la estructura del nuevo proceso penal -baja california marzo 08

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LA ESTRUCTURA DEL NUEVO PROCESO PENAL CPP de Baja California de Setiembre de

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Page 1: La Estructura Del Nuevo Proceso Penal -Baja California Marzo 08

LA ESTRUCTURA DEL NUEVO PROCESO PENAL

CPP de Baja California de Setiembre de 2007,reformado 2009

Page 2: La Estructura Del Nuevo Proceso Penal -Baja California Marzo 08

Etapas del nuevo proceso penal

• ETAPA DE INVESTIGACIÓN

• ETAPA INTERMEDIA

• ETAPA DE JUICIO

• ETAPA DE IMPUGNACIÓN

• ETAPA DE EJECUCIÓN

Page 3: La Estructura Del Nuevo Proceso Penal -Baja California Marzo 08

El conocimiento de las etapas del proceso

• No todos los sistemas tienen una misma organización procesal

• El efectivo cumplimiento de los principios y las garantías depende de las modalidades de la organización procesal

• El estudio de la estructura y los trámites no garantiza una comprensión del proceso penal

• La lógica de la organización del proceso corresponde al tratamiento (solución o redefinición) de conflictos entre seres humanos, por ello siempre están en juego las garantías

Page 4: La Estructura Del Nuevo Proceso Penal -Baja California Marzo 08

No

tici

a C

rim

inal

No

tici

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rim

inal

-Archivo 224 y 225 -Principio Oportunidad79 ss.

-Archivo 224 y 225 -Principio Oportunidad79 ss.

-Imputación --declaración preparatoria

-274

-Imputación --declaración preparatoria

-274

-vinculación a proceso 281-medidas cautelares -167

-vinculación a proceso 281-medidas cautelares -167

Etapa Intermedia-299 ss.

Acusación 294Otros requeri-mientos 288

Acusación 294Otros requeri-mientos 288

Audiencia intermedia

-307

Audiencia intermedia

-307

Sentencia371 ss.

Sentencia371 ss.

DIAGRAMA DEL PROCESO PENAL

DE BAJA CALIFORNIA

DIAGRAMA DEL PROCESO PENAL

DE BAJA CALIFORNIA

ETAPA DE JUICIO-316 ss.

Etapa de investigación 209 ss.

Juez de Garantía Tribunal de Juicio Oral

JUICIO ORAL

-354 ss.

JUICIO ORAL

-354 ss.

-medidas alternas-acuerdos probatorios-exclusion probatoria –313 y 314

-medidas alternas-acuerdos probatorios-exclusion probatoria –313 y 314Medidas alternativas

-195 ss y 200 ss.Medidas alternativas-195 ss y 200 ss.D

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Page 5: La Estructura Del Nuevo Proceso Penal -Baja California Marzo 08

Etapa de investigación

• FINALIDAD –art 221– La etapa de investigación tiene por objeto el

esclarecimiento de los hechos materia de la denuncia o querella, la obtención de la información y la recolección de los elementos que permitan fundar la acusación, contra una o varias personas a las que se les impute la comisión de un delito o en su caso determinar el archivo definitivo

– Constituye un límite al poder conferido a los órganos encargados de la investigación

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Ejercicio de la acción penal

• Obligatoriedad de ejercicio de la acción -79 y 222

• Criterios de oportunidad -79

• Archivo temporal -224

• Archivo definitivo -225

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Etapa de investigación

• TIPO DE ACTIVIDADES– Actividades puras de investigación -236 a 269– Decisiones que fluyen sobre la marcha del procedimiento

• Vinculación al proceso -278 y 283

• Sobreseimiento -289

– Anticipos de prueba -266– Decisiones o autorizaciones que pueden afectar derechos

constitucionales o garantías procesales -234• Intervenciones telefónicas, cateos, incomunicaciones,

resoluciones sobre excepciones, etc

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Etapa de investigación• CARACTERÍSTICAS

– Es una fase de investigación que debe ser creativa y no rutinaria como en el sistema escrito

