estructura del nuevo proceso penal

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Radiografía del nuevo proceso penal - La investigación preparatoria Art. 321 - 343 - El juzgamiento Art. 356 - 403 - La etapa intermedia Art. 344 – 355 Americo Chaparro Guerra Analista Pol. Criminal

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comentarios al nuevo proceso penal peruano

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  • Radiografa del nuevoproceso penal - La investigacin preparatoria Art. 321 - 343 - El juzgamiento Art. 356 - 403- La etapa intermedia Art. 344 355 Americo Chaparro Guerra Analista Pol. Criminal

  • El NCPP y el proceso penal comn Qu situacin afronta y trata de revertir la reforma procesal penal? La crisis crnica del servicio, manifiesta en: Desamparo de los intereses de la colectividad y de los agraviados por el delito Desconocimiento de los derechos de los procesados (Ej.: Detenidos sin condena) Sobre carga procesal y deslegitimacin por ineficacia del sistema

  • El NCPP y el proceso penal comn Qu perspectiva asoma si no se implementa el modelo propuesto por la reforma? La anomia, dramticamente expuesta en los linchamientos o justicia por propia mano

  • El NCPP y el proceso penal comn Cules son cambios ms importantes del modelo acusatorio, acogido por la reforma? Desde sus fundamentos constitucionales y las garantas, universalizadas por los Tratados sobre Derechos Humanos, son dos: La determinacin de las tres funciones procesales bsicas (persecucin, defensa y fallo) y su asignacin al correspondiente sujeto procesal (fiscal, imputado- defensor, juez). Nunca ms jueces investigadores, ni fiscales diminutos o preteridos La revaloracin del juicio pblico y oral como etapa vital y decisiva del proceso penal. Proscripcin del procedimiento sumario

  • El NCPP y el proceso penal comn Qu consecuencias estructurales provocan estos cambios esenciales? Tambin, dos: La generalizacin del proceso comn o desarrollo de la garanta denominada juicio previo, y La promocin de la simplificacin procesal, expresada en la promocin de salidas alternativas y los procesos especiales.

  • El NCPP y el proceso penal comn En qu reside la potencia del proceso comn? En ser el mecanismo adecuado de resolucin o redefinicin de los conflictos penales, al posibilitar debida atencin a los requerimientos de seguridad frente al delito, y a los derechos del justiciable (artculos 2, 44 y 139 de la Constitucin)

  • La investigacin preparatoria Cul es su finalidad y cmo sta la distingue de las otras etapas? Permitir al Fiscal decidir si acusa o pide el sobreseimiento, y al imputado preparar su defensa (art. 321 NCPP). Compuesta de actos que recogen informacin sobre el delito y su autor, los que no tienen calidad de prueba (art. 325 NCPP). Sus notas de reserva y no contradiccin la diferencian del juicio pblico y oral Es preparatoria porque construye la pretensin punitiva y deja expedito el camino para la verdadera actuacin probatoria y cabal debate en juicio.

  • La investigacin preparatoria Para qu sujeto procesal se ha establecido esta etapa? Preferentemente para el Fiscal, en el entendido que debe desarrollar una objetiva y eficaz labor de indagacin; de ah que se la identifique como etapa en la que el Ministerio Pblico ejerce seoro (arts. 159 Constitucin y 60 del NCPP)

  • La investigacin preparatoria Cmo intervienen los otros sujetos procesales, distintos al Ministerio Pblico, en esta etapa? El imputado y su defensor tcnico, allegando informacin probatoria de descargo (arts. 65 y 71 NCPP) El Juez, adoptando decisiones en el procedimiento cautelar y ejerciendo labores de tutela y control (art. 29 NCPP)

  • La investigacin preparatoria Cul es el flujograma de esta etapa? El siguiente: A) Noticia criminal B) Diligencias preliminares C) Formalizacin y continuacin de la investigacin preparatoria D) Actos formales de investigacin E) Mecanismos simplificadores (oportunidad, acuerdos reparatorios, terminacin anticipada, proceso inmediato)

