevos Soles mensuales por todo el a5o=33& El veh$culo *ue ad!uirido en agosto de =334 por un valor de S9.=, 333 8uevosSoles

    Si el al!uiler anual rimera -ategor$a El costo de ad!uisicin se actuali1a deacuerdo a la variacin del Xndice de >recios al >or ?ayor ?) del mes anterior a la *echade ad!uisicin y del +>? del mes de diciembre de cada eercicio

    enta m$nima presunta

    Galor de ad!uisicin x +>? iciembre =33& .6&4322 ..%+>? Hulio =334 .26%=3

    Galor actuali1ado del automvil S9 .=,333 x ..% S9 .%,%=enta m$nima presunta S9 .%,%= x 6 K S9 .,3&34

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    -oncepto S9enta Druta Anual pactadaS933 x .= 2,=33enta ?$nima >resuntaS9.%,%= x 6K .,3&34+mpuesto Anual por regulari1ar 3

    RENTA DE 5EGUNDA CATEGORIA

    El impuesto se paga sobre la ganancia neta, esto es, luego de deducir de la renta bruta el=3K por concepto de YgastosY

    . La se5orita >as!uel trans(ere en *orma de(nitiva sus derechos de autor sobre la obraM-omo mantenerse ovenN a la empresa Editorial >eluche SA-, por un valor de S9%=3,333

    etermine la enta 8eta de Segunda -ategor$a y el importe !ue ser" retenido

    -oncepto S9

    enta bruta %=3,333educcin

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    La empresa Editorial >eluche SA- deber" retener S9 .,333 a la se5orita >as!uel, yabonar dicho monto al (sco en el mes siguiente de acuerdo con el cronograma devencimientos, segJn su nJmero de B-, utili1ando el >T .2 @tras etenciones

    = El se5or 8ino >#re1 recibi en el mes de mar1o de =3.= la suma de S9 .,3338uevos Soles por concepto de intereses por un pr#stamo e*ectuado a la empresaungeon SA etermine el +mpuesto de(nitivo mensual de segunda categor$a

    La empresa ungeon SA al momento de abonarle los intereses debe retenerle el 4Kdel monto de los intereses pagados, es decir S9 43 8uevos Soles T .2,periodo mar1o =3.= !ue se presenta en el mes de abril

    RENTA DE TERCERA CATEGORIA

    . Se e*ectu gastos recreativos a *avor del personal de la empresa por S9 &33 Estosgastos comprenden los agasaos por el d$a de la madre, d$a de la empresa, (estaspatrias, (estas navide5as, entre otros Todos ellos se encuentran sustentados concomprobantes de pago

    An"lisis de las operaciones Adiciones ydeducciones

    Tipo dedi*erencia

    Btilidad antes de impuestos S9 3333AdicionesEl inciso ++ del art$culo %2/de la L+ indica !ue son

    deducibles los gastosrecreativos a *avor delpersonal, no obstante sese5ala !ue estos ser"ndeducibles en la parte !ueen conunto no excedan al34K de los ingresos netosdel eercicio con un l$mitede C3 B+T

    S9 .,&3333

    i*erencia>ermanente

    (. Al %. de diciembre de =3.% la empresa cuenta con un total de sesenta y tres

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    RENTA DE CUARTA CATEGORIA

    . ?iguel Torres presta servicio de vigilancia, el emite sus recibos por honorarios a lasempresas !ue lo contratan, mensualmente emite por un monto de S9C,433 Z-alcular el impuesto de Cta categor$a anual[

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    RENTA DE UINTA CATEGORIA

    1. ?iguel Torres ingreso a laborar a la empresa igolos SA- el 3.93.9=3.4 con unsueldo de S9 .=,633 mensuales Z-alcular la retencin anual[