– Corresponde realizarla al Ministerio Público -227– Juez adopta decisiones de garantía y control -234– La audiencia de vinculación a proceso -278 y 283– Deben existir amplias posibilidades de defensa -

147, 229 par 1, 231, etc.– Participación de la víctima -119.III, 224 par 2, 231,

etc. – Debe cumplirse en determinado plazo -286

Page 9: La Estructura Del Nuevo Proceso Penal -Baja California Marzo 08

Actividad probatoria en la investigación• Facultades de la policía –arts. 111, 112

– Recibir noticias de delito, recopilar información, cuidar rastros e instrumentos de los delitos, entrevistas, reunir información de urgencia, practicar diligencias para individualizar autores y partícipes de delitos, etc.

• Facultades del MP –arts. 104, 222, 227– Promover y dirigir la investigación, y realizar por sí mismos o encomendar a la

policía todas las diligencias de investigación que consideren conducentes al esclarecimiento de los hechos

– Facultad de hacer uso de apercibimientos, fuerza pública y multas (105)– Mantener reserva y realizar diligencias de investigación sin conocimiento del

acusado (229, 280)• Facultades de la víctima u ofendido -Arts. 119.III, 224 par. 2, 231

– Solicitar todas las diligencias pertinentes y útiles para esclarecer hechos– Constituirse en acusador coadyuvante

• Facultades del imputado y la defensa –Arts. 107 par. ult.,121, 147, 148, 229, y 231– Solicitar todas las diligencias pertinentes y útiles para esclarecer hechos– Exigir la entrega o exhibición de documentos, objetos e informes de terceros– Solicitar al juez que dicte las instrucciones para que sus peritos puedan cumplir su

función• Mecanismos de control

– Juez de Garantía Arts. 226, 234, 265

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Facultades iniciales del MP

Investigación -236 ss.

Valor de actuaciones -285

DenunciaQuerella

Flagrancia

ImputaciónArts. 274 ssADMITE

-Archivo temporal -224-Archivo definitivo -225 -criterio oportunidad -79 Control judicial

ante oposición de víctima-226 y 81

Prueba anticipada -266

Medidas alternasMedidas alternas

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La imputación

• Formulación de la imputación –art. 274– es la comunicación que el Ministerio Público

efectúa al imputado, en presencia del juez, de que desarrolla una investigación en su contra respecto de uno o más hechos determinados.

• Efectos de la imputación –art. 279– I. Suspende el curso de la prescripción de la acción

penal o pretensión punitiva – II. El Ministerio Público pierde la facultad de

archivar temporalmente la investigación.

Page 12: La Estructura Del Nuevo Proceso Penal -Baja California Marzo 08

Imputación con detenido en flagrancia o caso urgente

Art. 166 par 1 y 275 par 3

AudienciaControl

detención

AudienciaControl

detención

Si no ratifican se dejaen libertad y se convoca a otra audiencia

Si no ratifican se dejaen libertad y se convoca a otra audiencia

Si ratifican, en mismaaudiencia MP formula

imputación, solicitamedidas cautelares yvinculación a proceso

Si ratifican, en mismaaudiencia MP formula

imputación, solicitamedidas cautelares yvinculación a proceso

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Imputación con aprehendido por orden judicial

Art. 159, 160 y 275 par 4

Audiencia para

solicitar yexpedir orden

Audiencia para

solicitar yexpedir orden

Audienciapara

imputación, medidas

cautelares yvinculación

Audienciapara

imputación, medidas

cautelares yvinculación

Presentación espontánea art. 158

Presentación espontánea art. 158

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Imputación a sujeto en libertadArt. 276

MP solicita audienciamencionando imputado,

defensor si lo hay,fecha y forma comisión

del delito y participación del

imputado

MP solicita audienciamencionando imputado,

defensor si lo hay,fecha y forma comisión

del delito y participación del

imputado

Audienciapara

imputación, medidas

cautelares yvinculación

Audienciapara

imputación, medidas

cautelares yvinculación

Page 15: La Estructura Del Nuevo Proceso Penal -Baja California Marzo 08

Requisitos para vincular a procesoArt. 281

• I. Que se haya formulado la imputación.• II.- Que el imputado haya rendido su declaración

preparatoria o manifestado su deseo de no declarar.• III. Que de los antecedentes de la investigación

expuestos por el Ministerio Público, se desprenda la existencia del cuerpo del delito y la probable responsabilidad del imputado en el delito de que se trate. (concepto en par. antepenúltimo)

• IV. Que no se encuentre demostrada, mas allá de toda duda razonable, una causa de extinción de la acción penal o una excluyente de incriminación.