  • La investigacin preparatoria Estatuir que el Ministerio Pblico conduce la investigacin del delito es preterir a la PNP? En modo alguno, porque este papel del Ministerio Pblico es consecuencia del mandato constitucional que lo instituye como rgano civil autnomo encargado, en exclusividad, del ejercicio pblico de la accin penal (arts. IV TP y 60 NCPP), lo que equivale a investigar el delito, acusar a su autor o partcipe y probar la acusacin en juicio ante el rgano jurisdiccional

  • La investigacin preparatoria Cmo afianza el NCPP el binomio pesquisidor: Ministerio Pblico PNP? Destacando la importante funcin de polica judicial o forense (ubicacin y preservacin oportunas de fuentes de prueba, conforme a la metodologa criminalstica) y diferencindola de las tareas de orden interno y prevencin de la PNP (arts. 67 y 166 NCPP) Redefiniendo el concepto y horizonte sustancialmente objetivos del informe policial, antes, atestado (art. 332 NCPP)

  • La investigacin preparatoria El NCPP modifica el estilo de trabajo tradicionalmente respaldado en la escritura? Efectivamente, lo modifica porque se da acceso a la oralidad y se sientan las bases para acabar con el nocivo paradigma de la escritura y el culto al expediente Como ejemplo basta detenerse en la incorporacin del sistema de audiencias para la resolucin de incidentes (art. 8 NCPP)

  • La investigacin preparatoria Son compatibles sus plazos con el derecho que asiste al imputado que su causa se resuelva en un plazo razonable? En la medida que los Fiscales planifiquen apropiadamente la pesquisa y no incurran, como hoy, en el error de repetir las diligencias preliminares, no ser necesario extender la investigacin hasta el mximo de los plazos estipulados y su prolongacin, esto es, 180 das en causas no complejas, y 16 meses en las complejas (art. 342 NCPP)

  • La etapa intermedia El paso del actual absurdo formalismo a una fase de autntico saneamiento, de control del pronunciamiento fiscal, de ofrecimiento y admisin de medios probatorios y de simplificacin Tareas del Juez de la Investigacin Preparatoria

  • La etapa intermedia El requerimiento fiscal de sobreseimiento y la audiencia de control (art.s. 345 y 346 NCPP) La acusacin fiscal y la audiencia preliminar (arts. 349, 351 y 352) Temas de prueba. La novedad de los acuerdos probatorios y sus riesgos (art. 350 NCPP) Decisiones adoptadas en la audiencia preliminar y el auto de enjuiciamiento

  • El juzgamiento Fase esencial del proceso comn. Escenario de la prueba Sus grandes principios La imparcialidad del Juez Penal Rasgos adversativos del juzgamiento El Juez unipersonal o colegiado y el expediente (Incorporacin del auto de citacin a juicio) Diferencias con el juzgamiento actual, incluidos los cambios impuestos por el D.Leg. 959

  • El juzgamiento La publicidad y su herramienta idnea: la oralidad La oralidad y su empleo mediante las tcnicas de litigacin penal Imposibilidad de ingresar al juzgamiento sin contar con una estrategia de litigacin

  • El juzgamiento La teora del caso: Pretensin, hechos del relato, subsuncin tpica, medios probatorios adecuados. Los alegatos de entrada y de cierre o la vvida expresin de la teora del caso El interrogatorio de testigos y peritos. Transmisin de informacin de calidad, organizada cronolgicamente y mediante preguntas abiertas La incorporacin de evidencia material e instrumentos a travs de los interrogatorios

  • El juzgamiento El contra interrogatorio: Atacando credibilidad, destacando contradicciones del deponente, aprovechando elementos confirmatorios de la teora del caso del examinador. El cross examination Las objeciones: Velocidad y fundamento

  • El juzgamiento El juzgamiento como escenario natural del Juez. La tarea del Juez no es actuar prueba sino valorar el resultado de la que acten los otros sujetos procesales Preguntas del Juez y pruebas dispuestas de oficio: Excepcionalidad de las mismas En ningn caso debe calificarse esta situacin como inconveniente pasividad del rgano jurisdiccional Cultura inquisitiva y mentalidad acusatoria en el juzgamiento La sentencia Impugnacin: Apelacin y casacin