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Vinculación a procesoArts 274 ss.Imputación

Arts. 274

283 par 2Imputado no pideampliación plazo-MP motiva vinculación-defensa expone-Juez resuelve-MP abre debate medidascautelares

Segundo momentoArt. 283 par 3 y 284-desahogo prueba-debate sobre prueba y MP motiva vinculación-Juez resuelve sobre vinculación

-Primer momento art. 278

-verificar derechos del imputado-control de la detención -175-MP expone delito y participación del imputado-aclaraciones -declaración preparatoria-ampliación del plazo –art.283

283 par 3Imputado pideampliar plazo-MP puede pedir Medidas cautelares-Juez convoca unasegunda audiencia

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Medidas cautelares• Tipo de medidas –art 167

I. Garantía económicaII. La prohibición de salir de determinado lugarIII. Someterse al cuidado o vigilancia de una persona o instituciónIV. Obligación de presentarse periódicamente en determinado lugar V. Colocación de localizadores electrónicosVI. El arraigo en casa de habitaciónVII. Prohibición de concurrir a determinadas reuniones o de visitar

ciertos lugaresVIII. Prohibición de convivir, acercarse o comunicarse con personas

determinadasIX. La separación del domicilio en ciertos casos X. La suspensión de derechosXI. Internamiento en centro psiquiátricoXII. La prisión preventiva.

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Medidas cautelares• Requisitos de aplicación

– Que imputado haya rendido declaración preparatoria o ejercido derecho al silencio -168 par. 1

– Presunción razonable que el imputado constituye un riesgo para la sociedad, la víctima o el ofendido-168 par. 2

• Riesgo para la sociedad– Hay riesgo para la sociedad cuando haya presunción razonable de

que el imputado se puede sustraer a la acción de la justicia, o que éste puede obstaculizar la investigación o el proceso, o exista riesgo para la víctima u otra persona. -170

• Casos de aplicación de la prisión preventiva– En delitos graves -art. 155 – En los demás casos, cuando concurren presupuestos del 168

• Terminación de la prisión preventiva – Causales -181– Prórroga -182

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Cierre de la investigación

• El cierre -287– Por vencimiento de plazo o antes– Posibilidad de prórroga

• Solicitudes del MP -288– Solicitar el sobreseimiento– Solicitar la suspensión del proceso– Formular la acusación

• Consecuencias si MP no cierra investigación – 287 par 2

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Reapertura de la investigación• Artículo 293.- Reapertura de la investigación.- Hasta antes del fin

de la audiencia intermedia, las partes podrán reiterar la solicitud de diligencias precisas de investigación que hubieren formulado al Ministerio Público después de dictado el auto de vinculación a proceso y éste las hubiera rechazado.

• Si el Juez acepta la solicitud, ordenará al Ministerio Público reabrir la investigación y proceder al cumplimiento de las diligencias, en el plazo estrictamente necesario para ello el cual no podrá exceder de quince días. En dicha audiencia, el Ministerio Público podrá solicitar la ampliación del plazo, por una sola vez, hasta por quince días más.

• El Juez no decretará ni renovará aquellas diligencias que en su oportunidad se hubieren ordenado a petición de las partes y no se hubieren cumplido por negligencia o hecho imputable a ellas; tampoco las que fueren manifiestamente impertinentes; las que tuvieren por objeto acreditar hechos públicos y notorios, o aquellas que hubieren sido solicitadas con fines puramente dilatorios…

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Causales de sobreseimiento Art. 289

• I. El hecho no se cometió o no constituye delito;

• II. Apareciere claramente establecida la inocencia del imputado;

• III. El imputado esté exento de responsabilidad penal;

• IV. Agotada la investigación, el Ministerio Público estime que no cuenta con los elementos suficientes para fundar una acusación;

• V. Se hubiere extinguido la acción penal por alguno de los motivos establecidos en la ley;

• VI. Una nueva ley suprima el carácter de ilícito al hecho por el cual se viene siguiendo el proceso;

• VII. El hecho de que se trate haya sido materia de un proceso penal en el que se hubiera dictado sentencia firme respecto del imputado;

• VIII. En los demás casos en que lo disponga la ley.

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Causales de suspensión del proceso Art. 292

• I. Cuando no se haya cumplido con alguna de las condiciones de procedibilidad legalmente establecidas o para el juzgamiento penal se requiera la resolución previa de una cuestión civil.

• II. Cuando se declare formalmente al imputado sustraído a la acción de la justicia.

• III. Después de cometido el delito, el imputado sufra trastorno mental transitorio.

• IV. En los demás casos en que la ley expresamente lo ordene.

Page 23: La Estructura Del Nuevo Proceso Penal -Baja California Marzo 08

Contenido de la acusaciónart.294

• I. La identificación del acusado;

• II. La identificación, en su caso, de la víctima u ofendido;

• III. Los hechos atribuidos y sus modalidades, así como su calificación jurídica;

• IV. La mención de las circunstancias modificatorias de la responsabilidad penal que concurrieren, aun subsidiariamente de la acusación principal;

• V. La autoría o participación que se atribuye al imputado; Cont…

Page 24: La Estructura Del Nuevo Proceso Penal -Baja California Marzo 08

Contenido de la acusaciónart.294

• VI. Los medios de prueba que el Ministerio Público se propone producir en el juicio oral;

• VII. La pena que el Ministerio Público solicite y los medios de prueba relativos a la individualización de la misma;

• VIII. El daño que, en su caso, se considere se haya causado a la víctima u ofendido, y los medios de prueba que ofrezcan para acreditarlo; y

• IX. En su caso, la solicitud de que se aplique el procedimiento abreviado.

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Clasificación jurídica

• Acusación subsidiaria– El agente del Ministerio Público podrá hacer

valer pretensiones alternativas y también formular una distinta calificación jurídica de los hechos precisados en el auto de vinculación a proceso. –Art. 295

• Variaciones en la clasificación jurídica– EL juez en la vinculación a proceso -281 par.

penúltima– En juicio por el MP -356– Imposibilidad de variar en sentencia -379

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Etapa intermedia • FINALIDADES

– El ofrecimiento y admisión de pruebas, así como la depuración de los hechos controvertidos que serán materia de juicio oral –art. 299

– Busca adoptar una determinada solución para el caso, soluciones alternas – arts -195 ss y 200 ss.

– Preparar la celebración del juicio– Determinar la o las personas acusadas– Admisibilidad y exclusión de pruebas para el

juicio -311 y 314– Resolver excepciones -305 y 310– Acuerdos probatorios -313

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Etapa Intermedia

NotificacionesPrevias

300

301Actuacionesde la víctima-acusación coadyuvante-ofrecer prueba-accion Contra tercero-87 y 302 bis

304Imputado

-señalar vicios-excepciones

-ofrecer prueba-pedir medidas

alternas

AUDIENCIA INTERMEDIA-se celebra entre 20 y 30 díasdespués de notificación -300-Tercero civil contesta por escrito demanda -302bis1-pretensiones de las partes -308-excepciones -310-debate sobre pruebas -311-unión o separación juicios-acuerdos probatorios -313-exclusiones probatorias -314-MEDIDAS ALTERNAS195 y 200 -prueba anticipada -266 final

Resoluciónde apertura

a juicio

ACUSACION294

10 días antes de audiencia

10 días antes de audiencia

Antes del iniciode audiencia

u oralmente enaudiencia

Antes del iniciode audiencia

u oralmente enaudiencia

Notificar actuacionesde víctima 5 días

antes de audiencia 303

Notificar actuacionesde víctima 5 días

antes de audiencia 303

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Actuaciones de la víctima• Señalar vicios materiales y formales a la acusación -301.I• Formular la acusación coadyuvante -301 y 302

– Le son aplicables las reglas de la acusación – Ofrecer prueba para el juicio

• Formular la demanda coadyuvante para la reparación del daño -87, y 301.III– Requisitos– I. Nombre y domicilio del accionante– II. Nombre y domicilio de los terceros demandados y el vínculo

de éstos con el imputado– III. Los motivos en que se basa la acción, el carácter que se

invoca, os daños y perjuicios sufridos – IV. El monto de cada una de las partidas– V. Los medios de prueba que ofrezca para ser desahogados en el

juicio

Page 29: La Estructura Del Nuevo Proceso Penal -Baja California Marzo 08

Etapa intermedia• LA AUDIENCIA INTERMEDIA

– Se realiza con características similares a las del juicio –arts. 307 y 309

– Constituye una actuación oral, concurren las partes y el tribunal, con el fin de exponer sus puntos de vista sobre las solicitudes formuladas por el Ministerio Público y el querellante.

– Hay inmediación– Hay publicidad– Hay contradictorio, están presentes las partes,

escuchando las alegaciones, con posibilidades de contestación y réplicas

– Hay continuidad y concentración, al realizarse de manera ininterrumpida y, se facilita la realización de otros principios como la identidad física del juzgador y el deber de fundamentar las resoluciones judiciales.

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Desarrollo de audiencia intermedia

• -Pretensiones de las partes -308– Exposición sintética de pretensiones– Imputado ofrece prueba si no lo ha hecho– Tercero demandado expone, si no se le declara rebelde y se

tendrán confesos hechos de demanda

• -Corrección vicios -301.I y 304.I• -Excepciones –305 y 310 • -Debate sobre pruebas -311• -Unión o separación juicios -312• -Acuerdos probatorios -313• -Exclusiones probatorias -314• -MEDIDAS ALTERNAS• 195 y 200• -Recibir prueba anticipada -266 in fine

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Etapa intermedia• DECISIÓN FINAL

– RESOLUCIÓN DE APERTURA A JUICIO -315• Determinar el Tribunal de Juicio Oral

• Indicar acusaciones admitidas

• Los acuerdos probatorios

• Las pruebas admitidas para el juicio y para la audiencia de individualización de sanciones

• Las personas que deben ser citadas a juicio, indicando a quienes hay que pagarles gastos

– SOBRESEIMIENTO

– SUSPENSIÓN DEL PROCESO A PRUEBA

– ACOGER PROCESO ABREVIADO

– OTROS…

Page 32: La Estructura Del Nuevo Proceso Penal -Baja California Marzo 08

Etapa de juicio

• IMPORTANCIA– Es la fase más trascendente del proceso

– Derecho Constitucional de Juicio Previo

– “El juicio es la etapa de decisión de las cuestiones esenciales del proceso. Se realizará sobre la base de la acusación y asegurará la concreción de los principios de oralidad, inmediación, publicidad, concentración, igualdad, contradicción y continuidad..” –art. 316

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Etapa de Juicio

Resolución inicialdel Tribunal de Juicio

-318 par 2

Audiencia deJuicio Oral

Condenatoria

Absolutoria

Nombre de Jueces

Fecha Juicio Oral

Citaciones

Inmediación Publicidad Continuidad

OralidadLibertad prueba

Libre valoración prueba

Page 34: La Estructura Del Nuevo Proceso Penal -Baja California Marzo 08

Etapa de juicio

• LOS PRINCIPIOS DEL JUICIO– Oralidad -327– Contradicción -3, 6, 7, 316, etc.– Igualdad -12, 13, 316– Inmediación -319– Concentración y continuidad 324 y 325– Publicidad -321– Libertad probatoria -330– Legalidad de la prueba -19, 331 – Libre valoración de la prueba -20, 333

Page 35: La Estructura Del Nuevo Proceso Penal -Baja California Marzo 08

Momentos de la etapa de juicioConstataciones inicialesConstataciones iniciales

Alegatos de aperturaAlegatos de apertura

Producción de la pruebaProducción de la prueba

Alegatos de clausuraAlegatos de clausura

DeliberaciónDeliberación

Determinación de la responsabilidadDeterminación de la responsabilidad

Fijación de la penaFijación de la pena

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Etapa de juicio

• CONSTATACIONES INICIALES -358 par 1

– Constatar presencia de MP, imputado, defensor, y demás intervinientes

– Constatar presencia de testigos, peritos, intérpretes y otros

– Disponer que peritos y testigos abandonen sala– Disponer comparecencia de testigos o peritos

que no hayan concurrido – 358 par 2. y 338

Page 37: La Estructura Del Nuevo Proceso Penal -Baja California Marzo 08

Etapa de juicio

• ALEGATOS DE APERTURA• CONSTITUCIÓN DEL OBJETO DE

DEBATE– El presidente señala las acusaciones objeto del juicio,

acuerdos probatorios y previene al imputado estar atento -358 par 3

– Seguidamente MP expone acusación -358 par 4– Exposición optativa de la defensa -358 par 4– Reclasificación jurídica -356– Incidentes -354– En cualquier momento se recibe declaración del

imputado (derecho de defensa material) –ver 359

Page 38: La Estructura Del Nuevo Proceso Penal -Baja California Marzo 08

Etapa de juicio

• PRODUCCIÓN DE LA PRUEBA– Principio de libertad probatoria -330bj– Prueba de cargo- Prueba de la defensa -360– Declaraciones de testigos -361 y 362– Declaraciones de peritos -361 y 362– Lectura declaraciones anteriores -363 y 365– Declaraciones anteriores del imputado -364 y 298– Prueba documental -366– Otros medios de prueba -366– Prueba superviniente -368– Constitución del tribunal en lugar distinto -369

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Etapa de juicio

ALEGATOS DE CLAUSURA -370– Posiciones fácticas y jurídicas de cada parte

(Ministerio Público, acusador coadyuvante, demandado, defensa)

– Análisis de la prueba, argumentaciones jurídicas

– Momento de concretar pretensiones– Réplicas y contra-argumentaciones

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Etapa de juicio• CLAUSURA Y DECISION FINAL

– Deliberación: Los jueces se retiran a deliberar hasta por 48 hrs. -371

– Notificación del dispositivo: El Tribunal regresa a la Sala, leen la parte resolutiva de absolución o condena y brindan sintéticamente los fundamentos -372

– Si condenan, se convoca dentro de 5 días a audiencia de individualización de sanciones, salvo que se renuncie -380, 381, 385

– Redacción de sentencia: En el transcurso de una y otra audiencia deben redactar la sentencia, si renuncian a la segunda audiencia se cita para lectura de sentencia. 380 par 1 in fine

– Si absuelven, se levantan medidas cautelares, y pueden diferir hasta 5 días redacción de sentencia -373, 377

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Etapa de juicio• REQUISITOS DE LA SENTENCIA -375

– I. La mención del Tribunal y la fecha de su emisión;– II. La identificación de la víctima u ofendido, y del imputado; – III. La enunciación breve de los hechos y circunstancias que hubieren sido

objeto de la acusación; en su caso, los daños y perjuicios reclamados, la pretensión reparatoria y las defensas del imputado;

– IV. La exposición clara, lógica y completa de cada uno de los hechos y circunstancias que se dieren por probados y de la valoración de los medios de prueba que fundamentaren dichas conclusiones;

– V. Las razones que sirvieren para calificar jurídicamente cada uno de los hechos y sus circunstancias, así como para fundar la resolución;

– VI. La resolución que condenare o absolviere a cada uno de los imputados por cada uno de los delitos que la acusación les hubiere atribuido; la que se pronunciare sobre la reparación del daño y fijare el monto de las indemnizaciones a que hubiere lugar, y

– VII. La firma de quienes hayan intervenido en la resolución.